Demanda Contencioso Paniagua
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SUMILLA : DEMANDA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO.
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DE LIMA.
ADRIAN SEBASTIAN ALVAREZ HINOSTROZA, con DNI Nº
20553686, con domicilio real en Mz. L1, Lote 22,
Residencial Pariachi, II Etapa, Ate Vitarte y
procesal en el mismo; a Ud. respetuosamente digo:
I. PETITORIO :
Interpongo impugnación contra la Resolución
OSINERGMIN Nº 0011-2010-OS/JARU-SC en vía
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, a efectos de que se
declare la invalidez e ineficacia, y se proceda al
reembolso por cobro excesivo por parte de LUZ DEL
SUR, accesoriamente pague una indemnización de S/.
20,000.00 Nuevos Soles, más costas y costos del
proceso. Debiendo notificarse a la demandada en la
Oficina de Santa Anita, fundamentando mi demanda en
mérito de las siguientes consideraciones de hecho y
de derecho que paso a exponer:
II. FUNDAMENTOS DE HECHO:
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1. eñor Juez, con fecha 21 de Setiembre del 2009, el
demandante solicito a LUZ DEL SUR la devolución de
la contribución responsable por el aporte que
efectuó para la construcción de obras civiles de
electrificación en la Urb. Residencial Pariachi.
2. Con fecha 15 de Octubre del 2009 mediante Carta AAR
3588.2009, la concesionaria dio respuesta al
escrito del demandante de fecha 21-09-2009
informandole que el 27-01-09 emitió la Resolución
Nº SGSC-CHOS-09-0030, con la cual culminó el
proceso de reclamo por devolución de
contribuciones reembolsables relacionados a la
Subestacion Nº 11016
3. Pero es el caso Señor Juez que mi empresa PETER
CENTER E.I.R.L.,
Pero, es
4. Que, la los efectos de que se declare la Nulidad
de la Resolución de Sanción Nº 01M-302115 de fecha
17-12-2007, con Código de Infracción 050103
JUAN ALBERTO QUIROZ LARA, con DNI Nº
08877580, con domicilio real en Mz.
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“H”, Lote 26, Asociación de Vivienda
Santa Rosa, San Martín de Porres, y
señalando domicilio procesal en la Casilla
Nº 15554 Central de Notificaciones del
Poder Judicial, Fa9lcon Express S.A., a
Ud. con el debido respeto digo:
I. EMPLAZADO:
El Ministerio del Interior, debiendo ser
notificado en Plaza 30 de Agosto S/N, Corpac, San
Isidro.
II. PETITORIO:
Que, solicito a su Judicatura MI REINCORPORACION a
la Policía Nacional del Perú.
III. FUNDAMENTOS DE HECHOS:
PRIMERO: Señor Juez, conforme adjunto la copia
certificada de la sentencia de fecha 19 de Febrero de
1988, fui procesado por el delito de evasión de precios
en la cual el fallo es el siguiente: condenando al
acusado Guardia Civil en disponibilidad JUAN ALBERTO
QUIROZ LARA, como autor del delito de Evasión de Presos,
a la pena de 06 meses de reclusión militar efectiva, la
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que se da por compurgada con la mayor carcelería
sufrida, disponiendo su inmediata libertad, siempre y
cuando no exista otra medida de seguridad dictada por
alguna autoridad competente, sin lugar al pago de
reparación civil.
Señor Juez, asimismo con fecha 04 de Setiembre de 1991
el Consejo Superior de Justicia de la Segunda Zona
Judicial de la Policía Nacional Segunda Sala declararon
no ha incurrido en responsabilidad, al mandar ejecutar
la sentencia de fojas 108, es decir, Señor Juez, que en
ningún momento he tenido responsabilidad penal alguno.
SEGUNDO: Es el hecho, Señor Juez, que conforme
adjunto a la presente copia certificada de la sentencia
de fecha 11 de Febrero de 1992, fui condenado como
autor del delito de Desobediencia a la pena de 30 días
de reclusión militar efectiva que la he cumplido en el
Centro de Inculpados PAYET, y que venció el día 11 de
Marzo de 1992. Asimismo, me impusieron la pena
accesoria de separación temporal del servicio durante
el tiempo de la condena. De otro lado, me absolvieron
de la falta por abandono de destino, considerándome como
autor de falta de desobediencia en la cual esta condena
había extinguido por prescripción. Sin pago alguno de
reparación civil. Es decir, Señor Juez, que a la fecha
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me encuentro en situación de retiro, por lo que acudo a
su Judicatura a fin de solicitar conforme a ley mi
reincorporación.
TERCERO: Que, conforme adjunto a la presente copia
certificada de la Resolución de fecha 20 de Febrero
del 2006, estoy acreditando fehacientemente que por
sesión ordinaria y con lo opinado del Sr. Auditor
General DECLARARON “Que, el recurrente no ha incurrido
en responsabilidad”. Es decir, Señor Juez, que no he
cometido ningún delito, ni mucho menos sancionado
administrativamente.
CUARTO: Que, conforme adjunto a la presente copia
certificada de la Resolución de fecha 31 de Mayo de
1999, estoy acreditando fehacientemente que he sido
denunciado y procesado por ante el Poder Judicial en lo
Penal de Huanuco, en la que declararon extinguida por
prescripción la acción penal en contra del recurrente
supuestamente por el delito contra la función
jurisdiccional-favorecimiento de fuga, en agravio del
Estado, ordenándose el archivo definitivo de la
instrucción y que se anulen, los antecedentes
policiales y judiciales, es decir, Señor Juez, que me
han perjudicado totalmente tanto moralmente como
económicamente separándome de mi institución policial,
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reiterando a su Judicatura que solicito mi
reincorporación.
QUINTO: Señor Juez, conforme adjunto a la presente las
copias simples de la Resolución Directoral Nº 3917-90 de
fecha 28 de Agosto de 1990, ordenaba pasar a la
situación de disponibilidad por medida disciplinaria a
la de retiro por haber permanecido 03 años consecutivos
en disponibilidad.
SEXTO: Cabe mencionar, Señor Juez, que con fecha 21 de
Julio del 2006, según Ley Nº28805, esta Ley que
autoriza la reincorporación de los Oficiales, Técnicos
y Suboficiales de las Fuerzas Armadas y de la Policía
Nacional del Perú. Indica que pueden acogerse los
efectivos policiales pasados al retiro por causal de
renovación o medida disciplinaria en el período
comprendido entre el 28 de Julio de 1990 y el 22 de
Noviembre del año 2000, en la cual dieron un plazo no
mayor de 30 días desde la fecha de entrada en vigencia
de la presente ley. Que, por motivos estrictamente
personales y familiares me fue imposible reunir toda la
documentación, que fui denunciado injustamente
perjudicándome totalmente.
SEPTIMO: Por último, Señor Juez, motivo y razón por la
cual es que acudo a su digno Despacho a fin de
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solicitar mi reincorporación a la Policía Nacional del
Perú, y así se me reconozca todos mis derechos y
haberes que me corresponde como policía Ya que
actualmente me dedico a mi familia y a su vez a mi
señora madre que es una persona de avanzada edad y a mis
menores hijos; y que actualmente gano una suma irrisoria
de S/. 600.00 Nuevos Soles, en la compañía ALICORP
E.I.R.L., sito en la Mz.- E10, Lote 3, AA.HH.
Bocanegra, Callao prueba de ello adjunto copia simple
del contrato de trabajo sujeto a modalidad de fecha 04
de Mayo del 2006.
IV. FUNDAMENTACION JURIDICA:
- Amparo mi presente demanda de conformidad con el
Art. 486 Inc. 6 del Código Procesal Civil.
- Amparándome del Art. 12 de la Constitución Politíca
del Estado que protege cautela la seguridad social,
señalando que sus recursos son intangibles bajo
personalidad.
- Art. 144 del Reglamento de la Ley de la Carrera
Administrativa, asimismo el Decreto Ley Nº 27444.
V. MONTO DEL PETITORIO:
No se puede precisar.
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VI. VIA PROCEDIMENTAL:
Deberá tramitarse en la vía PROCESO ABREVIADO.
VII. MEDIOS PROBATORIOS:
1. La Tasa Judicial y dos cédulas de Notificación
(ANEXO 1-A).
2. Copia simple de mi DNI (ANEXO 1-B).
3. Copia certificada de la sentencia de fecha 11 de
Febrero de 1992. (ANEXO 1-C).
4. Copia certificada de la Resolución de fecha 20 de
Febrero de 1996. (ANEXO 1-D)
5. Copia certificada de la sentencia de fecha 19 de
Febrero de 1988 y la Resolución de fecha 04 de
Setiembre de 1991. (ANEXO 1-E).
6. Copia certificada de la Resolución de fecha 31 de
Mayo de 1999. (ANEXO 1-F).
7. Copia simple de la Resolución Directoral Nº 39-17-
90 de fecha 28 de Agosto de 1990. (ANEXO 1-G).
8. Copia simple del contrato de trabajo sujeto a
modalidad de fecha 04 de Mayo del 2006. (ANEXO 1-
H)
9. Copia simple de la Ley Nº 28805. (ANEXO 1-I)
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POR TANTO:
A Ud. Señor Juez, solicito se sirva
admitir la presente demanda y tramitarla conforme a ley.
Lima, 09 de Mayo del 2007
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JUAN ALBERTO QUIROZ LARA
DNI Nº 08877580
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