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GOBIERNO DE '702 "HILr:: GEI~OARMERIA DE CHILE ORD.: N°14.1 0.00. 2.01 O ANT.: Ord. N° 3269 del 28110109 Subdepto. Contab. y Preso Ord. N° 1502 del 05/11/09 Depto. Jurídico. Dictamen N° 14865 del 22/03/2010, Contraloría General de la República. MAT.: Cumplimiento del Dictamen N° 57424, Contraloría General De la República. SANTIAGO, o 6 ABR. f010 DE: SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO GENDARMERIA DE CHILE A: SR. ARTURO SANDOVAL SAN MARTIN PRESIDENTE DE ADIPTGEN 1.- Mediante la presente informo a usted, que se recepcionó en el Subdepto. de Contabilidad y Presupuesto, dependiente de esta Subdirección, el Dictamen N° 14.865 del 22 de Marzo del presente año de la Contraloría General de la Republica, que señala el pronunciamiento con respecto a la presentación de don Hugo Soto Cabrera, funcionario de esta Institución, que solicitó que se disponga el cumplimiento del Dictamen N° 57.424 del 19 de octubre de 2009, emitido por esa entidad frscalizadora, por nuestra Institución. 2.- En consideración a lo anterior, el dictamen jurídico, señala el cumplimiento de la jurisprudencia N° 57.424, que indica que los descuentos efectuados a los funcionarios en sus remuneraciones por créditos contraídos con instituciones financieras, a través de convenios suscritos por las respectivas asociaciones de funcionarios o los servicios de Bienestar a que pertenecen, no podrán exceder en conjunto del quince por ciento de las remuneraciones, señalado en el articulo < 96 de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo (cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda).

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GOBIERNO DE '702"HILr::GEI~OARMERIA DE CHILE ORD.: N°14.1 0.00. 2.01 O

ANT.: Ord. N° 3269 del 28110109Subdepto. Contab. y Preso

Ord. N° 1502 del 05/11/09Depto. Jurídico.Dictamen N° 14865 del

22/03/2010, Contraloría Generalde la República.

MAT.: Cumplimiento del DictamenN° 57424, Contraloría GeneralDe la República.

SANTIAGO, o 6 ABR. f010

DE: SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVOGENDARMERIA DE CHILE

A: SR. ARTURO SANDOVAL SAN MARTINPRESIDENTE DE ADIPTGEN

1.- Mediante la presente informo a usted,

que se recepcionó en el Subdepto. de Contabilidad y Presupuesto, dependiente de esta

Subdirección, el Dictamen N° 14.865 del 22 de Marzo del presente año de la Contraloría

General de la Republica, que señala el pronunciamiento con respecto a la presentación

de don Hugo Soto Cabrera, funcionario de esta Institución, que solicitó que se disponga el

cumplimiento del Dictamen N° 57.424 del 19 de octubre de 2009, emitido por esa entidad

frscalizadora, por nuestra Institución.

2.- En consideración a lo anterior, el

dictamen jurídico, señala el cumplimiento de la jurisprudencia N° 57.424, que indica

que los descuentos efectuados a los funcionarios en sus remuneraciones por créditos

contraídos con instituciones financieras, a través de convenios suscritos por las respectivas

asociaciones de funcionarios o los servicios de Bienestar a que pertenecen, no podrán

exceder en conjunto del quince por ciento de las remuneraciones, señalado en el articulo<

96 de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo (cuyo texto refundido, coordinado

y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio

de Hacienda).

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Se hace presente que el Subdepto.

Contabilidad y Presupuesto, a través del Ord. N° 3260 del 28 octubre de 2009, solicitó al

Departamento Jurídico, efectuar un análisis acucioso del Dictamen N° 57.424, para

determinar cuales serían los cursos a seguir para enfrentar este pronunciamiento. Por ello

se procedió a remitir el Ord. N° 1370 del 05 noviembre de 2009, a la Contraloría General

de la República, para solicitar una reconsideración del dictamen en cuestión.

3.- La Contraloría General de la

República, en el Dictamen N° 14.865, es enfática en rechazar la solicitud de

reconsideración interpuesta por parte de nuestra Institución y la confirmación de

ordenar a nuestro Servicio, dar cumplimiento inmediato al dictamen N° 57.426,

"debiendo advertirse que la falta de acatamiento de dicho pronunciamiento, hará incurrir

en eventual responsabilidad administrativa a los funcionarios a quienes competa

adoptar las medidas tendientes a darle aplicación".

4.- De acuerdo a lo antes expuesto, esta

Subdirección Administrativa solicita a usted, informar a todas las entidades en convenio

con esa Asociación, que se instruyó al Subdepto. de Contabilidad y Presupuesto dar

cumplimiento al Dictamen Jurídico antes señalado. Por lo cual la Sección de

Remuneraciones dependiente del Subdepto. antes indicado, llevara a cabo a contar del

mes de Abril del año en curso lo establecido en el artículo 96 de la Ley 18.834

afectando todos los convenios suscritos por esa Asociación.

5.- Finalmente se solicita a usted, tomar

las medidas que correspondan, a fin que todos los afiliados tomen conocimiento de tal

situación.

Saluda atentamente a usted,

DISTRIBUCIONADIPTGENSubdirección AdministrativaSubdepto. Contabilidad y Presupuesto

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CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICADIVISION JURIDICA

REFf.1FR

106 323/09108303,09. 36984110

SOBRE CUMPLIMIENTO DELDICTAMEN N° 57.424, DE 2009,DE ESTA CONTRALORíAGENERAL.

" .••._. - -..--- .•.,..••...,.,,,,,,~'~"I ~"")f~._-' .- .... ~ l' :,:.. l' " I '.: J":'! - ~• • I! .f· . ,: (: l. 2!; _'."."~.~.' r ," ¡~I.

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SANTIAGO, 2!. 1':, ; D ' U J r ~ ¡j :.1

Se han dirigido a esta ContraloriaCer-era! don Hugo Soto Cabrera y don Rubén Daría Guerrero Berland.n.ncrcnaríos de Gendarmería de Chile y del Hosptal Roberto del Riorespectivamente. sohcitando se disponga el cumplimiento del dictamen57 424 de 2009 de esta Entidad de Control puesto que según manifiestanambos servicios se habrían negado a acatarlo, en razón de estar pendienteuna solicitud de recor-srderación del referido pronunciamiento

Al respecto, cabe consignar que elprecitado dictamen N° 57 424 concluyó en sintesis que todos losorganismos públicos a quienes resultan aplicables las disposiciones de la leyN· 18 834 sobre Estatuto Administrativo -cuyo tex o refundido coordinado 'fsistema liado ue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004 del¡Vlinlsterlo de Hacienda-. deberán verificar que los descuentos au orrzadcsvolun aria y expresamente por SUS servidores a través de las respectivasasociaciones de .uncionarios y/o los servicios de bienestar, se ajusten alporcentaje máximo establecido en el articulo 96. del citado texto legal nopudiendo la autoridad respectiva proceder a deducir de las remuneracionesrespectivas aquellas sumas que excedan el aludido límite legal.

Precisado lo anterior, correspondeq~clicar que conforme a lo dispuesto en el articulo 6° InCl50S primero y cuartode la ley N 10 336 sobre Organización y Atribucrones de la Contralor'aCe: ier a' de la República, a este Órgano de Control le corresponde. entreotras funciones. velar por la correcta apücación de las leyes y reqlarnerr os

ue rigen a los órganos sometidos a su fscahz ación, labor que realiza através de la ermsion de dictámenes juridrcos que son los (lnICOS mediosconstitutivos de junsprudencia administrativa la que resulta de obligatoriaobservancia por parte de las entidades que Integran la Adrrurustracron

Lo anterior se encuentra enarmo ia con lo manifestado por la JUrisprudencia administrativa de esta[mdad de Control. contenida. entre otros. en el d.cta llen N° 35 908 de2009 la que ha precisado que los pronunciamientos emanados de esteOrganismo Fjscahzador interpretan de manera general el ordenamientojL rirnco aplicable a los, órganos y servicios públicos. especialmente en losaspectos Iinancieros. de manera que la acuvidad de sus destinatarios debeajustarse obliqa 01 .arnente a los criterios contenidos en ellos.

A su vez, segun se ha precisadotambién por la Jurisprudencia de este Ente Contralor a través de su dictamen

CONIAB y PRESUPUESTO

___ .-...iiOoo~ __ A--:L SEÑOR ...1.......----.J25 MAR 2010

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I- A I- I

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2CONTRALOF~íA GENERAL DE LA REPÚBLICA

N 56 391, de 2008, la fuerza obligatoria de sus pron mcíarruentos así comoel ejercicio de la potestad para emitirlos es pura y simple, es decir, noprocede someterla a plazo o cone-cten alguna

Atendido lo antenor. debesostenerse que el cumplimiento del dictamen N° 57.424, de 2009, emanadode esta Entidad Fiscalizadora, no puede ni debe quedar sujeto al evento deverificarse una condición. cual sería en este caso, el rechazo de la solicituode econsideración Interpuesta y la confirmación del aludido pronuncia: nen:o

Acorde co I lo n anrtes ado nocorresponde otorqarle a las solicitudes de reconstceración la consecuer crade suspender los efectos de los dictáme es vigentes por cuan o e losiqruficar ia restringír la labor mterpretativa que el ordenamiento )UrlOICO haencomendado a esta Enudad de Control.

En mérito de lo precedenten enteexpuesto cumple con señalar que tanto Gendarmería ae Chile como elHospital Roberto del Río deberán dar curnphrmento Inmediato al CI 00

dictamen N° 57.424, de 2009 debiendo advertirse que la falta deacatamiento de dicho pronunciamiento, hará Incurrir en eventualresponsabilidad administrativa a los funcionarios a quienes competa adopta-las medidas tendientes a darle aphcación.

Cabe agregar que la conclusiónprecedente se encuentra en armonía con la jurisprudencia administrativa deesta Contraloría General contenida, entre otros en el dictarnen N° 46.037 de2005, en que se preciso que la falta de acatamiento de un dictamen. porparte de las autoidades o funcionarios de la Adrmmstración implica -3r1(' elincumplimiento de la norma Interpretada en aquél, cuanto la mobservaucia delos artículos 6·', T 98 Y 99, mciso final, de la Constitución Política de laRe úbuca cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó por el .•decreto N 100 de 2005, del MinisteriO Secretaria General de la Presrccr c.ade los artículos 1", 5°,6°,9° Y 19 de la citada ley N ·10.336, Y del artículo 2de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de laAdmrnistracrón del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizadofue fijado por el decre o con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000 de estaúltima Secretaría de Estado.

¡.: inalmente, es dable indicar quelos antecedentes que obran en el expe iente administrativo de la especieserán remitidos a la Drvisión de Audrtoria Adrrunis ra rva de esta Contralcr'aGeneral, a fin de que se fiscalice la observancia del ref ndo d.ctamer j

57 424 de 2009, por palie de los servicios a Que pertenecen los requ ren e~

Transcribase al Director delHospi 81 Roberto del Río, a don Hugo Soto Cabrera, a don Rubén DariaGuerrero Berland y a la División de Auditoría Adminislrativa

Saluda atentamente a Ud

(• tÓv »., ' •• l'"