MOMENTO II FASE III. REFERENCIAS TEÓRICAS DE LA ...
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MOMENTO II
FASE III. REFERENCIAS TEÓRICAS DE LA INVESTIGACIÓN
Se fundamenta en la información obtenida a partir de la indagación de
los modelos municipales de manejo de residuos domésticos, revisión de las
leyes y ordenanzas existentes, relacionados al manejo de residuos.
3.1. Bases Legales
En materia de preservación del ambiente, los países han formulado
leyes que contribuyen a regular el manejo de los residuos, en América del
Sur, específicamente en Venezuela, se cuenta entre otras, con la
Constitución de la República del año 1999 y la enmienda Número 1 del 15 de
Febrero del 2009, las líneas generales del plan de desarrollo económico y
social de la nación 2007-2013, el Plan de la patria 2013-2019, la Ley
Orgánica del Ambiente, la Ley Orgánica de la Ciencia, Tecnología e
Innovación, la Ordenanza de convivencia del Municipio Maracaibo.
Ahondando un poco más en este aspecto, se presenta el marco legal, que da
soporte al trabajo desarrollado:
3.1.1. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Artículos referentes al ambiente y la Ciencia, Tecnología e Innovación.
Adoptada el 15 de Diciembre de 1999, realizada Enmienda N° 1 el 15 de
Febrero del 2009.
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Artículo 107. La educación ambiental es obligatoria en los niveles y
modalidades del sistema educativo, así como también en la educación
ciudadana no formal.
Articulo 108. Los medios de comunicación social, públicos y privados,
deben contribuir a la formación ciudadana.
Articulo 110. El estado reconocerá el interés público de la ciencia, la
tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios
de información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el
desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad y
soberanía nacional.
Articulo 127. Es un derecho y un deber de cada generación, proteger y
mantener el ambiente, en beneficio de sí misma y del mundo futuro… Es una
obligación fundamental del estado, con la activa participación de la sociedad,
garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de
contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la
capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos de
conformidad con la ley.
Artículo 156. Es competencia del poder público nacional: 23. Las
políticas nacionales y la legislación en materia de sanidad, vivienda,
seguridad alimentaria, ambiente, aguas, turismo, ordenación del territorio y
naviera. 29. El régimen general de los servicios públicos domiciliarios y, en
especial electricidad, agua potable y gas.
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Artículo 178. Son de la competencia del Municipio… 4 Protección del
ambiente y cooperación con el saneamiento ambiental; aseo urbano y
domiciliario, comprendidos los servicios de limpieza, de recolección y
tratamiento de residuos y protección civil.
Articulo 184. La ley creara mecanismos abiertos y flexibles para que los
Estados y los Municipios descentralicen y transfieran a las comunidades o
grupos organizados los servicios que estos gestionen previa demostración de
su capacidad para prestarlos, promoviendo: …2 La participación de las
comunidades y ciudadanos y ciudadanas, a través de las asociaciones
vecinales y organizaciones no gubernamentales, en la formulación de
propuestas de inversión, ante las autoridades estadales y municipales
encargadas de la elaboración de los respectivos planes de inversión, así
como en la ejecución y evaluación y control de obras, programas sociales y
servicios públicos en su jurisdicción.
3.1.2. Gacetas Oficiales
Gaceta Oficial N°5833 Ley orgánica del ambiente.
Articulo 10. Son objetivos de la gestión del ambiente, bajo la rectoría y
coordinación de la Autoridad Nacional Ambiental:
1. Formular e implementar la política ambiental y establecer los
instrumentos y mecanismos para su aplicación.
2. Coordinar el ejercicio de las competencias de los órganos del Poder
Público, a los fines previstos en esta ley.
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3. Cumplir las directrices y las políticas para las directrices de gestión del
ambiente.
4. Fijar las bases del régimen regulatorio para la gestión del ambiente.
5. Fomentar y estimular la educación ambiental y la participación
protagónica de la sociedad.
6. Prevenir, regular y controlar las actividades capaces de degradar el
ambiente.
7. Reducir o eliminar las fuentes de contaminación que sean o puedan
ocasionar perjuicio a los seres vivos.
8. Asegurar la conservación de un ambiente sano, seguro y
ecológicamente en equilibrio.
9. Estimular la creación de mecanismos que promuevan y fomenten la
investigación y la generación de información básica
10. Establecer los mecanismos e implementar los instrumentos para el
control ambiental.
11. Promover la adopción de estudios e incentivos económicos y fiscales,
en función de la utilización de tecnologías limpias y la reducción de
parámetros de contaminación, así como la reutilización de elementos
residuales provenientes de procesos productivos y el aprovechamiento
integral de los recursos naturales.
12. Elaborar y desarrollar estrategias para remediar y restaurar los
ecosistemas degradados.
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13. Resguardar, promover y fomentar áreas que coadyuven a la
preservación de un ambiente seguro, sano y ecológicamente
equilibrado.
14. Cualquier otro que tienda al desarrollo y el cumplimiento de la
presente ley.
3.1.3. Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (Locti)
Esta Ley formulada en el año 2001, establece la importancia que
tienen los aportes y contribuciones de los científicos en las diferentes áreas
de los saberes, brindándoles apoyo a través de la creación del Programa
Misión Ciencia y la inclusión a los innovadores, como actores en la
producción de conocimiento popular, étnico y ancestral, entre otros.
Fue modificada, el 16 de diciembre del año 2010, teniendo como
aspecto más resaltante, la incorporación de recursos de empresas privadas
con la finalidad de ampliar sus capacidades de reproducción del capital.
Desde el año 2011 hasta la actualidad, bajo la supervisión del FONACIT,
dichos recursos están dirigidos a consolidar la innovación y la investigación
en las áreas estratégicas del país, tales como lo social, la vivienda, lo
económico, la salud, el ambiente, la educación y las otras áreas prioritarias
señaladas en el Proyecto Nacional Simón Bolívar. MPPCTI/ONCTI (2012).
De esta manera, se busca cambiar la forma tradicional de hacer ciencia
y tecnología a través de la consagración del Poder Popular y la búsqueda de
la suprema felicidad a través de la generación de conocimiento con
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pertinencia social, buscando así, más que dar una respuesta efectiva a
algunas problemáticas de las comunidades, brindar las herramientas
necesarias para que el pueblo mismo asuma los retos necesarios para la
transformación de su realidad.
3.2. Líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la nación
2007-2013.
Objetivo Estratégico II-3. Estrategias y Políticas. Objetivo II-3.7.
Garantizar la administración de la biósfera para producir beneficios
sustentables. Sub-Objetivo II-3.7.2 Fomentar la gestión integral de los
residuos, sustancias y residuos sólidos y peligrosos. (Pag. 12).
Objetivo Estratégico IV-3. Estrategias y Políticas. Objetivo II-3.10.
Incrementar la producción nacional de ciencia, tecnología e innovación hacia
necesidades y potencialidades del país. Sub-Objetivo II-3.7.2. Incrementar la
infraestructura tecnológica. (Pag. 27).
Objetivo Estratégico V. Nueva geopolítica nacional. Ejes de
desconcentración y fachadas. Sub-Objetivo H. Punto: Orientar y apoyar la
prestación de servicios públicos con énfasis en reducción del impacto
ambiental. Punto: Incrementar la eficiencia de nuestras ciudades mediante el
consumo racional de energía, creando metabolismo circular (incrementar el
reciclaje, recuperación y reutilización de los residuos sólidos así como su
tratamiento final), y logrando un crecimiento urbano continuo, eliminando los
desarrollos urbanísticos discontinuos, instaurar el impuesto por mejoras
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derivado de la infraestructura primaria así como impuesto predial destinado a
activar la edificación de los terrenos vacíos dentro de los centros poblados.
(Pag 34).
Objetivo V-2. Sub-Objetivo V-2.4 Hacer posible una ciudad incluyente
con calidad de vida. Sub-Objetivo V-2.6 Elevar los niveles de conciencia
ambiental en la población. Sub-Objetivo V-2.8 Alcanzar un modelo de
producción y acumulación ambientalmente sustentable. Sub-Objetivo V-2.9
Disminuir el impacto ambiental de la intervención humana. (Pag 35)
Objetivo V-3.7 Ajustar el metabolismo urbano disminuyendo la carga
sobre el ambiente. Sub-Objetivo V-3.7.2 Promover una ciudad
energéticamente eficiente. (Pag 37)
Objetivo Estratégico VI-3. Estrategias y Políticas. Objetivo VI-3.3
Propiciar el uso de fuentes de energías alternas, renovables y
ambientalmente sostenibles. Sub-Objetivo VI-3.3.1 Incentivar la generación
de fuentes alternas de energía. Sub-Objetivo VI-3.3.2 Incrementar la
generación de electricidad con energía no convencional y combustibles no
hidrocarburos.(Pag 42)
3.3. Plan de la Patria 2013-2019
V Gran Objetivo: Preservar la vida en el planeta y salvar a la especie
humana.
Objetivo Nacional: 5.1. Construir e impulsar el modelo económico
productivo eco-socialista, basado en una relación armónica entre el hombre y
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la naturaleza, que garantice el uso y aprovechamiento racional, óptimo y
sostenible de los recursos naturales, respetando los procesos y ciclos de la
naturaleza.
3.4. UNESCO Objetivos de desarrollo sostenible (ODS)
La Unesco está conformada por 193 países, en el año 2015 se celebró
la 70ª Asamblea General de la ONU, donde se plantea la Agenda 2016-2030,
contentiva de 17 Objetivos de los cuales se consideran relacionados al tema,
los siguientes:
Objetivo 6. Garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible
y el saneamiento para todos. Sub Objetivos: 6.3 Para 2030, mejorar la
calidad del agua mediante la reducción de la contaminación, la eliminación
del vertimiento y la reducción al mínimo de la descarga de materiales y
productos químicos peligrosos, la reducción a la mitad del porcentaje de
aguas residuales sin tratar y un aumento sustancial del reciclado y la
reutilización en condiciones de seguridad a nivel mundial. 6.6 Para 2020,
proteger y restablecer los ecosistemas relacionados con el agua, incluidos
los bosques, las montañas, los humedales, los ríos, los acuíferos y los lagos.
6.a Para 2030, ampliar la cooperación internacional y el apoyo prestado a los
países en desarrollo para la creación de capacidad en actividades y
programas relativos al agua y el saneamiento, incluidos el acopio y
almacenamiento de agua, la desalinización, el aprovechamiento eficiente de
los recursos hídricos, el tratamiento de aguas residuales y las tecnologías de
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reciclaje y reutilización. 6.b Apoyar y fortalecer la participación de las
comunidades locales en la mejora de la gestión del agua y el saneamiento
Objetivo 7. Garantizar el acceso a una energía asequible, segura,
sostenible y moderna para todos. Sub Objetivos: 7.1 Para 2030, garantizar el
acceso universal a servicios de energía asequibles, confiables y modernos.
7.2 Para 2030, aumentar sustancialmente el porcentaje de la energía
renovable en el conjunto de fuentes de energía. 7.3 Para 2030, duplicar la
tasa mundial de mejora de la eficiencia energética. 7.a Para 2030, aumentar
la cooperación internacional a fin de facilitar el acceso a la investigación y las
tecnologías energéticas no contaminantes, incluidas las fuentes de energía
renovables, la eficiencia energética y las tecnologías avanzadas y menos
contaminantes de combustibles fósiles, y promover la inversión en
infraestructuras energéticas y tecnologías de energía no contaminante. 7.b
Para 2030, ampliar la infraestructura y mejorar la tecnología para prestar
servicios de energía modernos y sostenibles para todos en los países en
desarrollo, en particular los países menos adelantados, los pequeños
Estados insulares en desarrollo y los países en desarrollo sin litoral, en
consonancia con sus respectivos programas de apoyo
Objetivo 8. Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y
sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos. Sub
Objetivos: 8.2 Lograr niveles más elevados de productividad económica
mediante la diversificación, la modernización tecnológica y la innovación,
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entre otras cosas centrando la atención en sectores de mayor valor añadido y
uso intensivo de mano de obra. 8.3 Promover políticas orientadas al
desarrollo que apoyen las actividades productivas, la creación de empleo
decente, el emprendimiento, la creatividad y la innovación, y alentar la
oficialización y el crecimiento de las microempresas y las pequeñas y
medianas empresas, entre otras cosas mediante el acceso a servicios
financieros. 8.4 Mejorar progresivamente, para 2030, la producción y el
consumo eficientes de los recursos mundiales y procurar desvincular el
crecimiento económico de la degradación del medio ambiente, de
conformidad con el marco decenal de programas sobre modalidades
sostenibles de consumo y producción, empezando por los países
desarrollados. 8.5 Para 2030, lograr el empleo pleno y productivo y garantizar
un trabajo decente para todos los hombres y mujeres, incluidos los jóvenes y
las personas con discapacidad, y la igualdad de remuneración por trabajo de
igual valor. 8.8 Proteger los derechos laborales y promover un entorno de
trabajo seguro y protegido para todos los trabajadores, incluidos los
trabajadores migrantes, en particular las mujeres migrantes y las personas
con empleos precarios. 8.9 Para 2030, elaborar y poner en práctica políticas
encaminadas a promover un turismo sostenible que cree puestos de trabajo y
promueva la cultura y los productos locales.
Objetivo 9. Construir infraestructuras resilientes, promover la
industrialización inclusiva y sostenible y fomentar la innovación. Sub
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Objetivos: 9.1 Desarrollar infraestructuras fiables, sostenibles, resilientes y de
calidad, incluidas infraestructuras regionales y transfronterizas, para apoyar
el desarrollo económico y el bienestar humano, con especial hincapié en el
acceso equitativo y asequible para todos. 9.2 Promover una industrialización
inclusiva y sostenible y, a más tardar en 2030, aumentar de manera
significativa la contribución de la industria al empleo y al producto interno
bruto, de acuerdo con las circunstancias nacionales, y duplicar esa
contribución en los países menos adelantados. 9.3 Aumentar el acceso de
las pequeñas empresas industriales y otras empresas, en particular en los
países en desarrollo, a los servicios financieros, incluido el acceso a créditos
asequibles, y su integración en las cadenas de valor y los mercados. 9.4
Para 2030, mejorar la infraestructura y reajustar las industrias para que sean
sostenibles, usando los recursos con mayor eficacia y promoviendo la
adopción de tecnologías y procesos industriales limpios y ambientalmente
racionales, y logrando que todos los países adopten medidas de acuerdo con
sus capacidades respectivas. 9.5 Aumentar la investigación científica y
mejorar la capacidad tecnológica de los sectores industriales de todos los
países, en particular los países en desarrollo, entre otras cosas fomentando
la innovación y aumentando sustancialmente el número de personas que
trabajan en el campo de la investigación y el desarrollo por cada millón de
personas, así como aumentando los gastos en investigación y desarrollo de
los sectores público y privado. 9.b Apoyar el desarrollo de tecnologías
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nacionales, la investigación y la innovación en los países en desarrollo, en
particular garantizando un entorno normativo propicio a la diversificación
industrial y la adición de valor a los productos básicos, entre otras cosas.
Objetivo 11. Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos
sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles. Sub Objetivos: 11.1 Para
2030, asegurar el acceso de todas las personas a viviendas y servicios
básicos adecuados, seguros y asequibles y mejorar los barrios marginales.
11.4 Redoblar los esfuerzos para proteger y salvaguardar el patrimonio
cultural y natural del mundo. 11.6 Para 2030, reducir el impacto ambiental
negativo per capita de las ciudades, incluso prestando especial atención a la
calidad del aire y la gestión de los desechos municipales y de otro tipo. 11.7
Para 2030, proporcionar acceso universal a zonas verdes y espacios
públicos seguros, inclusivos y accesibles, en particular para las mujeres y los
niños, las personas de edad y las personas con discapacidad. 11.a Apoyar
los vínculos económicos, sociales y ambientales positivos entre las zonas
urbanas, periurbanas y rurales mediante el fortalecimiento de la planificación
del desarrollo nacional y regional. 11.b Para 2020, aumentar sustancialmente
el número de ciudades y asentamientos humanos que adoptan y ponen en
marcha políticas y planes integrados para promover la inclusión, el uso
eficiente de los recursos, la mitigación del cambio climático y la adaptación a
él y la resiliencia ante los desastres, y desarrollar y poner en práctica, en
consonancia con el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de
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Desastres 2015-2030, la gestión integral de los riesgos de desastre a todos
los niveles. 11.c Proporcionar apoyo a los países menos adelantados, incluso
mediante la asistencia financiera y técnica, para que puedan construir
edificios sostenibles y resilientes utilizando materiales locales.
Objetivo 12. Garantizar modalidades de consumo y producción
sostenibles. Sub Objetivos: 12.1 Aplicar el Marco Decenal de Programas
sobre Modalidades de Consumo y Producción Sostenibles, con la
participación de todos los países y bajo el liderazgo de los países
desarrollados, teniendo en cuenta el grado de desarrollo y las capacidades
de los países en desarrollo. 12.2 Para 2030, lograr la gestión sostenible y el
uso eficiente de los recursos naturales. 12.3 Para 2030, reducir a la mitad el
desperdicio mundial de alimentos per capita en la venta al por menor y a
nivel de los consumidores y reducir las pérdidas de alimentos en las cadenas
de producción y distribución, incluidas las pérdidas posteriores a las
cosechas. 12.4 Para 2020, lograr la gestión ecológicamente racional de los
productos químicos y de todos los desechos a lo largo de su ciclo de vida, de
conformidad con los marcos internacionales convenidos, y reducir de manera
significativa su liberación a la atmósfera, el agua y el suelo a fin de reducir al
mínimo sus efectos adversos en la salud humana y el medio ambiente. 12.5
Para 2030, disminuir de manera sustancial la generación de desechos
mediante políticas de prevención, reducción, reciclaje y reutilización. 12.8
Para 2030, velar por que las personas de todo el mundo tengan información
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y conocimientos pertinentes para el desarrollo sostenible y los estilos de vida
en armonía con la naturaleza. 12.a Apoyar a los países en desarrollo en el
fortalecimiento de su capacidad científica y tecnológica a fin de avanzar hacia
modalidades de consumo y producción más sostenibles. 12.b Elaborar y
aplicar instrumentos que permitan seguir de cerca los efectos en el desarrollo
sostenible con miras a lograr un turismo sostenible que cree puestos de
trabajo y promueva la cultura y los productos locales
Objetivo 13. Adoptar medidas urgentes para combatir el cambio
climático y sus efectos. Sub Objetivos: 13.1 Fortalecer la resiliencia y la
capacidad de adaptación a los riesgos relacionados con el clima y los
desastres naturales en todos los países. 13.2 Incorporar medidas relativas al
cambio climático en las políticas, estrategias y planes nacionales. 13.3
Mejorar la educación, la sensibilización y la capacidad humana e institucional
en relación con la mitigación del cambio climático, la adaptación a él, la
reducción de sus efectos y la alerta temprana. 13.a Poner en práctica el
compromiso contraído por los países desarrollados que son parte en la
Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático con el
objetivo de movilizar conjuntamente 100.000 millones de dólares anuales
para el año 2020, procedentes de todas las fuentes, a fin de atender a las
necesidades de los países en desarrollo, en el contexto de una labor
significativa de mitigación y de una aplicación transparente, y poner en pleno
funcionamiento el Fondo Verde para el Clima capitalizándolo lo antes posible.
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13.b Promover mecanismos para aumentar la capacidad de planificación y
gestión eficaces en relación con el cambio climático en los países menos
adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo, centrándose en
particular en las mujeres, los jóvenes y las comunidades locales y
marginadas
Objetivo 14. Conservar y utilizar en forma sostenible los océanos, los
mares y los recursos marinos para el desarrollo sostenible. Sub Objetivos:
14.1 Para 2025, prevenir y reducir de manera significativa la contaminación
marina de todo tipo, en particular la contaminación producida por actividades
realizadas en tierra firme, incluidos los detritos marinos y la contaminación
por nutrientes.
Objetivo 15. Gestionar sosteniblemente los bosques, luchar contra la
desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras y detener la
perdida de la biodiversidad. Sub Objetivos: 15.1 Para 2020, velar por la
conservación, el restablecimiento y el uso sostenible de los ecosistemas
terrestres y los ecosistemas interiores de agua dulce y los servicios que
proporcionan, en particular los bosques, los humedales, las montañas y las
zonas áridas, en consonancia con las obligaciones contraídas en virtud de
acuerdos internacionales. 15.5 Adoptar medidas urgentes y significativas
para reducir la degradación de los hábitats naturales, detener la pérdida de la
diversidad biológica y, para 2020, proteger las especies amenazadas y evitar
su extinción. 15.9 Para 2020, integrar los valores de los ecosistemas y la
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diversidad biológica en la planificación nacional y local, los procesos de
desarrollo, las estrategias de reducción de la pobreza y la contabilidad.
Objetivo 16. Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el
desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y crear
instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles. Sub
Objetivos: 16.5 Reducir sustancialmente la corrupción y el soborno en todas
sus formas. 16.6 Crear instituciones eficaces, responsables y transparentes a
todos los niveles. 16.10 Garantizar el acceso público a la información y
proteger las libertades fundamentales, de conformidad con las leyes
nacionales y los acuerdos internacionales.
Objetivo 17. Fortalecer los medios de ejecución y revitalizar la Alianza
Mundial para el Desarrollo Sostenible Finanzas. Sub Objetivos: 17.1
Fortalecer la movilización de recursos internos, incluso mediante la
prestación de apoyo internacional a los países en desarrollo, con el fin de
mejorar la capacidad nacional para recaudar ingresos fiscales y de otra
índole. 17.6 Mejorar la cooperación regional e internacional Norte-Sur, Sur-
Sur y triangular en materia de ciencia, tecnología e innovación y el acceso a
ellas y aumentar el intercambio de conocimientos en condiciones
mutuamente convenidas, entre otras cosas mejorando la coordinación entre
los mecanismos existentes, en particular en el ámbito de las Naciones
Unidas, y mediante un mecanismo mundial de facilitación de la tecnología.
17.7 Promover el desarrollo de tecnologías ecológicamente racionales y su
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transferencia, divulgación y difusión a los países en desarrollo en condiciones
favorables, incluso en condiciones concesionarias y preferenciales, por
mutuo acuerdo. 17.8 Poner en pleno funcionamiento, a más tardar en 2017,
el banco de tecnología y el mecanismo de apoyo a la ciencia, la tecnología y
la innovación para los países menos adelantados y aumentar la utilización de
tecnología instrumental, en particular de la tecnología de la información y las
comunicaciones.17.9 Aumentar el apoyo internacional a la ejecución de
programas de fomento de la capacidad eficaces y con objetivos concretos en
los países en desarrollo a fin de apoyar los planes nacionales orientados a
aplicar todos los Objetivos de Desarrollo Sostenible, incluso mediante la
cooperación Norte-Sur, Sur-Sur y triangular Comercio. 17.10 Promover un
sistema de comercio multilateral universal, basado en normas, abierto, no
discriminatorio y equitativo en el marco de la Organización Mundial del
Comercio, incluso mediante la conclusión de las negociaciones con arreglo a
su Programa de Doha para el Desarrollo. 17.11 Aumentar de manera
significativa las exportaciones de los países en desarrollo, en particular con
miras a duplicar la participación de los países menos adelantados en las
exportaciones mundiales para 2020. 17.16 Fortalecer la Alianza Mundial para
el Desarrollo Sostenible, complementada por alianzas entre múltiples
interesados que movilicen y promuevan el intercambio de conocimientos,
capacidad técnica, tecnología y recursos financieros, a fin de apoyar el logro
de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en todos los países, en particular
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los países en desarrollo. 17.17 Alentar y promover la constitución de alianzas
eficaces en las esferas pública, público-privada y de la sociedad civil,
aprovechando la experiencia y las estrategias de obtención de recursos de
las asociaciones. 17.19 Para 2030, aprovechar las iniciativas existentes para
elaborar indicadores que permitan medir progresos logrados en materia de
desarrollo sostenible y que complementen los utilizados para medir el
producto interno bruto, y apoyar el fomento de la capacidad estadística en los
países en desarrollo.
3.5. Normas ISO 14001 – 50001 - 9001
Según el texto, ISO 14001:2015, las Normas Internacionales sobre
gestión ambiental tienen como finalidad proporcionar a las organizaciones los
elementos de un sistema de gestión ambiental (SGA) eficaz que puedan ser
integrados con otros requisitos de gestión, y para ayudar a las
organizaciones a lograr metas ambientales y económicas. Estas normas, al
igual que otras Normas Internacionales, no tienen como fin ser usadas para
crear barreras comerciales no arancelarias, o para incrementar o cambiar las
obligaciones legales de una organización.
Por su parte la Norma Internacional ISO 50001:2011, especifica los
requisitos para establecer, implementar, mantener y mejorar un sistema de
gestión de la energía, cuyo propósito es permitir a una organización seguir un
enfoque sistemático para lograr la mejora continua del rendimiento
energético, incluyendo eficiencia energética, consumo de energía y consumo.
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Se basa en el marco de mejora continua del Plan - Do - Check - Act (PDCA)
e incorpora la gestión de la energía en las prácticas organizacionales
cotidianas.
Aunado a estas, la Norma Internacional ISO 9001:2015, se basa en una
serie de principios de gestión de la calidad que incluyen un fuerte enfoque en
el cliente, la motivación y la implicación de la alta dirección, el enfoque de
proceso y la mejora continua. El uso de ISO 9001: 2015 ayuda a asegurar
que los clientes obtengan productos y servicios consistentes y de buena
calidad, lo que a su vez trae consigo muchos beneficios empresariales.
Las normativas aplican para las empresas u organizaciones, pocos son
los países abocados a implementar normas y leyes para dar el manejo
apropiado a los residuos producidos a diario en los hogares, siendo en el
mejor de los casos llevados a vertederos a cielo abierto donde el impacto
ambiental es alto, en otros casos donde el servicio de aseo urbano es menos
eficiente o no existe, se dispone o se arroja la basura a ríos, lagos, mares,
campos, contaminando estos medios y por ende a la flora y fauna que habita
en ellos, ocasionando daños en su mayoría irreversibles. Sin embargo, los
municipios pueden adaptarse a estas normas, para orientar procesos de
aplicación de reciclaje de residuos domésticos y producción de energía
sostenible.
3.6. Ordenanza para la convivencia ciudadana en espacios públicos y
privados en el Municipio Maracaibo. Presentado por el Consejo
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Municipal de Maracaibo. (2010).
Fomentando una ciudad segura, limpia, con desarrollo urbano
equilibrado, y en general la cultura de la paz, la armonía, la prevención del
delito, la resolución de conflictos, el mejoramiento del medio ambiente, el
sentido de pertenencia de cada ciudadano y ciudadana. Resalta la máxima
del Derecho, que indica: El ejercicio de los derechos personales tiene como
límite el derecho de los demás, que se constituye en la idea base de la
convivencia ciudadana y tiene como génesis el respeto al otro para que todos
vivan en armonía. La ordenanza la conforman, Títulos (I al VIII), que
contienen 50 artículos, de los que se extraerán los inherentes al manejo de
los residuos y el medio ambiente:
Título I. Disposiciones generales
Capítulo I. Del objeto, definiciones básicas funcionarios y funcionarias
encargados de su cumplimiento
Objeto:
Artículo 1.- El objeto de la presente ordenanza es regular y consolidar
las bases de la convivencia ciudadana, entendida ésta como el
comportamiento cívico y el respeto a la vida colectiva pacífica, a los derechos
y deberes de los ciudadanos y ciudadanas en su relación mutua y en su
interrelación con los espacios públicos y privados del Municipio Maracaibo
bajo los principios constitucionales de igualdad de derechos, libertad, paz,
orden público, solidaridad, responsabilidad social, seguridad y respeto.
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Definiciones básicas:
Artículo 2.- A los efectos de facilitar la lectura e interpretación de los
términos contenidos en la presente Ordenanza, a las expresiones contenidas
en la misma se les atribuirá el sentido que aparece evidente del significado
de las palabras a excepción de las que seguidamente se definen:
Espacios públicos: para los efectos de la presente ordenanza se consideran
espacios públicos, vialidad pública, campos abiertos, plazas, centros de
esparcimiento, que pertenecen a las diferentes instancias de gobierno, entre
otros.
Espacios privados: para los efectos de la presente ordenanza se
consideran espacios privados las áreas comunes residenciales (canchas
deportivas, pasillos y caminerías de conjuntos residenciales, parques
infantiles y áreas verdes, salas de fiestas, reuniones, sanitarias comunes,
entre otros)
Orden Público: es un límite a la autonomía de la voluntad que prohíbe la
realización de cualquier acto o conductas que resulten contrarias a los
intereses colectivos de una comunidad, y a los principios y reglas de
Derecho.
Responsabilidad Social: Es el principio respecto al cual los ciudadanos
son conscientes de que al ser miembros de una comunidad están
conscientes de que el resultado de sus acciones u omisiones podrían
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generar un impacto negativo o positivo en su comunidad, por lo cual
asumirán su rol protagónico a favor de los intereses de la comunidad.
Contraloría Social: Consiste en el principio basado en la idea de que
toda persona podrá ejercer labores de control del desempeño y gestión de
los asuntos públicos y de los privados que tengan relación con la
administración de los bienes colectivos.
Responsabilidad Social Empresarial: Se refiere a la responsabilidad
social de las empresas, materializada en la contribución activa y voluntaria a
favor del mejoramiento social, económico o ambiental del entorno.
Seguridad: es el conjunto de medidas y acciones que se aceptan para
proteger a los ciudadanos y ciudadanas ante determinados riesgos que
podrían presentarse en la comunidad.
Convivencia Ciudadana: Es la capacidad de cada ciudadano o
ciudadana para vivir en respeto mutuo con el otro, bajo el cumplimiento de
las normas básicas. Es la cualidad que posee el conjunto de relaciones
cotidianas entre los miembros de una sociedad cuando se han armonizado
los intereses individuales con los colectivos, y por tanto, cuando los conflictos
se desenvuelven o solucionan de manera constructiva.
Ruidos Molestos: cualquier sonido producido en ambientes interiores o
exteriores que origine molestias debidamente comprobadas, riesgos para la
salud o perjuicio de los bienes, los recursos naturales y el ambiente en
general.
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Trabajos Comunitarios: son aquellos que realizan los ciudadanos y
ciudadanas en beneficio de su ciudad, trayendo consigo una mejora
sustancial de su calidad de vida y medio ambiente, se encuentran
destinados al mejoramiento del ornato y medio ambiente de los lugares
públicos y privados, entre los trabajos comunitarios podemos citar: arreglo de
canchas, pintura y ornato, reforestación, entre otros, en la categoría de
trabajos comunitarios podemos incluir, programas de concientización y
educación ciudadana que a tal efecto dicten los órganos municipales
competentes.
Ámbito de Aplicación.
Artículo 3.- La presente ordenanza se aplicará en la Jurisdicción del
Municipio Maracaibo, en toda su extensión territorial, y quedan obligadas a
su cumplimiento las personas naturales y jurídicas con independencia del
ámbito jurídico-administrativo del lugar donde tengan su domicilio.
Funcionarios y Funcionarias Competentes.
Artículo 4.- Son competentes para hacer cumplir la presente ordenanza
y/o aplicar las sanciones previstas en ella, dentro del ámbito de sus
atribuciones legales y en el marco de sus respectivas competencias
atribuidas en la Constitución y Leyes de la República Bolivariana de
Venezuela:
1. El Alcalde o Alcaldesa del Municipio Maracaibo.
2. Los Concejales.
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3. Los Entes que conforman el Sistema Integral de Protección del Niño,
Niña y del Adolescente.
4. Los funcionarios o funcionarias investidos de autoridad pública del
Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio Maracaibo y
Protección Civil del Municipio Maracaibo.
5. Los funcionarios o funcionarias investidos de autoridad pública de los
órganos y entes encargados de la Vigilancia Vial del Municipio
Maracaibo en las materias relacionadas con la libre circulación del
tránsito y uso adecuado de las vías públicas.
6. Los Jueces y Juezas de Paz dentro del ámbito de su competencia.
7. Servicio Autónomo Municipal de Administración Tributaria (Samat).
8. Cualquier otra autoridad que sea autorizada por la presente
ordenanza o instrumentos normativos vigentes.
Los funcionarios y funcionarias señalados se encuentran en la
obligación de cumplir y hacer cumplir las disposiciones contenidas en la
presente ordenanza y ejecutar las acciones pertinentes para su
cumplimiento, sin necesidad de previa denuncia o comunicación, bien sea
individual o de la comunidad ante las infracciones a las normas de
convivencia ciudadana, so pena de la aplicación de sanciones
administrativas, disciplinarias, penales o civiles a que hubiere lugar.
Todo ciudadano tendrá la responsabilidad de comunicar a los
funcionarios y funcionarias competentes las infracciones de que tuviera
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conocimiento.
La Alcaldía del Municipio Maracaibo y las Juntas Parroquiales, así como
la Contraloría Municipal, orientarán y fomentarán la participación ciudadana,
a través de los espacios de participación destinados para ello, a los fines de
lograr una convivencia armónica en las comunidades.
Medios de Participación.
Artículo 6.- Para la consecución de los fines previstos en la presente
ordenanza, se consideran espacios de participación, las Asambleas de
Ciudadanos y Ciudadanas, el Consejo Local de Planificación de Políticas
Públicas, las Juntas Parroquiales, los Consejos Comunales, las Asociaciones
de Vecinos, Juntas de Condominio, Asociaciones Civiles de Conjuntos
Residenciales; sin menoscabo a la legitimidad de otras formas de
participación comunitaria, de conformidad a los principios establecidos en la
Constitución, Leyes de la República y demás Ordenanzas.
Título III. Conductas de convivencia ciudadana.
Capítulo I. De las conductas de convivencia ciudadana
3. Todos los habitantes y transeúntes del Municipio Maracaibo, están
obligados a generar una conducta encaminada al mantenimiento y
defensa del patrimonio municipal, evitando el deterioro de los espacios
públicos y privados de la Jurisdicción del Municipio Maracaibo, ya sea
impidiendo la realización de daños o denunciándolo ante la autoridad
competente.
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7. No se permite escupir, ni lanzar papeles u otros objetos en la vía
pública y dentro de las unidades de uso público.
Título IV. Infracciones.
Capítulo I. De los infractores
Infractores
Artículo 10.- Se consideran infractores todas las personas que en
jurisdicción del Municipio Maracaibo, estén domiciliadas o no en la extensión
territorial de este Municipio, incurran en las faltas establecidas en la presente
ordenanza, vulnerando los principios de convivencia ciudadana citados en el
artículo 1.
Niños y niñas y adolescentes
Artículo 11.- En caso de que los niños o niñas incurran en las
infracciones contempladas en esta Ordenanza, la sanción recaerá sobre los
padres, tutores, guardadores o responsables que tengan la custodia legal y
conforme a las previsiones contenidas en la Ley Orgánica para la Protección
de los Niños, Niñas y Adolescentes.
En el caso de los adolescentes que hayan cometido algún tipo de
infracción contraria a las conductas de convivencia ciudadana, serán
remitidos a los programas de concientización y educación ciudadana,
debidamente acompañados de sus padres, tutores o responsables, los
cuales serán dictados por Consejo Municipal de Derechos de niñas, niños y
Adolescentes.
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Título V. Infracciones por conducta contrarias a la convivencia ciudadana.
Capítulo II. De las infracciones por arrojar objetos o líquidos contra
personas o bienes
Arrojar Objetos o Líquidos Contra Personas o Bienes.
Artículo 13.- Serán sancionados los ciudadanos o ciudadanas que
arrojen cualquier tipo de objetos o sustancias, aún sin causar daño o lesión a
personas o bienes públicos o privados. En el caso de actos públicos
previamente autorizados, deberán realizarse con las debidas precauciones y
bajo la supervisión estricta de las autoridades competentes y de los
responsables de dichos eventos.
Capítulo X. De las infracciones concernientes a los funcionarios y
funcionarias públicos
Infracciones Referentes a las Competencias de los Funcionarios y
Funcionarias Públicos Responsables de garantizar el cabal cumplimiento de
las disposiciones contenidas en la presente ordenanza.
Artículo 26.- Sin menoscabo de las disposiciones establecidas en las
Leyes de la República, serán sancionados los Funcionarios y Funcionarias
que incurran en las siguientes conductas:
1. Nieguen su colaboración en el cumplimiento de la presente ordenanza.
2. Abusen de su autoridad en nombre de la ley a los efectos de aplicar
las disposiciones establecidas en la presente Ordenanza.
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3. Pidan contraprestación de servicios en la aplicación de las
disposiciones contenidas en la presente Ordenanza.
Capítulo XI. De las infracciones concernientes a las empresas
prestadoras de servicios públicos y contratistas
Infracciones Concernientes a la Inadecuada Prestación de Servicio por Parte
de las Empresas y Contratistas:
Artículo 27.- Serán objeto de sanción las empresas prestadoras de
servicios públicos y contratistas que incurran en las siguientes conductas:
1. Abandonen materiales en la vía pública obstaculizando el paso
peatonal y vehicular sin la debida señalización y previsión.
2. Realicen trabajos en la vía pública sin la debida autorización.
3. Arrojen en la vía o espacios públicos, residuos y desechos sólidos o
líquidos en su proceso de recolección y transporte.
Capítulo XII. De las infracciones por daños ocasionados a bienes
públicos o privados e inadecuado uso de las instalaciones
Deterioro de Instalaciones de Uso Público y Privado.
Artículo 28.- Serán sancionados los ciudadanos y las ciudadanas que
deterioren objetos y materiales de uso común y demás instalaciones de
recreación y esparcimiento, conformadas por el patrimonio vegetal, parques,
jardines, plazas, estatuas; ornatos públicos y privados e infraestructuras de
servicio público (escuelas, centros de salud, centros culturales y canchas
deportivas).
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Deterioro de Fachadas e Instalaciones de Uso Público o Privado.
Artículo 30.- Serán sancionados los ciudadanos y las ciudadanas que
ensucien las fachadas de los edificios, tanto públicos como privados; así
como, el mobiliario urbano existente en la vía pública y dentro de las
instalaciones.
Colocación de Afiches y Deterioro de Paredes Públicas y Privadas.
Artículo 31.- Serán sancionados los ciudadanos y las ciudadanas que
sin la debida autorización de la ley, coloquen afiches o propaganda en
paredes públicas o privadas, plazas, arbolado público o señalizaciones
municipales. Asimismo, serán objeto de sanción quienes deterioren,
manchen, ensucien y rayen paredes públicas o privadas y los que
aprovechándose de marchas o manifestaciones aún sin participar en ellas,
realicen la conducta prohibida en el presente artículo.
Título VI. Educación ciudadana
Capítulo I. De los programas de concientización y educación ciudadana
Definición de Programas de Concientización y Educación Ciudadana.
Artículo 32.- A los efectos del objeto contemplado en el artículo 1 de la
presente Ordenanza, se entiende como Programa de Concientización y
Educación Ciudadana, la estrategia de difusión y formación de valores de
convivencia colectiva, destinados a personas naturales o jurídicas, a través
de charlas, talleres y foros que orienten el comportamiento de los ciudadanos
y ciudadanas en la vida social, de forma tal de contribuir a elevar su nivel de
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civismo de los ciudadanos estos estarán a cargo del Instituto Municipal
capacitación y educación ciudadana.
Espacios de Difusión.
Artículo 33.- Los Programas de Concientización y Educación Ciudadana
podrán dictarse en las Instituciones Educativas, públicas o privadas y en
lugares de afluencia masiva, de las distintas jurisdicciones que compete al
Municipio Maracaibo, pudiendo emplearse los medios de comunicación en
sus diversas modalidades.
Participación de las Comunidades.
Artículo 34.- Los miembros de la comunidad podrán participar de
manera individual o asociadas, en los programas educativos de carácter
preventivo y duración periódica; así como en las charlas correctivas de
duración limitada, previa capacitación por parte de los funcionarios y
funcionarias, y profesionales competentes para asumir las actividades de
formación cívica.
Participación de las Empresas.
Artículo 35.- Las Empresas podrán realizar alianzas estratégicas con la
Alcaldía de Maracaibo, para la recuperación de los espacios Públicos del
Municipio Maracaibo junto con la comunidad poniendo en práctica los
principios de pertenencia y participación por parte de estas y la
Responsabilidad Social Empresarial por parte de las Empresas a fin de
armonizar y mejorar nuestro medio ambiente.
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Título VII. Sanciones
Capítulo I. De las sanciones por concepto de infracciones, rangos de las
multas, procedimientos administrativos para su aplicación, y recaudación de
las multas de la Alcaldía del Municipio Maracaibo
Infracciones Leves.
Artículo 36.- Se consideran Infracciones Leves, aquellas que vulneran
los principios de convivencia ciudadana contenidas en el artículo 1 de la
presente Ordenanza, sin que ello implique un alto riesgo a la integridad física,
psicológica y patrimonial de los particulares. Las infracciones leves pueden
generar daños reparables o reversibles al patrimonio público y privado,
dentro de los límites territoriales del Municipio Maracaibo, estas infracciones
tendrán una multa establecida en 5 U.T o 12 horas de trabajo comunitario.
Infracciones Graves.
Artículo 37.- Se consideran infracciones graves aquellas que vulneren
los principios de Convivencia Ciudadana contenidos en al artículo 1 de la
presente Ordenanza, implicando un alto riesgo a la integridad física,
psicológica y patrimonial de los particulares. Igualmente son consideradas
infracciones graves aquellas que generen daños graves o irreversibles al
patrimonio público y privado, dentro de los límites territoriales del Municipio
Maracaibo.
Para la presente ordenanza, quedan determinadas como infracciones
graves, las previstas en los artículos 11, 12, 13, 14, 18, 19, 22, 23, 24, 27, 30
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y 31, estas infracciones tendrán una multa establecida en 10 U.T o 24 horas
de trabajo comunitario.
Procedimiento para la aplicación de la sanción.
Artículo 41.- El funcionario competente que tenga conocimiento de la
comisión de una de las infracciones establecidas en esta Ordenanza, estará
obligado a poner en práctica el siguiente procedimiento de multa:
Procedimiento en Caso de Flagrancia.
1. Notificará del inicio del procedimiento en el lugar de comisión de la
falta al infractor de los hechos y las consecuencias que acarrea la falta
cometida, para que éste alegue lo conducente a su defensa en el
lapso de 15 días hábiles para promover y evacuar las pruebas que a
bien tenga en su defensa; de no desvirtuarse el hecho, impondrá la
multa e informará el procedimiento a seguir para la cancelación de la
misma y el recurso de impugnación a interponer ante el Servicio
Autónomo de Administración Tributaria del Municipio Maracaibo,
dejándose constancia de todo ello por escrito.
2. En caso de que la falta sea cometida en un espacio privado, deberá
mediar una denuncia previa del presunto hecho por la parte afectada,
ante la autoridad correspondiente según el artículo 4 de la presente
ordenanza.
3. Para la imposición de la multa, el funcionario actuante deberá cumplir
con todas las exigencias del formato de multa, el cual contendrá:
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lugar, fecha y hora, nombres, apellidos y datos de identificación tanto
del infractor como del funcionario actuante, señalando la dependencia
administrativa al cual este último este adscrito; categoría de infracción
y descripción de los hechos so pena de sanción disciplinaria. Las
planillas de multas impuestas tienen el carácter de títulos ejecutivos.
4. Una vez impuesta la multa, aceptada o no por el infractor, el
funcionario actuante enviará la multa en original al Servicio Autónomo
Administración Tributaria del Municipio Maracaibo.
5. En caso de negarse el infractor a suscribir la multa, el funcionario
actuante en presencia de dos testigos debidamente identificados,
dejará constancia de tal situación.
6. El funcionario actuante, queda facultado para determinar la cantidad a
cancelar por parte del infractor, por efecto de la falta cometida,
calculando el valor de la multa, de conformidad a lo establecido en los
artículos 35 y 36.
7. Servicio Autónomo Administración Tributaria del Municipio Maracaibo,
está en la obligación de recibir la multa impuesta por el funcionario
actuante e incluirla en la base de datos que se llevará en ese
organismo.
8. En caso que medie recurso de reconsideración, el Servicio Autónomo
Administración Tributaria del Municipio Maracaibo, quedará facultado
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para revocar, modificar o confirmar la multa. Esta decisión deberá
estar debidamente motivada y notificada al infractor.
9. El recurso de reconsideración constituye el ejercicio de derecho a la
defensa, el cual deberá ejercerse dentro de los quince (15) días
hábiles siguientes a la imposición de la multa, pudiendo el infractor
esgrimir los hechos y el derecho que le asiste, debiendo el órgano
competente, según sea el ámbito territorial aplicable, decidir el recurso
de impugnación dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de
haberlo recibido.
10. El órgano competente, que durante el lapso para decidir el recurso de
reconsideración, incurriese en el silencio administrativo por no haber
decidido dentro del lapso, se considerará que ha decidido a favor del
infractor y en consecuencia la multa impuesta queda abrogada.
11. Si el infractor dentro del lapso de quince (15) días hábiles, no
cumpliese con su obligación del pago de la multa y no hubiese
ejercido el recurso de reconsideración, vencido el plazo indicado, se
causarán intereses moratorios desde la fecha de exigibilidad del pago,
hasta la extinción de la deuda.
12. El Servicio Autónomo Administración Tributaria del Municipio
Maracaibo intentará a través del órgano competente, el juicio ejecutivo
correspondiente para hacer efectivo el pago, para lo cual se seguirá el
procedimiento especial previsto en el Código de Procedimiento Civil.
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13. Contra la decisión del Servicio Autónomo Administración Tributaria
del Municipio Maracaibo, el interesado podrá ejercer el Recurso
Jerárquico ante el Alcalde o Alcaldesa, en un lapso de quince (15)
días hábiles, a partir de su notificación.
Procedimiento en caso de denuncia.
Artículo 42.- Los funcionarios o funcionarias a que se refiere el artículo
4 de la presente Ordenanza, ante quien se denuncie la comisión de alguna
infracción, librará boleta de citación para que se lleve a efecto un acto
conciliatorio, al tercer día hábil siguiente que conste la citación del
denunciado, entendiéndose que el denunciante está debidamente citado. En
caso de haberse cometido la infracción y no llegase a una conciliación entre
las partes, el funcionario competente impondrá la multa y se seguirá en lo
adelante, por lo dispuesto en el procedimiento en caso de flagrancia. Si las
partes llegaren a la conciliación amistosa se subscribirá un acta que
contendrá los datos de identificación de las partes, domicilio, infracción y el
acuerdo voluntario entre las partes, debiendo el infractor cumplir con lo
convenido en un plazo que no excederá de un lapso de cinco (5) días
hábiles, salvo cualquier otra estipulación entre las partes. Lo no previsto en la
presente ordenanza se regirá por lo contemplado en el ordenamiento jurídico
vigente.
Definición de trabajos comunitarios.
Artículo 45.- A los efectos de la presente ordenanza, se entiende por
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trabajos comunitarios, aquellos que, como retribución a una infracción en
perjuicio de la recta convivencia ciudadana, se encuentran destinados al
mejoramiento del ornato y medio ambiente de los lugares públicos.
Enumeración de los trabajos comunitarios.
Artículo 46.- Son trabajos comunitarios:
a. La limpieza, pintura y/o restauración de escuelas y demás centros
educativos de carácter público de la parroquia donde se haya
cometido la infracción,
b. La limpieza, pintura y/o restauración de plazas y lugares públicos de la
parroquia donde se haya cometido la infracción,
c. La limpieza, pintura y/o restauración de los centros de salud de la
parroquia donde se haya cometido la infracción,
d. La limpieza, pintura y/o restauración de las sedes de los organismos
de los cuales dependen los funcionarios encargados de hacer cumplir
la presente ordenanza, señalados en el artículo 4, tales como, la sede
de la Alcaldía del Municipio Maracaibo y, las sedes las sedes de la
policía Municipal de Maracaibo.
e. La colaboración laboral en los demás organismos dependientes de la
Alcaldía del Municipio Maracaibo.
f. La realización de actividades docentes en los centros educativos de la
colectividad, dependiendo del grado de instrucción y profesión del
infractor.
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g. Programas de concientización y educación ciudadana tales como
cursos, charlas que a tal efecto dicten los órganos municipales
competentes.
h. Cualquier otro, que a juicio de la autoridad correspondiente, pueda
contribuir con el ornato, buen mantenimiento y orden social del
Municipio.
Aplicación de los Trabajos Comunitarios.
Artículo 47. Se aplicarán los trabajos comunitarios establecidos en el
artículo anterior en los casos en que los infractores no puedan cancelar las
multas establecidas en la presente ordenanza, así como en las previsiones
del artículo 38, referentes a la reiteración en la realización de las conductas
prohibidas.
Título VIII. Disposiciones transitorias, finales y derogatorias
Capítulo I. De las disposiciones finales
Difusión de la presente Ordenanza.
Artículo 48.- La Alcaldía del Municipio Maracaibo está obligada a dar
cabal conocimiento del contenido de la presente Ordenanza, como acción
preventiva a potenciales infracciones, haciendo uso de los medios de difusión
necesarios para la difusión cívica periódica, coordinando acciones con los
funcionarios o funcionarias citados en el artículo 4, la comunidad organizada
y las instituciones públicas y privadas capacitadas para promover en la
población conductas correctas de convivencia ciudadana; así mismo el
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Instituto Municipal de capacitación y educación ciudadana, será la
responsable de planificar, coordinar y ejecutar el Plan Municipal de
Convivencia Ciudadana, que a tales fines elabore el Instituto Municipal
capacitación y educación ciudadana, con el apoyo de las instituciones
competentes y la sociedad civil organizada.
Coordinación Entre Diversos Organismos Municipales y vecinales.
Artículo 49.- A los efectos de la aplicación de la presente Ordenanza,
deberán establecerse mecanismos de coordinación y colaboración con cada
uno de los organismos y entes que integran el Municipio Maracaibo.
Asimismo, actuará coordinadamente dentro de la jurisdicción del Municipio
Maracaibo, las Juntas Parroquiales, el Consejo Local de Planificación
Pública, los Consejos Comunales, las Asociaciones de Vecinos, Juntas de
Condominio, sin menoscabo de otras instancias de participación comunitaria
contempladas en la Constitución y las Leyes de la República.
3.7. Planificación e implantación de un programa de reciclaje
Lund, H (1996), en el Capítulo 29, desarrollado por Jones T., quien
expresa que en la implantación de un programa de reciclaje se necesita
experiencia en mercados de materias primas, ingeniería, finanzas públicas,
leyes ambientales y muchas otras cosas. Dentro de un programa de reciclaje,
se deben considerar: 1.-) La planificación, 2.-) El personal y 3.-) El
financiamiento.
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1.-) Planificar contribuye a realizar actividades económicamente
factibles, de forma eficaz, considerando el apego a las normas de calidad,
normas de seguridad, normas ambientales, leyes, bienestar y calidad de
vida; jerarquizando alternativas correspondientes a una visualización de
ideas, que se podrán llevar a cabo en periodos de tiempo estimados, entre
los cuales se debe hacer control y seguimiento al cumplimiento o avance de
cada actividad por separado y en conjunto. Como resultado, para este caso
en particular, se obtiene un programa o modelo de trabajo de reciclaje de
residuos, que puede ser transmitido de forma eficiente y entendible a
trabajadores, ciudadanos y comunidades, tomando en cuenta la
disponibilidad de recursos y las limitantes que pudiesen impactar el
desarrollo o ejecución de los proyectos.
2.-) El personal en función del plan, cumple un rol importante en la
ejecución de todas las actividades de reciclaje, debe ser adiestrado e
involucrarse en todo el proceso, muchas veces se requiere de líderes que
gestionen la información y conozcan sobre el aspecto económico del
reciclaje, por otra parte, cuando un equipo de trabajo se inicia en el ámbito
del reciclaje, son requeridos asesores o expertos en la materia. En muchas
ocasiones el trabajo voluntario es de gran ayuda y permite involucrar a las
comunidades, empresas, escuelas, colegios y universidades.
3.-) El financiamiento se puede lograr a través de entidades bancarias,
organizaciones, o realizarlo con subvenciones por parte del sector público, en
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este último caso depende de la capacidad o respaldo económico que le sea
asignado para tal fin.
3.8. Teoría pura del derecho, Kelsen H, (2011), plantea la separación de la
ciencia jurídica y de la política, trayendo consecuencias y oposición a su
aplicación, puesto que se considera que significa un peligro para el Estado y
su derecho desde las diferentes corrientes políticas conocidas, inclusive de
algunas religiosas. Su esperanza se baso en que el número de aquellos que
prefieren el espíritu a la fuerza sea mucho más elevado de lo que en la
actualidad (Ginegra, 1934) parece. Al referirse a la sociedad, define, es un
orden que regula la conducta de los hombres, se rige a partir de normas
“puestas” o creadas por actos cumplidos en el espacio y en el tiempo:
costumbres seguidas por los miembros de una comunidad, órdenes de un
profeta, actos de un legislador. Al desviarse de la norma jurídica se incurre
en un acto ilícito, cuya consecuencia es una sanción, está relación que
ocurre recibe el nombre de Zurechnung, que en español corresponde a
imputación, puesto que la sanción es imputada al acto ilícito, suponiendo que
el autor del acto es responsable de su conducta. Por otra parte, recordando
que los hombres viven en sociedad y que la noción del bien y del mal nace
de su espíritu, se maneja el principio de la retribución, que considera: “Si un
individuo actúa bien, debe ser recompensado, si actúa mal, debe ser
penado”.
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Figura 7: Pirámide de Hans Kelsen propuesta para el Ordenamiento Jurídico Ambiental y de Energía para el Municipio Maracaibo. Adaptado por: Muñoz 2017.
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Cuadro 2. HOLOGRAMA DE LA INVESTIGACIÓN
Elaboración propia
Propósitos Específicos Evento Sinergias Indicios
1. Indagar la legislación actual del manejo de los residuos domésticos en Venezuela.
Reciclaje de residuos domésticos
como solución
ambiental
Políticas publicas
Constitución
Plan de la Patria
Ordenanza Municipal
UNESCO Objetivos de desarrollo sostenible (ODS)
2.- Describir el manejo actual de los residuos domésticos en el Municipio Maracaibo.
Ciclo de la basura
Producción
Segregación
Recolección
Distribución para reciclaje
Disposición Final
3.- Caracterizar los tipos de residuos domésticos en la comunidad del Municipio Maracaibo.
Actores
Ciudadano
Municipio
Ministerio del Ambiente
4.- Establecer las estrategias para la concientización de la población en el manejo de residuos domésticos.
Organismos de apoyo
Públicos
Privados.
5.- Diseñar un modelo municipal de reciclaje doméstico como solución ambiental en el Municipio Maracaibo.
Es el producto del resultado obtenido y de la confrontación de los autores señalados en el marco conceptual de la investigación