Concejo Municipal de Desamparados · 20 concejos municipales, me interesa destacar los incisos que...

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Concejo Municipal de Desamparados Actas Acta no. 112-2017 Fecha: 23 de octubre de 2017 SESIÓN No. 112-2017 1 Acta de la sesión No. 112-2017, extraordinaria, celebrada por el Concejo Municipal de 2 Desamparados en el salón de sesiones, a las diecinueve horas y catorce minutos del día veintitrés 3 de octubre de dos mil diecisiete, con la asistencia de las siguientes personas: 4 PRESIDENTE MUNICIPAL: Carlos Alberto Padilla Corella. VICEPRESIDENTA MUNICIPAL: Paola María 5 Jara Fallas. 6 REGIDORES PROPIETARIOS: María Antonieta Naranjo Brenes, Carlos Alberto Padilla Corella, María 7 Gabriela González Bermúdez, Allan Alfaro Castillo, Alejandra María Aguilar Zamora, Rigoberto 8 Pérez Obando, José Oldemar Hernández Pérez, Hernán Mora Aguilar, Eduardo Guillén Gardela 9 (Sust. a Susana Campos Ortega), Víctor Manuel Delgado Espinoza, Paola María Jara Fallas. 10 REGIDORES SUPLENTES: Evelio Segura Chacón, Eugenia Vanessa Mora Segura, Alfredo Ernesto 11 Salazar Gómez, Jenny Milena Núñez Montoya, Jorge Luis Delgado Monge, Fiorella Daniela 12 Artavia Brenes, Fanny Pérez Hidalgo, Daniella Mora Gamboa, Yeimmy Vanessa Obando Chacón 13 y María Grace Álvarez Castillo. 14 SÍNDICOS PROPIETARIOS: Irma Isis Loría Vega, Lilliam Segura Badilla, Yamileth Díaz Barrantes, 15 Jorge Arturo Agüero Chaves, Delia María Calvo Gamboa (Santos Wagner Carrillo Obando), 16 Aliander Garro Piedra, María Gabriela Abarca Villalobos, Aníbal Leiva Padilla, Clara Alfaro 17 Badilla, Carlos Luis Carmona Santamaría, Kenneth Alexander Cubillo Vargas, Juan Ignacio Alfaro 18 Alvarado, Karen Verónica Fallas Montoya. 19 SÍNDICOS SUPLENTES: Marvin Enrique MonterRocío Ramírez, José María Córdoba Calvo, Jeise 20 Steve Vargas Delgado, Alice Quirós Calvo, José Manuel Muñoz Valverde, Marisela Durán Segura, 21 Javier Francisco Amador Hernández, Simey Herrera Retana, María del Rocío Salas Porras, Lorena 22 Velázquez Aguilar, Miguel Ángel Herrera Fernández. 23 EXPOSITORAS: Rocío Aguilar Guillén y Gioconda Ureña Leal. ALCALDE EN EJERCICIO: Santiago 24 Bermúdez Barrientos. FUNCIONARIOS DE LA AUDITORÍA INTERNA: Álvaro Rescia Barahona, Óscar 25 Ledezma Arias, Víctor Fallas Silva, SECRETARIO: Mario Vindas Navarro. 26 ORDEN DEL DÍA 27 AUDIENCIAS 28 29 1. Capacitación en materia de contratación administrativa (organizada por la Auditoría Interna). 30 _______________________________________________________________________________ 31 CAPÍTULO ÚNICO 32 AUDIENCIAS 33 34 1. Capacitación en materia de contratación administrativa. 35 Sr. Presidente: Previo a darse la capacitación, a cargo de las licenciadas doña Rocío Aguilar y 36 doña Gioconda Ureña, tiene la palabra nuestro auditor municipal, don Álvaro Rescia. 37

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Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 112-2017

Fecha: 23 de octubre de 2017

SESIÓN No. 112-2017 1

Acta de la sesión No. 112-2017, extraordinaria, celebrada por el Concejo Municipal de 2

Desamparados en el salón de sesiones, a las diecinueve horas y catorce minutos del día veintitrés 3

de octubre de dos mil diecisiete, con la asistencia de las siguientes personas: 4

PRESIDENTE MUNICIPAL: Carlos Alberto Padilla Corella. VICEPRESIDENTA MUNICIPAL: Paola María 5

Jara Fallas. 6

REGIDORES PROPIETARIOS: María Antonieta Naranjo Brenes, Carlos Alberto Padilla Corella, María 7

Gabriela González Bermúdez, Allan Alfaro Castillo, Alejandra María Aguilar Zamora, Rigoberto 8

Pérez Obando, José Oldemar Hernández Pérez, Hernán Mora Aguilar, Eduardo Guillén Gardela 9

(Sust. a Susana Campos Ortega), Víctor Manuel Delgado Espinoza, Paola María Jara Fallas. 10

REGIDORES SUPLENTES: Evelio Segura Chacón, Eugenia Vanessa Mora Segura, Alfredo Ernesto 11

Salazar Gómez, Jenny Milena Núñez Montoya, Jorge Luis Delgado Monge, Fiorella Daniela 12

Artavia Brenes, Fanny Pérez Hidalgo, Daniella Mora Gamboa, Yeimmy Vanessa Obando Chacón 13

y María Grace Álvarez Castillo. 14

SÍNDICOS PROPIETARIOS: Irma Isis Loría Vega, Lilliam Segura Badilla, Yamileth Díaz Barrantes, 15

Jorge Arturo Agüero Chaves, Delia María Calvo Gamboa (Santos Wagner Carrillo Obando), 16

Aliander Garro Piedra, María Gabriela Abarca Villalobos, Aníbal Leiva Padilla, Clara Alfaro 17

Badilla, Carlos Luis Carmona Santamaría, Kenneth Alexander Cubillo Vargas, Juan Ignacio Alfaro 18

Alvarado, Karen Verónica Fallas Montoya. 19

SÍNDICOS SUPLENTES: Marvin Enrique MonterRocío Ramírez, José María Córdoba Calvo, Jeise 20

Steve Vargas Delgado, Alice Quirós Calvo, José Manuel Muñoz Valverde, Marisela Durán Segura, 21

Javier Francisco Amador Hernández, Simey Herrera Retana, María del Rocío Salas Porras, Lorena 22

Velázquez Aguilar, Miguel Ángel Herrera Fernández. 23

EXPOSITORAS: Rocío Aguilar Guillén y Gioconda Ureña Leal. ALCALDE EN EJERCICIO: Santiago 24

Bermúdez Barrientos. FUNCIONARIOS DE LA AUDITORÍA INTERNA: Álvaro Rescia Barahona, Óscar 25

Ledezma Arias, Víctor Fallas Silva, SECRETARIO: Mario Vindas Navarro. 26

ORDEN DEL DÍA 27

AUDIENCIAS 28 29

1. Capacitación en materia de contratación administrativa (organizada por la Auditoría Interna). 30

_______________________________________________________________________________ 31

CAPÍTULO ÚNICO 32 AUDIENCIAS 33

34

1. Capacitación en materia de contratación administrativa. 35

Sr. Presidente: Previo a darse la capacitación, a cargo de las licenciadas doña Rocío Aguilar y 36

doña Gioconda Ureña, tiene la palabra nuestro auditor municipal, don Álvaro Rescia. 37

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 112-2017

Fecha: 23 de octubre de 2017

Sr. Auditor: Dentro del plan de trabajo de la Auditoría Interna, nos fijamos como meta 1

preparar y colaborar con el Concejo Municipal en temas que consideraran oportunos para el 2

funcionamiento del mismo; uno de esos temas… conversando con don Carlos, nos hablaba 3

de la posibilidad de la contratación administrativa, tema que obviamente tiene sus 4

implicaciones, aristas e importancia, principalmente por la toma de decisiones que les 5

corresponde como regidores y especialmente en materia de licitaciones, que son las que 6

ustedes deben ver. Yo sé que no es mucho el tiempo, que podría ser un tema, como lo 7

hablaba ahora con las licenciadas, no de un ratito, porque posiblemente es un tema para 8

observarlo. Hoy está con nosotros la licenciada Rocío Aguilar Guillén, ella tiene 18 años de 9

laborar en la Municipalidad de San José, fue Directora del Departamento de Asuntos Jurídicos 10

hasta hace poco tiempo, hoy trabaja en la misma municipalidad, en la Gerencia de Provisión 11

de Servicios, que se encarga de todo el manejo de los proyectos de obra pública, lo que es el 12

servicio de recolección de basura, reciclaje, desechos sólidos, la administración, cuido y 13

mantenimiento de los parques y vías municipales, maquinaria, equipo; en realidad, podría 14

decirse que solamente dicha gerencia es más grande que la misma Municipalidad de 15

Desamparados, desde el punto de vista de su presupuesto o inclusive de la cantidad de 16

funcionarios que trabajan para esa dependencia; de hecho, hace muchos años cuando 17

trabajé en la Municipalidad, solo la Sección de Parques, que no sé si se llama así todavía, en 18

aquella época le decían que era una mini municipalidad dentro de la misma, porque era 19

muy grande; ella posee esa experiencia y actualmente es la Asesora en el Área Legal del 20

Gerente de la Provisión de Servicios de la Municipalidad de San José. Gioconda Ureña, 21

también licenciada en Derecho, trabajó mucho tiempo en la Proveeduría de la 22

Municipalidad de San José y actualmente es la que colabora en materia de contratación 23

administrativa en la misma Gerencia de Provisión de Servicio; ellas van a hacer una exposición 24

aproximadamente de unos 45 minutos sobre temas que ya posiblemente ustedes han 25

escuchado y ahora abrimos la posibilidad para que puedan hacer preguntas o evacuar 26

dudas; tenemos el inconveniente de que no sean temas específicos, sino dudas en aspectos 27

generales que tengan sobre la materia de contratación, aspectos generales, no de temas 28

como qué hacemos con la compra de mil quinientas sombrillas, por ejemplo, cosas de ese 29

tipo, sino dudas que ustedes puedan tener a la hora de que deban tomar la decisión, ya sea 30

por una licitación pública o por una abreviada y que ellas puedan en ese sentido resolverla; 31

con mucho gusto también, con la mayor disposición de que si tuviéramos que ampliar en 32

algún otro momento, lo vamos a hacer; esta es la primera capacitación para este año, 33

probablemente en noviembre o primeros días de diciembre estaríamos planteando otra 34

capacitación que don Carlos y yo hemos coordinado, con temas relacionados con control 35

interno y asuntos presupuestarios o tributarios; entonces, para no hablar mucho porque en 36

realidad para eso trajimos a las compañeras, voy a dejarlos con ellas. 37

Sra. Rocío Aguilar Guillén: Para mí realmente es muy enriquecedor estar aquí, me considero 38

una apasionada de la contratación administrativa, tengo 17 años de estar ejerciendo en esa 39

materia y aprendiendo, porque este tema es bastante dinámico; les digo que no creo que 40

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Fecha: 23 de octubre de 2017

tenga ni la verdad absoluta ni todas las respuestas, pues es un mundo del caso a caso y 1

cuando uno cree que ya tiene muchos temas resueltos, surge algo que nadie sabe cómo 2

resolver o que no es con lo que uno se ha topado antes, entonces no queda más que ir a 3

buscar, tocar la puerta de la Contraloría, hacer encerrona con compañeros y normalmente 4

por algún lado se le llega, se buscan soluciones a los temas. Comienzo diciendo, tal vez ya lo 5

saben, pero no está de más reiterarlo, que en materia de contratación administrativa en 6

Costa Rica tenemos una normativa un poco dispersa; dicen los que saben que eso no es muy 7

recomendable, pero es la realidad que tenemos; entonces, los gobiernos locales sabemos 8

que nos regimos por la Ley y el Reglamente a la Ley de Contratación Administrativa; incluso, 9

hoy nos remitieron el reglamento de ustedes para darle una ojeada general, que es el cuerpo 10

que los va a regir en materia de contratación. En el orden jerárquico superior de la 11

Administración Pública Costarricense, tenemos la Constitución Política, donde se hace la 12

referencia genérica a los procedimientos licitatorios para la adquisición de bienes y servicios; 13

por otra parte, en cuanto a los gobiernos locales, también tenemos el Código Municipal; en lo 14

que a ustedes respecta, el numeral 13 de ese cuerpo normativo es el que define las 15

competencias del Gobierno Local y, lógicamente, como no todas tienen que ver con 16

contratación administrativa, en la presentación solo me interesa resaltar tres o cuatro 17

aspectos. Tenemos otras instituciones como el ICE y el INA, que tienen su propias leyes 18

especiales de contratación. En cuanto al numeral 13, que define las competencias de los 19

concejos municipales, me interesa destacar los incisos que están en la diapositiva, porque 20

desde que se acuerdan presupuestos, se aprueban contribuciones, etc., es una labor de 21

ustedes, ya eso tiene que ver evidentemente con un plan de adquisiciones, y entonces 22

estamos enrumbándonos hacia el campo de la contratación administrativa, porque sabemos 23

que todas la administraciones públicas y los recursos siempre van a ser escasos, las 24

necesidades siempre le van a ganar al disponible, por eso hay que planificar el presupuesto 25

institucional; entonces, estamos hablando de planificación de presupuesto, de plan de 26

adquisiciones y de la publicidad que se le debe dar a ese plan, lo que tiene que ver a su vez 27

con transparencia y rendición de cuentas, con control interno, por eso tienen ustedes una 28

auditoría Interna interesada en este tipo de temas; el otro aspecto relacionado con el dictado 29

de reglamentos… aunque específicamente no solo este tipo de reglamentos pero 30

claramente el cuerpo deliberativo es el que tiene la potestad reglamentaria, entonces, desde 31

esa potestad fue que ustedes efectuaron la remisión del Reglamento Interno, que tienen en 32

materia de adquisiciones; el otro punto que interesa destacar, porque tiene que ver con la 33

contratación administrativa, es el inciso e), relacionado con la celebración de convenios, el 34

compromiso de fondos y la autorización de egresos. En cuanto a convenios, muchas 35

administraciones han confundido la contratación con la celebración de convenios, ese es un 36

tema que la Contraloría ha abordado en varias oportunidades, dejando claro que no importa 37

si los entes que están realizando la negociación o el vínculo jurídico son entes de derecho 38

público, no por eso se puede acudir a la figura de los convenios, porque esta última está 39

dedicada a la consecución de fines en común, pero la contratación administrativa, aunque 40

el servicio o el bien se adquiera de otra entidad pública, tiene que ver con un negocio puro y 41

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simple, no es donde las dos partes unen voluntades para conseguir un fin común, que es 1

propio de los convenios con otros elementos, de manera que hay que tener cuidado 2

respecto a si lo que se está comprando son servicios; aunque sea a otra entidad pública, se 3

usa el negocio jurídico que debe ser y es la contratación administrativa y no un convenio. 4

Hablando un poco de los deberes, no vamos a hablar de todos, ya ustedes van avanzados, 5

los que están repitiendo ya lo saben y los que están comenzando ya tienen rato, iniciaron en 6

mayo, pero de esos me interesa destacar, que uno de los que están cumpliendo hoy es estar 7

en la sesión y votar afirmativa o negativamente, más todas las otras que ya saben, incluso 8

tienen su propia reglamentación de cómo regirse en las sesiones, pero hay un deber que es 9

muy importante y que tiene que ver con todo en general, pero también en particular con la 10

contratación administrativa: la eventual responsabilidad solidaria por los actos de la 11

corporación municipal. o sea, del gobierno local; esa excepción, para que no me alcancen 12

las responsabilidades, es salvar el voto de forma razonada, lo que quiere decir que si en 13

determinado momento, ya sea por una fiscalización programada por la Auditoría Interna o la 14

Contraloría General de la República, que tiene toda la competencia para hacerlo, hay 15

alguna situación con una contratación administrativa … ojalá que no, no sé si las han tenido y 16

espero que no las lleguen a tener, entonces hay que irse a las actas de las sesiones y ver 17

cómo estuvo el asunto, cómo se votó, quiénes lo hicieron a favor, quiénes en contra, cuáles 18

razonamientos dieron los que hayan decidido votar negativamente, porque vean que la 19

norma… con esto no les quiero decir que no va a haber discusión alrededor de un caso 20

concreto, esa no es la idea, analizar casos concretos no podría ser el tema, pero cuando 21

voten negativamente, razonen el voto, siempre, en contratación administrativa es muy 22

importante; deseo retomar que lo que ustedes, como cuerpo deliberativo del gobierno 23

municipal, hacen en las sesiones, ya sean en las ordinarias o extraordinarias, no es otra cosa 24

que emitir actos administrativos, entonces, lo que hacen, lo realizan primero porque son 25

sujetos depositarios, electos por el pueblo, de una potestad, de una competencia; por eso 26

pueden votar, si no la tuvieran, no podrían hacerlo, porque ese es uno de los elementos que 27

se requieren para emitir actos administrativos, de acuerdo a su investidura y dentro del 28

gobierno local del que ustedes forman parte, entonces no es otra cosa que la emisión de 29

actos administrativos, y todos sabemos que la emisión de los mismos está cargada de toda 30

una formalidad jurídica y de una serie de elementos, porque los actos administrativos tienen 31

que no solo ser emitidos por la autoridad competente, sino tienen que ir dirigidos a un fin y ese 32

no puede ser otro que el público, el interés general y de la colectividad, porque si 33

estuviéramos hablando del área privada, sería otra cosa, donde se trata del interés de un 34

sujeto; en el caso de la Administración Pública, eso no funciona así, entonces los actos 35

administrativos los emite el sujeto con competencia para hacerlo y además van orientados a 36

un fin público, esto entonces se nos enlaza con lo que hablamos al principio, presupuesto, 37

planificación y planeación para la adquisición de bienes y servicios; ya dijimos que nunca se 38

tiene, se querría y eso es el ideal, pero eso no ha ocurrido y creo que en la historia de la 39

humanidad no va a suceder, siempre las necesidades van a ganar al disponible, eso incluso 40

ocurre en los países más desarrollados, así que nos va a seguir pasando. Tenemos una norma 41

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que es muy importante, ojalá si esta noche ustedes se pueden ir, por lo menos con lo que a mí 1

me corresponde, con la inquietud del 26 y 27 del Código Municipal, ya doy por hecha la 2

noche, porque el 26 habla de la responsabilidad solidaria con la corporación por la emisión 3

de los actos; ya dijimos que si vota negativamente, además de votar negativamente, razone, 4

y esa es la huella que va a quedar de por qué dije “no” a determinado acto administrativo. 5

Hay una prohibición que es muy importante que la tomen en cuenta, y es que tanto el 6

alcalde o alcaldesa, como los regidoras y regidoras… aunque ya sabemos que el alcalde 7

asiste con voz sin voto, de todos modos esa norma los inhibe de participar en la discusión y o 8

votación de asuntos en los que tengan un interés directo; y eso es que, ya sea a título personal 9

o por el cónyuge o los parientes, hasta el tercer grado… entonces tengan presente que si 10

ustedes saben que tienen esa causal, no esperen a que los recusen; recusar significa que otra 11

persona sea la que tenga que venir a decirle que usted no puede votar y participar en esa 12

discusión porque ahí hay un interés; de una vez se inhiben, entonces lo que hacen, al suceder 13

esto, es sustituir, así no se comprometen personalmente, porque estarían además actuando 14

en contra de las normas, sino que protegen a todo el cuerpo deliberativo, porque si no se 15

apartan, pueden estar comenzando a tocar ese acto administrativo con invalidez, entonces, 16

vienen los problemas de la invalidez del acto y las nulidades, si participó o no se abstuvo; es 17

muy importante que tengan esa norma en cuenta. En cuanto a las sesiones, ya sabemos que 18

son las ordinarias y extraordinarias, es muy importante que en las extraordinarias, si tienen que 19

convocarlas, o las dejan definida de una vez, en la definición mensual que hacen, porque 20

van a ver un caso de contratación administrativa, porque además... Gioconda les va a hablar 21

de la parte procedimental de la misma… porque no tenemos todo el tiempo que se nos 22

ocurra programar para atender dicha contratación… de modo que si necesitan programar 23

una extraordinaria para una contratación, que lo hagan tomando en cuenta que tienen que 24

definir bien qué es específicamente lo que se verá y analizará en la sesión desde la 25

convocatoria, que se vea detallado lo que se verá y eso sea lo discutido. Aquí termino la 26

intervención y se lo dejo como antecedente a Gioconda. Ya dijimos que el Concejo lo que 27

hace es emitir actos administrativos, los cuales tienen un antecedente que se da por 28

dictamen de alguna de las comisiones o cuando hay dispensa por moción directa, ya sea la 29

moción de alguno de los regidores o por parte del alcalde. Ahora sí, aterrizando en materia 30

de contratos públicos, entonces… tal vez sí es importante, 26, 27 y esto, que al igual que en el 31

resto de acuerdos del Concejo Municipal, de las sesiones y deliberaciones que ustedes tienen 32

aquí, la adjudicación de contratos públicos no es otra cosa que la emisión de un acto 33

administrativo, y ya dijimos que los mismos deben ser emitidos por autoridades competentes 34

con investidura, destinados a cumplir un fin público, que tienen un marco normativo, y en el 35

caso de la contratación, sabemos que el Reglamento a la Ley es su reglamentación interna; 36

evidentemente, hay otra normativa conexa que se liga también con el tema de la 37

contratación administrativa y hay aspectos habituales en la Ley General de Control Interno, 38

por lo que es control, no es que ahí encontrarán figuras de contratación; en la Ley contra el 39

Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, ahí sí van a encontrar prohibiciones e incluso el 40

desarrollo de algunos tipos penales, raramente ubicados en una ley administrativa; no debería 41

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ser así, pero eso es lo que tenemos; entonces hay normativa penal inmersa en esa ley 1

administrativa, que tiene que ver con la contratación pública, igualmente en el Código Penal, 2

hay tipos penales relacionados con la contratación administrativa, muy general, pero los hay, 3

por ejemplo, el cohecho, que puede terminar relacionado con lo que es la contratación 4

administrativa; de nuevo les advierto, no soy especialista en Penal, de este lo único que les sé 5

decir es que hay tipos penales que están tipificados en el caso de contratación, tenemos la 6

Ley de Enriquecimiento y el Código Penal, lo que es un mundo. El antecedente que deberían 7

tener para entrar a analizar una contratación administrativa… en el reglamento vimos que en 8

su Concejo se ven licitaciones abreviadas y públicas, porque así lo dispusieron de acuerdo 9

con el numeral 13 de Código Municipal, y entonces se dividieron mucho las competencias de 10

esa manera; en el caso de la Municipalidad de San José, en el Concejo se ven abreviadas, 11

públicas y las que no sean de escasa cuantía; esta última es la que no se ve en el Concejo 12

Municipal y está delegada a la Proveeduría. En el expediente que les mandan antes de 13

sentarse aquí a deliberar, se propician antecedentes para votar; debería estar ordenado 14

cronológicamente y foliado, contener todas las piezas de ese expediente; ahí se tiene que 15

reflejar lo que ha sido el procedimiento desde que arrancó hasta por dónde va cuando les 16

llegue a ustedes para emitir la adjudicación, la cual llegará con la recomendación de la 17

comisión que tienen; entonces, se debe reflejar el procedimiento; en ese expediente deben 18

venir los criterios técnicos que estén inmersos en la contratación en cuestión; lógicamente, si 19

van a contratar, por ejemplo, los servicios de un notario público externo, la parte técnica en 20

ese caso sería la Dirección o Departamento Legal que ustedes tengan, si es una obra, será los 21

que tengan a cargo todo ese tema, ingeniería, etc.; entonces, se refleja el procedimiento, 22

tienen que tener criterios técnicos y jurídicos; cuando poseen todo ese antecedente con la 23

recomendación, entonces es el momento de sentarse a deliberar. Se puede incurrir en 24

responsabilidades administrativas, todos en algún momento hemos escuchado que si se 25

comenzó un procedimiento orientado a que pueda ser una suspensión o cancelación de 26

credenciales, entonces ya sabemos que en eso estaría inmersa la Contraloría y el Tribunal 27

Supremo de Elecciones, en el caso de ustedes, que son figuras de elección popular. Otro tipo 28

de responsabilidad que puede haber es la civil, la cual ocurre si su actuación como servidor o 29

funcionario resultó dañosa para la Administración Pública, en este caso, para la 30

Municipalidad de Desamparados; eventualmente habrá situaciones complejas donde se 31

pueden perseguir responsabilidades penales, entonces, es muy importante tener en cuenta 32

que su función es complicada, de mucha responsabilidad, y les recomiendo, incluso, que si 33

tienen dudas técnicas, jurídicas o procedimentales, antes de votar, pidan que vengan los 34

especialistas; igualmente en las comisiones en las cuales haya adjudicaciones o que den 35

dictamen previo; aunque ustedes tienen comisión de adjudicaciones, es importante que ante 36

las dudas, se hagan acompañar de la Unidad Jurídica, Unidad Técnica y de la gente de la 37

Proveeduría; recuerden siempre que ese acto administrativo que emitirán, no solo en 38

contratación, debe ir orientado a la satisfacción del interés público y general del ciudadano 39

que votó por ustedes. 40

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Fecha: 23 de octubre de 2017

Sra. Gioconda Ureña: Un día de estos, en reunión con unos compañeros abogados, con 1

quienes terminábamos un curso de corrupción, conversábamos sobre el lenguaje corporal; es 2

muy interesante, los que estudian ese tema dicen que tendemos a creer más en el lado 3

derecho que lo que se proyecta de lado izquierdo, inclusive hablaban de la importancia de 4

este lenguaje, que los políticos, un Obama, que fue investigado respecto a cómo usa su 5

mano derecha siempre adelante… entonces nos llamó la atención también que los 6

abogados que defendemos la administración pública, en los tribunales, nos toca sentarnos al 7

lado izquierdo y eso nos perjudica porque ya llevamos desventaja; de acuerdo a esto que se 8

dice, ya el juez no nos ve igual que a los que están de lado derecho, eso es mas o menos lo 9

que sucede. Una licitación es un concurso, ese es el término, entonces la idea es que pueda 10

recibirse por parte de la Administración la mayor parte de ofertas, y que al final podamos 11

seleccionar las que más convengan a los intereses que fueron propuestos en esa necesidad 12

inicial que les comentaba la licenciada, que es el principio de todo procedimiento de 13

contratación, definir; tal vez les voy a poner el ejemplo de camiones recolectores; tenemos la 14

necesidad de comprar 6 camiones recolectores para la atención, y se pone toda la 15

justificación, eso es importante, a veces se echa de menos en los procedimientos y 16

expedientes licitatorios, información tan importante que inclusive… es muy imprescindible 17

mencionar que el expediente licitatorio es información pública, que no se le puede negar el 18

acceso a nadie, excepto en aquellos casos, por ejemplo, que se pidan estados financieros de 19

las empresas, donde se ha determinado que puede llegar a constituirse en información 20

confidencial, entonces salvo este caso, prácticamente que el expediente puede ser revisado 21

por cualquier ciudadano; es importante, por esa razón, que los expedientes se conformen 22

correctamente; el inicio es “la necesidad de comprar camiones recolectores”, una vez 23

definida la necesidad, se elabora un cartel o pliego de condiciones, el cual es, en términos 24

generales, el reglamento del concurso, si partimos de que la licitación lo es; puedo decir con 25

mis veinte años de experiencia, que el cartel es quizá el documento más importante del 26

procedimiento, así que cuando les llegue alguna licitación para adjudicar, sería bueno 27

verificar que venga el cartel, la última versión, porque pueden sufrir modificaciones, ya sea de 28

oficio o a instancia aparte, que es cuando los objetan; ahora vamos a hablar un poco de los 29

recursos que tiene la contratación administrativa, pero básicamente en ese pliego de 30

condiciones está el establecer los aspectos generales, que es información de las empresas, 31

tales como personería jurídica, declaración jurada de que no están inhibidos para contratar 32

con la administración… eso siempre se tiene que revisar, la empresa debe declarar bajo fe de 33

juramento que ellos no poseen impedimento para ser contratados; hay una serie de 34

impedimentos… tal vez si nos vuelven a invitar, haríamos una sesión única sobre el tema del 35

cartel, porque es muy importante, pero básicamente son condiciones generales de las 36

empresas, en ellas se pueden establecer garantías de participación, certificaciones, 37

declaraciones juradas, forma de pago, plazo de entrega, eso lo vamos a encontrar ahí; otro 38

apartado que compone un cartel es el de la condiciones técnicas que establecen; en el 39

caso de los camiones recolectores, si llevará tolva, de qué tamaño, si es retráctil o no, si es 40

ñato o con trompa, ahí se pone toda la descripción; aquí es importante decirles que eso 41

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Fecha: 23 de octubre de 2017

debe estar muy bien detallado, porque en la contratación administrativa al fin y al cabo se 1

trata de comprar, entonces entre más pueda definirse qué es lo que ocupo comprar, será 2

mejor, así las empresas van a tener más claridad y además nos vamos a cubrir para comprar 3

realmente lo que ocupamos y no terminar comprando lo que nos ofrecen; eso es muy 4

importante, cuando como administración tengo definido cuál es mi equipo, una empresa me 5

puede ofrecer algo similar, pero la administración no debe someterse a una oferta particular, 6

sino definir necesidades, y si la empresa puede ofrecer lo que se ocupa, es apta para 7

participar, ojalá sea la mayor cantidad de ofertas la que pueda tener la administración, pero 8

no que funcione a la inversa, como lo hacen muchos, que se termina comprando hasta lo 9

que no se ocupaba, pero era porque no estaba bien definido en el cartel qué era lo que 10

ocupaba; siempre pongo un caso, que aunque no crean, ocurrió; se estaba comprando 11

indumentaria, y una de las líneas eran corbatas, pero decía que combinen con blanco, 12

entonces me daba mucha gracia porque dije ¿qué estamos comprando?, no estamos siendo 13

específicos, quedó muy abierto para que nos pudieran decir que cualquier corbata 14

combinaba con blanco. También conforma el cartel el sistema de evaluación; les decía que 15

el cartel es el reglamento del concurso, entonces obliga no solamente a los oferentes sino 16

también a la administración a respetarlo, no es posible apartarse de lo que ya se definió y 17

mucho menos de la instancia a la cual puede llegar un expediente para adjudicar; no se 18

puede cambiar de opinión, se debe respetar lo establecido como condiciones del cartel; tal 19

vez les interese saber la diferencia entre una licitación pública y una abreviada; la pública es 20

el procedimiento ordinario donde se respetan los derechos; es más extensa que una 21

abreviada, interviene la Contraloría General de la República, que es una diferencia con 22

respecto a... por ejemplo, en un cartel de compra de camiones recolectores, si por el monto 23

corresponde el procedimiento de licitación pública, si alguna empresa no está de acuerdo 24

con las condiciones establecidas, entonces debe presentar un recurso ante la Contraloría 25

General de la República; si fuera una licitación abreviada, ese recurso se presentaría ante la 26

propia administración; el procedimiento que les voy a explicar muy rápidamente es 27

prácticamente el mismo: una vez conformado el cartel, se publica una invitación a participar, 28

señalando una fecha de apertura; es importante saber que esa fecha se debe respetar, no 29

puedo recibir ofertas en otro momento que no sea el que establecí, si la apertura de las 30

ofertas es el día de hoy a las 10 de la mañana y viene una oferta a las 11, esa sería 31

extemporánea, no la podría considerar; básicamente esa es la diferencia, sumado a los 32

recursos que existen contra el acto de adjudicación en una licitación pública y una 33

abreviada; lo que hace que se seleccione es el monto de lo que se está contratando; eso es 34

lo que define si se trata de una licitación pública, una abreviada o una compra directa de 35

escasa cuantía; existen contrataciones por excepción a la norma, que es concursar; la norma 36

es que todo lo que indiquen fondos públicos tiene que concursarse, licitar, pero existen 37

supuestos, por ejemplo, si como administración sé que lo que voy a comprar es tan particular 38

que solamente una empresa lo ofrece, para qué lo voy a concursar si nadie va a venir a 39

concursar, obviamente ya ese procedimiento se llama diferente, oferente único, reparaciones 40

indeterminadas o patrocinio, una serie de supuestos que establece la ley, pero por el 41

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Acta no. 112-2017

Fecha: 23 de octubre de 2017

momento solo vamos a hablar de licitaciones. Una vez que se invita a las empresas a 1

concursar, al llegar el día de la apertura de ofertas, se reciben en sobre cerrado, se hace un 2

acta de apertura, en presencia de los oferentes, de la comisión de adjudicaciones, no sé si la 3

apertura la hace la Proveeduría, pero eso siempre tiene que existir en el expediente; al 4

hacerla, delante de todos abro la primera oferta, normalmente se pide un original de la 5

misma y copias; por ejemplo, nosotros teníamos como práctica la original que el funcionario 6

de la Proveeduría conserva en su poder, porque esta unidad es la encargada de custodiar el 7

expediente, entonces nos dejamos el original y las copias las dejamos en la mesa de apertura 8

para que el interesado revise los precios de la otra empresa; en el acta de apertura, una 9

información muy general, número de oferta… siguiendo lo de los camiones recolectores, 10

Matra, el precio unitario, sin más información… ahí no se empiezan a revisar las ofertas, si 11

cumplen técnica o jurídicamente, no es el momento procesal para hacerlos, entonces una 12

vez que se reciben las ofertas, se conforma el expediente, como dijo la licenciada, el cual 13

debe estar debidamente foliado en orden cronológico, entonces ahí sería el inicio: cartel, la 14

invitación a participar, las ofertas, y estas, obviamente, deben ser revisadas desde el punto de 15

vista jurídico, técnico, y esos criterios deben constar en el expediente; una vez se cuente con 16

todas las valoraciones, se remite el mismo para que ustedes como órgano adjudicador tomen 17

la decisión y emitan un acto motivado; yo les dije que en el cartel se establece un sistema de 18

evaluación, normalmente es 100% precio, pero puede ser que existan otros elementos, y se 19

supone que la oferta adjudicada debe ser la mejor puntuada o calificada; yo no me podría 20

apartar diciendo que una ganó, pero me gusta más la siguiente opción, hay que respetar los 21

elementos de evaluación establecidos en el cartel; una vez que se emite el acto de 22

adjudicación, ese acto debe tener una publicidad que dice la Ley que es por los mismos 23

medios por los que fueron invitados, y el mismo puede ser recurrido por quien tenga un interés 24

legítimo para hacerlo, porque no cualquiera puede recurrir un acto de adjudicación, sino la 25

empresa que demuestre que tiene un mejor derecho para resultar adjudicada, o sea, que si la 26

que quedó en quinto lugar recurre, perfectamente puedo decirle que no tiene interés legítimo 27

porque por más razón que pueda tener en su recurso, no va a resultar adjudicada; de 28

acuerdo con los elementos de evaluación, no puede; básicamente ese es el procedimiento 29

en ambos casos, con las diferencias que les mencioné de que con la licitación pública la 30

Contraloría General de la República conoce los recursos que se presenten contra el cartel y el 31

acto de adjudicación. En materia de contratación administrativa existen tres clases de 32

recursos; si hay algún abogado aquí, tal vez va a notar la diferencia, sino es básicamente que 33

está el recurso de objeción, el cual es contra el cartel o aquellos elementos o condiciones que 34

de alguna u otra forma puedan estar infringiendo algún principio de la contratación 35

administrativa; es importante saberlo porque, por ejemplo, en contratación administrativa 36

existen principios como igualdad de trato, libre participación, entonces puede ser que una 37

empresa me diga que recurre ese cartel y lo objeta porque le parece que limita su 38

participación dado que el cartel dice que los camiones deben tener cabina de tres pasajeros 39

pero resulta ser que el camión que se ofrece viene con cabina de dos pasajeros, pero de 40

igual manera va a poder recoger la basura… es la idea de que las empresas logren demostrar 41

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Acta no. 112-2017

Fecha: 23 de octubre de 2017

que ciertamente se establecen condiciones que pueden ser removidas, para decirlo de 1

alguna manera; luego está el recurso de revocatoria o recurso de apelación, que en materia 2

de contratación administrativa, a diferencia de otras materias, es aparte; en materia 3

administrativa municipal, es posible presentar un recurso de revocatoria con apelación en 4

subsidio, no sé si lo han escuchado, me imagino que sí, y es que quien dictó el acto conoce 5

revocatoria y se eleva al superior la apelación; en contratación administrativa no existe eso, 6

sino que es revocatoria o apelación; el primer caso se da cuando por monto corresponde 7

dar a conocer del recurso a la propia administración, por eso los abogados que manejan esta 8

materia de contratación tienen que ser especializados y conocer ese detalle; pero digamos 9

que no nos interesa mucho y ojalá que ese conocimiento lo tengamos mayoritariamente en 10

las administraciones; la revocatoria, como es presentada ante la misma administración, es 11

esta quien la resuelve; en la Municipalidad de San José el recurso es rechazado o acogido 12

por el Concejo Municipal, no sé cómo funciona aquí, por ser órgano adjudicador, pero es 13

básicamente que el recurso de revocatoria se presenta contra quien dictó el acto que se 14

recurre; si toman en cuenta que es el Concejo Municipal el que emite el acto de 15

adjudicación, ahí les dejo esa inquietud. El recurso de apelación, que sería uno distinto, que 16

por monto corresponde darlo a conocer ante la Contraloría General de la República; esos son 17

los únicos recursos que existen en materia de contratación. Dentro de este régimen recursivo, 18

tomar en cuenta que el recurso de objeción, en las licitaciones abreviadas, como se los 19

comenté, se presentan ante la propia administración y se tienen diez días para resolver; el 20

reglamento interno de la Municipalidad de San José, por ser un plazo tan corto, delegó de 21

alguna manera esa competencia a la Proveeduría; cuando se trata de recursos de objeción, 22

Proveeduría es quien instruye el recurso, ya sea consultando la parte técnica, financiera… 23

depende de lo que recurra, pero por ser tan poco el plazo, entonces en el de objeción si lo 24

resuelve Proveeduría. Las licitaciones públicas, como se los dije, son ante la Contraloría 25

General de la República, igual ellos tienen 10 días y lo resuelven; la administración lo que les 26

da es un traslado para que la Contraloría se manifieste con relación con lo que se está 27

discutiendo; en cuanto al recurso de revocatoria que se presenta contra el acto de 28

adjudicación ante la propia administración, se tienen 15 días para resolver, y en el caso del 29

recurso de apelación contra el acto de adjudicación pero que por monto corresponde darlo 30

a conocer a la Contraloría General de la República, se tienen 40 días hábiles para ser resuelto. 31

Era poco el tiempo, es una materia, igual, yo soy una apasionada de esta materia, tengo 20 32

años y espero seguir trabajando en esto porque me encanta. Una de las consultas es en torno 33

al plazo que debería tener el Concejo para tomar la decisión de adjudicar; resulta ser que la 34

Ley establece un plazo mínimo para recibir ofertas… en el caso de la licitación abreviada, son 35

7 días, normalmente; salvo que sea algo urgente, se pone un plazo para recibir ofertas, 36

regularmente anda, entre la invitación a participar y el día de la apertura, de 10 a 15 días 37

para recibir ofertas, entonces lo que dice la ley es que si establecí 10 días, tengo que 38

adjudicar en 20, en el doble de lo que yo establecí para recibir ofertas, entonces en una 39

abreviada que le haya puesto 10 días para recibir ofertas, tengo que adjudicar en 20; la Ley 40

da la posibilidad de prorrogar por una sola vez ese plazo, es decir se puede convertir en 40 41

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Fecha: 23 de octubre de 2017

días para adjudicar; es importante que tomen en cuenta que para efectos de Contraloría y 1

de los que manejan la materia de contratación, esta se ve como un todo, o sea, si bien es 2

cierto la parte administrativa instruye el procedimiento y son ustedes los que tienen que 3

adjudicar, se supone que dentro del plazo se debe llegar al fin a tomar la decisión final, para 4

que lo consideren. En las licitaciones públicas, el plazo mínimo para recibir ofertas es de 15 5

días, en ese mismo espíritu entonces, si se fijó ese plazo, entonces se tienen 30 días para 6

adjudicar, con posibilidad de ampliar 30 más; entonces, mucho dependerá de qué plazo 7

escogieron para recibir ofertas, que como les digo, la Ley establece plazos mínimos; por 8

ejemplo, si tramitamos alguna licitación donde creemos que van a participar empresas 9

internacionales, no voy a programar recibir ofertas en 15 días, tendría que poner mes o mes y 10

medio. 11

Sra. Rocío Aguilar Guillén: Retomar la idea de la administración única de la cual les comentó 12

Gioconda, de manera que en cuanto al plazo establecido en el cartel, tengamos en cuenta 13

que no es que esos 30 o 40 días comienzan a contar después de que llega al Concejo; la 14

Administración Pública es un todo, de modo que eso va a arrancar cuando se cierre la etapa 15

de recepción de ofertas y comience con el análisis técnico, jurídico y financiero, para que 16

llegue a ustedes; dentro de lo que es ese plazo, tienen que ocurrir todas esas cosas. 17

Sra. Gioconda Ureña: Otra pregunta dice ¿qué procesos licitatorios no le corresponden 18

adjudicar al Concejo Municipal? Bueno, licitatorio creo que todo, lo que es abreviada y 19

pública; se me acaba de venir a la mente algo que es muy usual porque trabajé muchos 20

años en una Proveeduría y a veces pasa; resulta ser que si se hace una mejora en una 21

biblioteca, o en su caso puede ser una mejora, una obra… desde el inicio del procedimiento 22

se establece que eso va a costar, por ejemplo, treinta millones de colones, y que según esta 23

cantidad, lo que corresponde hacer es una licitación abreviada, pero a la hora de recibir 24

ofertas, la ganadora es de quince millones de colones; entonces, puede suceder que como 25

es un tema de monto lo que hace que sea el Concejo el órgano adjudicador, suceda que 26

aunque haya nacido como una licitación abreviada, por monto no corresponde conocerlo el 27

Concejo, y sea el Alcalde o la comisión; puede ser que suceda y no está mal; es una de las 28

posibilidades, entonces la respuesta es que todos los procesos licitatorios los conoce el 29

Concejo. 30

Sra. Rocío Aguilar Guillén: Quiero hacer otra acotación desde mi experiencia; sinceramente 31

no sé cómo lo tienen ustedes reglamentado, porque fue una ojeada muy superficial la que 32

pudimos darle al reglamento en el trascurso del día, pero si quieren definir esa situación de la 33

que les hablaba Gioconda, cuando por el monto de la adjudicación, aunque arrancó como 34

una licitación abreviada, ya sea porque son diferentes ítems, entonces recaiga en diferentes 35

empresas y el monto no dé para venir al Concejo, pues entonces lo reglamentan, si no es que 36

así lo tienen definido ya, e igualmente podría ser que sea solo una oferta pero el monto no da, 37

o cuando tengan varios ítems adjudicados a distintas empresas y que por el monto no dé 38

ninguno o que eventualmente solo uno y las otras no den… acordémonos que estamos en 39

materia de administración pública, en derecho administrativo, entonces la ¿administración 40

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qué es lo que puede hacer?; al contrario del derecho privado, en la pública nos regimos por 1

el derecho de legalidad y podemos hacer lo que nos esté autorizado, aunque sea de una 2

forma genérica, tampoco es que tiene que ser a, b y c, porque ese mundo no podríamos 3

cubrirlo, pero deben tenerlo en cuenta, de manera que si no lo tienen delegado y deciden 4

hacerlo, que lo reglamenten. 5

Sra. Gioconda Ureña: La otra consulta dice “¿qué documentos mínimos deben contener las 6

contrataciones que se someten al Concejo para su adjudicación? La decisión de inicio de la 7

que hablábamos, donde se justifica la necesidad; la invitación… esto es importante porque se 8

ha detectado que inclusive la norma, tanto de la Ley de Contratación Administrativa como 9

de Enriquecimiento Ilícito… que la publicación es muy importante pero que ojalá sea en el 10

mismo tiempo para todos, no vaya a ser … y les digo que se ha detectado, no estoy diciendo 11

que pase aquí, de que un oferente tuvo ventaja y conoció el cartel antes que los demás; eso 12

puede viciar el procedimiento con todas las consecuencias que mencionamos 13

anteriormente, entonces tengan cuidado de revisar que venga esa decisión inicial, que esa 14

publicación haya sido, no sé cómo lo hagan aquí, a través de la Gaceta o se invitan a cinco, 15

realmente no conozco el procedimiento interno, pero si es una licitación abreviada, se debe 16

invitar al menos a cinco, que sean del giro comercial, porque a veces se detecta que solo 17

uno lo era y los demás estaban ahí de relleno, entonces al menos cinco; pero ¿qué pasa si 18

una empresa no fue invitada y quiere participar?, igual, hay que recibirle su oferta; el cinco es 19

para dar difusión a la invitación; en una pública sí se tiene que publicar en la Gaceta; 20

también debe venir la última versión del cartel; pasa mucho en las administraciones que 21

incorporan al expediente un cartel que fue modificado por objeción o que el técnico dijo que 22

ya no ocupaba, por ejemplo, que tuviera ocho llantas, sino seis, y se quedó el cartel viejo, eso 23

puede inducir a error a la parte técnica y jurídica de que cuando vaya a revisar las ofertas no 24

lo haga sobre el pliego de condiciones que esté sobre ese momento como de última versión; 25

también tienen que estar los estudios técnicos, el jurídico, si se pidieron estados financieros y 26

cualquier otra situación que se dé en el procedimiento; aquí están bien definidas las cosas, 27

una empresa no va a expresar su desacuerdo con el cartel cuando ya se está analizando, 28

porque ya tuvo un momento, el cual está definido por ley, en el primer tercio desde que se 29

hace la invitación hasta que se reciben las ofertas; si se acuerdan del ejemplo de poner 15 30

días para recibir las ofertas, las empresas tendrían 5 días para recurrir el cartel, si ya se les 31

pasa, esa sería una etapa precluida y no podrían venir a decir que el cartel estaba mal o 32

había que cambiarlo. 33

Sra. Rocío Aguilar Guillén: A propósito de lo que les está hablando Gioconda, sí tenemos 34

plazos definidos desde el punto de vista procedimental para acceder a una cosa o la otra; en 35

mi experiencia en la contratación administrativa, siempre he insistido mucho en no hacerle un 36

santuario o culto a la forma, lo que quiere decir que si se presentó en el día sexto y eran cinco, 37

y aunque nos esté diciendo la verdad y sea evidente, decir “no, porque es extemporáneo”… 38

recordemos que no estamos aquí para invertir fondos nuestros sino que somos depositarios de 39

una confianza pública, de la administración de fondos públicos, no son nuestros, de manera 40

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que les recomiendo que tanto ustedes como la Proveeduría… y si la Auditoría tiene algún 1

comentario o consejo que darles en esa etapa… cuando vean que realmente quien está 2

presentando tiene razón y que lo mejor para la Administración Pública es enderezar aunque 3

sea extemporáneo, pues entonces hagan caso, revisen, solo los ríos no se devuelven y a lo 4

mejor se pueden evitar también un montón de dolores de cabeza y eventualmente hasta 5

responsabilidades de otra naturaleza si las cosas quedan mal diseñadas desde el principio y 6

hubo tiempo para corregir y no se hizo. 7

Sra. Gioconda Ureña: Y por último, dice: “Para cada proceso de contratación, producto de la 8

licitación pública abreviada o directa, debe presentarse como si fuese una moción”; está la 9

otra posibilidad, que es como dictamen o moción; es importante que quien instruye el 10

procedimiento les haga como un resumen, como “se invitó a tales o tales empresas, el día tal 11

fue la apertura de las ofertas, se recibieron tales ofertas, la valoración jurídica determinó tal o 12

cual cosa, la técnica tal o tal otra, le recomendamos la oferta de acuerdo a la aplicación del 13

sistema de evaluación, la oferta que resulta con mayor puntaje es a, b, c, se recomienda su 14

adjudicación”, eso es básicamente la estructura de lo que debería contener, es un resumen 15

del procedimiento. 16

Reg. Gabriela González: Mi consulta es la siguiente, en el supuesto de que se apruebe una 17

contratación administrativa a una empresa “x” y esa haga una subcontratación y en ella 18

haya algún familiar de algún miembro de la corporación municipal, ¿según el artículo 27, qué 19

responsabilidad asumiríamos como autoridad municipal? 20

Sra. Rocío Aguilar Guillén: Por eso desde el principio dijimos que la contratación administrativa 21

es todo un mundo; entonces, por ejemplo, en materia de obra pública desde el principio, en 22

la oferta, quien a ustedes pretenda venderles la realización de una obra pública debe 23

decirles desde su oferta qué partes del contrato debe realizar subcontratando, de manera 24

que no solo les tiene que identificar qué parte de esa obra va a subcontratar sino a quiénes, 25

porque tienen que adjuntar las declaraciones juradas de esas empresas que serán 26

subcontratadas, porque a ellas les alcanza el régimen de prohibiciones, y recordemos 27

también que hay norma expresa en materia de contratación administrativa en cuanto a la 28

posibilidad del margen hasta el que se puede subcontratar, de modo que reitero, tiene que 29

dar el listado, aportar la documentación, identificar debidamente a los subcontratistas; la 30

norma dice más allá del 50%, la administración está en la posibilidad de decir si lo acepta o 31

no, porque esto se puede convertir en un dueño de garaje que subcontrata la mitad del 32

mundo y vienen y les ofrece hacer una obra y resulta que no tiene ni una batidora de 33

cemento, al final termina subcontratando todo; si no se pusieron vivos durante la ejecución, 34

era la familia de medio mundo y al final, reitero lo que dije al principio, ¿quiénes son los que 35

emiten el acto administrativo?; está bien que puede haber responsabilidad durante la fase de 36

ejecución, el ejecutor tiene que estar revisando caja, hacer pagos, revisar FODESAF, que lo 37

que se reciba es lo que se pidió, las calidades, planillas, que no tengan gente que no 38

aparece en planilla, de manera que no hay cargas sociales; puede ser que genere 39

responsabilidades incluso a nivel de ejecución pero también si no se le dio la atención 40

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debida, previo acto de adjudicación, ustedes van a responder porque la emisión de ese acto 1

administrativo la realizaron ustedes. 2

Reg. Gabriela González: ¿Entonces en ese caso si la Proveeduría no solicita esa información 3

sigue siendo responsabilidad nuestra? 4

Sra. Rocío Aguilar Guillén: Por eso les insistimos tanto en la parte de qué es lo que deberían 5

tener al emitir el acto de adjudicación, es un acto muy trascendente, de responsabilidades 6

de todo nivel, porque pueden ser administrativas, civiles y penales; ojalá que no pase nada 7

pero desde el nombramiento que la ciudadanía hizo recaer sobre ustedes ya delegó la 8

responsabilidad de resguardar adecuadamente los fondos públicos, de tomar decisiones 9

orientadas a la satisfacción del interés público; entonces siempre deberían exigir, previo a 10

votar una contratación administrativa, como mínimo un expediente completo; ya dijimos que 11

arranca con la decisión inicial, el pedido, y ahí se refleja absolutamente todo lo que ha 12

ocurrido en esa contratación, y además le reitero la recomendación que les di; alguno de 13

ustedes será ingeniero pero no todos, entonces no sabemos normalmente de esas materias, 14

por lo que tenemos que apoyarnos en los técnicos, pero si tienen duda, háganlos venir incluso 15

a la sesión del Concejo, que de viva voz les expliquen los aspectos sobre los que ustedes 16

tengan duda y basen sus actuaciones, aunque eso no los cubre al 100%, porque volvemos a 17

lo mismo, quienes emiten el acto son ustedes, pero hay que ser diligente, cubrirse, entonces la 18

recomendación es cubrirse al máximo, no se trata de tener miedo sino de guiarse como lo 19

hace un buen padre de familia, con todas las responsabilidades del mundo. 20

Sr. Presidente: Siento que el tema de la capacitación, indistintamente del área que la 21

requiera, es precisamente para facilitar la toma de decisiones, porque si a todo le vamos a 22

tener miedo porque no estamos seguros de lo que vamos a aprobar, por las implicaciones 23

que puede conllevar una decisión que se toma en el Concejo, andamos mal; la capacitación 24

se convierte en un elemento esencial para darnos responsabilidad de alguna forma a la hora 25

de tomar decisiones; siempre ha sido mi inquietud el tema de la contratación, de alguna 26

forma algo de experiencia he tenido porque tuve la oportunidad, en esta Municipalidad, de 27

ser proveedor, y sabemos que de aquella fecha a hoy han habido cambios significativos, 28

pero por lo menos en el caso propio tengo una noción de lo que es el proceso de 29

contratación, sin embargo, no por eso hay que obviar todos los procedimientos que se 30

tengan que llevar a cabo en una contratación administrativa, de acuerdo a los 31

requerimientos de la administración; es elemental porque de las decisiones que se tomen 32

oportunamente depende cuánto se pueda avanzar en los planes y metas que la 33

Administración tenga previstas, a saber, la obra pública, la adquisición de equipo, 34

maquinaria, insumos para salir adelante en todas las obras que la Municipalidad tenga 35

programadas, pues es elemental que se afirme muy bien el tema y la punta del lápiz en todo 36

ese proceso de contratación. La verdad es que son muchas las preguntas y estoy totalmente 37

de acuerdo en que es muy básico lo que estamos recibiendo, porque puede surgir una serie 38

de dudas con relación a qué hacer pero sabemos que un cartel de licitación, como bien lo 39

indican las licenciadas, debe contener una serie de aspectos; recuerdo que se hablaba del 40

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cartel de licitación dividido en las condiciones generales y específicas; la condición general 1

es machotera, pero la específica es de mucho mayor cuidado, porque precisamente es el 2

objeto de la contratación del bien o servicio que se está requiriendo para la administración, y 3

creo que desde esa perspectiva tal vez hay que poner mucho énfasis porque desde el punto 4

de vista general están establecidos los pasos por seguir para cumplir con base en lo que fija 5

la misma ley; la parte específica para mí viene donde está lo elemental, porque muchas 6

veces ahí es donde se le carga la mano a un cartel de licitación, y se ha dado en favor de 7

una determinada marca o producto, por lo que hay que tener mucho cuidado, ahí es donde 8

normalmente se caen los procesos, porque si es una licitación pública, ya lo han dicho aquí 9

muy bien, se recurre a la Contraloría General de la República y ahí a veces no son 40 días; 10

sabemos que cualquier duda que surja, vienen consultas y respuestas y ahí posiblemente se 11

lleve más tiempo, pero en todo caso es importantísima esta oportunidad de capacitación. 12

Reg. Víctor Manuel Delgado: Le decía al compañero Eduardo que hoy estoy más asustado 13

que en febrero de 16 cuando salí electo, porque cuando fuimos a las capacitaciones, donde 14

nos dieron una pincelada de esto, todavía uno andaba asustado porque había salido electo 15

regidor; yo me asusté, no sé ustedes, y entre más le explicaban las cosas a uno era peor; hoy 16

ya un poco más tranquilo, con el ritmo del puesto que el pueblo nos dio, uno entiende mejor 17

las cosas, las asimila mejor; quiero agradecerles por haber estado con nosotros y haber 18

compartido sus conocimientos, porque de pronto hemos aprobado cosas sin estos requisitos, y 19

que Dios nos acompañe si ya lo hicimos, porque el asunto es que tenemos responsabilidades 20

solidarias y de vez en cuando, por la premura del asunto, hay que aprobar algo y muchas 21

veces uno se pone a pensar que mejor vota negativamente o pide un criterio técnico o 22

jurídico para respaldarse, pero muchas veces también incomoda a los demás compañeros y 23

compañeras; hoy me quedó totalmente claro y a partir de ya yo no voy a dar mi voto positivo 24

si los documentos no están completos, porque nosotros tenemos una responsabilidad que 25

resguardar, si me friego, los friego, y qué doloroso sería que alguien o todos nos veamos, con 26

el pasar del tiempo, en un problema, porque nos brincamos el debido proceso; de verdad 27

que estoy contento y asustado pero instruido de cómo hacer las cosas a partir de ahora; de 28

verdad que si hay criterios que pedir y si tiene que venir alguien a darnos una relación de 29

hechos sobre tal licitación, contratación o convenio, yo creo que deberíamos solicitar esa 30

información para que nos protejamos y que de verdad cuando salgamos de aquí nos 31

vayamos tranquilos sabiendo que no tenemos más responsabilidad después de aquí; no hay 32

que olvidar que la responsabilidad, creo, dura diez años, entonces el asunto de estar aquí 33

sentados deliberando y tomando acuerdos es de mucha delicadeza; uno a veces dice para 34

no atrasar el progreso del cantón, pero hay que pensar realmente si se atrasa o no. 35

Reg. Allan Alfaro: Es bueno que nos recuerden cuáles son nuestras responsabilidades, venir a 36

cada sesión y estar sentado en una curul no es como ir y tirarse de un bungie donde voy a 37

experimentar toda la adrenalina que pueda generar un tipo de actividad como esa; nosotros, 38

bien lo han dicho ustedes, somos simplemente depositarios de la confianza del pueblo 39

desamparadeño, respondemos solidariamente con lo que tenemos y lo que no, por cada uno 40

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Fecha: 23 de octubre de 2017

de los acuerdos que tomamos en el seno del Concejo Municipal, y yo en lo personal he sido 1

muy insistente con los dictámenes de contratación administrativa; cada vez que llega una 2

licitación, que cuente con la viabilidad financiera, técnica y legal; he insistido hasta la 3

saciedad con que venga una certificación por parte la Proveeduría institucional, donde dé fe 4

y quede de forma certificada que se siguió el debido proceso en cada una de las 5

contrataciones que vienen a este Concejo Municipal. Nosotros no somos técnicos o 6

especialistas en contratación administrativa, conocemos y manejamos generalidades, 7

producto de las experiencias que hemos ido acumulando en los diferentes espacios en los 8

que hemos tenido la oportunidad de crecer y desarrollarnos, no obstante, sí es delicada la 9

contratación en cuanto a la responsabilidad solidaria; como Concejo Municipal, si bien es 10

cierto, tenemos un expediente, eventualmente tenemos esta certificación y en los acuerdos 11

se ha consignado que cualquier error u omisión durante el proceso es responsabilidad única y 12

exclusiva de la Proveeduría institucional, como órgano técnico que ha dirigido el proceso y 13

que está avalando una recomendación; también le queda a uno una incertidumbre sobre 14

cómo están esos procedimientos y controles que respaldan cada uno de estos procesos; yo 15

esperaría a mediano plazo, por parte de la Unidad de Auditoría Interna, una revisión de cómo 16

está la Proveeduría, porque para nosotros es realmente… o sea, para mí en lo personal una 17

unidad de riesgo alto es la Proveeduría institucional, cualquier contratación o ejecución del 18

presupuesto municipal, indistintamente de que sea una contratación directa, una licitación 19

abreviada o una pública, va a tener que pasar por los mecanismos de control y las 20

actividades de control que ha desarrollado la Unidad de Auditoría Interna, y la misma Ley es 21

clara en que debe existir un control por establecerse, tenerse y perfeccionarse; el hecho de 22

que se haya trabajado de una forma durante cierto lapso no quiere decir que estemos 23

blindados, hay circunstancias que tienen eventualmente que mejorarse; en ese sentido 24

agradecerles el que nos recuerden cuáles son nuestras responsabilidades porque muchas 25

veces las atendemos y escuchamos cuando viene un tercero, un externo, a decirnos “ustedes 26

tienen estas responsabilidades y tienen que seguir y cumplir con un debido proceso”; en algún 27

momento, en el día a día, las justificaciones son… priva el interés público, sí, pero priva en el 28

tanto y cuanto se ajuste a un debido proceso y a los criterios técnicos, legales y financieros. 29

Reg. Rigoberto Pérez: Mi pregunta es para la licenciada Gioconda; usted manifestaba que 30

había dos recursos, uno de apelación y el otro de revocatoria, de este último me queda duda 31

sobre quién conoce realmente este recurso, si es la unidad que dio el fallo o propiamente la 32

comisión que se forma en la administración, esa es mi pregunta; ¿qué pasa si la unidad que 33

conoce la revocatoria sigue manteniendo el criterio?, ¿hay otro paso más que se dé?, ¿si el 34

oferente en ese caso se siente disgustado porque la revocatoria no fue acogida, puede él 35

recurrir a otra instancia? 36

Sra. Gioconda Ureña: El recurso de revocatoria, dice la norma, es contra quien emite el acto; 37

yo les comenté la experiencia de la Municipalidad de San José, porque en esta el que 38

resuelve el recurso es el Concejo Municipal, lo instruye la Proveeduría, lo que significa es que, 39

el recurso es como un trámite pequeño dentro del procedimiento, entonces, si a, b y c 40

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Acta no. 112-2017

Fecha: 23 de octubre de 2017

participaron, si “a” resultó adjudicado y “b” no está de acuerdo, este recurre al acto de 1

adjudicación; la Proveeduría, cuando presenta un recurso emite una solicitud al adjudicatario 2

para que se manifieste sobre el recurso que presentaron, y a la parte técnica, si es un aspecto 3

técnico el que se está discutiendo, o a la parte legal o financiera, de acuerdo con lo que se 4

esté alegando; Proveeduría es quien hace ese trámite, si fuera la parte técnica y esta dice 5

que no lleva razón la recurrente y se mantiene lo dicho, proveeduría de la misma manera, 6

una vez instruido ese procedimiento, hace una recomendación al Concejo Municipal; repito 7

que esto pasa en la Municipalidad de San José, habría que ver en lo interno, pero le hace 8

una recomendación, ya sea de que rechace o de que se acepte el recurso, pero quien emite 9

la resolución de ese recurso es el Concejo Municipal, como órgano adjudicador; si se rechaza 10

la norma dice que agota la vía administrativa, o sea, si la persona sigue disconforme con la 11

resolución ya a nivel administrativo no tiene nada que hacer, por decirlo de alguna manera, y 12

quedarán otras instancias a nivel judicial, pero no va a suspender la ejecución del acto, este 13

queda en firme una vez tomada la decisión de rechazar el recurso; si se toma la decisión de 14

acogerlo, tiene que emitirse un nuevo acto de adjudicación en el plazo de un mes, según la 15

norma. 16

Sra. Rocío Aguilar Guillén: Retomar solo un momento en que ahí volvemos a la resolución de 17

un recurso porque seguimos hablando de actos administrativos y como tales, esa resolución 18

mediante la que se resuelve ese recurso tiene que ser un acto motivado; de nuevo la 19

recomendación es para que se respalden en los criterios, que deben ser técnico – jurídico – 20

financieros, y si por esas razones, por todas juntas o por algunas de esas cabe el recurso que 21

se está planteando, lo que hay que hacer es enderezar lo que no se había hecho bien, y ese 22

es el momento procesal para hacerlo. 23

Sr. Presidente: Igual que lo han externado los compañeros, ante este tipo de capacitaciones, 24

aunque repito que sabemos que es un tema muy complejo y lo que siempre se recibe son 25

pinceladas… por ejemplo, a mí me surge ahora, de acuerdo con lo que han externado los 26

compañeros, que si bien es cierto, por ser tan complejo, de la Auditoría podríamos recibir 27

algún tipo de capacitación en el sentido de cuáles son los pasos por seguir en un proceso 28

licitatorio y que en este caso, una vez nos llegue el informe de la Comisión Técnica 29

Administrativa… que es normalmente la que incorpora a los profesionales en ese grupo 30

multidisciplinario, las recomendaciones… entonces me parece que es un tipo de check list, 31

don Álvaro, que nos puede servir, que es muy general, sobre cuáles son las condiciones, qué 32

es lo que se puede observar en condiciones generales y desde el punto de vista de las 33

condiciones técnicas que debemos revisar y verificar que se hayan cumplido; a mí siempre 34

me ha llamado la atención, por ejemplo, tal como lo indicaba usted, el plazo para adjudicar, 35

pero posiblemente hayamos adjudicado una licitación y no hemos verificado el plazo, si se 36

adjudicó en el término o ya estaba pasado; ¿qué implicación puede tener, si alguien no lo 37

objetó y pasó?, porque sabemos que si el plazo se va a modificar, las personas que están 38

participando en ese concurso deben ser notificadas previamente antes de que el plazo 39

venza, que no sé cuántos días serán o cuántas horas, para que no haya riesgos. Me asisten 40

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Fecha: 23 de octubre de 2017

preguntas como si es obligación que ese registro de proveedores año con año deba estarse 1

actualizando, si la administración en el mes de enero debe publicar el programa de compras; 2

en el caso de proveedores inactivos, algo menciona por ahí; dependiendo de la licitación, si 3

es una abreviada, se debe notificar al menos a cinco proveedores, independientemente de 4

que otros no hayan sido notificados; por ahí no digo que esta institución, pero vi, por ejemplo, 5

una invitación a un proceso de contratación donde le mandan a un proveedor la invitación 6

pero ahí va el recibido de todos los otros proveedores, entonces esas son cosas cuestionables; 7

tenía dudas con relación a casos como ese, el registro de proveedores y la obligación de la 8

actualización que yo sé que… por ejemplo, la publicación del programa de compras y, 9

segundo, los controles que debe llevar la Unidad de Proveeduría, como en el caso de los 10

proveedores inactivos, que creo que esas son cosas en las que debemos tener cuidado, 11

porque si por “a” o “b” están adjudicando a un proveedor que por más de 3 o 4 veces han 12

convocado y no ha querido participar, o bien acepta pero no envía nada, ya por ahí 13

comienza a ganarse que no le den facultad para que participe en esos procesos, porque la 14

Administración lo tiene como inactivo; cosas como esas son elementales para tenerlas 15

presentes; requerimos estar más en contacto con la Auditoría Interna desde el punto de vista 16

de la asesoría, no para que nos ayude a pensar ni a tomar decisiones en el sentido de que si 17

esta dice OK, entonces todos lo acogemos, porque también hay que preocuparse por 18

investigar y estudiar. Estoy de acuerdo con lo que dicen los compañeros, aunque urja, si 19

ahora hay una emergencia y un proceso licitatorio… porque hay otros mecanismos 20

alternativos a los procesos ordinarios, donde se requiere aprobación de la Contraloría; es 21

importante, sin ánimo de atrasar un proceso, estar seguros de que todo el procedimiento se 22

ha cumplido y que a la hora de que tomemos una decisión acá en el Concejo, esté todo el 23

mundo más tranquilo; en ese aspecto, son elementos que tomaremos en consideración a la 24

hora de que nos lleguen las recomendaciones, no solamente de aprobar un cartel sino desde 25

luego, que todavía es más complicada una adjudicación, porque bien lo han indicado, que 26

podemos aprobar un cartel, y creo que ya se ha dado, donde algún proveedor se ha sentido 27

lesionado y objeta el cartel por algún motivo que sienta que le está perjudicando; ahí todavía 28

habría tiempo de hacer ajustes, pero cuando se trata de adjudicaciones, es de mucho más 29

cuidado; otro aspecto al que creo que deberíamos ponerle atención es a la parte técnica 30

del objeto de contratación, para mí ahí es donde está lo más álgido de esa licitación o 31

cualquier proceso de contratación, pero en buena forma les agradezco que nos vengan a 32

dar otro puntalito de conocimiento, tranquilidad y seguridad para la toma de decisiones 33

cuando de contratación administrativa se trata. 34

Sra. Gioconda Ureña: Para que no se vaya con la duda de qué pasa cuando el plazo está 35

vencido, lo que la ley dice es que esa no puede ser una razón por la cual no adjudicar, igual 36

hay que hacerlo; tendrá responsabilidad el funcionario que dejó que ese tiempo transcurriera. 37

También preguntaba sobre las situaciones de emergencia; la Ley también faculta para que 38

ustedes puedan no hacer el concurso; ahora que ustedes tuvieron tanta situación con esto 39

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Fecha: 23 de octubre de 2017

del huracán, existen mecanismos que les permite agilizar las compras, y eso también puede 1

ser otro tema de capacitación. 2

Sr. Presidente: Me quedaba la duda con el tema de la publicidad y el programa de 3

adjudicaciones, lo del registro de proveedores y lo del proveedor inactivo. 4

Sra. Gioconda Ureña: El programa de adquisiciones, como parte de la obligación de 5

planificación y de publicidad, debe ser comunicada en enero de cada año, donde todo el 6

interesado vea qué tiene pensado comprar la Municipalidad de Desamparados ese año; sí 7

debe publicarse todos los años, es un requisito. Lo de los proveedores inactivos.. hace tiempo 8

no tenemos registro de proveedores pero básicamente todos los años hacíamos, cuando lo 9

manejaba la Municipalidad, porque ahora estamos en un sistema donde ellos tienen 10

registrados a todos los potenciales oferentes, pero lo que hacíamos antes era una publicación 11

anual para todos los potenciales oferentes, donde solicitábamos que vinieran a actualizar sus 12

datos, se pasaba a un registro secundario para efectos de invitación pero ya no iban a ser 13

considerados, por lo menos en ese periodo; el otro año se volvía a hacer la publicación para 14

que vinieran a actualizar datos en ese mismo sentido. Normalmente sucede que invitan a las 15

mismas empresas, entonces al usar el registro de proveedores como una política para 16

licitación, invitábamos a los cinco primeros, para la siguiente, del seis al once, y ahí se le 17

daban posibilidades a todos para participar, obviamente, uno entiende que hay objetos 18

contractuales que no tienen muchos oferentes,pero la norma dice que en la licitación 19

abreviada al menos 5,y en la pública se hace una publicación general. 20

Reg. Eduardo Guillén: Tal vez yo he hecho alguna referencia a la responsabilidad que 21

tenemos como regiduría a la hora de emitir el acto, en materia ambiental o digamos cuando 22

está en juego la vida, pero en esto de contratación administrativa tenemos que entender que 23

por ser dineros públicos, a veces se confunde un poco el asunto, porque no los estamos 24

tocando directamente o no son tan tangibles, pero por supuesto lleva una responsabilidad 25

gigante por los dineros o las mejoras que llegan a las comunidades, y en esto tenemos que 26

tener cuidado; como decía don Carlos, no es que dejemos de hacer cosas pero sí tener 27

cuidado respecto a que estas vengan sumamente ordenadas, detalladas, y así se evitan 28

problemas; creo que hay que tener mucho cuidado y no caer en esto de… a esta regiduría 29

tal vez en algún momento se le ha tildado de que obstruye, pero es precisamente por las 30

responsabilidades que caen sobre nosotros, y no solo eso, sino tener cuidado y pensar en el 31

bien común. También, con lo que decía la compañera Gioconda, no ser tan fanáticos de la 32

forma, no significa que podamos pasarle por encima a la jurisprudencia, y tener ese cuidado; 33

así que creo que este es un llamado de atención; si nos ponemos a buscar, comenzamos a 34

sacar una lista de todas las cosas en las que no hemos llevado el correcto procedimiento, y 35

que se han aprobado aquí, así que no se trata de echar leña al fuego, pero sí tener cuidado 36

con la parte administrativa, para hacer las cosas bien y que los recursos se manejen de la 37

forma más transparente y eficiente; muchísimas gracias por ese conocimiento que nos 38

brindan. 39

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Fecha: 23 de octubre de 2017

Sr. Auditor: Tomar las recomendaciones que tanto el regidor Alfaro como don Carlos y los otros 1

compañeros han expresado; en la Auditoría Interna tenemos muy claro que hay dos o tres 2

áreas en la Municipalidad que son y seguirán siendo nuestra prioridad y que llevan implícito 3

mucho de esta parte de la contratación administrativa, y lo vuelvo a decir como lo dije la vez 4

anterior que estuve aquí, obra pública, las contrataciones que actualmente se están 5

haciendo o se van a hacer llevan implícito este proceso de contratación administrativa, 6

entonces no solamente nos corresponderá ver la parte legal del proceso sino la ejecución 7

propiamente técnica de este proceso, por lo que van emparejadas ambas situaciones y 8

además de eso el efecto financiero; por eso es que he impulsado y seguiré haciéndolo, con la 9

necesidad de contar con una auditoría multidisciplinaria que nos permita justamente llevar 10

ese proceso de fiscalización, porque ya no es solamente control; don Allan lo señalaba, el 11

control les corresponde a ustedes ejercerlo como regidores, por ser su responsabilidad; el 12

artículo 10 dice muy claramente que la responsabilidad del control interno institucional le 13

corresponde al Concejo Municipal y a la Alcaldía; la Auditoría es el ente fiscalizador a quien le 14

corresponde llevar a cabo ese proceso; obviamente no podemos controlar, debemos 15

fiscalizar que ese control se esté llevando a cabo de la mejor manera, entonces es muy 16

importante, como lo decía la Auditoría, ejercer ese control, desde todos los puntos de vista, 17

administrativo, legal; ahora estamos trabajando en aspectos de contratación de los sistemas 18

informáticos, tenemos un compañero que es nuestro funcionario en esa materia, pero 19

también va la contratación administrativa relacionada, porque se está haciendo una 20

contratación con una o varias empresas, y no solamente en el aspecto tributario sino el 21

contable, y vamos con la parte de recursos humanos y otros procesos informáticos que 22

requieren todo un análisis, por lo que vamos en el proceso de contratación; entonces ya 23

llevamos tres aspectos, propiamente la gestión administrativa de Proveeduría, que es un 24

aspecto muy importante, la gestión del recurso humano, que también es importante, el legal 25

del proceso de contratación, ya sea licitatorio, que obviamente los involucra a ustedes y 26

como decía don Carlos, con mucho gusto les voy a pasar la misma hoja de trabajo que 27

hacemos para revisar los cumplimientos, que la misma Proveeduría utiliza; no es un asunto de 28

que hayamos inventado sino que está establecido en la misma Ley de Contratación 29

Administrativa. Para no hacer la noche más larga, quiero agradecerle tanto a la licenciada 30

Gioconda como a la licenciada Rocío, a los dos compañeros de la Auditoría, tanto al 31

licenciado Óscar Ledezma como al ingeniero Víctor Fallas, quienes se quedaron 32

acompañándonos esta noche, y a todos ustedes; parte de nuestro valor agregado como 33

Auditoría es este proceso de capacitación, y yo espero, este año o el próximo, poder volver a 34

invitar a las licenciadas y ver un tema más específico, propiamente del cartel u otros 35

aspectos; algo muy importante es que posiblemente nosotros pudimos haberles dado esa 36

charla porque también conocemos los elementos generales, pero como lo dijo don Allan, es 37

importante que venga alguien de afuera a decirnos lo que necesitamos, no lo que estamos 38

haciendo mal sino lo que necesitamos mejorar, porque tal vez ya nosotros en algunos informes 39

o documentos les hemos dicho lo que se necesita mejorar, pero como lo dice la auditoría 40

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Acta no. 112-2017

Fecha: 23 de octubre de 2017

“mejor hagámoslo”, porque cuando viene alguien de afuera… nos pasa a todos, es un 1

asunto elemental; entonces, agradecerles a las licenciadas. 2

Sr. Presidente: El agradecimiento a las licenciadas por el espacio y tiempo que han sacado 3

para venir a darnos esa capacitación sobre el tema de contratación administrativa, y reiterar 4

que efectivamente con el tiempo nos quedamos cortos, porque realmente se requiere 5

profundizar más; sé que hay dudas pero nos queda más claro cuál debe ser nuestro proceder 6

en cuanto a todos los procesos que van a pasar por este Concejo Municipal en materia de 7

contratación administrativa, pues ahí habrá consultas que posiblemente en los próximos días 8

les haremos al Sr. Auditor; sabemos de otros mecanismos que hoy día se están utilizando en la 9

administración pública para facilitar todos los procesos de contratación y la transparencia, 10

sobre todo como se debe trabajar con los sistemas electrónicos; entonces ahí estaremos 11

haciendo las consultas correspondientes y proponiendo en este Concejo lo que consideremos 12

oportuno. Agradecer a los compañeros don Víctor Fallas, Óscar Ledezma…. me agrada 13

mucho que nos haya acompañado don Santiago Bermúdez, Vicealcalde, un muchacho 14

jovencito, donde que creo que tenemos un futuro buen político, futuro para el cantón y esta 15

Municipalidad; en buena hora que ya se esté encaminando por esa línea de la posibilidad de 16

capacitarse y facilitarse la toma de decisiones a futuro; así es que reitero las gracias a las 17

licenciadas por este rato tan importante que nos han dedicado, muchas gracias. 18

El Presidente Municipal finaliza la sesión a las horas veintiuna horas y veintiocho minutos. 19

20 21 22 _____________________________ _____________________ 23 Carlos Alberto Padilla Corella Mario Vindas Navarro 24 Presidente Municipal Secretario 25