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Anexo I: Características Materiales.

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Índice

1 Introducción ........................................................................................................ 161

2 Generalidades ..................................................................................................... 161

2.1 Materiales facilitados por el contratista ........................................................ 161

2.2 Origen de los materiales ............................................................................... 162

2.3 Reconocimiento de los materiales ................................................................ 162

2.4 Normativa aplicable ...................................................................................... 162

3 MATERIALES GENERALES ..................................................................................... 163

3.1 Agua a emplear en morteros y hormigones .................................................. 163

3.1.1 Definición .............................................................................................. 163

3.1.2 Equipos .................................................................................................. 163

3.1.3 Criterios de aceptación o rechazo .......................................................... 163

3.1.4 Recepción .............................................................................................. 164

3.2 CEMENTO ..................................................................................................... 164

3.2.1 Definición .............................................................................................. 164

3.2.2 Condiciones generales ........................................................................... 164

3.2.3 Transporte y almacenamiento ............................................................... 165

3.2.4 Suministro ............................................................................................. 166

3.2.5 Control de calidad .................................................................................. 166

3.2.6 Control de recepción ............................................................................. 166

3.2.7 Criterios de aceptación o rechazo .......................................................... 167

3.2.8 Especificaciones técnicas y distintivos de calidad ................................... 167

3.2.9 Normas referenciadas ............................................................................ 167

3.2.9.1 Especificaciones técnicas y conformidad de la producción .............. 167

3.2.9.2 Toma de muestras y métodos de ensayo ........................................ 168

3.3 Productos filmógenos de Curado .................................................................. 169

3.3.1 Definición .............................................................................................. 169

3.3.2 Materiales. ............................................................................................ 169

3.3.3 Equipos. ................................................................................................. 170

3.3.4 Ejecución. .............................................................................................. 170

3.3.4.1 Aplicación. ...................................................................................... 170

3.3.4.2 Secado. ........................................................................................... 170

3.3.4.3 Instrucciones de uso. ...................................................................... 171

3.3.4.4 Envasado. ....................................................................................... 171

3.3.4.5 Capacidad de almacenamiento. ...................................................... 171

3.4 HORMIGONES ............................................................................................... 171

3.4.1 Definición .............................................................................................. 171

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3.4.2 Tipos de hormigón y distintivos de la calidad ......................................... 172

3.4.3 Dosificación del hormigón...................................................................... 172

3.4.4 Estudio de la mezcla y obtención de la formula de trabajo .................... 173

3.4.5 Ejecución. .............................................................................................. 173

3.4.5.1 Fabricación y transporte del hormigón. .......................................... 173

3.4.5.2 Entrega del hormigón. .................................................................... 174

3.4.5.3 Vertido del hormigón. ..................................................................... 174

3.4.5.4 Compactación del hormigón. .......................................................... 175

3.4.5.5 Hormigonado en condiciones especiales......................................... 176

3.4.5.6 Curado del hormigón. ..................................................................... 179

3.4.5.7 Reparación de defectos. ................................................................. 180

3.4.5.8 Recepción. ...................................................................................... 180

4 TRABAJOS DE DEMOLICIÓN ................................................................................. 180

4.1 Definición ..................................................................................................... 180

4.2 Clasificación .................................................................................................. 181

4.3 Estudio de la Demolición ............................................................................... 181

5 MOVIMIENTO DE TIERRAS ................................................................................... 182

5.1 Terraplenes ................................................................................................... 182

5.1.1 Definición .............................................................................................. 182

5.1.2 Zonas de los rellenos tipo terraplén ....................................................... 182

5.1.3 Materiales ............................................................................................. 183

5.1.3.1 Suelos seleccionados ...................................................................... 183

5.1.3.2 Suelos adecuados ........................................................................... 184

5.1.3.3 Suelos tolerables ............................................................................ 185

5.1.3.4 Suelos marginales ........................................................................... 185

5.1.3.5 Suelos inadecuados ........................................................................ 186

5.2 Terminación y refino de la explanada............................................................ 186

5.2.1 Definición .............................................................................................. 186

5.2.2 Refino de taludes ................................................................................... 186

5.3 Rellenos localizados ...................................................................................... 186

5.3.1 Definición .............................................................................................. 186

5.3.2 Zonas de rellenos ................................................................................... 187

5.3.3 Materiales ............................................................................................. 187

5.4 Geotextil anticontaminante .......................................................................... 187

5.4.1 Definición .............................................................................................. 187

5.4.2 Condiciones generales ........................................................................... 187

6 PAVIMENTOS ...................................................................................................... 188

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6.1 Zahorra artificial............................................................................................ 188

6.1.1 Definición .............................................................................................. 188

6.1.2 Características generales ....................................................................... 188

6.2 Suelocemento ............................................................................................... 189

6.2.1 Definición .............................................................................................. 189

6.2.2 Cemento ................................................................................................ 189

6.2.3 Materiales granulares ............................................................................ 190

6.2.3.1 Características generales ................................................................ 190

6.3 Emulsión bituminosa para riegos .................................................................. 191

6.3.1 Definición .............................................................................................. 191

6.3.2 Condiciones generales ........................................................................... 191

6.3.3 Fabricación ............................................................................................ 191

6.3.3.1 Transporte y almacenamiento ........................................................ 191

6.3.4 Recepción e identificación ..................................................................... 193

6.3.5 Control de calidad .................................................................................. 193

6.3.6 Especificaciones técnicas y distintivos de calidad ................................... 194

6.4 Emulsiones bituminosas modificadas con polímeros ..................................... 195

6.4.1 Definición .............................................................................................. 195

6.4.2 Condiciones generales ........................................................................... 195

6.4.3 Transporte y almacenamiento ............................................................... 195

6.4.4 Recepción e identificación ..................................................................... 196

6.5 Riegos de Imprimación.................................................................................. 196

6.5.1 Definición .............................................................................................. 196

6.5.2 Materiales ............................................................................................. 197

6.5.3 Árido de cobertura................................................................................. 197

6.5.3.1 Condiciones generales .................................................................... 197

6.5.3.2 Granulometría ................................................................................ 197

6.5.3.3 Limpieza ......................................................................................... 197

6.5.3.4 Plasticidad ...................................................................................... 198

6.5.4 Dotación de los materiales ..................................................................... 198

6.6 Riegos de adherencia .................................................................................... 198

6.6.1 Definición .............................................................................................. 198

6.6.2 Materiales ............................................................................................. 199

6.6.3 Dotación de ligante ................................................................................ 199

6.6.4 Ensayos .................................................................................................. 199

6.7 Riegos de curado .......................................................................................... 200

6.7.1 Definición .............................................................................................. 200

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6.7.2 Materiales ............................................................................................. 200

6.7.2.1 Árido de cobertura.......................................................................... 200

6.7.2.2 Dotación de los materiales.............................................................. 201

6.8 Betunes asfálticos ......................................................................................... 201

6.8.1 Definición .............................................................................................. 201

6.8.2 Condiciones generales ........................................................................... 201

6.8.3 Transporte y almacenamiento ............................................................... 202

6.8.4 Recepción e identificación ..................................................................... 203

6.9 Mezcla bituminosa en caliente ...................................................................... 203

6.9.1 Definición .............................................................................................. 203

6.9.2 Materiales ............................................................................................. 204

6.9.2.1 Ligante bituminoso ......................................................................... 204

6.9.2.2 Árido ............................................................................................... 204

6.9.2.3 Árido grueso ................................................................................... 205

6.9.2.4 Árido fino ........................................................................................ 206

6.9.2.5 Polvo mineral (filler) ....................................................................... 206

6.10 Pavimento hidráulico de hormigón en masa .............................................. 207

6.10.1 Definición .............................................................................................. 207

6.10.2 Materiales ............................................................................................. 207

6.10.3 Pasadores y barras de unión .................................................................. 208

6.10.4 Encofrados ............................................................................................. 209

6.10.5 Membranas para separación de la base o para curado del pavimento ... 209

6.10.6 Productos filmógenos de curado ............................................................ 209

6.10.7 Materiales para juntas ........................................................................... 209

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1 Introducción

El objetivo del presente anexo es presentar un Pliego de Prescripciones Técnicas tipo,

que sirva para dar una imagen general de las características de los materiales en la

construcción de una calle de salida.

2 Generalidades

Los materiales cumplirán las especificaciones que para los mismos se establecen en el

presente Pliego de Prescripciones.

Aunque no quede específicamente indicado en los diferentes apartados de este Pliego

de Prescripciones, todos los materiales cumplirán las especificaciones que establecen las

normas españolas o europeas cuyo cumplimiento sea obligatorio por quedar incluidas en

las Instrucciones o Reglamentos que afecten a los mismos.

Es obligación del Contratista cumplir las condiciones que para los materiales se fijan en

este Pliego, con independencia de lo que para los mismos se establece en relación a los

procesos de control de calidad de producción. A tal efecto, el Contratista vendrá obligado

a sustituir los materiales que incumplan las especificaciones de calidad establecidas para

los mismos, con independencia de los procesos de control especificados y la fase en que

se encuentre la ejecución.

2.1 Materiales facilitados por el contratista

Todos los materiales facilitados por el Contratista, incluidos en las unidades de obra

especificadas en proyecto, deberán cumplir las condiciones que para los mismos se

establezcan en el presente Pliego, para lo cual el Contratista deberá acreditar el

cumplimiento de las especificaciones, acompañando a los mismos, los Certificados de

Garantía, de Calidad o de Ensayo.

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El Contratista quedará obligado a que todos los materiales integrantes de las unidades

de obra o necesarios en los procesos y medios auxiliares para la ejecución de las mismas,

cumplan las especificaciones de calidad, seguridad y funcionalidad que imponen tales

procesos y las normas, instrucciones o reglamentos de cumplimiento obligatorio, siendo

de su exclusiva responsabilidad las consecuencias derivadas de tales incumplimientos.

2.2 Origen de los materiales

El Contratista deberá facilitar los Certificados de Garantía de los Materiales

incorporados en la obra sobre el cumplimiento de las especificaciones de este Pliego.

Tales certificados deberán acreditar el origen de los mismos, venir firmados por persona

física con capacidad suficiente a tales efectos y estarán basados en la acreditación

derivada de los controles de producción realizados por el Fabricante, resultados de los

cuales estarán a disposición para su comprobación en todos los casos en que lo exija para

ser realizada por sí mismo o por Organización delegada al efecto.

2.3 Reconocimiento de los materiales

La Dirección de Obra tendrá el derecho de reconocer los materiales y otros

componentes que integran las unidades y procesos incorporados a este proyecto,

previamente a su puesta en obra. A tal efecto el Contratista deberá prever los plazos

previstos necesarios para tal reconocimiento a fin de no afectar a la programación de las

obras.

2.4 Normativa aplicable

Serán de aplicación preceptiva para las obras las instrucciones, reglamentos y normas

que sean de obligado cumplimiento, de acuerdo con la legislación vigente, debiendo el

Contratista respetar tal exigencia en la selección de materiales, realización de unidades

de obra y establecimiento de los procesos de ejecución que incorpora el Proyecto.

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Cualquier equipo de material similar a los seleccionados que se pretenden emplear

para este Proyecto deberá cumplir, como mínimo las especificaciones, requiriendo para

poder ser empleado la aprobación del Director de la Obra.

3 MATERIALES GENERALES

3.1 Agua a emplear en morteros y hormigones

3.1.1 Definición

Se denomina agua para emplear en el amasado o en el curado de morteros y

hormigones, tanto a la natural como a la depurada, sea o no potable.

3.1.2 Equipos

Con la maquinaria y equipos utilizados en el amasado deberá conseguirse una mezcla

adecuada de todos los componentes con el agua.

3.1.3 Criterios de aceptación o rechazo

En general, podrán ser utilizadas, tanto para el amasado como para el curado de

morteros y hormigones, todas las aguas que la práctica haya sancionado como

aceptables.

En los casos dudosos o cuando no se posean antecedentes de su utilización, las aguas

deberán ser analizadas. En ese caso, se rechazarán !as aguas que no cumplan alguno de

los requisitos indicados en el artículo 27 de la vigente "Instrucción de Hormigón

Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya, salvo justificación especial de que su

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empleo no altera de forma apreciable las propiedades exigibles a los morteros y

hormigones con ellas fabricados.

3.1.4 Recepción

El control de calidad de recepción se efectuará de acuerdo con el artículo 81.2 de la

vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya.

El Director de las Obras exigirá la acreditación documental del cumplimiento de los

criterios de aceptación.

3.2 CEMENTO

3.2.1 Definición

Se definen como cementos los conglomerantes hidráulicos que, finamente molidos y

convenientemente amasados con agua, forman pastas que fraguan y endurecen a causa

de las reacciones de hidrólisis e hidratación de sus constituyentes, dando lugar a

productos hidratados mecánicamente resistentes y estables, tanto al aire como bajo

agua.

3.2.2 Condiciones generales

Las definiciones, denominaciones y especificaciones de los cementos de uso en obras

de carreteras y de sus componentes serán las que figuren en las siguientes normas:

UNE 80 301 Cementos. Cementos comunes. Composición, especificaciones y criterios

de conformidad.

UNE 80 303 Cementos resistentes a sulfatos y/o agua de mar.

UNE 80 305 Cementos blancos.

UNE 80 306 Cementos de bajo calor de hidratación.

UNE 80 307 Cementos para usos especiales.

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UNE 80 310 Cementos de aluminato de calcio.

Asimismo, será de aplicación todo lo dispuesto en la vigente "Instrucción para la

recepción de cementos (RC-08)" o normativa que la sustituya.

El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares indicará el tipo, clase resistente y, en

su caso, las características especiales de los cementos a emplear en cada unidad de obra.

3.2.3 Transporte y almacenamiento

El cemento será transportado en cisternas presurizadas y dotadas de medios

neumáticos o mecánicos para el trasiego rápido de su contenido a los silos de

almacenamiento.

El cemento se almacenará en uno o varios silos, adecuadamente aislados contra la

humedad y provistos de sistemas de filtros.

El cemento no llegará a obra excesivamente caliente. Si su manipulación se realizara

por medios neumáticos o mecánicos, su temperatura no excederá de setenta grados

Celsius (70ºC), y si se realizara a mano, no excederá del mayor de los dos límites

siguientes:

Cuarenta grados Celsius (40ºC)

Temperatura ambiente más cinco grados Celsius (5ºC).

Cuando se prevea que puede presentarse el fenómeno de falso fraguado, deberá

comprobarse, con anterioridad al empleo del cemento, que éste no presenta tendencia a

experimentar dicho fenómeno, realizándose esta determinación según la UNE 80 114.

Excepcionalmente, en obras de pequeño volumen y a juicio del Director de las Obras,

para el suministro, transporte y almacenamiento de cemento se podrán emplear sacos de

acuerdo con lo indicado al respecto en la vigente "Instrucción para la recepción de

cementos (RC-08)" o normativa que la sustituya.

El Director de las Obras podrá comprobar, con la frecuencia que crea necesaria, las

condiciones de almacenamiento, así como los sistemas de transporte y trasiego en todo

cuanto pudiera afectar a la calidad del material; y de no ser de su conformidad,

suspenderá la utilización del contenido del saco, silo o cisterna correspondiente hasta la

comprobación de las características que estime convenientes de las exigidas en este

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articulo, en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o en la vigente "Instrucción

para la recepción de cementos (RC-08)" o normativa que la sustituya.

3.2.4 Suministro

Para el suministro del cemento será de aplicación lo dispuesto en la vigente

"Instrucción para la recepción de cementos (RC-08)".

3.2.5 Control de calidad

Si con el producto se aportara certificado acreditativo del cumplimiento de las

especificaciones obligatorias de este artículo y/o documento acreditativo de la

homologación de la marca, sello o distintivo de calidad del producto, según lo indicado en

este artículo, los criterios descritos a continuación para realizar el control de recepción no

serán de aplicación obligatoria, sin perjuicio de las facultades que corresponden al

Director de las Obras. Se comprobará la temperatura del cemento a su llegada a obra.

3.2.6 Control de recepción

De cada lote se tomarán dos muestras, siguiendo el procedimiento indicado en la

vigente "Instrucción para la recepción de cementos (RC-08)" o normativa que la sustituya;

una para realizar los ensayos de recepción y otra para ensayos de contraste que se

conservará al menos durante cien (100) días, en un lugar cerrado, donde las muestras

queden protegidas de la humedad, el exceso de temperatura o la contaminación

producida por otros materiales. Cuando el suministrador de cemento lo solicite, se

tomará una tercera muestra para éste.

La recepción del cemento se realizará de acuerdo al procedimiento establecido en el

artículo 10 de la vigente "Instrucción para la recepción de cementos (RC-08)" o normativa

que la sustituya.

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3.2.7 Criterios de aceptación o rechazo

El Director de las Obras indicará las medidas a adoptar en el caso de que el cemento no

cumpla alguna de las especificaciones establecidas en el presente artículo.

3.2.8 Especificaciones técnicas y distintivos de calidad

El cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias requeridas a los

productos contemplados en el presente artículo, se podrá acreditar por medio del

correspondiente certificado que, cuando dichas especificaciones estén establecidas

exclusivamente por referencia a normas, podrá estar constituido por un certificado de

conformidad a dichas normas.

El certificado acreditativo de las especificaciones obligatorias de este articulo podrá ser

otorgado por las Administraciones públicas competentes en materia de carreteras, la

Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento (según ámbito) o los

organismos españoles -públicos y privados- autorizados para realizar tareas de

certificación y/o ensayos en el ámbito de los materiales, sistemas y procesos industriales,

conforme al Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre.

3.2.9 Normas referenciadas

Especificaciones técnicas que deben cumplir, toma de muestras y métodos de ensayo a

los que deben someterse los cementos

3.2.9.1 Especificaciones técnicas y conformidad de la producción

UNE 80 303-1:2001 y 1M:2006 Cementos con características adicionales. Parte 1:

Cementos resistentes a los sulfatos.

UNE 80 303-2:2001 y 1M:2006 Cementos con características adicionales. Parte 2:

Cementos resistentes al agua de mar.

UNE 80 304:2006 Cementos. Cálculo de la composición potencial del clínker portland.

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UNE 80 305:2001 Cementos blancos.

UNE 80 307:2001 Cementos para usos especiales.

UNE-EN 197-2:2000 Cementos. Parte 2: Evaluación de la conformidad.

UNE-EN 197-2:2002 ERRATUM Cementos. Parte 2: Evaluación de la conformidad.

3.2.9.2 Toma de muestras y métodos de ensayo

UNE-EN 196-1:2005 Métodos de ensayo de cementos. Parte 1: Determinación de

resistencias mecánicas.

UNE-EN 196-2:1996 Métodos de ensayo de cementos. Parte 2: Análisis químico de

cementos.

UNE-EN 196-3:2005 Métodos de ensayo de cementos. Parte 3: Determinación del

tiempo de fraguado y de la estabilidad del volumen.

UNE-EN 196-5:2006 Métodos de ensayo de cementos. Parte 5: Ensayo de

puzolanicidad para los cementos puzolánicos.

UNE-EN 196-8:2005 Métodos de ensayo de cementos. Parte 8: Determinación del calor

de hidratación. Método por disolución.

UNE-EN 196-9:2005 Métodos de ensayo de cementos. Parte 9: Determinación del calor

de hidratación. Método semiadiabático.

UNE 80117:2001 Métodos de ensayo de cementos. Ensayos físicos. Determinación del

color en los cementos blancos.

UNE 80 220:2000 Métodos de ensayo de cementos. Análisis químico. Determinación

de la humedad.

UNE 80 216:1991 EX Métodos de ensayo de cementos. Determinación cuantitativa de

los componentes.

UNE 80 217:1991 Métodos de ensayo de cementos. Determinación del contenido de

cloruros, dióxido de carbono y alcalinos en los cementos.

UNE 80 401:1991 Métodos de ensayo de cementos. Métodos de toma y preparación

de muestras de cemento.»

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3.3 Productos filmógenos de Curado

3.3.1 Definición

Se denominan productos filmógenos de curado aquellos que, aplicados sobre la

superficie del hormigón fresco, forman una membrana continua que reduce la pérdida de

humedad durante el período de primer endurecimiento, reduciendo al mismo tiempo la

elevación de temperatura del hormigón expuesto a los rayos solares, debido a la

pigmentación clara de la membrana. Los productos comprendidos bajo esta definición

pueden emplearse como medio de curado del hormigón fresco, así como con

posterioridad al desencofrado o a un curado húmedo inicial.

Se excluyen de este artículo productos alternativos, como emulsiones, aceites, etc.,

que puedan alterar las características superficiales del hormigón. Tampoco se contemplan

los productos laminares como telas plásticas, papel impermeable, etc.

3.3.2 Materiales.

Los productos filmógenos de curado serán compuestos líquidos, tipo pintura,

integrados por una base y un disolvente volátil, que en ningún caso producirán efectos

dañinos sobre el hormigón.

En general, la base, o porción no volátil, constará de un pigmento claro,

preferentemente blanco, finamente dividido, y un vehículo, que estará compuesto de

ceras naturales o sintéticas, o bien de resinas.

El Pliego de Prescripciones Técnicas, en cada caso, fijará las características del

producto filmógeno de curado que vaya a emplearse. En caso de utilizarse más de un

producto, deberá quedar claramente definida la asignación de cada uno de ellos a las

correspondientes unidades de obra de la que formen parte.

No se utilizará ninguna clase de producto filmógeno de curado, sin la aprobación

previa y expresa del Director de las Obras.

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3.3.3 Equipos.

La maquinaria y equipos utilizados en la distribución superficial del producto filmógeno

de curado asegurarán una distribución continua y uniforme de la película aplicada, así

como la ausencia de zonas deficitarias en protección.

El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares definirá, en su caso, los equipos a

emplear en la distribución superficial del producto filmógeno de curado.

3.3.4 Ejecución.

3.3.4.1 Aplicación.

El producto filmógeno de curado será de una consistencia tal que se pueda aplicar

fácilmente mediante pulverizado, durante el fraguado y primer período de

endurecimiento, en una capa uniforme, a una temperatura de cuatro grados Celsius (4°C)

o superior. Al aplicar el producto sobre el hormigón, según la dosificación especificada,

será posible apreciar visualmente la uniformidad de su reparto.

El producto deberá adherirse al hormigón fresco y también al hormigón endurecido

húmedo, formando una película continua, sin sufrir deterioros durante su aplicación. El

líquido filmógeno pigmentado no deberá reaccionar perjudicialmente con el hormigón,

particularmente con los iones de calcio.

3.3.4.2 Secado.

Después de doce horas (12h) de ser aplicado, el producto no permanecerá viscoso, ni

se adherirá al calzado dejando huella cuando se camine sobre él, ni tampoco

proporcionará una superficie deslizante al hormigón.

Una vez seca, la película formada deberá ser continua, flexible y sin roturas o lagunas

visibles, y deberá permanecer intacta al menos siete días (7d) después de su aplicación.

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Transcurrido este plazo, la membrana deberá poder disgregarse gradualmente hasta

desaparecer, bajo la influencia de los agentes atmosféricos o del uso.

3.3.4.3 Instrucciones de uso.

Las partidas de filmógenos irán acompañadas de sus instrucciones de uso, en las que

entre otras cosas figurarán los tiempos de espera recomendados en función de las

condiciones atmosféricas.

3.3.4.4 Envasado.

El producto será expedido en envases adecuados para que no sufra ningún tipo de

alteración y deberá rechazarse si, en el momento de abrir el recipiente que lo contiene,

presenta costras o sedimentaciones importantes.

3.3.4.5 Capacidad de almacenamiento.

El producto filmógeno de curado podrá ser almacenado, sin deterioro, durante seis

meses como mínimo. El producto no deberá sedimentar ni formar costras en el

recipiente, y será capaz de adquirir una consistencia uniforme después de ser batido

moderadamente o agitado con aire comprimido.

3.4 HORMIGONES

3.4.1 Definición

Se define como hormigón la mezcla en proporciones adecuadas de cemento, árido

grueso, árido fino y agua, con o sin la incorporación de aditivos o adiciones, que

desarrolla sus propiedades por endurecimiento de la pasta de cemento (cemento y agua).

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Los hormigones que aquí se definen cumplirán las especificaciones indicadas en la

vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya, así

como las especificaciones adicionales contenidas en este artículo.

A efectos de aplicación de este articulo, se contemplan todo tipo de hormigones.

Además para aquellos que formen parte de unidades de obra específicas, se considerará

lo dispuesto en los correspondientes artículos del Pliego de Prescripciones Técnicas

Generales.

3.4.2 Tipos de hormigón y distintivos de la calidad

Los hormigones no fabricados en central sólo se podrán utilizar cuando así lo autorice

el Director de las Obras, estando en cualquier caso limitada su utilización a hormigones de

limpieza o unidades de obra no estructurales.

El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares especificará, cuando sea necesario, las

características especiales que deba reunir el hormigón, así como las garantías y datos que

deba aportar el Contratista antes de comenzar su utilización.

3.4.3 Dosificación del hormigón.

La composición de la mezcla deberá estudiarse previamente, con el fin de asegurar que

el hormigón resultante tendrá las características mecánicas y de durabilidad necesarias

para satisfacer las exigencias del proyecto. Estos estudios se realizarán teniendo en

cuenta, en todo lo posible, las condiciones de construcción previstas (diámetros,

características superficiales y distribución de armaduras, modo de compactación,

dimensiones de las piezas, etc).

Se prestará especial atención al cumplimiento de la estrategia de durabilidad

establecida en el capítulo VII de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o

normativa que la sustituya.

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3.4.4 Estudio de la mezcla y obtención de la formula de trabajo

La puesta en obra del hormigón no deberá iniciarse hasta que el Director de las Obras

haya aprobado la fórmula de trabajo a la vista de los resultados obtenidos en los ensayos

previos y característicos.

La fórmula de trabajo constará al menos:

Tipificación del hormigón.

Granulometría de cada fracción de árido y de la mezcla.

Proporción por metro cúbico de hormigón fresco de cada árido (Kg/m3).

Proporción por metro cúbico de hormigón fresco de agua.

Dosificación de adiciones.

Dosificación de aditivos.

Tipo y clase de cemento.

Consistencia de la mezcla.

Proceso de mezclado y amasado.

3.4.5 Ejecución.

3.4.5.1 Fabricación y transporte del hormigón.

La fabricación y transporte del hormigón se realizará de acuerdo con las indicaciones

del artículo 69 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que

la sustituya.

En el caso de hormigonado en tiempo caluroso, se pondrá especial cuidado en que no

se produzca desecación de las amasadas durante el transporte. A tal efecto, si éste dura

más de treinta minutos (30 min) se adoptará las medidas oportunas, tales como reducir el

soleamiento de los elementos de transporte (pintándolos de blanco, etc.) o amasar con

agua fría, para conseguir una consistencia adecuada en obra.

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3.4.5.2 Entrega del hormigón.

La entrega del hormigón deberá regularse de manera que su puesta en obra se efectúe

de manera continua. El tiempo transcurrido entre entregas no podrá rebasar, en ningún

caso, los treinta minutos (30 min), cuando el hormigón pertenezca a un mismo elemento

estructural o fase de un elemento estructural.

Se cumplirán las prescripciones indicadas en el apartado 69.2.9 de la vigente

"Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya.

3.4.5.3 Vertido del hormigón.

Se cumplirán las prescripciones del artículo 70 de la vigente "Instrucción de Hormigón

Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya.

El Director de las Obras dará la autorización para comenzar el hormigonado, una vez

verificado que las armaduras están correctamente colocadas en su posición definitiva.

Asimismo, los medios de puesta en obra del hormigón propuestos por el Contratista

deberán ser aprobados por el Director de las Obras antes de su utilización.

No se permitirá el vertido libre del hormigón desde alturas superiores a 2 metros

quedando prohibido verterlo con palas a gran distancia, distribuirlo con rastrillos, o

hacerlo avanzar más de 1 metro dentro de los encofrados. Se procurará siempre que la

distribución del hormigón se realice en vertical, evitando proyectar el chorro de vertido

sobre armaduras o encofrados.

Al verter el hormigón, se vibrará para que las armaduras queden perfectamente

envueltas, cuidando especialmente las zonas en que exista gran cantidad de ellas, y

manteniendo siempre los recubrimientos y separaciones de las armaduras especificadas

en los planos.

En losas que no formen parte de pavimentos rígidos, el extendido del hormigón se

ejecutará por tongadas, dependiendo del espesor de la losa, de forma que el avance se

realice en todo el frente del hormigonado.

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En vigas, el hormigonado se efectuará avanzando desde los extremos, llenándolas en

toda su altura, y procurando que el frente vaya recogido para que no se produzcan

segregaciones ni la lechada escurra a lo largo del encofrado.

Cuando esté previsto ejecutar de un modo continuo las pilas y los elementos

horizontales apoyados en ellas, se dejarán transcurrir por lo menos 2 horas antes de

proceder a construir dichos elementos horizontales, a fin de que el hormigón de los

elementos verticales haya asentado definitivamente.

3.4.5.4 Compactación del hormigón.

La compactación del hormigón se realizará de acuerdo con las indicaciones del

apartado 70.2 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que

la sustituya.

El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares especificará los casos y elementos en

los cuales se permitirá la compactación por apisonado o picado.

El Director de las Obras aprobará, a propuesta del Contratista, el espesor de las

tongadas de hormigón, así como la secuencia, distancia y forma de introducción y retirada

de los vibradores.

Los vibradores se aplicarán siempre de modo que su efecto se extienda a toda la masa,

sin que se produzcan segregaciones locales ni fugas importantes de lechada por las juntas

de los encofrados. La compactación será más cuidadosa e intensa junto a los paramentos

y rincones del encofrado y en las zonas de fuerte densidad de armaduras, hasta conseguir

que la pasta refluya a la superficie.

Si se emplean vibradores de superficie, se aplicarán moviéndolos lentamente, de modo

que la superficie del hormigón quede totalmente humedecida.

Si se emplean vibradores sujetos a los encofrados, se cuidará especialmente la rigidez

de los encofrados y los dispositivos de anclaje a ellos de los vibradores.

Si se emplean vibradores internos, deberán sumergirse verticalmente en la tongada,

de forma que su punta penetre en la tongada adyacente ya vibrada, y se retirarán de

forma inclinada. La aguja se introducirá y retirará lentamente y a velocidad constante,

recomendándose a este efecto que no se superen 10 cm/s.

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La distancia entre puntos de inmersión será la adecuada para dar a toda la superficie

de la masa vibrada un aspecto brillante; como norma general será preferible vibrar en

muchos puntos por poco tiempo a vibrar en pocos puntos prolongadamente.

Cuando se empleen vibradores de inmersión deberá darse la última pasada de forma

que la aguja no toque las armaduras.

Antes de comenzar el hormigonado, se comprobará que existe un número de

vibradores suficiente para que, en caso de que se averíe alguno de ellos, pueda

continuarse el hormigonado hasta la próxima junta prevista.

En el caso del hormigón pretensado la compactación se efectuará siempre mediante

vibrado. Se pondrá el máximo cuidado en que los vibradores no toquen las vainas para

evitar su desplazamiento o su rotura y consiguiente obstrucción. Durante el vertido y

compactado del hormigón alrededor de los anclajes, deberá cuidarse de que la

compactación sea eficaz, para que no se formen huecos ni coqueras y todos los

elementos del anclaje queden bien recubiertos y protegidos.

3.4.5.5 Hormigonado en condiciones especiales.

3.4.5.5.1 Hormigonado en tiempo frío.

Se cumplirán las prescripciones del artículo 72 de la vigente "Instrucción de Hormigón

Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya.

El hormigonado se suspenderá, como norma general, siempre que se prevea que,

dentro de las 48 horas siguientes, la temperatura ambiente puede descender por debajo

de los 0 °C. A estos efectos, el hecho de que la temperatura registrada a las 9 horas de la

mañana, hora solar, sea inferior a 4 °C, puede interpretarse como motivo suficiente para

prever que el límite prescrito será alcanzado en el citado plazo.

Las temperaturas podrán rebajarse en 3 °C cuando se trate de elementos de gran

masa; o cuando se proteja eficazmente la superficie del hormigón mediante sacos, paja u

otros recubrimientos aislantes del frío, con espesor tal que pueda asegurarse que la

acción de la helada no afectará al hormigón recién ejecutado; y de forma que la

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temperatura de su superficie -1°C, la de la masa dé hormigón no baje de 5 °C, y no se

vierta el hormigón sobre elementos cuya temperatura sea inferior a 0 °C.

Las prescripciones anteriores serán aplicables en el caso en que se emplee cemento

portland. Si se utiliza cemento de horno alto o puzolánico, las temperaturas mencionadas

deberán aumentarse en 5 °C; y, además, la temperatura de la superficie del hormigón no

deberá bajar de 5 °C.

La utilización de aditivos anticongelantes requerirá autorización expresa del Director

de las Obras. Nunca podrán utilizarse productos susceptibles de atacar a las armaduras,

en especial los que contengan iones cloruro.

En los casos en que por absoluta necesidad, y previa autorización del Director de las

Obras, se hormigona en tiempo frío con riesgo de heladas, se adoptarán las medidas

necesarias para que el fraguado de las masas se realice sin dificultad. En el caso de que se

caliente el agua de amasado o los áridos, éstos deberán mezclarse previamente, de

manera que la temperatura de la mezcla no sobrepase 40 °C, añadiéndose con

posterioridad el cemento en la amasadora. El tiempo de amasado deberá prolongarse

hasta conseguir una buena homogeneidad de la masa, sin formación de grumos.

3.4.5.5.2 Hormigonado en tiempo caluroso.

Se cumplirán las prescripciones del artículo 73 de la vigente "Instrucción de Hormigón

Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya.

Los sistemas propuestos por el Contratista para reducir la temperatura de la masa de

hormigón deberán ser aprobados el Director de las Obras previamente a su utilización.

3.4.5.5.3 Hormigonado en tiempo lluvioso.

Si se prevé la posibilidad de lluvia, el Contratista dispondrá, toldos u otros medios que

protejan al hormigón fresco. Como norma general, el hormigonado se suspenderá en caso

de lluvia, adoptándose las medidas necesarias para impedir la entrada del agua a las

masas de hormigón fresco.

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3.4.5.5.4 Juntas.

Las juntas podrán ser de hormigonado, contracción y/o dilatación. Las de dilatación

deberán venir definidas en los Planos del Proyecto. Las de contracción y hormigonado se

fijarán de acuerdo con el plan de obra y las condiciones climatológicas, pero siempre con

antelación al hormigonado.

Se cumplirán las prescripciones del artículo 71 de la vigente "Instrucción de Hormigón

Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya.

Las juntas creadas por las interrupciones del hormigonado deberán ser

perpendiculares a la dirección de los máximos esfuerzos de compresión, y deberán estar

situadas donde sus efectos sean menos perjudiciales. Si son muy tendidas se vigilará

especialmente la segregación de la masa durante el vibrado de las zonas próximas, y si

resulta necesario, se encofrarán. Si el plano de la junta presenta una mala orientación, se

demolerá la parte de hormigón que sea necesario para dar a la superficie la dirección

apropiada.

Cuando sean de temer los efectos debidos a la retracción, se dejarán las juntas

abiertas durante algún tiempo, para que las masas contiguas puedan deformarse

libremente. La apertura de tales juntas será la necesaria para que, en su día, se puedan

hormigonar correctamente.

Al reanudar el hormigonado, se limpiarán las juntas de toda suciedad, lechada o árido

suelto y se picarán convenientemente. A continuación, y con la suficiente antelación al

hormigonado, se humedecerá la superficie del hormigón endurecido, saturándolo sin

encharcarlo. Seguidamente se reanudará el hormigonado, cuidando especialmente la

compactación en las proximidades de la junta.

En el caso de elementos de hormigón pretensado, no se dejarán más juntas que las

previstas expresamente en los Planos y solamente podrá interrumpirse el hormigonado

cuando por razones imprevistas sea absolutamente necesario. En ese caso, las juntas

deberán hacerse perpendiculares a la resultante del trazado de las armaduras activas. No

podrá reanudarse el hormigonado sin el previo examen de las juntas y autorización del

Director de las Obras, que fijará las disposiciones que estime necesarias sobre el

tratamiento de las mismas.

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3.4.5.6 Curado del hormigón.

Durante el fraguado y primer período de endurecimiento, se someterá al hormigón a

un proceso de curado que se prolongará a lo largo del plazo que, al efecto, fije el Pliego

de Prescripciones Técnicas Particulares, o en su defecto, el que resulte de aplicar las

indicaciones del artículo 74 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o

normativa que la sustituya.

Durante el fraguado y primer período de endurecimiento, deberá asegurarse el

mantenimiento de la humedad del hormigón, para lo cual deberá curarse mediante

procedimientos que no produzcan ningún tipo de daño en superficie, cuando esta haya de

quedar vista, ni suponga la aportación de sustancias perjudiciales para el hormigón.

Podrán utilizarse como procedimientos de curado, el riego directo con agua (evitando

que se produzca el deslavado del hormigón), la disposición de arpilleras, esterillas de paja

u otros tejidos análogos de alto poder de retención de humedad, láminas de plástico y

productos filmógenos de curado, de forma que la velocidad de evaporación no supere en

ningún caso el medio litro por metro cuadrado y hora (0,50 l/m2/h).

Cuando el hormigonado se efectúe a temperatura superior a 40 °C, deberá curarse el

hormigón por vía húmeda. El proceso de curado deberá prolongarse sin interrupción

durante al menos 10 días.

Las superficies de hormigón cubiertas por encofrados de madera o de metal expuestos

al soleamiento se mantendrán húmedas hasta que puedan ser desmontadas, momento

en el cual se comenzará a curar el hormigón.

En el caso de utilizar el calor como agente de curado para acelerar el endurecimiento,

se vigilará que la temperatura no sobrepase los 75 °C y que la velocidad de calentamiento

y enfriamiento no exceda de 20°C/h. Este ciclo deberá ser ajustado experimentalmente

de acuerdo con el tipo de cemento utilizado.

Si el rigor de la temperatura lo requiere, el Director de las Obras podrá exigir la

colocación de protecciones suplementarias, que proporcionen el debido aislamiento

térmico al hormigón y garanticen un correcto proceso de curado.

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3.4.5.7 Reparación de defectos.

Los defectos que hayan podido producirse al hormigonar deberán ser comunicados al

Director de las Obras, junto con el método propuesto para su reparación. Una vez

aprobado éste, se procederá a efectuar la reparación en el menor tiempo posible.

Las zonas reparadas deberán curarse rápidamente. Si es necesario, se protegerán con

lienzos o arpilleras para que el riego no perjudique el acabado superficial de esas zonas.

3.4.5.8 Recepción.

No se procederá a la recepción de la unidad de obra terminada hasta que se satisfaga

el cumplimiento de las tolerancias exigidas, el resultado de los ensayos de control sea

favorable y se haya efectuado, en su caso, la reparación adecuada de los defectos

existentes.

4 TRABAJOS DE DEMOLICIÓN

4.1 Definición

Consiste en el derribo de todas las construcciones o elementos constructivos, tales

como aceras, firmes, edificios, fábricas de hormigón u otros, que sea necesario eliminar

para la adecuada ejecución de la obra.

Su ejecución incluye las operaciones siguientes:

Trabajos de preparación y de protección.

Derribo, fragmentación o desmontaje de construcciones.

Retirada de los materiales

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4.2 Clasificación

Según el procedimiento de ejecución, las demoliciones pueden clasificarse del modo

siguiente:

Demolición con máquina excavadora.

Demolición por fragmentación mecánica.

Demolición con explosivos (en caso de ser necesario).

Demolición por impacto de bola de gran masa.

Desmontaje elemento a elemento.

Demolición mixta.

Demolición por otras técnicas.

4.3 Estudio de la Demolición

Previamente a los trabajos de demolición se elaborará un estudio de demolición, que

deberá ser sometido a la aprobación del Director de las Obras, siendo el Contratista

responsable del contenido de dicho estudio y de su correcta ejecución.

En el estudio de demolición deberán definirse como mínimo:

Métodos de demolición y etapas de su aplicación.

Estabilidad de las construcciones remanentes en cada etapa, así como los

apeos y cimbras necesarios.

Estabilidad y protección de construcciones remanentes que no vayan a ser

demolidas.

Protección de las construcciones e instalaciones del entorno.

Mantenimiento o sustitución provisional de servicios afectados por la

demolición.

Medios de evacuación y definición de zonas de vertido de los productos de la

demolición.

Cronogramas de trabajos.

Pautas de control.

Medidas de seguridad y salud.

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Se estará, en todo caso, a lo dispuesto en la legislación vigente en materia

medioambiental, de seguridad y salud, y de almacenamiento y transporte de proyectos

de construcción.

5 MOVIMIENTO DE TIERRAS

5.1 Terraplenes

5.1.1 Definición

Esta unidad consiste en la extensión y compactación de suelos procedentes de las

excavaciones, en zonas de extensión tal que permitan la utilización de maquinaria de

elevado rendimiento.

Su ejecución incluye las operaciones siguientes:

Preparación de la superficie de asiento del terraplén

Extensión de una tongada

Humectación o desecación de una tongada

Compactación de una tongada

Estas tres últimas, reiteradas cuantas veces sea preciso.

5.1.2 Zonas de los rellenos tipo terraplén

En los rellenos tipo terraplén se distinguirán las cuatro zonas siguientes, cuya

geometría se definirá en el Proyecto:

Coronación: Es la parte superior del relleno tipo terraplén, sobre la que se

apoya el firme, con un espesor mínimo de dos tongadas y siempre mayor de

cincuenta centímetros (50 cm).

Núcleo: Es la parte del relleno tipo terraplén comprendida entre el cimiento y la

coronación.

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Página 183

Espaldón: Es la parte exterior del relleno tipo terraplén que, ocasionalmente,

constituirá o formará parte de los taludes del mismo. No se considerarán parte

del espaldón los revestimientos sin misión estructural en el relleno entre los

que se consideran, plantaciones, cubierta de tierra vegetal, encachados,

protecciones anti erosión, etc.

Cimiento: Es la parte inferior del terraplén en contacto con la superficie de

apoyo. Su espesor será como mínimo de un metro (1 m).

5.1.3 Materiales

Los materiales a emplear en terraplenes serán suelos o materiales locales que se

obtendrán de las excavaciones realizadas en la obra, o de los préstamos que se autoricen

por el Director de las Obras.

Los criterios para conseguir un relleno tipo terraplén que tenga las debidas condiciones

irán encaminados a emplear los distintos materiales, según sus características, en las

zonas más apropiadas de la obra, según las normas habituales de buena práctica en las

técnicas de puesta en obra.

En todo caso, se utilizarán materiales que permitan cumplir las condiciones básicas

siguientes:

Puesta en obra en condiciones aceptables.

Estabilidad satisfactoria de la obra.

Deformaciones tolerables a corto y largo plazo, para las condiciones de servicio que se

definan en Proyecto.

Desde el punto de vista de sus características intrínsecas los materiales se clasificarán

en los tipos siguientes:

5.1.3.1 Suelos seleccionados

Se considerarán como tales aquellos que cumplen las siguientes condiciones:

Contenido en materia orgánica inferior al cero con dos por ciento (MO < 0,2%), según

UNE 103204.

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Contenido en sales solubles en agua, incluido el yeso, inferior al cero con dos por

ciento (SS < 0,2%), según NLT 114.

Tamaño máximo no superior a cien milímetros (Dmáx ≤ 100 mm).

Cernido por el tamiz 0,40 UNE menor o igual que el quince por ciento (# 0,40 ≤ 15%) o

que en caso contrario cumpla todas y cada una de las condiciones siguientes:

o Cernido por el tamiz 2 UNE, menor del ochenta por ciento (# 2 < 80%).

o Cernido por el tamiz 0,40 UNE, menor del setenta y cinco por ciento (# 0,40

< 75%).

o Cernido por el tamiz 0,080 UNE inferior al veinticinco por ciento (# 0,080 <

25%).

o Límite líquido menor de treinta (LL < 30), según UNE 103103.

o Índice de plasticidad menor de diez (IP < 10), según UNE 103103 y UNE

103104.

5.1.3.2 Suelos adecuados

Se considerarán como tales los que no pudiendo ser clasificados como suelos

seleccionados cumplan las condiciones siguientes:

Contenido en materia orgánica inferior al uno por ciento (MO < 1%), según UNE

103204.

Contenido en sales solubles, incluido el yeso, inferior al cero con dos por ciento (SS <

0,2%), según NLT 114.

Tamaño máximo no superior a cien milímetros (Dmáx ≤ 100 mm).

Cernido por el tamiz 2 UNE, menor del ochenta por ciento (# 2 < 80%).

Cernido por el tamiz 0,080 UNE inferior al treinta y cinco por ciento (# 0,080 < 35%).

Límite líquido inferior a cuarenta (LL < 40), según UNE 103103.

Si el límite líquido es superior a treinta (LL > 30) el índice de plasticidad será superior a

cuatro (IP > 4), según UNE 103103 y UNE 103104.

Para la formación de terraplenes se exigirá al suelo adecuado en esta obra un CBR

mínimo 10.

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5.1.3.3 Suelos tolerables

Se considerarán como tales los que no pudiendo ser clasificados como suelos

seleccionados ni adecuados, cumplen las condiciones siguientes:

Contenido en materia orgánica inferior al dos por ciento (MO < 2%), según UNE

103204.

Contenido en yeso inferior al cinco por ciento (yeso < 5%), según NLT 115.

Contenido en otras sales solubles distintas del yeso inferior al uno por ciento (SS < 1%),

según NLT 114.

Límite líquido inferior a sesenta y cinco (LL < 65), según UNE 103103.

Si el límite líquido es superior a cuarenta (LL > 40) el índice de plasticidad será mayor

del setenta y tres por ciento del valor que resulta de restar veinte al límite líquido (IP >

0,73 (LL-20)).

Asiento en ensayo de colapso inferior al uno por ciento (1%), según NLT 254, para

muestra remoldeada según el ensayo Próctor normal UNE 103500, y presión de ensayo

de 0,2 MPa.

Hinchamiento libre según UNE 103601 inferior al tres por ciento (3%), para muestra

remoldeada según el ensayo Próctor normal UNE 103500.

5.1.3.4 Suelos marginales

Se considerarán como tales los que no pudiendo ser clasificados como suelos

seleccionados, ni adecuados, ni tampoco como suelos tolerables, por el incumplimiento

de alguna de las condiciones indicadas para éstos, cumplan las siguientes condiciones:

Contenido en materia orgánica inferior al cinco por ciento (MO < 5%), según UNE

103204.

Hinchamiento libre según UNE 103601 inferior al 5%, para muestra remoldeada según

el ensayo Próctor normal UNE 103500.

Si el límite líquido es superior a noventa (LL > 90) el índice de plasticidad será inferior al

setenta y tres por ciento del valor que resulta de restar veinte al límite líquido (IP < 0,73

(LL-20)).

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5.1.3.5 Suelos inadecuados

Se considerarán suelos inadecuados:

Los que no se puedan incluir en las categorías anteriores.

Las turbas y otros suelos que contengan materiales perecederos u orgánicos tales

como tocones, ramas, etc.

Los que puedan resultar insalubres para las actividades que sobre los mismos se

desarrollen.

5.2 Terminación y refino de la explanada

5.2.1 Definición

Consiste en el conjunto de operaciones necesarias para conseguir el acabado

geométrico de la explanada.

5.2.2 Refino de taludes

Consiste en las operaciones necesarias para conseguir el acabado geométrico de los

taludes de terraplenes.

5.3 Rellenos localizados

5.3.1 Definición

Esta unidad consiste en la extensión y compactación de suelos procedentes de

excavaciones para relleno de zanjas, trasdós de obras de fábrica o cualquier otra zona

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cuyas dimensiones no permitan la utilización de los mismos equipos de maquinaria con

que se lleva a cabo la ejecución de terraplenes.

El relleno podrá ser procedente de la propia excavación de excavación en préstamos

de suelo seleccionado o de material filtrante.

5.3.2 Zonas de rellenos

En los rellenos localizados que formen parte de la infraestructura de una carretera o

las pistas, se distinguirán las mismas zonas que en los terraplenes.

5.3.3 Materiales

Se utilizarán los mismos materiales que en las zonas correspondientes de los

terraplenes.

5.4 Geotextil anticontaminante

5.4.1 Definición

Este artículo comprende la aplicación de geotextiles como elemento separador

interpuesto entre un relleno (terraplén, pedraplén, o escollera) y el terreno, a fin de

evitar la contaminación o la pérdida de finos, permitiendo al mismo tiempo el paso del

agua.

5.4.2 Condiciones generales

Las características del material deberán permitirle cumplir su función resistente (sin

sufrir desgarros durante la puesta en obra del relleno sobre él) así como su función de

filtro. A estos fines, se especifican una serie de valores que se especifican en una norma.

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6 PAVIMENTOS

6.1 Zahorra artificial

6.1.1 Definición

Se define como zahorra artificial el material granular formado por áridos

machacados, total o parcialmente, con la proporción mínima que se especifique en cada

caso, cuya granulometría es de tipo continuo, utilizado en capas de firme.

La ejecución de las capas de firme con zahorra incluye las siguientes operaciones:

Preparación y comprobación de la superficie de asiento.

Aportación del material.

Extensión, humectación, si procede, y compactación de cada tongada.

Refino de la superficie de la última tongada.

6.1.2 Características generales

Los materiales para la zahorra artificial procederán de la trituración, total o parcial,

de piedra de cantera o de grava natural.

En pavimentos del Área de Movimiento de Aeronaves, los materiales procederán de

la trituración de piedra de cantera o grava natural. El rechazo por el tamiz 5 UNE deberá

contener un mínimo del cien por ciento (100 %) de elementos triturados que presenten

no menos 2 caras de fractura. No se utilizarán zahorras artificiales en capas de base

Se definirán los siguientes parámetros:

Composición química

Limpieza

Plasticidad

Resistencia a la fragmentación

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Forma

Angulosidad

Composición granulométrica

Capacidad portante

6.2 Suelocemento

6.2.1 Definición

Se define como material tratado con cemento la mezcla homogénea, en las

proporciones adecuadas, de material granular, cemento, agua y, eventualmente

aditivos, realizada en central, que convenientemente compactada se utiliza como capa

estructural en firmes.

Su ejecución incluye las siguientes operaciones:

Estudio de la mezcla y obtención de la fórmula de trabajo.

Fabricación de la mezcla en central.

Preparación de la superficie existente.

Transporte y extensión de la mezcla.

Prefisuración (cuando sea necesario).

Compactación y terminación.

Curado y protección superficial.

6.2.2 Cemento

Salvo justificación en contrario, la clase resistente del cemento será la 32,5N (32,5

para cementos especiales). El Director de las obras podrá autorizar en épocas frías el

empleo de un cemento de clase resistente 42,5N (42,5 para cementos especiales). No se

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emplearán cementos de aluminato de calcio, ni mezclas de cemento con adiciones que

no hayan sido realizadas en fábrica.

Si el contenido ponderal de sulfatos solubles (SO3) en los materiales granulares que

se vayan a utilizar, determinado según la UNE 103201, fuera superior al cinco por mil

(0,5%) en masa, deberá emplearse un cemento resistente a los sulfatos y aislar

adecuadamente estas capas del firme de las obras de paso de hormigón.

El principio de fraguado, según la UNE-EN 196-3 no podrá tener lugar antes de las dos

horas (2 h). No obstante, si la extensión se realizase con temperatura ambiente superior

a treinta grados Celsius (30 °C), el principio de fraguado, determinado con dicha norma,

pero realizando los ensayos a una temperatura de cuarenta más menos dos grados

Celsius (40±2°C), no podrá tener lugar antes de una hora (1 h).

6.2.3 Materiales granulares

6.2.3.1 Características generales

El material granular que se vaya a utilizar en el suelocemento será una zahorra,

natural u obtenida por trituración, o un suelo granular.

El material granular estará exento de terrones de arcilla, materia vegetal, marga u

otras materias extrañas que puedan afectar a la durabilidad de la capa.

El material granular del suelocemento no será susceptible de ningún tipo de

meteorización o de alteración física o química apreciable bajo las condiciones más

desfavorables que, presumiblemente, puedan darse en el lugar de empleo. Tampoco

podrán dar origen, con el agua, a disoluciones que puedan causar daños a estructuras o

a otras capas del firme, o contaminar el suelo o corrientes de agua.

El Director de las Obras deberá fijar los ensayos para determinar la inalterabilidad del

material. Si se considera conveniente, para caracterizar los componentes del material

granular o del árido que puedan ser lixiviados y que puedan significar un riesgo

potencial para el medio ambiente o para los elementos de construcción situados en sus

proximidades, se empleará la NLT-326.

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6.3 Emulsión bituminosa para riegos

6.3.1 Definición

Las emulsiones bituminosas son las dispersiones de pequeñas partículas de un ligante

hidrocarbonado en una solución de agua y un agente emulsionante de carácter aniónico

o catiónico, lo que determina la denominación de la emulsión.

Cumplirán con las prescripciones del artículo 213 EMULSIONES BITUMINOSAS del

Pliego de Prescripciones Técnicas para obras de Carreteras y Puentes (PG3 en su versión

actualizada).

6.3.2 Condiciones generales

Las emulsiones asfálticas se fabricarán a base de betún asfáltico, agua y

emulsionantes adecuados. Las emulsiones asfálticas deberán presentar un aspecto

homogéneo. Además, y de acuerdo con su tipo y designación, cumplirán las exigencias

que se señalan en el Pliego de Prescripciones Técnicas para obras de Carreteras y

Puentes (PG3).

6.3.3 Fabricación

Para la fabricación de las emulsiones asfálticas se emplearán medios mecánicos, tales

como homogeneizadores, molinos coloidales, etc., que garanticen la adecuada

dispersión del betún en la fase acuosa, en las condiciones especificadas.

6.3.3.1 Transporte y almacenamiento

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6.3.3.1.1 En bidones

Los bidones empleados para el transporte de emulsión bituminosa estarán

constituidos por una virola de una sola pieza; no presentarán desperfectos ni fugas y su

sistema de cierre será hermético.

Se evitará la utilización, para emulsiones bituminosas aniónicas, de bidones que

hubiesen contenido emulsiones bituminosas catiónicas y viceversa, para lo cual los

bidones deberán ir debidamente marcados por el fabricante.

Los bidones con emulsión bituminosa se almacenarán en instalaciones donde queden

adecuadamente protegidos de la humedad, calor excesivo, de la acción de las heladas, y

de la zona de influencia de motores, máquinas, fuegos o llamas.

6.3.3.1.2 En cisternas

Las emulsiones bituminosas se podrán transportar en cisternas ordinarias, sin

aislamiento ni sistema de calefacción, incluso en las empleadas normalmente para el

transporte de otros líquidos, siempre que antes de su carga estén completamente

limpias. Las cisternas dispondrán de un elemento adecuado para la toma de muestras.

La emulsión bituminosa transportada en cisternas se almacenará en uno o varios

tanques, adecuadamente aislados entre sí, que deberán estar provistos de bocas de

ventilación para evitar que trabajen a presión, y que contarán con los aparatos de

medida y seguridad necesarios, situados en puntos de fácil acceso. Asimismo,

dispondrán de un elemento adecuado para la toma de muestras.

Cuando los tanques de almacenamiento no dispongan de medios de carga propios,

las cisternas empleadas para el transporte de emulsión bituminosa estarán dotadas de

medios neumáticos o mecánicos para el trasiego rápido de su contenido a los mismos.

Cuando se empleen bombas de trasiego serán preferibles las de tipo rotativo a las

centrífugas.

Todas las tuberías y bombas utilizadas para el trasvase de la emulsión bituminosa,

desde la cisterna de transporte al tanque de almacenamiento y de éste al equipo de

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Página 193

empleo, deberán estar dispuestas de modo que se puedan limpiar fácil y perfectamente

después de cada aplicación y/o jornada de trabajo.

El trasiego desde las cisternas de transporte a los tanques de almacenamiento se

realizará siempre por tubería directa.

6.3.4 Recepción e identificación

Cada remesa (bidones o cisternas) de emulsión bituminosa que llegue a obra irá

acompañada de un albarán, una hoja de características con los resultados de los análisis

y ensayos correspondientes a la producción a la que pertenezca la remesa suministrada,

y un certificado de garantía de calidad que exprese el cumplimiento de las

especificaciones exigidas al tipo de emulsión bituminosa suministrado.

El albarán contendrá explícitamente los siguientes datos:

Nombre y dirección de la empresa suministradora.

Fecha de fabricación y de suministro.

Identificación del vehículo que lo transporta.

Cantidad que se suministra.

Denominación comercial, si la hubiese, y tipo de emulsión bituminosa

suministrado, de acuerdo con la denominación especificada en el presente

artículo.

Nombre y dirección del comprador y del destino.

Referencia del pedido.

6.3.5 Control de calidad

Si con el producto se aportara certificado acreditativo del cumplimiento de las

especificaciones obligatorias de este artículo y/o documento acreditativo del

reconocimiento de la marca, sello o distintivo de calidad del producto, según lo indicado

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Página 194

en el apartado 213.7 del presente artículo, los criterios descritos a continuación para

realizar el control de recepción de las cisternas y bidones, no serán de aplicación

obligatoria, sin perjuicio de las facultades que corresponden al Director de las Obras.

6.3.6 Especificaciones técnicas y distintivos de calidad

El cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias requeridas a los

productos contemplados en el presente artículo, se podrá acreditar por medio del

correspondiente certificado que, cuando dichas especificaciones estén establecidas

exclusivamente por referencia a normas, podrá estar constituido por un certificado de

conformidad a dichas normas.

Si los referidos productos disponen de una marca, sello o distintivo de calidad que

asegure el cumplimiento de las especificaciones obligatorias de este artículo, se

reconocerá como tal cuando dicho distintivo esté homologado por la Dirección General

de Carreteras del Ministerio de Fomento.

El certificado acreditativo de las especificaciones obligatorias de este artículo podrá

ser otorgado por las Administraciones públicas competentes en materia de carreteras,

la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento (según ámbito) o los

Organismos españoles -públicos y privados- autorizados para realizar tareas de

certificación y/o ensayos en el ámbito de los materiales, sistemas y procesos

industriales, conforme al Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre.

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Página 195

6.4 Emulsiones bituminosas modificadas con polímeros

6.4.1 Definición

Se definen como emulsiones bituminosas modificadas con polímeros las dispersiones

de pequeñas partículas de un ligante hidrocarbonado y de un polímero en una solución

de agua y un agente emulsionante de carácter aniónico o catiónico, lo que determinará

la denominación de la emulsión.

Cumplirán con las prescripciones del artículo 216 EMULSIONES BITUMINOSAS

MODIFICADAS CON POLÍMEROS del Pliego de Prescripciones Técnicas para obras de

Carreteras y Puentes (PG3 en su versión actualizada.

6.4.2 Condiciones generales

Las emulsiones bituminosas modificadas con polímeros se fabricarán a base de betún

asfáltico modificado con polímeros de los definidos en el artículo 211 del Pliego de

Prescripciones Técnicas para obras de Carreteras y Puentes (PG3) y polímero, agua,

emulsionantes y, en su caso, fluidificantes.

Las emulsiones bituminosas modificadas con polímeros deberán presentar un

aspecto homogéneo y una adecuada dispersión del betún en la fase acuosa.

6.4.3 Transporte y almacenamiento

Las emulsiones bituminosas modificadas con polímeros se podrán transportar en

cisternas ordinarias, sin aislamiento ni sistema de calefacción, incluso en las empleadas

normalmente para el transporte de otros líquidos, siempre que antes de su carga estén

completamente limpias. Las cisternas dispondrán de un elemento adecuado para la

toma de muestras.

La emulsión bituminosa modificada con polímeros se almacenará en uno o varios

tanques adecuadamente aislados entre sí que deberán estar provistos de bocas de

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Página 196

ventilación para evitar que trabajen a presión y que contarán con los aparatos de

medida y seguridad necesarios, situados en puntos de fácil acceso. Asimismo,

dispondrán de un elemento adecuado para la toma de muestras.

Cuando los tanques de almacenamiento no dispongan de medios de carga propios,

las cisternas empleadas para el transporte de emulsión bituminosa modificada con

polímeros estarán dotadas de medios neumáticos o mecánicos para el trasiego rápido

de su contenido a los mismos. Cuando se empleen bombas de trasiego serán preferibles

las de tipo rotativo a las centrífugas.

Todas las tuberías y bombas utilizadas para el trasvase del betún asfáltico, desde la

cisterna de transporte al tanque de almacenamiento y de éste al equipo de empleo,

deberán estar dispuestas de modo que se puedan limpiar fácil y perfectamente después

de cada aplicación y/o jornada de trabajo.

El trasiego desde las cisternas de transporte a los tanques de almacenamiento se

realizará siempre por tubería directa.

El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares establecerá las medidas a tomar

para el cumplimiento de la legislación vigente en materia medioambiental, de seguridad

laboral, almacenamiento y transporte.

6.4.4 Recepción e identificación

Cada cisterna de emulsión bituminosa modificada con polímetros que Ilegue a obra

irá acompañada de un albarán, una hoja de características con los resultados de los

análisis y ensayos correspondientes a la producción a la que pertenece la cisterna

suministrada y un certificado de garantía de calidad que exprese el cumplimiento de las

especificaciones exigidas al tipo de emulsión bituminosa modificada con polímetros

suministrado.

6.5 Riegos de Imprimación

6.5.1 Definición

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Página 197

Se define como riego de imprimación la aplicación de un ligante hidrocarbonado

sobre una capa granular, previa a la colocación sobre ésta de una capa o de un

tratamiento bituminoso.

6.5.2 Materiales

Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Real

Decreto 1630/92 (modificado por el Real Decreto 1328/95), por el que se dictan

disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la

Directiva 89/106/CEE, y en particular, en lo referente a los procedimientos especiales de

reconocimiento se estará a lo establecido en su artículo 9.

Independientemente de lo anterior, se estará, en todo caso a lo dispuesto en la

legislación vigente en materia ambiental, de seguridad y salud y de almacenamiento y

transporte de productos de la construcción.

6.5.3 Árido de cobertura

6.5.3.1 Condiciones generales

El árido de cobertura a emplear, eventualmente, en riegos de imprimación será arena

natural, arena de machaqueo o una mezcla de ambas.

6.5.3.2 Granulometría

La totalidad del árido deberá pasar por el tamiz 4 mm de la UNE-EN 933-2, y no

contener más de un quince por ciento (15%) de partículas inferiores al tamiz 0,063 mm

de la UNE-EN 933-2, según la UNE-EN 933-1.

6.5.3.3 Limpieza

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Página 198

El árido deberá estar exento de polvo, suciedad, terrones de arcilla, materia vegetal,

marga u otras materias extrañas.

El equivalente de arena del árido, según la UNE-EN 933-8, deberá ser superior a

cuarenta (40).

6.5.3.4 Plasticidad

El material deberá ser "no plástico", según la UNE 103104.

6.5.4 Dotación de los materiales

La dotación del ligante quedará definida por la cantidad que sea capaz de absorber la

capa que se imprima en un período de 24 h. Dicha dotación no será inferior en ningún

caso a quinientos 500 g/m2 de ligante residual.

La dotación del árido de cobertura será la mínima necesaria para la absorción de un

exceso de ligante, o para garantizar la protección de la imprimación bajo la acción de la

eventual circulación durante la obra sobre dicha capa. Dicha dotación, en ningún caso,

será superior a 6 l/ m2, ni inferior a 4 l/m2.

6.6 Riegos de adherencia

6.6.1 Definición

Se define como riego de adherencia la aplicación de una emulsión bituminosa sobre

una capa tratada con ligantes hidrocarbonados o conglomerantes hidráulicos, previa a la

colocación sobre ésta de cualquier tipo de capa bituminosa que no sea un tratamiento

superficial con gravilla, o una lechada bituminosa.

A efectos de aplicación de este artículo, no se considerarán como riego de adherencia

los definidos como riegos de curado.

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Página 199

6.6.2 Materiales

Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Real

Decreto 1630/92 (modificado por el Real Decreto 1328/95), por el que se dictan

disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la

Directiva 89/106/CEE, y en particular, en lo referente a los procedimientos especiales de

reconocimiento se estará a lo establecido en su artículo 9.

Independientemente de lo anterior, se estará, en todo caso a lo dispuesto en la

legislación vigente en materia ambiental, de seguridad y salud y de almacenamiento y

transporte de productos de la construcción.

6.6.3 Dotación de ligante

La dotación de la emulsión bituminosa no será inferior en ningún caso a 200 g/m2 de

ligante residual, ni a 250 g/m2 cuando la capa superior sea una mezcla bituminosa

discontinua en caliente; o una capa de rodadura drenante; o una capa de mezcla

bituminosa en caliente, tipo T-6 o T-5 (D ó S) empleada como rehabilitación superficial de

un pavimento en servicio.

6.6.4 Ensayos

A la recepción en obra de cada partida, y siempre que el sistema de transporte y la

instalación de almacenamiento cuenten con la aprobación de la Dirección de la Obra, se

llevará a cabo una toma de muestras y sobre ellas, se procederá a medir su viscosidad

(NLT 133/72) y a realizar el ensayo de destilación (NLT 134/72).

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6.7 Riegos de curado

6.7.1 Definición

Se define como riego de curado la aplicación de una película continua y uniforme de

emulsión bituminosa sobre una capa tratada con un conglomerante hidráulico, al objeto

de dar impermeabilidad a toda su superficie.

6.7.2 Materiales

Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Real

Decreto 1630/92 (modificado por el Real Decreto 1328/95), por el que se dictan

disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la

Directiva 89/106/CEE, y en particular, en lo referente a los procedimientos especiales de

reconocimiento se estará a lo establecido en su artículo 9.

Independientemente de lo anterior, se estará, en todo caso, a lo dispuesto en la

legislación vigente en materia ambiental, de seguridad y salud y de almacenamiento y

transporte de productos de la construcción.

6.7.2.1 Árido de cobertura.

6.7.2.1.1 Condiciones generales

El árido de cobertura a emplear, eventualmente, en riegos de curado será arena

natural, arena de machaqueo o una mezcla de ambas.

6.7.2.1.2 Plasticidad

El material deberá ser "no plástico", según la UNE 103104.

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6.7.2.2 Dotación de los materiales

La dotación de emulsión bituminosa a utilizar quedará definida por la cantidad que

garantice la formación de una película continua, uniforme e impermeable de ligante

hidrocarbonado. Dicha dotación no será inferior en ningún caso a 300 g/m2 de ligante

residual.

La dotación del árido de cobertura será la mínima necesaria para garantizar la

protección del riego de curado bajo la acción de la eventual circulación durante la obra

sobre dicha capa. Dicha dotación, en ningún caso, será superior a 6 l/m2, ni inferior a 4

l/m2.

6.8 Betunes asfálticos

6.8.1 Definición

Se definen como betunes asfálticos los ligantes hidrocarbonados sólidos o viscosos,

preparados a partir de hidrocarburos naturales por destilación, oxidación o "cracking",

que contienen una baja proporción de productos volátiles, poseen propiedades

aglomerantes características y son esencialmente solubles en sulfuro de carbono.

6.8.2 Condiciones generales

Los betunes asfálticos deberán presentar un aspecto homogéneo y estar

prácticamente exentos de agua, de modo que no formen espuma cuando se calienten a la

temperatura de empleo.

A efectos de aplicación de este artículo, la denominación del tipo de betún asfáltico se

compondrá de la letra B seguida de dos números (indicadores del valor mínimo y máximo

admisible de su penetración, según la NLT-124) separados por una barra inclinada a la

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Página 202

derecha (/), especificándose para su aplicación en carreteras los tipos indicados en la

tabla 211.1. del PG-3

De acuerdo con su denominación, las características de los betunes asfálticos deberán

cumplir las especificaciones de la tabla 211.1

Lo dispuesto en este articulo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Real

Decreto 1630/1992 (modificado por el Real Decreto 1328/1995) por el que se dictan

disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la

Directiva 89/106/CEE, y, en particular, en lo referente a los procedimientos especiales de

reconocimiento se estará a lo establecido en su artículo 9.

6.8.3 Transporte y almacenamiento

El betún asfáltico será transportado en cisternas calorífugas y provistas de

termómetros situados en puntos bien visibles. Las cisternas deberán estar preparadas

para poder calentar el betún asfáltico cuando, por cualquier anomalía, la temperatura de

éste baje excesivamente para impedir su trasiego. Asimismo, dispondrán de un elemento

adecuado para la toma de muestras.

El betún asfáltico se almacenará en uno o varios tanques, adecuadamente aislados

entre sí, que deberán estar provistos de bocas de ventilación para evitar que trabajen a

presión y que contarán con los aparatos de medida y seguridad necesarios, situados en

puntos de fácil acceso.

Los tanques deberán ser calorífugos y estar provistos de termómetros situados en

puntos bien visibles y dotados de su propio sistema de calefacción, capaz de evitar que,

por cualquier anomalía, la temperatura del producto se desvíe de la fijada para el

almacenamiento en más 10 ºC. Asimismo, dispondrán de una válvula adecuada para la

toma de muestras.

Cuando los tanques de almacenamiento no dispongan de medios de carga propios, las

cisternas empleadas para el transporte de betún asfáltico estarán dotadas de medios

neumáticos o mecánicos para el trasiego rápido de su contenido a los mismos. Cuando se

empleen bombas de trasiego serán preferibles las de tipo rotativo a las centrífugas.

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Todas las tuberías y bombas utilizadas para el trasiego del betún asfáltico, desde la

cisterna de transporte al tanque de almacenamiento y de éste al equipo de empleo,

deberán estar calefactadas, aisladas térmicamente y dispuestas de modo que se puedan

limpiar fácil y perfectamente después de cada aplicación y/o jornada de trabajo.

El trasiego desde las cisternas de transporte a los tanques de almacenamiento se

realizará siempre por tubería directa.

6.8.4 Recepción e identificación

Cada cisterna de betún asfáltico que llegue a obra irá acompañada de un albarán, una

hoja de características con los resultados de los análisis y ensayos correspondientes a la

producción a la que pertenezca la cisterna suministrada y un certificado de garantía de

calidad que exprese el cumplimiento de las especificaciones exigidas al tipo de betún

asfáltico suministrado.

Si el fabricante tuviera para este producto certificado acreditativo del cumplimiento de

las especificaciones obligatorias de este artículo y/o documento acreditativo de la

homologación de la marca, sello o distintivo de calidad, y lo hiciera constar en el albarán,

no precisará acompañar el certificado de garantía de calidad.

6.9 Mezcla bituminosa en caliente

6.9.1 Definición

Se define como mezcla bituminosa en caliente la combinación de un ligante

hidrocarbonado, áridos (incluido el polvo mineral) y, eventualmente, aditivos, de manera

que todas las partículas del árido queden recubiertas por una película homogénea de

ligante. Su proceso de fabricación implica calentar el ligante y los áridos (excepto,

eventualmente, el polvo mineral de aportación) y su puesta en obra debe realizarse a una

temperatura muy superior a la ambiente.

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A efectos de aplicación de este artículo, se define como mezcla bituminosa en caliente

de alto módulo para su empleo en capa intermedia o de base bituminosa en espesor

entre 6 y 12 cm, aquella que, además de todo lo anterior, el valor de su módulo dinámico

a 20 ºC, según la NLT-349, sea superior a 11.000 MPa.

La ejecución de cualquier tipo de mezcla bituminosa en caliente inncluye las siguientes

operaciones:

Estudio de la mezcla y obtención de la fórmula de trabajo.

Fabricación de la mezcla de acuerdo con la fórmula de trabajo.

Transporte de la mezcla al lugar de empleo.

Preparación de la superficie que va a recibir la mezcla.

Extensión y compactación de la mezcla.

6.9.2 Materiales

Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Real

Decreto 1630/92 (modificado por el Real Decreto 1328/95), por el que se dictan

disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la

Directiva 89/106/CEE, y en particular, en lo referente a los procedimientos especiales de

reconocimiento se estará a lo establecido en su artículo 9.

6.9.2.1 Ligante bituminoso

Salvo justificación en contrario, el ligante bituminoso a emplear será un betún asfáltico

tipo B-60/70 para capa base e intermedia, y un betún modificado con polímeros tipo

BM3c para la capa de rodadura y rehabilitaciones superficiales.

Para mezclas bituminosas drenantes, se empleará l tipo BM-3a.

6.9.2.2 Árido

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Página 205

Los áridos a emplear en las mezclas bituminosas en caliente podrán ser naturales o

artificiales siempre que cumplan las especificaciones .

En cumplimiento del Acuerdo de Consejo de Ministros de 1 de junio de 2001 por el que

se aprueba el Plan Nacional de Residuos de Construcción y Demolición 2001-2006, podrán

emplearse como áridos, el material procedente del reciclado de mezclas bituminosas en

caliente en proporciones inferiores al 10% de la masa total de mezcla.

Los áridos se producirán o suministrarán en fracciones granulométricas diferenciadas,

que se acopiarán y manejarán por separado hasta su introducción en las tolvas en frío.

Los áridos no serán susceptibles de ningún tipo de meteorización o alteración físico-

química apreciable bajo las condiciones más desfavorables que, presumiblemente,

puedan darse en la zona de empleo. Tampoco podrán dar origen, con el agua, a

disoluciones que puedan causar daños a estructuras u otras capas del firme, o contaminar

corrientes de agua.

En pavimentos del área de movimiento de aeronaves no se emplearán áridos

procedentes del reciclado de mezclas bituminosas.

Para otros tipos de pavimentos se aplicará lo dispuesto en el apartado 542.2.2.1 del

PG-3.

6.9.2.3 Árido grueso

6.9.2.3.1 Definición

Se define como árido grueso a la parte del árido total retenida en el tamiz 2 mm de la

UNE-EN 933-2.

6.9.2.3.2 Angulosidad del árido grueso (Partículas trituradas)

El árido grueso a emplear en mezclas bituminosas procederá de machaqueo y

trituración de la roca procedente piedra de cantera. La proporción de partículas trituradas

del árido grueso, según la UNE-EN 933-5, deberá ser del 100 % (porcentaje en masa).

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6.9.2.4 Árido fino

6.9.2.4.1 Definición

Se define como árido fino a la parte del árido total cernida por el tamiz 2 mm y

retenida por el tamiz 0,063 mm de la UNE-EN 933-2.

6.9.2.4.2 Procedencia

El árido fino deberá proceder de la trituración de piedra de cantera o grava natural en

su totalidad, o en parte de yacimientos naturales.

La proporción de árido fino no triturado a emplear en la mezcla será del 0% (% en

masa del total de áridos, incluido el polvo mineral).

6.9.2.5 Polvo mineral (filler)

6.9.2.5.1 Definición del polvo mineral

Se define como polvo mineral a la parte del árido total cernida por el tamiz 0,063 mm

de la UNE-EN 933-2.

6.9.2.5.2 Procedencia del polvo mineral

El polvo mineral podrá proceder de los áridos, separándose de ellos por medio de los

ciclones de la central de fabricación, o aportarse a la mezcla por separado de aquellos

como un producto comercial o especialmente preparado.

La proporción del polvo mineral de aportación a emplear en la mezcla será del 100%

(% en masa del polvo mineral, excluido el inevitablemente adherido a los áridos). En

pavimentos (Área de maniobra) el polvo mineral de aportación será cemento.

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El polvo mineral que quede inevitablemente adherido a los áridos tras su paso por el

secador en ningún caso podrá rebasar el dos por ciento (2%) de la masa de la mezcla. Sólo

si se asegurase que el polvo mineral procedente de los áridos cumple las condiciones

exigidas al de aportación, podrá el Director de las Obras rebajar la proporción mínima de

éste.

6.9.2.5.3 Finura y actividad del polvo mineral

La densidad aparente del polvo mineral, según la NLT-176, deberá estar comprendida

entre 0,5 y 0,8 g/cm3.

6.10 Pavimento hidráulico de hormigón en masa

6.10.1 Definición

Se define como pavimento de hormigón vibrado el constituido por un conjunto de

losas de hormigón en masa separadas por juntas transversales y longitudinales, que se

pone en obra con una consistencia tal del hormigón, que requiere el empleo de

vibradores internos para su compactación y su extensión y acabado superficial con

maquinaria específica.

El hormigón hidráulico empleado en la ejecución de las losas del pavimento tendrá las

características siguientes:

Árido procedente de machaqueo

Tamaño máximo de árido 40 mm

Resistencia característica mínima a flexotracción UNE 83-305 a los 28 días: 4,5

MPa.

6.10.2 Materiales

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Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Real

Decreto 1630/92 (modificado por el Real Decreto 1328/95), por el que se dictan

disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la

Directiva 89/106/CEE, y en particular, en lo referente a los procedimientos especiales de

reconocimiento se estará a lo establecido en su artículo 9.

Independientemente de lo anterior, se estará en todo caso, además a lo dispuesto en

la legislación vigente en materia ambiental, de seguridad y salud y de almacenamiento y

transporte de productos de la construcción.

Materiales que se utilizan en su fabricación:

Cemento

Agua

Áridos

Aditivos

6.10.3 Pasadores y barras de unión

Los pasadores estarán constituidos por barras lisas de acero que cumplirán lo

establecido en la UNE- 36541. El acero será del tipo S-275-JR, definido en la UNE-EN

10025.

Los pasadores estarán recubiertos en toda su longitud con un producto que evite su

adherencia al hormigón. Su superficie será lisa y no presentará irregularidades ni rebabas,

para lo que sus extremos se cortarán con sierra y no con cizalla. En las juntas de

dilatación, uno de sus extremos se protegerá con una caperuza de longitud comprendida

entre 50 y 100 mm, rellena de un material compresible que permita un desplazamiento

horizontal igual o superior al del material de relleno de la propia junta.

Las barras de unión serán corrugadas, de 12 mm de diámetro y 80 cm de longitud, y

deberán cumplir las exigencias en del apartado 31.2 de la vigente "Instrucción de

Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya, así como en la UNE 36 068 y

UNE 36 065.

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6.10.4 Encofrados

Los encofrados a utilizar en la construcción del pavimento serán metálicos y con la

forma apropiada para producir el conformado del machihembrado de las losas. Deberán

abarcar el espesor total del hormigón y poseer una resistencia tal que, después de ser

instalados, soporten la presión del hormigón y las cargas resultantes de las operaciones

de extendido, vibrado y acabado sin romperse, hundirse o deformarse.

6.10.5 Membranas para separación de la base o para curado del pavimento

Las membranas para la separación de la base o para curado del pavimento deberán

cumplir las exigencias de la ASTM C 171

6.10.6 Productos filmógenos de curado

Deberá cumplir las prescripciones del artículo “Productos filmógenos de curado” de

este documento.

6.10.7 Materiales para juntas

Materiales de relleno en juntas de dilatación

Materiales para el sellado de juntas

Cordón o burlete para fondo de juntas