MUNICIPALIDAD DE MORÓN - Partido de Morón · MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DECRETO Nº 363/2017...

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – SUMARIO DECRETOS Pag. 04 -23 DECRETO Nº 343/2017 Desígnase a partir del día 1º de Junio del año 2017, al Sr. Rubén Treus (D.N.I. Nº 11.735.402), en el cargo de Director Administrativo del Hospital de Morón, dependiente de la Secretaría de Salud, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor. Desígnase a partir del día 16 de Mayo del año 2017, al Sr. Marcelo Daniel Kaniucki (D.N.I. Nº 12.013.061), en el cargo de Director General Hospital de Morón, dependiente de la Secretaría de Salud, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor. Desígnase a partir del día 1º de Junio del año 2017, al Sr. Gustavo Nicolás Mirabella (D.N.I. Nº 38.104.795), en el cargo de Director General de Coordinación, dependiente de la Secretaría de Salud, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor. DECRETO Nº 344/2017 Apruébese la Licitación Pública Nº 14/2017 por la cual tramita la “Provisión y Distribución en el marco del programa de Servicio Alimentario Escolar (SAE) Zona A” DECRETO Nº 345/2017 Desígnase al Sr. Adrián Flores en el cargo de Secretario de Gobierno. DECRETO Nº 346/2017 Autorízase el llamado a Licitación Pública Nº 20/2017, referente a la “Ejecución de la obra Centralidad El Palomar –Etapa I –Renovación de la callle Pedernera –Terrenos linderos al ferrocarril San Martín y calle Itacumbú y Acceso a la estación ferroviaria El Palomar¨ DECRETO Nº 347/2017 Autorízase el llamado a Licitación Pública Nº 19/2017, referente a la ¨Centralidad Haedo 1ra Etapa, Renovación de las Calles Remedios de Escalada, Perito Moreno, Marcos Sastre, José Manuel Estrada y Acceso Ramal Temperley¨ DECRETO Nº 348/2017 Ordénase la Suspensión Preventiva de la agente Vázquez Isabel DECRETO Nº 349/2017 Ordenanza Nº 18223/17, Declárase de Interés Municipal la “Liga Argentina de Voleibol 2016-2017” organizada por la Asociación de Clubes de Voley (ACLAV). DECRETO Nº 350/2017 Ordenanza Nº 18139/17, Condónase al Obispado de Morón el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales DECRETO Nº 351/2017 Ordenanza Nº 18137/17, Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir Convenio con el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires DECRETO Nº 352/2017 Ordenanza Nº 18132/17, Establécese a partir del 1° de abril de 2017 el sueldo básico del SUMS DECRETO Nº 353/2017 Ordenanza Nº 18138/17, Apruébase el Acta Acuerdo del día 21 de abril de 2017 con el Sindicato de Trabajadores Municipales de Morón, Ituzaingó y Hurlingham DECRETO Nº 354/2017 Ordenanza Nº 18230/17, Modifícase a partir del 1º de mayo de 2016, el artículo 1º de la Ordenanza 17010/15 DECRETO Nº 355/2017 Ordenanza Nº 18231/17, Declárase de Legítimo Abono el crédito reconocido a Urbaser S.A. Unión Transitoria de Empresas, por la variación de precios de la recolección de servicios domiciliarios DECRETO Nº 356/2017 Ordenanza Nº 18229/17, Declárase de Legítimo Abono la deuda reconocida a favor de IECSA S.A. DECRETO Nº 357/2017 Apruébase el Balance de Economías y Demasías DECRETO Nº 358/2017 Autorízase el llamado a Licitación Pública Nº 21/2017, para la “Provisión y Coloción de Reductores de Velocidad Vial, en distintas calles del Partido de Morón”. DECRETO Nº 359/2017 Desestímanse las propuestas recibidas para Licitación Pública 6/17 DECRETO Nº 360/2017 Adecuaciones de Presupuestaria DECRETO Nº 361/2017 Adecuaciones de Presupuestaria DECRETO Nº 362/2017 Reconócese con carácter de Organización Social de la Comunidad a la Asociación Civil sin fines de lucro denominada “La Hermosa de El Palomar”. d la BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 1

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

SUMARIO

DECRETOS Pag. 04 -23

DECRETO Nº 343/2017 Desígnase a partir del día 1º de Junio del año 2017, al Sr. Rubén Treus (D.N.I. Nº 11.735.402), en el cargo de Director Administrativo del Hospital de Morón, dependiente de la Secretaría de Salud, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor. Desígnase a partir del día 16 de Mayo del año 2017, al Sr. Marcelo Daniel Kaniucki (D.N.I. Nº 12.013.061), en el cargo de Director General Hospital de Morón, dependiente de la Secretaría de Salud, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor. Desígnase a partir del día 1º de Junio del año 2017, al Sr. Gustavo Nicolás Mirabella (D.N.I. Nº 38.104.795), en el cargo de Director General de Coordinación, dependiente de la Secretaría de Salud, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor.

DECRETO Nº 344/2017 Apruébese la Licitación Pública Nº 14/2017 por la cual tramita la “Provisión y Distribución en el marco del programa de Servicio Alimentario Escolar (SAE) Zona A”

DECRETO Nº 345/2017 Desígnase al Sr. Adrián Flores en el cargo de Secretario de Gobierno.

DECRETO Nº 346/2017 Autorízase el llamado a Licitación Pública Nº 20/2017, referente a la “Ejecución de la obra Centralidad El Palomar –Etapa I –Renovación de la callle Pedernera –Terrenos linderos al ferrocarril San Martín y calle Itacumbú y Acceso a la estación ferroviaria El Palomar¨

DECRETO Nº 347/2017 Autorízase el llamado a Licitación Pública Nº 19/2017, referente a la ¨Centralidad Haedo 1ra Etapa, Renovación de las Calles Remedios de Escalada, Perito Moreno, Marcos Sastre, José Manuel Estrada y Acceso Ramal Temperley¨

DECRETO Nº 348/2017 Ordénase la Suspensión Preventiva de la agente Vázquez Isabel

DECRETO Nº 349/2017 Ordenanza Nº 18223/17, Declárase de Interés Municipal la “Liga Argentina de Voleibol 2016-2017” organizada por la Asociación de Clubes de Voley (ACLAV).

DECRETO Nº 350/2017 Ordenanza Nº 18139/17, Condónase al Obispado de Morón el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 351/2017 Ordenanza Nº 18137/17, Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir Convenio con el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires

DECRETO Nº 352/2017 Ordenanza Nº 18132/17, Establécese a partir del 1° de abril de 2017 el sueldo básico del SUMS

DECRETO Nº 353/2017 Ordenanza Nº 18138/17, Apruébase el Acta Acuerdo del día 21 de abril de 2017 con el Sindicato de Trabajadores Municipales de Morón, Ituzaingó y Hurlingham

DECRETO Nº 354/2017 Ordenanza Nº 18230/17, Modifícase a partir del 1º de mayo de 2016, el artículo 1º de la Ordenanza 17010/15

DECRETO Nº 355/2017 Ordenanza Nº 18231/17, Declárase de Legítimo Abono el crédito reconocido a Urbaser S.A. Unión Transitoria de Empresas, por la variación de precios de la recolección de servicios domiciliarios

DECRETO Nº 356/2017 Ordenanza Nº 18229/17, Declárase de Legítimo Abono la deuda reconocida a favor de IECSA S.A.

DECRETO Nº 357/2017 Apruébase el Balance de Economías y Demasías

DECRETO Nº 358/2017 Autorízase el llamado a Licitación Pública Nº 21/2017, para la “Provisión y Coloción de Reductores de Velocidad Vial, en distintas calles del Partido de Morón”.

DECRETO Nº 359/2017 Desestímanse las propuestas recibidas para Licitación Pública 6/17

DECRETO Nº 360/2017 Adecuaciones de Presupuestaria

DECRETO Nº 361/2017 Adecuaciones de Presupuestaria

DECRETO Nº 362/2017 Reconócese con carácter de Organización Social de la Comunidad a la Asociación Civil sin fines de lucro denominada “La Hermosa de El Palomar”. d la

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 1

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

DECRETO Nº 363/2017 Otorgáse lincencia por enfermedad al agente Belleri Maximiliano Rubén y Desígnase interinamente al Cdor. Sainz Luis Jaime, en el cargo Tesorero Municipal

DECRETO Nº 364/2017 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 365/2017 Declárase de Interés Municipal la 3° Exposición de Proveedores de la Industria Metalmecánica y Agropecuaria “EXPIMA 2017”

DECRETO Nº 366/2017 Fíjase la Caja Chica de la Dirección de Obras Particulares y Créase la Caja Chica de la Secretaría de Medios

DECRETO Nº 367/2017 Reconócese con carácter de Organización Social de la Comunidad a la Asociación Civil sin fines de lucro denominada “El Arte de Mediar Asociación Civil”.

DECRETO Nº 368/2017 Reconócese con carácter de Organización Social de la Comunidad a la Asociación Civil sin fines de lucro denominada “Enciende Una Vida”, con domicilio legal en la Avenida Marconi Nº 2765 de la Localidad de El Palomar.

DECRETO Nº 369/2017 Autorízase la distribución de montos remanentes correspondientes al Fondo de Fortalecimiento Institucional aprobado por Ordenanza Nº 17.494

DECRETO Nº 370/2017 Declárase de Interés Municipal el evento 2º Encuentro Regional “Presente y Futuro de la Mediación Comunitaria en Argentina”, experiencias y desafíos de las Regiones Cuyo-Centro.

DECRETO Nº 371/2017 Intégrase la nómina de Mayores Contribuyentes

DECRETO Nº 372/2017 Ordenanza Nº 18225/17, Declárase de Legítimo Abono el crédito reconocido a favor de los agentes: Javier Pedro Nero, Sergio Vaz Gil, Carlos Ortega, Alejandro Botto, Roberto Tesoro y Elías Albino

DECRETO Nº 373/2017 Autorízase la distribución de montos remanentes correspondientes al Fondo de Fortalecimiento Institucional aprobado por Ordenanza Nº 17.494

DECRETO Nº 374/2017 Créase las caja chica de la dependencia Dirección de Administración de Bienes Físicos

DECRETO Nº 375/2017 Derógase el Decreto Nº 490/2016 y sus modificatorios Decreto Nº 640/2016 y Decreto Nº 1/2017, y cualquier otra norma que se oponga al presente.Reglaméntanse los artículos 34º, 35º, 36º, 37º, 43º, 48º, 62º, 79º bis, 82º, 84º, 90º, 98º, 120º y 170º de la Ordenanza Nº 17393/2015; y los artículos 47º, 59º, 76º, 77º, 79º, 88º, 132º, 141º, 141º bis y 152º de la Ordenanza Nº 17393/2015 modificada por la Ordenanza Nº 18046/2016, conforme texto ordenado por Decreto Nº 104/17.

DECRETO Nº 376/2017 Autorízase al Contador General, Cdor. Gabriel Enrique Bernini, a hacer uso de licencia ordinariaOtórguese interinamente a la Contadora Natalia Florencio las funciones de Contador General

DECRETO Nº 377/2017 Decreto Sintetizado

RESOLUCIONES ORDENANZAS Pag. 23 - 26

RESOLUCION Nº 564/2017 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18121/17, Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar a los Sres. Francisco Luis Pagg D.N.I. Nº 11.420.518 y Edgardo Roberto Pagg D.N.I. Nº 12.771.756 el Uso del Suelo para el rubro “Autoservicio” de la propiedad sita en la calle Bruno de Zabala Nº 1347/49/51 de la Ciudad de Castelar

RESOLUCION Nº 565/2017 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18122/17, Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Cristian Ariel Olivello D.N.I. Nº 25.149.280 el Uso del Suelo para el rubro “Cancha de Fútbol y Local Comercial” de la propiedad sita en la calle Intendente Agüero Nº 975 de la Ciudad de Morón.

RESOLUCION Nº 566/2017 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18130/17, la presente Ordenanza tiene por objeto regular la prohibición de quema de residuos sólidos urbanos.”

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 2

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

RESOLUCIONES Pag. 26 - 33

RESOLUCIONES H.C.D. Pag. 33 - 38

DECRETOS H.C.D Pag. 38 - 40

DECRETOS PRESIDENCIA H.C.D Pag. 40

RESOLUCIONES SINTETIZADAS Pag. 40 - 43

DECRETOS SINTETIZADOS Pag. 43 - 45

El presente trabajo es elaborado por:

Secretaria de Gobierno

Subsecretaria de Legal y Técnica

Dirección de Decretos y Registro

Dependiente del

Sr. Intendente Ramiro Tagliaferro

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 3

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

DECRETOS

DECRETO Nº 343/2017Morón, 16 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorios, el Decreto Nº 171/17 D.E., los expedientes Nº 4079-14507/17-0 D.E., Nº 4079-14591/17-0 D.E. y,CONSIDERANDO:Que por Decreto Nº 171/17, se modificó la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo, constituyendo la Secretaría de Salud, una de las dependencias orgánico funcionales que conforma el Departamento Ejecutivo.Que el Sr. Rubén Treus resulta ser el funcionario idóneo para el desempeño de las tareas inherentes a la Dirección Administrativa del Hospital de Morón.Que el Sr. Marcelo Daniel Kaniucki resulta ser el funcionario idóneo para el desempeño de las tareas inherentes a la Dirección General Hospital de Morón.Que el Sr. Gustavo Nicolás Mirabella resulta ser el funcionario idóneo para el desempeño de las tareas inherentes a la Dirección General de Coordinación.Que ha tomado debida intervención la Subsecretaría Legal y Técnica.Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley Nº 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase a partir del día 1º de Junio del año 2017, al Sr. Rubén Treus (D.N.I. Nº 11.735.402), en el cargo de Director Administrativo del Hospital de Morón, dependiente de la Secretaría de Salud, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor. ARTÍCULO 2º.- Desígnase a partir del día 16 de Mayo del año 2017, al Sr. Marcelo Daniel Kaniucki (D.N.I. Nº 12.013.061), en el cargo de Director General Hospital de Morón, dependiente de la Secretaría de Salud, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor. ARTÍCULO 3º.- Desígnase a partir del día 1º de Junio del año 2017, al Sr. Gustavo Nicolás Mirabella (D.N.I. Nº 38.104.795), en el cargo de Director General de Coordinación, dependiente de la Secretaría de Salud, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor. ARTÍCULO 4º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Gobierno.ARTÍCULO 5º.- Dése al Registro de Decretos y comuníquese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Adrián Flores

* * *DECRETO Nº 344/2017

Morón, 19 de Junio de 2017VISTO;La Ley Orgánica de Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58- y sus modificatorios, reglamento de Contabilidad de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el Exte. 1734/17 CONSIDERANDO:Conforme se encuentra contemplado en el artículo 151 del Decreto Ley Nº 6769/58, las compras y contrataciones deben ser tramitadas bajo la modalidad de Licitación Pública.Que considerando el presupuesto oficial estimado en Pesos Treinta Millones ($30.000.000,00), se autorizó el llamado a la Licitación Pública Nº 14/2017, referente a la “Provisión y Distribución en el marco del programa de Servicio Alimentario Escolar (SAE), Zona A”, cuyos Pliegos de Bases y condiciones Generales y Particulares, fueron aprobados por el Decreto Nº 177/2017Que se da cumplimiento a lo indicado en el plexo normativo de aplicación en relación a las publicaciones, invitaciones y comunicaciones a fin de honrar el principio de igualdad y concurrencia;Que con fecha 15 de Mayo del año en curso, se procedió a realizar la apertura de sobres a las 11:00 Hs., desprendiéndose del acta pertinente que se han presentado a

cotizar dos (2) oferentes a saber: 1) EQUIS QUINCE S.A. 2) COOKERY S.A.Que se ha emitido circulares de la índole aclaratoria con consulta, sin consulta y circular modificatoria, las cuales han sido notificadas a cada uno de los que han adquirido los pliegos.Que incorporado las ofertas a los presentes actuados, la Dirección de Compras y Contrataciones ha dado inmediata intervención a la Comisión de Preadjudicaciones.Que a la luz de lo expuesto, tomó intervención la comisión de preadjudicaciones a fin de evaluar la totalidad de la documentación y emitir el correspondiente Dictamen.Que dicho Dictamen ha sido notificado a todos los oferentesQue se ha verificado que los responsables de la firma cuya preadjudicación se propició no registran anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;Que la Comisión de Preadjudicaciones ha emitido dictamen entendiendo que en base a los antecedentes técnicos y legales, y el cumplimiento de los lineamientos exigidos en el Pliego de marras, corresponde la adjudicación según Dictamen mencionado.Que ha tomado intervención la subsecretaria Legal y Técnica de la Municipalidad de MorónPor ello en virtud de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades,EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETAARTICULO 1º: Apruébese la Licitación Pública Nº 14/2017 por la cual tramita la “Provisión y Distribución en el marco del programa de Servicio Alimentario Escolar (SAE) Zona A”ARTICULO 2º: Adjudíquese a la firma EQUIS QUINCE S.A. CUIT 33-70782281-9 con domicilio legal en la calle Asunción Nº 4430, Ciudadela Provincia de Buenos Aires, por la suma de pesos treinta millones ($30.000.000,00). ARTICULO 3º: Deleguese en la Dirección de Compras y Contrataciones la facultad de realizar los actos tendientes a la ejecución de la Licitación aprobada en el Artículo 1º.ARTICULO 4º: Autorizase a la Dirección de Compras y Contrataciones a emitir correspondientes Órdenes de Compra y a proceder a la devolución de las garantías de oferta de las firmas que no resultaron adjudicadas de conformidad con lo dispuesto por el artículo 176 del Reglamento de Contabilidad de los Municipios de la Provincia de Buenos Aires.ARTICULO 5º: La contaduría General está autorizada a emitir la orden de pago según la forma establecida en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, imputando el gasto de la Unidad Ejecutora 45, fuente de Financiamiento 132, según solicitud de Gastos 1734/2017ARTÍCULO 6: El presente Decreto es refrendado por el Sr. Secretario de Jefatura de Gabinete y el Sr. Secretario de Políticas Sociales y Abordajes IntegralesARTICULO 7: Regístrese. Notifíquese a los interesados. Pase, para demás efectos, a la Secretaría de Economía y Finanzas. Cumplido, publíquese en el boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroFernando A. Cid – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 345/2017

Morón, 19 de Junio de 2017VISTO; El Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorios, y,CONSIDERANDO:Que la Secretaría de Gobierno, constituye una de las dependencias orgánico funcionales que conforman la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo.Que el funcionario idóneo para desempeñar las misiones y funciones de dicha Secretaría, resulta ser el Sr. Adrián Flores, razón por la cual corresponde sea designado en el respectivo cargo. Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley Nº 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello;EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º.- Desígnase a partir del día 19 de Junio de 2017, al Sr. Adrián Flores (D.N.I. Nº 21.131.088), en el cargo

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 4

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

de Secretario de Gobierno, con una carga horaria de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor.ARTÍCULO 2º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 346/2017

Morón, 19 de Junio de 2017VISTO;La Ley Orgánica de las Municipalidades -Decreto-Ley Nº 6769/58- y sus modificatorios-, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el Convenio Nº 249/17, el Expediente Nº 4079-14307/17-0 D.E., la Solicitud de Pedido Nº 2514/17CONSIDERANDO:Que por expediente citado en el Visto, tramita la Licitación Pública Nº 20/2017 referente a la “Ejecución de la obra Centralidad El Palomar –Etapa I –Renovación de la callle Pedernera –Terrenos linderos al ferrocarril San Martín y calle Itacumbú y Acceso a la estación ferroviaria El Palomar”; solicitado por la Secretaría de Planificación Estratégica, con intervención de la Dirección de Planificación Urbana.Que de acuerdo al Convenio Registrado bajo el Nº 249/17, Convenio de Cooperación y Financiación para la ejecución de la obra “Área Central 1 Etapa – El Palomar”, firmado entre el Municipio de Morón y la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio del Interior, Obras Publicas y Vivienda, la mencionada Secretaría se compromete al financiamiento de la ejecución de la citada Obra.Que el artículo 132° del Decreto Ley N° 6769/58 establece que la ejecución de las obras públicas corresponde al Departamento Ejecutivo.Que el artículo 133° del Decreto Ley N° 6769/58 y la Resolución N° 95/16 del Ministerio de Gobierno reglamentan las modalidades de contratación de acuerdo a la justipreciación de las obras.Que, mediante Decreto N° 227/16, se aprobaron las Cláusulas Generales al Pliego de Bases y Condiciones Generales que rige el presente proceso.Que la Secretaría de Planificación Estratégica, en su calidad de área técnica ha adjuntado la respectiva documentación licitatoria.Que, asimismo, motiva a la realización de la obra, la necesidad de poner en valor y re funcionalidad del espacio público de un parque lineal verde que abarca desde Urquiza hasta la estación de tren, a fin de reactivar la zona generando un paseo saludable y agregándole valor a las calles intervinientes, tal como se expone en el Informe Técnico confeccionado para el cual se ha fijado como presupuesto oficial la suma de de Pesos Veintinueve Millones Novecientos Setenta Mil Doscientos Treinta y Nueve.- ($ 29.970.239.-).Que, en consonancia con lo normado por el artículo 142 del Decreto Ley N° 6769/58 la presente licitación se dará a conocer mediante publicaciones en el “Boletín Oficial” y en un diario o periódico de distribución local, y en la Cartelera de la Dirección de Compras y Contrataciones.Que la Dirección de Compras y Contrataciones y la Dirección de Control de Procedimiento han intervenido conforme su competencia.Que el presente procedimiento cuenta con el respaldo presupuestario correspondiente. Que, ha tomado la debida intervención la Subsecretaría Legal y Técnica. Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébense los Pliegos de Bases y Condiciones, sus anexos, Especificaciones Técnicas y demás documentación que regirá la presente Licitación Pública, que a todo efecto forma parte integrante del presente.-ARTÍCULO 2º.- Autorízase el llamado a Licitación Pública Nº 20/2017, referente a la “Ejecución de la obra Centralidad El Palomar –Etapa I –Renovación de la callle Pedernera –Terrenos linderos al ferrocarril San Martín y calle Itacumbú y Acceso a la estación ferroviaria El Palomar¨ solicitado por la

Secretaría de Planificación Estratégica, con intervención de la Dirección de Planificación Urbana, según el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Técnico, por un presupuesto oficial de Pesos Veintinueve Millones Novecientos Setenta Mil Doscientos Treinta y Nueve.- ($ 29.970.239.-).-ARTÍCULO 3º.- Establécese que los Pliegos de Bases y Condiciones se suministrarán en forma gratuita.ARTÍCULO 4º.- Facúltase a la Directora de Compras y Contrataciones a emitir Circulares Aclaratorias y/o ampliatorias sobre la documentación aprobada en el Artículo 1º del presente Decreto, siempre que no implique la modificación del Pliego de Bases y Condiciones de aplicación.ARTÍCULO 5º.- Dése a conocer la presente licitación mediante la Dirección de Compras y Contrataciones a través de publicaciones en el “Boletín Oficial” y en un diario o periódico de distribución local en los términos de lo normado por el artículo 142 del Decreto Ley N° 6769/58, y en la Cartelera de dicha Dirección.ARTÍCULO 6º.- Establécese que el gasto emergente de la presente licitación debe ser imputado a las partidas específicas del presupuesto para el Ejercicio Financiero vigente. ARTÍCULO 7º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Planificación Estratégica y de Jefatura de Gabinete.-ARTÍCULO 8º.- Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Leandro Ugartemendia

* * *DECRETO Nº 347/2017

Morón, 19 de Junio de 2017VISTO;La Ley Orgánica de las Municipalidades -Decreto-Ley Nº 6769/58- y sus modificatorios-, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el Convenio Nº 346/16, el Expediente Nº 4079-14395/17-0 D.E. (II Cuerpos), la Solicitud de Pedido Nº 2514/17 y,CONSIDERANDO:Que por expediente citado en el Visto, tramita la Licitación Pública Nº 19/2017 referente a la Ejecución de la obra ¨Centralidad Haedo 1ra Etapa, Renovación de las calles Remedios de Escalada, Perito Moreno, Marcos Sastre, José Manuel Estrada y Acceso Ramal Temperley; solicitado por la Secretaría de Planificación Estratégica, con intervención de la Dirección de Planificación Urbana.Que el artículo 132 del Decreto Ley N° 6769/58 establece que la ejecución de las obras públicas corresponde al Departamento Ejecutivo.Que el artículo 133 del Decreto Ley N° 6769/58 y la Resolución N° 95/16 del Ministerio de Gobierno reglamentan las modalidades de contratación de acuerdo a la justipreciación de las obras.Que, mediante Decreto N° 227/16, se aprobaron las Cláusulas Generales al Pliego de Bases y Condiciones Generales que rige el presente proceso.Que la Secretaría de Planificación Estratégica, en su calidad de área técnica ha adjuntado la respectiva documentación licitatoria.Que, motiva a la realización de la obra, la renovación de las calles mencionadas, para la cual se ha fijado como presupuesto oficial la suma de Pesos Cuarenta y Tres Millones Seiscientos Sesenta y Cinco Mil Ciento Cuarenta y Tres con 46/100 ($ 43.665.143,46.-).Que, en consonancia con lo normado por el artículo 142 del Decreto Ley N° 6769/58 la presente licitación se dará a conocer mediante publicaciones en el “Boletín Oficial” y en un diario o periódico de distribución local, y en la Cartelera de la Dirección de Compras y Contrataciones.Que el presente procedimiento cuenta con el respaldo presupuestario correspondiente. Que, ha tomado la debida intervención la Subsecretaría Legal y Técnica. Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello;EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

ARTÍCULO 1º.- Apruébense los Pliegos de Bases y Condiciones, sus anexos, Especificaciones Técnicas y demás documentación.ARTÍCULO 2º.- Autorízase el llamado a Licitación Pública Nº 19/2017, referente a la ¨Centralidad Haedo 1ra Etapa, Renovación de las Calles Remedios de Escalada, Perito Moreno, Marcos Sastre, José Manuel Estrada y Acceso Ramal Temperley¨; solicitado por la Secretaría de Planificación Estratégica, con intervención de la Dirección de Planificación Urbana, según el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Técnico, por un presupuesto oficial de Pesos Tres Millones Seiscientos Sesenta y Cinco Mil Ciento Cuarenta y Tres con 46/100 ($ 43.665.143,46.-).ARTÍCULO 3º.- Establécese que los Pliegos de Bases y Condiciones se suministrarán en forma gratuita.ARTÍCULO 4º.- Facultase a la Directora de Compras y Contrataciones a emitir Circulares Aclaratorias y/o ampliatorias sobre la documentación aprobada en el artículo 1º del presente Decreto, siempre que no implique la modificación del Pliego de Bases y Condiciones de aplicación.ARTÍCULO 5º.- Dése a conocer la presente licitación mediante la Dirección de Compras y Contrataciones a través de publicaciones en el “Boletín Oficial” y en un diario o periódico de distribución local en los términos de lo normado por el artículo 142 del Decreto Ley N° 6769/58, y en la Cartelera de dicha Dirección.ARTÍCULO 6º.- Establécese que el gasto emergente de la presente licitación debe ser imputado a las partidas específicas del presupuesto para el Ejercicio Financiero vigente. ARTÍCULO 7º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Planificación Estratégica y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 8º.- Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Leandro Ugartemendia

* * *

DECRETO Nº 348/2017Morón, 19 de Junio de 2017

VISTO; La Ley Nº 14.656, los Decretos Nº 784/2016 D.E., Nº 194/2017 D.E., N° 273/2017 D.E., el expediente Nº 4079-12516/17-0 D.E. y, CONSIDERANDO:Que por Decreto Nº 273/17 con fecha 19 de Marzo del año 2017, se ordenó la instrucción de Sumario Administrativo con el objeto de proceder a instruir la correspondiente investigación de los hechos acaecidos en el Hospital Municipal de Morón “Ostaciana B. de Lavignole” a efectos de dilucidar la responsabilidad administrativa de la agente Vázquez Isabel, quien revista en la Planta de Personal Permanente, prestando servicios en la Dirección de Defensa Civil, dependiente de la Subsecretaría de Control y Convivencia Urbana, perteneciente a la Secretaría de Gobierno.Que ante el incumplimiento de sus funciones de vigilancia en el Hospital Muncipal, y teniendo en cuenta que sumado a los hechos que dieren origen a la orden de sumario, a fs. 21/23 se informa la reiteración de hechos de idéntica naturaleza que involucra a la mencionada agente; se entiende que se encuentran reunidos los elementos para disponer la Suspensión Preventiva de la misma, con carácter cautelar por el plazo de sesenta (60) días y sin goce de haberes, con basamento en los Artículos 33 y subsiguientes de la Ley Nº 14.656 y Decreto Nº 784/16, y sin que ello implique de manera alguna expedirse sobre el fondo de la cuestión que originan estas actuaciones, puesto que la reiteración en el incumplimiento de sus funciones inciden en el normal servicio de la Administración.Que la suspensión cautelar, de estricto carácter discrecional, de un todo en consonancia con la normativa vigente en la materia, doctrina y jurisprudencia imperante, permite desde que se ordena la sustanciación de sumario administrativo o durante la instrucción del mismo y conforme la evaluación de los hechos que el titular del Departamento Ejecutivo pueda suspender preventivamente al agente “prima facie” incurso en falta con basamento necesario en el esclarecimiento de los hechos y/o cuando la permanencia del trabajador sea incompatible con el estado de las actuaciones o con el tipo de tareas que desarrolla.

Que teniendo en cuenta la gravedad y reiteración de los hechos resulta procedente el alejamiento transitorio de la agente -con carácter cautelar- del servicio activo.Que ello encuentra basamento en que la medida no importa prejuzgamiento alguno y resulta procedente en virtud de su razonabilidad y de la entidad de los hechos a investigar. Medida esta que corresponde sea dispuesta sin goce de haberes, teniendo en cuenta que si bien existe en la nueva normativa ausencia de previsión legal al respecto, de su análisis y alcance -suspensión- y su implementación que importa la separación del agente del servicio, el cumplimiento de esa prestación -que no se da en el caso de suspendérselo preventivamente- es condicionante para el pago de haberes-. Tampoco se afecta derecho alguno, pues se diferirá el pago de las remuneraciones hasta la finalización del sumario administrativo y, según la medida disciplinaria que se aplique o la absolución o sobreseimiento, conllevará la devolución de los retenidos.Que de acuerdo a las previsiones del Artículo 108 Inciso 9º) del Decreto Ley Nº 6769/58, constituye una función y deber del Departamento Ejecutivo aplicar las medidas disciplinarias que correspondan con arreglo a las leyes y ordenanzas sobre personal.Que ha tomado debida intervención la Dirección de Recursos Humanos y la Subsecretaria Legal y Técnica.Que a la luz de lo peticionado por la Dirección de Recursos Humanos a fs. 03 y los hechos traído a conocimiento de este órgano,resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley Nº 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello;EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º.- Ordénase la Suspensión Preventiva de la agente Vázquez Isabel (Legajo Nº 115162/00), quien revista dentro de la Planta de Personal Permanente, cumpliendo funciones en la Dirección de Defensa Civil, dependiente de la Subsecretaría de Control y Convivencia Urbana, perteneciente a la Secretaría de Gobierno, por el plazo de sesenta (60) días y sin goce de haberes.ARTÍCULO 2º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios Economía y Finanzas y de Gobierno.ARTÍCULO 3º.- Dése al Registro de Decretos. Comuníquese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Adrián Flores

* * *DECRETO Nº 349/2017

Morón, 21 de Junio de 2017VISTO;La Ordenanza Nº 18223/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 8 de Junio del año 2017, el expediente Nº 4079-14813/17 D.E. - 78296/16-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo.Por ello;EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º.- Promúlgase la Ordenanza Nº 18223/17, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 8 de Junio del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Declárase de Interés Municipal la “Liga Argentina de Voleibol 2016-2017” organizada por la Asociación de Clubes de Voley (ACLAV).”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los ocho días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 6

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

ARTÍCULO 3º.- Dése al Registro de Decretos. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 350/2017

Morón, 21 de Junio de 2017VISTO;La Ordenanza Nº 18139/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 8 de Junio del año 2017, el expediente Nº 4079-14841/17 D.E. - 78803/17-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

Por ello;EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º.- Promúlgase la Ordenanza Nº 18139/17, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 8 de Junio del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase al Obispado de Morón el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 145.157, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2017. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones, artículo 76 inc. A de la Ordenanza Fiscal).” “Artículo 2º: Exímase al Obispado de Morón el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 145.157, incluídos multas, recargo e intereses, por el año 2017. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones, artículo 76 inc. A de la Ordenanza Fiscal).” “Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la Entidad y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los ocho días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 3º.- Dése al Registro de Decretos. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 351/2017

Morón, 21 de Junio de 2017VISTO;La Ordenanza Nº 18137/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 8 de Junio del año 2017, el expediente Nº 4079-11244/17-0 D.E. - 78770/17 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

Por ello;EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º.- Promúlgase la Ordenanza Nº 18137/17, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 8 de Junio del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir Convenio con el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires, representada por su Directora Ejecutiva Licenciada María Pilar Molina, para la implementación del “Programa de Autonomía Joven”, mediante el cual se creará un equipo de inserción comunitaria que tendrá por objeto acompañar los procesos de

desinstitucionalización de las/os jovenes en condiciones de egreso y llevarán adelante la tare de asistencia, consejo y seguimiento de las/os jóvenes. El presente proyecto tendrá una vigencia de nueve (9) meses, el que se ejecutará entre los días 01 de abril de 2017 hasta el 31 de Diciembre de 2017.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los ocho días del mes de junio del año dos mil diecisiete.” “FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.” ARTÍCULO 2º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 3º.- Dése al Registro de Decretos. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 352 /2017

Morón, 21 de Junio de 2017VISTO:La Ordenanza Nº 18132/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 8 de Junio del año 2017, el expediente Nº 4079-13685/17-0 D.E. – 78812/17 H.C.D. y, CONSIDERANDO: Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1.- Promúlgase la Ordenanza Nº 18132/17, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 8 de Junio del año 2017, cuyo Texto en copia certificada se adjunta al presente Decreto:“...Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los ocho días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 3.- Dése al Registro de Decretos. Publíquese en el Boletín Municipal. Oportunamente, archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 352/2017Ordenanza Nº 18132/17

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z AArtículo 1°: Establécese a partir del 1° de abril de 2017 el sueldo básico del SUMS Asistente 24 horas en $ 9.097,09, incrementándose en forma proporcional para todo el personal comprendido en la Carrera Profesional Sanitaria correspondiente al Sistema Único Municipal de Salud, de acuerdo a los coeficientes establecidos para cada categoría escalafonaria en la Ordenanza N° 14129/11 y su Decreto promulgatorio Nº 2773/11, y a la jornada de labor asignada por el Departamento Ejecutivo.Artículo 2°: Establécese a partir del 1° de julio de 2017 el sueldo básico del SUMS Asistente 24 horas en $ 9.824,86, incrementándose en forma proporcional para todo el personal comprendido en la Carrera Profesional Sanitaria correspondiente al Sistema único Municipal de Salud, de acuerdo a los coeficientes establecidos para cada categoría escalafonaria en la Ordenanza N° 14129/11 y su Decreto promulgatorio N° 2773/11, y a la jornada de labor asignada por el Departamento Ejecutivo.Artículo 3°: Modificase a partir del 1° de abril de 2017, el valor neto mínimo de la guardia médica de la Carrera Profesional de! Sistema único Municipal de Salud correspondiente a los días lunes a viernes y la de los días

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

sábados, domingos y feriados, establecidos en el Artículo 6° del Decreto N° 452/08, las cuales pasarán a ser de Pesos CINCO MIL ( $5.000) y Pesos CINCO MIL SEISCIENTOS ($5.600), respectivamente.Artículo 4°: Modificase a partir del 1° de julio de 2017, el valor neto mínimo de la guardia médica de la Carrera Profesional del Sistema único Municipal de Salud correspondiente a los días lunes a viernes y la de los días sábado domingos y feriados, establecidos en el Artículo 6º del Decreto N° 452/08, las cuales pasarán a ser de Pesos CINCO MIL SEISCIENTOS ($5.600) y Pesos SEIS MIL TRESCIENTOS ($6300.00), respectivamente. Artículo 5°: Se crea una comisión integrada por el Secretario de Salud, Directo del Hospital, Dirección de Recursos Humanos. Jefe de Servicio, y Asociación de Profesionales, con el fin de realizar un relevamiento de los profesionales del Hospital de Moron y establecer un modelo de actividad asistencial profesional, dentro de los 60 días e conformada la mencionada comisión.Artículo 6°: Modifícase a partir del 1º de abril de 2017, el inciso f) del artículo 38° de la Ordenanza N° 9875/07, que fuera modificada por el artículo 12 de la Ordenanza N° 11197/09, el cual quedará redactado de la siguiente manera:"Inciso f') Otras bonificaciones. Se abonarán las siguientes modificaciones de carácter no remunerativo según el tipo de prestación que se ejerza:* Bonificación por actividad de planta: 50%* Bonificación de guardia de lunes a viernes: 80%* Bonificación de guardia de sábados, domingos y feriados: 120%.Artículo 7°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“...Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los ocho días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *DECRETO Nº 353/2017

Morón, 21 de Junio de 2017VISTO:La Ordenanza Nº 18138/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 8 de Junio del año 2017, el expediente Nº 4079-13328/17-0 D.E. – 78779/17 H.C.D. y, CONSIDERANDO: Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1.- Promúlgase la Ordenanza Nº 18138/17, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 8 de Junio del año 2017, cuyo Texto en copia certificada se adjunta al presente Decreto:“...Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los ocho días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 3.- Dése al Registro de Decretos. Publíquese en el Boletín Municipal. Oportunamente, archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 353/2017Ordenanza Nº 18138/17,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z AArtículo 1°: Apruébase el Acta Acuerdo del día 21 de abril de 2017 suscripta por los representantes de los Departamentos Ejecutivo y Deliberativo del Municipio de Morón y del Sindicato de Trabajadores Municipales de Morón, Ituzaingó y Hurlingham, a través de la cual se

estipularon los nuevos Escalafones de la Carrera Administrativa.Artículo 2°: Apruébase a partir del 1º de Marzo de 2017, los nuevos Escalafones de la Carrera Administrativa Municipal del Departamento Ejecut ivo y del Departamento Deliberativo, de la Planta Permanente y Temporaria, con los correspondientes sueldos básicos, de conformidad con el Anexo I, que integra la presente.Artículo3º : Apruébanse a partir del 1º de Julio de 2017, los nuevos Escalafones de la Carrera Administrativa Municipal del Departamento Ejecutivo y del Departamento Deliberativo, de la Planta Permanente y Temporaria, con los correspondientes sueldos básicos, de conformidad con el Anexo II, que integra la presente.Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“...Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los ocho días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *Por razones de espacio los Anexos deberán ser solicitados en la Dirección de Decretos y Registro

* * *DECRETO Nº 354/2017

Morón, 21 de Junio de 2017VISTO;La Ordenanza Nº 18230/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 8 de Junio del año 2017, el expediente Nº 4079-19612/16-0 D.E. - 78269/16 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

Por ello;EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º.- Promúlgase la Ordenanza Nº 18230/17, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 8 de Junio del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Modifícase a partir del 1º de mayo de 2016, el artículo 1º de la Ordenanza 17010/15, que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º: Establézcase que la retribución por función cajero por responsabilidad de manejo de fondos será de $ 824,10 (pesos ochocientos veinticuatro con 40/100) para aquellos agentes con régimen horario de 30 (treinta) horas y con aumento proporcional por el horario asignado, y de $ 1.758,72 (pesos un mil setecientos cincuenta y ocho con 72/100) para el Jefe de Recaudación de la Dirección de Tesorería”.”“Artículo 2º: Modifícase a partir del 1º de noviembre de 2016, el artículo 1º de la Ordenanza 17010/15, que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º: Establézcase que la retribución por función cajero por responsabilidad de manejo de fondos será de $ 927,45 (pesos novecientos veintisiete con 45/100) para aquellos agentes con régimen horario de 30 (treinta) horas y con aumento proporcional por el horario asignado, y de $ 1.978,56 (pesos un mil novecientos setenta y ocho con 56/100) para el Jefe de Recaudación de la Dirección de Tesorería”.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los ocho días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 3º.- Dése al Registro de Decretos. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 8

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

* * *DECRETO Nº 355 /2017

Morón, 21 de Junio de 2017VISTO;La Ordenanza Nº 18231/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 8 de Junio del año 2017, el expediente Nº 4079-13478/16-0 D.E. y Adjunto 4079-13941/16-0 D.E. - 78648/17 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

Por ello;EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º.- Promúlgase la Ordenanza Nº 18231/17, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 8 de Junio del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Declárase de Legítimo Abono el crédito reconocido a Urbaser S.A. Unión Transitoria de Empresas, por la variación de precios de la recolección de servicios domiciliarios, barrido manual y mecánico, limpieza de calzada y vía pública, levantamiento del producido de contenedores, plan de racionalización y aprovechamiento de residuos urbanos y levantamiento del producido del barrido, montículos y ramas, prestados durante el mes de diciembre de 2015 por un valor de $ 3.662.437,32 (pesos tres millones seiscientos sesenta y dos mil cuatrocientos treinta y siete con 32/100).”“Artículo 2º: El importe reconocido en el Artículo 1º comprometerá los saldos partida 3.3.9.0. Servicios de Limpieza, Recolección de Residuos de la subjurisdicción 1110105000 Infraestructura Urbana del ejercicio 2015.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los ocho días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo DeliberanteARTÍCULO 2º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Obras y Servicios Públicos.ARTÍCULO 3º.- Dése al Registro de Decretos. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 356/2017

Morón, 21 de Junio de 2017VISTO;La Ordenanza Nº 18229/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 8 de Junio del año 2017, el expediente Nº 4079-13051/17-0 D.E. (X Cuerpos) y adjuntos Nº 5000-2703/13 D.E., 4079-15193/16-0 D.E. - 78651/17 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

Por ello;EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º.- Promúlgase la Ordenanza Nº 18229/17, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 8 de Junio del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Declárase de Legítimo Abono la deuda reconocida a favor de IECSA S.A., originada en el pago del certificado Nº 1 “Adecuación de la Obra Construcción Pasos Bajo Nivel en las Vías del FFCC San Martín por un valor de $ 9.421.125,33 (pesos nueve millones cuatrocientos veintiún mil ciento veinticinco con 33/100).”“Artículo 2º: La deuda reconocida en el artículo 1º comprometerá los saldos existentes en la Categoría Programática 65.96.00 Túneles, partida 4.2.2.0, Construcciones en Bienes de Dominio Público, de la

Subjurisdicción 1110111000 Secretaría de Planificación Estratégica del ejercicio 2016.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los ocho días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Planificación Estratégica.ARTÍCULO 3º.- Dése al Registro de Decretos. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Leandro Ugartemendia

* * *DECRETO Nº 357/2017

Morón, 21 de Junio de 2017VISTO;La Ley Orgánica de las Municipalidades –Decreto Ley Nº 6769/58- y sus modificatorios, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el Decreto Nº 487/16, el Expediente Nº 4079-13904/17-0 D.E. y,CONSIDERANDO:Que a través del Expediente indicado en el Visto y por Decreto N° 487/16 D.E. se adjudicó la Licitación Pública Nº 1/16 para la Contratación de la obra “Construcción de Saneamiento Hidráulico de la Cuenca Haedo Norte Ramal II” del Partido de Morón, a la firma CONSTRUMEX S.A., en la suma de Pesos Veintiún Millones trescientos treinta y tres mil doscientos veinte con 19/100 ($ 21.333.220,19). Que la contratista ha manifestado los inconvenientes encontrados durante la ejecución de la obra, los cuales fueron avalados por la Inspección de Obra. Que mediante notas cursadas por la Empresa Construmex S.A. y analizadas por la Inspección de Obra, en relación a los inconvenientes técnicos para la ejecución; se vio necesario y adecuado cumplimentar con la ejecución técnica de lo allí propuesto a fin de dar cumplimiento con las “reglas del buen arte”.Que como consecuencia de lo indicado ut supra, y según lo manifestado por la Dirección de Saneamiento corresponde realizar un balance métrico y financiero de la obra de mención por haberse producido economías y demasías métricas y financieras, las cuales se ven reflejadas en el Anexo I del presente.Que todo lo expuesto, surge del informe glosado por el titular a cargo de la Dirección de Saneamiento, quien tuvo en miras dar cumplimiento con las necesidades de ejecución de la obra objeto de las presentes. Que el balance financiero trasladaría los saldos en economías de los ítems, a saber: Ítem N°3 “Transporte de Tierra”, Ítem N°5 “Provisión y Colocación de Caños de H° A° O 1000, Ítem N°7 “Provisión y Colocación de Caños de H° A° 0 600, Ítem N°8 “Provisión y Colocación de Caños de H° A° 0 500”, Ítem N°9 “Sumideros para calles pavimentadas tipo S2”, Ítem N°11 “Cámaras de Inspección Tipo A1”, Ítem N°12 “Cámaras de Inspección Tipo B”, Ítem N°13 “Cámaras de Inspección Tipo B1”, por un importe Pesos Un Millón trescientos setenta y nueve mil novecientos ochenta y uno con 41/100 ($ 1.379.981,41.) hacia los Ítems resultantes en demasías que constan en el Anexo I del presente.Que, por su parte, resultan en demasías un total de Pesos Cuatro millones quinientos cuarenta y seis mil novecientos cuatro con 89/100 ($4.546.904,87), tal cual surge de la Planilla de Economías y Demasías que consta en el Anexo I del presente.Que como consecuencia del Balance entre las Economías y Demasías resulta una ampliación de los montos del Contrato equivalente a Pesos Tres millones ciento sesenta y seis mil novecientos veintitrés con 46/100 ($3.166.923,46), importe que representa un porcentaje equivalente al catorce con ochenta y cinco por ciento (14.85 %) de incremento respecto del monto original del Contrato. Que la Dirección de Compras y Contrataciones y la Dirección de Control de Procedimiento han intervenido conforme su competencia.Que, ha tomado la debida intervención la Subsecretaría Legal y Técnica.Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario el dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1°.- Apruébase el Balance de Economías y Demasías, conforme Anexo I, que a todos sus efectos forma parte del presente. ARTICULO 2°.- Amplíese el monto total del Contrato de la Obra en la suma de Pesos Tres millones ciento sesenta y seis mil novecientos veintitrés con 46/100 ($ 3.166.923,46).ARTÍCULO 3º.- Encomiéndase a la Secretaria de Planificación Estratégica y a la Secretaria de Economía a realizar las modificaciones correspondientes al Balance de Economías y Demasías aprobado por el Artículo 1º del presente. ARTÍCULO 4º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Planificación Estratégica.ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Leandro Ugartemendia

* * *Por razones de espacio el Anexo deberán ser solicitado en la Dirección de Decretos y Registro.

* * *DECRETO Nº 358/2017

Morón, 22 de Junio de 2017VISTO;La Ley Orgánica de las Municipalidades -Decreto-Ley Nº 6769/58- y sus modificatorios, el Decreto Provincial N° 2980/00, la Ordenanza N° 11654, el Expediente Nº 4079-14.466/2017, la Solicitud de Pedido N° 2602/2017CONSIDERANDO:Que, mediante el Expediente N° 4079-14.466/2017 tramita la Licitación Pública Nº 21/2017 a los fines de la obra referida a “la Provisión y Colocación de Reductores de Velocidad, en calles del partido de Morón”Que el artículo 133° del Decreto Ley N° 6769/58 y la Resolución N° 95/16 del Ministerio de Gobierno reglamentan las modalidades de contratación de acuerdo a la justipreciación de las obras.Que la presente contrata se encuadra en lo dispuesto por el artículo 151º y siguiente de la Ley Orgánica de las Municipalidades.Que la Secretaría de Planificación Estratégica, en su calidad de área técnica ha adjuntado la respectiva documentación licitatoria.Que, asimismo, motiva a la realización de la obra, la necesidad de la ejecución de los trabajos referidos a la provisión y colocación de reductores de velocidad vial, para el cual se ha fijado como presupuesto oficial la suma de Pesos Tres Millones Setecientos Siete Mil Ciento Treinta y Dos ( $ 3.707.132,00)Que, en consonancia con lo normado por el artículo 142° del Decreto Ley N° 6769/58 la presente licitación se dará a conocer mediante publicaciones en el “Boletín Oficial” y en un diario o periódico de distribución local, y en la Cartelera de la Dirección de Compras y Contrataciones. Que ha tomado intervención conforme su competencia, la Dirección de Compras y Contrataciones, quien ha elaborado los Pliegos de bases y condiciones Generales cuya aprobación se propicia.Que el presente procedimiento cuenta con el respaldo presupuestario correspondiente; Que ha tomado la debida intervención la Subsecretaría Legal y Técnica.Que, en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo N° 105 de la Ordenanza N° 11654 de Procedimiento Administrativo.Por ello;

EL SR. INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º.- Apruébense los Pliegos de Bases y Condiciones, sus anexos, Especificaciones Técnicas y demás documentación que regirá la presente Licitación Pública, y que obran agregados a las actuaciones citadas en el visto.ARTICULO 2º.- Autorízase el llamado a Licitación Pública Nº 21/2017, para la “Provisión y Coloción de Reductores de Velocidad Vial, en distintas calles del Partido de Morón”, fijando como presupuesto oficial la suma de Pesos Tres

millones Setecientos Siete Mil Ciento Treinta y Dos ($3.707.132,00).ARTÍCULO 3º.- Fíjase el valor de adquisición del Pliego correspondiente en la suma de Pesos Mil Ochocientos Cincuenta y Tres con 57/100 ($1.853,57).ARTICULO 4º.- Facúltase a la Directora de Compras y Contrataciones a emitir Circulares Aclaratorias y/o ampliatorias sobre la documentación aprobada en el artículo 1º del presente Decreto, siempre que no implique la modificación del Pliego de Bases y Condiciones de aplicación. ARTICULO 5º.- Dése a conocer la presente licitación mediante la Dirección de Compras y Contrataciones a través de publicaciones en el “Boletín Oficial” y en un diario o periódico de distribución local en los términos de lo normado por el artículo 142 del Decreto Ley N° 6769/58, y en la Cartelera de dicha Dirección.ARTICULO 6º.- Establécese que el gasto emergente de la presente licitación debe ser imputado a las partidas específicas del presupuesto para el Ejercicio Financiero vigente. ARTICULO 7º.- Refrendan el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía y Finanzas y el Sr. Secretario de Planificación Estratégica. ARTICULO 8º.- Dése al Registro de Decretos. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Leandro Ugartemendia

* * *DECRETO Nº 359/2017

Morón, 22 de Junio de 2017VISTOLa Ley Orgánica de Municipalidades, -Decreto Ley Nº 6769/58- y sus modificatorios, el Reglamento de Contabilidad de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el Expte. N°4079-10127/2017CONSIDERANDO:Que conforme se encuentra contemplado en el artículo 151° del Decreto Ley Nº 6769/58, las compras y contrataciones deben ser tramitadas bajo la modalidad de Licitación Pública.Que considerando el presupuesto oficial estimado en Pesos CUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTISIETE MIL CINCUIENTA Y TRES CON 55/00 ($ 43.627.053,55.-), se autorizó el llamado a la Licitación Pública Nº 6/17, referente a la ejecución de ¨REMODELACION PLAZA 4 MANZANAS¨.-BARRIO SERÉ, cuyos Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares, fueron aprobados por Decretos N° 227/16 y N° 51/17, respectivamenteQue se dio cumplimiento a lo indicado en el plexo normativo de aplicación en relación a las publicaciones, invitaciones y comunicaciones a fin de honrar el principio de igualdad y concurrencia;Que con fecha 9 de Marzo de 2017 se precedió a realizar la apertura de sobres, habiéndose recibido cuatro (4) propuestas, a saber: 1) VICENTE BORGO S.A.; 2) RESAUAR S.A. 3) YACIN CONSTRUCCIONES SRL 4) ANK CONSTRUCCIONES SRL.Que habiéndose incorporado las ofertas a los presentes actuados, la Dirección de Compras y Contrataciones ha dado inmediata intervención a la Comisión de Preadjudicaciones; Que la Comisión de Preadjudicaciones realizó un análisis detallado de las propuestas recibidas, y concluyó que resultan inadmisibles las ofertas de las firmas 1) VICENTE BORGO S.A.; 2) RESAUAR S.A. 3) YACIN CONSTRUCCIONES SRL, en virtud de las consideraciones expuestas en su Dictamen de Fs. 1481, al cual me remito en homenaje a la brevedad.Que sólo la empresa ANK CONSTRUCCIONES SRL calificó para la etapa de evaluación y comparativa económica, habiendo a su vez, cotizado con precio excesivo, y en consecuencia la Comisión referida recomendó declarar fracasado el presente llamado.Que dicho Dictamen ha sido notificado a todas las oferentes, luciendo glosados en el expediente las correspondientes constancias, sin haber recibido cuestionamientos en legal tiempo y formaQue ha tomado intervención la Subsecretaria Legal y Técnica de la Municipalidad de Morón; Por ello en virtud de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades,EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

DECRETAARTICULO 1º: Desestímanse las propuestas recibidas para Licitación Pública 6/17, en virtud de las consideraciones vertidas en los considerandos de la presenteARTICULO 2°.- Declárese fracasada la Licitación Pública Nº 6/17 referente a la ejecución de la obra “REMODELACION PLAZA 4 MANZANAS¨.-BARRIO SERÉ por existir una sola oferta admisible, y su vez resultar inconveniente.-ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto es refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y el Sr. Secretario de Planificación Estratégica.-ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Pase, para demás efectos, a la Secretaría de Planificación Estratégica. Cumplido, publíquese en el boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroAdrián Flores – Leandro Ugartemendia

* * *DECRETO Nº 360/2017

Morón, 23 de Junio de 2017VISTO;El Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Provincial Nº 2980/00, la Resolución Nº 635/08 del Honorable Tribunal de Cuentas, el expediente Nº 4079-14174/17-0 D.E. y,CONSIDERANDO:Que por el expediente citado en el visto, los Órganos Ejecutores han dado conformidad a las necesidades planteadas por los sectores respecto de proceder a la realización de las adecuaciones presupuestarias.Que el artículo 119º de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece el procedimiento a seguir para las ampliaciones o creaciones de partidas presupuestarias con carácter de afectación específica.Que han tomado la intervención de su competencia las Direcciones de Contaduría, de Planificación Presupuestaria, adjuntando esta última proyecto de acto administrativo al efecto, y la Subsecretaría Legal y Técnica.Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Nº 105º de la Ordenanza 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Disminúyase el Presupuesto General de Gastos por un monto total de Pesos Ocho millones ciento cincuenta y tres mil noventa y cinco con tres centavos ($ 8.153.095,03.-) los rubros que se detallan a continuación:

Jurisdicción Cat. Prog Fte. Finan Objeto del gasto Monto

1110118000 38 02 00 131 3 1 1 0 80,000.00

1110118000 38 02 00 131 3 1 2 0 60,000.00

1110118000 38 02 00 131 3 1 3 0 54,000.00

1110118000 38 02 00 131 3 5 4 0 78,626.55

1110118000 38 02 00 131 3 8 1 0 140,000.00

1110118000 38 02 00 131 3 8 2 0 140,000.00

1110118000 38 02 00 131 3 8 9 0 20,000.00

1110118000 38 02 00 131 3 9 9 0 42,401.37

1110103000 01 28 00 132 4 3 5 0 1,200,000.00

1110111000 67 57 00 133 3 4 9 0 1,573,290.53

1110111000 67 62 00 133 3 4 9 0 1,555,600.96

1110111000 67 65 00 133 2 9 9 0 1,158,435.00

1110111000 67 69 00 133 3 4 9 0 2,050,740.62

Total 8,153,095.03

ARTÍCULO 2º.- Increméntase en el Presupuesto General de Gastos por un monto total de Pesos Novecientos treinta y siete mil doscientos sesenta y cinco con dieciséis centavos ($ 937.265,16.-) los rubros que se detallan a continuación:

Jurisdicción Cat. Prog Fte. Finan Objeto del gasto Monto

1110118000 38 02 00 131 3 2 1 0 607,265.16

1110111000 67 62 00 133 2 5 5 0 20,000.00

1110111000 67 62 00 133 2 5 8 0 120,000.00

1110111000 67 62 00 133 2 7 1 0 50,000.00

1110111000 67 62 00 133 2 7 9 0 30,000.00

1110111000 67 62 00 133 2 9 5 0 5,000.00

1110111000 67 62 00 133 2 9 9 0 70,000.00

1110111000 67 69 00 133 2 9 5 0 5,000.00

1110111000 67 69 00 133 2 9 9 0 30,000.00

Total 937,265.16

ARTÍCULO 3º.- Créase en el Presupuesto General de Gastos por un monto total de Pesos Siete millones doscientos quince mil ochocientos veintinueve con ochenta y siete centavos ($ 7.215.829,87.-) según el siguiente detalle:

Jurisdicción Cat. Prog Fte. Finan Objeto del gasto Monto

1110118000 38 02 00 131 2 7 4 0 2,000.00

1110118000 38 02 00 131 2 9 1 0 1,412.00

1110118000 38 02 00 131 2 9 2 0 3,500.76

1110118000 38 02 00 131 2 9 9 0 300.00

1110118000 38 02 00 131 3 3 1 0 550.00

1110103000 01 28 00 132 5 1 4 0 1,200,000.00

1110111000 67 57 00 133 5 2 1 0 1,573,290.53

1110111000 67 62 00 133 2 7 4 0 100,000.00

1110111000 67 62 00 133 5 2 1 0 1,160,600.96

1110111000 67 65 00 133 2 6 4 0 70,000.00

1110111000 67 65 00 133 2 6 5 0 33,920.00

1110111000 67 65 00 133 2 7 1 0 17,615.00

1110111000 67 65 00 133 2 8 4 0 36,900.00

1110111000 67 65 00 133 3 4 9 0 1,000,000.00

1110111000 67 69 00 133 2 7 4 0 100,000.00

1110111000 67 69 00 133 5 2 1 0 1,915,740.62

Total 7,215,829.87

ARTÍCULO 4º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 5º.- Dése al Registro de Decretos y comuníquese a la Dirección de Planificación Presupuestaria. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 361/2017

Morón, 23 de Junio de 2017VISTO;El Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Provincial Nº 2980/00, la Resolución Nº 635/08 del Honorable Tribunal de Cuentas, el expediente Nº 4079-13996/17-0 D.E. y,CONSIDERANDO:Que mediante el Informe Nº IF-2017-08984545-APN-SSOP la Subsecretaría de Obras Públicas declara la no objeción al proyecto presentado por la Municipalidad de Morón, consistente en la realización de la Obra Centralidad Haedo – 1ra Etapa.Que por el expediente citado en el visto, los Órganos Ejecutores han dado conformidad a las necesidades

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

planteadas por los sectores respecto de proceder a la realización de las adecuaciones presupuestarias.Que el artículo 119º de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece el procedimiento a seguir para las ampliaciones o creaciones de partidas presupuestarias con carácter de afectación específica.Que han tomado la intervención de su competencia las Direcciones de Contaduría, de Planificación Presupuestaria, adjuntando esta última proyecto de acto administrativo al efecto, y la Subsecretaría Legal y Técnica.Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Nº 105º de la Ordenanza 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Increméntase en el Cálculo de Recursos por un monto total de Pesos Sesenta y seis millones seiscientos mil ($ 66.600.000,00.-) los rubros que se detallan a continuación:

Código Rubro-Denominación Afectación Disminución

22.5.01.15 Servicio Alimentario Escolar - SAE 22-Afectado 66,600,000.00

Total 66,600,000.00

ARTÍCULO 2º.- Créase en el Cálculo de Recursos por un monto total de Pesos Cuarenta y tres millones seiscientos cincuenta y cinco mil ciento cuarenta y tres con cuarenta y seis centavos ($ 43.655.143,46.-) los rubros que se detallan a continuación:

Código Rubro-Denominación Afectación Incremento

22.2.01.53Centralidad Haedo- Conv. Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda 32-Afectado 43,655,143.46

Total 43,655,143.46

ARTÍCULO 3º.- Disminúyase el Presupuesto General de Gastos por un monto total de Pesos Treinta y cinco millones novecientos trece mil ochocientos cincuenta y uno con cuarenta y cuatro centavos ($ 35.913.851,44.-) según el siguiente detalle:

Jurisdicción Cat. Prog Fte. Finan Objeto del gasto Monto

1110104000 22 01 00 110 3 4 9 0 5,200,600.00

1110104000 22 01 00 110 3 3 9 0 12,138,000.00

1110104000 22 01 00 110 3 9 9 0 960,000.00

1110104000 22 01 00 110 3 7 2 0 200.00

1110111000 01 25 00 110 3 4 1 0 1,134,000.00

1110111000 01 25 00 110 2 3 1 0 22,000.00

1110111000 01 25 00 110 2 3 2 0 9,460.00

1110111000 01 25 00 110 2 3 4 0 2,219.60

1110111000 01 25 00 110 2 9 6 0 123,188.00

1110111000 01 25 00 110 3 3 1 0 192,500.00

1110111000 01 25 00 110 3 3 2 0 393,000.00

1110111000 01 25 00 110 3 3 3 0 246,000.00

1110111000 01 25 00 110 3 4 5 0 100,000.00

1110111000 01 25 00 110 3 6 1 0 330,978.06

1110111000 01 25 00 110 3 7 2 0 71,849.14

1110111000 01 25 00 110 4 2 1 0 66,000.00

1110111000 01 25 00 110 4 3 5 0 20,000.00

1110111000 01 25 00 110 4 3 7 0 12,624.94

1110111000 01 25 00 110 4 3 9 0 21,200.00

1110111000 01 26 00 110 2 9 6 0 16,806.00

1110111000 01 26 00 110 3 4 9 0 81,601.00

1110111000 01 26 00 110 3 6 1 0 13,152.30

1110111000 01 32 00 110 2 2 2 0 886.00

1110111000 01 32 00 110 2 5 4 0 1,200.66

1110111000 01 32 00 110 2 9 5 0 870.00

Jurisdicción Cat. Prog Fte. Finan Objeto del gasto Monto

1110111000 01 32 00 110 2 9 6 0 58,665.93

1110111000 01 32 00 110 3 3 1 0 5,000.00

1110111000 01 32 00 110 3 4 9 0 69,584.10

1110111000 01 32 00 110 3 6 1 0 8,000.00

1110116000 01 02 00 110 4 3 8 0 310,000.00

1110116000 35 01 00 110 3 4 9 0 300,000.00

1110117000 19 01 00 110 2 5 6 0 5,000,000.00

1110117000 19 01 00 110 3 4 6 0 1,000,000.00

1110117000 19 01 00 110 3 3 9 0 1,000,000.00

1110117000 19 01 00 110 3 4 1 0 570,000.00

1110117000 19 01 00 110 3 2 2 0 1,242,892.00

1110117000 19 05 00 110 2 9 2 0 12,000.00

1110117000 19 05 00 110 3 9 9 0 22,500.00

1110117000 19 05 00 110 2 4 4 0 40,000.00

1110117000 19 05 00 110 3 3 2 0 40,000.00

1110117000 19 54 00 110 4 3 9 0 26,000.00

1110118000 34 01 00 110 2 2 3 0 5,305.40

1110118000 34 01 00 110 2 2 9 0 6,000.00

1110118000 34 01 00 110 2 3 1 0 91,767.09

1110118000 34 01 00 110 2 3 4 0 242,437.00

1110118000 34 01 00 110 2 4 3 0 17,800.00

1110118000 34 01 00 110 2 5 1 0 15,101.68

1110118000 34 01 00 110 2 5 2 0 18,371.00

1110118000 34 01 00 110 2 5 4 0 39,948.00

1110118000 34 01 00 110 2 7 2 0 7,500.76

1110118000 34 01 00 110 2 7 4 0 21,720.00

1110118000 34 01 00 110 2 8 9 0 10,000.00

1110118000 34 01 00 110 2 9 1 0 289,019.21

1110118000 34 01 00 110 2 9 2 0 107,374.57

1110118000 34 01 00 110 2 9 5 0 8,876.00

1110118000 34 01 00 110 2 9 6 0 27,503.97

1110118000 34 01 00 110 2 1 1 0 4,132,000.00

1110119000 01 23 00 110 2 1 1 0 10,149.03 Total

35,913,851.44

ARTÍCULO 4º.- Increméntase en el Presupuesto General de Gastos por un monto total de Pesos Diecisiete millones quinientos diecinueve mil sesenta y nueve ($ 17.519.069,00.-) según el siguiente detalle:

Jurisdicción Cat. Prog Fte. Finan Objeto del gasto Monto

1110104000 22 01 00 110 3 4 2 0 5,200,600.00

1110111000 01 25 00 110 2 3 3 0 659.00

1110111000 01 25 00 110 2 5 6 0 6,593.62

1110111000 01 25 00 110 2 9 3 0 9,721.78

1110111000 01 25 00 110 2 9 9 0 2,746.08

1110111000 01 25 00 110 3 4 9 0 2,424,950.00

1110111000 01 26 00 110 2 3 3 0 12,800.30

1110111000 01 26 00 110 3 3 3 0 81,601.00

1110111000 01 32 00 110 2 2 3 0 886.00

1110111000 01 32 00 110 2 7 5 0 7,281.97

1110111000 01 32 00 110 2 7 9 0 21,840.32

1110111000 01 32 00 110 2 9 3 0 29,543.64

1110116000 35 01 00 110 4 3 9 0 4,000.00

1110116000 35 01 00 110 4 3 5 0 224,000.00

1110116000 35 01 00 110 3 9 9 0 15,000.00

1110116000 35 01 00 110 2 9 6 0 3,000.00

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 12

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Jurisdicción Cat. Prog Fte. Finan Objeto del gasto Monto

1110116000 35 01 00 110 2 9 5 0 1,000.00

1110116000 35 01 00 110 2 7 1 0 1,000.00

1110116000 35 01 00 110 2 5 8 0 50,000.00

1110116000 35 01 00 110 2 3 3 0 2,000.00

1110117000 19 01 00 110 3 9 3 0 7,000,000.00

1110117000 19 01 00 110 3 2 1 0 1,242,892.00

1110117000 19 01 00 110 2 2 9 0 70,000.00

1110117000 19 01 00 110 2 5 8 0 150,000.00

1110117000 19 01 00 110 2 7 5 0 30,000.00

1110117000 19 01 00 110 2 9 3 0 30,000.00

1110117000 19 01 00 110 3 3 3 0 45,000.00

1110117000 19 01 00 110 3 9 9 0 230,000.00

1110117000 19 05 00 110 2 7 5 0 22,500.00

1110117000 19 05 00 110 4 3 8 0 80,000.00

1110117000 19 54 00 110 4 3 8 0 26,000.00

1110118000 34 01 00 110 2 1 5 0 9,784.00

1110118000 34 01 00 110 2 2 1 0 78.20

1110118000 34 01 00 110 2 2 2 0 133,425.00

1110118000 34 01 00 110 2 3 3 0 55,131.90

1110118000 34 01 00 110 2 5 5 0 30,317.90

1110118000 34 01 00 110 2 5 8 0 24,245.65

1110118000 34 01 00 110 2 6 5 0 1,138.00

1110118000 34 01 00 110 2 7 5 0 26,186.98

1110118000 34 01 00 110 2 7 9 0 35,419.25

1110118000 34 01 00 110 2 9 3 0 78,177.88

1110118000 34 01 00 110 2 9 4 0 13,836.64

1110118000 34 01 00 110 2 9 9 0 33,761.22

1110118000 34 01 00 110 4 3 6 0 20,353.00

1110118000 34 01 00 110 4 3 7 0 24,235.14

1110119000 01 23 00 110 2 5 6 0 4,724.53

1110119000 01 23 00 110 2 6 5 0 758.00

1110119000 01 23 00 110 2 7 4 0 1,880.00

Total 17,519,069.00

ARTÍCULO 5º.- Créase en el Presupuesto General de Gastos por un monto total de Pesos Ciento veintiocho millones seiscientos cuarenta y nueve mil novecientos veinticinco con noventa centavos ($ 128.649.925,90.-) según el siguiente detalle:

Jurisdicción Cat. Prog Fte. Finan Objeto del gasto Monto

1110104000 22 01 00 110 3 3 1 0 960,000.00

1110104000 22 01 00 110 3 3 7 0 12,138,000.00

1110104000 22 01 00 110 3 7 9 0 200.00

1110111000 01 25 00 110 2 2 3 0 31,460.00

1110111000 01 25 00 110 2 3 7 0 2,219.60

1110111000 01 25 00 110 2 4 3 0 420.00

1110111000 01 25 00 110 2 5 5 0 6,610.00

1110111000 01 25 00 110 2 5 8 0 90.00

1110111000 01 25 00 110 2 6 2 0 480.00

1110111000 01 25 00 110 2 7 4 0 170.00

1110111000 01 25 00 110 2 7 9 0 6,746.06

1110111000 01 25 00 110 3 2 9 0 24,753.60

1110111000 01 25 00 110 3 5 1 0 4,200.00

1110111000 01 25 00 110 3 5 9 0 8,000.00

1110111000 01 26 00 110 2 5 4 0 5,355.00

1110111000 01 26 00 110 2 5 5 0 8,870.00

Jurisdicción Cat. Prog Fte. Finan Objeto del gasto Monto

1110111000 01 26 00 110 2 7 1 0 40.00

1110111000 01 26 00 110 2 7 5 0 2,541.00

1110111000 01 26 00 110 3 5 3 0 352.00

1110111000 01 32 00 110 2 5 5 0 670.80

1110111000 01 32 00 110 2 5 8 0 529.86

1110111000 01 32 00 110 2 9 9 0 870.00

1110111000 01 32 00 110 3 2 9 0 5,000.00

1110111000 01 32 00 110 3 5 9 0 8,000.00

1110111000 01 32 00 110 4 3 1 0 4,990.00

1110111000 01 32 00 110 4 3 6 0 16,785.00

1110111000 01 32 00 110 4 3 8 0 22,327.10

1110111000 01 32 00 110 4 3 9 0 1,900.00

1110111000 01 32 00 110 4 8 1 0 23,582.00

1110111000 63 51 00 110 4 2 2 0 215,200.00

1110116000 01 02 00 110 2 2 2 0 170,000.00

1110116000 01 02 00 110 4 3 7 0 140,000.00

1110117000 19 01 00 110 2 7 9 0 10,000.00

1110117000 19 01 00 110 2 9 4 0 5,000.00

1110117000 19 05 00 110 2 4 3 0 2,000.00

1110117000 19 05 00 110 2 7 1 0 6,000.00

1110117000 19 05 00 110 2 7 9 0 4,000.00

1110118000 34 01 00 110 2 1 4 0 6,878.24

1110118000 34 01 00 110 2 5 6 0 1,690.00

1110118000 34 01 00 110 2 5 9 0 3,541.88

1110118000 34 01 00 110 2 6 1 0 6,000.00

1110118000 34 01 00 110 2 6 3 0 7,500.90

1110118000 34 01 00 110 2 6 9 0 2,433.00

1110118000 34 01 00 110 2 7 1 0 14,893.90

1110118000 34 01 00 110 3 2 2 0 16,500.00

1110118000 34 01 00 110 3 3 2 0 120,000.00

1110118000 34 01 00 110 3 4 9 0 220,000.00

1110118000 34 01 00 110 3 9 9 0 4,132,000.00

1110118000 34 01 00 110 4 3 8 0 1,900.00

1110118000 34 01 00 110 4 3 9 0 13,676.00

1110118000 34 01 00 110 4 8 1 0 7,620.00

1110119000 01 23 00 110 2 8 4 0 836.50

1110119000 01 23 00 110 3 3 6 0 1,950.00

1110103000 01 28 00 132 3 9 9 0 66,600,000.00

1110111000 65 99 00 133 4 2 2 0 43,655,143.46

Total 128,649,925.90

ARTÍCULO 6º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 7º.- Dése al Registro de Decretos y comuníquese a la Dirección de Planificación Presupuestaria. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 362/2017

Morón, 23 de Junio de 2017VISTO;La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Nº 9034/06, el expediente Nº 4079-13581/17-0 D.E. y,CONSIDERANDO:Que a fs. 02 del expediente citado en el Visto, obra Nota presentada por el Presidente y el Secretario de la Asociación Civil sin fines de lucro denominada “La Hermosa de El Palomar”, con domicilio legal en la calle Paraíso Nº 486 de la Localidad de El Palomar, Partido de Morón, solicitando reconocimiento municipal de dicha Institución.

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 13

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Que a fs. 3/3 vta. obra Acta Constitutiva de la mencionada Asociación, junto con la nómina de autoridades, y valor de la cuota social, conforme lo establecido en el Artículo 9º inciso H) de la Ordenanza Nº 9034/06.Que a fs. 4/6 vta. consta Estatuto Social de la Asociación, conforme lo establecido en el Artículo 9º inciso A) de la Ordenanza Nº 9034/06.Que a fs. 8 consta la nómina de socios, conforme lo establece el Artículo 9º inciso F) de la Ordenanza Nº 9034/06.Que a fs. 11/12 luce la documentación mediante la cual se le otorga a la mencionada Asociación el inmueble ubicado en la calle Paraíso Nº 486, de la Localidad de El Palomar, Partido de Morón.Que a fs. 13/14 vta. consta Informe Institucional elaborado por la Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria a la mencionada Institución.Que del análisis de las actuaciones referenciadas y lo previsto en la Ordenanza Nº 9.034/06 y demás normativa aplicable, se entiende procedente otorgar el reconocimiento solicitado por ante la Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria, dependiente de la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales del Municipio de Morón.Que la Dirección de Coordinación Legal y Normativa no encuentra objeciones de índole legal para conceder el reconocimiento solicitado, no obstante requiere que los peticionarios tendrán noventa (90) días para realizar la inscripción en los organismos nacionales y provinciales competentes, de acuerdo al Artículo 9 inciso C de la Ordenanza Nº 9034/06.Que han tomado la intervención de su competencia la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales, y la Subsecretaría Legal y Técnica.Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Nº 105º de la Ordenanza 11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Reconócese con carácter de Organización Social de la Comunidad a la Asociación Civil sin fines de lucro denominada “La Hermosa de El Palomar”, con domicilio legal en la calle Paraíso Nº 486 de la Localidad de El Palomar, Partido de Morón, en los términos y alcances previstos en la Ordenanza Nº 9.034/06.ARTÍCULO 2º.- Inscríbase a la Organización citada en el Artículo 1º, en el Registro Municipal de Organizaciones Sociales de la Comunidad del Municipio de Morón y otórguese el respectivo Certificado de Inscripción. ARTÍCULO 3º.- Otórguese a la Asociación un plazo de noventa (90) días para tramitar la Personería Jurídica.ARTÍCULO 4º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 5º.- Dése al Registro de Decretos. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 363/2017

Morón, 26 de Junio de 2017VISTO; El Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el expediente Nº 4079-15246/17-0 D.E. y,CONSIDERANDO:Que el agente Belleri Maximiliano Rubén, revista en el cargo de Tesorero con cuarenta (40) horas semanales de labor, dentro de la Planta de Personal Permanente, cumpliendo funciones en la Dirección de Tesorería, dependiente de la Subsecretaría de Administración Financiera, perteneciente a la Secretaría de Economía y Finanzas.Que el agente Sainz Luis Jaime, revista en la categoría Profesional B con cuarenta (40) horas semanales de labor, dentro de la Planta de Personal Temporario, prestando funciones en la Dirección de Tesorería, dependiente de la Subsecretaría de Administración Financiera, perteneciente a la Secretaría de Economía y Finanzas.Que por las actuaciones citadas en el Visto, el Tesorero Municipal, Cdor. Belleri, informa que hará uso de licencia por enfermedad, a partir del día 26 de Junio del año 2017.Que a fs. 1 la Secretaría de Economía y Finanzas solicita que sea nombrado con carácter interino al Sr. Luis Jaime Sainz

mientras dure dicha licencia, toda vez que reúne el perfil indicado para desempeñar las funciones de Tesorero Municipal.Que ha tomado debida intervención la Subsecretaría Legal y Técnica.Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo previsto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello;EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º.- Otorgáse lincencia por enfermedad al agente Belleri Maximiliano Rubén (Legajo Nº 261312/00) a partir del día 26 de Junio del año 2017.ARTÍCULO 2º.- Desígnase interinamente al Cdor. Sainz Luis Jaime (Legajo Nº 263845/00) - (D.N.I. Nº 12.021.941), en el cargo Tesorero Municipal, desde el día 26 de Junio del año 2017 hasta el reintegro del Cdor. Belleri Maximiliano Rubén (Legajo Nº 261312/00), con reserva de su actual situación de revista.ARTÍCULO 3º.- Liquídase al Cdor. Sainz Luis Jaime (Legajo Nº 263845/00), la diferencia salarial entre su categoría y la del Cdor. Belleri Maximiliano Rubén (Legajo Nº 261312/00) en virtud de efectuar el reemplazo de este último, por el periodo enunciado en el Artículo 1º.ARTÍCULO 4º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 5º.- Dése al Registro de Decretos e infórmese al Honorable Tribunal de Cuentas y a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 365/2017

Morón, 27 de Junio de 2017VISTO;El expediente Nº 4079-14173/17-0 D.E. y,CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto, la Secretaría de Producción y Desarrollo Económico solicita se declare de Interés Municipal la 3° Exposición de Proveedores de la Industria Metalmecánica y Agropecuaria “EXPIMA 2017”, la cual se realizará en el Centro de Exposiciones de la Municipalidad de Olavarría (CEMO), Provincia de Buenos Aires, entre los días 28 al 30 de Junio del año 2017.Que, éste Municipio cuenta con una activa participación en eventos como los indicados en el Visto.Que, asimismo esa Secretaría solicita se le otorguen fondos en concepto de servicio de arrendamiento de stand y armado del mismo.Que, a su vez, informa sobre la participación en representación del Municipio de la Directora de Promoción de la Actividad Económica y el Comercio Internacional, Reale Olga Graciela y del Subsecretario de Industria y Comercia, Arévalo Juan Roberto, por lo que solicita se le otorguen fondos en concepto de viáticos para los citados funcionarios. Que la Secretaría de Economía y Finanzas y la Dirección de Contaduría se expiden con respecto al mencionado evento.Que ha tomado debida intervención la Subsecretaría Legal y Técnica en su competencia.Que en virtud de lo expuesto, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1.- Declárase de Interés Municipal la 3° Exposición de Proveedores de la Industria Metalmecánica y Agropecuaria “EXPIMA 2017”, la cual se realizará en el Centro de Exposiciones de la Municipalidad de Olavarría (CEMO), Provincia de Buenos Aires, entre los días 28 al 30 de Junio del año 2017.ARTÍCULO 2.- Autorízase las participaciones de la Directora de Promoción de la Actividad Económica y el Comercio Internacional, Reale Olga Graciela y del Subsecretario de Industria y Comercio, Arévalo Juan Roberto al evento mencionado en el Artículo 1º.

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

ARTÍCULO 3.- Por la Dirección de Contaduría líbrese dos (2) órdenes de pago, una a nombre de la firma Banpaku S.A. por la suma de Pesos Ciento Veintinueve Mil ($ 129.000.-) en concepto de servicio de arrendamiento y armado de stand, y la otra a nombre del Subsecretario de Industria y Comercio, Sr. Juan Roberto Arévalo (DNI 10.113.650) por la suma de Pesos Veinte mil ($ 20.000.-) en concepto de viáticos, con cargo de rendición de cuentas y debida documentación.ARTÍCULO 4.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 5.- Dése al Registro de Decretos y comuníquese a la Dirección de Contaduría. Publíquese en el Boletín

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 366/2017

Morón, 27 de Junio de 2017VISTO;El Decreto Nº 4/17 D.E., los expedientes Nº 4079-14474/17-0 D.E., Nº 4079-14514/17-0 D.E. y,CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 131/17 D.E., se procedió a la apertura de la Caja Chica de la Dirección de Obras Particulares, por la suma de Pesos Tres mil ($ 3.000.-) con una única rotación mensual.Que por el expediente Nº 4079-14474/17-0 D.E., la Dirección de Obras Particulares con el aval de la Secretaría de Planificación Estratégica solicita un incremento a dos (2) rotaciones mensuales.Que por el expediente Nº 4079-14514/17-0 D.E., la Secretaría de Medios solicita la apertura de una Caja Chica, para poder hacer frente a los gastos de pequeña cuantía que hacen al funcionamiento operativo de la mencionada dependencia.Que han tomado debida intervención la Secretaría de Economía y Finanzas, la Dirección de Contaduría, adjuntando esta última proyecto de acto administrativo al efecto, y la Subsecretaría Legal y Técnica.Que por lo expuesto, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo.Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Fíjase la Caja Chica de la dependencia que se detalla con cargo de rendición de cuentas mensual, debidamente documentada, con especificación del monto asignado y con la rotación que a continuación se menciona:

Dependencia Monto Rotacion Mensua

Dirección de Obras Particulares $ 3.000.- 2

ARTÍCULO 2º.- Créase la Caja Chica de la dependencia que se detalla con cargo de rendición de cuentas mensual, debidamente documentada, con especificación del monto asignado y con la rotación que a continuación se menciona:

Dependencia Monto Rotacion Mensua

Secretaría de Medios $ 15.000.- 1

ARTÍCULO 3º.- La Tesorería implementará la fianza del funcionario que tendrá a cargo los fondos de las Cajas Chicas, conforme lo establecido en el artículo 218º de la Ley Orgánica de las Municipalidades. ARTÍCULO 4º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 5º.- Dése al Registro de Decretos y comuníquese a la Dirección de Contaduría. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 367 /2017

Morón, 27 de Junio de 2017VISTO;La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Nº 9034/06, el expediente Nº 4079-13381/17-0 D.E. y,

CONSIDERANDO:Que a fs. 02 del expediente citado en el Visto, obra Nota presentada por la Presidente y el Secretario de la Asociación Civil sin fines de lucro denominada “El Arte de Mediar Asociación Civil”, con domicilio legal en la calle Francia Nº 2789 de la Localidad de Castelar, Partido de Morón, solicitando reconocimiento municipal de dicha Institución.Que a fs. 3/4 obra Acta Constitutiva de la mencionada Asociación, junto con la nómina de autoridades, y valor de la cuota social, conforme lo establecido en el Artículo 9º inciso H) de la Ordenanza Nº 9034/06.Que a fs. 5/11 consta Estatuto Social de la Asociación, conforme lo establecido en el Artículo 9º inciso A) de la Ordenanza Nº 9034/06.Que a fs. 12 consta la nómina de socios, conforme lo establece el Artículo 9º inciso F) de la Ordenanza Nº 9034/06.Que a fs. 13 luce la Declaración Jurada de Patrimonio de la mencionada Asociación, conforme lo establecido en el Artículo 9º inciso G) de la Ordenanza Nº 9034/06.Que a fs. 14/18 luce la documentación mediante la cual se le otorga a la mencionada Asociación el inmueble ubicado en la calle Francia Nº 2789 de la Localidad de Castelar, Partido de Morón.Que a fs. 19/22 consta Informe Institucional elaborado por la Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria a la mencionada Institución.Que del análisis de las actuaciones referenciadas y lo previsto en la Ordenanza Nº 9.034/06 y demás normativa aplicable, se entiende procedente otorgar el reconocimiento solicitado por ante la Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria, dependiente de la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales del Municipio de Morón.Que la Dirección de Coordinación Legal y Normativa no encuentra objeciones de índole legal para conceder el reconocimiento solicitado, no obstante requiere que los peticionarios en el plazo de noventa (90) días realicen la inscripción en los organismos nacionales y provinciales competentes, de acuerdo al Artículo 9 inciso C de la Ordenanza Nº 9034/06.Que han tomado la intervención de su competencia la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales, y la Subsecretaría Legal y Técnica.Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Nº 105º de la Ordenanza 11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello;EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º.- Reconócese con carácter de Organización Social de la Comunidad a la Asociación Civil sin fines de lucro denominada “El Arte de Mediar Asociación Civil”, con domicilio legal en la calle Francia Nº 2789 de la Localidad de Castelar, Partido de Morón, en los términos y alcances previstos en la Ordenanza Nº 9.034/06.ARTÍCULO 2º.- Inscríbase a la Organización citada en el Artículo 1º, en el Registro Municipal de Organizaciones Sociales de la Comunidad del Municipio de Morón y otórguese el respectivo Certificado de Inscripción. ARTÍCULO 3º.- Otórguese a la Asociación un plazo de noventa (90) días para tramitar la Personería Jurídica.ARTÍCULO 4º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 5º.- Dése al Registro de Decretos. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 368 /2017

Morón, 27 de Junio de 2017VISTO;La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Nº 9034/06, el expediente Nº 4079-13329/17-0 D.E. y,CONSIDERANDO:Que a fs. 02 del expediente citado en el Visto, obra Nota presentada por el Presidente y el Secretario de la Asociación Civil sin fines de lucro denominada “Enciende Una Vida”, con domicilio legal en la Avenida Marconi Nº 2765 de la

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Localidad de El Palomar, Partido de Morón, solicitando reconocimiento municipal de dicha Institución.Que a fs. 3/4 obra Acta Constitutiva de la mencionada Asociación, junto con la nómina de autoridades, y valor de la cuota social, conforme lo establecido en el Artículo 9º inciso H) de la Ordenanza Nº 9034/06.Que a fs. 7/18 consta Estatuto Social de la Asociación, conforme lo establecido en el Artículo 9º inciso A) de la Ordenanza Nº 9034/06.Que a fs. 19 luce Declaración Jurada de Patrimonio de la mencionada Asociación, conforme lo establecido en el Artículo 9º inciso G) de la Ordenanza Nº 9034/06Que a fs. 20/21 consta la nómina de socios, conforme lo establece el Artículo 9º inciso F) de la Ordenanza Nº 9034/06.Que a fs. 22/26 luce la documentación mediante la cual se le otorga a la mencionada Asociación el inmueble ubicado en la Avenida Marconi Nº 2765, de la Localidad de El Palomar, Partido de Morón.Que a fs. 27/30 consta Informe Institucional elaborado por la Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria a la mencionada Institución.Que del análisis de las actuaciones referenciadas y lo previsto en la Ordenanza Nº 9.034/06 y demás normativa aplicable, se entiende procedente otorgar el reconocimiento solicitado por ante la Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria, dependiente de la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales del Municipio de Morón.Que la Dirección de Coordinación Legal y Normativa no encuentra objeciones de índole legal para conceder el reconocimiento solicitado, no obstante requiere que los peticionarios en el plazo de noventa (90) días realicen la inscripción en los organismos nacionales y provinciales competentes, de acuerdo al Artículo 9 inciso C de la Ordenanza Nº 9034/06.Que han tomado la intervención de su competencia la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales, y la Subsecretaría Legal y Técnica.Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Nº 105º de la Ordenanza 11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Reconócese con carácter de Organización Social de la Comunidad a la Asociación Civil sin fines de lucro denominada “Enciende Una Vida”, con domicilio legal en la Avenida Marconi Nº 2765 de la Localidad de El Palomar, Partido de Morón, en los términos y alcances previstos en la Ordenanza Nº 9.034/06.ARTÍCULO 2º.- Inscríbase a la Organización citada en el Artículo 1º, en el Registro Municipal de Organizaciones Sociales de la Comunidad del Municipio de Morón y otórguese el respectivo Certificado de Inscripción. ARTÍCULO 3º.- Otórguese a la Asociación un plazo de noventa (90) días para tramitar la Personería Jurídica.ARTÍCULO 4º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 5º.- Dése al Registro de Decretos. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 369/2017

Morón, 27 de Junio de 2017VISTO;La Ordenanza Nº 17.494, los Decretos Municipales Nº 593/16 y N°874/16, la Resolución N°559/16 y los Expedientes Nº 4079-13629/17, 4079-13878/17, 4079-14168/17, 4079-13139/17, 4079-13846/17, 4079-13373/17, 4079-13369/17, 4079-14286/17, 4079-14366/17, 4079-14365/17, yCONSIDERANDO:Que a través de la Ordenanza Nº 17.494/16 se creó el “Fondo de Fortalecimiento Institucional” destinado a subsidiar las erogaciones necesarias para fomentar y fortalecer la continuidad de la actividad social de los clubes de barrio, sociedades de fomento y asociaciones civiles sin fines de lucro, así como también la promoción y protección de las PYMES y comercios barriales, en el ámbito del Municipio; Que por Decreto Nº 593/16 se reglamentó el Fondo de Fortalecimiento Institucional, distinguiendo entre los dos grupos de beneficiarios del mismo, definiendo –dentro del

primer grupo de entidades- una línea de acción que destaque la importancia que han tenido los clubes barriales y sociedades de fomento, históricamente, en la construcción de la ciudadanía desde fines del Siglo XIX, cumpliendo funciones de recreación, asistencia social y previsión; Que en virtud de ello, se creó el Registro del “FONDO DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL” en el marco de la Ordenanza referida, el cual funciona en todas las Unidades de Gestión Comunitaria. Que, dentro del porcentaje del fondo destinado a coadyuvar mensualmente a las entidades barriales sin fines de lucro, se observó la existencia de un remanente de fondos sin asignar y en consecuencia mediante el Decreto Nº 874/16 se aprobó ampliar los beneficios a otras asociaciones civiles sin fines de lucro que cumplan un fin socio-cultural dentro del Municipio.Que el referido Decreto regula la forma de distribución de los fondos remanentes, indicando que los periodos serán considerados trimestralmente, y ejecutados al final de cada término;Que atento a ello, corresponde distribuir los montos remanentes de la misma forma que se distribuyó en el año 2016, siempre de conformidad a la fecha de inscripción de las entidades. Que en caso de marras, las organizaciones “Asociación Civil Madre Tierra” y “Les Quatre Barres” se han inscripto en el mes de marzo del año en curso, correspondiendo incluirlas en el primer trimestre del año 2017. Que será requisito indispensable para el otorgamiento del subsidio que las asociaciones cuenten con reconocimiento municipal previo a su inscripción –la cual es dinámica-, y que realicen conforme a la normativa municipal correspondiente la rendición documentada de gastos; Que ha tomado intervención la Subsecretaria Legal y Técnica.Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley Nº 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello;EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º.- Autorízase la distribución de montos remanentes correspondientes al Fondo de Fortalecimiento Institucional aprobado por Ordenanza Nº 17.494, de conformidad con lo dispuesto por el Anexo I. ARTÍCULO 2º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 369/2017

ANEXO I

ASOCIACION CIVIL MADRE TIERRA

$ 15.000

LES QUATRE BARRES $ 15.000

* * *DECRETO Nº 370/2017

Morón, 27 de Junio de 2017VISTO; La Ley Orgánica de las Municipalidades aprobada por Decreto Ley Nº 6769/58, el Expediente Nº 4079-14566/17-0 D.E. y,CONSIDERANDO:Que por el expediente citado en el Visto, la Dirección de Gestión Participativa y Resolución de Conflictos Vecinales solicita se declare de Interés Municipal el 2º Encuentro Regional “Presente y Futuro de la Mediación Comunitaria en Argentina”, experiencias y desafíos de las Regiones Cuyo-Centro, organizado por la Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, a desarrollarse entre los días 15 y 16 de Junio del corriente año, en el Salón Rectorado de la Universidad

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Nacional de Cuyo, sito en Centro Universitario S/N de la Ciudad de Mendoza.Que el Municipio de Morón, a través de la Dirección de Gestión Participativa y Resolución de Conflictos Vecinales, forma parte de la Red Federal de Centros de Mediación Comunitaria.Que asimismo se informa de la participación de la Directora de Gestión Participativa y Resolución de Conflictos Vecinales, Sra. Julia Susana Marín, por tal motivo solicita la suma de Pesos Diez mil ($ 10.000,00.-) para solventar los gastos de viaje, representación y hospedaje que demandará dicha concurrencia al evento en cuestión.Que ha tomado debida intervención la Subsecretaría Legal y Técnica en su incumbencia.Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario el dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Declárase de Interés Municipal el evento 2º Encuentro Regional “Presente y Futuro de la Mediación Comunitaria en Argentina”, experiencias y desafíos de las Regiones Cuyo-Centro, organizado por la Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, que se llevará a cabo entre los días 15 y 16 de Junio del corriente año, en el Salón Rectorado de la Universidad Nacional de Cuyo, sito en Centro Universitario S/N de la Ciudad de Mendoza.ARTÍCULO 2º.- Autorízase a la Directora de Gestión Participativa y Resolución de Conflictos Vecinales, Sra. Julia Susana Marín (D.N.I. Nº 13.508.215), la concurrencia al evento mencionado en el Artículo 1º. ARTÍCULO 3º.- Por la Dirección de Contaduría, líbrese Orden de Pago a nombre de la Sra. Julia Susana Marín (D.N.I. Nº 13.508.215), por la suma de Pesos Diez mil ($ 10.000,00.-), con oportuna y documentada rendición de cuentas.ARTÍCULO 4º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 5º.- Dése al Registro de Decretos y comuníquese a la Dirección de Contaduría. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 371 /2017

Morón, 28 de Junio de 2017VISTO;El Decreto Nº 108/16, lo actuado en el expediente Nº 4079-12063/17-0 D.E., referido a la composición del listado de Mayores Contribuyentes y,CONSIDERANDO: Que habiéndose procedido a la inscripción espontánea conforme obra a fs. 14/25 de estos actuados, en los términos del Decreto Nº 215/17.Que de las constancias obrantes a fs. 10/22 y del informe de fs. 26/114 se procede a integrar la totalidad de la nómina de Mayores Contribuyentes.Que la Subsecretaría de Ingresos Públicos y la Subsecretaria Legal y Técnica han tomado la intervención en su competencia y adjunta esta última proyecto de acto administrativo al efecto.Que por la competencia y facultades que le acuerdan los artículos 93º y 94º inciso 3) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde dictar el pertinente acto administrativo.Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Intégrase la nómina de Mayores Contribuyentes con los vecinos que seguidamente se detallan, a saber:

Nº Nº DE PARTIDA CONTRIBUYENTE1 508410 ANTONELLI, Elsa Elvira2 43437 DIAZ, Mónica Graciela3 151691 VACCARINI, Olga Susana4 31909 PALMA, María Ermelinda5 203490 MAGNI, Carlos6 9737 FRUTOS, Idalina

7 204708 HERNANDEZ, Pablo Rubén8 165998 FUMAGALLI, Sergio Rubén9 53564 SADIR, Irma Olga

10 66127 MENGONI, Mario Ángel11 165695 COLLADO LAZO, Javier12 510778 GUELMAN, Luis Alberto13 84759 ESTARELLAS, Gonzalo14 23378 APOSTÓLICO, Roberto Armando15 216766 PABESSI, Andrea Ángela16 206318 FERNÁNDEZ, Hugo Abel17 241934 SBACCO, Héctor Luis18 128138 AMATUCCI, María Rosa19 116649 TAPIA, Carlos Tomás20 501016 LOISA, Roberto Jorge21 163130 LEZCANO, Oscar Fernando22 119132 EUSEVI, Guillermo Alfredo23 202158 VILLALBA, Marta Isabel24 35154 BLANCO, Carlos Alberto25 12705 TINEO, Horacio Alberto26 15614 SANTANA, Beatriz Mónica27 59812 GONZÁLEZ, Miguel Ángel28 701487 TRAVERSO, María Delia29 9562 RODRIGUEZ, Jorge Enrique30 10045 LIZARAZU, Arturo Rodolfo31 25150 CATENA, Daniel Hugo32 24241 FINAMORE, María33 89799 BOGANI, Daniel34 110931 PELAEZ, Abelardo Ernesto35 12496 GONZÁLEZ, Néstor C.36 43356 PEREYRA, Raúl37 17510 ALVAREZ, Oscar Alberto38 218797 VELOSO, Alejandra39 16920 PASTORINO, Jorge Alberto40 92202 BITTOLO, Vicente41 150625 POCHELU, Mónica42 6355 SABATER, Marcela Viviana43 119375 RODRÍGUEZ, Jorge Enrique44 87209 AVERSA, Mirta Alicia45 166765 COLANERO, Cecilia Dominga46 218076 NICOLINI, Jorge Eduardo47 517582 HERRERA, Josefina Selva48 24165 ECHEZARRETA, Mario Carlos

ARTÍCULO 2º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Planificación Estratégica y de Economía y Finanzas.ARTÍCULO 3º.- Dése al Registro de Decretos, comuníquese a las Secretarías del Departamento Ejecutivo y al Honorable Concejo Deliberante. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Leandro Ugartemendia

* * *DECRETO Nº 372 /2017

Morón, 28 de Junio de 2017VISTO;La Ordenanza Nº 18225/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 8 de Junio del año 2017, el expediente Nº 4079-12316/16-0 D.E. - 78430/17 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo.Por ello;EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º.- Promúlgase la Ordenanza Nº 18225/17, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 8 de Junio del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Declárase de Legítimo Abono el crédito reconocido a favor de los agentes: Javier Pedro Nero (Legajo N°228589), Sergio Vaz Gil (Legajo N° 228567), Carlos Ortega (Legajo N°226890), Alejandro Botto (Legajo N°222456), Roberto Tesoro (Legajo N°228689) y Elías Albino (Legajo N°194223) originada en el expediente N°78430/17 H.C.D. – 4079-12316/16-0 D.E. por los servicios prestados durante los años 2014 y 2015, por un valor de $ 108.250,64 (pesos ciento ochoh mil doscientos cincuenta con 64/100)Artículo 2º: El importe reconocido en el artículo anterior comprometerá los saldos de la partida de Gastos en Personal, Jurisdicción 04, Prog. 49, Activ. 00 de los ejercicios 2014 y 2015.

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los ocho días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.” ARTÍCULO 2º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 3º.- Dése al Registro de Decretos. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 373/2017

Morón, 29 de Junio de 2017VISTO;La Ordenanza Nº 17.494/16, el Decreto Municipal Nº 593/16, la Resolución Nº 559/16 y los Expedientes Nros. 4079-13878/17, Nº 4079-14365/17, Nº 4079-13894/17, Nº 4079-13373/17, Nº 4079-13846/17, Nº 4079-14599/17, Nº 4079-14601/17, Nº 4079-117483/17, y CONSIDERANDO;Que a través de la Ordenanza Nº 17.494/16 se creó el “Fondo de Fortalecimiento Institucional” destinado a subsidiar las erogaciones necesarias para fomentar y fortalecer la continuidad de la actividad social de los clubes de barrio, sociedades de fomento y asociaciones civiles sin fines de lucro, así como también la promoción y protección de las PYMES y comercios barriales, en el ámbito del Municipio.Que por Decreto Nº 593/16 se reglamentó el Fondo de Fortalecimiento Institucional, distinguiendo entre los dos grupos de beneficiarios del mismo, definiendo -dentro del primer grupo de entidades- una línea de acción que destaque la importancia que han tenido los clubes barriales y sociedades de fomento, históricamente, en la construcción de la ciudadanía desde fines del Siglo XIX, cumpliendo funciones de recreación, asistencia social y previsión.Que en virtud de ello, se creó el Registro del “FONDO DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL” en el marco de la Ordenanza referida, el cual funciona en todas las Unidades de Gestión Comunitaria. Que, dentro del porcentaje del fondo destinado a coadyuvar mensualmente a las entidades barriales sin fines de lucro, se observó la existencia de un remanente de fondos sin asignar y en consecuencia mediante el Decreto Nº 874/16 se aprobó ampliar los beneficios a otras asociaciones civiles sin fines de lucro que cumplan un fin socio-cultural dentro del Municipio.Que el referido Decreto regula la forma de distribución de los fondos remanentes, indicando que los períodos serán considerados trimestralmente, y ejecutados al final de cada término.Que atento a ello, corresponde distribuir los montos remanentes de la misma forma en que se distribuyó en el año 2016, siempre de conformidad a la fecha de inscripción de las entidades. Que en el caso de marras, las organizaciones “Centro de Jubilados”, Pensionados El Hornero”, “Asociación Civil Ankoku”, “Unión Comerciantes de Agüero” y “Club de Pelotas los Onas”, se han inscripto en el mes de Mayo y Abril del año en curso, correspondiendo incluirlas en el segundo trimestre del año 2017. Que será requisito indispensable para el otorgamiento del subsidio que las asociaciones cuenten con reconocimiento municipal previo a su inscripción -la cual es dinámica-, y que realicen conforme a la normativa municipal correspondiente la rendición documentada de gastos. Que ha tomado intervención la Subsecretaria Legal y Técnica. Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORON

DECRETA:ARTÍCULO 1º.- Autorízase la distribución de montos remanentes correspondientes al Fondo de Fortalecimiento Institucional aprobado por Ordenanza Nº 17494/2016, de conformidad con lo dispuesto por el Anexo I, que forma parte del presente decreto.ARTICULO 2º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.

ARTICULO 3º.- Dese al Registro de Decretos. Publíquese en el Boletín Municipal; oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Adrian Flores

* * *Anexo I

El Transformador $15.000

Barrio Aduana $15.000

Paddim $15.000

Lalcec $15.000

Solidaridad y Participación $15.000

Abuela Naturaleza $15.000

Union de Talleristas $15.000

Fomentar conciencia $15.000

Juventud Castelar $15.000

Fundación Casa de Jesus $15.000

Hogar de Niños Divino Jesus $15.000

Centro Comunitario El Sagrado $15.000

Unión Árabe del Oeste $15.000

Panaderos del Oeste $15.000

Estrellita Trabajando para la Niñez $15.000

Española de Socorros Mutuos $15.000

Grupo Scout Naval Nº 13 Vito Dumas $15.000

Taller San Lorenzo $15.000

Abrigo y Refugio Haedo $15.000

Ankoku $15.000

Santa Angela Hockey $15.000

Hermosa del Palomar $15.000

Cable Tierra $15.000

* * *DECRETO Nº 374/2017

Morón, 29 de Junio de 2017VISTO;Los expedientes Nº 4079-14300/17-0 D.E. y adjunto Nº 4079-14355/17-0 D.E. y,CONSIDERANDO:

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Que por los expedientes citados en el Visto, la Dirección de Administración de Bienes Físicos informa la necesidad de contar con una Caja Chica, para llevar adelante las transferencias de las unidades subastadas como así también los incorporados por el sistema de leasing.Que han tomado debida intervención la Secretaría de Economía y Finanzas, la Dirección de Contaduría, adjuntando esta última proyecto de acto administrativo al efecto, y la Subsecretaría Legal y Técnica.Que por lo expuesto, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo.Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Créase las caja chica de la dependencia que se detalla a continuación con especificación del monto asignado y su rotación mensual, que será aplicada para atender los gastos de pequeña cuantía que se originen en las transferencias de las unidades subastadas como así también los incorporados por el sistema de leasing:

Dependencia Monto Fte. De Financ Rotacion Mensual

Dirección de Administración de Bienes Físicos

$ 9.000.- 110 Única

ARTÍCULO 2º.- La Tesorería implementará la fianza del funcionario que tendrá a cargo los fondos de la Caja Chica, conforme lo establecido en el artículo 218º de la Ley Orgánica de las Municipalidades. ARTÍCULO 3º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 4º.- Dése al Registro de Decretos y comuníquese a la Dirección de Contaduría. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 375/2017

Morón, 30 de Junio de 2017VISTO; La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015 vigente y su modificatoria Ordenanza N 18046/2016, el expediente Nº 4079-15004/17-0 D.E. (II Cuerpos) y, CONSIDERANDO:Que por Decreto Nº 490/2016 se reglamentaron los artículos 34º, 35º, 36º, 37º, 43º, 47º, 48º, 59º, 62º, 76º, 77º, 79º, 79º bis, 82º, 88º, 90º, 98º, 120º y 152º de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015. Que habiéndose sancionado la Ordenanza Nº 18046/2016 promulgada mediante Decreto Nº 987/2016 modificatoria de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015, corresponde reglamentar los artículos 34º, 35º, 36º, 37º, 43º, 47º, 48º, 59º, 62º, 76º, 77º, 79º, 79º bis, 82º, 84º, 88º, 90º, 98º, 120º, 132º, 141º, 141º bis, 152º y 170º.Que de acuerdo a lo normado por el artículo 84º de la Ordenanza Fiscal vigente, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado para fijar el importe de las multas por defraudación.Que conforme a lo dispuesto por el artículo 88º de la Ordenanza Fiscal, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado para reglamentarlo, y a incrementar los valores.Que conforme lo estipulado por el artículo 90º de la Ordenanza Fiscal vigente el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado para establecer una tasa de financiación mensual del 2% (dos por ciento) para los planes de pago.Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 141º de la Ordenanza Fiscal vigente, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado para tomar como base imponible de la Tasa por Servicios Generales la valuación fiscal que determine la Secretaría de Planificación Estratégica a través de sus áreas de competencia sobre la base de los planos o croquis presentados por los responsables o, en su defecto, sobre la base de relevamientos realizados, conforme a los parámetros establecidos en la Ley Provincial Nº 10707, cuando se detecten subsistencias, construcciones no

declaradas y/o la valuación fiscal de la Provincia de Buenos Aires no se corresponda con el relevamiento físico realizado.Que según lo normado en el artículo 141º de la Ordenanza Fiscal vigente, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado para incrementar el valor de la Tasa por Servicios Generales cuando se detecte un exceso del Factor de Ocupación del Suelo (F.O.S) respecto del permitido, en un veinte por ciento (20%) cuando el inmueble se encuentre ubicado en las zonas de mayores recursos y en un diez por ciento (10%) cuando el inmueble se encuentre ubicado las zonas de medianos recursos. Que a fin de tener concordancia con las modificaciones realizadas en la Ordenanza Fiscal corresponde actualizar los formularios, los que como Anexos se acompañan al presente.Que es facultad del Departamento Ejecutivo reglamentar las Ordenanzas de acuerdo a lo previsto en el artículo 108º inciso 3 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.Que ha intervenido la Secretaría de Economía y Finanzas.Que ha tomado debida intervención la Subsecretaría Legal y Técnica.Que en virtud de lo expuesto resulta necesario el dictado del pertinente acto administrativo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello;EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º.- Derógase el Decreto Nº 490/2016 y sus modificatorios Decreto Nº 640/2016 y Decreto Nº 1/2017, y cualquier otra norma que se oponga al presente.ARTÍCULO 2º.- Reglaméntanse los artículos 34º, 35º, 36º, 37º, 43º, 48º, 62º, 79º bis, 82º, 84º, 90º, 98º, 120º y 170º de la Ordenanza Nº 17393/2015; y los artículos 47º, 59º, 76º, 77º, 79º, 88º, 132º, 141º, 141º bis y 152º de la Ordenanza Nº 17393/2015 modificada por la Ordenanza Nº 18046/2016, conforme texto ordenado por Decreto Nº 104/17. ARTÍCULO 3º.- Autorízase a la Secretaría de Economía y Finanzas a modificar formularios existentes y/o implementar nuevos formularios cuando situaciones futuras así lo requieran.ARTÍCULO 4º.- (Reglamentario de los artículos 34º y 35º del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015) No se dará curso a ninguna petición que realice el contribuyente, si en la misma no consignare su domicilio fiscal. ARTÍCULO 5º.- (Reglamentario del artículo 36º inciso a) del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015) A los efectos de realizar un cambio de domicilio de conformidad a lo normado en el artículo 36 inciso a) de la Ordenanza Fiscal, el contribuyente deberá presentar, dentro de los quince (15) días de producido el hecho el formulario F-17 que obra como Anexo R, ante la Dirección de Tributos Municipales.ARTÍCULO 6º.- (Reglamentario del artículo 37º del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015) A los efectos de constituir domicilio el contribuyente deberá presentar ante la Dirección de Tributos Municipales o la Dirección de Fiscalización los formularios F-22 y F-23 según su competencia, los cuales obran como Anexos W y X del presente.Asimismo, se tendrán como válidos respecto de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene los domicilios especiales constituidos ante la Dirección de la Registración de la Actividad Económica y Local, en los trámites mediante los cuales el titular se desvincule del hecho imponible. ARTÍCULO 7º.- (Reglamentario del artículo 43º del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015) Toda fiscalización y/o verificación de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, será iniciada por el Departamento de Inteligencia Fiscal dependiente de la Dirección de Fiscalización y/o el Departamento de Tasas Varias dependiente de la Dirección de Tributos Municipales según su competencia, mediante un Pedido de Verificación y Orden de Inspección, a través del formulario F-01 que obra como Anexo E.Iniciada la fiscalización y/o verificación, los agentes municipales entregarán una copia del formulario F-01 Pedido de Verificación y Orden de Inspección al contribuyente, quien suscribirá el original del mismo, como constancia de recepción; si el contribuyente se negare a firmar se

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

procederá de acuerdo con lo establecido en el artículo 120 de la Ordenanza Fiscal.ARTÍCULO 8º.- (Reglamentario del artículo 47º del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015 sustituido por el artículo 6º de la Ordenanza Nº 18046/2016) Con el fin de fiscalizar, verificar y determinar las obligaciones tributarias de los contribuyentes, el agente municipal, dependiente del Departamento de Inteligencia Fiscal y/o el Departamento de Tasas Varias, podrá formular requerimientos al contribuyente y/o responsable para que en el plazo de tres (3) días, como mínimo y en un máximo de diez (10) días, dé cumplimiento a lo solicitado.El requerimiento deberá efectuarse mediante los formularios F-02 y F-03 respectivamente que obran como Anexos F y G del presente, y deberá ser entregada una copia de los mismos al contribuyente, dejando constancia de ello.Los agentes municipales intervinientes deberán extender constancia escrita de los resultados y de los elementos exhibidos, en un acta de verificación a través del formulario F-03, que obra como Anexo G del presente o en un acta de relevamiento a través del formulario F-25, que obra como Anexo Z, según corresponda. El acta deberá ser suscripta por los agentes municipales, y por el contribuyente, en caso de contener manifestaciones verbales de estos.Si el contribuyente se negare a firmar se procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 120º de la Ordenanza Fiscal.ARTÍCULO 9º.- (Reglamentario del artículo 48º del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015) Los agentes municipales, una vez analizado el expediente administrativo, procederán a realizar un informe, y en caso de corresponder, confeccionarán un acta de ajuste tributario, mediante el formulario F-13 y F-28 según corresponda, que obran como Anexo Ñ y AC del presente.Producido el informe y el acta de ajuste tributario, el Departamento de Inteligencia Fiscal y/o el Departamento de Tasas Varias, dispondrá la vista de los ajustes practicados mediante cédula de notificación, en la que deberán transcribirse los artículos 48º, 49º, 84º a 89º y 94º de la Ordenanza Fiscal, y emplazará al contribuyente y demás responsables para que oponga su defensa en caso de que su conducta encuadre en las sanciones tipificadas en el Capítulo 14 de la Ordenanza Fiscal.Vencida la vista, se elevará el expediente con el Proyecto de Resolución Administrativa a la Dirección de Fiscalización, quién deberá elevarlo a la Secretaría de Economía y Finanzas por la Subsecretaría de Ingresos Públicos. Cuando el contribuyente prestare conformidad a los ajustes formulados, mediante la suscripción del formulario F-05 que obra como Anexo I del presente, o cualquier otro medio de comunicación fehaciente, dicha conformidad surtirá iguales efectos que una determinación de oficio para el fisco y una declaración jurada para el contribuyente, teniéndose por finalizada la vía administrativa, sin necesidad que se dicte resolución.Por ello, la no regularización de la situación tributaria dentro de los diez (10) días de prestada la conformidad, motivará la remisión de las actuaciones al área competente a los efectos de instar las pertinentes acciones por vía de apremio. ARTÍCULO 10º.- (Reglamentario del artículo 59º del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015 sustituido por el artículo 7º de la Ordenanza Nº 18046/2016) A los efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 59º, la Dirección de Tributos Municipales o la Dirección de Fiscalización o la Dirección de Apremio podrán otorgar hasta treinta (30) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, por planes de pago parciales que no incluyan la totalidad de la deuda por la Tasa por Servicios Generales y por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.Sin perjuicio de los planes de pago establecidos en el párrafo precedente la Dirección de Tributos Municipales o la Dirección de Fiscalización o la Dirección de Cementerio o la Dirección de Registración de la Actividad Económica y Local o la Dirección de Apremio podrán otorgar hasta noventa (90) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de los ejercicios fiscales adeudados por la Tasa por Servicios Generales, hasta cuarenta y cinco (45) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de los ejercicios fiscales adeudados por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene y hasta treinta (30) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de las obligaciones fiscales incumplidas de los Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos, por los

Derechos de Publicidad y Propaganda, por los Derechos de Cementerio, por los Derechos a los Espectáculos Públicos, por el Impuesto a los Automotores, y hasta quince (15) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de los ejercicios fiscales adeudados por los Derechos por Trámite de Habilitación de Comercios e Industrias y por los Derechos de Construcción, salvo expresa autorización del Subsecretario de Ingresos Públicos mediante la cual se podrán otorgar hasta ciento veinte (120) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de los ejercicios fiscales adeudados por la Tasa por Servicios Generales, y hasta sesenta (60) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de los ejercicios fiscales adeudados por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.Los planes de pago descriptos en los párrafos precedentes no serán de aplicación para la categoría de “Grandes Contribuyentes” y para los contribuyentes que estén constituidos como personas jurídicas con fines de lucro, pudiéndose otorgar para estos contribuyentes hasta cuarenta y cinco (45) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de los ejercicios fiscales adeudados por la Tasa por Servicios Generales y hasta treinta (30) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de los ejercicios fiscales adeudados por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, salvo expresa autorización del Subsecretario de Ingresos Públicos mediante la cual se podrán otorgar hasta ciento veinte (120) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de los ejercicios fiscales adeudados por la Tasa por Servicios Generales, y hasta sesenta (60) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de los ejercicios fiscales adeudados por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.A los fines de establecer la cantidad de cuotas mensuales, iguales y consecutivas con las que se verá beneficiado el contribuyente, la Dirección de Tributos Municipales o la Dirección de Fiscalización o la Dirección de Apremio o la Dirección de Cementerio o la Dirección de Registración de la Actividad Económica y Local o el Subsecretario de Ingresos Públicos deberán tener en cuenta las posibilidades financieras del contribuyente, pudiendo denegar aquellas solicitudes que no rconsideren razonables.Con respecto a las tasas y derechos no contemplados precedentemente, la Dirección de Tributos Municipales o la Dirección de Fiscalización o la Dirección de Apremio sólo podrán otorgar hasta diez (10) cuotas por el total de las obligaciones fiscales incumplidas.El importe de las cuotas correspondientes al plan de pago suscripto por el contribuyente y/o responsable no podrá ser inferior a Pesos Cien ($ 100.-) para las deudas originadas por la Tasa por Servicios Generales y Derechos de Cementerio y a Pesos Doscientos ($ 200.-) para el resto de los tributos.A los fines de la implementación de los compromisos de pago, apruébase los formularios designados como Anexos A, B, B-I, B-II, C, D, D-I y D-II, los que forman parte integrante del presente Decreto.ARTÍCULO 11º.- (Reglamentario de los artículos 59º y 79º del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015 sustituidos por los artículos 7º y 13º de la Ordenanza Nº 18046/2016; 62º y 82º de la Ordenanza Nº 17393/2015) Los planes de pago o compromisos establecidos en el artículo 59º, como así también las bonificaciones contempladas en los artículos 62º, 79º y 82º, no serán aplicables en el caso que los contribuyentes y/o responsables de los tributos quisieran suscribir los planes de pago o compromisos o ingresaran los pagos de manera recurrida o bajo protesto. ARTÍCULO 12º.- (Reglamentario del artículo 62º del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015) Otórguese una bonificación del 20% (veinte por ciento) sobre el monto determinado para la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, excepto para la categoría de “Grandes Contribuyentes” que gozarán de una bonificación del diez por ciento (10%) de descuento. Asimismo, otórguese una bonificación del diez por ciento (10%) para la Tasa por Servicios Generales. Otórguese una bonificación del diez por ciento (10%) sobre el monto determinado por los Derechos de Publicidad y Propaganda, a excepción de los establecidos en el artículo 181º inciso i) de la Ordenanza Fiscal vigente, para los cuales se otorga una bonificación de un cincuenta por ciento (50%).

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

En todos los tributos la bonificación será para aquellos contribuyentes que se encuentren al día con sus obligaciones tributarias. Se entenderá que el contribuyente se encuentra al día con sus obligaciones tributarias cuando cumpla en tiempo y forma con las mismas.Entiéndase por cumplimiento en tiempo de las obligaciones fiscales, cuando éstas se abonen dentro del mes en que se producen sus respectivos vencimientos y por cumplimiento en forma que se tribute de conformidad con las normas municipales de derecho tributario.Podrán acceder a este beneficio los contribuyentes comprendidos en convenios de regularización de deuda, que no adeuden cuota alguna del mismo al momento de la solicitud del beneficio.La caducidad tendrá lugar sin perjuicio que a la emisión de la boleta de pago la administración siga calculando el porcentaje de descuento. Toda vez que el Municipio tome conocimiento del incumplimiento de algunas de las condiciones establecidas, procederá a liquidar las diferencias resultantes en forma retroactiva al momento en que se produjo el incumplimiento.ARTÍCULO 13º.- (Reglamentario del artículo 62º del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015) A los efectos de obtener la bonificación establecida en el artículo 62º de la Ordenanza Fiscal para la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, el contribuyente y/o responsable deberá solicitar por sí mismo o por apoderado dicha bonificación a través de los formulario F-06 y F-27 según corresponda, que obran como Anexos J y AB del presente.Una vez presentada la solicitud e informado que fuere el estado de cuenta por la Dirección de Tributos Municipales, la Dirección de Fiscalización a través de su área competente procederá a verificar que el contribuyente reúna los requisitos establecidos; para ello deberá constatar que no registre deuda para con el Municipio y que haya tributado hasta la fecha de la solicitud, de conformidad con las normas municipales vigentes en materia tributaria, debiendo notificarle el otorgamiento o denegación del beneficio.Sin perjuicio del tiempo que la administración pudiere necesitar para llevar adelante el procedimiento de verificación, el contribuyente podrá comenzar a gozar del beneficio desde el primer mes no vencido a la fecha de la solicitud. Si el contribuyente tuviese inconvenientes para cumplir con la presentación de la documentación requerida, podrá solicitar una prórroga de hasta treinta (30) días. Vencido el plazo otorgado sin que hubiese dado cumplimiento, la administración procederá a denegar el beneficio solicitado, ajustando los períodos por los cuales ya se hubiese aplicado el beneficio.Concedida que fuera la bonificación, ésta quedará condicionada al cumplimiento de las obligaciones fiscales en tiempo y forma.Entiéndase por cumplimiento en tiempo de las obligaciones fiscales, que sean abonadas dentro del mes en que se producen sus respectivos vencimientos y por cumplimiento en forma que se tribute de conformidad con las normas municipales de derecho tributario.La caducidad tendrá lugar sin perjuicio que a la emisión de la boleta de pago la administración siga calculando el porcentaje de descuento.Toda vez que el Municipio tome conocimiento del incumplimiento de algunas de las condiciones establecidas, procederá a labrar un acta de ajuste tributario por las diferencias resultantes, incluidas las que surjan como consecuencia de la caducidad del beneficio, en forma retroactiva al momento en el que se produjo el incumplimiento, dando vista del ajuste practicado al contribuyente, quien podrá presentar una declaración jurada rectificativa, según formulario F-14 que se acompaña al presente como Anexo O, solicitando que la caducidad del beneficio sólo proceda por los períodos afectados y rectificados. Deberán presentar esta solicitud con anterioridad al correspondiente registro de la Resolución Administrativa que determina las obligaciones tributarias.La presentación del formulario F-14 surtirá los efectos del último párrafo del artículo 48º de la Ordenanza Fiscal.Si la declaración jurada rectificativa abarcase todos los períodos en los que se hubiesen detectado diferencias, la caducidad del beneficio sólo procederá por los períodos afectados, y recién podrá el contribuyente volver a solicitar el

beneficio cuando hubiese ingresado las sumas reclamadas y adeudadas.Si el contribuyente no presentase la declaración jurada rectificativa, a los efectos de obtener nuevamente el beneficio, deberá abonar todos los importes liquidados en el acta de ajuste tributario, con más los recargos y las multas correspondientes.Si el contribuyente realizara un pago fuera de término no podrá gozar del beneficio desde el momento del incumplimiento y mientras registre deuda. Regularizada que fuese su situación, gozará nuevamente del beneficio sin necesidad de reiterar su petición. Se entenderá que el contribuyente ha ingresado los importes, si abonó los mismos o suscribió un compromiso de pago.ARTÍCULO 14º.- (Reglamentario del artículo 62º del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015) A los efectos de obtener la bonificación establecida en el artículo 62º de la Ordenanza Fiscal respecto de los Derechos de Publicidad y Propaganda, el contribuyente y/o responsable deberá solicitar por sí mismo o por apoderado dicha bonificación a través de los formularios F-15 y F-16 según corresponda, que obran como Anexo P y Q del presente.Una vez presentada la solicitud e informado que fuere el estado de cuenta por la Dirección de Tributos Municipales, a través de su área competente procederá a verificar que el contribuyente reúna los requisitos establecidos; para ello deberá constatar que no registre deuda el Muncipio y que haya tributado hasta la fecha de la solicitud, de conformidad con las normas municipales vigentes en materia tributaria, debiendo notificarle el otorgamiento o denegación del beneficio.Sin perjuicio del tiempo que la administración pudiere necesitar para llevar adelante el procedimiento de verificación, el contribuyente podrá comenzar a gozar del beneficio desde el primer mes no vencido a la fecha de la solicitud. Si el contribuyente tuviese inconvenientes para cumplir con la presentación de la documentación requerida, podrá solicitar una prórroga de hasta treinta (30) días. Vencido el plazo otorgado sin que hubiese dado cumplimiento, la administración procederá a denegar el beneficio solicitado, ajustando los períodos por los cuales ya se hubiese aplicado el beneficio.Concedida que fuera la bonificación, ésta quedará condicionada al cumplimiento de las obligaciones fiscales en tiempo y forma.Entiéndase por cumplimiento en tiempo de las obligaciones fiscales, que éstas se abonen dentro del mes en que se producen sus respectivos vencimientos y por cumplimiento en forma que se tribute de conformidad con las normas municipales de derecho tributario.La caducidad tendrá lugar sin perjuicio que a la emisión de la boleta de pago la administración siga calculando el porcentaje de descuento.Toda vez que el Municipio tome conocimiento del incumplimiento de algunas de las condiciones establecidas, procederá a liquidar las diferencias resultantes en forma retroactiva al momento en que se produjo el incumplimiento.Si el contribuyente realizare un pago fuera de término no podrá gozar del beneficio desde el momento del incumplimiento y mientras registre deuda. Regularizada que fuese su situación, gozará nuevamente del beneficio sin necesidad de reiterar su petición. Se entenderá que el contribuyente ha ingresado los importes, si abonó los mismos o en su defecto suscribió un compromiso de pago.ARTÍCULO 15º.- (Reglamentario del artículo 76º del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015 sustituido por el artículo 11º de la Ordenanza Nº 18046/2016) A efectos de acceder a la eximición otorgada por el artículo 76º incisos a, b, c, d, e, h, i y k de la Ordenanza Fiscal, el peticionante deberá presentar con carácter de Declaración Jurada el formulario F-08 que obra como Anexo L al presente.Por la eximición otorgada por el inciso g el peticionante deberá presentar con carácter de Declaración Jurada el formulario F-07, el cual obra como Anexo K.Para acceder a la eximición otorgada por el inciso f el peticionante deberá presentar con carácter de Declaración

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Jurada el formulario F-20, el cual obra como Anexo U al presente.En todos los casos, deberá acreditar mediante la documentación pertinente, los requisitos establecidos en el mencionado artículo. A los efectos de aplicar la escala establecida en el artículo 6º inciso f) de la Ordenanza Impositiva, y con el fin de generar un trato justo e igualitario a todos los contribuyentes, corresponde precisar que se entiende como conceptos remunerativos a aquellos ingresos que son tenidos en cuenta para el cálculo de aportes y contribuciones a la seguridad social y a la obra social, con excepción a las “Horas Extras”, y a todos los conceptos vinculados a la “Reparación Histórica” a los jubilados y/o pensionados.ARTÍCULO 16º.- (Reglamentario del artículo 77º del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015 sustituido por el artículo 12º de la Ordenanza Nº 18046/2016) Para acceder a la eximición otorgada por el artículo 77º incisos 1, 2 y 3 de la Ordenanza Fiscal, el peticionante deberá presentar con carácter de Declaración Jurada el formulario F-26 que obra como Anexo AA al presente, acreditando en todos los casos mediante la documentación pertinente, los requisitos establecidos en el mencionado artículo. ARTÍCULO 17º.- (Reglamentario del artículo 79 del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015 sustituido por el artículo 13º de la Ordenanza Nº 18.046/2016) Establécese la tasa mensual de recargo sobre los saldos en el tres por ciento (3%) para los tributos abonados fuera de la fecha de vencimiento.ARTÍCULO 18º.- (Reglamentario del artículo 79º bis del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015) Establécese la tasa mensual de interés punitorio del dos por ciento (2%), en los casos que corresponda recurrir a la vía judicial para hacer efectivo el cobro del crédito y multas, calculado desde la interposición de la demanda o según lo dispuesto por el juez competente en los autos correspondientes.ARTÍCULO 19º.- (Reglamentario del artículo 79º del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015 sustituido por el artículo 13º de la Ordenanza Nº 18046/2016, y 82º de la Ordenanza Nº 17393/2015) Otórgase una bonificación del 50% (cincuenta por ciento) de los recargos y del ciento por ciento (100%) de las multas por omisión, para aquellas obligaciones vencidas en las que el contribuyente y/o responsable expresara voluntad de pago, y siempre que el mismo no hubiera incurrido en el incumplimiento de ningún plan de pago o compromiso suscripto con fecha posterior al 31 de Diciembre de 2016 y hasta la fecha de solicitar la presente bonificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 79º y 82º de la Ordenanza Fiscal.Para aquellos contribuyentes y/o responsables que habiendo incurrido en el incumplimiento de un plan de pago o compromiso suscripto en el período descripto precedentemente, expresaran su voluntad de pago, se establece una bonificación del veinticinco por ciento (25%) de los recargos y del cincuenta por ciento (50%) de las multas por omisión.Aquellos contribuyentes y/o responsables que hubieran incurrido en el incumplimiento en más de un plan de pago o compromiso suscripto en el período descripto precedentemente, no se verán beneficiados con estas bonificaciones.Las mismas sólo serán otorgadas sobre los recargos y las multas correspondientes a obligaciones tributarias vencidas en los períodos fiscales anteriores al ejercicio en el cual fueran solicitadas.ARTÍCULO 20º.- (Reglamentario del artículo 82º del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015) Las multas por omisión de pago se aplicarán según los siguientes porcentajes:- Al ejercicio siguiente del vencimiento de la obligación un dos por ciento (2%).- Al segundo ejercicio siguiente del vencimiento de la obligación un cuatro por ciento (4%).- A partir del tercer ejercicio siguiente del vencimiento de la obligación un seis por ciento (6%).Durante el ejercicio en el que se produce el vencimiento de la Tasa no se generará multa.Las multas por omisión de pago se aplicarán automáticamente, sin perjuicio que oportunamente se

apliquen las multas por omisión, por defraudación y por infracción, tipificadas en los artículos 82º a 89º de la Ordenanza Fiscal.ARTÍCULO 21º.- (Reglamentario del artículo 84º del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015) establécese una multa equivalente al cien por ciento (100%) del monto actualizado del gravamen en que se hubiera defraudado a la Municipalidad.Si el contribuyente conforma el ajuste y lo paga tanto de contado como suscribiendo un compromiso de pagos, se reducirá la multa al veinticinco por ciento (25%), toda vez que cumpla con el compromiso de pago asumido. En caso contrario el contribuyente deberá abonar la totalidad de la multa impuesta. ARTÍCULO 22º.- (Reglamentario del artículo 88º del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015 sustituido por el artículo 15º de la Ordenanza Nº 18046/2016) Establécense los módulos para las multas por infracción a los deberes formales en un mil cien (1.100) para las personas físicas y en dos mil cuatrocientos (2.400) para las personas jurídicas, por cada oportunidad en la que se hubiera constatado el incumplimiento. Para el caso que cumpla con la obligación omitida dentro del plazo otorgado en el artículo 31º y se pague voluntariamente la multa, los módulos se reducirán de pleno derecho a quinientos cincuenta (550) para las personas físicas y a un mil doscientos (1.200) para las personas jurídicas.ARTÍCULO 23º.- (Reglamentario del artículo 90º del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015) Establécese una tasa de financiación mensual sobre los saldos del dos por ciento (2%), la cual se aplicará para financiar el plan de pagos suscripto, de conformidad con lo normado por el artículo 90º de la Ordenanza Fiscal. ARTÍCULO 24º.- (Reglamentario del artículo 98º del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015) Previo al rechazo del recurso por falta de pago del gravamen y accesorios que correspondieren a cuestiones que no hubieren sido controvertidas, se intimará al contribuyente y/o responsable para que en el plazo de setenta y dos (72) horas se proceda al pago de los mismos o en su defecto a su regularización a través de un compromiso de pago, bajo apercibimiento de tener por no presentado el recurso.ARTÍCULO 25º.- (Reglamentario del artículo 120º del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015) Quedan autorizados a proceder a la notificación prevista en el artículo 120º, los agentes dependientes de la Dirección de Fiscalización, los agentes dependientes del Departamento de Promotores cuando entiendan en notificaciones solicitadas por la Subsecretaría de Ingresos Públicos y las Direcciones de Tributos Municipales, de Apremio y de Fiscalización, y los agentes del Departamento de Tasas Varias en cuanto a notificaciones vinculadas a los tributos que administren. En caso que el contribuyente no se encontrase o se negare a firmar, se procederá a dejar constancia en el acta de su 1º notificación, a través del formulario F-09, que obra como Anexo LL del presente.De corresponder una 2ª visita, se utilizará el formulario F-10 que se acompaña al presente como Anexo LL I.Será válida cualquier otra notificación o cédula en la que conste la recepción por parte del contribuyente. En el caso que no se encontrare o se negare a firmar se realizarán dos (2) visitas y se consignarán en la notificación. El contribuyente y/o responsable podrá autorizar a un tercero a efectos de recibir las notificaciones, citaciones e intimaciones que se le cursen. La autorización se realizará mediante el formulario F-11, obrante como Anexo M, debiendo certificar la firma ante Agente Municipal, Escribano Público o entidad bancaria.ARTÍCULO 26º.- (Reglamentario del artículo 132º del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015 sustituido por el artículo 20º de la Ordenanza Nº 18046/2016) Cuando no se hubiera cumplimentado con la presentación de planos y/o planilla de revalúo, o cuando surjan diferencias producto de la presentación de la planilla mencionada, mediante declaración jurada o de oficio, la Secretaría respectiva, a través de sus áreas de competencia, determinará una valuación fiscal provisoria conforme a los parámetros establecidos en la Ley Provincial Nº 10707. ARTÍCULO 27º.- (Reglamentario del artículo 141º del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal

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Nº 17393/2015 modificado por el artículo 24º de la Ordenanza Nº 18046/2016) Para aquellos supuestos en donde se detectaren subsistencias, construcciones no declaradas y/o la valuación fiscal de la Provincia de Buenos Aires no se corresponda con el relevamiento físico realizado, ya sea a través de inspecciones por métodos tradicionales como por métodos modernos de análisis de imágenes satelitales, teledetección y demás técnicas indirectas de detección y medición, - siendo las mismas de carácter enunciativas y no restrictiva - se tomará como base imponible la valuación fiscal que determine la Secretaría correspondiente a través de sus áreas de competencia sobre la base de los planos o croquis presentados por los responsables o, en su defecto, sobre la base de relevamientos realizados, conforme a los parámetros establecidos en la Ley Provincial Nº 10707.En el supuesto que se detectare un exceso del Factor de Ocupación del Suelo (F.O.S) respecto del permitido, el contribuyente deberá abonar el tributo liquidado conforme lo establecido en la Ordenanza Impositiva, incrementado de la siguiente manera:• En un veinte por ciento (20%) cuando el inmueble se encuentre ubicado en las zonas de mayores recursos.• En un diez por ciento (10%) cuando el inmueble se encuentre ubicado las zonas de medianos recursos.El presente artículo entrará en vigencia a partir del 1º de Septiembre de 2017.ARTÍCULO 28º.- (Reglamentario del artículo 141º bis del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015 incorporado por el artículo 25º de la Ordenanza Nº 18046/2016) Establécese respecto a los inmuebles en los que se hayan efectuado construcciones y/o modificaciones y/o anexiones sin la autorización municipal correspondiente por todo el período en que dure el incumplimiento los siguientes recargos: • Del veinte por ciento (20%) sobre el monto total del tributo a los inmuebles ubicados en las zonas de mayores recursos.• Del diez por ciento (10%) sobre el monto total tributo a los inmuebles ubicados en las zonas de medianos recursos.El presente artículo entrará en vigencia a partir del 1º de Septiembre de 2017.ARTÍCULO 29º.- (Reglamentario del artículo 152º del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015 modificado por el artículo 31º de la Ordenanza Nº 18046/2016) La eximición a la que hace referencia el artículo 152º de la Ordenanza Fiscal, tendrá lugar siempre y cuando se cumpla con los requisitos establecidos en el mismo.ARTÍCULO 30º.- (Reglamentario del artículo 170º del Decreto Nº 104/17, texto ordenado de la Ordenanza Fiscal Nº 17393/2015) Los contribuyentes categorizados como “Grandes Contribuyentes” de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene deberán presentar la Declaración Jurada para determinar la base del tributo mediante la aplicación de Grandes Contribuyentes. A los mencionados contribuyentes se les otorgará un usuario y una contraseña de acceso al sistema, debiendo presentar la Declaración Jurada ambos meses del bimestre. La Declaración Jurada de la cuota impar, correspondera al anticipo del mismo. Las fechas de vencimiento de presentación de las Declaraciones Juradas serán fijadas en el calendario fiscal. En caso que el contribuyente deba realizar modificaciones a la Declaración Jurada presentada, será necesaria una presentación formal ante la Unidad de Grandes Contribuyentes. Los contribuyentes que no cumplan con la presentación de la Declaración Jurada tal como se dispone en el presente artículo serán pasibles de la aplicación de la multa por infracción a los deberes formales de acuerdo a los montos establecidos en el artículo 23º del presente.Habiendo transcurrido el plazo para la presentación de la Declaración Jurada según el calendario fiscal, se liquidará el cincuenta por ciento (50 %) del monto total de la multa aplicable en la cuenta del contribuyente y se enviará al domicilio fiscal electrónico constituido por el contribuyente o al domicilio fiscal una notificación informando la aplicación de la multa. Tendrá como plazo hasta el último día del mes de vencimiento para regularizar su situación y abone la multa o presente el descargo que considere pertinente. Vencido el plazo sin que hubiese ocurrido ninguna de las situaciones descriptas se procederá a liquidar en la cuenta del contribuyente el cincuenta por ciento (50%) restante de la multa.

ARTÍCULO 31º.- La Autoridad de Aplicación del presente Decreto será la Secretaría de Economía y Finanzas, a través de las áreas de su competencia.ARTÍCULO 32º.- Apruébanse los formularios F-01, F-02, F-03, F-04, F-05, F-06, F-07, F-08, F-09, F-10, F-11, F-12, F-13, F-14, F-15, F-16, F-17, F-18, F-19, F-20, F-21, F-22, F-23, F-24, F-25, F-26, F-27, F-28, F-29, F-30, F-31, F-32, M-050, M-219, M-541 y F-33, que se acompañan como Anexos A, B, B-I, B-II, C, D, D-I, D-II, E, F, G, H, I, J, K, L, LL, LL I, M, N, Ñ, O, P, Q, R, S, T, U, V, W, X, Y, Z, AA, AB, AC, AD, AE, AF, AG, AH, AI, AJ y AK.ARTÍCULO 33º.- El presente Decreto entrara en vigencia el 1º de Julio de 2017.ARTÍCULO 34º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 35º.- Dése al Registro de Decretos y comuníquese a la Secretaría de Economía y Finanzas. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *Por razones de espacio los Anexos deberán ser solicitados en la Dirección de Decretos y Registro

* * *DECRETO Nº 376/2017

Morón, 30 de Junio de 2017VISTO;El expediente Nº 4079-14472/17-0 D.E. y, CONSIDERANDO:Que por el expediente ciatdo en el Visto, la Secretaría de Economía y Finanzas informa que el Contador Gabriel Enrique Bernini, hará uso de licencia ordinaria, a partir del día 3 hasta el día 23 de Julio y entre el día 28 de Noviembre y el día 18 de Diciembre del año 2017.Que corresponde asignar a otro funcionario del Municipio la firma del despacho de la Contaduría General, a efectos de evitar resentir el normal desenvolvimiento de las tareas del área. Asimismo la mencionada Secretaría propone a tales efectos a la Contadora Natalia Florencio.Que la Subsecretaría Legal y Técnica ha tomado debida intervención.Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo previsto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello;EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORON

DECRETAARTÍCULO 1º.- Autorízase al Contador General, Cdor. Gabriel Enrique Bernini(D.N.I. Nº 13.302.197), a hacer uso de licencia ordinaria, entre los días 03 al 23 de Julio y 28 de Noviembre al 18 de Diciembre del año 2017.ARTÍCULO 2º.- Otórguese interinamente a la Contadora Natalia Florencio (Legajo Nº 191.078), las funciones de Contador General mientras dure la licencia mencionada en el artículo 1º.ARTÍCULO 3º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Edonomía y Finanzas y de Gobierno.ARTÍCULO 4º.- ése al Registro de Decretos y por quién corresponda infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Adrián Flores

* * *RESOLUCIONESORDENANZAS

RESOLUCION Nº 564/2017Morón, 21 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18121/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Mayo del año 2017, el expediente Nº 4079-16933/15 D.E. - 76045/15-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18121/17.

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICADEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18121/17, a partir del día 1º de Junio del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Mayo del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar a los Sres. Francisco Luis Pagg D.N.I. Nº 11.420.518 y Edgardo Roberto Pagg D.N.I. Nº 12.771.756 el Uso del Suelo para el rubro “Autoservicio” de la propiedad sita en la calle Bruno de Zabala Nº 1347/49/51 de la Ciudad de Castelar cuyos datos catastrales son: Circ. V, Secc. A, Manz. 75, Parc. 21, Sub-Parc.1, con infracción al artículo 3.3.2.0 Grilla General de Usos del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcciones del Partido de Morón y a la Ordenanza Nº 5630/04 y sus modificatorias, según constancias obrantes en el Expte. Nº 76045/15 H.C.D. - 4079-16933/15 D.E.y la Audiencia Pública celebrada el día 15 de Septiembre de 2016.”“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º queda condicionado al inicio del trámite de Habilitación Comercial y al pago de las Tasas correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de las demás normas municipales que resulten de aplicación. En caso de incumplimiento caducarán automáticamente los derechos conferidos.”“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar la presente Ordenanza en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 565/2017Morón, 21 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18122/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Mayo del año 2017, el expediente Nº 4079-18476/15 D.E. - 76265/15-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18122/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18122/17, a partir del día 1º de Junio del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Mayo del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Cristian Ariel Olivello D.N.I. Nº 25.149.280 el Uso del Suelo para el rubro “Cancha de Fútbol y Local Comercial” de la propiedad sita en la calle Intendente Agüero Nº 975 de la Ciudad de Morón cuyos datos catastrales son: Circ. II, Secc. B, Manz. 153, Parc. 4, con infracción al artículo 3.3.2.0 Grilla

General de Usos, del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcciones del Partido de Morón, según constancias obrantes en el Expte. Nº 76265/15 H.C.D. - 4079-18476/15 D.E. y Audiencia Pública celebrada el día 15 de Septiembre de 2016.”“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º queda condicionado al inicio del trámite de Habilitación Comercial y al pago de las Tasas correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de las demás normas municipales que resulten de aplicación. En caso de incumplimiento caducarán automáticamente los derechos conferidos.”“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar la presente Ordenanza en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 566/2017Morón, 21 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18130/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Mayo del año 2017, el expediente Nº 4079-15142/16 D.E. - 76998/16-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18130/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICADEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18130/17, a partir del día 1º de Junio del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Mayo del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: La presente Ordenanza tiene por objeto regular la prohibición de quema de residuos sólidos urbanos.”“Artículo 2º: Queda vedada la quema de animales muertos.”“Artículo 3º: Se entiende por Residuos Sólidos Urbanos, conforme lo prescribe la Ley 13592, aquellos elementos, objetos o sustancias generados y desechados producto de actividades realizadas en los núcleos urbanos y rurales, comprendiendo aquellos cuyo origen sea doméstico, comercial, institucional, asistencial e industrial no especial asimilable a los residuos domiciliarios. Quedan excluidos del régimen de la presente Ley aquellos residuos que se encuentran regulados por las Leyes Nº 11.347 (residuos patogénicos, excepto los residuos tipo “A”), 11.720 (residuos especiales) y los residuos radiactivos.”“Artículo 4º: Las disposiciones de la presente Ordenanza se aplicarán a toda persona humana o jurídica, pública o privada y/o sus dependientes, que sea sorprendido quemando residuos o animales muertos.”“Artículo 5º: Se promueve la participación de las personas humanas o jurídicas, publicas o privadas, quienes deberán denunciar las infracciones que constaten a la presente Ordenanza. Las denuncias serán anónimas, excepto en aquellos casos en que la autoridad de aplicación estime conveniente recabar algunos datos. En este supuesto, dicha información no se hará constar en el acta de infracción.”“Artículo 6º: La Municipalidad de Morón, a los fines de facilitar la participación de las personas mencionadas en el artículo 5º, debe dar a conocer las vías de recepción de

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denuncias mendiante la campaña de difusión que estime conveniente como así también que la autoridad competente resulta ser la Dirección de Inspección General.”“Artículo 7º: A los efectos de determinar las sanciones aplicables a los infractores, rigen las siguientes normas; Ley Nacional Nº 26.562, Leyes Provinciales Nº 11.723 y 13.592, como así también los artículos 50º y 141º de la Ordenanza Municipal Nº 10.024/07. En caso de que la autoridad competente constate la comisión de un delito se dará intervención a la justicia en lo penal competente.”“Artículo 8º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCIONES

RESOLUCION Nº 557/2017Morón, 16 de Junio de 2017

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 779/2016, la Licitación Privada N°172/2017 (2º Llamado) tramitada por el Expediente Nº 1642/2017, referente a la Adquisición de Bomba Sumergible solicitado por el Departamento de Mantenimiento Pluvial y Señalamiento y, CONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 779/2016 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133, 151 y 156 del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal concurrió un solo oferente, por lo que se efectuó un segundo llamado al cual concurrió la siguiente empresa: INDUSTRIAS ROTOR PUMP S.A., resultando esta oferta conveniente a los intereses municipales.Que la Dirección de Compras y Contrataciones procede a adjudicar en virtud del Artículo Nº187 del reglamento de contabilidad y Art. 156 inciso 5 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.Que asimismo interviene la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntando proyecto de acto administrativo al efecto.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudicase la Licitación Privada Nº172/2017 (2º Llamado) tramitada por Expediente Nº 1642/2017, referente a la Adquisición de Bomba Sumergible solicitado por el Departamento de Mantenimiento Pluvial y Señalamiento a la empresa INDUSTRIAS ROTOR PUMP S.A., según el renglón Nº1 (ALT. Nº2) y renglón Nº2 (ALT. Nº2) en la suma total de $368.555.- (pesos trescientos sesenta y ocho mil quinientos cincuenta y cinco). El total de la presente adjudicación asciende a la suma total $368.555.- (pesos trescientos sesenta y ocho mil quinientos cincuenta y cinco).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según la forma solicitada por el oferente y el resto según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 15, Fuente de Financiamiento: 131, dentro de las clasificación obrante Solicitud de Gastos N°3032 y Nº4332.- ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Adriana Goltz - Jorge A. Álvarez Holmberg

* * *RESOLUCION Nº 558/2017

Morón, 16 de Junio de 2017VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el Decreto del Departamento Ejecutivo, Nº 779/2016 la Licitación Privada N°216/2017 tramitada por el Expediente Nº 2056/2017, referente a la adquisición de Combustible (Gas Oíl- Nafta Super), solicitado por la Dirección de Obras y Servicios Publicos.CONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 779/2016 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133, 151 y 156 del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal concurrieron las siguientes empresas: GABISERV S.A y ALVAREZ HNOS S.H., resultando la segunda oferta más convenientes a los intereses municipales.Que asimismo interviene la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntando proyecto de acto administrativo al efecto.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudicase la Licitación Privada Nº216/2017 tramitada por Expediente Nº 2056/2017, referente a la Adquisición de Combustible (Gas Oíl-Nafta Super) solicitado por la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, a la empresa ALVAREZ HNOS. S.H. según los renglones Nº 1, 2 y 3 en la suma total de $1.153.185.- (pesos un millón ciento cincuenta y tres mil ciento ochenta y cinco). El total de la presente adjudicación asciende a la suma total de $ 1.153.185.- (pesos un millón ciento cincuenta y tres mil ciento ochenta y cinco)ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según la forma solicitada por el oferente y el resto según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 15, Fuente de Financiamiento: 110, dentro de las clasificación obrante Solicitud de Gastos N°3900 y Nº4267.- ARTICULO 3º: Dese al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Adriana Goltz - Jorge A. Álvarez Holmberg* * *

RESOLUCION Nº 559/2017Morón, 19 de Junio de 2017

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial N° 2980/00, el Decreto del Departamento Ejecutivo N° 779/2016, la Licitación Privada Nº 112/2017, tramitada por el Expediente N° 1029/2017, referente a Ropa de Trabajo solicitado por la Secretaria de Obras y Servicios Públicos.CONSIDERANDO:Que en la Resolución N° 470/2017 se ha detectado un error involuntario de tipeo en el artículo 1º conforme al monto adjudicado a la empresa SACOTEX S.A. En cuyo caso deberá leerse $829.564.- (pesos ochocientos veinte nueve mil quinientos sesenta y cuatro.).Que asimismo interviene la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntando proyecto de acto administrativo al efecto.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZASDEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Modificase el artículo 1º de la Resolución 470/2017 en la cual deberá leerse: Adjudicase la Licitación

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Privada N°112/2017, tramitada por Expediente Nº 1029/2017, referente a la adquisición de Ropa de Trabajo, solicitado por la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, a la empresa SACOTEX S.A., según los renglones Nº 1,2 y 3, en la suma total de $829.564.-(pesos ochocientos veinte nueve mil quinientos sesenta y cuatro.). El total de la presente adjudicación asciende a la suma total de $829.564.- (pesos ochocientos veinte nueve mil quinientos sesenta y cuatro.).ARTICULO 2º: Autorizase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 15, Fuente de Financiamiento: 110, dentro de las clasificación obrante a Solicitud de Gatos N° 1791.-y Nº 3229ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Adriana Goltz - Jorge A. Álvarez Holmberg* * *

RESOLUCION Nº 560/2017Morón, 19 de Junio de 2017

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial N° 2980/00, el Decreto del Departamento Ejecutivo, N" 779/2016 la Licitación Privada N° 211/17 tramitada por el Expediente N° 1990/17, referente al Servicio de Mantenimiento y Reparación de Edificios, solicitado por la Secretaria de Economía y FinanzasCONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo N° 779/2016 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133. 151 y 156 del Decreto Ley N° 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151° y 153º de la Ley Orgánica Municipal concurrieron las siguientes empresas: CANTERAS PATAGONICAS SRL Y YACIN CONSTRUCCIONES SRL, resultando la segunda oferta las más convenientes a los intereses municipales.Que asimismo interviene la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntando proyecto de acto administrativo al efecto.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZASDEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudicase la Licitación Privada Nº 211/17 tramitada por Expediente N° 1990/17, referente a la Servicio de Mantenimiento y Reparacion de Edificios, solicitado por la Secretaria de Economia y Finanzas a la empresa YACIN CONSTRUCCIONES SRL según el renglón Nº1. en la suma total de $575080.- (pesos quinientos setenta y cinco mil ochenta). El. total de la presente adjudicación asciende a la suma de $575080.- (pesos quinientos setenta y cinco mil ochenta)ARTICULO 2º: Autorizase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según la forma solicitada por el oferente y el resto según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 45, Fuente de Financiamiento: 132, dentro de las clasificación obrante Solicitud de Gastos N°3704 y 4483.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Adriana Goltz - Jorge A. Álvarez Holmberg* * *

RESOLUCION Nº 561/2017Morón, 19 de Junio de 2017

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el Decreto del Departamento Ejecutivo, Nº 779/2016 la Licitación Privada N°214/2017 tramitada por el Expediente Nº 2059/2017, referente a la adquisición de Materiales Eléctricos, solicitado por la Dirección de Alumbrado Público.CONSIDERANDO:

Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 779/2016 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133, 151 y 156 del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal concurrieron las siguientes empresas: ALUMBRAR PATAGONICA S.R.L y LM SISTEMAS LUMINICOS S.A., resultando la primer oferta más convenientes a los intereses municipales.Que asimismo interviene la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntando proyecto de acto administrativo al efecto.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudicase la Licitación Privada Nº214/2017 tramitada por Expediente Nº 2059/2017, referente a la Adquisición de Materiales Eléctricos, solicitado por la Dirección de Alumbrado Público, a la empresa ALUMBRAR PATAGONICA SRL según los renglones Nº 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 en la suma total de $1.023.126,50 (pesos un millón veintitrés mil ciento veintiséis con cincuenta centavos). El total de la presente adjudicación asciende a la suma total de $ 1.023.126,50 (pesos un millón veintitrés mil ciento veintiséis con cincuenta centavos)ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según la forma solicitada por el oferente y el resto según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 15, Fuente de Financiamiento: 110, dentro de las clasificación obrante Solicitud de Gastos N°3850 y Nº4297.-ARTICULO 3º: Dese al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Adriana Goltz - Jorge A. Álvarez Holmberg* * *

RESOLUCION Nº 562/2017Morón, 19 de Junio de 2017

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial N° 2980/00, el Decreto del Departamento Ejecutivo N° 779/2016, la Licitación Privada N° 133/2017 (21 Llamado) tramitada por el Expediente N° 1208/2017, referente a la Adquisición de Automóvil solicitado por la Secretaria de Seguridad CiudadanaCONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo N° 779/2016 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133, 151 y 156 del Decreto Ley N° 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 1511 y 1531 de la Ley Orgánica Municipal concurrió un solo oferente, por lo que se efectuó un segundo llamado al cual concurrió la siguiente empresa: AUTOTAG S.A resultando esta oferta conveniente a los intereses municipales.Que la Dirección de Compras y Contrataciones procede a adjudicar en virtud del Artículo N°187 del reglamento de contabilidad y Art. 156 inciso 5 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.Que asimismo interviene la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntando proyecto de acto administrativo al efecto.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZASDEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

ARTICULO 1': Adjudicase la Licitación Privada N°133/2017 (2º llamado) tramitada por Expediente N° 1208/2017, referente a la Adquisición automóvil solicitado por la Secretaria de Seguridad Ciudadana a la empresa AUTO TAG S.A., según los renglones N° 1, 2, 4, 5, 7, 8, 12, 15, 16, y 17 según el total de lo cotizado en la suma total de $996.000 (pesos novecientos noventa y seis mil). El total de la presente adjudicación asciende a la suma total $996.000 (pesos novecientos noventa y seis mil). ARTICULO 2º: Autorizase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según la forma solicitada por el oferente y el resto según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 15, Fuente de Financiamiento: 110, dentro de las clasificación obrante Solicitud de Gastos N°2164 y N°3736. ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Adriana Goltz - Jorge A. Álvarez Holmberg* * *

RESOLUCION Nº 563/2017Morón, 21 de Junio de 2017

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el Decreto del Departamento Ejecutivo, Nº 779/2016 la Licitación Privada N° 237/2017 tramitada por el Expediente Nº 2543/2017, referente al Servicio de Traslado de Personas , solicitado por la Subsecretaria de Trabajo y Economia Social.CONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 779/2016 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133, 151 y 156 del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal concurrieron las siguientes empresas: FERNANDEZ EMILIO RAMIRO – SM SOLUCIONES DE TRANSPORTE S.R.L resultando la última oferta más convenientes a los intereses municipales.Que asimismo interviene la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntando proyecto de acto administrativo al efecto.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudicase la Licitación Privada Nº 237/2017 tramitada por Expediente Nº 2543/2017, referente al Servicio de Traslado de Personas solicitado por la Subsecretaria de Trabajo y Economia Social , a la empresa SM SOLUCIONES DE TRANSPORTE S.R.L según renglon Nº 1 en la suma total de $1.033.000 (precio por viaje $ 2599,02) (pesos un millon treinta y tres mil). El total de la presente adjudicación asciende a la suma total de $1.033.000 (pesos un millón treinta y tres mil) ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según la forma solicitada por el oferente y el resto según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 51, Fuente de Financiamiento: 133, dentro de las clasificación obrante Solicitud de Gastos N°4731. ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Adriana Goltz - Jorge A. Álvarez Holmberg* * *

RESOLUCION Nº 567/2017Morón, 22 de Junio de 2017

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial N° 2980/00, el Decreto del Departamento Ejecutivo, N° 779/2016 la Licitación Privada Nº 189/2017 tramitada por el Expediente N° 1717/2017, referente a la adquisición de insumos

hospitalarios, solicitado por la Dirección General Hospital de Morón.CONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo N° 779/2016 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133, 151 y 156 del Decreto Ley N° 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal concurrieron las siguientes empresas: CIENTIFICA PARQUE CENTENARIO S.RL Y CIUDAD HOSPITALARIA S.R.L., resultando ambas ofertas convenientes a los intereses municipales.Que asimismo interviene la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntando proyecto de acto administrativo al efecto.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZASDEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudicase la Licitación Privada N1189/2017 tramitada por Expediente N° 1717/2017, referente a la Adquisición de insumos hospitalarios solicitado por la Dirección General Hospital de Morón, a la empresa CIENTIFICA PARQUE CENTENARIO S.R.L. , según los renglones N° 1,4,5,6,7,10,19 y 24 en la suma total de $ 109.900 (pesos ciento nueve mil novecientos). A CIUDAD HOSPITALARIA S.R.L, según los renglones N° 2,3,13,14,15,16,17,18,20,21,22 y 23 en la suma total de $ 110.531,60 (pesos ciento diez mil quinientos treinta y uno con sesenta centavos). El total de la presente adjudicación asciende a la suma total de $220.431,60 (pesos doscientos veinte mil cuatrocientos treinta y uno con sesenta centavos)ARTICULO 2º: Autorizase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según la forma solicitada por el oferente y el resto según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 47, Fuente de Financiamiento: 110, dentro de las clasificación obrante Solicitud de Gastos N°3277, N°4598 y Nº 14709.-ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Adriana Goltz - Jorge A. Álvarez Holmberg* * *

RESOLUCION Nº 568/2017Morón, 22 de Junio de 2017

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial N° 2980/00, el Decreto del Departamento Ejecutivo, N° 779/2016 la Licitación Privada Nº 197/2017 tramitada por el Expediente N° 1942/2017, referente al Mantenimiento de Cámaras, solicitado por la Secretaria de Seguridad Ciudadana.CONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo N° 779/2016 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133, 151 y 156 de¡ Decreto Ley N° 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal concurrieron las siguientes empresas: DIGIFIX S.R.L - ELCA SEGURIDAD ELECTRONICA S.R.L, resultando la primer oferta más convenientes a los intereses municipales.Que asimismo interviene la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntando proyecto de acto administrativo al efecto.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello:

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 27

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZASDEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1°: Adjudicase la Licitación Privada Nº 197/2017 tramitada por Expediente N° 1942/2017, referente al Mantenimiento de Cámaras solicitado por la Secretaria de Seguridad Ciudadana , a la empresa DIGIFIX S.R.L, según renglón N° 1 en la suma total de $ 980.000,10 (pesos novecientos ochenta mil con diez centavos). El total de la presente adjudicación asciende a la suma total de $980.000,10 (pesos novecientos ochenta mil con diez centavos).ARTICULO 2°: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según la forma solicitada por el oferente y el resto según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 50, Fuente de Financiamiento: 110, dentro de las clasificación obrante Solicitud de Gastos N° 3486 y N° 4141.-ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Adriana Goltz - Jorge A. Álvarez Holmberg* * *

RESOLUCION Nº 569/2017Morón, 22 de Junio de 2017

VISTO:Lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, las Ordenanzas Fiscal e Impositiva, la Ley de Convenio Multilateral, los autos caratulados “Y ORDEN DE INSPECCION BAFIR SA 1-97353/1-104833”, por expediente N° 4079-10401/16, que tramitan ante la Municipalidad de Morón sita en la calle Alte Brown N° 946 de la localidad y Partido de Morón, Provincia de Bs. As., las Actas de Ajuste Tributario F-13 Nros. 4775, 4776, 4777, 4778, 4779, el Acta de Intimación F-29 Nº 012, el Descargo obrante a fs. 331/336, y;CONSIDERANDO:Que el expediente del visto contiene la documentación que respalda la fiscalización efectuada al contribuyente BAFIR S.A., con domicilios fiscales en las calles Castelli, Juan José N° 686 de la localidad y partido de Morón, y Castelli, Juan José N° 790 de la localidad y partido de Morón, constituyendo domicilio legal en la calle La Roche N° 511 de la localidad de Morón, cuyo rubro es Fabricación de Piezas de Caucho (Sin Elaboración de Materia Prima), legajos de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene Nº 1-97353 y Nº 1-104833.Que a través del citado expediente se procedió a fiscalizar la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, respecto a los legajos Nros 1-97353 y 1-104833, por el período comprendido desde el mes de enero de 2011 a diciembre de 2015. Que en fecha 18 de enero de 2016 mediante Requerimiento N° 5437, obrante a fs. 5 del expediente de marras, se solicitó documentación al contribuyente a saber: Formulario de Inscripción en Ingresos Brutos o Convenio Multilateral, Pagos de Impuesto sobre los Ingresos Brutos por los períodos desde enero 2011 hasta diciembre de 2015, Declaración Jurada Anual de Ingresos Brutos desde 2010 a 2014, Formulario de Inscripción en AFIP, Libro IVA Ventas desde enero de 2011 hasta diciembre de 2015, Libro IVA Compras desde enero de 2011 hasta diciembre de 2015, Balances Contables correspondientes al ejercicio económico último cerrado, Estatuto Social, Formulario Nº 446/C AFIP, Formulario F-931 períodos 01/2014 a 12/2015, Nota en carácter de Declaración Jurada firmada por titular informando los 5 (cinco) principales clientes y proveedores domiciliados en Morón, Nota en carácter de Declaración Jurada firmada por titular informando Ingresos netos mensuales por el período 01/2011 a 31/12/2015 con indicación coeficientes de Convenio Multilateral de Provincia Buenos Aires e intermunicipal de Morón en caso de corresponder, Papeles de Trabajo con cálculo de los coeficientes de Convenio Multilateral e intermunicipal, Certificados de habilitación en otros municipios dentro de Provincia de Buenos Aires, Resúmenes bancarios de las cuentas operadas entre el 01/2011 a 31/12/2015, Detalle de compras netas mensuales firmada por titular por el período 01/2011 a 31/12/2015, Ultima Acta de Asamblea con designación de autoridades; a fin de verificar si el mismo ha abonado correctamente o no las obligaciones tributarias que posee a su cargo, otorgándole para ello un plazo para cumplimentar la documentación.Que el órgano administrativo recibió la siguiente documentación a saber: Nota firmada por apoderado obrante

a fs. 37, Constancia de Inscripción en AFIP a fs. 38/39, Declaraciones Juradas Anuales de Convenio Multilateral desde 2010 a 2014 obrantes a fs. 40/99, Formulario 931 AFIP desde 01/2014 al 12/2015 a fs. 100/124, Contrato Social de Bafir S.A. a fs. 125/137, Poder Especial a favor de Ariel Iván Orellano y Alejandra Viviana Burgin a fs. 138/140, Detalle de Compras desde 01/2011 al 12/2015 firmado por apoderado a fs. 142/143, Detalle de Ventas Netas desde 01/2011 al 12/2015 firmado por apoderado a fs. 144, Acta de Asamblea Nº 24 y Acta de Directorio Nº 64 obrante a fs. 145/155, Ejercicio Económico Nº 13 a fs. 156/172, Papeles de Trabajo a fs. 173/268, Detalle de Ingresos Mensuales desde el 01/2011 al 12/2015, firmado por apoderado a fs. 269/270 rectificando el listado presentado a fs. 144 del expediente del visto.Que de ello, surgen las bases imponibles para la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene para las cuotas mensuales 01/2011 a 12/2015, por lo cual se procedió a calcular la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por dichos períodos sobre base cierta. Que el contribuyente de referencia se encuentra inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, régimen Convenio Multilateral bajo el Nro. 902-778135-7.Que en la Nota obrante a fs. 37, el contribuyente expresa no poseer cuentas bancarias por hallarse las mismas bloqueadas por AFIP y ARBA, asimismo manifiesta que liquida el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en forma directa en cada una de las jurisdicciones, con algunas excepciones y agrega que no posee sucursales.Que cabe señalar que las Declaraciones Juradas anuales de Convenio Multilateral se encuentran liquidadas en algunas jurisdicciones con coeficiente cero.Que cabe mencionar que las ventas se atribuyeron al legajo Nº 1-97353, dado que en éste se encuentran ubicadas las oficinas comerciales, y que el legajo Nº 1-104833 se encuentra exclusivamente destinado a la fabricación.Que en cuanto al legajo N° 1-104833, corresponde que tribute por los importes mínimos establecidos en el artículo 20 de la Ordenanza Impositiva vigente.Que respecto al legajo Nº 1-97353, para conformar las bases imponibles y calcular la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene se han considerado los ingresos mensuales declarados por la firma, obrante a fs. 270 del expediente de marras. A dichos montos se les aplicó los coeficientes de la provincia de Buenos Aires que surgen de las Declaraciones Juradas anuales de Convenio Multilateral por los años 2010 a 2014. Cabe mencionar que se procedió a realizar el ajuste por cambio de coeficiente correspondiente en el mes de abril por los años 2012 a 2015, tal como lo indican las normas de Convenio Multilateral.Que de acuerdo a los cálculos realizados se determinó que los ingresos por ventas para las cuotas mensuales 01/11 a 12/11, 01/12 a 12/12, 01/13 a 12/13, 01/14 a 12/14, 01/15 a 12/15, superan el mínimo imponible determinado en el artículo 20 inciso 1 de la Ordenanza Impositiva vigente, por lo tanto deberá tributar por la alícuota establecida en el en punto 1.2 del mencionado artículo.Que de la compulsa de las actuaciones surge como resultado que el contribuyente determinó en forma inexacta la base imponible del tributo para las cuotas mensuales 01/11, 02/11, 09/11 a 12/11, 02/12, conforme a los arts. 43, 44, 171, 173 y cctes. de la Ordenanza Fiscal vigente, a su vez omitió abonar las cuotas mensuales 03/11 a 08/11, 03/12 a 12/12, 01/13 a 12/13, 01/14 a 12/14, 01/15 a 12/15, por lo que corresponde se determine de oficio y se intime la misma, conforme art. 170 y cctes. de la Ordenanza Fiscal vigente.Que, sin perjuicio de no haber sido fiscalizado, el contribuyente registra deuda respecto a los legajos Nº 1-97353 y Nº 1-104833 por los mínimos establecidos en el art. 20 de la Ordenanza Impositiva vigente, por las cuotas mensuales 01/16 a 02/17 respectivamente, por lo cual deberán intimarse su pago, los cuales quedarán sujetos a verificación.Que con fecha 20 de abril de 2016 se procedió a dar vista de las Actas de Ajuste Tributario F-13 Nros. 4716, 4717, 4718, 4719, 4720 y Acta de Intimación F-29 Nº 012, otorgándole al contribuyente el plazo de 10 (diez) días, establecido en el artículo 48 de la Ordenanza Fiscal vigente, para que formule por escrito su defensa y ofrezca la prueba documental que haga a su derecho.

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Que vencido el plazo otorgado en el párrafo precedente el contribuyente no presentó descargo alguno contra las actas mencionadas precedentemente.Que posteriormente la Administración Municipal advierte un error involuntario de tipeo en el reverso del acta de ajuste tributario F-13 Nº 4720 en “observaciones del ajuste tributario” al consignar un inciso de la alícuota en lugar de otro, detectándose a su vez un error respecto a la aplicación de la alícuota en el período 04/2014 (acta de ajuste tributario F-13 Nº 4719), por lo que corresponde dejar sin efecto las actas de ajuste tributario Nros. F-13 Nros. 4716, 4717, 4718, 4719 y 4720, reemplazándose por las actas de Ajuste Tributario F-13 Nros. 4775, 4776, 4777, 4778 y 4779; estas últimas notificadas en fecha 13 de junio de 2016.Que en fecha 29 de junio de 2016, el Dr. Carlos J. Alduncín letrado apoderado de la firma Bafir S.A., interpone descargo a fs. 313/314, donde manifiesta que en la cédula de vista, obrante a fs. 302, de las actas de ajustes tributarios F-13 Nros. 4775, 4776, 4777, 4778 y 4779, se había insertado una fecha de notificación errónea, siendo ésta el 13 de junio de 2013, cuando en su lugar correspondía 13 de junio de 2016, planteando la nulidad de la misma. Que ahora bien, considerando lo manifestado en el descargo, y a fin de subsanar el error mencionado, la Administración Municipal procedió a dar nuevamente vista de los ajustes tributarios practicados en las actas de ajustes tributarios F-13 Nros. 4775, 4776, 4777, 4778 y 4779, mediante cédula con fecha 30 de junio de 2016, ratificándose los mismos y otorgándole al contribuyente el plazo de 10 (diez) días, para que formule por escrito su defensa y ofrezca la prueba documental que haga a su derecho. Que en fecha 18 de julio de 2016, el Dr. Carlos J. Alduncín letrado apoderado de la firma, interpone descargo, el cual obra a fs. 331/336, contra las Actas de Ajuste Tributario ut-supra mencionadas.Que respecto al descargo interpuesto cabe decir que, el mismo resulta ser extemporáneo, dado que fue presentado fuera de término con fecha 18 de julio de 2016 y la cédula mediante la cual se le notificó al Sr. Ariel Orellano de los ajustes tributarios posee como fecha el 30 de junio de 2016, atento lo cual, se desprende con meridiana claridad que dicho descargo fue presentado por fuera del plazo estipulado en la norma, es decir pasado el término de 10 (diez) días. Que en relación a ello es dable destacar que de conformidad con lo normado por el artículo 48 de la Ordenanza Fiscal vigente y, conferida la vista, dentro del plazo de diez (10) días, deberá el contribuyente o responsable, formular por escrito su descargo y, ofrecer la prueba documental que haga a su derecho, con las formalidades establecidas en el Capítulo VII de la Ordenanza Nº 11.654. Que asimismo, se establece que no se admitirán prórrogas ni ampliaciones al plazo estipulado. Por ende dicho plazo es de carácter improrrogable y perentorio. Que entonces el mencionado descargo no fue presentado por el letrado apoderado de la firma en tiempo, toda vez que fue interpuesto por fuera del plazo estipulado en el artículo 48 de la Ordenanza Fiscal vigente, el cual en su parte pertinente establece: “De los ajustes tributarios se dará vista al contribuyente o responsable para que en el plazo de diez (10) días formule por escrito su descargo, y ofrezca la prueba documental que haga a su derecho, con las formalidades establecidas en el Capítulo VII de la Ordenanza Nº 11654. No se admitirán prórrogas ni ampliaciones al plazo indicado.”Que, no obstante lo expuesto, seguidamente se procederá a dar tratamiento las cuestiones planteadas por la firma.Que en el descargo la firma manifiesta, que ha incoado descargo administrativo con fecha 29 de junio de 2016, oponiendo error en la fecha insertada en la cédula de vista de ajuste oportunamente notificada, y que la actual cédula de vista de ajuste, notificada el 30 de junio del corriente, no presta coincidencia en su texto medular con la original que hubiera sido impugnada oportunamente.Que continúa diciendo que, el defecto material que se describe, de gravedad administrativa, ya que hace incierta la determinación tanto en la base imponible como en lo referente a las alícuotas planteadas.Que argumenta que en el acta de ajuste tributario F-13 Nº 4779 en el dorso los funcionarios actuantes realizan una valoración sobre un acta de ajuste, lo que luego arriba en la determinación de la deuda total a liquidar por diferencia por ventas, acta ésta que no forma parte de las que realmente se

están notificando, mediante la cédula impugnada y cuyo contenido no puede conocerse por ésta parte.Que agrega, que en virtud de la incertidumbre que recae sobre la materia fiscal que se intenta reclamar mediante el procedimiento de verificación llevado a cabo por la administración, motivado por las faltas formales y materiales, es que la cédula de vista de ajuste, así como las actas de ajuste que la acompañan sobrevienen nulas de nulidad absoluta, habida cuenta en que el procedimiento debe obedecer los principios consagrados en nuestra Carta Magna artículos 14, 16 y 18, como consecuencia de dicho acto material nulo, el proceso debe retrotraerse ab initio, dando así al contribuyente la oportunidad del planteo de la correcta defensa en juicio.Que finalmente solicita dar inicio a un nuevo proceso de verificación, conforme las normas del derecho Administrativo en lo que se refiere al impulso de procesos, habida cuenta de las nulidades planteadas a la notificación y al proceso de verificación en su totalidad, sucedido por los defectos formales y materiales que tornan incierto el objeto del acto. Que en primer lugar cabe decir, que la cédula notificada con 30 de junio de 2016 no tiene que ser idéntica, ni prestar coincidencia con la anterior, toda vez que la misma notifica lo resuelto al planteo efectuado en el descargo, de fecha 29 de junio de 2016. Que en segundo lugar, es dable señalar que el acta que se menciona en el reverso de acta F-13 Nº 4779, es la Nº 4720 y fue notificada en fecha 20 de abril de 2016, al Sr. Orellano Ariel y suscripta por el mismo, tal como puede observarse en las copias adjuntas a fs. 291 y 297 del expediente de marras, siendo que una de las copias queda en poder del firmante, motivo por el cual el contribuyente no puede aludir que el contenido del acta de ajuste Nº 4720 es desconocido, además por el sólo hecho que el contribuyente siempre tuvo acceso al expediente durante su tramitación, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ordenanza N° 11654, Normas en Materia de Procedimiento Administrativo, razón por la cual no existen excusas, ni justificaciones suficientes para argumentar desconocimiento del contenido del acta Nº 4720, y de las actuaciones administrativas.Que en cuanto a la existencia de incertidumbre respecto al cálculo de tasa en cuestión, cabe decir en principio, que a simple vista puede observarse que en los formularios correspondientes a las actas de ajuste tributario atacadas, aparece consignado el número de expediente administrativo “N° 4079-10401/16”, a través del cual se instruye el correspondiente proceso de verificación de las obligaciones tributarias respecto a la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene y que las mismas tienen naturaleza de documentos públicos. Que asimismo dichos formularios se hallan compuestos cada uno de ellos de varias columnas a través de las cuales se refleja; los períodos auditados, las bases imponibles utilizadas, las alícuotas aplicadas, el importe mínimo establecido para dicha actividad, los pagos en caso de haberlos efectuados, etc.; y en el reverso de las mismas figura el concepto de “Uso Exclusivo de Autoridad Municipal” detallando a su vez el saldo a favor de la Municipalidad, mínimos impagos, cargos y descargos, con sus respectivas cuotas afectadas. También contemplan, entre otras cosas, las “Observaciones del Ajuste Tributario” destinadas precisamente a informar al contribuyente el criterio y procedimiento utilizado para arribar a la obtención de las bases imponibles aplicables para cada caso en particular, y la totalidad del proceso de liquidación, mediante las cuales la Administración Municipal tiende a garantizar el derecho de defensa del administrado. Que en ese orden de ideas, sólo basta con la lectura de dichas actas de ajuste para apreciar que éstas no adolecen de la falta de algún dato o consigna, ni mucho menos de asidero legal alguno por las cuales el contribuyente pueda invocar falta de fundamentación y/o motivación alguna respecto al ajuste practicado.Que además, las actas de ajuste tributario resultan ser suficientemente claras y no necesitan de una interpretación exhaustiva para poder desentrañar el contenido de las mismas.Que en definitiva la vista conferida, es a los fines que el particular vinculado a la actuación, produzca su descargo y ofrezca la prueba de la que intente valerse, referente a la fiscalización tributaria en trámite.

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Que, continuando con los dichos del contribuyente resulta importante mencionar que, durante la tramitación de las actuaciones, la Administración garantizó en todo momento el derecho de defensa del administrado, de hecho, las presentaciones y muchas otras diligencias que obran en los actuados fueron efectuadas por el contribuyente de modo tal, que ponen de manifiesto que él mismo ha tenido acceso a la actuación, cuantas veces ha querido, ejerciendo su derecho de defensa cabalmente y la substanciación del descargo de fs. 331/336, es prueba palmaria de ello.Que por ello, no encontrándose afectado el derecho de defensa, no provoca la nulidad del proceso verificatorio. Que en definitiva, corresponde concluir que los ajustes tributarios practicados a través Actas de Ajuste Tributario F-13 Nros. 4775, 4776, 4777, 4778 y 4779 resultan ser procedentes, toda vez que los mismos han sido calculados conforme la normativa vigente que rige la materia y en base a la documentación suministrada por el contribuyente, por lo tanto la liquidación practicada resulta ajustada a derecho.Que por todo lo expuesto, corresponde no hacer lugar descargo interpuesto a fs. 331/336 del expediente de marras, por el letrado apoderado de la firma BAFIR S.A., toda vez que las pretensiones planteadas carecen de sustento legal, y el mismo resulta ser extemporáneo.Que a través del expediente del Visto, se han demostrado los incumplimientos en que ha incurrido el contribuyente. Que por lo expuesto en los párrafos precedentes, corresponde determinar la tasa mencionada.Que atento lo normado por el artículo 48 de la Ordenanza Fiscal vigente, corresponde dictar la presente; en primer lugar no haciendo lugar al descargo interpuesto a fs. 331/336 por extemporáneo; determinándose en segundo término el monto total de la obligación tributaria, por los períodos fiscales abarcados por la auditoría practicada, sin deducir los pagos efectuados por el contribuyente; e intimándose en tercer lugar al pago de lo efectivamente adeudado por el contribuyente.Que el procedimiento seguido para ajustar las obligaciones tributarias del contribuyente encuentra su fundamento en el Título I, Capítulo 7, artículos 40, 43 y cctes. de la Ordenanza Fiscal vigente y Título II, Capítulo 4, artículos 20 y 21 de la Ordenanza Impositiva vigente. Que la presente Resolución Administrativa es dictada por la Secretaría de Economía y Finanzas, en pleno ejercicio de lo dispuesto en el Art. 181 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, actuando la misma por delegación de facultades del Departamento Ejecutivo, según lo reglamentado a través del Decreto 768/16, Anexo III (tres) A.1.3. Por ello,

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE:

Artículo 1°: No hacer lugar al descargo interpuesto, a fs. 331/336 del expediente del visto, por el Dr. Carlos J. Alduncín letrado apoderado, de la firma BAFIR S.A., legajo de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene Nº 1-97353 y Nº 1-104833, por extemporáneo. Artículo 2º: Determínanse las obligaciones tributarias del contribuyente BAFIR S.A., legajo Nº 1-97353, surgidas de la verificación practicada por el expediente del Visto, por la suma de pesos UN MILLON QUINIENTOS NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA CON 03/100 ($ 1.509.950,03) en concepto de valor nominal de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por las cuotas mensuales 01/11 a 12/15, con más los recargos y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder conforme lo establecido en los arts. 79 y 82 de la Ordenanza Fiscal vigente. Artículo 3º: Intímase al contribuyente BAFIR S.A., legajo Nº 1-97353 a abonar, en un plazo de diez días, la suma de pesos UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS VEINTINUEVE CON 57/100 ($ 1.393.929,57) a valor nominal, en concepto de importes impagos por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por las cuotas mensuales 01/11 a 12/12, 02/12 a 12/12, 01/13 a 12/13, 01/14 a 12/14, 01/15 a 12/15, con más recargos establecidos en el art. 79 de la Ordenanza Fiscal vigente los cuales a la fecha ascienden a la suma de pesos DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 25/100 ($ 2.291.886,25) y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder según lo normado en el art. 82 de la Ordenanza Fiscal vigente.Artículo 4º: Intímase al contribuyente BAFIR S.A., legajo Nº 1-104833 a abonar, en un plazo de diez días, la suma de pesos

CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO CON 00/100 ($ 44.154,00) a valor nominal, en concepto de importes impagos por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por las cuotas mensuales 03/12 a 12/12, 01/13 a 12/13, 01/14 a 12/14, 01/15 a 12/15, con más recargos establecidos en el art. 79 de la Ordenanza Fiscal vigente los cuales a la fecha ascienden a la suma de pesos SESENTA Y NUEVE MIL SETENTA Y SIETE CON 10/100 ($ 69.077,10) y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder según lo normado en el art. 82 de la Ordenanza Fiscal vigente.Artículo 5º: Intímase al contribuyente BAFIR S.A., legajo Nº 1-97353 a abonar en un plazo de diez días, en concepto de importes mínimos impagos establecidos en el artículo 20 de la Ordenanza Impositiva vigente, respecto a la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por el período fiscal no auditado por las cuotas mensuales 01/16 a 12/16, 01/17, 02/17, la suma de pesos VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ 26.460,00), en concepto de valor nominal con más los recargos establecidos en el art. 79 de la Ordenanza Fiscal vigente que a la fecha ascienden a la suma de pesos SIETE MIL TRESCIENTOS CATORCE CON 30/100 ($ 7.314,30), y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder según lo normado en el art. 82 de la Ordenanza Fiscal vigente, todo ello sujeto a verificación y ajuste posterior.Artículo 6º: Intímase al contribuyente BAFIR S.A., legajo Nº 1-104833 a abonar en un plazo de diez días, en concepto de importes mínimos impagos establecidos en el artículo 20 de la Ordenanza Impositiva vigente, respecto a la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por el período fiscal no auditado por las cuotas mensuales 01/16 a 12/16, 01/17, 02/17, la suma de pesos VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ 26.460,00), en concepto de valor nominal con más los recargos establecidos en el art. 79 de la Ordenanza Fiscal vigente que a la fecha ascienden a la suma de pesos SIETE MIL TRESCIENTOS CATORCE CON 30/100 ($ 7.314,30), y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder según lo normado en el art. 82 de la Ordenanza Fiscal vigente, todo ello sujeto a verificación y ajuste posterior.Artículo 7°: Notifíquese la presente al interesado con la entrega de copia y vencido el plazo para su pago, procédase al cobro judicial por vía del Departamento de Gestión Judicial.Artículo 8º: Dése al registro de Decretos y Resoluciones

Fernando Arana - Jorge A. Álvarez Holmberg* * *

RESOLUCION Nº 574/2017Morón, 26 de Junio de 2017

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto del Departamento Ejecutivo N° 779/2016 y el expediente N° 1528/2017, referente a la ADQUISICIÓN DE REACTIVOS, y,CONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo N° 779/2016, el Sr. Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular, ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133º, 151º y 156º del Decreto 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la norma vigente.Que para el presente, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 1510, 153º y 156º de la Ley Orgánica Municipal, resulta de aplicación los términos del artículo 156 inciso 1º (Venta Exclusiva), de la Ley Orgánica Municipal.Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinentePor ello:

EL SECRETARIO DE ECONOMIA Y FINANZASDEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudícase la ADQUISICIÓN DE REACTIVOS, solicitado por la Dirección General Hospital de Morón, tramitado por expediente N° 1528/2017, al oferente: CIENTIFICA EXPRESS S.R.L. en la suma total de $ 922.776,20 (pesos novecientos veintidós mil, setecientos setenta y seis con 20/100).-ARTICULO 2º:: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según las formas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora 47,

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Fuente de Financiamiento 110, dentro de la clasificación obrante a fs. N° 3, solicitud de gastos N° 3223.-ARTICULo 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Adriana Goltz - Jorge A. Álvarez Holmberg* * *

RESOLUCION Nº 575/2017Morón, 26 de Junio de 2017

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el Decreto del Departamento Ejecutivo, Nº 779/2016 la Licitación Privada N°235/2017 tramitada por el Expediente Nº 2246/2017, referente al servicio de impresión solicitado por la Dirección de Imagen Institucional.CONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 779/2016 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133, 151 y 156 del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal concurrieron las siguientes firmas: NAIFUINO HECTOR LEONARDO Y BOTANA PARASCO HERNAN ROBERTO resultando la primer oferta más convenientes a los intereses municipales.Que asimismo interviene la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntando proyecto de acto administrativo al efecto.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº235/2017 tramitada por Expediente Nº 2246/2017, referente al servicio de impresión solicitado por la Dirección de Imagen Institucional a la firma NAIFUINO HECTOR LEONARDO, según el renglón Nº 1 en la suma total de $454.662 (pesos cuatrocientos cincuenta y cuatro mil seiscientos sesenta y dos). El total de la presente adjudicación asciende a la suma total $454.662 (pesos cuatrocientos cincuenta y cuatro mil seiscientos sesenta y dos)ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según la forma solicitada por el oferente y el resto según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 54, Fuente de Financiamiento: 110, dentro de las clasificación obrante Solicitud de Gastos N°4617 y Nº4827.- ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Adriana Goltz - Jorge A. Álvarez Holmberg* * *

RESOLUCION Nº 576/2017Morón, 27 de Junio de 2017

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto del Departamento Ejecutivo N° 779/2016 y el expediente, Nº 2193/2017 referente al Servicio de Distribución de Correos.CONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo N° 779/2016, el Sr. Intendente Municipal autoriza a la Secretaría de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular, ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 1330, 1510 y 1560 del Decreto 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la norma vigente.Que para el presente, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º, 153º y 156º de la Ley Orgánica Municipal, resulta de aplicación los términos del artículo 156 inciso 2º (reparticiones oficiales nacionales, provinciales o municipales y a entidades en las que el Estado tenga participación mayoritaria), de la Ley Orgánica Municipal.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZASDEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 10: Adjudicase al Servicio de Distribución de Correos, solicitado por la Dirección de Atención al Vecino, tramitado por expediente N° 2193/2017, al oferente CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.A., en la suma total de $800.000.- (pesos ochocientos mil).-ARTICULO 20: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según las formas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora 49, Fuente de Financiamiento 110, dentro de la clasificación obrante a fs. N° 3, solicitud de gastos N° 4022.-ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archivese.-

Adriana Goltz - Jorge A. Álvarez Holmberg* * *

RESOLUCION Nº 577/2017Morón, 27 de Junio de 2017

VISTO:El Decreto N° 1581/2008, el Expediente N° 4079-14513/17, yCONSIDERANDO:Que el Decreto N° 1581/2008 autoriza a disponer el reintegro a los distintos agentes que pongan a disposición del Municipio sus vehículos particulares, de los gastes incurridos por estacionamiento, combustible, peaje y lubricantes, para llevar a cabo sus tareas, cuando no cuenta el Área con un rodado de la Comuna disponible.Que esta Secretaria no cuenta con vehículos oficiales suficientes para atender las tareas inherentes a los servicios que presta.Que la suscripta se encuentra dispuesta a afectar el vehículo particular a las funciones específicas de la Secretaría a mi cargo.Que la p resen te Reso luc ión es d i c tada por es ta Secre tar ia en pleno ejercicio de lo normado por el ar tículo2º del Decreto Nº 15 8 1 / 2 0 0 8 -Por ello,

LA SECRETARIA DE MEDIOSRESUELVE:

A R T I C U L O 1 ° : Autorízse la afectación a los servicios específicos de esta Secretaria del vehículo particular que a continuación se detalla:

Cargo Apellido y Nombre

Dominio Marca Modelo

Secretaria de Medios

Bartel Carolina

IAW 635 Renault Clio

A R T I C U L O 2 º : Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archivese.

Carolina Bartel * * *

RESOLUCION Nº 579/2017Morón, 28 de Junio de 2017

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el Decreto del Departamento Ejecutivo, Nº 779/2016 la Licitación Privada N°198/2017 tramitada por el Expediente Nº 1644/2017, referente al alquiler de Hidroelevador, por la Secretaria de Obras y Servicios Públicos.CONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 779/2016 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133, 151 y 156 del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal concurrieron las siguientes empresas: ALEJANDRO DANIEL

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 31

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

CAO y DAMITECH ARGENTINA S.R.L, resultando la primer oferta más convenientes a los intereses municipales.Que asimismo interviene la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntando proyecto de acto administrativo al efecto.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudicase la Licitación Privada Nº198/2017 tramitada por Expediente Nº 1644/2017, referente al alquiler de Hidroelevador solicitado por la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, a la empresa ALEJANDRO DANIEL CAO según el renglón Nº 1, en la suma total de $653.400.- (pesos seiscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos). El total de la presente adjudicación asciende a la suma total de $ 653.400.- (pesos seiscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos)ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según la forma solicitada por el oferente y el resto según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 15, Fuente de Financiamiento: 110, dentro de las clasificación obrante Solicitud de Gastos N°3079 y Nº4134 ARTICULO 3º: Dese al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Adriana Goltz - Jorge A. Álvarez Holmberg* * *

RESOLUCION Nº 580/2017Morón, 28 de Junio de 2017

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el Decreto del Departamento Ejecutivo, Nº 779/2016 la Licitación Privada N°188/2017 tramitada por el Expediente Nº 1488/2017, referente a la adquisición de herramientas, solicitado por la Dirección General del Hospital de MorónCONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 779/2016 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133, 151 y 156 del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal concurrieron las siguientes empresas: GONZALEZ ENRIQUE; LIOI MARIANO, BATELLI SUSANA HAYDEE y ZEID MEDICAL SRL, resultando la segunda y cuarta ofertas más convenientes a los intereses municipales.Que asimismo interviene la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntando proyecto de acto administrativo al efecto.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudicase la Licitación Privada Nº188/2017 tramitada por Expediente Nº 1488/2017, referente a la Adquisición de Herramientas solicitado por la Dirección General del Hospital de Morón, a LIOI MARIANO, según los Nº 1, 4, 6 y 7 en la suma total de $100.200 (pesos cien mil, doscientos). A ZEID MEDICAL SRL según los Nº 2,3, 5, 8, 9, 10 y 11 en la suma total de $ 208.714,78 (doscientos ocho mil, setecientos catorce con 78/100) El total de la presente adjudicación asciende a la suma total de $ 308.914,78 (pesos trescientos ocho mil, novecientos catorce con 78/100)ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según la forma solicitada por el oferente y el resto según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 47, Fuente de Financiamiento: 110, dentro de las clasificación obrante Solicitud de Gastos N°3313 y Nº4599.-ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Adriana Goltz - Jorge A. Álvarez Holmberg

* * *RESOLUCION Nº 581/2017

Morón, 28 de Junio de 2017VISTO;La Ley Orgánica de las Municipalidades aprobada por Decreto Ley Nº 6769/58, el Decreto Nº 779/16, el expediente Nº 4079-15199/17-0 D.E. y, CONSIDERANDO: Que a fs. 3 del expediente citado en el Visto, la Subsecretaría de Transparencia, Gestión y Gobierno Abierto, solicita se declare de Interés Municipal el “Ciclo de Jornadas de Nuevas Políticas de RRHH”, que se desarrollarán en el marco del Programa de Planificación Municipal organizadas por la Municipalidad de Bariloche, las cuales tendrán lugar los días 29 y 30 de Junio de 2017.Que, en representación del Municipio de Morón y en calidad de disertante concurrirá el Subsecretario de Transparencia, Gestión y Gobierno Abierto, Dr. Ricardo González Dorfman.Que, éste Municipio cuenta con una activa participación en eventos como los indicados en el Visto.Que en virtud de lo normado por el Decreto N° 779/2016 se delegó al titular de la Secretaría de Gobierno la facultad de autorizar y/o declarar determinados eventos de “Interés Municipal”.Que la Subsecretaría Legal y Técnica ha propiciado su declaración como evento de Interés Municipal.Por ello;

EL SECRETARIO DE GOBIERNODEL MUNICIPIO DE MORON

RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Declárase de Interés Municipal el Ciclo de Jornadas de Nuevas Políticas de RRHH, que se desarrollarán en el marco del Programa de Planificación Municipal organizadas por la Municipalidad de Bariloche, las cuales tendrán lugar los días 29 y 30 de junio de 2017.ARTÍCULO 2º|.- Autorízase la concurrencia del Subsecretario de Transparencia, Gestión y Gobierno Abierto, Dr. Ricardo González Dorfman.ARTÍCULO 3º.- Dése al Registro de Resoluciones y comuníquese a la Dirección de Inspección General. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese

Dr.Adrian Flores* * *

RESOLUCION Nº 585/2017Morón, 29 de Junio de 2017

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial N° 2980/00, el Decreto del Departamento Ejecutivo N° 779/2016, la Licitación Privada N°149/2017 (2º Llamado) tramitada por el Expediente N° 1519/2017, referente a la Adquisición de Ecógrafo solicitado por la Dirección General Hospital de Morón y,CONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo N° 779/2016 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133, 151 y 156 del Decreto Ley N° 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal concurrió un solo oferente PROVEDURIA MEDICA S.R.L., por lo que se efectuó un segundo llamado al cual concurrieron las siguientes empresas: GRIENSU S.A. y AGIMED S.R.L., resultando la primera oferta conveniente a los intereses municipales.Que asimismo interviene la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntando proyecto de acto administrativo al efecto.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZASDEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada N° 149/2017 (2º Llamado) tramitada por Expediente N° 1519/2017, referente a la Adquisición de Ecógrafo solicitado por la

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 32

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Dirección General Hospital de Morón a la empresa GRIENSU S.A., según el total de lo cotizado en el ítem N°1 en la suma total de $994.913 (pesos novecientos noventa y cuatro mil novecientos trece). El total de la presente adjudicación asciende a la suma total $994.913 (pesos novecientos noventa y cuatro mil novecientos trece)ARTICULO 2º : Autorizase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según a forma solicitada por el oferente y el resto según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 12, Fuente de Financiamiento: 133, dentro de las clasificación obrante Solicitud de Gastos N°3331 y N° 5033-ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Adriana Goltz - Jorge A. Álvarez Holmberg* * *

RESOLUCION Nº 586/2017Morón, 30 de Junio de 2017

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial N° 2980/00, el Decreto del Departamento Ejecutivo N° 779/2016, la Licitación Privada N° 210/2017 tramitada por el Expediente N° 1978/2017, referente a la Adquisición de Alimentos, solicitado por la Dirección de Acción Social.CONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo N° 779/2016 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133, 151 y 156 del Decreto Ley N° 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 1510 y 1530 de la Ley Orgánica Municipal y en virtud de haber surgido un empate en las ofertas presentadas se procede a realizar un desempate con lo oferentes presentados en el llamado a la licitación de referencia al cual concurrieron: FAVINI RAGONE FRANCO, JORGE OMAR ALBORNOZ Y PROVEER SAS, resultando la primer y tercer oferta más conveniente a los intereses municipales.Que asimismo interviene la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntando proyecto de acto administrativo al efectoQue en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZASDEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 10: Adjudicase la Licitación Privada N° 210/2017 tramitada por Expediente N° 1978/2017, para la Adquisición de Alimentos solicitado por la Dirección de Acción Social, a la empresa PROVEER S.A., según los renglones N° 1, 2, 3, 5, 6, 8, 9, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 39, 42 y 43 en la suma total de $694.448,70 (pesos seiscientos noventa y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y ocho con setenta centavos), y a la empresa FAVINI RAGONE FRANCO, según los renglones N° 4, 7, 12, 19, 23, 24, 28, 29, 30, 31, 38, 40 y 41 en la suma total de $229.027,50 (pesos doscientos veintinueve mil veintisiete con cincuenta centavos). El total de la presente adjudicación asciende a la suma total de $923.476,20 (pesos novecientos veintitrés mil cuatrocientos setenta y seis con veinte centavos).-ARTICULO 20: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según la forma solicitada por el oferente y el resto según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 51, Fuente de Financiamiento: 131, Solicitud de Gastos N° 3782, 4124 y 4825.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Adriana Goltz - Jorge A. Álvarez Holmberg* * *

RESOLUCIONESH.C.D.

RESOLUCION Nº 212/2017Morón, 22 de Junio de 2017

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCIONArtículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Morón manifiesta su más enérgico repudio al violento mensaje misógino escrito sobre la banca de la Senadora Provincial Mónica Macha el día Jueves 8 de Junio de 2017.Artículo 2º: Comuníquese a los distintos bloques de senadores y senadoras de la Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires. Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 213/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Morón expresa su más enérgico repudio contra la decisión, sin previa notificación, sin estudios, ni análisis, del Gobierno Nacional de quitar más de 70.000 pensiones concedidas en el marco de considerar sujeto de derechos a las peronas con discapacidad.Artículo 2°: Comuníquese.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 214/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 77223/16 H.C.D.- 4079-14233/16 D.E. para que a través de las áreas competentes, cumplimente lo solicitado a fs. 16 de las presentes actuaciones.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 215/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 77536/16 H.C.D.- 4079-15515/16 D.E. para que a través de las áreas competentes, proceda a realizar nuevamente el informe socio-económico.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 216/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 33

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

RESOLUCIONArtículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 77456/16 H.C.D.- 4079-14868/16 D.E. para que a través de las áreas competentes, cumplimente lo solicitado a fs. 17 de las presentes actuaciones.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 217/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 77584/16 H.C.D.- 4079-15768/16 D.E. para que a través de las áreas competentes, proceda a realizar nuevamente el informe socio-económico.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 218/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 77783/16 H.C.D.- 4079-16897/16 D.E. para que a través de las áreas competentes cumplimente lo solicitado a fs. 13 de las presentes actuaciones. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 219/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78280/16 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, remita un informe a la brevedad referido al estado de la obra del Plan de Viviendas del barrio Carlos Gardel, destacando el estado de avance y los plazos de finalización previstos. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 220/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78490/17 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”

“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 221/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78193/16 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 222/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78155/16 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 223/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78253/16 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 224/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78298/16 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 225/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 34

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

RESOLUCIONArtículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78420/17 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 226/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78421/17 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 227/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78487/17 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 228/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78704/17 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 229/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78758/17 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”

“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 230/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78771/17 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 231/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 73796/14 H.C.D. - 4079-11561/14 D.E. para que a través de las áreas competentes, informe si se encuentra hecha la subdivisión. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 232/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 75289/15 H.C.D. - 4079-11182/15 D.E. para que a través de la Dirección de Obras Particulares, proceda a actualizar informe de fs. 56 y 59, ya que a fs. 70 en la Audiencia Pública dice que corrigieron cosas. A su vez se sirva informar sobre la existencia o no de ascensor o montacarga. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 233/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 77189/16 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 234/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 35

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

RESOLUCIONArtículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 77926/16 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 235/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78643/17 H.C.D. para que a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo peticionado en las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 236/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 77174/16 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, informe acerca de la inquietud planteada por los Ediles a fs. 1/2 de las presentes actuaciones. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 237/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 77903/16 H.C.D. para que a través de las áreas competentes, analice lo solicitado en las presentes actuaciones. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 238/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78700/17 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 239/2017

Morón, 22 de Junio de 2017

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCIONArtículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78731/17 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 240/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78732/17 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 241/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78752/17 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 242/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 77833/16 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes analice la factibilidad de lo solicitado a fs 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 243/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78683/17 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes analice la factibilidad de lo solicitado a fs 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 36

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 244/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78690/17 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 y 2 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 245/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78691/17 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 246/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 77827/16 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 247/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 77828/16 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 248/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 77830/16 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes,

analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 249/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 77831/16 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 250/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º:Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 77834/16 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 251/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78442/17 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 252/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78465/17 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 3 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 37

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

RESOLUCION Nº 253/2017Morón, 22 de Junio de 2017

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCIONArtículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78507/17 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 254/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78510/17 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 255/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78563/17 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 y 2 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 256/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78092/16 H.C.D. para que, a través de las áreas competentes analice la factibilidad de lo solicitado a fs. 1 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este H. CuerpoArtículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 257/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Artículo 1°: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78794/17 H.C.D - 4079-14208/17-0 D.E. para que a través de las áreas competentes, presente distintas cotizaciones de los bienes a adquirir por el leasing de este contrato.Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”

“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 258/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Articulo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78134/16 H.C.D para que a través de las áreas competentes, analice la factibilidad de lo solicitado en las presentes actuaciones. Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *RESOLUCION Nº 259/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Articulo 1º: Gírase al Departamento Ejecutivo el Expte. Nº 78625/17 H.C.D para su conocimiento y consideración respecto a lo solicitado a Fs. 1 de las presentes actuaciones. Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *DECRETOS

H.C.D.

DECRETO Nº 045/2017Morón, 22 de Junio de 2017

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

DECRETOArtículo 1º: Declárese de Interés Deliberativo el Tercer Plenario 2017 de APDRA, a realizarse en la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca los días 6 y 7 de Julio del corriente año.Artículo 2º: Comuníquese.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *DECRETO Nº 046/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE DECRETO

Artículo 1º: Declárese de Interés Deliberativo el Programa Educativo de Formación de Scouts Municipales promovido por el Grupo Scout Aeronaval Almirante Guillermo Brown, perteneciente a la Asociación de Scouts Aeronavales de Argentina.Artículo 2°: El Departamento Ejecutivo a través de la Dirección de Educación arbitrará las medidas necesarias para la implementación del programa. Artículo 3º: Comuníquese.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *DECRETO Nº 047/2017

Morón, 22 de Junio de 2017

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 38

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

DECRETOArtículo 1º: Modífiquese el Artículo 1º del Decreto registrado bajo el Número 005/2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: Fíjanse como días de Sesión Ordinaria, para el período 2017, el segundo y cuarto jueves de cada mes, a las 15:00 HS..Artículo 2°: Comuníquese.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *DECRETO Nº 048/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE DECRETO

Artículo 1º: Deniégase la solicitud efectuada por la Sra. Delia Esther Prediger, tramitada por Expte. Nº 76486/16 H.C.D. - 4079-11269/16 D.E. mediante el cual solicitara "Condonación pago Tasa por Servicios Generales", por no estar dentro de las normas establecidas en la Ordenanza Fiscal.Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo, a través de las áreas competentes, notificará a la peticionante de lo dispuesto en el artículo 1º. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo. Fecho, archívese.Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *DECRETO Nº 049/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE DECRETO

Artículo 1º: Deniégase la solicitud efectuada por el Sr. José Horacio Assad, tramitada por Expte. Nº 77336/16 H.C.D. - 4079-14462/16 D.E. mediante el cual solicitara "Condonación pago Tasa Servicios Generales", por la inexistencia de la Partida Municipal.Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo, a través de las áreas competentes, notificará al peticionante de lo dispuesto en el artículo 1º. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo. Fecho, archívese.Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *DECRETO Nº 050/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE DECRETO

Artículo 1º: Deniégase la solicitud efectuada por el Sr. Mauricio Jorge Llano, tramitada por Expte. Nº 77344/16 H.C.D. - 4079-14581/16 D.E., mediante el cual solicitara "Condonación pago Tasa por Derechos de Cementerio de la Sepultura Nº 2, Tablón S-107, Nº de Orden 0/117.694", por no coincidir el peticionante con el responsable de pago.Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo, a través de las áreas competentes, notificará al peticionante de lo dispuesto en el artículo 1º. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo. Fecho, archívese.Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *DECRETO Nº 051/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE DECRETO

Artículo 1º: Declárese de Interés Deliberativo las actividades organizadas por la Asociación Cooperadora del Conservatorio de Música de Morón a desarrollarse en el marco del 100º Aniversario del nacimiento del Compositor musical Alberto Ginastera.Artículo 2º: Comuníquese.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *DECRETO Nº 052/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE DECRETO

Artículo 1º: Atento al tema referido en el convenio, gírase a la Comisión de Educación, Cultura, Deportes, Recreación y Comunicación a fin de emitir previo dictamen.Artículo 2º: Comuníquese.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *DECRETO Nº 053/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE DECRETO

Artículo 1º: Atento al tema referido en el convenio, gírase a la Comisión de Educación, Cultura, Deportes, Recreación y Comunicación a fin de emitir previo dictamen.Artículo 2º: Comuníquese.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *DECRETO Nº 054/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE DECRETO

Artículo 1º: Atento al tema referido en el convenio, gírase a la Comisión de Salud a fin de emitir previo dictamen.Artículo 2º: Comuníquese.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *DECRETO Nº 055/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE DECRETO

Artículo 1º: Procédase al desglose del procto de Ordenanza de fs. 49 a 51, adjúntese copia certificada de los presentes actuados y fórmase expediente, remitiéndose el mismo a las comisiones de Desarrollo Local, Economía Social, Empleo e Integración Regional, Obras, Infraestructura y Planeamiento Urbano y Legislación General. Artículo 2º: Comuníquese.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 39

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *DECRETO Nº 056/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE DECRETO

Artículo 1º: Procédase al desglose del procto de Ordenanza de fs. 35 y 35 vuelta, adjúntese copia certificada de los presentes actuados y fórmase expediente, remitiéndose el mismo a las comisiones de Desarrollo Local, Economía Social, Empleo e Integración Regional, Obras, Infraestructura y Planeamiento Urbano y Legislación General. Artículo 2º: Comuníquese.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *DECRETO Nº 057/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE DECRETO

Artículo 1º: Gírase el Expte. Nº 78029/16 H.C.D. a la Comisión de Legislación General de acuerdo a lo resuelto en la Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 22 de junio de 2017.Artículo 2º: Comuníquese.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *DECRETO Nº 058/2017

Morón, 22 de Junio de 2017EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE DECRETO

Artículo 1°: Gíranse al archivo, de conformidad con las constancias obrantes en dichos actuados, los expedientes que se detallan a continuación:

45970/00 76318/15 77195/16 77298/16 77439/16 77581/16

60020/05 76708/16 77204/16 77311/16 77459/16 77623/16

61722/06 76765/16 77227/16 77321/16 77466/16 77710/16

75723/15 76970/16 77235/16 77322/16 77477/16 77718/16

75756/15 77148/16 77253/16 77350/16 77486/16 77949/16

75826/15 77156/16 77257/16 77355/16 77501/16 77993/16

76111/15 77160/16 77284/16 77357/16 77520/16 78033/16

76124/15 77168/16 77285/16 77365/16 77524/16 78085/16

76165/15 77175/16 77290/16 77411/16 77528/16

76166/15 77192/16 77296/16 77435/16 77533/16

Artículo 2º: Comuníquese.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalin Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *DECRETOS

de PRESIDENCIAH.C.D.

DECRETO Nº 062/2017Morón, 27 de junio de 2017.

VISTO:El Expediente Administrativo N° 78776/17 H.C.D. - 4079-14140/17 DE..

CONSIDERANDO:Que por el citado expediente tramita la solicitud efectuada por el Defensor del Pueblo de Morón Dr. Abraham Leonardo Gak, quien comunica la participación de la Defensoría del Pueblo del Municipio de Morón al "Tercer Plenario 2017 de ADPRA" que se llevará a cabo entre el 6 y 7 de julio del corriente año, en la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca.Que el evento ha sido declarado de Interés Deliberativo por el Honorable Concejo Deliberante de Morón mediante Decreto N° 045/2017 en la Ciudad de San Fernando del Valle de CatamarcaQue en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

LA PRESIDENTE DEL H. CONCEJO DELIBERANTEEN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETAArtículo 1º: Autorizase el gasto de la oportuna rendición de cuenta a nombre del Dr. Abraham Leonardo Gak, Defensor del Pueblo de Morón, quien comunicó la participación de la Defensoría del Pueblo del Municipio de Morón al Tercer Plenario 2017 de ADPRA" que se llevará a cabo entre el 6 y 7 de julio del corriente año, en la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca.Artículo 2º: Por la Dirección de Contaduría líbrese Orden de Pago a nombre del Dr. Abraham Leonardo Gak L.E. 4.237.044, por la suma de $ 30.000 (pesos treinta mil) para cubrir los gastos que demande la concurrencia, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.Artículo 3º: Impútese el gasto autorizado a la Jurisdicción 1110200000, Apertura Programática 01. 02.00 Imputación: 3.7.2.0 Viáticos.Artículo 4º: Dése al Registro de Decretos de Presidencia del Honorable Concejo Deliberante, comuníquese y, cumplido, archívese.REGISTRADO BAJO EL N° 062/2017

Lucas Ezequiel Castro - Lic. Natalin Carla Faravelli, * * *

RESOLUCIONESSINTETIZADAS

RESOLUCION Nº 570/2017Redúzcase el régimen horario a veinticuatro (24) horas semanales de labor, a partir del día 1º de Abril del año 2017, a la agente Aoad Ana Amalia (Legajo Nº 242312/00), quien revista en la categoría SUMS Asistente, dentro de la Planta Interina del SUMS, prestando servicios en la Dirección de Atención Primaria de la Salud, dependiente de la Secretaría de Salud.Redúzcase el régimen horario a cuarenta (40) horas semanales de labor, a partir del día 1º de Junio del año 2017, a la agente Ramírez Johanna Marisel (Legajo Nº 236834/00), quien revista en la categoría Oficial Obrera, dentro de la Planta de Personal Permanente, prestando servicios en el Jardín Materno Infantil Muncipal Nº 1, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.

Morón, 22 de Junio de 2017RESOLUCION Nº 571/2017Rectifíquese el Artículo 5º de la Resolución Nº 117/17, en su parte pertinente, puesto que donde dice: “...Jardín Maternal Nº 8...”, debería decir: “...Jardín Maternal Nº 7...”.

Morón, 22 de Junio de 2017RESOLUCION Nº 572/2017Apruébase la continuidad de la docente López Noelia Verónica (Legajo Nº 198867/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Preceptora Jornada Simple, a efectos de prestar servicios en el Jardín de Infantes Municipal Nº 9, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales. Reconócese a partir del día 15 de Marzo del año 2017 hasta el Inicio del Ciclo Lectivo del año 2018, la modificación en la Relación Laboral de la docente López Noelia Verónica (Legajo Nº 198867/00), en el cargo de Preceptora Jornada Simple, pasando de Suplente a Provisional, a efectos de prestar servicios en el Jardín de Infantes Municipal Nº 9, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.

Morón, 22 de Junio de 2017RESOLUCION Nº 573/2017

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Apruébase la continuidad de la docente Arce Ana Marcela (Legajo Nº 268434/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Simple, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en el C.E.I.M. Nº 2, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales. Apruébase la continuidad de la docente Aguirre Teresita Esther (Legajo Nº 223845/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Profesora con seis (6) Horas Cátedra Escuela Vocacional, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en la Escuela Municipal de Ajedrez “Roberto Grau”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales. Apruébase la continuidad de la docente Iglesias Karina (Legajo Nº 177156/18), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Profesora con dieciséis (16) Horas Cátedra Escuela Vocacional, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en Atravesarte, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Galeano Valeria Soledad (Legajo Nº 231456/00), hasta el día 6 de Marzo del año 2017, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Simple, con carácter Suplente, a efectos de prestar servicios en el C.E.I.M. Nº 2, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Galeano María de Lourdes (Legajo Nº 231456/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Simple, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en el C.E.I.M. Nº 1, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Galliano María José (Legajo Nº 241145/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Profesora con seis (6) Horas Cátedra Escuela Vocacional, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad del docente García Lemos Federico (Legajo Nº 224501/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Profesor con tres (3) Horas Cátedra Escuela Vocacional, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en la Escuela Municipal de Ajedrez “Roberto Grau”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Lizardo Graciela Mónica (Legajo Nº 172623/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Profesora con nueve (9) Horas Cátedra Escuela Vocacional, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en la Escuela Maternal Comunitaria, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Pérez María del Carmen (Legajo Nº 254867/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Preceptora Jornada Simple, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en Atravesarte, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Recalde Mirna Ethel (Legajo Nº 252956/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Profesora con cuatro (4) Horas Cátedra Escuela Vocacional, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en la Escuela Municipal de Danzas “José Neglia”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad del docente Reides Marcelo Osvaldo (Legajo Nº 221801/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Profesora con ocho (8) Horas Cátedra Escuela Vocacional, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en la Escuela Municipal de Ajedrez “Roberto Grau”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente González Gilda Luciana (Legajo Nº 271323/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Maestra Especializada Jornada

Completa, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en la Escuela Maternal Comunitaria, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Acevedo Sandra Noemí (Legajo Nº 223867/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Completa, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en el Jardín Materno Infantil Municipal Nº 5, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Casais Stella Maris (Legajo Nº 223556/18), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Simple, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en el Jardín de Infante Municipal Nº 2, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente De Campodónico Cintia Anabella (Legajo Nº 206078/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Completa, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en el Jardín de Infantes Municipal Nº 14, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Di Tondo Valeria Lorena (Legajo Nº 257690/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Completa, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en el Jardín Materno Infantil Municipal Nº 1, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Gómez Cecilia Fabiana (Legajo Nº 266023/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Simple, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en el Jardín de Infantes Municipal Nº 6, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Grupillo Noelia Solange (Legajo Nº 237889/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Completa, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en el Jardín Materno Infantil Municipal Nº 5, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Llanes María Laura (Legajo Nº 217467/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Simple, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en el Jardín de Infantes Municipal Nº 6, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Magenta Mariela Noemí (Legajo Nº 207690/19), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Profesora con dos (2) Horas Cátedra Escuela Superior, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en la Escuela Municipal de Danzas “José Neglia”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Mendoza María de los Ángeles (Legajo Nº 250990/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Completa, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en el Jardín Materno Infantil Municipal Nº 12, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Tapia Karina Lorena (Legajo Nº 156401/18), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Simple, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en el Jardín de Infantes Municipal Nº 9, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Tintorero Cintia Romina (Legajo Nº 257678/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Completa, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en el Jardín Materno Infantil Municipal Nº 1, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 41

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Apruébase la continuidad de la docente Vanrell Carla Celeste (Legajo Nº 231467/18/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en dos (2) cargos, como Maestra Especializada Jornada Simple, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en el Jardín de Infantes Municipal Nº 13, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Ventura Favaloro Pamela Romina (Legajo Nº 242745/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Profesora con nueve (9) Horas Cátedra Escuela Vocacional, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en el Jardín de Infantes Municipal Nº 9, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Ferrari María Cecilia (Legajo Nº 228389/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Simple, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en el Jardín de Infantes Municipal Nº 3, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad del docente Vega Julián (Legajo Nº 231067/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Profesor con doce (12) Horas Cátedra Escuela Vocacional, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en los Jardines Maternales Municipales Municipales Nº 7, Nº 8 y Nº 14 y el Jardín de Infantes Municipal Nº 16, dependientes de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad del docente Astorga Nelson Fabián (Legajo Nº 231434/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Profesor con tres (3) Horas Cátedra Escuela Superior, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en la Escuela Municipal de Danzas “José Neglia”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Carrasco Ana Esther (Legajo Nº 221223/00), hasta la sustanciación de concurso de la Rama Superior, en el cargo de Profesora con dos (2) Horas Cátedra Escuela Superior, con carácter Suplente, a efectos de prestar servicios en el I.M.E.S., dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Cortelezzi Iris Carolina (Legajo Nº 184401/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Profesora con dos (2) Horas Cátedra Escuela Superior, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en el I.M.E.S., dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Favaloro Gisela Daniela (Legajo Nº 247623/00/18), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Profesora con seis (6) Horas Cátedra Escuela Superior, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en la Escuela Municipal de Danzas “José Neglia”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales. Apruébase la continuidad de la docente Font Laura Inés Daniela (Legajo Nº 83386/00/18), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en dos cargos, ambos de Profesora con siete (7) Horas Cátedra Escuela Superior, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en la Escuela Municipal de Danzas “José Neglia”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Hruby Roxana Laura (Legajo Nº 220601/18), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Profesora con cuatro (4) Horas Cátedra Escuela Superior, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en la Escuela Municipal de Danzas “José Neglia”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente López Julia Raquel (Legajo Nº 48140/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Profesora con tres (3) Horas Cátedra Escuela Superior, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en la Escuela Municipal de Danzas “José Neglia”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.

Apruébase la continuidad de la docente Mazzali Rodríguez Érica Valeria (Legajo Nº 245601/18), hasta la sustanciación de concurso de la Rama Superior, en el cargo de Profesora con dos (2) Horas Cátedra Escuela Superior, con carácter Suplente, a efectos de prestar servicios en el I.M.E.S., dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad del docente Méndez José Raúl Omar (Legajo Nº 242823/00), hasta la sustanciación de concurso de la Rama Superior, en el cargo de Profesor con diez (10) Horas Cátedra Escuela Superior, con carácter Suplente, a efectos de prestar servicios en el I.M.E.S., dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Neyra María Guadalupe (Legajo Nº 83972/18), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Profesora con seis (6) Horas Cátedra Escuela Superior, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en la Escuela Municipal de Danzas “José Neglia”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales. Apruébase la continuidad del docente Quiroga Ariel Guillermo (Legajo Nº 258356/00), hasta la sustanciación de concurso de la Rama Superior, en el cargo de Profesor con doce (12) Horas Cátedra Escuela Superior, con carácter Suplente, a efectos de prestar servicios en el I.M.E.S., dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Sa Diana Noemí (Legajo Nº 235434/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Profesora con tres (3) Horas Cátedra Escuela Superior, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en la Escuela Municipal de Danzas “José Neglia”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Sabrin Zulma Elizabeth (Legajo Nº 242612/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Profesora con tres (3) Horas Cátedra Escuela Superior, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en a Escuela Municipal de Danzas “José Neglia”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Segura María Ester (Legajo Nº 194990/18), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Profesora con cuatro (4) Horas Cátedra Escuela Superior, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en el I.M.E.S., dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Signorelli Mariana Lorena (Legajo Nº 245778/00), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Profesora con seis (6) Horas Cátedra Escuela Superior, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en la Escuela Municipal de Danzas “José Neglia”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Villaverde Marín María Fernanda (Legajo Nº 164878/00/18/19), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Profesora con dieciséis (16) Horas Cátedra Escuela Superior, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en la Escuela Municipal de Danzas “José Neglia”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Batista Lorena Natalia (Legajo Nº 193778/18), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Profesora con tres (3) Horas Cátedra Escuela Superior, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en la Escuela Municipal de Danzas “José Neglia”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Apruébase la continuidad de la docente Bottoso Adriana Isabel (Legajo Nº 178689/19), hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2018, en el cargo de Profesora con seis (6) Horas Cátedra Escuela Superior, con carácter Provisional, a efectos de prestar servicios en la Escuela Municipal de Danzas “José Neglia”, dependiente de la Dirección de Educación,

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 42

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.

Morón, 22 de Junio de 2017RESOLUCION Nº 578/2017Liquídase al agente Sainz Luis Jaime (Legajo Nº 263845/00), la diferencia salarial entre su categoría y la del agente Belleri Maximiliano Rubén (Legajo Nº 261312/00) en virtud de efectuar el reemplazo de este último, por licencia anual ordinaria, durante el período comprendido entre los días 16 al 29 de Enero del año 2017 inclusive.Liquídase a la agente López Érika Paola (Legajo Nº 179678/00), la diferencia salarial entre su categoría y la de la agente Rivadera Cintia Vanesa (Legajo Nº 95398/00) en virtud de efectuar el reemplazo de esta última, por licencia anual ordinaria, durante el período comprendido entre los días 1º al 14 de Marzo del año 2017 inclusive.

Morón, 27 de Junio de 2017RESOLUCION Nº 582/2017Concédase la licencia con goce de haberes a la docente Cortelezzi Iris Carolina (Legajo Nº 184401/00/18/19), en los cargos de Profesora con cuatro (4) Horas Cátedra Escuela Superior, con carácter Titular, y de Profesora con nueve (9) Horas Cátedra Escuela Vocacional y de Profesora con dos (2) Horas Cátedra Escuela Superior, ambos con carácter Provisional, en la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales, durante el período establecido desde el día 06 de Febrero del año 2017 hasta el Inicio del Ciclo Lectivo del año 2019.Concédase la licencia con goce de haberes al docente Mac Dougall Fabio (Legajo Nº 194178/00/18), en los cargos de Profesor con nueve (9) Horas Cátedra Escuela Vocacional y de Maestro Especializado Jornada Simple, ambos con carácter Titular, en la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales, durante el período establecido desde el día 13 de Febrero al 29 de Diciembre del año 2017.Concédase la licencia con goce de haberes a la docente Batista Lorena Natalia (Legajo Nº 193778/00/18), en los cargos de Profesora con veinticinco (25) Horas Cátedra Escuela Superior, con carácter Titular, y de Profesora con ocho (8) Horas Cátedra Escuela Superior, con carácter Provisional, en la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales, durante el período establecido desde el día 06 de Febrero del año 2017 hasta el Inicio del Ciclo Lectivo del año 2019.Concédase la licencia con goce de haberes a la docente Farrell María Elena (Legajo Nº 186501/00), en el cargo de Preceptora Jornada Simple, con carácter Titular, en la Escuela de Capacitación Laboral Nº 1 “Ricardo Rojas”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales, durante el período establecido desde el día 06 de Febrero del año 2017 hasta el Inicio del Ciclo Lectivo del año 2019.

Morón, 28 de Junio de 2017RESOLUCION Nº 583/2017Concédase la licencia con goce de haberes por Servicio Provisorio de Orden Técnico, al docente Benegas Héctor Osvaldo (Legajo Nº 175645/00), a partir del día 6 de Marzo del año 2017 hasta la aprobación del proyecto presentado por el docente Benegas, en el cargo de Profesor con veinticuatro (24) Horas Cátedra Escuela Escuela Vocacional, con carácter Titular, prestando servicios en el Centro Municipal de Formación Profesional Nº 1, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Reubíquese al docente Benegas Héctor Osvaldo (Legajo Nº 175645/00), a partir del día 6 de Marzo del año 2017 hasta la aprobación del proyecto presentado por el docente Benegas, en el cargo de Preceptor Jornada Simple, con carácter Titular, en el Centro Municipal de Formación Profesional Nº 2, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales, manteniendo su actual situación de revista.

Morón, 28 de Junio de 2017RESOLUCION Nº 584/2017Dase por reencasillada, a partir del día 1º de Mayo del año 2017, a la agente De la Hera Sabrina Fernanda (Legajo Nº 212201/00), en la categoría Administrativa Senior con cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, quien revista en la Planta del Personal Permanente, cumpliendo funciones en la Secretaría de Seguridad Ciudadana.

Dase por reencasillada, a partir del día 1º de Mayo del año 2017, a la agente Sosa Karina Verónica (Legajo Nº 206723/00), en la categoría Asistente Especializada con cuarenta (40) horas semanales de labor, quien revista en la Planta del Personal Permanente, cumpliendo funciones en el Departamento Tasa por Servicios Generales, dependiente de la Dirección de Tributos Municipales, perteneciente a la Secretaría de Economía y Finanzas.Dase por reencasillada, a partir del día 1º de Mayo del año 2017, a la agente Ciabattari Dora (Legajo Nº 33290/00), en la categoría Enfermera Profesional A con cuarenta (40) horas semanales de labor, quien revista en la Planta del Personal Permanente, cumpliendo funciones en la Dirección de Atención Primaria de la Salud, perteneciente a la Secretaría de Salud.

Morón, 28 de Junio de 2017DECRETOS

SINTETIZADOSDECRETO Nº 364/2017Dispónese la baja por abandono de servicios, a partir del vencimiento del plazo dispuesto por el artículo 108º, a la agente Salvatierra Laura Luján (D.N.I. Nº 27.419.247) - (Legajo Nº 206112/00), en la categoría Administrativa Semi Senior con treinta (30) horas semanales de labor, dentro de la Planta de Personal Permanente, prestando servicios en la Dirección de Atención Primaria de la Salud, perteneciente a la Secretaría de Salud.

Morón, 26 de Junio de 2017DECRETO Nº 377/2017Exclúyase de los alcances del Anexo I del Decreto Nº 44/17, a los agentes que a continuación se mencionan con las categorías y desde la fecha que se indica:

Legajo Apellido y Nombres Categoría Fecha

26306700 ARISTA SOFIA COORDINADOR DIRECCION 48 HS

06/06/2017

24966700 BENITEZ GISELE VICTORIA

TEMP. ADMINISTRATIVO I 40 HS

05/06/2017

26853400 BERTOLINI CLAUDIA ELIZABETH

TEMP. TECNICO I 30 HS

02/05/2017

25508900 CHAVEZ FRANCO NICOLAS

TEMP. TECNICO III 40 HS

15/05/2017

26730100 CRIADO ALAN IVAN TEMP. ADMINISTRATIVO I 40 HS

16/06/2017

24693400 DA FONTTE NANCY BEATRIZ

TEMP. ADMINISTRATIVO I 48 HS

01/06/2017

26656700 D’ALESSANDRO PATRICIO NICOLAS

TEMP. PROFESIONAL B 40 HS

07/06/2017

26046700 DE VITA JONATHAN EDUARDO

TEMP. OBRERO I 48 HS 30/05/2017

26207800 DI MEGLIO AGUSTIN MAURO

COORDINADOR DIRECCION 48 HS

31/05/2017

27727800 EZEIZA MATIAS GASTON

TEMP. PROFESIONAL B 48 HS

21/06/2017

26200100 FAINBURG NATALIA GABRIELA

COORDINADOR DIRECCION 48 HS

01/06/2017

14242200 FERNANDEZ ALEJANDRO AVELINO

COORDINADOR DIRECCION 48 HS

01/06/2017

25274500 FLEITAS GUSTAVO DANIEL

TEMP. OBRERO I 48 HS

31/05/2017

26319000 FORLEO NAHUEL ALEJANDRO

TEMP. ADMINISTRATIVO I 48 HS

31/05/2017

26823400 FRIGERI VERONICA LAURA

TEMP. ADMINISTRATIVO I 40 HS

05/06/2017

26618900 GARCIA HECTOR DANIEL

TEMP. OBRERO I 48 HS 12/06/2017

24469000 GIMENEZ GLADYS TAMARA

TEMP. PROFESIONAL A 40 HS

14/06/2017

23498900 GODIO ADRIAN GONZALO

TEMP. TECNICO A 40 HS

05/06/2017

26678900 GOROSITO FACUNDO NAZARENO

TEMP. SERVICIO I 40 HS

21/06/2017

24362300 JACOBS ALFONSO HUMBERTO

TEMP. TECNICO I 40 HS

31/05/2017

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 43

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

24110100 LOPEZ CLAUDIO DARIO TEMP. PROFESIONAL C 40 HS

21/06/2017

26542300 MARTINEZ SOFIA TEMP. PROFESIONAL B 40 HS

01/06/2017

27301200 MASTRANGELO AGÜERO GUIDO

TEMP. ADMINISTRATIVO I 40 HS

06/06/2017

27289000 MATOS ARAGON LAUTARO FERNANDO

TEMP. ADMINISTRATIVO I 40 HS

01/06/2017

26431200 MAYA FERNANDO MARIANO

COORDINADOR UNIDAD 40 HS

01/06/2017

27206700 MEDINA NATIVIDAD INES

TEMP. SERVICIO I 40 HS

21/06/2017

26193400 MIRABELLA GUSTAVO NICOLAS

TEMP. PROFESIONAL A 48 HS

01/06/2017

26883400 MORENO ADRIANA CECILIA

TEMP. ADMINISTRATIVO I 48 HS

19/06/2017

23762300 MOREYRA CLAUDIA HAYDEE

TEMP. PROFESIONAL B 40 HS

15/06/2017

23656700 ORLANDO MARIA EUGENIA

TEMP. TECNICO II 30 HS

21/06/2017

24599000 ORTIZ SANDRA VIVIANA

TEMP. TECNICO A 40 HS

26/05/2017

26541200 PODELEY LOURDES SILVANA

TEMP. PROFESIONAL B 40 HS

01/06/2017

26758900 PONCE DE LEON ANALIA

TEMP. ADMINISTRATIVO I 40 HS

01/06/2017

246212 REINOZO MARIA BELEN TEMP. TECNICO A 40 HS

06/06/2017

26740100 REY LUCAS DANIEL TEMP. OBRERO I 48 HS 01/06/2017

27177800 RICCIONI ERICA GISELE

TEMP. PROFESIONAL B 30 HS

12/06/2017

27476700 RIVERO BENEGAS CARLOS

TEMP. ADMINISTRATIVO I 40 HS

06/06/2017

27488900 RODRIGUEZ EZEQUIEL GUSTAVO

TEMP. SERVICIO I 48 HS

01/05/2017

26358900 RODRIGUEZ WALTER EZEQUIEL

TEMP. OBRERO I 48 HS 31/05/2017

24602300 ROMERO NATALIA ESTER

TEMP. TECNICO A 40 HS

01/06/2017

25655600 ROSSI GABRIELA LUCIA TEMP. PROFESIONAL B 40HS

15/06/2017

25665600 SEGOVIA MIGUEL ANGEL

TEMP. OBRERO I 48 HS 01/06/2017

26616700 SILVA JAVIER EDGARDO

TEMP. PROFESIONAL B 48 HS

01/06/2017

23890100 SUAREZ CARTAVIO FLAVIA

TEMP. SERVICIO I 40 HS

19/06/2017

26622300 TREUS RUBEN COORDINADOR DIRECCION 48 HS

01/06/2017

26361200 VASQUEZ SERGIO IVAN TEMP. ADMINISTRATIVO I 45 HS

30/05/2017

17511200 WUGNER ESTEBAN DANIEL

COORDINADOR DIRECCION 48 HS

01/06/2017

Exclúyase de los alcances del Anexo II del Decreto Nº 44/17, a los agentes que a continuación se mencionan con la categoría y las Horas Cátedras que correspondan, a partir de la fecha que se indica:

Legajo Apellido y Nombres

Categoría Horas Cátedras

Fecha

20152300 FORNILLO MARIANA PAOLA

PROF. HS. CAT. ESC. VOC.

8 01/04/2017

Modifíquese la designación efectuada en el Anexo I del Decreto 44/17, de los agentes que a continuación se mencionan con las categorías y desde la fecha que se indica:

Legajo Apellido y Nombres

Categoría Fecha

25803400 AMBROSO NAHUEL OSCAR

TEMP. PROFESIONAL I 40 HS

01/06/2017

26925600 ARIAS SALICE JULIETA

TEMP. ADMINISTRATIVO I 40 HS

01/06/2017

26568900 GILARDONI SANCHEZ MELINA

COORDINADOR DIRECCION 40 HS

01/06/2017

27746700 REGA ROMINA VANINA

COORDINADOR UNIDAD 45 HS

01/05/2017

27443400 CABRERA MARINA BELEN

COORDINADOR UNIDAD 40 HS

01/05/2017

Modifíquese la designación efectuada en el Anexo II del Decreto 44/17, de los agentes que a continuación se mencionan con la categoría y las Horas Cátedras que correspondan, a partir de la fecha que se indica:

Legajo Apellido y Nombres

Categoría Horas Cátedras

Fecha

18734818 GALVAN HORACIO ANIBAL

PROF HS CAT ESC VOC

24 01/06/2017

26852300 NICOLI AGUSTINA

PROF. HS. CAT. ESC. VOC.

31 01/06/2017

Incorpórese a los alcances del Anexo I del Decreto Nº 44/17, a los agentes que a continuación se mencionan con las categorías y desde la fecha que se indica:

Legajo Apellido y Nombres Categoría Fecha

27760100 ALBANESI LAURA MARINA

COORDINADOR DIRECCION 40 HS

01/06/2017

27800100 ARANDA EVELIN SOLEDAD

TEMP. SERVICIO I 40 HS

19/06/2017

27803400 ARGUELLO VERA MIGUELA

TEMP. PROFESIONAL A 40 HS

21/06/2017

27761200 BARBIERI LEONARDO ENRIQUE

TEMP. PROFESIONAL B 48 HS

01/06/2017

16923400 BLANCO JUAN JOSE TEMP. ADMINISTRATIVO I 40 HS

01/06/2017

27763400 BOLLANI GABRIEL ADRIAN

TEMP. TECNICO A 40 HS

01/06/2017

27807800 CARVALLO SCARPITTA ANTONELA

TEMP. SERVICIO I 48 HS

01/06/2017

27794500 CASTAGNARO RENZO SEBASTIAN

TEMP. ADMINISTRATIVO I 45 HS

15/06/2017

27799000 CASTRO FABIO MARIANO

TEMP. PROFESIONAL B 48 HS

19/06/2017

27795600 CRESCIO REALE DELFINA SOL

TEMP. ADMINISTRATIVO I 40 HS

15/06/2017

27766700 DEL GUERCIO FLORENCIA

COORDINADOR UNIDAD 40 HS

01/05/2017

27773400 DELL'ARCIPRETE FRANCO ALBANO

COORDINADOR DIRECCION 40 HS

08/06/2017

25877800 DOMINGUEZ SONIA LILIANA

TEMP. PROFESIONAL A 40 HS

19/06/2017

27789000 EGUIDAZU DANIEL RICARDO

TEMP. ADMINISTRATIVO I 48 HS

14/06/2017

27796700 FERNANDEZ VANESA LEONOR

TEMP. ADMINISTRATIVO I 30 HS

15/06/2017

27797800 FIGUERAS RUBEN EDUARDO

TEMP. ADMINISTRATIVO I 40 HS

01/06/2017

27801200 GAUNA SILVIA DOLORES TEMP. ADMINISTRATIVO I 40 HS

01/06/2017

26861200 LOPEZ BELTRITTI MARCOS JOSE

TEMP. TECNICO III 48 HS

01/06/2017

27769000 MACHADO ROCIO VICTORIA

COORDINADOR DIRECCION 40 HS

01/06/2017

27798900 MARTINAZZO PABLO ESTEBAN

TEMP. OBRERO I 48 HS

19/06/2017

27771200 MARTINELLI FACUNDO CESAR

COORDINADOR DIRECCION 40 HS

06/06/2017

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 44

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

27767800 MARTINEZ MATIAS SEBASTIAN

COORDINADOR DIRECCION 40 HS

01/06/2017

24136700 MARZORATTI JORGELINA

TEMP. ADMINISTRATIVO I 40 HS

01/06/2017

27784500 MAZZOLI SIMONINI LUCAS

TEMP. ADMINISTRATIVO I 40 HS

01/06/2017

27774500 MERCADO CAMILA ALEJANDRA

TEMP. ADMINISTRATIVO I 30 HS

01/06/2017

27753400 MERLI LORENA VIVIANA TEMP. ADMINISTRATIVO I 40 HS

01/06/2017

27778900 MILLARES PABLO EMMANUEL

TEMP. SERVICIO I 40 HS

08/06/2017

27762300 NEPI DANIELA TAMARA TEMP. SERVICIO I 40 HS

01/06/2017

27808900 NIETO BOLZAN MARIANO AGUSTIN

TEMP. ADMINSTRATIVO I 40 HS

01/06/2017

27764500 NIGRELLI DELIA INES TEMP. TECNICO A 40 HS

02/06/2017

27768900 ODIN CLAUDIO DAVID TEMP. ADMINISTRATIVO I 48 HS

01/06/2017

27809000 OJEDA JULIAN ALVARO TEMP. ADMINISTRATIVO I 40 HS

01/06/2017

27765600 PALUMBO YAMILA BELEN

TEMP. TECNICO B 40 HS

02/06/2017

27772300 PUJALES CRISTIAN DAMIAN

TEMP. ADMINISTRATIVO I 40 HS

07/06/2017

27750100 QUINTANA NICOLAS ELIO

COORDINADOR DIRECCION 40 HS

01/06/2017

22053400 REDAK GABRIEL HECTOR

TEMP. ADMINISTRATIVO I 40 HS

01/06/2017

27802300 ROYO ROMINA CONSTANZA

TEMP. ADMINISTRATIVO I 40 HS

01/06/2017

27779000 SAED SEBASTIAN DAVID TEMP. SERVICIO I 40 HS

08/06/2017

26894500 SPELZINI MARIA DEL CARMEN

TEMP. TECNICO A 40 HS

12/06/2017

27806700 SPOSARO LUCIANO AGUSTIN

TEMP. ADMINISTRATIVO I 40 HS

01/06/2017

Incorpórese a los alcances del Anexo II del Decreto 44/17, a los agentes que a continuación se mencionan con la categoría y las Horas Cátedras que correspondan, a partir de la fecha que se indica:

Legajo Apellido y Nombres Categoría Horas Cátedras

Fecha

27759000 ALANIZ PABLO MARTIN

PROF. HS CAT. ESC. VOC.

20 01/06/2017

26290100 ALLARIO MARCELA NOEMI

PROF. HS CAT. ESC. VOC.

15 19/06/2017

27758900 CRIBELLA FABIAN JOSE

PROF. HS CAT. ESC. VOC.

20 01/06/2017

27754500 FERRI MARIA ROCIO

PROF. HS CAT. ESC. VOC.

8 01/06/2017

27081218 GELI MARTIN ARIEL PROF. HS CAT. ESC. VOC.

8 01/06/2017

Morón, 30 de Junio de 2017________________________________________

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BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 45