Criminalistica Modulo i
-
Upload
barbaralubik -
Category
Documents
-
view
28 -
download
0
description
Transcript of Criminalistica Modulo i
1
CRIMINALISTICA
MODULO I
Criminología Y Criminalística
SOCIOLOGÍA DEL DERECHO CONCEPTOS
Es aquella disciplina que estudia los problemas, las implicaciones, y
todo aquello concerniente a las relaciones entre el Derecho y la sociedad.
Es una ciencia que estudia las relaciones entre el derecho y la sociedad, la palabra sociedad no tiene un referente claro, tal como ocurre con la
palabra realidad, estas dificultades provienen del hecho de que la
expresión "derecho y sociedad", establece exterioridad entre ambos términos, no es posible decir que uno sea mas claro que el otro.
La Sociología Jurídica es una rama de la Sociología General que tiene por objeto el estudio de los fenómenos jurídicos o de derecho. La
Sociología Jurídica parte del principio de que todos los fenómenos
jurídicos son fenómenos sociales aunque no todos los fenómenos sociales son fenómenos jurídicos. También existen los fenómenos
sociales no jurídicos, como son los fenómenos de usos sociales o
costumbres que son de gran importancia para la vida en sociedad.
Sociología Del Derecho Relación Con Otras Ciencias Sociales
Sociología del Derecho y Sociología General La sociología general y la sociología del derecho, no obstante la
dependencia histórica de la segunda respecto de la primera se
diferencian por los temas o contenidos de análisis y por los métodos empleados.
Desde una perspectiva metodológica, la sociología del derecho
depende de la sociología general, con matizaciones. Porque la peculariaridad del elemento jurídico presiona y delimita la naturaleza y,
si no la naturaleza, la forma de aplicación del método de la investigación.
En general todas las ciencias sociales se han desarrollado de tal modo que las peculiaridades del objeto de análisis han impuesto la creación de
2
genuinos métodos de investigación de alcance limitado en función de la
naturaleza de la materia analizable. En el caso del derecho, por un lado,
una especial preparación jurídica de los sociólogos del derecho, y por otro, el empleo de métodos de análisis específicos.
Materialmente, la sociología del derecho no es, sin mas, una parte
especializada de la sociología general, o dicho de otra manera, un estudio de los temas generales de la sociología en el ámbito jurídico,
sino que incorpora una sociología de las ciencias jurídicas positivas,
sociología del derecho civil, penal, del procesal, del derecho del trabajo, de los valores jurídicos, en constante desarrollo, que la singulariza y la
diferencia de la sociología general y de otras sociologías particulares. La
sociología del derecho es de tal singularidad, en lo que se refiere a temas de estudio y a su incidencia en la sociedad, que ha habido quien
ha afirmado que seria necesaria una licenciatura en sociología del
derecho, acompañado complementariamente a las distintas ciencias jurídicas dogmáticas que conforman en la actualidad los planes de
estudio de las licenciaturas de derecho.
Sociología del Derecho y Derecho Dogmático
El Derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuya base son
las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y
carácter. En otras palabras, es el conjunto de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos interpersonales.
El Derecho Dogmático es aquel que se enseña en las aulas de las
universidades como un dogma y el que se practica en los tribunales, es
decir es el derecho positivo.
Por tal razón existe una relación entre la Sociología del Derecho y
Derecho Dogmático, existe cierta relación en vista de que la Sociología del Derecho estudia los fenómenos sociales vinculados al Derecho y el
derecho lo que hace es regular acciones de los individuos que viven en
sociedad y que son quienes producen los fenómenos sociales. Pero además que tanto la Sociología del Derecho como el derecho están
enmarcadas dentro de las ciencias sociales.
Sociología del Derecho y Filosofía del Derecho
La filosofía del derecho es una rama de la filosofía que estudia de
los fundamentos filosóficos que rigen la creación y aplicación del derecho.
3
Filosofía del derecho es toda aproximación al hecho jurídico, el
acercamiento a un fenómeno que ha acompañado a la humanidad desde
su aparición, puesto que la ley y el derecho constituyen una constante histórica que ha incidido de una manera general y constante en las
gentes y en los modelos sociales y políticos.
Los grandes asuntos de la filosofía del derecho:
Epistemología jurídica: entra en la reflexión sobre el
conocimiento del derecho. Se trata de dilucidar si este conocimiento es posible; qué forma o estructura ha de tener;
cuáles son sus maneras de presentarse en las sociedades, etc.
La ontología jurídica: habrá de fijar el ser del derecho, es decir cuál será el objeto sobre el que se va a filosofar; nótese que
este objeto es anterior al conocimiento que se le aplica, es decir,
tiene una realidad propia antes de ser estudiado. La ontología jurídica obtendrá un concepto del derecho que servirá
como base para una reflexión filosófica posterior.
La axiología jurídica: trata el problema de los valores jurídicos, es decir, dilucida sobre cuáles sean los valores que harán
correcto un modelo de derecho o que primarán a la hora de
elaborar o aplicar el derecho. Así, en los ordenamientos europeos no existe la pena de muerte; el valor consistente en que "el estado
no mate" es fundamental. De todos los valores del derecho el más
importante es el de "justicia"; tiene tanta importancia que algunos autores designan a la axiología jurídica como Teoría de la Justicia.
La filosofía jurídica existencial: tiene su razón de ser en el
marco de la antropología, es decir, trata de poner de relieve la
relación entre el hombre y la realidad jurídica; no podemos
prescindir del hombre en la realización del derecho porque la
humanidad es la que crea y aplica el derecho, aún más, crea y aplica a sí misma el derecho.
La filosofía del Derecho, se introducía en todas las disciplinas del
derecho, era muy general, al paso del tiempo comenzaron a separse de
ellas. La sociología, la psicología y la lógica jurídica, es decir, que la Sociología del Derecho es parte de la filosofía del derecho, ese
rompimiento se logró cuando la Sociología del Derecho adoptó nuevos
métodos tales como la observación de las masas, la experimentación, pero a pesar de todo entre ambas ciencias no deja de existir relación.
4
Algunos pensadores de la filosofía del derecho no consideran a la
Sociología del Derecho como una ciencia sino como una doctrina entre
muchas otras.
Sociología del Derecho y La Estadística General
La estadística es una ciencia con base matemática referente a la recolección, análisis e interpretación de datos, que busca explicar
condiciones regulares en fenómenos de tipo aleatorio. Es transversal a
una amplia variedad de disciplinas, desde la física hasta las ciencias sociales, desde las ciencias de la salud hasta el control de calidad, y es
usada para la toma de decisiones en áreas de negocios e instituciones
gubernamentales.
La Estadística se divide en dos ramas:
La estadística descriptiva, que se dedica a los métodos de recolección, descripción, visualización y resumen de datos
originados a partir de los fenómenos en estudio. Los datos pueden
ser resumidos numérica o gráficamente. Ejemplos básicos de descriptores numéricos son: la media y la desviación estándar.
Algunos ejemplos gráficos son: histograma, pirámide poblacional,
clusters, etc. La inferencia estadística, que se dedica a la generación de los
modelos, inferencias y predicciones asociadas a los fenómenos en
cuestión teniendo en cuenta la aleatoriedad de las observaciones. Se usa para modelar patrones en los datos y extraer inferencias
acerca de la población bajo estudio. Estas inferencias pueden tomar
la forma de respuestas a preguntas si/no (prueba de hipótesis),
estimaciones de características numéricas (estimación), pronósticos
de futuras observaciones, descripciones de asociación (correlación)
o modelamiento de relaciones entre variables (análisis de regresión). Otras técnicas de modelamiento incluyen ANOVA, series
de tiempo y minería de datos.
La Sociología del Derecho, también se relaciona con la Estadística sucede
que para auxiliarse de la Estadística, por ser esta una de las técnicas
clásicas de cuantificación de la Sociología del Derecho, que dicho sea de paso era la técnica predilecta de la Sociología Durkeheimiana.
5
Sociología del Derecho y La Estadística Criminal.
La Estadística Criminal permite estudiar el movimiento general de la
criminalidad sus ritmos y variaciones, sus correlaciones con ciertas
características personales (raza edad, sexo, y determinadas condiciones geográficas y sociales, económicas, culturales y políticas).
La Estadística Criminal es una aplicación de la Estadística General a una parte específica de la criminalidad. Se relaciona con la Sociología del
Derecho, en cuanto a que se encarga de recopilar datos numéricos
sobre crimines, criminales, extraídos de organismos Estatales, de manera que se revelen relaciones de categorías y datos publicados
periódicamente, los cuales sirven a la Sociología del Derecho para la
investigación y análisis de los fenómenos jurídicos, específicamente sobre el delito que es un fenómeno social jurídico a la vez, lo que
permite determinar el índice de criminalidad por sexo edad y región
incluyendo hasta las condiciones socio-económicas de las persona, en ocasión de un proceso judicial.
Sociología del Derecho y La Informática El vocablo informática proviene del francés informatique, acuñado
por el ingeniero Philippe Dreyfrus en 1962. El vocablo es acrónimo de las
palabras information y automatique (información automática). En lo que hoy día conocemos como informática confluyen muchas de las técnicas y
de las máquinas que el hombre ha desarrollado a lo largo de la historia
para apoyar y potenciar sus capacidades de memoria, de pensamiento y
de comunicación.
Según el Diccionario de la Real Academia Española RAE,
informática es el: "Conjunto de conocimientos científicos y técnicas que hacen posible el tratamiento automático de la información por medio de
ordenadores".
La informática le sirve a la Sociología del Derecho en lo que respecta al procedimiento de datos ejemplo: cuando se realiza un
muestreo en torno a un determinado fenómeno jurídico, se hace
necesario la intervención de la informática para el procesamiento y cotejo de dicho muestreo.
Sociología del Derecho y Sociología Criminal Entre la Sociología del Derecho y la Sociología Criminal, existen
vínculos muy fuertes, toda vez, que esta última, podría decirse
6
constituye una parte especial de la Sociología del Derecho, en vista de
que la misma tiene por objeto de estudio, al delito como fenómeno
social, o más bien la criminalidad en toda su complejidad. Por lo que se puede decir que la Sociología Criminal nació de la Sociología del
Derecho.
Sociología del Derecho y Sociología Jurídico-Penal
Sociología Jurídico-Penal esta tienen por objeto de estudio las
condiciones sociales de las normas penales, y los efectos del sistema penal dado como aspecto institucional de la reacción al comportamiento
desviado y del control social correspondiente.
El nexo existente entre la Sociología del Derecho y Sociología Jurídico-Penal, es muy intimo, puesto que como se ha dicho la Sociología
del Derecho tiene por objeto de estudio el derecho mismo, pero desde el
ángulo que lo hace el Derecho Dogmático una muestra de ello es que para dicha ciencia estudiar las normas del Derecho Penal, ha surgido lo
que se denomina Sociología Jurídico-Penal.
Sociología del Derecho y Política Criminal
Se le denomina a la manera como la colectividad reacciona organizadamente, frente a las acciones delictuosas que amenazan su
cohesión o su desarrollo armónico. La disciplina que estudia esta faceta
del control social recibe, igualmente, el nombre de política criminal. Es
tarea de esta disciplina, no sólo la descripción de la reacción social
contra la delincuencia, sino también determinar los lineamientos que
deberían seguirse a fin de lograr una mayor eficacia.
Por esto, se ha considerado que la política criminal se presenta bajo
dos aspectos: 1º Como una disciplina o un método de observación de la
reacción anticriminal; tal como es, efectivamente, practicada.
2º Como un arte o estrategia de lucha contra la delincuencia; elaborada a partir de los datos y enseñanzas aportados por la
observación objetiva.
7
La política criminal es, en consecuencia, una parcela de la política
jurídica del Estado, la que a su vez es parte de su política general. La
programación y realización de una correcta y coherente lucha contra la delincuencia, depende del apoyo y fomento de los estudios tendientes a
describir el sistema de reacción social y a de terminar los lineamientos y
los medios más eficaces.
La Sociología del Derecho y la Política Criminal encuentran su nexo, en
razón a que la primera, estudia también el fenómeno delictual y cuestiona las instituciones del Estado en ocasión de la implementación
de medidas sociales, tiendan a motivar al individuo a comportarse
desviadamente, bajo el entendido de que el Estado a través de los mecanismos correspondientes quien crea la norma jurídica, y por tanto
establece quien tiene un comportamiento desviado y quien no.
Sociología del Derecho y Derecho Penal
El Derecho Penal es un conjunto de principios y reglas jurídicas
que determinan las infracciones, las penas o sanciones, y las relaciones del Estado con las personas con motivo de las infracciones o para
prevenirlas.
Si se ha determinado que la Sociología del Derecho, estudia los fenómenos jurídicos, la cual penetra todas las áreas del derecho,
tratando de buscar las causas sociales que producen la criminalidad por
ello se explica su relación.
Sociología del Derecho y Derecho Civil
El Derecho Civil constituye el derecho común en República
Dominicana, el mismo tiene dos grandes ramas que son el derecho
privado y el derecho público; la relación que se pueden encontrar entre el Derecho Civil y la Sociología del Derecho, es precisamente en los
llamados fenómenos familiares que son objeto de estudio de la
Sociología de la familia y la Sociología del Contrato, eso es en lo que respecta a la rama del derecho privado. En lo que concierne al derecho
público, la Sociología del derecho crea lo que se llama sociología política
o del derecho constitucional.
8
Los Principios Fundamentales Del Proceso Criminalístico Incluyen:
Protección del lugar de los hechos. Observación del lugar de los hechos.
Fijación del lugar de los hechos.
Levantamiento de indicios. Suministro de indicios al laboratorio.
La Sociología Jurídica es una rama de la Sociología General que tiene por objeto el estudio de los fenómenos jurídicos o de derecho. Esta
ciencia es muy importante para el Estado, ya que se determinan las tres
etapas esenciales de la aplicación de las leyes que son: 1.-Determinar el hecho, Estudiar la génesis de las reglas del derecho, 2.-Distinguir los
tipos de organización Jurídica 3.- Determinar la aplicación de una ley si
ha sido favorable o desfavorable, si ha sido acogida por la población aun siendo desfavorable pero la población entiende que tiene que cumplirla o
mantiene un total rechazo.
Esta ciencia también se encarga de estudiar al Derecho, o sea, a
las Instituciones y a las prácticas jurídicas como una realidad objetiva, y lo trata como si fuera otro fenómeno social.
Pero esta ciencia que se aplica en la rama del derecho necesita de
algunas disciplinas como toda ciencia para poder ser mas eficiente y en
algunos casos se confunde con la Sociología General y con la Filosofía del
Derecho.
Esta ciencia también tiene sus críticos negativos que dicen que no
es una ciencia sino un disciplina que se deriva del la Filosofía del Derecho o de la Sociología General, que no tiene ningún fundamento y que la
criminología realiza en gran parte el trabajo que se le atribuye.
Todo estudiante de derecho debe tener amplios conocimientos sobre
Sociología del Derecho, porque es una ciencia que se esta utilizando
cada día, debido a que las Leyes se incrementan y son estudiadas su aplicación a la sociedad por distintos organismos. Francesco Canerlutti
en su Libro “Como nace el Derecho”, expone que las leyes son tantas en
9
la actualidad que hasta los obreros del derecho la desconocemos,
figúrese usted una persona que no esta ligada con los trabajos de la Ley.
CRIMINALÍSTICA DE CAMPO
Muchos textos sobre Criminalísticas se han escrito, fundamentalmente
dirigidos a especialistas en la materia, por lo que el lector profano que
incursiona por primera vez en su lectura siendo virgen de conocimiento
pero conciente de la necesidad de su estudios y utilidad profesional, se
ve inmerso en una abrumadora marasma de tecnicismos y formulas
incomprensibles para él en este particular campo infinito del saber en el
que cada día se incorpora algo nuevo en su aplicación práctica policial y
judicial, para el descubrimiento y esclarecimiento de los hechos
delictivos, por lo que al final de la lectura, poco queda en su acervo
personal.
El presente Curso de Capacitación y/ o Formación Profesional esta
elaborado de forma sencilla y sucinta para facilitar su lectura y
comprensión a los no versados en la Criminalística, con la única
pretensión de servir como material de apoyo para la complementación
de la capacitación profesional integral de los abogados en general y en
especial a los penalistas, aunque también puede resultar útil a los
estudiantes de Derecho que se inician en la complejidad y amplitud del
útil conocimiento de esta importante Ciencia auxiliar del Derecho,
tratando de mantener la exposición en el nivel teórico académico que
corresponde a los profesionales del Derecho, con ejemplificaciones y
fundamentaciones prácticas.
10
Entonces, el enfoque didáctico de su contenido esta dirigido hacia los
abogados interesados en ampliar sus conocimientos en esta CIENCIA,
para su comprensión en la aplicación práctica profesional, Teoría,
Técnicas y Tácticas criminalísticas, que son de mayor utilidad cotidiana,
así como en otras cuyo contenido es de dominio general muy limitado.
A manera de necesaria aclaración, resulta obligatorio dejar bien sentado,
solo como pincelada de soslayo para la ampliación y precisión de un
criterio técnico-profesional en cuanto al contenido de este curso, que en
nuestro ordenamiento legal no encontramos nada que impida
legalmente, o que limite, la posibilidad de que otras partes procesales
puedan realizar investigaciones por si mismas para contribuir al
esclarecimiento de la verdad histórica, porque constitucionalmente el
Ministerio Público si tiene el monopolio de la Persecución Penal, pero no
tiene el monopolio de la “investigación”, siendo doctrinariamente cosas
diferentes Persecución Penal e investigación, aunque estén relacionadas.
Por el contrario, consta textualmente refrendada la garantía
constitucional y procesal del derecho a la Defensa Técnica, lo que implica
o conlleva el uso de medios técnicos para poder estructurar y ejercerse
esa Defensa Técnica (Artículos 8 y 12 de la Constitución Política de la
República, artículos 71, 92, 101, 116, 134, 141, 182, 185, 231, 315,
347 y 378 del Código Procesal Penal y artículo 16 de la Ley del
Organismo Judicial). Por supuesto, refiriendo a las investigaciones
posteriores complementarias y no las que forman parte de lo que se
conoce como “diligencias de instrucción del primer ataque” (primera
inspección de la escena, allanamientos, aprehensiones, etc.) porque
estas al ser ejecutadas conllevan acciones coercitivas hacia las personas
y sus derechos, que solo se pueden ejecutar con el respaldo legal que el
Código Procesal Penal otorga solo a jueces, fiscales y policías.
11
Pero el presente limitado curso dirigido a los abogados o futuros
abogados, solo refiere generalidades de la Criminalística, por lo que se
centra en lo más común de su aplicación y ello explica y justifica las
constantes menciones exclusivas al trabajo del Fiscal y la policía.
Resumen Histórico
La lucha contra el delito y la preocupación científica de sus causas,
fueron siempre objetivos que históricamente las ciencias normativas y
explicativas trataron de alcanzar, tanto en la antigüedad como en la
Edad Media o durante la Ilustración y la Edad Moderna. Tal fue la
importancia que siempre se dio a ese problema social, que ilustres
filósofos como Pitágoras, Sócrates, Platón y Aristóteles, dieron su opinión
al respecto para la comprensión y solución de las conductas
delincuenciales y el castigo que a los delincuentes se le debieran de
aplicar, siempre con fin de proteger y mejorar a la sociedad.
Desde la época en que el hombre realizaba investigaciones empíricas
para determinar y juzgar a los autores de crímenes, hasta nuestros días,
han concurrido diferentes ciencias, técnicas y disciplinas en auxilio de la
investigación criminal, que finalmente han venido a conformar
integralmente la Criminalística como ciencia independiente.
El inmenso y acelerado desarrollo tecnológico a partir del siglo XX
provocó el nacimiento de nuevas ciencias y la acelerada evolución de
otras de orígenes anteriores. En el primer caso se encuentra la
Criminalistica, cuyo concepto, objeto de estudio, contenido, metodología,
etc., se fue conformando precisamente con el avance y aporte de otras
ciencias y técnicas
12
Ciencias y disciplinas precursoras
Los datos que provienen de la historia, permiten establecer que la
primera disciplina precursora de la Criminalística fue la que en la
actualidad se conoce como Dactiloscopia. Kia Kung-Yen, historiador
chino de la dinastía Tang, en unos sus escritos del año 650, hizo
mención a la identificación individualizante de las personas mediante las
impresiones dactilares, plasmadas en documentos legales. Pero más
aún, en la Biblia encontramos un pasaje que bien pudiera ser aplicado
extensivamente a esta disciplina al decir que el hombre seria conocido
por sus huellas y al ser el hombre una obra de Dios, podría haber alguna
relación.
Existe referencia documental histórica de que en Bolonia, Alemania, en
el año de 1249 se tomo juramento al médico LUCCA para la redacción de
dictámenes medicolegales y de que B. de VARIGNANA practico la
primera autopsia para la comprobación de un envenenamiento.
En 1575, surgió otra ciencia precursora de la Criminalística, la Medicina
Legal atribuida su iniciación formal a el francés Ambrosio Pare,
continuada después por Paolo Sacchias en 1651, preocupada siempre la
Medicina en la determinación de las causas de las muertes y el estudio
del proceso mismo de la muerte.
En 1753 el Dr. Boucher, realiza los primeros estudios de balística, que a
la postre se le llamará Balística Forense.
En 1840, Mateo José Buenaventura Orfila conforma la Toxicología en
Italia, posteriormente ampliada y complementa por Ogier en 1872,
13
preocupados ambos en esclarecer aquellos delitos, en donde los venenos
eran usados como arma homicida.
En 1866, Allan Pinkerton en los Estados Unidos ya hacía uso practico de
lo que se dio en llamar la fotografía criminal, utilizado para reconocer a
los delincuentes y plasmar y controlar fidedignamente su record
delincuencial personal. Esta disciplina posteriormente seria llamada
fotografía judicial y actualmente se le conoce como fotografía forense,
aunque se ha ampliado mucho más allá de la simple foto corporal o
facial.
En 1882, Alfonso Bertillón, creaba en Paris el Servicio de Identificación
Judicial en donde se ensayaba su método Antropométrico dado a conocer
en 1885 como Antropometría y adoptado oficialmente en 1888 para la
identificación de los criminales al ingresar a las cárceles. Otras de las
disciplinas precursoras que en esa época se incorporarían a la
Criminalística general, fue el Retrato Hablado, cuando también Bertillón,
publica una tesis sobre el “Portrait Parle”, para la identificación de las
personas por sus rasgos externos, basada en la distinción minuciosa de
ciertos caracteres cromáticos y morfológicos del individuo, lo que
actualmente incluye elementos complementarios al ser en sí mismo.
En 1891, Juan Vucetich otro de los grandes padres fundadores de la
Criminalística, inaugura en Argentina la Oficina de Identificación
utilizando el método antropométrico y las huellas digitales de ambas
manos, creando de esta manera la Ficha Decadactilar, que se acepta
universalmente desde 1904.
14
En 1961, los científicos Watson y Crack, construyeron un modelo de
ADN y definieron el código genético, lo que ha servido para la nueva
identificación mediante lo que se ha dado en conocer como la Huella
Genética.
ORIGEN DE LA CRIMINALÍSTICA
Con el decursar de los tiempos la experiencia determinó que las
investigaciones policíacas se empezaran a guiar científicamente, pero
aún con un alto contenido de empirismo deductivo, donde se usaba la
intuición, la lógica y el sentido común para el razonamiento inferente y
como consecuencia frecuentemente no se obtenían resultados muy
satisfactorios, existiendo una obra literaria que recopila parte de ese
avatar evolutivo, llamada “El Siglo de la Investigación Criminal”. Pero
todos estas investigaciones y pesquisas empíricas fueron acumulando y
ordenando conocimientos específicos, con técnicas y métodos dirigidos a
la lucha contra el crimen.
En 1892, el Doctor en Derecho Hanns Gross, en Graz, Austria, uno de
los padres fundadores de la Criminalística, fue el que bautizó
oficialmente a ese conjunto de conocimientos acumulados y ordenados
de investigación criminal o policial, denominándolo por primera vez como
CRIMINALISTICA, al publicar su obra “Manual del Juez” en la que expone
todos los entonces llamados Sistemas de Criminalística, recopilados en
más de 20 años de trabajo, dando las orientaciones que debe conformar
la instrucción de una averiguación mediante la aplicación de las técnicas
de interrogatorio, el levantamiento de planos y diagramas, utilización de
los peritos, la interpretación de escrituras, conocimiento de los medios
de comunicación entre los participantes de un mismo delito, para el
15
reconocimiento de las lesiones, etcétera, siendo en general un manual
muy útil en su época, para el esclarecimiento de cualquier caso penal y
para la ilustración y comprensión de los jueces al momento de juzgar
En el texto científico del Manual del Juez, se desprende que el Doctor
Hanns Gross, conformó la Criminalística con el contenido integrado de
varias materias, como son: Antropometría, Argot Criminal, Contabilidad,
Criptografía, Dibujo Forense, Documentoscopia, Explosivos, Fotografía,
Grafología, Hechos de Transito Ferroviario, Hematología, Incendios,
Medicina Legal, Química Legal e Interrogatorio.
Evolución
El Dr. Hanns Gross en su Manual del Juez de Instrucción definió: -. . . "la
Criminalística es un conjunto heterogéneo de conocimientos tomados de
otras ciencias y utilizables en la investigación de los delitos . . ."-.
Todas las ramas del saber humano han aportado algo al desarrollo y
perfeccionamiento de la Criminalística (Biología, Química, Física,
Medicina, Matemática, entre otras) enriqueciendo las posibilidades de la
investigación de los delitos. La Criminalística también es una ciencia
sintética como resultado de la evolución tecnológica y de los nuevos
descubrimientos de las ciencias naturales, adecuados para su aplicación
en la lucha contra el crimen
La Criminalística en su inicio, debido a que en su nacimiento careció de
la delimitación de un campo propio de estudio, sólo era una disciplina
con un conjunto de técnicas y conocimientos aplicables principalmente
en el lugar de los hechos sin ninguna sistematización clara, no muy
comprobados ni verificables y bastantes falibles, pero que eran
útiles para la administración de la justicia. A partir del siglo XX, con las
16
aportaciones de los estudiosos que se interesaron seriamente en ella, la
Criminalística evolucionó perfeccionándose y se ha venido conformando
de forma más homogénea y científica,
La Criminalistica finalmente alcanza la categoría de Ciencia
independiente Per Sé, porque posee conocimientos empíricos
acumulados, ordenados y comprobados, que le permitieron elaborar una
Teoría General en la que se formula su definición conceptual, contenido,
ramas en que se divide, su objeto de estudio, su objeto de conocimiento,
sus técnicas y métodos propios, sus tareas y sus procedimientos tácticos
y el lugar que ocupa en el sistema de conocimientos; estructurada sobre
la base de la adaptación en forma creadora de los logros de otras
ciencias, entre ellas las naturales y las técnicas. Además, porque tiene
una fundamentación filosófica al servicio de la sociedad humana y la
justicia.
Escuelas Criminalísticas
Lo primero es esclarecer a que se llaman Escuelas en su sentido más
amplio. Sainz Cantero las define como –“El pensamiento que tiene una
determinada dirección, trabaja con un método peculiar y responde a
determinados presupuestos”- Tal definición permite comprender, aceptar
y distinguir entonces la existencia de diferentes Escuelas Filosóficas,
Escuelas de Derecho, Escuelas Criminológicas, Escuelas Criminalísticas,
etc.
Hoy por hoy, se habla de muy variadas Escuelas Criminalísticas, cada
una con sus matices, pero todas preocupadas en contribuir al
perfeccionamiento de la Investigación Criminalística para el
esclarecimiento de los hechos delictivos y en lo esencial su núcleo de
17
conocimientos y aplicación práctica, tienen un patrón de conocimientos
común, aunque la evolución histórica de cada una de ellas ha sido
marcadamente diferente.
Las Escuelas de Criminalísticas más reconocidas y aceptadas, son:
.- La Anglo-sajona, de la cual sus máximos exponentes son el FBI de los
Estados Unidos de Norteamérica surgido en 1906 y Scotland Yard de
Inglaterra creado en 1842 por iniciativa de Sir Robert Peel. Cada una de
estas policías con sus características de aplicación propias y en el caso
británico difunde su influencia en los países integrantes del
Commonwealth . La policía canadiense también es de esta Escuela.
.-La Israelí, de amplio prestigio y reconocimiento por sus particulares
métodos de obtención de información, muy difundida en el mundo árabe.
En sus orígenes tuvo influencias de la Gala.
.- La Gala, representada por la Sureté de Francia surgida 1811,
iniciadora del Trabajo Operativo de Inteligencia, con la inclusión a ese
cuerpo policial de un conocido delincuente llamado Eugene Francois
Vidoq, no solo para obtener informaciones confidenciales, sino también
para que les revelara los métodos criminales más astutos de la época,
sobre todo en criptografía y falsificaciones, lo que posteriormente
perfecciona y amplia Joseph Fouche al conformar una amplia y eficaz red
de agentes informantes.
.- La Germánica, con sólida raigambre histórica, un poco diferenciada en
los métodos aplicados por cada una de las policías de las antiguas dos
Alemánias luego de la Segunda Guerra Mundial en que recibió la
18
influencia de la Escuela Eslava, pero hoy solidamente unificada a partir
de ambas experiencia.
.- La Eslava tuvo sus inicios en 1906 al crearse el primer laboratorio de
Criminalística en San Petersburgo, la entonces capital de Rusia. Su icono
fue la KGB rusa, que penetró su influencia en toda la antigua Europa del
Este.
.- La Cubana, surgida en los años 80´ del pasado siglo, con
características y aportes históricos propios, conformada a partir de 3
importantes fuentes, al haber sido decisivamente influenciada por la
Anglo-Sajona entre 1910-1959, por la Eslava de 1960-1980 y la
Germánica entre 1964-1974.
En la conformación de la Escuela Cubana de Criminalística, tienen
relevancia histórica los eminentes aportes teóricos de Don Fernando
Ortiz y los aportes técnicos de Israel Castellanos que fue incluso el
creador de los llamados “guanteletes de parafina” (o Parafinogramas) y
prolijo autor de múltiples textos sobre técnica criminalística publicados
durante la primera mitad del Siglo XX; entre otros cubanos de renombre
en la Criminalística.
CRIMINALÍSTICA
Con respecto a los antecedentes históricos de la criminalística,
resulta pertinente señalar como propulsor de la criminalística al profesor
Dr. Hans Gross, a quién se le atribuye ser el fundador de la
criminalística, por medio de su célebre obra denominada: “Manuel del
Juez”.
19
El Dr. Hans Gross nació en el año 1847, en Graz, Austria. Se
desempeño como Juez de Instrucción en Stejermark y fue profesor de
Derecho Penal de la Universidad de Graz.
En su célebre “Manual del Juez”, estructuró la criminalística de la
siguiente forma:
- Antropometría.
- Argot criminal.
- Contabilidad.
- Criptografía.
- Dibujo Forense.
- Documentoscopia.
- Explosivos.
- Fotografía.
- Grafología.
- Hechos de tránsito ferroviario.
- Hematología.
- Incendios.
- Medicina legal.
- Química legal.
- Interrogatorio. (Montiel, 1992, págs. 23-24).
En síntesis, Hans Gross, joven Juez de Instrucción, al darse cuenta de la
falta de conocimientos de orden técnico que privaba en la mayoría de los
jueces, requisito indispensable para desempeñar con eficacia el cargo de
instructor, decidió escribir un libro que sistematizado contuviera todos
los conocimientos científicos y técnicos que en su época se aplicaban en
la investigación criminal. (Moreno, 1977, p. 21).
20
Definición
Para poder incursionar en el conocimiento de la Criminalística, se
requiere establecer previamente su definición teórico-conceptual, como
marco y plataforma para su detallado análisis y comprensión, por lo que
como punto de partida, sintéticamente podemos afirmar de forma
categórica que:
A continuación se expondrán una serie de definiciones de criminalística,
en los siguientes términos:
Criminalística es una ciencia penal auxiliar que mediante la aplicación de
sus conocimientos, metodología y tecnología al estudio de las evidencias
materiales, descubre y verifica científicamente la existencia de un hecho
presuntamente delictuoso y al a los presuntos responsables apartando
las pruebas a los órganos que procuran y administran justicia. (Montiel,
1992, p.35).
Criminalística es la disciplina auxiliar del Derecho Penal, que mediante la
aplicación de las técnicas y conocimientos científicos a las pesquisas del
procedimiento criminal se ocupa del descubrimiento y verificación
científica del delito y del delincuente. (Villarreal, 1969, p.4).
Criminalística es el conjunto de conocimientos aplicables a la búsqueda,
descubrimiento y verificación científica de un delito en particular y del
presunto responsable de éste. (Rodríguez, 1976, p.389).
21
Criminalística es la ciencia auxiliar del Derecho Penal, que tiene como
objetivo primordial el descubrimiento y verificación científica de un
delito, la identificación del imputado y de la posible víctima. (Arburola,
1992, p.5).
Criminalística es la disciplina auxiliar del Derecho Penal que se ocupa del
descubrimiento y verificación científica del delito y delincuente. (Quiroz,
1961, p. 35).
Criminalística es una ciencia penal auxiliar que mediante la aplicación de
sus conocimientos, metodología y tecnología al estudio de las evidencias
materiales, descubre y verifica científicamente la existencia de un hecho
presuntamente delictuoso y al a los presuntos responsables apartando
las pruebas a los órganos que procuran y administran justicia. (Montiel,
1992, p.35).
Criminalística es la ciencia auxiliar del derecho penal que utiliza o emplea
los recursos técnico-científicos en la búsqueda y análisis de los
elementos materiales de prueba, a fin de establecer si hubo un delito,
otorgando a los investigadores y al criminalista bases científicas sobre el
análisis del lugar de los hechos y determinar las posibles causas o
móviles de lo sucedido. (López et al, 2000, págs. 148-149).
Criminalística es una disciplina explicativa y formalística, constituida por
un conjunto sistematizado de diversas disciplinas naturales y que tiene
por objeto el descubrimiento y verificación del delito; desde luego que es
una disciplina auxiliar pero que comprueba el delito y estudia al
delincuente en forma científica. (Palacios, et al, 1970, p.4).
22
Criminalística es la disciplina auxiliar del Derecho Penal que se ocupa del
descubrimiento y comprobación científica del delito y el delincuente.
(Gaspar, 1993, p. 28).
De acuerdo con las anteriores definiciones, se pueden extraer varias
componentes esenciales del concepto de criminalística que son:
- Disciplina auxiliar del Derecho Penal.
- Conocimientos.
- Búsqueda, descubrimiento y verificación científica.
- Delito.
- Delincuente.
- Lugar de los hechos.
- Causas o móviles del hecho delictivo.
- Víctima.
Haciendo resumen…
LA CRIMINALISTICA ES LA CIENCIA QUE ESTABLECE LOS METODOS PARA EL DESCUBRIMIENTO, RECOLECCION Y ANÁLISIS DE LOS
INDICIOS Y LAS PRUEBAS, CON EL FIN DE ESCLARECER INDIVIDUALMENTE LOS HECHOS DELICTIVOS OCURRIDOS,
DETERMINAR AUTORIA Y ESTABLECER SU PREVENCION
Tanto en su apreciación latu sensu, como stricto sensu, la ciencia Criminalística esta dirigida a la investigación y esclarecimiento de los
crímenes y tiene como base el hecho de que siempre el criminal, aún en
contra de su voluntad, inevitablemente deja huellas en el lugar, lo que permite establecer el nexo causal o relación acción-resultado-comisor, a
partir de casi imperceptibles detalles, por lo que la Criminalística también
es conocida popularmente entre los avezados en la materia, como “La ciencia de los detalles”
23
De acuerdo con lo anterior tenemos que para la criminalística, el lugar de
los hechos y la víctima representan los puntos medulares de su campo
de acción ya que los componentes anteriormente indicados van a tener
un común denominador que es el delito.
La Criminalística como Ciencia, está integrada por cuatro grandes
ramas, que luego a su vez se subdividen en las diferentes especialidades que la conforman, siendo estas ramas:
.-Teoría General Criminalística
.-Técnica Criminalistica,
.-Táctica Criminalistica
.-Metodología Criminalística.
La Teoría General Criminalística, es la parte en la que se formulan las
bases o fundamentación teórica de toda esta Ciencia, aplicables en sus
cuatro vertientes principales, que son Teoría General, Teoría de la Identificación, Teoría de las Versiones y Teoría de las Pruebas
Criminalísticas.
.-Teoría General
Que agrupa el origen, evolución, contenido, definiciones,
reglas, etc., de la Criminalistica .-Teoría de la Identificación Criminalistica. Con sus diferentes categorías:
genérica, diagnóstica, orientación; grupal; semejanza, aproximación;
presuntiva, posible; probabilística; categórica, individualizante.
.-Teoría de las Versiones o hipótesis
Las versiones pueden ser de Formas de Comisión, Vías de Acceso,
Escape o Salida, Móvil, Autores, Posibilidad, Imposibilidad, medios utilizados, etc..
La elaboración de versiones al inicio o durante el desarrollo de la investigación deben ser, bajo el paradigma
empírico-analítico, precisas y lógicas desde su concepción teórica
a partir de una sutil evidencia o información preliminar, para su comprobación práctica clave mediante las investigaciones posteriores,
dado que las versiones son las que permiten configurar el diseño de la
estrategia de la investigación a realizar para el esclarecimiento del caso, a partir de una duda, sospecha o
una simple posibilidad, definiendo el círculo de sospechosos.
24
.- Teoría de las Pruebas Criminalísticas ( o Teoría Criminalistica sobre
las Pruebas).
Es la valoración de los elementos buscados y encontrados durante la
investigación Criminalísticas que permiten esclarecer un hecho
delictivo determinado, mediante su interrelación y correspondencia, pero al presentar sus distingos, mediante mínimas definiciones
necesarias que establecen sus diferencias, resulta obligatorio
esclarecer que en el argot práctico cotidiano del investigador criminalista, es muy frecuente escuchar el error de expresar como
sinónimos las palabras indicios y evidencias
Indicio = Elemento que permite la presunción o inferencia. Señal
de lo oculto
Evidencia = Lo que da aparente certeza manifiesta por deducción lógico-consecuente o relación de causalidad
Vestigio = Resto mínimo, minúsculo. Una muestra. Es una señal
material real, tangible. Huella = Rastro, efecto. Reflejo consecuencia de una acción. Las
huellas se producen por contacto, por lo que indican la
forma y características del agente que la produjo, permitiendo su identificación
Prueba = Lo que confirma, convence, demuestra, acredita. Da
certeza por análisis circunstanciado. Es el elemento de juicio valorativo por su correspondencia con otros.
La Técnica Criminalística es el sistema de medios y métodos que se
emplean, tanto en la ejecución de diferentes acciones de instrucción en
el terreno, como en la realización de los peritajes criminalísticos en los
laboratorios, para el descubrimiento, fijación, ocupación e investigación
de las huellas y evidencias, así como para la clasificación técnico-criminalística en la búsqueda e identificación de los objetos que tienen
importancia para la investigación de los delitos.
La Técnica Criminalística se subdivide en:
.-Técnicas Clásicas o Tradicionales
.-Técnicas Especiales
Las Técnicas Clásicas o Tradicionales la integran las especialidades mas
comunes y conocidas históricamente dentro del campo de la investigación de hechos delictivos, desde los albores de esta Ciencia,
como son:
25
.-Dermatoscopía o Dermopapiloscopía
.-Documentología o Documentóscopia
.-Balística Judicial o Forense
.-Trazología
.-Fotografía Judicial o Forense
.-Identificación de Personas
Las Técnicas Especiales la integran las especialidades tomadas de otras ciencias auxiliares, adecuando sus conocimientos a los requerimientos
específicos necesarios para su aplicabilidad dentro del campo de la
investigación de hechos delictivos y estas son: .- Biología
.-Química
.-Física
.-Informática Criminalística
.-Averías, Explosiones e Incendios (AVEXI).
.-Aplicaciones Químicas Operativas (AQO)
.-Técnica Canina
.-Odorología Criminalística o Forense
.-Entomología Forense
La Táctica Criminalística se ocupa de la elaboración y desarrollo de los métodos de ejecución de las distintas acciones de instrucción, así como
las normas tácticas para la utilización y aplicación racional de los
recursos científico-tecnológicos de la Técnica Criminalística.
Las acciones de instrucción que están reguladas por la Táctica
Criminalística son las siguientes: .-Preservación de la Escena
.-Inspección del lugar del suceso
.-Reinspección del lugar del suceso
.-Reconstrucción de los hechos
.-Experimento de instrucción (percepción, audibilidad, visibilidad,
posibilidad, habilidad-aptitud, etc.) .-Registro o Allanamiento
.-Detención o Aprehensión
.-Presentación al Reconocimiento (personas, cadáveres, objetos, animales o lugares)
.-Interrogatorios
26
.-Ubicaciones (lugares, objetos, recorridos, etc.)
.-Levantamiento o localización de testigos
.-Registros Operativos
.-Trabajo Operativo
.-Análisis Operativo
.-Prevención Operativa
La Metodología Criminalística no es más que el conjunto de las Metodologías específicas para la investigación de las distintas tipicidades
delictivas por separado, en la que se proporciona de forma organizada y
con base científica, las recomendaciones especializadas para la investigación técnica de las figuras o tipos penales preceptuados en el
Código Penal, en cuyo proceso de investigación se emplean
racionalmente los medios y métodos técnicos y también procedimientos tácticos, siempre a partir de la Teoría Criminalística, lo que demuestra la
estrecha interrelación existente entre las cuatro ramas como partes
integrantes de la ciencia Criminalística. Por tanto, resulta importante insistir en que las Metodologías no es más que la aplicación integrada de
las Teoría, las Técnicas y las Tácticas de manera selectiva acorde a la
tipicidad delictiva que se trate, por lo que no se puede hablar del dominio o conocimiento de Metodologías especificas, si no se tiene el
dominio o conocimientos generales de la Teoría, Técnica y Tácticas que
habrán de aplicarse.
Las Metodologías Criminalísticas más relevantes son:
.-Metodología para la Investigación de los delitos contra la vida
.-Metodología para la Investigación de los delitos contra la propiedad
.-Metodología para la investigación de los delitos económicos
.-Metodología para la investigación de los delitos sexuales
.-Metodología para la investigación de los delitos de Tránsito
(transporte)
Los conocimientos de la Criminalística se ordenan o distribuyen en una
primera gran división para facilitar su aplicabilidad práctica, en: 1- Criminalística de Campo.
2- 2- Criminalística de Laboratorio.
27
OBJETIVOS ESPECIFICOS INSTRUCTIVOS.
Que los abogados estén capacitados para solicitar, dirigir y valorar
adecuadamente la realización de las acciones de instrucción y operativas
que realizan los órganos de investigación, orientadas a la obtención de
los elementos de pruebas, tanto en el ámbito del Derecho Penal como en
las demás ramas jurídicas, utilizando correctamente la terminología
técnica que se emplea en la ciencia Criminalística.
Que los abogados sean capaces de solucionar los problemas y
situaciones prácticas que se presenten relacionados con la aplicación de
las diferentes técnicas periciales de la Criminalística en el Proceso Penal,
tanto durante la fase preparatoria como durante el debate en el juicio
oral y público.
Etimología
En los procesos penales se aportan presuntas pruebas documentales,
testificales y periciales para ilustrar al Tribunal sobre las
argumentaciones de cada una de las partes, para ilustrar a los jueces
con sólidos y fundados argumentos persuasivos que les faciliten llegar a
formarse por si mismos, una idea lo más exacta posible de las circunstancias y forma de comisión de los hechos juzgados y así puedan
arribar a convicción soberana mediante el uso de la Sana Critica.
Durante el debate del Juicio Oral, estos elementos probatorios demuestran la relación o presencia del acusado en el lugar donde se
cometió el delito y fundamentalmente su presunta participación, así
como sus actuaciones antes y después del hecho; siendo de gran importancia para los Juzgadores, las conclusiones de los Peritos en cada
una de las técnicas específicas de la Criminalística, por su
fundamentación científica y por estar estas apoyadas en los conocimientos especializados y en su experiencia práctica personal en la
aplicación de la misma.
28
Contenido general
Las investigaciones siempre incluyen la tarea de obtener y evaluar toda
la información, independientemente del tipo o propósito final de la misma. En el proceso de investigación se debe considerar toda la
información obtenida y no solo las evidencias física o indiciaria material.
Es cierto que gran parte de la información que se consigue en una
investigación no es aceptable como prueba desde el punto de vista legal,
sin embargo, los rumores, informes confidenciales y similares, son de
gran valor ya que indican el modo de conocer y encontrar la evidencia que si será aceptable.
Objetivos
El objetivo general de la criminalística, se circunscribe en cinco aspectos
básicos a saber:
El estudio y análisis de los elementos materiales de prueba efectuados
en la investigación criminalística, tanto en el lugar de los hechos como
en el laboratorio, lleva un objetivo general perfectamente identificando y
circunscrito a cinco tareas básicas e importantes:
1.Demostrar de manera técnico-científica la existencia de un hecho en
particular, probablemente delictuoso.
2. Determinar los fenómenos y reconstruir el mecanismo del hecho,
señalando los instrumentos de ejecución, sus manifestaciones y las
maniobras que se pusieron en juego para realizarlo.
3. Aportar pruebas o coordinar técnicas o sistemas para la identificación
de la víctima, si existiese.
4. Establecer las pruebas necesarias para vincular en forma técnico-
científica a los autores.
29
5. Con el empleo de técnicas y procedimientos, aportar las pruebas
indiciarias para los presuntos autores y demás involucrados. (López et
al, 2000. p. 150).
Por otro lado, en igual sentido que la anterior posición, se tiene el
siguiente punto de vista:
1. Investigar técnicamente y demostrar científicamente, la existencia
de un hecho en particular probablemente delictuoso.
2. Determinar los fenómenos y reconstruir el mecanismo del hecho,
señalando los instrumentos u objetos de ejecución, sus
manifestaciones y las maniobras que se pusieron en juego para
realizarlo.
3. Aportar evidencias o coordinar técnicas o sistemas para la
identificación de la víctima, si existiese.
4. Aportar evidencias para la identificación del o los presuntos
imputados autores.
5. Y aportar las pruebas indiciarias para probar el grado de
participación del o los presuntos autores y demás involucrados.
(Montiel, 1992, p.35).
Objetivo formal
Para efectos de tener claro los alcances del objetivo formal de la
criminalística se tiene las siguientes posiciones:
- Auxiliar con los resultados de la aplicación científica de sus
conocimientos, metodología y tecnología, a los órganos que procuran y
administran justicia a efectos de darles elementos probatorios
identificadores y reconstructores y conozcan la verdad de los hechos que
se investigan. (Montiel, 1992, p.36).
30
- Auxiliar con los resultados base de análisis técnico-científico,
metodología y tecnología, a los órganos que cumplen funciones de policía
judicial y a los que les corresponden administrar justicia, a efecto de
darles elementos probatorios, identificadores y reconstructores
conducentes a establecer la verdad de los hechos que investigan. (López
et al, 2000, p.150).
De acuerdo a lo anterior, se logra desprender que la criminalística es un
medio que suministra material probatorio a los órganos encargados de
administrar justicia para efectos del esclarecimiento de los hechos
delictivos objeto de investigación dentro de un proceso penal.
Objetivo material
Para efectos de visualizar el objeto material, se tiene a continuación los
siguientes planteamientos a saber:
“El objetivo material de la criminalística hace relación al estudio de los
elementos materiales de prueba que se utilizan y son producto de la
comisión de los hechos. (López et al, 2000, pp.149- 150).
“El objeto de estudio u objeto material de la criminalística general es el
estudio de las evidencias materiales o indicios que se utilizan y que se
producen en la comisión del hecho”. (Montiel, 1992.p. 35).
El objetivo material de la criminalística al estudios de los indicios
materiales o evidencias físicas que se encuentren en el lugar de los
hechos y que se hayan generado producto de la comisión de un hecho
delictivo.
No cabe la menor duda, como dice el Profesor Edmond Locard, los
indicios materiales en el lugar de los hechos son “testigos mudos que no
mienten” y esto precisamente porque suministran datos o información de
31
interés probatorio y por ende judicial para el esclarecimiento de los
hechos.
Diferencia con la Criminología
Quizás por errores de traducción o por confusión onomatopéyica, pero evidentemente siempre por desconocimiento, se ha generalizado la
indebida y falaz creencia de que CRIMINALISTICA y CRIMINOLOGÍA,
son sinónimos correspondientes a una misma y única ciencia, pero aún el error conceptual resulta ser mayor, no solo cuando se funden o
confunden COMO UNA SOLA estas dos ciencias completamente
diferentes e independientes entre si, sino porque el error de conocimiento alcanza el inconcebible grado de Craso Error, cuando se
llega a afirmar que la CRIMINALISTICA es parte integrante o una rama
de la CRIMINOLOGIA , lo que lamentablemente resulta inadmisible radicalmente.
Para poder diferenciar a la Criminología de la Criminalística, basta con
conocer el concepto general de la Criminología, su objeto de estudio, su objeto de conocimiento y sus métodos investigativo, que aunque no
guardan relación con el contenido del presente trabajo, si considero
necesario tocarlo al menos superficialmente para esclarecer los diferentes campos del saber de cada una de estas dos importantes
ciencias independientes entre si.
Conceptualmente la CRIMINOLOGÍA es la CIENCIA QUE INVESTIGA EL SURGIMIENTO Y DESARROLLO FENOMENOLÓGICO DE LA
CRIMINALIDAD, ASI COMO LA REACCION SOCIAL Y ESTATAL QUE ESTA
DESENCADENA, ESTABLECIENDO METODOS DE PROFILAXIS Y DE
CONTROL SOCIAL.
Por tanto, la Criminología es la ciencia explicativa de la etiología y
génesis de las conductas humanas desviadas de los patrones conductuales socialmente aceptados y de los delitos en general como
FENÓMENO social, buscando establecer la comprensión de las causas,
factores y condiciones que contribuyen, facilitan o desencadenan las manifestaciones delictivas, para poder contribuir a su adecuada
represión y prevención.
A partir del concepto de Criminología, se aprecia fácilmente que su Objeto de Conocimiento es establecer de forma general y dar respuesta,
al preocupante fenómeno social de:
32
¿Por Qué el ser humano delinque? (En su aplicación y explicación social
generalizada) ¿Por Qué hay delitos en la sociedad? (En su aplicación y explicación
globalizante)
Las respuestas a esas torales interrogantes macro-sociales, grupales o sectoriales, se logran mediante enfoques y abordajes investigativos
propios de las ciencias sociales que la Criminología resume en los
métodos científico-práctico y el teórico-bibliográfico, ambos analíticos dentro de los tres niveles de la investigación criminológica, para dar
respuesta, explicación y compresión de la proyección del preocupante
fenómeno social llamado Criminalidad, brindando propuestas para su solución o neutralización, redundando en mayor seguridad y tranquilidad
ciudadana.
Si bien es parte del abordaje focal de la Criminología, la comprensión y
explicación de qué lleva al hombre a comportarse contrario a las reglas
de la cultura social, esto también es parte del campo del psicoanálisis freudiano, al incursionar en las complejas y subjetivas interioridades del
subconsciente, enfrentándose a las relaciones Eros-Khronos-Tanato, el
complejo de Edipo o de Electra, etc., que inciden o se manifiestan en la conducta de ese ser bio-psico-social que es el hombre y por ello es tan
importante el recurso psicológico como auxiliar complementario de la
Criminología
La Criminología no parte nunca de un hecho o acto delictivo individual en
sí mismo, que es el efecto final de una conducta desviada. Lo relevante
de la Criminología en la lucha contra el delito, es que trata de explicar el
por qué el ser humano llega a delinquir, a convertirse en delincuente, la
evolución o involución de su conducta y conciencia social.
Esto, de manera imprescindible e indisoluble, implica una asociación de
conocimientos investigativos provenientes de otras ciencias que la auxilian como son la Sociología, la Psicología y la Antropología, entre
otras, que en enfocadas de conjunto simultáneamente con métodos
investigativos propios de la Criminología, permiten establecer las llamadas Causales Criminógenas, las que una vez conocidas pueden
enfrentarse preventivamente para que no se llegue a delinquir, mediante
propuestas para la solución de los conflictos humanos y sociales que provocan y/o desencadenan las conductas antisociales.
33
Evidentemente, tales conocimientos especializados de la Criminología,
incuestionablemente no son realmente útiles para establecer la identidad
del autor de un hecho delictivo aislado específico y mucho menos para buscar y obtener los medios probatorios concretos, específicos e
imprescindibles, que determinen su indubitable participación, para que
un tribunal pueda juzgarlo y sancionarlo legalmente.
Ese es precisamente el campo o esfera de trabajo de la Criminalística,
contribuyendo a la debida aplicación de la justicia frente a cada hecho delictivo casuísticamente.
Si comparativamente analizamos el ya conocido concepto de
Criminalística, podemos apreciar que el objeto de estudio de esta otra ciencia, es los cada uno de los hechos delictivos concretos y específicos
por separado que se comenten, aportando los conocimientos técnico-
científicos imprescindibles para su investigación legal de forma individualizada, aislada, particularizada, teniendo como Objeto de
Conocimiento el esclarecimiento de cada acto delictivo para llegar al
¿Quién lo hizo? mediante la investigación a partir de ¿Cómo lo hizo?, basándose en la Ley de la reflexión, entre otros principios y reglas
propias de la Criminalística.
Como se aprecia diáfanamente, Criminalística y Criminología son indubitablemente ciencias totalmente diferentes e independientes cada
una en si misma, teniendo por separado diferentes Objetos de Estudio
propio, Métodos propios y Acumulación individualizada de conocimientos propios ordenados y comprobados.
No obstante lo antes convincentemente demostrado, es cierto que
ambas ciencias siendo independientes entre sí, tienen alguna relación
recíproca por abordar al Delito, cada una en enfoques totalmente diferentes, cuyo símil puede ejemplificarse en el estudio sobre la Materia
que hace la Física y la Química. Visto de esta manera, entonces la
relación es en realidad tripartita, conjuntamente con el Derecho Penal en el abordaje del delito, su definición, origen, ejecución y consecuencias.
El Derecho Penal determina qué es delito y que hacer frente a él, la
Criminalistica se ocupa de descubrir y esclarecer cada acto-delito demostrando su autoría para que puedan ser juzgados legalmente y la
Criminología da la explicación de las causales genéricas de ese fenómeno
social y del comportamiento social de los delincuentes en sentido general, para su prevención.
34
La Criminalística de Campo es la esfera de aplicación que emplea
diferentes métodos y técnicas con el fin de primero determinar la posible existencia de un hecho delictivo y proteger, estudiar, fijar y conservar el
lugar de los hechos con el objeto de efectuar la investigación preliminar
mediante su valoración inductiva y deductiva, para captar de la escena la inicial información indiciaria, identificarla, seleccionarla y recopilarla.
También se encarga de la buscar, revelar, recolección y embalaje de los
índicos relacionados con los hechos que se investiga, para posteriormente realizar un examen minucioso de cada evidencia
encontrada en el lugar del hecho, para lo que se requerirá de su traslado
al laboratorio para su estudio con el propósito de lograr su identificación, clasificación, comparación y poder establecer con certeza científica, su
relación con el hecho, a partir de la evidencia o huella en si misma,
mecanismo de formación y de sus Agentes de producción y los agentes de recepción de esas huellas o evidencias.
La Criminalística de Laboratorio formalmente se le reconoce sus inicios
en 1910 al fundarse en Francia el primer laboratorio forense por Edmond
Locard. En 1932 el FBI, por indicaciones de su primer Director J. Edgar Hoover, agrupando en un solo laboratorio las diversas ciencias forenses,
dando así un fuerte impulso a la investigación científica del delito,
estando actualmente los laboratorios forenses de los Estados Unidos de Norteamérica, entre los de mayor prestigio y reconocimiento mundial.
No obstante el amplio espectro de conocimientos y materias propias, la
Investigación Criminalística, para poder lograr su objetivo primario,
prioritario, fundamental y específico de esclarecer los hechos delictivos
acaecidos, por supuesto que tiene que apoyarse en otros conocimientos
auxiliares complementarios, como son: MEDICINA LEGAL: Tanatología
Traumatología
Asfixiología Toxicología
Sexología
ODONTOLOGÍA, ANTROPOLOGÍA,
LOGICA,
PSICOLOGÍA, ECONOMIA,
ESTADÍSTICA,
INFORMATICA.