RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
Lima, 0 7 OCT 2015
N2 2g -2015-SERVIR-PE
Visto; el Informe N° 25-2015-SERVIR/GDCRSC de la Gerencia de Desarrollo de
Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Decreto Legislativo Nº
1023, la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR es el órgano rector del Sistema
Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;
Que, conforme al literal a) del artículo 102 del Decreto Legislativo N2 1023, es
función, entre otras, de SERVIR, planificar y formular las políticas nacionales en temas
de capacitación y evaluación en el servicio civil;
Que, mediante Decreto Legislativo N2 1025 se aprueban las normas de
capacitación y rendimiento para el sector público con la finalidad de regular la
capacitación y evaluación de las personas al servicio del Estado, correspondiéndole a
SERVIR la función de planificar, desarrollar, así como gestionar y evaluar la política de
capacitación para el sector público;
Que, el artículo 13° del Reglamento de la Ley del Servicio Civil, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establece que: "(...) La planificación de
la capacitación de los entes rectores sirve de base para la planificación de la formación
laboral de los operadores de dichos sistemas en el sector público. Se elaboran a partir
de los resultados de los diagnósticos que realizan en coordinación con SERVIR, usando
los lineamientos emitidos por este u otras metodologías definidas por el ente rector del
sistema administrativo o funcional";
(z,
á Que, mediante Informe N° 25-2015-SERVIR/GDCRSC, la Gerencia de Desarrollo
de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, órgano encargado del subsistema de
desarrollo de capacidades, ha propuesto la Directiva que regula el desarrollo del
diagnóstico de conocimientos de las personas al servicio del Estado en el Sistema
Administrativo de Contabilidad;
Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N2 58-2010-SERVIR/PE se aprobó
la Directiva Nº 001-2010-SERVIR/GDCR "Directiva que regula el desarrollo de los
diagnósticos de conocimientos de las personas al servicio del Estado de los Sistemas
Administrativos del Estado";
JUAN ente Ejecutivo
DAD NACIONAL DEL ERVIC}O CIVIL
N
Que, en el marco de sus funciones, el Consejo Directivo mediante Sesión N° 35-
2015 acordó aprobar la Directiva presentada por la Gerencia de Desarrollo de
Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, encargando a la Presidencia Ejecutiva
emitir la Resolución correspondiente;
Con los vistos de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de
Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en el Reglamento de Organización y
Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil aprobado mediante Decreto
Supremo N° 062-2008-PCM y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar la Directiva que regula el desarrollo del diagnóstico de
conocimientos de las personas al servicio del Estado en el Sistema Administrativo de
Contabilidad y tres anexos; los cuales forman parte de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario
oficial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe), y de la
Directiva en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe).
Regístrese, comuníquesee ublíquese. #
Cc
DIRECTIVA QUE REGULA EL DESARROLLO DEL DIAGNÓSTICO DE CONOCIMIENTOS DE LAS
PERSONAS AL SERVICIO DEL ESTADO EN EL SISTEMA ADMINISTRATIVO DE CONTABILIDAD
I. OBJETO
Disponer la realización del Diagnóstico de Conocimientos de los operadores del Sistema
Administrativo de Contabilidad, con el fin de orientar las estrategias de capacitación a las
necesidades evidenciadas a través de los resultados del Diagnóstico, contribuyendo así, a la
mejora del funcionamiento del Sistema Administrativo y a la eficiencia del gasto destinado a
capacitación.
El Diagnóstico de Conocimientos se realiza en coordinación con la Dirección General de
Contabilidad Pública — como ente rector del Sistema Administrativo de Contabilidad y sobre la
base de lo establecido en la directiva N° 001-2010-SERVIR/GDCRSC
II. BASE LEGAL
- Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad.
Decreto Legislativo Nº 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, como
Organismo Técnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos
Humanos.
Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y
Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil y sus modificatorias.
- Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 058-2010-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva Nº
001-2010-SERVIR/GDCR, que regula el desarrollo del Diagnóstico de Conocimientos de las
personas que prestan servicios en los Sistemas Administrativos del Estado.
Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su reglamento.
- Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 100-2015-SERVIR-PE que aprueba la Directiva N° 001-
2015-SERVIR/GPGSC "Familias de puestos y roles y Manual de Puestos Tipo (MPT) aplicables
al régimen del servicio civil"; así como, el "Catálogo de Puestos Tipo", que forma parte
integrante del Manual de Puestos Tipo (MPT).
III. ALCANCE
La presente Directiva es de aplicación y cumplimiento de la Autoridad Nacional del Servicio Civil,
en adelante SERVIR, en su calidad de ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de
Recursos Humanos del Estado, así como de los responsables de las Oficinas de Recursos
Humanos de las entidades públicas.
Asimismo, es de aplicación y cumplimento de la Dirección General de Contabilidad Pública —
DGCP, como ente rector del Sistema Administrativo de Contabilidad que solicita un Diagnóstico
de Conocimientos; así como de los operadores de las oficinas de Contabilidad en las entidades
públicas de los tres niveles de gobierno.
Finalmente es de aplicación y cumplimiento de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y
Rendimiento del Servicio Civil, como responsable de la implementación de políticas de
1
desarrollo de capacidades y de gestión de rendimiento, siendo además el órgano de línea
responsable en SERVIR del planeamiento y realización del Diagnóstico de Conocimientos.
IV. CARACTERÍSTICAS GENERALES
El Diagnóstico de Conocimientos tiene como finalidad obtener información de las características
más relevantes de los operadores; medir la brecha de conocimientos existente, definida como la
diferencia entre aquello que los operadores del Sistema Administrativo de Contabilidad
deberían conocer para un mejor desempeño de sus funciones y lo que conocen actualmente; y,
de manera conjunta con la Dirección General de Contabilidad Pública, definir estrategias de
capacitación orientadas a atender las necesidades que se identifiquen.
Las características del Diagnóstico de Conocimientos son:
• Universalidad: se aplica a todos los operadores de las entidades con quienes la Dirección
General de Contabilidad Pública mantiene relación técnico normativa.
• Pertinencia: se miden los conocimientos específicos y necesarios para desempeñar las
funciones que contribuyen al correcto funcionamiento de los procesos del Sistema
Administrativo de Contabilidad.
• Transparencia: el proceso garantiza la transparencia de sus resultados, a fin de que permita
construir confianza y reputación sobre el proceso de fortalecimiento del Servicio Civil.
• Objetividad: las evaluaciones miden los conocimientos específicos y necesarios para que
cada operador del sistema realice las funciones asignadas de manera óptima. No se
evaluarán conocimientos distintos a aquellos necesarios para cumplir eficaz y
eficientemente con las funciones asignadas.
• Eficiencia: el proceso será sencillo, accesible y eficiente, puesto que el desarrollo de las
evaluaciones se soportará en las tecnologías de información y comunicación (TIC).
. PROCEDIMIENTO PARA IMPLEMENTAR EL DIAGNÓSTICO DE CONOCIMIENTOS DE LAS
PERSONAS AL SERVICIO DEL ESTADO DEL SISTEMA ADMINISTRATIVO DE CONTABILIDAD
5.1 El Censo de los operadores del Sistema Administrativo de Contabilidad, en los tres niveles de
gobierno, incluye a todos los operadores que intervienen directamente en el registro,
procesamiento y presentación de información contable.
El Censo se realiza en tres etapas:
o Registro de Responsable, que comprende el registro y envío de los datos
básicos iniciales del operador responsable del censo (Director General, Director,
Jefe o responsable de la oficina de Contabilidad, o el que haga sus veces), según
la información que se consigna en el Anexo 1. En esta etapa se recurre a
diversas fuentes.
o Censo de Responsables y Registro de Operadores, actividad que es realizada
por el Responsable del Censo de cada entidad. Comprende dos actividades: en
primer lugar el registro y envío de sus datos, según la información que se
consigna en el Anexo 2; en segundo lugar el registro y envío de los datos básicos
iniciales de los operadores que tiene a su cargo, según la información que se
consigna en los Anexos 2 y 3.
2
o Censo de Operadores, actividad que es realizada por todos los operadores del
sistema, excepto quienes están en el grupo de responsables del censo.
Comprende el registro y envío de sus datos, según la información que se
consigna en el Anexo 2.
SERVIR pone a disposición de los operadores del Sistema los aplicativos en línea para el
registro y censo de los operadores a través del portal institucional de SERVIR', comunicando
oportunamente vía correo electrónico la ruta de acceso, usuario y contraseña.
5.2 SERVIR publica en su portal institucional la información de las funciones que formarán parte
de la evaluación, así como las fechas e indicaciones específicas relativas a la evaluación.
5.3 SERVIR atiende oportunamente las consultas relativas al proceso de Diagnóstico de
Conocimientos que se remitan al correo electrónico [email protected]
5.4 Los operadores del Sistema Administrativo de Contabilidad registrados y censados deben
rendir la evaluación en línea mediante el aplicativo publicado en el Portal de SERVIR. Para tal
efecto, SERVIR les recordará oportunamente, vía correo electrónico, las funciones con las
que fueron registrados, así como la ruta de acceso, usuario y contraseña del aplicativo.
5.5 La Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil evalúa e
implementa de acuerdo con su disponibilidad, las acciones necesarias para posibilitar la
aplicación de la evaluación en aquellos ámbitos en los cuales, exista dificultades y/o
carencias tecnológicas que puedan impedir, dificultar o restringir, el acceso de la evaluación.
VI. ROLES DE LOS ACTORES EN EL DIAGNÓSTICO DE CONOCIMIENTOS
6.1 La Dirección General de Contabilidad Pública, cumple los siguientes roles:
• Definir de manera conjunta con SERVIR las funciones de sus operadores y validarlas,
sobre la base del Manual de Puestos Tipo que se incluyen en la Directiva N° 001-2015-
SERVIR/GPGSC aprobada mediante RPE N° 100-2015-SERVIR-PE.
• Participar activamente en la elaboración y revisión del banco de preguntas que se
utilizará para la evaluación.
• Disponer la participación de sus operadores en el Diagnóstico de Conocimientos.
• Proveer de información (base de datos) de los responsables y operadores de
contabilidad, para facilitar la realización del Diagnóstico de Conocimientos.
• Difundir la realización del Diagnóstico de Conocimientos, a través de diferentes medios:
comunicados, correos, publicaciones, entre otros.
• Establecer estrategias de capacitación a sus operadores, a partir de planes elaborados en
coordinación con SERVIR, tomando como insumo los resultados obtenidos en el
Diagnóstico de Conocimientos.
6.2 El titular de la entidades públicas cumple los siguientes roles:
1 www.servir.gob.pe
3
• Disponer y brindar las facilidades al Responsable de Recursos Humanos en su entidad,
para que haga monitoreo y supervise el registro y censo según los aplicativos que para tal
efecto pondrá a disposición SERVIR.
• Disponer y brindar las facilidades al Responsable del Censo en su entidad, para que
proceda con el registro y censo según los aplicativos que para tal efecto pondrá a
disposición SERVIR.
• Disponer y brindar las facilidades a los operadores en su entidad, para que completen
información personal del censo, según los aplicativos que para tal efecto pondrá a
disposición SERVIR.
• Disponer que los responsables y operadores del Sistema Administrativo de Contabilidad,
rindan la prueba en la fecha y términos establecidos por SERVIR, autorizando las
facilidades del caso, cuando dicha evaluación se realice dentro de la jornada de trabajo.
6.3 Los responsables de las oficinas de Recursos Humanos cumple los siguientes roles:
• Proporcionar a SERVIR los datos básicos iniciales (DNI, correo electrónico personal e
institucional y número telefónico de contacto) del Responsable del Censo, cuando se le
solicite
• Supervisar el registro del Responsable del Censo, en las fechas establecidas.
• Supervisar el censo de los operadores del Sistema Administrativo de Contabilidad de su
entidad, en las fechas establecidas para tal fin.
• Verificar que el responsable y los operadores del Sistema Administrativo de Contabilidad
de su entidad rindan la evaluación en la fecha y en los términos establecidos por SERVIR.
• Informar al titular de su entidad respecto al cumplimiento del registro, censo y
evaluación.
• Proponer se incorpore en el Plan de Desarrollo de las Personas de la entidad las
necesidades de capacitación identificadas en el Diagnóstico de Conocimientos de sus
operadores.
6.4 El Jefe o responsable de Contabilidad, o el que haga sus veces, en las entidades públicas
tiene como obligación:
• Registrarse en el aplicativo de Registro del Responsable del Censo a través del Portal de
SERVIR. El acceso, usuario y contraseña para el aplicativo serán comunicados por SERVIR
al correo electrónico brindado por la Oficina de recursos humanos de su entidad, o por el
ente rector del sistema.
• Registrar a los operadores del Sistema Administrativo de Contabilidad de su entidad, en
lo referente a los datos básicos iniciales (DNI, correo electrónico personal e institucional
y número telefónico de contacto- fijo y celular) y las funciones que realizan, en las fechas
y términos establecidos por SERVIR.
• Disponer y brindar las facilidades a los operadores bajo su cargo, para que completen la
información personal que contempla el censo, según los aplicativos que para tal efecto
pondrá a disposición SERVIR.
• Supervisar que los operadores completen la información dentro de los plazos
establecidos por SERVIR.
4
• Participar en el Diagnóstico de Conocimientos en las fechas, plazos y términos
establecidos por SERVIR.
• Utilizar de forma personal el usuario y contraseña que se le asigne, para rendir la
evaluación en línea.
• Mostrar probidad y profesionalismo en el Diagnóstico de Conocimientos, conforme a lo
establecido en el Artículo 6 numeral 2 de la Ley del Código de Ética de la Función Pública.
• Coordinar para que los operadores de contabilidad en su entidad participen en el
Diagnóstico de Conocimientos, en las fechas y términos establecidos por SERVIR.
6.5 Los operadores del Sistema Administrativo de Contabilidad, deben:
• Completar la información personal que contempla el censo, según los aplicativos que
para tal efecto pondrá a disposición SERVIR.
• El acceso, usuario y contraseña para el aplicativo serán comunicados al propio operador
al correo electrónico registrado por el responsable. Esta comunicación se efectuará
después de que el responsable haya concluido con su registro , el ingreso de los datos de
contacto y las funciones que realiza cada uno de sus operadores.
• Participar en el Diagnóstico de Conocimientos en las fechas, plazos y términos
establecidos por SERVIR.
• Utilizar de forma personal el usuario y contraseña que se le asigne, para rendir la
evaluación en línea.
• Mostrar probidad y profesionalismo en el Diagnóstico de Conocimientos, conforme a lo
establecido en el Artículo 6 numeral 2 de la Ley del Código de Ética de la Función Pública.
6.6 SERVIR, en su calidad de ente rector del Sistema de Gestión de Recursos Humanos, cumple
los siguientes roles:
• Coordinar con la Dirección General de Contabilidad Pública, las áreas temáticas que
formarán parte del Diagnóstico de Conocimientos, de acuerdo a las funciones
identificadas.
• Desarrollar el banco de preguntas con la participación de expertos.
• Implementar el Diagnóstico de Conocimientos, en todos sus procesos.
• Proveer de la plataforma tecnológica como soporte al proceso del Diagnóstico de
Conocimientos.
• Proporcionar los usuarios y contraseñas al Responsable del Censo y operadores del
Sistema Administrativo de Contabilidad censados.
• Absolver las consultas de los operadores, responsables e interesados durante el proceso
del Diagnóstico de Conocimientos.
• Desarrollar el monitoreo y supervisión del proceso durante la realización del Diagnóstico.
• Sistematizar y publicar los resultados del Diagnóstico de Conocimientos.
• Difundir los resultados generales del diagnóstico de conocimientos, comunicando a:
o La Dirección General de Contabilidad Pública, en su calidad de órgano técnico
especializado encargado de promover el cumplimiento del registro sistemático
de la totalidad de los hechos financieros y económicos del Estado peruano, y
como ente rector del Sistema Administrativo de Contabilidad.
5
o Las entidades públicas a las cuales pertenecen los operadores.
o Los operadores del Sistema Administrativo de Contabilidad que participen en el
Diagnóstico de Conocimientos.
o Al público en general, a través del Portal de SERVIR.
VII. PLAZOS
7.1 El Diagnóstico de los operadores del Sistema Administrativo se realizará según el cronograma
elaborado y aprobado por la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del
Servicio Civil de SERVIR en coordinación con la Dirección General de Contabilidad Pública.
7.2 El Censo se realiza en tres etapas:
o Registro del responsable, entre el 14 de octubre y 20 de octubre de 2015
o Censo de Responsables y Registro de Operadores, entre el 19 de octubre y 30 de
octubre de 2015
o Censo de Operadores, entre el 2 de noviembre y 12 de noviembre de 2015
7.3 SERVIR publicará en su portal institucional la información relativa al proceso del Diagnóstico
de Conocimientos, necesaria para la participación de los operadores del Sistema
Administrativo de Contabilidad.
7.4 La aplicación del Diagnóstico de Conocimientos a los operadores del Sistema Administrativo
Contabilidad se realizará en la semana del 30 de noviembre al 4 de diciembre de 2015. Se
brindará mayor detalle sobre los días, el horario y la duración de la evaluación, a través del
portal de SERVIR. Además, se enviará la información correspondiente a cada uno de los
operadores censados, mediante correos electrónicos.
VIII. DISPOSICIONES FINALES
Los resultados de la evaluación se comunicarán a cada operador que participe del Diagnóstico
de Conocimientos, a las entidades donde laboran y a la Dirección General de Contabilidad
Pública. Asimismo, se publicarán los resultados consolidados del Diagnóstico de Conocimientos,
a través del Portal de SERVIR.
Los resultados de los Diagnósticos tienen como finalidad obtener información de las
características más relevantes de los operadores, medir las brechas de conocimientos y orientar
las estrategias de capacitación de acuerdo a las necesidades que se identifiquen. En ese sentido,
bajo ningún supuesto, equivalen a los resultados de la evaluación del desempeño que establece
la Ley del Servicio Civil.
6
ANEXO 01
REGISTRO DE RESPONSABLE DE CONTABILIDAD
El CONECTAMEF registrará a cada uno de los responsables del censo de las entidades que
asesoran, a través del Aplicativo de Diagnóstico de Conocimientos con la siguiente información
Básicos del Responsable de Contabilidad iii iiiiikatos
DNI Manual
Nombre RENIEC
Apellido Paterno RENIEC
Apellido Materno RENIEC
Nombre de la Entidad OPCIÓN
Nivel de Gobierno de la Entidad OPCION `Ir
Sector OPCIÓN
Pliego OPCIÓN
Departamento OPCION V
Provincia OPCION V
Distrito OPCIÓN V
Correo Electrónico Personal Manual
Correo Electrónico Institucional Manual
Celular Manual
Teléfono Manual
Tipo Opción
Anexo Manual
ANEXO 02
CENSO DE RESPONSABLES Y DE OPERADORES DEL SISTEMA ADMINISTRATIVO DE
CONTABILIDAD
DNI - —
Predefinido
Nombres Predefinido
Apellido Paterno Predefinido
Apellido Materno Predefinido
Género Predefinido
Fecha de nacimiento Predefinido
Teléfono Predefinido/habilitado
Tipo Predefinido/habilitado
Anexo Predefinido/habilitado
Celular Predefinido/habilitado
Correo Electrónico Personal Predefinido
Correo Electrónico Institucional Manual
¿Cuál es su régimen laboral o modalidad contractual? Opción y Nombre del puesto que ocupa Manual
Perfil (descripción del perfil) Opción
¿El Responsable de la Oficina de Contabilidad desarrolla funciones exclusivamente para
el área Contable?
Opción Y
Qué otras funciones realiza su área en relación con los demás sistemas administrativos
del Estado Selección múltiple
.,...., • Estudios en General
Estudios Opción
¿Usted concluyó este nivel de estudios? Opción V
¿Cuál es su profesión? Opción
Especificar profesión
¿En qué universidad estudió?
Manual
Opción ny
Especificar universidad Manual
¿Cuál es su grado/situación académica universitaria? Opción
Modalidad
¿Ha realizado estudios de maestría?
Opción
Opción
V
V
¿Cuál es el grado/situación académica en la maestría? Opción -
¿La Universidad donde estudió su maestría es nacional o extranjera? Opción nr ¿En qué universidad realizó su maestría? Opción
Especificar universidad Manual
Modalidad
¿Ha realizado estudios de doctorado?
Opción
Opción
Vr
-
¿Cuál es el grado/situación académica en el doctorado? Manual
¿La Universidad donde estudió su doctorado es nacional o extranjera? Opción y
¿En qué universidad realizó el doctorado? Manual
Especificar universidad Manual
Modalidad
¿Tiene alguna especialización en Contabilidad Pública?
Opción
Opción
\I
'W
¿Qué tipo de especialización tiene? Opción NI
Especifique la especialización Manual
¿Cuantas horas tiene su especialización?
Años de experiencia laboral general (sector público y privado) desde que concluyó los
estudios Opción
Opción Y
Años de experiencia en el sector público en Contabilidad Opción Nir
Años de permanencia en el puesto actual Opción V Lengua Materna Opción V
Quien te brinda orientación técnica-normativa ante tus dudas o consultas sobre el
sistema administrativo de contabilidad Selección múltiple
Quien? Manual
Tiene asignada una computadora en su estación de trabajo Opción
Tiene acceso a internet en forma permanentemente Opción
ANEXO 03
INFORMACIÓN BÁSICA DE LOS OPERADORES DE CONTABILIDAD
Esta información debe ser registrada por el Responsable de Contabilidad de la Entidad, luego
cada operador deberá de completar la información del (Anexo 02) en el aplicativo de
Diagnóstico de Conocimientos
Datos Bá ic s-o •er ores ae ma ne Contabilidad _
Manual DNI
Nombre RENIEC
Apellido Paterno RENIEC
Apellido Materno RENIEC
Correo Electrónico Personal Manual
Correo Electrónico Institucional Manual
Celular Manual
Teléfono Manual
Tipo Opción
Anexo Manual
Perfil (descripción del perfil) Opción
Funciones Selección
IL»,-,...».----, 2-...........- -.. FunciOnes: .ii
F1: Función 01 Selección
F2: Función 02 Selección
F3: Función 03 Selección
F4: Función 04 Selección
F5: Función 05 Selección
F6: Función 06 Selección
F7: Función 07 Selección
F8: Función 08 Selección
F9: Función 09 Selección
F10: Función 10 Selección
F11: Función 11 Selección
F12: Función 12 Selección
F13: Función 13 Selección
F14: Función 14 Selección
F15: Función 15 Selección
F16: Función 16 Selección
F17: Función 17 Selección
F18: Función 18 Selección
F19: Función 19 Selección
F20: Función 20 Selección
F21: Función 21 Selección
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