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VI ST O: GOBIER NO REG ION AL DE M ADRE DE DI OS Jirón Cu sc a N' 350 - Pu erto Maldonado Teléf.: (0051) (082) 571199 / 5?2646 - Fax: (0051) (062) 57 11 99 Webs1\e. www.reg1onmadrededios.gob.pe - E-mail: regionmddp@regionmadrededios.gob.pe COP\ f \EL DEL t) R'I G;1N AL "AÑO DE LA DIVERSIFICACION PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACION" "MADRE DE DIOS, CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ" RESO LUCI ÓN EJ EC UTIVA REG IONAL ~l..\5.2 01 5-GOREMAD/ GR Puerto Maldonado, 3 1 0 \e• 2015 La solicitud de fecha 11 de noviembre del 2015; Resolución Ejecutiva Regional 49 9-2015- GOREMAD/GR de fecha 25 de junio del 2015; Resolución Ejecutiva Regional Nº 679 -2015- GOREMAD/GR de fecha 07 de agosto del 2015; Oficio Nº 790-2015-GOREMAD/ORA-QP de fecha 09 de diciembre del 2015; Informe Nº 0218-2015-GOREMAD-OP-UREM de fecha 07 de diciembre del 2015; Informe Legal 1630-2015-GOREMAD-ORAJ, de fecha 28 de diciembre del 2015, y AN TECEDENT ES : Que, mediante solicitud de fecha 20 de octubre del 2015, los servidores del Gobierno Regional de Madre de Dios - Dirección Regional de Energía Minas e Hidrocarburos, Luis Silva Chauca Delia Encarnación Vergara de Hilari, solicitan certificación de encontrarse comprendido en los alcances del Decreto de Urgencia Nº 037-94-PCM. ANÁLISIS: Que el Gobierno Regional es una persona jurldica de derecho público, con autonomla polftica, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyéndose para su administración económica y financiera en un Pliego Presupuesta!, dentro del marco de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 modificada por la Ley Nº 27902, que en su artículo 4 º estipula que la finalidad esencial de los Gobiernos Regionales es fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada, el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidad de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Que mediante documento público, ello es el Informe Nº 0218-2015-GOREMAD/OP- UREM, de fecha 07 de diciembre del 2015, el encargado de la Unidad de Remuneraciones de la Oficina de Personal del Gobierno Regional de Madre de Dios, manifiesta que los servidores, han decidido desafiliarse de las AFPs, empero habiendo iniciado la devolución de aportes según Decreto de Urgencia 037-94-PCM que dispuso otorgar bonificación especial mensual y per ente donde se le descontaba conceptos como parte de la remuneración asegurable, consiguientemente los aportes descontados y pagados a las AFPs serán devueltas al afiliado, ~~-ll~r" considerando que dichos servidores, Luis Silva Chauca y Delia Encarnación Vergara de Hilari, ~...! .... --'2.+:~f---l;¡.¡¡¡.¡; 1-e1:rr1ado afiliados a la AFP Integra desde octubre de 1994 hasta abril del 2012 y mayo del 2011 respectivamente. Qu e el De creto de Urgencia Nº 37 - 94 -PCM , establece el monto mlnimo del ingreso total permanente de los servidores activos y cesantes de la administración pública; disponiéndose en el articulo 2, otorgar a partir del 01 de julio de 1994, una bonificación especial a diversos servidores de la administración pública, es asl que en el artículo 5 se señala, que la bonificación será mensual y permanente, no siendo base de cálculo para el reajuste de las bonificaciones que establece el Decreto Supremo Nº 051-91 -PCM o para cualquier tipo de remuneración o pensión . Que, el Ministerio de Economla y Finanzas mediante Oficio Nº 6539-EF/13/01, señala que dicha bonificación, debe ser excluida de los conceptos considerados como parte de la remuneración asegurable en el ámbito del Sistema Privada de Pensiones; no siendo materia de retención por part e del empleador, así como tampoco constituye base de cálculo para la pensión aplicable al Sistema Privado de Pensiones; Concluyendo que corresponde efectuar la devolución de las retenciones pagadas sobre dicha bonificación. Que , de la so licitud presentada por los servidores del Gobierno Regional de Madre de Dios, Dirección Regional de Energfa, Minas e Hidrocarburos en la actualidad están desafiliados de las AFPs y siendo un requisito indispensable que la entidad emita un acto OFI CINA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Av. Alfonso Uga rte Nº 873 6to. Pi se - Li ma 1 Telefax: (005 1) (01) 4244388 E-mail: oca lgoremad@reglonmadrededlos.gob.pe

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VI STO:

GOBIER N O REG I O NAL DE M ADRE DE D I OS Jirón Cusc a N' 350 - Puerto Maldonado

Telé f.: (0051) (082) 571199 / 5?2646 - Fax: (0051) (062) 5711 99 Webs1\e. www.reg1onmadrededios .gob.pe - E-mail : [email protected]

COP\ ~ f \EL DEL t) R'I G;1N AL

"AÑO DE LA DIVERSIFICACION PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACION" " MADRE DE DIOS, CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ"

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº ~l..\5.201 5-GOREMAD/GR

Puerto Maldonado, 3 1 0 \e• 2015

La solicitud de fecha 11 de noviembre del 2015; Resolución Ejecutiva Regional N° 499-2015-GOREMAD/GR de fecha 25 de junio del 2015; Resolución Ejecutiva Regional Nº 679-2015-GOREMAD/GR de fecha 07 de agosto del 2015; Oficio Nº 790-2015-GOREMAD/ORA-QP de fecha 09 de diciembre del 2015; Informe Nº 0218-2015-GOREMAD-OP-UREM de fecha 07 de diciembre del 2015; Informe Legal 1630-2015-GOREMAD-ORAJ, de fecha 28 de diciembre del 2015, y

ANTECEDENTES : Que, mediante solicitud de fecha 20 de octubre del 2015, los servidores del Gobierno

Regional de Madre de Dios - Dirección Regional de Energía Minas e Hidrocarburos, Luis Silva Chauca Delia Encarnación Vergara de Hilari, solicitan certificación de encontrarse comprendido en los alcances del Decreto de Urgencia Nº 037-94-PCM.

ANÁLISIS: Que el Gobierno Regional es una persona jurldica de derecho público, con autonomla

polftica, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyéndose para su administración económica y financiera en un Pliego Presupuesta!, dentro del marco de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 modificada por la Ley Nº 27902 , que en su artículo 4 º estipula que la finalidad esencial de los Gobiernos Regionales es fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada, el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidad de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales , regionales y locales de desarrollo.

Que mediante documento público, ello es el Informe Nº 0218-2015-GOREMAD/OP­UREM , de fecha 07 de diciembre del 2015, el encargado de la Unidad de Remuneraciones de la Oficina de Personal del Gobierno Regional de Madre de Dios, manifiesta que los servidores, han decidido desafiliarse de las AFPs, empero habiendo iniciado la devolución de aportes según Decreto de Urgencia 037-94-PCM que dispuso otorgar bonificación especial mensual y per ente donde se le descontaba conceptos como parte de la remuneración asegurable , consiguientemente los aportes descontados y pagados a las AFPs serán devueltas al afiliado,

~~-ll~r"considerando que dichos servidores , Luis Silva Chauca y Delia Encarnación Vergara de Hilari , ~...!....--'2.+:~f---l;¡.¡¡¡.¡;1-e1:rr1ado afiliados a la AFP Integra desde octubre de 1994 hasta abril del 2012 y mayo del

2011 respectivamente .

Que el Decreto de Urgencia Nº 37 -94-PCM, establece el monto mlnimo del ingreso total permanente de los servidores activos y cesantes de la administración pública; disponiéndose en el articulo 2, otorgar a partir del 01 de julio de 1994, una bonificación especial a diversos servidores de la administración pública, es asl que en el artículo 5 se señala, que la bonificación será mensual y permanente , no siendo base de cálculo para el reajuste de las bonificaciones que establece el Decreto Supremo Nº 051-91 -PCM o para cualquier tipo de remuneración o pensión .

Que, el Ministerio de Economla y Finanzas mediante Oficio Nº 6539-EF/13/01, señala que dicha bonificación, debe ser excluida de los conceptos considerados como parte de la remuneración asegurable en el ámbito del Sistema Privada de Pensiones; no siendo materia de retención por parte del empleador, así como tampoco constituye base de cálculo para la pensión aplicable al Sistema Privado de Pensiones; Concluyendo que corresponde efectuar la devolución de las retenciones pagadas sobre dicha bonificación .

Que , de la solicitud presentada por los servidores del Gobierno Regional de Madre de Dios , Dirección Regional de Energfa , Minas e Hidrocarburos en la actualidad están desafiliados de las AFPs y siendo un requisito indispensable que la entidad emita un acto

OFICINA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Av. Alfonso Ugarte Nº 873 6to. Pise - Li ma 1 Telefax: (005 1) (01) 4244388

E-mail: oca [email protected]

GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Jirón Cuse o N' 350 - Puerto Maldonado

Teléf. : (0051) (082) 571199 i 5'72646 - Fax: (0051) (0~2) 571 199 Websile: www.regionmadrededios.gob.pe - E-mail: [email protected]

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"AÑO DE LA DIVERSIFICACION PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACION" "MADRE DE DIOS, CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ"

resolutivo en donde se indique que el afiliado se encuentra dentro del Decreto de Urgencia 037-94; Advirtiéndose para tal efecto el Informe N° 0218-2015-GOREMAD/OP-UREM, de fecha 07 de diciembre del 2015 por el cual el encargado de la Unidad de Remuneraciones de la Oficina de Personal del Gobierno Regional de Madre de Dios indica que los servidores Luis Silva Chauca y Delia Encarnación Vergara de Hilari, actualmente se encuentran afiliados al Sistema Nacional de pensiones.

Con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoria Juridica y la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios. En uso de las facultades y atribuciones conferidas por la ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, la Resolución Nº 3801-2014-JNE y la Credencial de fecha 22 de diciembre del 2014 emitida por el Jurado Nacional de Elecciones;

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- INDICAR que los servidores públicos, desafiliados a las distintas AFPs se encuentran dentro del Decreto de Urgencia 037-94-PCM conforme a la siguiente relación:

APELLIDOS Y NOMBRES DNI FECHA DE DESAFILIACION Silva Chauca, Luis 04809711 2012 abril Vergara de Hilari Delia Encarnación 04803341 2011 Mayo

ARTICULO SEGUNDO.- PONER EN CONOCIMIENTO el contenido de la presente resolución a los interesados y las instancias correspondientes del Gobierno Regional de Madre de Dios para

~~~~e~f6sstf1rines legales correspondientes.

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