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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPAL BOLETÍN MUNICIPAL SUMARIO DECRETOS Pag. 6 - 34 DECRETO Nº 2290/07: Declárase de Interés Municipal el “Campamento Mercociudades”, DECRETO Nº 2291/07: Declárase de Interés Municipal la “XIII Cumbre de Mercociudades. Ciudadanía Mercosureña. Construyendo identidad regional por una integración social, cultural, productiva y sustentable” DECRETO Nº 2292/07: Ordenanza Nº 9924/07, Prorrógase hasta el día 30 de Noviembre de 2007, el plazo para la remisión del Proyecto de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente al ejercicio fiscal 2008, DECRETO Nº 2293/07: Declárase de Interés Municipal el “XXVIII Programa Iberoamericano de Formación Municipal de la Unión de Ciudades Capitales Iberoamericanos (UCCI)” DECRETO Nº 2294/07: Ordenanza Nº 9888/07, Convalídase el Contrato de Donación de registrado bajo el Nº 944/07, DECRETO Nº 2295/07: Ordenanza Nº 9925/07, Convalídase el Contrato registrado bajo el Nº 958/07, DECRETO Nº 2296/07: Ordenanza Nº 9910/07, Declárase de Legítimo Abono segunda cuota Retribución Moratoria, correspondiente al mes de noviembre de 1999, de la agente Mirta Beatríz Aramburo DECRETO Nº 2297/07: Ordenanza Nº 9887/07, Autorízase a la Confederación General del Trabajo de la República Argentina – Regional Morón – a la colocación de un monumento en homenaje al Teniente General Juan Domingo Perón DECRETO Nº 2298/07: Otórgase licencia sin goce de haberes al Sr. Pascuero Guillermo Ramón, a fin de asumir interinamente el cargo de Intendente Municipal del Partido de Morón. Asígnasele al Secretario de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, Sr. Daniel Guillermo Larrache la firma de la Secretaría General de Gobierno, DECRETO Nº 2299/07: Desígnase en el cargo de Intendente Municipal del Partido de Morón con carácter de Interino, al Sr. Pascuero Guillermo Ramón DECRETO Nº 2300/07: Ver Decretos Sintetizados DECRETO Nº 2301/07: Ver Decretos Sintetizados DECRETO Nº 2302/07: Ver Decretos Sintetizados DECRETO Nº 2303/07: Ver Decretos Sintetizados DECRETO Nº 2304/07: Ver Decretos Sintetizados DECRETO Nº 2305/07: Ver Decretos Sintetizados DECRETO Nº 2306/07: Ordenanza Nº 9882/07, Declárese de Interés Municipal las celebraciones del 125º Aniversario de la fundación del Colegio María Auxiliadora, DECRETO Nº 2307/07: Ordenanza Nº 9883/07, Establécese con retroactividad al 1º de Julio de 2007 los máximos de la tabla paramétrica establecidos para la Bonificación Complementaria a las asignaciones familiares por hijo e hijo discapacitado establecidas por el Poder Ejecutivo Nacional, para todo el personal DECRETO Nº 2308/07: Ordenanza Nº 9906/07, Declárase de Interés Social la Escrituración del inmueble designado catastralmente como: Circ. III; Secc. L; Mza. 117; Parc. 16, a favor del Sr. Claudio Alberto Nuti con D.N.I. Nº 22.789.379.” DECRETO Nº 2309/07: Ordenanza Nº 9907/07, Declárase de Interés Social la Escrituración del inmueble designado catastralmente como: Circ. II; Secc. J; Mza. 250; Parc. 35 A, DECRETO Nº 2310/07: Ordenanza Nº 9908/07, Declárase de Interés Social la Escrituración del inmueble designado catastralmente como: Circ. II; Secc. F; Mza. 189; Parc. 12 BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 1

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SUMARIO

DECRETOS Pag. 6 - 34

DECRETO Nº 2290/07: Declárase de Interés Municipal el “Campamento Mercociudades”,

DECRETO Nº 2291/07: Declárase de Interés Municipal la “XIII Cumbre de Mercociudades. Ciudadanía Mercosureña. Construyendo identidad regional por una integración social, cultural, productiva y sustentable” DECRETO Nº 2292/07: Ordenanza Nº 9924/07, Prorrógase hasta el día 30 de Noviembre de 2007, el plazo para la remisión del Proyecto de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente al ejercicio fiscal 2008,

DECRETO Nº 2293/07: Declárase de Interés Municipal el “XXVIII Programa Iberoamericano de Formación Municipal de la Unión de Ciudades Capitales Iberoamericanos (UCCI)”

DECRETO Nº 2294/07: Ordenanza Nº 9888/07, Convalídase el Contrato de Donación de registrado bajo el Nº 944/07,

DECRETO Nº 2295/07: Ordenanza Nº 9925/07, Convalídase el Contrato registrado bajo el Nº 958/07,

DECRETO Nº 2296/07: Ordenanza Nº 9910/07, Declárase de Legítimo Abono segunda cuota Retribución Moratoria, correspondiente al mes de noviembre de 1999, de la agente Mirta Beatríz Aramburo

DECRETO Nº 2297/07: Ordenanza Nº 9887/07, Autorízase a la Confederación General del Trabajo de la República Argentina – Regional Morón – a la colocación de un monumento en homenaje al Teniente General Juan Domingo Perón

DECRETO Nº 2298/07: Otórgase licencia sin goce de haberes al Sr. Pascuero Guillermo Ramón, a fin de asumir interinamente el cargo de Intendente Municipal del Partido de Morón.Asígnasele al Secretario de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, Sr. Daniel Guillermo Larrache la firma de la Secretaría General de Gobierno,

DECRETO Nº 2299/07: Desígnase en el cargo de Intendente Municipal del Partido de Morón con carácter de Interino, al Sr. Pascuero Guillermo Ramón

DECRETO Nº 2300/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2301/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2302/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2303/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2304/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2305/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2306/07: Ordenanza Nº 9882/07, Declárese de Interés Municipal las celebraciones del 125º Aniversario de la fundación del Colegio María Auxiliadora,

DECRETO Nº 2307/07: Ordenanza Nº 9883/07, Establécese con retroactividad al 1º de Julio de 2007 los máximos de la tabla paramétrica establecidos para la Bonificación Complementaria a las asignaciones familiares por hijo e hijo discapacitado establecidas por el Poder Ejecutivo Nacional, para todo el personal

DECRETO Nº 2308/07: Ordenanza Nº 9906/07, Declárase de Interés Social la Escrituración del inmueble designado catastralmente como: Circ. III; Secc. L; Mza. 117; Parc. 16, a favor del Sr. Claudio Alberto Nuti con D.N.I. Nº 22.789.379.”

DECRETO Nº 2309/07: Ordenanza Nº 9907/07, Declárase de Interés Social la Escrituración del inmueble designado catastralmente como: Circ. II; Secc. J; Mza. 250; Parc. 35 A,

DECRETO Nº 2310/07: Ordenanza Nº 9908/07, Declárase de Interés Social la Escrituración del inmueble designado catastralmente como: Circ. II; Secc. F; Mza. 189; Parc. 12

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DECRETO Nº 2311/07: Ordenanza Nº 9909/07, Declárase de Interés Social la Escrituración del inmueble designado catastralmente como: Circ. III; Secc. L; Mza. 89; Parc. 27 B, a favor de la Sra. Angela Dora Gozza con D.N.I. Nº 10.934.497.”

DECRETO Nº 2312/07: Ordenanza Nº 9911/07, Convalídase el Convenio registrado bajo el Nº 837/07

DECRETO Nº 2313/07: Ordenanza Nº 9915/07, Autorízase a la Empresa Gas Natural BAN S.A., a la apertura de veredas u calzadas

DECRETO Nº 2314/07: Ordenanza Nº 9916/07, Autorízase al Departamento Ejecutivo a transferir el dominio de la parcela excedente designada catastralmente como Circunscripción I; Sección C; Manzana 174; Parcela 7a,

DECRETO Nº 2315/07: Ordenanza Nº 9923/07, Declárase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio para los propietarios de los inmuebles beneficiados, la ejecución de la obra de pavimentación

DECRETO Nº 2316/07: Declárase de Interés Municipal el XVI Congreso Argentino de Orientación Vocacional “TRAMA SOCIAL Y SUBJETIVIDAD – Las múltiples voces de la orientación vocacional”,

DECRETO Nº 2317/07: Autorízase las concurrencias del Secretario de Desarrollo Económico Local, el Director de Comercio, a la reunión de la Unidad Temática de Desarrollo Económico Local, que se desarrollará en la “XIII Cumbre de Mercociudades.

DECRETO Nº 2318/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2319/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2320/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2321/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2322/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2323/07: Ordenanza Nº 9897/07, Condónese a la Sra. Inés Margarita Pozas, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 2324/07: Ordenanza Nº 9903/07, Condónese al Sr. Leonardo Juarez, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales ,

DECRETO Nº 2325/07: Ordenanza Nº 9892/07, Otórguese a la Sra. Zulema Sara Ponce, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02,

DECRETO Nº 2326/07: Ordenanza Nº 9890/07, Otórguese a la Sra. Sofía Luisa Kmet, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02, respecto a la deuda en concepto de Tasa por Servicios

DECRETO Nº 2327/07: Ordenanza Nº 9900/07, Condónese al Sr. Felipe Antonio Saccomanno, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 2328/07: Ordenanza Nº 9891/07, Otórguese a la Sra. Gladys Benítez, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02, respecto a la deuda en concepto de Tasa por Servicios

DECRETO Nº 2329/07: Ordenanza Nº 9857/07, Condónese a la Sra. Marta Eccarius, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio,

DECRETO Nº 2330/07: Ordenanza Nº 9837/07, Condónese a la Sra. María Panzeri, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio,

DECRETO Nº 2331/07: Ordenanza Nº 9893/07, Otórguese a la Sra. Raquel Margarita Ramírez, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02, respecto a la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 2332/07: Ordenanza Nº 9855/07, Condónese la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente al Nicho/urna Nº 156, Sección A, Fila 2º

DECRETO Nº 2333/07: Ordenanza Nº 9856/07, Condónese a la Sra. Marta Eccarius, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio,

DECRETO Nº 2334/07: Ordenanza Nº 9905/07, Condónese a la Sra. Ana Asunción Benítez, el 100 % (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 2

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DECRETO Nº 2335/07: Ordenanza Nº 9901/07, Condónese al Sr. Carlos Vicente Sella, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 2336/07: Ordenanza Nº 9902/07, Condónese al Sr. Juan Carlos Romero, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 2337/07: Ordenanza Nº 9899/07, Condónese el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 2338/07: Ordenanza Nº 9898/07, Condónese al Sr. Manuel Angel Ortíz, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 2339/07: Ordenanza Nº 9889/07, Otórguese a la Sra. Beatríz Alicia Ramos, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02, respecto a la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 2340/07: Ordenanza Nº 9904/07, Condónese a la Sra. Justa Emilia Romero, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 2341/07: Ordenanza Nº 9896/07, Condónese el 20 % (veinte por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 2342/07: Declárase de Interés Municipal las “actividades relacionadas en el marco del Programa Jóvenes y Memoria que realizarán el Director de Derechos Humanos, Sr. Guillermo Marcello y el Coordinador del área, Sr. Pablo Toscanini”

DECRETO Nº 2343/07: Ordenanza Nº 9839/07, Condónese la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, correspondiente a la Sepultura Nº de Orden 108.075. DECRETO Nº 2344/07: Ordenanza Nº 9919/07, La presente Ordenanza sobre la venta de predios fiscales del dominio privado municipal a sus actuales ocupantes se denominará “OPERATIVA TIERRAS MORON I”.

DECRETO Nº 2345/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2346/07: Ordenanza Nº 9858/07, Condónese la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, correspondiente al Nicho/ataúd Nº 638, Galería 6, Fila 1º, I Cuerpo

DECRETO Nº 2347/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2348/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2349/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2350/07: Declárase de Interés Municipal el “118º Aniversario de la Ciudad de Haedo y las distintas actividades que se realizarán con motivo de su conmemoración”

DECRETO Nº 2351/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2352/07: Declárase de Interés Municipal el “Certamen Nacional de la 24º Olimpiada de Matemática Argentina (OMA)”,

DECRETO Nº 2353/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2354/07: Declárase de Interés Municipal las “Actividades programadas con motivo del Acto de Asunción del Tercer mandato del Intendente Municipal, Sr. Martín Sabbatella”,

DECRETO Nº 2355/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2356/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2357/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2358/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2359/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2360/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2361/07: Ver Decretos Sintetizados

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 3

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DECRETO Nº 2362/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2363/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2364/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2365/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2366/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2367/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2368/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2369/07: Ordenanza Nº 9914/07, Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Carlos Alberto Famularo, L.E. Nº 4.894.259, la registración del Plano de Obra,

DECRETO Nº 2370/07: Ordenanza Nº 9913/07, Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Javier Pablo Barbier, D.N.I. Nº 17.838.444, la registración del Plano de Obra

DECRETO Nº 2371/07: Ordenanza Nº 9912/07, Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Pedro Armando Busti, D.N.I. Nº 7.771.687, la registración del Plano de Obra

DECRETO Nº 2372/07: Autorízase el gasto que demandarán las actividades culturales, sociales y deportivas que se brindan en la semana del 10 al 18 de Noviembre del año 2007, en virtud del 33º Aniversario de la Ciudad de “El Palomar”.

DECRETO Nº 2373/07: Declárase de Interés Municipal el “IV Congreso de la Asociación Bonaerense de Derecho Administrativo (A.B.D.A) “En Homenaje al Profesor Agustín Gordillo

DECRETO Nº 2374/07: Desestímase la presentación, efectuada por la socia gerente de la empresa “Melómanos S.R.L.”,

DECRETO Nº 2375/07: Adecuación Presupuestaria.-

DECRETO Nº 2376/07: Asígnase interinamente, a la Contadora Cecilia Gatta Castel, las funciones de Tesorera Municipal

DECRETO Nº 2377/07: Declárase de Interés Municipal el “III Foro de la Red Interlocal de Ciudades Iberoamericanas para la Cultura”,

DECRETO Nº 2378/07: Declárase de Interés Municipal la “Jornada sobre Empleo Público”,

DECRETO Nº 2379/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2380/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2381/07: Modifícase el artículo 1º del decreto Nº 788/83

DECRETO Nº 2382/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2383/07: Ordénase la reconstrucción del expediente Nº 4079-12919/00 D.E.,

DECRETO Nº 2384/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2385/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2386/07: Declárase la incorporación al pasivo consolidado municipal de la deuda al 10 de Diciembre de 1995, asignada a este Municipio por la Subsecretaría de Asuntos Municipales de la Provincia de Buenos Aires, Legajo Nº 4079-392, Ballestry Diego

DECRETO Nº 2387/07: Reconócese con carácter de Organización Social de la Comunidad a la Asociación sin fines de lucro “Fundación Dar Vida”

DECRETO Nº 2388/07: Modifícase el artículo 1º del decreto Nº 2846/51,

DECRETO Nº 2389/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2390/07: Ver Decretos Sintetizados

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 4

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DECRETO Nº 2391/07: Ver Decretos Sintetizados

DECRETO Nº 2392/07: Ordenanza Nº 9944/07, Convalídase el Convenio registrado bajo el Nº 564/07

DECRETO Nº 2393/07: Ordenanza Nº 9948/07, Autorízase al Departamento Ejecutivo s otorgar al Sr. Mariano Salvador Villaruel D.N.I. 8.568.627, la habilitación Comercial e Industrial y la aprobación de Planos de Obra

DECRETO Nº 2394/07: Ordenanza Nº 9957/07, Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza Nº 9564/2007

RESOLUCIONES Pag. 34 - 41

DECRETOS SINTETIZADOS Pag. 42

El presente trabajo es elaborado por:Secretaría Privada de

Relaciones Comunitarias y DescentralizaciónDirección de Asistencia Técnica

Departamento Boletín y Digesto MunicipalDependiente del

Sr. Intendente Martín Sabbatella

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 5

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DECRETOS

DECRETO Nº 2290/07 Morón, 02 de Noviembre de 2007VISTO:

El expediente Nº 4079-19443/07-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, obra Memorándum emitido por la Dirección de Acción Social, solicitando la declaración de Interés Municipal el “Campamento Mercociudades”, que se llevará a cabo desde el día 13 hasta el día 19 de Diciembre del corriente año inclusive, en la Ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay. A fs. 2/20 obra documentación referida al mencionado encuentro.

Que la Red de Mercociudades se propone cultivar y promover la conciencia integradora desde las más tempranas edades, y dicho campamento temático se inscribe dentro de esa propuesta. En él se trabajarán contenidos tendientes a ir generando en los jóvenes una mirada integradora desde la práctica.

Que asimismo informa que concurrirá al Encuentro precedentemente mencionado el Director de Acción Social, Sr. Martín Costa, por tal motivo solicita la suma de Pesos Siete mil quinientos ($ 7.500,00.-), para solventar los viáticos y gastos que genere la participación en la mencionada actividad.

Que a fs. 22 toma debida intervención la Dirección de Contaduría efectuando la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que por tal motivo, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓN DECRETA: ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal el “Campamento Mercociudades”, que se llevará a cabo desde el día 13 hasta el día 19 de Diciembre del año 2007 inclusive, en la Ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay.ARTÍCULO 2º: Autorízase al Director de Acción Social, Sr. Martín Costa, a participar en las actividades mencionadas en el Artículo 1º.ARTÍCULO 3º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre del Director de Acción Social, Sr. Martín Costa, por la suma de Pesos Siete mil quinientos ($ 7.500,00.-), para solventar los viáticos y gastos que genere la participación en las mencionadas actividades, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTÍCULO 4º: Impútese el gasto autorizado a:Imputaci

ónPresupuest

ariaDescripción Importe

32.01.00 3.7.2.0 Coord. y Form. Pol Acció – Viáticos

$ 7.500,00.-

Total: $ 7.500,00.-

ARTÍCULO 5º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas (interino).ARTÍCULO 6º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Walter Adrian Juara –Guillermo Pascuero

* * *DECRETO Nº 2291/07

Morón, 02 de Noviembre de 2007VISTO:

El expediente Nº 4079-19434/07-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, obra Nota emitida por la Subsecretaría de Transparencia Institucional y Relaciones Internacionales, solicitando la declaración de Interés Municipal la “XIII Cumbre de Mercociudades. Ciudadanía Mercosureña. Construyendo identidad regional por una integración social, cultural, productiva y sustentable”, que se llevará a cabo entre los días 20 y 21 de Noviembre del corriente año, en la Ciudad de Asunción, República del Paraguay.

Que considerando necesario la participación en dicha reunión de la Ciudad de Morón, en su calidad de Secretaría Ejecutiva 2006-2007 de la Red de Mercociudades, y de su responsabilidad en materia de organización y coordinación del citado encuentro.

Que asimismo informa que acompañarán al Titular del Departamento Ejecutivo varios funcionarios del Municipio de Morón, por tal motivo solicita la suma de Pesos Diez Mil ($ 10.000,00.-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.

Que a fs. 6 toma debida intervención la Dirección de Contaduría efectuando la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que por tal motivo, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓN DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal la “XIII Cumbre de Mercociudades. Ciudadanía Mercosureña. Construyendo identidad regional por una integración social, cultural, productiva y sustentable”, que se llevará a cabo entre los días 20 y 21 de Noviembre del corriente año, en la Ciudad de Asunción, República del Paraguay. ARTÍCULO 2º: Autorízase al Subsecretario de Comunicación Institucional, Sr. Fernando Torrillate, a la Directora de Relaciones Internacionales, Sra. María Marcela Gorosito, a la Coordinadora de la Dirección de Relaciones Internacionales, Sra. Gabriela Tedeschi Cano, y al Subsecretario de Transparencia Institucional y Relaciones Internacionales, Dr. Sergio Zurano, a concurrir a la Reunión mencionada en el Artículo 1º.ARTÍCULO 3º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre de la Directora de Relaciones Internacionales, Sra. María Marcela Gorosito (DNI 18.641.350), por la suma de Pesos Diez Mil ($ 10.000,00.-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.ARTÍCULO 4º: Impútese el gasto autorizado aImputació

nPresupuestari

aDescripción Importe

01.01.00 3.7.2.0 Coord. reg. act DE – Viáticos

$ 10.000,00.-

Total: $ 10.000,00.-ARTÍCULO 5º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas (Interino).ARTÍCULO 6º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese. Asunción

MARTIN SABBATELLADr. Walter Adrian Juara –Guillermo Pascuero

* * *DECRETO Nº 2292/07

Morón, 02 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9924/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 30 de

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-19333/07-0 D.E. – 64962/07 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9924/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 30 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Prorrógase hasta el día 30 de Noviembre de 2007, el plazo para la remisión del Proyecto de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente al ejercicio fiscal 2008, en un todo de acuerdo con lo previsto por el artículo 36º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los treinta días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno y de Economía Finanzas (interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Walter Adrian Juara –Guillermo Pascuero

* * *DECRETO Nº 2293/07

Morón, 02 de Noviembre de 2007VISTO:

El expediente Nº 4079-19436/07-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, obra Nota emitida por la Subsecretaría de Transparencia Institucional y Relaciones Internacionales, solicitando la declaración de Interés Municipal el “XXVIII Programa Iberoamericano de Formación Municipal de la Unión de Ciudades Capitales Iberoamericanos (UCCI)”, que se llevará a cabo entre los días 19 y 30 de Noviembre del corriente año, en la Ciudad de Madrid, Reino de España.

Que a fs. 2/3 obra Nota emitida por la Unión de Ciudades Capitales Iberoamericanas informando que el Director de Tránsito y Transporte, Sr. Fabián Hugo González a sido seleccionado para participar en el Módulo de Movilidad Urbana de dicho programa, en el marco del Acuerdo que la Red de Mercociudades posee con la UCCI desde el año 2005 y siendo la Ciudad de Morón miembro de la Red Mercociudades y Secretaría Ejecutiva de la misma para el período 2006/2007, resulta de vital importancia la presencia del nuestro Municipio.

Que, cabe destacar que la participación favorece al Municipio de Morón en el escenario de redes multilaterales, y en virtud de la importancia de tal actividad y la posibilidad que genera para la capacitación de funcionarios.

Que en virtud de lo precedentemente citado, solicita la suma Pesos Cuatro mil ($ 4.500.-)

para solventar los gastos que demandará dicha participación.

Que a fs. 6 toma debida intervención la Dirección de Contaduría efectuando las correspondientes Imputaciones Presupuestarias.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal el “XXVIII Programa Iberoamericano de Formación Municipal de la Unión de Ciudades Capitales Iberoamericanos (UCCI)”, que se llevará a cabo entre los días 19 y 30 de Noviembre del año 2007, en la Ciudad de Madrid, Reino de España.ARTÍCULO 2º: Autorízase al Director de Tránsito y Transporte, Sr. Fabián Hugo González (DNI 17.103.972), a concurrir al Encuentro mencionado en el Artículo 1º.ARTÍCULO 3º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese la orden de pago a nombre del Director de Tránsito y Transporte, Sr. Fabián Hugo González (DNI 17.103.972), por la suma de Pesos Cuatro mil quinientos ($ 4.500.-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.ARTÍCULO 4º: Impútese el gasto autorizado a:Imputaci

ónPresupuest

ariaDescripción Importe

01.01.00 3.7.2.0 Coord reg act DE – Viáticos

$ 4.500,00.-

Total: $ 4.500,00.-ARTÍCULO 5º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas (interino) y General de Gobierno.ARTÍCULO 6º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Walter Adrian Juara –Guillermo Pascuero

* * *DECRETO Nº 2294/07

Morón, 02 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9888/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-16355/07-0 D.E. – 64945/07 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9888/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Convalídase el Contrato de Donación de cincuenta (50) equipos de computación (cincuenta monitores, cincuenta teclados, cincuenta CPU y sus accesorios) registrado bajo el Nº 944/07, suscripto con la Empresa Distribuidora y Comercializadora Norte Sociedad Anónima (EDENOR S.A).”“Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo, a otorgar en Comodato a cada una de las Organizaciones Sociales de la Comunidad detalladas en el Anexo I que integra la presente, uno de los equipos de

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computación donados por Edenor S.A., para uso exclusivo de la Institución.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno (Interino) y de Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Walter Adrian Juara –Guillermo Pascuero

* * *DECRETO Nº 2295/07

Morón, 02 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9925/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 30 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-15942/07-0 D.E. – 64964/07 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9925/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 30 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Convalídase el Contrato registrado bajo el Nº 958/07, suscripto con la Secretaría de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, en el marco del Plan Integral “Más y Mejor Trabajo”, para la adquisición de equipamiento destinado a la IFPs: Centro Textil e Indumentaria Morón, Centro de Formación Profesional Nº 402 y Colegio Emaús.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los treinta días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno y de Desarrollo Económico Local.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Walter Adrian Juara –Guillermo Pascuero

* * *DECRETO Nº 2296/07

Morón, 02 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9910/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de

Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-15671/00-0 D.E. – 64793/07 H.C.D. (2 Cuerpos), yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9910/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase de Legítimo Abono la suma de $ 250 (pesos doscientos cincuenta), en concepto de segunda cuota Retribución Moratoria, correspondiente al mes de noviembre de 1999, de la agente Mirta Beatríz Aramburo (Legajo Nº 29.710), de acuerdo a lo normado por el artículo 54º del Decreto Provincial Nº 2980/00 y conforme constancias obrantes en el expediente Nº 64793/07 H.C.D. – 4079-15671/00-0 D.E. II Cuerpos.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas (interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Walter Adrian Juara –Guillermo Pascuero

* * *DECRETO Nº 2297/07

Morón, 02 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9887/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-19153/07 D.E. – 64780/07-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9887/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase a la Confederación General del Trabajo de la República Argentina – Regional Morón – a la colocación de un monumento en homenaje al Teniente General Juan Domingo Perón en la plazoleta ubicada en la entrada principal de la ex VII Brigada Aérea, conforme la autorización conferida por el artículo 2º de la Ordenanza Nº 261/96.”

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas (Interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Walter Adrian Juara –Guillermo Pascuero

* * *DECRETO Nº 2298/07

Morón, 02 de Noviembre de 2007VISTO:

Los Decretos Nº 1915/03, D.E., Nº 110/07 H.C.D. y Nº 145/07 H.C.D., el expediente administrativo Nº 4079-19602/07-0 D.E. – 64978/07 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1915/03 fue designado el Sr. Pascuero Guillermo Ramón como Secretario General de Gobierno.

Que por Decreto Nº 110/07 H.C.D. se prorroga la licencia concedida al Concejal Don Guillermo Ramón Pascuero en el desempeño de sus funciones hasta el día 10 de Diciembre de 2007.

Que por Decreto Nº 145/07, el Honorable Concejo Deliberante dispuso que el mentado funcionario se hará cargo del Departamento Ejecutivo, durante los períodos de licencia especial del Sr. Intendente Municipal, conforme lo establecen los artículos 15º y 87º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su condición de Concejal electo el pasado 14 de Septiembre de 2003.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Otórgase licencia sin goce de haberes a partir del día 05 hasta el día 09 de Noviembre de 2007 inclusive y desde el día 25 de Noviembre hasta el día 1º de Diciembre de 2007 inclusive, al Sr. Pascuero Guillermo Ramón (DNI 18.249.161), a fin de asumir interinamente el cargo de Intendente Municipal del Partido de Morón.ARTICULO 2º: Asígnasele al Secretario de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, Sr. Daniel Guillermo Larrache (DNI 18.077.570), a partir del día 05 hasta el día 09 de Noviembre de 2007 inclusive y desde el día 25 de Noviembre hasta el día 1º de Diciembre de 2007 inclusive, la firma de la Secretaría General de Gobierno, en sustitución del Sr. Guillermo Ramón Pascuero (DNI 18.249.161).ARTÍCULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización y de Economía y Finanzas (interino).ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos e infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Walter Adrian Juara – Damian E. Aguilar

* * *DECRETO Nº 2299/07

Morón, 02 de Noviembre de 2007VISTO:

El Código Electoral de la Provincia de Buenos Aires, la Ley Orgánica de las

Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorios, el Decreto Nº 145/07 del Honorable Concejo Deliberante, el Decreto Nº 2298/07, el expediente Nº 4079-19602/07-0 D.E. – 64978/07 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que el artículo 1º del Decreto Nº 145/07, expresamente dispone: “Autorízase al Señor Intendente Municipal, Don Martin Sabbatella, a hacer uso de licencia especial, a partir del día 05 hasta el día 09 de Noviembre de 2007 inclusive y desde el día 25 de Noviembre hasta el día 1º de Diciembre de 2007 inclusive, de acuerdo a las constancias obrantes en el Expte. Nº 64483/07 H.C.D.– 4079-16194/07-0 D.E.”.

Que el Artículo 2º prevé: “Como consecuencia de lo dispuesto en el Artículo 1º, se hará cargo del Departamento Ejecutivo el Señor Concejal Don Guillermo Ramón Pascuero durante el período de licencia del Señor Intendente Municipal, conforme lo establecen los Artículos 15º y 87º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.” Que por el Decreto Nº 2298/07, se le otorgó al Secretario General de Gobierno, Sr. Guillermo Ramón Pascuero, a hacer uso de la licencia sin goce de haberes, a partir del día del día 05 hasta el día 09 de Noviembre de 2007 inclusive y desde el día 25 de Noviembre hasta el día 1º de Diciembre de 2007 inclusive.

Que en atención a lo expuesto, deviene procedente el dictado del acto administrativo pertinente. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Desígnase en el cargo de Intendente Municipal del Partido de Morón con carácter de Interino, al Sr. Pascuero Guillermo Ramón (DNI 18.249.161), a partir del día 05 hasta el día 09 de Noviembre de 2007 inclusive y desde el día 25 de Noviembre hasta el día 1º de Diciembre de 2007 inclusive, conforme lo establecen los artículos 15º y 87º del Decreto Ley Nº 6769/58 y en un todo de acuerdo con lo dispuesto por Decreto Nº 145/07 del Honorable Concejo Deliberante.ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, General de Gobierno y de Economía y Finanzas (interino).ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADamian E. Aguilar– Guillermo R. Pascuero

Dr. Walter A. Juara* * *

DECRETO Nº 2306/07Morón, 05 de Noviembre de 2007

VISTO:La Ordenanza Nº 9882/07 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-19632/07-0 D.E. – 64896/07 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9882/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 9

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

“Artículo 1º: Declárese de Interés Municipal las celebraciones del 125º Aniversario de la fundación del Colegio María Auxiliadora, sito en la calle 25 de Mayo 472, Morón, cuyo acto de clausura tendrá lugar el día 7 de Noviembre de 2007. “Artículo 2º: Comuníquese al Colegio María Auxiliadora.“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno (Interino) y de Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff – Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2307/07

Morón, 05 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9883/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-19631/07-0 D.E. – 64931/07 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9883/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Establécese con retroactividad al 1º de Julio de 2007 los máximos de la tabla paramétrica establecidos para la Bonificación Complementaria a las asignaciones familiares por hijo e hijo discapacitado establecidas por el Poder Ejecutivo Nacional, para todo el personal dependiente del Honorable Concejo Deliberante conforme se detalla a continuación:HIJO IMPORTERemuneración entre $ 100 y $ 2.000 $ 30,00Remuneración entre $ 2.000,01 y $ 3.000 $ 22,50Remuneración entre $ 3.000,01 y $ 4.000 $ 15,00

HIJO IMPORTERemuneración entre $ 100 y $ 2.000 $ 120,00Remuneración entre $ 2.000,01 y $ 3.000 $ 90,50Remuneración entre $ 3.000,01 y sin topemáximo remunerativo

$ 60,00 “Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli,

Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno (Interino)y de Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff – Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2308/07

Morón, 05 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9906/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-15309/07-0 D.E. – 64756/07 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9906/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase de Interés Social la Escrituración del inmueble designado catastralmente como: Circ. III; Secc. L; Mza. 117; Parc. 16, a favor del Sr. Claudio Alberto Nuti con D.N.I. Nº 22.789.379.”“Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura de dominio del inmueble a que se refiere en el artículo anterior.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, de Economía y Finanzas y General de Gobierno (Interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff – Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2309/07

Morón, 05 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9907/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-16755/07-0 D.E. – 64754/07 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 10

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9907/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase de Interés Social la Escrituración del inmueble designado catastralmente como: Circ. II; Secc. J; Mza. 250; Parc. 35 A, a favor de la Sra. Gladys Nelly Despósito con D.N.I. Nº 3.751.127.”“Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura de dominio del inmueble a que se refiere en el artículo anterior.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, de Economía y Finanzas y General de Gobierno (Interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff – Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2310/07

Morón, 05 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9908/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-15419/07-0 D.E. – 64759/07 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9908/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase de Interés Social la Escrituración del inmueble designado catastralmente como: Circ. II; Secc. F; Mza. 189; Parc. 12, a favor de la Sra. Miriam Simone Dinis de Freitas con D.N.I. Nº 92.882.395 y del Sr. Jorge Omar Soiza con D.N.I. Nº 11.097.106.”“Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura de dominio del inmueble a que se refiere en el artículo anterior.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los

veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, de Economía y Finanzas y General de Gobierno (Interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff – Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2311/07

Morón, 05 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9909/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-13937/07-0 D.E. – 64758/07 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9909/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase de Interés Social la Escrituración del inmueble designado catastralmente como: Circ. III; Secc. L; Mza. 89; Parc. 27 B, a favor de la Sra. Angela Dora Gozza con D.N.I. Nº 10.934.497.”“Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura de dominio del inmueble a que se refiere en el artículo anterior.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, de Economía y Finanzas y General de Gobierno (Interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff – Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2312/07

Morón, 05 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9911/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-17475/07-0 D.E. – 64790/07 H.C.D., yCONSIDERANDO:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 11

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9911/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Convalídase el Convenio registrado bajo el Nº 837/07, suscripto con el Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC), relativo al monitoreo de los mecanismos de participación y transparencia utilizados para la selección del Proyecto a desarrollar para el traslado del estadio del Club Deportivo Morón y la refuncionalización del área.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, de Economía y Finanzas y General de Gobierno (Interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff – Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2313/07

Morón, 05 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9915/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-17539/07-0 D.E. – 64800/07 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9915/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase a la Empresa Gas Natural BAN S.A., a la apertura de veredas u calzadas para la instalación de cañerías de refuerzo de media presión, en las siguientes calles; G. Pavón y B. Zorrilla; G. Pavón y Sánchez de la Ciudad de Castelar, de acuerdo a las constancias obrantes en las presentes actuaciones.”“Artículo 2º: La presente autorización estará supeditada al fiel cumplimiento de las condiciones que establezca la Secretaría de Planificación Estratégica e

Infraestructura Urbana en su carácter de autoridad de aplicación y de las que surjan del informe técnico brindado por autoridad de incumbencia, como asimismo de toda la normativa legal vigente en la materia.”“Artículo 3º: La Empresa autorizada deberá abonar en concepto de Derechos de Construcción, los importes resultantes de aplicar una alícuota sobre el total de la Obra que fija el Colegio de Técnicos de la Provincia de Buenos Aires, que asciende a un valor del 1% de dicho monto, según lo establecido por el artículo 37º de la Ordenanza Impositiva.”“Artículo 4º: La Empresa autorizada deberá abonar los importes resultantes de aplicar lo establecido en los artículos 39º y 40º de la Ordenanza Impositiva, por la ocupación de espacio aéreo, del subsuelo y/o de cualquier otra superficie de la vía pública.”“Artículo 5º: La Empresa autorizada deberá constituir el aporte del 5% del monto de obra, en concepto de garantía, según lo establecido por la Ordenanza General Nº 165/73, artículo 56º, a la fecha de notificación del Decreto respectivo.”“Artículo 6º: La Empresa citada en el artículo 1º no deberá adeudar importe alguno en concepto de multas con el Municipio de morón, debiendo acreditar fehacientemente ello al momento previo de la devolución del fondo de garantía.”“Artículo 7º: La Empresa deberá finalizar los trabajos descriptos en el artículo 1º en un plazo de 12 días a partir del inicio de obra otorgado por el Municipio.”“Artículo 8º: El incumplimiento de lo establecido en los artículos 2º, 3º, 4º y 5º provocará la caducidad automática de la autorización conferida en la presente Ordenanza.”“Artículo 9º: La Empresa deberá presentar por nota a la autoridad de aplicación, los nombres y apellidos y un número telefónico de fácil acceso del Representante Técnico y del inspector designado por la misma, los que permanecerán en el lugar de las obras durante su ejercicio a fin de recibir las notificaciones, comunicaciones y toda otra gestión directamente vinculada a la misma. Asimismo deberá poner a disposición del Municipio un vehículo a fin de efectuar los controles y recorridos pertinentes.”“Artículo 10º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, de Economía y Finanzas y General de Gobierno (Interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff – Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2314/07

Morón, 05 de Noviembre de 2007VISTO:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 12

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

La Ordenanza Nº 9916/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-17897/06 D.E. – 64593/07 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9916/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a transferir el dominio de la parcela excedente designada catastralmente como Circunscripción I; Sección C; Manzana 174; Parcela 7a, que surge del plano 101-39-2004, a favor del Sr. Norberto Daniel Berini, D.N.I. Nº 14.064.190, según constancias obrantes en el Expte. Nº 64593/07 H.C.D. – 4079-17897/06-0 D.E.”.“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, de Economía y Finanzas y General de Gobierno (Interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff – Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2315/07

Morón, 05 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9923/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 30 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-15187/07-0 D.E. – 64963/07 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9923/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 30 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio para los propietarios de los inmuebles beneficiados, la ejecución de la obra de pavimentación a realizarse de acuerdo a la modalidad establecida por

la Ordenanza Nº 3035/2000, en las calles: 14 de Julio entre Passadore y Palmero; Circ. II, Sec. E, Mz. 291 y 299.”“Artículo 2º: El pago correspondiente a cada frentista queda estipulado en los Contratos de Adhesión Individuales firmados por los contribuyentes, registrados y guardados bajo los números 949/07, 950/07, 951/07, 952/07, 953/07, 954/07, 955/07 y 956/07 que en copia fiel obran agregados a las actuaciones Nº 64963/07 H.C.D. – 4079-15187/07-0 D.E.”“Artículo 3º: Aplícase para la presente obra los alcances del artículo 13º de la Ordenanza Nº 3035/2000, constituyéndose la Municipalidad de Morón en agente financiero de la obra de pavimentación, otorgando crédito con aplicación de un interés del 6% (seis por ciento) anual sobre saldo.”“Artículo 4º: Apruébase el Contrato General para la Obra de Pavimento registrado bajo el Nº 948/07 y los Contratos de Adhesión Individuales mencionados en el artículo 2º de la presente.”“Artículo 5º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a disponer el mecanismo de financiación y recobro de la presente obra.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los treinta días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios de Planificación Estartégica e Infraestructura Urbana, de Economía y Finanzas y General de Gobierno (Interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff – Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2316/07

Morón, 05 de Noviembre de 2007VISTO:

El expediente Nº 4079-19679/07-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1/2 del expediente citado en el Visto, luce Nota emitida conjuntamente entre la Coordinación Oficina de la Juventud y la Secretaría de Salud y Desarrollo Social, informando que se llevará a cabo el XVI Congreso Argentino de Orientación Vocacional “TRAMA SOCIAL Y SUBJETIVIDAD - Las múltiples voces de la orientación vocacional” , organizado por la Universidad Nacional de Rosario y la Asociación de Profesionales de Orientación de la República Argentina (APORA), a realizarse durante los días 9 y 10 de Noviembre del corriente año, en la Ciudad de Rosario, Santa Fe. A fs. 3/5 obra documentación referida a dicho evento.

Que el Congreso en cuestión es el más importante en la temática de Orientación Vocacional y Ocupacional que se realiza en nuestro país, con una frecuencia bi-anual.

Que en esta ocasión el Equipo de Profesionales del Municipio de Morón ha tenido el privilegio de ser invitado a conformar el Panel de Expositores, lo cual posibilita una inmejorable oportunidad de lograr una amplia difusión de la experiencia realizada durante estos años sobre el desarrollo y la aplicación de políticas públicas y

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 13

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

programas en nuestro territorio, en el ámbito particular de orientación.

Que asimismo el Equipo en cuestión presentará dos ponencias: “La experiencia Morón-ProA” y “Proyectos e Intenciones de Futuro. Reflexiones sobre un estudio longitudinal”, como así también en el marco de la investigación realizada a nivel nacional “Las elecciones vocacionales de los jóvenes escolarizados. Proyectos y expectativas y obstáculos”, se presentará el capítulo Morón correspondiente a la misma.

Que, en virtud de lo expuesto manifiesta que concurrirán a dicho Congreso los Coordinadores de la Oficina de la Juventud, de Orientación Vocacional, y los Licenciados integrantes del Equipo Profesional del Municipio de Morón, por tal motivo solicita la suma de Pesos Dos Mil ($ 2.000.-), para solventar los gastos que demanden la inscripción, el viaje en auto (nafta/peajes), los viáticos de estadía, el hospedaje (por 2 noches) y pasajes.

Que a fs. 7 toma debida intervención la Dirección de Contaduría efectuando la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal el XVI Congreso Argentino de Orientación Vocacional “TRAMA SOCIAL Y SUBJETIVIDAD – Las múltiples voces de la orientación vocacional”, organizado por la Universidad Nacional de Rosario y la Asociación de Profesionales de Orientación de la República Argentina (APORA), que se llevará a cabo durante los días 9 y 10 de Noviembre del año 2007, en la Ciudad de Rosario, Santa Fe.ARTÍCULO 2º: Autorízase a los Coordinadores de la Oficina de la Juventud, Sr. Gastón Costa, al Coordinador de Orientación Vocacional, y el Equipo Profesional del Municipio de Morón al Lic. Mario Favier Dubois, a la Lic. Stella Moyano, a la Lic. Marta Finoccieto, al Lic. Andrés Maradei, al Lic. Alberto De Celis , a la Lic. Silvana Corigliano, y a la Lic. Verónica Morales, a concurrir al Congreso mencionado en el Artículo 1º.ARTÍCULO 3º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre del Secretario de Salud y Desarrollo Social, Sr. Gustavo Gabriel Salvador Hurtado Uhalde, por la suma de Pesos Dos Mil ($ 2.000.-), para solventar los gastos de inscripción, viaje en auto (nafta/peajes), viáticos estadía, hospedaje (por 2 noches) y pasajes, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.ARTÍCULO 4º: Impútese el gasto autorizado a:Imputacion Presupuestaria Descripcion Importe 01.10.00 3.7.2.0 Juventud – Viaticos $ 2.000,00.

Total: $ 2.000,00ARTÍCULO 5º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios de Salud y Desarrollo Social, de Economía y Finanzas y General de Gobierno (Interino).ARTÍCULO 6º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff – Daniel G. Larrache

Lic. Gustavo S. Hurtado Uhalde* * *

DECRETO Nº 2317/07Morón, 05 de Noviembre de 2007

VISTO: El Decreto Nº 2291/07, el expediente Nº

4079-19673/07-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 2291/07, se declaró de Interés Municipal la “XIII Cumbre de Mercociudades. Ciudadanía Mercosureña. Construyendo identidad regional por una integración social, cultural, productiva y sustentable”, que se llevará a cabo entre los días 20 y 21 de Noviembre del año 2007, en la Ciudad de Asunción, República del Paraguay.

Que a fs. 1 y 4 del expediente citado en el Visto, obra Memorándum emitido por la Secretaría de Desarrollo Económico Local, informando que en el evento precedentemente mencionado se realizará la reunión de la Unidad Temática de Desarrollo Económico Local, por lo cual concurrirán al mismo el Titular de esa Secretaría y el Director de Comercio, Sr. Pablo Augusto Aquiles Barril, por tal motivo solicita la suma de Pesos Cuatro mil ($ 4.000.-) a los efectos de solventar los gastos que demande la actividad.

Que a fs. 3 la Dirección de Contaduría agrega Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Autorízase las concurrencias del Secretario de Desarrollo Económico Local, Dr. Walter Adrián Juara y el Director de Comercio, Sr. Pablo Augusto Aquiles Barril, a la reunión de la Unidad Temática de Desarrollo Económico Local, que se desarrollará en la “XIII Cumbre de Mercociudades. Ciudadanía Mercosureña. Construyendo identidad regional por una integración social, cultural, productiva y sustentable”, los días 20 y 21 de Noviembre del año 2007, en la Ciudad de Asunción, República del Paraguay.ARTÍCULO 2º: Autorízase el gasto por la suma de Pesos Cuatro mil ($ 4.000.-) a fin de solventar los gastos que demande dicha concurrencia al evento citado en el Artículo 1º.ARTÍCULO 3º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre del Secretario de Desarrollo Económico Local, Dr. Walter Adrián Juara, por la suma de Pesos Cuatro mil ($ 4.000.-) para solventar los gastos que demande la actividad, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTÍCULO 4º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe01.28.00 3.7.2.0 Prom Des. Eco Local - Viáticos $ 4.000,00.-

Total: $ 4.000,00.-

ARTÍCULO 5º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios de Desarrollo Económico Local, de Economía y Finanzas y General de Gobierno (interino).ARTÍCULO 6º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Walter Adrian Juara – Daniel G. Larrache

Dr. Eduardo D. Aseff* * *

DECRETO Nº 2323/07Morón, 06 de Noviembre de 2007

VISTO:La Ordenanza Nº 9897/07 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-18280/06 D.E. – 62726/06-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 14

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9897/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. Inés Margarita Pozas, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 148.118, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del compromiso de pago CO3-121196 (cuotas 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30), y por los años 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.”“Artículo 2º: Exímase a la Sra. Inés Margarita Pozas, el 50% (cincuenta por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 148.118, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007”.“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno (Interino) y de Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff - Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2324/07

Morón, 06 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9903/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-16350/06-0 D.E. – 62242/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9903/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Leonardo Juarez, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 177.607, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldo pèndiente de los años 1995, 1998 y 2006, y por los años 1996, 1997,

1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago deberá hacerse cargo de los costos y las costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno (Interino) y de Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff - Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2325/07

Morón, 06 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9892/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-13416/07 D.E. – 63478/06-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9892/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Otórguese a la Sra. Zulema Sara Ponce, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02, respecto a la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 109.726.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno (Interino) y de Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff - Daniel G. Larrache

* * *

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 15

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

DECRETO Nº 2326/07Morón, 06 de Noviembre de 2007

VISTO:La Ordenanza Nº 9890/07 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-16709/06 D.E. – 62353/06-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9890/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Otórguese a la Sra. Sofía Luisa Kmet, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02, respecto a la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 160.173.”“Artículo 2º: Condónese a la Sra. Sofía Luisa Kmet, el 100 % (cien porciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 160.173, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del año 1998, y por los años 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006”.“Artículo 3º: Exímase a la Sra. Sofía Luisa Kmet, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 160.173, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007”.“Artículo 4º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno (Interino) y de Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff - Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2327/07

Morón, 06 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9900/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-14064/07 D.E. – 63137/06-0 H.C.D., y Adj. 4079-41888/98 D.E. – 40697/98 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9900/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Felipe Antonio Saccomanno, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 32.201, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1989, 1990, 1991, 1992, 1993, 1994 y 1998, y por los años 1995, 1996, 1997, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.”“Artículo 2º: Exímase al Sr. Felipe Antonio Saccomanno, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 32.201, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007”.“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno (Interino) y de Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff - Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2328/07

Morón, 06 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9891/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-13435/07 D.E. – 63588/07-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9891/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Otórguese a la Sra. Gladys Benítez, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02, respecto a la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 130.771.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno (Interino) y de Economía y Finanzas .ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff - Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2329/07

Morón, 06 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9857/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-20816/05 D.E. – 60871/05-0 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 9857/07.

Que atento lo expuesto precedentemente resulta necesario efectuar la inscripción en el registro respectivo, dictando al efecto el acto administrativo pertinente. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº 9857/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. Marta Eccarius, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente al Nicho/ataúd Nº 1817, Galería 6, Fila 2º, II Cuerpo, por los años 2004, 2005 y 2006.”“Artículo 2º: Exímase a la Sra. Marta Eccarius, del pago en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente al Nicho/ataúd Nº 1817, Galería 6, Fila 2º, II Cuerpo, por el año 2007.” “Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno (Interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff - Daniel G. Larrache

* * *

DECRETO Nº 2330/07Morón, 06 de Noviembre de 2007

VISTO:La Ordenanza Nº 9837/07 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-19736/06 D.E. – 63077/06-0 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 9837/07.

Que atento lo expuesto precedentemente resulta necesario efectuar la inscripción en el registro respectivo, dictando al efecto el acto administrativo pertinente. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº 9837/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. María Panzeri, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente al Nicho/ataúd Nº 401, Galería 6, Fila 1º, II Cuerpo, por los años 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.”“Artículo 2º: Exímase a la Sra. María Panzeri, el pago en concepto de de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente al Nicho/ataúd Nº 401, Galería 6, Fila 1º, II Cuerpo, por el año 2007.” “Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno (Interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff - Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2331/07

Morón, 06 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9893/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-13376/07-0 D.E. – 63373/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9893/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 17

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

“Artículo 1º: Otórguese a la Sra. Raquel Margarita Ramírez, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02, respecto a la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 125.712.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al

Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno (interino) y de Economía y Finanzas (Interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Walter Adrian Juara - Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2332/07

Morón, 06 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9855/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-17411/05 D.E. – 56786/03-0 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 9855/07.

Que atento lo expuesto precedentemente resulta necesario efectuar la inscripción en el registro respectivo, dictando al efecto el acto administrativo pertinente. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº 9855/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente al Nicho/urna Nº 156, Sección A, Fila 2º, por los años 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.”“Artículo 2º: Exímase el pago en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente al Nicho/urna Nº 156, Sección A, Fila 2º, por el año 2007”.“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno (Interino).

ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff - Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2333/07

Morón, 06 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9856/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-20815/05 D.E. – 60872/05-0 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 9856/07.

Que atento lo expuesto precedentemente resulta necesario efectuar la inscripción en el registro respectivo, dictando al efecto el acto administrativo pertinente. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº 9856/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. Marta Eccarius, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente al Nicho/ataúd Nº 2021, Galería 6, Fila 4º, II Cuerpo, por los años 2004, 2005 y 2006.”“Artículo 2º: Exímase a la Sra. Marta Eccarius, el pago en concepto de de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente al Nicho/ataúd Nº 2021, Galería 6, Fila 4º, II Cuerpo, por el año 2007.” “Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno (Interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff - Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2334/07

Morón, 06 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9905/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-20678/06-0 D.E. – 63292/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 18

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9905/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. Ana Asunción Benítez, el 100 % (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 213.175, incluídos multas, recargos e intereses, por le saldo pendiente del compromiso de pago CO3-204450 ( cuotas 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30) y por los años 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago deberá hacerse cargo de los costos y las costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno (Interino) y de Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff - Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2335/07

Morón, 06 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9901/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, los expedientes Nº 4079-15190/07 D.E. – 63065/06-0 H.C.D., y Adj. 4079-56818/99 D.E. – 44251/99 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9901/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Carlos Vicente Sella, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 173.284, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del año 1992, y por los años 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.”“Artículo 2º: Exímase al Sr. Carlos Vicente Sella, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 173.284, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007”.“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el

contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y las costas del mismo.”“Artículo 4º: Comuníquese al

Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno (Interino) y de Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff - Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2336/07

Morón, 06 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9902/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-17406/07-0 D.E. – 64773/07 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9902/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Juan Carlos Romero, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 510.645, incluídos multas, recargos e intereses, por los años 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2004, 2005 y 2006”.“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al

Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno (Interino) y de Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff - Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2337/07

Morón, 06 de Noviembre de 2007VISTO:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 19

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

La Ordenanza Nº 9899/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-17725/06-0 D.E. – 63851/07 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9899/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 107.654, incluídos multas, recargos e intereses, por los años 2005 y 2006.”“Artículo 2º: Exímase el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 107.654, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007”.“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno (Interino) y de Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff - Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2338/07

Morón, 06 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9898/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-15061/07 D.E. – 64143/07-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9898/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Manuel Angel Ortíz, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales de la Partida Nº 144.412, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del año 2000, y por los años 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno (Interino) y de Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff - Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2339/07

Morón, 06 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9889/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-13424/07 D.E. – 63489/06-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9889/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Otórguese a la Sra. Beatríz Alicia Ramos, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02, respecto a la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 153.824.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno (Interino) y de Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff - Daniel G. Larrache

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 20

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

* * *DECRETO Nº 2340/07

Morón, 06 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9904/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-13764/06 D.E. – 61705/06-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9904/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. Justa Emilia Romero, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 205.614, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1995 y 1996, y por los años 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno (Interino) y de Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff - Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2341/07

Morón, 06 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9896/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-36143/02-0 D.E. – 62305/06 H.C.D., y Adj. 52136/02, yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9896/07, sancionada por el Honorable Concejo

Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese el 20 % (veinte por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 207.933, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1996 y 2001, y por los años 1995 y 2002.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago deberá hacerse cargo de los costos y las costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno (Interino) y de Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff - Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2342/07

Morón, 06 de Noviembre de 2007VISTO:

El expediente Nº 4079-19422/07-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, obra Memorándum emitido por la Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad, informando que el Director de Derechos Humanos, Sr. Guillermo Marcello y el Coordinador del área, Sr. Pablo Toscanini, acompañarán al grupo de jóvenes que participarán en el Programa Jóvenes y Memoria, de acuerdo al convenio suscripto entre el Municipio de Morón y la Comisión Provincial por la Memoria, que se llevará a cabo desde el día sábado 10 hasta el día 16 de Noviembre del corriente año, en la Ciudad de Chapadmalal.

Que dicho Programa tendrá como objetivo general el de promover en los jóvenes el sentido y la valoración crítica del pasado y del presente como parte del proceso de construcción de su identidad y de la afiliación a la sociedad a la que pertenecen, en el marco del proceso de profundización de la democracia. Como así también tiene como objetivos específicos fortalecer a la escuela como la institución donde pueden encontrarse las distintas generaciones para construir la memoria colectiva y garantizar su transmisión a las generaciones futuras; investigar y conocer el pasado reciente; construir y transmitir la memoria colectiva de los pueblos de la provincia de Buenos Aires, especialmente la del pueblo de Morón; y generar espacios de libre expresión, de apropiación y resignificación del pasado. Que asimismo solicita la suma de Pesos Dos Mil ($ 2.000.-), para solventar los gastos que demandarán los viáticos y comida, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.

Que a fs. 9 toma debida intervención la Dirección de Contaduría efectuando la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que por tal motivo, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

EL INTENDENTE MUNICIPALDEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal las “actividades relacionadas en el marco del Programa Jóvenes y Memoria que realizarán el Director de Derechos Humanos, Sr. Guillermo Marcello y el Coordinador del área, Sr. Pablo Toscanini”, que se llevará a cabo desde el día sábado 10 hasta el día viernes 16 de Noviembre del año 2007, en la Ciudad de Chapadmalal. ARTÍCULO 2º: Autorízase al Director de Derechos Humanos, Sr. Guillermo Marcello y al Coordinador del área, Sr. Pablo Toscanini”, a concurrir a las actividades mencionadas en el Artículo 1º.ARTÍCULO 3º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre del Director de Derechos Humanos, Sr. Guillermo Marcelo (DNI 17.049.572), por la suma de Pesos Dos mil ($ 2.000.-) para solventar los gastos que demandarán los viáticos y comida de los suscriptos, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.ARTÍCULO 4º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria

Descripción Importe

01.11.00 3.7.2.0 Prom Rela Com - Viáticos $ 2.000,00.-

Total: $ 2.000,00.-ARTÍCULO 5º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno (interino) y de Economía y Finanzas (interino).ARTÍCULO 6º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Walter Adrian Juara - Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2343/07 Morón, 06 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9839/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-12796/07 D.E. – 63793/07-0 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 9839/07.

Que atento lo expuesto precedentemente resulta necesario efectuar la inscripción en el registro respectivo, dictando al efecto el acto administrativo pertinente. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº 9839/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente a la Sepultura Nº de Orden 108.075.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno (Interino).

ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Eduardo D. Aseff - Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2344/07

Morón, 07 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9919/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-19636/07 D.E. – 64821/07-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9919/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

TITULO I“Artículo 1º: La presente Ordenanza sobre la venta de predios fiscales del dominio privado municipal a sus actuales ocupantes se denominará “OPERATIVA TIERRAS MORON I”.“Artículo 2º: La presente Ordenanza tendrá como objetivo facilitar el acceso a la propiedad de la tierra, con destino a vivienda familiar, a través de un régimen de fomento que permita la venta de los inmuebles del dominio privado municipal a los ocupantes residentes verificados en los dos últimos censos realizados por el organismo pertinente del Departamento Ejecutivo, cumplidos los extremos requeridos por el Decreto Ley Provincial 9533/80.En el caso de no coincidir los ocupantes de los dos últimos censos en una misma vivienda, tendrán acceso a la propiedad de la tierra los ocupantes inscriptos en el último censo, los cuales deberán presentar los comprobantes fehacientes de compras de mejoras, quedando a criterio de la Dirección para la Producción Social del Hábitat u organismo que la reemplace citar a la parte vendedora cuando hubiere dudas sobre la documentación presentada.No podrán acceder a la propiedad de la tierra en forma inmediata a la entrega de la primera parcela, los ocupantes actuales que no hayan sido inscriptos en el último censo, los cuales deberán registrarse en la Dirección para la Producción Social del Hábitat u organismo que la reemplace con comprobantes fehacientes de la compra de las mejoras encuadrándose en los incisos a) y f) del presente artículo.Cuando hubiere litigio entre las partes compradora y vendedora de las mejoras por el acceso a la propiedad de una parcela, las partes se someterán a sede judicial. La parte que obtenga el fallo favorable adquirirá el acceso de pleno derecho.El litigio de una o más familias ocupantes residentes por una parcela dentro de un predio fiscal no será impedimento para que el área competente del Departamento Ejecutivo realice la entrega de las demás parcelas, cuyos ocupantes residentes estén reglamentados dentro de las Leyes y Ordenanzas vigentes.Los ocupantes que hubieren adquirido mejoras desde el último censo a la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, para acceder a la propiedad de la tierra deberán tener una

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

residencia efectiva y documentada no menor de 3 (tres) años, tomando como base la fecha de la compra de las mejoras, vencido dicho plazo el acceso se producirá de pleno derecho, quedando el inmueble a disposición de la Municipalidad, sin interpelación judicial previa.

e) Los ocupantes encuadrados en el inciso precedente obtendrán la tenencia de un permiso precario de ocupación del dominio privado municipal considerado asentamiento, por el término de 3 (tres) años.

f) Los ocupantes de tierras de dominio de la Municipalidad de Morón que se encuentren registrados con trámite iniciado en los términos de la presente Ordenanza podrán desarrollar actividades comerciales complementarias al uso del terreno como vivienda siempre y cuando no superen el 20% (veinte por ciento) de la superficie total de la parcela a regularizar, quedando expresamente prohibido la cesión, arrendamiento o venta, total o parcial, a título gratuito u oneroso, del fondo comercial que se constituya.

g) Las actividades comerciales mencionadas en el inciso anterior deberán regularse para su autorización por el artículo 3.2.2.0, Grilla General de Usos del Suelo, del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcciones del Partido de Morón debiendo cumplimentar con toda la documentación requerida para el trámite de habilitación ordinaria, con la salvedad del Plano de Obra, reemplazando el mismo por Croquis intervenido por la Dirección para la Producción Social del Hábitat u organismo que la reemplace, la que a su vez deberá certificar que el inmueble se encuentra en trámite de Regularización Dominial.”“Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a proceder a la venta de los inmuebles del dominio privado municipal de acuerdo a lo previsto por el artículo 158º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y en lo pertinente a las disposiciones contenidas en el inc. d) del artículo 25º, Capítulo III, Título II, del Decreto Ley Provincial 9533/80.”“Artículo 4º: A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por la presente Ordenanza créase un Registro de Tierras ocupadas que comenzará a funcionar como tal en el área de Tierras y Asentamiento.”

CAPITULO I – DEL ADJUDICATARIO“Artículo 5º: La venta se efectuará únicamente a los grupos familiares ocupantes de los terrenos, que acrediten los extremos del artículo 25 inc. d) del Decreto Ley Provincial 9533/80.”“Artículo 6º: Podrán solicitar la adjudicación bajo el régimen de la presente Ordenanza, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo precedente, los actuales ocupantes que no sean propietarios, poseedores o adjudicatarios de otros inmuebles.”“Artículo 7º: Cada grupo familiar tendrá derecho a una parcela, renunciando a todo eventual derecho sobre el resto del predio que ocupaba y a toda indemnización o derecho sobre todo bien localizado fuera de la parcela, una vez subdividido.” CAPITULO II – DE LA ADJUDICACION“Artículo 8º: Concretada la subdivisión cada parcela será adjudicada al grupo familiar ocupante por acta provisoria que lo habilitará para la firma del Boleto de Compraventa.”“Artículo 9º: El adjudicatario suscribirá con el Departamento Ejecutivo un Boleto de Compraventa que deberá ser aprobado por el H. Concejo Deliberante.”“ Artículo 10º: El precio de venta será

determinado por tasación realizada por elBanco Municipal de La Plata.”

“Artículo 11º: El adjudicatario podrá optar por el pago del precio al contado o en cuotas periódicas. En el caso de pago al contado recibirá un descuento de 1,5% (uno con cinco por ciento) por cada año adelantado.”“Artículo 12º: Cuando optare por el pago del precio al contado el adjudicatario deberá hacerlo efectivo dentro de los 30 días posteriores a la notificación de la adjudicación, el incumplimiento de esta obligación operará la caducidad automática de la adjudicación, sin necesidad de requerimiento alguno.”“Artículo 13º: Cuando optare por el pago en cuotas, se establecerá un monto mínimo mensual equivalente al 10% (diez por ciento) del salario Mínimo Vital y Móvil, quedando el Departamento Ejecutivo autorizado a pactar montos menores al arriba indicado en los casos en que mediante informe socio-económico realizado por el área social de la Dirección para la Producción Social del Hábitat u organismo que la reemplace, se acredite que el comprador no cuenta con los recursos necesarios para afrontarlas en los términos generales previstos. El número de cuotas será el que surja de dividir el importe del valor de inmueble más los gastos administrativos determinados en el artículo 14º por el monto de la cuota pactada a abonar. En los casos de pagos en cuotas en que se decidiere la cancelación anticipada se aplicará el descuento que se establece el artículo 11º de la presente.”“Artículo 14º: Conjuntamente con el pago del precio al contado o en cuotas abonará una tasa por Gastos Administrativos, que incluye gastos de escrituración equivalente al 10% del precio total del inmueble adjudicado.”“Artículo 15º: En caso de mora en el pago del precio en cuotas deberán abonarse los intereses punitorios que fije mensualmente la tasa de descuentos y documentos del Banco de la Provincia de Buenos Aires.”

CAPITULO III – DEL INCUMPLIMIENTO“Artículo 16º: Toda vez que en virtud de declaración jurada o de las constataciones efectuadas por la Comuna, se determinará el incumplimiento por el adjudicatario de los requisitos establecidos en los artículos 5º, 6º y 7º se procederá a la resolución del contrato sin requerimiento alguno, de acuerdo al artículo 1204 del Código Civil.”“Artículo 17º: En caso de incumplimiento de los pagos pactados mensualmente, por más de 90 días, el Municipio estará facultado para resolver el contrato con la consecuente pérdida de las cuotas abonadas por el comprador, declarándose la resolución del contrato. El H. Concejo Deliberante considerará los casos de excepción que se origine en falta de pago por causas no imputables al adjudicatario.”

CAPITULO IV – DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO

“Artículo 18º: El adjudicatario con firmeza de venta tendrá las siguientes obligaciones:

a) Cercar el predio.b) Construir vereda reglamentaria.c) Efectuar los pagos en la forma estipulada.d) Residir en forma efectiva y permanente en el

inmueble con su familia.e) No ceder ni arrendar, total o parcialmente el

inmueble.f) Conservar en buen estado las mejores

existentes en el lote.”“Artículo 19º: El Municipio impulsará la creación de una Comisión Interbarrios que fiscalizará el cumplimiento de las obligaciones prescriptas por el artículo precedente.”“Artículo 20º: La comisión interbarrios está compuesta por los presidentes de las Juntas Vecinales o Comisiones Barriales avaladas por el

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

organismo competente del Departamento Ejecutivo o entidades representativas de las zonas incluídas en la operativa de venta y personal designado por el Departamento Ejecutivo relacionado con el tema.

a) Las Juntas Vecinales deben estar reglamentariamente registradas en la Dirección de Organización y Participación Comunitaria u organismo que la reemplace para poder su presidente ejercer la representatividad.

b) Cuando hubiere cuestionamiento vecinal masivo a la dudosa representatividad de la Junta Vecinal, se elegirán 1 (uno) o 2 (dos) representantes por manzana, los cuales surgirán con el aval escrito del 60% (sesenta por ciento) de los vecinos de la misma. Deben ser ocupantes residentes y no manifestar ningún tipo de parentesco entre sí.”

“Artículo 21º: El Departamento Ejecutivo aprobará un Reglamento Interno que posibilitará la puesta en marcha de la Comisión.”

CAPITULO V – DE LA TRANSFERENCIA DEL DOMINIO

“Artículo 22º: El título de dominio se otorgará a los 180 días de firmado el boleto de compraventa constituyéndose en ese mismo acto, por el saldo de la deuda, garantía hipotecaria en primer grado a favor del municipio.”“Artículo 23º: De no verificarse el cumplimiento de las obligaciones emergentes del artículo 18º, el acto de escrituración se realizará en los plazos establecidos por el artículo 7º de la Ley 14005.”

CAPITULO VI – DE LA TRANSFERENCIA DE LA PROPIEDAD

“Artículo 24º: Los derechos que emerjan de la adjudicación en venta de tierras del dominio privado municipal, serán intransferibles, salvo sucesión o herencia, durante 10 años, desde la fecha de escrituración. La condición del carácter intransferible deberá constar en la hipoteca. Todo acto que viole esta disposición será nulo de nulidad absoluta y su constatación por la Municipalidad habilitará a la declaración de caducidad de la adjudicación. Toda excepción a este principio deberá ser aprobada por el H. Concejo Deliberante.”“Artículo 25º: Antes de verificada la firma del Boleto de Compraventa, el Departamento Ejecutivo estará facultado a resolver la transferencia de la adjudicación a solicitud de los herederos. A esos efectos éstos deberán acreditar fehacientemente su vínculo con el causante y la inexistencia de otros herederos con título excluyente.”“Artículo 26º: En el caso del artículo anterior, para el caso de presentarse varios herederos a solicitar la titularidad de la adjudicación, se procederá conforme al orden sucesorio establecido por el Código Civil, facultándose al Departamento Ejecutivo a considerar también la convivencia del heredero con el adjudicatario fallecido, en el inmueble que se transfiere.”

“Artículo 27º: El trámite sumarial de la verificación de la acreditación de tales extremos a los que hace referencia el artículo precedente, se hará a través del área competente dentro del Departamento Ejecutivo. Cuando surjan controversias que no puedan ser resueltas por vía administrativa se cerrarán las actuaciones, debiendo acudir las partes a sede judicial.”

CAPITULO VII – DISPOSICIONES GENERALES“Artículo 28º: En aquellos casos en que debido a la subdivisión de parcelas que se realice, o en los que no se puede modificar los límites fijados actualmente por los propios ocupantes, implicando esto superficies menores a las presentes en la legislación vigente, el Departamento Ejecutivo tramitará ante la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires la excepción correspondiente.El Departamento Ejecutivo exceptuará expresamente de las reglamentaciones vigentes en el orden municipal, en lo referente a medidas y tipo de construcción.”“Artículo 29º: El Departamento Ejecutivo a través de los organismos competentes, efectuará dentro de un plazo no mayor a 180 días, un relevamiento para determinar el estado ocupacional de los terrenos. Realizará asimismo mensura y parcelamiento de los mismos, a partir de lo cual se pondrá en vigencia la presente Ordenanza.”“Artículo 30º: Los grupos convivientes oportunamente censados que como consecuencia de la subdivisión quedarán sin parcela, serán reubicados en otro predio de propiedad de la comuna.”

TITULO II“Artículo 31º: Créase a partir de la sanción de la presente Ordenanza una CUENTA ESPECIAL bajo la denominación de OPERATIVA TIERRAS MORON “Artículo 32º: Serán recursos genuinos del fondo:a) Las partidas que el Presupuesto asigne para tal

fin.b) Las donaciones y/o cesiones sin cargo que

para tal fin reciba la Municipalidad.c) Los fondos provenientes de empréstitos

que se obtuvieran de Bancos privados u oficiales del Estado Nacional o Provincial y/o reparticiones autárquicas, con observancia de lo establecido por el Artículo 46º, inciso 1º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

d) Toda contribución, tasa o derecho que se establezca con destino a las finalidades de esta Ordenanza.

e) Los que ingresaren en concepto del pago mensual del precio de venta de los lotes afectados a la Operativa Tierras Morón I.

f) Los intereses moratorios y punitorios de la Operativa Tierras Morón I.

a. Los que ingresaren por cancelaciones de deuda de la Operativa Tierras Morón I.

b. Los que ingresaren por la ejecución de las garantías hipotecarias de la Operativa Tierras Morón I.

c. Por multas administrativas de la Operativa Tierras Morón I.”

“Artículo 33º: También serán considerados recursos genuinos del fondo los producidos por la venta de predios del dominio privado municipal que se encuentren localizados en zonas residenciales o privilegiadas, realizada por subasta pública, con base fijada por la tasación de tres martilleros de la zona, inscriptos en el registro correspondiente. El producido por la venta de estos bienes ingresará a la cuenta creada por el artículo 31º hasta finalizar el programa de reubicación.”“Artículo 34º: Los recursos de la cuenta que se crea serán afectados a la concreción y financiación de los siguientes programas:

a) Ordenanza Operativa Tierras Morón I para la Venta de las Tierras Fiscales.

b) Creación del Banco de Tierras de Morón.

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

c) Compra de lotes que serán afectados a la reubicación de los grupos convivientes que, como consecuencia de la subdivisión realizada, quedarán sin parcelas.

Toda operación de compra de tierras deberá contar con la aprobación del H. Concejo Deliberante.

d) Verificada la reubicación de los grupos mencionados en el inciso c) el destino de las nuevas adquisiciones de tierras será determinado por el H. Concejo Deliberante.

e) Los excedentes de recaudación al finalizar el programa OTMI serán afectados a obras comunitarias en las zonas que integren la Operativa; con prioridad determinada por el H. Concejo Deliberante con participación de la Comisión Interbarrial a través del Departamento Ejecutivo.”“Artículo 35º: Los fondos que ingresen de acuerdo a lo estipulado en el artículo 32º deberán ser depositados en una cuenta corriente del Banco de la Provincia de Buenos Aires sucursal Morón, abierta exclusivamente para los fines estipulados en el artículo 34º.”

TITULO III“Artículo 36º: A los efectos de unificar y centralizar la información existente sobre los inmuebles del dominio privado municipal, créase el BANCO DE TIERRAS DEL PARTIDO DE MORON.”“Artículo 37º: El Banco de Tierras, a modo de registro, incorporará todos los inmuebles que pertenezcan o pudieran pertenecer a la Comuna en concepto de:

a. Predios fiscales actualmente ocupados.b. Predios fiscales desocupados.c. Predios fiscales afectados a Reserva.d. Aquellos predios que se incorporan al

dominio de la Comuna según la Ordenanza 4686/64.

e. Los predios que la Comuna expropiara o compre y destine a la venta según lo dispuesto por la Ordenanza que regula la Operativa Tierras Morón I.”

“Artículo 38º: El área de Tierras y Asentamientos será el órgano de organización, gestión y control del Banco de Tierras de Morón.”

TITULO IV“Artículo 39º: Por la presente Ordenanza se faculta al Departamento Ejecutivo a conceder a Entidades de Bien Público, el uso de bienes inmuebles de dominio privado municipal. Para ello, se lo faculta a suscribir los correspondientes contratos, que se ajustarán a lo dispuesto por el artículo 28º del Decreto Ley Provincial 9533/80.

a. La tenencia será otorgada con carácter precario, por cuanto será revocable en cualquier tiempo por decisión de la autoridad competente.

b. El término de la tenencia no podrá exceder de 5 años, prorrogable por iguales períodos por el H. Concejo Deliberante, siempre que se verifique el cumplimiento de los requisitos del presente artículo.

c. Las entidades contratantes deberán constar con reconocimiento municipal y personería jurídica provincial o nacional.

d. El Departamento Ejecutivo fijará por acto administrativo especial, un canon anual a cuyo pago estará obligado el tenedor y que no podrá ser inferior al 10% de la valuación fiscal en cada año de concesión. Asimismo, en el contrato respectivo, el Departamento Ejecutivo fijará las características del servicio que la Entidad deberá abonar en concepto de canon anual por la ocupación. El incumplimiento de esta obligación será causa de resolución del contrato.”

“Artículo 40º: En lo concerniente a obligaciones del concesionario, extinción de la concesión y

mecanismos de entrega de la tenencia, esto se regirá por las disposiciones del artículo 32º del Decreto Ley Provincial 9533/80.”“Artículo 41º: Deróganse las Ordenanzas Nros. 10293/88, 11263/90, 12461/92, 7182/05 y 7495/05.”“Artículo 42º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”. ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas (interino) y General de Gobierno (interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Walter Adrian Juara - Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2346/07

Morón, 08 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9858/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-15823/07 D.E. – 64379/07-0 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 9858/07.

Que atento lo expuesto precedentemente resulta necesario efectuar la inscripción en el registro respectivo, dictando al efecto el acto administrativo pertinente. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº 9858/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente al Nicho/ataúd Nº 638, Galería 6, Fila 1º, I Cuerpo, por los años 2005 y 2006.”“Artículo 2º: Exímase el pago en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente al correspondiente al Nicho/ataúd Nº 638, Galería 6, Fila 1º, I Cuerpo, por el año 2007”.“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas (Interino) y General de Gobierno (Interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Walter Adrian Juara - Daniel G. Larrache

* * *

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 25

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

DECRETO Nº 2350/07Morón, 08 de Noviembre de 2007

VISTO:La Nota Nº 49903/07, y

CONSIDERANDO:Que por las actuaciones citadas en el

Visto, la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 2, solicita se declare Interés Municipal el “118º Aniversario de la Ciudad de Haedo y las distintas actividades que se realizarán con motivo de su conmemoración, a llevarse a cabo el día 11 de Noviembre de 2007, en las calles Fassola y 2da. Rivadavia, de esa Ciudad”.

Que en dicho evento se desarrollarán distintas actividades como: Espectáculos para Niños “Circo K – NIBAL”, ETARF Escuela Talller de Arte y Artesanías Folklóricas, y otros Espectáculos Familiares.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPALDEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal el “118º Aniversario de la Ciudad de Haedo y las distintas actividades que se realizarán con motivo de su conmemoración, a llevarse a cabo el día 11 de Noviembre de 2007, en las calles Fassola y 2da. Rivadavia, de esa Ciudad”.ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno (interino) y de Economía y Finanzas (interino).ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

GUILLERMO PASCUERODr. Walter Adrian Juara - Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2352/07

Morón, 08 de Noviembre de 2007VISTO:

El expediente Nº 4079-19853/07-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1/2 del expediente citado en el Visto, luce memorándum de la Secretaría de Salud y Desarrollo Social, solicitando la declaración de Interés Municipal el “Certamen Nacional de la 24º Olimpiada de Matemática Argentina (OMA)”, que se realizará en la Ciudad de Huerta Grande, Provincia de Córdoba, desde el día 12 de hasta el día 16 de Noviembre del corriente año. Asimismo, solicita un subsidio para solventar los gastos por la participación de los alumnos clasificados para dicho certamen, del Instituto Inmaculada y del Colegio “Crear y Ser” ambos de la Ciudad de Castelar, y de la Escuela de Educación Técnica Nº 8 de la Ciudad de Morón. A fs. 29/33 obra documentación referente a dicho evento educativo.

Que en el marco de las políticas públicas que incentivan el protagonismo de los niños y jóvenes, la participación de los alumnos de escuelas moronenses en la Olimpiada de Matemática Argentina, es coincidente con los objetivos que se propone dicha Secretaría, en cuanto a apoyar la Educación y ofrecer igualdad de oportunidades a aquellos alumnos que, por su desempeño y capacidad pueden participar de competencias educativas, como la Olimpiada mencionada.

Que es por ello que estos eventos cuentan cada año con el reconocimiento municipal y es sugerencia de la Secretaría en su conjunto, allanar todas las dificultades que estas escuelas tengan, a fin de facilitar el acceso de sus alumnos a los certámenes a los que son convocados por méritos propios.

Que se acompaña a fs. 3/28 la siguiente documentación a saber: solicitud de las escuelas

participantes, nómina de alumnos participantes y sus acompañantes, fotocopias de los documentos de identidad, costo de alojamiento, nombre y documento de las personas autorizadas al cobro.

Que a fs. 39 se agrega Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria efectuado por la Dirección de Contaduría.

Que los proyectos de integración juvenil regional deben ser apoyados y promovidos mediante acciones positivas, ya que sin duda son los que aportarán las herramientas indispensables para que el futuro nos encuentre trabajando en común en la solución de las problemáticas latinoamericanas.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓN DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal el “Certamen Nacional de la 24º Olimpiada de Matemática Argentina (OMA)”, que se llevará a cabo desde el día 12 hasta el día 16 de Noviembre del año 2007, en la Ciudad de Huerta Grande, Provincia de Córdoba.ARTICULO 2º: Otórgase un subsidio a favor del alumno Duprat Nahuel Alejandro (DNI 35.944.997) del Instituto Inmaculada de la Ciudad de Castelar, por la suma de Pesos Setecientos setenta y seis ($ 776.-), por los gastos que ocasionará la participación del mismo en el evento educativo mencionado en el Artículo 1º.ARTICULO 3º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago por la suma de Pesos Setecientos setenta y seis ($ 776.-), a nombre de la Sra. Alva Marta Haydee (DNI 18.257.481) en su carácter de responsable de cobro.ARTICULO 4º: Otórgase un subsidio a favor del alumno Molina Matías Fabián (DNI 37.906.200) del Instituto Inmaculada de la Ciudad de Castelar, por la suma de Pesos Setecientos setenta y seis ($ 776.-), por los gastos que ocasionará la participación del mismo en el evento educativo mencionado en el Artículo 1º.ARTICULO 5º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago por la suma de Pesos Setecientos setenta y seis ($ 776.-), a nombre del Sr. Molina Gerardo Fabián (DNI 16.493.371) en su carácter de responsable de cobro.ARTICULO 6º: Otórgase un subsidio a favor del alumno Mauricio Miguel Sebastián (DNI 37.171.477) de la Escuela de Educación Técnica Nº 8 de la Ciudad de Morón, por la suma de Pesos Setecientos setenta y seis ($ 776.-), por los gastos que ocasionará la participación del mismo en el evento educativo mencionado en el Artículo 1º.ARTICULO 7º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago por la suma de Pesos Setecientos setenta y seis ($ 776.-), a nombre de la Sra. Franco Lucila (DNI 92.743.136) en su carácter de responsable de cobro.ARTICULO 8º: Otórgase un subsidio a favor del alumno Casella Federico (DNI 37.417.434) de la Escuela de Educación Técnica Nº 8 de la Ciudad de Morón, por la suma de Pesos Setecientos setenta y seis ($ 776.-), por los gastos que ocasionará la participación del mismo en el evento educativo mencionado en el Artículo 1º.ARTICULO 9º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago por la suma de Pesos Setecientos setenta y seis ($ 776.-), a nombre de la Sra. Esterzon Claudia Liliana (DNI 16.328.375) en su carácter de responsable de cobro.ARTICULO 10º: Otórgase un subsidio a favor del alumno Domingo Alejandro Javier (DNI 37.226.722) del Colegio “Crear y Ser” de la Ciudad de Castelar, por la suma de Pesos Setecientos setenta y seis ($ 776.-), por los gastos que ocasionará la participación del mismo en el evento educativo mencionado en el Artículo 1º.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 26

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

ARTICULO 11º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago por la suma de Pesos Setecientos setenta y seis ($ 776.-), a nombre del Sr. Domingo Gustavo Eduardo (DNI 11.980.080) en su carácter de responsable de cobro.ARTÍCULO 12º: Impútese el gasto autorizado a:

ImputaciónPresupuestaria Descripción Importe

01.09.00 5.1.4.0 Coord Pol Sociales - Ayudas sociales a personas $ 3.880,00.-

Total $ 3.880,00.-

ARTÍCULO 5º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios de Salud y Desarrollo Social, General de Gobierno (interino) y de Economía y Finanzas (Interino).ARTÍCULO 6º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese

GUILLERMO PASCUERODr. Walter Adrian Juara - Daniel G. Larrache

Lic. Gustavo S. Hurtado Uhalde* * *

DECRETO Nº 2354/07Morón, 12 de Noviembre de 2007

VISTO:El expediente Nº 4079-19794/07-0 D.E., y

CONSIDERANDO:Que a fs. 1 del expediente citado en el

Visto, obra Memorándum emitido por la Dirección de Relaciones Públicas, Ceremonial y Protocolo, solicitando la declaración de Interés Municipal las “Actividades programadas con motivo del Acto de Asunción del Tercer mandato del Intendente Municipal, Sr. Martín Sabbatella”, que realizará el día Lunes 10 de Diciembre del corriente año, en la Plaza del Libertador General San Martín, de la Ciudad de Morón, asimismo solicita la suma de Pesos Un mil ($ 1.000.-) para solventar los gastos que demandará la organización del mencionado evento.

Que a fs. 3 toma debida intervención la Dirección de Contaduría efectuando la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que por tal motivo, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal las “Actividades programadas con motivo del Acto de Asunción del Tercer mandato del Intendente Municipal, Sr. Martín Sabbatella”, que realizará el día Lunes 10 de Diciembre del año 2007, en la Plaza del Libertador General San Martín, de la Ciudad de MorónARTÍCULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre de la Directora de Relaciones Públicas, Ceremonial y Protocolo, Prof. Beatriz Rosenblat de Tugender (DNI 06.219.260), por la suma de Pesos Un mil ($ 1.000.-) para solventar los gastos que demandará la organización del Acto mencionado en el Artículo 1º, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.ARTÍCULO 3º: Impútese el gasto autorizado a la imputación extrapresupuestaria del gasto, Jurisdicción: 1110101000 Secretaría Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización; Rubro de Egreso: Anticipos Otorgados, Código 21000 Para erogaciones Corrientes.ARTÍCULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 2369/07

Morón, 12 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9914/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-17583/06 D.E. – 62688/06-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9914/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Carlos Alberto Famularo, L.E. Nº 4.894.259, la registración del Plano de Obra, con destino Playa de Estacionamiento, de la propiedad sita en la calle Pte. Nicolás Avellaneda Nº 966/78 de la Ciudad de Castelar, cuyos datos catastrales son: Circ. V, Secc. C, Manzana 215, Parcela 10a, con infracción al artículo 3.5.1.1 del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcción del Partido de Morón, y a los artículos 37º y 46º del Decreto Ley 8912/77, según constancias obrantes en el expediente Nº 62688/06 H.C.D. – 4079-17583/06 D.E. y la Audiencia Pública celebrada el día 21 de agosto de 2007.”“Artículo 2º: Lo otorgado en el artículo 1º está condicionado al inicio del trámite de registración de plano y al pago de los Derechos correspondientes dentro de los 90 (noventa) días de la notificación de la promulgación de la presente, y al cumplimiento de las demás normas municipales que resulten de aplicación. En caso de incumplimiento, caducarán automáticamente los derechos conferidos.”“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo a notificar la presente Ordenanza, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADaniel G. Larrache – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 2370/07

Morón, 12 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9913/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-11102/07 D.E. – 63585/07-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 27

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9913/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Javier Pablo Barbier, D.N.I. Nº 17.838.444, la registración del Plano de Obra, con destino Local Negocio y Oficina, de la propiedad sita en la calle Gral. Manuel Belgrano Nº 125/9, de la Ciudad de Morón, cuyos datos catastrales son: Circ. I, Secc. E, Manzana 305, Parcela 14, con infracción a los artículos 3.2.3.0.2, 3.5.2.1 y 4.6.4.1 del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcción del Partido de Morón, según constancias obrantes en el expediente Nº 63585/07 H.C.D. – 4079-11102/07 D.E. y la Audiencia Pública celebrada el día 21 de agosto de 2007.”“Artículo 2º: Lo otorgado en el artículo 1º está condicionado al inicio del trámite de registración de plano y al pago de los Derechos correspondientes dentro de los 90 (noventa) días de la notificación de la promulgación de la presente, y al cumplimiento de las demás normas municipales que resulten de aplicación. En caso de incumplimiento, caducarán automáticamente los derechos conferidos.”“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo a notificar la presente Ordenanza, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADaniel G. Larrache – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 2371/07

Morón, 12 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9912/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Octubre del año 2007, el expediente Nº 4079-17627/06 D.E. – 62717/06-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9912/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Octubre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Pedro Armando Busti, D.N.I. Nº 7.771.687, la registración del Plano de Obra, con destino Local Comercial de la propiedad sita en la calle Av. Rivadavia Nº 17290/98 esquina J. M. De Pueyrredón Nº 230 de la Ciudad de Haedo, cuyos datos catastrales son: Circ. III, Secc. H, Manzana 33a, Parcela 35, con infracción a los artículos 3.5.1.1 y 4.6.2.2 del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcción del Partido de Morón, y al artículo 46º del Decreto Ley 8912/77, según constancias obrantes en el expediente Nº 62717/06 H.C.D. – 4079-17627/06 D.E. y la Audiencia Pública celebrada el día 7 de junio de 2007.”“Artículo 2º: Lo otorgado en el artículo 1º está condicionado al inicio del trámite de registración de plano y al pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente, y al cumplimiento de las demás normas municipales que resulten de aplicación. En caso de incumplimiento, caducarán automáticamente los derechos conferidos.”“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo a notificar la presente Ordenanza, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654.”“Artículo 4º: Deróguese la Ordenanza Nº 9651/07.”“Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADaniel G. Larrache – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 2372/07

Morón, 12 de Noviembre de 2007VISTO:

El Decreto Nº 2288/07 y el expediente Nº 4079-19873/07-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 2288/07, se declaró de Interés Municipal las “Actividades culturales, sociales y deportivas que se desarrollarán en el marco de los Festejos del 33º Aniversario de la fundación de la Ciudad de El Palomar y el Encuentro de Escultores a Cielo Abierto”, organizados conjuntamente por la Secretaría de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 3 “El Palomar” y áreas temáticas del Municipio de Morón e Instituciones de la mencionada Ciudad, que se llevará a cabo entre los días 10 al 18 de Noviembre de 2007.

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, obra Nota emitida por la Secretaría de la

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Unidad de Gestión Comunitaria Nº 3 “El Palomar”, informando que a los efectos de poder afrontar los gastos de las diferentes actividades culturales, sociales y deportivas que se brindan en la semana del 10 al 18 de Noviembre del corriente año, por el 33º Aniversario de la Ciudad de “El Palomar”, por tal motivo solicita la suma de Pesos Tres mil ($ 3.000.-) para solventar los gastos que demanden dichos eventos.

Que a fs. 4 la Dirección de Contaduría agrega Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Autorízase el gasto por la suma de Pesos Tres mil ($ 3.000.-) que demandarán las actividades culturales, sociales y deportivas que se brindan en la semana del 10 al 18 de Noviembre del año 2007, en virtud del 33º Aniversario de la Ciudad de “El Palomar”.ARTÍCULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre de la Secretaría de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 3 “El Palomar”, C.P. Stella Maris Santos, por la suma de Pesos Tres mil ($ 3.000.-) para solventar los gastos que demandarán las actividades culturales, sociales y deportivas con motivo del 33º Aniversario de la Ciudad de “El Palomar”, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTÍCULO 3º: Impútese el gasto autorizado a la imputación Extrapresupuestaria del gasto, Jurisdicción 1110108000 Secretaría de Relaciones con la Comunidad; Rubro de Egreso: Anticipos Otorgados, Código 21000 Para erogaciones Corrientes.ARTÍCULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 2373/07

Morón, 12 de Noviembre de 2007VISTO:

Las actuaciones obrantes en el expediente Nº 4079-19852/07-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 5 del expediente citado en el Visto, obra Nota emitida por la Dirección de Asuntos Legales, solicitando se declare de Interés Municipal el “IV Congreso de la Asociación Bonaerense de Derecho Administrativo (A.B.D.A) “En Homenaje al Profesor Agustín Gordillo”, a dictarse en la Municipalidad de Dolores los días 23 y 24 de Noviembre del corriente año. A fs. 3/5 obra documentación referente a dicho evento.

Que el desempeño del Profesor Gordillo reviste una gran importancia en lo que hace a la formación de profesionales graduados en cuanto a la capacitación y el asesoramiento en materia de régimen municipal.

Que en razón de lo expuesto, el Municipio de Morón entiende relevante el evento, considerando pertinente declararlo de Interés Municipal.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Declárase de Interés Municipal el “IV Congreso de la Asociación Bonaerense de Derecho Administrativo (A.B.D.A) “En Homenaje

al Profesor Agustín Gordillo”, a dictarse en la Municipalidad de Dolores los días 23 y 24 de Noviembre del corriente año.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 2374/07

Morón, 14 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente, Resolución de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 150/07, el expediente Nº 4079-10430/07-0 D.E. (Cuerpos I y II), y CONSIDERANDO:

Que por Resolución Administrativa de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 150/07, de fecha 8 de Agosto de 2007, se determinaron, verificación mediante, las obligaciones tributarias, a valor nominal de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, del contribuyente Melómanos S.R.L., Legajo Nº 1-89624, se lo intima a abonar las cuotas mensuales impagas del 1/2 a 08/02, 12/02, 01/03 a 12/03, 1/4 a 12/04, 01/05 a 12/05, 01/06 a 09/06, con más recargos y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder, de acuerdo con lo previsto por los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal. Asimismo, se lo intima al pago de los importes mínimos impagos establecidos en el artículo 20º de la Ordenanza Impositiva, por los períodos no auditados, cuotas mensuales 12/06, 01/07, 02/07, 05/07 y 06/07, con más los recargos establecidos en el artículo 55º de la Ordenanza Fiscal.

Que a fs. 159 obra Cédula de Notificación librada a la a la Socia Gerente de Melómanos S.R.L., Sra. González Sandra Mabel, notificando la Resolución Nº 150/07 de la Secretaría de Economía y Finanzas.

Que a fs. 160/164 vta. luce Recurso Jerárquico interpuesto por la firma contra el acto administrativo en cuestión.

Que a fs. 287 la Unidad de Inteligencia Fiscal manifiesta que el contribuyente de referencia no presentó descargo, de conformidad con lo establecido en el artículo 27 bis de la Ordenanza Fiscal, contra las actas de ajuste tributario F-13 Nros. 2593, 2594, 2595, 2596 y 2597.

Que a fs. 289/289 vta. interviene la Dirección de Asuntos Legales, dictaminando que la empresa “Melómanos S.R.L.”, a través de su socia gerente, Sra. Sandra Mabel González, titular del Legajo Nº 1-89624, plantea Recurso Jerárquico contra los alcances de la Resolución de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 150/2007 de fecha 08 de Agosto del año 2007.

Que analizadas las actuaciones, se desprende que con fecha 14/08/06 se Notifica por medio del Formulario F-10 a la quejosa de los ajustes practicados en las actuaciones del Visto por Actas de Ajuste Tributario F-13 Nros. 2593, 2594, 2595, 2596 y 2597, dándose vista al contribuyente a fin de que en el plazo de cinco (5) días formule por escrito su defensa y ofrezca toda la prueba que haga a su derecho, todo ello tal como surge de la Cédula de Notificación obrante a fs. 159, y las consecuentes Actas de Notificación obrante a fs. 157/158.

Que en ese orden de ideas, destaca esa Asesoría que a pesar de estar debidamente notificada la contribuyente, la misma no presentó descargo alguno dentro del plazo establecido por el Artículo 27º bis de la Ordenanza Fiscal vigente.

Que en tal sentido, dado que el contribuyente no presentó el descargo en tiempo y forma, y según lo establece el Artículo 28º de la Ordenanza Fiscal vigente, la decisión administrativa

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

que determina la obligación tributaria y las multas correspondientes, han sido consentidas por la reclamante.

Que en función de los antecedentes expuestos precedentemente, la Secretaría de Economía y Finanzas procedió a dictar la Resolución Nº 150/2007, tal como luce anejada a fs. 151/154.

Que por otro lado señala que el Artículo 70º del plexo normativo de cita, determina que el contribuyente o responsable estará facultado a impetrar recursos administrativos contra la Resolución Administrativa que determine las obligaciones tributarias y/o que impongan multas, sólo si no se consintió la actuación administrativa; y se presentó el descargo referido en el Artículo 27º bis en tiempo y forma.

Que en consecuencia, y haciendo una correcta hermenéutica de las normas señaladas supra, concluye esa Asesoría que: no le asiste al contribuyente el derecho a recurrir la Resolución Administrativa de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 150/2007.

Que así también, destaca que la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en reiteradas oportunidades ha sostenido que: “…Como ya lo tiene dicho esta Corte, en anteriores composiciones, se considera firme el acto administrativo cuando es insusceptible de recursos administrativos y judiciales por haber sido expresa o tácitamente consentido por el particular…”.

Que por tanto, por los motivos de hecho y de derecho expresados la Dirección de Asuntos Legales aconseja que la presentación efectuada a fs. 160/164 por la Sra. Sandra Mabel González, socia gerente de la empresa “Melómanos S.R.L.”, debe ser desestimada, por encontrarse firme y consentida la Resolución de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 150/2007.

Que en razón de lo expuesto y resuelto por las áreas técnicas competentes, corresponde proceder al dictado del pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Desestímase la presentación de fecha 29 de Agosto de 2007, efectuada por la socia gerente de la empresa “Melómanos S.R.L.”, Sra. Sandra Mabel González, contra la Resolución de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 150/07.ARTICULO 2º: Por la Dirección de Fiscalización y Apremio notifíquese a la empresa “Melómanos S.R.L.”, el texto íntegro del presente Decreto.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 2375/07

Morón, 14 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Provincial 2980/00, el expediente Nº 4079-19402/07-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a través del Expediente 4079 – 19402/07 los Órganos Ejecutores de cada Secretaría han dado conformidad a las necesidades planteadas por los diversos sectores respecto de proceder a la realización de las adecuaciones presupuestarias solicitadas.

Que la Ordenanza General de Presupuesto para el ejercicio fiscal 2007, dispone en

su artículo 8º la modalidad de procedimiento para la modificación de los créditos presupuestarios.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Disminúyanse en el Presupuesto General de Gastos por un total de Pesos Ciento sesenta y un mil doscientos treinta y uno con noventa centavos ($ 161.231,90.-) las siguientes partidas:

Subjurisdicción Cat. Program Objeto del Gasto Importe

Fuente de Financiamiento 110

1110102000 01.14.00 3.3.1.0 $ 2.877,00

1110102000 01.14.00 3.3.3.0 $ 14.840,00

1110102000 01.14.00 4.3.6.0 $ 111.900,00

1110102000 20.00.00 3.3.1.0 $ 1.000,00

1110102000 20.00.00 3.5.3.0 $ 2.700,00

1110102000 20.00.00 4.3.6.0 $ 2.100,00

1110102000 20.00.00 4.3.7.0 $ 6.000,00

1110110000 01.29.00 2.3.3.0 $ 2.000,00

1110110000 01.29.00 3.4.9.0 $ 3.967,16

1110110000 42.01.00 4.3.6.0 $ 8.000,00

1110110000 42.02.00 2.3.3.0 $ 5.847,74

Total 110 $ 161.231,90

Total $ 161.231,90

ARTÍCULO 2º: Increméntase en el Presupuesto General de Gastos por un total de Pesos Ciento treinta y cinco mil cuatrocientos cuatro con veinticuatro centavos ($ 135.404,24.-) las siguientes partidas:

Subjurisdicción Cat. Program Objeto del Gasto Importe

Fuente de Financiamiento 110

1110102000 01.14.00 2.3.1.0 $ 350,00

1110102000 01.14.00 2.5.9.0 $ 10,00

1110102000 01.14.00 3.4.6.0 $ 2.500,00

1110102000 01.14.00 4.3.9.0 $ 3.240,00

1110102000 20.00.00 2.9.9.0 $ 2.700,00

1110107000 01.09.00 5.1.4.0 $ 111.900,00

1110110000 01.29.00 2.1.1.0 $ 400,00

1110110000 01.29.00 2.5.6.0 $ 42,00

1110110000 01.29.00 2.9.2.0 $ 250,00

1110110000 01.29.00 3.1.4.0 $ 400,00

1110110000 01.29.00 3.5.4.0 $ 1.500,00

1110110000 42.01.00 3.4.5.0 $ 8.000,00

1110110000 42.02.00 2.1.1.0 $ 200,00

1110110000 42.02.00 2.5.9.0 $ 10,06

1110110000 42.02.00 2.9.6.0 $ 28,18

1110110000 42.02.00 2.9.9.0 $ 2,00

1110110000 42.02.00 3.5.4.0 $ 700,00

1110110000 42.02.00 3.7.2.0 $ 3.000,00

1110110000 42.02.00 4.3.8.0 $ 172,00

Total 110 $ 135.404,24

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 30

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Subjurisdicción Cat. Program Objeto del Gasto Importe

Total $ 153.404,24

ARTÍCULO 3º: Créanse en el Presupuesto General de Gastos por un total de Pesos Veinticinco mil ochocientos veintisiete con sesenta y seis centavos ($ 25.827,66.-) por las siguientes partidas:

Subjurisdicción Cat. Program Objeto del Gasto Importe

Fuente de Financiamiento 110

111010200 01.14.00 2.3.3.0 $ 7,00

111010200 01.14.00 2.3.4.0 $ 10,00

111010200 01.14.00 4.3.7.0 $ 11.600,00

111010200 20.00.00 3.3.9.0 $ 1.000,00

111010200 20.00.00 4.3.5.0 $ 2.100,00

111010200 20.00.00 4.3.6.0 ·$ 6.000,00

1110110000 01.29.00 2.2.1.0 $ 17,50

1110110000 01.29.00 2.3.1.0 $ 523,11

1110110000 01.29.00 2.3.4.0 $ 5,55

1110110000 01.29.00 2.9.6.0 $ 2.784,00

1110110000 01.29.00 2.9.9.0 $ 45,00

1110110000 42.02.00 2.3.1.0 $ 1.000,00

1110110000 42.02.00 3.3.7.0 $ 30,00

1110110000 42.02.00 4.3.4.0 $ 705,50

Total 110 $ 25.827,66

Total $ 25.827,66

ARTÍCULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno, de Economía y Finanzas, de Salud y Desarrollo Social, y de Desarrollo Económico Local.ARTÍCULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. PascueroLic. Gustavo S. Hurtado Uhalde - Damian E.

Aguilar - Daniel G. Larrache – Dr. Walter A. Juara

* * *DECRETO Nº 2376/07

Morón, 14 de Noviembre de 2007VISTO:

El Decreto Nº 006/00 y la Nota Nº 50297/07, yCONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el Visto, fue designado como Tesorero Municipal, el C.P. Juan Manuel Caracachian.

Que el mentado, hará uso de licencia ordinaria pendiente correspondiente al año 2004, por el lapso de catorce (14) días, a partir del día 3 hasta el día 16 de Diciembre de 2007 inclusive.

Que asimismo toma debida intervención la Secretaría de Economía y Finanzas, informando que debido a la licencia del Tesorero Municipal resulta necesario nombrar interinamente en su reemplazo a la Contadora Cecilia Gatta Castel, por el período que dure la licencia ordinaria del C.P. Caracachian, a efectos de evitar resentir el normal desenvolvimiento de las tareas del área.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo previsto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Asígnase interinamente, a partir del día 3 hasta el día 16 de Diciembre del año 2007, a la

Contadora Cecilia Gatta Castel (DNI 26.500.376), las funciones de Tesorera Municipal, en sustitución del C.P. Juan Manuel Caracachian, cesando dicha sustitución a la fecha de reincorporación del funcionario mencionado.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno y de Economía y FinanzasARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos e infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 2377/07

Morón, 15 de Noviembre de 2007VISTO:

El expediente Nº 4079-19921/07-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, obra Memorándum emitido por la Dirección de Arte y Cultura, solicitando la declaración de Interés Municipal del “III Foro de la Red Interlocal de Ciudades Iberoamericanas para la Cultura”, que se llevará a cabo entre el día 26 al día 29 de Noviembre del corriente año, en la Ciudad de Escazú, de Costa Rica.

Que a fs. 2 obra la invitación cursada al Titular de la Dirección de Arte y Cultura a los efectos de que participe en dicho evento, dado que la misma está adherida formalmente a la Red.

Que asimismo esa Dirección, informa que concurrirá al mencionado Foro el Titular de esa dependencia en representación del Municipio de Morón, por tal motivo solicita la suma de Pesos Un mil quinientos ($ 1.500.-), para solventar los gastos que demandará la concurrencia a dicho Foro.

Que a fs. 4 toma debida intervención la Dirección de Contaduría efectuando la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal el “III Foro de la Red Interlocal de Ciudades Iberoamericanas para la Cultura”, que se llevará a cabo entre el día 26 al día 29 de Noviembre del año 2007, en la Ciudad de Escazú, de Costa Rica.ARTÍCULO 2º: Autorízase al Director de Arte y Cultura, Sr. Daniel Zabala, a participar en el Foro mencionado en el Artículo 1º.ARTÍCULO 3º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre del Director Arte y Cultura, Sr. Daniel Zabala, por la suma de Pesos Un mil quinientos ($ 1.500.-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.ARTÍCULO 4º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe35.00.00 3.7.2.0 Cultura Comunidad - Viáticos $ 1.500,00.-

Total: $ 1.500,00.-

ARTÍCULO 5º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTÍCULO 6º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 2378/07

Morón, 15 de Noviembre de 2007VISTO:

Las actuaciones obrantes en el expediente Nº 4079-20051/07-0 D.E., yCONSIDERANDO:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 31

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Que a fs. 3 del expediente citado en el Visto, luce Nota emitida por la Dirección de Asuntos Legales, solicitando se declare de Interés Municipal la “Jornada sobre Empleo Público”, organizada por el Instituto de Derecho Administrativo del Colegio de Abogados de San Isidro, que se llevará a cabo el día 15 de Noviembre del corriente año, en las instalaciones de esa Institución, sito en la calle Acassuso Nº 442, de la Ciudad de San Isidro. A fs. 1/2 obra documentación referente a la mencionada Jornada.

Que en dicha Jornada se tratarán los siguientes temas: Lineamientos generales del EP en la actualidad, Las pasantías en el sector público, El Empleo Público en el fuero administrativo bonaerense, Aplicación del derecho laboral a las relaciones de empleo público: su incidencia respecto a los derechos de los agentes públicos y a la organización administrativa, El control interno de la Administración: la superación del concepto disciplinario y los derechos humanos de los empleados públicos, y Realidades y ficciones de la relación de Empleo Público.

Que en razón de lo expuesto, el Municipio de Morón entiende relevante el evento, considerando pertinente declararlo de Interés Municipal.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Declárase de Interés Municipal la “Jornada sobre Empleo Público”, organizada por el Instituto de Derecho Administrativo del Colegio de Abogados de San Isidro, que se llevará a cabo el día 15 de Noviembre del año 2007, en las instalaciones de esa Institución, sito en la calle Acassuso Nº 442, de la Ciudad de San Isidro.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 2381/07

Morón, 15 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9034/06, el Decreto Nº 788/83 y el expediente Nº 4079-32319/82-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que por el Decreto del Visto, se reconoce a la Sociedad de Ciencia Cristiana como Organización Social de la Comunidad.

Que a fs. 65 del Expediente del Visto, obra nota de la Organización Social “Primera Iglesia de Cristo Científico del Palomar” pidiendo el cambio de denominación de la Organización.

Que a fs. 66 se adjunta Comprobante de inscripción en el Registro Nacional de Cultos, donde consta número de matrícula de la Organización.

Que a fs. 89 se incorpora informe elaborado por la Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria.

Que a fs. 93 interviene la Dirección de Asuntos Legales, dictaminando que no se advierte objeción formal que oponer al cambio de denominación.

Que a fs. 97 toma debida intervención la Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria, prestando conformidad al cambio de denominación peticionado.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Modifícase el artículo 1º del decreto Nº 788/83 a: Reconócese con carácter de Organización Social de la Comunidad a la “Primera Iglesia de Cristo Científico El Palomar”, con domicilio legal en la calle Pedernera 323, partido de Morón, en los términos y los alcances de la Ordenanza Nº 9034/06.ARTICULO 2º: Notifíquese a la Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria y a la “Primera Iglesia de Cristo Científico El Palomar”.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 2383/07

Morón, 15 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo, el expediente Nº 4079-18140/07-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 2 del expediente citado en el Visto, obra Nota suscripta por el Sr. Javier Gabucci, en su carácter de apoderado de las firmas TELEFONICA COMUNICACIONES PERSONALES S.A. y CRM S.A (MOVICOM) en adelante MOVISTAR S.A., acompañando a fs. 3/9 Acta Poder, solicitando que se informe el destino del expediente Nº 4079-12919/00 D.E., por el cual tramita la Habilitación Comercial de los sitios de Radio Bases de Telefónica Comunicaciones Móviles S.A. y Compañía de Radiocomunicaciones Móviles (MOVICOM).

Que a fs. 11 la Dirección de Inspección General manifiesta que según el Sistema de Seguimiento de Expedientes, el expediente en cuestión se encontraría radicado en esa dependencia, pero luego de una exhaustiva búsqueda se informa que no fue hallado, por tal motivo solicita la reconstrucción del mismo.

Que a fs. 14 la Dirección de Asistencia Técnica solicita a la Mesa General de Entradas e Informes que se expidan con relación al último destino del expediente en cuestión.

Que a fs. 14 vta el Archivo General, informa que el expediente no se halla radicado en esa dependencia.

Que a fs. 16 la Mesa General de Entradas e Informes adjunta Planilla extraída del Sistema de Seguimiento de Expedientes, donde consta que el expediente en cuestión se encuentra radicado en la Dirección de Inspección General, desde el 16/08/02.

Que en virtud de habiéndose comprobado la pérdida o extravío del expediente, resultando procedente ordenar la reconstrucción del expediente Nº 4079-12919/00 conforme lo establece la Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº 11.654 en sus artículos 130º cctes.

Que en razón de lo expuesto y agotados los recursos de búsqueda de las actuaciones en cuestión, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 105º y 130º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Ordénase la reconstrucción del expediente Nº 4079-12919/00 D.E., de conformidad con lo dispuesto por el artículo 130º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 32

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

ARTÍCULO 2º: Reprodúzcanse los dictámenes, informes o vistas que se hubieren dictado en las actuaciones mencionadas en el Artículo 1º y que registren las áreas con incumbencia.ARTICULO 3º: Notifíquese el presente a las partes interesadas, para que adjunten copias de escritos y documentación que obraren en su poder.ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 2386/07

Morón, 15 de Noviembre de 2007VISTO:

Las Leyes Nº 11.610 y Nº 11.752, el Decreto Nº 689/96 de la Provincia de Buenos Aires del día 25 de Marzo del año 1996, el expediente Nº 4079-11115/07 D.E., yCONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 11.610 se crearon los Municipios de Morón, Hurlingham e Ituzaingó.

Que a través de la Ley Nº 11.752 se dispuso reconocer y consolidar o reconocer y no consolidar las obligaciones vencidas o de causas o título anterior al día 10 de Diciembre de 1995, entre otros del Municipio de Morón, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13º inc. b).

Que por el Decreto Nº 689/96 se estableció la organización y plazo para la verificación de deudas.

Que de las constancias del expediente citado en el Visto, se desprende que la Subsecretaría de Asuntos Municipales de la Provincia de Buenos Aires, en su carácter de autoridad de aplicación de la Ley Nº 11.752, ha informado la deuda reconocida y no consolidable por la Ley Nº 11752.

Que corresponde notificar al acreedor de la deuda reconocida y la no reconocida a su favor.

Que en virtud de lo expuesto, deviene procedente dictar el pertinente acto administrativo para su correcto tratamiento. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Declárase la incorporación al pasivo consolidado municipal de la deuda al 10 de Diciembre de 1995, asignada a este Municipio por la Subsecretaría de Asuntos Municipales de la Provincia de Buenos Aires, en su carácter de Organismo de Aplicación de la Ley Nº 11.752 y su Decreto Reglamentario, debiendo asignarse a la cuenta “Deuda Pública Ley 11.752, art. 13º” en el Pasivo, con débito a la cuenta “Patrimonio”, de los siguientes legajos, en los montos que se indican:Legajo Nº Acreedor Importe

4079-392 Ballestry Diego Honorarios 5.727,00Ballestry Diego Aportes Ley 572,70

Total 6.299,70.-ARTÍCULO 2º: Notifíquese fehacientemente a la persona enunciada en el artículo anterior de la situación dictaminada.ARTÍCULO 3º: Tomen conocimiento la Secretaría de Economía y Finanzas, la Dirección de Contaduría y la Oficina Municipal de Presupuesto. Remítase copia del presente a la Subsecretaría de Asuntos Municipales de la Provincia de Buenos Aires. ARTÍCULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *

DECRETO Nº 2387/07Morón, 15 de Noviembre de 2007

VISTOLa Ordenanza Nº 9034/06 y el expediente

Nº 4079-19145/07 D.E., yCONSIDERANDO

Que a fs. 3 del Expediente citado en el Visto, obra nota suscripta por el Presidente y Secretario de la Organización Social de la Comunidad “Fundación Dar Vida”, solicitando la aprobación y posterior inscripción del Estatuto Social.

Que a fs. 4/47 se acompaña Acta Constitutiva de la Entidad, destacando el valor de la cuota social, Declaración Jurada de patrimonio, escritura y Nómina de asociados incluyendo sus datos de identidad, domicilio y firma, Constancia de Inscripción Provisoria emitida por la A.F.I.P, Certificados del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Nación, del INCUCAI, del CUCAIBA, e Informe Institucional elaborado por la Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria

Que del análisis de los elementos que anteceden surge que la solicitante desarrolla las actividades descriptas en el artículo 1º de la Ley 9388, concordante con el artículo 7º de la Ordenanza mencionada en el Visto, mediante el cumplimiento de los fines específicos detallados en el artículo 1º de los Estatutos agregados a fs. 3 relacionado con los fines específicos.

Que toman debida intervención la Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad y Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria.

Que por lo expuesto precedentemente, corresponde reconocer su carácter de Organización Social de la Comunidad y disponer la correspondiente inscripción en el Registro respectivo, mediante el dictado del acto administrativo pertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Reconócese con carácter de Organización Social de la Comunidad a la Asociación sin fines de lucro “Fundación Dar Vida”, con domicilio legal en la calle Azcuenaga 436, partido de Morón, en los términos y los alcances de la Ordenanza 9034/06.ARTICULO 2º: Inscríbase a la organización citada en el artículo 1º en el Registro Municipal de Organizaciones Sociales de la Comunidad y otórguese el respectivo Certificado de Inscripción.ARTICULO 3º: Otórgase un plazo de 90 (noventa) días, a partir de la notificación del presente Decreto, para que la Organización inicie las tramitaciones correspondientes para la obtención de la Personería Jurídica. ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Damian E. Aguilar – – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 2388/07

Morón, 15 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9034/06 y el Decreto Nº 2846/51, el expediente Nº 8473/51 D.E., yCONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 2846/51 se reconoce a la Sociedad de Fomento “Villa Justicialismo”.

Que a fs. 20 del expediente citado en el Visto, obra nota de la Asociación Civil sin fines de

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

lucro “Sociedad de Fomento 5 de Junio” pidiendo cambio de denominación de la organización.

Que a fs. 33 se adjunta Certificado de Vigencia expedido por la Dirección de Personería Jurídica de la Provincia de Buenos Aires, donde consta el número de matrícula de la organización.

Que a fs. 37 obra Informe Institucional elaborado por la Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria.

Que a fs. 42 interviene la Dirección de Asuntos Legales, dictaminando que no se advierte objeción formal que oponer al cambio de denominación.

Que a fs. 43 toma debida intervención la Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria, prestando conformidad al cambio de denominación peticionado.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPALDEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Modifícase el artículo 1º del decreto Nº 2846/51, donde se lee: “Reconócese con carácter de Organización Social de la Comunidad a la Sociedad de Fomento Villa Justicialismo…”deberá leerse: “…Reconócese con carácter de Organización Social de la Comunidad a la Sociedad de Fomento 5 de Junio, con domicilio legal en la calle Gaona 3151, Partido de Morón, en los términos y los alcances de la Ordenanza 9034/06…”ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 2392/07

Morón, 15 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9944/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 8 de Noviembre del año 2007, el expediente Nº 4079-15786/07-1 D.E. – 64540/07 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9944/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 8 de Noviembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Convalídase el Convenio registrado bajo el Nº 564/07, suscripto con la Organización Civil Jóvenes en Construcción, destinado a la promoción y ejecución de prácticas educativas no formales.“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.

“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 2393/07

Morón, 15 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9948/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 8 de Noviembre del año 2007, el expediente Nº 4079-18591/07 D.E. – 62121/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9948/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 8 de Noviembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo s otorgar al Sr. Mariano Salvador Villaruel D.N.I. 8.568.627, la habilitación Comercial e Industrial y la aprobación de Planos de Obra con excepción al Código de Ordenamiento Urbano, Grilla General de Usos, del establecimiento ubicado en la calle Serapio Villegas Nº 542/558 de la Ciudad de El Palomar, según constancias obrantes en el expediente Nº 62121/06 H.C.D. – 4079-18591/06 D.E. y adjunto Comunicación Interna Nº 8029 y la Audiencia Pública celebrada el día 28 de Noviembre de 2003.”“Artículo 2º: El Sr. Mariano Salvador Villaruel, dará cumplimiento al trámite de Habilitación y aprobación de Planos dentro de los 90 (noventa) días de la notificación de la promulgación de la presente Ordenanza y abonará las tasas y derechos correspondientes. Vencido este plazo caducará la presente Ordenanza.”“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar la Presente Ordenanza, en los términos del Capitulo X de la Ordenanza Nº 11654.”“Artículo 4º: Deróguese la Ordenanza Nº 9783/07.”“Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”. “FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno y de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana.

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 2394/07

Morón, 15 de Noviembre de 2007VISTO:

La Ordenanza Nº 9957/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 8 de Noviembre del año 2007, el expediente Nº 4079-19534/06-0 D.E. – 64115/07 H.C.D. – III Cuerpos, yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9957/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 8 de Noviembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza Nº 9564/2007 que quederá redactado de la siguiente manera:“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a comprometer, en los términos del artículo 54º del Anexo del Decreto Nº 2980/00 de la Provincia de Buenos Aires relacionado con la Reforma de la Administración de los Recursos Financieros y Reales en el Ambito Municipal de la Provincia de Buenos Aires, los saldos existentes en la Partida 3.5.9 Otros Servicios Comerciales, Subjurisdicción 5, Categoría programática 24 Servicios de Limpieza y Recolección de Residuos, del ejercicio 2006 por un monto de $ 736.927,91 (pesos setecientos treinta y seis mil novecientos veintisiete con 91/100).”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *

RESOLUCIONES

RESOLUCION Nº 200/07 Morón, 05 de Noviembre de 2007VISTO:

Lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, las Ordenanzas Fiscal, Impositiva vigentes, la Ordenanza N° 11.654 de Procedimiento Administrativo, los autos caratulados “BARRAZA RAMON CIRILO”, por expediente N° 4079-13094/07, que tramitan ante la Municipalidad de Morón sita en la Calle Alte. Brown N° 946 de la Ciudad y Partido de Morón, Provincia de Bs. As., el Informe del Departamento Tasa por Servicios Generales a fs. 5, el Informe del Departamento de Gestión Judicial a fs. 8, y el Dictamen de la Dirección de Asuntos Legales obrante a fs. 18/19, y;CONSIDERANDO: Que a fs. 1/2 del expediente del visto, luce nota de fecha 23/04/2007, presentada por el Sr. Barraza Ramón Cirilo, mediante la cual manifiesta que desconoce la existencia de deuda correspondiente a la Tasa Por Servicios Generales por los períodos fiscales enero de 1995 a diciembre de 2001, respecto al inmueble ubicado en la calle Fermi N° 2436, de la localidad de Haedo, partido de Morón, Partida Municipal Nº191.073.

Que asimismo el contribuyente argumenta que dicha deuda estaría prescripta; toda vez que, la Municipalidad de Morón no ejerció ningún acto administrativo ni judicial que tuviera efecto interruptivo de la prescripción, por lo que solicita que previa comprobación de a existencia de actos administrativos o judiciales que pudieran tener carácter interruptivo o suspensivo de la prescripción, se declare la prescripción de las Tasas por Servicios Generales que hubieren devengado entre el mes de enero de 1995 y diciembre de 2001.

Que en fecha 15 de mayo de 2007, el Departamento de Gestión Judicial emite informe el cual obra a fs. 8 del expediente de marras, a través del cual informa que por el período 1995-2000 se ha iniciado juicio de apremios y respecto del año 2001 se publicaron edictos en el Boletín Oficial interrumpiendo la prescripción.

Que a fs. 9, el Sr. Barraza Ramón Cirilo se notifica de lo informado por el Departamento de Gestión Judicial a fs. 8 del expediente del visto.

Que en fecha 29 de junio de 2007, el Sr. Barraza Ramón Cirilo, plantea Recurso de Apelación y Jerárquico en Subsidio, el cual obra a fs. 10/16 del expediente de marras.

Que expone que se le deniega tácitamente el pedido de prescripción de la deuda a través del auto resolutorio de fecha 15 de mayo de 2007, planteando la nulidad del mismo por no reunir las condiciones formales para constituir un acto administrativo, y solicita se haga lugar a la prescripción de la deuda correspondiente al período enero de 1995 a diciembre de 2001.

Que en virtud de lo planteado por el Sr Barraza Ramón Cirilo se remiten las actuaciones a la Dirección de Asuntos Legales a fin de efectuar dictamen, el cual obra a fs. 18/19 del expediente del visto.

Que a fs. 21/24 el Sr. Barraza Ramón Cirilo efectúa una presentación mediante la cual adjunta copia de la Intimación de pago efectuada por la Municipalidad de Morón, en fecha 23/07/2007, y manifiesta su expreso y formal rechazo a la intimación, toda vez que se encuentra en curso de tramitación el expediente 4079-13094/07, asimismo solicita autorización para cancelar la deuda fiscal correspondiente a los años 2002 a 2006 accediendo a alguno de los planes de facilidades de pago vigentes; peticionando a su vez,

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que se resuelvan los recursos interpuestos disponiendo la nulidad de la resolución dictada por el Departamento de Cobros Judiciales en razón de los errores de forma y fondo que la misma contiene, haciéndose lugar a la prescripción de la deuda correspondiente al período enero de 1995 a diciembre de 2001.

Que respecto a los argumentos expuestos por el recurrente en los párrafos precedentes, corresponde a la administración expedirse al respecto;

Que en principio, cabe decir que el Sr. Barraza Ramón Cirilo, insiste en sus reiteradas presentaciones en considerar al informe de fs. 8 como un acto administrativo, por lo que es preciso hacer saber al recurrente que dicho informe resultó ser un acto preparatorio de decisiones administrativas eventuales a adoptar ( art. 87 de la Ordenanza N° 11.654), no siendo recurrible sino hasta el momento en que se perfecciona el acto administrativo, dando eficacia al mismo con la notificación al interesado. A partir de allí, el interesado ejercerá las defensas que estimen corresponder siendo ese el momento de planteamientos, en base a las normas fiscales municipales. Por tanto de la compulsa de las actuaciones no se desprende que se haya dictado acto administrativo alguno, no revistiendo el carácter de tal, el informe efectuado a fs. 8;

Que cabe agregar lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales en cuanto a la prescripción liberatoria de los tributos y tasas municipales “Esta Asesoría, ha sostenido un criterio restringido en cuanto a la aplicación de la prescripción liberatoria de los tributos y tasas municipales. El Código Civil, a la vez de regular los plazos y modos de la prescripción liberatoria, establece también de suspensión e interrupción de la misma, entre los que se encuentran entre otros, la interposición de demanda, la interpelación autentica al deudor moroso, etc. Con ello, el codificador, pretende la aplicación del instituto sólo a los supuestos en que el acreedor de una obligación dada, demuestre con su inacción el desinterés en el cumplimiento de la obligación contraída. Por ello, jurisprudencialmente se ha venido construyendo un criterio, restringido en cuanto a la aplicación generalizada de dicho instituto. Así por ejemplo, se ha de interpretar el concepto “demanda idónea”, para interrumpir el curso de la prescripción bajo el siguiente orden de ideas y con relación al art. 4023 y 4027 del C.C.: “En la norma anotada “demanda” no tiene el sentido estricto con que se emplea en el derecho procesal sino que comprende todas aquellas manifestaciones judiciales que importen una manifestación de voluntad del titular del derecho por mantenerlo vivo, siempre que por su contenido sea apta para llegar a su actuación, pero esto no debe considerarse con criterio restrictivo, porque la abdicación de un derecho no se debe presumir” (C1 LPDJBA 63-172). Bajo este orden jurisprudencial, también se ha entendido que el concepto demanda, debe extenderse a algunos actos extrajudiciales, especialmente si se trata de reclamaciones administrativas, que traduzcan en la debida diligencia, la voluntad inequívoca del titular del derecho y hacerlo valer. En efecto ha sostenido nuestro Máximo Tribunal que: “Conforme el art. 278 de la Ley Orgánica de las Municipalidades(texto dec. Ley 9532/80 y ley 10.857), resulta interruptivo del término de la prescripción cualquier acto judicial o administrativo que la municipalidad hiciere en procura del pago, por lo que debe concluirse que los reclamos extrajudiciales de la administración así como la solicitud de la demandada de que se le liquide la deuda en cuotas, tiene entidad suficiente para interrumpir la prescripción de la acción (art. 3986 C.C.) SCBA Ac. 51532 S 2-8-94. Confrontado dicha jurisprudencia con el caso bajo análisis, se desprende claramente que el municipio, ha instado

la acción judicial correspondiente con el objeto de lograr el cobro compulsivo de sus créditos por tasas y ha procedido a intimar a los deudores con la respectiva publicación oficial (edicto), interrumpiendo con sus actos el curso de la prescripción liberatoria, en procura del reconocimiento de su derecho al cobro y percepción de los tributos municipales. Se ha sostenido que “Al margen de la discusión jurisprudencial de que las actuaciones administrativas sean interruptivas de la prescripción de la acción, para el cobro de impuestos, tasa y contribuciones, es conveniente analizar caso por caso, dado que puede darse la circunstancia especial de que el recurso de reconsideración interpuesto por la demandada en el expedientillo administrativo, impida la promoción de la ejecución” MP 82068 RSI 977-91 I 12/11/91. Se tienen entonces, que bajo el propio accionar del municipio, cada uno de sus pasos en su propia sede administrativa, trasuntan una clara voluntad de ejercer dicho derecho, tornando inaplicable así el instituto de la prescripción liberatoria, con que pretende beneficiarse la recurrente. Más, “Las diligencias orientadas a la recolección de antecedentes indispensables para colocar a la autoridad administrativa en la posibilidad de hacer efectiva la determinación y el cobro del impuesto adeudado, aunque resulten un trámite interno de la administración, constituyen actos eficaces para interrumpir la prescripción de las obligaciones tributarias” (SCBA causa 53408). Y si la actuación administrativa tiene tal virtud, tanto más la que desencadenan en la Publicación Edictal, interpelando a los deudores en forma autentica. Ahora bien, tal cual lo ha indicado el Departamento de Gestión judicial, ha procedido a instar juicio de apremio por los períodos 1995/2000. Sin perjuicio de lo expuesto por el recurrente, en punto a la fecha de inicio del mentado trámite, lo cierto es que tales fundamentos habrán de ser resueltos en la sede donde tramita la actuación. Es sabido que el cobro judicial de gravámenes, intereses y multas se practicará conforme al procedimiento establecido por la ley de Apremio respectiva. Mientras que según el ordenamiento legal que regula el procedimiento para el cobro de los créditos fiscales de la Provincia y de las municipalidades, estatuye que será titulo ejecutivo suficiente a) la liquidación de deuda expedida por funcionarios autorizados al efecto y b) el original o testimonio de las resoluciones administrativas de las que resulte un crédito a favor del Estado. El cauce del proceso administrativo, no es el adecuado para declarar la prescripción del derecho al cobro del municipio, no solamente por haberse instado judicialmente la acción respectiva y efectuado la publicación edictal, sino fundamentalmente, por que tal declaración en esta instancia, importaría tanto como desnaturalizar la esencia del juicio de apremio y el examen de la conformidad de las normas aplicables, por el órgano con aptitud constitucional para ello, salvo en el caso (inexistente en autos) en el que se determine y demuestre acabadamente los extremos necesarios. Por lo demás, las citas expuestas en cuanto a pronunciamiento del H. Tribunal de Cuentas, las mismas no reviste en carácter de cosa juzgada en sentido material, habida cuenta el sistema recursivo imperante actualmente, a tenor de lo dispuesto por la Ley 12.008 y el criterio sustentado por la Asesoría General de Gobierno, no resulta vinculante para el municipio, habida cuenta que la propia ley no le asigna tal carácter, tratándose de un mero acto de asesoramiento. En consecuencia, corresponde se rechace el recurso deducido, mediante el correspondiente acto administrativo”.

Que por lo expuesto ésta Secretaría de Economía y Finanzas comparte el criterio vertido por la Dirección de Asuntos Legales; motivo por el cual no corresponde hacer lugar a las presentaciones efectuadas a fs. 10/16 y fs. 21/24.

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Que consecuentemente con lo ut-upra expuesto corresponde dictar la presente; desestimándose en primer término las presentaciones de fs.10/ 16 y fs. 21/24, no haciendo lugar a la prescripción por el período comprendido entre el mes de enero de 1995 a diciembre de 2001; e intimándose en segundo lugar al pago de lo adeudado por el contribuyente respecto a los períodos fiscales 06/95 a 12/95, 07/99, 10/99, 04/00 a 08/00, 12/00, 01/01, 02/01, 06/01, 08/01, 09/01, 12/01, 01/02 a 08/02, 10/02, 03/03, 02/04, 06/04, 11/04, 02/05 a 04/05, 06/05, 08/05, 07/06 a 09/06, 11/06 y 10/07.

Que la presente Resolución Administrativa es dictada por la Secretaría de Economía y Finanzas, en pleno ejercicio de lo dispuesto en el Art. 181 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, actuando la misma por delegación de facultades del Departamento Ejecutivo, según lo reglamentado a través del Decreto 480/2006, Anexo III (tres).

Por ello,

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZASRESUELVE:

Artículo 1°: Desestímase las presentaciones efectuadas por el contribuyente Sr. BARRAZA RAMON CIRILO a fs. 10/16 y fs. 21/24, por no ajustarse las mismas a hechos y derecho, no haciendo lugar a la prescripción de deuda correspondiente al período comprendido entre el mes de enero de 1995 a diciembre de 2001, respecto al inmueble sito en la calle Fermi N° 2436, localidad de Haedo, Partido de Morón, Partida N° 191073.Artículo 2º: Intímase al contribuyente Sr. BARRAZA RAMON CIRILO, Partida N° 191073 a abonar, en un plazo de diez días, la suma de pesos UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS CON 76/100 ($ 1.376,76) a valor nominal, en concepto de importes impagos por la Tasa por Servicios Generales por los períodos fiscales 06/95 a 12/95, 07/99, 10/99, 04/00 a 08/00, 12/00, 01/01, 02/01, 06/01, 08/01, 09/01, 12/01, 01/02 a 08/02, 10/02, 03/03, 02/04, 06/04, 11/04, 02/05 a 04/05, 06/05, 08/05, 07/06 a 09/06, 11/06 y 10/07, con más recargos establecidos en el art. 55 de la Ordenanza Fiscal los cuales a la fecha ascienden a la suma de pesos UN MIL CUATROCIENTOS SEIS CON 15/100 ($ 1.406,15) y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder según lo normado en el art. 58 de la Ordenanza Fiscal.Artículo 3°: Notifíquese la presente al interesado con la entrega de copia y vencido el plazo para su pago, procédase al cobro judicial por vía del Departamento de Gestión Judicial.Artículo 4º: Dése al registro de Decretos y Resoluciones.Dra. Alicia M. del C. Sztyrle - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *RESOLUCION Nº 201/07

Morón, 07 de Noviembre de 2007.-VISTO:

Lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, las Ordenanzas Fiscal e Impositiva, la Ordenanza 11.654, la Resolución Administrativa N°020/04 los autos caratulados “Contribuyente Martiri S.A.” por expediente N° 4079-42508/02 que tramitan ante la Municipalidad de Morón sita en la Calle Brown N° 946 de la Ciudad y Partido de Morón, Provincia de Bs. As. el Acta de Ajuste Tributario F-04 N°00899, F-13 Nros.0423, 0424, el Recurso Jerárquico obrante a fs. 93/112 del expediente del visto y ;CONSIDERANDO:

Que el expediente del Visto contiene la Resolución Administrativa N° 020/04 correspondiente al contribuyente INDUSTRIAS MARTIRI S.A., con domicilio fiscal en la calle Constituyentes N° 634, de la localidad de Haedo,

partido de Morón, cuya actividad desarrollada es Fabricación de Productos Electrodomésticos legajo de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene Nº 2-100755.

Que a través del referido acto administrativo (Resolución Nº020/04), el fisco Municipal, cumplió en determinar las obligaciones fiscales del sujeto pasivo de la tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por los periodos fiscales bimestrales 05/98 a 06/01 y cuotas mensuales 01/02 a 11/03.

Que el mentado acto administrativo ha sido notificado en fecha 30 de marzo de 2004, mediante cédula de notificación obrante a fs. 92 del citado expediente.

Que contra dicha resolución administrativa, el contribuyente ha interpuesto en fecha 16 de abril de 2004, Recurso Jerárquico, al cual me remito fs.93/112 del expediente del visto.

Que la recurrente mediante el recurso impetrado, impugna la resolución ut-supra mencionada, manifestando que, a saber: “… ninguna insinuación concursal ha realizado hasta la fecha la Municipalidad de Morón por las obligaciones anteriores a la presentación en concurso preventivo que son objeto de pronunciamiento condenatorio en la resolución recurrida (puntos 2 y 3 de la parte resolutiva). Por lo tanto, cabe declarar la nulidad de la determinación de deuda anterior que no se realizara de conformidad con las normas de la ley concursal. Prescripción. De conformidad con lo dispuesto por el art. 3962 del Código Civil, y de acuerdo a lo normado por el art.56 de la ley 24.522, dejo interpuesta a todo evento la prescripción de la eventual verificación tardía que se pudiera intentar en el expediente concursal…”.

Que consecuentemente, a los efectos de substanciar el recurso impetrado por el contribuyente, la Dirección de Fiscalización y Apremio, cumplió en elevar las actuaciones a la Dirección de Asuntos Legales a fin de que dicho órgano, emitiera el dictamen pertinente, respecto a la procedencia de la pretensión del contribuyente Martiri S.A.;

Que en fecha 27 de agosto de 2007, la Dirección de Asuntos Legales, cumple en efectuar el dictamen de rigor, evaluando los argumentos expuestos por el recurrente, arribando a la siguiente conclusión; expone dicha asesoría en lo sustancial: a saber: Que del informe efectuado por el Departamento de Actuaciones Judiciales, el cual obra a fs. 128 del expediente del visto, se desprende que la concursada ha publicado edictos con fecha 13 de septiembre de 2001, a fin que los acreedores efectúen sus verificaciones de créditos ante él sindico correspondiente. También surge de dicho informe que el municipio, conforme las constancias de los autos “INDUSTRIAS MARTIRI S.A. Y MARTIRI S.A. S/ concurso preventivo, no ha procedido a verificar crédito por las tasa que se reclaman (ver fs.127 del Expte. del visto), como que tampoco ha sido denunciada por la mismas, las acreencias del municipio.-

Que a fs. 117 del expediente del visto, se da cuenta de la imposibilidad de efectuar la verificación tardía del crédito que se determina en el actuado, habida cuenta el plazo previsto por el art. 56 de la ley 24.522.

Que tal como ha sido sostenido por la Dirección de Asuntos Legales a fs. 123/128, al referirse al mentado plazo, que al ser el mismo de prescripción de la acción, le son aplicables los caracteres de dicho instituto, como las suspención (art. 3983 Cód. Civi.), dispensa (3980, Cód. cit. y 845 del Cód. Com,), o interrupción (art. 3998 Cód. Civ.). (SCBA, AC 77817 S 28-5-2003).-

Que asimismo, del examen de las actuaciones, y a la luz del informe efectuado por el Área de Actuaciones Judiciales, como así de las constancias obrantes en el expediente del visto, se

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arriba a la conclusión, que no existen posibilidades razonables de obtener un reconocimiento tardío del crédito que reclama el municipio, ya que a fs. 6 de las presentes actuaciones, ya se informaba la situación concursal de la recurrente;

Que así las cosas, y consumo con lo oportunamente informado por la Unidad de Inteligencia Fiscal, correspondería que el procedimiento de determinación Tributaria, se ciña a la determinación de la deuda postconcursal (ver informe de fs. 125 del expediente del Visto).-

Que consecuentemente con lo ut-supra expuesto, y en atención a la prescripción planteada por la recurrente en su Recurso jerárquico (fs. 93/96) en orden a la deuda de fecha y/o titulo anterior al 15 de junio de 2001 (ver informe de fs. 127); cabe decir que le asiste razón al recurrente, motivo por el cual, corresponde hacer lugar a su planteo en cuanto a los periodos impagos por el contribuyente hasta dicha fecha. - Siendo procedente, el cobro de los periodos fiscales postconcursales periodos fiscales bimestrales 04/01 a 06/01 y cuotas mensuales 01/02 a 11/03, determinados por el fisco Municipal mediante Resolución Administrativa Nº20/04, en concepto de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por revestir causa posterior a la fecha de presentación en concurso de la fallida.

Que en cuanto a los agravios expuestos por la recurrente, en orden a la determinación en forma presuntiva de la base imponible aplicada al calculo de la liquidación de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene; conviene resaltar que a los efectos de proceder con la determinación tributaria en forma presuntiva; se aplicó lo dispuesto por el Art. 24 y 25 de la Ordenanza Fiscal.- dicha norma establece, a saber: “Artículo 2 4º: La Municipalidad verificará las declaraciones juradas para comprobar la exactitud de los datos indicados en ellas. Cuando el contribuyente o responsable no hubiere presentado declaración jurada, o la misma resultare inexacta, por ser falsos o erróneos los hechos consignados o por errónea aplicación de las normas de esta Ordenanza o de la Ordenanza Impositiva Anual o de las Ordenanzas Impositivas Especiales o de sus disposiciones reglamentarias, la Municipalidad determinará de oficio la obligación tributaria sobre bases ciertas o presuntas. Artículo 2 5º: La determinación de oficio sobre bases ciertas, corresponderá cuando los contribuyentes o los responsables suministren a la Municipalidad todos los elementos comprobatorios de la actividad sujeta a tributación, cuando esta Ordenanza u otras Ordenanzas Impositivas Especiales o la Ordenanza Impositiva Anual, establezcan taxativamente los hechos y las circunstancias que la Comuna deba tener en cuenta a los fines de la determinación. En caso contrario, corresponderá la determinación sobre bases presuntas, que la Municipalidad efectuará considerando todos los hechos y circunstancias que, por su vinculación o conexión normal con las actividades sujetas a tributación, permitan inducir en cada caso particular, la existencia y el monto de las mismas.

Que la propia resolución recurrida establece que para determinar la cuantía del tributo a abonar por la recurrente, se calculó la tasa utilizando lo declarado por el contribuyente en el Subsidiario IVA- ventas, promediando dichos ingresos (fs. 40/46), habida cuenta los incumplimientos del contribuyente a los requerimientos del municipio (ver requerimientos indicados a fs. 39, 51 del expediente del visto entre otras.-);

Que el recurrente, conforme su presentación recursiva, no ha acreditado en autos la existencia de hechos extraordinarios en el periodo tomado en consideración para efectuar la determinación, por lo que entendemos que no le asiste razón en punto al planteo expuesto, habida cuenta que el Municipio aplicó correctamente el

procedimiento determinativo, conforme lo autoriza la norma, sujetándose al Bloque de Legalidad.-

Que asimismo, es conveniente recordar que la propia recurrente no ha aportado en su oportunidad, la documentación requerida a fin de acreditar los extremos que invoca, como así los que importen la acreditación de la existencia de explotaciones en otros municipios o jurisdicciones, ó simplemente la inscripción respectiva -en debida forma- , en convenio Multilateral, por lo que la propia conducta voluntaria asumida, descalifica los argumentos expuestos en el reclamo deducido. Y en punto a ello, es de destacar el contenido del Considerando 6º, 7º y 8º punto de fs. 86 del expediente del visto, los cuales se tiene por reproducidos, como así también al contenido de las actas Nros. 04570, 04701 y 04907, de las que se desprende el incumplimiento de los deberes formales del contribuyente.-;

Que por ello, es sabido que “Es exclusiva potestad del órgano legisferante local la fijación de los sujetos obligados al pago del tributo, la base imponible y el criterio de la determinación del monto decidido, actuando –en tal sentido- dentro de los límites de su competencia privativa y en concordancia con razones de política tributaria, cuyo mayor o menor acierto no es dado a los jueces revisar. SCBA, B 53340 S 24-8-2025.-

Que asimismo, las propias normas municipales, establecen hasta la prescindencia de los instrumentos privados para determinar la realidad económica de una explotación (art. 8 de la Ordenanza Fiscal) al establecer que “Cuando las formas jurídicas sean inapropiadas a la realidad de los hechos gravados y de ello se traduzca en una disminución de la cuantía de las obligaciones, las normas tributarias se aplicarán prescindiendo de tales formas, y se considerará la situación real”;

Que asimismo, es dable hacer saber al recurrente que el Art. 27 de la Ordenanza Fiscal claramente fija cual es el límite del accionar municipal, en materia tributaria a los efectos de denunciar la correcta imposición del monto de tasa a tributar. La determinación tributaria, es modificable en los siguientes casos: Cuando se descubriere error, omisión o dolo, en la exhibición o consideración de los datos y/o elementos de juicio que sirvieran de base para la determinación del tributo; de modo tal, que cuando cuadra cualquiera de éstas circunstancias, el Municipio, no solo tiene derecho de actuar, sino él deber de hacerlo. Y es que todo Estado organizado, la libertad y la propiedad de los particulares están limitadas o restringidas en beneficio del bien común o interés general, ya que los derechos que establece nuestra Constitución, lo gozarán los habitantes conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio. Dicha limitación se concreta a través del denominado poder de policía y que no es otra cosa que la facultad de Estado de reglamentar el ejercicio de dichos derechos.

Que estas normas de policía encierran medidas coactivas y coercitivas con arreglo a derecho para que el particular ajuste su actividad aun fin de utilidad pública, a fin de hacer compatibles sus derechos con el interés general;

Que como consecuencia de ese ejercicio de poder de policía, cada jurisdicción estatal se encuentra facultada a imponer gabelas o tasas por las actividades que debe realizar en tal cometido público. Es así entonces que, la imposición de tasas retributivas de servicios encuentra su fin cuando se refiera a las actividades de interés público tendientes a regular la convivencia social, el bien común o la satisfacción de intereses comunitarios.En suma será la comprobación del ejercicio regular por parte de un determinado poder de policía lo que permitirá advertir la juridicidad de la imposición y su eventual fiscalización posterior;

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Que así, y bajo la aplicación de la doctrina de Nuestro Máximo tribunal, se tiene que ante los supuestos legales que la norma fiscal autoriza, el Municipio se encuentra con facultades para la realización de cuantos actos fiscalizantes estime que corresponde, derivando de ello entonces, el ejercicio regular de sus facultades, conforme se expusiera lineas arriba, habida cuenta que tal atribución se encuentra reglada en el art. 27 y siguientes de la Ordenanza Fiscal y el hecho concreto, al decir Marcial Pons en “Los deberes de información tributaria”, pag. 22 y siguientes, Editado por el Instituto de Estudios Fiscales , Madrid 1992, “que la existencia de una autoliquidación no es un acto administrativo, ni tampoco la aceptación por parte de la administración puede tener esa calificación jurídica.”

Que en consecuencia y conforme la documental obrante en las presentes actuaciones, se ha determinado que el contribuyente abonó en menos su obligación tributaria, y que él mismo, no ha acreditado la existencia de elementos suficientes que ameriten la revocación de la Resolución 020/2004, en cuanto a los periodos pstconcursales ut-supra indicados; motivo por el cual, y, en mérito a lo precedentemente señalado, corresponde no hacer lugar a lo pretendido por el recurrente;

Que por lo expuesto, y de consumo con lo informado por la Unidad de Inteligencia Fiscal, a fs. 125, del expediente del visto, corresponde rectificar los Artículos 2º y 3º, de la Resolución 020/2004, considerándose a los efectos de determinar e intimar los importes adeudados por el contribuyente, la fecha de presentación en concurso de la fallida;

Que el procedimiento seguido para ajustar las obligaciones tributarias del contribuyente encuentra su fundamento en el Título I, Cap. 7, arts. 21, 24 y cctes. de la Ordenanza Fiscal y Título II, Cap. 4, art. 20 y 21 de la Ordenanza Impositiva. Que la presente Resolución Administrativa es dictada por la Secretaría de Economía y Finanzas, en pleno ejercicio de lo dispuesto en el Art. 181 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, actuando la misma por delegación de facultades del Departamento Ejecutivo, según lo reglamentado a través del Decreto 480/2006, Anexo III (tres) A.1.4.

Por ello,LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

RESUELVE:Artículo 1º: No hacer lugar al recurso interpuesto por la empresa INDUSTRIAS MARTIRI S.A., legajo Nº 2-100755, contra la Resolución Administrativa Nro. 020/04, en orden a la determinación impositiva efectuada de conformidad a lo establecido en los Art. 24, 25 y ctees. de la Ordenanza Fiscal; haciéndolo parcialmente procedente en cuanto a lo manifestado en razón a los periodos fiscales concursales, en virtud a las razones de hecho y de derecho expuestas en el considerando del presente acto.Artículo 2º: Rectifícanse los Artículos 2º y 3º, de la Resolución Administrativa N° 020/2004, en lo pertinente a los periodos fiscales determinados e intimados mediante el referido acto administrativo, los cuales quedarán redactados de la siguiente forma:

Artículo 2º: Determínanse las obligaciones tributarias del contribuyente INDUSTRIAS MARTIRI S.A., legajo Nº 2-100755, surgidas de la verificación practicada por el expediente del Visto, por la suma de CIENTO TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS NUEVE CON 48/100 ($ 131.309,48) en concepto de valor nominal de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por los períodos fiscales bimestrales 04/01 a 06/01 y cuotas mensuales 01/02 a 11/03, con más los recargos y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder conforme lo establecido en los arts. 55 y 58 de la Ordenanza Fiscal vigente . Artículo 3º: Intímase al contribuyente INDUSTRIAS MARTIRI S.A., legajo

N° 2-100755 a abonar, en un plazo de diez días, la suma de CIENTO TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 29/100 ($ 131.241,29) a valor nominal, en concepto de importes impagos por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por los períodos fiscales bimestrales 04/01 a 06/01 y cuotas mensuales 01/02 a 11/03, con más recargos establecidos en el art. 55 de lo Ordenanza Fiscal vigente los cuales a la fecha ascienden a la suma de pesos CIENTO DIECISIETE MIL SETECIENTOS VEININUEVE CON 46/100 ($ 117.729,46) y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder según lo normado en el art. 58 de la Ordenanza Fiscal vigente. Artículo 3°: Notifíquese la presente al interesado con la entrega de copia y vencido el plazo para su pago, procédase al cobro judicial por vía del Departamento de Gestión Judicial.Artículo 4º: Dése al registro de Decretos y Resoluciones.Dra. Alicia M. del C. Sztyrle - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *RESOLUCION Nº 202/07

Morón, 08 de Noviembre de 2007.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el expediente Nº 2825/07, por el Servicio de Impresión, solicitado por la Secretaría de Políticas Comunicaciones, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 2269/07, y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 2269/07 del Departamento Ejecutivo, el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas (interino) a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para el presente, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º, 153º y 156º de la Ley Orgánica Municipal, resulta de aplicación los términos del artículo 156º inciso 9º (Trabajo de Impresión) de la Ley Orgánica Municipal.

Que la Dirección de Control de Gestión ha tomado debida intervención sin formular observaciones al presente trámite.

Que razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.

Por ello:LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTICULO 1º: Adjudícase el Servicio de Impresión, tramitada por expediente Nº 2825/07, solicitado por la Secretaría de Políticas Comunicaciones, a MATTOS RAUL ENRIQUE, en la suma de Pesos Veintiún mil ($ 21.000.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según las formas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 43, Fuente de Financiamiento 110, dentro de la clasificación obrante en la solicitud de gastos Nº 3868.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Prof. Mariano P. Spina – – Dr. Walter A. Juara* * *

RESOLUCION Nº 203/07Morón, 13 de Noviembre de 2007.-

VISTO: Lo normado por la Ley Orgánica de

las Municipalidades, las Ordenanzas Fiscal e Impositiva, los autos caratulados “VON SCHULTZ

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FEDERICO M ARIAS 3364 CASTELAR”, por expediente Nº 4079-10983/07, que tramitan ante la Municipalidad de Morón, sita en la calle Alte. Brown N° 946 de la Ciudad y Partido de Morón, Provincia de Buenos Aires, y;CONSIDERANDO:

Que el expediente N° 4079-10983/07 contiene la documentación correspondiente al tramite de habilitación del local ubicado en la calle Gdor. Inocencio Arias N° 3364, de la localidad de Castelar, partido de Morón, partida Municipal N° 63801;

Que el contribuyente VON SCHULTZ, FEDERICO MAXIMO, con fecha 13 de noviembre de 2006, ha solicitado la habilitación comercial del establecimiento ut supra mencionado, mediante Certificado Urbanístico N° 3737/06 obrante a fs. 1 del expediente del visto, declarando como actividad a desarrollar el rubro “Kiosco, Vta. de Golosinas, Arts. para el Fumador, Art. de Mercería, Art. de Librería, Perfumería, Fantasías, Cotillón, Bebidas sin Alcohol envasadas, Helados E/O/P/U, Pilas, Lámparas eléctricas, Vta. de Comestibles envasados, Una Fotocopiadora, ”;

Que a fin de continuar con el tramite mencionado, la Administración Municipal procedió a asignar un número de legajo de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, siendo éste el N° 3-103049; Que por dicho domicilio de la calle Gdor. Inocencio Arias N° 3364 de Castelar, Partido de Morón, partida municipal N° 63801, se registra la existencia de un legajo activo N° 3-102076, respecto a la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, a nombre de Tenorio Hugo Alberto rubro desarrollado “Kiosco, Golosinas, Cigarrillos”; Que es preciso señalar el hecho de que ambos contribuyentes presentan trámite de habilitación por el mismo local ubicado en la calle Gdor. Inocencio Arias N° 3364, de la localidad de Castelar, sumado al hecho de que el contribuyente Tenorio Hugo Alberto, ha desarrollado una actividad comercial del mismo ramo que la que actualmente es llevada acabo por el contribuyente Von Schultz Federico Máximo;

Que la Sra. Blanca Azucena Oddi de Valenzano en carácter de propietaria del local ubicado en la calle Gdor. Inocencio Arias N° 3364 de Castelar, Partido de Morón, solicitó por expediente administrativo N° 4079-19093/06, la correspondiente Baja de Oficio, respecto a la habilitación comercial a nombre de Tenorio Hugo Alberto.

Que en dicha oportunidad, según consta en la copia del formulario de solicitud de baja de oficio, obrante a fs. 54 del expediente del visto, la Sra. Blanca Azucena Oddi de Valenzano declaró como fecha de cese de actividad del contribuyente Tenorio Hugo Alberto, el mes de Mayo de 2005;

Que a fs. 23 del expediente 4079-19093/06, obra copia de Informe producido por Inspector actuante de fecha 04 de diciembre de 2006 (adjunto a fs. 55 del expediente del visto), en el cual lucen las observaciones efectuadas por el mismo durante los relevamientos producidos a consecuencia de la baja de oficio oportunamente presentada a través del expediente administrativo N° 4079-19093/06, en donde se deja constancia que habiendo concurrido al comercio en cuestión indica que el local se encuentra desarrollando actividad y que cambio de titular el año anterior.

Que el Sr. Von Schultz Federico Máximo acompañó las copias de la siguiente documentación a saber: Formulario de Inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos de fecha de inicio de actividades 26/04/2005 obrante a fs. 9/11; Formulario de Inscripción en AFIP de fecha 26/04/2005 obrante a fs. 13; Contrato de Locación obrante a fs. 15 del expediente del visto.

Que el mencionado Contrato de locación, el cual luce a fs. 15 del expediente del visto, acusa fecha de entrada en vigencia el día 01 de abril de 2005; por lo cual es dable presumir que el Sr. Von Schultz Federico Máximo inició actividades comerciales en esa fecha;

Que cabe destacar que en el Formulario de Inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos indica como fecha de inicio de actividades el 26/04/2005, la cual coincide con la fecha de inscripción al Monotributo y a su vez a la declarada como fecha de inicio de actividad. Que de la compulsa de las actuaciones, antecedentes y documentación contenidas en el expediente de referencia, las cuales fueron expuestas en los considerandos del presente acto, surge en forma inequívoca que el Sr. Von Schultz Federico Máximo es continuador de la actividad comercial desarrollada en el local sito en la calle Gdor. Inocencio Arias N° 3364 de Castelar, Partido de Morón, partida municipal N° 63801; Que a los efectos de proceder, con la presunción de transferencia que prescribe el artículo 10 de la Ordenanza Fiscal vigente, es menester realizar un análisis respecto a la naturaleza y extensión del concepto de fondo de comercio. Así es que la doctrina ha convenido en definir al fondo de comercio como una estructura compleja que comprende las instalaciones, el nombre, la enseña, la clientela, el derecho al local, las patentes de invención y las marcas, que dicha definición es coincidente con la preceptuado por el artículo 1° de la Ley 11867;

Que de acuerdo con lo manifestado en el párrafo precedente cabe definir al fondo de comercio como el conjunto de elementos o bienes instrumentales necesarios para el ejercicio de la actividad organizada que constituye la empresa, siendo el establecimiento mercantil o hacienda su sustrato material;

Que tal como se ha dicho, el fondo de comercio se compone de la organización de varios elementos materiales e inmateriales y que en el caso de la ley argentina se detalla en una enumeración no taxativa;

Que es preciso tener en cuenta que entre dichos elementos se identifica el denominado “derecho al local” cuya presencia entre los elementos imprescindibles del establecimiento es discutida, y si bien la enorme mayoría de los establecimientos requieren de un espacio físico para desarrollarse no es menester que el titular de la explotación sea propietario del inmueble en que el último funciona;

Que la norma en análisis exige que el titular del establecimiento posea el inmueble por cualquier título;

Que también se señala como elemento integrante del fondo de comercio la “habilitación administrativa para funcionar” según señala Fontanarosa en su obra (Derecho Comercial Argentino p. 218), considerando que consiste en la autorización administrativa para poder funcionar y que la misma puede ser transferida junto con el establecimiento del que forma parte;

Que es la clientela otro de los elementos constitutivos y se lo considera-según Fontanarrosa-como determinante en buena parte del valor del fondo de comercio;

Que en un segundo término, debe analizarse lo relativo al mecanismo de transferencia de fondo de comercio que ha previsto la ley 11867, el cual consiste en la publicación de edictos, destinada esta, a abrir una instancia de oposición de acreedores, de manera tal que no podrá suscribirse el instrumento de la venta sino hasta 10 días después de la última publicación;

Que es evidente, y así lo establece la misma Ley, que el sistema esbozado tiene por objeto el resguardo de derechos de los

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acreedores del vendedor, evitando ser evadidos por el desprendimiento que el mismo haga de su establecimiento (Art. 2);

Que tal finalidad es la que ha hecho a la ley concluir en su artículo 11, que las omisiones a transgresiones a la norma referida “hacen responsables solidariamente al comprador, vendedor, martillero o escribano”;

Que así las cosas, nos hallamos en condiciones de afirmar que la única forma regular de transmisión de un fondo de comercio es la prevista en la ley 11.867 tal como la misma señala en su art. 2°, si es que el vendedor desea desprenderse de los derechos y obligaciones que lo vinculaban al establecimiento o que derivaban de él. La violación del sistema trae según la ley nacional, aparejada la solidaridad del comprador frente a los acreedores del vendedor, quien por otra parte, no se desvincula de aquéllos;

Que no cabe duda que la solidaridad que se atribuye es consecuencia directa de la evasión de responsabilidades que la omisión de publicación de edictos presupone;

Que según el art. 699 del Código Civil, es solidaria la obligación mancomunada cuando la totalidad del objeto le puede ser reclamada a cualquiera de los deudores conjuntamente o a uno solo o varios de éllos (art. 705 Código Civil);

Que al respecto se ha sentenciado que “ La finalidad perseguida por el legislador al sancionar la ley 11867, no ha sido otra que la de proteger a los acreedores del comerciante, cuyos créditos se relacionan con la explotación mercantil, contra toda posible burla de sus derechos por parte del deudor, mediante la transmisión del fondo de comercio, finalidad que es cumplida con la anunciada solidaridad que emana del art. 11 de dicha ley, toda vez que si bien se propugna la inoponibilidad del acto a los terceros cuando es violado el régimen, ello es a los efectos de que todo acreedor del vendedor, pueda actuar sobre el fondo o sus elementos, aún en manos ya del adquirente sin que éste pueda alegar en su beneficio la transferencia.” (Ccooo DO 71636 11.12.97 Nuñez S/Tercería de dominio);

Que el Artículo 10 de la Ordenanza Fiscal vigente opta por un sistema similar al comentado al tratar la Ley 11.867, toda vez que presume la existencia de transferencia de fondo de comercio o industria a los fines de la responsabilidad tributaria, cuando el continuador de la explotación del establecimiento desarrolle una actividad del mismo ramo o análoga a la que realizaba el propietario anterior.”…

Que de lo dicho se desprende que quien transfiera el fondo de comercio, no necesariamente deba deshacerse del dominio sobre el inmueble ni el adquirente recibirlo, sino que basta con que adquiera el “establecimiento” como mínimo recaudo.

Que por otra parte, deberá haber una identidad o analogía entre los rubros explotados por transmitente y adquirente, y hé allí el elemento objetivo que la ordenanza identifica a fin de presumir la transferencia atento la definición de fondo de comercio que antes se comentara, extremo sencilla comprobación por parte de la Administración tal como de estos autos se desprende;

Que además, la norma habla de “continuador” lo que refiere la necesidad, a los efectos de aplicar la presunción, de que exista entre uno y otro continuidad o, que no haya existido discontinuidad en el desarrollo de la actividad comercial entre ellos;

Que la Administración deberá partir de considerar si existe identidad o analogía de los rubros desplegados que la norma en análisis exige, para luego considerar lo relativo a la continuidad antes aludida;

Que tales circunstancias unidas a la ausencia en la publicación de edictos son las que llevan a la Ordenanza Fiscal a presumir la transferencia del fondo con el consiguiente intento evasivo que se sanciona con la solidaridad que prescribe el art. 10 que comentamos;

Que ello es concordante con lo normado por el art. 128 de la misma ordenanza, el cual establece que “Cuando se realizaren transferencias de fondo de comercio se considerará que el adquirente continúa la actividad del antecesor y le sucede en las obligaciones fiscales correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de esta Ordenanza”;

Que así es que de publicarse los edictos y respetarse el procedimiento de ley el vendedor del establecimiento afrontará las deudas, entre ellas las fiscales, que registre al momento de la publicación de edictos. La omisión de tal recaudo cuando de continuar un rubro se trate hará responsable solidariamente al anterior y al actual titular;

Que surge de las constancias agregadas en el expediente del visto, que el contribuyente Tenorio Hugo Alberto, explotó el local sito en la calle Gdor. Inocencio Arias N° 3364 de Castelar, Partido de Morón, hasta el 3° bimestre de 2005 y que el rubro desarrollado era “Kiosco; Golosinas y Cigarrillos.”

Que en el mes de abril de 2005 el Sr. Von Schultz Federico Máximo, ha iniciado actividades comerciales, requiriendo habilitación comercial en fecha 13 de noviembre de 2006 por el rubro “Kiosco, Vta. de Golosinas, Arts. para el Fumador, Art. de Mercería, Art. de Librería, Perfumería, Fantasías, Cotillón, Bebidas sin Alcohol envasadas, Helados E/O/P/U, Pilas, Lámparas eléctricas, Vta. de Comestibles envasados, Una Fotocopiadora”;

Que ambos comercios realizan las mismas actividades comerciales, no mediando plazo entre el cese de actividades del contribuyente Tenorio Hugo Alberto y el inicio de actividades por parte del contribuyente Von Schultz Federico Máximo;

Que además se encuentran vinculadas por la identidad del inmueble sobre el que desarrollan su actividad, cuya vinculación con el titular del inmueble se produce a través de un contrato de locación que luce a fs. 15 del expediente N° 4079-10983/07 y en él se pacta la locación a partir del 01/04/2005.

Que de lo expuesto se desprende que existió una explotación comercial en el local que el Sr. Von Schultz Federico Máximo pretende habilitar y donde desarrolla una actividad del mismo ramo que el anterior titular, por lo tanto existe absoluta identidad entre el rubro explotado por el nuevo titular y el rubro explotado por el anterior titular del comercio;

Que el Organo Administrativo mediante cédula de fecha 12/07/2007 obrante a fs. 50 del expediente del visto, ha cursado notificación al Sr. Von Schultz Federico Máximo comunicándole la resolución de la Dirección de Fiscalización y Apremio, a los efectos de que ofrezca pruebas que hagan a su derecho otorgándole para ello un plazo de 5 (cinco) días;

Que transcurrido el plazo establecido en el párrafo precedente, el contribuyente Von Schultz Federico Máximo no ha efectuado presentación alguna.

Que en atención a lo expuesto, de las actuaciones no surgen datos que lleven a desvirtuar la presunción que la Ordenanza ha establecido y más aún, cuando la identidad en la explotación y la continuidad son elementos presentes en el caso que nos ocupa y en mérito a los que debiera hacerse aplicación de la presunción del art. 10 de la Ordenanza Fiscal;

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Que teniendo en cuenta lo expresado en los considerandos del presente acto, y atento lo normado por el artículo 10 inc. a) de la Ordenanza Fiscal, se debe presumir la existencia de Transferencia de Fondo de Comercio del contribuyente Tenorio Hugo Alberto al contribuyente Von Schultz Federico Máximo;

Que el antecesor Tenorio Hugo Alberto, mantiene deuda tributaria con la Municipalidad de Morón en concepto de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por el legajo N° 3-102076, por las cuotas mensuales 11/03, 12/03, 01/04 a 12/04, 01/05 a 04/05.

Que según lo normado en el art. 10 de la Ordenanza Fiscal, los sucesores son responsables solidarios de pago. Que por ello corresponde declarar responsable solidario al Sr. Von Schultz Federico Máximo por la deuda que mantiene el contribuyente Tenorio Hugo Aberto e intimar el pago de la deuda que éste último mantiene con la Municipalidad de Morón.

Que la presente Resolución Administrativa es dictada por la Secretaría de Economía y Finanzas, en pleno ejercicio de lo dispuesto en el Art. 181 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, actuando la misma por delegación de facultades del Departamento Ejecutivo, según lo reglamentado a través del Decreto 480/2006, Anexo III (tres) A.1.4.

Por ello,

LA SECRETARIA DE ECONOMÍA Y FINANZASRESUELVE:

Artículo 1º: Presúmase la Transferencia del Fondo de Comercio ubicado en la calle Gdor. Inocencio Arias N° 3364, de la localidad Castelar, partido de Morón, legajo de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene N° 3-102076, del contribuyente Tenorio Hugo Alberto al contribuyente Von Schultz Federico Máximo, según lo establecido en el art. 10 inc. a) de la Ordenanza Fiscal.Artículo 2º: En virtud de lo expresado en el Art. 1º, téngase como responsable solidario del pago de la deuda en concepto de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por el legajo N° 3-102076 al contribuyente Von Schultz Federico Máximo, conforme lo establecido en el art. 10 de la Ordenanza Fiscal.Artículo 3º: Intímase a la contribuyente Von Schultz Federico Máximo, a abonar en un plazo de diez días por el legajo N° 3-102076, la suma de pesos SEISCIENTOS CNCUENTA Y CUATRO CON 46/100 ($ 654,46) a valor nominal, en concepto de importes impagos por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por las cuotas mensuales 11/03, 12/03, 01/04 a 12/04, 01/05 a 04/05, con más recargos establecidos en el art. 55 de lo Ordenanza Fiscal vigente los cuales a la fecha ascienden a la suma de pesos TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO CON 13/100 ($ 378,13) y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder según lo normado en el art. 58 de la Ordenanza Fiscal. Artículo 4°: Notifíquese la presente al interesado con la entrega de copia y vencido el plazo para su pago, procédase al cobro judicial por vía del Departamento de Gestión Judicial.Artículo 5º: Dése al registro de Decretos y Resoluciones.Dra. Alicia M. del C. Sztyrle - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *

DECRETOS SINTETIZADOS

DECRETO Nº 2300/07Designase dentro de la Planta de Personal

Temporario Ley 11757 por los periodos que en cada caso se mencionan, a los agentes que se enumeran en el Anexo I, con la categoría y los adicióneles que se indican:

Designase como docentes suplentes Ley 10579 por los periodos que en cada caso se mencionan, a los agentes que se enumeran en el Anexo II, con la categoría y/o horas cátedra que se indican

Por razones de espacio los Anexos I y II, deberán ser solicitados en el Departamento de Asuntos Técnicos

Morón, 02 de Noviembre de 2007DECRETO Nº 2301/07Exclúyase de los alcances del Decreto Nº 2116/07, al agente Correa Héctor Andrés (Legajo Nº 18628900), a partir del día 1º hasta el día 30 de Septiembre del año 2007.Desígnase a partir del día 1º hasta el día 30 de Septiembre del año 2007 inclusive y desde el día 1º de Noviembre hasta el día 31 de Diciembre del año 2007 inclusive, al agente Correa Héctor Andrés (Legajo Nº 18628900), en el cargo de Profesor Horas Cátedra Escuela Vocacional con seis (6) horas, a efectos de prestar funciones en la Dirección de Arte y Cultura, dependiente de la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.

Morón, 02 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2302/07Desígnase, a partir del día de la fecha del presente Decreto, a la Profesional Baldini Andrea Fabiana (DNI 21.852.287), con el fin de realizar Reemplazos de Guardias Médicas, cuando razones de servicio así lo requiera en el servicio de Clínica Médica del Hospital Municipal de Morón “Ostaciana B. de Lavignolle”, dependiente de la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.

Morón, 02 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2303/07Dése de baja a las docentes que a continuación se detallan con carácter de Suplente, en el cargo que en cada caso se especifica, a partir del día 30 de Octubre de 2007, quienes cumplían funciones en la Escuela de Danzas “José Neglia”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.

Apellido y NombreLegajo Cargo Establecimiento

Caprotta, Carla 182.534/00 Profesor con 11 Horas Cátedra

Escuela de Danzas “José Neglia”

Varrica, Monica Paola

145.938/00 Profesor con 9 Horas Cátedra

Escuela de Danzas “José Neglia”

Sieghart, Elizabeth Ines

186.678/00 Profesor con 12 Horas Cátedra

Escuela de Danzas “José Neglia”

Villaverde Martín, María Fernanda

164.878/00 Profesor con 3 Horas Cátedra

Escuela de Danzas “José Neglia”

Morón, 02 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2304/07Dispónese la cesantía por abandono de cargo de la agente Hobert Navarrete Ines Graciela (Legajo Nº 052332/00), quien revistaba dentro de la Planta de Personal Permanente en la categoría Profesor Horas Cátedras Esc. Voc., prestando servicios en la Dirección de Zoonosis, Cemsa y Bromatología, dependiente de la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.

Morón, 05 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2305/07Téngase por incrementada, a partir del día 1º de Octubre de 2007, a las docentes que a continuación

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se detallan, con carácter de Provisional, la cantidad de horas cátedras que en cada caso se detalla, a efectos de prestar servicios en la Escuela de Danzas “José Neglia”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.

Nombre y Apellido D.N.I Legajo Cantidad Horas CátedraVarrica Mónica Marcela 24.121.080 145.938/18 8 (ocho)Villaverde Martin María

Fernanda21.440.215 164.878/18 6 (seis)

Morón, 05 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2318/07Téngase por designadas a partir del día 4 de Septiembre del año 2007 hasta el día 29 de Febrero del año 2008, a las docentes De Luca Daniela Veronica, con carácter de Provisional, y Segura María Ester, bajo el cargo de Profesoras con cuatro (4) Horas Cátedra respectivamente, a efectos de cumplir funciones en I.M.E.S, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.

Morón, 05 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2319/07Téngase por aceptada, la renuncia presentada por la agente María Isabel Moreno (Legajo Nº 198.323/00), a partir del día 05 de Octubre de 2007, quien revistaba dentro de la Planta de Personal Permanente, bajo la categoría Enfermera Profesional B con cuarente (40) horas semanales de labor, prestando funciones en el Departamento de Enfermería, dependiente de la Dirección Hospital de Morón, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.

Morón, 05 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2320/07Téngase por aceptada la renuncia presentada por el agente Nucotti Víctor Hugo (Legajo Nº 83.303), a partir del día 17 de Septiembre del año 2007, quien revistaba dentro de la Planta de Personal Permanente, con un haber equivalente a la categoría Administrativo Clase II, con cuarenta (40) horas semanales de labor, quien prestaba funciones en la Dirección de Administración de Infracciones.

Morón, 05 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2321/07Rectifíquese el Artículo 1º del Decreto Nº 2190/07, el que quedará redactado de la siguientes manera:“Artículo 1º: Desígnanse a partir del día 16 de Octubre y hasta el día 17 de Diciembre de 2007, a las docentes que a continuación se detallan, con carácter de Suplente, en el cargo de Profesor con la cantidad de Horas Cátedra que en cada caso se indica, a efectos de prestar funciones en el Programa de Terminalidad Post Cursada de la Escuela Media “Terminala!…escuela”, dependiente de la Coordinación Oficina de la Juventud, perteneciente a la Secretaría de Salud y desarrollo Social:

Apellido y Nombre D.N.I Carga HorariaBritez Ojeda, Carlos 18.813.742 5 (cinco) Horas CátedraRodríguez, Zulema 11.994.106 5 (cinco) Horas CátedraPapapietro, Paola 29.368.063 5 (cinco) Horas CátedraBelmonte, Fernando 31.070.093 5 (cinco) Horas CátedraFlores, Romina 31.685.326 10 (diez) Horas CátedraLaiño, Patricio Agustín 16.191.649 5 (cinco) Horas CátedraArias, Silvia 13.724.093 5 (cinco) Horas CátedraPecci, Cristina Susana 6.521.302 5 (cinco) Horas CátedraTaraba, Mariana Yanina 28.632.075 5 (cinco) Horas CátedraAlbarracín, Matías 26.258.756 5 (cinco) Horas CátedraCastillo, Miriam 20.771.815 5 (cinco) Horas CátedraCorigliano, Silvana Graciela 21.777.665 10 (diez) Horas Cátedra

Morón, 05 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2322/07Téngase por designada, a la docente De Witte Patricia A. (Legajo Nº 206.134/00), a partir del día 18 hasta el día 31 de Octubre de 2007, con carácter de Suplente, en el cargo de Preceptora Jornada Completa, a efectos de prestar funciones en el Jardín Maternal Nº 8, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.

Morón, 06 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2345/07

Excluyase de los alcances del Decreto nº 2300/07, a prartir de la fecha que en cada caso se infican, a los agentes que de mencionan a continuacion.A partir de Legajo Apellido Nombre08-11-07 19701200 LOJO ARIEL ANBAL01-11-07 DNI 24028347 RIOBO POSADAS NATALIA RITA01-11-07 18447700 SANCHEZ ARTEAGA HERNAN08-11-07 19668900 SCIANCA ARIEL CESAR01-11-07 19486700 VAN DER BEKEN FLAVIO PEDRO

Morón, 07 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2347/07Rectifíquese el Artículo 2º del Decreto Nº 2109/07, el que quedará redactado de la siguiente manera:“Artículo 2º: Téngase por designado, a partir del día 12 de Septiembre hasta el día 12 de Octubre del año 2007, al docente Rodríguez Gabriel Martín (DNI 24.949.454) – (Legajo Nº 215.134/18), con carácter de Suplente, en el cargo de Profesor Horas Cátedra, con la cantidad de nueve (9) horas cátedra, dependiente de la Dirección de Arte y Cultura, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.”

Morón, 08 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2348/07Modifíquese el Artículo 1º del Decreto Nº 2134/07, en su parte pertinente, en donde se lee: “…Téngase por designada, a la docente Degenaro Beatriz (Legajo Nº 185.445/00), a partir del día 13 hasta el día 31 de Agosto de 2007, con carácter de Suplente, en el cargo de Maestra de Grado Jornada Simple …”, deberá leerse ”… Téngase por designada, a la docente Degenaro Betiana Giselle (Legajo Nº 213.645/00), a partir del día 13 hasta el día 21 de Agosto de 2007, con carácter de Suplente, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Simple

Morón, 08 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2349/07Téngase por designada a la docente Otero Gabriela (D.N.I 30.655.489), durante el lapso establecido entre el día 23 de Octubre hasta el día 1º de Noviembre de 2007, con carácter de Suplente, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Simple, a efectos de prestar funciones en la Escuela Especial “Ramón Carrillo”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.

Morón, 08 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2351/07Asígnase interinamente a la agente María Amelia González (Legajo Nº 1966), la firma del despacho del Departamento de Boletín y Digesto Municipal, dependiente de la Dirección de Asistencia Técnica, perteneciente a la Secretaría Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización.

Morón, 08 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2353/07Reconócese los servicios prestados por el agente Rampoldi Héctor Sergio (D.N.I. 18.213.978) – (Legajo Nº 204.612), por el período transcurrido entre el día 1º de Octubre y el día 12 de Octubre inclusive, a los efectos remunerativos.

Morón, 12 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2355/07Téngase por aceptada la renuncia presentada por la agente Seldes Verónica (Legajo Nº 211.090/00), a partir del día 31 de Octubre del año 2007, quien revista dentro de la Planta de Personal Temporario, con un haber equivalente a la categoría Temporario Profesional “A” con cuarenta (40) horas semanales de labor, prestando servicios en la Dirección de Derechos Humanos, dependiente de la Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad.

Morón, 12 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2356/07Prorrógase, en los cargos que en cada caso se indica, desde el día 1º de Octubre hasta el día 31 de Diciembre del año 2007 inclusive, a las docentes que a continuación se detallan, con carácter de Suplentes, a efectos de que continúen con sus funciones en la Escuela Especial “Dr. Ramón

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Carrillo”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social:

Apellido y Nombre Legajo Nº CargoDíaz Cusi, María Soledad 216.756/00 Maestra Especializada Jornada SimpleDegenaro, Betiana Giselle 213.645/00 Preceptora Jornada Simple

Morón, 12 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2357/07Prorrógase, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Simple, a la docente Manteiga Mosquera Paola Alejandra (Legajo Nº 216.478/00), con carácter de Suplente, desde el día 22 de Septiembre hasta el día 31 de Diciembre del año 2007, a efectos de continuar con sus funciones en el Jardín Infantes Nº 6, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.

Morón, 12 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2358/07Prorrógase, en el cargo de Profesor con ocho (8) Horas Cátedras Escuela Vocacional, al docente Vázquez Sebastián Emanuel (Legajo Nº 209.912/00), con carácter de Suplente, desde el día 20 de Septiembre hasta el día 7 de Noviembre del año 2007, a efectos de continuar con sus funciones en el C.E.I.M. Nº 1, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.

Morón, 12 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2359/07Desígnase a partir del día 12 de Noviembre del año 2007, al Dr. Rodríguez Ernesto Marcos Juan (DNI 12.533.014), con el fin de realizar Reemplazos de Guardias Médicas, cuando razones de servicio así lo requiera en la Dirección S.A.M.E. Morón, dependiente de la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.

Morón, 12 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2360/07Prorrógase, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Simple, a la docente Barrionuevo Viviana Andrea (Legajo Nº 193.712/00), con carácter de Suplente, desde el día 11 de Octubre hasta el día 23 de Noviembre de 2007, a efectos de continuar con sus funciones en el Jardín Infantes Nº 1, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.

Morón, 12 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2361/07 Téngase por designada a la docente Rigoli Jorgelina Gabriela (Legajo Nº 179.989/00), durante el lapso establecido entre el día 31 de Octubre hasta el día 6 de Noviembre de 2007, con carácter de Suplente, en el cargo de Preceptora Jornada Completa, a efectos de prestar funciones en el Jardín Maternal Nº 14, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.

Morón, 12 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2362/07Prorrógase en el cargo de Maestra Especializada Jornada Completa, a la docente De Luca Aldana (legajo Nº 186.478/00), con carácter de Suplente, desde el día 19 de Octubre hasta el día 31 de Diciembre de 2007 inclusive, a efectos de continuar con sus funciones en el Jardín Infantes Nº 14, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.

Morón, 12 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2363/07Prorrógase en el cargo de Preceptora Jornada Completa, a la docente Zele Laura Andrea (legajo Nº 194.045/00), con carácter de Suplente, durante el lapso establecido entre el día 15 de Septiembre de 2007 hasta el día 31 de Diciembre de 2007, a efectos de continuar con sus funciones en el Jardín Infantes Nº 16, dependiente de la Dirección de

Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.

Morón, 12 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2364/07 Desígnase, a la Dra. Penalva Mariela Gisela (D.N.I. 27.457.924), a partir del día de la fecha del presente Decreto, con el fin de realizar Reemplazos de Guardias Médicas, como Médica Cirujana, cuando razones de servicio así lo requieran, en el Hospital de Morón, dependiente de la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.

Morón, 12 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2365/07Téngase por aceptada la renuncia presentada por la agente Fallico, Silvia Adriana (Legajo Nº 216.289/00), a partir del día 1º de Noviembre del año 2007, quien revistaba dentro de la Planta de Personal Temporario, con un haber equivalente a la categoría Temporario Administrativo I, con cuarenta (40) horas semanales de labor, prestando funciones en la Dirección Cementerio.

Morón, 12 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2366/07 Téngase por aceptada la renuncia presentada por la agente Sercuetti, Mariela Vanesa (Legajo Nº 200.423/00), a partir del día 29 de Octubre del año 2007, quien revistaba dentro de la Planta de Personal Temporario, con un haber equivalente a la categoría Temporario Administrativo III, con cuarenta (40) horas semanales de labor, prestando funciones en el Departamento de Comercio e Industria, perteneciente a la Dirección de Tributos Municipales.

Morón, 12 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2367/07Téngase por autorizado, a hacer uso de licencia sin goce de haberes, al agente Rojas Miguel Angel (Legajo Nº 179.856/00), por el lapso de ciento ochenta (180) días contados a partir del día 1º de Noviembre del año 2007.

Morón, 12 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2368/07Téngase por aceptada la renuncia presentada por el agente Centurion Hernán José (Legajo Nº 162.545/00), a partir del día 29 de Octubre del año 2007, quien revistaba dentro de la Planta de Personal Permanente, con un haber equivalente a la categoría Chofer, con cuarenta (40) horas semanales de labor, prestando funciones en la Dirección de Espacio Público, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana.

Morón, 12 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2379/07Abónese a la agente Morvillo Susana Elba (Legajo Nº 6.114) la diferencia salarial que existe entre su categoría - Auxiliar Especializado con cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor - y la categoría de la agente Lado Alicia Amanda (Legajo Nº 42.507) quien revista en el cargo de Jefa de Departamento con cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, en virtud de haber efectuado el reemplazo de esta última, durante el lapso establecido entre el día 24 hasta el día 28 de Octubre del año 2007 inclusive.

Morón, 15 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2380/07Téngase por aceptada la renuncia presentada por el agente Bolson Mario (Legajo Nº 186.290/00), a partir del día 31 de Octubre del año 2007, quien revistaba dentro de la Planta de Personal Permanente, con un haber equivalente a la categoría Obrero Clase IV, con cuarenta (40) horas semanales de labor, prestando funciones en el Servicio de Farmacia, dependiente de la Dirección del Hospital Municipal de Morón “Ostaciana B. de Lavignolle”, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.

Morón, 15 de Noviembre de 2007

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DECRETO Nº : 2382/07Modifícase el artículo 1º del decreto Nº 090/07, donde se lee: “…Reencasíllese a partir del día 1º de Enero de 2007, a la agente Martínez María Cecilia (Legajo Nº 111.559/00)…”, deberá leerse: “…Reencasíllese a partir del día 21 de Junio de 2005, a la agente Martínez María Cecilia (Legajo Nº 111.559/00)…”

Morón, 15 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2384/07Téngase por designada a la docente Morales Sara (DNI 18.257.527) - (Legajo Nº 85308/00), a partir del día 10 hasta el día 24 de Octubre de 2007, en el cargo de Directora Jornada Completa, con carácter de Suplente, a efectos de prestar funciones en el Jardín Maternal Nº 14, dependiente de la Dirección de Educación, con reserva de su cargo de base con carácter de Titular como Maestra Especializada Jornada Doble en el Jardín Maternal Nº 8, durante el periodo que realice ésta Suplencia. Se deja constancia de que la docente en cuestión sólo percibirá haberes por el cargo designado en el presente Decreto.Téngase por designada, a partir del día 10 hasta el día 24 de Octubre de 2007, a la docente Orellana Nilda (DNI 26.608.500) – (Legajo Nº 185356/00), en el cargo de Maestra Especializada Jornada Doble, con carácter de Suplente, a efectos de prestar servicios en el Jardín Maternal Nº 8, dependiente de la Dirección de Educación, dependiente de la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.

Morón, 15 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2385/07Desígnase a partir de la fecha del presente Decreto, al Dr. Ramos Carpio Angel (Legajo Nº 215.989), con un haber equivalente a la categoría Profesional Asistente, con treinta y seis (36) horas semanales de labor, dentro de la Planta Interina del SUMS, a los efectos de prestar servicios en la Dirección del S.A.M.E Morón, dependiente de la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.

Morón, 15 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2389/07Amplíase a partir de la fecha del presente Decreto, el Anexo I del Decreto Nº 337/04 y sus modificatorios con los encuestadores que se detallan en el Anexo I, que forma parte del presente.

ANEXO INómina de Encuestadores

Apellido Nombre D.N.I

Ahumada María Celeste 26.529.764

Alberino Daniel Enrique 32.468.610

Chaile Analia Rosa 27.049.079

Corvalan Gabriel Eduardo 23.866.181

Gaviria Yanina Mariel 30.261.851

Gómez Elizabet del Carmen 30.219.476

López Almeyda Analia Daniela 30.046.761

López Almeyda Liza Valeria 29.053.526

Marianetti María Celeste 16.521.034

Raffaele Sebastián Gustavo 25.445.079

Torti Jesica Alejandra 34.784.017

Morón, 15 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2390/07Téngase por aceptada la renuncia presentada por la docente Aleman Nora (Legajo Nº 215.834/00), a partir del día 5 de Noviembre del año 2007, en el cargo de Profesora con siete (7) Horas Cátedra, con carácter Provisional, quien prestaba funciones en el C.E.I.M. Nº 2, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.

Morón, 15 de Noviembre de 2007DECRETO Nº : 2391/07Téngase por aceptada la renuncia presentada por la agente Castillo Silvina Mara (Legajo Nº 209.723/00), a partir del día 5 de Noviembre del año 2007, quien revistaba dentro de la Planta de Personal Temporario, con un haber equivalente a la categoría Temporario Profesional “B”, con cuarenta (40) horas semanales de labor, prestando funciones en la Agencia de Empleo Públicas, perteneciente a la Dirección de Promoción del Empleo y la Economía Social

Morón, 15 de Noviembre de 2007

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