RESPONSABILIDAD FISCAL Y JURISDICCION COACTIVA. PROCESOS SANCIONATORIOS CONTRALORIA DE BUCARAMANGA...

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RESPONSABILIDAD FISCAL Y RESPONSABILIDAD FISCAL Y JURISDICCION COACTIVA JURISDICCION COACTIVA

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RESPONSABILIDAD FISCAL YRESPONSABILIDAD FISCAL YJURISDICCION COACTIVAJURISDICCION COACTIVA

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PROCESOS SANCIONATORIOS PROCESOS SANCIONATORIOS

CONTRALORIA DE CONTRALORIA DE BUCARAMANGABUCARAMANGA

RESPONSABILIDAD FISCAL YRESPONSABILIDAD FISCAL Y

JURISDICCION COACTIVAJURISDICCION COACTIVA

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CASOS CONCRETOSCASOS CONCRETOS El Director Técnico De Gestión Fiscal El Director Técnico De Gestión Fiscal

De La Contraloría Municipal De De La Contraloría Municipal De Bucaramanga, mediante resolución N° Bucaramanga, mediante resolución N°

000095 del 4 de Junio del presente año, 000095 del 4 de Junio del presente año, ordenó el inicio del Proceso ordenó el inicio del Proceso

Administrativo Sancionatorio radicado Administrativo Sancionatorio radicado con el numero 246, por la presunta con el numero 246, por la presunta

violación de la norma fiscal, teniendo violación de la norma fiscal, teniendo en cuenta el oficio de fecha 10 de Julio en cuenta el oficio de fecha 10 de Julio de 2009, suscrito por el doctor Simon de 2009, suscrito por el doctor Simon

Andrés Arciniegas Román, Coordinador Andrés Arciniegas Román, Coordinador de rendición de cuentas de la de rendición de cuentas de la

Contraloría Municipal de Bucaramanga, Contraloría Municipal de Bucaramanga,

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CASOS CONCRETOSCASOS CONCRETOS al doctor Juan Carlos Stapper, Director al doctor Juan Carlos Stapper, Director

Técnico de Gestión Fiscal de la Técnico de Gestión Fiscal de la Contraloría Municipal De Bucaramanga, Contraloría Municipal De Bucaramanga, en el que pone en conocimiento de ese en el que pone en conocimiento de ese

despacho el no cumplimiento con lo despacho el no cumplimiento con lo establecido en el Articulo 19 de la establecido en el Articulo 19 de la

Resolución 0000189 del 01 de Octubre Resolución 0000189 del 01 de Octubre de 2006, emanada de la Contraloría de 2006, emanada de la Contraloría Municipal de Bucaramanga, la cual Municipal de Bucaramanga, la cual reglamenta la rendición de Cuenta reglamenta la rendición de Cuenta

Electrónica, su revisión y se unifica la Electrónica, su revisión y se unifica la información que se debe presentar a la información que se debe presentar a la

entidad de Controlentidad de Control..

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CASOS CONCRETOSCASOS CONCRETOS Específicamente la rectora de la institución Específicamente la rectora de la institución

educativa, ORIENTE MIRAFLOREZ, allegó el educativa, ORIENTE MIRAFLOREZ, allegó el informe de rendición de cuenta pero es de informe de rendición de cuenta pero es de

anotar que de manera involuntaria, y actuando anotar que de manera involuntaria, y actuando conforme al principio de Buena Fe, no conforme al principio de Buena Fe, no

completó lo relacionado con los formatos F24 y completó lo relacionado con los formatos F24 y F24 A, teniendo en cuenta que la anterior F24 A, teniendo en cuenta que la anterior

situación se encuentra señalada en el artículo situación se encuentra señalada en el artículo 101 de la ley 42 de 1993, literales B y E, 101 de la ley 42 de 1993, literales B y E,

Determinado Las Sanciones Que Se Deben Determinado Las Sanciones Que Se Deben Aplicar A Los Funcionarios Que Incurran En El Aplicar A Los Funcionarios Que Incurran En El

Siguiente Evento:Siguiente Evento: ““B”: NO RINDAN LAS CUENTAS QUE SE LE B”: NO RINDAN LAS CUENTAS QUE SE LE

EXIJAN O NO LO HAGAN EN LA FORMA Y EXIJAN O NO LO HAGAN EN LA FORMA Y OPORTUNIDADES ESTABLECIDAS POR LA OPORTUNIDADES ESTABLECIDAS POR LA

CONTRALORIA.CONTRALORIA.

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LOS HECHOSLOS HECHOS

En la vigencia 2008 la Contraloría En la vigencia 2008 la Contraloría Municipal envía a un grupo auditor para Municipal envía a un grupo auditor para evaluar la vigencia 2007 a ocho (8) evaluar la vigencia 2007 a ocho (8) colegios del municipio de colegios del municipio de Bucaramanga. De dicha auditoria el Bucaramanga. De dicha auditoria el grupo enviado encontró que tienen grupo enviado encontró que tienen fallas de tipo formal y se debe suscribir fallas de tipo formal y se debe suscribir planes de mejoramiento para corregir planes de mejoramiento para corregir los hallazgos de los procesos los hallazgos de los procesos administrativos.administrativos.

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LOS HECHOSLOS HECHOS

Una vez enviados los hallazgos por Una vez enviados los hallazgos por parte del grupo auditor cada colegio parte del grupo auditor cada colegio suscribe su plan de mejoramiento de suscribe su plan de mejoramiento de las falencias encontradas de la las falencias encontradas de la ejecución de los recursos y los ejecución de los recursos y los procesos financieros de la vigencia procesos financieros de la vigencia 2007. Estos planes de mejoramientos 2007. Estos planes de mejoramientos son enviados al ente fiscalizador y son enviados al ente fiscalizador y aceptado por ellos, como consta en los aceptado por ellos, como consta en los recibidos que se adjuntan como prueba recibidos que se adjuntan como prueba en el presente proceso.en el presente proceso.

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LOS HECHOSLOS HECHOS

A estos planes de mejoramientos se les A estos planes de mejoramientos se les debe dar cumplimiento tal como se debe dar cumplimiento tal como se propone en el formato del plan de propone en el formato del plan de mejoramiento, dando inicio en las mejoramiento, dando inicio en las fechas planteadas y cada Colegio luego fechas planteadas y cada Colegio luego debe informar los avances de los debe informar los avances de los mismos con corte al primer periodo que mismos con corte al primer periodo que es al final de la vigencia para dar a es al final de la vigencia para dar a conocer que se han mejorado los conocer que se han mejorado los procesos; procesos;

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LOS HECHOSLOS HECHOS la confusión que se presenta es cuando el la confusión que se presenta es cuando el

mismo ente fiscalizador por primer vez mismo ente fiscalizador por primer vez envía al mismo grupo auditor a verificar el envía al mismo grupo auditor a verificar el avance del plan de mejoramiento y a avance del plan de mejoramiento y a febrero de 2009 emiten concepto de todos febrero de 2009 emiten concepto de todos los colegios a la oficina de Control Interno los colegios a la oficina de Control Interno de los avances que cada uno ha logrado de de los avances que cada uno ha logrado de sus planes de mejoramiento , donde el sus planes de mejoramiento , donde el mismo ente auditor coloca que el Colegio mismo ente auditor coloca que el Colegio Miraflores ha cumplido o mejor dicho ha Miraflores ha cumplido o mejor dicho ha avanzado en su plan de mejoramiento en un avanzado en su plan de mejoramiento en un 50%, toda vez que solo tenia dos aspectos a 50%, toda vez que solo tenia dos aspectos a mejorar y uno de ellos iniciaba en el mes de mejorar y uno de ellos iniciaba en el mes de marzo de la vigencia 2009.marzo de la vigencia 2009.

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LA DEFENSALA DEFENSA

Tal y como lo determina la Ley 42 de Tal y como lo determina la Ley 42 de 1993, los procesos Administrativos 1993, los procesos Administrativos

Sancionatorios deben ser garantistas de Sancionatorios deben ser garantistas de los Derechos Y Principios los Derechos Y Principios

Constitucionales, teniendo en cuenta Constitucionales, teniendo en cuenta causales que puedan extinguir la causales que puedan extinguir la sanción, o que sean atenuantessanción, o que sean atenuantes, ,

puede solicitarse pruebas, o allegar las puede solicitarse pruebas, o allegar las pertinentes para demostrar que pertinentes para demostrar que siempre se actuó con un apego siempre se actuó con un apego

inquebrantable a la ley:inquebrantable a la ley:

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ARGUMENTOSARGUMENTOS

1. 1. como Organismo de Control como Organismo de Control deben garantizar que no exista deben garantizar que no exista una confusión casi general, que una confusión casi general, que las capacitaciones sean claras y las capacitaciones sean claras y

efectivas, y que logren su efectivas, y que logren su finalidad, pues a todos los finalidad, pues a todos los colegios les surgió el mismo colegios les surgió el mismo

problema, prueba de que quienes problema, prueba de que quienes fallaron seguramente no fueron fallaron seguramente no fueron los rectores por voluntad propia.los rectores por voluntad propia.

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ARGUMENTOSARGUMENTOS

2. 2. a nivel general existía duda, y poca a nivel general existía duda, y poca capacitación, de tal manera que no se capacitación, de tal manera que no se podía garantizar la efectividad en los podía garantizar la efectividad en los resultados, así mismo, los asesores resultados, así mismo, los asesores

contables de las Instituciones Educativas, contables de las Instituciones Educativas, tienen la tranquilidad que los resultados tienen la tranquilidad que los resultados

del avance del plan de mejoramiento del avance del plan de mejoramiento suscrito de la auditoria a la vigencia 2007, suscrito de la auditoria a la vigencia 2007, ya eran de comprobado conocimiento de ya eran de comprobado conocimiento de

La Contraloría de Bucaramanga, y en La Contraloría de Bucaramanga, y en ningún momento la información del ningún momento la información del

avance era para la fecha de febrero 28 del avance era para la fecha de febrero 28 del 2009, desconocida por el mismo ente de 2009, desconocida por el mismo ente de

controlcontrol. .

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ARGUMENTOSARGUMENTOS

3. 3. La capacitación brindada de la resolución La capacitación brindada de la resolución 0189 fue realizada en diciembre 12 de 2008, 0189 fue realizada en diciembre 12 de 2008,

y no duró mas de media hora, ya que el y no duró mas de media hora, ya que el asunto en sí fue mas la socialización de la asunto en sí fue mas la socialización de la

resolución que una capacitación con resolución que una capacitación con explicación de aspectos técnicos y sobre el explicación de aspectos técnicos y sobre el correcto diligenciamiento de los formatos correcto diligenciamiento de los formatos

4. 4. Al expedirse en octubre de 2008 la nueva Al expedirse en octubre de 2008 la nueva resolución de cuentas 00189, pasamos a resolución de cuentas 00189, pasamos a

diligenciar sesenta y cuatro (64) formatos, diligenciar sesenta y cuatro (64) formatos, de (8),que eran en su gran mayoría de (8),que eran en su gran mayoría

totalmente diferentes a los que venias totalmente diferentes a los que venias trabajando y presentando en las fechas trabajando y presentando en las fechas

estipuladas por la contraloría municipal.estipuladas por la contraloría municipal.

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ARGUMENTOSARGUMENTOS

5. Los Auditores y Profesionales 5. Los Auditores y Profesionales que que estaban al inicio de la vigencia designados estaban al inicio de la vigencia designados

por la Contraloría para aclarar dudas por la Contraloría para aclarar dudas siempre contestaban que prácticamente siempre contestaban que prácticamente

leyendo las instrucciones leyendo las instrucciones quedaba a criterio quedaba a criterio de los rectores decidir cuales formatos de los rectores decidir cuales formatos

aplicaban y cuales no.aplicaban y cuales no. 6. 6. como el periodo rendido era la vigencia como el periodo rendido era la vigencia

2008, el formato 24 y 24 A no aplicaban, 2008, el formato 24 y 24 A no aplicaban, ya que se había rendido en agosto de 2008 ya que se había rendido en agosto de 2008 el plan de mejoramiento y ya era de pleno el plan de mejoramiento y ya era de pleno

conocimiento del ente territorial que conocimiento del ente territorial que correspondía a la vigencia 2007 y no correspondía a la vigencia 2007 y no

vigencia 2008vigencia 2008

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Fundamentos de DerechoFundamentos de Derecho

Necesidad de la prueba:Necesidad de la prueba: Artículo 35 del Código Contencioso Administrativo.Artículo 35 del Código Contencioso Administrativo.

La Culpabilidad de la conducta:La Culpabilidad de la conducta: principio general de proscripción de la principio general de proscripción de la

responsabilidad objetivaresponsabilidad objetiva

Principio de Imparcialidad:Principio de Imparcialidad: Fallo de tutela Tutela T-330 de 12 de agosto de Fallo de tutela Tutela T-330 de 12 de agosto de

1993, con ponencia del Magistrado Alejandro 1993, con ponencia del Magistrado Alejandro Martínez Caballero.Martínez Caballero.

principio de igualdadprincipio de igualdad : : El artículo 13 de la Constitución PolíticaEl artículo 13 de la Constitución Política..