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Centro de Investigación y de Estudios
Avanzados.
NORMATIVA PARA LA OPERACIÓN DE
SISTEMA DE AERONAVE PILOTADA A
DISTANCIA
(REMOTE PILOTED AIRCRAFT SYSTEM -RPAS) 16 – Octubre- 2015
1.- ANTECEDENTES
2.- REGULACION INTERNACIONAL
3.- EVALUACION DE RIESGO
4.- REGULACION NACIONAL
5.- CIRCULAR OBLIGATORIA CA AV-23/10 -R1, -R2.
ANTECEDENTES
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COMPONENTES DEL SISTEMA DE AERONAVE PILOTADA A DISTANCIA (RPAS)
• Aeronave no Tripulada (RPA)
• Todo lo asociado con el equipo de soporte:
• Estación de control ( multiconsola )
• Comandos y Enlace de datos, (C2 link)
• Equipo comunicación y Vigilancia con ATC ( Transponder, ADS-B, CPDLC)
• Equipo de navegación
• Equipo de lanzamiento y recuperación (catapulta, cohete, paracaídas, etc.)
• Computadora de vuelo ( FCC, FMS cuando aplique);
• Equipo de monitoreo del estado del sistema
• Sistema de terminación del vuelo.
• Equipo adicional que sea necesario para operar en forma segura.
7 Dirección General de Aeronáutica Civil
8 Dirección General de Aeronáutica Civil
•
• La forma de regular la aviación civil se ha basado en que una
aeronave:
- Es controlada por un piloto desde su interior
- Transporta pasajeros y/o carga a bordo.
• El concepto de retirar al piloto de la aeronave plantea importantes
problemas técnicos y operacionales.
11 Dirección General de Aeronáutica Civil
PRINCIPALES USOS CIVILES
• Cartografía: ortofotografía y modelos de elevación del terreno
• Agricultura: monitoreo de Cultivos.
• Servicios forestales: monitoreo de áreas boscosas, evaluaciones de
flora y fauna
• Usos educativos, académicos y de investigación.
• Medio ambiente: monitoreo de la atmósfera,
• Planificación urbana: monitoreo de obras, inspección de líneas
eléctricas, tuberías, antenas, puentes, etc. y evaluación de su impacto.
• Apoyo a operaciones de rescate.
• Seguridad y Vigilancia: policíaco y control fronterizo.
• Servicio de entrega de productos: paquetería, alimentos, libros,
medicinas
• Servicios de Fotografía y video.
• Monitoreo e Inspección de Cultivos.
13 Dirección General de Aeronáutica Civil
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Regulación internacional
• 1944 - Convenio de Chicago - 52 Estados
(OACI) sede en Montreal y París.
• El tratado - 96 Art. privilegios y obligaciones de los países miembros.
Objetivo: lograr arreglos y principios para que la aviación civil
internacional pueda desarrollarse de una manera segura y ordenada,
estableciéndose los servicios con base a la igualdad de la oportunidad.
• Fomentando su progreso, el diseño y el manejo de aeronaves para
fines pacíficos, estimular el desarrollo de rutas aéreas, aeropuertos y
satisfacer las necesidades de los pueblos del mundo en lo relativo a
tener un transporte aéreo seguro, regular, eficiente y económico.
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CONVENIO SOBRE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL
OACI
Establecen normas y recomendaciones necesarias para garantizar la
seguridad, eficiencia y regularidad del transporte aéreo Internacional.
• Anexo 1 - Licencias al personal.
• Anexo 2 - Reglamento del aire.
• Anexo 3 - Servicio meteorológico para la navegación aérea
internacional.
• Anexo 4 - Cartas aeronáuticas.
• Anexo 5 - Unidades de medida
18 Dirección General d Aeronáutica Civil
La OACI - 19 Anexos
• Anexo 6 - Operación de aeronaves
Parte I - Transporte aéreo comercial internacional - aviones.
Parte II - Aviación general internacional - aviones.
Parte III - Operaciones internacionales - helicópteros.
• Anexo 7 - Marcas de nacionalidad y de matrícula de las aeronaves.
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• Anexo 8 - Aeronavegabilidad.
• Anexo 9 - Facilitación.
20 Dirección General de Aeronáutica Civil
• Anexo 10 - Telecomunicaciones aeronáuticas.
Vol. I - Radioayudas para la navegación.
Vol. II - Procedimientos de comunicaciones
Vol. III - Sistemas de comunicación.
Parte I - con datos digitales.
Parte II - por voz.
Vol. IV- Sistema de radar de vigilancia y
sistema anticolisión
Vol. V - Utilización del espectro de
radiofrecuencias aeronáuticas
21 Dirección General de Aeronáutica Civil
• Anexo 11 - Servicios de tránsito aéreo.
22 Dirección General de Aeronáutica Civil
• Anexo 12 - Búsqueda y salvamento.
• Anexo 13 - Investigación de accidentes e incidentes de aviación.
23 Dirección General de Aeronáutica Civil
• Anexo 14 - Aeródromos.
Vol. I - Diseño y operaciones de aeródromos.
Vol. II - Helipuertos.
24 Dirección General de Aeronáutica Civil
• Anexo 15 - Servicios de información
aeronáutica (AIS).
• Anexo 16 - Protección del medio ambiente.
Volumen I - Ruido de las aeronaves.
Volumen II - Emisión de los motores de
las aeronaves.
25 Dirección General de Aeronáutica Civil
• Anexo 17 - Seguridad: Protección de la aviación civil internacional
contra los actos de interferencia ilícita.
• Anexo 18 - Transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía
aérea.
• Anexo 19 - Gestión de la Seguridad Operacional - Safety Management
26 Dirección General de Aeronáutica Civil
REGULACION INTERNACIONAL DE UAS
• (EASA) Política E.Y013-01 – 2009
“Sistemas de Aeronaves no Tripuladas (UAS).
• (OACI) Circular 328 AN/190- 2011
“Sistemas de Aeronaves no Tripuladas (UAS)”.
• (DGAC) Circular Obligatoria CA AV-23/10
Requerimientos para obtener la aprobación de tipo y/o
autorización de operación para el sistema de aeronave no
tripulada (UAS).
• (CAA) CAP 722. - 2012.
“Operaciones de los Sistemas de Aeronaves no Tripuladas”.
• (FAA) - Order 8130.34 C, 2013
“Certificación de Aeronavegabilidad de los Sistemas de
Aeronaves no Tripuladas (UAS)”.
• OACI - Grupo de Estudio “Sistemas de Aeronaves no Tripuladas
(UASSG)- 2007 - Circular 328 AN/190 - (UAS)” - 2011
• El Panel Sistemas de aeronaves pilotada a distancia (RPASP)
sustituye al UASSG
Se encarga de la realización de estudios específicos y desarrolla
disposiciones para facilitar la integración segura y eficiente de RPA
en el espacio aéreo no segregado y en aeródromos.
DOC. 10019 - MANUAL SOBRE SISTEMAS DE AVIONES
PILOTADOS A DISTANCIA - SIMPOSIO RPAS – 2015
Cap.1. Marco normativo de la OACI y el alcance del manual
Cap. 2. Introducción a RPAS
Cap. 3. Autorización especial
Cap. 4. Tipo de certificación de aeronavegabilidad
Cap. 5. Registro RPA
Cap. 6. Responsabilidades del operador RPAS
Cap. 7. Gestión de Seguridad (SMS)
Cap. 8. Licencias y competencias
Cap. 9. Operaciones RPAS
Cap. 10. Detectar y evitar (DAA)
Cap. 11. Comando y Control
Cap. 12. Comunicaciones ATC
Cap. 13. Estación piloto remota (RPS)
Cap. 14. Integración de las operaciones RPAS en ATM
y procedimientos ATM
Cap. 15. El uso de los aeródromos
OACI 2018 Estándares
• Anexo 1, Licencias para pilotos remotos
• Anexo 6, RPA integración en espacio aéreo no
segregado, certificado de operador RPAS (ROC),
gestión de seguridad
• Anexo 8, aeronavegabilidad inicial (Fase 1),
proceso de soportar el enlace (C2 link)
• Anexo 19, gestión de Seguridad sobre operadores y
operaciones de RPAS
ICAO 2018 - Procedimientos para los Servicios de
Navegación Aérea (PANS) y Manual RPAS
• PANS-TRG (Doc. 9868), provisiones de entrenamiento para Pilotos
Remotos
• Manual on Remotely Piloted Aircraft Systems (RPAS) (Doc. 10019),
actualización y guía sobre:
• Aeronavegabilidad,
• Operaciones,
• Licencias,
• Comandos y controles,
• Detección y evasión,
• ATM,
• Registros de vuelo y aeródromos
ICAO 2020 Estándares
• Anexos 2, 3, 6, 8, 10, 11, 14 and 19, iniciar medios
de mitigación aplicables a RPAS
• Aeronavegabilidad, operaciones, requisitos del espectro
para el performance del enlace de Comunicacion (RCP)
• Requisitos de Seguridad de enlace, vigilancia de los
proveedores de servicio, procedimientos de contingencia
ATM por perdida de enlace .
• Requisitos para manejo entre la estación de piloto
remota (RPS)
• Requisitos iniciales para operaciones IFR RPAS en
espacio aéreo controlado /aeródromos.
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evaluación del riesgo
TOPICOS A CONSIDERAR
• Situación
• Desafíos y Barreras
• Evolución
• Integración
• Enfoque de aproximación a
una Certificación
• Futuro
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SITUACION
• Las presiones internas y externas
• Re-autorización 2012
• Proceso COA
• 545 COA activos 12/2015
• Cert. Experimental
• El creciente interés y competencia
• Motivación Económica
• Política
• Seguridad Pública
DESAFIOS Y BARRERAS
• Los métodos de Diseños existentes y los Estándares actuales
• No cumplen las expectativas de seguridad
• Los requisitos cambian para cada Misión y por el
Área de operación.
• Variación en las Consideraciones de Diseños específicos vs. Diseño para usos múltiples Civiles.
• Los fabricantes quieren tener acceso completo al espacio aéreo.
• Con diseños ya existentes
• Buscan credibilidad Operacional basados en sus horas voladas en operaciones militares.
• La especificaciones Militares no satisfacen las necesidades de la Autoridad Civil.
EVOLUCIÓN E INTEGRACION • COA - (Aeronavegabilidad Básico) > Pioneros (TC adaptado) > Total TC
(FAA Aprobación de Diseño)
• Necesidades de los Requisitos de diseño del UAS para la certificación de tipo y su integración operativa.
Estamos Aqui
La Industria quiere que estemos aqui
ENFOQUE DE LA CERTIFICACION
• Certificación de Diseño y Producción no sólo considera la Aeronavegabilidad Básica
• Requiere documentación de diseño, producción y limitaciones / condiciones de aeronavegabilidad
• Dará precedente para otros UAS
¿SE REQUIERE UNA CERTIFICACIÓN TIPO?
PROGRESO POR FAA
• TC inicial en Categoría Restringida
• Aprobaciones TC – Primeros usando el FAR 21.17 (b)
• FAA Estableció los requisitos para el Diseño, aeronavegabilidad, y la Operación
• La FAA para Aviones de ala fija usa Conceptos de Certificación de aviones tripulados existentes, Basado en Riesgo
• Investigación + Desarrollo + prueba en sitio establecerán el estándar para los UAS
Manteniendo la Seguridad
Resultado de la Participación FAA
Certificación por clases de riesgo
• Clases Riesgo
de UAS
• Desglose
continuo, para
aviones
tripulados
• Agrupaciones
Natural por el
Tamaño,
Energía,
Espacio Aéreo,
Medios de
control, etc.
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Proceso TC Lógico
• Separación Natural de UAS por tamaño,
peso, dentro de la visual o más allá de la
operaciones visual, etc.
• La FAA propone estándares ASTM F38
and F37 para establecer las bases de
Aeronavegabilidad del TC/para UAS
Pequeños
• Transición a las Reglas Parte 23,
Commuter, y la Parte 25 para UAS
grandes
• Los metodos de cumplimiento varían
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Criterio de Diseño de
Prototipo
• Usar sitios de pruebas para UAS
•Limitada Área Geográfica/ Estrictas condiciones de Operaciones
• Limitada Exposición al Riesgo
• Obtener Familiarización:
Con la Operaciones y la Tecnología
• Verificar el propósito y los requerimientos para Diseño y Operación
Desafío para SUAS (micro)
• No puede ser tratado como UAS Grande
• Siguen Estándares de la Industria
• Tienden a utilizar los mejores método de implementar Diseños
• Los fabricantes de juguetes también cumplen con estándares de la industria
• Muchos tienen Usos Operacional a Baja Altitud en Rango Visual
• Requisitos diseño mínimo si se utiliza por debajo de 400 ft (121m)
• Considere Mercado Deseado para ampliar las Operaciones Comerciales
• Muchos son Intrínsecamente Inofensivos
TECNOLOGÍA UAS LLAVE PARA EL FUTURO
• Tecnología de Piloto automático
• Evasión de Colisión Automática
Aire / Tierra
• Aterrizaje automático
• Lógica para evitar Accidente
• Da acceso al Desarrollo de Nuevas Tecnologías para aviones tripulados
• Crecimiento de Consumidores
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• FAA ha establecido una política provisional para acelerar las autorizaciones de espacio aéreo para determinados operadores UAS.
• FAA otorgará un Certificado de Exención o autorización (COA)
• Para vuelos < 200 ft para UAS que pesan < 55 lb.
• Operaran en condiciones VFR diurna,
• Operan dentro de la línea visual de la vista (VLOS), y
• Se mantienen lejos de aeropuertos o helipuertos. • 5 NM desde un aeropuerto que tenga una torre de control operacional; o • 3 NM de un aeropuerto con una procedimiento de IFR, pero sin torre operativa; o • 2 NM de un aeropuerto sin procedimiento IFR o una torre operativa; o • 2 NM de un helipuerto con procedimientos IFR
FAA Agiliza UAS COAs para la Sección 333
• NPRM No. 15-01 Aviso de propuesta reglamentación.
Objetivo - Propone requisitos de operación para UAS pequeños
con fines diferentes a hobby o recreativos.
UAS pequeño - peso < 55 lb (24.9 Kg) y el equipo para su operación segura.
UAS pequeñas que se apeguen a esta normativa no
Requerirán la certificación de la aeronavegabilidad.
Prohibición de modelos de UAS que pongan en
peligro la seguridad del espacio aéreo.
Esta propuesta es la siguiente fase de la integración de los UAS pequeños en
el Espacio Aéreo de EU.
• La FAA propone agregar la parte 107 al Título 14 CFR.
para permitir la operación civil de los UAS pequeños y establecer
normas de seguridad.
Para mitigar el riesgo, la regla propuesta limitaría su operación a:
• Operaciones a la luz del día.
• Áreas confinadas de funcionamiento.
• Operaciones a línea de visión.
• matrícula y marcado de las aeronaves
• las operaciones en el espacio aéreo
• certificación de operadores,
• límites operacionales con el fin de mantener la seguridad del Espacio
Aéreo
• Asegurar que no sean una amenaza para la seguridad nacional.
Discusion!
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programa de Television "Plane Crash"
• El 27 de Abril, 2012 - operación con fines de científicos en un área
desértica en Mexicali, Baja California.
• Un Boeing 727-200 no tripulado, equipado con cameras, maniquíes
de prueba al impacto e instrumentos de monitoreo.
• Objetivo: Filmación de Demostración de Impacto sobre el terreno.
• 2º experimento de su tipo, desde 1984, Controlado por NASA
La Aeronave
• Boeing 727-200 comprado por la Compañía de producción de
televisión, obteniendo su registro XB-MNP (anteriormente N293AS)
• El propietario original de la aeronave fue Singapore Airlines y el
último Broken Wing LLC of Webster Groves, de Missouri.
• La aeronave fue arrendada a Bob Dole's 1996 en su campaña
presidencial por el en ese entonces propietario AvAtlantic.[
Operación
• La aeronave despego del Aeropuerto Internacional de Mexicali con la
tripulación y un número de maniquíes para observar el impacto.
• Una aeronave siguió al B- 727 durante el vuelo.
• A medida que el vuelo progresaba hacia el Desierto de Sonora Baja
California en Mexico, sus ocupantes se lanzaron en paracaídas para
estar seguros, 4 min antes del impacto conforme a lo planeado.
• Se voló la aeronave por control remoto desde la aeronave pequeña.
• La aeronave golpeo el terreno a 140 millas por hora (230 km/h), con una
relación de descenso de 1,500 fpm (460 mpm).
• En el impacto, el Boeing 727 se rompió en varias secciones y la cabina
se desprendió del fuselaje.
• La zona del impacto fue acordonada por el equipo de seguridad, policía y
militares Mexicanos, por seguridad al publico.
• El sitio del impacto recibió una total limpieza en su medio ambiente y
operación de salvación bajo la supervisión de las autoridades Mexicanas.
RESULTADOS DEL ESTUDIO
• Los pasajeros al frente de una aeronave pueden estar en más riesgo
en el impacto;
• Los pasajeros sentados en la parte cercana al ala del aeronave pueden
sufrir daños serios tales como tobillos rotos pero pueden sobrevivir.
• Los maniquíes de prueba en la sección trasera resultaron intactos en
su mayoría, tal que cualquier pasajero en esa área caminará sin
daños serios.
• Sin embargo, en otros accidentes como cuando la cola golpea
primero al terreno, el inverso debe aplicar.
61 Dirección General de Aeronáutica Civil
62 Dirección General de Aeronáutica Civil
Regulación nacional
CIRCULAR OBLIGATORIA CA AV-23/10 R1
“QUE ESTABLECE LOS REQUERIMIENTOS
PARA OBTENER LA APROBACION DE TIPO
Y/O LA AUTORIZACION PARA EL SISTEMA
DE AERONAVE NO TRIPULADA”
Fecha de emisión: 22 de febrero de 2013
CLASIFICACIÓN ANTERIOR DE LAS UAS
PESO DENOMINACIÓN CUMPLIMIENTO APLICABILIDAD
20 kg. o menos
Sistema de Aeronave no
Tripulada “UAS” Ligero
Cláusula 8-13, Anexo de Especificaciones
Operacionales y Restricciones de Operación
apéndices A y C.
Autorización de Operación.
Más de 20 kg.
Sistema de Aeronave no
Tripulada “UAS” Pesado
Cláusula 8-15, Anexo de Especificaciones
Operacionales y Restricciones de Operación
apéndices A, B, C y D.
Autorización de Operación,
Aprobación de Tipo, Certificado de
Aeronavegabilidad Especial Categoría
Experimental, Matriculación y
Registro.
CIRCULAR OBLIGATORIA CA AV-
23/10 –R2
CIRCULAR OBLIGATORIA CO AV-23/10 R2
“QUE ESTABLECE LOS REQUERIMIENTOS PARA OPERAR UN
SISTEMA DE AERONAVE PILOTADA A DISTANCIA (RPAS)”
Fecha de emisión: 8 de abril de 2015
APLICABILIDAD:
Personas física o morales y entidades Estatales:
• Para uso recreativo o comercial
NO APLICA A:
• Militares, Policiales, Patrullas Fronterizas
• RPAS autónomos y globos libres no tripulados
OBJETIVO
• Establecer los requerimientos para operar un RPAS
• Aprobación de Tipo (diseño)
• Autorización de Operación
• La operación del RPA deben presentar un nivel de seguridad similar a
una aeronave tripulada.
=
CLASIFICACIÓN DE LOS RPAS
CLASIFICACIÓN DE SISTEMAS DE AERONAVES PILOTADAS A DISTANCIA
PESO MÁXIMO DE DESPEGUE
DENOMINACIÓN USO
2 kg o menos RPAS Micro Recreativo
Comercial
Más de 2 kg hasta
25 Kg RPAS Ligero
Recreativo
Comercial
Más de 25 kg
RPAS Pesado Recreativo
Comercial
Requerimientos y Limitaciones Generales de los RPAS
• No dejar caer objetos que puedan causar daño.
• No operar en áreas Prohibidas, Restringidas o Peligrosas.
• Ser operados durante el día.
• No transportar mercancías peligrosas, prohibidas, armas o explosivos.
• Mantener en todo momento el control de la trayectoria de vuelo.
• No operar negligente o temerariamente que ponga en peligro la vida o
propiedad.
• Dar el derecho de paso, a cualquier aeronave tripulada, a menos ambas
aeronaves estén bajo control positivo por los Servicios de Tránsito
Aéreo.
Requerimientos y Limitaciones Generales de los RPAS
• No operar desde vehículos en movimiento, a menos sea indispensable
que el vehículo se mueva sobre el agua para su adecuada operación.
• El operador es el responsable de su operación, uso, de la información
obtenida y de los daños causados por accidente.
• Operar a una distancia de separación de:
• Al menos 9.2 Km de cualquier aeropuerto controlado,
• De 3.7 Km de cualquier aeródromo no controlado y
• De 0.9 Km de cualquier helipuerto.
• Respetar todas las Leyes, Reglamentos, Normas Federales o Locales
relacionadas con Seguridad Nacional, Seguridad Pública, Protección
de la Privacidad, Propiedad intelectual, entre otras.
• Los RPAS con matrícula o registro extranjero u operados por
operadores extranjeros, con fines científicos, deberán de solicitar
permiso a la Secretaría de la Defensa Nacional.
Requerimientos y Limitaciones RPAS micros
USO RECREATIVO Y COMERCIAL
• No requieren de autorización en las siguientes requerimientos y
limitaciones.
• A una altura máxima de 122 m (400ft)
• No Operar a una distancia mayor de la línea Visual del piloto, ni
alejarse más de 457 m (1500 ft) de distancia en la horizontal.
• Deben estar fabricada de materiales frágiles que se rompan,
distorsionen o cedan al impacto.
• Podrán operar sobre personas y se mantendrán a una altura al menos
de 46 m (150 ft) sobre las personas.
• Para uso Comercial deberán contar con Póliza de Seguro de
Responsabilidad Civil por daños a terceros.
Requerimientos y Limitaciones RPAS micros
• No debe exceder la velocidad indicada en la tabla siguiente de
acuerdo a su peso máximo de despegue:
Requerimientos y Limitaciones RPAS Ligero
USO RECREATIVO
• No requieren tener una autorización, debiendo operar dentro de los
Requerimientos y Limitaciones.
• No Operar a una distancia mayor de la línea Visual del piloto, ni
alejarse más de 457 m (1500 ft) de distancia en la horizontal.
• Deberán operar dentro de Clubes de Aeromodelismo autorizados
cumpliendo con los requerimientos y limitaciones de operación
bajo los cuales se rige el club.
• No debe exceder una velocidad de 161 Km/hr.
• El operador debe contar con conocimientos aeronáuticos
apropiados.
• No operar sobre personas a una altura menor a 152 m (500 ft).
Requerimientos y Limitaciones RPAS Ligeros
USO COMERCIAL
• No debe exceder una velocidad de 161 Km/hr.
• El operador debe contar con conocimientos aeronáuticos apropiados.
• No operar sobre personas a una altura menor a 152 m (500 ft).
• Deberán aplicar procedimientos de evasión de cualquier aeronave a fin
de evitar posibles colisiones.
• Contar con Registro y placa de Identificación.
• Obtener Autorización de Operación.
• Seguro de responsabilidad Civil por daños a terceros.
Requerimientos y Limitaciones RPAS pesados
USO RECREATIVO
• No requieren tener una autorización, debiendo operar dentro de las
limitaciones del Ligero Recreativo.
USO COMERCIAL
• Aprobación de Tipo (diseño)
• Autorización de operación
• Matricula y Placa de identificación
• Autorización de Operación
• Licencia de Piloto, y
• Seguro de responsabilidad Civil por Daños a Terceros
Aprobación de Tipo
• Información General (Apéndice A Normativo).
• Aseguramiento de la aeronavegabilidad (Apéndice B Normativo).
• Plan de Aprobación (Apéndice D Normativo).
• Manuales aplicables (Vuelo, Mantenimiento, Partes, etc.).
• La vigencia es indefinida.
• Pruebas.
• Se limitan a una área de vuelo asignada, hasta ser controlable en
el rango normal de velocidades y maniobras.
• No debe mostrar característica de diseño u operación riesgosa.
• La forma del perímetro podrá ser un polígono, establecido en el
sistema de coordenadas WGS 84 ( latitud y longitud)
mostrándolo en una carta aeronáutica o topográfica.
AUTORIZACION DE OPERACION
• Información General (Apéndice A Normativo).
• Matrícula y Placa de identificación (material no flamable, M/M/S).
• Licencia del personal operativo (piloto) (Apéndice C Normativo).
• Manual de Operación (Apéndice F Normativo).
• Estudio Aeronáutico de Seguridad y
Administración de Riesgos (Apéndice G Normativo).
• Aprobación de Tipo o su convalidación.
• Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros
• La Autorización de Operación incluirá las limitaciones de operación
• Vigencia de 2 años
• El operador de RPAS en cualquier categoría o tipo de uso que
desee efectuar operaciones fuera de los requerimientos y
limitaciones indicadas, deberá obtener aprobación de la autoridad
aeronáutica.
AUTORIZACION DE OPERACION
• Evaluación del Sitio.
• El uso de sitios no establecidos para la operación, requieren de su
evaluación antes de comenzar operaciones.
• Se debe disponer de cartas aeronáuticas, e información aceptables que
muestren los detalles del área a operar (polígono - WGS 84)
LINK: http://gis.icao.int/drone/#/-99.0271/19.4451/11
REPRESENTACIÓN GRÁFICA DE LAS 5 MILLAS NÁUTICAS
ALREDEDOR DE LOS AEROPUERTOS CONTROLADOS EN
LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. INFORMACIÓN
PUBLICADA POR LA OACI
REPRESENTACIÓN GRÁFICA DE LAS 5 MILLAS NÁUTICAS
ALREDEDOR DE LOS HELIPUERTOS EN LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS.
REPRESENTACIÓN GRÁFICA DE LAS 5 MILLAS NÁUTICAS
ALREDEDOR DE LOS HELIPUERTOS EN LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS.
• APÉNDICE “A” INFORMACIÓN GENERAL
• APÉNDICE “B” ASEGURAMIENTO DE LA AERONAVEGABILIDAD
• APÉNDICE “C” CAPACITACIÓN DEL PERSONAL OPERATIVO PILOTO /
OBSERVADOR DEL RPA Y REQUERIMIENTOS PARA OBTENER LA LICENCIA
DEL RPAS
• APÉNDICE “D” CONTENIDO DE UN PLAN DE APROBACIÓN
• APÉNDICE “E” INSPECCION DE PREVUELO Y ACCIONES PREVIAS PARA
OPERACIÓN DEL RPAS
• APÉNDICE “F” GUÍA DEL CONTENIDO MÍNIMO DE UN MANUAL DE
OPERACIÓN PARA RPAS
• APÉNDICE “G” ESTUDIO AERONÁUTICO DE SEGURIDAD Y GESTIÓN DE
RIESGOS
• APENDICE “H” DEFINICIONES Y ABREVIATURAS
APÉNDICE “A” - INFORMACIÓN GENERAL
El operador del RPAS debe proporcionar:
A.1. Nombre y Dirección del operador.
Fabricante y año de fabricación.
Matrícula (en caso de aplicar).
Modelo, N/S (aeronave , motor y hélice)
Descripción y Uso.
Peso máximo de despegue.
A.2. Fases de vuelo (Procedimientos)
Pre-vuelo/carreteo, lanzamiento/despegue, vuelo,
aterrizaje/recuperación, Post-vuelo.
A.3. Manual de Vuelo emitido por el Fabricante.
A.4. Configuración del sistema (equipamiento en tierra y a bordo).
A.5. Procedimiento de Seguridad terminación del vuelo y pérdida de enlace.
A.6. Descripción de la Estación de Control y los Comandos de operación
A.7. Frecuencias de comunicación utilizadas.
APÉNDICE “B” ASEGURAMIENTO DE LA
AERONAVEGABILIDAD
B1. Características de la Aeronave:
a)Estructura del RPA.
1. Características físicas estructurales.
2. Materiales aplicados en la construcción
3. Análisis de cargas estructurales
4. Características de los sistemas
5. Dimensiones:
i. Envergadura del ala
ii. Superficie Alar
iii. Largo, ancho y alto
iv. Longitud de rotores
6. Pesos: Vacío, Máximo de despegue,
Cero combustible (en caso de aplicar)
b) Características del Rendimiento del UAS.
1. Altitud máxima.
2. Autonomía.
3. Rango.
4. Velocidad crucero, NE, desplome y maniobra.
5. Relación de ascenso y descenso.
6. Angulo de banqueo
7. Rendimientos en condiciones meteorológicas
c) Sistema de propulsión. - base de combustible o eléctricos.
d) Sistema de Combustible
e) Sistema Eléctrico
f) Superficies de Control de Vuelo
g) Carga de Paga
B2. Comunicaciones, control y comandos.
a) Aviónica
b) Navegación
c) Controles de Vuelo del RPAS.
d) Piloto automático.
e) Enlace entre la Estación de Control y la RPA.
f) Emergencias y recuperación del vuelo
g) Estación de control.
B3. Equipamiento de soporte en tierra
B4. Procedimientos y Procesos
Detección y evasión.
B5. Mantenimiento
APÉNDICE “C” CAPACITACIÓN DEL PERSONAL PILOTO /
OBSERVADOR Y REQUERIMIENTOS PARA LA LICENCIA
C.1. CAPACITACIÓN - Describir el programa de entrenamiento.
C.2. REQUERIMIENTOS MÍNIMOS (Evaluación y Certificación)
• Poseer capacitación teórica aprobada (en avión, helicóptero o
equivalente.
• Examen de aptitud psicofísica vigente aplicable para piloto
privado.
• Contar con 50 horas de vuelo en RPAS, documentadas en la
bitácora de vuelo.
APÉNDICE “D” PLAN DE APROBACIÓN
1. Bases de certificación (estándares del diseño y fabricación);
2. Identificación de los estándares;
3. Métodos de cumplimiento propuestos (prueba, análisis, inspección, o el
nivel equivalente de seguridad);
4. Listas de las pruebas a ser efectuadas (incluyendo pruebas de vuelo);
5. Reportes de comprobación (demostración del cumplimiento);
6. Personal responsables de los resultados;
7. Nivel de involucramiento de la DINC/DGAC y el solicitante, en el
resultado de las pruebas (tierra y vuelo); y
8. Calendario del proyecto, puntos relevantes y aprobación final.
APÉNDICE “E” INSPECCIÓN DE PREVUELO Y ACCIONES
PREVIAS PARA OPERACIÓN DEL RPAS
E.1. Antes del vuelo el operador debe:
• Evaluar el entorno de operación y considerar los riesgos para las
personas y bienes en las inmediaciones (en la superficie y aire).
• Condiciones climáticas locales; Espacio aéreo local y las restricciones de vuelo;
• Ubicación de las personas y bienes; y Otros peligros en tierra.
• Asegurarse:
• Personas involucrado en la operación reciba información de las
condiciones de operación, procedimientos de emergencia y
contingencia, deberes y responsabilidades y los posibles riesgos;
• Todos los enlaces (estación de control -RPAS) funcionan
correctamente; y
• Posea suficiente energía disponible para operar durante el tiempo
previsto y 5 min. más.
APÉNDICE “F” GUÍA DEL CONTENIDO MÍNIMO
DE UN MANUAL DE OPERACIÓN PARA RPAS
• Contiene temas y detalles que el operador debe considerar en un
manual de operación, incluyendo información e instrucciones para
que el responsable de operar el equipo realice sus funciones de
manera segura y efectiva.
• La guía puede ajustarse como sea necesario para adecuarse a los
arreglos de cada operador.
APÉNDICE “G” ESTUDIO AERONÁUTICO DE SEGURIDAD Y
GESTIÓN DE RIESGOS
G.1. Evaluación del Riesgo en Operaciones con RPA
• Realizar un Estudio Aeronáutico de Seguridad y Gestión de Riesgos
• Valorar el nivel de seguridad (no tolerable, tolerable o aceptable)
• Establecer medidas de mitigación para que este sea aceptable
• Asegure la identificación, análisis, evaluación, eliminación o
mitigación y control de los riesgos a un nivel aceptable.
• Los riesgos de cada peligro identificado y sus posibles
consecuencias, sean analizados y evaluados en términos de
probabilidad, gravedad de ocurrencia y por su tolerancia.
• El operador RPAS definirá los controles de seguridad operacional a
implementar para cada riesgo evaluado como intolerable, así como
las acciones de mitigación que permitan desarrollar la actividad
dentro de un nivel de riesgo ACEPTABLE en todo momento.
APÉNDICE “G” ESTUDIO AERONÁUTICO DE SEGURIDAD
Y GESTIÓN DE RIESGOS
G.2. En el sistema de evaluación se debe considerar:
MEDIOS, ENTORNO Y PERSONAS
• Infraestructura de la zona de vuelo
• Obstáculos
• Rendimientos y Equipamiento de la aeronave
• Trayectoria de despegue/aterrizaje para eludir los obstáculos
• Procedimientos de vuelo
• Comunicaciones y zona de sobrevuelo
• Transmisión de datos “LINK” de mando y control
• Capacitación y Adiestramientos de Pilotos /Observador y
Personas de seguridad operacional en tierra.
APÉNDICE “G” ESTUDIO AERONÁUTICO DE SEGURIDAD
Y GESTIÓN DE RIESGOS
G.3. Evaluación de los riesgos.
• Metodología de la NOM-064-SCT3-2012, que establece las
especificaciones del Sistema de Gestión de Seguridad Operacional
(SMS: Safety Management System)
Publicada en el DOF : 7 de enero de 2013.
• Método alterno de cumplimiento del estudio aeronáutico de
seguridad y gestión de riesgos para las operaciones del RPAS,
mediante el cual demuestre y garantice con claridad los riegos
generados por la operación y las acciones que los mitiguen a un
nivel aceptable.
94 Dirección General de Aeronáutica Civil
ACCIONES PARA DAR ATENCIÓN A LOS USUARIOS .
En respuesta a las dudas de la comunidad se ha realizado :
• Campaña de divulgación de la regulación en los medios de
comunicación.
• Reuniones, presentaciones e intercambio de información con los
operadores
• Divulgación en la pagina web de los requisitos para obtener la
autorización de operación
• Atención vía e-mail y telefónica de dudas del proceso.
• Reuniones con algunas aseguradoras.
• Coordinacion con las entidades de gobierno involucradas.
PROCESO PARA CERTIFICAR UN
RPAS LIGERO DINC
Revisar
1, 2, 3 y 5
*Licencias
Examen Teórico
y Práctico
Ventanilla
Ingresar Solicitud de
Autorización de
Operación
**RAM
registra el RPAS
con Factura de
compra y da
Folio.
Solicitante
Instalar Placa de
Identificación en la RPA,
con: Marca, Modelo. N/S
y Folio de RAM.
DINC
Emitir
Autorización
de Operación
1. Información General de
Operador Aéreo y RPAS.
2. Manual de Operación
3. Estudio Aeronáutico de
Seguridad y
Administración de
Riesgos.
4. Licencia de Piloto. *
5. Póliza de Seguros de
Responsabilidad Civil por
Daños a Terceros.
6. Placa de Identificación.
**
Centro de Capacitación
Curso para Autorización
de Piloto.
Solicitante
Ser Mexicano,
tener 18 años o
más, constancia de
buen estado de
salud experiencia
de 12 horas de
vuelo
Solicitante
Efectúa vuelos
de demostración.
PROCESO PARA CERTIFICAR UN
RPAS PESADO DINC
Revisar 1,
2, 3, 5 y 8
*Licencias
Examen Teórico
y Práctico
Ventanilla
Ingresar Solicitud de
Autorización de
Operación
**RAM
registra el RPAS con
Factura de compra y
da Folio y Certificado
de Matricula.
Solicitante
Instalar Placa de
Identificación en la RPA y
pinta Marcas de
Nacionalidad y Matrícula.
DINC
Emitir
Autorización
de Operación
1. Información General de
Operador Aéreo y RPAS.
2. Manual de Operación
3. Estudio Aeronáutico de
Seguridad y
Administración de
Riesgos.
4. Licencia de Piloto. *
5. Póliza de Seguros de
Responsabilidad Civil por
Daños a Terceros.
6. Placa de Identificación.
**
7. Certificado de
Matrícula.**
8. Aprobación de Tipo.
Centro de Capacitación
Curso para Licencia de
Piloto.
Solicitante
Ser Mexicano,
tener 18 años o
más, examen de
aptitud psicofísica,
experiencia de 50
horas de vuelo
Solicitante
Efectúa vuelos
de demostración.
Fabricante del RPAS, solicita una Aprobación de Tipo o su convalidación,
cumpliendo con estándares de diseño y de fabricación.
Emitir Aprobación
de Tipo
OPERACIONES FUERA DE LO
INDICADO EN LA CO AV-23/10 R2
Cumplir con requisitos para
Autorización de Operación de
RPAS Ligero.
Estudio Aeronáutico de Seguridad
y Administración de Riesgos.
Licencia de Piloto con capacidad
para efectuar vuelos nocturnos.
Atención Caso por Caso
Emitir
Autorización
Especial de
Operación
Operación Nocturna
con RPAS Micro
CONCLUSIONES.
Para el cumplimiento de las obligaciones y facultades de la Autoridad
Aeronautica Civil en México – DGAC , es necesario
• Continuar con la coordinación estrecha con las autoridades, diseñadores,
operadores y comunidad, basados en el principio de la seguridad pública
y seguridad aeronáutica, dando soporte a su desarrollo.
• Emitir las normas oficiales mexicanas de operación de las RPAS y todos
los aspectos técnicos a ella relacionados que proporcionen la certeza
jurídica necesaria en y para su explotación civil.
• Establecer las medidas de seguridad de la operación de RPAS en el
sentido de su protección, así como de las instalaciones que integran la
infraestructura.
• Mantener la vigilancia y seguridad de las operaciones aéreas con una
coordinación efectiva.
101 Dirección General de Aeronáutica Civil
GRACIAS
Ing. Pablo Carranza Plata
DIRECTOR DE INGENIERÍA NORMAS Y CERTIFICACIÓN
Direccion General de Aeronáutica Civil
AHORA
DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE AVIACIÓN
e-mail: [email protected]
Tel. 57239300 Ext. 18070
Blvd. Adolfo López Mateos Núm. 1990 – 2°piso.
Col. los Alpes Tlacopac