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CCUURRSSOO AAnnlliissiiss ddee RRiieessggooss IInndduussttrriiaalleess eenn PPllaannttaass
QQuummiiccaass yy PPeettrroolleerraass.. MMttooddoo HHAAZZ--OOPP ((XXVV EEddiicciinn))
PPrreesseenncciiaall:: VViieerrnneess 1133 yy 2200 ddee FFeebbrreerroo ddee 22001155
AAuullaa MMaaggnnaa,, EE..TT..SS.. IInnggeenniieerrooss IInndduussttrriiaalleess ddee CCiiuuddaadd RReeaall
A distancia va Internet: 13 de Febrero- 13 de Marzo de 2015
44 PPLLAAZZAASS DDEE PPRRCCTTIICCAASS EENN RREEPPSSOOLL--PPUUEERRTTOOLLLLAANNOO
EENN VVEERRAANNOO ((22001155)) PPAARRAA AALLUUMMNNOOSS DDEELL CCUURRSSOO
ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE
INGENIEROS INDUSTRIALES
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AAnnlliissiiss ddee RRiieessggooss IInndduussttrriiaalleess eenn PPllaannttaass QQuummiiccaass yy PPeettrroolleerraass.. MMttooddoo HHAAZZ--OOPP
((XXVV EEddiicciinn))..
Profesores del temario:
Francisco Javier Castillo Poyatos. Jefe de Seguridad de Repsol Refino del C.I. de Puertollano.
Manuel Snchez Muoz. Tcnico de Seguridad de Repsol Refino del C.I. de Puertollano.
PROGRAMA
TEMA 1. INTRODUCCIN A LA IDENTIFICACIN Y EVALUACIN DE RIESGOS
1. INTRODUCCIN
2. ACCIDENTES. UNA PERSPECTIVA HISTRICA
3. NALISIS DE RIESGOS
4. OBLIGACIONES DERIVADAS DEL RD 1254/99 Y 948/05
5. DESCRIPCIN GENERAL DE REALIZACIN DE UN INFORME DE SEGURIDAD
6. ACR
6.3 Recursos necesarios
7. BIBLIOGRAFA
TEMA 2. MTODOS CUALITATIVOS PARA EL ANLISIS DE RIESGOS INDUSTRIALES
1. Gestin de petroqumica
2. Legislacin europea y espaola aplicable
2.1 Directivas Seveso. Novedades y calendario de implantacin
2.2 Legislacin espaola
3. ejemplo de accidente grave
4. Nociones generales sobre anlisis cualitativos de riesgos
4.1 Qu son los Anlisis de Seguridad de Procesos o Anlisis de Riesgos Industriales?
4.2 Para qu sirven los Anlisis de Riesgos Industriales?
4.3 Cundo hay que hacer un Anlisis de Riesgos Industriales?
4.4 Qu mtodos hay para realizar un Anlisis de Riesgos Industriales?
6.2 Anlisis preliminar de riesgos (APR/PHA)
6.3 Anlisis >(QPS/WHAT IF,,)
6.4 Anlisis mediante listas de comprobacin (ALC/CHEC LIST)
6.5 Anlisis de los modos de Fallo y sus efectos (AMFE/FMEA)
6.6 Anlisis cualitativos mediante rboles de fallos (AAF/FTA)
6.7 Anlisis cualitativos mediante rboles de sucesos (AAS/ETA)
6.8 Anlisis de causas y consecuencias (ACC)
6.9 Anlisis funcional de operatividad (AFO/HAZOP)
7. RIESGOS INDUSTRIALES POR ATMSFERAS EXPLOSIVAS
7.1 Atmsferas explosivas. Conceptos generales
7.2 Material elctrico para atmsferas explosivas
7.3 Aplicacin de las normativas ATEX en las plantas de proceso
7.4 Clasificacin de reas con riesgo de incendio o explosin
7.5 Evaluacin de riesgos de explosin
7.6 Materiales APTOS-ATEX 100
8. BIBLIOGRAFA
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TEMA 3. INTERPRETACIN DE PLANOS
1. INTRODUCCIN
2. OBJETO
3. REPRESENTACIONES GRFICAS (PLANOS DE PROCESOS)
TEMA 4. EJEMPLO PRCTICO DE HAZOP
1. 1. OBJETO
2. ALCANCE
3. DESARROLLO PRCTICO DEL EJERCICIO
3.1 Descripcin de la instalacin que se quiere estudiar
3.2 Descripcin de las protecciones del horno F-1
3.3 Consideraciones previas al anlisis
3.4 Estudio preliminar
3.5 Anlisis HAZOP
3.6 Conclusiones y recomendaciones
TEMA 5.ANLISIS CUANTITATIVO DE RIESGOS
1. OBJETO
2. ALCANCE
3. ANLISIS CUANTITATIVO DE RIESGOS
3.1 Riesgo: Definicin y tipos
3.2 Parmetros de medicin del riesgo
3.3 Tolerabilidad del riesgo
3.4 Criterios de tolerabilidad
3.5 Riesgos graves y catstrofes
4. EL ANLISIS DE LOS RIESGOS
5. ACCIDENTES GRAVES
5.1 Fenmenos peligrosos asociados a un accidente grave y valores crticos de las variables fsicas
5.2 Escenarios accidentales
6. ANLISIS CUANTITATIVO
6.1 Introduccin
6.2 Identificacin del riesgo
6.3 Anlisis de consecuencias y vulnerabilidad
6.4 Determinacin de las causas y frecuencias
6.5 Evaluacin del riesgo
7. BIBLIOGRAFA
TEMA 6. ESTUDIO HAZOP DE NAFTAS LIGERAS Y PESADAS
1. DESCRIPCIN DEL MTODO HAZOP
2. PARTICIPANTES
3. MATERIAL TCNICO UTILIZADO
4. DISTRIBUCIN DE NODOS
5. DESARROLLO DEL HAZOP
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IInnttrroodduucccciinn aa llaa IIddeennttiiffiiccaacciinn yy
EEvvaalluuaacciinn ddee RRiieessggooss
Ponente: Manuel Snchez Muoz
Tcnico de Seguridad de Repsol Refino del C.I. de Puertollano
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1. INTRODUCCIN
La mancha de crudo que provoc el accidente en la plataforma de BP est ya
considerada la ms grande en la historia de EEUU. Su presidente, Barack Obama, ha
advertido a la compaa que tendr que pagar toda la limpieza y las futuras
indemnizaciones que se deriven. Tras varios intentos fallidos para detener
definitivamente el flujo y cinco meses despus del desastre, el gobierno de EEUU ha
declarado que el pozo ha quedado definitivamente cerrado.
El accidente ocurrido el viernes 14 de agosto del 2003 pasar a formar parte de la
historia, como uno de los das ms trgicos de Puertollano y tambin de la historia de la
petroqumica en Espaa. En este suceso perdieron la vida nueve trabajadores y otros
ms result herido grave pero que pudo recuperarse gracias a las actuaciones de
emergencias realizadas. Eran las ocho y cuarto de la maana y los ciudadanos despus
de or y sentir una tremenda explosin, contemplaron una densa columna de humo
procedente del complejo petroqumico.
La explosin se registr en un tanque de nafta de la Unidad 100 del rea de refinera y
conversin, que dara lugar a un intenso incendio que se extendera a otros seis tanques
que contenan 8.600 m3 de gasolinas refinadas. Afortunadamente el incendio estuvo
confinado en un cubeto, que aisla la zona de almacenamiento de naftas de otras zonas
como medida de seguridad frente a derramamientos. Se consider que la frmula ms
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adecuada para acabar con el incendio era el que combustible se quemase y por ello las
llamas se alargaran hasta la maana del sbado.
Aun ms recientemente el 24 de Marzo de 2005, ocurri un accidente en una refinera
que BP (British Petroleum) tiene en Texas. El accidente ocurri en la unidad de
reformado de gasolinas. Este accidente fue el peor de la industria qumica en los ltimos
15 aos en Estados Unidos. Ms de 100 personas resultaron heridas y hubo alrededor de
15 muertos.
Tambin, en fechas recientes (21/09/2001) la explosin de un depsito de nitrato
amnico, en el que haba entre 200 y 300 toneladas de esta sustancia, de la planta
petroqumica AZF del grupo Total Fina Elf de la ciudad francesa de Toulouse provoc
la muerte de 29 personas y otras 1170 resultaron heridas.
Esto es solamente un exponente ms de la peligrosidad que encierra la actividad de la
produccin qumica y la ms reciente de las catstrofes producidas en la industria
qumica.
No hace tanto tiempo, en 1984, durante la noche del 2 al 3 de diciembre, un escape
txico originado en una planta de Union Carbide en Bhopal (India), figura 1.1 tuvo
lugar uno de los mayores desastres qumicos de la historia. En un tanque de metil
isocianato (MIC), que almacenaba 40 toneladas, se introdujo accidentalmente agua.
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La reaccin qumica resultante form una nube de MIC y otros productos que, en forma
de lquido y vapor, se liber al medio ambiente. Las poblaciones cercanas a la planta
sufrieron efectos inmediatos y devastadores.
El nmero de vctimas fatales como consecuencia del accidente fue motivo de
controversias aunque fueron estimadas segn las fuentes entre 3.000 y 16.000 personas,
mientras que el nmero de afectados oscil entre las 200.000 y 600.000 personas.
Figura 1.1. Planta siniestrada de Metil-Isocianato en Bophal (India)
Ms cerca de nosotros, el 10 de julio de 1976, en Seveso, una localidad densamente
poblada del norte de Italia, en la fbrica de cosmticos de la multinacional Hoffmann-La
Roche se produce la rotura de una vlvula.
El accidente provoc el escape de unos 2 kilogramos de 2,3,7,8-tetracloro-p-
dibenzodioxina, un gas de extremada toxicidad y persistencia en el medio ambiente.
Las consecuencias inmediatas fueron daos permanentes a cientos de personas, el
sacrificio de ms de 75.000 animales afectados, 18 hectreas de terrenos contaminados.
Ms tarde se evidenciaron otros efectos como un aumento alarmante de malformaciones
en los recin nacidos.
A partir de este accidente se empez a tomar conciencia en la Comunidad Europea de
los riesgos de accidentes en las industrias qumicas, elaborndose la llamada Directiva
Seveso 82/501/CEE, que pretenda la prevencin de los accidentes y la limitacin de
sus consecuencias mediante la existencia de planes de emergencia interior y exterior en
las instalaciones con riesgo de accidentes mayores.
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Pero, a pesar de la legislacin, catstrofes como sta han seguido producindose
afectando al medio ambiente, a la salud de las personas, a las actividades econmicas,
etc. Por ello es necesario estar continuamente vigilantes de las medidas de prevencin,
desde la fase de proyecto hasta el momento de desmantelar las instalaciones. Una vida
humana es ms valiosa que cualquier instalacin y aunque siempre existe un cierto nivel
de riesgo inherente al desarrollo de cualquier actividad este debe ser minimizado.
Este es el compromiso social del tcnico de seguridad, intentar reducir al mnimo la
posibilidad de que la vida humana o el entorno natural se vean afectados por las
consecuencias de la actividad productiva.
2. ACCIDENTES. UNA PERSPECTIVA HISTRICA
Los accidentes son tan antiguos como la actividad humana y algunos de los ms
antiguos vestigios arqueolgicos indican que asegurar la seguridad de la actividad ha
sido objeto de regulacin desde muy antiguo. La construccin de obras arquitectnicas:
edificios, monumentos, etc, fue la primera actividad laboral regulada en materia de
seguridad. Hammurabi, Rey de Babilonia en el 1700 a.d.C., incluy en su cdigo legal
un impuesto de seguridad para la construccin de casas para asegurar esta en caso de
derrumbe.
El cdigo 229 establece que si un constructor construye una casa para un cliente y no
hace la construccin firme y la casa que construy se derrumba y causa la muerte del
propietario, entonces, el constructor debe ser ejecutado, figura 2.1.
Figura 2.1. Detalle del cdigo 229 de Hammurabi (1700 a.d.C.)
La escena representada en la figura 2.2., que se encontr en la tumba del escultor
egipcio Deir-el-Medina (1200 a.d.C.), al oeste de Tebas muestra que los antiguos
egipcios pensaban que era necesario tener constancia sobre la ocurrencia de accidentes
laborales.
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En la parte superior izquierda se observa que un trabajador con el hombro dislocado
recibe los primeros auxilios por parte de otro operario, mientras que el operario calvo de
la izquierda ha recibido un fuerte golpe en su pie al caerle la maza. Por debajo de este
otro recibe asistencia para extraer algo de su ojo lesionado y la mujer de la parte inferior
de la derecha esta descansando.
Figura 2.2. Pintura encontrada en la tumba del escultor egipcio Deir-el-Medina
(1200 a.d.C.)
Incluso Moiss estableci medidas de seguridad. Entre los muchos principios morales
que aparecen en el nuevo testamento aparece el siguiente (Deu, 22,8): Cuando ests
construyendo una casa nueva, debes hacer un parapeto por debajo del tejado, de modo
que no puedas sentirte culpable del derramamiento de sangre sobre tu casa, si alguien se
cae de l.
El peligro para la salud de la actividad laboral se hizo patente ya para los romanos. La
vida de los esclavos de la manufactura de plomo se contaba en meses ms que en aos,
mientras que los trabajadores del cinabrio eran obligados a usar la vejiga del cerdo como
mascarilla anti-polvo.
Los incas del Per tambin comprobaron la importancia de la seguridad en la
construccin de sus inmensos edificios de piedra. En Saqsaywaman cerca de Cuzco, la
capital del impero inca, una roca que era transportada por una pendiente mediante
troncos rodantes rompi los arrastres y rod matando a un buen nmero de obreros. La
roca se la llamo la piedra rueda y ya no fue llevada a la cima de la montaa.
El cambio de la arquitectura Romnica a la Gtica tambin acarre problemas de
seguridad en la construccin. Por ejemplo, el techo de la catedral de Beauvais se call
dos veces en el siglo XIII y tambin lo hizo la techumbre del monasterio de Batalha en
Portugal de modo que al final la construccin se termino con reos condenados a muerte.
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La prdida de miembros no era infrecuente en la antigedad. Uno de los sucesos
notables que han llegado a nuestros das fue el que ocurri a Samuel Woods, en 1737,
que trabajaba en un molino en el condado de Kent. Este trabajador quedo atrapado en
los rodillos de uno de los grandes molinos que existan en la zona y el hombro y el brazo
fueron arrancados del cuerpo, el cronista escribi lo siguiente En el momento del
accidente, el dijo no sentir dolor, ms bien un hormigueo alrededor de la herida y solo
fue consciente de lo sucedido cuando vio su brazo girar sobre la rueda, los primeros
auxilios no estaban muy preparados en aquella poca y pusieron una gran cantidad de
miga de pan de azcar sobre la herida para intentar cortar la hemorragia. Cuando lleg
el mdico con instrumental para atender un brazo roto debido a la mala informacin
sobre el siniestro, tubo que enviar a buscar material quirrgico para suturar la herida y
vendarla y despus el siniestrado fue llevado al hospital en Londres y sobrevivi durante
ms de veinticinco aos como oficial de aduanas. Como no exista la paga de invalidez
el vendi su historia a la prensa para sacar algn dinero extra comentando los aspectos
mdicos ms morbosos de la historia, figura 2.3.
Figura 2.3. Grabado representando el accidente de Samuel Woods (1737)
Tambin nos han llegado referencias, de un suceso ocurrido cincuenta aos ms tarde,
en 1790 en Liverpool, de caractersticas similares en las que otro operario de un molino
pierde el brazo y tras el accidente, por su propio pie par el molino y despus de esto va
a pedir asistencia a los vecinos.
La situacin de la seguridad laboral en el siglo XVIII y anteriores no era muy elevada,
como recoga un peridico ingls de la poca: El sastre, el pintor, el minero, el
fabricante de vidrio, los trabajadores de la metalurgia, mientras suministran materiales
para satisfacer nuestros gustos y necesidades, estn perjudicando su salud y acortando
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sus das....ahogados en las minas, o gradualmente envenenados por efluvios nocivos de
metales, aceites, polvos, gases, etc, que se usan en sus trabajos y que hacen que la
imagen de estos talleres sea la de hombres asmticos, fatigados, consumidos...
La revolucin industrial incremento la actividad fabril y con ella aumento el nmero y la
frecuencia de los accidentes: Tambin creci la preocupacin por la seguridad laboral y
en 1792 se obliga a pagar una multa de 5 libras al propietario de una fundicin tras un
accidente con resultado de muerte tras ser alcanzado por una de las aspas de una
mquina de vapor.
Los filsofos griegos ya reconocieron que todo efecto es el resultado de una causa y este
axioma es tambin valido para la seguridad. A pesar de la larga historia de accidentes y
medidas preventivas, no fue hasta 1785 cuando se hizo el primer anlisis riguroso de las
causas y consecuencias de un accidente publicndose en la revista The Transactions of
the Philosophical Societies of all Nations. En ese ao, el frontal de una fabrica de harina
salto por los aires debido a una explosin de polvo (harina). La explicacin que se dio
por Count Morozzo es interesante y en su prrafo final dice: ........es por tanto, de gran
importancia que estos hechos sean universalmente conocidos, para que la opinin
pblica extraiga de su anlisis alguna enseanza ventajosa". Esta es posiblemente la
primera referencia a la seguridad preventiva, como medida para la reduccin del riesgo
de accidentes. Poco tiempo despus el ingeniero ingles Robert Stephenson escriba:
...nada es tan instructivo para los jvenes ingenieros, como el conocimiento de los
accidentes ocurridos en los grandes centros de trabajo y los medios utilizados para
repara sus daos. Un fidedigno conocimiento de estos accidentes y los medios utilizados
para su reparacin, es ms valioso que la descripcin de los mas importantes trabajos.
Morozzo y Stephenson se referan a los informes escritos sobre accidentes. Hoy en da
una vez sustituida la letra impresa, por el archivo informtico, es mucho ms sencillo el
almacenamiento y distribucin de la informacin sobre estos sucesos. Por ello, la
primera recomendacin en el informe sobre la explosin y el incendio, ocurrido en
1994, en la refinera de Texaco en Milford Haven es la de que los sistemas de gestin de
la seguridad deben incluir medios para la recopilacin, almacenamiento y distribucin
de informacin relevante sobre el funcionamiento en el tiempo de plantas similares.
La base de datos sobre accidentes de la IchemE es un intento de crear un sistema para
organizar la informacin obtenida a partir de los accidentes y las lecciones aprendidas
de su anlisis.
La amplia variedad de accidentes ocurridos demuestra, sin embargo, que no existen los
sistemas infalibles, Tablas 2.1 y 2.2. Sirva como ejemplo lo ocurrido con un tanque de
acero para el almacenamiento de un lquido altamente inflamable, construido con
amplias medidas de seguridad, con una tapa de hormign cubierta por medio metro de
tierra. El tanque estaba protegido contra descargas elctricas con seis placas de toma de
tierra. Pues bien, durante una tormenta un rayo derrib una antena de radio que cay
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sobre un roble de ms de 20 m, de modo que la descarga viajo a travs del rbol hasta
las races que estaban en contacto con una de las races a ms de 30 m de distancia. La
descarga hizo estallar el contenido del tanque que despidi la cubierta y causo graves
daos materiales.
Tabla 2.1. Relacin de los 10 explosiones ms graves de los ltimos aos
Orden Ao Actividad Entidad Situacin Nmero
vctimas
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
1984
1904
1985
1903
1918
1942
1921
1995
1961
1967
Mina
Buque
Oleoducto
Teatro
Forestal
Sala baile
Indust. Qumica
Escuela
Circo
Comercio
Gral. Socun
Iroquois
Cocoanut
LInnovation
Afganistan
Nueva York (EE.UU)
Cubatao (Brasil)
Chicago (EE.UU)
Minnesota (EE.UU)
Boston (EE.UU)
Oppau (Alemania)
Dabwali (India)
Niteroi (Brasil)
Bruselas (Blgica)
2.000
1.030
700
602
559
492
430
425
323
322
Tabla 2.2. Relacin de los 10 incendios ms graves de los ltimos aos
Orden Ao Actividad Entidad Situacin Nmero
vctimas
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
1917
1956
1984
1944
1995
1989
1947
1963
1913
1975
Buque
Mina
Planta gas (42)
Buque
Comercio
Gasoducto
Buque
Mina
Mina
Mina
PEMEX
Halifax (Canad)
Cali (Colombia)
San Juan (Mxico)
Bombay (India)
Sel (Corea del Sur)
Ufa (Rusia)
Texas City (EE.UU)
Omuta (Japn)
Senghenyd (G. Bret.)
Chasnada (India)
1.645
1.100
750
700
600
500
468
447
440
431
2.1. Evolucin histrica del marco legal
Como ya se ha comentado el concepto de condiciones de trabajo y consecuentemente la
mejora de dichas condiciones como aspiracin legtima de los trabajadores se remonta a
los tiempos de la industrializacin. Sin embargo, como problema social no toma auge
en Europa hasta los aos 70 debido a la presin que los sindicatos ejercen por medio del
movimiento para la mejora de la calidad de vida en el trabajo. En estas fechas varios
pases, Francia y Alemania entre otros, toman conciencia de dichas reivindicaciones
estableciendo organismos estatales para su estudio. En el mbito comunitario se crea en
1.975 la Fundacin Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y Trabajo, cuyo
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objeto principal es recoger informacin sobre las condiciones de vida y de trabajo en los
diferentes pases, estudiarla y difundir sus conclusiones.
En lo legislativo ha habido numerosas iniciativas, como la regulacin de la jornada de
trabajo, la proteccin de los colectivos sensibles (menores, mujeres embarazadas y
trabajadores temporales), la participacin, la representacin y la consulta a los
trabajadores, que junto a la normativa de seguridad e higiene estn conformando una
nueva poltica laboral y social para mejorar de las condiciones de trabajo. Condiciones
de trabajo seguras y saludables son, adems de una obligacin contractual de los
empresarios, parte integrante de las condiciones de trabajo. A principios de los aos 80
se estaban demandando en Europa cambios importantes en la legislacin de esta materia
que afectaban, entre otros aspectos, a la necesidad de ampliar el hasta entonces limitado
concepto de seguridad para que diera cabida a los problemas de salud que se originaban
en el puesto de trabajo, de extender la nocin que se tena de salud en dicho puesto de
trabajo para conectarla e integrarla con los sistemas nacionales de salud, de apostar
fuerte por la prevencin frente a otros enfoques de correccin y que la seguridad y la
salud de los trabajadores, fueran buscados desde el mismo momento en que se
concibieran los tiles, las mquinas, los lugares de trabajo y las tareas, de dar un
enfoque interdisciplinar y finalmente de vincular a los empresarios y a los trabajadores
en la elaboracin de las polticas y en la prctica de la prevencin.
Estos cambios han animado la filosofa legislativa ms reciente de la Unin Europea y
consecuentemente, la de sus pases miembros, impregnando a la Directiva Marco
89/391 CEE y a la Ley 31/1995 de Prevencin de Riesgos Laborales, as como al resto
de la normativa que la desarrolla. Dichos cambios se acercan a otras aspiraciones
sociales en el mbito de las condiciones de trabajo, como la de eliminar cualquier
vestigio de organizacin taylorista del trabajo.
Por otra parte, la prevencin de accidentes mayores tambin ha recibido una
considerable atencin legislativa en los ltimos aos. El Real Decreto 886/1988, de 15
de julio, sobre prevencin de accidentes mayores en determinadas actividades
industriales, modificado por el Real Decreto 952/1990, de 29 de julio, incorpor a
nuestro ordenamiento jurdico la Directiva 82/501/CEE, del Consejo, de 24 de
junio, Directiva Seveso I, relativa a los riesgos de accidentes graves en
determinadas actividades industriales, as como sus modificaciones por las Directivas
87/216/CEE y 88/610/CEE, de 19 de marzo y de 24 de noviembre, respectivamente.
Asimismo, en cumplimiento de la Ley 2/1985, de 21 de enero, de Proteccin Civil, y del
Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la norma bsica de
Proteccin Civil, en la que se recogen las directrices esenciales para la elaboracin de
los planes especiales para hacer frente a riesgos especficos, como es el caso del riesgo
qumico, se adopt por el Consejo de Ministros, en su reunin del da 23 de noviembre
de 1990, previo informe de la Comisin Nacional de Proteccin Civil, el Acuerdo por el
que se aprueba la Directriz bsica para la elaboracin y homologacin de los planes
especiales del sector qumico.
cnoresRealce
cnoresRealce
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Tras ms de diez aos de experiencia en la aplicacin de la Directiva 82/501/CEE, y tras
el anlisis de cerca de 130 accidentes que tuvieron lugar durante ese perodo de tiempo
en la Unin Europea, la Comisin Europea consider conveniente realizar una revisin
fundamental de la Directiva, que contemplara la ampliacin de su mbito y la inclusin
de algunos aspectos ausentes en la Directiva original, que mejoraran la gestin de los
riesgos y de los accidentes. Ello ha conducido a la aprobacin de la Directiva
96/82/CE, del Consejo, de 9 de diciembre, relativa al control de los riesgos inherentes a
los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, que tiene como
objetivo la obtencin de un alto nivel de proteccin para las personas, los bienes y el
medio ambiente ante accidentes graves, mediante medidas orientadas tanto a su
prevencin como a la limitacin de sus consecuencias y que, entre otras novedades,
plantea la necesidad de tener en cuenta la ubicacin de las instalaciones en la
planificacin urbanstica.
El REAL DECRETO 1254/1999 de 16-7-1999, sobre Medidas de control de los riesgos
inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas incorpora
a la legislacin espaola la Directiva 96/82/CE, denominada popularmente SEVESO II
y ampla las empresas obligadas y las imposiciones a stas en relacin a la prevencin
de accidentes mayores en las empresas sobre las recogidas en el RD 886/1988 y RD
952/1990 (Seveso I). En general, se puede afirmar que el RD 1254/1999 amplia
obligaciones propias, hasta ahora del sector qumico, a instalaciones de otros sectores de
actividad que tambin utilizan en sus procesos sustancias peligrosas.
En este contexto, se haca tambin necesaria la adecuacin de la directriz bsica a las
disposiciones de la Norma bsica de proteccin civil. Para ello se aprueba el RD
1196/2003, de 19 de septiembre, por el que se aprueba la Directriz bsica de proteccin
civil para el control y planificacin ante el riesgo de accidentes graves en los que
intervienen sustancias peligrosas.
Recientemente se ha considerado conveniente la ampliacin del mbito de aplicacin,
de acuerdo con las lecciones aprendidas de algunos accidentes industriales recientes y
los estudios sobre carcingenos y sustancias peligrosas: el vertido de cianuro que
contamin el Danubio tras el accidente de Baia Mare en Rumania, en enero de 2000; el
accidente pirotcnico de Enschede, en Holanda, ocurrido en mayo de 2000; la explosin
que tuvo lugar en una fbrica de fertilizantes de Toulouse, Francia, en septiembre de
2001; la ampliacin de la lista de carcingenos con cantidades umbral adecuadas y
rebajar significativamente las cantidades umbral asignadas a las sustancias peligrosas
para el medio ambiente en la Directiva 96/82/CE.
Por consiguiente, se consider necesario proceder a la modificacin del Real Decreto
1254/1999, para adaptarlo a la citada Directiva 2003/105/CE del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 16 de diciembre de 2003 y se aprob el RD 948/2005, de 29 de julio.
Por ltimo y en 2012 se ha llevado a cabo la revisin de la Directiva Seveso II
firmndose en el parlamento Europeo la Directiva 2012/18/UE: SEVESO III relativa al
http://europa.eu.int/cgi-bin/eur-lex/udl.pl?REQUEST=Seek-Deliver&LANGUAGE=es&SERVICE=eurlex&COLLECTION=lif&DOCID=396L0082http://europa.eu.int/cgi-bin/eur-lex/udl.pl?REQUEST=Seek-Deliver&LANGUAGE=es&SERVICE=eurlex&COLLECTION=lif&DOCID=396L0082http://europa.eu/cgi-bin/eur-lex/udl.pl?REQUEST=Seek-Deliver&LANGUAGE=es&SERVICE=eurlex&COLLECTION=lif&DOCID=31996L0082http://www.mtas.es/insht/legislation/RD/Acgrav1254.htmhttp://www.mtas.es/insht/legislation/RD/Acgrav1254.htmhttp://europa.eu/cgi-bin/eur-lex/udl.pl?REQUEST=Seek-Deliver&LANGUAGE=es&SERVICE=eurlex&COLLECTION=lif&DOCID=32003L0105cnoresRealce
cnoresRealce
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control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan
sustancias peligrosas y por la que se modifica y deroga la Directiva 96/82/CE (Seveso
II).
3. LA OBLIGACIN LEGAL DEL ANLISIS DE RIESGOS
En el REAL DECRETO 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban las medidas
de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan
sustancias peligrosas. BOE de 20 de julio de 1999, consta la obligacin, para los
industriales afectados, de presentar un Informe de Seguridad, IS en adelante. Esta
obligacin se extiende segn lo dispuesto en el art. 2 de la mencionada ley a los
establecimientos en los que estn presentes sustancias peligrosas en cantidades iguales o
superiores a las especificadas en la Tabla 1, que corresponden con las recogidas en la
columna 2 de las partes 1 y 2 del anexo I del RD.
Las cantidades recogidas en los anexos del mencionado RD, han sido modificadas en el
REAL DECRETO 948/2005, de 29 de julio, por el que se modifica el Real Decreto
1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos
inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas. BOE
nm. 181, de 30 de julio de 2005. Sobre todo aquellas relativas al Nitrato amnico y a
agentes carcinognicos o mediambientalmente peligrosos.
A efectos del citado Real Decreto, se entender por presencia de sustancias peligrosas su
presencia real o prevista en el establecimiento o la aparicin de las mismas que
pudieran, en su caso, generarse como consecuencia de la prdida de control de un
proceso industrial qumico, en cantidades iguales o superiores a los umbrales indicados
en las Tablas 3.1 y 3.2.
http://www.mtas.es/insht/legislation/#anexo1_1http://www.mtas.es/insht/legislation/#anexo1_2cnoresRealce
cnoresRealce
cnoresRealce
cnoresRealce
cnoresRealce
-
Tabla 3.1. Relacin de sustancias y cantidades que obligan legalmente a la
presentacin de informes de seguridad y planes de emergencia
Columna I Columna 2 Columna 3
Sustancias peligrosas Cantidad umbral (Tm)
(Art. 6 y 7) (Art. 9)
Nitrato de amonio (ver nota 1) 5000 10000
Nitrato de amonio (ver nota 2) 1250 5000
Nitrato de amonio (ver nota 3) 350 2500
Nitrato de amonio (ver nota 4) 10 50
Nitrato de potasio (ver nota 5) 5000 10000
Nitrato de potasio (ver Nota 6) 1250 5000
Pentxido de arsnico, cido arsnico (V) y/o sus sales 1 2
Trixido de arsnico, cido arsnico (III) y/o sus sales 0,1
Bromo 20 100
Cloro 10 25
Compuestos de nquel en forma pulverulenta inhalable (monxido de
nquel, dixido de nquel, sulfuro de nquel, disulfuro de trinquel, trixido
de dinquel
1
Etilenimina 10 20
Fluor 10 20
Formaldehdo 5 50
Hidrgeno 5 50
cido clorhdrico as licuado 25 250
Alquilos de plomo 5 50
Gases licuados extremadamente inflamables (incluidos GLP) y gas natural 50 200
Acetileno 5 50
xido de etileno 5 50
xido de propileno 5 50
Metanol 500 5000
4,4 metilen-bis (2-cloroanilina) y/o sus sales en forma pulverulenta 0,01
Isocianato de metilo 0,15
Oxgeno 200 2000
Diisocianato de tolueno 10 100
Dicloruro de carbonilo (fosgeno) 0,3 0,75
Trihidruro de arsnico (arsina) 0,2 1
Trihidruro de fsforo (fosfina) 0,2 1
Dicloruro de azufre 1 1
Trixido de azufre 15 75
Policlorodibenzofuranos y policlorodibenzodioxinas (incluida la TCDD)
calculadas en equivalente TCDD
0,001
Los siguientes CARCINGENOS en conc. superiores al 5 % en peso:
4-aminodifenilo y/o sus sales, triclorobenceno, bencidina y/o sus sales,
ter bis (clorometlico), clorometil metil ter, 1,2-dibromoetano, sulfato de
dietilo, sulfato de dimetilo, cloruro de dimetil carbamoilo, 1,2-dibromo-3-
cloropropano, 1,2dimetilhidracina, dimetilnitrosamina, triamida
hexametilfosfrica, hidracina, 2-naftilamina y/o sus sales, 4-nitrodifenil,
1,3 propanosulfona
0,5 2
Productos derivados del petrleo:
Gasolinas y naftas.
Querosenos (incluidos carburorreactores).
Gasleos (incluidos los gasleos de automocin, los de calefaccin y
componentes usados en las mezclas de gasleos comerciales).
2500 25000
cnoresRealce
-
NOTAS
1. Nitrato de amonio (5000/10000): abonos susceptibles de autodescomposicin Se aplica a los abonos compuestos y complejos a base de nitrato de amonio (los abonos
compuestos y complejos contienen nitrato de amonio con fosfato y/o potasa) cuyo
contenido de nitrgeno debido al nitrato de amonio represente:
a. Entre el 15,75 % (1) y el 24,5 % (2) en peso, y que o bien contengan un mximo de
0,4% en total de materiales combustibles u orgnicos, o bien cumplan los
requisitos del anexo III del Reglamento (CE) n. 2003/2003 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, relativo a los abonos.
b. El 15,75% (3) o menos en peso y con materiales combustibles no sujetos a
restricciones, y que sean susceptibles de autodescomposicin segn el ensayo con
cubeta de Ia ONU (vanse las Recomendaciones de las Naciones Unidas relativas
al transporte de mercancas peligrosas: manual de pruebas y criterios, parte III,
punto 38.2).
2. Nitrato de amonio (1250/5000): calidad para abonos. Se aplica a los abonos simples a base de nitrato de amonio y a los abonos compuestos y
complejos a base de nitrato de amonio cuyo contenido de nitrgeno debido al nitrato de
amonio sea:
a. Superior al 24,5 % en peso, salvo las mezclas de nitrato de amonio con dolomita,
piedra caliza y/o carbonato clcico de una pureza del 90 % como mnimo.
b. Superior al 15,75 % en peso para las mezclas de nitrato de amonio y sulfato de
amonio.
c. Superior al 28 % (4) en peso para las mezclas de nitrato de amonio con dolomita,
piedra caliza o carbonato clcico de una pureza del 90 % como mnimo, y que
cumplan los requisitos del anexo III del Reglamento (CE) n. 2003/2003 del
(Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, relativo a los
abonos
3. Nitrato de amonio (350/2500): calidad tcnica. Se aplica:
a. Al nitrato de amonio y los preparados de nitrato de amonio cuyo contenido de
nitrgeno debido al nitrato de amonio represente:
1. Entre el 24,5 % y el 28 % en peso y que contengan como mximo un
0,4 % de sustancias combustibles.
2. Ms del 28 % en peso y que contengan como mximo un 0,2 % de
sustancias combustibles.
b. A las soluciones acuosas de nitrato de amonio cuya concentracin de nitrato de
amonio supere el 80 % en peso.
4. Nitrato de amonio (10/50): materiales "fuera de especificacin" y abonos que no
superen la prueba de detonabilidad.
Se aplica:
a. Al material de desecho del proceso de fabricacin y al nitrato de amonio y los
preparados de nitrato de amonio, abonos simples a base de nitrato de amonio y
abonos compuestos o complejos a base de nitrato de amonio a que se refieren las
notas 2 y 3 que sean o que hayan sido devueltos por el usuario final a un
fabricante, a un lugar de almacenamiento temporal o a una instalacin de
transformacin para su reelaboracin, reciclado o tratamiento para poder
utilizarlos en condiciones seguras, por haber dejado de cumplir las
especificaciones de las notas 2 y 3.
b. A los abonos a que se refieren el primer guin de la nota 1 y la nota 2 que no
cumplan los requisitos del anexo III del Reglamento (CE) n. 2003/203 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, relativo a los
abonos.
5. Nitrato potsico (5000/10000): abonos compuestos a base de nitrato de potasio,
constituidos por nitrato de potasio en forma comprimida/granulada.
6. Nitrato potsico (1250/5000): abonos compuestos a base de nitrato de potasio ,
constituidos por nitrato de potasio en forma cristalina.
7. Policlorodibenzofuranos y policiorodibenzodioxinas. Las cantidades de los policlorodibenzofuranos y de las policlorodibenzodioxinas se
calculan con los factores de ponderacin siguientes:
http://www.mtas.es/insht/legislation/RD/Acgrav948.htm#a1_1_nota01#a1_1_nota01http://www.mtas.es/insht/legislation/RD/Acgrav948.htm#a1_1_nota02#a1_1_nota02http://www.mtas.es/insht/legislation/RD/Acgrav948.htm#a1_1_nota03#a1_1_nota03http://www.mtas.es/insht/legislation/RD/Acgrav948.htm#a1_1_nota04#a1_1_nota04
-
Factores de equivalencia txica (ITEF) para las familias de sustancias de riesgo
(OTAN/CCMS)
2,3,7,8-TCDD 1 2,3,7,8-TCDF 0,1
1,2,3,7,8-PeDD 0,5 2,3,4,7,8-PeCDF 0,5
1,2,3,7,8-PeCDF 0,05
1,2,3,4,7,8-HxCDD}
1,2,3,6,7,8-HxCDD} 0,1 1,2,3,4,7,8-HxCDF}
1,2,3,7,8,9-HxCDD} 1,2,3,7,8,9-HxCDF} 0,1
1,2,3,6,7,8-HxCDF}
2,3,4,6,7,8-HxCDF}
1,2,3,4,6,7,8-HpCDD 0,01
OCDD 0,001 1,2,3,4,6,7,8-HpCDF}
1,2,3,4,7,8,9-HpCDF} 0,01
OCDF 0,001
(T = tetra, Pe = penta, Hx = hexa, Hp = hepta, O = octa)
(1) El 15.75 % en peso de contenido de nitrgeno debido al nitrato de amonio corresponde a 45 % de
nitrato de amonio
(2) El 24,5 % en peso de contenido de nitrgeno debido al nitrato de amonio corresponde al 70 % de
nitrato de amonio
(3) El 15,75 % en peso de contenido de nitrgeno debido al nitrato de amonio corresponde al 45 % de
nitrato de amonio
(4) El 28 % en peso de contenido de nitrgeno debido al nitrato de amonio corresponde al 80 % o de
ntralo de amonio
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Tabla 3.2. Categoras de sustancias y preparados no denominados
especficamente en la Tabla 3.1
Columna 1 Columna 2 Columna 3
Categora de sustancias peligrosas Cantidad umbral (toneladas) de la
sustancia peligrosa en el sentido de su
definicin dada en el artculo 3, para la
aplicacin de:
(Art. 6 y 7) (Art. 9)
1. MUY TXICA 5 20
2. TXICA 50 200
3. COMBURENTE 50 200
4. EXPLOSIVA (vase la nota 2)
cuando la sustancia, preparado u objeto corresponda a la
divisin 1.4 del acuerdo ADR (Naciones Unidas) (1)
50 200
5. EXPLOSIVA (vase la nota 2)
cuando la sustancia, preparado u objeto corresponda a
alguna de las divisiones 1.1, 1.2, 1.3, 1.5 o 1.6 del
acuerdo ADR (Naciones Unidas) (1), o a los enunciados
de riesgo R2 o R3
10 50
6. INFLAMABLE
(cuando la sustancia o el preparado coincidan con la
definicin de la letra a) de la nota 3)
5000 50000
7a. MUY INFLAMABLE
(cuando la sustancia o el preparado coincida con la
definicin del punto 1 de la letra b de la nota 3
50 200
7b. Lquido MUY INFLAMABLE
(cuando la sustancia o el preparado coincidan con la
definicin del punto 2 de la letra b) de la nota 3)
5000 50000
8. EXTREMADAMENTE INFLAMABLE
(cuando la sustancia o el preparado coincidan con la
definicin de la letra c) de la nota 3).
10 50
9. SUSTANCIAS PELIGROSAS PARA EL MEDIO
AMBIENTE en combinacin con los siguientes
enunciados de riesgo:
i. R50: "muy txico para los organismos
acuticos" (se incluyen R50/53)
100 200
ii. R51/53: "txico para los organismos acuticos;
puede provocar a largo plazo efectos negativos
en el medio ambiente acutico".
200 500
10. CUALQUIER CLASIFICACIN distinta en
combinacin con los enunciados de riesgo siguientes:
i. R14: "reacciona violentamente con el agua" (se
incluye R 14/15)
100 500
ii. R29: "en contacto con el agua libera gases
txicos"
50 200
http://www.mtas.es/insht/legislation/RD/Acgrav948.htm#a1_2_nota01#a1_2_nota01http://www.mtas.es/insht/legislation/RD/Acgrav948.htm#a1_2_nota01#a1_2_nota01
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NOTAS
1. Las sustancias y preparados se clasifican con arreglo a las siguientes normas y a su adaptacin actual
al progreso tcnico:
Reglamento sobre notificacin de sustancias nuevas y clasificacin, envasado y etiquetado de las
sustancias peligrosas, aprobado por el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, y sus posteriores
modificaciones.
Reglamento sobre notificacin clasificacin, envasado y etiquetado de preparados peligrosos, aprobado
por el Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero, y sus posteriores modificaciones.
Cuando se trate de sustancias y preparados que no estn clasificados como peligrosos con arreglo a
ninguno de los reales decretos mencionados, por ejemplo residuos, pero que estn presentes en un
establecimiento, o puedan estarlo, y que posean, o puedan poseer, en las condiciones del establecimiento,
propiedades equivalentes para originar accidentes graves, los procedimientos para la clasificacin
provisional se llevarn a cabo de conformidad con el artculo pertinente del real decreto correspondiente.
Cuando se trate de sustancias y preparados cuyas propiedades permitan clasificarlos de ms de un modo,
se aplicarn las cantidades umbrales ms bajas a efectos de este real decreto. No obstante, para la
aplicacin de la regla de la nota 4, la cantidad umbral utilizada ser siempre la aplicable a la clasificacin
correspondiente.
2. Se entender por explosivo:
a. Una sustancia o preparado que cree riesgos de explosin por choque, friccin, fuego u otras
fuentes de ignicin (enunciado de riesgo R2).
b. Una sustancia o preparado que cree grandes riesgos de explosin por choque, friccin, fuego u
otras fuentes de ignicin (enunciado de riesgo R3), o
c. Una sustancia, preparado u objeto considerado en la clase 1 del Acuerdo Europeo sobre
transporte internacional de mercancas peligrosas por carretera ADR ( Naciones Unidas),
celebrado el 30 de septiembre de 1957, con sus modificaciones, tal como se incorpor a la
Directiva 94/55/CE del Consejo, de 21 de noviembre de 1994, sobre la aproximacin de las
legislaciones de los Estados miembros con respecto al transporte de mercancas peligrosas por
carretera.
Se incluyen en esta definicin las sustancias pirotcnicas que, a los efectos de este real decreto, se definen
como sustancias (o mezclas de sustancias) destinadas a producir un efecto calorfico, luminoso, sonoro,
gaseoso o fumgeno o una combinacin de ellos, mediante reacciones qumicas exotrmicas y
autosostenidas. Cuando una sustancia o un preparado est clasificado tanto en el ADR como en los
enunciados de riesgo R2 o R3, la clasificacin del ADR tendr preferencia con respecto a la asignacin de
enunciado de riesgo.
Las sustancias y objetos de la clase 1 estn clasificados en alguna de las divisiones 1.1 a 1.6 con arreglo al
sistema de clasificacin del ADR. Estas divisiones son las siguientes:
o Divisin 1.1: "Sustancias y objetos que presentan un riesgo de explosin en masa (una explosin en masa es una explosin que afecta de manera prcticamente instantnea a casi toda la carga)".
o Divisin 1.2: "Sustancias y objetos que presentan un riesgo de proyeccin sin riesgo de explosin en masa".
o Divisin 1.3: "Sustancias y objetos que presentan un riesgo de incendio con ligero riesgo de efectos de onda expansiva o de proyeccin o de ambos efectos, pero sin riesgo de explosin en
masa:
a. cuya combustin da lugar a una radiacin trmica considerable, o
b. que arden unos a continuacin de otros con efectos mnimos de onda expansiva o de
proyeccin o de ambos efectos".
o Divisin 1.4: "Sustancias y objetos que slo presentan un pequeo riesgo de explosin en caso de ignicin o cebado durante el transporte. Los efectos se limitan esencialmente a los bultos y
http://www.mtas.es/insht/legislation/RD/etiquetado.htmhttp://www.mtas.es/insht/legislation/RD/etiquetado_pp.htmhttp://europa.eu/cgi-bin/eur-lex/udl.pl?REQUEST=Seek-Deliver&LANGUAGE=es&SERVICE=eurlex&COLLECTION=lif&DOCID=31994L0055
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normalmente no dan lugar a la proyeccin de fragmentos de tamao apreciable ni a grandes
distancias. Un incendio exterior no debe implicar la explosin prcticamente instantnea de la
casi totalidad del contenido de los bultos".
o Divisin 1.5: "Sustancias muy poco sensibles que presentan un riesgo de explosin en masa, con una sensibilidad tal que, en condiciones normales de transporte, slo existe una probabilidad
muy reducida de cebado o de que su combustin se transforme en detonacin. Se exige como
mnimo que no exploten cuando se las someta a la prueba de fuego exterior".
o Divisin 1.6: "Objetos extremadamente poco sensibles que no supongan riesgo de explosin en masa. Dichos objetos no contendrn ms que sustancias detonantes extremadamente poco
sensibles y que presenten una probabilidad despreciable de cebado o de propagacin accidental.
El riesgo queda limitado a la explosin de un objeto nico".
En esta definicin tambin se incluyen las sustancias o preparados explosivos o pirotcnicos contenido en
objetos. En el caso de objetos que contengan sustancias o preparados explosivos o pirotcnicos, si se
conoce la cantidad de la sustancia o preparado contenida en el objeto, se considerar tal cantidad a los
efectos de este real decreto. Si no se conoce la cantidad, se tratar todo el objeto, a los. efectos de este real
decreto, como explosivo".
3. Por sustancias inflamables, muy inflamables y extremadamente inflamables. (categoras 6,7 y 8), se
entender por:
. Lquidos inflamables:
Sustancias y preparados cuyo punto de inflamacin sea igual o superiora 21 C e inferior o igual
a 55 C (enunciado de riesgo R10) y que mantengan la combustin.
a. Lquidos muy Inflamables:
1.
1. Sustancias y preparados que puedan calentarse y llegar a inflamarse en
contacto con el aire a temperatura ambiente sin ningn tipo de energa
aadida (enunciado de riesgo R 17).
2. Sustancias y preparados cuyo punto de inflamacin sea inferior a 55 C y
que permanezcan en estado lquido bajo presin, cuando determinadas
formas de tratamiento, por ejemplo presin o temperatura elevadas, puedan
crear riesgos de accidentes graves.
2. Sustancias y preparados cuyo punto de inflamacin sea inferior a 21 C y que no sean
extremadamente inflamables (enunciado de riesgo R 11, segundo guin).
b. Lquidos y gases extremadamente inflamables:
0. Sustancias y preparados lquidos cuyo punto de inflamacin sea inferior a 0 C cuyo
punto de ebullicin (o cuando se trate de una gama de ebulliciones, el punto de
ebullicin inicial) a presin normal sea inferior o igual a 35 C (enunciado de riesgo
R12, primer guin), y
1. Gases inflamables al contacto con el aire a temperatura y presin ambientes (enunciado
de riesgo R 12, segundo guin) que estn en estado gaseoso o supercrtico, y
2. Sustancias y preparados lquidos inflamables y muy inflamables mantenidos a un
temperatura superior a su punto de ebullicin.
4. En el caso de un establecimiento en el que no est presente ninguna sustancia preparado en cantidad
igual o superiora la cantidad umbral correspondiente, se aplicar la siguiente regla para determinar si
son aplicables a dicho establecimiento los requisitos pertinentes de este real decreto.
Se aplicar este real decreto si la suma
q1/QU1 + q2/QU2 + q3/ QU3 + q4/QU4 + q5/ QU5 +... es igual o mayor que 1
-
siendo: qx = la cantidad de la sustancia peligrosa o categora de sustancias peligrosas "x" prevista en las
partes 1 o 2 de este anexo,
y QUx = la cantidad umbral pertinente para la sustancia o categora "x" de la columna 3 de las partes 1 o 2.
Este real decreto se aplicar, excepto los artculos 9, 11 y 13, si la suma
q1/QL1, + q2/ QL2 + q3/ QL3 + q4/QL4 + q5/ QL5 + ... es igual o mayor que 1
siendo: qx = la cantidad de la sustancia peligrosa o categora de sustancias peligrosas "x" prevista en las
partes 1 o 2 de este anexo,
y QLx = la cantidad umbral pertinente para la sustancia o categora x de la columna 2 de las partes 1 o 2.
Esta regla se aplicar para evaluar los riesgos generales relacionados con la toxicidad, la inflamabilidad y
la ecotoxicidad. Por tanto, deber aplicarse tres veces:
. Para la suma de sustancias y preparados previstos en la parte 1 y clasificados como txicos o
muy txicos, junto con sustancias y preparados de las categoras 1 o 2.
a. Para la suma de sustancias y preparados contemplados en la parte 1 y clasificados como
comburentes, explosivos, inflamables, muy inflamables o extremadamente inflamables, junto
con sustancias y preparados de las categoras 3, 4, 5, , 7a, 7b u 8, y
b. Para la suma de sustancias y preparados previstos en la parte 1 y clasificados como peligrosos
para el medio ambiente (R50 (R50/53 inclusive) o R51/53), junto con las sustancias y
preparados de las categoras 9 (i) o 9 (ii).
Se aplicarn las disposiciones pertinentes de este real decreto si alguna de las sumas obtenidas de a), b) o c) es igual
o mayor que 1.".
Posteriormente, y para los industriales afectados por los artculos 6 y 7, en la Directriz
bsica de proteccin civil para el control y planificacin ante el riesgo de accidentes
graves en los que intervienen sustancias peligrosas - DB en adelante- se ampla el
contenido del ES y se indica que la Autoridad Competente podr, en casos
excepcionales, exigir, adicionalmente al ES, un Anlisis Cuantitativo de Riesgos -ACR
en adelante-, especificando tambin su contenido.
Ambos estudios, ES y ACR, tienen como objetivo identificar y evaluar las condiciones
de seguridad de las instalaciones de almacenamiento y/o proceso de productos
peligrosos, as como identificar los posibles riesgos y las consecuencias de los
accidentes que se pueden derivar de sus actividades. Quedan englobados en lo que se
podra denominar ms genricamente: Anlisis de Riesgos, siendo el segundo, el ACR,
el ms completo en su enfoque. En el siguiente ejercicio se muestra un ejemplo de
clculo de la obligatoriedad de llevar a cabo un Estudio de Seguridad o ACR.
En este tema, se establecen las distintas metodologas aplicables para llevar a cabo un
anlisis de riesgos en una instalacin qumica.
cnoresRealce
cnoresRealce
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4. OBLIGACIONES DERIVADAS DEL RD1254/99 y RD 948/05
En el artculo 6 del RD 1254/99 se recoge la obligacin por parte de los industriales que
se encuentren afectados por el RD de:
Artculo 6. Notificacin.
1. Los industriales, a cuyos establecimientos les sea de aplicacin el presente Real
Decreto, estn obligados a enviar una notificacin al rgano competente de la
Comunidad Autnoma donde radiquen, que contenga, como mnimo, la informacin y
los datos que figuran en el anexo II.
Tabla 4.1. ANEXO II DEL RD1254/99. Informacin Bsica para la
Administracin (IBA)
1. Nmero de registro industrial.
2. Nombre o razn social del industrial y direccin completa del establecimiento
correspondiente, telfono y fax.
3. Domicilio social del industrial y direccin completa, as como telfono y fax.
4. Nombre o cargo del responsable del establecimiento, si se trata de una persona
diferente del industrial al que se refiere el apartado b), y la informacin necesaria
para su localizacin las veinticuatro horas del da.
5. Informacin suficiente para identificar las sustancias peligrosas ya estn
expresamente nombradas o pertenezcan a categoras de sustancias de acuerdo al
anexo I de este Real Decreto:
6. Nombre qumico, nmero de CAS, nomenclatura IUPAC, otros posibles nombres
identificativos.
7. Cantidad mxima de la(s) sustancia(s) presente(s) o que puedan estar presente(s).
8. Si la sustancia o preparado se utiliza en proceso o almacn.
9. Caractersticas fsicas, qumicas y toxicolgicas e indicacin de los peligros,
tanto indirectos como diferidos para las personas, bienes y medio ambiente.
10. En el caso de pertenecer a una categora habr de indicarse adems del nombre
de la sustancia o preparado en concreto, los datos para su exacta identificacin en
las normas a las que hace referencia el mencionado anexo para su clasificacin,
en una u otra categora.
11. Actividad ejercida o actividad prevista en la instalacin o zona de
almacenamiento.
12. Breve descripcin de los procesos tecnolgicos.
13. Plano del establecimiento y distribucin de sus instalaciones.
http://www.mtas.es/insht/legislation/#anexo2
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14. Descripcin del entorno inmediato del establecimiento y, en particular, de
elementos capaces de causar un accidente grave o de agravar sus consecuencias,
como establecimientos o instalaciones, equipos, explotaciones, infraestructuras.
Por otra parte, todos los establecimientos afectados por el RD 948/05 segn lo
especificado en el artculo 7 del RD 1254/99 debern de definir su poltica de
prevencin, que contendr al menos los aparatados recogidos en la tabla 4.2.
Tabla 4.2. Obligaciones referentes a la Poltica de prevencin
Artculo 7. Poltica de prevencin de accidentes graves.
1. Los industriales de todos los establecimientos a los que sea de aplicacin el presente
Real Decreto, debern definir su poltica de prevencin de accidentes graves y
plasmarla en un documento escrito.
2. Esta poltica deber abarcar y reflejar los objetivos y principios de actuacin
generales establecidos por el industrial en relacin con el control de los riesgos de
accidentes graves, respecto a los elementos que se contemplan en el anexo III,
relativos a:
a. Organizacin y personal.
b. Identificacin y evaluacin de los riesgos de accidente grave.
c. Control de la explotacin.
d. Adaptacin a las modificaciones.
e. Planificacin ante situaciones de emergencia.
f. Seguimiento de los objetivos fijados.
g. Auditora y revisin.
Por otra parte y ya haciendo referencia concretamente a la necesidad de evaluar los riesgos y a la forma y extensin con que esta evaluacin debe hacerse, el articulo 9 del RD 1254 obliga a
los industriales afectados por la columna 3 a lo recogido en la Tabla 4.3.
http://www.mtas.es/insht/legislation/#anexo3
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Tabla 4.3. La obligacin del Informe de Seguridad
Artculo 9. Informe de seguridad.
1. Los industriales de establecimientos en los que estn presentes sustancias peligrosas
en cantidades iguales o superiores a las especificadas en la columna 3 de las partes 1
y 2 del anexo I estn obligados a elaborar un informe de seguridad, que tenga por
objeto:
a. Demostrar que se ha establecido una poltica de prevencin de accidentes
graves y un sistema de gestin de la seguridad para su aplicacin de
conformidad con los elementos que figuran en el anexo III;
b. Demostrar que se han identificado y evaluado los riesgos de accidentes, con
especial rigor en los casos en los que stos puedan generar consecuencias
graves, y que se han tomado las medidas necesarias para prevenirlos y para
limitar sus consecuencias para las personas, los bienes y el medio ambiente;
c. Demostrar que el diseo, la construccin, la explotacin y el mantenimiento
de toda instalacin, zona de almacenamiento, equipos e infraestructura ligada
a su funcionamiento, que estn relacionados con el riesgo de accidente grave
en el establecimiento, presentan una seguridad y fiabilidad suficientes;
d. Demostrar que se han elaborado planes de emergencia interior y facilitar los
datos necesarios que posibiliten la elaboracin del plan de emergencia
exterior a fin de tomar las medidas necesarias en caso de accidente grave;
e. Proporcionar informacin suficiente a las autoridades competentes para que
puedan tomar decisiones en materia de implantacin de nuevos
establecimientos o de autorizacin de otro tipo de proyectos en las
proximidades de los establecimientos existentes.
2. La poltica de prevencin de accidentes graves y el sistema de gestin de la seguridad
formarn parte del informe de seguridad, adems de los datos y la informacin
especificada en la declaracin obligatoria de la Directriz bsica para la elaboracin
y homologacin de los planes especiales del sector qumico.
Finalmente, la Directriz Bsica RD1196/03 seala los contenidos mnimos del
Informe de seguridad segn se recoge en la Tabla 4.4.
http://www.mtas.es/insht/legislation/#anexo1_1http://www.mtas.es/insht/legislation/#anexo1_2http://www.mtas.es/insht/legislation/#anexo3
-
Tabla 4.4. Contenidos del IS segn la Directriz Bsica
Artculo 4. Informe de seguridad.
4.1 Consideraciones generales.
El informe de seguridad deber incluir informacin suficiente sobre el establecimiento, su
entorno
La informacin deber ser suficiente para permitir a la autoridad competente evaluar la
idoneidad de los controles. En cualquier caso, puede hacerse referencia a otros documentos a
disposicin de las autoridades cuando stas lo soliciten.
El informe de seguridad incluir los siguientes contenidos: Informacin bsica para
la elaboracin de planes de emergencia exterior (IBA).
Informacin sobre la poltica de prevencin de accidentes graves y el sistema de
gestin de seguridad.
Anlisis del riesgo.
4.4 Anlisis del riesgo.
Los objetivos del anlisis del riesgo son identificar los accidentes graves que puedan ocurrir
en el establecimiento, as como el clculo de las consecuencias y daos producidos por
aqullos. De esta forma, quedarn determinados los que pueden ser calificados como
accidentes de categoras 2 y 3, segn la clasificacin recogida en el artculo 1 de esta
directriz.
El anlisis del riesgo presentar expresamente el siguiente contenido ** :
Identificacin de peligros de accidentes graves.
Clculo de consecuencias. Zonas de riesgo segn valores umbrales.
Clculo de vulnerabilidad.
Relacin de accidentes graves identificados.
Medidas de prevencin, control y mitigacin.
5. DESCRIPCION GENERAL DE LA METODOLOGA PARA LA
REALIZACIN DE UN INFORME DE SEGURIDAD
Los objetivos principales de un informe de seguridad son:
Identificar la naturaleza y uso de substancias peligrosas en la actividad
desarrollada.
Determinar el tipo, frecuencia relativa y consecuencias de los
accidentes mayores que pueden acontecer.
Dar cuenta de las medidas adoptadas para garantizar una operacin
segura, el control de las desviaciones que podran conducir a accidentes
mayores y los procedimientos de emergencia previstos.
Aunque debe constar de un estudio somero de las posibles causas de los accidentes y de
una estimacin cualitativa de su frecuencia, no existe una valoracin cuantitativa de las
frecuencias de ocurrencia con el fin de calcular el riesgo de la instalacin, tal como se
hace en el ACR.
http://www.mtas.es/insht/legislation/RD/Acc_grav_D.htm#articulo1#articulo1http://www.mtas.es/insht/legislation/RD/Acc_grav_D.htm#nota2#nota2
-
Desde el punto de vista formal el IS deber ser redactado en un estilo claro y conciso,
con el fin de que sea claramente comprensible por parte de quin tenga que proceder a
su consulta o revisin.
Los pasos sucesivos a seguir en un IS son los descritos en la figura 5.1. junto con los
resultados parciales obtenidos en cada fase y la divisin en apartados del
correspondiente informe.
Estar estructurado preferentemente en los siguientes apartados sobre la base de lo
previsto en el artculo 3, apartado 3.3 de la Directriz Bsica:
Apartado 1. Descripcin de subpolgono.
Apartado 2. Identificacin del riesgo.
Apartado 3. Clculo de consecuencias. Zonas de riesgos segn
valores umbrales.
Apartado 4. Relacin de accidentes mayores esperados.
Desde el punto de vista tcnico se aportar en anexos las referencias, documentos y
clculos necesarios para evaluar las afirmaciones que en l consten.
Los pasos sucesivos para desarrollar un ES sern bsicamente los que se describen a
continuacin.
5.1. Recogida de informacin y estudio general de la organizacin general de
seguridad de la instalacin
a) Informacin general sobre el emplazamiento y la instalacin
Elementos principales del entorno: natural (orografa, ecologa,
hidrologa):
Demogrficos (ncleos urbanos cercanos, puntos de
concentracin ocasionales, vas de circulacin)
Clasificacin urbanstica; puntos singulares a proteger
(monumentos histricos...);
Puntos que puedan constituir una fuente de daos a la instalacin
(instalaciones vecinas, transporte de MMPP...);
Infraestructuras (carreteras y vas de acceso). Esta informacin
forma parte de la Informacin Bsica para la elaboracin del Plan
de Emergencia Exterior (IBA en adelante).
Ubicacin de las distintas reas de la instalacin (oficinas, proceso,
laboratorio, zonas de carga y descarga). Esta informacin es la que se
resea en la Directriz Bsica, como descripcin del subpolgono.
-
Datos del censo industrial, incluyendo tambin datos generales sobre
contratistas.
Figura 5.1. Esquema de trabajo para la realizacin de un IS
b) Informacin tcnica
Ser la citada en la Directriz Bsica. Estar basada en los diagramas de tubera e
instrumentacin, diagramas de flujo, manuales de operacin, planos de implantacin de
unidades, etc.
Descripcin de las condiciones de operacin normal y de otras fases
operativas.
Informacin sobre la organizacin de la empresa
Poltica de seguridad de la empresa y forma de comunicacin al personal
Esquemas de organizacin generales de la empresa para explicar la
situacin de los departamentos, cuerpos y personas de ms relevancia con
respecto de la seguridad. Si es necesario esta informacin incluir:
Nmero de personas de cada departamento.
Descripcin de las actividades y responsabilidades de los departamentos,
cuerpos y personas de mayor relevancia en materia de seguridad.
-
Descripcin de las asesoras y auditoras externas realizadas en materia de
seguridad y actividades de los comits de seguridad, en caso de que existan.
Disposiciones adoptadas en materia de mantenimiento peridico e
inspecciones. Descripcin de las previsiones adoptadas para las operaciones
de mantenimiento:
Permisos de fuego, (cualquier trabajo que implique un punto de ignicin en
un rea clasificada requiere autorizacin).
Trabajos en presin, (cualquier trabajo que implique manipulaciones no
habituales en equipos con presin interna requiere autorizacin).
Entradas en equipos (cualquier trabajo que implique la entrada de operarlos
en equipo requiere autorizacin).
Para conocer con ms precisin la poltica general de seguridad de la empresa puede ser
necesario verificar los siguientes elementos:
Operativa que se sigue para modificaciones del proceso.
Operativa que se sigue con cambios de equipos.
Desarrollo e investigacin de la seguridad de nuevos procesos o
nuevos productos.
Actuacin de diagramas de tuberas instrumentacin, procedimiento
de operacin, manuales de operacin y otras documentaciones
Disponibilidad de licencias.
Instrucciones escritas.
Trabajos fuera de jornada normal.
Formacin, ejercicios, entrenamiento y asistencia de los empleados
(nuevos empleados, especifica de direccin).
Criterios de seleccin del personal tcnico.
Establecimiento de los objetivos de seguridad e incentivos para su
consecucin.
Registro e investigaciones de accidentes, incidentes y fallos.
Criterios bsicos de seleccin de contratistas en materia de seguridad.
Consultores externos en materia de seguridad. Estandars aplicados.
Uso, vigilancia y entrenamiento en el empleo de los equipos de
Seguridad y Alarma para prevencin y atenuacin de accidentes.
Descripcin de los trabajos ms habituales realizados en la instalacin
tanto por personal propio como por personal externo a la misma.
Procedimientos de trabajos. Permisos. Otros.
Informacin relativa a los accidentes mayores
-
Cantidades, condiciones de almacenamiento y procesos de las
substancias clasificadas. Esta informacin es la citada en el apartado
Al.3 del anexo 1 de descripcin del capitulo 2 de descripcin del
polgono.
Caractersticas fsico-qumicas de las substancias peligrosas. Esta
informacin tambin consta en la IBA.
Datos meteorolgicos.
Toda la informacin de los apartados anteriores ser recopilada y formar parte del
primer apartado del ES. Ser debidamente analizada con el fin de tener un buen
conocimiento de la instalacin, de su organizacin y nivel general de seguridad.
c) Delimitacin del rea de estudio, hiptesis de partida
Una vez conocida la instalacin, tanto desde el punto de vista de su organizacin como
desde su modo de operacin, habr que definir claramente los lmites del estudio. Esta
fase establecer de forma clara:
Las razones por las cuales se procede a un ES, especificando en
particular las cantidades y substancias que condicionen su realizacin
desde el punto de vista legal.
Las reas objeto de estudio
Si bien la legislacin vigente requiere el IS, en sentido estricto, para las substancias
clasificadas, sin embargo, el IS debera constituir una reflexin global sobre toda la
instalacin, abarcando, por tanto, todas las reas de la misma. Efectos sinrgicos como
consecuencias de un accidente pueden traer consigo daos sobre partes de la instalacin
que contengan substancias no-clasificadas y viceversa. Por otra parte, el IS tambin
constituye la base fundamental para la elaboracin del PEI y en esta medida debera de
contemplar adems de los accidentes mayores todos aquellos que al margen de su
gravedad, puedan producirse en la instalacin.
Tambin es licito, siempre y cuando se justifique especficamente, estudiar de forma
global las zonas de la instalacin para las cuales se considera a priori que no requieren
un estudio detallado.
Las fases operativas que se considerarn. Como en el casa anterior de descartarse
alguna, debern justificarse plenamente las razones.
Por ltimo, tambin constarn todas aquellas hiptesis o criterios generales aplicados en
el estudio.
Todas estas consideraciones debern incluirse de forma resumida al final del apartado
primero del IS.
5.2. Identificacin del riesgo. Mtodos existentes y criterios de seleccin
Los objetivos ltimos del anlisis de riesgos son la prevencin de la ocurrencia y
mitigacin de los efectos de accidentes en instalaciones industriales potencialmente
peligrosas a travs de un estudio sistemtico de las mismas.
-
Bsicamente consisten en:
- Identificar los riesgos que puede representar una instalacin industria para
las personas, bienes y medio ambiente.
- Tipificarlos en una serie de accidentes mayores cuya ocurrencia es
factible.
- Determinar los alcances que puedan tener estos accidentes.
- Definir las zonas vulnerables.
- Calcular los daos que puedan provocar.
- Analizar las causas de los accidentes, eventualmente cuantificando sus
frecuencias.
- Determinar las medidas de prevencin y proteccin, incluyendo las de
carcter organizativo, para evitar su ocurrencia o mitigar las
consecuencias.
- Determinar el nivel de riesgo asociado a las instalaciones.
Ms ampliamente los anlisis de riesgos deberan ser un medio para evaluar tambin la
poltica general de la seguridad de la empresa, junto con otros documentos, Plan de
Emergencia Interior o Informacin Bsica para la Administracin (IBA en adelante) en
su caso, abarcando:
- Organizacin y gestin de la empresa.
- Diseo y legislacin aplicables.
- Mantenimiento e inspecciones peridicas.
- Permisos de trabajo y procedimientos operativos.
- Registro de accidentes.
- Formacin e informacin a los operarlos.
5.2.1. Condiciones que condicionan la metodologa de anlisis
Las caractersticas de las instalaciones que pueden condicionar de forma decisiva las
metodologas a aplicar. Son:
- Extensin de la instalacin
El tamao de una instalacin determina la complejidad del estudio (una Refinera, por el
gran nmero de unidades que la componen, requiere un anlisis amplo). Asimismo, en
cuanto a nmero de empleados, proporciona tambin una estimacin de los recursos
humanos y materiales disponibles para los estudios.
- Tipo de instalacin
Bsicamente pueden distinguirse entre cuatro tipos de instalacin:
Instalaciones de almacenamiento de productos qumicos. Las operaciones
que les son asociadas son principalmente operaciones de carga/descarga
-
desde/a distintos elementos (camiones cisternas, vagones sistemas o barco),
de trasiego y envasado.
Instalaciones de produccin, transformacin o tratamiento de sustancias
qumicas.
Instalaciones en las cuales existen a la vez reas de almacenamiento
(materias primas, productos intermedios o productos acabados) y de
proceso.
En algunos casos, instalaciones de tratamiento de residuos industriales.
En las primeras el riesgo asociado proviene ms, en general, de los inventarlos de
producto que de la complejidad de las instalaciones. En el segundo caso el riesgo puede
ser ms disperso y el estudio es normalmente ms laborioso por los distintos tipos de
productos que intervienen, las condiciones variables de operacin, las mayores
interrelaciones entre distintos sistemas etc.
- Tipo de proceso
En las instalaciones de produccin, transformacin o tratamiento de substancias
qumicas conviene tambin distinguir entre procesos continuos y procesos discontinuos
o batch. Estos ltimos son secuenciales lo que obliga a un planteamiento de anlisis
de las distintas fases de la operacin, tanto en la identificacin de los riesgos, como en
su posterior tratamiento. Intervienen factores corno el orden de los pasos seguidos,
errores en la naturaleza, cantidad y calidad de las materias primas, etc. porque a menudo
se suelen compartir las lneas de proceso para la fabricacin de productos distintos. Por
otra parte suelen ser procesos poco mecanizados y con mayor contribucin manual.
En los primeros existen unas variables de proceso estacionarias que suelen oscilar
mnimamente entre unos valores determinados.
- Entorno de la instalacin
El entorno, a su vez, juega un papel decisivo a la hora de seleccionar la metodologa a
seguir. La presencia de puntos vulnerables (poblaciones, lugares de concentracin
ocasionales de personas, edificios singulares o zonas protegidas, etc.), justifican estudios
ms precisos no slo en cuanto a alcances de posibles daos, sino tambin en cuanto a
riesgo. Por otro lado, la proximidad de plantas y otros lugares potencialmente
peligrosos en la vecindad de la instalacin requerirn un tratamiento especfico en el
anlisis de riesgos.
- Situaciones operativas de la instalacin
Las situaciones operativas distintas de una instalacin constituyen tambin un factor a
tomar en consideracin. Un anlisis de riesgos completo debera contemplarse cada una
de las posibles situaciones operativas posibles en la medida en que cada una de ellas
contribuye al riesgo total de la instalacin. En cada una de ellas, por otra parte, los
riesgos pueden ser ' distintos e inherentes a la propia situacin. Su tratamiento,
asimismo, ser diferente.
-
As, para instalaciones de proceso, se podra distinguir:
Las puestas en marcha.
Los arranques.
Las paradas programadas.
Las paradas de emergencia.
Desmantelamiento y residuos en casos singulares.
Todas ellas son habitualmente secuenciales con sus particularidades propias y
requerirn un enfoque que atienda a cada una de las fases que las compongan.
La situacin operativa de funcionamiento normal depender tal como ya se ha
indicado anteriormente del tipo de proceso.
Por ltimo, las operaciones de mantenimiento son operaciones que en determinados
casos pueden realizarse durante el proceso productivo o condicionar el estado de
determinados componentes de un sistema (indisponibilidad de vlvulas no restauradas
a su posicin normal tras una operacin de mantenimiento o pruebas).
Para instalaciones de almacenamiento, tanto fijas como temporales (estaciones de
clasificacin, instalaciones portuarias) deber distinguirse entre:
- Las operaciones de trasiego: continuos (por ejemplo, de suministro de
materias primas a la parte de proceso) o las intermitentes (carga/descarga
desde/a algn medio de transporte a instalacin fija).
- Sin actividad pero con los recipientes parcial o totalmente llenos.
- Operaciones de mantenimiento, planificadas o no, de depsitos
(vaciado, inertizado, aireado, etc.).
5.2.2. Tipos de riesgos a considerar
Aunque los anlisis de riesgos se centran principalmente en los accidentes que
finalmente involucren productos qumicos, tambin deberan de contemplar todos
aquellos otros accidentes que puedan causar dao.
Bsicamente el anlisis de riesgos debera reflejar los siguientes riesgos qumicos:
- Riesgos qumicos provocados por causas internas. Entre estos
destacan:
Fallo de servicios (suministro elctrico, agua de reftigeracn, corte
de vapor de calefaccin...).
Fallo de operacin (sobrelienado, vaciado, sobrepresurizado, entrada
en vaco, ...).
Prdida de contencin (fugas, colapsos, roturas ...
Fallos humanos (error en un procedimiento, ...)
- Riesgos qumicos provocados por causas externas:
-
Causas naturales: inundaciones, seismos, lluvias torrenciales,
incendios forestales, vendavales ...
Tecnolgicos: actos de sabotaje, accidentes en instalaciones vecinas
...
Efectos sinrgicos y domin.
El efecto sinergtico es el que puede ocurrir cuando se
producen simultneamente dos sucesos generando
consecuencias que no son comparables a la suma de los efectos
contemplados de forma individual.
Por ejemplo, si en un mismo almacenamiento existen tanques
de TDI (toluendiisocianato) y polioles la rotura del tanque de
TDI produce una nube txica de pequeas dimensiones dada la
poca volatilidad del TDI. Si se produce la rotura del tanque de
poliol los efectos son mnimos.
Pero si se produce la rotura simultnea de los dos tanques, el TDI reacciona
exotrmicamente con el poliol y al elevarse la temperatura del TDI puede producirse
una nube txica de grandes dimensiones.
El efecto domin consiste en la ocurrencia de accidentes
consecutivos en el tiempo como consecuencia de los efectos
generados inicialmente.
En un almacenamiento de GLP, por ejemplo, la BLEVE de un
depsito puede provocar que la radiacin generada destruya un
depsito vecino.
Otros.
La identificacin de riesgos es una fase decisiva del IS en la medida en que constituye el
punto de partida del estudio y que condiciona todo su planteamiento. Constar de los
siguientes elementos:
o Seleccin del/los mtodos ms adecuados segn las caractersticas de la
instalacin.
o Aplicacin de/los mtodos.
o Anlisis de los resultados.
o Formulacin de sucesos iniciadores (definicin, escenarios y
condiciones).
o Estudio de las posibles causas, mtodos de prevencin y mitigacin.
o Estudio de su evolucin. Definicin de accidentes.
-
5.3. Etapas a seguir
5.3.1. Determinacin de los sucesos iniciadores
El objetivo de esta fase consiste, en primer lugar, en la determinacin de los sucesos
iniciadores susceptibles de provocar en su evolucin un accidente mayor.
El procedimiento a seguir debera de ser lo ms exhaustivo posible para garantizar la
identificacin de todos los posibles iniciadores.
Se recomienda en este sentido, y al margen de las tcnicas especficas que se apliquen,
revisar una lista de iniciadores potenciales en la instalacin. Como consecuencia de
este repaso preliminar se pueden descartar iniciadores a la vista de la levedad de sus
consecuencias.
Es importante, sin embargo, que quede constancia escrita de este proceso de reflexin,
con el fin de justificar adecuadamente los sucesos iniciadores finalmente retenidos para
un estudio ms detallado.
La lista de los posibles sucesos iniciadores deber constar corno mnimo de:
Sucesos iniciadores internos:
Fallo de servicios (suministro elctrico, agua de refrigeracin o
de proceso, aire, vapor, nitrgeno, combustible).
Fallo en el suministro/extraccin de productos qumicos,
Fallos de contencin (fugas, escapes, colapsos, etc.)
Sucesos iniciadores externos
De origen natural: inundaciones, seismos, lluvias torrenciales,
incendios, vendavales, rayos, temperaturas externas extremas etc.
Tecnolgicos u otros: actos de sabotaje, accidentes en
instalaciones vecinas, accidente en vas de circulacin prximas
con mercancas peligrosas, etc.
Efectos sinrgicos y domin:
Otros.
Como consecuencia de la aplicacin de los mtodos seleccionados se obtendr una lista
de los iniciadores. La definicin de los sucesos iniciadores constar de:
o Descripcin bsica del iniciador.
o Breve revisin de las causas que lo pueden provocar.
o Descripcin del escenario.
o Descripcin de las condiciones supuestas de su ocurrencia.
En la descripcin completa del suceso iniciador deber constar una estimacin de las
causas que puedan provocarlo. Se pueden citar las siguientes:
o Operacin fuera de los lmites de seguridad por errores humanos o fallo
en los sistemas de control (temperatura, nivel, presin, composicin).
-
o Reacciones fuera de control (reacciones exotrmicas, polimerizaciones,
descomposiciones).
o Contaminacin con productos incompatibles a travs de las redes de
servicios.
o Retroceso de reactivos hacia el almacenamiento.
o Errores en la gestin y almacenamiento de residuos.
o Corrosin interna.
o Corrosin externa.
o Erosin.
o Obstrucciones.
o Rotura de elementos de la instalacin (principalmente los ms dbiles:
cierres mecnicos, fuelles metlicos, mangueras, juntas de expansin,
etc.)
o Expansin trmica.
o Posibles errores en la torna de muestras.
o Errores de diseo. Etc.
En este ltimo punto es preciso indicar que el ES como tal debe contemplar de forma
prioritaria dos tipos de iniciadores:
o Aquellos que pueden provocar los accidentes ms probables a priori.
o Aquellos que pueden provocar los accidentes ms graves
razonablemente postulabas.
Tradicionalmente los estudios deterministas tienen como objetivo la determinaci6n de
los accidentes ms graves postulabas en una instalacin para as! definir la envolvente
mxima de daos.
Ahora bien, se matiza este enfoque completndolo con accidentes ms probables ya que:
o El ES debera ser tambin una base para la elaboracin del Plan de
Emergencia Interior (PEI en adelante).
o El dimensionamiento de recursos de intervencin internos/externos
debera preverse sobre la base de los accidentes ms probables y en
algunos casos excepcionales sobre los ms graves.
Para los accidentes ms probables a priori, un iniciador tipo de prdida parcial de la
cantidad total de producto almacenado (o inventario) deber ser:
o Roturas de las tuberas de dimetro medio.
y las condiciones de ocurrencia del suceso iniciador debern reflejar:
o Roturas parciales (10% de la seccin total).
o Equipo desde donde se produce la fuga con un nivel de llenado medio
(o el ms frecuente).
o Condiciones meteorolgicas ms probables.
-
o Funcionamiento correcto de sistemas de deteccin y mitigacin.
Para los accidentes ms graves postulabas, sin embargo, iniciadores tipo de prdida de
inventario debern ser:
o Prdida de todo el contenido (o inventario) del equipo.
o Roturas de las tuberas de dimetro mayor.
y las condiciones de ocurrencia de estos sucesos iniciadores debern de reflejar:
o Roturas totales.
o Equipo con nivel de llenado mximo (segn normas).
o Condiciones meteorolgicas ms desfavorables.
o Funcionamiento de sistemas de proteccin pasivos exclusivamente.
5.3.2. Determinacin de la evolucin de los sucesos iniciadores
La evolucin del suceso iniciador depender de su naturaleza, del escenario en el cual
sucede y de las condiciones de su ocurrencia.
Una vez establecidos de forma clara los sucesos iniciadores a contemplar se proceder a
estudiar su evolucin. Para ello se recurrir al rbol de sucesos. En este constarn
como factores condicionantes todos los elementos ya mencionados y habr tantos
rboles de sucesos como sucesos iniciadores a menos que a travs de una agrupacin
lgica de los mismos se pueda representar una evolucin de sucesos iniciadores
parecidos a travs de un mismo rbol. En todo caso, deber justificarse debidamente
esta clasificacin.
Como consecuencia de la elaboracin de los rboles de sucesos se obtendr la lista de
los accidentes ms caractersticos de la instalacin cuya ocurrencia podr ser debida a
varias secuencias de evolucin de iniciadores, incluso distintos.
5.3.3. Relacin de los accidentes
Se listarn los accidentes identificados y se describirn en una tabla parecida a la tabla
5.1 las condiciones de clculo.
Tabla 5.1. Modelo de tabla para el listado de los accidentes
Definicin
del suceso
iniciador
Producto Condiciones de Operacin Condiciones de fuga
Presin
(bar)
Temp.
(C)
Caudal
(m3/h)
Dimetro
(mm)
Presin
(bar)
Tem
p.
(C)
Cauda
l
(m3/h)
Dime
tro
(mm)
Tipo
de
interv
encin
-
5.4. Mtodos existentes para la identificacin de riesgos
Bsicamente pueden considerarse tres tipos de mtodos que se describen en los
siguientes apartados.
5.4.1. Mtodos cualitativos
Estos mtodos se caracterizan esencialmente por no recurrir a clculos numricos.
Suelen estar basados en tcnicas de anlisis crtico en las que intervienen distintos
expertos de la planta. Depende su eficacia de la calidad de la informacin disponible, su
exhaustividad.
Destacan los siguientes:
1. Anlisis histrico. Consiste en un estudio lo ms amplio posible sobre accidentes
ocurridos en el pasado en instalaciones y/o con productos similares a los estudiados.
2. HAZOP (o AFO, Anlisis Funcional de Operabilidad). Anlisis de operabilidad.
Tcnica inductiva de anlisis crtica realizada por un equipo pluridisciplinario para
identificar desviaciones de proceso que pueden conducir a accidentes.
3. Anlisis del modo, efecto y criticidad de los fallos (FMEAC). Mtodo inductivo
de reflexin sobre las causas/consecuencias de fallos de componentes en un sistema.
4. Anlisis preliminar de riesgos. Mtodo inductivo en el que se analiza de forma
sistemtica las causas, efectos principales y medidas preventivas/correctivas asociadas.
5. Check list. Constituyen listas exhaustivas de posibles iniciadores/accidentes a
contemplar en la Identificacin de riesgos,
6. What if ...? Mtodo inductivo en el cual se analiza sistemticamente las
consecuencias de determinados sucesos.
Pueden considerarse tambin en su raz, como mtodos cualitativos, los mtodos de
rboles de Fallos y rboles de Sucesos, siempre que no se les aplique el Clculo de
Frecuencias.
5.4.2. Mtodos semicualitativos
Estos mtodos se caracterizan por recurrir a una clasificacin de las reas de una
instalacin en base a una serie de ndices que miden su potencial para ocasionar dao en
funcin de una serie de magnitudes y criterios (cantidad de producto, caractersticas de
peligrosidad etc.).
Entre estos destacan:
1. Clasificacin mediante ndice de Mond de fuego, explosin y toxicidad.
2. Clasificacin mediante el ndice de Dow de fuego, explosin y toxicidad.
-
5.4.3. Otros mtodos de apoyo
Bsicamente se incluyen aqu las auditorias de seguridad que suelen responder a otros
objetivos (relativas a la organizacin de seguridad, el cumplimiento de una legislacin,
etc.), pero que pueden constituir una base para la identificacin de riesgos.
5.5. Criterios de seleccin de un mtodo para la identificacin de riesgos
Las tcnicas de identificacin de riesgos citados tienen unas pecularidades que hacen
que su aplicacin puede resultar ms provechosa en una circunstancia u otra.
Por otra parte, las reas de una instalacin compleja tienen unas caractersticas propias
que hacen aconsejable unas u otras tcnicas.
TABLA 5.2. CRITERIOS PARA LA SELECCIN DE UN MTODO
DE IDENTIFICACIN DE RIESGOS
I. CRITERIOS