Tema 6

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7/21/2019 Tema 6 http://slidepdf.com/reader/full/tema-6-56d9769615538 1/7 Tema 6.- La defensa del derecho de crédito INDICE Tema 6.- La defensa del derecho de crédito ................................................................. 2 1.- El principio de la responsabilidad patrimonial universal.............................................. 2 2.-La conservación del patrimonio del deudor: acción subrogatoria, revocatoria y directa. ..................................................................................................................................... 3 3.- Cláusula penal y arras....................................................................................................... 4 4.- Derecho de retención ......................................................................................................... 5 5.- Los privilegios .................................................................................................................... 6 

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derecho

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Tema 6- La defensa del derecho de creacutedito

INDICE

Tema 6- La defensa del derecho de creacutedito 2

1- El principio de la responsabilidad patrimonial universal 2

2-La conservacioacuten del patrimonio del deudor accioacuten subrogatoria revocatoria y

directa 3

3- Claacuteusula penal y arras 4

4- Derecho de retencioacuten 5

5- Los privilegios 6

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Tema 6- La defensa del derecho de creacutedito

1- El principio de la responsabilidad patrimonial universal

En el tema anterior hemos visto que en caso de incumplimiento el acreedor podraacute exigir

al deudor el cumplimiento forzoso o el equivalente en dinero y ademaacutes una

indemnizacioacuten por los dantildeos y perjuicios Pero para que pueda hacerse efectivo estecobro el deudor debe tener dinero o bienes en su patrimonio Pues bien el

ordenamiento juriacutedico concede al acreedor algunas garantiacuteas o mecanismos para que

pueda cobrar su creacutedito ante al incumplimiento del deudor

Algunas se establecen por pacto hipoteca prenda fianza pena

Otras las establece la ley el derecho de retencioacuten de la cosa mueble la accioacuten

revocatoriahellip

Para proteger al acreedor y evitar que el deudor se convierta en insolvente para no pagar

sus deudas rige el principio de responsabilidad patrimonial universal recogido en el art

1911CC ldquo Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus

bienes presentes y futurosrdquo

Por tanto en caso de incumplimiento el acreedor puede dirigirse contra el patrimonio

del deudor para obtener la prestacioacuten si todaviacutea es posible (cumplimiento forzoso) o el

resarcimiento de los dantildeos si la prestacioacuten ya no es posible (cumplimiento por

equivalencia) Y podraacute reclamar el acreedor ahora o en un futuro mientras no esteacute

prescrita la deuda Ej un acreedor reclama judicialmente 12000euro a su deudor

Actualmente el deudor no tiene bienes (ni noacutemina ni coche ni pisohellip) Pero dentro de 3

antildeos encuentra un trabajo y tiene ingresos El acreedor en ese momento puede pedir

que se le embargue el sueldo para pagar la deuda

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2-La conservacioacuten del patrimonio del deudor accioacuten subrogatoria

revocatoria y directa

Estas acciones van dirigidas a que el acreedor consiga bienes del deudor bien

reclamaacutendolos bien haciendo que vuelvan al patrimonio del deudor

a) Accioacuten subrogatoria

Art 1111 inciso primero El supuesto de hecho necesario para ejercitar esta accioacuten es

que el acreedor haya perseguido los bienes del deudor sin haber cobrado Por eso es un

remedio subsidiario

En ese caso puede ejercitar los derechos y acciones del deudor para intentar cobrar El

acreedor se pone en la posicioacuten de su deudor (se subroga) y reclama a los deudores de

su deudor

Ej A debe a B 1000euro B reclama pero A no tiene bienes B se entera de que un cliente

le debe 500euro a A B se subroga en el lugar de A y reclama los 500euro al cliente

Tambieacuten es un remedio indirecto porque el dinero va a parar al patrimonio del deudor

no del acreedor

En el ejemplo los 500euro iriacutean a parar al patrimonio del deudor A por lo que B tendriacutea

que hacer una segunda reclamacioacuten dirigieacutendose contra el patrimonio de A

b) Accioacuten directa

Determinadas normas conceden al acreedor soacutelo en casos muy concretos la posibilidad

de dirigirse directamente y en su propio nombre contra el deudor de su deudor (ej art

1552CC o art 1597CC) Aquiacute no se subroga en la posicioacuten del deudor sino que el

acreedor ejercita su derecho en nombre propio Ademaacutes el dinero lo adquiere

directamente el acreedor no va al patrimonio del deudor ni queda sometido a las reglas

sobre preferencia y prelacioacuten de creacuteditos como en la accioacuten subrogatoria

c) Accioacuten revocatoria o pauliana

Art 1111 segundo inciso el acreedor despueacutes de perseguir los bienes del deudor sin

cobrar puede impugnar los actos y contratos que eacuteste haya realizado en fraude de su

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derecho Es decir el presupuesto es que el deudor haya enajenado bienes para que sus

acreedores no puedan cobrar

Tambieacuten es una accioacuten de caraacutecter subsidiario el acreedor la podraacute ejercitar si el deudor

no tiene otros bienes con los que satisfacer el creacutedito

Se exige ademaacutes

1) Que se produzca un perjuicio en la solvencia del deudor Perjudican la

solvencia obviamente la donacioacuten y los actos a tiacutetulo oneroso en las que

la contraprestacioacuten no sea proporcional Por ej si el deudor vende un piso

por 30000euro

2) Acuerdo entre el deudor y el tercero adquirente para defraudar si los actos

son a tiacutetulo oneroso (art 1295) o gratuidad Si el acto es a tiacutetulo gratuito

se presume hecho en fraude de acreedores (art 1297) (un bien sale del

patrimonio del deudor a cambio de nada por eso se presume que es

fraudulento)

El juez declararaacute ineficaz el acto y el acreedor podraacute embargar el bien La anulacioacuten es

en la medida del fraude en la medida en que satisfaga el intereacutes del acreedor En lo

demaacutes el acto mantiene su eficacia y lo que quede del bien permanece en el patrimonio

del adquirente

3- Claacuteusula penal y arras Claacuteusula penal o pena convencional prestacioacuten pecuniaria que se pacta como

accesoria para el caso de que el deudor incumpla o cumpla defectuosamente la

obligacioacuten principal

Agrava el incumplimiento

Puede ser

- Cumulativa supone que si hay incumplimiento se puede exigir ademaacutes del

cumplimiento forzoso en forma especiacutefica o por equivalente la indemnizacioacuten

normal por incumplimiento art 1101 maacutes la pena

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- Sustitutiva se fija la cuantiacutea de la indemnizacioacuten por incumplimiento sustituye a

la indemnizacioacuten Para el acreedor tiene la ventaja de que no tiene que probar los

dantildeos y su cuantiacutea

Si hay un incumplimiento parcial la pena puede ser moderada por el Juez (1154)

Otra figura las arras

No tienen una regulacioacuten muy perfecta en el CC aunque es una institucioacuten muy

arraigada Las arras suponen la entrega material de dinero que el deudor entrega al

acreedor para garantizar el cumplimiento Son muy frecuentes en la praacutectica en los

contratos de compraventa

Pueden ser

bull Confirmatorias corroboran que se ha pasado a la fase de confirmacioacuten del

contrato Entregar un dinero como sentildeal En realidad se ha empezado a

cumplir el contrato

bull

Penales consisten por lo general en bienes fungibles (normalmente

dinero) que se entregan como garantiacutea del pago No tienen regulacioacuten como

arras en el CC La doctrina les aplica los arts 1252 y sig referidos a la

claacuteusula penal Si se incumple el deudor perderaacute las arras

bull Penitenciales autorizan a las partes a desistir del contrato unilateralmente

El deudor entonces puede rescindir el contrato perdiendo las arras o el

acreedor devolvieacutendolas por duplicado (art 1454CC) La diferencia con las

arras penales es que aquiacute el contrato se deshace no hay incumplimiento por

tanto tampoco cumplimiento forzoso Las arras penitenciales son el precio

del desistimiento

4- Derecho de retencioacuten

Facultad que tiene el acreedor de retener una cosa del deudor hasta que eacuteste satisfaga la

deuda Es una facultad que concede la ley en algunos casos Es para obligar al deudor a

que cumpla y a la vez evitar que la cosa salga del patrimonio del deudor

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Requisitos

1 Que el acreedor tenga en su poder una cosa que estaacute obligado a entregar al

deudor

2 Que el acreedor no tenga que entregar la cosa al deudor antes de que su propio

creacutedito sea exigible Ej si el acreedor tiene que entregar el coche el diacutea 1 pero

no puede exigir el precio hasta el diacutea 15 no puede retener el coche

El acreedor puede retener la cosa pero no usarla ni hacer suyos los frutos ni venderla

para cobrarse con el dinero

5- Los privilegios

Puede ocurrir que cuando nosotros contratamos con un deudor sea solvente pero con el

tiempo puede dejar de serlo o contratar con otros y resultar que no hay bienes

suficientes para que cobren todos los acreedores Hay que ver si cobran todos

proporcionalmente a su deuda o algunos pueden cobrar con preferencia

El art 1921CC establece que los creacuteditos se clasificaraacuten para su pago por el orden y en

los teacuterminos que establece este capiacutetulo

Aunque el deudor sea insolvente puede haber concurso de acreedores o no Habraacute

concurso de acreedores cuando el deudor se encuentre en situacioacuten de insolvencia

cuando no pueda cumplir regularmente sus obligaciones exigibles (art 22 Ley 222003

Concursal) En ese caso se seguiraacute el orden que establecen los arts 89 y sig de la Ley

Concursal (creacuteditos con privilegio especial creacuteditos con privilegio general creacuteditos

subordinados y ordinarios)

Pero aunque no haya concurso de acreedores tambieacuten puede ocurrir que los bienes del

deudor no sean suficientes y tenemos que acudir al CC para ver si alguno de los

creacuteditos tiene preferencia

La regla general del CC era que los acreedores son todos iguales cobraraacuten

proporcionalmente Sin embargo hay tantas excepciones que casi son la regla general

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Podemos intentar sintetizar el orden entre los diferentes acreedores de tal forma que

cobraraacuten

1) Los trabajadores por determinados creacuteditos salariales se anteponen a los demaacutes

(art 32Estatuto de los Trabajadores Resumidamente los salarios de los uacuteltimos

30 diacuteas)

2) Luego iriacutean los creacuteditos con privilegio Se distingue

1 privilegios especiales afectan a determinados bienes del deudor Por

ej una hipoteca sobre mi piso Puede ser

- sobre un bien mueble Art 1922CC

- sobre un bien inmueble 1923CC

2

privilegios generales afectan a todo el patrimonio del deudor

Los creacuteditos con privilegio especial se anteponen en general a los privilegios

generales Ej el acreedor hipotecario tiene preferencia sobre el piso Se antepone

al acreedor con privilegio general pero soacutelo sobre ese bien El acreedor con

privilegio general puede ejercitar su privilegio sobre todos los bienes

3) Luego iriacutean los acreedores ordinarios que no tienen privilegio Primero cobran

los que tienen su creacutedito en documento puacuteblico (art 19243CC) Luego ya el

reparto es proporcional entre todos los demaacutes acreedores

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Tema 6- La defensa del derecho de creacutedito

1- El principio de la responsabilidad patrimonial universal

En el tema anterior hemos visto que en caso de incumplimiento el acreedor podraacute exigir

al deudor el cumplimiento forzoso o el equivalente en dinero y ademaacutes una

indemnizacioacuten por los dantildeos y perjuicios Pero para que pueda hacerse efectivo estecobro el deudor debe tener dinero o bienes en su patrimonio Pues bien el

ordenamiento juriacutedico concede al acreedor algunas garantiacuteas o mecanismos para que

pueda cobrar su creacutedito ante al incumplimiento del deudor

Algunas se establecen por pacto hipoteca prenda fianza pena

Otras las establece la ley el derecho de retencioacuten de la cosa mueble la accioacuten

revocatoriahellip

Para proteger al acreedor y evitar que el deudor se convierta en insolvente para no pagar

sus deudas rige el principio de responsabilidad patrimonial universal recogido en el art

1911CC ldquo Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus

bienes presentes y futurosrdquo

Por tanto en caso de incumplimiento el acreedor puede dirigirse contra el patrimonio

del deudor para obtener la prestacioacuten si todaviacutea es posible (cumplimiento forzoso) o el

resarcimiento de los dantildeos si la prestacioacuten ya no es posible (cumplimiento por

equivalencia) Y podraacute reclamar el acreedor ahora o en un futuro mientras no esteacute

prescrita la deuda Ej un acreedor reclama judicialmente 12000euro a su deudor

Actualmente el deudor no tiene bienes (ni noacutemina ni coche ni pisohellip) Pero dentro de 3

antildeos encuentra un trabajo y tiene ingresos El acreedor en ese momento puede pedir

que se le embargue el sueldo para pagar la deuda

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2-La conservacioacuten del patrimonio del deudor accioacuten subrogatoria

revocatoria y directa

Estas acciones van dirigidas a que el acreedor consiga bienes del deudor bien

reclamaacutendolos bien haciendo que vuelvan al patrimonio del deudor

a) Accioacuten subrogatoria

Art 1111 inciso primero El supuesto de hecho necesario para ejercitar esta accioacuten es

que el acreedor haya perseguido los bienes del deudor sin haber cobrado Por eso es un

remedio subsidiario

En ese caso puede ejercitar los derechos y acciones del deudor para intentar cobrar El

acreedor se pone en la posicioacuten de su deudor (se subroga) y reclama a los deudores de

su deudor

Ej A debe a B 1000euro B reclama pero A no tiene bienes B se entera de que un cliente

le debe 500euro a A B se subroga en el lugar de A y reclama los 500euro al cliente

Tambieacuten es un remedio indirecto porque el dinero va a parar al patrimonio del deudor

no del acreedor

En el ejemplo los 500euro iriacutean a parar al patrimonio del deudor A por lo que B tendriacutea

que hacer una segunda reclamacioacuten dirigieacutendose contra el patrimonio de A

b) Accioacuten directa

Determinadas normas conceden al acreedor soacutelo en casos muy concretos la posibilidad

de dirigirse directamente y en su propio nombre contra el deudor de su deudor (ej art

1552CC o art 1597CC) Aquiacute no se subroga en la posicioacuten del deudor sino que el

acreedor ejercita su derecho en nombre propio Ademaacutes el dinero lo adquiere

directamente el acreedor no va al patrimonio del deudor ni queda sometido a las reglas

sobre preferencia y prelacioacuten de creacuteditos como en la accioacuten subrogatoria

c) Accioacuten revocatoria o pauliana

Art 1111 segundo inciso el acreedor despueacutes de perseguir los bienes del deudor sin

cobrar puede impugnar los actos y contratos que eacuteste haya realizado en fraude de su

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derecho Es decir el presupuesto es que el deudor haya enajenado bienes para que sus

acreedores no puedan cobrar

Tambieacuten es una accioacuten de caraacutecter subsidiario el acreedor la podraacute ejercitar si el deudor

no tiene otros bienes con los que satisfacer el creacutedito

Se exige ademaacutes

1) Que se produzca un perjuicio en la solvencia del deudor Perjudican la

solvencia obviamente la donacioacuten y los actos a tiacutetulo oneroso en las que

la contraprestacioacuten no sea proporcional Por ej si el deudor vende un piso

por 30000euro

2) Acuerdo entre el deudor y el tercero adquirente para defraudar si los actos

son a tiacutetulo oneroso (art 1295) o gratuidad Si el acto es a tiacutetulo gratuito

se presume hecho en fraude de acreedores (art 1297) (un bien sale del

patrimonio del deudor a cambio de nada por eso se presume que es

fraudulento)

El juez declararaacute ineficaz el acto y el acreedor podraacute embargar el bien La anulacioacuten es

en la medida del fraude en la medida en que satisfaga el intereacutes del acreedor En lo

demaacutes el acto mantiene su eficacia y lo que quede del bien permanece en el patrimonio

del adquirente

3- Claacuteusula penal y arras Claacuteusula penal o pena convencional prestacioacuten pecuniaria que se pacta como

accesoria para el caso de que el deudor incumpla o cumpla defectuosamente la

obligacioacuten principal

Agrava el incumplimiento

Puede ser

- Cumulativa supone que si hay incumplimiento se puede exigir ademaacutes del

cumplimiento forzoso en forma especiacutefica o por equivalente la indemnizacioacuten

normal por incumplimiento art 1101 maacutes la pena

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- Sustitutiva se fija la cuantiacutea de la indemnizacioacuten por incumplimiento sustituye a

la indemnizacioacuten Para el acreedor tiene la ventaja de que no tiene que probar los

dantildeos y su cuantiacutea

Si hay un incumplimiento parcial la pena puede ser moderada por el Juez (1154)

Otra figura las arras

No tienen una regulacioacuten muy perfecta en el CC aunque es una institucioacuten muy

arraigada Las arras suponen la entrega material de dinero que el deudor entrega al

acreedor para garantizar el cumplimiento Son muy frecuentes en la praacutectica en los

contratos de compraventa

Pueden ser

bull Confirmatorias corroboran que se ha pasado a la fase de confirmacioacuten del

contrato Entregar un dinero como sentildeal En realidad se ha empezado a

cumplir el contrato

bull

Penales consisten por lo general en bienes fungibles (normalmente

dinero) que se entregan como garantiacutea del pago No tienen regulacioacuten como

arras en el CC La doctrina les aplica los arts 1252 y sig referidos a la

claacuteusula penal Si se incumple el deudor perderaacute las arras

bull Penitenciales autorizan a las partes a desistir del contrato unilateralmente

El deudor entonces puede rescindir el contrato perdiendo las arras o el

acreedor devolvieacutendolas por duplicado (art 1454CC) La diferencia con las

arras penales es que aquiacute el contrato se deshace no hay incumplimiento por

tanto tampoco cumplimiento forzoso Las arras penitenciales son el precio

del desistimiento

4- Derecho de retencioacuten

Facultad que tiene el acreedor de retener una cosa del deudor hasta que eacuteste satisfaga la

deuda Es una facultad que concede la ley en algunos casos Es para obligar al deudor a

que cumpla y a la vez evitar que la cosa salga del patrimonio del deudor

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Requisitos

1 Que el acreedor tenga en su poder una cosa que estaacute obligado a entregar al

deudor

2 Que el acreedor no tenga que entregar la cosa al deudor antes de que su propio

creacutedito sea exigible Ej si el acreedor tiene que entregar el coche el diacutea 1 pero

no puede exigir el precio hasta el diacutea 15 no puede retener el coche

El acreedor puede retener la cosa pero no usarla ni hacer suyos los frutos ni venderla

para cobrarse con el dinero

5- Los privilegios

Puede ocurrir que cuando nosotros contratamos con un deudor sea solvente pero con el

tiempo puede dejar de serlo o contratar con otros y resultar que no hay bienes

suficientes para que cobren todos los acreedores Hay que ver si cobran todos

proporcionalmente a su deuda o algunos pueden cobrar con preferencia

El art 1921CC establece que los creacuteditos se clasificaraacuten para su pago por el orden y en

los teacuterminos que establece este capiacutetulo

Aunque el deudor sea insolvente puede haber concurso de acreedores o no Habraacute

concurso de acreedores cuando el deudor se encuentre en situacioacuten de insolvencia

cuando no pueda cumplir regularmente sus obligaciones exigibles (art 22 Ley 222003

Concursal) En ese caso se seguiraacute el orden que establecen los arts 89 y sig de la Ley

Concursal (creacuteditos con privilegio especial creacuteditos con privilegio general creacuteditos

subordinados y ordinarios)

Pero aunque no haya concurso de acreedores tambieacuten puede ocurrir que los bienes del

deudor no sean suficientes y tenemos que acudir al CC para ver si alguno de los

creacuteditos tiene preferencia

La regla general del CC era que los acreedores son todos iguales cobraraacuten

proporcionalmente Sin embargo hay tantas excepciones que casi son la regla general

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983124983141983149983137 983094983086983085 983116983137 983140983141983142983141983150983155983137 983140983141983148 983140983141983154983141983139983144983151 983140983141 983139983154983273983140983145983156983151

7

Podemos intentar sintetizar el orden entre los diferentes acreedores de tal forma que

cobraraacuten

1) Los trabajadores por determinados creacuteditos salariales se anteponen a los demaacutes

(art 32Estatuto de los Trabajadores Resumidamente los salarios de los uacuteltimos

30 diacuteas)

2) Luego iriacutean los creacuteditos con privilegio Se distingue

1 privilegios especiales afectan a determinados bienes del deudor Por

ej una hipoteca sobre mi piso Puede ser

- sobre un bien mueble Art 1922CC

- sobre un bien inmueble 1923CC

2

privilegios generales afectan a todo el patrimonio del deudor

Los creacuteditos con privilegio especial se anteponen en general a los privilegios

generales Ej el acreedor hipotecario tiene preferencia sobre el piso Se antepone

al acreedor con privilegio general pero soacutelo sobre ese bien El acreedor con

privilegio general puede ejercitar su privilegio sobre todos los bienes

3) Luego iriacutean los acreedores ordinarios que no tienen privilegio Primero cobran

los que tienen su creacutedito en documento puacuteblico (art 19243CC) Luego ya el

reparto es proporcional entre todos los demaacutes acreedores

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3

2-La conservacioacuten del patrimonio del deudor accioacuten subrogatoria

revocatoria y directa

Estas acciones van dirigidas a que el acreedor consiga bienes del deudor bien

reclamaacutendolos bien haciendo que vuelvan al patrimonio del deudor

a) Accioacuten subrogatoria

Art 1111 inciso primero El supuesto de hecho necesario para ejercitar esta accioacuten es

que el acreedor haya perseguido los bienes del deudor sin haber cobrado Por eso es un

remedio subsidiario

En ese caso puede ejercitar los derechos y acciones del deudor para intentar cobrar El

acreedor se pone en la posicioacuten de su deudor (se subroga) y reclama a los deudores de

su deudor

Ej A debe a B 1000euro B reclama pero A no tiene bienes B se entera de que un cliente

le debe 500euro a A B se subroga en el lugar de A y reclama los 500euro al cliente

Tambieacuten es un remedio indirecto porque el dinero va a parar al patrimonio del deudor

no del acreedor

En el ejemplo los 500euro iriacutean a parar al patrimonio del deudor A por lo que B tendriacutea

que hacer una segunda reclamacioacuten dirigieacutendose contra el patrimonio de A

b) Accioacuten directa

Determinadas normas conceden al acreedor soacutelo en casos muy concretos la posibilidad

de dirigirse directamente y en su propio nombre contra el deudor de su deudor (ej art

1552CC o art 1597CC) Aquiacute no se subroga en la posicioacuten del deudor sino que el

acreedor ejercita su derecho en nombre propio Ademaacutes el dinero lo adquiere

directamente el acreedor no va al patrimonio del deudor ni queda sometido a las reglas

sobre preferencia y prelacioacuten de creacuteditos como en la accioacuten subrogatoria

c) Accioacuten revocatoria o pauliana

Art 1111 segundo inciso el acreedor despueacutes de perseguir los bienes del deudor sin

cobrar puede impugnar los actos y contratos que eacuteste haya realizado en fraude de su

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983113983150983156983154983151983140983157983139983139983145983283983150 983137983148 983108983141983154983141983139983144983151 983152983154983145983158983137983140983151

4

derecho Es decir el presupuesto es que el deudor haya enajenado bienes para que sus

acreedores no puedan cobrar

Tambieacuten es una accioacuten de caraacutecter subsidiario el acreedor la podraacute ejercitar si el deudor

no tiene otros bienes con los que satisfacer el creacutedito

Se exige ademaacutes

1) Que se produzca un perjuicio en la solvencia del deudor Perjudican la

solvencia obviamente la donacioacuten y los actos a tiacutetulo oneroso en las que

la contraprestacioacuten no sea proporcional Por ej si el deudor vende un piso

por 30000euro

2) Acuerdo entre el deudor y el tercero adquirente para defraudar si los actos

son a tiacutetulo oneroso (art 1295) o gratuidad Si el acto es a tiacutetulo gratuito

se presume hecho en fraude de acreedores (art 1297) (un bien sale del

patrimonio del deudor a cambio de nada por eso se presume que es

fraudulento)

El juez declararaacute ineficaz el acto y el acreedor podraacute embargar el bien La anulacioacuten es

en la medida del fraude en la medida en que satisfaga el intereacutes del acreedor En lo

demaacutes el acto mantiene su eficacia y lo que quede del bien permanece en el patrimonio

del adquirente

3- Claacuteusula penal y arras Claacuteusula penal o pena convencional prestacioacuten pecuniaria que se pacta como

accesoria para el caso de que el deudor incumpla o cumpla defectuosamente la

obligacioacuten principal

Agrava el incumplimiento

Puede ser

- Cumulativa supone que si hay incumplimiento se puede exigir ademaacutes del

cumplimiento forzoso en forma especiacutefica o por equivalente la indemnizacioacuten

normal por incumplimiento art 1101 maacutes la pena

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- Sustitutiva se fija la cuantiacutea de la indemnizacioacuten por incumplimiento sustituye a

la indemnizacioacuten Para el acreedor tiene la ventaja de que no tiene que probar los

dantildeos y su cuantiacutea

Si hay un incumplimiento parcial la pena puede ser moderada por el Juez (1154)

Otra figura las arras

No tienen una regulacioacuten muy perfecta en el CC aunque es una institucioacuten muy

arraigada Las arras suponen la entrega material de dinero que el deudor entrega al

acreedor para garantizar el cumplimiento Son muy frecuentes en la praacutectica en los

contratos de compraventa

Pueden ser

bull Confirmatorias corroboran que se ha pasado a la fase de confirmacioacuten del

contrato Entregar un dinero como sentildeal En realidad se ha empezado a

cumplir el contrato

bull

Penales consisten por lo general en bienes fungibles (normalmente

dinero) que se entregan como garantiacutea del pago No tienen regulacioacuten como

arras en el CC La doctrina les aplica los arts 1252 y sig referidos a la

claacuteusula penal Si se incumple el deudor perderaacute las arras

bull Penitenciales autorizan a las partes a desistir del contrato unilateralmente

El deudor entonces puede rescindir el contrato perdiendo las arras o el

acreedor devolvieacutendolas por duplicado (art 1454CC) La diferencia con las

arras penales es que aquiacute el contrato se deshace no hay incumplimiento por

tanto tampoco cumplimiento forzoso Las arras penitenciales son el precio

del desistimiento

4- Derecho de retencioacuten

Facultad que tiene el acreedor de retener una cosa del deudor hasta que eacuteste satisfaga la

deuda Es una facultad que concede la ley en algunos casos Es para obligar al deudor a

que cumpla y a la vez evitar que la cosa salga del patrimonio del deudor

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983113983150983156983154983151983140983157983139983139983145983283983150 983137983148 983108983141983154983141983139983144983151 983152983154983145983158983137983140983151

6

Requisitos

1 Que el acreedor tenga en su poder una cosa que estaacute obligado a entregar al

deudor

2 Que el acreedor no tenga que entregar la cosa al deudor antes de que su propio

creacutedito sea exigible Ej si el acreedor tiene que entregar el coche el diacutea 1 pero

no puede exigir el precio hasta el diacutea 15 no puede retener el coche

El acreedor puede retener la cosa pero no usarla ni hacer suyos los frutos ni venderla

para cobrarse con el dinero

5- Los privilegios

Puede ocurrir que cuando nosotros contratamos con un deudor sea solvente pero con el

tiempo puede dejar de serlo o contratar con otros y resultar que no hay bienes

suficientes para que cobren todos los acreedores Hay que ver si cobran todos

proporcionalmente a su deuda o algunos pueden cobrar con preferencia

El art 1921CC establece que los creacuteditos se clasificaraacuten para su pago por el orden y en

los teacuterminos que establece este capiacutetulo

Aunque el deudor sea insolvente puede haber concurso de acreedores o no Habraacute

concurso de acreedores cuando el deudor se encuentre en situacioacuten de insolvencia

cuando no pueda cumplir regularmente sus obligaciones exigibles (art 22 Ley 222003

Concursal) En ese caso se seguiraacute el orden que establecen los arts 89 y sig de la Ley

Concursal (creacuteditos con privilegio especial creacuteditos con privilegio general creacuteditos

subordinados y ordinarios)

Pero aunque no haya concurso de acreedores tambieacuten puede ocurrir que los bienes del

deudor no sean suficientes y tenemos que acudir al CC para ver si alguno de los

creacuteditos tiene preferencia

La regla general del CC era que los acreedores son todos iguales cobraraacuten

proporcionalmente Sin embargo hay tantas excepciones que casi son la regla general

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983124983141983149983137 983094983086983085 983116983137 983140983141983142983141983150983155983137 983140983141983148 983140983141983154983141983139983144983151 983140983141 983139983154983273983140983145983156983151

7

Podemos intentar sintetizar el orden entre los diferentes acreedores de tal forma que

cobraraacuten

1) Los trabajadores por determinados creacuteditos salariales se anteponen a los demaacutes

(art 32Estatuto de los Trabajadores Resumidamente los salarios de los uacuteltimos

30 diacuteas)

2) Luego iriacutean los creacuteditos con privilegio Se distingue

1 privilegios especiales afectan a determinados bienes del deudor Por

ej una hipoteca sobre mi piso Puede ser

- sobre un bien mueble Art 1922CC

- sobre un bien inmueble 1923CC

2

privilegios generales afectan a todo el patrimonio del deudor

Los creacuteditos con privilegio especial se anteponen en general a los privilegios

generales Ej el acreedor hipotecario tiene preferencia sobre el piso Se antepone

al acreedor con privilegio general pero soacutelo sobre ese bien El acreedor con

privilegio general puede ejercitar su privilegio sobre todos los bienes

3) Luego iriacutean los acreedores ordinarios que no tienen privilegio Primero cobran

los que tienen su creacutedito en documento puacuteblico (art 19243CC) Luego ya el

reparto es proporcional entre todos los demaacutes acreedores

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4

derecho Es decir el presupuesto es que el deudor haya enajenado bienes para que sus

acreedores no puedan cobrar

Tambieacuten es una accioacuten de caraacutecter subsidiario el acreedor la podraacute ejercitar si el deudor

no tiene otros bienes con los que satisfacer el creacutedito

Se exige ademaacutes

1) Que se produzca un perjuicio en la solvencia del deudor Perjudican la

solvencia obviamente la donacioacuten y los actos a tiacutetulo oneroso en las que

la contraprestacioacuten no sea proporcional Por ej si el deudor vende un piso

por 30000euro

2) Acuerdo entre el deudor y el tercero adquirente para defraudar si los actos

son a tiacutetulo oneroso (art 1295) o gratuidad Si el acto es a tiacutetulo gratuito

se presume hecho en fraude de acreedores (art 1297) (un bien sale del

patrimonio del deudor a cambio de nada por eso se presume que es

fraudulento)

El juez declararaacute ineficaz el acto y el acreedor podraacute embargar el bien La anulacioacuten es

en la medida del fraude en la medida en que satisfaga el intereacutes del acreedor En lo

demaacutes el acto mantiene su eficacia y lo que quede del bien permanece en el patrimonio

del adquirente

3- Claacuteusula penal y arras Claacuteusula penal o pena convencional prestacioacuten pecuniaria que se pacta como

accesoria para el caso de que el deudor incumpla o cumpla defectuosamente la

obligacioacuten principal

Agrava el incumplimiento

Puede ser

- Cumulativa supone que si hay incumplimiento se puede exigir ademaacutes del

cumplimiento forzoso en forma especiacutefica o por equivalente la indemnizacioacuten

normal por incumplimiento art 1101 maacutes la pena

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- Sustitutiva se fija la cuantiacutea de la indemnizacioacuten por incumplimiento sustituye a

la indemnizacioacuten Para el acreedor tiene la ventaja de que no tiene que probar los

dantildeos y su cuantiacutea

Si hay un incumplimiento parcial la pena puede ser moderada por el Juez (1154)

Otra figura las arras

No tienen una regulacioacuten muy perfecta en el CC aunque es una institucioacuten muy

arraigada Las arras suponen la entrega material de dinero que el deudor entrega al

acreedor para garantizar el cumplimiento Son muy frecuentes en la praacutectica en los

contratos de compraventa

Pueden ser

bull Confirmatorias corroboran que se ha pasado a la fase de confirmacioacuten del

contrato Entregar un dinero como sentildeal En realidad se ha empezado a

cumplir el contrato

bull

Penales consisten por lo general en bienes fungibles (normalmente

dinero) que se entregan como garantiacutea del pago No tienen regulacioacuten como

arras en el CC La doctrina les aplica los arts 1252 y sig referidos a la

claacuteusula penal Si se incumple el deudor perderaacute las arras

bull Penitenciales autorizan a las partes a desistir del contrato unilateralmente

El deudor entonces puede rescindir el contrato perdiendo las arras o el

acreedor devolvieacutendolas por duplicado (art 1454CC) La diferencia con las

arras penales es que aquiacute el contrato se deshace no hay incumplimiento por

tanto tampoco cumplimiento forzoso Las arras penitenciales son el precio

del desistimiento

4- Derecho de retencioacuten

Facultad que tiene el acreedor de retener una cosa del deudor hasta que eacuteste satisfaga la

deuda Es una facultad que concede la ley en algunos casos Es para obligar al deudor a

que cumpla y a la vez evitar que la cosa salga del patrimonio del deudor

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Requisitos

1 Que el acreedor tenga en su poder una cosa que estaacute obligado a entregar al

deudor

2 Que el acreedor no tenga que entregar la cosa al deudor antes de que su propio

creacutedito sea exigible Ej si el acreedor tiene que entregar el coche el diacutea 1 pero

no puede exigir el precio hasta el diacutea 15 no puede retener el coche

El acreedor puede retener la cosa pero no usarla ni hacer suyos los frutos ni venderla

para cobrarse con el dinero

5- Los privilegios

Puede ocurrir que cuando nosotros contratamos con un deudor sea solvente pero con el

tiempo puede dejar de serlo o contratar con otros y resultar que no hay bienes

suficientes para que cobren todos los acreedores Hay que ver si cobran todos

proporcionalmente a su deuda o algunos pueden cobrar con preferencia

El art 1921CC establece que los creacuteditos se clasificaraacuten para su pago por el orden y en

los teacuterminos que establece este capiacutetulo

Aunque el deudor sea insolvente puede haber concurso de acreedores o no Habraacute

concurso de acreedores cuando el deudor se encuentre en situacioacuten de insolvencia

cuando no pueda cumplir regularmente sus obligaciones exigibles (art 22 Ley 222003

Concursal) En ese caso se seguiraacute el orden que establecen los arts 89 y sig de la Ley

Concursal (creacuteditos con privilegio especial creacuteditos con privilegio general creacuteditos

subordinados y ordinarios)

Pero aunque no haya concurso de acreedores tambieacuten puede ocurrir que los bienes del

deudor no sean suficientes y tenemos que acudir al CC para ver si alguno de los

creacuteditos tiene preferencia

La regla general del CC era que los acreedores son todos iguales cobraraacuten

proporcionalmente Sin embargo hay tantas excepciones que casi son la regla general

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Podemos intentar sintetizar el orden entre los diferentes acreedores de tal forma que

cobraraacuten

1) Los trabajadores por determinados creacuteditos salariales se anteponen a los demaacutes

(art 32Estatuto de los Trabajadores Resumidamente los salarios de los uacuteltimos

30 diacuteas)

2) Luego iriacutean los creacuteditos con privilegio Se distingue

1 privilegios especiales afectan a determinados bienes del deudor Por

ej una hipoteca sobre mi piso Puede ser

- sobre un bien mueble Art 1922CC

- sobre un bien inmueble 1923CC

2

privilegios generales afectan a todo el patrimonio del deudor

Los creacuteditos con privilegio especial se anteponen en general a los privilegios

generales Ej el acreedor hipotecario tiene preferencia sobre el piso Se antepone

al acreedor con privilegio general pero soacutelo sobre ese bien El acreedor con

privilegio general puede ejercitar su privilegio sobre todos los bienes

3) Luego iriacutean los acreedores ordinarios que no tienen privilegio Primero cobran

los que tienen su creacutedito en documento puacuteblico (art 19243CC) Luego ya el

reparto es proporcional entre todos los demaacutes acreedores

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- Sustitutiva se fija la cuantiacutea de la indemnizacioacuten por incumplimiento sustituye a

la indemnizacioacuten Para el acreedor tiene la ventaja de que no tiene que probar los

dantildeos y su cuantiacutea

Si hay un incumplimiento parcial la pena puede ser moderada por el Juez (1154)

Otra figura las arras

No tienen una regulacioacuten muy perfecta en el CC aunque es una institucioacuten muy

arraigada Las arras suponen la entrega material de dinero que el deudor entrega al

acreedor para garantizar el cumplimiento Son muy frecuentes en la praacutectica en los

contratos de compraventa

Pueden ser

bull Confirmatorias corroboran que se ha pasado a la fase de confirmacioacuten del

contrato Entregar un dinero como sentildeal En realidad se ha empezado a

cumplir el contrato

bull

Penales consisten por lo general en bienes fungibles (normalmente

dinero) que se entregan como garantiacutea del pago No tienen regulacioacuten como

arras en el CC La doctrina les aplica los arts 1252 y sig referidos a la

claacuteusula penal Si se incumple el deudor perderaacute las arras

bull Penitenciales autorizan a las partes a desistir del contrato unilateralmente

El deudor entonces puede rescindir el contrato perdiendo las arras o el

acreedor devolvieacutendolas por duplicado (art 1454CC) La diferencia con las

arras penales es que aquiacute el contrato se deshace no hay incumplimiento por

tanto tampoco cumplimiento forzoso Las arras penitenciales son el precio

del desistimiento

4- Derecho de retencioacuten

Facultad que tiene el acreedor de retener una cosa del deudor hasta que eacuteste satisfaga la

deuda Es una facultad que concede la ley en algunos casos Es para obligar al deudor a

que cumpla y a la vez evitar que la cosa salga del patrimonio del deudor

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6

Requisitos

1 Que el acreedor tenga en su poder una cosa que estaacute obligado a entregar al

deudor

2 Que el acreedor no tenga que entregar la cosa al deudor antes de que su propio

creacutedito sea exigible Ej si el acreedor tiene que entregar el coche el diacutea 1 pero

no puede exigir el precio hasta el diacutea 15 no puede retener el coche

El acreedor puede retener la cosa pero no usarla ni hacer suyos los frutos ni venderla

para cobrarse con el dinero

5- Los privilegios

Puede ocurrir que cuando nosotros contratamos con un deudor sea solvente pero con el

tiempo puede dejar de serlo o contratar con otros y resultar que no hay bienes

suficientes para que cobren todos los acreedores Hay que ver si cobran todos

proporcionalmente a su deuda o algunos pueden cobrar con preferencia

El art 1921CC establece que los creacuteditos se clasificaraacuten para su pago por el orden y en

los teacuterminos que establece este capiacutetulo

Aunque el deudor sea insolvente puede haber concurso de acreedores o no Habraacute

concurso de acreedores cuando el deudor se encuentre en situacioacuten de insolvencia

cuando no pueda cumplir regularmente sus obligaciones exigibles (art 22 Ley 222003

Concursal) En ese caso se seguiraacute el orden que establecen los arts 89 y sig de la Ley

Concursal (creacuteditos con privilegio especial creacuteditos con privilegio general creacuteditos

subordinados y ordinarios)

Pero aunque no haya concurso de acreedores tambieacuten puede ocurrir que los bienes del

deudor no sean suficientes y tenemos que acudir al CC para ver si alguno de los

creacuteditos tiene preferencia

La regla general del CC era que los acreedores son todos iguales cobraraacuten

proporcionalmente Sin embargo hay tantas excepciones que casi son la regla general

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Podemos intentar sintetizar el orden entre los diferentes acreedores de tal forma que

cobraraacuten

1) Los trabajadores por determinados creacuteditos salariales se anteponen a los demaacutes

(art 32Estatuto de los Trabajadores Resumidamente los salarios de los uacuteltimos

30 diacuteas)

2) Luego iriacutean los creacuteditos con privilegio Se distingue

1 privilegios especiales afectan a determinados bienes del deudor Por

ej una hipoteca sobre mi piso Puede ser

- sobre un bien mueble Art 1922CC

- sobre un bien inmueble 1923CC

2

privilegios generales afectan a todo el patrimonio del deudor

Los creacuteditos con privilegio especial se anteponen en general a los privilegios

generales Ej el acreedor hipotecario tiene preferencia sobre el piso Se antepone

al acreedor con privilegio general pero soacutelo sobre ese bien El acreedor con

privilegio general puede ejercitar su privilegio sobre todos los bienes

3) Luego iriacutean los acreedores ordinarios que no tienen privilegio Primero cobran

los que tienen su creacutedito en documento puacuteblico (art 19243CC) Luego ya el

reparto es proporcional entre todos los demaacutes acreedores

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Requisitos

1 Que el acreedor tenga en su poder una cosa que estaacute obligado a entregar al

deudor

2 Que el acreedor no tenga que entregar la cosa al deudor antes de que su propio

creacutedito sea exigible Ej si el acreedor tiene que entregar el coche el diacutea 1 pero

no puede exigir el precio hasta el diacutea 15 no puede retener el coche

El acreedor puede retener la cosa pero no usarla ni hacer suyos los frutos ni venderla

para cobrarse con el dinero

5- Los privilegios

Puede ocurrir que cuando nosotros contratamos con un deudor sea solvente pero con el

tiempo puede dejar de serlo o contratar con otros y resultar que no hay bienes

suficientes para que cobren todos los acreedores Hay que ver si cobran todos

proporcionalmente a su deuda o algunos pueden cobrar con preferencia

El art 1921CC establece que los creacuteditos se clasificaraacuten para su pago por el orden y en

los teacuterminos que establece este capiacutetulo

Aunque el deudor sea insolvente puede haber concurso de acreedores o no Habraacute

concurso de acreedores cuando el deudor se encuentre en situacioacuten de insolvencia

cuando no pueda cumplir regularmente sus obligaciones exigibles (art 22 Ley 222003

Concursal) En ese caso se seguiraacute el orden que establecen los arts 89 y sig de la Ley

Concursal (creacuteditos con privilegio especial creacuteditos con privilegio general creacuteditos

subordinados y ordinarios)

Pero aunque no haya concurso de acreedores tambieacuten puede ocurrir que los bienes del

deudor no sean suficientes y tenemos que acudir al CC para ver si alguno de los

creacuteditos tiene preferencia

La regla general del CC era que los acreedores son todos iguales cobraraacuten

proporcionalmente Sin embargo hay tantas excepciones que casi son la regla general

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Podemos intentar sintetizar el orden entre los diferentes acreedores de tal forma que

cobraraacuten

1) Los trabajadores por determinados creacuteditos salariales se anteponen a los demaacutes

(art 32Estatuto de los Trabajadores Resumidamente los salarios de los uacuteltimos

30 diacuteas)

2) Luego iriacutean los creacuteditos con privilegio Se distingue

1 privilegios especiales afectan a determinados bienes del deudor Por

ej una hipoteca sobre mi piso Puede ser

- sobre un bien mueble Art 1922CC

- sobre un bien inmueble 1923CC

2

privilegios generales afectan a todo el patrimonio del deudor

Los creacuteditos con privilegio especial se anteponen en general a los privilegios

generales Ej el acreedor hipotecario tiene preferencia sobre el piso Se antepone

al acreedor con privilegio general pero soacutelo sobre ese bien El acreedor con

privilegio general puede ejercitar su privilegio sobre todos los bienes

3) Luego iriacutean los acreedores ordinarios que no tienen privilegio Primero cobran

los que tienen su creacutedito en documento puacuteblico (art 19243CC) Luego ya el

reparto es proporcional entre todos los demaacutes acreedores

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Podemos intentar sintetizar el orden entre los diferentes acreedores de tal forma que

cobraraacuten

1) Los trabajadores por determinados creacuteditos salariales se anteponen a los demaacutes

(art 32Estatuto de los Trabajadores Resumidamente los salarios de los uacuteltimos

30 diacuteas)

2) Luego iriacutean los creacuteditos con privilegio Se distingue

1 privilegios especiales afectan a determinados bienes del deudor Por

ej una hipoteca sobre mi piso Puede ser

- sobre un bien mueble Art 1922CC

- sobre un bien inmueble 1923CC

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privilegios generales afectan a todo el patrimonio del deudor

Los creacuteditos con privilegio especial se anteponen en general a los privilegios

generales Ej el acreedor hipotecario tiene preferencia sobre el piso Se antepone

al acreedor con privilegio general pero soacutelo sobre ese bien El acreedor con

privilegio general puede ejercitar su privilegio sobre todos los bienes

3) Luego iriacutean los acreedores ordinarios que no tienen privilegio Primero cobran

los que tienen su creacutedito en documento puacuteblico (art 19243CC) Luego ya el

reparto es proporcional entre todos los demaacutes acreedores