2009 La local dossier

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feliç any 2009 S´ha acabat l´any 2008, un nou any escomença, des de l´Equip del SAL-PV volem desitjaros una bona entrada de 2009. Hem de preparanos per uns temps que digüen van a ser prou durs. Ja sebeu que fa uns mesos que ens trobem en noves dificultats a les entitats locals i hem de fer front a propostes de acomiadaments i de restriccións de drets. No ens desanimem i a continuar treballant, que es el nostre. Salut i força. nnn PRIMERA.- Según el artículo 94 de la Ley 7/85, señala "la jornada de trabajo de los funcionarios de la Administración Local será en cómputo anual la misma que se fije para los funcionarios de la Administración Civil del Estado. Se les aplicará las mismas normas sobre equivalencia y reducción de jornada", sin embargo en este mismo orden de cosas la Ley 7/2007 de 12 de abril, sobre el ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO en su art. 37.1. considera materia objeto de negociación de la Mesa General de Negociación de cada Entidad Local en su apartado m) las referencias a calendario, horarios, jornadas, etc... En su art. 47 establece que cada Administración fijará la jornada de trabajo. Y al mismo tiempo en la Disposición Derogatoria Única apartado g) dice que quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango que se opongan o contradigan al EBEP. Por lo tanto a nuestro juicio ha quedado desbloqueado el problema de la negociación de la jornada. Por otra parte al no establecerse en ninguna normativa estatal, nada relativo a las reducciones de jornada, el referente más próximo que tenemos es el de la administración autonómica y z CÓMPUTO ANUAL DE HORAS A TRABAJAR EN EL AÑO 2009 z PARA UNA JORNADA SEMANAL DE 37,30H BULLETÍ DEL SECTOR DE L´ADMINISTRACIÓ LOCAL (F.S.A.P.-CC.OO.PV) GENER 2009 LA LOCAL Assemblea Comarcal l´Horta al Palau de la Musica novembre2008

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feliç any 2009S´ha acabat l´any 2008, un nou any escomença, des de l´Equip del SAL-PV volem desitjaros una bona entrada de 2009.

Hem de preparanos per uns temps que digüen van a ser prou durs.

Ja sebeu que fa uns mesos que ens trobem en noves dificultats a les entitats locals i hem de fer front a propostes de acomiadaments i de restriccións de drets.

No ens desanimem i a continuar treballant, que es el nostre.

Salut i força.

nnn

PRIMERA.- Según el artículo 94 de la Ley 7/85, señala "la jornada de trabajo de los funcionarios de la Administración Local será en cómputo anual la misma que se fije para los funcionarios de la Administración Civil del Estado. Se les aplicará las mismas normas sobre equivalencia y reducción de jornada", sin embargo en este mismo orden de cosas la Ley 7/2007 de 12 de abril, sobre el ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO en su art. 37.1. considera materia objeto de negociación de la Mesa General de Negociación de cada Entidad Local en su apartado m) las referencias a calendario, horarios, jornadas, etc... En su art. 47 establece que cada Administración fijará la jornada de trabajo. Y al mismo tiempo en la Disposición Derogatoria Única apartado g) dice que quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango que se opongan o contradigan al EBEP. Por lo tanto a nuestro juicio ha quedado desbloqueado el problema de la negociación de la jornada.

Por otra parte al no establecerse en ninguna normativa estatal, nada relativo a las reducciones de jor nada, e l re ferente más próximo que tenemos es el de la administración autonómica y

z CÓMPUTO ANUAL DE HORAS A TRABAJAR EN EL AÑO 2009 zPARA UNA JORNADA SEMANAL DE 37,30H

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LA LOCAL

Assemblea Comarcal l´Horta al Palau de la Musica novembre2008

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por tanto lo establecido en el Decreto 175/06 sobre reducción de la jornada de verano, semana de fiestas locales y día central de las fiestas.

SEGUNDA.- En materia de "PERMISOS, LICENCIAS Y VACACIONES" según el artículo 142 del R.D. 781/86 estaremos a lo que fija la Comunidad Autónoma y por tanto a lo que establece el Decreto 175/2006 de la Generalitat siempre que no contradiga al propio EBEP. Y en este caso lo complementa.

TERCERA.- Respecto de la prioridad de las normas a aplicar en materia de permisos, licencias y vacaciones, es la siguiente: 1º el Estatuto Básico del Empleado Público que fija el mínimo, y en 2º lugar la normativa autonómica que no sólo lo complementa sino que lo mejora en algunos aspectos. Por lo tanto deben aplicarse ambas normas y en supuestos iguales la más beneficiosa

CUARTO.- Los días por asuntos propios o de libre disposición son fijados, en ambas normas. En este momento en el artículo 38 relativo a LICENCIAS, del Decreto 175/2006 de la Generalitat Valenciana, publicado en el DOGV de fecha de 28 de noviembre de 2006. Y en el art.48.1.k) y el 48.2 del EBEP

QUINTA.- Dadas las múltiples peticiones para que hiciéramos llegar el establecimiento del cómputo de horas año a trabajar como jornada ordinaria máximas de 37 h 30 m. semanales (y siguiendo como referente lo fijado por la Generalitat en su Decreto 175/2006) pasamos a ofreceros el esquema más claro posible al respecto.

JORNADA EN CÓMPUTO ANUAL 2009

Concepto

Jornada general de trabajo 52 semanas y 1 día

Vacaciones 4 semanas y 2 días

Fiestas locales 2 días

Fiestas autonómicas y estatales 12 días

Asuntos propios (Libre Disposición) 6 días

Horario de verano

Semana fiesta local

Día central fiestas locales

Días 24 y 31 Dic.

Totales

Jornada general máxima de 37 h 30 m.

Cómputo horas Descuento

1957,5 h

165h.

15h.

90h

45h

30h

10h

5h

15h

1957,5h. 375h.

TOTAL DE HORAS ANUALES REALIZAR 1582,5h.

Conviene tener en cuenta que el 15 de agosto de 2009 coincide en sábado y que por ello habrá que compensarlo con un día más de libre disposición como de manera reiterada viene estableciendo la Dirección General de Función Pública cuando se dan estas coincidencias tal y como se establece en el Decreto 175/2006.

POR LO TANTO EN 2009 SERÁN 7 DÍAS DE LIBRE DISPOSICIÓN (salvo mejor acuerdo con vuestra entidad), más las fiestas locales si coincidieran en sábado que habría que compensar con otro día libre.

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ESTRATEGIAS SINDICALES DE INTERVENCIÓN EN MATERIA DE

MOBBING.

Los casos de mobbing no aparecen como un fenómeno de conocimiento público y generalizado por todos los componentes de una organización a diferencia de los accidentes de trabajo que rápidamente son conocidos por toda la empresa debido a su espectacularidad y consecuencias inmediatas, pero no por ello sus efectos físicos y psicológicos dejan de ser devastadores.

Como cualquier otro factor de riesgo en el trabajo, el acoso debe ser objeto de estudio en la evaluación de riesgos que el empresario está legalmente obligado a realizar, y es precisamente éste, el instrumento fundamental que permite enfocar el problema desde un punto de vista preventivo. Los delegados de prevención deben exigir que las evaluaciones de riesgo contemplen los aspectos psicosociales, estudiando las formas de organizar el trabajo y los sistemas de mando utilizados, sin olvidar una valoración de las relaciones sociales entre los sujetos a todos los niveles.

Si bien este tipo de fenómenos probablemente se haya venido produciendo a lo largo de la historia de las relaciones laborales tal y como las entendemos actualmente, no es menos cierto que aún hoy no se les da, incluso por gran parte de los trabajadores y trabajadoras la importancia que merece. Aparte del conocimiento teórico del problema, es responsabilidad de los representantes de los trabajadores llevar a cabo una labor de concienciación al conjunto de los miembros de la empresa, ya que esta sensibilización seguramente tenga unos efectos

positivos desde el punto de vista preventivo muy importantes.

La negociación colectiva en todos sus ámbitos, incluido el acuerdo de empresa, puede constituirse como un elemento fundamental en la resolución de este tipo de conflictos. En ellos pueden articularse elementos de protección de las personas sometidas a acoso, no sólo moral sino también sexual, en los que se adopten medidas que protejan a las personas que denuncian unos hechos que a priori pudieran ser constitutivos de acoso.

Así el trabajador quedaría bajo el paraguas de un sistema de protección que al menos transitoriamente le alejaría de la eventual situación de acoso hasta que la investigación llegue a término y el conflicto quede dilucidado. Este procedimiento en sí mismo, constituye una medida preventiva importante debido a que supone un ejercicio de divulgación y sensibilización del problema.

En este sentido, y a través de la negociación colectiva, se configura como una necesidad de primer orden informar y formar a las personas que ostentan responsabilidades de representación sindical, ya que para abordar este tipo de problemas con ciertas garantías de éxito es fundamental tener un conocimiento mínimo del mismo. Por eso es necesario que los delegados y delegadas de prevención conozcan qué es el mobbing, cómo se desarrolla y cuáles son sus consecuencias. No se trata de hacer expertos en psicología a todos y cada uno de los delegados y delegadas de prevención, sino de tener datos y conocimientos suficientes que les permitan en primer lugar detectar los posibles casos y en segundo lugar iniciar una intervención sindical inmediata.

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LA VALL D´UIXÓ:

HUELGA ANTE LA PRETENSIÓN DE PRIVATIZAR LA EMPRESA MUNICIPAL EMSEVALL Y MOVILIZACIONES ANTE EL RECORTE DE LA PLANTILLA DEL AYUNTAMIENTO.

BOLETÍN DEL INVERSOR NÚMERO 3 OTOÑO 2008BULLETÍ DEL SECTOR DE L´ADMINISTRACIÓ LOCAL (FSAP-CC.OO.PV) GENER 2009

Por Victor Tormo.Sindicato Intercomarcal Comarques del Nord.

CCOO mantiene, conjuntamente con UGT, la convocatoria de huelga en SUMMA-EMSEVALL, ante la persistencia de la Alcaldesa de la Vall d’Uixó, Isabel Bonig, que pretende privatizar el servicio de recogida de basura y limpieza viaria, a pesar q u e l a e m p r e s a m u n i c i p a l v i e n e desempeñando satisfactoriamente su trabajo. Ante pruebas

recopiladas extraoficialmente que

a p u n t a n q u e s e e s t a b a preparando el pliego de condiciones técnicas y administrativas para privatizar S U M M A , t u v i m o s q u e e m p r e n d e r movilizaciones para mantener una reunión con la Alcaldesa.

En esa reunión, el pasado 5 de diciembre, nos comunicó que la privatización iba a ser inminente y correspondía al cumplimiento del programa político del PP.

La propuesta lanzada por el equipo de gobierno municipal, de unir la retirada de la privatización a la aceptación de un fuerte recorte en el Convenio que se aplica en la empresa municipal, es para CCOO, una propuesta-trampa y una propuesta ilegal: Ilegal: Porque es contrario a derecho suprimir o alterar un concepto retributivo incluido en Convenio. Porque intentan alterar lo pactado en Convenio, cuya vigencia es hasta el 31 de diciembre de 2010. Porque en estos momentos, legalmente sólo cabe hablar de si se retira la propuesta de privatización o la mantienen. Trampa: Porque i n ten tan que l os representantes de los t rabajadores avalemos un recorte salarial de unos conceptos establecidos legalmente en el Convenio de la empresa municipal. El recorte que propone la Alcaldesa, supondría disminuciones salariales de más de 120 euros para nóminas de 940 euros, en el caso de los peones, y recorte de unos 400 euros en los salarios de los conductores que rondan los 1400 euros. Eso sin contar que pretende además que no se aplique la cláusula de revisión salarial convenidas. La concejala delegada de EMSEVALL miente cuando dice que la cláusula de revisión salarial es irregular. Esa cláusula se encuentra reflejada en el Convenio vigente, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia con todos los requisitos que exige la ley.

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CC.OO.OBTIENEACUERDOSENLOSAYUNTAMIENTOSDECASTALLA,GATADEGORGOSYSANVICENTEDELRASPEIG

PorSergioCasaresSindicatoIntercomarcalL´Alacan6‐LesMarines

Los días 16 y 18 de diciembre se adoptaron finalmenteacuerdos económicos en ambas Administraciones Locales.CCOOobtuvoelapoyounánimeasuspropuestas.Eldía16dediciembre, laMesaGeneral deNegociaciónde

losEmpleadosPúblicosdelAyuntamientodeCastalladio,finalmente,suaprobaciónalamodificación de laRPTdel Ayuntamiento deCastalla,conun coste aproximadode124.000 euros para el ejercicio 2009. Además fue aprobada una producUvidadextraordinariaparaelaño2008queseabonaráenlanóminadediciembre.ElAlcaldeJosé Luis Prats Hernándezy laConcejal dePersonal,Sabina,semostraronsaUsfechoscon los acuerdos alcanzados y dieronasí cumplimiento alpreacuerdoadoptado en laMesadeoctubre.Eldía18dediciembre,laMesaGeneraldeNegociacióndelosEmpleadosPúblicosdelAyuntamientodeGatadeGorgosaprobó,igualmenteporunanimidad,lapropuesade"CriteriosGeneralesparalaaplicaciónyabonodelcomplementodeproducUvidad"queseráremiUdoalpróximoPlenomunicipalparasuaplicaciónaparUrdel1deenerode2009. Los criterios aprobados son los aportados por CCOO,yaque CSIF no presentóningunapropuesta.Laaplicacióndeloscriteriosatodoslosempleadospúblicosseciñea lo presupuestado en laparUdade producUvidad, que supuso en 2008un total de60.000euros.LaAlcaldesa,AnaMaríaSolerOliver,nosagradecióelinterésdemostradoyelesfuerzoparaalcanzaracuerdosdeconsensoynosemplazóalanegociacióndelaRelacióndePuestos deTrabajopara2009.CCOO y CSIFconvocaremos unaAsambleaGeneraldeEmpleados,enelmesdeenero,paraexplicarlosacuerdosalcanzados.En laMesadeNegociación delPatronatoMunicipal deDeportesde SanVicentedelRaspeig,celebradael16dediciembre,seaprobólaOfertadeEmpleo2009,laPlanUllay anexo de Personal y se adoptó el compromiso,por parte del Presidente José JuanZaplana,denegociar lamodificaciónde laRPTydeloscriterios paralaaplicacióndelcomplementodeproducUvidadduranteelmesdefebrero,emplazandoaCCOOyUGTapresentarpropuestas.ElSindicato IntercomarcaldelaFSAPCCOOen las comarcasde l'Alacan6lesMarines,agradecelaencomiablelaborrealizadaportodas lasDelegadasyDelegadosdeCC.OO.enlasAdministracionesLocalesyosdesealomejorpara2009.

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José Antonio Marco, responsable de la FSAP en el Medio y Alto Vinalopó y Silvia Catalán, encargada de Salud Laboral, han alertado públicamente de la situación de peligro en la que se encuentran ambas instalaciones públicas del Ayuntamiento de Elda.

El sindicato denunció hace cuatro meses ante la inspección de trabajo múltiples irregularidades en el Centro Cívico por la ausencia de salidas de emergencia. Según manifestó ayer Marco, "supuestamente la escalera de caracol debería facilitar la salida al exterior pero incumple la normativa vigente en materia de emergencias" indicando que la inspección de trabajo "ratificó que estábamos en lo cierto porque no existe la seguridad necesaria". Según los responsables de CC OO, la inspección de trabajo estableció que el Ayuntamiento de Elda tenía de plazo hasta el mes de septiembre para subsanar estas irregularidades. "Han tenido mucho tiempo para arreglar el problema y no han hecho nada. Además, se han ampliado los servicios en el Centro Cívico y cada vez cabe más gente por lo que la seguridad debe ser una prioridad", manifestó Silvia Catalán, quien explicó que el problema estaría en las dimensiones de la escalera de caracol al considerar que "no son las correctas" y que "en caso de emergencia agravaría las dificultades".

Por otro lado, CC OO denunció las "pésimas" condiciones de seguridad en las que se encuentra el Teatro Castelar de Elda. Silvia Catalán recordó que el pasado mes de julio se expuso la denuncia y en septiembre la inspección de trabajo "corroboró nuestras dudas". Al parecer, la inspección requirió al Ayuntamiento un informe para poder analizar en qué situación se

encuentran las instalaciones. Los representantes del sindicato aseguran que el teatro sigue presentando deficiencias que atentan contra la seguridad de los trabajadores.

Los problemas derivan de la falta de protección en las alturas puesto que "cuando se procede a las tareas de iluminación o reparación, los trabajadores se exponen a un peligro porque las alturas no están protegidas. Cuando alguien sube a las zonas de los palcos puede caerse de una altura de cuatro metros. El procedimiento de trabajo es utilizar una escalera sin ningún tipo de garantía. Las escaleras de acceso no cumplen los requisitos establecidos y en la fachada si se realizan cambios de luces no hay barandilla de protección para evitar el riesgo de caída. Además, también es poco fiable hacer arreglos en la lámpara central", según Catalán, quien recordó que "pese a que al Ayuntamiento se le ha notificado por escrito no ha tomado las medidas oportunas para arreglar los defectos que hay y que son peligrosos".

Por otro lado, el sindicato manifestó desconocer si existe un plan de emergencias o si se han ejecutado simulacros o tareas de mantenimiento planteando como duda si los telones, decorados y todo tipo de material susceptible de arder ha sido sometido a algún procedimiento para aumentar su resistencia al fuego detectando numerosas deficiencias en la evaluación de riesgos.

El sindicato hizo ayer responsable de estas irregularidades al Ayuntamiento de Elda y exigió medidas urgentes que solventen los problemas en un breve espacio de tiempo "por la seguridad de los ciudadanos".

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ELDA

CC OO denuncia falta de seguridad en el Centro Cívico y el Teatro Castelar.El sindicato dice que el Ayuntamiento ha obviado las indicaciones de la inspección y alerta del peligro de ambos edificios para ciudadanos y trabajadores.

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Grado de afinidad: Los Servicios Jurídicos Responden

¿Cuál es el grado de afinidad que le une a la esposa del hermano de su cónyuge respecto de la posibilidad de disfrute del permiso por muerte o enfermedad grave de un familiar?

La esposa del hermano de su cónyuge es afín en segundo grado de su cónyuge, como lo es la funcionaria o el funcionario respecto de los hermanos de su propio cónyuge; pero entre la propia funcionaria y la esposa del hermano de su cónyuge no existe parentesco alguno. Por ello no procede el disfrute del permiso por muerte o enfermedad grave de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, en este caso.

El artículo 916 del Código Civil señala que “la serie de grados forma la línea, que puede ser directa o colateral. Se llama directa la constituida por la serie de grados entre personas que descienden una de otra. Y colateral la constituida por la serie de grados entre personas que no descienden unas de otras, pero que proceden de un tronco común.”

Por su parte, el artículo 918 establece que “en la líneas se cuentan tantos grados como generaciones o como

personas, descontando la del progenitor. En la recta se sube únicamente hasta el tronco. Así, el hijo dista del padre un grado, dos del abuelo y tres del bisabuelo”.

En el supuesto planteado, excluida obviamente la línea directa, cabría únicamente analizar la existencia de parentesco en línea colateral. En este sentido, teniendo en cuenta que su cónyuge y el hermano de su cónyuge son colaterales consanguíneos de segundo grado, el cónyuge de la funcionaria le transmite ese mismo grado de afinidad; por lo que es afín en segundo grado del hermano del cónyuge.

Ahora bien, partiendo de esa base, por la que la afinidad está determinada por los grados que en consanguinidad le pueden ser atribuidos al cónyuge, tal requisito no se da cuando el cómputo que se quiere establecer, como es su caso, lo es entre afines respecto de afines, cuyo parentesco, en sentido técnico jurídico, es inexistente, por más que en sentido coloquial a la figura propuesta se la conozca con el nombre de “concuñado”.

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RUEDA DE PRENSA.

18 DE DICIEMBRE DE 2008.

Valencia.-

La Plataforma Autonómica de la Policía Local (integrada por UGT, CC.OO. y STA-iV) anuncia q u e a p a r t i r d e e n e ro s e organizará una serie de reuniones con los partidos políticos para plantearles un calendario de movilizaciones

La Plataforma Autonómica de Policía Local ha rechazado el borrador que modifica la ley de coordinación para los policías locales al considerar que "es un retroceso", y ha pedido por contra que se desarrolle la normativa actual, aprobada por todos los grupos políticos.

Así lo indicó el representante sindical de UGT José García en la rueda de prensa celebrada para valorar la gestión de la Conselleria de Gobernación en materia de Policía Local y a la que han

as ist ido también la r e p re s e n t a n t e d e CC.OO. Cánd ida Barroso y e l de I n t e r s i n d i c a l Valenciana Pablo Darío.

Ga rc í á denuncó que e l borrador presentado por la Conselleria de Gobernación el pasado mes de noviembre tiene la intención de "privatizar" la Policía Local, según se desprende de la supresión del artículo cinco de la vigente Ley 6/99.

Asimismo, lamentó que no a p a re z c a n e n e l b o r r a d o r aspectos relacionados con la coordinación y la segunda actividad, que según dejo dicho estarían resueltos si se hubiera desarrollado la actual ley de coordinación.

En referencia a las medidas q u e t o m a r á l a P l a t a f o r m a Autonómica, Darío anunció que a

partir de enero se organizará una serie de reuniones con los partidos políticos para plantearles un calendario de movilizaciones.

Por su parte, Cándida Barroso ha culpado al conseller, Serafín Castellano, de engañar a la ciudadanía y ocultar su fracaso en mater ia de segur idad "con p r o p u e s t a s i m p o s i b l e s y mediáticas".

La representante de CCOO ha criticado también a Castellano por incumplir la ley y dejar a 220 ayuntamientos de la Comunitat Valenciana "en un limbo de segur idad", puesto que no cuentan con agentes de Policía Local.

LOS SINDICATOS RECHAZAN LA MODIFICACIÓN DE LA LEY DE LA POLICÍA LOCAL

JUBILACIÓ PARCIALHemos publicado una guía práctica sobre

jubilación parcial en la que se aclaran

diversos aspectos relacionados con este

derecho.

Si no lo conoces puedes solicitarlo en tu

sección sindical o pedirlo a nuestro correo

electrónico:

[email protected]

Màxima difusió• Pots trabar la revista a la pàgina web de

la FSAP del PV: www.fsap.ccoo.es/paisvalencia

Col.labora• Pots col.laborar fentmos arrivar rls

vostres escrits al correu:

[email protected]

LA LOCALBulletí del Sector de l´Administració Local de la FSAP de CC.OO. del PV.

Rueda de Prensa de la Plataforma

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Al desembre ja varem finalitzar les negociacions amb la FVMP per al IIº Acord-Marc de les entitats locals valencianes i que tindrá una vigencia fins al 2011. Quedà pendent de la resposta definitiva del organ de govern de la Federació i a posteriori serà tractat amb la Degegació del Govern i la Conselleria. L´objetiu, llogicament es el d´evitar que després entrem en una generalització de recursos judicials que al final fan arrere als ajuntaments.Una vegada acabada la ronda es fará la firma formal per part de la FVMP i els Sindicats amb capacitat de negociació al ámbit (UGT-CC.OO.-CSIF).

Les negociacions amb la FVMP estàn finalitzades

La L

ocal

S.A.L. PVFSAP-CC.OO.

Bul.letí del Sector d´Administració Local FSAP-CCOOPV Febrer2009

SOBRE LA I.T. Y EL COBRO DEL 100% DE LAS RETRIBUCIONES

En algunos centros de trabajo se ha venido a cuestionar el d e r e c h o a l c o b r o d e l a s retribuciones al 100% estando de baja por IT y ello a pesar de estar contemplado en el Acuerdo para el personal funcionario.

Todo ha venido a raíz de la Ley de Presupuestos Generales del E s t ado pa ra 2009 q ue ha derogado el artículo 69 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado y muchos se han quedado ahí, sin leer más.

Pues bien esto es cierto, pero también lo es que el contenido íntegro del art. 69 famoso, por el que los tres primeros meses se está de licencia por enfermedad, ha sido trasladado al artículo 21 de la Ley de Seguridad Social de los Funcionarios.

A s í l a s c o s a s , c o m o l a Disposición Final Dos del Texto Refundido de Bases de Régimen Local 781/86, dice que los funcionarios de la administración local tendrán los mismos derechos en intensidad que los funcionarios de la administración civil del Estado, pues ya queda dicho todo.

Nadie pues, se debe confundir. E l d e r e c h o n a c e d e l a s disposiciones normativas de la Admón. Local y el tratamiento debe ser como “mínimo” el mismo.

mes coses:Acuerdo retributivo 2009 2Por el empleo 3100% en caso de I.T. 4varios 4

Davant de la Conselleria exigim una negociació de la nova Llei de Funció Pública Valenciana acorde amb els objetius sindicals.

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ACUERDO SOBRE RETRIBUCIONES 2009 CON LA FVMP1º.-En aplicación de lo establecido en el Acuerdo-Marco publicado en el DOGV de 30

de junio de 2006, en su apartado II. Vigencia del Acuerdo, párrafo primero, proceder a la revisión del Anexo I del mismo en las cuantías de referencia de las retribuciones establecidas para adaptarlas a la Ley de PGE para 2009, y que figuran en este documento como “2009 Anexo I”.

2º.-Establecer unos criterios orientativos para las entidades locales de tal manera que dentro de su capacidad de autoorganización y con respeto a su autonomía administrativa, acuerden con los representantes sindicales de manera consensuada los sistemas más apropiados para hacer efectiva la aplicación del Acuerdo Retributivo para el periodo 2007-2009.

3º.- Establecer como criterios de esta Comisión los siguientes: 3.1.- Tal y como estipula la LPGE 2009, con efectos de 1 de enero del año 2009, las

retribuciones del personal al servicio de los Entes Locales y el sector público a ellos vinculado, incluidas, en su caso, las diferidas, experimentarán un incremento global del 2 por 100 con respecto a las del año 2008.

3.2.-Las pagas extraordinarias de los funcionarios en servicio activo tendrán un importe, cada una de ellas, de una mensualidad de sueldo y trienios, más el 100 por 100 del complemento de destino mensual que perciba el funcionario.

3.3.-La masa salarial del personal laboral experimentará el incremento necesario para hacer posible la aplicación al mismo de una cuantía anual equivalente a la que resulte para los funcionarios públicos.

3.4.- Además, tal como establece la LPGE para el año 2009 la masa salarial de los funcionarios en servicio activo, experimentará un incremento del 1 por 100 que se destinará al aumento del complemento específico, con el objeto de lograr una acomodación de tales complementos y su percepción en 14 pagas al año. La retribución de la cantidad resultante será en dos pagas, una en la nómina de junio y otra en la diciembre, de tal manera que pueda alcanzarse el 100% del complemento específico mensual a incorporar en cada una de las dos pagas extraordinarias de junio y diciembre.

Tomando como referencia los Acuerdos suscritos por el M.A.P. el día 25 de septiembre de 2006, para el periodo mencionado, requiere que los porcentajes del valor del complemento específico a retribuir en cada una de las pagas al personal funcionario deba ser el equivalente valor del complemento específico de su puesto de trabajo, para alcanzar el 100% de esta retribución en cada una de las dos pagas en 2009.

3.5.- Asimismo, la masa salarial del personal laboral experimentará el incremento necesario para hacer posible la aplicación al mismo de una cuantía anual equivalente a la que resulte para los funcionarios públicos, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo anterior.

Es decir, tomadas las retribuciones brutas del personal funcionario y hallado el porcentaje real de incremento una vez efectuado el cálculo con la incorporación de la parte correspondiente del complemento específico a las pagas de junio y diciembre, igual incremento salarial global habrá que garantizar al personal laboral.

3.6.-Por otra parte, la LPGE-2009 nos recuerdan que estos aumentos retributivos se aplicarán al margen de las mejoras retributivas conseguidas en los pactos o acuerdos previamente firmados por las diferentes entidades.

PLANES DE EMPLEO

La Ley 7/2007 por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, fija entre las competencias de la Mesa General de Negociación creada por el Art. 36 del mismo, la negociación de “planes e instrumentos de planificación de recursos humanos” (apartado b del Art. 37). La Ley prevé la continuidad de todas las normas que no se opongan a su contenido en tanto en cuanto no de aprueben o desarrollen las que deben acordar las respectivas Comunidades Autónomas. Los Planes de Empleo se encuentran previstos en el Art. 18 de la Ley 30/1984, y pueden referirse tanto a personal funcionario como laboral. Se definen como el instrumento adecuado para determinar las actuaciones a desarrollar por parte de las administraciones públicas para la óptima utilización de los recursos humanos dentro de los límites presupuestarios y de acuerdo con las directrices de la política de personal. La disposición adicional 7ª de la Ley 22/1993 determina la necesidad de negociación de los planes de empleo con las Organizaciones Sindicales más representativas.

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EMPLEO

Propuestas frente a esta situación:

1. MANTENIMIENTO DEL EMPLEOExigimos el mantenimiento del empleo público y por tanto nos oponemos a cualquier decisión que vaya en detrimento del mismo, ya sea mediante la paralización de los procesos en marcha, iniciados como consecuencia de la aprobación de las distintas Ofertas de Empleo Público, o del cese de contrataciones necesarias para el mantenimiento óptimo de los servicios a la ciudadanía.

2. REDUCIR TEMPORALIDADConsideramos imprescindible proceder a llevar a cabo los trámites oportunos para reducir la tasa de temporalidad y precariedad actual situada en torno a 30% de las plantillas en la Administración Local, por lo que instamos a llevar adelante los procesos de consolidación de empleo temporal inscritos en la Disposición Transitoria 4ª de la Ley 7/2007.

3. MEJORA Y CALIDADEs imprescindible garantizar un funcionamiento eficaz y eficiente de la estructura administrativa y de servicios por lo que deben llevarse adelante programas de mejora que garantice la adecuación del personal a las funciones que realmente realizan y en consonancia con ello y allí donde sea posible deberá procederse a la creación de los puestos sobre la base del fomento del empleo que esté al alcance en estos momentos.

OPOS2009Todas las semanas publicamos la hoja informativa sobre oposiciones y bolsas de trabajo en las entidades locales de todo el PV.Si no lo recibes ¿a que esperas?, se remite por correo-electrónico. SOLICÍTALO A: [email protected]

POR EL EMPLEO PÚBLICO

Estamos viendo como algunas administraciones públicas, como si fueran empresarios de esos que ahora les ha venido bien la crisis para plantear Expedientes de Regulación de Empleo, se están lanzando a cesar interinos, no renovar contratos y proponer incluso amortizaciones de plazas.

Bajo la excusa de que ahora toca apretarse el cinturón, ya no sólo plantean rebajas en los derechos conquistados con largos años de reiv indicación, han decidido empezar por los más desprotegidos.

Mientras se apuntan al Plan Zapatero para los planes de fomento del empleo y así dar t r a b a j o a p a r a d o s e n l o s municipios, por su parte se dedican a despedir a personal, o como algunos dicen: a no renovar contratos.

Ojo: Debemos estar atentos a todo intento injustificado de acabar con empleo que debería ser estable y que en razón de fraude se ha venido prolongando en el tiempo sin consolidar.

Por lo tanto, cualquier no renovac ión de cont ra to por finalización del mismo, pero que v i n i e r a r e i t e r a d a m e n t e repitiéndose, cuyo puesto de t r a b a j o s e a d e s e r v i c i o

permanente, la más mín ima sospecha que estaba en fraude de l ey, debemos a con se j a r l a denuncia en magistratura.

Los ceses de personal interino en plazas vacantes de plantilla que están presupuestadas sin que medie amortización o sin causa justificada, y que nos parezca una a r b i t r a r i e d a d d e b e m o s denunciarla.

H e m o s d e o r g a n i z a r l a respuesta en cada centro de trabajo, en cada entidad local. No nos valen excusas ahora que llegan las vacas flacas no debemos ser los paganos de tanto despilfarro y falta de visión.

No nos valen proyectos de organización del ayuntamiento, de la entidad local, donde sobre la base de la reestructuración nos introducen transformaciones de puestos de trabajo, traslados y adscripciones, amortizaciones etc., sin que se proceda a abordar toda esta realidad en el marco de la Mesa General de Negociación del Empleo Público de cada Entidad L o c a l y c o n l a d i s c u s i ó n , participación y negociación de los p lanes de empleo y de los instrumentos de organización de los recursos humanos que la ley pone en nuestras manos.

Julio Conesa

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VARIOS

JUBILACIÓNLlevamos en marcha la campaña por la Jubilación Parcial Anticipada más información en nuestra web, podéis descargaros la GUÍA PRÁCTICA

INTERINOSTambién la campaña por el cobro de los trienios para todo el personal interino. En algunos sitios no se han enterado y no han solicitado los atrasos.

POLICÍA LOCALNo hace falta una nueva ley, lo que necesitamos es que se desarrolle la actual. Desde la Agrupación de Policía Local se está trabajando para dar una respuesta adecuada a las maniobras del Conseller.

BOMBEROS

El Conseller también quiere una ley para bomberos. Después de años de espera todo lo que nos ofrece es un documento en el que no concreta nada. ¿A que están jugando?

FUNCIONARIOS 100% EN CASO DE I.T.Los tres primeros meses

Durante los primeros tres meses la licencia por enfermedad se ajusta a lo prevenido en el artículo 69.1 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, y, posteriormente, se incluye dentro de la denominada «acción social», regulada en el artículo 67 de dicha Ley (ambas normativas derogadas por la LPGE 2009, pero sustituidas a su vez con igual contenido por la modificación del art. 21 de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio.).

Pero es que además se aplica dicha norma porque así lo dice la propia Ley de Admón. Local

Igualmente cabe señalar que también puede pactarse el 100% de las retribuciones como «mejora directa de prestaciones» de acuerdo con el artículo 192 del TRLGSS ( RCL 1994, 1825) , y que, en caso contrario, se produciría una importante merma en la extensión e intensidad de la protección social de los funcionarios de las Corporaciones Locales, quebrándose lo dispuesto en la disposición final 2ª de la Ley de Bases de Régimen Local: “Los f u n c i o n a r i o s p ú b l i c o s d e l a Administración Local tendrán la misma protección social, en extensión e intensidad, que la que se dispense a los f u n c i o n a r i o s p ú b l i c o s d e l a Administración del Estado y estará integrada en el Sistema de Seguridad Social”.

No hay nada ilegal en pactar dichas mejoras

No es solamente que las normas se hayan de interpretar conforme a la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas sino que en su aplicación se ha de tener en cuenta lo establecido en normas posteriores de igual rango reglamentario (un Real Decreto puede mantener en vigor la regulación contenida en una ley pero no puede otorgar a dicha regulación el rango de ley sino el suyo propio de Real Decreto) o de superior rango que, de conformidad con el principio de autonomía de los Municipios (art. 140 de la Constitución), permiten a los Ayuntamientos, bien por propia iniciativa o bien tras negociación con sus funcionarios, el establecimiento de las mejoras previstas en el art. 192 de la Ley General de la Seguridad Social pues ninguna condición, término o plazo se establece respecto del art. 181 del TRLGSS de 1974 ( RCL 1974, 1482; NDL 27361) en el Real Decreto 480/1993, de 2 abril ( RCL 1993, 1115) , por el que se integra en el Régimen General del Especial de los Funcionarios de la Administración Local, ni tampoco en el actual art. 192 del TRLGSS de 1994 se establece condición alguna respecto de su aplicación al personal funcionario, ni, por último, tampoco un Acuerdo sobre Incapacidad Temporal infringe lo establecido en las Leyes de Presupuesto u otras normas de rango de Ley.

PROPUESTA DE

ACUERDO PARA

PERSONAL

FUNCIONARIO

“En el supuesto que un funcionario/a se encuentre en situación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común, accidente de trabajo o enfermedad profesional se procederá a concederle licencia con arreglo a lo fijado en el artículo 21 de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado. A partir del tercer mes, por aplicación de las mejoras previstas en el art. 192 de la Ley del Régimen General de la Seguridad Social, la Alcaldía-Presidencia, a solicitud del interesado, podrá mantener la plenitud de derechos económicos de carácter fijo y periódico, hasta su alta, o en su caso la correspondiente declaración de invalidez.”

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Informe anual sobre la situación de las mujeres en el mercado de trabajo valenciano

El informe anual realizado por el Gabinete Técnico de CCOO PV analiza la situación de las mujeres en el mercado de trabajo valenciano: La actividad femenina; La población activa; La población inactiva; El empleo femenino; La afiliación a la Seguridad Social; La ocupación femenina; Las asalariadas; De la conciliación a la responsabilidad; La contratación; El paro femenino; La discriminación salarial.

En su informe, la autora concluye que la persistencia de las diferencias salariales entre ambos sexos no se debe sólo a una discriminación directa, la

cual es más fácilmente demostrable y denunciable, sino principalmente a lo que se denomina como discriminación indirecta.

Las mujeres acceden al empleo en una peores condiciones laborales, con unas mayores tasas de temporalidad que los hombres, con una mayor contratación a tiempo parcial, en ocupaciones de escasa cualificación profesional y peor remuneradas, en sectores de actividad feminizados donde los salarios son más bajos, y todo ello unido a la menor antigüedad en las empresas, concepto que aún se remunera.

Bulletí del SECTOR de ADMINISTRACIÓ LOCAL de la FSAP-CC.OO. del P.V.

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En dicho informe se analiza cómo repercute la crisis económica en las mujeres valencianas: su tasa de paro se ha incrementado en un año en seis puntos, situándose en los mismos porcentajes que en el año 2000. Pero además de presentar una mayor tasa de desempleo que los hombres, su presencia también es menor en el mercado de trabajo en la medida en que su tasa de empleo es más baja que la del sexo masculino.

Aquel las mujeres que están ocupadas lo están en condiciones más precarias, con una mayor contratación temporal, un mayor uso de la jornada a tiempo parcial y en sectores de actividad peor remunerados, por lo tanto persiste la segregación vertical y horizontal y no desaparecer las diferencias salariales.

Por tanto, las mujeres son más vulnerables ante la crisis económica, no sólo por sus mayores dificultades para acceder a un empleo, sino por que deter minados empresar ios encuentran más facilidades para expulsarlas del mercado de trabajo. El informe recuerda que la destrucción de empleo no se produce únicamente a través de Expedientes de Regulación de Empleo (EREs) sino también a través de la rescisión de contratos temporales, y sobre todo a la no renovación, o conversión de los mismos en indefinidos, y en tasas de

temporalidad, las mujeres obtienen los porcentajes más altos.

Además las mujeres están menos cubiertas por el sistema de protección social contributivo por diversas razones. Una es que aglutinan los mayores porcentajes de personas desempleadas en la categoría de “sin empleo anterior” y por tanto sin derecho a prestación por desempleo. Otra es que las mujeres cobran menos que los hombres de prestación porque, de media, tienen menor tiempo de cotización y menores remuneraciones. A este respecto es necesario disponer de datos estadísticos de personas beneficiarias de la prestación por desempleo desagregadas por sexo y comunidad autónomas, así como de la c u a n t í a m e d i a d i a r i a , p u e s actualmente no se puede acceder a esta información en el ámbito autonómico a través de las fuentes públicas.

La crisis económica no es excusa para que el objetivo de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres no sea prioritario, no se puede dejar perder ciertas conquistas y que aumenten las desigualdades de género. Los Planes de Igualdad en las empresas son una herramienta imprescindible para corregir y eliminar esta discriminación por razón de sexo en el mercado de trabajo y favorecer el acceso de las mujeres a un empleo de calidad.

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CÁNDI BARROSO ASUME LA SECRETARIA DE LA MUJER EN LA EJECUTIVA DE CC.OO. DEL PV

El pasado día 3 de marzo de 2009 la responsable de CC.OO.-Policía hasta la fecha se ha hecho cargo de la Secretaría Confederal de CC.OO. del PV que atiende las políticas de Mujer e Igualdad.

Cándida Barroso ha sido durante años la responsable de Policía en el seno de la Federación de Servicios y Administraciones Públicas. Desarrollo su labor profesional como policía local en el ayuntamiento de Valencia del que en la actualidad aún es funcionaria. Estuvo durante más de dos años ejerciendo la Jefatura de l Cuer po de la Po l i c ía Loca l de l Ayuntamiento de Lliria y después paso de nuevo a l Ayuntamiento de Va lenc ia

dedicándose al trabajo sindical a tiempo completo en labores federales del ámbito de la administración local y en concreto de Policía Local.

Fue la impulsora de actividades en torno a la problemática específica de la mujer en los Cuerpos de Policía Local, organizando los cuatro primeros encuentros de mujeres policía del País Valenciano desde el año 1993 y participando en cuantas actividades en este ámbito y en de las de políticas de igualdad organizó CC.OO. durante este último periodo.

En el último congreso Confederal de CC.OO. del PV pasó a formar parte de la ejecutiva y del equipo de trabajo del nuevo Srio. Gral. Francisco Molina en el que ha asumido la responsabilidad de dirigir la Secretaría de la Mujer.

CCOO PV trabajará para reducir la discriminación de las mujeres en el mercado de trabajo

por Gabinete Comunicaciones.

La Secretaria de la Mujer de CCOO PV, Cándida Barroso, afirmó que uno de los objetivos del sindicato va a ser reducir la segregación del mercado de trabajo, tanto la vertical (el llamado ‘techo de cristal’), que hace que las mujeres no puedan acceder a los puestos directivos, como la horizontal, que muestra cómo el 70% de las mujeres trabajen en el sector servicios. “Es en este sector donde los salarios son más bajos, las condiciones más precarias y en el que trabajan la mayoría de mujeres valencianas asalariadas”.

Barroso repasó la situación de desigualdad entre mujeres y hombres en el mercado de trabajo valenciano. Según un estudio elaborado por CCOO PV, las mujeres tienen menos presencia en el mercado de trabajo (pues hay menos empleo femenino) padecen más el paro y acceden en menor p r o p o r c i ó n a p u e s t o s d e responsabilidad a pesar de tener una tasa de cualificación profesional

más alta que los hombres. Del total de mujeres ocupadas, el 34% tienen un puesto cualificado, mientras que del total de hombres ocupados, el porcentaje es del 54%. Las mujeres también tienen un salario medio anual un 30% inferior a los hombres. Para reducir todas estas desigualdades, Barroso destacó la existencia de una herramienta imprescindible, los Planes de Igualdad: “Debemos trabajar para que lo tengan todas las empresas, y así conseguir que lo referente a cualificación, salario, conciliación y formación sea igualitario para mujeres y hombres”.

El Secretario General de CCOO PV, Paco Molina, en su intervención en la asamblea, afirmó que una sociedad no puede ser moderna con discriminaciones en el m e rc a d o d e t r a b a j o y c o n comportamientos sociales agresivos y de violencia hacia las mujeres. Por ello es necesario la aplicación de los

planes de igualdad y la extensión a todos los ámbitos y de los convenios. Entre las cuestiones del diálogo social que afectan a las mujeres, Molina reclamó al Gobierno central la inclusión de las empleadas del hogar en el Régimen General de la Seguridad Social, ya que es un sector absolutamente feminizado y sin protección social. Por lo que respecta a la situación general de la economía, el dirigente sindical ha señaló que CCOO PV tiene que seguir reivindicado que en una situación de dificultades se ha de invertir en políticas públicas en beneficio de la ciudadanía. La prioridad es la protección al desempleo y establecer las bases para propiciar un nuevo modelo productivo.

Ambos dirigentes animaron a participar en la manifestación convocada el domingo, 8 de Marzo, Día Internacional de la Mujer, en Alicante, Castellón y Valencia.

El sindicato celebró Asambleas de delegadas con motivo de la celebración del 8 de Mazo, Día internacional de la Mujer.

Cándida Barroso Chuliá

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8 DE MARZO: DIA INTERNACIONAL DE LA MUJER TRABAJADORA

UGT PV y CCOO PV apuntan a que la crisis económica no debe suponer un retroceso en los derechos laborales de la mujerpor Gabinete Comunicaciones

La secretaria de la mujer y la igualdad de la UGT-PV, Elvira Ródenas, y la secretaria de la mujer de CCOO-PV, Cándida Barroso, han apuntado hoy en rueda de prensa que la crisis económica que afecta a la Comunitat Valenciana, y a la economía mundial, no puede suponer un retroceso en los derechos laborales de las mujeres de nuestro país, ni un paso atrás en los estadios conseguidos durante los últimos años en favor de la igualdad entre hombres y mujeres en todos los ámbitos de la vida.

La rueda de prensa ha servido de convocatoria pública a los actos organizados por UGT-PV y CCOO-PV para conmemorar el Día de la Mujer Trabajadora del próximo domingo 8 de marzo, que cuenta con manifestaciones en Valencia y Alicante, a las 12 de la mañana, y con una concentración en Castellón.

Ambas responsables sindicales consideraron que esta crisis, en lugar de ser un retroceso, debe ser entendida como una oportunidad para recuperar una senda distinta en materia laboral, más estable, sobre pilares más sólidos y con unas prioridades distintas, alejadas del beneficio por el beneficio y más enfocada en la redistribución de la riqueza.

Asimismo, explicaron que uno de los principales escollos para la igualdad en el campo laboral es la desigualdad salarial entre hombres y mujeres. En la Comunitat, las mujeres tienen unas nóminas en torno a un 26% inferior a las de los hombres, unas cifras que obligan a las administraciones a actuar contra esta práctica ilegal. Además de la desigualdad en materia de salarios, otro de los problemas que afectan en mayor medida a la incorporación de la mujer al mercado laboral es la falta de servicios públicos a precios asequibles, por ejemplo las dotaciones de plazas de escuelas infantiles de 0 a 3 años, que tan sólo representan en la Comunitat el 14% de las plazas, mientras que en España es del 21% del total de plazas de dichas escuelas.

Esta carencia de servicios públicos de calidad y a precios accesibles para el conjunto de las familias valencianas, apuntaron, hace imposible la conciliación de la vida familiar y laboral, y con ello la corresponsabilidad de las tareas propias de la familia, con lo que obliga a las mujeres a cuestionar su entrada en el mundo laboral.

Entre las demandas por parte de los sindicatos en materia de igualdad se encuentra la incursión del trabajo doméstico en el cálculo de las economías nacionales, para que se tengan en cuenta a la hora de diseñar las políticas de empleo; que el empleo a tiempo parcial no sea la única opción para las mujeres por falta de políticas de conciliación laboral con la familiar, por ejemplo por la carencia de plazas

RUEDA DE PRENSA UGT PV y CCOO PV apuntan a que la crisis económica no debe suponer un retroceso en los derechos laborales de la mujer

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públicas reseñada anteriormente, o la no aplicación de la Ley de Dependencia; la rápida ampliación a 4 semanas de la baja por paternidad y que ésta sea obligatoria para los padres con el fin de favorecer la corresponsabilidad de hombres y mujeres, dado que tan sólo el 54% de los padres se han acogido a esta medida.

Por otra parte, insistieron en la necesidad de poner en marcha las medidas acordadas en el marco del PAVACE, sobre todo lo relativo a calidad y formación, además de adaptar el decreto de visados de planes de igualdad a la Ley Orgánica de Igualdad, lo que puede suponer un impulso en el acceso de la mujer al mercado laboral. En este sentido, el Gobierno valenciano debe reaccionar y desarrollar los acuerdos a los que se llegó por parte de sindicatos, empresarios y la administración.

Por último señalaron que la Ley de Igualdad otorga instrumentos a favor de la igualdad entre hombres y mujeres en el mundo laboral, pero por desgracia en la práctica no se cumple. En lo relativo a los Planes de Igualdad de las empresas, sólo las empresas que están obligadas por la Ley, es decir las de más de 250 trabajadores, han puesto en marcha estos Planes, y sobre todo cuando han comenzado las inspecciones de trabajo. Las empresas con menos trabajadores, son pocas las que han tomado la iniciativa. Por ello, es preciso que la Generalitat incentive mediante subvenciones a aquellas empresas que sí destinan esfuerzos en lo relativo a la igualdad entre hombres y mujeres.

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La Ley 7/2007 por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, fija entre las competencias de la Mesa General de Negociación creada por el Art. 36 del mismo, la negociación de “planes e instrumentos de planificación de recursos humanos” (apartado b del Art. 37).

La Ley prevé la continuidad de todas las normas que no se opongan a su contenido en tanto en cuanto no de aprueben o desarrollen las que deben acordar las respectivas Comunidades Autónomas.

Los Planes de Empleo se encuentran previstos en el Art. 18 de la Ley 30/1984, y pueden referirse tanto a personal funcionario como laboral. Se definen como el instrumento adecuado para determinar las actuaciones a desarrollar por parte de las administraciones públicas para la óptima utilización de los recursos humanos dentro de los límites presupuestarios y de acuerdo con las directrices de la política de personal.

El artículo 18 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en la redacción dada por el Art. 15 de la Ley 22/199.3, artículo de carácter básico en sus apartados 1 a 5 según el Art. 1.3 de la Ley 30/1984 en su redacción dada por el Art. 14 de la citada Ley 22/1993, se refiere a los llamados aplanes de empleo.

Las previsiones y medidas que pueden contener los planes de empleo, según el mismo artículo son:

a) Previsiones sobre modificación de estructuras organizativas y de puestos de trabajo.

b) Suspensión de incorporaciones de personal externo al ámbito afectado, tanto las derivadas de oferta de empleo como de procesos de movilidad.

c) Reasignación de efectivos de personal.

d) Establecimiento de cursos deformación y capacitación.

e) Autorización de concursos de provisión depuestos limitados al personal de los ámbitos que se determinen.

f) Medidas específicas o de promoción interna.

g) Prestación de servicios a tiempo parcial.

h) Necesidades adicionales de recursos humanos que habrán de integrarse en su caso, en la oferta de empleo público.

i) Otras medidas que procedan en relación con los objetivos del plan de empleos.

Se requiere una memoria justificativa del plan con las medidas que en él se incluyan y una referencia temporal en cuanto a la duración en su ejecución.

La disposición adicional 7ª de la Ley 22/1993 determina la necesidad de negociación de los planes de empleo con las Organizaciones Sindicales más representativas.

Resulta indiscutible su aplicación a la administración local. Como hemos hecho referencia en el punto anterior, el artículo 18, en sus apartados 1 a 5 tiene carácter básico y por tanto, a todas las administraciones públicas, pero, no obstante la disposición adicional 2ª de la Ley

PLAN DE EMPLEO justificación legalpor Julio Conesa

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30/1984 (añadida por la disposición adicional. 6ª de la Ley 22/1993) dispone que:

“Las comunidades au tónomas y l a s corporaciones locales, de acuerdo con su capacidad de autoorganización, podrán adoptar, además de Planes de empleo, otros sistemas de racionalización de los recursos humanos, mediante programas adaptados a sus especificidades, que podrán incluir todas o alguna de las medidas mencionadas en los apartados 2 y 3 Art. 18 de la presente ley, así como incentivos a la excedencia voluntaria y a la jubilación anticipada”.

Las Comunidades Autónomas en sus respectivas Leyes de función pública autonómica han venido a regular aspectos concretos de las disposiciones referenciadas, sin exceder de sus competencias.

Sirva como ejemplo de normativa autonómica que recoge el sentido de la LMRFP que:

Sobre los planes de empleo el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública Valenciana aprobado por Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995 (en adelante TRLFPV), en su artículo 21, determina su carácter instrumental para la racionalización de los recursos humanos en las diferentes Administraciones Públicas, la necesidad de que contenga una memoria justificativa y motivada que incluya las necesidades de personal, el personal existente y su cualificación, las medidas adoptadas en el plan de empleo, un informe económico financiero, la previsión del tiempo de duración del plan y los plazos de ejecución de las medidas en él adoptadas.

En la disposición adicional 3ª del TRLFPV, se configura como fin primordial de los planes de empleo el aumento de las capacidades de trabajo y las oportunidades profesionales del empleado público, asegurándole y asignándole un trabajo efectivo y adecuado. En los planes de empleo se integrarán los planes de formación y las previsiones y medidas de promoción que se precisen.

La disposición adicional 5ª del mismo texto establece que el plan de empleo podrá contener las previsiones y medidas previstas en la legislación básica estatal, sin que puedan suponer un aumento de los gastos de personal previstos para cada

anualidad presupuestaria. Asimismo determina que las actuaciones previstas dentro del plan para el personal laboral se desarrollarán conforme a la normativa específica del ordenamiento jurídico-laboral.

El artículo 30 del Decreto 33/1999, de 9 de marzo, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento de Selección, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administrativa del Personal comprendido en el ámbito de aplicación de la Ley de la Función Pública Valenciana también se refiere a los planes de empleo como medio para llevar a efecto la reasignación de efectivos a través del cual pueden adoptarse las previsiones y medidas antes citadas previstas en el Art. 18.2 de la Ley 30/1984 y en el Art. 21 del TRLFPV. Ese mismo artículo 30 del Decreto 33/1999 determina que el texto del Plan de Empleo deberá contener:

“a) Una memoria justificativa que incluya las necesidades de personal, el personal existente y su cualificación, así como una referencia a las actuaciones preparatorias a la iniciación del procedimiento.

b) La exposición de todas las medidas concretas que deban adoptarse en aplicación del Plan, así como el calendario de ejecución de las mismas.,”

No sólo está prevista la utilización de Planes de Empleo en la Administración Local, sino que además la Disposición Adicional 21ª de la Ley 30/1984, adicionada por la Ley 22/1993. establece que las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales, de acuerdo con su capacidad de autoorganización. Podrán adoptar, además de Planes de Empleo, otros sistemas de racionalización de los recursos humanos, mediante programas adaptados a sus especificidades, que podrán incluir todas o alguna de las medidas mencionadas en los apartados 2 y 3 del Art. 18 de esta Ley (medidas que pueden adoptar los Planes de Empleo), así como incentivos a la excedencia voluntaria y a la jubilación anticipada.

La Disposición Adicional 7ª establece la obligatoriedad de negociación de estas medidas con l a s o rg an i zac ione s s i nd i ca l e s más representativas.

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C O M A R C A D E L ´ H O R T A

CC.OO. alega contra el Presupuesto municipal y el Plan de Viabilidad de Empleo que supone la amortización de plazas de la plantilla

No olv ides

Apuntes

ALBORAIA

l final el Sr. Alcalde Manuel Alvaro cumplió sus amenazas. La nefasta

política económica y presupuestaria llevada a cabo los últimos años en Alboraia, le han llevado a una situación muy delicada.

Haber vivido por encima de sus posibilidades, pensando que él era el rey, que todo lo que tocaba lo convertía en oro, le ha llevado a darse de bruces con una realidad incuestionable. Puesta en evidencia aún más por la crisis general que atravesamos.

Inicialmente hablaba de que sobraban unos 100 empleados y empleadas. Estuvo mareando un

tiempo con el organigrama municipal, hasta que al final sacó su “Plan de Viabilidad” o “Plan de Empleo” que nunca negoció de buena fe.

Si la situación es tan grave debe abordarse desde la globalidad del ámbito municipal. El sólo quiso hablar de cuantos y como se tenían que ir del ayuntamiento.

Ni uno sólo de los que se han ido o se van a ir, estarían fuera si renunciara a todo el personal de confianza metido a dedo que tiene al rededor.

Correo-e

ApúntateSi no nos das tu correo-e mucha información llegará a ti con dificultad.

Envíanos tu correo-e y te daremos de alta en la red-informativa del Sector

Permisos por Maternidad en Europa

un e.r.e. de empresa no se habría permitido

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CC.OO. GANA LAS ELECCIONES SINDICALES EN ALFAFAR EL 12/05/2009

Sólo faltaron 6 personas a votar en las elecciones a Junta de Personal. Se han celebrado las elecciones sindicales para elegir a los delegados y delegadas del personal funcionario y del personal laboral en el Ayuntamiento de Alfafar. La participación ha sido muy elevada, lo que legitima los resultados de manera inequívoca.Los resultados han sido:

CC.OO. 3 delegados/as de funcionarios y 2 de laborales total 5

UGT 3 delegados/as de funcionarios y 1 de laborales total 4

STAS 2 delegados/as de funcionarios total 2

SPPLBCV 1 delegado/a de funcionarios total 1

El resultado electoral representa un importante respaldo al sindicalismo de clase que obtiene la mayoría absoluta y por tanto un reconocimiento del trabajo a favor del conjunto de empleados y empleadas independientemente del puesto de trabajo o del color del uniforme.

Ahora toca seguir trabajando por consolidar el trabajo realizado, reducir la temporalidad y garantizar el trabajo digno y de calidad a la ciudadanía.

Governació sigue empeñada en echar adelante su anteproyecto de nueva Ley de Policía.

a Comisión de Coordinación se reunió en la Sede de la Unidad Adscrita de Policía

Nacional . En la antigua estación de Ferrocarriles de Vía Estrecha de (Valencia).

La reunión fue presidida por el Conseller Serafín Castellano, fue la última a la que asistía Cándida Barroso como responsable de la ASPL de CC.OO.PV, e s tuvo acompañada por Josep Maria Jovani de Benicarlo y miembro de la Comisión de Coordinación.

La Memoria Anual de Policía Local carecía en esta ocasión de algunos datos relevantes ¿Por qué?

El Plan de Formación Anual del IVASP ¡POR FIN! después de casi 20 años reclamándolo CC.OO. lo traen a la Comisión, ahora bien, sólo nos dan diez días por si tenemos algo que decir:¡VAYA NEGOCIACIÓN!.

A requerimiento de CC.OO., nos confirmaron que el 20 de mayo se iniciaba el curso de capacitación para el que están pendiente los compañeros y compañeras aspirantes y en prácticas de Oficiales y en septiembre la Escala Técnica.

El Consel ler da por muerto el Gabinete Técnico. A preguntas de CC.OO. de porqué no se convoca desde hace más de un año, pues tiene pendiente el Decreto de Segunda Actividad, el Decreto de Retribuciones, el Decreto sobre personal Interino, los trabajos iniciados de reforma del Decreto sobre acceso , p romoción y movilidad. los asuntos pendientes de regular en materia de Salud Laboral, etc..

El Sr. Serafín dijo que no se convoca y que no se va a convocar. Recordad que en el anteproyecto de Ley que pretenden desaparece este órgano que durante casi 20 años a facilitado la participación y que nos permitió conseguir la Ley 6/1999 con la “RECLASIFICACIÓN” incluida.

El asunto más peliagudo fue el del Anteproyecto de Ley de Policía Local. El Conseller está empeñado echar adelante. No fue suficiente decirle que no hay nadie que la pida, que es inoportuna, innecesaria, fuera de contexto porque se e s tá negociando la nueva Ley de Función Pública Valenciana y aún se tiene que negociar la de Administración Local.

Que aún está por desarrollar la actual Ley 6/1999 y que aún siguen en vigor órdenes y normas de los años 90 que habría que actualizar. ¡INÚTIL! Todo fue inút i l , e l Conseller arropado por su equipo dijo que en breve habrá un segundo borrador del “anteproyecto”.

NOS JUGAMOS MUCHO.

Las mejoras que nos vinieron por Ley, por Ley quieren quitarlas y t i enen mayor ía abso luta . La situación no es la de 1999, en que el PP gobernaba, pero en minoría.

VENDEN HUMO:

* Los Guardia Locales son un engaño para los ayuntamientos.

* El ingreso hasta los 35 se puede hacer ya cambiando el Decreto 88/2001.

* Los Consejos de Policía Local no pueden coordinar nada porque no hay nada que coordinar. Con la Guardia Civil y la Nacional ya deberían coordinarse las Juntas Locales de Seguridad.

* Y los Comités de Asuntos Internos son innecesarios. Ya hay sistemas y mecanismos de control suficientes.

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I Conferencia del Sector de la Administración Local-FSC PV

30 de junio 2009

El próximo día 30 de junio celebraremos en Valencia la Iª Conferencia del SAL-PV de la nueva Federación de Servicios a la Ciudadanía.

Quedan atrás los años de la FSAP, las primeras coordinadoras de los años 80, la constitución del antiguo Sindicato de la Administración Local, los debates en torno a la federalidad y la necesidad de potenciar lo que nos une en un proyecto común, frente a la sectorialización y la dispersión sindical en centros de trabajo, en ámbitos reducidos...

La apuesta por definir un solo espacio organizativo, la Federación donde se aúnan todos los esfuerzos, liberándonos de cargas burocráticas y estructuras formales, para pasar a la flexibilidad de los equipos de trabajo, de los ámbitos funcionales de acción sindical, nos deben permitir profundizar y ampliar la presencia de la FSC en el Sector de la Administración Local.

Ahora retomamos, para coger impulso, por decisión del Congreso, la estructura formal del SAL-PV a través de la Conferencia Sindical, en la que definiremos las propuestas concretas en que vamos a materializar las decisiones de nuestro congreso de federación para los próximos cuatro años.

“Mar calma”, “Viento favorable” y “Buena estrella”

Julio Conesa.

Sin dudaEl Tribunal Superior de Justicia admite a trámite el recurso de CCOO

CCOO interpuso un recurso contencioso-administrat ivo contra el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de la Vall d’Uixó que aprobaba la privatización de los se rv ic ios púb l i cos de re c o g i d a y t r a n s p o r t e d e residuos sólidos urbanos y limpieza viaria.

En defensa del servicio público prestado por EMSEVALL-SUMMA, y en defensa de los derechos laborales de los trabajadores de la e m p re s a m u n i c i p a l , C C O O interpuso, el pasado 8 de mayo, un recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de la Vall d’Uixó por el que se aprobó la privatización de los servicios públicos de recogida y transporte de residuos sólidos urbanos y limpieza viaria. Este recurso ha sido admitido a trámite por el TSJCV.

De momento, la alcaldesa de la Vall d’Uixó no ha informado a los representantes de los trabajadores de la pretensión de adjudicar el servicio a la empresa privada Secopsa, ni cuales son los criterios para dicha adjudicación. Los trabajadores se han enterado de la ad jud icac ión de l serv ic io a Secopsa por las noticias recogidas

La privatización de SUMMA dificultará el control del Ayuntamiento sobre el funcionamiento real del servicio.

en los medios de comunicación. Se da la circunstancia de que el director general de Secopsa, José Manue l Agu i l a r, f ue anteriormente un alto cargo de la General i tat Valenciana, en concreto Director General de la Ciudad de las Artes y las Ciencias desde 2002 hasta 2005. Según CCOO, esta coinc idencia puede dar a entender que el equipo de gobierno municipal del PP haya tenido en cuenta criterios que nada tienen que ver con la mejora del servicio público.

La privatización de SUMMA d i fi c u l t a r á e l c o n t ro l d e l A y u n t a m i e n t o s o b r e e l funcionamiento real del servicio. C u e s t i ó n e s p e c i a l m e n t e p r e o c u p a n t e c u a n d o e l vicepresidente segundo de la Diputación de Castel lón y concejal de Hacienda y Medio Ambiente del Ayuntamiento de la Vall d’Uixó, Vicent Aparici, ha sido acusado por la Fiscalía de Castellón por presuntos delitos contra los recursos naturales y m e d i o a m b i e n t e y p o r prevaricación medioambiental.

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NEGOCIACIÓN DE LA NUEVA LEY DE FUNCIÓN PÚBLICA VALENCIANA

nformación sobre la primera fase.Po r S o l e d a d Fe r n á n d ez

(Sria Ac.Sind.FSC-PV)

Las reuniones fueron entre cada sindicato de la Mesa General y e l equ ipo de técn icos por separado y se m a n t u v i e r o n desde noviembre de 2007 con la

petición del posicionamiento sindical sobre evaluación del desempeño y g r upos de clasificación, hasta finales de mayo de 2008.Las propuestas de CCOO se registraban y presentaban por escrito mandándolas también en el interno por email. Los temas planteados por la administración fueron:Ámbito/ Código Ético/ Cuerpos / Grupos/ Evaluación/ Provisión de puestos/ Discapacidad/ violencia/ Acceso/ Retribuciones/ DirectivosEn Mesa de portavoces fuimos el sindicato que planteó ampliar los temas inicialmente propuestos por la administración e incluir como materias en la ley:1. Permisos y licencias.2. Salud laboral3. Formación4. Gestión de los servicios públicos y responsabilidad social de la Administración.5. Mesas, materias y procedimientos de negociación6. Sistema de solución extrajudicial de conflictos.7. Régimen disciplinario.8. Situaciones administrativas.9. Planes de igualdad.De es tos só lo p id ie ron posicionamientos iniciales de Salud laboral, negociación, solución

extrajudicial de conflictos y formación.En l a e l aborac ión de e s ta s propuestas iniciales se incluyeron las cuestiones pendientes del EBEP que se habían analizado en e l in ter no como déf ic i t o cuestiones a mejorar en la norma básica y las aportaciones que se hicieron en la comparativa del EBEP y nuestra ley actual. Con la excusa de los cambios de titular de la Consellería no nos ent regan borrador para l a negoc iac ión forma l ha s ta diciembre de 2008.Desde finales de enero 2009 hasta mayo 2009 se han mantenido ya reuniones de negociación técnica por títulos, estas ya conjuntas y con intercambio de propuestas por escrito salvo la UGT que presentó su prop io borrador de Ley, provocando en algunas reuniones posiciones de enfrentamiento con los técnicos . Todas nuestras propuestas a cada título, además de basarse en los t raba jos pre v ios y nues t ra s primeras ideas para la negociación del EBEP y la adaptación de la ley de función Pública, han recogido planteamientos recibidos de la afiliación y han sido revisadas de forma participativa previamente a su remisión a la administración y con información escrita posterior a la celebración de las reuniones. La parte técnica de la negociación esta por f inal izar ya que los técnicos deben darnos el texto integro de l a Ley con l a s propuestas que han admitido técnicamente y los Anexos nuevos para que podamos re v i sa r lo íntegramente y pasar a la fase de negociación política. Mientra s tanto no podemos avanzar mucho respecto a las propuestas que hayan admitido o no referentes a las disposiciones transitorias y adicionales, cuestión

que sabemos que es de mucho interés en la administración autonómica sobre todo. Decir que los tiempos y contexto no acompañan y que cada vez parece ma s d i f í c i l que e l anteproyecto de ley entre en las Cortes para que la nueva ley este vigente en enero de 2010. Un reto era conseguir cambiar la perspectiva del borrador que entendía la Ley como solo o casi solo de aplicación en la Generalitat a un marco l ega l para l a s admin i s t rac iones púb l i ca s valencianas, sobre todo para la administración local. Esto ahora podemos decir que lo hemos conseguido. Faltará revisar que no se nos queden aspectos difusos en el texto pendiente.El otro era unificar al máximo las condic iones de l abora le s y func ionar ios de nues t ra s administraciones, este aspecto lo veremos parte a parte porque ha sido imposible avanzar mucho. La posición técnica ha sido reforzada por el resto de sindicatos y nos hemos quedado solos en muchos planteamientos. La argumentación se basa en la falta de competencias para legislar en materia laboral por parte de las CCAA. Si embargo este argumento no entendemos que sea válido para el personal laboral de la generalitat y tampoco se ha recogido. Es verdad que se plantea la figura única funcionarial pero todos sabemos que personal laboral va a seguir existiendo, como mínimo el actual que no se funcionarice y el de contrataciones de empleo subvencionado.Como aspectos menos políticos pero importantes se ha conseguido que en todo el texto se revise el uso de lenguaje no sexista.La información completa nos la podéis solicitar vía correo-e a [email protected]

I

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a estrategia global de privatización de los servicios públicos se

sustenta sobre un primer proceso de manipulación ideológica de la opinión pública que se ha ido desarrollando de modo sistemático, constante e implacable durante los últimos años.

Su objetivo: afirmar, sin posibilidad de réplica, que se debe reducir el tamaño del sector público, que el sector público asume indebidamente la provisión de bienes y servicios que debería prestar el mercado; que la empresa privada es más eficiente por las bondades del mercado, frente a la ineficiencia y despilfarro de lo público; que se debe reconsiderar la necesidad del propio Estado del

Bienestar y la función del Estado como redistribuidor de la renta y suministrador de los servicios públicos, con el objetivo final de privatizar la red de servicios públicos.

A estas alturas, se puede decir que este adoctrinamiento ideológico planificado por el "capital globalizador" se ha consumado de forma abrumadora, de tal manera que estas ideas son asumidas hoy con un dogma de fe por la sociedad. Y ello, fundamentalmente porque el proceso se ha desarrollado en el escenario de los medios de comunicación (prensa, televisión) y con las técnicas de propaganda del espectáculo de masas, las únicas fuentes de información que consiente la economía

mercantilizada, los cuales se limitan a trasmitir las órdenes y los programas de sus dueños y para los que cualquier posición disidente simplemente no existe, o de tener algún eco, rápidamente se banaliza en las secciones de lo pintoresco o se desactiva bajo el calificativo de "utopía" de grupos más o menos marginales.

En ese marco, los economistas gurús y los políticos a sueldo del capital repiten una y otra vez las virtudes del mercado global y de la liberalización, enlazando conceptos sesgados como si se tratara de verdades teológicas (eficiencia óptima, economías de escala, costes marginales, competitividad...), manipulando cifras y ocultando datos con la habilidad de los trileros.

La estrategia global de privatización de los servicios públicos

L

Además de la crisis global con sus afectaciones directas en nuestra economía y en los sectores productivos del conjunto del Estado español, nosotros tenemos nuestra propia crisis , agravada fundamentalmente por la dependencia del sector de la construcción y su crecimiento insostenible de estos últimos años, y también propiciado por el crecimiento y el efecto locomotora de la construcción para otros sectores, con un mercado de trabajo débil vinculado a actividades

con escaso valor añadido y poco innovadoras.Este rasgo que es común y general en todo el territorio español, es especialmente grave en el País Valencia. Cualquier dato comparativo nos sitúa en condiciones de mayor dificultad y gravedad; así vemos como el desempleo continúa creciendo mes tras mes hasta situarnos en 432.582 paradas y parados en el mes de marzo. Esto significa un incremento interanual marzo 2008 a marzo 2009 del 78,87%, mientras en el conjunto del Estado se sitúa el incremento en el 56,69% más de 22 puntos porcentuales en negativo.Especialmente graves son los datos de la construcción con un incremento interanual de un 164,10% y con 90.444 personas paradas. Tampoco la industria presenta mejores términos interanuales (82,74% de incremento y 85.618 parados y paradas de registro),

siendo el sector servicios el que mayor número registra (228.636) y también con un 63,31% de incremento de carácter interanual. En el mes de marzo tan solo la agricultura registró menos paro que el mes anterior (1.309 personas) pero continua registrando a 8.426 y un incremento interanual del 58,21% respecto al año anterior. En todos los sectores subimos muy por encima del 50% respecto al año anterior.Estas cifras están afectando a todo el territorio valenciano, pero es especialmente significativo el aumento interanual del desempleo en Castellón con un 137,21% respecto al mes de marzo de 2008 que se manifiesta como un elemento desmesurado y alarmante. También preocupante el incremento en la provincia de Valencia (76,66%), y en menor medida, porque ya viene de más lejos, los incrementos de Alicante con un 68,82% interanual.

Algunos datos a tener en cuenta en el primer trimestre de 2009

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onvocados /a s por l a Confederación Europea de Sindicatos, más de 150.000

sindicalistas y trabajadores europeos de España (CCOO, UGT y USO ) , Por tuga l , Francia, Andorra, Italia y Luxemburgo, recorrieron el 14 de mayo, las calles madrileñas para protestar contra la crisis y exigir a lo s Gobier nos e instituciones europeas un nuevo compromiso social en el que el primero de los elementos sea el empleo digno y con derechos.

La euromanifestación de Madrid, que ha contado con el apoyo de más de 400 organizac iones , es l a primera de las tres jornadas de

movilización convocadas por la CES, y que ha tenido su réplica en Bruselas (15 de mayo) y en Berlín y Praga (16 de mayo).

Una g ran pancar ta por tada por los d i r i gentes de los sindicatos europeos y el secretario general de l a CES, John Monks, donde se ped ía un nue vo compromiso social en Europa ,

encabezaba l a manifestación.

A continuación, las banderas de los s ind icatos daban pa so a un multicolor despliegue de pancartas con todas las reivindicaciones de los

trabajadores, bajo un lema común: que el empleo y las personas se sitúen como asuntos prioritarios de las políticas de los Gobiernos europeos.

Durante la manifestación, los secretarios generales de CCOO y UGT, Ignacio Fernández Toxo y Cándido Méndez, respectivamente, des tacaron l a impor tanc ia y neces idad de e s ta euromanifestación "para forzar un compromiso social desde la Unión Europea, y así fijar la atención sobre las personas que están sufriendo la cr i s i s económica" , a s imismo, aludieron a las demandas que los trabajadores y sindicatos europeos reivindicaban con este acto, y que se recoge en el manifiesto de la CES.

C

Los días 27 y 28 de abril se celebró, en los locales de CCOO en Denia , l a te rcera ed ic ión de l a s Jornadas sobre negociación de RPT, a la que asistieron 25 delegados y delegadas de la Administración Local.

III JORNADAS SOBRE  "NEGOCIACIÓN DE RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO: CRITERIOS TÉCNICOS Y ESTRATEGIA SINDICAL"

Más de 150.000 sindicalistas exigen en Madrid pleno empleo y derechos sociales

A las jornadas asistieron delegados y delegadas de las siguientes entidades locales: La Vila Joiosa, Benidorm, Altea y Callosa d'En Sarrià (Marina Baixa); Calpe, Teulada, Benitatxell, Denia, CREAMA, Mancomunidad de Serv ic ios Soc ia les de Pego, l'Adzuvia i els Valls y El Verger (Marina Alta). También asistieron d o s r e p r e s e n t a n t e s d e l a Federación responsables de la negociación en varias entidades locales de las comarcas.A los asistentes se les repartió un CD con todos los datos necesarios

p a ra l a n ego c i a c i ó n en l a administración local, con acuerdos en vigor, modelos, guías sindicales, legislación, etc. Las jornadas se dividieron en dos partes: una teórica (normativa a p l i c a b l e , p r o c e d i m i e n t o administrativo y planificación de recursos humanos: plantillas, oferta de empleo y relación de puestos de trabajo) y una práctica, por grupos de trabajo (valoración de puestos de trabajo, debate y conclusiones).

Sergio Casares Serrano

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l sindicato afirma que en la provincia de Castelló hay una media

de 4,7 agentes por cada mil habitantes

JUAN JOSÉ BENITO VINARÒS (Levante-EMV)

El sindicato de Comisiones Obras (CC OO) considera suficientes los efectivos policiales en la Comunitat Valenciana y acusa al conseller de Interior, Serafín Castellano, de no querer desplegar en su totalidad a la Policía Autonómica.

Durante un acto informativo a policías locales que se hizo ayer en la sede comarcal de CC OO en Vinaròs, el responsable de Administración Local y Servicios a la Ciudadanía de este sindicato, Julio Conesa, manifestó que la media de agentes del orden público tanto a nivel autonómico como de la provincia de Castelló está por la media estatal y por encima de lo que recomienda la Unión Europea.

Así, mientras en 1995 los agentes de cuerpos de seguridad del estado y policías locales en la Comunitat eran 14.165, con una media de 3,6 por cada mil habitantes, en 2009 es de 22.764, lo que significa un 4'52 por cada mil habitantes. Centrándose en la provincia de Castelló, Conesa informaba que hay 2.815 efectivos, de los que el 61,59% son de la Guardia Civil y Policía Nacional y el 38,40% de la Policía Local, situándose en 4,7 por cada mil habitantes.

Acuerdo entre Estado y Consell

Mientras las recomendaciones de Naciones Unidas es de 3 agentes por mil habitantes, la Unión Europea marca la cifra de 4 por cada mil, de ahí que la provincia castellonense

este por encima de esas medias de la propia autonómica.

Para Conesa "no es necesario un mayor número de agentes pero sí un acuerdo entre Estado y Generalitat para aglutinar y hacer eficaces y eficientes los cuerpos policiales".

Asimismo, criticaba que desde el Consell se escuden en la falta de agentes. La solución para el representante de CC OO es desarrollar en todos sus efectos la Policía Autonómica y acusan al Consell de "falta de interés" en asumir las competencias en materia de seguridad.

Respecto los actuales agentes de la Policía Autonómica, Conesa recordó que son policías nacionales adscritos y con unas ciertas competencias. Así, dijo que "no son un servicio de seguridad pública integral". En lo referente a la comisaría que estará en Benicarló, Conesa dijo que "será un local de parada donde acudir después de hacer sus turnos por la comarca pero allí no se podrán presentar denuncias".

CC.OO. ve suficientes los efectivos policiales en Castellón y pide una policía autonómica

JORDI MAURA | VINARÒS (Las Provincias)

Julio Conesa, responsable de Administración Local y Servicios a

la Ciudadanía de CC.OO. reclamó ayer en Vinaròs, durante la celebración de unas jornadas informativas para agentes policiales, el cumplimiento y desarrollo de la Ley 6/1999 de Policía Local, una norma que consideró válida para afrontar los problemas diarios con los que se encuentran los agentes. Conesa remarcó, además, el conflicto abierto con el titular de la Conselleria de Interior, Serafín Castellano, por su intención de crear una nueva ley «con la que se inventa una necesidad que no le ha pedido nadie», aseguró.

Por otro lado el cuerpo sigue con sus problemas de interinaje, de no sustitución de agentes de más de 60 años, de homologación de cursos, retribuciones o de salud laboral.

Los datos presentados ayer por CC.OO. señalan que el número de agentes en la media comunitaria y provincial es suficiente y superior tanto a la media estatal como a la europea y la que recomienda la ONU.

La evolución ha ido acompasada con el crecimiento poblacional. En Castellón son 2.815 efectivos, de los cuales el 61,59% son de Guardia Civil y Policía Nacional y el 38,40% de la Policía Local, con una ratio de 4,7 por mil, muy por encima del 4 por mil europeo.

A juicio del sindicato, «no es necesario un mayor número de agentes, pero sí un acuerdo entre Estado y Generalitat para hacer eficaces y eficientes los cuerpos policiales».

CC.OO. reclamó al Consell que asuma las competencias en materia de Seguridad que permite el Estatut.

E

CC OO acusa al Consell de bloquear la Policía Autonómica pese a tener agentes

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Por aplicación del Art. 46 del Decreto 175/2006 de la Generalitat, en el supuesto de haber completado los años de antigüedad suficientes en la Administración se tendrá derecho al disfrute de los siguientes días de vacaciones anuales:

- Quince años de servicios: Veintitrés días hábiles.

- Veinte años de servicios: Veinticuatro días hábiles.

- Veinticinco años de servicios: Veinticinco días hábiles.

- Treinta o más años de servicios: Veintiséis días hábiles.

Este derecho se hará efectivo a partir del año natural siguiente al cumplimiento de la antigüedad referida.

EL PLAN DE PENSIONES DE LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA SE TRANSFORMA EN AGRUPADO PARA DAR CABIDA A LAS DEMÁS ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA.

adas las dificultades planteadas por la Federación Valenciana de Municipios y

Provincias para abordar la negociación de un Plan de Pensiones de ámbito autonómico para todas las entidades locales, la posibilidad de agruparse en el propio de las Diputaciones parece razonable.

En general los ayuntamientos medianos y pequeños, sólo ven dificultades y problemas en la puesta en marcha de los Planes de Pensiones. El 0,5% de la masa salarial que podría destinarse a este fin, se pierde en muchas ocasiones dado que no se acaban de decidir y ello, año tras año.

En este momento, en la provincia de Valencia, también en la de Castellón, la Diputación ha lanzado la oferta a los distintos ayuntamientos para que se agrupen en el Plan que ellos han negociado con los sindicatos.

Desde nuestra Federación hemos decidido dar apoyo e impulsar esta alternativa con la seguridad de que el objetivo que sería un Plan de ámbito autonómico podría estar más cerca.

Aunque inicialmente el Plan esta controlado y fiscalizado desde la propia Diputación y los sindicatos representativos en la misma, el incremento de

partícipes, conforme vayan incorporándose entidades locales y su personal planteará la necesidad de una participación más abierta, mientras tanto, la Federación supervisará a través de las personas nuestras en la Comisión de Control, el trabajo que se realiza con objeto de mirar por el conjunto de partícipes, también los de entidades pequeñas y medianas que se adhieran.

D

SOBRE LAS VACACIONES. RECUERDA: MÁS DÍAS POR ANTIGÜEDAD

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BUTLLETÍ SECTOR DE L´ADMINISTRACIÓ LOCAL-FSC (CCOO PV) JULIOL 2009

PÁGINA 1

Se debatió el contenido del Plan de Trabajo que debe desarrollarse durante los próximos cuatro años, aprobado por unanimidad y que en líneas generales abordan la negociación y desarrollo del Acuerdo-Marco para el ámbito local con la FVMP; cerrar los vacíos de negociación existentes; la defensa de la Negociación colectiva frente a impugnaciones; el apoyo a la labor negociadora y formación de nuestros representantes; trabajar por la igualación y homogeneización de condiciones de trabajo. Apoyar la idea de “ Á m b i t o P ú b l i c o Mu n i c i p a l ” q u e e v i t e

discriminaciones dentro de una entidad local; la defensa del Servicio Público y el Empleo Público; la atención a colectivos de

manera específica.

S a l i ó e l e g i d o co m o C o o r d i n a d o r General del Sector Julio Conesa Martí y de la Comisión de Coordinación Javier Merseguer Herraiz, Electra Año Cabanes,Vicente Expósito Lluch,

Maite Astasio Gallego, Fco. Palomares Langa, Rosa Candela i Canals, Manolo

Mo n t a n e r C o l l , A l e j a n d r o A n d r e s Cremades Lopez, Ana Odena del Campo, y

Victor Sendra i Escrivà.

FVMPElena Bastidas,

Presidenta de la FVMP tiene la palabra.

En este momento, como se suele decir, la pelota está en su tejado.

Hace más de un mes que los Srios. Grals. de la FSP-UGT y la FSC-CCOO le dirigieron un escrito solicitando reunión para tratar sobre la necesidad de firmar ya el IIº Acuerdo-Marco para la Administración Local Valenciana, cuya negociación finalizó en diciembre de 2008, así como el Plan de Igualdad que debe servir de orientación para todas las administraciones locales y que no han visto la luz aún, pendientes de la firma protocolaria.¿QUE PASA EN LA FVMP?¿QUIEN TORPEDEA EL TRABAJO?

Conferencia del Sector de la Administración Local de la FSC-CCOO PVSe celebró el pasado día 30 de junio de 2009 en Valencia y asistie-ron delegados y delegadas de la Administración Local de todo el Pais Valenciano

LA LOCAL

Mesa Presidencial de la Conferencia. Jose Mª Jovani, Ricard Granell y Maite Martínez

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BUTLLETÍ SECTOR DE L´ADMINISTRACIÓ LOCAL-FSC (CCOO PV) JULIOL 2009

PÁGINA 2

El Tribunal Constitucional, en sentència de 9 de febrer de 2009, atorga l'empara a la FSAP-CCOO en un recurs contra les sentències del Jutjat Contenciós Administratiu N 1 de Santa Cruz de Tenerife i del Tribunal Superior de Justí-cia de Canàries que havien declarat la inadmissió, per falta de legitimació activa del sindicat en un recurs formulat contra sengles ordres de la Con-selleria de Presidència i Justícia de la Comunitat Autònoma de Canàries que van aprovar les llistes provisionals d'adjudicació de llocs de treball.

El TC, aplicant una doctrina molt consolidada, entén que es tracta d'una interpretació excessi-vament rigorista i desproporcionada del requisit d'interès legítim que va lesionar el dret a la tutela judicial efectiva en la segua vessant del dret a la jurisdicció, (art. 24 CE).

Aquesta doctrina part del reconeixement abstrac-te o general de la legitimació dels sindicats per impugnar davant els òrgans de la jurisdicció con-tenciosa administrativa decisions que afecten els treballadors, funcionaris públics i personal estatu-tari. I ha vingut precisant que la legitimació d'un sindicat en aquest ordre jurisdiccional "ha de lo-calitzar-se en la noció d'interès professional o econòmic" (SSTC 84/2001).

Segons el TC, en supòsits com el present, "el cànon de constitucionalitat a aplicar és un cànon reforçat", ja que el dret a la tutela judicial efectiva es demana per a la defensa d'un dret substantiu fonamental, com és el dret a la llibertat sindical "(SSTC 84/2001 i 112/2004).

Observatorio Mujer, Trabajo y Sociedad

La Fundación 1º de Mayo publica el primer número del Observatorio Mujer, Trabajo y Sociedad dedicado, en esta ocasión, a conocer la situación económica, laboral y social de las mujeres en el actual contexto de crisis económica. Se cuenta con las aportaciones de Paloma López, Concha Rojo, Carmen Mancheño, Teresa Pérez del Río, María José Romero, Milena Bogoni y Ángeles Jaime. El Observatorio está dirigido por Laura Arroyo Romero-Salazar. [DESCARGAR PDF]

SI TENÉIS ALGUNA DIFICULTAD CON LAS DESCARGAS ACUDIR DIRECTAMENTE A ESTE ENLACE:

http://www.1mayo.ccoo.es

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL REITERA, UNA VEGADA MÉS, LA DOCTRINA SOBRE LA LEGITIMACIÓ DELS SINDICATS DAVANT LA JURISDICCIÓ CONTEN-CIOSA ADMINISTRATIVA

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Número de julio de la Revista de la Fundación

Este número 5 de la Revista de la Fundación 1º de Mayo incluye, además de los artículos de Carlos Navarro, Juan José Castillo, Frederic López i Mora, Amat Sánchez, Enric Sanchis, Antonio Antón y Alberto Riesco, el trabajo de Fernando Rocha con la elaboración de los "Indicadores de evolución del mercado de trabajo". En la presentación del número, Rodolfo Benito, señala que "Es el momento para un gran acuerdo social, que fije la protección a las personas y la adopción de medidas de estimulo a la economía como elementos prioritarios." [DESCARGAR PDF]

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BUTLLETÍ SECTOR DE L´ADMINISTRACIÓ LOCAL-FSC (CCOO PV) JULIOL 2009

PÁGINA 3

SIGUE LA CAMPAÑA CONTRA LA NUEVA LEY DE POLICÍA LOCAL DEL SR. SERAFÍN

Siguiendo con la información respecto de la campaña que estamos llevando adelante para informar del ataque a los derechos contemplados en la Ley 6/1999, la Agrupación Sindical de Policía Local celebró el pasado 20 de junio un acto informativo en la Central de Policía Local del Ayuntamiento de Valencia.

Al mismo asistieron una treintena de compañeros y compañeras que participaron activamente en el debate que se produjo tras la exposición del Power-Point elaborado por la Agrupación.

La conclusión más llamativa fue que la falta de conocimiento sobre el contenido del anteproyecto de Nueva Ley, hace que observemos una actitud pasiva, pero motivada más por dicho desconocimiento que por la falta de interés.Por ello se concluyó que debemos redoblar esfuerzos para conseguir extender la información a todo el colectivo. Sobre todo explicar nuestra posición.Igualmente se informó sobre la marcha de las conversaciones con el Srio. de Estado para la Seguridad Social, Sr. Octavio Granados sobre la anticipación de

la edad de jubilación de las policías locales y autonómicas.

El secretario general de CCOO PV, Francisco Molina, dijo en el Consejo Confederal del 7 de julio que CC.OO. "no tolerará" que la salida a la crisis pase por "la precariedad, la desprotección y la pérdida de de-rechos" en el trabajo.El informe fue aprobado por unanimidad y defiende que las soluciones a la situación de crisis económica, "que no es de origen laboral", no pasan por la reforma del mercado de trabajo.La precariedad del empleo, su eventualidad y debilidad "obedecen más a prácticas empresariales fraudulen-tas que al resultado de una correcta aplicación de la legislación laboral actual".Hay "voces autorizadas", en referencia gobernadores del Banco Central Europeo y de España, que indican que "han tolerado la actuaciones en el sector financiero, que ha bloqueado los sectores productivos con operaciones inmobiliarias anteriores, y que ahora claman por reformas en las relaciones laborales y en la protección social"."Esta situación de bloqueo financiero actual ha sido el causante de muchas pérdidas de puestos de trabajo y se ha llevado por delante un número importante de pequeñas empresas", según manifestó el Srio. Gral.A pesar de que en el último mes las cifras del paro han sido positivas, todo indica que se trata de una situa-ción "pasajera" por las aplicaciones de diferentes planes de impulso que tienen un "carácter temporal y es-tacional".Los sectores productivos valencianos "siguen en una situación convulsa y en caída libre", algo que se obser-va en la "madera, mueble, textil, cerámica, calzado, mármol, construcción, campo, servicios, y en las contra-tas, incluidas las públicas".En el sector público también se observan "recortes, amortizaciones, privatizaciones y externalizaciones de servicios", que describen, "un panorama nada alentador".Ante esta situación, CCOO PV "seguirá reivindicado el consenso, la negociación, la presión y la moviliza-ción en la resolución de los problemas y los conflictos y no tolerará" que la salida a la crisis signifique "ma-yor precariedad, desprotección y pérdidas de derechos".

CCOO PV NO TOLERARÁ QUE SALIDA CRISIS PASE POR PRECARIEDAD Y DESPROTECCIÓN

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PÁGINA 4

LA ADMINISTRA-CIÓN LOCAL NO PUEDE REGULAR LA FIGURA DEL PERSONAL DIREC-TIVO.

La Ley 7/2007,

de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), en su Exposición de motivos viene a decir que “…En desarrollo de este Estatuto Básico, el legislador estatal y el de las Comunidades Autónomas, en el ámbito de sus respectivas competencias, habrán de aprobar o modificar las leyes de función pública de sus Administraciones, así como las normas aplicables a la Administración local, respetando en este último caso la autonomía organizativa de las entidades locales…”

Tal y como se recoge en Comentarios a la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, VV.AA., Lex Nova- 2007, pág. 70 y sig., dentro de la legislación de desarrollo aplicable a la Administración Local, “…en el marco de la legislación básica del Estado sobre función pública local, de la que forma parte el EBEP, se abre un margen importante para que las Comunidades

!

Autónomas con competencia para ello puedan regular el régimen de la función pública local. Y, desde luego, podrán hacerlo siempre que exista una reserva de Ley o cuando el propio EBEP se remite a lo que dispongan las leyes de función pública aplicables a cada Comunidad Autónoma y el Estado no establezca nueva legislación básica sobre la función pública local o no mantenga las normas legales vigentes. Por el contrario, en aquellos preceptos en que el EBEP apodera a cada Administración Pública o a los Gobiernos respectivos para desarrollar y aplicar su regulación, puede entenderse, salvo excepción justificada en la propia literalidad del precepto, que confiere una facultad de decisión autónoma también a las Entidades Locales sobre su propio sistema de empleo público…

En resumidas cuentas, el EBEP abre mayores posibilidades para que, respetando la legislación estatal básica, los legisladores autonómicos regulen, en el ámbito de sus respectivas competencias, la función pública local…”

En el supuesto que ahora abordamos es claro. El art. 13 del EBEP, habilita al Gobierno y a los Órganos de Gobierno de las Comunidades Autónomas para establecer el régimen jurídico específico del personal directivo y los “criterios para determinar su condición”, desprendiéndose de su literalidad, que la Administración Local no está

facultada para establecer aquel régimen específico, siendo su desarrollo imprescindible para que los contratos del personal directivo que se concierten a partir de este momento queden encuadrados en ese régimen jurídico y sujetos a las prescripciones del mencionado art. 13 del EBEP y normas complementarias. (En este sentido, STSJ Madrid, núm. 604/2008 de 6 octubre 2008 [AS 2009\42]).

No obstante hay que señalar que el EBEP no obliga al establecimiento de ese régimen jurídico específico del directivo público en todas las Administraciones Públicas; al hablar de que “podrán establecer”, se trata de eso, de una posibilidad, no de un deber y, por lo tanto, puede ocurrir que ni el Gobierno estatal ni los Gobiernos autonómicos decidieran establecer ese régimen específico del personal directivo.

Con todo ello, que no se justificaría un Reglamento que regulara el régimen jurídico del personal directivo en un ayuntamiento, pues el mismo partiría de un error, cual es el hecho de que el art. 13 del EBEP no faculta a todos los Órganos de Gobierno de las correspondientes Administraciones a establecer el régimen jurídico del personal directivo, pues literalmente señala que será “El Gobierno y los Órganos de Gobierno de las Comunidades Autónomas” los encargados, en su caso.

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BUTLLETÍ SECTOR DE L´ADMINISTRACIÓ LOCAL-FSC (CCOO PV) JULIOL 2009

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SAXTRABAJO CONFIR-MA LA FALTA DE SEGURIDAD EN TEATRO Y DA 6 ME-SES PARA ACONDI-CIONARLO

La Inspección asume la denuncia de CC OO y exige al Ayuntamiento que repare el tejado y habilite las medidas de prevención de las que el viejo edificio carece

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha confirmado todas las deficiencias y carencias del Teatro Cervantes de Sax -construido hace 80 años- en materia de seguridad y prevención de riesgos laborales que fueron denunciadas por CC OO alertando, incluso, del "grave riesgo" que corren las personas que asisten a este edificio municipal con aforo para 400 espectadores.

El informe emitido por la Inspección señala que las medidas correctoras vienen recogidas en la planificación de la actividad preventiva inicial del Teatro Cervantes. Un documento elaborado por la empresa de prevención de riesgos laborales contratada por el Ayuntamiento y del que los responsables municipales tienen perfecto conocimiento.

Pero el inspector que está tramitando el expediente ha ido más allá al reducir de 10 a 6 meses el plazo que el propio equipo de gobierno socialista se ha dado para subsanar todas las irregularidades detectadas.

Problemas que, como ya avanzó el responsable comarcal de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CC OO, José Antonio Marco, y recoge la propia evaluación de riesgos advierte de la inexistencia de extintores y botiquín, del mal estado de la instalación eléctrica, la ausencia de alarma de incendio, la falta de simulacro de evacuación y de suficientes salidas de emergencia así como de la presencia, junto al patio de butacas, de un depósito de 700 litros de gasoil.

El reciente informe emitido por el arquitecto municipal descartando problemas en el tejado entra, sin embargo, en contradicción con las conclusiones de los expertos que han realizado la evaluación de riesgos ya que señalan en su informe que "el tejado se encuentra en mal estado porque no posee la estructura y solidez apropiada", sitúan como Riesgo 1 "la caída de objetos por desplome o derrumbe" y establecen la necesidad de "realizar un estudio de la cubierta y proceder a su reforma". En virtud de todo ello Marco destaca, junto al responsable de Acción Sindical de la FSC en Alacant, la "absoluta veracidad" de la denuncia de CC OO y pidió al equipo de gobierno "que no mienta más".

Jornadas previstaspara el último

cuatrimestre 2009

ACUERDO-MARCO

Sede FVMP

ACTUALIZACIÓN NORMATIVA EN EL ÁMBITO DE LAS ADMINISTRACIONES LOCALES VALENCIANAS. EL IIº ACUERDO-MARCO.

BOMBEROSDESARROLLO NORMATIVO BOMBEROS Y SU REPERCUSION

SOCIAL EN LAS CONDICIONES DE SERVICIO EN EL AMBITO DE LA PREVENCION Y EXTINCION DE INCENDIOS Y SALVAMENTO.

POLICÍA LOCAL

ACTUALIZACIÓN LEGISLATIVA POLICÍA LOCAL. MODIFICACIONES LEGALES Y LA REPERCUSION EN LOS SERVICIOS PUBLICOS DE SEGURIDAD

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CCOO PV demana canvis en els criteris pressupostaris i en les prioritats per invertir en polítiques socials, laborals i econòmiques.

El País Valencià és la quarta comunitat autònoma on més creix en percentatge la desocupació, per darrere de Catalunya, Balears i Múrcia, i la tercera on més creix en termes absoluts, només per darrere de Catalunya i Andalusia. De fet, el País Valencià aporta més del 17% dels nous aturats a l'agost per al conjunt de l'Estat espanyol.

CCOO PV qualifica de alarmants les dades de l'atur, ja que el País Valencià torna a ser una autonomia que encapçala la destrucció d'ocupació i insisteix que la implementació de les mesures acordades en el PAVACE II no pot esperar més. El sindicat afirma que no és lícit que el Govern valencià atribueisca al Pla Confiança en la reducció de l'atur en els mesos de juny i juliol, i quan augmenta s'inhibeisca de la seua responsabilitat. CCOO PV creu necessari abordar els problemes reals de les persones amb rigor i amb polítiques laborals i econòmiques creïbles i que produeixin els efectes desitjats. Tot això no serà possible mentre no canvien els criteris pressupostaris i les prioritats a l'hora

d'invertir en polítiques socials, laborals, econòmiques i socials que formen part del PAVACE II. CCOO PV aposta per mantindre un diàleg social fluid i constructiu i a ser àgils en la seua aplicació.

Les dades de l'atur d'agost són negatius en tant que indiquen que les mesures aplicades en els darrers mesos, i que havien provocat un descens de les mateixes, eren excessivament conjunturals. El sindicat entén que el Pla E ha fet el seu efecte però que no serà capaç per si mateix de contenir les xifres d'aturats. És per tant necessari que des del Govern central es plantegen mesures per atendre les persones aturades, alhora que actue davant les causes de la crisi amb claredat d'idees, que promogui un canvi de model productiu més basat en R + D + I i en una millor formació de capital humà. CCOO PV també exigeix una major implicació del món empresarial en buscar fórmules que actuen contra els efectes de l'actual crisi sense pretendre seguir obtenint beneficis en moments de gran dificultat a costa dels treballadors i les treballadores.

Una de les conseqüències d'aquestes crisis és la situació d'economia submergida en què es

troben alguns treballadors. Cal detectar els focus on es troba per mitjà de la Inspecció de Treball, per eradicar el que CCOO PV considera la major precarietat, el treball sense drets.

Pujada en tots els sectorsTots els sectors d'activitat veuen

incrementat el nombre de desocupats, especialment en la construcció (un 5,49% més que al juliol) i en la indústria (un 4,05% més). També les tres províncies incrementen la seva desocupació, continuant Castelló com la província de tot l'Estat on més creix la desocupació en termes interanuals en un 84,14%. L'agost de 2009 es van signar 78.112 contractes al País Valencià, un 23% menys que l'agost de l'any anterior, dels quals 5.635 contractes són indefinits.

L'atur registrat al País Valencià durant el mes d'agost es va incrementar respecte al mes anterior a 14.594 persones, fins als 449.778 aturats, el que representa un augment del 3,35% respecte al juliol, i un increment del 57,45% a termes interanuals. Al País Valencià l'increment de la desocupació és major que en el conjunt de l'Estat, on la desocupació respecte al mes anterior va augmentar un 2,40%.

BUTLLETÍ SECTOR de l´ADMINISTRACIÓ LOCAL-FEDERACIÓ de SERVEIS a la CIUTADANIA (CCOO PV) SETEMBRE 2009

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La LocalEl País Valencià apor-ta més del 17% dels nous desocupats del conjunt de l'Estat es-panyol

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Negociació ColectivaEL TSJ ANULA LA MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE BUSOT

E L R E C U RS O I N T E R P U E S T O P O R E L ABOGADO DEL ESTADO SE B ASA E N QU E L A M O DI F I C AC I Ó N DE L AS R E T R I B U C I O N E S C O M P L E M E N T A R I A S SUPERA EL 2% MARCADO P O R L A L E Y DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO.

Por Sergio Casares Serrano (*)

La Sentencia de la Sección 2 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, de fecha 17 de jun io de 2009 , e s t ima parcialmente el recurso de la Abogacía del Estado contra el acuerdo de Pleno por el que se modi f i caban a lgunos complementos de destino y específicos correspondiente a la RPT para e l año 2007. La Sentencia indica que "tales incrementos no pueden encontrar fundamento en las excepc iones que para determinadas adecuaciones retributivas establece (la LPGE), y a que l a Corporac ión demandada no ju s t i f i ca l a concurrencia de los requisitos objetivos a los que la norma a soc ia d ichos supuestos excepc iona les" . Añade que "corresponde a la Administración

demandada probar l a s circunstancias excepcionales que justifican un aumento por encima de l l ími te e s tab lec ido legalmente" y que "por parte de la Administración demandada no se ha acreditado que el incremento de ga s tos e s té amparado por la l ey pues en l a contestación a la demanda (...) se e f e c t ú a n a l e g a c i o n e s genéricas que no van acompañadas de n inguna prueba."

D e b e m o s recordar que CCOO también interpuso recurso contencioso-administrativo contra el citado acuerdo (cuyo juicio todavía no se ha ce lebrado ) y que ya advertimos al equipo de gobierno que lo aprobó (BLOC) con el voto en contra de CCOO y el voto a favor del SPPLB-CV, aún cuando CCOO tenía mayoría en la Mesa de Negociación (2 votos CCOO frente a 1 voto SPPLB-CV). El recurso de CCOO se basa en la falta de motivación de la propuesta presentada en Mesa de Negociación, la cual incumplía los criterios establecidos por el P leno en l a RPT de 2005 (aprobados por unanimidad) y,

por su puesto, no tenía en consideración ninguna de las propuestas presentadas por CCOO.

La situación actual es bien distinta, ya que ahora, con la

corporación del Partido Popular, se ha in ic i ado una nue va va lorac ión de puestos de trabajo, a instancias de CCOO y ba jo nues t ra propuesta de cr i ter ios técnicos , que fue negociada y aprobada en la última Mesa de Negociación del 10 de julio.

( * ) Secreta r í a de Organización

FSC CCOO PVComarques del Sudmovil: 619 986 314corp: 62715

CONCENTRACIONES EN OLIVA

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Negociació Colectiva

CONCENTRACIONES EN OLIVALa Sección Sindical de CC.OO. del Ayuntamiento de Oliva finalizó la primera fase de las movilizaciones que

venía realizando cada mes coincidiendo con la celebración del Pleno del Ayuntamiento, el pasado 30 de julio.En esta primera fase se trataba de informar al Ayuntamiento y a la Ciudadanía la decisión de llevar a cabo

estas movilizaciones así como el motivo de las mismas. El resultado ha sido más que satisfactorio y notorio: hemos estado en todos los medios de comunicación, a los que hay que agradecer su atención, y hemos explicado a todos los partidos políticos y ciudadanía en general, la injusticia que se esta cometiendo. El Gobierno municipal, por su parte, se defiende:

Manifestaciones del PSOE Aclaraciones de CC.OO.

Onda naranja COPE, manifestación de Vicent Sabater: “dichas irregularidades provienen de un error de la Mesa de Negociación, que incluye también al propio sindicato, por el cual no se incluyó un complemento en la Relación de Puestos de Trabajo”.

En la Negociación esta todo correcto, el error lo produce alguién al hacer una redacción para que el Pleno la aprue-be de forma distinta a lo que el mismo Ayuntamiento ha-bía determinado.CC.OO. no aprobó la RPT, fue el único que no voto a favor. Su trabajo una vez aprobada era preparar el conten-cioso que había anunciado.El trabajo del gobierno era saber qué aprobaba y defender-lo ante cualquier instancia.

Medio no identificado pero así consta en el “recull de premsa” que prepara el propio Ayuntamiento, manifestación de Vicent Sabater: “ha dicho que en tiempos de crisis no considera justo que algunos trabajadores del ayuntamiento quieren cobrar más allá de lo que marca la Relación de Puestos de Trabajo”.

En estas movilizaciones, nadie quiere cobrar más allá de lo que marca la RPT. Sólo se pide la rectificación de un error que el propio Alcalde ha reconocido. Sólo se pide COBRAR LO MISMO POR EL MISMO TRABAJO, tal y como fija el sistema de valoraciones de la propia RPT.Aprovechar la crisis para echar balones fuera y desatender sus obligaciones roza la indecencia

El logro más importante ha sido el reconocimiento del Sr. Alcalde, en uno de los medios de comunicación que se ha hecho eco de la noticia, de que “efectivamente se trata de un error cometido cuando se aprobó la Relación de Puestos de Trabajo”. En CC.OO. estamos convencidos de que al final reinará la razón y el entendimiento se alcanzará más pronto que tarde. Desde la Sección Sindical agradecemos a todos los que asistieron a la concentración y emplazamos a todos los afectados y compañeros y compañeras para septiembre. Tanto la fecha como la hora se comunicarán con antelación suficiente.

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CCOO no está de acuerdo con la propuesta del ministro de Fomento, José Blanco, de congelación de salarios para los empleados y empleadas públicos, y así lo hará saber en la mesa de la Función Pública convocada para septiembre.

L a Fe d e r a c i ó n d e S e r v i c i o s a l a Ciudadanía de CCOO, a través de su secretario de Acción Sindical, Emilio Cobos, ha manifestado a los medios de comunicación que no está de acuerdo con esta propuesta de congelación salarial, adelantada por el ministro de Fomento, antes de empezar a negociar.

La mesa de la Función Pública, en la que se negociarán los sueldos de todo el p e r s o n a l d e l a s Ad m i n i s t r a c i o n e s P ú b l i c a s s e h a c o n v o c a d o p a r a septiembre, por lo que entienden que esta postura es sólo el inicio de la negociación. Cobos aseveró que se sentarán en la mesa para negociar, pero desde luego la congelación salarial no se

va a aceptar.

Cobos entiende que la propuesta del ministro es un "globo sonda", una posición de inicio de negociación que CCOO no va a aceptar, aunque en el transcurso de la negociación se acercarán posiciones. En este sentido, habrá que comprobar la veracidad de los rumores que apuntan a una congelación del salario de los ministros y ministras.

No obstante, Cobos anunció que la posible negociación esté en el método por el que se calcula el sueldo de los empleados y empleadas

públicos, que toma como referencia la subida salarial al IPC y los que hacen referencia al IPC previsto. A lo anterior hay que añadir que dentro del espectro de los empleados públicos hay mucha diferencia de salario, con algunos salarios muy bajos.

CCOO no aceptará la congelación salari al de los funcionarios y funcionarias

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Federación de Servicios a la Ciudadanía ha dirigido carta a l a Vicepres identa de l Gobier no , Mª Teresa Fernández de la Vega, bajo cuya adscripción se ubica hoy la Secreta r í a de Estado de Función Pública, solicitando subsanación de la redacción de la circular “Instrucciones para la aplicación del EBEP en las Administraciones Locales”, emit ida por e l anter ior Min i s te r io de Administraciones Públicas y que el sindicato considera errónea.

En opinión de CCOO, la circular recoge la redacción e interpretación dada en el anteproyecto de ley remitido por el Gobierno a las cámaras, omitiendo las modificaciones, t anto de l e t ra como de "espíritu", introducidas en el trámite parlamentario y que significaron la ampliación del apoyo, tanto político como sindical, al Estatuto Básico del Empleado Público.

E l pr inc ipa l e fecto , der ivado de l a redacc ión mencionada, es la limitación de la posibilidad de negociar la participación sindical en los tribunales selectivos de los procesos de provisión en las entidades locales afectadas por la circular, materia que en ningún momento del trámite parlamentario fue cuestionada, admitiéndose la participación

de sindicalistas, tal y como recoge el articulado del EBEP, a título individual y no en delegación, obligación que implica, igualmente, al resto de miembros de esos tribunales.

Así, el artículo 61.7ª recoge que "Las Administraciones Públicas podrán negociar las formas de colaboración que en el marco de los convenios colectivos fijen la actuación de las Organizaciones Sindicales en el desarrollo de los procesos selectivos", por lo que, la pet ic ión t ra s l adada a l a Vicepresidenta pretende la emisión de una nueva circular, para e l con junto de l a s Administraciones, que permita esta negociación y no restrinja la participación de sindicalistas en la conformación de los Tr ibuna les y órganos de selección.

CONDICIONES PARA LA CONCESIÓN DE PERMUTAS:

Ley de Funcionarios Civiles del Estado. Texto articulado aprobado por De-creto 315/1964, de 7 de febrero (Actualizada a fecha 19/06/002) (B.O.E. 15.02.1964)Artículo 62.-1. El Subsecretario, en su Departamento, y el Vicepresidente de la Comisión

Superior de Personal, si se trata de Ministerios distintos, podrán autorizar excepcionalmente permutas de destinos entre funcionarios en activo o en excedencia especial siempre que concurran las siguientes cir-cunstancias: (Ver artículo 2.e) del Real Decreto 1777/1994, de 5 de agosto).a) Que los puestos de trabajo en que sirvan sean de igual naturaleza y corresponda idéntica forma de pro-visión.b) Que los funcionarios que pretendan la permuta cuenten, respectivamente, con un número de años de servicio que no difiera entre sí, en más de cinco.c) Que se emita informe previo de los Jefes de los solicitantes o de los Subsecretarios respectivos.2. En el plazo de diez años, a partir de la concesión de una permuta, no podrá autorizarse otra a cualquie-ra de los interesados.3. No podrá autorizarse permuta entre funcionarios cuando a alguno de ellos le fal-ten menos de diez años para cumplir la edad de jubilación forzosa.4. Serán anuladas las permutas si en los dos años siguientes a la fecha en que tenga lugar se produce la ju-bilación voluntaria de alguno de los permutantes.

CCOO solicita la interpretación del Estatuto Básico (EBEP)conforme al acuerdo de los legisladores, en materia de tribunales de selección

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Sentencias en razón de GéneroBUTLLETÍ SECTOR de l´ADMINISTRACIÓ LOCAL-FEDERACIÓ de SERVEIS a la CIUTADANIA (CCOO PV) SETEMBRE 2009

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SENTENCIA Nº 1

NO ES VALIDO RESERVAR PLAZAS A MUJERES EN UNA CONVOCATORIA DE EMPLEO PUBLICO

Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Oviedo

Estimación del recurso de un opositor que impugnó la convocatoria del Ayuntamiento de Oviedo para cubrir 4 plazas para trabajadoras sociales que fueron reservadas íntegramente para mujeres.

SENTENCIA Nº 2

RECONOCIMIENTO DEL DERECHO A  EXCEDEN-CIA POR CUIDADO DE HI-JOS CON POSTERIORIDAD AL DISFRUTE DEL PERMI-SO POR LACTANCIA EN SU MODALIDAD ACUMULA-DA.

Sentencia del TSJ de Madrid y TSJ de Cantabria.

Estudio del Gabinete de Estudios Jurídicos de CCOO en Albacete

SENTENCIA Nº 3

DERECHO A LICENCIA DE FAMILIARES HASTA SE-GUNDO GRADO POR PAR-

TO NORMAL CON HOSPI-TALIZACIÓN.

Audiencia Nacional Sala de Lo Socia l . Improcedencia  r e c u r s o d e c a s a c i ó n d e A L C A M P O y A N G E D (A s o c i a c i ó n Na c i o n a l d e Gr a n d e s E m p r e s a s d e Distribución)

Re co n o c i m i e n to d e l derecho a licencia retribuida en caso de hospita l ización de parientes hasta segundo grado co n j u s t i f i c a c i ó n d e l a h o s p i t a l i z a c i ó n s i e n d o irrelevante el motivo de la misma.

SENTENCIA Nº 4

DERECHO RETROACTIVO A DISFRUTAR 5 DIAS DE PERMISO PARA COMPLE-TAR 15 DIAS DE PATERNI-DAD

Tribunal Superior Justicia Madrid . Sa la Contencioso -Administrativo.

Desestimación Resolución DG Instituciones Penitenciarias desestimatoria de solicitud de p e r m i s o d e 5 d í a s p o r paternidad para completar período reconocido por LOI.

SENTENCIA Nº 5

DERECHO A TRABAJAR EN OTRO EMPLEO, MIENTRAS QUE SE DISFRUTA EXCE-DENCIA POR CUIDADO DE HIJOS.

Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Obligación de la empresa de readmitir a la trabajadora tras excedencia aunque durante ésta se haya desempeñado otro e m p l e o , s i s e a c r e d i t a objetivamente la mejora de las condiciones laborales  que facilitan el cuidado del hijo/a.

SENTENCIA Nº 6

DECLARACIÓN DE NULI-DAD DE DESPIDO DE UNA TRABAJADORA QUE SOLI-CITO ACUMULACIÓN DEL PERIODO DE LACTANCIA DURANTE PERIODO DE PRUEBA.

Juzgado de lo socia l de Madrid.

Declaración de nulidad del despido de la trabajadora ya que la empresa no acredita que los motivos del despido fueran ajenos a la solicitud de permiso por lactancia y prevalece el principio de no discriminación, aún en período de prueba.

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A l Pa í s Va l e n c i à e l creixement econòmic recent s’ha basat en la construcció d’habitatge residencial i en els s e r v e i s d e c o n s u m , particularment de valor afegit b a i x , e n s e c to r s c o m e l c o m e r ç , l ’ h o s te l e r i a , e l s serveis personals i el servei domèstic. La inversió s’ha dir ig it a act iv itats menys productives, de rendibilitat m é s i m m e d i a t a i m e n y s ober tes a l a competència internacional. Açò ha tingut conseqüències negatives sobre la qualitat de l’ocupació i la segmentació de condicions en el mercat de treball.

Des de l’any 2004 fins a mitjan de l’any 2007 s’han creat molts llocs de treball, però en sector s de ba ixa productivitat, temporals i poc qualificats, mal remunerats, insegurs i molt vulnerables d a v a n t u n c a n v i e n l a intensitat del creixement o en els seus components. Aquesta generació d’ocupació no ha canviat significativament la s i t u a c i ó d e d o n e s , d’immigrants i de joves, que m a n te n e n c o n d i c i o n s diferenciades en el mercat de treball valencià: temporalitat, salaris baixos, horaris flexibles amb jornades llargues (menys el cas de les dones que són les que més contractació a temps parcial no voluntari tenen), incompatibilitat de la vida l abora l , soc ia l i f ami l i a r, precarietat... Segons l’EPA del primer trimestre de 2009, al Pa í s Va l e n c i à l e s d o n e s representen una major taxa d’atur amb el 21,55% mentre que l a de l s homes és de l 20,96% , per edats són els menors de 25 els que ostenten

majors taxes de desocupació amb el 38,36%. Les persones immigrants tenen una taxa d ’atur de l 31 , 18% . Aquest model de creixement, basat en activitats més intensives en mà d’obra però de menor cost, h a n e c e s s i t a t d e m é s treballadors i treballadores immigrants, l’aportació dels quals al creixement del PIB valencià i a la Seguretat Social ha sigut fonamental.

La gent jove s’incorpora al nostre mercat de treball amb moltes dificultats. Les ofertes d e t r e b a l l , q u a n n’ h i h a , freqüentment són d’escassa q u a l i f i c a c i ó i significativament inferior a la que els joves aporten: llocs de treball eventuals, amb rotació a l t a . L a s e u a t a x a d e temporalitat és molt alta. La d’ocupació ha augmentat poc i la seua taxa d’atur es manté p e r s o b r e d e l a m i t j a n a , especialment en el cas dels més joves. Tot això reclama a m b u r g è n c i a m e s u r e s específiques davant l’actual canvi de cicle.

És important assenyalar la destrucció d’ocupació que s ’ e s t à d o n a n t d e m a n e r a generalitzada a tota la Unió Europea, ho està fent amb m o l t a m a j o r i n te n s i t a t a l’Estat espanyol i de manera més accentuada encara al País Valencià.

Les expl icacions per a a q u e s t f e n o m e n p a s s e n necessàriament per l’anàlisi d e l s i s t e m a p r o d u c t i u , l ’estructura del mercat de t r e b a l l i e l s a v a n t a t g e s

competitius d’uns i d’altres estats.

En èpoques expansives, el mercat de treball espanyol ha s igut capaç de créixer en t e r m e s d e g e n e r a c i ó d ’ o c u p a c i ó a r i t m e s m é s e le vats que e l s pa ï sos de l’entorn, ara bé, quin tipus d’ocupació s’hi ha generat? Mentre altres estats han sabut u t i l i t z a r l e s e t a p e s d e cre ixement econòmic per establir les bases d’un model productiu sòlid, amb apostes decidides per la I+D+i, on s’ha col·locat el factor treball en el centre de la societat, on la formació i la qualificació dels t r e b a l l a d o r s / e s h a s i g u t objectiu compartit, on els avantatges competitius s’han cercat en millor producció, m é s q u a l i t a t , p r o d u c te s diferenciats, respecte al medi a m b i e n t , s e r v e i s a l a ciutadania de qualitat, etc. a l’Estat espanyol l’aposta ha sigut ben diferent.

L’ànim del lucre fàcil i ràpid, l’especulació enfront de la invers ió product iva , l a competència via preus en lloc de la competència via qualitat, d i s s e n y i i n n o v a c i ó , l a flexibilitat per a contractar i per a acomiadar; aquest ha s i g u t e l m o d e l q u e s ’ h a i m p u l s a t a m b l e s c o n s e q ü è n c i e s q u e j a cone ixem. Un mode l que p e r m e t e l c r e i x e m e n t d e determinat tipus de negoci, de curt termini, i d’una manera d ’ e n te n d r e e l m e r c a t d e treball on els beneficis són de l e s empreses i e l s costos s’externalitzen, de vegades a l ’ E s t a t i s e m p r e a l e s treballadores i als treballadors.

Mercat de treball

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El sindicato reclama a la Diputac ión un s i s tema transparente y fiscalizado, con participación sindical para nuevos proyectos.

Este verano se ha llevado a cabo el programa “La Dipu te Beca” , o fe r tado por l a Diputación de Valencia para la contratac ión de becar ios durante los meses de julio agosto y septiembre. A este programa se ha acogido un número impor tante de municipios de la provincia, y en é l han par t i c ipado aprox imadamente 2 . 500 jóvenes.

CCOO denunció en su momento que los ayuntamientos hab ían e l aborado l a s ba ses de selección sin proceder, en la mayor ía de ca sos , a l a pertinente negociación con las organizaciones sindicales, ni

siquiera dando cuenta a las Juntas de Personal ni Comités de Empresa. La selección del personal becario se ha llevado a cabo por comis iones evaluadoras que no han tenido en cuenta lo establecido en la Ley 7/2007 sobre participación de po l í t i cos y per sona s interesadas incumpliendo el principio de imparcialidad y neutralidad. Ello ha producido que en l a mayor ía de municipios hayan sido los cargos políticos los que han seleccionado a los becarios.

CCOO cons idera que tratándose de personal becario, nunca deb ieron rea l i za r funciones encomendadas a funcionarios o personal laboral, ni sustituir en la práctica puestos vacantes. El sindicato denuncia que se han dado casos en los ayuntamientos donde se ha ut i l i zado a l

personal becario para realizar funciones de aquellos que estaban de vacaciones o que habían sido recientemente despedidos. CCOO solicitó que los re sponsab les de personal en los ayuntamientos estuvieran controlando que en n ingún ca so se h ic ie ran funciones propias del personal de plantilla.

S in embargo , se ha constatado situaciones como la realización de las funciones de la bibliotecaria titular, que en e se momento es taba de vacaciones, asumiendo los servicios de la funcionaria de la biblioteca sin la titulación adecuada, u otros casos en que se han solicitado becarios para destinarlos a atender al público y para el registro, archivo o refuerzo de personal para ac t i v idades in fant i l e s en verano.

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CCOO denuncia que la Dipu-tación de Valencia no ha con-trolado la gestión del programa de becas para jóvenes en los ayuntamientos

CAMPAÑA EXPLICATIVA SOBRE LA NUEVA LEY DE FUNCIÓN PÚBLICA VALENCIANA Y LA SITUACIÓN EN QUE SE ENCUENTRA EL DIÁLOGO SOCIAL.La FSC de CC.OO. ha lanzado una campaña para explicar las dos situaciones que en este momento más importan al personal de las administraciones públicas, el momento en que se encuentran tanto el desa-rrollo legislativo del EBEP en el Pais Valenciano mediante la firma de la propuesta para una nueva Ley de Función Pública Valenciana y todo lo relativo al Diálogo social, las pretensiones de la patronal y las pos-turas sindicales. NO DEJÉIS DE ACUDIR A LAS CONVOCATORIAS QUE SE REALICEN !!!

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Más de 150 delegados y delegadas han participado en las tres sesio-nes que se han celebrado para abordar la situación en que se en-cuentran las relaciones con la FVMP, como fue el proceso nego-ciador del IIº Acuerdo-Marco y el inexplicable retraso en su firma (las negociaciones finalizaron en diciembre de 2008).

Han sido valorados los importan-tes beneficios que se desprenden de dicha negociación, por lo que supone de simplificación y con-centración de los esfuerzos nego-ciadores; el importante paso hacia la homologación de condiciones de trabajo y requisitos de acceso que podría permitir la movilidad inteadministrativa entre otros as-pectos.

Por otra parte, al ser un Acuerdo de mínimos, no se vulnera la ca-pacidad de negociación propia en cada entidad local, respetando

con ello la autonomía mu-nicipal, que siempre podrá mejo-rar, concretar y desarrollar las di-ferentes materias que en el Acuer-do-Marco de reflejan.

Las personas que han participado en las jornadas también han pues-to sobre la mesa algunas dificulta-des con las que nos encontramos como la de cambiar dinámicas de trabajo, el pasotismo de algunos políticos que no entienden la ne-cesidad de estos acuerdos o que incluso los ven como un peligro a su capacidad de decisión (algo falso totalmente), la oposición de los sindicatos que no tienen repre-sentatividad en el conjunto del ámbito local.

Sin dejar de pensar en algo que tiene una trascendencia especial: Nuestro propio Convencimiento.

No son pocas las ocasiones en que delegados y delegadas nuestros no entienden por que la necesidad del Acuerdo-Marco y su extensión, ya sean pequeños ayuntamientos, medianos o grandes, ya sean dipu-taciones o mancomunidades, con-sorcios o fundaciones y patrona-tos. La duda no nos permite avan-zar y el trabajo en el interno es importante. Las ideas se hacen

fuerza si detrás esta la conciencia de las personas.

El Acuerdo-Marco debe convertir-se, lo debe ser ya, en el eje central sobre el que pivota nuestra acción sindical en el ámbito local.

El trabajo en los centros es el de explicar por que CCOO apostamos por la negociación sectorial que garantice una cobertura total a todas las entidades locales ya sean grandes o pequeñas, ya sean ayun-tamientos o cualquier otro ente propio del ámbito local, porque ello no entorpece la negociación particular de aquellos con capaci-dad para mejorar los contenidos de la misma, pero sí generaliza y homogeneiza lo básico exigible.

Por parte de la dirección del sin-dicato debe garantizarse el apoyo necesario a esta política sindical y ahí el trabajo del equipo negocia-dor, las acciones de tipo político con los grupos que conforman la FVMP y la organización de la res-puesta en la calle si la “patronal” nuestra, que se organiza en torno a la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, no se decide a firmar pronto y a poner en valor todo lo acordado.

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La LocalLas Jornadas sobre el IIº Acuerdo-Marco Local han sido un éxito.La participación de los delegados y delegadas ha sido importante y las conclusiones alcanzadas servirán para mejorar el trabajo sindical.

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LA VII CONFERENCIA SE CELEBRÓ EL DÍA 16 DE OCTUBRE, EN EL SALÓN DE ACTOS DE LA UNIÓN INTERCOMARCAL DE L'ALACANTÍ-LES MARI-NES, CON LA ASISTENCIA DE 41 DELEGADOS Y DE-LEGADAS. PABLO REIG CRUAÑES FUE REELEGIDO SECRETARIO GENERAL.

La Conferencia fue inaugurada por Consuelo Navarro Sánchez, Secretaría General de la Unión Intercomarcal, y contó con la asistencia del Secretario de Organiza-ción, Alejandro Caballero, la Secretaria de Finanzas, Magdalena Giner, así como el Secretario General de la FSC en las Comarcas del Sur, Vicente Alcaraz y el com-pañero de la Coordinadora del Sector de Administra-ción Local del PV, Manolo Montaner. La Conferencia finalizó con la intervención del Secretario General de la FSC de CCOO PV, Juan Cruz Ruiz.

En la Conferencia fueron presentados y debatidos, tanto el Informe General 2006-2009 como el Plan de Acción y Organización para el periodo 2010-2013. Ambos fueron aprobados por unanimidad, tras la aceptación por parte del Secretario General saliente de la inclusión de algunos aspectos que no habían sido contemplados.

Uno de los aspectos más importantes que los 41 dele-gados y delegadas asistentes, que representan a las 262 personas afiliadas, aprobaron fue la integración funcio-nal y orgánica de las secciones sindicales de los orga-nismos autónomos. Con ello se persigue una acción sindical común, entrando a formar parte de los órganos

de dirección. Los últimos cuatro años se caracterizaron por la coordinación de las cinco secciones sindicales de  CCOO  existentes en la administración munici-pal (Ayuntamiento, Patronato de Deportes, Patronato de Escuelas Infantiles, Patronato de Cultura y Agencia Lo-cal de Desarrollo), tanto en materia de elecciones sin-dicales como de negociación colectiva. Tras esta VII Conferencia las cuatro Secciones Sindicales de orga-nismos autónomos pasan a integrarse, a través de un representante, en la Comisión Ejecutiva de la Sección Sindical del Ayuntamiento. El siguiente paso, en una próxima Conferencia, será la constitución de una Sec-ción Sindical Intercentros, única para la administración municipal alicantina.

Sólo se presentó una candidatura, encabezada por Pa-blo Reig Cruañes, que fue aprobada también por una-nimidad. Los miembros de la Comisión Ejecutiva ele-gidos son los siguientes:

Encarnación Torregrosa Martínez (Auxiliar Administra-tiva)

Domingo Fuentes Linares (Conserje)

Carmen Gaona González (Auxiliar Administrativa)

David Martín Estevez (Bombero)

Noelia Linares Maciá (Agente Policía Local)

María José Cifuentes Giménez (Educadora Escuela In-fantil)

Mónica Carbonell Lado (Monitora de Natación y Soco-rrismo)

Teresa Clara García Pertusa (Trabajadora Social)

Miriam Gilabert López (Técnico Auxiliar de Cultura)

En el apartado de resoluciones,  tres fueron las presen-tadas y aprobadas por el plenario: "Servicios Jurídicos: una mejora necesaria"; "Transparencia y objetividad en el acceso al empleo público"; y "Por el cumplimiento de los acuerdos: no al recorte de derechos".

El reelegido Secretario General, Pablo Reig, clusuró la Conferencia con el inminente reto del próximo periodo electoral que se avecina, tanto en el Patronato de De-portes (2009) como en el de Escuelas Infantiles (2010) y el propio Ayuntamiento (2011).

VII CONFERENCIA DE LA SECCIÓN SINDICAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALICANTE

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L o s s i n d i c a t o s C C O O, U G T y CSI-CSIF han de-nunciaron en Rue-da de Prensa el pasado 2 de octu-bre "la demora y el silencio" de la Fe-deración Valencia-na de Municipios y Provincias (FVMP), por no haber fir-mado el aún el IIº A c u e r d o - M a rc o para las Adminis-traciones Locales Valencianas , en el

que se pretende adaptar la normativa del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado en el Parlamento español, o todos los ayuntamientos valencianos.

Los representantes del área de local de las orga-nizaciones sindicales explicaron que la falta de ratificación de este acuerdo retrasa la homoge-neización de las condiciones de trabajo del per-sonal en esas administraciones, y que compete a asuntos como jornada, retribuciones, salud labo-ral, gestión de los servicios públicos o la forma-ción de los empleados, entre otros.

El portavoz de UGT en ese área sindical, Francis-co Caballero, aseguró que la presidenta de la FVMP, Elena Bastidas, "no ha contestado ni a una solicitud el 22 de mayo ni a un escrito del 22 de septiembre pidiendo explicaciones por el acuer-do sin firmar" desde diciembre de 2008.

Según Julio Conesa, responsable de local de CCOO, mientras esa normativa sigue sin aplicar-se, "se multiplican las situaciones absurdas" entre los trabajadores públicos como que aumente el índice de temporalidad en los contratos o que no tengan convenios propios para defender sus de-rechos laborales, aspectos que perjudican más a los ayuntamientos más pequeños.

Según el sindicalista, por ejemplo, sólo un 10 por ciento los municipios de menos de 5.000 habi-tantes en la provincia de Castellón tienen conve-nios colectivos para negociaciones laborales, igual que ocurre en comarcas como La Serranía.

Los representantes coincidieron en que "no se trata de un problema económico por retribucio-nes" y Conesa sugirió que el retraso podría deber-se a que Bastidas, también alcaldesa de Alzira (Valencia), "no quiere ponerse en evidencia en su Ayuntamiento porque el acuerdo exige medidas como los planes de igualdad que en su Consisto-rio no han sido aplicadas".

Desde el CSI-CSIF, José Arcos, ha exigido "inicia-tiva" a la presidenta y ha anunciado que próxi-mamente comunicarán a los portavoces sus de-mandas y si no hay respuesta, convocarán con-centraciones para presionar a la FVMP.

Por su parte, Bastidas afirmó a los medios tras ser pregun-tada, que la propuesta del acuerdo se lle-vó a la junta de portavoces de la FVMP y "por carácter uná-nime, se pensó que no era el momento para t r a t a r e s t a s cuestiones".

La presidenta, aseguró que los asuntos "evidentemente se trata-rán cuando se considere que sea conveniente".

Además, ha indicado que desde la FVMP se está "en una relación continua con los sindicatos, co-mo no podría ser de otra manera", pero que ella "ha cumplido con la voluntad de la junta".

Sindicatos denuncian FVMP no firma el IIº Acuerdo-Marco para la Administración Local

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Negociació ColectivaLa secció sindical de CCOO en l’Ajun-tament d’Oliva denuncia que les irregu-laritats retributives al consistori conti-nuen. També les concentracions.

La Secció Sindical de C o m i s-s i o n s

Obreres de l'Ajuntament d'Oliva ha decidit tornar a convocar una concentració de protesta pel que consideren “un greuge comparatiu il·legal i insostenible entre companys”. El motiu d’aquesta nova mobilització, la tercera per aquest motiu, és manifestar la desaprovació del sindicat sobre les retribucions que han percebut un grup de tre-balladors/es de l'Ajuntament, les quals estan per sota de la valoració aprovada per aquest.

Segons CCOO PV, aquesta situació podria solucionar amb el pressupost de 2010, sempre que el Sr. Alcalde accedira a tractar un solució pactada amb els treballa-dors afectats i els seus representants legals.

Aquestes irregularitats es produeixen des de la nòmina de febrer de l’any 2008, i el sindicat ha detectat que aquesta es la segona vegada que l’Ajuntament retri-bueix de forma diferent a alguns dels seus treballadors “però curiosament sempre perjudica a les mateixes per-sones”. Quan el servei de neteja viària es realitzava amb personal propi de l‘Ajuntament, aquests empleats percebien una retribució inferior exactament pel mateix

sistema de treball que altres companys als quals se’ls pagava més.

Quan a desembre de 2007 l’Ajuntament va privatitzar la neteja viària, en el moment en què aquestes persones decidiren la distribució entre els diferents serveis, se’ls va prometre que tots tindrien les mateixes retribucions, és a dir, el mateix rang. Des del sindicat denuncien l’incompliment d’aquesta promesa, ja que a dia d’avui, les quatre persones afectades encara continuen cobrant menys que la resta de companys que triaren anar a al-tres serveis municipals. Quan es va aprovar la relació de llocs de treball, aquest va ser l’únic col·lectiu que va patir l’aprovació però amb menys nòmina de la que estaven guanyant.

Els delegats sindicals de CCOO en l’Ajuntament recor-den que la valoració en la qual es basa la relació de llocs de treball remunera tots els llocs del mateix rang amb les mateixes retribucions complementàries, de manera que, allò que no es retribueix en el complement directe s'ha de retribuir en l'específic.

CCOO PV ja ha reclamat aquesta irregularitat davant de la instància pertinent en l'Ajuntament. Si no es resol aquesta situació les persones empleades pitjor retri-buïdes perdran, en dos anys, un import d'entre 600 i 800 euros per fer el mateix treball que altres companys.

CONCENTRACIONES EN OLIVA

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Hechos relevantes:

En sesión ordinaria del Ayuntamiento de fecha 20 de abril de 2009 se adoptaron los siguientes acuerdos:

1. La suspensión para el año 2009 del abono a los empleados públicos del Ayuntamiento de los gastos médi-cos y sanitarios y de las subvenciones por hijos/cónyuge minusválidos o disminuidos.

2. Aprobar que, con efectos del día 1 de mayo de 2009, el tiempo trabajado que exceda de la jornada ordina-ria de trabajo se compense con tiempo de descanso.

3. Aprobar para el año 2009 que la dotación econó-mica para el Plan de Formación del Ayuntamiento, tanto del personal funcionario como del personal laboral, esté dotado con un total de 6.000 euros (3.000 euros para el personal funcionario y 3.000 euros para el personal labo-ral).

4. Aprobar con efectos del día 1 de mayo de 2009 el criterio que a los empleados públicos del Ayuntamiento a quienes se encomienden temporalmente funciones de su-perior categoría se les abone las diferencias retributivas correspondientes a las retribuciones complementarias, ex-cluyendo por tanto las diferencias referidas a las retribucio-nes básicas.

Estos acuerdos se adoptaron por el Pleno unilateralmente, sin acuerdo con el Comité de Empresa.

A instancias de CC.OO., el Comité de Empresa convoca la Comisión Paritaria para que emita dictamen sobre el acuer-do anterior. La Paritaria se reúne el 16 de junio sin que se llegará a acuerdo al respecto.

El 10-7-09, CC.OO. presenta demanda de Conflicto Colec-tivo al Ayuntamiento, señalándole para acto de concilia-

CC.OO. consigue la anulación de los acuerdos del Ayuntamiento de Oliva que suspendía derechos del personal laboral recogidos en el Convenio.

ción ante el Juzgado de lo Social nº 16 de Valencia, el 14 de octubre de 2009.

El 30-7-09 el Comité de Empresa presenta demanda de Conflicto Colectivo y se remite al juzgado de lo Social nº11.

El 14-10-09, a pesar de que el Comité de Empresa que-ría aplazar el juicio, el Sr. Magistrado del Juzgado de lo Social nº 16 acumula los autos y se celebra el juicio. La sentencia se dicta el 19-10-09 y se acompaña un resu-men de la misma:

Resumen / Comentario de Sentencia 477/09 del Juzga-do de lo Social nº16 de Valencia, Autos nº 978/09 (acum..1319/09 del J.social 11):

FUNDAMENTO DE DERECHO SEGUNDO.-

La motivación que alega el Ayuntamiento alude a razo-nes “relacionadas con las causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que pueden justificar legalmente (art. 41 ET) modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, puesto que se alude a la situación de crisis económica y que se trata de conse-guir una disminución de costes salariales, una naciona-lización de la plantilla y una mayor eficiencia en la administración de los recursos”.

Sin embargo se precisa que, a pesar de ello, nos halla-ríamos “ante modificaciones de carácter colectivo de condiciones establecidas en los convenios colectivos regulados en el tít III del Estatuto de los Trabajadores, cuya modificación sólo es posible, conforme al art. 41.2 ET, por acuerdo entre la empresa y los represen-tantes de los trabajadores”.

Se indica en el fundamento que “la resolución del liti-gio pasa por comprobar, en cada caso, si, en efecto, las materias objeto de los acuerdos están reguladas en el Convenio y si el contenido de dichos acuerdos supone una modificación de lo pactado en la norma colectiva”.

Es interesante lo alegado por el Ayuntamiento como fundamento para esa actuación en el art. 38.10 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del EBEP conforme a cuyo precepto “se garantiza el cumplimiento de los Pactos y Acuerdos, salvo cuando excepcionalmente y por causa grave de interés público derivada de una alteración sus-tancial de las circunstancias económicas, los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas suspen-dan o modifiquen el cumplimiento de Pactos y Acuer-dos ya firmados, en la medida estrictamente necesaria para salvaguardar el interés público”. A este respecto,

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el letrado de CC.OO., Ricardo Ysern explica y aclara que el citado precepto no es de aplicación al personal labo-ral.

FUNDAMENTO DE DERECHO TERCERO.-

Se refiere al acuerdo plenario de suspensión de las sub-venciones medico sanitarias y por hijos/cónyuge minus-válidos o disminuidos.

A pesar de que el Convenio sólo fijo las cantidades a presupuestar para los años 2005 y 2006, cuestión que alega el Ayuntamiento el día del juicio, el art. 41 del Convenio establece que “el Ayuntamiento y la represen-tación sindical se comprometen, durante la vigencia del convenio, a negociar medidas de reforma y moderniza-ción de las prestaciones contenidas en este capítulo de derechos sociales, añadiendo que si no prospera un nuevo Convenio, al finalizar la vigencia del presente, o si se demora la negociación del nuevo, se continuarán abonando las cantidades pactadas para el último ejerci-cio, con las revisiones que procedan por el IPC”. El le-trado de CC.OO. se encarga de recordar el citado artícu-lo 41.

FUNDAMENTO DE DERECHO CUARTO.- Trascripción literal:

“La segunda medida impugnada es la de aprobar que, con efectos del día 1 de mayo de 2009, el tiempo traba-jado que exceda de la jornada ordinaria de trabajo se compense con tiempo de descanso.

Ya se ha dado noticia en el relato de hechos probados que, en materia de “servicios extraordinarios”, el art. 17 del Convenio se remite al Acuerdo del Pleno del Ayun-tamiento de fecha 27 de abril de 2000, en el que se es-tablece de forma clara que la opción entre la compensa-ción económica de las horas extraordinarias y la com-pensación con tiempo de descanso corresponde al traba-jador, salvo en el supuesto de que se superen las 80 ho-ras anuales, en el que éstas se compensarán necesaria-mente con descanso. La norma convencional se ajusta, por tanto, a lo dispuesto en el art. 35.1 del Estatuto de los Trabajadores, conforme al cual mediante convenio colectivo o, en su defecto, contrato individual, se optará entre abonar las horas extraordinarias en la cuantía que se fije, que en ningún caso podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria, o compensarlas por tiempos equiva-lentes de descanso retribuido, añadiendo que, “solo en ausencia de pacto al respecto”, se entenderá que las ho-ras extraordinarias realizadas deberán ser compensadas mediante descanso.

Por consiguiente, no es dudoso que también en este punto el acuerdo impugnado, al establecer que el tiem-po trabajado que exceda de la jornada ordinaria de tra-bajo se compense con tiempo de descanso, vulnera la

norma convencional que otorga al trabajador la opción entre la compensación económica de las horas extraor-dinarias y la compensación con tiempo de descanso y, en consecuencia, debe también ser dejado sin efecto.”

FALLO.- Trascripción literal:

“Estimando las demandas de conflicto colectivo presen-tadas por el Sindicato CONFEDERACIÓN SINDICAL DE CC.OO. – P.V. y por el COMITÉ DE EMPRESA contra el AYUNTAMIENTO DE OLIVA, declaro nulos y dejo sin efecto los acuerdos del Ayuntamiento demandado adop-tados en 30 de abril de 2009 e impugnados en el proce-so y condeno a la Administración demandada a estar y pasar por esta declaración y a:

1º. Constituir para 2009 y adjudicar el corres-pondiente fondo para subvenciones médico sanitarias y para hijos/cónyuge minusválidos o disminuidos, en los términos establecidos en los arts. 36 y 40 del Convenio.

2º. Compensar los servicios extraordinarios en la forma establecida en el art. 17 del Convenio y en el Acuerdo de 27-04-2000.

3º. Dotar el Plan de Formación para el año 2009 para el personal laboral con 6.000 euros.

4º. Retribuir la realización de funciones de supe-rior categoría mediante el abono de las deferencias sala-riales íntegras, incluidas las derivadas de las retribucio-nes básicas.”

Ahora sólo nos queda esperar la celebración del juicio Contencioso-Administrativo para los compañeros y compañeras en régimen funcionarial y deseamos un re-sultado igual de satisfactorio.

Por otra parte y viendo las declaraciones del 27-10-09 del Sr. Sabater en un periódico local, hemos de lamentar que vuelva a eludir su responsabilidad y después de va-rios años en el gobierno municipal pretende cargar las culpas y la responsabilidad en los demás y no en su ges-tión.

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PATERNA

CRÒNICA DE LA CONCENTRACIÓ EN FAVOR DE LA BRIGADA D'OBRES

EL dimarts 27 d'octu-bre es va celebrar una assemblea conjunta convocada per les seccions s indicals d'U.G.T. i CC.OO. i dirigida a tots els tre-balladors de la Briga-da d'Obres en la qual es va informar de la

situació actual del pla operatiu i les seues modifica-cions

Durant la reunió es va exposar la inquietud generalit-zada dels treballadors per l'assumpció creixent de fun-cions per part de les empreses creades per l'actual go-vern municipal. Així, els treballadors veuen amb preo-cupació que els seus llocs estan sent buidats de contin-gut, arribant fins i tot a pensar que les seues ocupacions corren perill, a causa de eixes modificacions que ator-guen a les empreses funcions específiques de la Briga-da d'Obres.

El resultat de l'assemblea, que va resultar ser multitu-dinària en assistència va ser unànime, acordant-se la convocatòria per a al 28 d'una concentració en l'escala d'entrada a l'Ajuntament com mesura de pressió per-què s'escolte per part de l'equip de govern les inquie-tuds d'aquests treballadors.

En la vesprada del 27, quan a l'alcalde arriba la infor-mació de l'acordat en l'assemblea, sol·licita reunir-se amb les seccions sindicals una hora abans de la fixada per a la concentració, sent acceptada aquesta proposta de diàleg, malgrat prendre's a última hora.

A la reunió acudeixen l'alcalde, les regidores d'infraes-tructures i personal, un tècnic de gabinet tècnic i les seccions sindicals més representatives, exposant l'al-calde els següent aclariments:

o Diferenciació entre treball manual i lliurament de materials

o L'empresa complementarà materials i peons necessa-ris per a la Brigada

o  Manteniment i conservació de vies públiques són competència de Brigada; es contractarà personal i ma-terial a través de l'empresa quan siga necessari.

o La inspecció i control dels treballs no podrà fer-se per l'empresa.

o S'elaborarà un document intermedi per a compatibi-litzar els altres dos documents (SEM-1 i pla operatiu)

o No es transfereix vies públiques, es complementaran les funcions realitzades per la Brigada

A partir de l'anterior i per a garantir l'acordat, s'insta a l'alcalde perquè es comprometa en un calendari:

o Es tindrà elaborat el pla operatiu en termini inferior a un mes.

o S'inclourà dit pla en l'ordre del dia del ple del mes de gener, prèvia comprovació per les seccions sindicals.

o A la fi de gener es convocarà una Mesa General de Negociació per a actuar de forma igual amb l'àrea d'esports.

Finalitzada la reunió, al voltant d'un centenar de treba-lladors es trobaven ja concentrats en la porta principal de l'Ajuntament, passant tots al saló de plens per a ser informats de l'acordat.

Al saló ha acudit igualment, l'alcalde, a requeriment de les seccions sindicals convocants, podent comprovar en primera persona que el malestar generalitzat i la situació de descontentament naix del col·lectiu, sent els representants sindicals un reflex de la mateixa i no al revés, contradient de forma contundent les informa-cions que havien arribat a l'equip de govern i que ens havien transmès en la reunió prèvia, pretenent infruc-tuosament fer-nos responsables de propugnar la con-centració.

L'alcalde ha anat contestant les consultes dels treballa-dors per un espai de dues hores, insistint sistemàtica-ment en la intenció que el pas de funcionaris a les em-preses i l'amortització de les jubilacions sense creació d'ocupació publique és objectiu de l'equip de govern, al·legant que no existeix alternativa i escudant aquesta postura en la situació econòmica local.

Pròximament en aquest mateix lloc adonarem detallada del repartiment desigual en conceptes aliens als sous ordinaris de la totalitat de la plantilla municipal que segurament desvirtuarà l'argumentació econòmica ex-posada per l'alcalde.

Pasada la jornada queda clar que, malgrat els intents, hui no ens han convençut de res, no s'ha minorat el malestar general i també ens consta de creure el sentir de "dolguts" i "emprenyats" mostrat/representat per l'al-calde i la regidora en la reunió prèvia. A vore què passa amb el calendari promés.

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El requisit lingüístic en la Llei de la funció pública valenciana: Un conte contat al revés

Contar un conte al revés es pot provar al menys de dues maneres: llegint-lo des del final cap al principi o fent que les accions que en aquest es produeixen tin-guen resultats oposats als de la versió inicial. Igual-ment, l’opinió difosa a la revista El Temps núm. 1313 (11 d’agost de 2009), la qual diu que CCOO PV no ha incorporat el requisit lingüístic a l’Avantprojecte de Llei d’ordenació general de la funció pública valenciana és una història contada al revés per diversos motius: per-què CCOO PV no pot posar cap requisit en una Llei sinó en qualsevol cas admetre la seua inclusió o defen-sar-la enfront del poder legislatiu, però principalment perquè el relat de la gestió del requisit lingüístic a la Llei de la funció pública valenciana contat en versió directa o indirecta però d’acord amb els fets ocorreguts en la negociació ha d’incloure necessàriament la història de dos models de negociació ben diferents que també solen obtenir resultats ben diversos: el d’un sin-dicat que es nega a subscriure cap acord i que acusa els altres de fer la feina que ells es neguen a fer i el d’un sindicat, el nostre, que lluita apartat per apartat i punt per punt per tal d’aconseguir totes les millores laborals i de drets de ciutadania que es puguen acon-seguir al llarg del procés de negociació.

En la negociació de l’Avantprojecte de Llei de la funció pública valenciana CCOO PV ha exigit:

- El requisit lingüístic valencià (posat que el del castellà ja existeix per llei) per a la funció pública valenciana on s’adequava la graduació del nivell de competència exigit al nivell de formació exigit per a cada plaça.

- Lligar l’exigència del requisit a propostes de formació més amples en el temps i més diversificades geogràfi-cament per no fer d’una exigència necessària per ga-rantir els drets lingüístics de ciutadania un entrebanc per accedir a un lloc de treball.

Al llarg de la negociació CCOO PV ha aconseguit:

- Enfront de la retirada del requisit per part de l’Admi-nistració s’ha incorporat l’obligació del funcionariat d’atendre les persones que s’hi adrecen en qualsevol de les dues llengües oficials que trien (correlatiu amb el dret reconegut de ser ateses en qualsevol de les dues llengües oficials del País Valencià).

- La funcionarització de tot el personal de l’Administra-ció autonòmica, les millores en la protecció de vícti-

mes de violència de gènere, en conciliació de la vida familiar i laboral i en mesures de protecció de la salut i seguretat laboral també per al personal temporal així com avanços en drets de participació en processos de promoció interna i de mobilitat de lloc de treball del personal fixe.

- La convocatòria d’ofertes d’ocupació regulars, que impedisquen l’augment de la temporalitat en les admi-nistracions i la fixació de criteris per a la negociació d’un sistema de carrera professional individualitzada, que fomente la formació i el reciclatge continu del personal.

Aquestes conquestes no són l’ideal de condicions labo-rals per a les treballadores i els treballadors del País Valencià ni tampoc el nostre model d’Administració pública però les negociacions són per a aconseguir millores quant a les propostes que la part oposada posa damunt de la taula.

Un últim apunt sobre estratègies sindicals: enfront de la negativa a incorporar-hi el requisit l’STEPV va decidir presentar una proposta de deixar en pràctiques el fun-cionarat fins que assolira la competència lingüística i en no ser acceptada per a la resta d’agents socials ni per l’Administració han decidit aixecar-se de la taula i marxar; ara al desenvolupament legal de la Llei CCOO PV, com a signant de l’acord, continuarà demanant un catàleg ampli de llocs amb catalogació lingüística, es-pecialment a les zones valencianoparlants i per a les places d’atenció al públic amb l’adequació del nivell exigit al nivell del lloc de treball convocat; una oferta formativa àmplia i incentivada fins arribar a la universa-lització de la formació lingüística per al personal fun-cionari autonòmic i la inclusió de la formació lingüísti-ca dins dels plans de formació obligatòria. Igualment, les tramitacions de la Llei al Consell Econòmic i Social, al Consell Jurídic Consultiu i al Parlament Autonòmic s’hi insistirà a la necessitat del requisit i a les millores necessàries en el desenvolupament de la norma marc per a garantir els drets lingüístics reconeguts en la Llei de la funció pública.

Aquests han sigut els papers desenvolupats per cadas-cun dels agents negociadors de la llei i cadascú o ca-dascuna és lliure de decidir quin model o manera de treballar és el més efectiu però, per favor, que no ens conten més contes al revés que és molt més divertit i interessant participar-hi com a protagonistes.

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BENICARLÓ

CC.OO. denuncia al Ayuntamiento de Benicarló por irregulari-dades e incumplimientos de la Ley de Prevención de Riesgos La-borales

El sindicato afirma que la seguridad y la salud laboral no son prioritarias para el Ayuntamiento

L a p a s iv i d a d q u e , s e g ú n CC.OO. , han demostrado los responsables del Ayuntamiento de Benicarló ignorando las demandas del Comité de Segu-ridad y Salud por los graves d e s p e r f e c t o s detectados en sus edific ios ,

han forzado al sin-dicato a presentar un denuncia ante la Inspección de Trabajo.

"Si debemos enumerar tales desperfectos tendremos que elaborar una larga lista donde estarán las vigas en mal estado de la planta baja de la Casa Consistorial que, junto con una plaga de termitas, ha forzado a que este piso deba ser apuntalado; eso si, los trabajadores siguen en tan “salubre” espacio. El estado de estas vi-gas hace presuponer un riesgo grave e inminente para las plantas superiores del edificio que ya presentan grietas amenazantes y vibraciones en algunas de las

salas. Otras deficiencias detectadas son los problemas derivados de una mala iluminación, de altos niveles de ruido y de las radiaciones electromagnéticas; también han sido denunciadas junto con la vulneración del derecho del Comité de Seguridad y Salud a recibirla toda la información de su ámbito de competencia y los informes elaborados por el Servicio de Prevención (en este caso se trata de un Servicio de Prevención Aje-no)".

La secretaria general de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de les Comarques del Nord de CC.OO.-PV, Pilar de Vera, critica que "como cierre a esta cascada de despropósitos, este Ayuntamiento ca-rece de algo tan elemental como es el Plan de Emer-gencia y Evacuación de forma que, en el incendio acontecido en la primera planta del Ayuntamiento el 19 de noviembre del año pasado, ni los trabajadores sabían como actuar ante el siniestro, ni se da cuenta al Comité de Seguridad y Salud, ni se presenta ningún informe por parte de los Servicios Técnicos".

De Vera asegura que "nos volvemos a encontrar con un hecho cada vez más frecuente. Las Administraciones Públicas, que debieran ser las garantes del cumpli-miento de las Leyes, en el caso de la Ley que nos ocu-pa (la de Prevención de Riesgos Laborales), dilata y elude sus responsabilidades. ¿Influirá el hecho de que no puedan ser sancionadas como cualquier empresa privada?, concluye".

CCOO OBTIENE DOS DELEGADOS EN BENFERRI Y BENEJAMA

En las últimas elecciones del Sector de Administración Local, celebradas en los Ayuntamientos de Benferri y de Benejama, CCOO obtiene los dos delegados de personal a elegir.En las elecciones a delegado de personal del Ayunta-miento de Benferri, celebradas el 11 de septiembre de 2009, votó el 100% del censo electoral, obteniendo CCOO el 66,6% de los votos y el delegado de perso-nal funcionario a elegir.

En las elecciones a delegado de personal del Ayunta-miento de Benejama, celebradas el 21 de septiembre, votó también el 100% del censo electoral, obteniendo CCOO el 77,7% de los votos y el delegado de perso-nal laboral a elegir.En ninguno de los dos Ayuntamientos CCOO tenía hasta ahora delegados por lo que incrementamos nues-tra representatividad en las comarcas del Vinalopó-Ve-ga Baixa.

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ALBORAIA

La plataforma Signa per la Llengua anima els veïns d'Alboraia a signar un document per denunciar la política lingüística de l'al-calde, Manuel Álvaro Manzano.

La plataforma Signa per la Llengua, integrada pels tècnics lingüístics de les Oficines de Pro-moció del Valencià mu-nicipals, la Coordinado-ra de Dinamització Lin-güística del País Valen-cià (CDLPV), Escola Valenciana, els sindicats CCOO-PV, UGT-PV i la

Intersindical Valenciana, així com el PSPV-PSOE, el Bloc, Iniciativa del Poble Valencià, ERPV i EUPV, ha iniciat una campanya de recollida de signatures entre la ciutadania d'Alboraia per la política lingüística d'atac al valencià que s'està fent des del consistori sota les directrius de l'alcalde de la població, Manuel Álvaro Manzano.

La plataforma Signa per la Llengua constata que les circulars informatives als veïns, les convocatòries als ciutadans, les comunicacions per escrit, la propaganda institucional, les bases reguladores de concursos i llicències, les campanyes informatives institucionals, les notificacions personals als interessats, els decrets de l'alcaldia i altres resolucions i acords, així com tota la cartelleria, es fan sistemàticament en castellà quasi exclusivament. A més, com a conseqüència d'aquesta política, l'ajuntament d'Alboraia ha tancat les portes de l'Oficina de Promoció de l'Ús del Valencià: "la nos-tra intenció és que se solucione la nefasta política en matèria de normalització lingüística del valencià a Al-boraia i que aquest trist exemple no el seguisquen més ajuntaments de les nostres comarques", comenten els impulsors de la plataforma.

Signa per la llengua presenta la campanya als albo-raiers i alboraieres perquè segons expliquen les enti-tats, sindicats i partits polítics que l'organitzen "la nos-tra tasca és que la gent d'Alboraia sàpiga de primera mà quines injustícies en matèria lingüística s'estan promovent des del govern d'Alboraia i oferir a la ciu-tadania eines per tal que puguen mostrar el seu desa-cord".

La primera mesura que es posarà en marxa és el do-cument "Signa per la Llengua", que explica l'incom-pliment sistemàtic per part de l'administració local d'Alboraia de la Llei d'Ús i Ensenyament del Valencià, de l'Estatut d'Autonomia, de les recomanacions de l'Acadèmia Valenciana de la Llengua i dels objectius

que la pròpia Conselleria d'Educació marca respecte a la creació i dinamització d'Oficines de Promoció Lin-güística. Mitjançant aquest document, s'iniciarà a par-tir de hui una campanya de recollida de signatures i el dilluns 30 de novembre es presentaran totes les adhe-sions al registre de l'ajuntament. Aquesta recollida de signatures té per objectiu iniciar un procediment ad-ministratiu que obligue l'Ajuntament d'Alboraia a de-clarar si els fets de l'escrit són certs o contraris a dret.

"Si l'Ajuntament d'Alboraia declarara que són certs automàticament s'hauria de restablir l'Oficina de Pro-moció de l'ús del valencià a la localitat, sinó ens veu-rem abocats a recórrer als tribunals", expliquen els integrants de la plataforma.

A més, el municipi no compta amb cap estudi socio-lingüístic que mostre l'ús i vitalitat del valencià a la localitat i avale la decisió de no continuar amb la promoció i ús de la nostra llengua en el marc munici-pal. No obstant, segons l'última enquesta sobre l'ús del valencià a l'Àrea Metropolitana de València, zona a la qual pertany Alboraia, es constata que és necessari un impuls coherent de promoció del valencià entre la població , ja que només un 20% de la gent parla en valencià a casa, un 14% amb els amics i un 7% al ca-rrer: "per tant, les administracions són les primeres que han de donar exemple i prestigiar la nostra llengua, així com facilitar recursos per tal que la població puga ser bilingüe, ja que està demostrat que si es creen ini-ciatives per tal que la gent se solte a parlar en valencià, la ciutadania respon de forma positiva", han argumen-tat des la plataforma Signa per la Llengua.

Segons Laura Rubio, la tècnica que gestionava l'Ofici-na d'Alboraia, , "les Oficines de Promoció locals són un instrument imprescindible dins del procés de nor-malització lingüística perquè estan en contacte directe amb la ciutadania i tots els àmbits de la seua vida més quotidians. Seria bo eliminar-les, això voldria dir que la normalització és completa, però encara no és així.". Dels més de 500 municipis del territori valencià, no-més hi ha una seixantena d'Oficines de Promoció Lin-güística i en bona part dels casos les situacions labo-rals dels tècnics al càrrec són molt irregulars. A més, bona part de la feina l'han de dedicar a la traducció i correcció de documentació administrativa en detri-ment de la tasca destinada a la promoció del valencià per a la seua normalització en els diferents àmbits d'ús. Una situació que caldria canviar des de les instàncies més altes del govern autonòmic.

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SENTENCIAS

La Justicia no perdona la pasividad del empresario an-te el acoso laboral

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Publicado en Expansión.com, el 02-11-2009 , por Mercedes Serraller. Madrid

Los tribunales sancionan a las empresas que no lu-chan de forma activa contra el ‘mobbing’ y a los em-pleados acosadores. Y confirman la condena a una compañía a pagar el recargo máximo por incapacidad permanente fruto del acoso, el 40%.

Evitar que se produzca el acoso laboral entra ya den-tro de las obligaciones del empresario sobre preven-ción de riesgos. Y debe hacerse de forma proactiva, ya que la Justicia castiga cualquier atisbo de pasividad de las compañías ante el mobbing. Así lo han entendido el Tribunal Superior de Galicia y el de Cataluña en dos sentencias que recogen esta nueva tendencia.

De esta forma, el TSJ de Galicia estima que la conduc-ta de un jefe de Departamento y de la empresa Hiper-cor (al no sancionar al mismo) hacia una de sus em-pleadas fue constitutiva de acoso en el trabajo y vul-neradora de los derechos fundamentales a la integri-dad física y moral y del derecho al honor, por lo que ordena el cese inmediato de tal comportamiento y la reposición de la situación al momento anterior a pro-ducirse el acoso laboral. Además, condena al jefe a que indemnice a la empleada con 6.000 euros y a Hipercor a que haga lo propio con una indemniza-ción de 1.200 euros, a pesar de que su conducta fue “impecable”, pero no lo suficientemente activa.

Los hechos atañen a una trabajadora que tenía pro-blemas con su superior jerárquico (jefe de su Depar-tamento), lo que originó la asistencia del servicio mé-dico de empresa, que la envió a casa debido a su es-tado de crisis y recibió la baja temporal. Tras este epi-sodio, la trabajadora causó alta y surgió un nuevo in-cidente con el jefe que originó la atención del servicio médico. Causó nueva baja por incapacidad temporal por un “trastorno ansioso-depresivo”, según parte mé-dico, que añadió: “Probablemente el cuadro se resol-vería de cambiar las condiciones laborales”.

El TSJ de Galicia resume: “La conducta hostigadora se prolongó en el tiempo e incidió en el deterioro de salud de la empleada. Prueba de ello es que sufrió dos procesos de incapacidad temporal, declarados como accidente de trabajo. Reincorporada de la segunda baja, siguió intentando machacarla, término algo co-loquial, pero caracterizador”.

Además, la situación era conocida por la empresa, ya que la trabajadora dirigió un escrito a Hipercor, po-

niéndole de manifiesto su intención de reincorporarse, comunicando al jefe de personal los hechos que die-ron lugar a la baja, a fin de que se adoptaran las me-didas pertinentes.

De hecho, el jefe de personal le entregó una carta en la que le recordaba la existencia de un procedimiento a través de la Comisión Instructora de Tratamiento de situaciones de acoso, poniéndose a su disposición para lograr una pronta solución, y le volvió a dirigir una misiva ofreciéndole un cambio en el área de tra-bajo, manteniendo la categoría y actividad.

Por todo esto, el TSJ de Galicia explica: “La condena del demandado no nos plantea mayor dialéctica, pero no ocurre lo mismo con el comportamiento de la em-presa. Consta que la empresa era conocedora de la situación. También que el jefe de personal acordó un cambio de puesto para el actora, con el que ésta no estuvo conforme”. Y certifica que “hasta ahí, el com-portamiento de la empresa ha sido impecable”.

Sin embargo, matiza, “el acoso moral vertical hubiera merecido una respuesta sancionadora por parte de la empresa, constándole que la trabajadora estaba sien-do acosada de forma permanente. De ahí que esta-blezcamos una responsabilidad económica a cargo de la empresa al no haber ejercido el procedimiento dis-ciplinario contra el acosador, esto es, por su conducta omisiva y en cierto modo, permisiva con la situación”.

Pero, apostilla, “esto no implica que estimemos que la empleada deje de depender jerárquicamente del de-mandado ni tampoco que la entidad ejerza procedi-miento disciplinario contra éste”, ya que “no podemos inmiscuirnos en la esfera del poder de dirección y de organización, que sólo incumben a la empresa”.

Cataluña ‘dixit’

Por otra parte, el TSJ de Cataluña ha confirmado la condena a una empresa a pagar el máximo recargo sobre la prestación de Seguridad Social por incapaci-dad permanente de una trabajadora, el 40%, conse-cuencia de un acoso laboral. Concluye: “Hay una cla-ra omisión de la obligación de salvaguarda de la salud laboral imputable al empresario que ha permanecido en actitud pasiva, y no sólo no ha adoptado las medi-das oportunas para poner fin a esa situación, sino que ha avalado el comportamiento de sus mandos según ha tenido en cuenta la sentencia firme que extingue la relación laboral por considerar acreditada una situa-ción de mobbing”.

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LA GENERALITAT SE COMPROMETE A CUMPLIR CON SU PER-SONAL, LOS COMPROMISOS ECONÓMICOS SOBRE LA CA-RRERA PROFESIONAL

El pasado 21 de octubre de 2009 se celebró la Mesa General de la Fun-ción Pública valenciana, que estaba convocada con un único punto en el orden del día: retribucio-nes para 2010. Las noti-cias no pueden ser mejo-res, pues la consellera de Justicia y Administracio-nes Públicas anunció el cumplimiento íntegro de todos ellos, a saber:

• El pago de la carrera profesional, en las cuan-tías (asimiladas a las de Sanidad) y plazos (33% en 2010, 66% en 2011, 100% en 2012) establecidos.

• La negociación de la Oferta de Empleo Públi-co para 2010.

• La inminente convocatoria de la mesa secto-rial para aprobar la nueva RPT y, a continuación, la publicación de los concursos de traslados.

Todos los puntos anteriores son importantes, pero es-pecialmente relevante es el primero, por la preocupa-ción suscitada respecto a la disponibilidad presupues-taria para cumplir con la carrera profesional. Sin em-bargo, el Secretario Autonómico de Economía y Presu-puestos informó de la inclusión en el Presupuesto de la Generalitat para 2010 de la partida correspondiente al 33% de los efectos económicos de la carrera profesio-nal. No podemos sino felicitarnos por esta confirma-ción.

Además, se aplicará la subida del 0’3% de todos los conceptos retributivos, siguiendo lo establecido en el Acuerdo del Diálogo Social en las Administraciones Públicas.

EL GOBIERNO CREA UN SELLO PARA DISTINGUIR A EMPRE-SAS QUE FOMENTEN LA IGUALDAD

Cincodías.com.A. C. - Madrid - 26/10/2009

El Consejo de Ministros aprobó el viernes un real de-creto por el que se regula la concesión y utilización de un distintivo que podrán utilizar las empresas que destaquen por sus políticas de igualdad. La creación de la enseña, denominada Igualdad en la Empresa, estaba recogida en el artículo 50 de la Ley para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres.

El Gobierno pretende que la marca sirva de estímulo y reconocimiento a aquellas empresas comprometidas con la igualdad y que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad de trato y de oportunidades en las condiciones de trabajo, en los modelos de organi-zación y en otros ámbitos como los servicios, produc-tos y publicidad de la empresa. Para la concesión del distintivo se tendrán en cuenta, entre otros criterios, las actuaciones y medidas tendentes a facilitar la con-ciliación de la vida personal, familiar y laboral, la adopción de planes de igualdad y la publicidad no sexista de los productos o servicios. El distintivo, que podrá ser utilizado en las relaciones comerciales de la

empresa que lo posea, y también con fines publicita-rios, se convocará anualmente y tendrá una vigencia de tres ejercicios. Eso sí, las empresas distinguidas deberán remitir un informe anual que será evaluado por la Dirección General para la Igualdad en el Em-pleo del Ministerio de Igualdad con el fin de poder mantener la marca.

El Consejo de Mi-nistros también aprobó una ayu-da de 200.000 euros destinados a apoyar a una serie de orga-nismos interna-c i o n a l e s q u e p romueven l a igualdad de gé-nero como Uni-fem, Instraw Ce-deg y Cepal.

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Servei Valencià d’Ocupació i FormacióACORD de 19 d’octubre de 2009, del secretari autonòmic d’Ocupació, director general del SERVEF, pel qual s’am- plia el termini per a la forma-lització dels contractes dels agents d’Ocupació i Desenrotllament Local. [2009/11957] DOCV Num. 6130 / 26.10.2009

El 29 de maig de 2009, es va publicar en el Diari Ofi-cial de la Comunitat Valenciana, número 6024, l’Ordre de 30 d’abril de 2009, de la Conselleria d’E-conomia, Hisenda i Ocupació, per la qual es con- voquen les subvencions destinades al Programa de Foment del Desen- rotllament Local per a l’Exercici 2009.

En l’apartat 4 de l’article 21 de la citada ordre, Selec-ció i contrac- tació dels agents d’Ocupació i Desen-rotllament Local, s’establix que els contractes podran formalitzar-se a partir de la data de la resolució de concessió i fins al 15 de setembre de 2009.

Per l’Acord de 3 de setembre de 2009 del secretari autonòmic d’Ocupació, director general del SERVEF, publicat en el Diari Oficial de la Comunitat Valencia-na número 6098, de 9 de setembre de 2009, es va ampliar el termini per a la formalització dels contrac-tes d’agents d’Ocupació i Desenrotllament Local fins al dia 30 d’octubre de 2009.

En canvi, vistes les dificultats tècniques i organitzati-ves per a la subscripció dels contractes dels agents d’Ocupació i Densenrotllament Local en la data pre-vista i a fi de rendibilitzar al màxim l’execució del programa de foment d’ocupació en l’entorn local, es considera oportú ampliar el termini en què les entitats

beneficiàries de la subvenció podran subscriure els contractes amb els agents d’Ocupació i Desen- rotllament Local que hagen sigut seleccionats a l’em-para de la convo- catòria indicada.

Vist que l’article 49 de la Llei 30/1992, de 26 de no-vembre, de Règim Jurídic de les Administracions Pú-bliques i del Procediment Administratiu Comú, modi-ficada per la Llei 4/1999, de 13 de gener, disposa la possibilitat d’ampliar els terminis establits per a efec-tuar tràmits o realitzar actuacions dins del procedi-ment, llevat precepte en contra i si les circumstàncies ho aconsellen i amb això no es perjudi- quen drets de tercer, així com allò disposat en la disposició final de l’Ordre de 30 d’abril de 2009, acorde:

Ampliar el termini per a subscriure la contractació dels agents d’Ocupació i Desenrotllament Local, esta-blit en l’apartat 4, de l’article 21 de l’Ordre de 30 d’a-bril de 2009, de la Conselleria d’Economia, Hisenda i Ocupació, per la qual es convoquen les subvencions destina- des al Programa de Desenrotllament Local per a l’Exercici 2009, fins al 16 de novembre de 2009.

València, 19 d’octubre de 2009.– El secretari au-tonòmic d’Ocupa- ció, director general del SERVEF: Luis Lobón Martín.

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LOS BOMBEROS GALLEGOS SE MANI-FIESTAN EN COMPOSTELA CONTRA LA PRIVATIZACIÓN

Santiago de Compostela.- Unos mil bomberos y profe-sionales de los servicios de emergencia de toda Gali-cia se manifestaron hoy en Compostela contra la priva-tización de la gestión del sector por parte de la Xunta.

La manifestación salió desde la sede del Parlamento de Galicia y recorrió la ciudad envuelta en botes de hu-mo, sirenas y petardos.

El recorrido finalizó en San Caetano ante la sede de la Xunta, donde los manifestantes tiraron bengalas contra los edificios administrativos y leyeron sus reivindica-ciones ante la puerta del complejo.

"Público é servicio, privado é beneficio" o "non á pri-vatización" fueron las consignas más escuchadas en la marcha, en la que participaron miembros de los cuer-pos de bomberos y de Protección Civil de toda Gali-cia, convocados por los sindicatos UGT, CCOO y CIG.

El representante de CCOO, Xan Canedas, afirmó en declaraciones a Efe que "la Xunta pretende poner en manos privadas la gestión de los servicios de emergen-cias, y eso significa un empeoramiento de estos impor-tantes servicios públicos, una precarización de las condiciones laborales y peores medios materiales".

"Las empresas están para ganar dinero, y lo sacarán de empeorar los salarios de los bomberos y

de que estos tengan peores medios a su disposición", afirmó Canedas, quien subrayó además que Galicia es "el único sitio del Estado en el que se quieren privati-zar los servicios de bomberos".

El secretario local de CIG en Verín, Monterrei y A Li-mia, Luís Ferreiro, afirmó en declaraciones a Efe que los profesionales de los servicios de emergencia "se manifiestan reclamando servicios públicos de calidad".

"Protestamos por la privatización de unos servicios que deben ser públicos, ya que de esta forma entendemos que tendríamos mejores garantías para los trabajadores y, sobre todo,para los ciudadanos", dijo el sindicalista.

"Queremos manifestar nuestro descontento con la Xunta de Galicia, que se está despreocupando de estos servicios, y mantendremos nuestras reivindicaciones hasta que el Gobierno gallego cambie su postura, por-que creemos que son legítimas", añadió.

Durante el recorrido de la marcha, los manifestantes entregaban cuartillas fotocopiadas a los ciudadanos de Compostela, que se vieron sorprendidos por el abun-dante humo que llenaba las calles del recorrido y el estruendo de las deflagraciones del material explosivo que los bomberos emplean en sus entrenamientos.

En dichos documentos, se subraya la "precarización" de los servicios de emergencia en toda Galicia, sobre todo en las comarcas de Baixo Miño y O Condado, donde "tres bomberos cubren accidentes de tráfico e incendios en un área de 600 kilómetros cuadrados y 95.000 habitantes".

"La precaridad se traslada al propio servicio, ya que una empresa privada gestiona tanto al personal como el dinero que recibe de la Xunta y las Diputaciones, lo que implica ahorrar dinero, en beneficio de la empresa y en detrimento de la calidad de los materiales de ex-tinción y en el mantenimiento de equipos", agrega el documento.

Denuncian además en el escrito que la empresa gesto-ra "escatima al máximo y no invierte en recursos de formación para los bomberos, lo que repercute en la seguridad de los ciudadanos", además de otras defi-ciencias en el servicio, como un camión adquirido por la Diputación de Pontevedra cuya escalera no alcanza más allá de la altura de un tercer piso.

Al final de la manifestación se leyó un documento conjunto de los tres sindicatos convocantes, en el que denuncian que los Gobiernos autonómicos "tanto del PP como del PSOE" optaron por un modelo de gestión privada de las emergencias, en lugar de crear un "ver-dadero sistema público de emergencias, incumpliendo sus propios compromisos electorales".

Los bomberos reclaman una Ley de Emergencias de Galicia que les dote de un estatuto profesional y ga-rantice la gestión pública de los servicios de emergen-cia de la Comunidad.

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EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 4 DE ALI-CANTE LE DA LA RAZÓN A CC.OO. FRENTE AL AYUNTAMIENTO DE ELDA.PRIMER CONTENCIOSO DE LOS MUCHOS QUE ESTE SINDICATO TIENE PRESENTADOS

RESUMEN DE LA SENTENCIA

RECURSO Nº 661/2009-ASENTENCIA Nº 242/09

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Constituye el objeto del recurso, la actuación de la Concejalía de deportes del Ayuntamiento de Elda, de fecha 28 de abril de 2009, que acuerda la propuesta de traslado del recurrente Rafael Fco. Muñoz Morales –oficial de mantenimiento de ins-talaciones deportivas- a otra instalación deportiva dentro del municipio (el Pepico Amat), con el ob-jeto de adaptar su trabajo a las condiciones físicas que en el momento actual, según informes médi-cos, tiene el trabajador. La parte recurrente alega vulneración de derechos fundamentales, por con-siderar que el traslado acordado atenta contra el principio de indemnidad y el derecho de libertad sindical, dada la condición que el recurrente os-tenta, de Delegado Sindical de Comisiones Obre-ras.

Por la Administración demandada (Ayto de Elda) se esgrime:

A) Que Rafael Fco. Muñoz Morales ostenta la plaza de operario de instala-ciones deportivas, administración espe-cial, sin estar adscrito a un puesto de trabajo concreto.B) Que si bien es cierto que en el año 2009 se efectuó una asignación concreta, esta tiene carácter de “provi-sional”, no existiendo una vinculación especifica a una instalación deportiva determinada, y siendo habitual que los operarios de instalaciones deportivas, “roten” entre las diversas instalaciones, atendiendo a las necesidades del servi-cio.C) Que la propuesta de traslado acordada, obedece a las necesidades de adaptar el trabajo a las condiciones físi-

cas del trabajador, declarado por Tribunal Medico como “apto con limitaciones”, considerando la Concejalía de Deportes, que en la instalación a la que ha sido trasladado, el tipo de trabajo a de-sempeñar es mas adecuado e idóneo a sus cir-cunstancias, buscando como fin último, el bienes-tar del trabajador.D) Que el referido traslado no ha comporta-do vulneración de Derechos Sindicales que el trabajador ostenta, permitiéndosele la posibilidad de ejercitar los mismos, con absoluto respeto a las horas establecidas para acudir a reuniones y para desarrollar su actividad con plena libertad.

La solución al conflicto que se somete a conside-ración de la que suscribe, se encuentra sin duda, en la prueba admitida y practicada en el acto de la vista. No se discute que la administración, en el ejercicio de sus potestades de autoorganización, tenga la posibilidad de acordar traslados de sus funciones de un puesto de trabajo a otro (en su-puestos como el que nos ocupa, en los que no existe una adscripción concreta), cuando así lo justifiquen las necesidades del servicio. Pero ello no implica, que tal potestad sea hasta tal punto omnímoda, como para permitir que la movilidad se lleve a cabo sin la más mínima motivación. Y es precisamente, la falta de motivación de la me-dida acordada, la que a juicio de la que suscribe,

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debe conducir a la estimación de la pretensión del recurrente.

Tal y como se ha puesto de manifiesto en el acto de la vista, en particular, a través de la testifical de .........., existe un clima de crispación y tiran-tez en el Ayuntamiento de Elda, entre la Corpo-ración y los Delegados Sindicales, al encontrarse en estos momentos plenamente inmersos en la negociación de la relación de puestos de trabajo. Los avatares de la negociación, han dado lugar a la impugnación de diversos acuerdos por parte del hoy recurrente, dada su condición de Secre-tario General de la Delegación Sindical, que a su vez han generado diversos procedimientos judi-ciales que en la actualidad penden ante los Juz-gados de lo Contencioso-Administrativo de esta localidad. Coincidiendo con esta circunstancia, de forma súbita e inopinada, por la Concejalía de Deportes se ha acordado la propuesta de tras-lado del referido trabajador a una instalación distinta, argumentando una supuesta “adaptación del puesto de trabajo a sus circunstancias físi-cas”, sin que tal adaptación haya sido interesada por el hoy recurrente y sin que conste una mala calidad en la prestación del servicio por parte del trabajador en la instalación en la que hasta la fecha se encontraba trabajando.

Como relató a presencia de SSª el testigo .............., compañero del recurrente, el traslado acordado ha generado en todos los compañeros un cierto sentimiento de coacción, por cuanto que entienden que “si a él, que es Delegado, lo trasladan sin mas, a cualquiera de nosotros, ni nos movemos, nos van a hacer lo mismo”, sien-do común el sentir de que el traslado del com-pañero se ha realizado como represalia por su proceder en el ejercicio de la función sindical.

Mas reveladora aun, fue la testifical de ............., quien, pese a ser testigo de la Corporación de-mandada, reconoció que, a pesar de que en los últimos 5 años se han llevado a cabo un total de 21 adaptaciones de puestos de trabajo, sólo en el caso de Rafael, la misma a comportado un cam-bio de puesto, ya que el resto de los trabajado-res, han permanecido en el puesto que ocupa-ban, realizando las funciones propias del mismo, a excepción de aquellas para las que estaban limitados. Añadió además, que en el nuevo pues-to al que el recurrente ha sido trasladado, “tam-

bién existen funciones que el trabajador no pue-de desempeñar”, siendo también una instalación deportiva, luego, a juicio de la que suscribe, na-da obstaría a que el trabajador hubiera seguido desempeñando su trabajo en la instalación en la que se encontraba, adaptando el mismo a sus limitaciones.

No considera la proveyente que exista justifica-ción alguna del traslado efectuado, y en la medi-da en que el mismo ha ocasionado un perjuicio para el trabajador, quien se ha visto amedrentado y reprendido por su proceder en la Corporación, debe decretarse la nulidad del acto administrati-vo adoptado, con la consiguiente reposición del trabajador al puesto de trabajo que venía osten-tando.

Vistos los preceptos citados y demás de aplica-ción,

FALLO

Que debo ESTIMAR el recurso conten-cioso-administrativo interpuesto por Rafael Fco. Muñoz Morales declarando LA NULIDAD de la resolución de fecha 28 de abril de 2009, dictada por la Concejalía de Deportes del Excmo. Ayun-tamiento de Elda por la que se aprueba la pro-puesta de traslado del recurrente y en conse-cuencia, se ordena a la Administración a que en el plazo improrrogable de 5 días proceda a res-tablecer el derecho que ha sido vulnerado, con la consiguiente reposición del recurrente al pues-to de trabajo que ostentaba en la Instalación Pa-bellón de Deportes Ciudad de Elda, Florentino Ibáñez, y todo ello sin imponer las costas proce-sales causadas.

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La Local

¿Expedientes de Regulación?Se anuncian casi a diario en los medios de comunicación. Avisan que en las administraciones también se van a producir.

Sin duda, 2009 ha sido el año en el que la crisis ha marcado su inclusión inicial en los ayuntamientos. Hemos tenido que responder a situaciones novedosas que no se habían vivido en muchos años o al menos no de la manera en que se han planteado esta vez.

Planes de Empleo o Expedientes de Regulación.

Los Planes de Empleo están previstos en la normativa de aplicación a las Administraciones Locales y hasta ahora eran empleados para determinar políticas de personal basadas en la redistribución de efectivos, políticas de consolidación de empleo, mejoras y promoción, rentabilización de los efectivos de personal.

Estos Planes son de obligatoria negociación con la representación sindical, tras ellos se produce el necesario acuerdo plenario y posteriormente se desarrolla un trabajo de aplicación calendarizada de lo previsto en ellos.

Los Expedientes de Regulación de Empleo son la expresión en el ámbito de las empresas privadas de la opción empresarial por la reducción de costes salariales con el objeto de sanear y recuperar la capacidad productiva, conseguir hacer viable un proyecto empresarial haciendo recaer la solución sobre la espalda de trabajadores y trabajadoras. No parecen en principio responder

a lo que requiere una situación deficitaria en lo económico por parte de una entidad local, de hecho la Junta de Andalucía ha rechazado todos y cada uno de los ERE´s que durante 2009 se han planteado. En el País Valenciano no ha llegado a concretarse ninguno.

“De facto”

Sin embargo los Planes de Empleo o como dicen en algunos casos “Planes de Viabilidad”, son en realidad ERE´s encubiertos, carentes de las garantías de los mismos y por tanto acaban desvirtuando el verdadero sentido que tuvieron en su definición legal, el hecho de que baste un acuerdo plenario para llevar adelante la destrucción de empleo debemos combatirla desde la convicción de que no nos queda otra. Por lo tanto la acción sindical.

Debemos iniciar una campaña de sensibilización entre delegados y delegadas para responder a la situación de crisis en las entidades locales. Un primer gesto es la amortización de vacantes absolutas, aquellas que no están ocupadas temporalmente por funcionarios interinos o contratados temporales, son muchos los ayto´s que lo están haciendo. Hay que prepararse, nos vendrán a la carga con tirar interinos- contratados. Argumentar nuestra oposición, demostrar el deterioro de servicios que ello va a implicar, etc...

Deseamos un 2010 no tan malo como se presume.

BULLETÍ DEL SECTOR DE L´ADMINISTRACIÓ LOCAL FSC-CCOO PV

Nova Llei FPVLa Llei per a l'ordenació i la gestió de la funció pública valenciana ha iniciat el tràmit formal cap a les Corts valencianesPágina 2

Despidos entre protestas. ALCOIEl PP aprueba en solitario el despido de nueve interinos y el presupuesto para 2010Página 3

Intentan expulsar a CC.OO. del Comité de Salud Laboral de ValenciaLos sindicatos firmantes de Convenio, aprovechan la baja laboral de un delegado de Prevención de CC.OO. para cesarlo ilegalmentePágina 4

Més de 600 signatures contra el tancament de l’Oficina de Promoció del ValenciàLa Plataforma ‘Signa per la Llengua’ ha presentat més de 600 signatures que s’han recollit en el periode d’un mes entre els veïns d’Alboraia Página 5

Convocada la Mesa de BomberosGracias a la presión sindical se consiguió la convocatoria de la Mesa Autonómica de Negociación del colectivo de Bomberos.Página 6

VariosAcción sindical, denuncias en varios ayuntamientos,las Escuelas TallerPágina 7 y 8

Sumari:

Debemos prepararnos para hacer frente a las políticas de personal que se basan en amortizaciones y despidos, y que para 2010 se prevén más duras

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2 LaLocal FSC-CCOO PV

N O VA L L E I D E F U N C I Ó P Ú B L I C A VA L E N C I A N A

La Llei per a l'ordenació i la gestió de la funció pública valenciana ha iniciat el tràmit formal cap a les Corts valencianes començant pel Consell Jurídic consultiu i el Consell Econòmic i Social (CES.) En tots aquests fòrums CCOO estem insistint per millorar algunes qüestions com la constitució d'una Mesa General de Negociació de totes les administracions valencianes, la inclusió del requisit lingüístic que pose en valor l'ús del valencià en les administracions del nostre territori, la limitació als llocs de lliure designació, la inclusió d'una disposició transitòria que permeta al personal interí romandre en la funció pública en els nous cossos en tant es convoque els processos selectius corresponents, etc. La nostra intenció és obtenir el millor marc normatiu possible per a l'Administració autonòmica i les administracions locals valencianes així com per a les entitats públiques i els organismes dependents d'ambdues administracions.

N U E VA L E Y D E F U N C I Ó N P Ú B L I C A VA L E N C I A N A

La Ley para la Ordenación y la Gestión de la Función Pública Valenciana ha iniciado el trámite formal hacia las Cortes Valencianas empezando por el Consejo jurídico consultivo y el Consejo Económico y Social (CES). En todos estos foros CC.OO. estamos insistiendo para mejorar algunas cuestiones como la constitución de una Mesa General de negociación de todas las administraciones valencianas, la inclusión del requisito lingüístico que ponga en valor el uso del valenciano en las administraciones de nuestro territorio, la limitación a los puestos de libre designación, la inclusión de una disposición transitoria que permita al personal interino permanecer en la función pública en los nuevos cuerpos en tanto se convoque los procesos selectivos correspondientes, etc. Nuestra intención es obtener el mejor marco normativo posible para la administración autonómica y las administraciones locales valencianas así como para las entidades públicas y organismos dependientes de ambas administraciones.

Jubilación Parcial Anticipada

Sobre el reconocimiento del derecho del personal funcionario cotizante del régimen general de la seguridad social para acceder a la jubilación parcial anticipada en los mismo términos que el personal laboral hay novedades importantes en este año.

Por un lado, judicialmente fue dictada una sentencia del Tribunal Supremo en la que define la

obligación de proceder al desarrollo normativo para poder acceder a este derecho. En esta misma sentencia existe el

voto particular de dos de cinco magistrados avalando la tesis de CCOO de su posible aplicación directa. Sin embargo la realidad de esta sentencia ya firme, nos indica que no es oportuno iniciar nuevas demandas individuales de reclamación de derecho por la vía judicial. No obstante el acuerdo de dialogo social ratificado en Mesa general de las administraciones recoge que en el plazo máximo de un año se habrá desarrollado normativamente los instrumentos necesarios para hacer efectivo este derecho.

Jubilació Parcial Anticipada

Sobre el reconeixement del dret del personal funcionari cotitzador del règim general de la Seguretat Social a accedir a la jubilació parcial anticipada en els mateixos termes que el personal laboral hi ha novetats importants enguany.

D'una banda, judicialment va ser dictada una sentència del Tribunal Suprem en la qual defineix l'obligació de conducta al desenvolupament normatiu per poder accedir a aquest dret.

En aquesta sentència existeix el vot particular de dos de cinc magistrats avalant la tesi de CCOO de la seua possible aplicació directa. No obstant això la realitat d'aquesta sentència ja ferma, ens indica que no és oportú iniciar noves demandes individuals de reclamació de dret per la via judicial. No obstant això l'acord de diàleg social ratificat en Mesa General de les administracions arreplega que en el termini màxim d'un any s'haurà desenvolupat normativament els instruments necessaris per fer efectiu aquest dret.

Trienis Interins

Respecte del reconeixement del dret del personal funcionari interí a cobrar els triennis des de l'any 2002. Aquest dret sobre quantitats degudes ha de ser reclamant individualment i solament és exigible dels darrers quatre anys des de la reclamació, per tant l'any 2010 solament seran reclamables les quantitats sobre triennis corresponents a l'any 2006 i fins a juliol de 2007 data que s'inicie el cobrament derivat de l'Estatut bàsic. En aquesta matèria hi ha sentències favorables i també desfavorables. Les sentències favorables no permeten recurs i per tant asseguren la percepció de les quantitats corresponents a aquest període.

En aquest sentit us informem que un pronunciament del tribunal d'Estrasburg com a resposta a una qüestió prejudicial pel que fa a la percepció dels triennis amb caràcter retroactiu sense reclamació individual de quantitat, no dóna dret a la seua percepció. Per tant si eres o has sigut funcionari interí o funcionària interina en el període comprés des de gener de 2006 fins a la data, deus de reclamar personalment.

Trienios Interinos

Respecto del reconocimiento de derechos del personal funcionario interino a cobrar los trienios desde el año 2002. Este derecho sobre cantidades adeudadas debe ser

reclamando individualmente y solo es exigible de los últimos cuatro años desde la reclamación, por lo tanto en el año 2010 solo serán reclamables

las cantidades sobre trienios correspondientes al año 2006 y hasta julio del 2007 fecha en que se inicio el cobro derivado del Estatuto Básico.

En esta materia hay sentencias favorables y también desfavorables. Las sentencias favorables no permiten recurso y por lo tanto aseguran la percepción de las cantidades correspondientes a este periodo. Un pronunciamiento del tribunal de Estrasburgo como respuesta a una cuestión prejudicial respecto a la percepción de los trienios con carácter retroactivo sin reclamación individual de cantidad, no da derecho a su percepción. Por tanto si eres o has sido funcionario interino en el periodo comprendido desde enero de 2006 hasta la fecha, debes de hacer tu reclamación personalmente.

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El Partido Popular impuso su mayoría absoluta el 23 de diciembre, en el último Pleno de 2009 para aprobar la plantilla de personal de 2010, y su plan para despedir a nueve trabajadores internos, así como los presupuestos del próximo año.

El Gobierno municipal rechazó aceptar una moción de los sindicatos para evitar el recorte de personal y de las prestaciones sociales, lo que llevó a los trabajadores y trabajadoras a realizar una pitada en señal de protesta después del encierro de 48 horas que protagonizaron en el propio Ayuntamiento.

El Consistorio aprobó con los votos del PP el plan de ahorro planteado por los propios populares para 2010 y que contempla la amortización de

nueve plazas de funcionarios interinos y otras 27 pendientes de cubrir.

El día del Pleno, el Consistorio totalmente abarrotado de empleados y empleadas, fue testigo de la lectura que el presidente de la junta de personal, Diego Fernández, hizo de la moción de la Junta ante la Corporación.

Antes, fueron devueltas al alcalde todas las tarjetas navideñas remitidas a los trabajadores, y los grupos de la oposición reiteraron su apoyo a los trabajadores y volviendo a plantear varias medidas de ahorro como alternativa al despido de los interinos.

NI CASO.

Una vez ratificado el punto de personal, los funcionarios

manifestaron su indignación en el zagúan del Ayuntamiento haciendo uso de pitos y abucheos, acto que posteriormente repitieron a las puertas del salón de plenos, interrumpiendo durante unos minutos la sesión. La Junta de Personal avanzó que el día 12 de enero se celebrará una asamblea en la que se acordarán nuevas medidas de presión, como la presentación individualizada de alegaciones al presupuesto.

Despidos entre protestas. ALCOIEl PP aprueba en solitario el despido de nueve interinos y el presupuesto para 2010

Aspectos de las protestas llevadas a cabo

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4 LaLocal FSC-CCOO PV

Intentan expulsar a CC.OO. del Comité de Salud Laboral de ValenciaLos sindicatos firmantes de Convenio, aprovechan la baja laboral de un delegado de Prevención de CC.OO. para cesarlo ilegalmente

La Junta de Personal ha aprobado con los votos de STA, CSIF, SPPLB, COGAB Y IGEVA cesar a un delegado de prevención de CC.OO. a través de una interpretación torticera e interesada de una sustitución por baja laboral

Realmente es un poco complicado de explicar, pero la gravedad de lo ocurrido hace necesario un esfuerzo por transmitir los más  claramente posible cuál es la situación.

Recordamos que la Junta de Personal es el órgano de representación sindical surgido de las elecciones sindicales. La mayoría actual en el Ayuntamiento de Valencia la detentan el grupo formado por  STAS(IV), CSIF, SPPLB, COGAB Y IGEVA.

Los Delegados de Prevención son cargos sindicales nombrados por la Junta de Personal. Éstos participan en el Comité de Salud Laboral con voz y voto. Los sindicatos pueden participar en este Comité pero no tienen voto. La ley les otorga  muchas competencias en materia de salud laboral. Hasta el momento cada sindicato tenía, al menos,  un delegado de prevención.

LOS HECHOS:

El Delegado de Prevención de CC.OO. se ve obligado a coger la baja por enfermedad

A partir de ese momento la Corporación, con sus sindicatos aliados, empiezan a poner muchas pegas a CC.OO. por enviar un sustituto de este delegado.

Dada la situación, CC.OO. comunica a la Junta de Personal que va a sustituir al delegado de prevención de baja por otro compañero.

La Junta trata el tema en su pleno. Cuando llega ese punto,  STA, CSIF, SPPLB, COGAB Y IGEVA VOTAN EN CONTRA de que CC.OO. sustituya a su delegado enfermo. Como son más votos, la sustitución no es aprobada.

Inmediatamente estos sindicatos interpretan que entonces se ha producido una vacante.

Consecuentemente con esa interpretación torticera proceden a colocar en lugar del delgado de CC.OO. a uno del SPPLB.

CC.OO. considera que no se ha producido ninguna vacante. Lo que ha habido es una denegación a sustituir un delegado de CC.OO. por otro y, por tanto el delegado de prevención sigue en su puesto.

CC.OO. afirma que STA, CSIF, SPPLB, COGAB e IGEVA han actuado de mala fe aprovechándose de una baja laboral. Estos sindicatos, mandatados, quizás, por la Concejalía de Personal, intentan así evitar una voz crítica con el equipo de gobierno actual. CC.OO ha estado, precisamente estos meses, denunciando en el Comité y a la opinión pública casos de deterioro grave de las condiciones de trabajo de una parte importante de la plantilla. Así, ha denunciado las malas condiciones de trabajo de: Área de Hacienda, nuevo edificio municipal de Tabacalera, Galería de Tiro de la Policía Local, Vestuarios de Caballería y también de la Policía adscrita a Tabacalera,…. Un sindicato que denuncia estos hechos en los foros correspondientes y en la prensa es muy mal visto por Personal y los sindicatos firmantes del Convenio.

CC.OO. va a seguir, pese a quien le pese, en esta línea. No se va a callar. No pueden legalmente echarnos del Comité de Salud.

CC.OO. está a disposición  de la plantilla para encauzar sus denuncias y sus malas condiciones de trabajo.

CC.OO. está estudiando el presentar la correspondiente denuncia ante al Juzgado por el acto ilegal de la Junta de Personal

CC.OO. agradece públicamente el apoyo de UGT en estos hechos. Esta es la verdadera unidad sindical.

Se aprueba por fin, el Plan de IgualdadLa Comisión de Igualdad ha aprobado, con un retraso de 1 AÑO y 2 MESES con respecto a lo acordado en Convenio, el Plan de Igualdad del Ayuntamiento de Valencia. En el tramo final del debate, CC.OO. presentó 60 enmiendas (en el local sindical está la prueba de esta entrega) a la última propuesta de la Concejalía de Personal. De éstas fueron aceptadas el 28% y rechazadas el 66%.

 El Plan de Igualdad establece una serie de medidas con el objetivo de “garantizar la defensa y aplicación del principio de igualdad entre mujeres y hombres y asegurar las mismas oportunidades en el acceso a la función pública, en los procedimientos de promoción interna, en los planes de formación, en la aplicación de la conciliación de la vida personal, laboral y familiar del personal a su servicio y en la elaboración de un protocolo de actuación en los casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, velando asimismo por la implantación del lenguaje no sexista”.Así mismo se establecen algunas medidas para evitar la posible discriminación salarial indirecta y corregir el desequilibrio en las plantillas en la que la mujer está infra-representada. (Policía y Servicio de Bomberos)

 Ante el atraso en la aprobación del Plan, CC.OO. denunció la situación y la Inspección de Trabajo instó a la Corporación a que abordara este tema cuanto antes.

 Este no es el Plan que hubiera confeccionado CC.OO. Entre otras deficiencias del mismo se encuentran:

-        No se establece ninguna fecha de vigencia del Plan. Ello puede conllevar a que el Ayuntamiento no se ve obligado a cumplirlo a corto o medio plazo. Cualquier plan de cualquier tipo debe tener una vigencia

-          No se establece ningún plazo de cumplimiento de ninguna medida. Así se evita que las presiones por el cumplimiento de lo acordado

-          No se establece un mecanismo claro de evaluación del Plan. Peligra que éste no pueda ser homologado oficialmente por este motivo

-          No se establece presupuesto alguno ni aumento de personal para llevar a cabo todas las medidas del Plan

-          Una parte importante del texto (6 folios) se limita a copiar artículos del Convenio que, además, le viene al Ayuntamiento por Ley

-      No se reconoce la evidente discriminación salarial indirecta ni hay casi ninguna medida para evitarla. Por ejemplo: en la plantilla existe un 60% de jefaturas cubiertas por hombres frente al 40% de mujeres

CC.OO. intentó llegar a un consenso con el resto de sindicatos para llevar una propuesta conjunta. Los sindicatos firmantes del Convenio optaron por rechazar esta oferta con su silencio

 CC.OO., de todas formas, quiere valorar positivamente el hecho que por fin la plantilla tenga un instrumento para evitar discriminaciones y desigualdades mujer-hombre. El trabajo del personal técnico y de todos los sindicatos ha sido muy laborioso.

 Los órganos de CC.OO. valorarán el texto final (que fue entregado solo minutos antes de empezar la Mesa) y decidirán el voto final de este sindicato con respecto al Plan.

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La Plataforma ‘Signa per la Llengua’ ha presentat més de 600 signatures que s’han recollit en el periode d’un mes entre els veïns d’Alboraia en contra del tancament de la Oficina de Promoció de l’Ús del Valencià de l’Ajuntament com a conseqüència, expliquen, de la “política lingüística d’atac al valencià que s’està fent des del Consistori”.

!

La Plataforma, integrada pels tècnics municipals de les oficines de promoció del valencià, la Coordinadora de Dinamització Lingüística, Escola Valenciana, els sindicats CCOO-PV, UGT-PV i la Intersindical Valenciana, així como el PSPV, Bloc, Iniciativa del Poble Valencià, ERPV i EUPV, ha lliurat les signatures al registre d’entrada de l’Ajuntament.

En el document que acompanya les signatures s’especifiquen altres incompliments de la Lleis d’Ús i Ensenyament del Valencià, que acaba d’acomplir 26 anys, de les recomanacions de l’Acadèmia Valenciana de la Llengua i dels objectius que la pròpia Conselleria d’Educació marca respecte a la creació i dinamització d’Oficines de Promoció Lingüística.

‘Signa per la Llengua’ ha constatat que les circulars informatives, les convocatòries i les comunicacions per escrit als veïns, la propaganda institucional, les bases reguladores de concursos i llicències, les campanyes informatives institucionals, les notificacions personals, els decrets de l’Alcaldia i altres resolucions i acords, així com tota la cartelleria, es fan sistemàticament en castellà quasi exclusivament.

Segons explica la plataforma, la presentació de les signatures té per objectiu iniciar un procediment administratiu que obligue l’Ajuntament d’Alboraia a declarar si els fets de l’escrit són certs o contraris a drets. “Si l’Ajuntament d’Alboraia declarara que són certs automàticament s’hauria de restablir l’Oficina de Promoció de l’Ús del Valencià a la localitat, sinó ens veurem abocats a recórrer als tribunals”, expliquen els integrants de la plataforma.

Més de 600 signatures contra el tancament de l’Oficina de Promoció del Valencià

V JORNADA SOBRE "RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO: CRITERIOS SINDICALES" CELEBRADAS EN ALICANTE

Los días 17 y 18 de diciembre se celebraron las V Jornadas sobre "Relaciones de Puestos de Trabajo: Normativa, Criterios de Negociación y Estrategia Sindical", en los locales de la Unión Intercomarcal de l'Alacantí - les Marines.

A las jornadas asistieron 16 delegados y delegadas de la Administración Local (Ayuntamiento de Alicante, Ayuntamiento de Mutxamel, Patronato de Escuelas Infantiles), de la Administración de Justicia, del Sector de Intervención Social y de la Administración del Estado. Las jornadas, como en las cuatro ocasiones anteriores, contaron con la asistencia del Coordinador del Sector de Administración Local de las Comarcas del Sur y fueron impartidas por el Secretario de Organización de la FSC en las Comarcas del Sur, Sergio Casares.

Uno de los objetivos de las jornadas era, precisamente, debatir los criterios presentados para mejorar la labor que realiza la Federación en materia de negociación colectiva. Negociación en una materia tan importante como es la planificación de los recursos humanos, especialmente en su faceta retributiva. Por ello, las jornadas han ido evolucionando, adaptándose a las mejoras propuestas por los propios participantes.

Son más de 100 los delegados/as y representantes federales que han pasado por las cinco jornadas celebradas durante los años 2008 y 2009 y que han llevado esta materia de negociación a todas las comarcas del sur (Elda, Alcoi, Denia, Elche y Alicante). La celebración de nuevas jornadas se adaptará al periodo electoral de concentración que comenzará en el mes de septiembre de 2010, con la incorporación de nuevas personas delegadas.

También se están preparando jornadas sobre otras materias de interés para la negociación colectiva como serían las referidas a la configuración de las mesas de negociación en desarrollo del EBEP, los reglamentos de desarrollo de los fondos sociales, bases genéricas de acceso y provisión y funcionamiento de los Comités de Seguridad y Salud, todo ello en el marco de una estrategia sindical de actuación

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6 LaLocal FSC-CCOO PV

Convocada la Mesa Autonómica

Por Victor Sendra. Gracias a la presión de algunos sindicatos nos reunimos en L´Eliana con el Secretario Autonómico Luis Ibañez y los Presidentes de los Consorcios, todos menos el de Alicante. Al parecer el Diputado de Bomberos de Alicante, después de repetir una y otra vez, en todas y cada una de las Mesas de Negociación en Alicante, que la mayoría de nuestras reivindicaciones debían tratarse en la Mesa Autonómica, ¡va y no aparece!. El Secretario Autonómico Luis Ibañez dijo que él va ha tomar las riendas de la negociación y que se compromete a elaborar un calendario de reuniones y terminar lo que resta del acuerdo 2008/20011. Acto seguido recordó que estamos en crisis y que los temas que supongan gasto de dinero, no va a poder ser. ¡Empezamos bien! Le recordamos que los planes de pensiones no están homologados, que Castellón tiene un desfase de 3.300 euros y Alicante no se le aplica el IPC. En lo referente al pago de los 120 euros,

le comentamos que Valencia y Castellón están al día pero que en Alicante se deben 8 meses a todo el personal y desde Enero de 2008 la homologación de los Bomberos-base, que ya están homologados en Valencia y Castellón. También en el seguro de vida y ayudas sociales estan des-equiparados en Alicante, ya que Castellón ha contratado la misma póliza que Valencia. En este punto se hizo hincapié en que el verdadero problema está en Alicante y que siempre van por detrás, como demuestra el que el Diputado ni comparezca. Se les trasladó que no queremos renegociar, que son incumplimientos del acuerdo anterior y que no hay excusas con la crisis. ¡Qué lo cumplan ya! El Secretario Autonómico dice que hablará con el Diputado de Alicante para que le informe sobre nuestras reivindicaciones. Ante la pregunta de por qué la Generalidad no ha cumplido su parte del Acuerdo haciendo las modificaciones presupuestarias para asignar mas dinero a los Consorcios y

poder hacer frente a lo pactado, nos desvía el tema diciendo que el Conseller Serafín Castellano ha dado orden de que se les haga un ingreso (de lo que todavía debe) antes de fin de año a los tres Consorcios. Se nos entrega un borrador de Acuerdo-Convenio para que sirva de base a la Negociación. Nos invita a tener reuniones individuales con cada sindicato y sobre el 12 de Enero convocar otra Mesa Autonómica. Seguidamente la Directora General Irene Rodríguez hace entrega del borrador de la Ley de Bomberos y nos invita a que aportemos lo que consideremos, que la intención es que en febrero entre en Cortes para su tramitación. Los temas destacados de la Ley son que elimina el Consorcio Único debido a las presiones de las Diputaciones, los bomberos serán del grupo C, formación será en el IVASPE, jornada laboral no superior a 12 horas, 5 años de experiencia para promocionar. En definitiva primera toma de contacto para empezar a negociar.

Gracias a la presión sindical se consiguió la convocatoria de la Mesa Autonómica de Negociación del colectivo de Bomberos.

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CCOO DENUNCIA QUE LA ORDEN QUE REGULA LOS TALLERES DE EMPLEO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS VULNERA LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DE LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL

El sindicato también considera insuficiente la publicidad prevista en la orden para garantizar el acceso al empleo en estos talleres en condiciones de igualdad a todos los desempleados.

La Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO PV cuestiona determinados aspectos de la Orden de la Conselleria de Economía que regula y convoca los programas de Talleres de Empleo para el reciclaje profesional. El primero de ellos es el referente a

los procesos de selección del personal directivo, docente y de apoyo en los casos en que la entidad promotora sea una administración. CCOO entiende que la orden vulnera lo previsto en la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en la Ley de Bases del Régimen Local en lo referente al respeto de los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad en la selección y contratación de personal. La Orden prevé, para la selección de este personal, realizar una oferta restringida sólo a las personas paradas de la oficina del Servef de la localidad donde se establecerá el Taller de empleo, cuando la normativa antes señalada exige garantizar un proceso selectivo al que puedan concurrir todas las personas interesadas, sin limitación alguna. El sindicato exige para ello unos criterios que, además de ser respetuosos con los principios constitucionales, estén basados en un baremo de méritos negociado y publicitado previamente para aplicar en cada una de las administraciones que presenten propuestas para acogerse al programa de Talleres de Empleo.

CCOO considera también insuficiente la publicidad que se prevé en esta orden para garantizar que todas las personas desempleadas mayores de 25 años puedan solicitar su inscripción en los Talleres de Empleo y su selección como alumnos- trabajadores, máxime cuando desde 1994 no es obligatorio estar inscrito como desempleado en las oficinas del INEM o SERVEF. El sindicato exige que se dé la publicidad suficiente para que todas las personas desempleadas interesadas que cumplan los requisitos, en este caso parados de más de 25 años, puedan presentar su solicitud y acceder a la valoración de sus méritos y su capacidad para el desempeño de este trabajo subvencionado orientado a la mejora de su empleabilidad.

AyoraCC.OO. denuncia el desinterés del Ayuntamiento por la negociación.“El Sindicato considera imprescindible que cambie la actitud de los responsables políticos en el municipio y se proceda llevar a cabo las negociaciones pendientes.” Por no atender la reiterada petición, 30.06.09 y 17.07.09, de los sindicatos de convocar la MGN. Los representantes del personal han denunciado que desde el 15 de abril de 2009, no se ha celebrado ninguna mesa negociadora y que las que se celebraron con anterioridad nunca demostraron una verdadera voluntad por solucionar los problemas.La petición de Mesa de Negociación se ha reiterado en junio y en julio pasado recibiendo el silencio por respuesta.Casi un 70% de temporalidad y precariedad.Denuncian que No hay una política adecuada en la gestión personal, 86 personas presupuestadas con sólo 11 funcionarios de carrera, 17 indefinidos no fijos y el resto, personal interino, temporal, en situación irregular.La contratación de personal es poco transparente y en la práctica parece imperar el amiguismo. “Los míos”, como dice alguno.Sin convenioY lo más lamentable para un ayuntamiento de la importancia de Ayora es que a estas alturas del siglo XXI. No hay convenio, y el Equipo de Gobierno no cumple el compromiso adquirido (26-12-2008) de tener uno en 4 meses. Por otra parte No aceptan el Acuerdo Marco de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias que nos permitiría avanzar mucho, a pesar de que está suscrito por todos los partidos.No hay una plantilla negociada y se da que hay quien no cobra lo mismo haciendo similar trabajo.

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CCOO RECORRE ELS ACTUALS PROCESSOS DE SELECCIÓ DE L´AJUNTAMENT DE LA VALL D´AUXÓ

CCOO recorre els actuals processos de selecció d'empleats públics realitzats per l'Ajuntament de la Vall d'Uixó a l'impedir-se la participació dels representants

del personal en els tribunals de elecció, a pesar que la citada participació està pactada en el Conveni i Acord del personal municipal vigents.

CCOO va sol·licitar, en el 2007, l'establiment d’un sistema de col·laboració sindical en els processos selectius d'ocupació públic

de l'Ajuntament, amb l'objecte que s'apliquen els principis d'igualtat, mèrit i capacitat, així com la transparència dels processos selectius i la seua agilitat, sense que açò últim menyscabe l'objectivitat de la selecció.

No obstant això la corporació que dirigix l'alcaldessa, Isabel Bonig, en cap moment ha tingut interés d'establir cap sistema de participació sindical en els òrgans de selecció.

CCOO també recorrerà les ultimes oposicions convocades per l'alcaldessa ja que anomena com a membre dels tribunals de selecció al Cap de Personal a pesar que aquest és interí i la Llei de l'Estatut Bàsic de l'Ocupació Pública prohibix la participació de personal interí en els òrgans de selecció; prohibició que té com a objecte assegurar la independència dels mateixos.

CCOO recorre els processos selectius previstos per a cobrir en propietat una plaça d'enginyer tècnic industrial, una plaça de gestor esportiu, una plaça de metge, quatre places d'auxiliar de clínica, una plaça de programador-operador, una plaça d'operari de serveis múltiples, una plaça d'oficial jardiner i dos places de tècnic d'agents d'ocupació i desenvolupament local, entre altres.

A més a més, una representant de CCOO va intentar estar present en la primera prova, psicotècnica, de l'oposició d'auxiliars de clínica per a la Residència Tercera Edat Llar Sagrada Família, pertanyent a l'Ajuntament de la Vall d'Uixó, realitzades el passat 5 de desembre. No obstant això el representant de l'administració local va impedir la presència de la delegada de CCOO durant el transcurs de la prova. El sindicat té constància que s'han pogut produir diverses irregularitats en aquesta fase de l'oposició a auxiliars de clínica, per això CCOO ha impugnat la prova i ha sol·licitat que es repetisca la mateixa, i que es respecten els principis d'igualtat, mèrit i capacitat, així com la transparència del procés selectiu.

CCOO recorrerà el Pressupost General d'Onda per al 2010 si, tal com pretén l'alcalde, Enrique Navarro, aprova la Plantilla de l'Ajuntament sense haver-la negociat amb els representants sindicals tal com establix la llei. La corporació que presidix Enrique Navarro va intentar en el Plenari Municipal, del passat 30 de novembre, aprovar la Plantilla i Relació de Llocs de Treball de l'Ajuntament, però va haver de posposar la decisió al no quadrar les quantitats econòmiques assignades a aquests conceptes.

En l'expedient confeccionat per la corporació per a tractar la Plantilla i Relació de Llocs de Treball, en la Comissió informativa del 24 de novembre i en el Plenari Municipal del 30 de novembre, s'aportava l'acta d'una reunió de la Mesa General de Negociació quan en realitat només és un esborrany confeccionat unilateralment per l'administració municipal. Aquesta acta no ha sigut aprovada ja que ni tan sols se'ls ha facilitat còpia als representants dels empleats públics de l'ajuntament.

A més, es dóna la circumstància que per les dades que obren en poder de CCOO, en l'esborrany que s'ha presentat com a Acta s'ha manipulat el caràcter de la mateixa, així en l'expedient obra com a reunió “ordinària” , mentres que els representants sindicals van ser convocat en realitat a una reunió extraordinària. El caràcter extraordinari de la reunió va ser posat en dubte per la representació sindical, pel contingut de la mateixa i perquè impedia a la part social aportacions més enllà del guió marcat per la corporació. No obstant això la representant del Govern municipal, en la reunió de la Mesa General de Negociació, va defendre el caràcter extraordinari de la mateixa.

La Plantilla i de la Relació de Llocs de Treball (RPT) són instruments bàsics dels recursos humans que disposa una administració local per a oferir amb garanties de racionalitat i eficiència els serveis públics a què està obligada legalment, i estan subjectes a la negociació entre els representants de la corporació municipal i els representants sindicals.

Quant a la RPT, l'equip de govern va encarregar, al juny del 2008, a una empresa privada un estudi per a la seua actualització. Aquest estudi ha sigut rebutjat pels representants dels empleats públics de l'Ajuntament d'Onda ja que bàsicament augmentava les diferències en les condicions laborals del personal municipal i només beneficiava a un 13% dels 204 empleats de l'ajuntament, mentres que a la majoria se'ls valorava injustament. La pressió sindical, de la qual CCOO, com a sindicat majoritari en l'Ajuntament d'Onda, ha tingut un paper decisiu, ha aconseguit que l'alcalde aparque la modificació integral de la RPT que proposava i s'haja compromés hi ha activar la negociació per mitjà d'una taula tècnica amb els representants sindicals.

CCOO RECORRERÀ EL PRESSUPOST MUNICIPAL

D'ONDA