COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA DIRECCIÓN LOCAL TABASCO
SUBDIRECCIÓN DE ASISTENCIA TÉCNICA OPERATIVA
“Construcción de obras de protección marginal en el tramo puente Grijalva II-Armenia en la ciudad de Villahermosa, margen derecha del río Grijalva, municipio de Centro, estado de Tabasco”.
RESUMEN EJECUTIVO DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL. Nombre del proyecto “Construcción de obras de protección marginal en el tramo puente Grijalva II-
Armenia en la ciudad de Villahermosa, margen derecha del río Grijalva, municipio
de centro, estado de Tabasco”.
Ubicación del proyecto El sitio del proyecto se ubica sobre la margen derecha del río Grijalva, a la altura
de la colonia Gaviotas Sur (Sector Armenia), en el ciudad de Villahermosa
municipio de Centro, estado de Tabasco., las coordenadas de referencia son
latitud norte 17º 58´17.9” y latitud oeste 92º 54´36.5”, coordenadas finales latitud
norte 17º 58´30.9” y latitud oeste 92º 54´52.5”.
Promovente Nombre o razón social COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA DIRECCIÓN LOCAL TABASCO
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DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO Naturaleza del proyecto El proyecto denominado “Construcción de obras de protección marginal en el
tramo puente Grijalva II-Armenia en la ciudad de Villahermosa, margen
derecha del río Grijalva, municipio de centro, estado de Tabasco”, consiste en
la construcción de obra hidráulica sobre la margen derecha del río Grijalva a la
altura de la colonia “Gaviotas Sur” en la ciudad de Villahermosa, Centro, Tabasco;
las acciones programadas en el presente proyecto son la construcción de 2 tramos
de muro a base de Tabla Estaca de Acero al Carbón, un tramo de muro a base de
concreto y 8 espigones a base de roca.
Inversión requerida La inversión estimada para la realización de las obras y actividades es de $21,
214,887.00 (Vente un millón doscientos catorce mil ochocientos ochenta y siete
millones MN).
Dimensiones del proyecto Las acciones a realizar programadas como parte del proyecto denominado
“Construcción de obras de protección marginal en el tramo puente Grijalva II-
Armenia en la ciudad de Villahermosa, margen derecha del río Grijalva, municipio
de Centro, estado de Tabasco” son la: construcción de dos tramos de muro a base
de tabla estaca de acero al carbón, el primero con una longitud de 100 m y el
segundo con 180 m, así también la construcción de 8 espigones a base de roca y
un tramo de muro de concreto armado de 240 metros por lo que la superficie total
requerida para el proyecto es de 40,494 m2 equivalentes a 4.0 hectáreas.
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VINCULACIÓN CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES EN
MATERIA AMBIENTAL Y EN SU CASO, CON LA REGULACIÓN DEL USO DE
SUELO.
El proyecto de “Construcción de obras de protección marginal en el tramo
puente Grijalva II-Armenia en la ciudad de Villahermosa, margen derecha del
río Grijalva, municipio de Centro, estado de Tabasco” se fundamenta en la Ley
General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, en su sección V,
Articulo 28° Fracción I y en su Reglamento en Materia de Evaluación de Impacto
Ambiental Capítulo II, Artículo 5° Inciso A, Fracción III.
El estado de Tabasco cuenta con un Plan de Ordenamiento Ecológico decretado
en noviembre de 2006 y publicado en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el
20 de diciembre del mismo año; el cual es una herramienta de política ambiental
que tiene como objetivo el desarrollo armónico y equilibrado del territorio, así
mismo dirige acciones de evaluación de uso del suelo y manejo de los recursos
naturales con el objetivo principal de lograr el desarrollo sustentable, además de
preservar, restaurar y proteger el entorno ecológico.
El marco legislativo tiene su fundamento en el artículo 27 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y reitera, ante todo, el dominio de la
nación sobre las aguas así como su carácter inalienable e imprescriptible.
La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente,
publicada en 1988, es un ordenamiento reglamentario de las disposiciones de la
Constitución General de la República relativas a la protección y restauración del
equilibrio ecológico y la protección del ambiente en el territorio nacional. Entre
otros asuntos esta ley marca criterios que deberán aplicarse en la protección y
conservación de áreas naturales protegidas, flora y fauna silvestre, algunos de
estos criterios son:
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Garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado
para su desarrollo, salud y bienestar.
- La preservación, la restauración y el mejoramiento del hábitat natural de las
especies silvestre, tanto faunísticos como florísticos.
- La preservación y protección de la biodiversidad, así como el establecimiento y
administración de las áreas naturales protegidas.
- El aprovechamiento sustentable, la preservación y en su caso, la restauración del
suelo, el agua y los demás recursos naturales, de manera que sean compatibles la
obtención de beneficios económicos y las actividades de la sociedad con la
preservación de los ecosistemas.
- La protección y desarrollo de las especies endémicas, amenazadas o en peligro
de extinción.
- El combate del tráfico ilegal de especies. En el marco de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente (LGEEPA), la Evaluación del Impacto Ambiental (EIA) es un
instrumento preventivo con un marco jurídico federal que establece la regulación
de las actividades u obras que pudieran provocar un desequilibrio ecológico en las
áreas de su realización.
Las actividades u obras sujetas a una evaluación se encuentran establecidas en el
Artículo 28, 30 y 31 de la LGEEPA donde se destaca las obras o actividades que
se deben someter al procedimiento de evaluación, para obtener la autorización en
materia de impacto ambiental mediante la presentación de un estudio de Impacto
Ambiental.
En el artículo 28. La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a
través del cual la Secretaria establece las condiciones a que se sujetará la
realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o
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rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para
proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o
reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente. Para ello, en los casos
que determine el Reglamento que al efecto se expida, quienes pretendan llevar a
cabo alguno de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la
autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaria:
Fracción I Obras hidráulicas, vías generales de comunicación, oleoductos,
gasoductos, Carboductos y poliductos.
REGLAMENTO DE LA LGEEPA EN MATERIA DE IMPACTO AMBIENTAL
El reglamento de la presente Ley determinara las obras o actividades a que se
refiere este artículo, que por su ubicación, dimensiones, características o alcances
no produzcan impactos ambientales significativos, no causen o puedan causar
desequilibrios ecológicos, ni rebasen los límites y condiciones establecidos en las
disposiciones jurídicas referidas a la preservación del equilibrio ecológico y la
protección al ambiente, y que por lo tanto no deban sujetarse al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental previsto en este ordenamiento.
En el Reglamento de la LGEEPA en materia de evaluación del Impacto ambiental
en su artículo 5, mencionas las obras o actividades que requieren autorización en
materia de impacto ambiental y de las excepciones.
ARTÍCULO 5 Quienes pretendan llevar a cabo alguno de las siguientes obras o
actividades, requerirán previamente la autorización de la Secretaría en materia de
impacto ambiental:
A) HIDRAULICAS:
Fracción III. Proyectos de construcción de muelles, canales, escolleras,
espigones, bordos, dársenas, represas, rompeolas, malecones, diques, varaderos
y muros de contención de aguas nacionales, con excepción de los bordos de
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represamiento del agua con fines de abrevadero para el ganado, autoconsumo y
riego local que no rebase de 100 hectáreas.
DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA AMBIENTAL Y SEÑALAMIENTO DE LA
PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DETECTADA EN EL ÁREA DE INFLUENCIA
DEL PROYECTO.
Durante los recorridos prospectivos, no se observó fauna silvestre en el sitio; sin
embargo no significa que cercano al área no se puedan observar algunas
especies de fauna y que estas puedan refugiarse o tener su hábitat;
principalmente las aves, para estos casos su afectación se considera no
significativa debido al tiempo que dure la construcción de la infraestructura
planteada.
Finalmente este proyecto generará un fuerte impacto benéfico debido a que
satisface la necesidad de proteger a la ciudad de Villahermosa y localidades
circundantes de posibles inundaciones, así como la mitigación de los estragos
provocados por la misma.
Es importante hacer mención que el área considera para el desarrollo del
proyecto, forma parte de la mancha urbana de la ciudad de Villahermosa, por lo
que ésta se encuentra desprovista de vegetación original observándose
vegetación secundaria predominando herbáceas y arbustos.
VINCULACIÓN CON EL PROGRAMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL
ESTADO DE TABASCO (POET).
De acuerdo al modelo de ordenamiento ecológico del programa de ordenamiento
ecológico del estado de Tabasco (PEET) la zona del proyecto se encuentra
clasificada como Zonas con Infraestructura y asentamientos humanos.
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En esta zona se encuentran complejos habitacionales e infraestructura urbana y
de servicio, por otra parte como parte del crecimiento urbano la cobertura vegetal
original de la zona ha sido sustituida en su totalidad, en la actualidad las especies
vegetales que se encuentran en la zona son de tipo herbáceas, árboles frutales,
vegetacion cultural y arvenses o ruderales entre las que podemos encontrar la flor
morada (Ruellia tuberosa), aceitilla (Bidens pilosa), almendra (Terminalia catappa),
laurel de la india (Ficus benjamina), bellota (Sterculia apétala), bledo (Amaranthus
spinosus), buganvilia (Bougainvillea glabra), cadillo (Priva lappulacea), chico
zapote (Manilkara zapota), chintul (Cyperus articulatus), dormilona (Mimosa
púdica), framboyán (Delonix regia), guayacan (Tabebuia chrysantha), hierba
martin (Hyptis verticilliata), hierba mora (Solanum nigrum), ixora (Ixora coccinea),
maculis (Tabebuia rosea), malva (Malachra alceifolia), mango (Mangifera indica),
manzanita (Malvaviscus arboreus), pasto común (Paspalum fasciculatum), rompe
muelas (Asclepias curassavica), tulipán africano (Spathodea campanulata), zacate
limón (Cymbopogon citratos),zorillo (Petiveria aliácea).
De lo anterior y tomando en cuenta que el POEET define a las zonas con
Infraestructura y asentamientos humanos como aquellas localidades y obras de
infraestructura que contribuyen al desarrollo y la economía del estado, así como la
superficie requerida para el desarrollo del presente proyecto que es de 40,496 m2,
la ejecución del presente proyecto no prevé generar impactos totales ni adversos
sobre la flora o fauna del sitio del proyecto toda vez que dicha zona ha sufrido
impactos debido al desarrollo de actividades antropogénicas los que han
ocasionado la perdida de la cobertura vegetal original, por lo que se concluye que
el desarrollo de dicho proyecto no causara impactos significativos más de los
ocasionados por el desarrollo de las actividades antropogénicas de la zona.
De acuerdo al modelo de Fragilidad geosistémica y al de Grado potencial de
amenaza del programa de ordenamiento ecológico del estado de Tabasco (PEET)
la zona del proyecto se encuentra clasificada como Paisaje antrópico.
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El paisaje antrópico consiste en la modificación de los componentes naturales y
que debido al grado de modificación es totalmente imposible que se recupere a su
estado natural original, el paisaje de la zona ha sido modificado debido al
desarrollo de las actividades económicas que se desarrollan en la zona y como
parte del crecimiento poblacional que conllevan dichas actividades
IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS
AMBIENTALES.
Metodología para Identificar y Evaluar los Impactos Ambientales
lista Indicativa de Indicadores de Impacto
Los factores medio ambientales impactados considerados en esta evaluación, es
decir las filas de las matrices se establecieron de acuerdo a lo establecido en el
capítulo anterior, para lo cual desarrollaremos una tabla en la cual se definen dos
subsistemas;
Criterios y metodologías de evaluación Se utilizó como base principal una metodología cualitativa – cuantitativa de
Fernández – Conesa (1997).
Evaluación de los impactos ambientales
De acuerdo con la evaluación de impactos ambientales, el proyecto consiste en la
“Construcción de obras de protección marginal en el tramo puente Grijalva
II-Armenia en la ciudad de Villahermosa, margen derecha del río Grijalva,
municipio de Centro, estado de Tabasco” por lo que se consideran dos grupos
de impactos, claramente definidos. Aquellos que son temporales, discontinuos y,
los que son permanentes y continuos.
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En los primeros quedan agrupados emisiones de gases de combustión, partículas
y ruido, que solo se genera mientras existe actividad de vehículos y maquinaria,
pero que dada la capacidad de dispersión en la zona no permanecerán y de hecho
no tiene mayor significancia, por su restringida zona de influencia.
El segundo tipo lo constituyen los impactos de pérdida de suelo debido al proceso
de chapodeo y la eliminación de la cobertura vegetal en los sitios de obra, pérdida
de la cobertura de la vegetación, alteración de los patrones de distribución y
desplazamiento de la fauna.
Esta pérdida de cobertura vegetal, en realidad resulta de menor importancia, en
virtud de las condiciones del entorno, lo que permite a su vez un impacto reducido
sobre la fauna.
Existe otro grupo de impactos que tiene que ver con la generación de residuos no
peligrosos, agua residual sanitaria, basura doméstica municipal y residuos
peligrosos. Los dos primeros tipos se manejan por recolección periódica y serán
dispuestos en sitios de disposición autorizados por el municipio de Centro, lo que
permite minimizar el impacto; sobre todo si se ejerce el esquema de reciclaje de
residuos sólidos. Respecto a los residuos peligrosos, serán recolectados por
empresas autorizadas, para su tratamiento y disposición final.
De acuerdo a los resultados obtenidos de la matriz de impacto ambiental, se tiene
las siguientes conclusiones:
Se detectaron -211 impactos derivados del proyecto de “Construcción de obras
de protección marginal en el tramo puente Grijalva II-Armenia en la ciudad de
Villahermosa, margen derecha del río Grijalva, municipio de Centro, estado
de Tabasco” de los cuales 31 son benéficos.
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Conclusiones. De acuerdo a la información que se obtuvo a través de investigación bibliográfica,
recorridos de campo al sitio, características constructivas del proyecto, así como
también a el tiempo de ejecución del mismo, esto permitió evaluar y proponer
medidas para mitigar los impactos que generara el proyecto en cada una de las
etapas y de acuerdo a ello se concluye que:
1) El proyecto que se ubica sobre la margen derecha del río Grijalva, en la colonia
Gaviotas Sur en la ciudad de Villahermosa, Tabasco presenta lo siguiente:
2) La inversión necesaria para la realización en su totalidad del proyecto así como
de obras asociadas y complementarias, se necesitará una inversión de 21,
214,887.00 (Veinte y un millón doscientos catorce mil ochocientos ochenta y siete
pesos M/N).
3) Que el proyecto de Construcción de obras de protección marginal en la colonia
Gaviotas Sur, en la ciudad de Villahermosa, las acciones a realizar programadas
como parte del proyecto denominado son la: construcción de dos tramos de muro
a base de tabla estaca de acero al carbón, el primero con una longitud de 100 m y
el segundo con 180 m, así también la construcción de 8 espigones a base de roca
y un tramo de muro de concreto armado de 240 metros por lo que la superficie
total requerida para el proyecto es de 40,494 m2 equivalentes a 4.0 hectáreas.
4) Que la vegetación que será afectada durante las etapas de construcción del
proyecto, se encuentran las especies de capulín (Muntingia calabura), sauce (Salix
humboldtiana), chalele (Inga spuria), maculis (Tabebuia rosea), coco (Cocus
nucifera), pasto común (Paspalum fasciculatum), plátano (Musa paradisiaca),
guazimo (Guazuma ulmifolia), zarza (Mimosa pigra), yuca (Manithot esculenta),
zacate limón (Cymbopogon citratos), zapote de agua (Pachira aquatica), zacate
cadillo (Cenchrus echinatus), Bledo (Amaranthus lividus), Dormilona (Mimosa
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pudica), framboyán (Delonix regia), cornezuelo (Acacia cornígera), guayaba
(Psidium guajava), ixora (Ixora coccinea), limon (Citrus aurantium), maculis
(Tabebuia rosea), Tamarindo (Tamarindus indica), tulipán de la india (Spathodea
campanulata), puckte (Bucida buceras), rompe muelas (Asclepias curassavica),
pasto de dientes (Cynodon daytylon), barba de tuza (Chloris barbata), bolas de rey
(Leonotis nepetaefolia), entre otras especies.
5) La fauna observada en la zona del proyecto fue la siguiente Pespita (jacana
spinosa), Chilera (pitangus sulphuratus), Gavilancillo (Butero magnirostris), Martin
pescador (ceryle torcata), Garzón (Ardea alba), Garza ganadera (Bulbucus ibis),
Joite (Butorides virescens), Garza gris (Nycticorax nycticorax), Garza morada
(Egretta caerulea), garza real (Ardea alba), zopilote común (Coragyps atratus),
Pijije (Dendrocygna autumnalis), zanate (Quiscalus mexicanus), Pijul (Crotophaga
sulcirostris), Arrocero (Euphonia aphinis), otras especies que se observaron fueron
la Ardilla gris (Sciurus aureogaster),), rata común (Sciurus sp) e iguana verde
(Iguana iguana).
6) De las especies observadas en los recorridos de campo en la zona del
proyecto, solo una especie aparece citada en la NOM-059-SEMARNAT-2001, y
esta especie es:
Nombre Común Nombre Científico Categoría Distribución
Iguana verde Iguana iguana Pr No endémica
Cabe mencionar que la especie de Iguana verde (Iguana iguana) que aunque se
observaron organismos sobre el trazo del proyecto, la ejecución del presente
proyecto no prevé afectar ningún organismo de esta especie ya que son
organismos de rápida y fácil desplazamiento por lo que al momento de la
ejecución del proyecto no se descarta que estos organismos se desplacen a zonas
aledañas al sitio y que posterior a la conclusión de las actividades del proyecto,
estos organismos regresen al sitio.
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7) De acuerdo al programa de ordenamiento ecológico del estado de Tabasco la
zona del proyecto se encuentra catalogada como Zona con infraestructura y
asentamientos humanos.
8) La zona del proyecto presente un clima de tipo Cálido húmedo con abundantes
lluvias en verano (Am) de temperatura máxima promedio de 33.6 Grados
Centígrados en el mes de mayo y la mínima promedio mensual de 21.7 Grados
Centígrados en los meses de Diciembre y Enero, con precipitación pluvial anual de
2.237 mm siendo el mes de Septiembre el más lluvioso y el mes de abril el que
registra menor precipitación.
9) El área en donde se encuentra el proyecto, no se encuentra dentro de ninguna
categoría de área natural protegida, el área natural protegida que se encuentra
más cercana a la zona del proyecto es el área natural YUMKA de carácter estatal
que se encuentra a12 kilómetros en línea recta.
10) De acuerdo a los resultados obtenidos en la matriz de evaluación, la etapa
más impactante del proyecto es la etapa de preparación que obtuvo -130 impactos
negativos que los clasifica como impactos irrelevantes o compatibles, seguida de
la etapa de construcción del sitio que obtuvo -112 impactos negativos que lo
clasifica como impactos irrelevantes o compatibles, por último la etapa de
operación que obtuvo 31 impactos benéficos en función al beneficio social que
genera el proyecto.
15) El proyecto de “Construcción de obras de protección marginal en el tramo
puente Grijalva II-Armenia en la ciudad de Villahermosa, margen derecha del río
Grijalva, municipio de Centro, estado de Tabasco” es técnica y ambientalmente
factible a realizarse.
De acuerdo a lo anterior se concluye que el proyecto “Construcción de obras de
protección marginal en el tramo puente Grijalva II-Armenia en la ciudad de
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Villahermosa, margen derecha del río Grijalva, municipio de Centro, estado de
Tabasco”, es factible desde la perspectiva ambiental, considerando que su
ejecución contribuirá al desarrollo económico local y que los efectos negativos que
se pudieran presentar por la ejecución del proyecto, son temporales y reversibles
por lo que en un lapso de tiempo breve se restablecerán las condiciones originales
del sitio.
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