Jornada sobre el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE COOPERATIVAS DE...

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Jornada sobre el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE COOPERATIVAS DE EUSKADI elkar-lan S . C O O P . Bilbao, 23 de junio de 2005

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  • Jornada sobre el REGLAMENTO DE ORGANIZACIN Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE COOPERATIVAS DE EUSKADI elkar-lan S. C O O P. Bilbao, 23 de junio de 2005
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  • Elkar-Lan, S.Coop. Elkar-Lan, S.Coop. - Hurtado de Amzaga, 28-1 izda. (BILBAO) - 944 703 760 - [email protected] - www.elkarlan.coop TITULO II.- INSCRIPCIN DE SOCIEDADES COOPERATIVAS Y DE SUS ACTOS (XLIII) CAPITULO V.-ANOTACIN PREVENTIVA DE DETERMINADAS DEMANDAS DE IMPUGNACIN DE LOS ACUERDOS SOCIALES Y DE LA SUSPENSIN DE LOS MISMOS. ANOTACIN PREVENTIVA DE LA DEMANDA DE IMPUGANCIN DE LOS ACUERDOS SOCIALES Y DE LA SUSPENSIN DE STOS (Art 56). Mediante resolucin judicial. Ver art. 727 y concordantes de la LEC. Solo se prctica cuando el Registro tenga constancia de la resolucin judicial. Las anotaciones preventivas se modifican mediante testimonio judicial. El testimonio judicial de sta., firme que declare la nulidad es titulo suficiente para cancelar anotacin preventiva y cuantos asientos la contradigan. Las anotaciones preventivas se cancelan mediante: Testimonio judicial ( si la demanda desestima por sta. firme). Mandamiento (renuncia de la accin o desistimiento de la instancia) En lo no previsto se aplicar la LEC y subsidiariamente la normativa registral para las S.A. en supuestos anlogos.
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  • Elkar-Lan, S.Coop. Elkar-Lan, S.Coop. - Hurtado de Amzaga, 28-1 izda. (BILBAO) - 944 703 760 - [email protected] - www.elkarlan.coop TITULO II.- INSCRIPCIN DE SOCIEDADES COOPERATIVAS Y DE SUS ACTOS (XLIV) CAPITULO VI.-MODIFICACIN DE ESTATUTOS SOCIALES. INSCRIPCIN DE LA MODIFICACIN DE LOS ESTATUTOS SOCIALES (Art. 57). Mediante escritura pblica, que deber contener: Acuerdo de A.G. Transcripcin literal: De los artculos modificados. De los nuevos artculos. Y referencia de los suprimidos? Acreditacin cumplimiento art. 74-1 Ley, aportando: Aportacin informe justificativo de la/s modificacin/es. Anuncio de la convocatoria Si afecta a la denominacin social, domicilio u objeto, aportar: Anuncio, previamente publicado en un peridico de gran circulacin en el Territorio Histrico del domicilio social de la Coop.
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  • Elkar-Lan, S.Coop. Elkar-Lan, S.Coop. - Hurtado de Amzaga, 28-1 izda. (BILBAO) - 944 703 760 - [email protected] - www.elkarlan.coop TITULO II.- INSCRIPCIN DE SOCIEDADES COOPERATIVAS Y DE SUS ACTOS (XLV) CAPITULO VI.-MODIFICACIN DE ESTATUTOS SOCIALES. MODIFICACIN DEL DOMICILIO SOCIAL DENTRO DEL MISMO TERMINO MUNICIPAL (Art. 58). Mediante escritura pblica, que deber contener: Acuerdo del Consejo Rector* Transcripcin literal: Del artculo modificado. Solo si la A.G. es quien adopta acuerdo: Acreditacin cumplimiento art. 74-1 Ley, aportando: Aportacin informe justificativo de la modificacin. Anuncio de la convocatoria Anuncio, previamente publicado en un peridico de gran circulacin en el Territorio Histrico del domicilio social de la Coop. *Salvo previsin estatutaria en contra. (Ej. Que sea competencia de A.G.)
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  • Elkar-Lan, S.Coop. Elkar-Lan, S.Coop. - Hurtado de Amzaga, 28-1 izda. (BILBAO) - 944 703 760 - [email protected] - www.elkarlan.coop TITULO II.- INSCRIPCIN DE SOCIEDADES COOPERATIVAS Y DE SUS ACTOS (XLVI) CAPITULO VII.-TRANSFORMACIN TRANSFORMACIN DE COOPERATIVAS (Art. 59). En una Sociedad Civil, Mercantil o persona jurdica de cualquier clase: CANCELACIN ASIENTOS REGISTRALES. Para la cancelacin registral se presentar al Registro: ESCRITURA PBLICA DE TRANSFORMACIN, QUE CONTENDR: La homologacin del CSCE. Acuerdo expreso y favorable de la A.G. (art. 36 Ley, mayoras) Acreditar cumplimientos art. 85-1 Ley ( requisitos para transformarse) Justifi. public. acuerdo en BOPV y 2 perid. T,H, domicilio social Coop. Balances (ver Ley art. 85-1-e) y prrafo ultimo del apartado 1). Relacin socios que usan derecho separacin y capital que representan. Acreditacin aplicacin FEPC y, en su caso, acuerdo A.G. sobre ttulos en cuenta de participacin a favor del CSCE (art 85-4 Ley). En el caso de que se transforme en una sociedad mercantil: Informe expertos independientes s/patrimonio no dinerario del balance. ACREDITACIN, EN SU CASO, DE LA INSCRIPCIN REGISTRO MERCANTIL.
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  • Elkar-Lan, S.Coop. Elkar-Lan, S.Coop. - Hurtado de Amzaga, 28-1 izda. (BILBAO) - 944 703 760 - [email protected] - www.elkarlan.coop TITULO II.- INSCRIPCIN DE SOCIEDADES COOPERATIVAS Y DE SUS ACTOS (XLIX) CAPITULO VIII.-FUSIN Y ESCISIN ESCRITURA E INSCRIPCIN DE LA FUSIN (Art. 62) La inscripcin de la fusin, por creacin de una nueva Coop. o por absorcin: Se realizar mediante Escritura Pblica. Otorgada por todas las Cooperativas Contenido: Las menciones del art. 82-2 de la Ley. Acuerdo de fusin respectivas A.G. ver art. 79 Ley- Manifestacin intervinientes de haber dispuesto informacin (ver art. 78 Ley) Declaracin de los otorgantes de que ninguna acreedor se ha opuesto a la fusin en plazo 1 mes desde ultimo anuncio (ver art. 79-6 Ley). Si oposicin: Identificacin acreedores, importes y garantas pago. Identificacin socios que han ejercicio D a la separacin y las condiciones de reembolso de sus aportaciones.
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  • Elkar-Lan, S.Coop. Elkar-Lan, S.Coop. - Hurtado de Amzaga, 28-1 izda. (BILBAO) - 944 703 760 - [email protected] - www.elkarlan.coop TITULO II.- INSCRIPCIN DE SOCIEDADES COOPERATIVAS Y DE SUS ACTOS (L) CAPITULO VIII.-FUSIN Y ESCISIN ESCRITURA E INSCRIPCIN DE LA FUSIN SIGUE- (Art. 62) Documentos que deben adjuntarse con la escritura de fusin: Un ejemplar de los anuncios del acuerdo de fusin publicados en el BOPV y en 2 peridicos de gran circulacin en el Territorio Histrico del domicilio social de cada Cooperativa (ver art.79-6 Ley). En el anuncio constar el Derecho de oposicin de los acreedores. Balance de fusin de las Cooperativas (el de todas ellas). Puede servir el ltimo anual aprobado -si no +6 meses- Informes redactados por Administradores de cada una de las Cooperativas, en el que se dejar constancia: De la conveniencia y efectos de la fusin proyectada. De la relacin de los administradores de cada Cooperativa participante. Y en su caso, la propuesta de los administradores de la Cooperativa resultante de la fusin, con las menciones previstas en el apartado g) del art.78 Ley.
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