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INSTITUTO TECNOLÓGICO DE ARAGÓN
MARCADO CE: NUEVAS DIRECTIVAS DE
- BAJA TENSIÓN- COMPATIBILIDAD ELECTROMAGNÉTICA- MÁQUINAS
5 de junio de 2007
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- Marcado CE. ¿Qué es?.
- Directiva de Baja Tensión 2006/95/CE (73/23/CEE).
- Directiva de Compatibilidad Electromagnética 2004/108/CE (98/336/CE)
- Directiva de Máquinas 2006/42/CE (98/37/CE)
Miguel Trallero [email protected]
• Área Innovación y Mercado del ITA.
• Profesor Univ. Zaragoza. CPS.
Departamento Ingeniería Eléctrica
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MARCADO CE
¿ Por que el Marcado CE ?¿ Por que el Marcado CE ?
- Obligación legal de cumplimiento de Directivas Europeas (Transpuestas a Real Decreto).
- Lo impone el mercado (marketing).
- Necesidad para presentarse a concursos públicos.
- Exigencia por comité de Prevención de Riesgos
- Inspecciones de mercado (pueden retirar el producto)
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MARCADO CE (Directiva 93/68/EC de Marcado CE)También se especifica en otras Directivas.
El marcado CE simboliza la conformidad del producto con todos los requisitos comunitarios impuestos al fabricante.El marcado CE colocado en los productos constituye una declaración por parte de la persona que la ha colocado de que:• el producto se ajusta a todas las disposiciones comunitarias, y • se han llevado a cabo los procedimientos pertinentes de evaluación de la conformidad.
El marcado CE• es obligatorio y • debe colocarse antes de que un producto sujeto a la misma sea comercializado o puesto en servicio, salvo en el caso de que una directiva específica disponga lo contrario.
MARCADO CE
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Si los productos están sujetos a varias directivas, todas las cuales establecen el marcado CE, el marcado indica que se presume que los productos son conformes con las disposiciones de todas estas directivas.
Un producto no puede llevar el marcado CE si no estáamparado por una directiva que disponga su colocación.
El marcado CE debe ser colocado por el fabricante o su representante autorizado establecido dentro de la Comunidad.
El marcado CE debe tener la forma que se muestra a continuación. Si se amplía o reduce el tamaño del marcado CE, deben mantenerse las proporciones.
MARCADO CE
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MARCADO CE
* El marcado CE se colocará siempre sobre el producto o en su placa descriptiva; excepción en el embalaje o en la documentación que se entregue con el producto. Tamaño mínimo 5 mm de altura.
* El marcado CE puede ir seguido de otras marcas de conformidad con normas nacionales o europeas, o marcas de conformidad con Directivas clásicas de tipo opcional.
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MARCADO CE
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DIRECTIVA 2006/95/CE y 73/23 CEE
"Directiva de Baja Tensión“
DIRECTIVA 2006/95 (73/23/CEE) BAJA TENSION
http://ec.europa.eu/enterprise/electr_equipment/index_en.htm
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-DIRECTIVA 73/23/CEE "Directiva de Baja Tensión“(DIRECTIVA Relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el material eléctrico destinado a utilizarse con determinados límites de tensión)
- Modificada por DIRECTIVA 93/68 CEE "Directiva de Marcado CE"
TRASPOSICIÓNNACIONAL
REAL DECRETO 7/1988 "Directiva de Baja Tensión"REAL DECRETO 154/1995 "Directiva marcado CE"
DIRECTIVA 2006/95/CE (73/23/CEE) BAJA TENSION
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Entrada en vigor: 16Entrada en vigor: 16--0101--20072007
Nueva Directiva LVD 2006/95/CE, de 12 de diciembre de 2006, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el material eléctrico destinado a
utilizarse con determinados límites de tensión, versión codificada, publicada en el DOUE nº L 374, con fecha de
27/12/2006.
CONSIDERACIONES A TENER EN CUENTA EN LA ACTUAL LEGISLACIÓN DE ESPAÑA:
- La nueva Directiva 2006/95/CE, no supone ningún cambio a la legislación existente con la anterior Directiva 73/23/CEE. - La nueva Directiva 2006/95/CE, es una versión codificadaque viene a unificar la Directiva 73/23/CEE junto con todas
las directivas que la modificaron.
Nueva DIRECTIVA 2006/95/CE de BAJA TENSION
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-El articulo 14 de la nueva Directiva 2006/95/CE viene a establecer la derogación de la Directiva 73/23/CEE y da a entender que no es necesaria su transposición a la legislación española (las referencias a la Directiva derogada se entenderán hechas a la nueva Directiva con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en su Anexo VI)
- En la Declaraciones de Conformidad y en la Documentaciones Técnicas que se elaboren para nuevos productos, con fecha a partir de la entrada en vigor (16.01.2007), se hará referencia obligatoriamente a la nueva Directiva 2006/95/CE.
Nueva DIRECTIVA 2006/95/CE de BAJA TENSION
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- Nuestro Real Decreto 7/1988 y su modificación Real Decreto 154/1995, se mantienen con el mismo estatus legal, no siendo necesaria la transposición de la nueva Directiva 2006/95/CE por cuanto que esta nueva Directiva no ha supuesto ninguna modificación a la versión en lengua española de la Directiva derogada 73/23/CEE.
Nueva DIRECTIVA 2006/95/CE de BAJA TENSION
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DIRECTIVA DE BAJA TENSIÓN 2006/95/CE (73/23/CEE)
Ámbito de aplicaciónÁmbito de aplicación::
Todo material eléctrico destinado a utilizarse con una tensión nominal comprendida entre:
50 - 1000 V en corriente alterna75 - 1500 V en corriente continua
Estos límites de tensión se refieren a la alimentación o a la salida del material, no a los voltajes que pueden aparecer en el interior del mismo.
DIRECTIVA 2006/95CE (73/23/CEE) BAJA TENSION
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ExclusionesExclusiones::
• Material eléctrico utilizado en atmósferas explosivas
• Material eléctrico para electro-radiología y usos médicos
• Componentes eléctricos para ascensores y montacargas
• Contadores eléctricos
• Perturbaciones radioeléctricas
TIENEN DIRECTIVA
PROPIA
• Tomas de corriente (Enchufes y Clavijas)para uso doméstico
• Dispositivos de alimentación de cierres eléctricos.
• Controladores de vallas electrificadas
• Material eléctrico especial para barcos, aeronaves o ferrocarriles con disposiciones de seguridad propias
NO TIENEN DIRECTIVA PROPIA (no marcado CE)
Ahora hay algunos que
si tienen
DIRECTIVA 2006/95/CE (73/23/CEE) BAJA TENSION
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Requisitos esencialesRequisitos esenciales::
Protección contra:
• Riesgos mecánicos• Emisiones y radiaccionespeligrosas
• Calor y Fuego• Choque eléctrico
DIRECTIVA 2006/95/CE (73/23/CEE) BAJA TENSION
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DIRECTIVA DE EMC
DIRECTIVA DE COMPATIBILIDAD ELECTROMAGNETICA
89/336/CEE &
2004/108/CE
http://ec.europa.eu/enterprise/electr_equipment/emc/index.htm
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FECHA
• Directiva 1989/336/CEE− Publicada en el D.O.C.E. en 23/05/89− R.D. 444/94 y R.D. 1950/95.
• Directiva 2004/108/CE− Publicada en el D.O.U.E. en 31/12/04− R.D. 1580/2006
Aplicación obligatoria 20-7-07
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CALENDARIO DE APLICACION
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CAMPO DE APLICACION
89/336/CEE89/336/CEE 2004/108/CE2004/108/CE
APARATOSAPARATOS
EQUIPOS
INSTALACIONES
EQUIPOSEQUIPOS
APARATOSCOMPONENTES O SUBCONJUNTOS
INSTALACIONES MÓVILES
INSTALACIONES FIJAS
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CAMPO DE APLICACION
2004/108/CE "APARATOS":2004/108/CE "APARATOS":
cualquier aparato acabado o una combinación de aparatos, comercializado como unidad funcional única y destinada al usuario final, que pueda generar perturbaciones electromagnéticas (emitir)o cuyo funcionamiento pueda verse afectado por estas perturbaciones (inmunidad).
También se considerarán aparatos::• Los "componentes" o "subconjuntos“, destinados a ser incorporados en un aparato por el usuario final.
• Las "instalaciones móviles", como una combinación de aparatos, destinadas a ser trasladadas y utilizadas en diversos emplazamientos. (CAMBIO IMPORTANTEDIRECTIVA 2004/108)
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CAMPO DE APLICACION
"INSTALACION"INSTALACIONESES FIJAFIJASS":":
combinación particular de varios aparatos, previstos o destinados para ser incorporados (ensamblados/instalados) y utilizados permanentemente en una determinada instalación, destinada para ser utilizada en un emplazamiento definido.
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EXCLUSIONES
EXCLUSIONES AMBAS DIRECTIVAS:
- los equipos de radio para radioaficionados, salvo si están disponibles en el comercio
- los equipos regulados por directivas específicas(p.e. directiva 95/16/CEE de ascensores).
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EXCLUSIONES
EXCLUSIONES DIRECTIVA 2004/108/CE:
Equipos cubiertos por la directiva 1999/5/CE “RTTE”
Productos, piezas y aparatos aeronáuticos a bordo de aeronaves mencionados en el Reglamento CE nº 1592/2002
Equipos intrínsicamente inocuos en EMCque no puedan generar, ni contribuir a generar, emisiones
electromagnéticas, que superen un nivel que permita a los equipos de radio y de telecomunicaciones, y a otros equipos, funcionar de la forma prevista y (ej. Reloj de pulsera)
funcionen sin una degradación inaceptable en presencia de perturbaciones EMC normales derivadas de su uso previsto (Ej. Motor eléctrico)
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LIBRE CIRCULACION
EN LA DIRECTIVA 2004/108/CEEN FERIAS Y EXPOSICIONES
No se crearán obstáculos para muestras o demostraciones
⌦ EXPOSICIÓN: mediante señal visible de no comercialización o puesta en servicio
⌦ DEMOSTRACIONES: solo tomando medidas evitandoperturbaciones electromagnéticas
En la 89/336/CEE exige el cumplimiento de la Directiva
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REQUISITOS ESENCIALES
EN AMBAS DIRECTIVAS
REQUISITOS DE PROTECCIÓN
- BAJA EMISIVIDADBAJA EMISIVIDAD : Perturbaciones emitidas por debajo de un cierto nivel que permita el correcto funcionamiento de los aparatos que estén o puedan estar en su entorno.
- ALTA INMUNIDADALTA INMUNIDAD : Resistencia frente a las perturbaciones electromagnéticas presentes en su entorno de funcionamiento.
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PROCEDIMIENTOS DE EVALUACION DE LA CONFORMIDAD: APARATOS
SIN INTERVENCIÓN DE ORGANISMO COMPETENTE
DIRECTIVA 89/336/CEE EQUIPOS E INSTALACIONES
1. El fabricante aplica normas armonizadas2. El fabricante elabora la documentación técnica3. El fabricante o su representante autorizado emite y firma la
declaración CE de conformidad
DIRECTIVA 2004/108/CE
APARATOS: COMPONENTES O SUBCONJUNTOS E INSTALACIONES MÓVILES
1. El fabricante efectúa una evaluación de EMC. La aplicación de todas las normas armonizadas será equivalente
2. El fabricante elabora la documentación técnica3. El fabricante o su representante autorizado emite y firma la
declaración CE de conformidad
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PROCEDIMIENTOS DE EVALUACION DE LA CONFORMIDAD: APARATOS
CON INTERVENCIÓN DE ORGANISMO COMPETENTE
1. el fabricante no aplica normas armonizadas2. el fabricante elabora un expediente técnico de
construcción3. el organismo competente -obligatorioobligatorio - emite un
informe técnico o certificado4. el fabricante o su representante autorizado emite y
firma la Declaración CE de conformidad
DIRECTIVA 89/336/CEEEQUIPOS E INSTALACIONES
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PROCEDIMIENTOS DE EVALUACION DE LA CONFORMIDAD: APARATOS
CON INTERVENCIÓN DE ORGANISMO NOTIFICADO
1. el fabricante efectúa una evaluación de EMC2. el fabricante elabora la documentación técnica3. el organismo notificado -voluntariovoluntario- emite una
declaración4. el fabricante o su representante autorizado emite
y firma la Declaración de conformidad
DIRECTIVA 2004/108/CEAPARATOS: COMPONENTES O SUBCONJUNTOS
E INSTALACIONES MÓVILES
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PROCEDIMIENTOS DE EVALUACION DE LA CONFORMIDAD: APARATOS PARA INSTALACIONES FIJAS
2004/108/CE: REQUISITOS PARA APARATOS PARA INSTALACIONES FIJAS
cuando se encuentran libremente en el mercado y pueden incorporarse a una instalación fija:
Cumplimiento con todas las disposiciones de la Directiva
A ESTOS APARATOS NO SE LES APLICA LAS DISPOSICIONES DEL ARTICULO 5: REQUISITOS ESENCIALESARTICULO 7: PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE LA
CONFORMIDADARTICULO 8: MARCADO CEARTICULO 9: OTROS MARCADOS E INFORMACIÓN (SI IDENT.
APARATO Y FABRICANTE)
cuando no se encuentran libremente en el mercado y se comercializan destinados solo para ser incorporados a una instalación fija concreta y no se comercializa de otra forma (Ej. cuadro eléctrico específico)
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PROCEDIMIENTOS DE EVALUACION DE LA CONFORMIDAD: INSTALACIONES FIJAS
Conformidad con las buenas prácticas de la ingenieríaDeben ser documentadasLa documentación a disposición de la autoridad
competente.conformidad con la información sobre el uso previsto de
sus componentes,
DIRECTIVA 2004/108/CE: EN INSTALACIONES FIJAS
CON VISTAS A CUMPLIR CON LOS REQUISITOS DE CON VISTAS A CUMPLIR CON LOS REQUISITOS DE PROTECCIÓNPROTECCIÓN
No existe procedimiento de evaluación para las propias instalaciones fijas
No necesitan Marcado CE
No necesitan Declaración de Conformidad
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PROCEDIMIENTOS DE EVALUACION DE LA CONFORMIDAD: INSTALACIONES FIJAS
EN LA DIRECTIVA 89/336/CEE EN INSTALACIONES,
No Marcado CENo Declaración de conformidadSi expediente técnico
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PROCEDIMIENTOS DE EVALUACION DE LA CONFORMIDAD: otros marcados e información
DIRECTIVA 89/336/CEE EQUIPOS E INSTALACIONES
identificación del aparato : modelo, tipo, lote, numero de serie, etcnombre y dirección del fabricante o, en su caso, del representante
autorizado o del importador información, en su caso, sobre precaución especifica que deba
tomarse al montar, instalar, mantener o utilizarLos aparatos cuyo cumplimiento de los requisitos de protección
no esté garantizado en zonas residenciales irán acompañados de una clara indicación de esta restricción de uso, que también aparecerá,si procede en el envase.
instrucciones de uso que acompañarán al aparato
DIRECTIVA 2004/108/CEAPARATOS: COMPONENTES O SUBCONJUNTOS
E INSTALACIONES MÓVILES
instrucciones de uso que acompañarán al aparato
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DIRECTIVA DE MÁQUINAS
98/37/CEE &
2006/42/CE
http://ec.europa.eu/enterprise/mechan_equipment/machinery/index.htm
DIRECTIVA DE MAQUINAS
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Entrada en vigor
Nueva Directiva 2006/42/CE:
Fecha de la directiva 17-05-2006
Publicada DOUE, L157 09-06-2006
Plazo para la transposición 29-06-2008
Aplicación carácter obligatorio 29-12-2009
* Maquinas portátiles de fijación accionadas por carga explosiva
y otras máquinas portátiles de impacto 29-06-2011
NUEVA DIRECTIVA DE MÁQUINAS 2006/42/CE
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Entrada en vigor
MÁQUINAS ANTIGUAS RD 1215/95
1 de enero de 1995MARCADO CE DE MÁQUINAS
Directiva 89/392/CEE RD 1435/92
Directiva 91/368/CEE
Directiva 93/44/CEE RD 56/95
Directiva 93/68/CEE
Directiva 98/37/CEE
29 de diciembre de 2009
Directiva 2006/42/CE
NUEVA DIRECTIVA DE MÁQUINAS 2006/42/CE
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ÁMBITO DE APLICACIÓN
a) las máquinas; (Mejor definido)
b) los equipos intercambiables;
c) los componentes de seguridad; En el anexo V figura una lista indicativa
d) los accesorios de elevación;
e) las cadenas, cables y cinchas;
f) los dispositivos amovibles de transmisión mecánica;
g) las cuasi máquinas.
NUEVA DIRECTIVA DE MÁQUINAS 2006/42/CE
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Cuasi-Máquina
• Aporta la definición del concepto “Cuasi Máquina”:
- Conjunto que constituye casi una máquina pero
que no puede realizar por sí solo una aplicación
La cuasi máquina está destinada únicamente a ser incorporada
o ensamblada con otra máquina a la que se aplique esta
directiva
• Regula la documentación técnica a elaborar de las Cuasi
Máquinas
• Establece el modelo de Declaración de Conformidad que lo
denomina “Declaración de incorporación de Cuasi Máquina”
NUEVA DIRECTIVA DE MÁQUINAS 2006/42/CE
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EXCLUSIONES
a) los componentes de seguridad destinados a utilizarse como
piezas de recambio para sustituir componentes idénticos, y
suministrados por el fabricante de la máquina originaria;
b) los equipos específicos para ferias y parques de atracciones;
c) las máquinas especialmente diseñadas o puestas en servicio
para usos nucleares y cuyos fallos puedan originar una emisión de
radiactividad;
d) las armas, incluidas las armas de fuego;
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EXCLUSIONES
e) los siguientes medios de transporte:
- los tractores agrícolas y forestales para los riesgos cubiertos por la Directiva
2003/37/CE, con exclusión de las máquinas instaladas en dichos vehículos,
- los vehículos de motor y sus remolques cubiertos por la Directiva 70/156/CEE,
sobre la homologación de vehículos a motor y de sus remolques, con exclusión
de las máquinas instaladas en dichos vehículos,
- los vehículos cubiertos por la Directiva 2002/24/CE relativa a la homologación
de los vehículos de motor de dos o tres ruedas , con exclusión de las máquinas
instaladas en dichos vehículos,
- los vehículos de motor destinados exclusivamente a la competición, y
- los medios de transporte por aire, por agua o por redes ferroviarias, sí aplica a
las máquinas instaladas en dichos medios de transporte;
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EXCLUSIONES
f) los buques de navegación marítima y las unidades móviles de alta
mar, así como las máquinas instaladas a bordo de dichos buques y/o
unidades;
g) las máquinas especialmente diseñadas y fabricadas para fines
militares o policiales;
h) las máquinas especialmente diseñadas y fabricadas con vistas a la
investigación para uso temporal en laboratorios;
i) los ascensores para pozos de minas;
j) máquinas destinadas a elevar o transportar actores durante
representaciones artísticas;
NUEVA DIRECTIVA DE MÁQUINAS 2006/42/CE
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EXCLUSIONES :Relación con Directiva de Baja Tensión
• Quedan excluidos los productos eléctricos y electrónicos que estén
cubiertos por la Directiva 2006/95CE (73/23/CEE) de Baja Tensión:
• electrodomésticos destinados a uso doméstico,
• equipos audiovisuales,
• equipos de tecnología de la información,
• máquinas corrientes de oficina,
• aparatos de conexión y mando de baja tensión,
• motores eléctricos;
Y los siguientes equipos eléctricos de alta tensión:
• aparatos de conexión y de mando, y transformadores.
NUEVA DIRECTIVA DE MÁQUINAS 2006/42/CE
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Relación con Directiva Ascensores 95/16CE
Dejan el alcance de esta Directiva y pasan a formar parte de la nueva
Directiva de Máquinas 2006/42/CE los :
- los aparatos de elevación cuya velocidad < = 0,15 m/s,
- los ascensores de obras de construcción,
- los aparatos de elevación desde los cuales se pueden efectuar trabajos,
- los aparatos de elevación instalados en medios de transporte,
- los aparatos de elevación vinculados a una máquina y destinados exclusivamente al acceso a puestos de trabajo, incluidos los puntos de mantenimiento e inspección de la máquina,
- las escaleras y pasillos mecánicos.
NUEVA DIRECTIVA DE MÁQUINAS 2006/42/CE
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•Incluye nuevas máquinas a lista exhaustiva del Anexo IV:
- Aparatos de elevación de personas o de personas y
materiales con peligro de caída vertical superior a 3 m
- Máquinas portátiles de fijación de carga explosiva y
otras máquinas portátiles de impacto
• Se quedan fuera de la directiva:
- Las máquinas para la fabricación de artículos
pirotécnicos
NUEVA DIRECTIVA DE MÁQUINAS 2006/42/CE
Otras Máquinas
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Evaluación de la Conformidad
• Una máquina fabricada de conformidad con una norma
armonizada se considerará conforme a los requisitos esenciales
de seguridad y de salud. Antes era presunción de conformidad.
• Maquinas NO incluidas en el Anexo IV:
- Sin intervención de Organismo Notificado. Autocertificación.
Declaración de Conformidad y Marcado CE.
- Exige que el fabricante tenga implantado en su empresa un
sistema de control interno de la fabricación
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Evaluación de la Conformidad
•Maquinas incluidas en el Anexo IV: Potencialmente peligrosas
- Si se aplican normas armonizadas, no se exige la intervención de Organismo Notificado (antes si). Posibilidades:
- Autocertificación o
- Examen CE de Tipo y control interno de fabricación o
- Procedimiento de aseguramiento de la calidad total, Módulo H (UNE EN ISO 9001)
- Si NO se aplican o no existen normas interviene Organismo Notificado:
- Examen CE de Tipo y control interno de fabricación o
- Procedimiento de aseguramiento de la calidad total, Módulo H (UNE EN ISO 9001)
NUEVA DIRECTIVA DE MÁQUINAS 2006/42/CE
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