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ELKAR-LAN, S. COOP. ELKAR-LAN, S. COOP. Sociedad Cooperativa Sociedad Cooperativa Pequeña de Euskadi Pequeña de Euskadi elkar- lan S . C O O P . Ley 6/2008, de 25 de junio, de la Sociedad Ley 6/2008, de 25 de junio, de la Sociedad Cooperativa Pequeña de Euskadi Cooperativa Pequeña de Euskadi (BOPV 4/7/2008) (BOPV 4/7/2008) Edificio Albia II, San Vicente, 8-9º izda. (48001 BILBAO) 944 703 760 [email protected] www.elkarlan.coop

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ELKAR-LAN, S. COOP.ELKAR-LAN, S. COOP.

Sociedad Cooperativa Sociedad Cooperativa Pequeña de EuskadiPequeña de Euskadi

elkar-lanS . C O O P .

Ley 6/2008, de 25 de junio, de la SociedadLey 6/2008, de 25 de junio, de la SociedadCooperativa Pequeña de EuskadiCooperativa Pequeña de Euskadi

(BOPV 4/7/2008)(BOPV 4/7/2008)

Edificio Albia II, San Vicente, 8-9º izda. (48001 BILBAO)

944 703 [email protected]

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Razones de suRazones de supromulgaciónpromulgación

• Simplificar la constitución de las Pequeñas Cooperativas

• Puesta a disposición de las tecnologías de la información y comunicación

• Seguir las recomendaciones y compromisos para la PYME, en general, y para las pequeñas empresas en particulas de las Instituciones de la Unión Europea.

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DefiniciónDefinición

• Es una Cooperativa de Primer Grado

• De Trabajo Asociado o de Explotación Comunitaria

• Integrada por un mínimo de 2 y un máximo de 10 personas socias trabajadoras o de trabajo de duración indefinida

• Que se regularán por su Ley específica y sus Normas de desarrollo y supletoriamente por la Ley 4/1993, de 24 de junio de Cooperativas de Euskadi

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ConstituciónConstitución

• Requiere de Escritura Pública e inscripción en el Registro de Cooperativas de Euskadi.

• Estatutos Sociales estandarizados (Modelos aprobados por Orden del Consejero de Justicia, Trabajo y Seguridad Social) y otros.

• La denominación deberá incluir la expresión “Sociedad Cooperativa Pequeña” o su abreviatura “S. Coop. Pequeña”

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ContrataciónContratación

• REGLA GENERAL• Durante 5 años desde su constitución puede contratar

tantas personas trabajadoras por cuenta ajena o socias de duración determinada como personas socias tenga.

• El número de personas contratadas por cuenta ajena no podrá ser nunca superior a 5 (no estando comprendidos en esa cantidad los supuestos del apartado 4 del artículo 99 de la Ley 4/1993).

• EXCEPCIÓN para SCP con 5 o menos de 5 personas socias trabajadoras indefinidas• Durante 5 años desde su constitución, pueden contratar

hasta 5 personas trabajadoras por cuenta ajena y hasta 5 personas socias trabajadoras o de trabajo de duración determinada.

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Aportaciones ObligatoriasAportaciones Obligatorias

• Las Aportaciones Obligatorias Iniciales de las personas contratadas por cuenta ajena que se incorporen en la SCP serán aprobadas por la Asamblea General

• No podrán ser superiores a las últimas realizadas, por la clase respectiva de la persona socia, más las actualizaciones de los IPC anuales

• Sobre las Aportaciones Obligatorias de las personas socias, los Estatutos Sociales de la SCP podrán establecer deducciones con excepción de aquellas que procedan de las capitalizaciones de retornos

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Órganos Sociales (I)Órganos Sociales (I)

• ASAMBLEA GENERAL

• Regulada por la Ley 4/1993, de 24 de junio, de Cooperativas de Euskadi

• ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN

• Hay que optar en Estatutos Sociales por :

• Unipersonal (Administrador/a Único/a)

• Pluripersonal (Administradores Solidarios o con responsabilidad mancomunada), o

• Colegiado (Consejo Rector)

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Órganos Sociales (II)Órganos Sociales (II)

• ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN (sigue)

• Las personas elegidas deben ser socias trabajadoras o de trabajo

• Plazo de mandato: 5 añosTranscurrido el plazo deberá procederse a su reelección o al nombramiento de Nuevo Administrador/es o Consejeros

• Cuando se opte por el Consejo Rector, podrá estar integrado por dos personas consejeras: Presidente/a y Secretario/aEl voto del Presidente/a, cuando el Consejo Rector esté sólo conformado por dos personas, no será dirimente en caso de empate, salvo que en los Estatutos se le confiera dicha facultad al Presidente/a de forma expresa.

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Órganos Sociales (III)Órganos Sociales (III)

• ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN (sigue)

• Reuniones del Consejo RectorLa periodicidad mínima se fijará en Estatutos Sociales y se exige una reunión al trimestre

• Cuando el Consejo Rector esté integrado por 2 personas, la persona que ocupe la Secretaría podrá convocar la Asamblea general si el Presidente/a no la hubiese convocado, una vez transcurridos 20 días, desde su petición, solicitada por al menos el 20% del total de los votos.

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Órganos Sociales (IV)Órganos Sociales (IV)

• ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN (sigue)

• Adopción de Acuerdos:• Regla General: Mayoría de votos válidamente

emitidos (NO se computarán las abstenciones)

• En caso de empate, el voto de la persona que ocupe la Presidencia será dirimente, excepto en el supuesto de que el Consejo Rector esté sólo conformado por 2 personas, salvo que en los Estatutos se haya previsto lo contrario (esto es, que su voto sea dirimente en caso de empate).

• Excepción a Regla General: Materias que requieran mayorías

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Adaptación de EstatutosAdaptación de Estatutos

• Cuando la SCP supere el Nº Máximo de personas socias trabajadoras o de trabajo indefinidas, deberá adaptar sus Estatutos Sociales a la Ley 4/1993, de 24 de junio, de Cooperativas de Euskadi.

• Una Cooperativa constituida al amparo de la Ley 4/1993, de 24 de junio, de Cooperativas de Euskadi puede adaptar sus Estatutos Sociales para ser una SCP siempre que cumpla los requisitos.

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Depósito de Cuentas Depósito de Cuentas AnualesAnuales

• Se facilitarán Modelos aprobados por Orden del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social para:

• Solicitud de Depósito de Cuentas Anuales

• Documentos que las integran

• Certificado de su aprobación

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Auditoría de CuentasAuditoría de Cuentas

• La SCP deberán auditar sus Cuentas Anuales y el Informe de Gestión:

• En los supuestos previstos en la Ley de Auditoría de Cuentas y cuando lo acuerde su Asamblea General, por mayoría de las personas presentes y representadas

• Cuando lo solicite uno de sus socios.• En este caso el costo se cubre según previsión E.S.

• Por ejemplo: a cargo de la persona socia solicitante, salvo que del Informe resultasen eventuales infracciones a Normas Legales o Estatutarias.

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DUESCP / PAITSCPEDUESCP / PAITSCPE

• Documento Único Electrónico de la Sociedad Cooperativa Pequeña (DUESCP)• Se pondrán en marcha para la constitución mediante su

aprobación por Orden del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social

• Para su idónea implantación se suscribirán Convenios de Colaboración con Instituciones, Administraciones y Sociedades

• Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación de Cooperativas Pequeñas de Euskadi (PAITSCPE)• Se atribuirá dicha condición a Entidades sin ánimo de lucro, con

ámbito de actuación en la CAPV, fijando sus características técnicas y perfil profesional de las personas que los atiendan

• Gratuidad de todos los servicios de los PAITSCPE

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Modelos de EstatutosModelos de Estatutos

• Se podrán a disposición de los promotores modelos de Estatutos Sociales estandarizados de la SCP

• En dichos Estatutos sólo se podrán realizar introducciones sobre las opciones contempladas por el Registro de Cooperativas

• El plazo de calificación e inscripción de estos Estatutos será reducido.

• También se podrán constituir SPC con Estatutos diferentes a los estandarizados

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Entrada en vigor y Entrada en vigor y desarrollo reglamentariodesarrollo reglamentario

• A los 30 días siguientes al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco

• El Gobierno Vasco se reserva la faculta de dictar Normas de aplicación y desarrollo de la presente Ley