PROCEDIMIENTO PARA LA
CONTRATACIÓN DE LA CAMPAÑA
GRÁFICA DE SENSIBILIZACIÓN DEL
AYUNTAMIENTO DE BURGOS SOBRE
MICROMACHISMOS
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado por el Consejo de
Administración de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de
Oportunidades del Ayuntamiento de Burgos en sesión de fecha 21 de noviembre de 2016
Página 2 de 19
ÍNDICE
1.- OBJETO DEL CONTRATO 2. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN 3. PRESUPUESTO. 4.-TIPOS DE LICITACIÓN. 5.- DURACIÓN DEL CONTRATO 6. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN 7. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS 7.1.- CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS: 7.1.1.- Proyecto técnico hasta 40 puntos, que se distribuirán de la siguiente manera: 7.2. CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS:
7.2.1. Oferta económica hasta 60,00 puntos.
7.3.- CONSIDERACIÓN DEL CARÁCTER DE OFERTAS ANORMALES O DESPROPORCIONADAS:
8.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES 9.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES SOBRE A: Documentos acreditativos de la personalidad del licitador y acreditación de la solvencia económica y técnica de los licitadores. SOBRE B: Este sobre contendrá la documentación técnica adaptada a lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, que sea susceptible de ser evaluada mediante un juicio de valor SOBRE C: Oferta económica 10. ABONOS AL CONTRATISTA 11. REVISIÓN DE PRECIOS 12. MODIFICACIONES 13. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN 14. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO 15.- FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO 16.- INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO a) Son incumplimientos leves: b) Son incumplimientos graves: c) Son incumplimientos muy graves: 17. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO MODELO DE PROPOSICIÓN M O D E L O I: Declaración responsable de hallarse al corriente de todas las obligaciones tributarias. M O D E LO II: Declaración responsable de hallarse al corriente de todas las obligaciones de Seguridad Social. M O D E L O III Declaración responsable de no hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad para contratar con las Administraciones Públicas previstas en la legislación vigente. MODELO IV: Declaración responsable de no alteración de los datos anotados en el Registro de licitadores del Excmo. Ayuntamiento de Burgos MODELO V: Autorización para la cesión de información relativa a obligaciones tributarias con el Estado. MODELO VI: Autorización para la notificación vía electrónica.
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado por el Consejo de
Administración de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de
Oportunidades del Ayuntamiento de Burgos en sesión de fecha 21 de noviembre de 2016
Página 3 de 19
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA
CONTRATACIÓN DE LA CAMPAÑA GRÁFICA DE SENSIBILIZACIÓN DEL
AYUNTAMIENTO DE BURGOS SOBRE MICROMACHISMOS
1.- OBJETO DEL CONTRATO
El objeto de la presente contratación es la contratación de la campaña gráfica de sensibilización
del Ayuntamiento de Burgos sobre micromachismos, tal y como se describe en el Pliego de
Prescripciones Técnicas.
2. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
El órgano de contratación es la Sra. Presidenta de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales,
Juventud e Igualdad de Oportunidades, en virtud del Decreto del Sr. Alcalde de 16 de junio de
2015 de delegación de competencias en los Titulares de Área, así como lo dispuesto en los
Estatutos de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades
aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión de fecha 7 de marzo de 2005 y publicado en el
BOP nº 125 de fecha 4 de julio de 2005.
3. PRESUPUESTO.
El presupuesto máximo fijado para este contrato de servicios, será de 8.000,00 €, IVA incluido.
El abono de este contrato de servicios se realizará con cargo a la partida del
Presupuesto Municipal arriba recogida.
4.-TIPOS DE LICITACIÓN.
En los tipos de licitación descritos, se consideran incluidos los costes de la organización técnico-
empresarial, los servicios y material para su ejecución, así como la entrega de los mismos en las
dependencias municipales que se indique; gastos generales, financieros e impuestos, así como
el beneficio industrial.
El tipo base de licitación es de 6.611,57 €/año, I.V.A. (21%) no incluido.
Presupuesto Excluido IVA
PRESUPUESTO TOTAL
(incluido 21 % IVA) (€)
APLICACIONES PRESUPUESTARIAS
2016
6.611,57 € 8.000,00 € RC
Tipo Base de Licitación PRECIO (Excluido IVA)
PORCENTAJE DEL IVA (%)
PRECIO TOTAL (incluido IVA)
6.611,57 € 21 % 8.000,00 €
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado por el Consejo de
Administración de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de
Oportunidades del Ayuntamiento de Burgos en sesión de fecha 21 de noviembre de 2016
Página 4 de 19
5.- DURACIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato se considerará ejecutado cuando se presenten los materiales establecidos
en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
6. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
La presente contratación tiene naturaleza administrativa. La adjudicación se efectuará por
procedimiento de contrato menor, a la proposición más ventajosa sin atender
exclusivamente al valor económico de la misma, y sin perjuicio del derecho de la Administración
a declarar desierto el concurso.
7. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
Los criterios de valoración aprobados para la resolución del presente procedimiento, son los
señalados a continuación. La diferente documentación se incluirá en los sobres que se indican.
7.1.- CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS:
7.1.1.- Proyecto técnico hasta 40 puntos, que se distribuirán de la siguiente manera:
En cuanto a los criterios no económicos de valoración de ofertas, dentro del proyecto de la campaña presentado, se atenderá a los siguientes criterios y puntuación (hasta un máximo de 40 puntos):
CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE
FÓRMULAS
FORMA DE VALORACIÓN PONDERACIÓN
Identificación de la campaña con los objetivos y
características definidos en el PPTP
Grado de ajuste al criterio anteriormente definido
De 0 a 4 puntos.
Claridad del mensaje/ de los mensajes y capacidad de
sensibilización.
Grado de ajuste al criterio anteriormente definido
De 0 a 4 puntos.
Originalidad, creatividad y capacidad para ser distinguida, reconocida y recordada por la
ciudadanía en general y la población juvenil en particular.
Grado de ajuste al criterio anteriormente definido
De 0 a 4 puntos.
Desarrollo gráfico y digital de la campaña. Enumeración y
descripción de los distintos soportes donde estará presente
la campaña
Grado de ajuste al criterio anteriormente definido
De 0 a 8 puntos.
Plan de comunicación y difusión de campaña y
estrategias para su divulgación
Grado de ajuste al criterio anteriormente definido
De 0 a 8 puntos.
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado por el Consejo de
Administración de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de
Oportunidades del Ayuntamiento de Burgos en sesión de fecha 21 de noviembre de 2016
Página 5 de 19
Desarrollo de la campaña: temporalización, coordinación y coherencia entre las diferentes
piezas y/o mensajes de la campaña y adecuación de los
productos, acciones y/o materiales que componen la
campaña.
Grado de ajuste al criterio anteriormente definido
De 0 a 4 puntos.
Modelo de evaluación del impacto de la campaña
Grado de ajuste al criterio anteriormente definido
De 0 a 4 puntos.
Atención a la diversidad Grado de ajuste al criterio anteriormente definido
De 0 a 4 puntos.
TOTAL: PROYECTO TÉCNICO hasta 40 puntos. La documentación de todo el proyecto de intervención se incluye en el Sobre B.
La extensión del proyecto técnico, en el que se incluyen todos los indicadores arriba descritos,
no podrá superar un máximo de 20 páginas. El incumplimiento de esta condición, podrá
suponer la no valoración del proyecto.
TOTAL DE PUNTOS POSIBLES OBTENIDOS A TRAVÉS DE CRITERIOS NO
EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS........40,00 PUNTOS
7.2. CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS:
7.2.1. Oferta económica hasta 60,00 puntos.
El licitador que realice la mayor baja del tipo base de licitación, sin incurrir en temeridad,
obtendrá la máxima puntuación. Dicha oferta económica se calculará de acuerdo con la
siguiente fórmula:
maxPiOf
xOfPi •=
Siendo Pi : Puntuación correspondiente al licitador i
iOf : Oferta económica realizada por el licitador i para el que se calcula la puntuación Pi
xOf : La Oferta económica más barata que no incurre en temeridad
maxP : La puntuación máxima por el criterio del Precio.
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS
FORMA DE VALORACIÓN PONDERACIÓN
Oferta económica Aplicación de la fórmula arriba expuesta
De 0 a 60 puntos
El modelo de oferta económica se introduce en el Sobre C
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado por el Consejo de
Administración de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de
Oportunidades del Ayuntamiento de Burgos en sesión de fecha 21 de noviembre de 2016
Página 6 de 19
TOTAL DE PUNTOS POSIBLES OBTENIDOS A TRAVÉS DE CRITERIOS
EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS........60 PUNTOS DE LA OFERTA ECONÓMICA.
PUNTUACIÓN MÁXIMA TOTAL DE AMBOS CRITERIOS 40 PUNTOS + 60
PUNTOS.................100 PUNTOS.
7.3.- CONSIDERACIÓN DEL CARÁCTER DE OFERTAS ANORMALES O
DESPROPORCIONADAS:
Se considerarán en principio, a resultas de lo que resuelva la mesa de contratación,
desproporcionadas o temerarias las ofertas que tengan tal consideración de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. Las ofertas
desproporcionadas o temerarias que sean admitidas, previo trámite en los términos señalados
en el art. 152.3 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, recibirán la máxima puntuación.
8.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Las proposiciones para licitar se presentarán en mano en sobre cerrado y firmado por el
licitador o persona que lo represente en la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e
Igualdad de Oportunidades, sita en calle San Juan, nº 2 (Primera Planta), hasta las 14:00 horas
del día 16 de diciembre de 2016, sobre que deberá ser lacrado o precintado, figurando la
inscripción general siguiente en su anverso: PROPOSICIÓN PARA OPTAR A LA
CONTRATACIÓN DE LA CAMPAÑA GRÁFICA DE SENSIBILIZACIÓN DEL
AYUNTAMIENTO DE BURGOS SOBRE MICROMACHISMOS. Si dicho día coincidiera en
sábado o festivo, el plazo de presentación de las proposiciones se prorrogará hasta el siguiente
día hábil. Entregada y admitida la proposición no podrá ser retirada por el licitador, salvo causas
justificadas, ni éste podrá presentar ninguna otra, ya sea individualmente o en unión temporal
con otras empresas, o figurar en más de una unión temporal. El incumplimiento de lo anterior
dará lugar a la desestimación de todas las proposiciones presentadas por el mismo. La
presentación de proposiciones supone por parte del licitador la aceptación expresa de las
cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las
condiciones para contratar.
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado por el Consejo de
Administración de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de
Oportunidades del Ayuntamiento de Burgos en sesión de fecha 21 de noviembre de 2016
Página 7 de 19
9.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
SOBRE A: Documentos acreditativos de la personalidad del licitador y acreditación de la
solvencia económica y técnica de los licitadores, que acompañará la siguiente documentación:
1) Los licitadores deberán acreditar su personalidad jurídica y capacidad de obrar.
a) Si el licitador es persona jurídica, deberán justificar que el objeto social de la entidad
comprende el desarrollo de las actividades que constituyen el objeto del contrato al que
concurren. Para ello, se requerirá la presentación de Escritura de constitución o modificación,
debidamente inscrita en su caso en el Registro Mercantil, cuando este requisito sea exigible
conforma a la Legislación Mercantil que le sea aplicable.
Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante escritura o
documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional en el que constaren
las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente
Registro oficial.
b) Para los licitadores personas físicas será obligatoria la presentación del DNI. o fotocopia
compulsada o autenticada del firmante de la proposición.
2) En todo caso, (se trate de personas físicas o jurídicas) se exigirá fotocopia compulsada o
autenticada del D.N.I. del firmante de la proposición.
3) Poder notarial que acredite la representación de la persona jurídica.
4) Si varias empresas acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de los
empresarios que la componen, deberán aportar los documentos acreditativos de su
personalidad, capacidad de obrar y demás exigidos en el presente Pliego. En el escrito de
proposición indicarán los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la
participación de cada uno de ellos en la unión, y la persona o entidad que durante la vigencia
del contrato ha de ostentar la representación de todos ellos frente a la Administración; si la
unión se compone de empresas españolas y extranjeras ésta ha de ser española.
Si el contrato se adjudicara a la unión temporal deberá acreditar la constitución de la misma, en
Escritura pública, en el plazo máximo de un mes a contar desde la notificación del acuerdo de
adjudicación. Dichos empresarios quedarán solidariamente obligados ante la Administración. La
falta de documentación completa de cualquiera de las empresas agrupadas o de algunos de los
restantes requisitos dará lugar a la desestimación de la agrupación y de los miembros que la
integran como licitadores.
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado por el Consejo de
Administración de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de
Oportunidades del Ayuntamiento de Burgos en sesión de fecha 21 de noviembre de 2016
Página 8 de 19
5) Declaración expresa y responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de
Seguridad Social (modelo I y II de este Pliego).
6) Declaración responsable de no estar incursos en ninguna de las causas de prohibición de
contratar establecidas en el art. 60 del TR de la Ley de Contratos del Sector Público (modelo III
de este Pliego). Los licitadores no deberán estar incursos en ninguna de las causas de
prohibición de contratar establecidas en el art. 60 del TR de la Ley de Contratos del Sector
Público en la fecha de conclusión de presentaciones cuando se aplique el procedimiento abierto.
7) Los empresarios que se hallen inscritos en el Registro de Licitadores del Ayuntamiento
de Burgos podrán sustituir toda esta documentación por el Certificado que acredite que se
hallan debidamente inscritos en dicho Registro, emitido por el Secretario General del
Ayuntamiento.
En caso de que el licitador presente Certificado de estar inscrito en el Registro de licitadores,
deberá acompañarse al mismo una declaración responsable en la que manifieste que las
circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (modelo IV).
Toda esta documentación se acompañará en originales o en fotocopias a compulsar con éstos
por el Ayuntamiento o autenticadas por Notario. Adjudicado el contrato y transcurrido los plazos
para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, los licitadores deberán recoger
la documentación, destruyéndose en caso contrario.
8) Se acreditará la solvencia económica y financiera del licitador, mediante la presentación de
alguno de los documentos recogidos en el art. 75. del TR de la Ley de Contratos del Sector
Público.
9) La solvencia técnica o profesional del empresario, regulada en el art. 78 del TR de la Ley de
Contratos del
Sector Público se acreditará mediante la presentación de la siguiente documentación:
Relación de los principales servicios o trabajos realizados por la empresa individual o sociedad a
la que represente, en los dos últimos años, relacionados con la ejecución del contrato, que
incluya importe, fechas y destinatario -público o privado- de los mismos. Extensión máxima de
dos páginas.
10.-) Autorización para la cesión de información relativa a obligaciones tributarias con el Estado
(Modelo V de este Pliego)
11) Declaración responsable de comunicación a través de vía electrónica (Modelo VI de este
Pliego)
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado por el Consejo de
Administración de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de
Oportunidades del Ayuntamiento de Burgos en sesión de fecha 21 de noviembre de 2016
Página 9 de 19
No se exigirá a los Sres. Licitadores constituir garantía provisional, según lo establecido en
la Circular de Hacienda y Contratación de 29 de abril de 2009.
SOBRE B: Este sobre contendrá la documentación técnica adaptada a lo establecido en el
Pliego de Prescripciones Técnicas, que sea susceptible de ser evaluada mediante un juicio de
valor:
En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido.
Deberá contener los siguientes documentos:
• Los documentos integrantes del Proyecto técnico, que permitan valorar la proposición
de acuerdo con los criterios de adjudicación dependientes de un juicio de valor, es decir, no
evaluables mediante la mera aplicación de fórmulas, ni apreciación directa, que están indicados
en el apartado 7.1.1 (Proyecto técnico) de este Pliego.
• Modelo tipo de la imagen y diseño de los materiales objeto del contrato (díptico,
tríptico, cartel, etc…) adaptada a las necesidades de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales,
Juventud e Igualdad de Oportunidades y a su imagen corporativa municipal.
• Cualquier otra documentación que se determine en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Los Sres. Licitadores presentarán el SOBRE B, perfectamente identificado en su exterior.
SOBRE C: Oferta económica
En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido.
• La oferta económica se presentará de conformidad con el Modelo de Proposición que
figura al final del presente Pliego, y su valoración se realizará de acuerdo con los criterios
establecidos en el apartado 7.2.1. de este Pliego.
En todo caso, se entenderá incluidas en la misma, todos los tributos que graven los distintos
conceptos (incluido IVA.)
10. ABONOS AL CONTRATISTA
Los pagos al contratista se harán efectivos mediante la presentación de la factura
correspondiente una vez efectuados los servicios, en ella se desglosará, el importe
correspondiente a los trabajos solicitados.
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado por el Consejo de
Administración de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de
Oportunidades del Ayuntamiento de Burgos en sesión de fecha 21 de noviembre de 2016
Página 10 de 19
Las facturas deberán ser conformadas por el responsable.
11. REVISIÓN DE PRECIOS
El precio de la adjudicación no será revisable de acuerdo con lo establecido en el artículo 89 del
TR de la Ley de Contratos del Sector Público.
En el caso de que se produzcan variaciones en el IVA aplicable se producirán las adaptaciones
precisas, según la normativa fiscal vigente.
12. MODIFICACIONES
No es posible la modificación de este contrato tal y como se regula en los artículos 23.3, 111.1,
y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por R.D. Leg.
3/2011, de 14 de noviembre para el contrato menor.
13. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
No cabe la cesión del contrato, como consecuencia de lo establecido en el art. 226 del TRLCSP.
Se permite la subcontratación, como recoge el art. 227 TRLCSP, hasta un porcentaje que no
exceda del 10% del importe de adjudicación.
Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto
subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia
a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a
encomendar su realización.
El contratista deberá informar a los representantes de los trabajadores de la subcontratación,
de acuerdo con la legislación laboral.
14. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
a) Los trabajos se efectuarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el Pliego
de cláusulas administrativas particulares y prescripciones técnicas que sirven de base al
contrato y conforme a las instrucciones que en interpretación de estos diere al contratista el
Excmo. Ayuntamiento de Burgos, a través del Gabinete de Prensa.
b) El contratista será responsable de la calidad de los trabajos y servicios prestados, así como
de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones,
errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
c) El adjudicatario no podrá introducir o ejecutar modificaciones del contrato.
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado por el Consejo de
Administración de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de
Oportunidades del Ayuntamiento de Burgos en sesión de fecha 21 de noviembre de 2016
Página 11 de 19
d) El contratista viene obligado bajo su responsabilidad a cumplir lo dispuesto por la legislación
vigente respecto de los salarios mínimos, previsión y Seguridad Social y demás normativa
laboral, sin que el Ayuntamiento sea responsable de cualesquiera litigios se pudieran suscitar
entre la empresa y sus trabajadores o entre éstos y terceros. El otorgamiento del contrato, en
ningún caso, supondrá la existencia de una relación funcionarial o laboral entre el Ayuntamiento
de Burgos y el personal que se adscriba a la prestación del servicio.
e) El cumplimiento de la Ley 1/2003 de 3 de marzo sobre igualdad de oportunidades entre
mujeres y hombres en Castilla y León.
f) La empresa contratista deberá cumplir la cuota de reserva del 2% a favor de los trabajadores
discapacitados, en los términos de la Ley 13/1982 de Integración Social de Minusválidos, siendo
aplicable el R.D. 27/2000 de 14 de enero y Orden de 24 de julio del 2.000.
g) El contrato se entenderá realizado a riesgo y ventura del contratista y éste no tendrá
derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios.
h) El adjudicatario observará rigurosamente la legislación en materia de prevención laboral.
De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se
desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos
laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales, el adjudicatario deberá
acreditar por escrito antes del inicio de la actividad contratada, el cumplimiento de las
siguientes obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales:
- La evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva correspondiente a la
obra o servicios contratados.
- La formación e información en materia preventiva de los trabajadores que van a prestar
servicios en el centro de trabajo.
- Justificante de entrega de equipos de protección individual, que en su caso, fueran
necesarios.
- Compromiso de que notificarán al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del
Ayuntamiento de Burgos, de los nuevos riesgos que puedan surgir en el transcurso de la
actividad, sobre todo si son riesgos graves y si han ocurrido accidentes de trabajo durante la
actividad.
Si la empresa subcontratara parte de la obra o servicio contratado, deberá exigir a la
subcontrata los justificantes de cumplimiento de las obligaciones anteriores y entregarlos al
Ayuntamiento de Burgos. Entre las empresas contratistas y subcontratistas deberán
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado por el Consejo de
Administración de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de
Oportunidades del Ayuntamiento de Burgos en sesión de fecha 21 de noviembre de 2016
Página 12 de 19
establecerse los medios de coordinación necesarios, según lo dispuesto en el Capítulo V del
Real Decreto 171/2004 de 30 de enero.
i) El adjudicatario será responsable de la prestación del servicio objeto de adjudicación, siendo
de su cargo la organización, gestión y dirección del personal contratado al efecto, sin perjuicio
de las potestades de control y fiscalización que el Ayuntamiento se reserva.
j) El adjudicatario deberá contar con el equipamiento material y con los recursos humanos
necesarios para la realización de las prestaciones propias del Proyecto. Deberá contar con una
estructura organizativa que haga viable el cumplimiento de los compromisos adquiridos en la
adjudicación de este servicio, tanto en cuanto a la responsabilidad jurídica, técnica y
económica.
k) Así como las obligaciones generales recogidas en los artículos 305 y 307 del Texto Refundido
de la Ley de Contratos del Sector Público
l) El adjudicatario se compromete a guardar el debido sigilo y respeto, respecto de los asuntos
que conozca por razón del servicio que desempeña. Cumpliendo y haciendo cumplir a sus
empleados lo dispuesto en la L.O. 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de
Carácter Personal.
ll) Asimismo el adjudicatario asumirá las obligaciones que de forma específica vienen recogidas
en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
15.- FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO
El Ayuntamiento ostentará en todo caso, las facultades siguientes:
• El establecimiento de directrices en la programación, así como la fijación de los objetivos,
metodología y sistemas de evaluación.
• Fiscalizar la gestión del adjudicatario, a cuyos efectos podrá inspeccionar la materialización
y la calidad de los servicios prestados.
• Imponer las penalidades correspondientes por los incumplimientos del contratista, e incluso
la resolución del contrato.
• Las potestades relacionadas en el artículo 127.1 del Reglamento de Servicios de las
Corporaciones Locales.
• Así como, las enumeradas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
16.- INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Los incumplimientos del contrato pueden ser:
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado por el Consejo de
Administración de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de
Oportunidades del Ayuntamiento de Burgos en sesión de fecha 21 de noviembre de 2016
Página 13 de 19
• Leves; penalizables con apercibimiento y multa, de 300,00 €. a 1.200 €.
• Graves; penalizables con multa, de 1.201 € hasta 6.000 €; y
• Muy graves, penalizables con multas de 6.001 € hasta 60.000. €, y posibilidad de
resolución del contrato.
En cualquier caso, la imposición de penalidades, es compatible con la reclamación de los daños
y perjuicios que se hayan causados a la Administración municipal o los usuarios. Todo ello, sin
perjuicio de la responsabilidad penal que de ellos pudiera derivarse.
a) Son incumplimientos leves:
1. El retraso, negligencia o descuido, en el cumplimiento de las obligaciones.
2. Incumplimiento de los plazos de entrega establecidos.
3. Descuido o negligencia en la ejecución del contrato.
b) Son incumplimientos graves:
1. El incumplimiento de la empresa o su personal a las obligaciones establecidas en la
adjudicación y condiciones de su contratación.
3.- La falta de obediencia debida a las instrucciones emanadas desde los técnicos de la
Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades.
4.- El incumplimiento de la ejecución material por parte de la empresa, que haya dado lugar a la
suspensión definitiva de la actividad o taller programada.
5.- No guardar el debido sigilo o divulgar datos conocidos por razón del ejercicio de su cargo.
6.- La reincidencia en los incumplimientos leves. A estos efectos, se entenderá incumplimiento
grave, la existencia de tres o más incumplimiento leves de la misma naturaleza, en el periodo
de un mes.
c) Son incumplimientos muy graves:
1.- La ejecución de los servicios objeto del contrato, de forma distinta a la aprobada, o con
vulneración de las disposiciones legales aplicables y de los criterios establecidos al efecto por la
Corporación.
2.- La reincidencia en los incumplimientos graves. A estos efectos, se entenderá incumplimiento
muy grave, haber sido penalizado por la comisión de tres incumplimientos graves, en un
período de un año.
Las consecuencias del incumplimiento de las obligaciones dimanantes del contrato, son las
previstas en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Asimismo, el órgano de contratación está facultado para proceder a la resolución del mismo o
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado por el Consejo de
Administración de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de
Oportunidades del Ayuntamiento de Burgos en sesión de fecha 21 de noviembre de 2016
Página 14 de 19
acordar la continuidad con imposición de nuevas penalidades en el caso de incumplimiento.
Concretamente, mediante expediente sumario, con audiencia del interesado y sin perjuicio de
optar por la resolución citada, el Ayuntamiento podrá imponer al contratista penalidades y
exigirle el resarcimiento de daños y perjuicios de un modo inmediatamente ejecutivo, no
obstante los recursos legales que procedan.
La incoación de expediente por incumplimiento al contratista facultará la suspensión del pago
pudiendo hacerse efectivo el importe de las multas impuestas y de los daños y perjuicios
evaluados con cargo a las cantidades adeudadas o con cargo a la fianza viniendo obligado el
adjudicatario a reponer la fianza en la parte disminuida por la incautación, dentro de los quince
días hábiles siguientes al que sea requerido formalmente para ello.
17. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
El contrato de servicios a que se refiere el presente Pliego tiene carácter administrativo
sometiéndose las partes para todas las cuestiones litigiosas derivadas de la interpretación y
aplicación del contrato a la jurisdicción del domicilio del Ayuntamiento de Burgos con expresa
renuncia a otro Fuero.
El contrato se regirá por las cláusulas del presente Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares y Prescripciones Técnicas y demás disposiciones de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,
por el que se aprobó el Texto Refundido sobre las Disposiciones Legales vigentes en materia de
Régimen Local y sus disposiciones reglamentarias; el RD. Leg. 3/2011 de 14 de noviembre por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el Real Decreto
817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de
octubre (LCSP) y Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el
Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en lo que no deba
entenderse derogado por la anterior normativa y supletoriamente se aplicarán las restantes
normas del Derecho Administrativo y en su defecto, las normas de Derecho Privado.
Burgos, junio 2016
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado por el Consejo de
Administración de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de
Oportunidades del Ayuntamiento de Burgos en sesión de fecha 21 de noviembre de 2016
Página 15 de 19
MODELO DE PROPOSICIÓN
D./Dña ............................................................................., mayor de edad, con domicilio en
C/................................................................., nº .........., de ......................., con Documento
Nacional de
Identidad, C.I.F., N.I.F. o documento que lo sustituya número .............................. Enterado de
las condiciones y requisitos para concurrir al PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN
DE LA CAMPAÑA MUNICIPAL SOBRE MICROMACHISMOS de la Gerencia Municipal de
Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades del Ayuntamiento de Burgos, se
encuentra en situación de acudir como licitador al mismo.
A este efecto hace constar:
Que conoce el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que sirve de base a la
convocatoria, que lo acepta incondicionalmente, y que reúne todas y cada una de las
condiciones exigidas para contratar con la
Administración.
Que se compromete, en el caso de ser adjudicatario, en nombre
.................................................................................. (propio o de la empresa que
representa), a la realización del objeto del contrato con estricta sujeción a los requisitos y
condiciones establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, el siguiente precio:
PRECIO OFERTADO
(Excluido IVA)
PORCENTAJE
DEL IVA (%)
PRECIO DEL CONTRATO
(incluido IVA)
€
(EN NÚMERO)
€
(EN NÚMERO)
€
(EN LETRA)
€
(EN LETRA)
Lugar, fecha y firma del licitador
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado por el Consejo de
Administración de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de
Oportunidades del Ayuntamiento de Burgos en sesión de fecha 21 de noviembre de 2016
Página 16 de 19
M O D E L O I
D. ... con N.I.F. ..., en nombre propio/en representación de la firma ..., con C.I.F. núm. ..., con
domicilio a efectos de notificaciones en ..., Calle ...
DECLARA, bajo su responsabilidad hallarse al corriente de todas las obligaciones tributarias.
En ... a ... de ... de ...
Fdo. .....
M O D E LO II
D. ... con N.I.F. ..., en nombre propio/en representación de la firma ..., con C.I.F. núm. ..., con
domicilio a efectos de notificaciones en ..., Calle ...
DECLARA, bajo su responsabilidad hallarse al corriente de todas las obligaciones de Seguridad
Social.
En ... a ... de ... de ...
Fdo. .....
M O D E L O III
D. ... con N.I.F. ..., en nombre propio/en representación de la firma ..., con C.I.F. núm. ..., con
domicilio a efectos de notificaciones en ..., Calle ...
DECLARA, bajo su responsabilidad no estar incursos en ninguna de las causas de prohibición de
contratar establecidas en el art. 49 de la Ley de Contratos del Sector Público.
En ... a ... de ... de ...
Fdo. .....
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado por el Consejo de
Administración de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de
Oportunidades del Ayuntamiento de Burgos en sesión de fecha 21 de noviembre de 2016
Página 17 de 19
MODELO IV
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ALTERACIÓN DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL
REGISTRO DE LICITADORES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS
D/Dª.....................................................................................................................................
............con D.N.I. nº.............................en nombre propio o en representación de la
empresa.........................................................................................inscrita en el Registro de
Licitadores con el nº ..............................en calidad de
(1)........................................................, al objeto de participar en el expediente de
contratación nº (2)........................................., declara bajo su personal responsabilidad:
Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores no han sido alterados
en ninguna de sus circunstancias y que se corresponden con la certificación del Registro que
acompaña a esta declaración.
En............................a........de....................de..................
SELLO DE LA EMPRESA Y FIRMA AUTORIZADA
Fdo.: .................................................
Esta declaración deberá ser emitida por el licitador o cualquiera de los representantes con
facultades que figuren en el Registro de Licitadores.
(1) Indíquese la representación que ostenta el declarante en la empresa
(2) Señálese el numero del expediente de contratación.
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado por el Consejo de
Administración de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de
Oportunidades del Ayuntamiento de Burgos en sesión de fecha 21 de noviembre de 2016
Página 18 de 19
MODELO V
AUTORIZACIÓN PARA LA CESIÓN DE INFORMACIÓN RELATIVA A OBLIGACIONES
TRIBUTARIAS CON EL ESTADO
D/Dña. ............................................……..……., con DNI nº……......................, actuando en su
propio
nombre y derecho o en representación de la Empresa ...............………….…………...., con CIF
………………………, en su calidad de .................................................,en caso de resultar
adjudicatario del Contrato……………….……………………………….
AUTORIZA al Excelentísimo Ayuntamiento de Burgos, a los efectos previstos en el art.151 del
TRLCSP, para que reclame y reciba las certificaciones expedidas por la Agencia Estatal de la
Administración Tributaria acreditativas de que la persona y/o empresa está al corriente de
obligaciones tributarias.
La presente autorización se otorga exclusivamente para el procedimiento mencionado
anteriormente y en
aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 40/1998, de 9 de
diciembre, que mantiene su vigencia tras la entrada en vigor del Real Decreto Legislativo
3/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas, por la que se permite, previa autorización del interesado, la cesión de los
datos tributarios que precisen las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones;
en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal,
en los artículos 95.1.k) y 95.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en la
Disposición Adicional Tercera de la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, por la que se regula la
cesión de información de carácter tributario por medios informáticos o telemáticos y demás
normativa reglamentaria que es de aplicación.
En…………………, a…..de……………de (fecha y firma).
NOTA: La autorización concedida por el firmante puede ser revocada en cualquier momento
mediante escrito dirigido al Excmo. Ayuntamiento de Burgos.
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado por el Consejo de
Administración de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de
Oportunidades del Ayuntamiento de Burgos en sesión de fecha 21 de noviembre de 2016
Página 19 de 19
MODELO VI
COMUNICACIÓN VÍA ELECTRÓNICA
D. ... con N.I.F. ..., en nombre propio/en representación de la firma ..., con C.I.F. núm...., con
domicilio a efectos de notificaciones en ..., Calle ...
DECLARA, bajo su responsabilidad que se le notifique vía electrónica al siguiente correo
electrónico: ………….
Todo ello en conformidad y sin perjuicio de lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de
acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
En ... a ... de ... de ...
Fdo. Interesado/a
Top Related