Guía breve de Extranjería y Laboral

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    EXTRANJERAy LABORAL

    GUAbreve

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    Dpto. Migraciones Confederal UGTInstituto Sindical de Cooperacin al Desarrollo (ISCOD)

    Edicin a cargo de CYAN, Proyectos y Producciones Editoriales, S.A.

    Este material ha sido editado para ser distribuido. La intencin del editor es que sea uti-lizado lo ms ampliamente posible, que sean adquiridos originales para permitir la edi-cin de otros nuevos y que, de reproducir partes, se haga constar el ttulo y la autora.

    La impresin de este libro se ha realizado sobre papel ecolgico.

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    Contenido:

    I. Derechos y deberesde los extranjeros en Espaa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5

    II. Migracin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .15

    III. Laboral . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .40

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    I. Derechos y deberesde los extranjerosen Espaa

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    I. Derechos y deberes de losextranjeros en Espaa

    Derecho a la documentacin Derecho a la libertad de circulacin

    Participacin pblica Libertades de reunin y asociacin Derecho a la educacin Derecho al trabajo y a la Seguridad Social Libertad de sindicacin y de huelga Asistencia sanitaria Derecho en materia de ayudas de vivienda Derecho a Seguridad Social y a los servicios

    sociales

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    Como extranjero tienes en Espaa los derechos y debe-res reconocidos por la Constitucin espaola de 1978 enlos trminos establecidos por los tratados internaciona-les y la Ley de Extranjera.

    Pero estos derechos dependen de tu situacin adminis-trativa, es decir, si eres titular o no de una autorizacinpara residir en Espaa. Por ello, en esta gua vamos aproceder a realizar esta distincin de derechos, citando

    algunos de ellos:

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    Derecho a la documentacin

    Al mismo tiempo es el derecho y la obligacin de con-servar la documentacin que acredite tu identidad y quete haya sido expedida por las autoridades de tu pas deorigen, de tu pas de procedencia o, en su caso, la queacredite tu situacin en Espaa.

    Derecho a la libertad de circulacin

    Si tu situacin administrativa es regular, es decir, si tie-nes autorizacin de estancia y/o residencia, tendrsderecho a circular libremente por el territorio espaol y aelegir residencia sin ms limitaciones que las estableci-das por los tratados, las leyes o las acordadas por la auto-ridad judicial.

    Participacin pblica

    Significa que si tienes una autorizacin de residenciapuedes votar en las elecciones municipales en Espaa(las elecciones municipales son aquellas en las que seelige a los representantes de los ayuntamientos espao-

    les, es decir, al alcalde y concejales). Pero este derecho

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    est condicionado a criterios de reciprocidad, es decir, si

    a los espaoles se les reconoce en tu pas de origen estederecho de participacin (Art. 6 de la LO 4/2000, enredaccin dada por la LO 8/2000).

    (El empadronamiento en un municipio espaol permite

    ejercer una serie de derechos a los extranjeros en situa-

    cin administrativa irregular. Ahora bien, el empadrona-

    miento no da lugar o no implica la obtencin de unasituacin administrativa regular, la cual se obtendr por

    los trmites que se establecen en esta gua.)

    Libertades de reunin y asociacin

    Slo podrs ejercer estos derechos si tienes una autori-zacin de estancia o de residencia en Espaa.

    Derecho a la educacin

    En el supuesto de ser extranjero menor de dieciochoaos, se tiene derecho a la enseanza bsica, gratuita yobligatoria. Este derecho abarca el acceso a dicha ense-anza, a la obtencin del ttulo correspondiente y a las

    becas y ayudas pblicas.

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    Slo en el caso de estar en una situacin administrativa

    regular tendrs derecho a la educacin no obligatoria, esdecir, a la educacin de grado medio o superior, en lasmismas condiciones que los espaoles.

    Derecho al trabajo y a la SeguridadSocial

    Recuerda que para trabajar en Espaa es necesario sermayor de 16 aos y obtener una autorizacin de resi-dencia y trabajo. Una vez obtenida la autorizacin de resi-dencia y trabajo, cuyos trmites se establecen en estagua, y para lo que es necesario un contrato de trabajo,se proceder a la afiliacin en la Seguridad Social espa-ola.

    Libertad de sindicacin y de huelga

    Cuando obtengas una autorizacin de estancia o unaautorizacin de residencia en Espaa podrs afiliarte a unsindicato o a una organizacin profesional, asimismo, siests autorizado para trabajar, es decir, si posees unaautorizacin de residencia y trabajo, podrs ejercer elderecho de huelga.

    Asistencia sanitaria

    Se distingue entre:

    Situacin administrativa regular, es decir, extranjerosautorizados a residir en Espaa, tienen derecho a la asis-tencia sanitaria en igualdad de condiciones que losespaoles.

    Situacin administrativa irregular, en Espaa:Los extranjeros en situacin administrativa irregular o ex-tranjeros sin recursos que no tienen derecho a la pres-tacin sanitaria de Seguridad Social, pero empadronados

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    en un municipio, tienen derecho a la asistencia sanita-

    ria en las mismas condiciones que los espaoles.

    En cualquier caso, tienen derecho a la asistencia sanita-ria pblica de urgencia y a la continuidad de dicha aten-cin hasta la situacin de alta mdica.

    Si el extranjero es menor de dieciocho aos tiene dere-

    cho a la asistencia sanitaria en las mismas condicionesque los espaoles.

    Las extranjeras embarazadas que se encuentren enEspaa tendrn derecho a la asistencia sanitaria duranteel embarazo, parto y postparto.

    Derecho en materia de vivienda

    Para acceder al sistema pblico de ayudas en materia devivienda en las mismas condiciones que los espaoles,tienes que estar autorizado para residir en Espaa.

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    Derecho a Seguridad Social

    y a los servicios socialesSi eres extranjero residente (es decir, con situacin admi-nistrativa regular) tendrs derecho a acceder a las pres-taciones y servicios de la Seguridad Social y derecho alos servicios y a las prestaciones sociales, tanto a losgenerales y bsicos como a los especficos, en las mis-

    mas condiciones que los espaoles.

    Cualquiera que sea tu situacin administrativa, regular oirregular, tendrs derecho a los servicios y prestacionessociales bsicas.

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    Otro derecho en Espaa es la posibilidad de transferir los

    ingresos y ahorros obtenidos en Espaa a tu pas, o cual-quier otro.

    En el mbito laboral, los titulares de una autorizacin deresidencia y trabajo tienen los mismos derechos que lostrabajadores espaoles con algunas excepciones, enfuncin del tipo de autorizacin. A estos derechos labo-

    rales nos referiremos en el apartado correspondiente a lamateria laboral de esta gua.

    Pero no slo se tienen derechos, tambin hay obligacio-nes. Por ejemplo, estar sujeto en Espaa, con carctergeneral, a los mismos impuestos que los espaoles.

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    II. Migracin

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    II. Migracin

    Entrada en Espaa Situaciones de los extranjeros en Espaa

    Estancia

    ResidenciaResidencia temporalResidencia temporal por reagrupacin

    familiar

    Residencia temporal y trabajoRgimen general

    Contingente

    Residencia temporal y trabajo por cuenta

    ajena de duracin determinada

    El trabajo por cuenta propia Residencia permanente Autorizacin para investigacin y estudios

    Tarjeta de identidad de extranjero

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    Entrada en Espaa

    Para entrar en Espaa necesitas:

    Efectuar la entrada por los puestos habilitados al efec-to, es decir, por las fronteras establecidas.

    Ser titular de un pasaporte. Ser titular de un visado estampado en el pasaporte.

    Tener medios econmicos suficientes para el tiempode permanencia o estancia en Espaa. Presentar un certificado mdico. No estar sujeto a prohibicin de entrada, como por

    ejemplo, haber sido expulsado del territorio espaol yestar an en el plazo establecido en la orden de expulsin.

    No ser un peligro para la salud pblica, orden pblico oseguridad nacional.

    Situaciones de los extranjeros enEspaa

    En Espaa se puede estar en alguna de estas situaciones:

    Estancia Residencia

    Estancia

    Ejemplos de esta situacin es la entrada en Espaa pormotivos tursticos, o con un visado para la bsqueda deempleo. Es la permanencia en Espaa por un periodo nosuperior a 90 das por semestre.

    Por lo tanto, para venir a Espaa en situacin de estanciahay que obtener un visado, que puede ser:

    Visado de corta duracin: para un mximo de tresmeses con una, dos o varias entradas.

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    Visados de estancia mltiple: autoriza para varias

    estancias, cuya suma no podr exceder de noventadas por semestre, durante un ao.

    Dnde se solicita el visado?

    En la misin diplomtica u oficina consular espaola dela demarcacin de residencia, o excepcionalmente encualquier misin diplomtica u oficina consular espaola,

    y tambin excepcionalmente se podrn expedir visadosde estancia en la frontera espaola.

    Documentos que han de acompaar a la solicitud

    Pasaporte o documento de viaje del solicitante vlidodurante la totalidad del periodo para el que solicita laestancia.

    Documento que acredite el objeto del viaje y condicio-nes de estancia prevista.

    Disposicin de medios de subsistencia suficientespara el periodo que solicita.

    Seguro mdico. Alojamiento durante la estancia. Garantas de retorno al pas de procedencia (billete de

    ida y vuelta dentro del periodo mximo autorizado). Si el extranjero es menor, autorizacin de quien ejerza

    la patria potestad o la tutela.

    Si se concede el visado, debers recogerlo en el plazo deun mes en la misin diplomtica u oficina consular espa-ola de tu residencia, aportando el pasaporte o docu-mento de viaje, cuya vigencia deber ser superior a la delvisado concedido.

    Se puede conceder una prrroga de estancia, que enningn caso podr ser superior a tres meses en un perio-do de seis.

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    Dnde se solicita la prrroga de estancia?

    En la oficina de extranjeros, jefatura superior o comi-sara de polica. Ha de solicitarse personalmente por elpropio extranjero.

    Residencia

    Puede ser temporal o permanente.

    Importante: La autorizacin de residencia temporal no

    autoriza para trabajar en Espaa. Para poder trabajar

    es necesario obtener una autorizacin de residencia y

    trabajo.

    La residencia temporal es aquella en la que se encuen-tra el extranjero autorizado a permanecer en Espaa porun periodo superior a 90 das e inferior a 5 aos.

    La residencia permanente autoriza a residir indefinida-mente en Espaa y a trabajar en igualdad de condicionesque los espaoles.

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    Residencia temporal

    Para residir temporalmente en Espaa sin trabajar esnecesario solicitar personal o excepcionalmente porrepresentante un visado, solicitado en modelo oficial, enla misin diplomtica espaola u oficina consular espa-ola de la demarcacin de residencia.

    Documentos que tienen que acompaar a la solicitud de

    visado

    Pasaporte en vigor o ttulo de viaje, reconocido comovlido en Espaa, con una vigencia mnima de un ao.

    Certificado de antecedentes penales expedido por lasautoridades de origen o de los pases donde el solici-tante haya residido en los ltimos cinco aos, dondeno consten condenas por delitos existentes en el orde-namiento espaol.

    Certificado mdico. Documentos que acrediten medios de vida suficientes

    para residir durante todo el periodo de residencia, sinnecesidad de trabajar.

    Trmites del procedimiento

    La misin diplomtica u oficina consular donde se solicitel visado dar traslado de la misma al Ministerio de Asun-tos Exteriores y Cooperacin en Espaa y a la Delegacino Subdelegacin del Gobierno de la demarcacin donde sesolicite la residencia, que tendr un mes para resolver lamisma, y puede resolver:

    Desfavorablemente o no contestar, en este caso, lamisin diplomtica u oficina consular resolver tam-bin la denegacin del visado.

    Favorablemente, en este caso, la misin diplomtica uoficina consular resolver y expedir el visado (el plazomximo para la resolucin del visado es de tres meses),notificndose al interesado para que en el plazo de un mes

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    lo recoja personalmente, y podr efectuar ya vlida-

    mente la entrada en Espaa y solicitar tambin perso-nalmente en el plazo de un mes, ante la oficina corres-pondiente en territorio espaol, la tarjeta de identidadde extranjero.

    Importante: El visado de residencia incorpora la autoriza-

    cin inicial de residencia vlida desde la fecha de entra-

    da en Espaa, la cual constar en el pasaporte o ttulo deviaje, y tendr la duracin de un ao.

    Renovacin de esta autorizacin de residencia inicial:Se so-licitar en el modelo oficial, personalmente por el interesado.

    Dnde?

    En la Oficina de Extranjeros o la Brigada Provincial deExtranjera y Documentacin.

    Cundo?

    Durante los 60 naturales anteriores a la fecha de pr-dida de vigencia.

    O dentro de los tres meses posteriores a la fecha enque hubiere finalizado la vigencia de la anterior resolu-cin (en este ltimo caso, puede incurrirse en infrac-cin y podra imponerse una sancin).

    Documentos que tienen que acompaar la solicitud

    Pasaporte en vigor o ttulo de viaje, y la tarjeta de iden-tidad de extranjero en vigor.

    Documentos que acrediten recursos econmicos,medios de vida suficientes para la manutencin sinnecesidad de desarrollar ninguna actividad laboral.

    Seguro mdico.

    La autorizacin renovada tendr una duracin de dos aos.

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    En el caso que presentada la solicitud de renovacin, y

    la administracin espaola no resuelve en el plazo detres meses, se entender que la resolucin es favorable.La ausencia de comunicacin respecto a una solicitud enel plazo establecido se denomina silencio administrativoen derecho espaol. En este caso, el interesado solicita-r que se le expida un certificado acreditativo de la reno-vacin por este motivo.

    Residencia temporal por reagrupacin familiar

    El procedimiento para la reagrupacin familiar se iniciapor el familiar residente en Espaa (que en este procedi-miento recibe el nombre de reagrupante). El requisitoindispensable es que sea residente legal en Espaadesde al menos un ao y tenga una autorizacin pararesidir un ao ms, es decir, que haya renovado la auto-rizacin inicial.

    Familiares que pueden ser reagrupados

    El cnyuge no separado de hecho o de derecho, siempreque el matrimonio no se haya celebrado en fraude de ley.

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    Los hijos del reagrupante o los de su cnyuge, inclui-

    dos los adoptados, menores de dieciocho aos o inca-pacitados, y no se encuentren casados. Los menores de dieciocho aos o incapaces cuando el

    residente en Espaa sea su representante legal. Los ascendientes o los de su cnyuge, cuando estn

    a su cargo y existan razones para autorizar su resi-dencia.

    Para que pueda entenderse que los familiares estn acargo o dependan del reagrupante, ste habr tenidoque transferir fondos durante el ltimo ao, o soportadogastos del familiar que pretende reagrupar, en una pro-porcin que permita inferir que existe una dependenciaeconmica efectiva entre ambos.

    Una vez reagrupados pueden los familiares ejercer lareagrupacin de sus propios familiares? S, siempre quecuenten con una autorizacin de residencia y trabajoobtenidos de forma independiente de la autorizacin delreagrupante y renan los requisitos establecidos paraejercer la reagrupacin. En el caso de ascendiente, serequiere que hayan obtenido una autorizacin perma-nente de forma independiente y acrediten solvencia eco-nmica para atender las necesidades del familiar quepretendan reagrupar.

    Cmo obtiene el familiar reagrupado una autorizacin

    de residencia independiente?

    El cnyuge:

    Cuando obtenga una autorizacin para trabajar.En todo caso, el cnyuge reagrupado que no se encuen-tre separado, podr solicitar una autorizacin de residen-cia independiente cuando haya residido en Espaa du-rante cinco aos.

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    Si se rompe el vnculo conyugal debido a una separacin

    de derecho o divorcio, si se acredita la convivencia enEspaa con el cnyuge reagrupante durante al menosdos aos.Cuando fuera vctima de violencia de gnero, una vezdictada a su favor una orden judicial de proteccin.Por causa de muerte del reagrupante.

    Los hijos y menores sobre los que el reagrupante osten-te la representacin legal:

    Al alcanzar la mayora de edad (la mayora de edad enEspaa se obtiene a los 18 aos) y obtengan una auto-rizacin para trabajar o bien,

    Hayan residido en Espaa durante cinco aos y tam-bin sean mayores de edad.

    Los ascendientes:

    Cuando obtengan una autorizacin para trabajar.

    Dnde ha de presentar la solicitud el familiar residente

    en Espaa?

    En la Oficina de Extranjeros, las Delegaciones o lasSubdelegaciones del Gobierno.

    Documentos que tienen que acompaar la solicitud

    Copia de los documentos que acrediten el parentesco,la edad y la dependencia legal y econmica, como son:certificado de matrimonio (cnyuge), certificado denacimiento (hijos), documentos que acrediten elparentesco con el familiar que se pretende reagrupar(ascendientes), resguardos de los giros o de envos deremesas de dinero.

    Copia del pasaporte, documento de viaje o cdula deinscripcin en vigor.

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    Copia de la autorizacin de residencia o de resi-

    dencia y trabajo ya renovada, o copia de la autori-zacin inicial y resguardo de la solicitud de reno-vacin.

    Acreditar el empleo y/o recursos econmicos sufi-cientes para atender las necesidades de la familiaincluyendo la asistencia sanitaria, en el supuestode no estar cubierta por la Seguridad Social.

    Acreditar con documentos la disponibilidad de unavivienda adecuada para atender a sus necesidades ya las de su familia.

    Si se trata de reagrupar al cnyuge, declaracin jura-da que no reside con l en Espaa otro cnyuge.

    En el plazo de dos meses desde la notificacin al rea-grupante de la concesin de la autorizacin, el familiarque va a ser reagrupado deber solicitar personalmen-te el visado, siendo motivo de denegacin el hecho deque el extranjero se halle en Espaa en situacin irre-gular.

    Dnde se solicita el visado?

    En la misin diplomtica u oficina consular en cuyademarcacin resida.

    Documentos que han de acompaar la solicitud

    Pasaporte ordinario o ttulo de viaje, reconocido comovlido en Espaa y con una vigencia mnima de cua-tro meses.

    Certificados de antecedentes penales o documentoequivalente expedido por las autoridades del pas de ori-gen o en que haya residido durante los ltimos cincoaos y en el que no consten condenas por delitos exis-tentes en el ordenamiento espaol.

    Copia de la autorizacin de residencia notificada alreagrupante.

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    Documentos originales que acrediten los vnculos

    familiares y, en su caso, la edad y la dependencia legalo econmica. Certificado mdico.

    El procedimiento es el siguiente: notificada la conce-sin del visado, deber ser recogido por el solicitantepersonalmente, salvo en el caso de menores que podr

    ser recogido por su representante. La entrada en terri-torio espaol se efectuar en los tres meses siguientesa la concesin del visado, y al mes de la entrada enEspaa se deber solicitar la tarjeta de identidad deextranjero.

    Por cunto tiempo est en vigor la autorizacin de resi-

    dencia de los familiares reagrupados?

    Si el reagrupante tiene una autorizacin de residenciatemporal: hasta la fecha de la vigencia del reagrupante.

    Si el reagrupante tiene una autorizacin de residenciapermanente: hasta la fecha de validez de la tarjeta deidentidad de extranjero del reagrupante. Ahora bien,cuando se procede a la renovacin de la autorizacinde residencia del reagrupado se le conceder una decarcter permanente.

    Residencia temporal y trabajo

    Los extranjeros para poder trabajar en Espaa necesitanuna autorizacin de residencia y trabajo.

    Cmo se obtiene una autorizacin para trabajar?

    El rgimen general. El contingente. Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de

    duracin determinada.

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    Rgimen general

    Cules son los requisitos para obtener una autorizacinde residencia temporal y trabajo por cuenta ajena inicial?

    Tener una oferta de empleo, que la situacin de empleolo permita, y que el trabajador no se encuentre en situa-cin irregular en Espaa.

    Ahora bien, la situacin nacional de empleono se tendr

    en cuenta si eres:

    Cnyuge o hijo de residente en Espaa con una auto-rizacin ya renovada.

    Hijo de espaol nacionalizado o de comunitario, y lle-vas un ao residiendo en Espaa y no se te aplica elrgimen comunitario.

    Hijo o nieto de espaol de origen. Extranjero que tienes a tu cargo ascendientes o des-

    cendientes de nacionalidad espaola. Un extranjero nacido y residente en Espaa. Titular durante cuatro aos naturales de autorizaciones

    de trabajo para actividades de temporada, y has retor-nado a tu pas al trmino de cada contrato.

    Importante: Quin presenta la solicitud de autoriza-

    cin de residencia y trabajo inicial? El empleador oempresario que pretenda contratar al trabajador ex-tranjero.

    Dnde?

    En las Oficinas de extranjeros, en las reas de Trabajo delas delegaciones o de las subdelegaciones del Gobiernode la provincia.

    VISADO DE TRABAJOEs el trabajador quien habr de solicitarlo en el plazode un mes desde la notificacin al empleador o empre-sario.

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    Dnde se solicita el visado?

    En la misin diplomtica u oficina consular en cuya demar-cacin resida, u otra autorizada.

    Documentos que han de acompaar la solicitud

    Pasaporte ordinario o ttulo de viaje, vlido en Espaa,con una vigencia mnima de cuatro meses.

    Certificado de antecedentes penales expedido por lasautoridades de origen o de los pases en los que hayaresidido en los ltimos cinco aos, en el que no debenconstar condenas por delitos existentes en el ordena-miento espaol.

    Certificado mdico Copia de la autorizacin de residencia y trabajo condi-

    cionada.

    Notificada la concesin del visado, el procedimiento y lostrmites son los siguientes:

    En el plazo de un mes el trabajador la recoger perso-nalmente, una vez efectuado este trmite.

    Durante los tres meses siguientes deber entrar enEspaa

    A partir de la entrada legal en Espaa, podr comenzarsu actividad y se producir su afiliacin, alta y posteriorcotizacin a la Seguridad Social.

    En el plazo de un mes desde la entrada, se solicitarpor el extranjero la tarjeta de identidad de extranjero.Esta tarjeta, como se detalla posteriormente, tendr elmismo plazo de validez que la autorizacin de residen-cia temporal y ser retirada por el extranjero.

    Importante: si no existiera constancia de que el trabaja-

    dor autorizado inicialmente a residir y trabajar en Espaa

    ha sido afiliado y/o dado de alta en la Seguridad Social en

    el momento de la solicitud de la tarjeta de identidad de

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    extranjero, o transcurrido un mes desde la entrada en

    Espaa, se podr dar por terminada la autorizacin deresidencia temporal.

    El visado de residencia y trabajo incorpora la autoriza-cin inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena, yla vigencia de sta comenzar desde la entrada enEspaa, la cual constar en el pasaporte o ttulo de

    viaje.

    RENOVACIN DE LA AUTORIZACIN DE RESIDENCIAY TRABAJO:

    Cundo puede solicitarse la renovacin?

    60 das naturales previos a la fecha de expiracin de lavigencia de la autorizacin, o dentro de los tres mesesposteriores a la fecha en que hubiera finalizado lavigencia de la anterior. En ambos casos, la presenta-cin de la solicitud prorroga la validez de la anteriorautorizacin hasta la resolucin del procedimiento derenovacin.

    Qu ha de acreditarse para que se conceda la renova-

    cin?

    Continuar en la relacin laboral que dio lugar a la pri-mera concesin.

    De haberla realizado durante un mnimo de seis mesespor ao y: Haya firmado un contrato con un nuevo empleador,

    y figure en situacin de alta o asimilada al alta en elmomento de solicitar la renovacin.

    O disponga de una de nueva oferta de trabajo conlos requisitos para la concesin de una autorizacininicial de residencia y trabajo.

    Si el periodo de actividad ha sido de al menos tresmeses por ao, siempre y cuando se acredite:

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    Que la relacin laboral que dio lugar a la autorizacin

    cuya renovacin se pretende se interrumpi porcausas ajenas a la voluntad del trabajador. Que ha buscado activamente empleo, participando

    en las acciones que se determinen por el serviciopblico de empleo o bien en programas de inser-cin sociolaboral de entidades pblicas o privadasque cuenten con subvenciones pblicas.

    Que en el momento de la solicitud de la renovacintenga un contrato de trabajo en vigor.

    Por ltimo, tambin procede la renovacin:

    Cuando por la autoridad competente, se hubiera otor-gado una prestacin contributiva por desempleo, porel tiempo de duracin de dicha prestacin.

    Cuando sea beneficiario de una prestacin econmicaasistencial de carcter pblico destinada a lograr suinsercin social o laboral durante el plazo de duracinde la misma.

    Importante: La renovacin se concede durante un perio-

    do de 2 aos si se solicita una autorizacin de residencia

    y trabajo inicial, pero si se solicita una autorizacin de

    residencia y trabajo ya renovada por segunda vez se con-

    ceder la residencia permanente.

    Recuerda que las situaciones son las siguientes:

    Autorizacin de residencia y trabajo inicial (1 ao). Autorizacin de residencia y trabajo renovada. Primera

    y segunda renovacin, cada una de dos aos. En estoscasos se permitir el ejercicio de cualquier actividad encualquier parte del territorio nacional.

    Residencia permanente. Permite trabajar en igualdadde condiciones que los espaoles y se concede porcinco (5) aos.

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    Al igual que en los casos de renovacin de la autorizacin

    de residencia, el silencio administrativo, es decir, que laadministracin no responda en el plazo de tres meses,se entender concedida la renovacin.

    Por ltimo, tambin en un plazo de un mes desde la noti-ficacin de la resolucin favorable de renovacin, se soli-citar la tarjeta de identidad de extranjero.

    Importante: con relacin a la renovacin, es funda-

    mental que se realice desde el inicio de la actividad

    laboral la afiliacin del trabajador a la Seguridad Social

    y que se cotice a la misma.

    ContingenteEs el procedimiento por el que se permite la contratacinprogramada de trabajadores que no se hallen ni residan enEspaa, seleccionados en sus pases de origen a partir delas ofertas genricas presentadas por los empresarios,aunque tambin se aceptan ofertas nominativas.

    Qu es una oferta genrica?

    En trminos generales, estas ofertas son las que depen-den de las ocupaciones que demande la empresa, esdecir, una oferta genrica incluir tantos puestos de tra-bajo como trabajadores pretenda contratar la empresa.

    Qu es una oferta nominativa?

    Es la que se hace para un trabajador determinado.

    Los contratos que firmen los trabajadores seleccionadosdebern contener informacin sobre identidad de las par-tes, fecha de inicio y duracin de la actividad, lugar delcentro de trabajo, la categora profesional, una previsindel salario neto que va a cobrar y la periodicidad de supago, la jornada laboral, el preaviso en el caso de extin-cin del contrato, y el convenio colectivo aplicable.

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    Residencia temporal y trabajo por cuentaajena de duracin determinada

    Actividades que se permiten con esta autorizacin:

    De temporada o campaa, con una duracin igual a ladel contrato o contratos de trabajo, con el lmite mxi-mo de nueve meses, dentro de un periodo de 12meses consecutivos.

    De obra o servicios de plantas industriales o elctri-cas, construccin de infraestructuras, edificaciones yredes de suministro elctrico, gas, ferrocarriles ytelefnicos, instalaciones y mantenimientos de equi-pos productivos, as como puesta en marcha y repa-raciones.

    De carcter temporal para personal de alta direccin,deportistas, profesionales y otros colectivos que sedeterminen por orden del Ministro de Trabajo yAsuntos Sociales en Espaa.

    Para la formacin y realizacin de prcticas profesionales.

    En los casos de autorizaciones para actividades de tem-porada o campaa y para obras o servicios de montaje

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    de plantas industriales o elctricas, construccin de

    infraestructuras, etc., son necesarios para empleador oempresario, los requisitos generales, pero adems:

    Disponer de un alojamiento adecuado que rena lascondiciones legales de dignidad e higiene.

    Organizar los viajes de llegada a Espaa y de regresoal pas de origen y asumir como mnimo, el coste del

    primero de tales viajes y los gastos de traslado de iday vuelta entre el puesto de entrada en Espaa y ellugar de alojamiento.

    El trabajador t iene la obligacin de retornar al pas de ori-gen, una vez concluida la relacin laboral, que se verifica-r mediante la presentacin en la misin diplomtica u ofi-cina consular que le expidi el visado en el mes siguientedel trmino de su autorizacin en Espaa. Es importantecumplir esta obligacin pues, en caso contrario, puede sercausa de denegacin de posteriores solicitudes de autori-zaciones para trabajar, durante los tres aos siguientes altrmino de la autorizacin concedida.

    Adems, en estos supuestos no se tendr en cuenta lasituacin nacional de empleo, para obtener una autoriza-cin de residencia y trabajo para los que hayan sido titu-lares de autorizaciones de trabajo para actividades detemporada, durante cuatro aos naturales, y hayan retor-nado a su pas al trmino de cada autorizacin.

    El trabajo por cuenta propia

    Requisitos para la concesin de una autorizacin de resi-

    dencia temporal y trabajo por cuenta propia

    Cumplir los mismos requisitos que se exigen a losespaoles para la apertura y funcionamiento de la acti-vidad proyectada.

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    Si se trata de profesiones, poseer la cualificacin pro-

    fesional exigible o experiencia acreditada para el ejer-cicio de la actividad y la titulacin especfica, su homo-logacin y en su caso la colegializacin cuando serequiera.

    Acreditar la inversin prevista y en su caso la creacinde empleo que supone la actividad.

    Previsin de que la actividad producir desde el pri-

    mer ao recursos econmicos suficientes para lamanutencin y alojamiento del interesado, deduci-dos los necesarios para el mantenimiento de la acti-vidad.

    Carecer de antecedentes penales en Espaa y los pa-ses de residencia anteriores por delitos existentes enel ordenamiento espaol.

    No hallarse irregularmente en Espaa.

    El procedimiento de solicitud es similar al de autorizacinde residencia y trabajo por cuenta ajena, si bien a la soli-citud de autorizacin de residencia y trabajo por cuentapropia deber acompaarse tambin la siguiente docu-mentacin especfica:

    Inversin econmica necesaria o compromiso su-ficiente por parte de instituciones financieras uotras.

    Proyecto de establecimiento o actividad a realizar, conindicacin en su caso, de los puestos de trabajo quese espera crear.

    Relacin de autorizaciones o licencias que se exi- jan para la instalacin, apertura o funcionamientode la actividad proyectada o para el ejercicio profe-sional.

    Duracin de la autorizacin de residencia y trabajo por

    cuenta propia:

    1 ao.

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    Renovacin de la autorizacin de residencia y trabajo por

    cuenta ajena.Deber acreditarse:

    La continuidad en la actividad que dio lugar a la autori-zacin que se renueva.

    Cumplimiento de las obligaciones tributarias y deSeguridad Social.

    Residencia permanente

    En este caso, quienes obtienen una autorizacin de resi-dencia y trabajo estarn autorizados a residir en Espaaindefinidamente y a trabajar en iguales condiciones quelos espaoles.

    Cmo puede obtener una autorizacin de residencia

    permanente?

    Si acreditas haber residido legalmente y de forma con-tinuada en el territorio espaol durante cinco aos.

    Si eres beneficiario de una pensin contributiva de jubilacin, o de una pensin contributiva de incapaci-dad permanente absoluta o de gran invalidez, incluidadentro de la accin protectora del sistema espaol dela Seguridad Social.

    Si has nacido en Espaa y al llegar a la mayora deedad puedes acreditar que has residido en Espaade forma legal y continuada durante, al menos, lostres aos consecutivos inmediatamente anteriores ala solicitud.

    Si has sido espaol de origen y has perdido la nacio-nalidad espaola.

    Si has estado bajo la tutela de una entidad pbl-ica espaola durante cinco aos inmediatamenteanteriores a la mayora de edad de forma consecu-tiva.

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    Si has contribuido de forma notoria al progreso econ-

    mico, cientfico o cultural de Espaa, o a la proyeccinde Espaa en el exterior.

    Cmo se renueva una autorizacin de residencia per-

    manente?

    Cada 5 aos se deber solicitar la renovacin sesentadas antes de la expiracin de la vigencia, o tres meses

    despus de la fecha de finalizacin de vigencia (en estecaso, da lugar a infraccin y sancin). En ambos supues-tos, se prorroga la vigencia hasta la resolucin del pro-cedimiento de renovacin.

    Autorizacin para investigacin y estudios

    Para realizar en Espaa trabajos de investigacin o forma-cin no remunerados laboralmente o para cursar o ampliarestudios en centros docentes o cientficos espaoles pbli-cos o privados oficialmente reconocidos, ser necesariodisponer de un visado de estudios que permitir la estanciapor un periodo igual al del curso para el que est matricula-do o, en su caso, del trabajo de investigacin que desarrolle.

    Requisitos para obtener el visado de estudios

    Cumplir los requisitos generales para la entrada enEspaa.

    Haber sido reglamentariamente admitido en cuales-quiera centros docentes o cientficos espaoles, pbli-cos o privados, oficialmente reconocidos, para cursaro ampliar estudios o realizar trabajos de investigacino formacin, no remunerados laboralmente.

    Si se trata de un estudiante menor de edad, se nece-sitar la autorizacin de los padres o tutores para eldesplazamiento a Espaa.

    Tener garantizados los medios econmicos parasufragar: gastos de estudios, de estancia y regreso a

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    su pas, y en su caso, los de sus familiares. No obs-

    tante, tendrn derecho al acceso al sistema pblicode becas y ayudas en las mismas condiciones quelos espaoles.

    Dnde se realiza la solicitud de visado?

    En la misin diplomtica u oficina consular espaola.

    Documentos que deben acompaar la solicitud

    Los generales de toda solicitud de visado, exceptoantecedentes penales y certificado mdico, salvo quelos estudios, investigacin, o formacin superen losseis meses.

    Especficos: Admisin en el centro educativo. Contenido del plan de estudio, formacin o investi-

    gacin. Seguro mdico, y el necesario para realizar una

    repatriacin debido a un accidente o enfermedadrepentina.

    Tambin en este caso, una vez concedido el visado, sedeber solicitar la tarjeta de estudiante extranjero en elplazo de un mes desde la entrada efectiva en Espaa.

    Familiares de estudiantes e investigadores extranjeros.

    Los que hayan solicitado un visado de estudios o ya seencuentre en Espaa en el rgimen de estudios, podrnsolicitar visados de estancia para sus familiares para lamisma duracin de los estudios o investigacin, y no seexige un periodo previo de estancia al estudiante oinvestigador. Por tanto, se puede solicitar el visado deestancia para los familiares de manera simultnea con elvisado de estudios o posteriormente cuando el titular delvisado de estudios se encuentre ya en Espaa.

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    Los familiares que se pueden aprovechar de esta medida

    son:

    El cnyuge. Los hijos menores de dieciocho aos o sometidos a su

    patria potestad o tutela.

    Importante: los familiares autorizados a residir en Espa-

    a por esta medida no pueden realizar actividades lucra-tivas laborales.

    TRABAJO DE ESTUDIANTES O INVESTIGADORES

    Pueden ejercer actividades lucrativas laborales en institu-ciones pblicas o entidades privadas, cuando un emplea-dor les presente una autorizacin de trabajo y se cumplanlos requisitos que para cualquier otro trabajador, excepto lasituacin nacional de empleo y los antecedentes penales.

    Dichas actividades tendrn que ser compatibles con larealizacin de los estudios y los ingresos obtenidos nopodrn tener el carcter de recurso necesario para susustento o estancia.

    Los contratos debern hacerse por escrito y su modalidadser la de contrato de trabajo a tiempo parcial. En el supues-to de ser a jornada completa, su duracin no podr superarlos tres meses ni coincidir con los periodos lectivos.

    La autorizacin no tendr limitaciones geogrficas, salvo quela actividad lucrativa coincida con periodos lectivos; en talcaso, se limitar al mbito territorial de residencia de su titular.

    La duracin de la autorizacin para trabajar es la mismaque el contrato de trabajo y no podr superar la del visa-do o autorizacin de estudios, cuya prdida de vigenciaser causa de extincin de la autorizacin.

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    Tarjeta de identidad de extranjero

    Es el documento de identificacin personal del extranje-ro, anlogo al documento nacional de identidad para losespaoles y acredita que el extranjero est en Espaa enuna situacin de permanencia legal por un periodo supe-rior a tres meses.

    Para obtener esta tarjeta es necesario haber sido autori-zado a permanecer en Espaa de forma legal, y haberabonado las tasas fiscales.

    Por tanto, ha de solicitarse:

    Dentro del mes siguiente a obtener: Autorizacin de residencia. Autorizacin de residencia y trabajo. Renovaciones de las mismas. Autorizacin para investigacin y estudios.

    Dnde se solicita?

    En la Direccin General de Polica, donde tambin serecoger.

    Periodo de vigencia

    El mismo que la autorizacin o el reconocimiento delderecho que justifique su expedicin, por tanto, pierdesu validez cuando se produzca la de la citada autoriza-cin.

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    III. Laboral

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    III. Laboral

    Contrato de trabajo Periodo de prueba Modalidades del contrato de trabajo

    Extincin del contrato de trabajo El salario Jornada laboral Negociacin colectiva Coflictos colectivos. La huelva Seguridad Social Inscripcin de extranjeros en las oficionas

    de empleo de los Servicios Pblicosde Empleo

    Servicio del hogar familiar Prevencin de riesgos laborales

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    Contrato de trabajo

    Es el acuerdo entre empresario y trabajador por el queste se obliga a prestar determinados servicios porcuenta del empresario y bajo su direccin a cambio deun salario o retribucin.

    En trminos generales, los trabajadores que pueden

    contratar son:

    Las personas mayores de edad. En Espaa la mayorade edad se alcanza a los 18 aos.

    Los menores de 18 aos legalmente emancipados. Las personas mayores de 16 y menores de 18, para lo

    que necesitarn el consentimiento expreso de lospadres o tutores si viven de forma independiente o laautorizacin si viven con ellos.

    Adems, los extranjeros necesitarn con carcter previoobtener una autorizacin administrativa previa para tra-bajar.

    Forma del contrato de trabajo

    Puede celebrarse por escrito o de palabra.

    Se exige que sean por escrito determinados tipos decontrato, tambin debern constar por escrito aque-llos contratos cuando lo exija una disposicin legal, yadems constar por escrito el contrato, cuando loexija una de las partes en cualquier momento, antes odespus de iniciada la relacin laboral. Por tanto,como trabajador, puedes solicitar que tu contrato sehaga por escrito incluso despus de iniciada la activi-dad laboral.

    Qu ha de constar en el contrato de trabajo?

    Con carcter general, el contenido del contrato debe ser:

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    La identidad de las partes, tanto del trabajador como

    del empresario o empleador. La fecha de comienzo de la relacin laboral y, en casode que se trate de una relacin laboral temporal, suduracin.

    El domicilio social de la empresa y el del centro de tra-bajo.

    La categora o el grupo profesional del puesto de trabajo.

    La cuanta del salario base inicial y de los complemen-tos salariales, as como la periodicidad de su pago. La duracin y la distribucin de la jornada ordinaria de

    trabajo, y de las vacaciones. Los plazos de preaviso en el supuesto de extincin del

    contrato. El convenio colectivo aplicable a la relacin laboral.

    En el nuevo Reglamento de extranjera, en relacin al con-tingente, como se destaca en el apartado correspondientede esta gua, establece que los contratos que se gestionenen este procedimiento, debern ser firmados por extranje-ros que no se hallen ni sean residentes en territorio espa-ol y debern contener los elementos esenciales del con-trato de trabajo (apuntados en el prrafo anterior), as comola previsin del salario neto que percibir el trabajador.

    Periodo de prueba

    Durante el periodo de prueba se podr rescindir la relacinlaboral a voluntad de cualquiera de las partes sin alegarcausa alguna y sin preaviso, salvo pacto en contrario.

    Ahora bien, no es obligatorio acordar el periodo de prueba,pero si se hace deber figurar por escrito en el contrato.

    Duracin

    La que se fije en los convenios colectivos, en su de-fecto:

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    Seis meses para tcnicos titulados.

    Dos meses para el resto de trabajadores, exceptoen empresas con menos de 25 trabajadores, quees de tres meses para los trabajadores que nosean tcnicos titulados. En el servicio domstico,se presume un periodo de prueba de 15 das.

    Derechos y obligaciones durante el periodo

    de pruebaLos mismos que correspondan al puesto de trabajoque el trabajador desempee como si fuera de plan-tilla.

    Durante el periodo de prueba se podr rescindir la rela-cin laboral de cualquiera de las partes sin alegar causaalguna y sin preaviso, salvo pacto en contrario.

    El periodo de prueba se computa a efectos de anti-gedad.

    No se podr establecer periodo de prueba si el trabaja-dor ya ha desempeado las mismas funciones con ante-rioridad en la empresa, aunque haya sido con otro tipo decontrato.

    Modalidades del contrato de trabajo

    Contrato indefinido. Es el que se concierta sin esta-blecer lmites de tiempo en la prestacin de los servi-cios, en cuanto a la duracin del contrato.

    Contrato indefinido de fijos-discontinuos. Para realizartrabajos que tengan el carcter de fijos discontinuos yno se repitan en fechas ciertas, dentro del volumennormal de actividad de la empresa.

    Contrato para la formacin. Tiene por objeto la adquisi-cin de la formacin terica y prctica necesaria para eldesempeo adecuado de un oficio o puesto de trabajo

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    que requiera un determinado nivel de cualificacin.

    Los trabajadores debern ser mayores de 16 aos y nohaber cumplido los 21. Contrato en prcticas. Tiene como finalidad facilitar

    la obtencin de la prctica profesional, adems delnivel de estudios cursados por los trabajadores conttulo universitario o de formacin profesional degrado medio o superior o ttulos reconocidos ofi-

    cialmente como equivalentes, que habiliten para elejercicio profesional. Por tanto, para los trabajado-res extranjeros ser necesario la homologacin delttulo.

    Contrato de obra o servicio determinado. Para la reali-zacin de una obra o prestacin de un servicio conautonoma y sustantividad propia dentro de la actividadde la empresa y cuya ejecucin, aunque limitada en eltiempo, sea en principio de duracin incierta. Su dura-cin ser por el tiempo exigido para la realizacin de laobra o servicio.

    Contrato eventual por circunstancias de la produccin.Su finalidad es atender a las exigencias circunstancia-les del mercado, acumulacin de tareas o excesos depedidos, aun tratndose de la actividad normal de laempresa.

    Contrato de relevo. Es el que se concierta con un tra-bajador en situacin de desempleo o que tuvieraconcertado con la empresa un contrato de duracindeterminada para sustituir parcialmente a un trabaja-dor de la empresa que accede a la pensin de jubila-cin de forma parcial, pues la percibe simultnea-mente con la realizacin a tiempo parcial en lamisma empresa.

    Contrato a tiempo parcial. Cuando se haya acordado laprestacin de servicios durante un nmero de horas alda, a la semana, al mes o al ao, inferior a la jornadade trabajo de un trabajador a tiempo completo compa-rable.

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    Extincin del contrato de trabajo

    Qu significa la extincin del contrato de trabajo?

    La terminacin de la relacin laboral entre la empresa ytrabajador.

    Cules son las causas de la terminacin de la relacin laboral?

    Mutuo acuerdo de las partes. Las causas consignadas vlidamente en el contrato. Expiracin del tiempo convenido o realizacin de la

    obra o servicio objeto del contrato. Dimisin del trabajador. Muerte, gran invalidez o incapacidad permanente, total

    o absoluta del trabajador. Jubilacin del trabajador. Por parte del empresario: muerte, jubilacin, incapaci-

    dad del empleador si es una persona fsica o extincinde la personalidad jurdica si se trata de una empresa.

    Fuerza mayor. Despido colectivo fundado en causas econmicas,

    tcnicas, organizativas o de produccin. Voluntad del trabajador con causa justificada. Despido disciplinario. Causas objetivas legalmente procedentes (estas son:

    ineptitud del trabajador, falta de adaptacin del trabaja-dor a las modificaciones tcnicas en su puesto de tra-bajo, amortizacin de puestos de trabajo, etc.).

    El salario

    Puede recibir otras denominaciones, como: sueldo, jor-nal, remuneracin.

    Qu es?

    La totalidad de las percepciones econmicas de lostrabajadores, en dinero o en especie, por la prestacin

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    profesional de sus servicios laborales, ya retribuyan el

    trabajo efectivo, cualquiera que sea la forma de remune-racin, en dinero o en especie, o de los periodos de des-canso computables como de trabajo. En ningn caso, elsalario en especie podr superar el 30% de las percep-ciones salariales del trabajador.

    El salario puede ser bruto o neto:

    El salario neto es el que resulta de detraer una seriede deducciones al salario bruto y es el que efectiva-mente recibe el trabajador despus de realizar lasdeducciones correspondientes.

    Las deducciones son las cantidades que se detraen alsalario bruto en concepto de Seguridad Social y deimpuestos, que es la deduccin del IRPF o impuesto quegrava la generacin de renta en Espaa.

    Por tanto, la contribucin del trabajador al sostenimientodel sistema de la Seguridad Social (que se detalla msadelante), se efecta con el descuento, por parte delempresario, de una parte del salario bruto del trabajador,que es ingresada en la Seguridad Social. Las cotizacionesse deben a diversos motivos o contingencias, y son:

    Contingencias comunes (que incluye enfermedadescomunes y accidentes no laborales).

    Contingencias por desempleo y formacin profe-sional.

    Importante: en contrataciones de extranjeros con auto-

    rizaciones de trabajo para actividades de duracin

    determinada, es decir, de temporada o campaa, y para

    estudiantes, no se cotizar por la contingencia de

    desempleo. Tampoco en el caso de trabajadores trans-

    fronterizos.

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    representante de los trabajadores. Tambin, estas pagas

    pueden prorratearse mensualmente, es decir, el importede las dos pagas extraordinarias dividirlo y distribuirlo,pagndolo cada mes.

    Importante: en Espaa existe un Salario Mnimo Interpro-

    fesional que fija anualmente el Gobierno, tanto para los tra-

    bajadores fijos como para los eventuales o temporeros, as

    como para el personal al servicio del hogar familiar. Se tratade un salario mnimo, por lo que el salario fijado en el con-

    trato de trabajo, ya sea por convenio colectivo o por pacto

    individual con la empresa, puede ser superior pero nunca

    inferior a dicho Salario Mnimo Interprofesional (SMI).

    Jornada laboral

    Su duracin ser la pactada en los convenios colectivoso en el contrato de trabajo.

    La duracin mxima no podr exceder de las 40 horassemanales en computo anual. Y no podr ser superior a

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    9 horas diarias, salvo que por convenio colectivo, o en su

    defecto, acuerdo entre la empresa y los representantesde los trabajadores, se establezca otra distribucin deltiempo de trabajo diario, respetando en todo caso el des-canso entre jornadas, que ser como mnimo de 12 horas,entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente.

    HORAS EXTRAORDINARIAS

    Qu son?

    Cada hora de trabajo que se realice sobre la duracinmxima de la jornada ordinaria, y su prestacin es volun-taria, salvo pacto individual o colectivo.

    Cmo se abonan?

    Econmicamente o se compensarn con descanso porpacto individual o colectivo.

    Cuntas horas extraordinarias puede realizar un trabaja-

    dor al ao?

    80 horas.

    Negociacin colectiva

    Qu es un convenio colectivo?

    Es el acuerdo suscrito por los representantes de los tra-bajadores y empresarios para fijar las condiciones de tra-bajo y productividad.

    Materias que pueden regular

    Econmica: un ejemplo, salarios. Laboral: un ejemplo, jornada diaria, semanal y anual de

    trabajo. Sindical: comits de empresa, delegados de personal. Condiciones de empleo.

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    Prevencin de riesgos.

    Relaciones de los trabajadores y sus representantescon el empresario o asociaciones empresariales.

    Conflictos colectivos. La huelga

    Qu es?

    Es la suspensin de la prestacin de trabajo llevada a

    cabo de forma colectiva y concertada por los trabaja-dores.

    Importante: la relacin laboral no se extingue, por lo

    tanto, tu contrato sigue en vigor. Ahora bien, no tienes

    derecho al salario. Y la situacin es de alta especial en la

    Seguridad Social.

    Derecho a la huelga de los trabajadores extranjeros: slocuando estn autorizados a trabajar. En este mismo sen-tido y con relacin a la libertad sindical, en Espaa slolos extranjeros que residan de una manera regular ten-drn derecho a sindicarse libremente o a afiliarse a unaorganizacin profesional en las mismas condiciones quelos trabajadores espaoles.

    Seguridad Social

    En Espaa, a efectos de las prestaciones de modalidadcontributiva, estn incluidos dentro del campo de apli-cacin del Sistema de la Seguridad Social, cualquieraque sea su sexo, estado civil y profesin, los espaolesresidentes en Espaa y los extranjeros que residan o seencuentren legalmente en Espaa, siempre que, enambos supuestos, ejerzan su actividad en territorionacional y sean:

    Trabajadores por cuenta ajena. Trabajadores por cuenta propia o autnomos.

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    Socios trabajadores de Cooperativas de Trabajo Aso-

    ciado. Estudiantes. Funcionarios pblicos, civiles y militares.

    A los efectos de las prestaciones no contributivas, estnincluidos en la aplicacin del sistema de la SeguridadSocial todos los espaoles residentes en territorio nacio-

    nal; y en virtud de la LO de extranjera, todos los extran- jeros que se encuentren en situacin administrativaregular, siempre y cuando cumplan los requisitos de ca-da una de las prestaciones.

    Composicin del Sistema de la Seguridad Social

    Rgimen general. Regmenes especiales:

    Agrario Trabajadores del mar Trabajadores autnomos Empleados de hogar Minera del carbn Estudiantes (seguro escolar) Funcionarios

    AFILIACIN

    En el caso de los trabajadores extranjeros, la afiliacin ala Seguridad Social deber realizarse una vez obtengan laautorizacin de residencia y trabajo.

    Si en el momento de solicitar la tarjeta de identidad deextranjero o si transcurrido un mes desde su entrada enEspaa, no existiera constancia de la afiliacin del traba-jador autorizado inicialmente a residir y trabajar, la autori-dad competente podr resolver la extincin de esta auto-rizacin concedida.

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    Si el empresario incumple su obligacin, los trabajadores

    pueden instar directamente su afiliacin y alta inicial a laSeguridad Social. Este organismo tambin puede proce-der a la afiliacin de oficio.

    COTIZACIN

    Cundo surge esta obligacin?

    Desde el momento en que se inicia la actividad laboral ypermanece mientras dura la misma.

    Deben cotizar

    Los trabajadores y los empresarios por cuya cuenta trabajen.

    Recuerda: la cotizacin es una cantidad que el empresa-rio retiene de las nminas y la ingresa en la SeguridadSocial; que al trabajador le corresponde cotizar por contin-gencia comunes (enfermedades comunes y accidentes nolaborales), desempleo (salvo trabajadores de temporada yestudiantes, tambin transfronterizos) y formacin pro-fesional; y que la cotizacin es imprescindible para larenovacin de las autorizaciones de residencia y trabajo.

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    Inscripcin de extranjeros

    en las oficinas de empleo delos servicios pblicos de empleo

    Podrs inscribirte en los servicios pblicos de empleo,como demandante de empleo, si cumples los siguientesrequisitos:

    Si tienes una autorizacin de residencia y trabajo devigencia superior a tres meses.

    Si ests incluidos en algunas de las excepciones paraobtener autorizacin de trabajo.

    Si tienes autorizacin de residencia por causas excep-cionales.

    Si tienes la condicin de refugiado y si eres familiarreagrupado.

    Si has solicitado renovacin de una autorizacin de tra-bajo.

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    RGIMEN ESPECIAL DE SEGURIDAD SOCIAL

    DE EMPLEADOS DE HOGAR

    Quines estn incluidos en este rgimen?

    Los trabajadores mayores de 16 aos que se dediquena servicios exclusivamente domsticos para uno ovarios cabezas de familia, y que perciban por los mis-mos un sueldo o remuneracin de cualquier clase.

    Estn incluidos los trabajos de guardera, jardinera,conduccin de vehculos y otros anlogos en lossupuestos en que se desarrollen formando parte delconjunto de tareas domsticas.

    La obligacin de cotizar nace desde la fecha de comien-zo de la actividad que motiva la inclusin en el campo deaplicacin de este rgimen, aunque no se hubiera cum-plido la obligacin de solicitar el alta. La cotizacin seefectuar dentro del mes siguiente al que corresponda asu devengo.

    Quin debe cotizar?

    Si el empleado de hogar presta sus servicios a un soloempleador y la duracin de los mismos es superior a lamitad de la jornada habitual: corresponde al cabeza defamilia y la cantidad que cotice la deducir del salario deltrabajador.

    Si el empleado de hogar presta sus servicios con carc-ter parcial o discontinuo a uno o ms cabezas de familia,sern de su exclusivo cargo las cotizaciones tanto delempleador como del empleado.

    Prevencin de riesgos laborales

    Es una actividad que tiene por objeto promover la mejo-ra de las condiciones de trabajo para elevar el nivel deproteccin de la salud y seguridad de los trabajadores.

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    La prevencin de riesgos comporta derechos y obliga-ciones para los empresarios y trabajadores.

    Obligacin del empresario

    Garantizar la salud y seguridad de los trabajadores a su ser-vicio en todos los aspectos relacionados con su trabajo.

    Derecho del trabajador

    Proteccin eficaz en su trabajo. Por ello, deber:

    Ser informado directamente de los riesgos para susalud y seguridad y de las medidas preventivas adop-tadas, incluidas las previstas para hacer frente a situa-ciones de emergencia.

    Recibir una informacin terica y prctica, suficien-te y adecuada en el momento de su contratacin ycuando cambie el contenido de la tarea encomen-dada.

    Abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario,cuando considere que dicha actividad entraa un ries-go grave e inminente para su vida o su salud.

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    Una vigilancia peridica de su estado de salud, en fun-

    cin de los riesgos inherentes a su puesto de trabajo. Ser consultados y participar en todas las cuestionesque afecten a la seguridad y a la salud del trabajo.Tambin, a efectuar propuestas al empresario y a losrganos de participacin y representacin (delegadosde prevencin, comit de seguridad y salud).

    Obligaciones de los trabajadoresVelar por su propia seguridad y salud y por la de sus com-paeros. Por ello deber:

    Usar adecuadamente mquinas, herramientas, sus-tancias peligrosas, equipos y cualquier medio de tra-bajo o equipo facilitado por el empresario.

    Utilizar correctamente los dispositivos de seguridad delos medios y lugares de trabajo.

    Informar inmediatamente a su superior jerrquico y alos encargados de prevencin en la empresa sobrecualquier situacin que, a su juicio, entrae un riesgopara la seguridad y salud de los trabajadores.

    Contribuir al cumplimiento de las obligaciones estable-cidas por la autoridad competente.

    Cooperar con el empresario para que ste puedagarantizar unas condiciones de trabajo que sean segu-ras y no entraen riesgos para la seguridad y salud delos trabajadores.

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    Centros de UGT adonde puedes dirigirte

    Proyecto Participacin sindical en los procesos migrato-rios.

    En Colombia

    Centro Gua Bogot

    Calle 19 n 4-20Oficina 405 Edificio EmperadorTelfonos: 2822441 / 2826713

    En Ecuador

    Centro Gua QuitoMarical Fosch E9 46 y Andrs Xaura

    Centro Gua GuayaquilJos Antepara 2706 y Gmez Rendn

    En Espaa

    Programa de Centros de Informacin y Asesoramiento

    Sociolaboral para Inmigrantes de la Comisin Ejecutiva

    Confederal de UGT.

    Andaluca:Almera: Javier Sanz, 14 4Telfono: 00 34 950 251 211

    Asturias:Oviedo: Pza. General Ordez, 1, planta bajaTelfono: 00 34 985 276 729

    Canarias:Las Palmas: Avda. del 1 de Mayo, 21, 1 plantaTelfono: 00 34 928 36 43 72

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    Castilla-La Mancha:

    Albacete: Mayor, 58 planta bajaTelfono: 00 34 967 215 514

    Castilla y Len:Aranda de Duero: Plaza del Trigo, 8Telfono: 00 34 947 507 850

    Ceuta:Alcalde Frutuoso Miaja, 1 3 plantaTelfono: 00 34 956 510 341

    Extremadura:Navalmoral de la Mata: Pablo Luengo, s/nTelfono: 00 34 927 531 948

    Euskadi:Bilbao: Coln de Larreategui, 46 bisTelfono: 00 34 944 255 252

    Galicia:Vigo: Enrique Heraclio Botana, 2Telfono: 00 34 986 223 088

    La Rioja:Logroo: Milicias, 1 bisTelfono: 00 34 941 240 022

    Melilla:Pza. 1 de Mayo, s/nTelfono: 00 34 952 672 602

    Navarra:Pamplona: Avda. de Zaragoza, 12, bajoTelfono: 00 34 948 291 281

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    Programa de Centros de Informacin y Atencin Social a

    inmigrantes de la Comisin Ejecutiva Confederal de UGT

    Andaluca:Mlaga: Alemania, 19-21Telfono: 00 34 952 221 030

    Cantabria:

    Santander: Rosario Acua, 5Telfono: 00 34 942 36 46 22

    Catalua:Barcelona: Rambla de Santa Mnica, 10Telfono: 00 34 933 046 842

    Madrid:Maldonado, 53Telfono: 00 34 915 900 580

    Murcia:Santa Teresa, 16Telfono: 00 34 968 274 690

    Comunidad Valenciana:Valencia: Naturalista Arvalo Baca, 7, bajoTelfono: 00 34 963 936 371

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    Otros centros de UGT de atencin a inmigrantes

    Andaluca

    AlmeraHurcal Overa: Avda. Guillermo Reina, s/nTelfono: 950 13 40 05

    Roquetas de Mar: Pza. Doctor Marn, s/nTelfono: 950 32 39 74

    Vera: San Cleofs, s/nTelfono: 950 39 21 45

    Cdiz:Avda. Andaluca, 6, 3Telfono: 956 28 99 66

    Campo de Gibraltar: Avda. Gesto por la Paz,Estacin 1 plantaTelfono: 956 58 70 13

    Jerez de la Frontera: Pza. del Arenal, 20 40Telfono: 956 34 65 35

    Crdoba:Marbella, s/nTelfono: 957 29 76 77

    Baena: Pasaje Recoletos, 8Telfono: 957 69 07 87

    Lucena: San Pedro, 40Telfono: 957 50 15 50

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    Granada:

    Avda. de la Constitucin, 21, 2Telfono: 958 27 21 91

    Huelva:Puerto, 28Telfono: 959 24 40 90

    Jan:Paseo de la Estacin, 30, 1Telfono: 953 25 22 21

    Mlaga:Marbella: Avda. Ricardo Soriano, 11Telfono: 952 77 95 44

    Sevilla:Antonio Salado, 10-12Telfono: 954 50 63 00

    Blas Infante, 42, 2Telfono: 954 27 30 03

    Asturias

    Gijn:Pintor Mariano Mor, 22 entlo.Telfono: 985 35 56 56

    Aragn

    Zaragoza:Costa 1Telfono: 976 70 01 00

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    Baleares

    Palma de Mallorca:Avda. Arquitecto Gaspar Bennasar, 69, 5Telfono: 971 76 44 88

    Canarias

    FuerteventuraPuerto del Rosario: Avda. 1 de Mayo, 33, 2Telfono: 928 53 09 33

    LanzaroteArrecife: Avda. Vargas, 4, 2Telfono: 928 81 03 40

    TenerifeSanta Cruz de Tenerife: Mndez Nez, 84, 3Telfono: 922 27 14 67

    Castilla y Len

    vila:Isaac Peral, 18 bajoTelfono: 920 22 56 50

    Burgos:San Pablo, 8Telfono: 947 25 20 80

    Len:Gran Va de San Marcos, 31Telfono: 987 27 06 79

    Ponferrada: Avda. Valds, 36, 1Telfono: 987 41 76 64

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    Palencia:

    Mayor Antigua, 69Telfono: 979 70 64 47

    Salamanca:Avda. de Mirat, 35 - 39 entreplanta, oficina ATelfono: 983 27 22 31

    Segovia:Avda. Fernndez Ladreda, 33Telfono: 921 42 48 50

    Soria:Vicente Tutor, 6Telfono: 975 22 53 23

    Valladolid:Gamazo, 31, bajoTelfono: 983 21 41 85Gamazo, 13Telfono: 983 32 90 84

    Zamora:Lope de Vega, 6Telfono: 980 51 42 91

    Castilla-La Mancha

    AlbaceteHelln: Juan XXIII, 5-2Telfono: 967 30 40 30

    Villarrobledo: Cruz Verde, 4 dcha.Telfono: 967 14 20 14

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    Ciudad Real:

    La Paz, 4Telfono: 926 21 14 72

    Alczar de San Juan: Hermanos Galera, 13Telfono: 926 54 11 74

    Manzanares: Molinos de Viento, 1

    Telfono: 926 61 17 62

    Tomelloso: Socuellamos, 10 bajo izda.Telfono: 926 50 32 12

    Valdepeas: Unin, 33, 1Telfono: 926 32 06 68

    Cuenca:Hermanos Valds, 5Telfono: 969 21 40 59

    Motilla del Palancar / Iniesta: Alarcn 2Telfono: 967 54 50 11

    Tarancn: Miguel Cervantes, 49Telfono: 969 32 20 63

    Guadalajara:Pza. de Pablo Iglesias, 2Telfono: 949 22 39 80

    Toledo:Carlos V, 1, 1Telfono: 925 22 82 00

    Concepcin, 4, bajoTelfono: 925 25 25 18

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    Illescas: Pza. Mayor, 1

    Telfono: 925 22 82 00

    Euskadi

    San Sebastin:Catalina de Erauso, 7Telfono: 943 44 58 74

    Vitoria:San Antonio, 45Telfono: 945 15 07 70

    Galicia

    A Corua:Fdez. Latorre, 27Telfono: 981 24 11 22

    Ferrol: Carmen, 43Telfono: 981 35 00 23

    Santiago de Compostela: Miguel FerroCaaveiro, 12 baixoTelfono: 981 59 09 41

    Lugo:Ronda da Muralla, 58, 1Telfono: 982 23 13 25

    Ourense:Parque San Lzaro, 12 baixoTelfono: 988 22 61 35

    Pontevedra:Pasantera, 1Telfono: 986 85 84 51

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    La Rioja

    Calahorra: Julio Csar, 3Telfono 941 13 02 94

    Murcia

    Cartagena: Pza. Espaa, 12

    Telfono: 968 08 30 45

    Lorca: Jernimo Santa Fe, 38, 1 ATelfono: 968 46 98 70

    Navarra

    Pamplona: IFES. Avda. Marcelo Celayeta, 75(Edif. IWER) entrada 4 C, 1 planta, nave C 2Telfono: 948 15 31 93

    Alsasua: Erkuden, 4Telfono: 948 46 71 20

    Azagra: Filemn Losantos, 15Telfono: 948 67 75 85

    Cadreita: Pza. del Ayuntamiento, s/nTelfono: 948 84 48 02

    Caparroso: Pza. Espaa, 12Telfono: 616 907 523

    Estella: Huarte de San Juan, s/nTelfono: 948 55 06 40

    Funes: Pza. del Ayuntamiento, s/nTelfono: 660 678 936

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    Olite: Pza. del Ayuntamiento, s/n

    Telfono: 616 907 523

    Peralta: Espoz y Mina, 2Telfono: 948 71 32 04

    San Adrin: Santa Gema, 28Telfono: 948 69 66 00

    Sangesa: Las Torres, 18Telfono: 948 43 05 32

    Tafalla: Cuatro Esquinas, 1, 1Telfono: 948 70 08 90

    Tudela: Cuesta de la Estacin, 3Telfono: 948 40 24 25

    Pas Valenciano

    Alicante:Pablo Iglesias, 23Telfono: 965 14 87 15 - 13

    Benidorm: Av. L'Aigera (Edif. Central Park entlo.)Telfono: 965 86 20 11

    Elche: Pza. Constitucin, 3Telfono: 965 45 38 12

    Elda: Ortega y Gasset, 23Telfono: 96 539 76 22

    Orihuela: Ruiz Capdepn, 9 - 3rTelfono: 965 30 21 65 - 56 63

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    Torrevieja: La Pau, 115

    Telfono: 965 71 38 12

    Castelln:Pza. de les Aules, 5Telfono: 964 22 65 08

    Villarreal: Pedro III, 4

    Telfono: 964 50 65 80

    Valencia:Alzira: Curtidors, 25Telfono: 962 41 27 51

    Ganda: Abad Sola, 69 - 71Telfono: 962 86 29 98

    Sagunto: Pza. Cronista Chabret, 13Telfono: 962 66 10 63

    Recuerda que, adems de estos centros, puedes acer-

    carte a cualquier sede de UGT en Espaa y solicitar infor-

    macin y asesoramiento.