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545
años Guatemala, octubre 2011 Primera Edición Compendio de Convenios y Tratados Internacionales Ambientales Ratificados por Guatemala Convenio de Basilea

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    Lo expresado en el presente documento no refleja necesariamente la opinin del patrocinador Guatemala, octubre 2011

    Primera EdicinPublicacin patrocinada por

    Una publicacion en el marco del convenio interinstitucional entre CALAS y COPREDEH.

    Compendio de Convenios y Tratados Internacionales Ambientales

    Ratificados por Guatemala

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    Convenio de Basilea

  • Compendio de Convenios y TraTados

    inTernaCionales ambienTales raTifiCados por GuaTemala

    Primera Edicin

    Guatemala, octubre de 2011

  • ISBN: 978-9929-587-26-7

    Compendio de Convenios y Tratados Internacionales Ambientales Ratificados por Guatemala, Primera Edicin, 2011

    Primera edicin 1000 ejemplares, octubre 2011 Comisin Presidencial coordinadora de la Poltica del Ejecutivo en materia de Derechos Humanos COPREDEH2 Av. 10-50 Zona 9, Ciudad de Guatemala, Guatemala, C.A. 01009Tels. (PBX) (502) 2360-7272, 2334-0115 y 2334-0116 FAX (502) 2334-0119Correo electrnico: [email protected] / Sitio web: www.copredeh.gob.gt

    Compendio de Convenios y Tratados Internacionales Ambientales Ratificados por Guatemala Primera Edicin, 2011

    Coordinacin Compilacin y Revisin Edicin

    Dr. Yuri Giovanni MeliniDirector General CALAS Jennifer Domnguez CALAS

    Dr. Yuri Giovanni Melini CALASJennifer Domnguez CALAS

    Lic. Rafael Maldonado CALAS

    MSc. Ruth del Valle Cbar Presidenta COPREDEH

    Departamento de Educacin y Cultura de Paz COPREDEH

    Departamento de Educacin y Cultura de Paz COPREDEH

    Idea Original: Lic. Rafael Maldonado CALAS

    Citar como: Compendio de convenios y tratados internacionales ambientales ratificados por Guatemala, primera edicin / Comp. CALAS. Guatemala: CALAS 2011.

    Diseo de portadaAngela Morales

    Diagramacin y Correccin textosJos Rolando Prez

    Jaime Bran

    ImpresinServiprensa, S.A.

    3. avenida 14-62, zona 1PBX 2245-8888

    [email protected]

    Esta informacin puede obtenerla en las siguientes pginas:Naciones UnidasPrograma de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente PNUMAOrganizacin de las Naciones Unidas para la Alimentacin y la Agricultura FAO

    La realizacin de esta publicacin fue posible gracias al apoyo de la Comisin Presidencial coordinadora de la Poltica del Ejecutivo en materia de Derechos Humanos

    COPREDEH

    Lo expresado en el presente documento no refleja necesariamente la opinin de:

  • 5ndiCe

    Presentacin 7

    Declaraciones Internacionales de Proteccin Ambiental

    Declaracin de Estocolmo, 1972 13Declaracin de Ro sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, 1992 19Declaracin del Milenio, 2000 23 Declaracin sobre Desarrollo Sostenible, Johannesburgo, 2002 34Proteccin Internacional de Ecosistemas Crticos, Vida Silvestre y Diversidad Biolgica

    Convencin Relativa a los Humedales de Importancia Internacional Especialmente como Hbitat de Aves Acuticas (Convenio de Ramsar), 1971 43Convencin sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), 1973 50Convenio sobre Diversidad Biolgica, 1992 70

    Protocolo de Cartagena Sobre Seguridad de la Biotecnologa del Convenio sobre la Diversidad Biolgica 98

    Convencin Interamericana para la Proteccin y Conservacin de las Tortugas Marinas, 1996 127Recursos Fitogenticos

    Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogeneticos para la Alimentacin y la Agricultura 149

    Cambio Climtico

    Convenio de Viena para la Proteccin de la Capa de Ozono, 1985 183Protocolo de Montreal, 1999 203

    Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climtico, 1994 (CMNUCC) 241

    Protocolo de Kyoto, 1997 268Convencin de las Naciones Unidas de la Lucha Contra la Desertificacin y la Sequa 294

  • 6Desechos Peligrosos y Contaminantes PersistentesConvenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminacin, 1989 329Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgnicos Persistentes (COP), 2001 388

    Convenios Regionales Centroamericanos de Proteccin AmbientalConvenio Constitutivo de la Comisin Centroamericana de Ambiente y Desarrollo, 1991 435Convenio Centroamericano de Biodiversidad, 1992 439Convenio Centroamericano de Bosques, 1993 448Convenio Regional sobre Cambios Climticos, 1993 455Convenio para el Establecimiento de la Zona de Turismo Sustentable del Caribe, 1994 487Convenio de Cooperacin para la Proteccin y el Desarrollo Sustentable de las Zonas Marinas y Costeras del Pacifico Nordeste en Centroamrica, 2002 501Acuerdo entre los Gobiernos de Costa Rica, Repblica Dominicana, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Estados Unidos de Amrica sobre Cooperacin Ambiental, 2005 517

    Principales Instrumentos Internacionales AmbientalesCaptulo 17 Ambiente DR-CAFTA 529

  • CarTa presenTaCin

    Calas

  • 9CarTa presenTaCin

    CopredeH

  • deClaraCiones inTernaCionales de proTeCCin ambienTal

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    Compendio de Convenios y TraTados inTernaCionales ambienTales raTifiCados por GuaTemala

    Declaracin de Estocolmo

    Estocolmo, Suecia, 5 al 16 de junio de 1972

    La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente,

    Reunida en Estocolmo del 5 al 16 de junio de 1972, y Atenta a la necesidad de un criterio y principios comunes que ofrezcan a los pueblos del mundo inspiracin y gua para preservar y mejorar el medio ambiente;

    I. Proclama que:1. El hombre es a la vez obra y artfice del medio que lo rodea, el cual le da el susten-

    to material y le brinda la oportunidad de desarrollarse intelectual, moral, social y espiritualmente. En la larga y tortuosa evolucin de la raza humana en este planeta se ha llegado a una etapa en que, gracias a la rpida aceleracin de la ciencia y la tecnologa, el hombre ha adquirido el poder de transformar, de innumerables ma-neras y en una escala sin precedentes, cuanto lo rodea. Los dos aspectos del medio humano, el natural y el artificial, son esenciales para el bienestar del hombre y para el goce de los derechos humanos fundamentales, incluso el derecho a la vida misma.

    2. La proteccin y mejoramiento del medio humano es una cuestin fundamen-tal que afecta al bienestar de los pueblos y al desarrollo econmico del mundo entero, un deseo urgente de los pueblos de todo el mundo y un deber de todos los gobiernos.

    3. El hombre debe hacer constantemente recapitulacin de su experiencia y conti-nuar descubriendo, inventando, creando y progresando. Hoy en da, la capacidad del hombre de transformar lo que lo rodea, utilizada con discernimiento, puede llevar a todos los pueblos los beneficios del desarrollo y ofrecerles la oportuni-dad de ennoblecer su existencia. Aplicado errneamente o imprudentemente, el mismo poder puede causar daos incalculables al ser humano y a su medio. A nuestro alrededor vemos multiplicarse las pruebas del dao causado por el hombre en muchas regiones de la Tierra: niveles peligrosos de contaminacin del agua, el aire, la tierra y los seres vivos; grandes trastornos del equilibrio ecolgico de la biosfera; destruccin y agotamiento de recursos insustituibles y graves deficiencias, nocivas para la salud fsica, mental y social del hombre, en el medio por l creado, especialmente en aquel en que vive y trabaja.

    4. En los pases en desarrollo, la mayora de los problemas ambientales estn motivados por el subdesarrollo. Millones de personas siguen viviendo muy por debajo de los

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    niveles mnimos necesarios para una existencia humana decorosa, privadas de alimen-tacin y vestido, de vivienda y educacin, de sanidad e higiene adecuadas. Por ello, los pases en desarrollo deben dirigir sus esfuerzos hacia el desarrollo, teniendo presente sus prioridades y la necesidad de salvaguardar y mejorar el medio. Con el mismo fin, los pases industrializados deben esforzarse por reducir la distancia que los separa de los pases en desarrollo. En los pases industrializados, los problemas ambientales estn generalmente relacionados con la industrializacin y el desarrollo tecnolgico.

    5. El crecimiento natural de la poblacin plantea continuamente problemas relati-vos a la preservacin del medio, y se deben adoptar normas y medidas apropiadas, segn proceda, para hacer frente a esos problemas. De todas las cosas del mundo, los seres humanos son lo ms valioso. Ellos son quienes promueven el progreso social, crean riqueza social, desarrollan la ciencia y la tecnologa y, con su duro trabajo, transforman continuamente el medio humano. Con el progreso social y los adelantos de la produccin, la ciencia y la tecnologa, la capacidad del hombre para mejorar el medio se acrecienta cada da que pasa.

    6. Hemos llegado a un momento de la historia en que debemos orientar nuestros actos en todo el mundo atendiendo con mayor solicitud a las consecuencias que puedan tener para el medio. Por ignorancia o indiferencia, podemos causar daos inmensos e irreparables al medio terrqueo del que dependen nuestra vida y nues-tro bienestar. Por el contrario, con un conocimiento ms profundo y una accin ms prudente, podemos conseguir para nosotros y para nuestra posteridad unas condiciones de vida mejores en un medio ms en consonancia con las necesidades y aspiraciones de vida del hombre. Las perspectivas de elevar la calidad del me-dio, de crear una vida satisfactoria son grandes. Lo que se necesita es entusiasmo, pero, a la vez, serenidad de nimo; trabajo afanoso, pero sistemtico. Para llegar a la plenitud de su libertad dentro de la naturaleza, el hombre debe aplicar sus conocimientos a forjar, en armona con ellas un medio mejor. La defensa y el mejoramiento del medio humano para las generaciones presentes y futuras se ha convertido en meta imperiosa de la humanidad, que ha de perseguirse al mismo tiempo que las metas fundamentales ya establecidas de la paz y el desarrollo eco-nmico y social en todo el mundo, y de conformidad con ellas.

    7. Para llegar a esa meta ser menester que ciudadanos y comunidades, empresas e ins-tituciones, en todos los planos, acepten las responsabilidades que les incumben y que todos ellos participen equitativamente en la labor comn. Hombres de toda condi-cin u organizaciones de diferente ndole plasmarn, con la aportacin de sus propios valores y la suma de sus actividades, el medio ambiente del futuro. Corresponder

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    a las administraciones locales y nacionales, dentro de sus respectivas jurisdicciones, la mayor parte de la carga en cuanto al establecimiento de normas y la aplicacin de medidas en gran escala sobre el medio. Tambin se requiere la cooperacin in-ternacional con objeto de allegar a recursos que ayuden a los pases en desarrollo a cumplir su cometido en esta esfera. Y hay un nmero cada vez mayor de problemas relativos al medio que, por ser de alcance regional o mundial o por repercutir en el mbito internacional comn, requerirn una amplia colaboracin entre las naciones y la adopcin de medidas para las organizaciones internacionales en inters de todos. La Conferencia encarece a los gobiernos y a los pueblos que anen sus esfuerzos para preservar y mejorar el medio ambiente en beneficio del hombre y de su posteridad.

    II. Principios Expresa la conviccin comn de que:

    Principio 1. El hombre tiene el derecho fundamental a la libertad, la igualdad y el disfrute de condiciones de vida adecuadas en un medio de calidad tal que le permita llevar una vida digna y gozar de bienestar, y tiene la solemne obligacin de proteger y mejorar el medio para las generaciones presentes y futuras. A este respecto, las polticas que promueven o perpetan el apartheid, la segregacin racial, la discriminacin, la opresin colonial y otras formas de opresin y de dominacin extranjera quedan condenadas y deben eliminarse.

    Principio 2. Los recursos naturales de la Tierra, incluidos, el aire, el agua, la tierra, la flora y la fauna y especialmente muestras representativas de los ecosistemas naturales, deben preservarse en beneficio de las generaciones presentes y futuras mediante una cuidadosa planificacin u ordenacin, segn convenga.

    Principio 3. Debe mantenerse y, siempre que sea posible, restaurarse o mejorarse la capacidad de la Tierra para producir recursos vitales renovables.

    Principio 4. El hombre tiene la responsabilidad especial de preservar y administrar juiciosamente el patrimonio de la flora y la fauna silvestre y su hbitat, que se en-cuentren actualmente en grave peligro por una combinacin de factores adversos. En consecuencia, al planificar el desarrollo econmico debe atribuirse importancia a la conservacin de la naturaleza, incluidas la flora y fauna silvestres.

    Principio 5. Los recursos no renovables de la Tierra deben emplearse de forma que se evite el peligro de su futuro agotamiento y se asegure que toda la humanidad compar-ta los beneficios de tal empleo.

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    Principio 6. Debe ponerse fin a la descarga de sustancias txicas o de otras materias y a la liberacin de calor, en cantidades o concentraciones tales que el medio no pueda neutralizarlas, para que no se causen daos graves irreparables a los ecosistemas. Debe apoyarse la justa lucha de los pueblos de todos lo pases contra la contaminacin.

    Principio 7. Los Estados debern tomar todas las medidas posibles para impedir la contaminacin de los mares por sustancias que puedan poner en peligro la salud del hombre, daar los recursos vivos y la vida marina, menoscabar las posibilidades de esparcimiento o entorpecer otras utilizaciones legtimas del mar.

    Principio 8. El desarrollo econmico y social es indispensable para asegurar al hom-bre un ambiente de vida y trabajo favorable y crear en la Tierra las condiciones nece-sarias para mejorar la calidad de la vida.

    Principio 9. Las deficiencias del medio originadas por las condiciones del subdesa-rrollo y los desastres naturales plantean graves problemas, y la mejor manera de subsa-narlas es el desarrollo acelerado mediante la transferencia de cantidades considerables de asistencia financiera y tecnolgica que complemente los esfuerzos internos de los pases en desarrollo y la ayuda oportuna que pueda requerirse.

    Principio 10. Para los pases en desarrollo, la estabilidad de los precios y la obtencin de ingresos adecuados de los productos bsicos y las materias primas son elementos esenciales para la ordenacin del medio, ya que han de tenerse en cuenta tanto los factores econmicos como los procesos ecolgicos.

    Principio 11. Las polticas ambientales de todos los Estados deberan estar encamina-das a aumentar el potencial de crecimiento actual o futuro de los pases en desarrollo y no deberan coartar ese potencial ni obstaculizar el logro de mejores condiciones de vida para todos. Los Estados y las organizaciones internacionales deberan tomar las disposiciones pertinentes con miras de llegar a un acuerdo para hacer frente a las con-secuencias econmicas que pudieran resultar, en los planos nacional e internacional, de la aplicacin de medidas ambientales.

    Principio 12. Deberan destinarse recursos a la conservacin y mejoramiento del medio, teniendo en cuenta las circunstancias y las necesidades especiales de los pases en desarrollo y cualesquiera gastos que pueda originar a estos pases la inclusin de medidas de conser-vacin del medio en sus planes de desarrollo, as como la necesidad de prestarles, cuando lo soliciten, ms asistencia tcnica y financiera internacional con ese fin.

    Principio 13. A fin de lograr una ms racional ordenacin de los recursos y mejorar as las condiciones ambientales, los Estados deberan adoptar un enfoque integrado y

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    coordinado de la planificacin de su desarrollo, de modo que quede asegurada la com-patibilidad del desarrollo con la necesidad de proteger y mejorar el medio humano en beneficio de su poblacin.

    Principio 14. La planificacin racional constituye un instrumento indispensable para conciliar las diferencias que puedan surgir entre las exigencias del desarrollo y las ne-cesidades de proteger y mejorar el medio.

    Principio 15. Debe aplicarse la planificacin a los asentamientos humanos y a la urbanizacin con miras a evitar repercusiones perjudiciales sobre el medio y a obtener los mximos beneficios sociales, econmicos y ambientales para todos. A este respecto deben abandonarse los proyectos destinados a la dominacin colonialista y racista.

    Principio 16. En las regiones en que existe el riesgo de que la tasa de crecimiento demo-grfico o las concentraciones excesivas de poblacin perjudiquen al medio o al desarrollo, o en que la baja densidad de poblacin pueda impedir el mejoramiento del medio humano y obstaculizar el desarrollo, debera aplicarse polticas demogrficas que respetasen los de-rechos humanos fundamentales y contasen con la aprobacin de los gobiernos interesados.

    Principio 17. Debe confiarse a las instituciones nacionales competentes la tarea de planificar, administrar o controlar la utilizacin de los recursos ambientales de los Estados con el fin de mejorar la calidad del medio.

    Principio 18. Como parte de su contribucin al desarrollo econmico y social, se debe utilizar la ciencia y la tecnologa para descubrir, evitar y combatir los riesgos que ame-nazan al medio, para solucionar los problemas ambientales y para el bien comn de la humanidad.

    Principio 19. Es indispensable una labor de educacin en cuestiones ambientales, dirigida tanto a las generaciones jvenes como a los adultos y que preste la debida atencin al sector de poblacin menos privilegiado, para ensanchar las bases de una opinin pblica bien informada y de una conducta de los individuos, de las empresas y de las colectividades inspirada en el sentido de su responsabilidad en cuanto a la proteccin y el mejoramiento del medio en toda su dimensin humana. Es tambin esencial que los medios de comu-nicacin de masas eviten contribuir al deterioro del medio humano y difundan, por el contrario, informacin de carcter educativo sobre la necesidad de protegerlo y mejorarlo, a fin de que el hombre pueda desarrollarse en todos los aspectos.

    Principio 20. Se deben fomentar en todos los pases, especialmente en los pases en desarrollo, la investigacin y el desarrollo cientficos referentes a los problemas ambientales, tanto nacionales como multinacionales. A este respecto, el libre inter-

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    cambio de informacin cientfica actualizada y de experiencias sobre la transferencia debe ser objeto de apoyo y asistencia, a fin de facilitar la solucin de los problemas ambientales; las tecnologas ambientales deben ponerse a disposicin de los pases en desarrollo en condiciones que favorezcan su amplia difusin sin que constituyan una carga econmica excesiva para esos pases.

    Principio 21. De conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y con los prin-cipios del derecho internacional, los Estados tienen el derecho soberano de explotar sus propios recursos en aplicacin de su propia poltica ambiental y la obligacin de asegurar que las actividades que se lleven a cabo dentro de su jurisdiccin o bajo su control no perjudiquen al medio de otros Estados o de zonas situadas fuera de toda jurisdiccin nacional.

    Principio 22. Los Estados deben cooperar para continuar desarrollando el derecho in-ternacional en lo que se refiere a la responsabilidad y a la indemnizacin a las vctimas de la contaminacin y otros daos ambientales que las actividades realizadas dentro de la jurisdiccin o bajo el control de tales Estados causen en zonas situadas fuera de su jurisdiccin.

    Principio 23. Toda persona, de conformidad con la legislacin nacional, tendr la oportunidad de participar, individual o colectivamente, en el proceso de preparacin de las decisiones que conciernen directamente a su medio ambiente y, cuando ste haya sido objeto de dao o deterioro, podr ejercer los recursos necesarios para obtener una indemnizacin.

    Principio 24. Todos los pases, grandes o pequeos, deben ocuparse con espritu de cooperacin y en pie de igualdad de las cuestiones internacionales relativas a la proteccin y mejoramiento del medio ambiente. Es indispensable cooperar, mediante acuerdos multilaterales o bilaterales o por otros medios apropiados, para controlar, evitar, reducir y eliminar eficazmente los efectos perjudiciales que las actividades que se realicen en cualquier esfera puedan tener para el medio ambiente, teniendo en cuenta debidamente la soberana y los intereses de todos los Estados.

    Principio 25. Los Estados se asegurarn de que las organizaciones internacionales realicen una labor coordinada, eficaz y dinmica en la conservacin y mejoramiento del medio ambiente.

    Principio 26. Es preciso librar el hombre y a su medio ambiente de los efectos de las armas nucleares y de todos los dems medios de destruccin en masa. Los Estados deben esforzarse por llegar pronto a un acuerdo, en los rganos internacionales perti-nentes, sobre la eliminacin y destruccin completa de tales armas.

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    Declaracin de Ro sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, 1992

    La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo,a

    Habindose reunido en Ro de Janeiro del 3 al 14 de junio de 1992,

    Reafirmando la Declaracin de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano, aprobada en Estocolmo el 16 de junio de 1972, y tratando de basarse en ella,

    Con el objetivo de establecer una alianza mundial nueva y equitativa mediante la creacin de nuevos niveles de cooperacin entre los Estados, los sectores claves de las sociedades y las personas,

    Procurando alcanzar acuerdos internacionales en los que se respeten los intereses de todos y se proteja la integridad del sistema ambiental y de desarrollo mundial,

    Reconociendo la naturaleza integral e interdependiente de la Tierra, nuestro hogar,

    Proclama que:

    Principio 1. Los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacio-nadas con el desarrollo sostenible. Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armona con la naturaleza.

    Principio 2. De conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y los principios del derecho internacional, los Estados tienen el derecho soberano de aprovechar sus propios recursos segn sus propias polticas ambientales y de desarrollo, y la respon-sabilidad de velar por que las actividades realizadas dentro de su jurisdiccin o bajo su control no causen daos al medio ambiente de otros Estados o de zonas que estn fuera de los lmites de la jurisdiccin nacional.

    Principio 3 . El derecho al desarrollo debe ejercerse en forma tal que responda equitativa-mente a las necesidades de desarrollo y ambientales de las generaciones presentes y futuras.

    Principio 4. A fin de alcanzar el desarrollo sostenible, la proteccin del medio am-biente deber constituir parte integrante del proceso de desarrollo y no podr consi-derarse en forma aislada.

    Principio 5. Todos los Estados y todas las personas debern cooperar en la tarea esen-cial de erradicar la pobreza como requisito indispensable del desarrollo sostenible, a

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    fin de reducir las disparidades en los niveles de vida y responder mejor a las necesida-des de la mayora de los pueblos del mundo.

    Principio 6. Se deber dar especial prioridad a la situacin y las necesidades especia-les de los pases en desarrollo, en particular los pases menos adelantados y los ms vulnerables desde el punto de vista ambiental. En las medidas internacionales que se adopten con respecto al medio ambiente y al desarrollo tambin se deberan tener en cuenta los intereses y las necesidades de todos los pases.

    Principio 7. Los Estados debern cooperar con espritu de solidaridad mundial para conservar, proteger y restablecer la salud y la integridad del ecosistema de la Tierra. En vista de que han contribuido en distinta medida a la degradacin del medio ambiente mundial, los Estados tienen responsabilidades comunes pero diferenciadas. Los pases desarrollados reconocen la responsabilidad que les cabe en la bsqueda internacional del desarrollo sostenible, en vista de las presiones que sus sociedades ejercen en el me-dio ambiente mundial y de las tecnologas y los recursos financieros de que disponen.

    Principio 8. Para alcanzar el desarrollo sostenible y una mejor calidad de vida para todas las personas, los Estados deberan reducir y eliminar las modalidades de produc-cin y consumo insostenibles y fomentar polticas demogrficas apropiadas.

    Principio 9. Los Estados deberan cooperar en el fortalecimiento de su propia capacidad de lograr el desarrollo sostenible, aumentando el saber cientfico mediante el intercambio de conocimientos cientficos y tecnolgicos, e intensificando el desarrollo, la adaptacin, la difusin y la transferencia de tecnologas, entre estas, tecnologas nuevas e innovadoras.

    Principio 10. El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participacin de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deber tener acceso adecuado a la informacin sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades pblicas, incluida la informacin sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, as como la oportunidad de participar en los procesos de adopcin de decisiones. Los Estados debern facilitar y fomentar la sensibilizacin y la participacin de la poblacin poniendo la informacin a disposicin de todos. Deber proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judi-ciales y administrativos, entre stos el resarcimiento de daos y los recursos pertinentes.

    Principio 11. Los Estados debern promulgar leyes eficaces sobre el medio ambiente. Las normas, los objetivos de ordenacin y las prioridades ambientales deberan refle-jar el contexto ambiental y de desarrollo al que se aplican. Las normas aplicadas por algunos pases pueden resultar inadecuadas y representar un costo social y econmico injustificado para otros pases, en particular los pases en desarrollo.

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    Principio 12. Los Estados deberan cooperar en la promocin de un sistema econmi-co internacional favorable y abierto que llevara al crecimiento econmico y el desarrollo sostenible de todos los pases, a fin de abordar en mejor forma los problemas de la degra-dacin ambiental. Las medidas de poltica comercial con fines ambientales no deberan constituir un medio de discriminacin arbitraria o injustificable ni una restriccin velada del comercio internacional. Se debera evitar tomar medidas unilaterales para solucionar los problemas ambientales que se producen fuera de la jurisdiccin del pas importador. Las medidas destinadas a tratar los problemas ambientales transfronterizos o mundiales deberan, en la medida de lo posible, basarse en un consenso internacional.

    Principio 13. Los Estados debern desarrollar la legislacin nacional relativa a la respon-sabilidad y la indemnizacin respecto de las vctimas de la contaminacin y otros daos ambientales. Los Estados debern cooperar asimismo de manera expedita y ms decidida en la elaboracin de nuevas leyes internacionales sobre responsabilidad e indemnizacin por los efectos adversos de los daos ambientales causados por las actividades realizadas dentro de su jurisdiccin, o bajo su control, en zonas situadas fuera de su jurisdiccin.

    Principio 14. Los Estados deberan cooperar efectivamente para desalentar o evitar la reubicacin y la transferencia a otros Estados de cualesquiera actividades y sustancias que causen degradacin ambiental grave o se consideren nocivas para la salud humana.

    Principio 15. Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados debern apli-car ampliamente el criterio de precaucin conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de dao grave o irreversible, la falta de certeza cientfica absoluta no deber utilizarse como razn para postergar la adopcin de medidas eficaces en funcin de los costos para impedir la degradacin del medio ambiente.

    Principio 16. Las autoridades nacionales deberan procurar fomentar la internali-zacin de los costos ambientales y el uso de instrumentos econmicos, teniendo en cuenta el criterio de que el que contamina debe, en principio, cargar con los costos de la contaminacin, teniendo debidamente en cuenta el inters pblico y sin distorsio-nar el comercio ni las inversiones internacionales.

    Principio 17. Deber emprenderse una evaluacin del impacto ambiental, en calidad de instrumento nacional, respecto de cualquier actividad propuesta que probable-mente haya de producir un impacto negativo considerable en el medio ambiente y que est sujeta a la decisin de una autoridad nacional competente.

    Principio 18. Los Estados debern notificar inmediatamente a otros Estados de los desastres naturales u otras situaciones de emergencia que puedan producir efectos

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    nocivos sbitos en el medio ambiente de esos Estados. La comunidad internacional deber hacer todo lo posible por ayudar a los Estados que resulten afectados.

    Principio 19. Los Estados debern proporcionar la informacin pertinente y notificar previamente y en forma oportuna a los Estados que posiblemente resulten afectados por actividades que puedan tener considerables efectos ambientales transfronterizos adver-sos, y debern celebrar consultas con esos Estados en una fecha temprana y de buena fe.

    Principio 20. Las mujeres desempean un papel fundamental en la ordenacin del medio ambiente y en el desarrollo. Es, por tanto, imprescindible contar con su plena participacin para lograr el desarrollo sostenible.

    Principio 21. Debera movilizarse la creatividad, los ideales y el valor de los jvenes del mundo para forjar una alianza mundial orientada a lograr el desarrollo sostenible y asegurar un mejor futuro para todos.

    Principio 22. Las poblaciones indgenas y sus comunidades, as como otras comuni-dades locales, desempean un papel fundamental en la ordenacin del medio ambien-te y en el desarrollo debido a sus conocimientos y prcticas tradicionales. Los Estados deberan reconocer y apoyar debidamente su identidad, cultura e intereses y hacer posible su participacin efectiva en el logro del desarrollo sostenible.

    Principio 23. Deben protegerse el medio ambiente y los recursos naturales de los pueblos sometidos a opresin, dominacin y ocupacin.

    Principio 24. La guerra es, por definicin, enemiga del desarrollo sostenible. En con-secuencia, los Estados debern respetar las disposiciones de derecho internacional que protegen al medio ambiente en pocas de conflicto armado, y cooperar en su ulterior desarrollo, segn sea necesario.

    Principio 25. La paz, el desarrollo y la proteccin del medio ambiente son interde-pendientes e inseparables.

    Principio 26. Los Estados debern resolver pacficamente todas sus controversias so-bre el medio ambiente por medios que corresponda con arreglo a la Carta de las Naciones Unidas.

    Principio 27. Los Estados y las personas debern cooperar de buena fe y con espritu de solidaridad en la aplicacin de los principios consagrados en esta Declaracin y en el ulterior desarrollo del derecho internacional en la esfera del desarrollo sostenible.

    a Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano, Estocolmo, 5 a 16 de junio de 1972 (publicacin de las Naciones Unidos, No. de venta: S.73.II.A.14 y correccin), cap. 1.

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    Declaracin del Milenio, 2000

    La Asamblea General

    Aprueba la siguiente Declaracin:

    Declaracin del MilenioI. Valores y principios1. Nosotros, Jefes de Estado y de Gobierno, nos hemos reunido en la Sede de las Na-

    ciones Unidas en Nueva York del 6 al 8 de septiembre de 2000, en los albores de un nuevo milenio, para reafirmar nuestra fe en la Organizacin y su Carta como cimien-tos indispensables de un mundo ms pacfico, ms prspero y ms justo.

    2. Reconocemos que, adems de las responsabilidades que todos tenemos respecto de nuestras sociedades, nos incumbe la responsabilidad colectiva de respetar y de-fender los principios de la dignidad humana, la igualdad y la equidad en el plano mundial. En nuestra calidad de dirigentes, tenemos, pues, un deber que cumplir respecto de todos los habitantes del planeta, en especial los ms vulnerables y, en particular, los nios del mundo, a los que pertenece el futuro.

    3. Reafirmamos nuestra adhesin a los propsitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, que han demostrado ser intemporales y universales. A decir verdad, su pertinencia y su capacidad como fuente de inspiracin han ido en aumento conforme se han multiplicado los vnculos y se ha consolidado la inter-dependencia entre las naciones y los pueblos.

    4. Estamos decididos a establecer una paz justa y duradera en todo el mundo, de conformidad con los propsitos y principios de la Carta. Reafirmamos nuestra determinacin de apoyar todos los esfuerzos encaminados a hacer respetar la igualdad soberana de todos los Estados, el respeto de su integridad territorial e independencia poltica; la solucin de los conflictos por medios pacficos y en consonancia con los principios de la justicia y del derecho internacional; el dere-cho de libre determinacin de los pueblos que siguen sometidos a la dominacin colonial y la ocupacin extranjera; la no injerencia en los asuntos internos de los Estados; el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales; el respeto de la igualdad de derechos de todos, sin distinciones por motivo de raza, sexo, idioma o religin, y la cooperacin internacional para resolver los proble-mas internacionales de carcter econmico, social, cultural o humanitario.

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    CenTro de aCCin leGal-ambienTal y soCial de GuaTemala Calas y CopredeH

    5. Creemos que la tarea fundamental a que nos enfrentamos hoy es conseguir que la mundializacin se convierta en una fuerza positiva para todos los habitantes del mundo, ya que, si bien ofrece grandes posibilidades, en la actualidad sus beneficios se distribuyen de forma muy desigual al igual que sus costos. Recono-cemos que los pases en desarrollo y los pases con economas en transicin tienen dificultades especiales para hacer frente a este problema fundamental. Por eso, consideramos que solo desplegando esfuerzos amplios y sostenidos para crear un futuro comn, basado en nuestra comn humanidad en toda su diversidad, se podr lograr que la mundializacin sea plenamente incluyente y equitativa. Esos esfuerzos debern incluir la adopcin de polticas y medidas, a nivel mundial, que correspondan a las necesidades de los pases en desarrollo y de las economas en transicin y que se formulen y apliquen con la participacin efectiva de esos pases y esas economas.

    6. Consideramos que determinados valores fundamentales son esenciales para las relaciones internacionales en el siglo XXI:

    Lalibertad. Los hombres y las mujeres tienen derecho a vivir su vida y a criar a sus hijos con dignidad y libres del hambre y del temor a la violencia, la opresin o la injusticia. La mejor forma de garantizar esos derechos es contar con gobiernos democrticos y participativos basados en la voluntad popular.

    La igualdad. No debe negarse a ninguna persona ni a ninguna nacin la posibilidad de beneficiarse del desarrollo. Debe garantizarse la igualdad de derechos y oportunidades de hombres y mujeres.

    La solidaridad. Los problemas mundiales deben abordarse de manera tal que los costos y las cargas se distribuyan con justicia, conforme a los princi-pios fundamentales de la equidad y la justicia social. Los que sufren, o los que menos se benefician, merecen la ayuda de los ms beneficiados.

    Latolerancia. Los seres humanos se deben respetar mutuamente, en toda su diversidad de creencias, culturas e idiomas. No se deben temer ni reprimir las diferencias dentro de las sociedades ni entre stas; antes bien, deben apreciar-se como preciados bienes de la humanidad. Se debe promover activamente una cultura de paz y dilogo entre todas las civilizaciones.

    Elrespetodelanaturaleza.Es necesario actuar con prudencia en la gestin y ordenacin de todas las especies vivas y todos los recursos naturales, con-forme a los preceptos del desarrollo sostenible. Slo as podremos conservar

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    Compendio de Convenios y TraTados inTernaCionales ambienTales raTifiCados por GuaTemala

    y transmitir a nuestros descendientes las inconmensurables riquezas que nos brinda la naturaleza. Es preciso modificar las actuales pautas insostenibles de produccin y consumo en inters de nuestro bienestar futuro y en el de nuestros descendientes.

    Responsabilidad comn.La responsabilidad de la gestin del desarrollo econmico y social en el mundo, lo mismo que en lo que hace a las amena-zas que pesan sobre la paz y la seguridad internacionales, debe ser compartida por las naciones del mundo y ejercerse multilateralmente. Por ser la organi-zacin ms universal y ms representativa de todo el mundo, las Naciones Unidas deben desempear un papel central a ese respecto.

    7. Para plasmar en acciones estos valores comunes, hemos formulado una serie de objetivos clave a los que atribuimos especial importancia.

    II. Lapaz,laseguridadyeldesarme8. No escatimaremos esfuerzos para liberar a nuestros pueblos del flagelo de la gue-

    rra ya sea dentro de los Estados o entre stos, que, en el ltimo decenio, ha cobrado ms de cinco millones de vidas. Tambin procuraremos eliminar los pe-ligros que suponen las armas de destruccin en masa.

    9. Por todo lo anterior, decidimos:

    Consolidar el respeto del imperio de la ley en los asuntos internacionales y nacionales y, en particular, velar por que los Estados Miembros cumplan las decisiones de la Corte Internacional de Justicia, con arreglo a la Carta de las Naciones Unidas, en los litigios en que sean partes.

    Aumentar la eficacia de las Naciones Unidas en el mantenimiento de la paz y de la seguridad, dotando a la Organizacin de los recursos y los instrumentos que necesitan en sus tareas de prevencin de conflictos, resolucin pacfica de controversias, mantenimiento de la paz, consolidacin de la paz y reconstruc-cin despus de los conflictos. En este sentido, tomamos nota del informe del Grupo sobre las Operaciones de Paz de las Naciones Unidas, y pedimos a la Asamblea General que examine cuanto antes sus recomendaciones.

    Fortalecer la cooperacin entre las Naciones Unidas y las organizaciones re-gionales, de conformidad con las disposiciones del Captulo VIII de la Carta.

    Velar por que los Estados Partes apliquen los tratados sobre cuestiones tales como el control de armamentos y el desarme, el derecho internacional hu-

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    CenTro de aCCin leGal-ambienTal y soCial de GuaTemala Calas y CopredeH

    manitario y el relativo a los derechos humanos, y pedir a todos los Estados que consideren la posibilidad de suscribir y ratificar el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

    Adoptar medidas concertadas contra el terrorismo internacional y adherir-nos cuanto antes a todas las convenciones internacionales pertinentes.

    Redoblar nuestros esfuerzos para poner en prctica nuestro compromiso de luchar contra el problema mundial de la droga.

    Intensificar nuestra lucha contra la delincuencia transnacional en todas sus dimensiones, incluidos la trata y el contrabando de seres humanos y el blan-queo de dinero.

    Reducir al mnimo las consecuencias negativas que las sanciones econmicas impuestas por las Naciones Unidas pueden tener en las poblaciones inocen-tes, someter los regmenes de sanciones a exmenes peridicos y eliminar las consecuencias adversas de las sanciones sobre terceros.

    Esforzarnos por eliminar las armas de destruccin en masa, en particular las armas nucleares, y mantener abiertas todas las opciones para alcanzar esa meta, incluida la posibilidad de convocar una conferencia internacional para determinar formas adecuadas de eliminar los peligros nucleares.

    Adoptar medidas concertadas para poner fin al trfico ilcito de armas pe-queas y armas ligeras, en particular dando mayor transparencia a las trans-ferencias de armas y respaldando medidas de desarme regional, teniendo en cuenta todas las recomendaciones de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio Ilcito de Armas Pequeas y Ligeras.

    Pedir a todos los Estados que consideren la posibilidad de adherirse a la Convencin sobre la prohibicin del empleo, almacenamiento, produccin y transferencia de minas antipersonal y sobre su destruccin, as como al Protocolo enmendado relativo a las minas de la Convencin sobre armas convencionales

    10. Instamos a los Estados Miembros a que observen la Tregua Olmpica, individual y colectivamente, ahora y en el futuro, y a que respalden al Comit Olmpico In-ternacional en su labor de promover la paz y el entendimiento humano mediante el deporte y el ideal olmpico.

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    Compendio de Convenios y TraTados inTernaCionales ambienTales raTifiCados por GuaTemala

    III.Eldesarrolloylaerradicacindelapobreza11. No escatimaremos esfuerzos para liberar a nuestros semejantes, hombres, mujeres

    y nios, de las condiciones abyectas y deshumanizadoras de la pobreza extrema, a la que en la actualidad estn sometidos ms de 1,000 millones de seres humanos. Estamos empeados en hacer realidad para todos ellos el derecho al desarrollo y a poner a toda la especie humana al abrigo de la necesidad.

    12. Resolvemos, en consecuencia, crear en los planos nacional y mundial un entorno propicio al desarrollo y a la eliminacin de la pobreza.

    13. El logro de esos objetivos depende, entre otras cosas, de la buena gestin de los asuntos pblicos en cada pas. Depende tambin de la buena gestin de los asuntos pblicos en el plano internacional y de la transparencia de los sistemas financieros, monetarios y comerciales. Propugnamos un sistema comercial y financiero multilateral abierto, equitativo, basado en normas, previsible y no discriminatorio.

    14. Nos preocupan los obstculos a que se enfrentan los pases en desarrollo para movilizar los recursos necesarios para financiar su desarrollo sostenible. Hare-mos, por consiguiente, todo cuanto est a nuestro alcance para que tenga xito la Reunin intergubernamental de alto nivel sobre la financiacin del desarrollo que se celebrar en 2001.

    15. Decidimos, asimismo, atender las necesidades especiales de los pases menos adelantados. En este contexto, nos felicitamos de la convocacin de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Pases Menos Adelantados, que se celebrar en mayo de 2001, y donde haremos todo lo posible por lograr resulta-dos positivos. Pedimos a los pases industrializados:

    queadopten,preferiblementeantesdequesecelebreesaConferencia,unapoltica de acceso libre de derechos y cupos respecto de virtualmente todas las exportaciones de los pases menos adelantados;

    queapliquensinmsdemoraelprogramamejoradodealiviodeladeudade los pases pobres muy endeudados y que convengan en cancelar todas las deudas bilaterales oficiales de esos pases a cambio de que stos demuestren su firme determinacin de reducir la pobreza; y

    queconcedanunaasistenciaparaeldesarrollomsgenerosa,especialmentea los pases que se estn esforzando genuinamente por destinar sus recursos a reducir la pobreza.

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    CenTro de aCCin leGal-ambienTal y soCial de GuaTemala Calas y CopredeH

    16. Estamos decididos, asimismo, a abordar de manera global y eficaz los problemas de la deuda de los pases de ingresos bajos y medios adoptando diversas medidas en los planos nacional e internacional para que su deuda sea sostenible a largo plazo.

    17. Resolvemos asimismo atender las necesidades especiales de los pequeos Estados insulares en desarrollo poniendo en prctica rpida y cabalmente el Programa de Accin de Barbados y las conclusiones a que lleg la Asamblea General en su vigsimo segundo perodo extraordinario de sesiones. Instamos a la comunidad internacional a que vele por que, cuando se prepare un ndice de vulnerabilidad, se tengan en cuenta las necesidades especiales de los pequeos Estados insulares en desarrollo.

    18. Reconocemos las necesidades y los problemas especiales de los pases en desa-rrollo sin litoral, por lo que pedimos encarecidamente a los donantes bilaterales y multilaterales que aumenten su asistencia financiera y tcnica a ese grupo de pases para satisfacer sus necesidades especiales de desarrollo y ayudarlos a superar los obstculos de su geografa, mejorando sus sistemas de transporte en trnsito.

    19. Decidimos, asimismo:

    Reduciralamitad,paraelao2015,elporcentajedehabitantesdelplanetacuyos ingresos sean inferiores a un dlar por da y el de las personas que padezcan hambre; igualmente, para esa misma fecha, reducir a la mitad el porcentaje de personas que carezcan de acceso a agua potable o que no pue-dan costearlo.

    Velarporque,paraesemismoao,losniosyniasdetodoelmundopue-dan terminar un ciclo completo de enseanza primaria y por que tanto las nias como los nios tengan igual acceso a todos los niveles de la enseanza.

    Haberreducido,paraesemismoao,lamortalidadmaternaentrescuartaspartes y la mortalidad de los nios menores de 5 aos en dos terceras partes respecto de sus tasas actuales.

    Para entonces, haber detenido y comenzado a reducir la propagacin delVIH/SIDA, el flagelo del paludismo y otras enfermedades graves que afligen a la humanidad.

    PrestarespecialasistenciaalosnioshurfanosporcausadelVIH/SIDA.

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    Compendio de Convenios y TraTados inTernaCionales ambienTales raTifiCados por GuaTemala

    Paraelao2020,habermejoradoconsiderablementelavidadeporlomenos100 millones de habitantes de tugurios, como se propone en la iniciativa Ciudades sin barrios de tugurios.

    20. Decidimos tambin:

    Promoverlaigualdadentrelossexosylaautonomadelamujercomome-dios eficaces de combatir la pobreza, el hambre y las enfermedades y de esti-mular un desarrollo verdaderamente sostenible.

    Elaboraryaplicarestrategiasqueproporcionenalosjvenesdetodoelmun-do la posibilidad real de encontrar un trabajo digno y productivo.

    Alentaralaindustriafarmacuticaaqueaumenteladisponibilidaddelosmedicamentos esenciales y los ponga al alcance de todas las personas de los pases en desarrollo que los necesiten.

    Establecer slidas formas de colaboracin con el sector privado y con lasorganizaciones de la sociedad civil en pro del desarrollo y de la erradicacin de la pobreza.

    Velarporquetodospuedanaprovecharlosbeneficiosdelasnuevastecno-logas, en particular de las tecnologas de la informacin y de las comuni-caciones, conforme a las recomendaciones formuladas en la Declaracin Ministerial 2000 del Consejo Econmico y Social.

    IV.Proteccindenuestroentornocomn21. No debemos escatimar esfuerzos por liberar a toda la humanidad, y ante todo a

    nuestros hijos y nietos, de la amenaza de vivir en un planeta irremediablemente daado por las actividades del hombre, y cuyos recursos ya no alcancen para sa-tisfacer sus necesidades.

    22. Reafirmamos nuestro apoyo a los principios del desarrollo sostenible, incluidos los enunciados en el Programa 21, convenidos en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo.

    23. Decidimos, por consiguiente, adoptar una nueva tica de conservacin y resguar-do en todas nuestras actividades relacionadas con el medio ambiente y, como primer paso en ese sentido, convenimos en lo siguiente:

    HacertodoloposibleporqueelProtocolodeKyotoentreenvigor,deserposible antes del dcimo aniversario de la Conferencia de las Naciones Uni-

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    CenTro de aCCin leGal-ambienTal y soCial de GuaTemala Calas y CopredeH

    das sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, en el ao 2002, e iniciar la reduccin de las emisiones de gases de efecto invernadero.

    Intensificarnuestrosesfuerzoscolectivosenprodelaordenacin,laconser-vacin y el desarrollo sostenible de los bosques de todo tipo.

    InsistirenqueseapliquencabalmenteelConveniosobrelaDiversidadBio-lgica y la Convencin de las Naciones Unidas de lucha contra la desertifica-cin en los pases afectados por sequa grave o desertificacin, en particular en frica.

    Ponerfinalaexplotacininsostenibledelosrecursoshdricosformulandoestrategias de ordenacin de esos recursos en los planos regional, nacional y local, que promuevan un acceso equitativo y un abastecimiento adecuado.

    Intensificarlacooperacinconmirasareducirelnmeroylosefectosdelosdesastres naturales y de los desastres provocados por el hombre.

    Garantizar el libre acceso a la informacin sobre la secuenciadel genomahumano.

    V. Derechos humanos, democracia y buen gobierno24. No escatimaremos esfuerzo alguno por promover la democracia y fortalecer el

    imperio del derecho y el respeto de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales internacionalmente reconocidos, incluido el derecho al desarrollo.

    25. Decidimos, por tanto:

    Respetar y hacer valer plenamente laDeclaracinUniversal deDerechosHumanos.

    Esforzarnosporlograrlaplenaproteccinypromocindelosderechoscivi-les, polticos, econmicos, sociales y culturales de todas las personas en todos nuestros pases.

    Aumentarentodosnuestrospaseslacapacidaddeaplicarlosprincipiosylasprcticas de la democracia y del respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las minoras.

    LucharcontratodaslasformasdeviolenciacontralamujeryaplicarlaCon-vencin sobre la eliminacin de todas las formas de discriminacin contra la mujer.

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    Compendio de Convenios y TraTados inTernaCionales ambienTales raTifiCados por GuaTemala

    Adoptarmedidasparagarantizarelrespetoylaproteccindelosderechoshumanos de los migrantes, los trabajadores migratorios y sus familias, elimi-nar los actos de racismo y xenofobia cada vez ms frecuentes en muchas so-ciedades y promover una mayor armona y tolerancia en todas las sociedades.

    Trabajaraunadamenteparalograrprocesospolticosmsigualitarios,enquepuedan participar realmente todos los ciudadanos de nuestros pases.

    Garantizarlalibertaddelosmediosdedifusinparacumplirsuindispensa-ble funcin y el derecho del pblico a la informacin.

    VI. Proteccin de las personas vulnerables26. No escatimaremos esfuerzos para lograr que los nios y todas las poblaciones

    civiles que sufren de manera desproporcionada las consecuencias de los desastres naturales, el genocidio, los conflictos armados y otras situaciones de emergencia humanitaria reciban toda la asistencia y la proteccin que necesiten para reanudar cuanto antes una vida normal.

    Decidimos, por consiguiente:

    Ampliaryreforzarlaproteccindeloscivilesensituacionesdeemergenciacomplejas, de conformidad con el derecho internacional humanitario.

    Fortalecerlacooperacininternacional,inclusocompartiendolacargaquerecae en los pases que reciben refugiados y coordinando la asistencia hu-manitaria prestada a esos pases; y ayudar a todos los refugiados y personas desplazadas a regresar voluntariamente a sus hogares en condiciones de segu-ridad y dignidad, y a reintegrarse sin tropiezos en sus respectivas sociedades.

    AlentarlaratificacinylaplenaaplicacindelaConvencinsobrelosDe-rechos del Nio y sus protocolos facultativos relativos a la participacin de nios en los conflictos armados y a la venta de nios, la prostitucin infantil y la utilizacin de nios en la pornografa.

    VII. Atencin a las necesidades especiales de frica27. Apoyaremos la consolidacin de la democracia en frica y ayudaremos a los afri-

    canos en su lucha por conseguir una paz duradera, erradicar la pobreza y lograr el desarrollo sostenible, para que de esa forma frica pueda integrarse en la econo-ma mundial.

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    28. Decidimos, por tanto:

    Apoyarplenamente las estructuraspolticase institucionalesde lasnuevasdemocracias de frica.

    Fomentarymantenermecanismosregionalesysubregionalesdeprevencinde conflictos y promocin de la estabilidad poltica, y velar por que las ope-raciones de mantenimiento de la paz en ese continente reciban una corriente segura de recursos.

    Adoptarmedidasespecialesparaabordarlosretosdeerradicarlapobrezaylograrel desarrollo sostenible en frica, tales como cancelar la deuda, mejorar el acceso a los mercados, aumentar la asistencia oficial para el desarrollo e incrementar las corrientes de inversin extranjera directa y de transferencia de tecnologa.

    Ayudarafricaaaumentarsucapacidadparahacerfrentealapropagacinde la pandemia del VIH/SIDA y otras enfermedades infecciosas.

    VIII. Fortalecimiento de las Naciones Unidas29. No escatimaremos esfuerzos por hacer de las Naciones Unidas un instrumento ms

    eficaz en el logro de todas las prioridades que figuran a continuacin: la lucha por el desarrollo de todos los pueblos del mundo; la lucha contra la pobreza, la ignorancia y las enfermedades; la lucha contra la injusticia; la lucha contra la violencia, el terror y el delito; y la lucha contra la degradacin y la destruccin de nuestro planeta.

    30. Decidimos, por consiguiente:

    ReafirmarelpapelcentralquerecaeenlaAsambleaGeneralensucalidadde principal rgano de deliberacin, adopcin de polticas y representacin de las Naciones Unidas, y capacitarla para que pueda desempear ese papel con eficacia.

    RedoblarnuestrosesfuerzosporreformarampliamenteelConsejodeSegu-ridad en todos sus aspectos.

    FortalecermselConsejoEconmicoySocial, sobre labasede sus recienteslogros, de manera que pueda desempear el papel que se le asigna en la Carta.

    FortalecerlaCorteInternacionaldeJusticiaafindequeprevalezcanlajusti-cia y el imperio del derecho en los asuntos internacionales.

    Fomentarlacoordinacinylasconsultasperidicasentrelosrganosprinci-pales de las Naciones Unidas en el desempeo de sus funciones.

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    Compendio de Convenios y TraTados inTernaCionales ambienTales raTifiCados por GuaTemala

    VelarporquelaOrganizacincuente,deformaoportunayprevisible,conlos recursos que necesita para cumplir sus mandatos.

    InstaralaSecretaraaque,deconformidadconnormasyprocedimientosclaros acordados por la Asamblea General, aproveche al mximo esos recur-sos en inters de todos los Estados Miembros, aplicando las mejores prcticas y tecnologas de gestin disponibles y prestando una atencin especial a las tareas que reflejan las prioridades convenidas de los Estados Miembros.

    PromoverlaadhesinalaConvencinsobrelaSeguridaddelPersonaldelasNaciones Unidas y el Personal Asociado.

    Velarporqueexistaunamayorcoherenciayunamejorcooperacinenma-teria normativa entre las Naciones Unidas, sus organismos, las instituciones de Bretton Woods y la Organizacin Mundial del Comercio, as como otros rganos multilaterales, con miras a lograr criterios perfectamente coordina-dos en lo relativo a los problemas de la paz y el desarrollo.

    Seguir fortaleciendo lacooperacinentre lasNacionesUnidasy losparla-mentos nacionales por intermedio de su organizacin mundial, la Unin Interparlamentaria, en diversos mbitos, a saber: la paz y seguridad, el desa-rrollo econmico y social, el derecho internacional y los derechos humanos, la democracia y las cuestiones de gnero.

    Ofreceralsectorprivado,lasorganizacionesnogubernamentalesylasocie-dad civil en general ms oportunidades de contribuir al logro de las metas y los programas de la Organizacin.

    31. Pedimos a la Asamblea General que examine peridicamente los progresos alcan-zados en la aplicacin de lo dispuesto en la presente Declaracin, y al Secreta-rio General que publique informes peridicos para que sean examinados por la Asamblea y sirvan de base para la adopcin de medidas ulteriores.

    32. Reafirmamos solemnemente, en este momento histrico, que las Naciones Uni-das son el hogar comn e indispensable de toda la familia humana, mediante el cual trataremos de hacer realidad nuestras aspiraciones universales de paz, coope-racin y desarrollo. Por consiguiente, declaramos nuestro apoyo ilimitado a estos objetivos comunes y nuestra decisin de alcanzarlos.

    8 sesin plenaria 8 de septiembre de 2000

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    CenTro de aCCin leGal-ambienTal y soCial de GuaTemala Calas y CopredeH

    Declaracin de Johannesburgo sobre el Desarrollo Sostenible, 2002

    Desde nuestro origen hasta el futuro1. Nosotros, los representantes de los pueblos del mundo, reunidos en la Cum-

    bre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible en Johannesburgo (Sudfrica) del 2 al 4 de septiembre de 2002, reafirmamos nuestro compromiso en pro del desarrollo sostenible.

    2. Nos comprometemos a construir una sociedad mundial humanitaria y equita-tiva y generosa, consciente de la necesidad de respetar la dignidad de todos los seres humanos.

    3. Al comienzo de la Cumbre, los nios del mundo, con palabras sencillas y claras, nos han dicho que el futuro les pertenece y nos han desafiado a que actuemos de manera tal que ellos puedan heredar un mundo libre de las indig-nidades y los ultrajes que engendran la pobreza, la degradacin ambiental y el desarrollo insostenible.

    4. Como parte de nuestra respuesta a esos nios, que representan nuestro futuro comn, todos nosotros, venidos de todos los rincones de la tierra, condicionados por distintas experiencias de la vida, nos hemos unido, profundamente conven-cidos de que es urgente la necesidad de crear un mundo nuevo y mejor donde haya esperanza.

    5. Por consiguiente, asumimos la responsabilidad colectiva de promover y fortale-cer, en los planos local, nacional, regional y mundial, el desarrollo econmico, desarrollo social y la proteccin ambiental, pilares interdependientes y sinrgicos del desarrollo sostenible.

    6. Desde este continente, cuna de la humanidad, proclamamos, por medio del Plan de Aplicacin de las Decisiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Soste-nible y la presente Declaracin, nuestra responsabilidad hacia nuestros semejan-tes, hacia las generaciones futuras y hacia todos los seres vivientes.

    7. Reconociendo que la humanidad se encuentra en una encrucijada, nos hemos unido resueltos a responder de manera positiva a la necesidad de formular un plan prctico y concreto que nos permita erradicar la pobreza y promover el de-sarrollo humano.

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    De Estocolmo a Ro de Janeiro a Johannesburgo8. Hace 30 aos, en Estocolmo, nos pusimos de acuerdo sobre que era apremiante

    la necesidad de abordar el problema del deterioro ambiental1. Hace 10 aos, en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, celebrada en Ro de Janeiro2, convinimos en que la proteccin del medio ambien-te, el desarrollo social y el desarrollo econmico eran fundamentales para lograr el desarrollo sostenible basado en los principios de Ro. Para alcanzar este objetivo, aprobamos un programa de alcance mundial titulado Programa 213 y la Decla-racin de Ro sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, a los cuales reafirmamos hoy nuestra adhesin. La Conferencia de Ro constituy un hito importante que permiti establecer un nuevo plan de accin para el desarrollo sostenible.

    9. En el intervalo entre la Conferencia de Ro y la de Johannesburgo, las naciones del mundo se han reunido en varias grandes conferencias bajo los auspicios de las Naciones Unidas, entre ellas la Conferencia Internacional sobre la Financiacin para el Desarrollo4 y la Conferencia Ministerial de Doha5. Estas conferencias definieron para el mundo una amplia visin del futuro de la humanidad.

    10. Nos congratulamos de que en la Cumbre de Johannesburgo se hayan congregado pueblos tan diversos para expresar sus opiniones en una bsqueda constructiva del camino comn hacia un mundo en que se respete y se ponga en prctica el concepto del desarrollo sostenible. La Cumbre de Johannesburgo ha confirmado asimismo el importante progreso realizado hacia la consecucin de un consenso mundial y de una alianza entre todos los pueblos del planeta.

    Losgrandesproblemasquedebemosresolver11. Reconocemos que la erradicacin de la pobreza, la modificacin de pautas insos-

    tenibles de produccin y consumo y la proteccin y ordenacin de la base de re-cursos naturales para el desarrollo social y econmico son objetivos primordiales y requisitos fundamentales de un desarrollo sostenible.

    12. La profunda fisura que divide a la sociedad humana entre ricos y pobres, as como el abismo cada vez mayor que separa al mundo desarrollado del mundo en desa-rrollo, representan una grave amenaza a la prosperidad, seguridad y estabilidad mundiales.

    13. El medio ambiente mundial sigue deteriorndose. Contina la prdida de biodiversi-dad; siguen agotndose las poblaciones de peces; la desertificacin avanza cobrndose cada vez ms tierras frtiles; ya se hacen evidentes los efectos adversos del cambio del

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    clima; los desastres naturales son ms frecuentes y ms devastadores, y los pases en desarrollo se han vuelto ms vulnerables, en tanto que la contaminacin del aire, el agua y los mares sigue privando a millones de seres humanos de una vida digna.

    14. La globalizacin ha agregado una nueva dimensin a estos problemas. La rpida integracin de los mercados, la movilidad del capital y los apreciables aumentos en las corrientes de inversin en todo el mundo han creado nuevos problemas, pero tambin nuevas oportunidades para la consecucin del desarrollo sostenible. Pero los beneficios y costos de la globalizacin no se distribuyen de forma pareja y a los pases en desarrollo les resulta especialmente difcil responder a este reto.

    15. Corremos el riesgo de que estas disparidades mundiales se vuelvan permanentes y, si no actuamos de manera que cambiemos radicalmente sus vidas, los pobres del mundo pueden perder la fe en sus representantes y en los sistemas democrticos que nos hemos comprometido a defender, y empezar a pensar que sus represen-tantes no hacen ms que promesas vanas.

    Nuestro compromiso con el desarrollo sostenible16. Estamos resueltos a velar por que nuestra rica diversidad, fuente de nuestra fuerza

    colectiva, sea utilizada en una alianza constructiva para el cambio y para la conse-cucin del objetivo comn del desarrollo sostenible.

    17. Reconociendo la importancia de promover la solidaridad humana, hacemos un llamamiento para que se fomenten el dilogo y la cooperacin mutua entre las civilizaciones y los pueblos del mundo, independientemente de consideraciones de raza, discapacidad, religin, idioma, cultura o tradicin.

    18. Nos felicitamos de que la Cumbre de Johannesburgo haya centrado la atencin en la universalidad de la dignidad humana y estamos resueltos, no slo mediante la adopcin de decisiones sobre objetivos y calendarios sino tambin mediante asociaciones de colaboracin, a aumentar rpidamente el acceso a los servicios b-sicos, como el suministro de agua potable, el saneamiento, una vivienda adecua-da, la energa, la atencin de la salud, la seguridad alimentaria y la proteccin de la biodiversidad. Al mismo tiempo, colaboraremos para ayudarnos unos a otros a tener acceso arecursos financieros, beneficiarnos de la apertura de los mercados, promover la creacin de capacidad, utilizar la tecnologa moderna para lograr el desarrollo y asegurarnos de que se fomenten la transferencia de tecnologa, el mejoramiento de los recursos humanos, la educacin y la capacitacin a fin de erradicar para siempre el subdesarrollo.

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    19. Reafirmamos nuestra promesa de asignar especial importancia a la lucha contra problemas mundiales que representan graves amenazas al desarrollo sostenible de nuestra poblacin y darle prioridad. Entre ellos cabe mencionar el hambre crnica, la malnutricin, la ocupacin extranjera, los conflictos armados, los pro-blemas del trfico ilcito de drogas, la delincuencia organizada, la corrupcin, los desastres naturales, el trfico ilcito de armas, la trata de personas, el terrorismo, la intolerancia y la incitacin al odio racial, tnico, religioso y de otra ndole, la xenofobia y las enfermedades endmicas, transmisibles y crnicas, en particular el VIH/SIDA, el paludismo y la tuberculosis.

    20. Nos comprometemos a asegurar que la potenciacin y emancipacin de la mujer y la igualdad de gnero se integren en todas las actividades que abarca el Pro-grama 21, los objetivos6 de desarrollo del Milenio y el Plan de Aplicacin de las Decisiones de la Cumbre.

    21. Reconocemos la realidad de que la sociedad mundial tiene los medios y los recur-sos para responder a los retos de la erradicacin de la pobreza y el logro del desa-rrollo sostenible que enfrenta toda la humanidad. Unidos redoblaremos nuestros esfuerzos para que esos recursos disponibles sean aprovechados en beneficio de todos.

    22. A este respecto, a fin de contribuir a la consecucin de nuestras metas y objetivos de desarrollo, instamos a los pases desarrollados que no lo hayan hecho a que to-men medidas concretas para alcanzar los niveles internacionalmente convenidos de asistencia oficial para el desarrollo.

    23. Celebramos y apoyamos la creacin de agrupaciones y alianzas regionales ms fuertes, como la Nueva Alianza para el Desarrollo de frica, a fin de promover la cooperacin regional, una mayor cooperacin internacional y el desarrollo sostenible.

    24. Seguiremos prestando especial atencin a las necesidades de desarrollo de los pe-queos Estados insulares en desarrollo y los pases menos adelantados.

    25. Reafirmamos el papel vital de las poblaciones indgenas en el desarrollo.

    26. Reconocemos que el desarrollo sostenible exige una perspectiva a largo plazo y una amplia participacin en la formulacin de polticas, la adopcin de deci-siones y la ejecucin de actividades a todos los niveles. Como parte de nuestra colaboracin en la esfera social, seguiremos bregando por la formacin de aso-ciaciones estables con todos los grandes grupos, respetando su independencia, ya que cada uno de ellos tiene un importante papel que desempear.

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    CenTro de aCCin leGal-ambienTal y soCial de GuaTemala Calas y CopredeH

    27. Convenimos en que en la realizacin de sus actividades legtimas el sector pri-vado, incluidas tanto las grandes empresas como las pequeas, tiene el deber de contribuir a la evolucin de comunidades y sociedades equitativas y sostenibles.

    28. Tambin convenimos en prestar asistencia a fin de aumentar las oportunidades de empleo remunerado, teniendo en cuenta la Declaracin de principios de la Organizacin Internacional del Trabajo relativa a los derechos fundamentales en el trabajo7.

    29. Convenimos en que es necesario que las empresas del sector privado asuman ple-na responsabilidad de sus actos en un entorno regulatorio transparente y estable.

    30. Nos comprometemos a fortalecer y mejorar la gobernanza en todos los planos para lograr la aplicacin efectiva del Programa 21, los objetivos de desarrollo del Milenio y el Plan de Aplicacin de las Decisiones de la Cumbre.

    El multilateralismo es el futuro31. Para lograr nuestros objetivos de desarrollo sostenible, necesitamos institucio-

    nes internacionales y multilaterales ms eficaces, democrticas y responsables de sus actos.

    32. Reafirmamos nuestra adhesin a los principios y propsitos de la Carta de las Naciones Unidas y al derecho internacional as como al fortalecimiento del mul-tilateralismo. Apoyamos la funcin rectora de las Naciones Unidas que, por ser la organizacin ms universal y representativa del mundo, es la ms indicada para promover el desarrollo sostenible.

    33. Nos comprometemos adems a verificar regularmente los avances hacia nuestros objetivos y metas de desarrollo sostenible.

    Cmo lograrlo34. Estamos de acuerdo en que debe ser ste un proceso inclusivo en el que han de

    intervenir todos los grandes grupos y gobiernos que han participado en la hist-rica Cumbre de Johannesburgo.

    35. Nos comprometemos a aunar esfuerzos, resueltos a salvar nuestro planeta, pro-mover el desarrollo humano y lograr la prosperidad y la paz universales.

    36. Nos comprometemos a cumplir el Plan de Aplicacin de las Decisiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible y a acelerar la consecucin de los objetivos socioeconmicos y ambientales en los plazos que all se fijan.

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    Compendio de Convenios y TraTados inTernaCionales ambienTales raTifiCados por GuaTemala

    37. Desde el continente africano, cuna de la humanidad, nos comprometemos so-lemnemente, ante los pueblos del mundo y las generaciones que heredarn la tierra, a actuar para que se haga realidad el desarrollo sostenible, que es nuestra aspiracin comn.

    Expresamos nuestra gratitud ms profunda a las personas y al Gobierno de Sudfrica por su generosa hospitalidad y preparativos realizados para la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible.

    * Aprobada en la 17 sesin plenaria, celebrada el 4 de septiembre de 2002; vase una resea de las deliberaciones en el captulo VIII.a) Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano, Estocolmo, 5 a 16 de junio de 1972 (publicacin de las Naciones Unidos, No. de venta: S.73.II.A.14 y correccin), cap. 1.

    1 Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente, Estocolmo, 5 a 16de junio de 1972 (publicacin de las Naciones Unidas, nmero de venta: S.73.II.A.14 y correccin), cap. I.

    2 Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Ro de Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992 (publicacin de las Naciones Unidas, nmero de venta: S.93.I.8 y correcciones), vols. I a III.

    3 Ibd., vol. I: Resoluciones aprobadas por la Conferencia, resolucin 1, anexos I y II.

    4 Informe de la Conferencia Internacional sobre la Financiacin para el Desarrollo, Monterrey (Mxi-co), 18 a 22 de marzo de 2002 (publicacin de las Naciones Unidas, nmero de venta: S.02.II.A.7), cap. I, resolucin 1, anexo.

    5 Vase A/C.2/56/7, anexo.

    6 Vase la resolucin 55/2 de la Asamblea General.

    7 Vase la Declaracin de la OIT relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo y su Seguimiento, aprobada por la Conferencia Internacional del Trabajo en su 86reunin, Ginebra, 16 de junio de 1998 (Ginebra, Oficina Internacional del Trabajo, 1998).

  • proTeCCin inTernaCional de eCosisTemas CrTiCos,

    vida silvesTre y diversidad biolGiCa

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    Compendio de Convenios y TraTados inTernaCionales ambienTales raTifiCados por GuaTemala

    Convencin Relativa a los Humedales de Importancia Internacional Especialmente como Hbitat de Aves

    Acuticas (Convenio De Ramsar), 1971

    LasPartesContratantes,Reconociendo la interdependencia del hombre y de su me-dio ambiente,

    Considerando las funciones ecolgicas fundamentales de los humedales como regu-ladores de los regmenes hidrolgicos y como hbitat de una fauna y flora caracters-ticas, especialmente de aves acuticas,

    Convencidas de que los humedales constituyen un recurso de gran valor econmico, cultural, cientfico y recreativo, cuya prdida sera irreparable,

    Deseando impedir ahora y en el futuro las progresivas intrusiones en y prdida de humedales,

    Reconociendo que las aves acuticas en sus migraciones estacionales pueden atra-vesar las fronteras, y que en consecuencia deben ser consideradas como un recurso internacional,

    Convencidas de que la conservacin de los humedales y de su flora y fauna pue-den asegurarse armonizando polticas nacionales previsoras con una accin internacional coordinada,

    Han convenido lo siguiente:

    Artculo 11. A los efectos de la presente Convencin son humedales las extensiones de maris-

    mas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean stas de rgimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros.

    2. A los efectos de la presente Convencin son aves acuticas las que dependen eco-lgicamente de los humedales.

    Artculo 21. Cada Parte Contratante designar humedales idneos de su territorio para ser

    incluidos en la Lista de Humedales de Importancia Internacional, en adelante lla-mada la Lista, que mantiene la Oficina establecida en virtud del Artculo 8. Los lmites de cada humedal debern describirse de manera precisa y tambin trazarse

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    CenTro de aCCin leGal-ambienTal y soCial de GuaTemala Calas y CopredeH

    en un mapa, y podrn comprender sus zonas ribereas o costeras adyacentes, as como las islas o extensiones de agua marina de una profundidad superior a los seis metros en marea baja, cuando se encuentren dentro del humedal, y especialmente cuando tengan importancia como hbitat de aves acuticas.

    2. La seleccin de los humedales que se incluyan en la Lista deber basarse en su im-portancia internacional en trminos ecolgicos, botnicos, zoolgicos, limnol-gicos o hidrolgicos. En primer lugar debern incluirse los humedales que tengan importancia internacional para las aves acuticas en cualquier estacin del ao.

    3. La inclusin de un humedal en la Lista se realiza sin prejuicio de los derechos exclusivos de soberana de la Parte Contratante en cuyo territorio se encuentra dicho humedal.

    4. Cada Parte Contratante designar por lo menos un humedal para ser incluido en la Lista al firmar la Convencin o depositar su instrumento de ratificacin o de adhesin, de conformidad con las disposiciones del Artculo 9.

    5. Toda Parte Contratante tendr derecho a aadir a la Lista otros humedales situa-dos en su territorio, a ampliar los que ya estn incluidos o, por motivos urgentes de inters nacional, a retirar de la Lista o a reducir los lmites de los humedales ya incluidos, e informarn sobre estas modificaciones lo ms rpidamente posible a la organizacin o al gobierno responsable de las funciones de la Oficina perma-nente especificado en el Artculo 8.

    6. Cada Parte Contratante deber tener en cuenta sus responsabilidades de carcter in-ternacional con respecto a la conservacin, gestin y uso racional de las poblaciones migradoras de aves acuticas, tanto al designar humedales de su territorio para su inclusin en la Lista, como al ejercer su derecho a modificar sus inscripciones previas.

    Artculo 31. Las Partes Contratantes debern elaborar y aplicar su planificacin de forma que

    favorezca la conservacin de los humedales incluidos en la Lista y, en la medida de lo posible, el uso racional de los humedales de su territorio.

    2. Cada Parte Contratante tomar las medidas necesarias para informarse lo antes posible acerca de las modificaciones de las condiciones ecolgicas de los hume-dales en su territorio e incluidos en la Lista, y que se hayan producido o puedan producirse como consecuencia del desarrollo tecnolgico, de la contaminacin o de cualquier otra intervencin del hombre. Las informaciones sobre dichas modi-ficaciones se transmitirn sin demora a la organizacin o al gobierno responsable de las funciones de la Oficina permanente especificado en el Artculo 8.

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    Compendio de Convenios y TraTados inTernaCionales ambienTales raTifiCados por GuaTemala

    Artculo 41. Cada Parte Contratante fomentar la conservacin de los humedales y de las aves

    acuticas creando reservas naturales en aqullos, estn o no incluidos en la Lista, y tomar las medidas adecuadas para su custodia.

    2. Cuando una Parte Contratante, por motivos urgentes de inters nacional, retire de la Lista o reduzca los lmites de un humedal incluido en ella, deber compen-sar en la medida de lo posible, la prdida de recursos de humedales y, en particu-lar, crear nuevas reservas naturales para las aves acuticas y para la proteccin de una porcin adecuada de su hbitat original, en la misma regin o en otro lugar.

    3. Las Partes Contratantes fomentarn la investigacin y el intercambio de datos y de publicaciones relativos a los humedales y a su flora y fauna.

    4. Las Partes Contratantes se esforzarn por aumentar las poblaciones de aves acu-ticas mediante la gestin de los humedales idneos.

    5. Las Partes Contratantes fomentarn la formacin de personal para el estudio, la gestin y la custodia de los humedales.

    Artculo 51. Las Partes Contratantes celebrarn consultas sobre el cumplimiento de las obliga-

    ciones que se deriven de la Convencin, especialmente en el caso de un humedal que se extienda por los territorios de ms de una Parte Contratante o de un sis-tema hidrolgico compartido por varias de ellas. Al mismo tiempo, se esforzarn por coordinar y apoyar activamente las polticas y regulaciones actuales y futuras relativas a la conservacin de los humedales y de su flora y fauna.

    Artculo 61. Se establecer una Conferencia de las Partes Contratantes para revisar la presente

    Convencin y fomentar su aplicacin. La Oficina a que se refiere el Artculo 8, prra-fo 1, convocar las reuniones ordinarias de la Conferencia de las Partes Contratantes a intervalos no mayores de tres aos, a menos que la Conferencia decida otra cosa, y re-uniones extraordinarias a peticin por escrito de por los menos un tercio de las Partes Contratantes. En cada reunin ordinaria, la Conferencia de las Partes Contratantes determinar el lugar y la fecha de la reunin ordinaria siguiente.

    2. La Conferencia de las Partes Contratantes ser competente:

    a) para discutir sobre la aplicacin de esta Convencin;

    b) para discutir las adiciones y modificaciones a la Lista;

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    CenTro de aCCin leGal-ambienTal y soCial de GuaTemala Calas y CopredeH

    c) para considerar la informacin referida a los cambios en las condiciones eco-lgicas de los humedales incluidos en la Lista, proporcionada en aplicacin del Artculo 3.2;

    d) para formular recomendaciones, generales o especficas, a las Partes Contra-tantes, y relativas a la conservacin, gestin y uso racional de los humedales y de su flora y fauna;

    e) para solicitar a los organismos internacionales competentes que preparen in-formes y estadsticas sobre asuntos de naturaleza esencialmente internacional que tengan relacin con los humedales.

    f ) para adoptar otras recomendaciones o resoluciones con miras a fomentar la aplicacin de la presente Convencin.

    3. Las Partes Contratantes se encargarn de que los responsables de la gestin de los humedales, a todos los niveles, sean informados y tomen en consideracin las recomendaciones de dichas Conferencias en lo relativo a la conservacin, gestin y uso racional de los humedales y de su flora y fauna.

    4. La Conferencia de las Partes Contratantes adoptar el reglamento de cada una de sus reuniones.

    5. La Conferencia de las Partes Contratantes establecer y revisar permanente-mente el reglamento financiero de la presente Convencin. En cada una de sus reuniones ordinarias votar el presupuesto del ejercicio financiero siguiente por una mayora de los dos tercios de las Partes Contratantes presentes y votantes.

    6. Cada Parte Contratante contribuir al presupuesto segn la escala de contribu-ciones aprobada por unanimidad por las Partes Contratantes presentes y votantes en una reunin ordinaria de la Conferencia de las Partes Contratantes.

    Artculo 71. Las Partes Contratantes debern incluir en su representacin ante Conferencias

    a personas que sean expertas en humedales o en aves acuticas, por sus conoci-mientos y experiencia adquiridos en funciones cientficas, administrativas o de otra clase.

    2. Cada una de las Partes Contratantes representadas en una Conferencia tendr un voto, y las recomendaciones, resoluciones y decisiones se adoptarn por mayora simple de las Partes Contratantes presentes y votantes, a menos que en la Con-vencin se disponga otra cosa.

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    Compendio de Convenios y TraTados inTernaCionales ambienTales raTifiCados por GuaTemala

    Artculo 81. La Unin Internacional para la Conservacin de la Naturaleza y de los Recursos

    Naturales desempear las funciones de la Oficina permanente en virtud de la presente Convencin, hasta el momento que otra organizacin, o un gobierno, sea designado por una mayora de los dos tercios de todas las Partes Contratantes.

    2. Las obligaciones de la Oficina permanente sern, entre otras:

    a) colaborar en la convocatoria y organizacin de las Conferencias previstas en el Artculo 6;

    b) mantener la Lista de Humedales de Importancia Internacional y recibir in-formacin de las Partes Contratantes sobre cualquier adicin, extensin, su-presin o reduccin de los humedales incluidos en la Lista, segn lo previsto en el Artculo 2.5;

    c) recibir informacin de las Partes Contratantes sobre cualquier modificacin de las condiciones ecolgicas de los humedales incluidos en la Lista, segn lo previsto en el Artculo 3.2;

    d) notificar a las Partes Contratantes cualquier modificacin de la Lista o cam-bio en las caractersticas de los humedales incluidos en ella, y proveer para que dichos asuntos se discutan en la Conferencia siguiente;

    e) poner en conocimiento de la Parte Contratante interesada las recomendacio-nes de las Conferencias en lo que se refiere a dichas modificaciones de la Lista o a los cambios de las caractersticas de los humedales incluidos en ella.

    Artculo 91. La Convencin permanecer indefinidamente abierta a la firma.

    2. Todo miembro de la Organizacin de las Naciones Unidas o de una de sus agen-cias especializadas, o de la Agencia Internacional de la Energa Atmica, o Parte de los Estatutos de la Corte Internacional de Justicia, puede ser Parte Contratante en esta Convencin mediante:

    a) la firma sin reserva de ratificacin;

    b) la firma bajo reserva de ratificacin, seguida de la ratificacin;

    c) la adhesin.

    3. La ratificacin o la adhesin se efectuarn mediante el depsito de un instrumen-to de ratificacin o de adhesin ante el Director General de la Organizacin de las

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    CenTro de aCCin leGal-ambienTal y soCial de GuaTemala Calas y CopredeH

    Naciones Unidas para la Educacin, la Ciencia y la Cultura (llamada en adelante el Depositario).

    Artculo 101. La Convencin entrar en vigor cuatro meses despus de que siete Estados hayan

    pasado a ser Partes Contratantes en la Convencin, de conformidad con las dis-posiciones del Artculo 9.2.

    2. A partir de ese momento, la Convencin entrar en vigor para cada Parte Contra-tante cuatro meses despus de la fecha en que la haya firmado sin reserva de rati-ficacin o en que haya depositado su instrumento de ratificacin o de adhesin.

    Artculo 10 bis1. La presente Convencin podr enmendarse en una reunin de las Partes Contra-

    tantes convocada con ese fin de conformidad con el presente Artculo.

    2. Toda Parte Contratante podr presentar propuestas de enmienda.

    3. El texto de toda propuesta de enmienda y los motivos para la misma se comunicarn a la organizacin o al gobierno que acte como Oficina permanente en virtud de esta Convencin (denominada en adelante la Oficina), y sta las comunicar sin demora a todas las Partes Contratantes. Cualquier comentario de una Parte Contratante sobre el texto se comunicar a la Oficina durante los tres meses siguientes a la fecha en que la Oficina haya comunicado las propuestas de enmienda a las Partes Contratantes. La Oficina inmediatamente despus de la fecha lmite de presentacin de los comenta-rios, comunicar a las Partes Contratantes todos los que haya recibido hasta esa fecha.

    4. A peticin por escrito de un tercio de las Partes Contratantes, la Oficina convo-car a una reunin de las Partes Contratantes para examinar toda propuesta de enmienda comunicada con arreglo al prrafo 3. La Oficina consultar a las Partes en cuanto a la fecha y lugar de la reunin.

    5. Las enmiendas se aprobarn por mayora de los dos tercios de las Partes Contra-tantes presentes y votantes.

    6. Una vez aprobada la propuesta la enmienda entrar en vigor, para las Partes Con-tratantes que la hayan aceptado, el primer da del cuarto mes que siga a la fecha en que los dos tercios de las Partes Contratantes hayan depositado un instrumento de aceptacin ante el Depositario. Para toda Parte Contratante que deposite un instrumento de aceptacin despus de la fecha en que los dos tercios de las Par-tes Contratantes hayan depositado un instrumento de aceptacin, la enmienda entrar en vigor el primer da del cuarto mes que siga a la fecha de depsito del instrumento de aceptacin por esa Parte.

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    Compendio de Convenios y TraTados inTernaCionales ambienTales raTifiCados por GuaTemala

    Artculo 111. Esta Convencin permanecer en vigor por tiempo indefinido.

    2. Toda Parte Contratante podr denunciar la Convencin transcurridos cinco aos de la fecha de entrada en vigor para dicha Parte, mediante notificacin por escrito al Depositario.

    Artculo 121. El Depositario informar lo antes posible a todos los Estados que hayan firmado

    la Convencin o se hayan adherido a ella de:

    a) las firmas de esta Convencin;

    b) los depsitos de instrumentos de ratificacin de esta Convencin;

    c) los depsitos de adhesin a esta Convencin;

    d) la fecha de entrada en vigor de esta Convencin;

    e) las notificaciones de denuncia de esta Convencin.

    2. Cuando esta Convencin haya entrado en vigor, el Depositario la har registrar en la Secretara de la Organizacin de las Naciones Unidas, de conformidad con lo dispuesto por el Artculo 102 de la Carta.

    En fe de lo cual, los infrascritos, debidamente autorizados al efecto, firman la presen-te Convencin.

    Hecho en Ramsar el da 2 de febrero de 1971 en un solo ejemplar original en ingls, francs, alemn y ruso, textos que son igualmente autnticos*. La custodia de dicho ejemplar ser confiada al Depositario, el cual expedir copias certificadas y conformes a todas las Partes Contratantes.

    * Conforme a lo estipulado en el Acta Final de la Conferencia que dio por concluido el Protocolo, el Depositario suministr a la Segunda Conferencia de las Partes Contratantes las versiones oficiales de la Convencin en rabe, chino y espaol, versiones que fueron preparadas en consulta con los gobiernos interesados y con la asistencia de la Oficina.

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    CenTro de aCCin leGal-ambienTal y soCial de GuaTemala Calas y CopredeH

    Convencin Sobre el Comercio Internacional de Especies AmenazadasdeFaunayFloraSilvestres(CITES),1973

    Firmada en Washington el 3 de marzo de 1973

    Enmendada en Bonn, el 22 de junio de 1979

    LosEstadosContratantes,Reconociendo que la fauna y flora silvestres, en sus numerosas, bellas y variadas for-mas constituyen un elemento irremplazable de los sistemas naturales de la tierra, tie-nen que ser protegidas para esta generacin y las venideras;

    Conscientes del creciente valor de la fauna y flora silvestres desde los puntos de vista esttico, cientfico, cultural, recreativo y econmico;

    Reconociendo que los pueblos y Estados son y deben ser los mejores protectores de su fauna y flora silvestres;

    Reconociendo adems que la cooperacin internacional es esencial para la proteccin de ciertas especies de fauna y flora silvestres contra su explotacin excesiva mediante el comercio internacional;

    Convencidos de la urgencia de adoptar medidas apropiadas a este fin;

    Han acordado lo siguiente:

    Artculo I. Definiciones

    Para los fines de la presente Convencin, y salvo que el contexto indique otra cosa:

    a) Especie significa toda especie, subespecie o poblacin geogrficamente aislada de una u otra;

    b) Espcimen significa:

    i) todo animal o pla