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Código Civil y Comercial de la Nación 2014 – Contratos en general – Expositor Abogado Mariano Esper [email protected]

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Código Civil y Comercial de la Nación 2014

– Contratos en general –

Expositor

Abogado Mariano Esper

[email protected]

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1.Introducción general al Código 2014- Comisión Reformadora designada por Decreto nº

191/2011- Integrantes de la Comisión

1.Antecedentes nacionales de reforma o unificación de la legislación civil y comercial

- Anteproyecto Bibiloni de 1926- Proyecto de Reformas de 1936- Anteproyecto Llambías de 1954- Proyecto de Unificación de 1987 (ley vetada)- Proyectos del Poder Legislativo y del Poder Ejecutivo de

1993- Proyecto de 1998

1.Páginas electrónicas de interés jurídico- www.nuevocodigocivil.com- www.infojus.gob.ar

Antecedentes de la Reforma

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1.Compuesto por un Título Preliminar y seis Libros

2.Título Preliminar (arts. 1-18)

3.Libro I, “Parte general” (arts. 19-400)

4.Libro II, “Relaciones de familia” (arts. 401-723)

5.Libro III, “Derechos personales” (arts. 724-1881)

6.Libro IV, “Derechos reales” (arts. 1882-2276)

7.Libro V, “Transmisión de derechos por causa de muerte” (arts. 2277-2531)

8.Libro VI, “Disposiciones comunes a los derechos personales y reales” (arts. 2532-2671)

Metodología del nuevo Código

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1.Libro III, “Derechos personales” (arts. 724-1881)

a) Título I: “Obligaciones en general (arts. 724-956)

b) Título II: “Contratos en general” (arts. 957-1091)

c) Título III: “Contratos de consumo” (arts. 1092-1122)

d) Título IV: “Contratos en particular” (arts. 1123-1707)

e) Título V: “Otras fuentes de las obligaciones” (arts.1708-1881)

Estructura del Código en materia de derechos

personales

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1.Fusión del Código Civil y del Código de Comercio: unificación de figuras civiles y comerciales en un solo régimen (compraventa, mandato, fianza, mutuo, depósito, etc.)

2.Desaparición de la categoría de comerciante y del acto de comercio

3.No se trata de un “nuevo” Derecho Contractual

Lineamientos generales en materia de contratos

(1)

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4.Impresión general: fuerte presencia de la autonomía de la voluntad en todo el Código

5.Se alienta la contratación reduciendo las prohibiciones, límites, restricciones en materia de capacidad, etcétera

6.Redacción sencilla y llana. Lenguaje claro

Lineamientos generales en materia de contratos

(2)

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7.Simplificación y reducción de la extensión del articulado vigente

8.Método para regular cada figura contractual

9.Subsistencia en general de la legislación complementaria

Lineamientos generales en materia de contratos

(3)

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11.Acentuación del formalismo

11.Gran protagonismo de los usos y prácticas

12.Onerosidad en general de los contratos (mandato, mutuo, depósito) y de otras figuras (representación, gestión de negocios, usufructo, servidumbre)

Lineamientos generales en materia de contratos

(4)

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13.Derecho del Consumo: doble regulación. Superposición de instituciones y figuras. Ampliación de derechos del consumidor

14.Derechos intelectuales e industriales: ausencia de tratamiento orgánico

15.No se modifican las normas sobre competencia civil o comercial

Lineamientos generales en materia de contratos

(5)

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16.No se regulan, por ejemplo:- Contratos de empresa: management, licencia

de uso de marca, transferencia de tecnología, know-how, etcétera

- Contratos vinculados con la propiedad intelectual e industrial

- Contratos publicitarios- Contratos de salud- Contratos de prestación de servicios

profesionales- Contratos informáticos

Lineamientos generales en materia de contratos

(6)

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3. Se deroga la siguiente legislación especial en materia de contratos:- Decreto-ley 20.266/73: sólo se derogan los arts.

36, 37 y 38 sobre corretaje- Ley 21.342 de Normalización de las Locaciones

Urbanas, excepto su art. 6º- Ley 23.091 de Locaciones Urbanas- Ley 24.441 de Financiamiento de la Vivienda y la

Construcción: arts. 1 a 26 sobre fideicomiso- Ley 25.248 de Leasing: derogación del capítulo I –

excepto párrafos 2º y 3º del art. 11– y del capítulo III –excepto párrafos 2º y 3º del art. 28–

- Ley 26.005 de Consorcios de Cooperación

Legislación complementaria afectada

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1. Se mantiene vigente la siguiente la legislación especial en materia de contratos, entre otras normas:- Ley 9.644 de Prenda Agraria- Ley 11.723 de Propiedad Intelectual (excepto su art. 31)- Ley 11.867 de Transferencia de Fondos de Comercio- Decreto-ley 15.348/46 de Prenda con Registro- Ley 13.246 de Arrendamientos y Aparcerías Rurales- Ley 14.005 Venta de Inmuebles en Lotes y Pagaderos a

Plazos- Ley 17.418 de Seguros- Ley 22.423 de Venta de Inmuebles de Dominio del

Estado- Ley 24.432 de Honorarios Profesionales- Ley 25.065 de Tarjetas de Crédito- Ley 26.529 de Derechos del Paciente, Historia Clínica y

Consentimiento Informado

Legislación que se mantiene vigente

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1. Se regulan ciertos contratos anteriormente atípicos o innominados:- Suministro (arts. 1176 – 1186)- Contratos bancarios (arts. 1378 – 1420)- Factoraje (arts. 1421 –1428)- Contratos asociativos (arts. 1442 – 1478):

aclaraciones- Agencia (arts. 1479 – 1501)- Concesión (arts. 1502 – 1511)- Franquicia (arts. 1512 – 1524)- Cesión de la posición contractual (arts. 1636 – 1640)- Arbitraje (arts. 1649 – 1665)- Se regula la transacción como contrato (arts. 1641 –

1648)

Contratos atípicos que se legislan

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1. División del tipo general de contrato: contrato paritario, por adhesión y de consumo

2. Contratos paritarios, discrecionales o clásicos:- Concepto- Regulación en los arts. 957 a 1091

3. Contratos por adhesión:- Concepto- Regulación en los arts. 984 a 989

Categorías de contratos (1)

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4. Contratos de consumo:- Concepto- Regulación en los arts. 1092 a 1122

5. Libertad de contratación / orden público en cada categoría contractual

6. Importancia práctica de la distinción: diagnóstico jurídico

Categorías de contratos (2)

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1. Definición de contrato (art. 957)

“Contrato es el acto jurídico mediante el cual dos o más partes manifiestan su consentimiento para crear, regular, modificar, transferir o extinguir

relaciones jurídicas patrimoniales”

2. Aspectos relevantes de la caracterización legal:- Especie de acto jurídico (art. 259)- Dos o más partes. Acto consigo mismo (art. 368)- Manifestación del consentimiento- Objeto amplio- Relaciones jurídicas patrimoniales (incluye

convenciones matrimoniales y pactos de convivencia)

Contratos en general

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1. Libertad de contratación (arts. 12 y 958):- Caracterización en su doble aspecto- Límites- Invalidez de cláusulas contractuales de renuncia

anticipada de defensas judiciales (art. 944)

2. Efecto vinculante del contrato (art. 959)

3. Intervención judicial en los contratos (art. 960)

4. Buena fe (arts. 9, 729 y 961)

Principios generales (1)

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4. Supletoriedad de normas legales en materia contractual (art. 962)

5. Pautas de prelación normativa (art. 963)

6. Pautas de integración contractual (art. 964)

Principios generales (2)

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1. Regulación en los arts. 990 a 993

2. Metodología en materia de formación del consentimiento

1. Comienzo de las tratativas preliminares

Tratativas contractuales (1)

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4. Principio de libertad de negociación

5. Deberes durante el período precontractual- Buena fe- Confidencialidad- Ley 24.766 de Confidencialidad

4. Cartas de intención: de interpretación restrictiva y en principio carecen de la fuerza obligatoria de la oferta

Tratativas contractuales (2)

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1. Regulada en los arts. 971 y ss.

2. Concepto de oferta

3. Invitación a ofertar

4. Obligatoriedad de la oferta: dudas

Oferta (1)

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5.Oferta a personas ausentes: vigencia durante un plazo razonable

6.Retractación de la oferta: concepto y efectos

7.Caducidad de la oferta: teoría de la recepción

Oferta (2)

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1. Aceptación: plena conformidad con la oferta (art. 978)

2. Perfeccionamiento del contrato entre ausentes: teoría de la recepción

3. Concepto de “recepción” de la manifestación de voluntad: art. 983

4. Retractación de la aceptación: concepto y efectos

Aceptación

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1. Regulación en el art. 982

2. La figura de los “acuerdos parciales” sobre elementos esenciales particulares (art. 982):

a) Recepción de la teoría de la punktation

b) Decisivos efectos en el ámbito negocial

c) Dudas respecto de su validez

d) Nociones sobre la “minuta”

Los acuerdos parciales

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1. Primera cuestión: ¿es válido pactar al respecto?

2. Indicar que solo habrá acuerdo en caso de acuerdo completo y pleno sobre todos los elementos y aspectos del contrato que se está gestando

3. Otra opción: exigir la suscripción del contrato para considerarlo perfeccionado (solemnidad voluntaria: art. 284)

4. Las obligaciones o prestaciones no pueden exigirse

Sugerencias de redacción respecto de los acuerdos

parciales

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1. Regulación en los arts. 984 a 989

2. Definición y terminología

3. Dos modalidades de celebrar contratos por adhesión: redacción del contrato por el predisponente o por un tercero

Contratos por adhesión (1)

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4. Aplicación analógica a la contratación telefónica, electrónica o similar

5. Reglas de interpretación para estos contratos

6. Cláusulas abusivas (art. 988):- Supuestos legales de cláusulas abusivas- Efectos- Control administrativo y judicial

Contratos por adhesión (2)

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1. Importancia de esta modalidad en la contratación moderna

2. Calificación jurídica de un contrato como contrato por adhesión: su importancia práctica

3. ¿Cómo evitar la calificación de contrato “por adhesión”?

Contratos por adhesión: aspectos a considerar en su

redacción (1)

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4. Sugerencias vinculadas con la redacción:

a) Los considerandos o introducción al contrato

b) Incorporar cláusulas “particulares” o “adicionales”. Su importancia

c) Destacar los aspectos centrales del negocio: precio, plazo temporal, responsabilidades, garantías, restitución del inmueble

Contratos por adhesión: aspectos a considerar en su

redacción (2)

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4. Sugerencias vinculadas con la redacción (cont.):

d) Lectura previa y comprensión real de las condiciones y términos

e) Parte con experiencia en el tipo de negocios

f) Asesoramiento legal previo

Contratos por adhesión: aspectos a considerar en su

redacción (3)

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1. Supuestos usuales: renuncias de defensas judiciales, competencia judicial, recusación, acción reivindicatoria u otras, derecho de retención, invocar la teoría de la imprevisión, etc.

2. Pauta de los arts. 944 y 960, CCC

3. Sugerencia: precaución al introducir estas renuncias, especialmente en los contratos por adhesión y de consumo

Cláusulas de renuncias de derechos

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1. Regulación en los arts. 994 a 996

2. Supuestos: promesa de contratar y contrato de opción

1. Plazo de vigencia: un año, salvo plazo menor pactado. Posibilidad de renovación a su vencimiento

Contratos preliminares (1)

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4. Promesa de celebrar un contrato

5. Contrato de opción

6. El supuesto del pacto de preferencia. ¿Contrato preliminar?

Contratos preliminares (2)

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1. Normas aplicables: arts. 765 a 772

1. Concepto de obligación de dar dinero (art. 765):

“La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o

determinable, al momento de constitución de la obligación”

Obligaciones de dar dinero

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3. Obligaciones de dar moneda de curso legal (art. 766):

“El deudor debe entregar la cantidad correspondiente de la especie designada”

4. Coordinación entre el art. 766 y el art. 7, ley 23.928:

“El deudor de una obligación de dar una suma determinada de pesos cumple su obligación dando el

día de su vencimiento la cantidad nominalmente expresada”

Moneda nacional

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3. Régimen previsto en el art. 765, segunda parte:

“Si por el acto por el que se ha constituido la obligación, se estipuló dar moneda que no sea de

curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y

el deudor podrá liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal”

Moneda extranjera

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1.Principales diferencias entre ambos regímenes:

a) La obligación será considerada como de dar cantidades de cosas, y no como de dar sumas de dinero

b) Consecuencias: obligación de valor; indemnización integral en caso de incumplimiento

c) Reedición del art. 619, texto originario, del Código Civil

d) Efectos sobre la compraventa: ¿se transforma en permuta?

Diferencias con el régimen anterior

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1. Depósito bancario: art. 1390

2. Préstamo bancario: art. 1408

3. Descuento bancario: art. 1409

4. Mutuo: arts. 1525 y 1527

Algunas hipótesis contractuales especiales

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1.Introducción al pago por consignación

2.Nueva figura regulada en los arts. arts. 910 a 913

3.Requisitos de admisióna)Procedencia del pago por consignaciónb)Inexistencia de resolución del contratoc) Inexistencia de juicio por cumplimiento de

contrato

Consignación extrajudicial ante

escribano público (1)

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4. Procedimiento de la consignación extrajudiciala) Notificación fehaciente del deudor al acreedorb) Notificación fehaciente al acreedor por el escribano,

dentro de las 48 hs. hábiles de realizado el depósitoc) Diversas opciones del acreedor dentro del quinto día

hábil de notificado

5. Cargas del acreedor para posteriores reclamos

6. Opciones de depósito posible: ¿dinero, cheque cancelatorio?

Consignación extrajudicial ante

escribano público (2)

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1. Cláusula “de solvencia” de la parte adquirente

2. Cláusula de moneda extranjera como “condición esencial” del negocio

3. Cláusula de asunción del riesgo cambiario

Cláusulas usuales vinculadas con el precio

(1)

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4. Cláusula de renuncia a invocar la teoría de la imprevisión o a alegar otros institutos jurídicos

5. Cláusula de pago con títulos públicos o con pesos para adquirir títulos públicos

6. Aplicación de las cláusulas mencionadas en los contratos por adhesión y en los contratos de consumo

Cláusulas usuales vinculadas con el precio

(2)

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¡¡MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN!!

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