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CONAREME

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  • Curso: REALIDAD NACIONAL

    Docente: DRA. VANESSA MIRIAM SIAPO GUTIERREZ

    Alumnos: Alarcon Vera Nilger Cabanillas Perez Karen Gil Campos Milagros Pando Cabanillas Gretel Mera Gallardo Luz angelica Medrano Angeles Jean Paul Sanchez Coico Shirley Vasquez Dos Santos Julio

  • El Sistema Nacional de Residentado Mdico, es creado inicialmente por DS-055-75-SA, y normado posteriormente por los D.S. N 008-88-SA, RS N 002-2006-SA y D.S. N 010-2011-SA,a travs de las cuales se regula la formacin de especialistas mediante la modalidad de Residentado Mdico, en las facultades de medicina de las universidades del pas.

  • Establecer normas bsicas de calificacin de servicios y programas de Residentado (artculo N 13, inciso e) Evaluar cada dos aos y acreditar a los establecimientos de salud donde se desarrollan Programas de Residentado (artculo N 13, inciso k). Evaluar permanentemente al Sistema y a cada uno de los programas especficos (artculo 13, inciso f).

  • MISION

    Articula entidades formadoras y prestadoras de servicios de salud, que tiene por funcin la regulacin de la formacin de especialistas en medicina humana.VISIONSer un sistema concertado que articule de manera efectiva sus componentes para la planificacin y formacin de especialistas en medicina humana.

  • BASE LEGALResolucin N 1226-73-CONUPLey N 23733 - Ley Universitaria.Decreto Supremo N 008-88-SA, Normas Bsicas del Sistema Nacional de Residentado Mdico.Resolucin Suprema N 002-2006-SA Reglamento del Sistema Nacional de Residentado Mdico.Resolucin Suprema 013-2008-SA, que modifica el literal c) del artculo 17 de la Resolucin Suprema N 002-2006-SA.Decreto Supremo N 010-2011-SA, que modifica el artculo 9 del Decreto Supremo N 008-88- SA

  • TRANSPARENCIAGarantiza que el proceso se desarrolle con autonoma y con base en estndares previamente aprobados y conocidos por los participantes de la formacin de especialistas. CONFIABILIDADSe sustenta en la confianza de que el juicio de los evaluadores, la decisin de la Comisin de Autorizacin y el CONAREME, tendrn como fundamento los Estndares de Formacin e Institucionales

  • CALIDADLa Calidad del proceso de autorizacin implica que este se desarrolle con base en el cumplimiento ptimo de procedimientos y estndares internacionalmente aceptadosTICAEs el valor moral presente en losintegrantes de la Comisin de Autorizacin y en los integrantes de los equipos evaluadores para cumplir con veracidad el trabajo encomendado

  • Que por el Decreto Supremo N 036-86-SA de fecha 27 de Noviembre de 1986, se aprobaron las Normas Bsicas del Programa Nacional de Residentado Mdico.

    Que es conveniente perfeccionar las Normas Bsicas del Programa Nacional de ese Programa por la adopcin del criterio sistemtico

    Que conviene, asimismo, tomar en cuenta las recomendaciones hechas por el Comit Nacional de Residentado Mdico y principalmente por la Asociacin Peruana de Facultades de Medicina (ASPEFAM).

  • Aprobar las Normas Bsicas del Sistema Nacional de Residentado Mdico,

    DECRETA:

    determinarn la promocin de especialistas en Medicina Humana mediante la modalidad de Residentado Mdico, en las Facultades de Medicina de las Universidades del pas.

    rigen tambin en los convenios que celebran las Universidades con las instituciones de Servicios de Salud del Sector, los que sern aprobados por Resolucin Suprema a propuesta del Ministro de Salud

  • Universidades con estudios de Segunda Especializacin en Medicina Humana.

    Instituciones del Sector Salud: Ministerio de Salud, Instituto Peruano de Seguridad Social, Sanidades de las Fuerzas Armadas y Policiales, y entidades privadas que tengan convenio con la Universidad.

    Instituciones Representativas: Colegio Mdico del Per, Asociacin Peruana de Facultades de Medicina (ASPEFAM) y Mdicos Residentes.

  • El Director Tcnico de Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud. El Presidente de la Asociacin Peruana de Facultades de Medicina (ASPEFAM).

    El Director de cada Escuela, Seccin o Unidad de Postgrado de las Facultades de Medicina.

    Un representante por cada una de las Instituciones de Servicios de Salud donde se realicen Programas de Residentado Mdico

    Un representante del Colegio Mdico del Per, nombrado por su Consejo Nacional.

    Un personero de los Mdicos Residentes designado por los mismos.

  • Son funciones de la Asociacin Peruana de Facultades de Medicina (ASPEFAM): Formar parte del Comit Nacional de Residentado Mdico y de las Instancias correspondientes del Sistema Nacional de Residentado Mdico.

    Desarrollar las funciones propias de su institucin en lo concerniente a la Educacin Mdica.

  • Disposiciones complementarias finales del CONAREMEMinisterio de Salud, Regiones de Salud, EsSalud, las Sanidades de las Fuerzas Armadas, la Sanidad de la PNP y las entidades privadas, con las entidades formadoras Unidades, Secciones o Escuelas de Post Grado de las Facultades de Medicina Humana que correspondan y que son integrantes del Sistema Nacional de Residentado Mdico

  • Vacante LibreEs aquella vacante financiada por una entidad pblica o privada, prestadora de servicios de salud o no prestadora de servicios de salud.Vacante por DestaqueUn mdico con vnculo laboral permanente pblico o privado (solo para aquellos mdicos que cuenten con contrato aplazo indeterminado), quien debe cumplir con los requisitos exigidos por su respectiva institucin: Ministerio de Salud, Gobiernos Regionales, Es Salud y las Sanidades de las Fuerzas Armadas y Sanidad de la PNP

  • De las Fuerzas Armadas y Polica NacionalEs aquella vacante destinada exclusivamente a Mdicos asimilados, Mdicos civiles nombrados y Mdicos civiles contratados a plazo indeterminado Del Gobierno Regional en sedes del Ministerio de Salud en la ciudad de Lima.- Es aquella vacante en las sedes docentes de Lima Metropolitana destinada exclusivamente a Mdicos nombrados comprendidos en el Decreto Legislativo 276 de los Gobiernos Regionales (a travs de las Direcciones Regionales de Salud o sus equivalentes) Vacante Cautiva

  • Es aquella vacante en las sedes docentes de EsSalud destinada exclusivamente a Mdicos, comprendidos en el Decreto Legislativo 276 y contrato a plazo indeterminado Decreto Legislativo 728 que acrediten no menos de un ao de contrato a plazo indeterminado como mdico.Es aquella vacante destinada exclusivamente a mdicos que tienen vnculo laboral con una institucin prestadora de servicios de salud privada, con campos clnicos autorizados por CONAREMEEs aquella vacante destinada exclusivamente a mdicos extranjeros, quienes al concluir su especializacin retornarn a su pas de origen. Est modalidad es financiada por una Entidad desde el extranjero.Vacante Cautiva PrivadaVacante Modalidad Beca InternacionalVacante Cautiva

  • REQUISITOS DEL POSTULANTE no mayor de 3 meses. Ser mdico colegiado y estar habilitado para el ejercicio profesional por el Colegio Mdico del Per. Haber cumplido con la realizacin del SECIGRA o SERUMS.Gozar de buena salud fsica y mental, acreditada por los establecimientos del Sector Salud, con una antigedad

    Leer y comprender el idioma ingls, mediante certificado reconocido por la universidad a la que postula.

    Haber rendido el Examen Nacional de Medicina.

    CA COCURSO DE INGRESO AL RESIDENTADO Y DE LOS POSTULANTES

  • DOCUMENTOS A PRESENTARSolicitud de postulacin dirigida al Director de la Escuela, Seccin o Unidad de Postgrado de la Facultad de Medicina de la respectiva Universidad, Constancia de registro y habilidad profesional expedida por el Colegio Mdico del Per. Copia autentificada del ttulo por la Secretaria General de la Universidad de origen Certificado original de promedio promocional ponderado, excluyendo el internado. Resolucin de (SECIGRA) o de SERUMSCertificado mdico de salud fsica y certificado mdico de salud mental, Certificado de lectura y comprensin del idioma ingls, Constancia de haber rendido el Examen Nacional de Medicina. Declaracin Jurada notarial sobre la autenticidad de los documentos presentados Tres (3) fotografas de frente a color fondo blanco, tamao carn.

  • REGLAMENTO DE TITULACIN En el Per, el acceso a las especialidades mdicas por la modalidad escolarizada est normado por la Ley Universitaria, el Decreto Supremo 008-88SA y su Reglamento, la Resolucin Suprema 0022006-SA

  • DEFINICIN

  • OBJETIVOS Establecer las normas y procedimientos de orden general para el otorgamiento del Ttulo de Mdico Especialista por la Modalidad de Evaluacin por Competencias. Establecer el procedimiento general para la Titulacin de los Mdicos que habiendo terminado la formacin escolarizada de segunda especialidad, no han obtenido el ttulo de especialista en el plazo otorgado por su Facultad y cumplan los requisitos establecidos en el presente reglamento Atender las necesidades acadmicas de los mdicos que han adquirido la especialidad en el extranjero por modalidad escolarizada y cuyo ttulo no es revalidable, segn las normas nacionales vigentesEstablecer el procedimiento general para la Titulacin de Segunda Especialidad para los profesionales con ttulo de Mdico-Cirujano que no - realizaron estudios de Residentado Mdico

  • BASE LEGALLey Universitaria 23733

    B. Decreto Supremo 008-88-SA: Normas Bsicas del Sistema Nacional de Residentado Mdico

    C. Resolucin Suprema 002-2006-SA: Reglamento del Sistema Nacional de Residentado Mdico

    D. Estndares Mnimos de Formacin para los Programas de Segunda Especializacin en Medicina, aprobados por el Comit Nacional de Residentado Mdico CONAREME E. Estatuto de ASPEFAM

    F. Reglamento de la Asamblea Nacional de Rectores.

  • REPRESENTANTES

    INSTITUCIN RECTORA01. DR. MANUEL NUEZ VERGARADGGDRH, MINSA - PRESIDENTEINSTITUCIONES FORMADORAS EN RESIDENTADO MDICO02. DR. JUAN VILLENA VIZCARRAREP. UNMSM03. DR. NAZARIO CARRASCO IZQUIERDOREP. UNFV04. DR. JOS PASTOR ABARCAREP. UNAS05. DRA. NORA BECERRA SNCHEZREP. UNT06. DR. EDUARDO PAREDES BODEGASREP. UPCH07. DRA. ROSA FALCON SANDOVALREP. USMP

  • INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD08. DR.GASTN BARNECHEA LANDAREP. SEDES DOCENTES DE ESSALUD09. DRA. JANET OSORIO DEL CASTILLOREP. SEDES DOCENTES DE ESSALUD10. DR. LUIS DULANTO MONTEVERDEREP.SEDES DOCENTES DELMINSA11. DRA. HILDA ADELAIDA GUERRERO ORTIZREP.SEDES DOCENTES GOBIERNOS REGIONALES DE SALUD12. DR. JUAN CARLOS MEZA GARCAREP. SEDES DOCENTES SANIDADES MINISTERIO DE DEFENSA13. DR. GUILLERMO PINO INFANTEREP. SEDES DOCENTES SANIDADES MINISTERIO DEL INTERIOR INSTITUCIONES REPRESENTATIVAS14. DR. MANUEL HUAMAN GUERREROREP. ASPEFAM15. DRA. ROSA MARA VELASCO VALDERASREP. CMP16. DR. CSAR MANUEL VELAZCO BONZANOREP. ANMRPDR. FERNANDO JESS CERNA IPARRAGUIRRESECRETARIO EJECUTIVO

  • COMISIONES DE CONAREME

    COMISIN DE AUTORIZACIN DE CAMPOS CLNICOSInstitucinCargoREP. SEDES DOCENTES DE ESSALUDPRESIDENTEREP. DIRECCIN GENERAL DE GESTIN DEL DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS MINSAMIEMBROREP. USMPMIEMBROREP. UNTMIEMBROREP. SEDES DOCENTES SANIDADES DEL MINISTERIO DEL INTERIORMIEMBRO

  • COMISIONES DE CONAREME

    COMISIN DE COORDINACIN Y MONITOREO DE COMITS HOSPITALARIOSInstitucinCargoREP. CMPPRESIDENTEREP SEDES DOCENTES DEL MINSAMIEMBROREP. SEDES DOCENTES DE ESSALUDMIEMBROREP. UNMSMMIEMBROREP. SEDES DOCENTES SANIDADES MINISTERIO DE DEFENSAMIEMBROREP GOBIERNOS REGIONALESMIEMBROREP. ANMRPMIEMBRO

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