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CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS
CONDUCTAS PUNIBLES
ESTUDIANTES:
LEIDI JOHANA ROMERO URREA
DIANA CAROLINA ALONSO CORTES
MYRIAM GUEVARA
UNIVERSIDAD AUTNOMA DE COLOMBIA
FACULTAD DE DERECHO
2010
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
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CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS
CONDUCTAS PUNIBLES
ESTUDIANTES:
LEIDI JOHANA ROMERO URREA
DIANA CAROLINA ALONSO CORTES
MYRIAM GUEVARA
ASESOR DR : ORLANDO EZEQUIEL PAYARES GONZALES
UNIVERSIDAD AUTNOMA DE COLOMBIA
FACULTAD DE DERECHO
2010
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
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PRESENTACION
1) INDICE
2) INTRODUCCION
3) HIPOTESIS
4) OBJETIVOS GENERALES,
a. OBJETIVOS ESPECIFICOS
5) ESTADO DE ARTE
a. MARCO DE REFERENCIA
b. MARCO INSTITUCIONAL
c. MARCO LEGAL
d. MARCO TEORICO
6) ENFOQUE SOCIO/JURDICO
7) ANLISIS DE RESULTADO
8) CONCLUSIN
9) BIBLIOGRAFIA
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INDICE
CAPITULO PRIMERO
1. LUGAR DE LOS HECHOS
1.1 MANEJO DE LA ESCENA DEL CRIMEN LLEGADA A LA ESCENA DEL DELITO
1.2 CLASES DE LUGAR DE HECHOS
1.3. TIPOS DE ESCENA
1.4. ORGANISMOS QUE CUMPLE FUNCIONES DE POLICIA JUDICIAL
1.4.1. ORGANOS QUE EJERCEN TRANSITORIAMENTE FUNCIONES DE POLICIA JUDICIAL:
1.4.2. LOS SERVIDOREES QUE INTERVIENE EN EL PROCEDIMIENTO PENAL
1.5. INSPECCION DEL LUGAR DE LOS HECHOS
1.5.1. INFORME EJECUTIVO REALIZADO EN EL LUGAR DE LOS HECHOS FPJ-3
1.5.2. EXTENCION DEL LUGAR DE LOS HECHOS
1.6. ETAPAS DE ANALISIS DEL LUGAR DE LOS HECHOS
1.6.1. INFORMACION DE VERIFICACION DEL HECHO
1.6.2. PROTECCION PRESERVACION Y ENTREGA DEL LUGAR DE LOS HECHOS
1.6.3. OBSERVACION DEL LUGAR DE LOS HECHOS
1.6.4. SEALIZACION Y NUMERACION DE LOS EMP Y EF
1.7. PROTECCION, PRESERVACION Y ENTREGA DEL LUGAR DE LOS HECHOS
1.8. ACORDONAMIENTO DEL LUGAR DE LOS HECHOS
1.8.1. REGLAS GENERALES PARA TENER EN CUENTA PARA REALIZAR EL ACORDONAMIENTO
DEL LUGAR DE LOS HECHOS
1.8.2. ACORDONAMIENTO DE LUGARES ABIERTOS
1.8.2.1. VIA PBLICA
1.8.2.2. AREAS ABIERTAS
1.8.2.3. AREAS CERRADAS
1.8.2.4. AREAS MIXTAS
1.8.3. MATERIALES NECESARIOS PARA REALIZAR UNA EXELENTE LABOR DE ACORDONAMIENTO
1.9. PELIGROS EN EL LUGAR DE LOS HECHOS
1.9.1. INHALACION
1.9.2. CONTACTO FISICO
1.9.3. INGESTION
1.9.4. INYECCION
1.10. MATERIALES O ELEMENTOS NESCESARIOS Y UTLIZADOS EN EL LUGAR DE LOS HECHOS
1.10.1. RECOMENDACIONES GENERALES PARA EVITAR LA CONTAMINACION EN LA ESCENA DE
LA CONDUCTA PUNIBLE
1.11. PRIMER RESPONDIENTE
1.11.1. PROCEDIMIENTO DEL PRIMER CORRESPONDIENTE
1.11.2. CARACTERISTICAS DEL PRIMER CORRESPONDIENTE
1.11.3. PARTICIPACION DEL PRIMER CORRESPONDIENTE O PRIMERA AUTORIDAD EN EL LUGAR
DE LOS HECHOS
1.11.4. CARACTERISTICAS DEL INFORME DEL PRIMER CORRESPONDIENTE
1.11.4.1. COMPLETO
1.11.4.2. CLARO
1.11.4.3. CRONOLOGICO
1.11.4.4. APEGADO A LOS HECHOS
1.11.4.5. CONCISO
1.11.5. FORMATO DE FORMACION DE ACTUACION DE PRIMER CORRESPONDIENTE
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1.12. ERRORES MAS COMUNES QUE SE COMETEN EN LA ESCENA DEL CRIMEN
1.13. PROCEDIMIENTO DE LA POLICIA NACIONAL EN LA ESCENA DEL CRIMEN
1.13.1. PRECAUCIONES QUE UTILIZA LA POLICIA NACIONAL JUDICIAL EN LA ESCENA DEL
SUCESO
1.14. ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS
1.15. METODOS DE BUSQUEDA
1.15.1. SEALIZACION DE LOS EMP Y EF
1.15.2. METODO DE CUADRANTE O SECTOR
1.15.3. METODO DE ESPIRAL O CIRCULOS CONCENTRICO
1.15.4. METODO POR FRANJAS O LINEAS
1.15.5. METODO DE CUADRILLA O REJILLA
1.15.6. METODO DE ZIGZAG
1.16. ELEMENTO MATERIA DE PRUEBA Y EVIDENCIA FISICA
1.16.1. CLASIFICACION DE LO EPM Y EF
1.16.2. FORMATO DE SOLICITUD DE ANALISIS DE LOS EMP Y EF FPJ-12
1.17. EMBALAJE
1.19. CADENA DE CUSTODIA
1.19.1. QUIENES INTERVIENEN EN LA CADENA DE CUSTODIA
1.20. ACTA DE INSPOECCION DEL LUGAR DE LOS HECHOS CONTENIDO DE DILIGENCIAMIENTO DE
CADENA DE CUSTODIA
2. CAPITULO SEGUNDO BALISTICA DEFINICION
2.1. ELEMENTOS QUE SE ANALIZAN
2.2. CALSIFICACION DE LA BALISTICA FORENSE
2.2.1. BALISTICA INTERIOR
2.2.2. BALISTICA EXTERIOR
2.2.3. BALISTICA DE EFECTOS
2.3. EL ESTUDIO DEL PERITO EN BALISTICA FORENSE SE DIVIDE EN: 2.3.1. BALISTICA COMPARATIVA
2.3.2. BALISTICA RECONSTRUCTIVA DE LOS HECHOS
2.3.3. BALISTICA DE IDENTIFICACION
2.3.4. BALSTICA CUERPO HUMANO
2.3.5. BALSTICA EN VEHCULOS
2.4. ARMA DE FUEGO DEFINICION
2.4.1. CLASIFICACION DE LAS ARMAS DE FUEGO
2.4.2. PARTES DEL CARTUCHO
2.5. SISTEMA INTEGRADO DE IDENTIFICACION DE BALISTICA
2.5.1. QUE ALMACENA
2.5.2. ANALISIS REALIZADOS EN LAS SECCIONALES
2.5.3. ACTIVIDADES DEL PERIO BALISTICO EN EL LUGAR DE LOS HECHOS
2.6. ELABORACION DEL INFORME DEL SERVIDOR DE POLICIA JUDICIAL
3. CAPITULO TERCERO RETRATO HABLADO
3.1. ELABORACION DE RETRATOS HABLADOS UTILIZANDO MEDIOS TECNOLOGICOS
3.1.1. EL RETRATO HABLADO ORAL
3.2. PRINCIPIOS DE IDENTIFICACI0N (PERSONA)
3.2.1 MODALIDADES QUE USA EL EXPERTO PARA UNA MEJOR ELABORACION DEL RETRATO
HABLADO
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3.2.2. VOCABULARIO DESCRIPTIVO
3.3. ELABORACION DE RETRATOS COMPUESTOS TOMANDO CON BASE IMGENES DE VIDEOS Y/O
FOTOGARFIAS
4. CAPITULO CUARTO DACTILOSCOPIA CONCEPTO
4.1. CONCEPTOS BASICOS DE LA DACTILOSCOPIA
4.2. CARACTERSTICAS BSICAS DE LAS HUELLAS
4.3. FIJACION O RESTRICCION DE LAS HUELLAS
4.4. CLASES DE HUELLAS DIGITALES
4.4.1. HUELLAS NATURALES
4.4.2. HUELLAS ARTIFICIALES
4.4.3. HUELLAS MODEADAS
4.4.4. HUELLAS LATENTES
4.5. MODOS DE REVELADO
4.6. PERITO DACTILOCOPISTA PARA EL LEVANTAMIENTO DE HUELLAS DIGITALES EN EL LUGAR DE LOS
HECHOS
4.7. FOTOGRAFIADO DE HUELLAS
5. CAPITULO QUINTO INPECCION TECNICA DEL CADAVER 5.1 .CONCEPTO
5.2. PROCEDIMIENTO DEL TECNICO EN LA INSPECCION DEL CADAVER
5.3. AUTOPSIA MEDICO LEGAL
5.4. IDENTIFICACION DE CADAVERES USANDO EL ESTUDIO DE LA DACTILOSCOPIA
5.4.1. CADVERES CONDICIONES NORMALES
5.4.2. CADVERES EN CONDICIONES DE RIGIDEZ
5.4.3. CADVERES EN DE CONDICIONES DE PUTREFACCIN
5.4.4. CADVERES EN CONDICIONES DE SAPONIFICACIN
5.4.5. CADVERES INCINERADOS
5.6. POSICION DEL CADAVER
5.6. FORMATO INSPECCION TECNICA DE CADAVER
6. CAPITULO SEXTO FOTOGRAFIA JUDICIAL
6.1 CONCEPTO FOTOGRAFIA JUDICIAL
6.2. ACTIVIDAD DEL TECNICO EN FOTOGRAFIA JUDICIAL Y PERITO
6.3. CREACIN DE LA FICHA DE FOTOGRAFIA POR EL INVESTIGADOR DE CAMPO
6.4. CLASES DE FOTOGRAFIAS
6.4.1. TOMAS GENERALES QUE REALIZA ELTECNICO DE POLICIA JUDICIAL
6.5. MATERIALES Y EQUIPOS UTILIZADOS POR EL TECNICO EN POLICIA JUDICIAL
6.6. IMPORTANCIA DE LA ACTIVIDAD TECNICO Y/O PERITO EN EL LUGAR DE LOS HECHOS FOTOGRAFIA
JUDICIAL
6.7. FORMATO DE FICHA TECNICA FOTOGRAFICA FPJ-23
6.8. ACTA DE RECONOCIMIENTO FOTOGRAFICO Y VIDEOGRAFICO
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INTRODUCCIN
La presente monografa es fruto de una investigacin que constituye un esfuerzo, para
personas relacionadas con la defensa jurdica, como estudiantes de derecho,
abogados, que por su intervencin y responsabilidad social deben manejar
ampliamente ciertos principios y procedimientos como lo son, el manejo de la
evidencia fsica y elementos materiales probatorios de la escena del crimen, estas por
ser y estar ms compenetradas con este tema, se deben hacer conocedoras de
mtodos y tcnicas, que conducen a la verdad de los hechos que se investigan,
subsanndose los errores ms comunes, o frecuentes que se cometen en la escena
del delito.
Hay que considerar que cuando una evidencia fsica o elemento material probatorio es
borrado, desaparecido, contaminado, ya sea por la no debida precaucin, se est
perdiendo un gran elemento para la investigacin en particular, pero tambin se est
violando el derecho al debido proceso constitucional y legal tanto de la persona
supuestamente responsable como de la vctima, y porque no decirlo de toda una
sociedad. Es importante entonces que las autoridades correspondientes entiendan
que recoger evidencia es de vital importancia, es un proceso que implica cuidados,
responsabilidad y esmero al realizarlo, es un hecho que forma parte de un conjunto de
principio procesales, penales y de derechos humanos, cuyo parte central es el
individuo, determinando a este como vctima o victimario que forma parte de una
sociedad.
Esta monografa presenta, el manejo de la escena del delito, los rganos que cumplen
funciones de polica judicial , su base jurdica, y algunas disciplinas de la criminalstica
que colaboran con el estudio y anlisis del lugar de los hechos en donde existi un
delito en particular, y la intervencin de un sujeto(s) responsable.
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HIPOTESIS.
Con el trascurrir del tiempo nuestra sociedad ha tenido cambios, los cuales debemos
asumir; el fenmeno delictivo es una constante que ha evolucionado por tal razn
exige un mayor compromiso por parte del estado y sus funcionarios encargados de
investigar las comisiones de hechos punibles, las tcnicas, medios cientficos y
procedimientos, la creacin de vas que ayuden y brinden garantas a todos los
individuos
Es importante recordar que para llegar a ser resuelto un caso en donde se vulnere un
Derecho Constitucional, se es necesaria una aplicacin correcta por parte del equipo
multidisciplinario el cual debe saber que procedimiento debe realizar al llegar al lugar
de los hechos, y qu hacer con los Elementos Materiales Probatorios y Evidencia
Fsica, estos funcionarios tienen que brindar resultados agiles, rpidos, verdicos, y
casi exactos para encontrar la verdad, pero a veces ante los ineficaces resultados
obtenidos se hace lenta y en algunos casos imposible la comprobacin de
responsabilidad, participacin, y instrumentos utilizados en un hecho punible.
Entre las variables existentes se hace notorio algunas falencias de la labor
desempeada por algunos funcionarios de los rganos de investigacin, ser que su
funcin de investigar se hace lenta por los errores cometidos en la escena del delito?.
Los funcionarios encargados de las investigaciones reciben unas bases de
conocimiento en las diferentes reas de cmo tratar el lugar de los hechos existir la
necesidad de brindar una especializacin ms compleja y con mayor duracin a las
personas encargadas de dichas investigaciones de conductas punibles? O tal vez la
necesidad de recursos tecnolgicos al servicio de la investigacin se tiene que
complementar? O se necesita ms personal para dichas investigaciones?
Lo cierto es que los especialistas deben emitir un fundamento tcnico o cientfico en
donde se pueda ilustrar al juez lo acaecido en el lugar donde sucedieron los hechos,
materia de investigacin, explicando el modo, tiempo, lugar, para que pueda el juez
emitir un juicio justo haciendo una valoracin total o parcial de dicha prueba, la
actividad del investigador en algunas ocasiones tiene desaciertos y esto conlleva a que
algunas conductas delictivas queden en la impunidad, obligando a asumir a la victima
los errores de una mala investigacin.
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OBJETIVO GENERAL
1. Dar a conocer la importancia que tienen todos los miembros asignados a estas reas de investigacin, bsqueda, descubrimiento, y estudio cientfico ya que
sin el ejercicio de su funcin sera imposible obtener respuestas o soluciones
verdaderas y resaltar la idoneidad que deben tener estos para tratar el manejo
de la escena del crimen.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
1. Concientizar a todos los estudiantes y abogados que es fundamental estar actualizado en conocimientos aplicables en tcnicas de investigacin de
diversas disciplinas que tienen por objeto el descubrimiento y verificacin del
delito.
2. Resaltar la importancia del manejo de los Elementos Materiales Probatorios y Evidencia Fsica asociados al hecho, ya que estos darn la base para la
reconstruccin del hecho investigado.
3. Estudiar las diferentes ciencias que forman parte de la criminologa y la criminalstica, coadyudando a la investigacin tcnica y cientfica de la
ejecucin de un hecho delictuoso
4. Analizar la importancia y el impacto que tienen en la sociedad brindar resultados rpidos, por parte de los organismos asignados por el Estado para la
investigacin de conductas delictivas, mostrando las reglas bsicas, para el
desarrollo de la escena del crimen.
5. Dar a conocer la importancia de charlas, seminarios, diplomados y otros cursos en los cuales su principal finalidad sea el correcto manejo y el papel que tiene
la Evidencia Fsica y los Elementos Materiales Probatorios.
6. Dar a conocer al lector parte de los diferentes conceptos y medios que se utilizan en cuanto a la actuacin de los organismos asignados por el estado
para las investigaciones y el desarrollo de cada ciencia, como lo son, balstica,
fotografa judicial e inspeccin tcnica del cadver.
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ESTADO DEL ARTE
Monografa: EL PERITAJE Y LAS PRUEBAS EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO.
Integrantes: RINCON GINA VANESA.
FLOREZ SUERAZ ADRIANA.
CELI NARIO HECTOR GIOULNNI
BOGOTA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE COLOMBIA 2007 - T 340.1265/F 567P
En relacin con nuestra monografa podemos destacar la valoracin que se le ha dado por
otras MONOGRAFIAS las cuales al igual que nosotras manejan un alto grado los temas los
cuales hemos querido resaltar al argumentar que El grado de valoracin de los dictmenes de
medicina legal hoy llamado peritajes se destaca que las investigaciones que requiere
conocimientos cientficos, artsticos, culturales hoy son respaldadas y motivadas por
instituciones estatales o particulares que cuentan con cuerpos tcnicos especializados y
tecnificados para rendir eficientemente los peritajes.
Por otra parte Tambin se hace gran referencia En la incorporacin de las pruebas es en
realidad donde se presentan mas falencias, tal es el caso de la historia clnica la cual es de
vital importancia para el proceso y en su gran mayora en ocasiones no es facilitada en
algunas entidades medicas circunstancia que constituye una clara obstruccin a la prueba.
Resaltando el hecho en cuanto a la inspeccin judicial la marcada ausencia de funcionarios
para su realizacin y la tardanza en su trmite de igual manera afecta en el proceso, pues el
mecanismo no es extemporneo frente a la necesidad y las pretensiones de las partes las
cuales se ven maniatadas para accionar en adecuada forma la carga probatoria.
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Monografa: LA BALISTICA AUXILIAR DE LA JUSTICIA.
Integrantes: KAROL IVON VILLAMIL,
ADRIANA DEL ROSIO NIO.
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS, DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIONES
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE COLOMBIA 2007 T 340.1351V455b.
En esta MONOGRAFIA se realiza El abordaje de este apasionante tema de las armas de
fuego- cuyas consecuencias es el centro de atencin estudiado por la balstica, ha sido
concebido con el fin de investigar, recopilar, estandarizar y poner en conocimiento de la
inquietudes en el tema dicha informacin.
El fin de esta Monografa al igual que la de nosotras es hacer una presentacin que sirva de
herramienta ya que el numero de homicidios, lesiones y en fin la participacin de las armas de
fuego en la ocurrencia de delitos es elevado para lograr acercarnos, aunque sea un poco ha
esclarecer los hechos punibles castigadles o no donde esta de por medio un arma que hace de
instrumento para lograr el objetivo de quien las usa, en forma de ataque para acallar su
contradictor para un fin econmico o simplemente creerse el macho dentro de una sociedad
donde los valores ticos y humanos estn cada da mas devaluados o en forma de defensa de
sus intereses y en defensa de su integridad personal y familiar.
Es por ello que aspiramos a guiar a los investigadores en esa labor que debe ser meticulosa
cuidando los rastros dejados y sometindose a una rigurosa cadena de custodia para intentar
ayudar a esta justicia colombiana tan desprestigiada no solo a nivel interno si no aun mas
preocupante a nivel internacional.
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MARCO DE REFERENCIA
MARCO INSTITUCIONAL
En la poca de la Gran Colombia, hacia el ao 1827, cuando se autoriz al poder ejecutivo para
nombrar un jefe de Polica, se encomend la instruccin criminal a las comisaras de Polica. Ms
tarde, la ley 8 de 1841, inclua una seccin de la Polica Judicial, a la que se encomendaba ocuparse
de las pesquisas para investigar los delitos
Con el decreto 1000 de 1891 nace la Polica Nacional y en desarrollo de su artculo 1 el Ministerio
de Gobierno expide el Reglamento General de la Polica, que en el captulo XI, artculo 145,
establece la Divisin de Seguridad comprendiendo la vigilancia y las pesquisas. Vendran otras
normas que contribuyeron al avance de esta importante funcin; as el decreto 1547 de 1892 cre
la Inspeccin de Permanencia y dio a la Polica funciones judiciales; el 464 de 1905 entreg la
misin de instruir sumarios, para lo cual cre la Comisara de Polica Judicial, que organizada por el
decreto-ley 711 de 1906 con la Seccin de Justicia, se encarg de la investigacin de crmenes y
delitos.
En 1914 con el decreto 31 se cre la Escuela de Detectives y en 1915, la ley 41, determin que la
Polica Nacional estara dividida en tres grupos, uno de los cuales fue el de Polica Judicial, que tuvo
por objeto la averiguacin de los delitos que se cometieran en su jurisdiccin. Con el decreto 2616
de 1934 entra en funcionamiento el Gabinete Central de Identificacin que fuera reorganizado en
1935, poca en la que se promulg la ley 15, que preceptuaba entre las funciones de la Polica la
de: Prestar el auxilio que reclamen la ejecucin de las leyes y las disposiciones del poder judicial.
En 1940, mediante el decreto-ley 505, se crean cuatro departamentos en la Polica, uno de los
cuales fue el de Investigacin e Identificacin, que cambiara su nombre ms tarde por el
Departamento de Investigacin Criminal, reestructurado bajo la denominacin de Servicio Nacional
de Seguridad y reorganizado nuevamente en 1953, bajo el rgimen del General Gustavo Rojas
Pinilla, en el Servicio de Inteligencia Colombiano.
Por otro lado en 1953 se dict el decreto 1814 que traslada la subordinacin de la Polica del Ministerio
de Gobierno, donde funcionaba desde sus orgenes, al Ministerio de Guerra (hoy de Defensa). All se
denomin Fuerza de Polica y su grupo de inteligencia fue el F-2, que hacia 1963 cambi el titulo por el
de Departamento F-2 del Estado Mayor.
El Laboratorio de Criminalstica fue creado en 1969 por Res. 3450, dependiendo de la Divisin de
Informacin, Polica Judicial y Estadstica Criminal (DIPEC). El 15 de enero de 1977, se cre el Centro de
Investigaciones Criminolgicas y en 1983 la DIPEC, mediante Dec. 2137, fue elevado a la categora de
Direccin, con lo cual cambi su denominacin a la de Direccin de Polica Judicial e Investigacin
(DIJIN).
En el ao 2.000, el 11 de Agosto mediante Decreto 1512 se modifica la estructura del MINISTERIO DE
DEFENSA NACIONAL y en el artculo 6 se especifica dentro del organigrama de la POLICA NACIONAL, la
DIRECCIN CENTRAL DE POLICA JUDICIAL - DIJIN, postulando en el artculo 38 las funciones a cumplir
por el organismo.
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MARCO LEGAL
1. CODIGO PENAL
2. CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL LEY 906 DE 2004
3. MANUAL UNICO DE POLICIA JUDICIAL
4. MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION
5. DECRETO 2535 DEL 93 Y 347 DE 2002
6. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA EL MANEJO DE ELEMENTOS FISICOS DE PRUEBA
ENE EL LUGAR DE LOS HECHOS , DIRECCION NACIONAL DE INSTRUCCIN CRIMINAL
1991 BOGOTA 161P
7. LEY 38 DE 1998
8. DECRETO 1216 de 1935
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MARCO TERICO
CAPITULO PRIMERO
1. LUGAR DE LOS HECHOS
Definicin lugar de los hechos: "El sitio donde se ha cometido un hecho que puede ser
delito". Es todo espacio en donde se hallan elementos materiales probatorios y
evidencia fsica y que estos tengan relacin con el hecho en averiguacin, ya sea este
mueble, inmueble, abierto, cerrado, nave o aeronave o mixto.
Lugar de los hechos es la porcin territorial en la cual se desarrolla el hecho
presuntamente delictivo. Lugar de hallazgo es la porcin territorial en la cual se
localizan indicios relacionados con el hecho presuntamente delictuoso. Es aqu donde
se centra el trabajo de los investigadores criminalistas.1
Cabe mencionar que existe tambin el lugar del hallazgo, el cual corresponde a un
espacio en donde encontramos los indicios que puedan estar relacionados con algn
hecho por ejemplo el hallazgo de un cadver, pero este sitio no va a corresponder al
lugar donde sucedi el presunto hecho delictuoso.
Lugar del hecho debe ser considerado y tratado como una escena del crimen
potencial, debiendo el responsable de su procesamiento guardar los resguardos
necesarios para garantizar la intangibilidad de los elementos, rastros o indicios que
puedan existir y para evitar cualquier prdida, alteracin o contaminacin.
El principio tcnico, no tocar, no pisar ni alterar sin antes documentar a travs de la
toma fotogrfica, filmaciones, croquis y acta es una regla fundamental en el desarrollo
de la investigacin. Tanto el perito, fotgrafo y toda persona que tuviere a cargo la
investigacin del hecho, debern trabajar con las manos enguantadas, a fin de no
alterar posibles evidencias o huellas como asimismo, no impresionar las propias en los
distintos elementos de la escena. En el lugar deben ingresar solamente los tcnicos,
profesionales en la materia y/o idneos en caso de que se contare con profesionales.
1.1. MANEJO DE LA ESCENA DEL CRIMEN LLEGADA A LA ESCENA DEL DELITO
Una buena investigacin especialmente en casos de delitos contra la vida, el cuerpo y
1 HERNANDEZ DE LA TORRE, la ciencia de la criminalstica, 2006.
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
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la salud en bsqueda de la verdad tiene su punto de partida en la forma como se
aborda la escena del crimen as como en la recoleccin y conservacin de las
evidencias cuyos resultados posteriores permitir esclarecer los hechos criminales
materia de investigacin.
La Recoleccin de las evidencias es del miembro policial encargado de las
investigaciones preliminares, del perito y del fotgrafo, debiendo tomarse todas las
precauciones para que no se daen los objetos que se encuentren en el interior de la
escena del crimen y que pueden ser de valiosa utilidad en la bsqueda de averiguar la
verdad de los hechos.
La importancia de realizar una buena recoleccin y conservacin de las evidencias
criminales radica en que ello permitir llegar a descubrir lo que realmente ocurri e
identificar a los presuntos responsables. Los especialistas recomiendan que la
recoleccin y conservacin de las evidencias deba comenzar a una distancia
prudencial del lugar mismo en que se cometi el hecho a investigar, sin precipitacin,
principalmente, en los casos de homicidio.2
Existe una premisa muy popular entre los investigadores: La primera persona que llega
a la escena del crimen, debe gastar un poco de tiempo en hacer un examen
panormico tratando de grabar la mayor cantidad de detalles del rea entera.
RECOMENDACIN: DETENGASE, MIRE, ESCUCHE Y COMIENCE EL REGISTRO3 La
escena del crimen es, como su nombre indica, el lugar que el asesino ha elegido para
matar a su vctima. Las escenas pueden ser varias si el asesino ha usado varios
lugares desde que atrapa su vctima hasta que la deja. Puede atraparla en un sitio,
torturarla en un segundo, matarla en un tercero y trasladarla a un cuarto para
abandonarla all. Existen varias tipologas de escenas del crimen en funcin del criterio
que usemos para clasificarlas:
Interior del suceso: Las que se producen en el interior de una estructura como casas,
apartamentos, edificios, naves etc.
Interior de vehculos: Las que se producen en el interior de vehculos de transportes
tales como coches, camiones, barcos, trenes etc.
2 HERNANDEZ DE LA TORRE, la ciencia de la criminalstica 2002
3 JACK ARTHUR, la escena del crimen del criminal 2009
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Exterior del suceso: Las que se producen a campo abierto en parques, bosques,
desiertos etc.
Escenas bajo agua: Las que se producen en el medio acutico como pantanos, ros,
pozos, mar etc.
1.2. CLASES DE LUGAR DE HECHOS
a. Lugar de los hechos abierto: Espacio que no cuenta con proteccin a los factores
ambientales como la luz solar, el viento, el polvo, como es el caso de lugares que no
poseen lmites precisos y por lo general pueden hallarse en las calles, parques,
jardines, humedales, va pblica, un potrero, la playa, un desierto, etc. en este tipo de
lugar hay que tener especial cuidado por aquello del deterioro y la contaminacin de
los Elementos Materiales Probatorios y Evidencia Fsica, ya que los factores
ambientales aceleran la destruccin de la evidencia. Por ello el procesamiento del
lugar de los hechos se debe realizar con mucho ms cuidado y con la premura del
tiempo.
Cabe tener en cuenta que el acordonamiento se efecta cuando se tiene el indicio de
que el delito por normatividad aplica para ello y el espacio fsico se puede hallar
Elementos Materiales Probatorios y Evidencia Fsica sin importar si se observan o no a
simple vista, relacionados con el hecho en la averiguacin.
(Clase de lugar abierto)
b. Lugar de los hechos cerrado: son todos aquellos espacios que cuentan con alguna
proteccin contra los factores ambientales, circunscriben lmites precisos como lo son
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inmuebles ejemplo: el interior de una oficina, de un motel, de un supermercado, de
una tienda, casas etc.
Este tipo de lugares tiene algunas ventajas, la facilidad del acordonamiento, sus
lmites fsicos permiten dimensionar de una mejor manera el lugar de los hechos, evita
la observacin de personas ajenas a la investigacin, evita la contaminacin por
exposicin directa a la luz solar, y la humedad por lluvia, la premura del tiempo es un
poco ms manejable, por trabajar en un ambiente protegido.4
c. Lugar de los hechos mixto o semiabierto: Este lugar de los hechos que se halla
compuesto por dos o ms lugares, para el caso de inmuebles, vehculos, y la va
pblica relacionados en un solo caso, lugar de los hechos mixto es la composicin de
diferentes clases de lugares de los hechos que existen es decir tiene las
caractersticas del escenario abierto y cerrado.
En este tipo de lugares es necesario la aplicacin de toda la experiencia para el
anlisis y procesamiento del lugar de los hechos.
(Clase de lugar mixto)
d. Lugar de los hechos mviles: espacio que tiene la virtud de estar en movimiento,
ejemplo; vehculos, aviones, barcos, motos, vehculo de traccin animal, es todo
espacio que se pueda trasladar de un lugar, no importando el mecanismo que se
emplee para lograr este fin ejemplo barcos, aviones, motos, traccin animal etc.
4 Robn David Oviedo Carmona, criminalstica aplicada,2008.
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En la mayora de los casos esta clase de lugar de los hechos, se le debe dar
Tratamiento como si fuera mixto teniendo en cuenta el espacio circundante donde se
halla el lugar
(Imagen vehculos de motos)
1.3. TIPOS DE ESCENA
a. PRIMARIA: aqu es donde existe mayor contacto entre el agresor(es) y la vctima(s),
en este lugar es donde se realizan el mayor numero de lesiones o agresiones a la
vctima y a la vez donde se invierte ms tiempo.
b. SECUNDARIA: aqu es donde se establece interaccin entre agresor y vctima pero
en menor cantidad respecto a la primaria. Si el agresor llegase a dejar el cadver por
en la escena secundaria sigue siendo la escena secundaria.
c. INTERMEDIA: esta hace referencia al intervalo entre la escena primaria y
secundaria, para llegar a la escena secundaria (donde es dejado el cuerpo), es
necesario su traslado desde la escena primaria.
1.4. ORGANISMOS QUE CUMPLE FUNCIONES DE POLICIA JUDICIAL5
Por polica judicial se entiende la funcin que cumple algunos de los organismos del
estado para apoyar la investigacin Penal, en el campo investigativo, tcnico,
cientfico, y operativo; por iniciativa propia o por orden impartida por el fiscal Director
de la Investigacin para recaudar lo EMP Y EF que permitan determinar la ocurrencia
5 Cdigo de Procedimiento Penal ART 202
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
19
de la conducta punible y la responsabilidad de los autores y participes
Los rganos que ejercen funciones permanentes de policia judicial de manera especial
dentero de su competemcia son: la Procuaraduria General de la Nacion, La Contraloria
General de la Republica, Las autoridades como la Policia Judicial de la Policia
Nacional, Las autoridades de Transito en asuntos de su Competencia, Los Directores
Nacional y Regional del INPEC los Directores de reestablecimientos de reclusin y el
Personal de Custodia y vigilancia, los Alacaldes e Inspectores de policia, El Cuerpo
Tcnico de la Fiscala General de la Nacin (art 202 de codigo de procedimeiento
penal); todos estos pueden colaborar bajo la coordinacion de la Fiscalia General de la
Nacin. En desarrollo de esta funcin, en cuanto a los EMP y EV, aplicaran la cadena
de custodia y procedimientos pertinentes en el marco de las atribuciones sealadas
por la ley a cada organismo.
En este sentido cuando estos servidores en ejercicio de sus funciones tengan
conocimiento de una conducta delictiva, recaudaran la informacin pertinente y los
EMP y EF encontrados, rendirn informe ejecutivo (FPJ3) a la Fiscala General de la
Nacin indicando en forma en concreta los hallazgos, para que esta asuma la
coordinacin, control jurdico y verificacin tcnico-cientfica de la actuacin. As
mismo, el Fiscal del caso podr ordenar la colaboracin en campos especficos segn
requerimientos y condiciones de la investigacin.
Se resalta que las autoridades de trnsito, en ejercicio de sus funciones especiales, en
caso de homicidios y lesiones personales en accidentes de trnsito, estn facultadas
para realizar inspeccin a cadver, al lugar de los hechos, entrevistas, recolectar, fijar,
rotular, y embalar EMP y EF y de mas actos urgentes a que hayan lugar.
En donde no exista polica judicial, ni polica nacional, los alcaldes e inspectores de
polica estn facultado para realizar inspecciones de cadveres, inspeccin al lugar de
los hechos entrevistas, recolectar, fijar, identificar, embalar, rotular EMP y EF,
entregando al termino de la distancia en informe respectivo, al fiscal u oficina de
asignaciones ms cercano de la jurisdiccin.
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
20
1.4.1. ORGANOS QUE EJERCEN TRANSITORIAMENTE FUNCIONES DE POLICIA JUDICIAL:
los entes pblicos que por resolucin del Fiscal General de la Nacin hayan sido
autorizados para ello. Estos debern actuar conforme con las autorizaciones otorgadas
y en los asuntos que haya sido sealado en la respectiva resolucin (art 203 de cdigo
de Procedimiento Penal.)
1.4.2. LOS SERVIDOREES QUE INTERVIENE EN EL PROCEDIMIENTO PENAL
Los principios rectores y garantas procesales instituidos en el cdigo de procedimiento
penal inspiran las actuaciones de los servidores pblicos que intervienen en la
investigacin y en el proceso penal los cuales ensean el respeto por la dignidad
humana, el debido proceso, la libertad, igualdad, intimidad, presuncin de inocencia,
derecho de defensa, lealtad e imparcialidad.
Reclaman especial atencin a las vctimas, a quienes debe suministrar su informacin
necesaria que les permita la defensa de sus intereses y el restablecimiento de sus
derechos.
Demandan ceirse a los criterios de necesidad, ponderacin, legalidad y correccin en
el comportamiento para evitar excesos contrarios a la funcin pblica, especialmente
a la justicia. Se requiere, entonces, un servidor de la polica judicial que acte ajustado
a los parmetros constitucionales, legales y procedimentales, con el fin de evitar
nulidades (principio de exclusin) que afecta la buen marcha de la administracin de
justicia
1.5. INSPECCION DEL LUGAR DE LOS HECHOS ART 213 DEL CPP
La inspeccin est encaminada o tiene como objetivo principal comprobar el estado de
las personas, rastros, lugares y la investigacin de todos los hechos que sean tiles
para averiguar sobre el hecho.
El lugar de los hechos es un lugar abierto, cerrado, mueble o inmueble, donde se
cometi un presunto delito, incluyendo los alrededores, reas adyacentes, lugares
relacionados, y rutas de escape.
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
21
El anlisis y observacin detallada minuciosa y metdica del lugar de los hechos,
permite descubrir, identificar, fijar, recoger, embalar tcnicamente los EMP y EF que
permiten demostrar la ocurrencia de la conducta punible y establecer nexos y
relaciones entre estos y el autor(res) o participe (s) del ilcito. Cada EMP y EF ser
manejado bajo los procedimientos de la cadena de custodia para evitar la
suplantacin o alteracin del mismo. De las diligencias se levantar un acta de
inspeccin de lugares, suscrita por el servidor responsable de la diligencia.
El equipo encargado de la inspeccin tcnico policial deben establecer las
caractersticas del delito, ajustndolo lo mximo posible al tipo penal del que se trate a
priori, deben dar informacin inicial sobre las posibles vas de investigacin que se
deben establecer para evitar posible destruccin de pruebas o fuga del culpable/s.
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
22
1.5.1. INFORME EJECUTIVO REALIZADO EN EL LUGAR DE LOS HECHOS6
6 INFORME EJECUTIVO FPJ-3 DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION UTILIZADOS POR LA POLICIA JUDICIAL
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
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6 INFORME EJECUTIVO FPJ-3 DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION UTILIZADOS POR LA POLICIA JUDICIAL
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6
6 INFORME EJECUTIVO FPJ-3 DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION UTILIZADOS POR LA POLICIA JUDICIAL
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
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1.5.2. EXTENCION DEL LUGAR DE LOS HECHOS
Dimensionar el lugar de los hechos de manera real depende de la ubicacin de la
ultima Elementos materiales probatorios y Evidencia fsica, que se halle en el lugar ,
para el caso de lugares cerrados como inmuebles es ms sencillo, ya que las paredes
son limitantes del lugar.
Hay que tener en claro que para el caso de inmuebles donde funcionan muchos
hogares no se debe tratar como lugar de los hechos todo el inmueble solo se tendrn
en cuenta el sitio como tal y la ruta de escape.
Para los lugares abiertos tener una dimensin exacta de la extensin es algo difcil por
ello los expertos aconsejan extender el acordonamiento al flujo de personas,
vehculos, animales que transiten por el lugar por ello es aconsejable excederse un
poco con el acordonamiento, este debe ser un procedimiento rpido, si no se tiene una
idea real del tamao del lugar de los hechos.
En caso de lugar de los hechos muebles, surgen varios interrogantes, por ejemplo la
huida de los agresores en un vehculo que luego abandonan varias cuadras despus
ser lugar de los hechos todas las cuadras recorridas?, el vehculo como tal es el
lugar de los hechos secundario, si la conducta ha sido cometida fuera de l, y el
vehculo fuere utilizado como medio de escape; las cuadras como tal sern
inspeccionadas de acuerdo con el anlisis del vehculo, la inspeccin de este nos dir
si es o no necesaria la inspeccin de las cuadras. Porque es una labor dispendiosa y
que adems implica el uso de mucho personal, adems del tiempo y sin tener en claro
lo que se pretende hallar, de all lo que se debe tener en cuenta al momento de
procesar un lugar de los hachos mueble.
1.6. ETAPAS DE ANALISIS DEL LUGAR DE LOS HECHOS
1.6.1. INFORMACION Y VERIFICACION DEL HECHO: conocida la informacin respecto a
la ocurrencia del hecho, el servidor de polica judicial, o quien haga sus veces se
trasladara a la sitio con el objeto de verificar y constara que la informacin conocida
por el primer respondiente quede registrada en el respectivo formato actuacin del
primer correspondiente
1.6.2. PROTECCION, PRESERVACION Y ENTREGA DEL LUGAR DE LOS HECHOS: tiene
como objetivo asegurar los Elementos Materia de Prueba de forma ntegra y
garantizando un buen manejo de ella. El informe ser entregado a la primera autoridad
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
26
interviniente (polica nacional, polica judicial, o la autoridad que acte en ausencia de
estas) inicia los procedimientos de cadena de custodia.
1.6.3. OBSERVACION DEL LUGAR DE LOS HECHOS: la primera inspeccin realizada al
lugar de los hechos es la oportunidad ms relevante para la observacin,
reconocimiento y recuperacin de los EMP y EF es la principal fuente de informacin
que nos acerca a la realidad de lo sucedido. Para su anlisis el servidor responsable
elabora un plan en donde determina el metodo ms adecuado por seguir segn el
terreno: bsqueda de punto a punto, por sector cuadrante, de crculos concntricos, o
espiral, por franjas y lneas, o por cuadricula o rejilla.
El funcionamiento de polica judicial a cargo de el anlisis y procesamiento del lugar de
los hechos, antes del ingreso debe coordinar la ubicacin del puesto de mando, este
puede estar ubicado en el segundo anillo de seguridad y es en donde se van a
coordinar todas las actividades en torno al lugar de los hechos es donde va a estar
ubicado todo el equipo tcnico de criminalstica de campo, y los diferentes rganos de
polica Judicial
La observacin del lugar de los hechos se realiza antes de ingresar con la informacin
ya recolectada se tiene una perspectiva general del lugar de los hechos, y se coordinan
a los que van a ingresar all.
Establecer un ingreso y una salida es uno de los puntos que se deben tener en cuenta
al analizar y procesar el lugar de los hechos, la importancia de este paso es no
estropear los Elemento Materia de Prueba y la Evidencia Fsica, que se hallen en el
lugar, con una ruta de ingreso se establece orden en el lugar de los hechos se evita el
ingreso por reas que puedan tener Elemento Materia de Prueba y la Evidencia Fsica
de importancia, si se trata de lugares cerrados por toda lgica va a ser el acceso que
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27
este ya tiene, pero si tiene varios mejor se emplea el que menos tenga Elemento
Materia de Prueba y la Evidencia Fsica.
El coordinador de la polica judicial establece la mejor ruta para el ingreso de personal
autorizado, asegurndose que no se alteren o contaminen los Elemento Materia de
Prueba y la Evidencia Fsica.
1.6.4. SEALIZACION Y NUMERACION DE LOS EMP y EF: todos y cada uno de los EMP
y EF encontrados se sealizan con indicadores o numeradores de evidencia, segn los
expertos en el tema se utiliza un sistema numrico o alfabtico, de acuerdo con el
metodo de exploracin seleccionado. El nmero con el cual se identifica EMP y EF ser
el mismo durante el proceso penal y valido nicamente para el caso en concreto.
1.7. PROTECCION PRESERVACION Y ENTREGA DEL LUGAR DE LOS HECHOS
La proteccin, preservacin, tiene como finalidad, asegurar los elementos materia de
prueba y evidencia fsica, en forma ntegra y garantizando que mediante el
acordonamiento y preservacin que se le haya dado lugar de los hechos desde la
llegada del primer respondiente hasta la entrega a la polica judicial asignada para la
investigacin del caso.
El informe entregado por el primer respondiente, con relacin al lugar de los hechos es
de gran importancia para llevar acabo exitosamente la investigacin criminal, por ello
este debe ser claro, preciso, y objetivo.
En cada intervencin de la polica de vigilancia se debe notar el profesionalismo, por
ello al momento de proteger el lugar de los hechos, el primer respondiente debe hacer
una valoracin de la situacin a la cual se enfrenta, teniendo en cuenta la
autoproteccin y auxilio de los heridos, para su remisin sea oportuna y no hallan otras
vctimas; debe tener en cuenta la premura del tiempo, para evitar la manipulacin,
perdida, deterioro de los Elementos materiales de prueba y Evidencia fsica que se
halle en el lugar de los hechos.
1.8. ACORDONAMIENTO DEL LUGAR DE LOS HECHOS
Es dar proteccin a un espacio determinado, de los factores fsicos que podran
modificar su estado original, mediante el uso de cintas plsticas, barricadas, conos,
vallas, cuerdas. El acordonamiento del lugar de los hechos es en principio en
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
28
nacimiento del lugar de los hachos porque de esta labor se dar los lmites del espacio
como tal que se va a procesar. El primer respondiente o primera autoridad en el lugar
de los hechos es la que va a realizar esta labor, es la que da lmites al lugar de los
hechos.7
Preservar el lugar de los hechos consiste en que el lugar donde se cometi un delito
sea protegido, aislado y conservado tal como se encontr, con el propsito de cuidar
las evidencias y evitar que se contaminen, las cambien o las roben. Es obligacin de
todo servidor pblico evitar que se alteren los indicios que se encuentren en el lugar
de los hechos mientras llegan los peritos, quienes son los encargados de analizar,
levantar y embalar los indicios relacionados con un delito.
El personal correspondiente a la proteccin del lugar, victimas, etc., no debern tocar
ni permitir que alguien o se lleve los indicios encontrados en el lugar de los hechos,
salvo aquellas personas que participan directamente en la investigacin: polica
judicial, perito(s) etc. Si lo hacen o permiten que alguna persona lo haga, podran
incurrir en un delito y se les darn las correspondientes sanciones.
7 Robn David Oviedo Carmona, criminalstica aplicada, Pg. 26, y 27.2008.
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
29
1.8.1. REGLAS BASICAS QUE SE TIENEN EN CUENTA PARA EL ACORDONAMIENTO DEL
LUGAR DE LOS HECHOS.
Es muy importante preservar el lugar de los hechos porque as se podrn realizar
mejor las investigaciones y habr ms posibilidades de detener a los culpables es por
esto que el personal encargado deber:
1. Como primera medida es importante retirar del lugar a las personas, animales,
que se hallen circulando en el lugar de manera inmediata a una buena
distancia, ya que estos pueden contaminar EMP y EF en esta actividad se
puede ayudar de personal adicional experto para esta labor.
2. Realice labor de campo de forma rpida y cuidadosa para as poder tener una
visin ms clara, amplia, y general del lugar de los hechos y poder realizar de
forma efectiva el acordonamiento.
3. Los EMP y EF no se pueden mover, cambiar, tocar de manera inadecuada o
inexperta por los funcionarios encargados de esta labor ejemplo: la posicin en
que se encuentran cadver (es) y objetos de superficie lisa, marcas, huellas,
manchas, sangre, vainillas, pisadas etc, en la escena todo elemento por ms
insignificante que sea es de suma importancia.
4. En la escena del delito es importante tener en cuenta testigos personas
sospechosas del el hecho, estos pueden colaborar a detectar la presencia o
identificacin de un presunto autor de la conducta punible.
5. El funcionario encargado de la escena del delito, no se debe distraer ya que
existen factores, que hacen que este se pueda entretener como por ejemplo: un
familiar(es), amigo(s), cnyuge (s), hijo(s) del occiso o de la vctima estos
pueden gritar, llorar de manera desesperada, desmayarse, etc, el funcionario
debe actuar de manera objetiva sin desconocer el dolor ajeno manejando la
discrecin al retirar a estas personas del lugar. Tambin debe referirse al occiso
vctima de una manera respetuosa es decir no utilizar palabras soeces que
puedan herir los sentimientos de la persona(s) que se hallen en el lugar.
6. No deben hacerse comentarios del el hecho ocurrido dar informacin del
hecho.
7. Los procedimientos de fijacin, levantamiento y embalaje de los indicios sern
realizados por el personal de servicios periciales en criminalstica de c/u de los
campos.
8. No se ve nada ni se acordona, por ello acordone no asuma que no hay nada,
esa es labor de los peritos en criminalstica de campo: establecer que no hay
nada en el lugar de los hechos.
9. En la escena es importante la prohibicin de no fumar, comer, arrojar desechos
como basura, ya que obstruir la debida labor de una buena investigacin.
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
30
10. En todo momento, los elementos obtenidos por la Polica Judicial se cuidarn y
se deber brindar integridad fsica del personal que est realizando la
inspeccin en el lugar de los hechos, as como las condiciones fsicas del lugar.
11. El personal de los medios de comunicacin deber mantenerse a una distancia
prudente para no alterar ni contaminar los indicios ni entorpecer el trabajo de
las autoridades.
12. El personal encargado por ningn motivo deber dejar el lugar de los hechos,
sin la previa custodia de la unidad policial ya que si esta no tiene custodia el
lugar se puede ver seriamente afectado los EMP y EF por lavado, pisadas,
robo, alteracin de los diferentes Elementos materiales probatorios y Evidencia
fsica.8
13. En el momento que se encuentren heridos los funcionarios de la Polica judicial
debern de forma rpida y oportuna acercarlos o llevarlos a un centro
asistencial para que puedan ser atendidos, mientras estos realizan dicha
actividad, debe dejarse en la escena del delito el personal necesario para que
proteja el lugar de los hechos.
IMPORTANTE: Todo delito deja huella (por lo tanto no asuma que no hay evidencia)
porque no la vea no asuma que no exista, por ello acordone el lugar. No menosprecie
el delito ya que todos son importantes y deben ser materia de investigacin si este
califica para ello, en algunos casos en donde no se tiene claro que delito se podra
estar aplicando y que este no genera mayor impresin como el ejemplo de la muerte
sbita que solo se ve cuando la persona cae y esta es llevada de manera inmediata a
un centro asistencial, al llagar al lugar de los hechos. 9
1.8.2. ACORDONAMIENTO EN LUGARES ABIERTOS
1.8.2.1. VIA PBLICA: Refirindonos a calles, avenidas, andenes entre otros. Esta
clase se caracteriza por estar rodeados de inmuebles, por lo tanto el acordonamiento
se realiza de manera ms rpida y con mayor facilidad, se puede ayudar por los
mismos inmuebles, postes, seales de trnsito para sostener las cintas, en este caso
las cintas de acordonar son las ms sugeridas porque abarcan ms espacio, recuerde
si deja un espacio en el acordonamiento, por all se van a entrar las personas. Los
8 Foro criminalstica forense FCO12345
9 Robn David Oviedo Carmona, criminalstica aplicada, Pg. 28.2008.
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
31
animales son un problema, este muy pendiente de esto, por que en ocasiones hay
mucha gente observando alrededor del acordonamiento y esto genera distraccin y es
en este momento animales como el perro, atrados por el olor a sangre, se acercan a
oler los Elementos Materia de Prueba Y Evidencia fsica que se hallen en el lugar , y
esto causa mala impresin evtelo.
En algunos casos como los accidentes de trnsito que ocurren en plena va pblica, en
avenida de alto flujo vehicular, estos accidentes causan mucho traumatismo, tanto
para el flujo vehicular como para transentes, por mirar los daos causados, las
personas heridas; siempre se acumula mucha gente, si el acordonamiento. Produce
caos vehicular, pida apoyo para buscar vas alternas, eviten al mximo los trancones
ya que estos generan mucha tensin.10
1.8.2.2. AREAS ABIERTAS: Parcelas, lotes baldos, fincas, canchas, entre otras son
lugares que en su mayora cuentan con mucha extensin y acordonar este espacio
resulta una tarea algo difcil; si es posible acordone todo, pero si es mucha extensin
trate de ubicar caminos, accesos a este y solo acordone estos ltimos, si cuenta con
personal, ubique una por una porciones de terreno de acuerdo al tamao, lo que se
quiere es tratar de cubrir al mximo el terreno, en las reas abiertas se destacan
delitos como violaciones, homicidios.
En los casos en que se encuentran cadveres, el experto no se debe evitar ser
engaado y creer que est frente al lugar de los hechos primarios, en algunos casos
las vctimas son asesinadas en otro lugar y tiradas en otros lugares para dificultar la
bsqueda del cadver, por ello se debe realizar un anlisis del lugar de los hechos,
realice una bsqueda de elementos de acuerdo a una posible ruta de escape acceso,
linderos cercanos, si presenta signos de violencia, y documente las actividades
realizadas; un buen indicio es mirar el cuerpo , si presenta signos de violencia, su ropa,
ya que en algunos casos son personas de aspecto indigente, y esta clase de personas
frecuentan estos sitios, pertenencias, sexo, ya que si se trata de una mujer, que
presenta signos de violencia, ropa rasgada, se pondra decir que estamos frente a una
posible violacin, y esto nos dara un indicio para iniciar una bsqueda en el lugar.
1.8.2.3. AREAS CERRADAS: Casa, bodegas, locales espacio que implique muros y
techos, el acordonamiento ser ms sencillo, se aconseja que cubra una porcin del
andn que se hallan en los ingresos de estos lugares, si se tratan de varias familias
que comparten el inmueble cierre la habitacin y deje un escolta, recuerde que
10
Robn David Oviedo Carmona, criminalstica aplicada, Pg. 28.2008.
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
32
acordonar no es solo colocar una cinta, puede ser colocar, barreras, conos, personas,
cualquier mtodo que impida el paso, el hecho es proteger el lugar de los hechos.
1.8.2.4. AREA MIXTA: Local, vehculo, va pblica, entre otros, si el funcionario esta
frente a un lugar de los hechos de este tipo, lo que va a representar el desafo es la
ubicacin del vehculo, ya que si este se halla cerca, dentro de la misma cuadra,
sera solo acordonar las cuadras circundante, pero si el vehculo se halla retirado del
lugar de los hechos inicial, el funcionario estara frente a un lugar de los hechos
secundarios, diferentes pero relacionados entre s.
1.8.3. MATERIALES NECESARIOS PARA REALIZAR UNA EXCELENTE LABOR DE
ACORDONAMIENTO
Barricadas
Cintas
Cuerdas
Medios de transporte
Radio de comunicaciones.
1.9. PELIGROS EN EL LUGAR DE LOS HECHOS
Es de vital importancia que el servidor encargado de la escena del delito atienda las
medidas de seguridad integrales en todo momento, especialmente en el lugar de los
hechos, en los casos especficos de atentados con material explosivo, incendios, entre
otras causas, en los casos de estructuras colapsadas, trampas con el cuerpo del
occiso las llamadas casa bobos, los gases presentes en un lugar cerrado como el
monxido de carbon, son muchos los riesgos que se corren si no se atienden las
medidas de seguridad integrales.
Al momento que los expertos den el reporte a la central de radio, de la posible
comisin de un hecho punible, es necesario que el personal encargado se traslade en
el menor tiempo posible pero sin ir a escatimar las medidas de seguridad integrales,
no ponindose en peligro por no tener en cuenta ciertas medidas de seguridad, para
ello cabe destacar cinco modos de peligro de exposicin discriminados as:
1.9.1. INNHALACION: es la clase de riesgo que se tiene por la respiracin, como humo,
gases, polvo, y algunos lquidos que emiten gases, estos riesgos se contrarrestan con
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
33
el uso de las mascaras, tapabocas, estos se pueden detectar si al ingresar al lugar de
los hechos nota olores en el ambiente, no corra el riesgo de entrar sin tener la
proteccin necesaria. Si esta frente a un contenedor y este contiene liquido que
desconoce, no inhale por que estara en gran riesgo.
1.9.2. CONTACTO FISICO: Peligro que se corre por rasgaduras, golpes, quemaduras,
por lo general en construcciones colapsadas, obras en construccin terrenos de difcil
acceso, tenga en cuenta de no introducir las manos en sitios donde no se cuente con
iluminacin, tenga las condiciones de aire adecuadas, en caso contrario busque los
elementos para iluminar adecuadamente el sitio. El funcionario proveer de objetos
adheridos a los muros porque estos podran desprenderse y lesionarse.11
1.9.3.INGESTION: por va oral no injiera ninguna clase de liquido, alimento, que se
halle en el lugar de los hechos porque estara corriendo el riesgo de introducir un
contaminante a su cuerpo, ni tampoco los traiga de afuera para adentro del lugar de
los hechos, abstngase de realizar estas actividades en el lugar de los hechos.
1.9.4. INYECCION: por puncin de elementos contaminados y no estriles, agujas,
alambres, clavos, tenga cuidado porque un elemento punzante atraviesa la suela de
un zapato y podra sufrir una lesin, por buscar elementos materiales, probatorios y
evidencia fsica en cajones, armarios sin mirar, solo metiendo la mano por ropa u otro
elemento que no permita la visin, el personal podra correr el riesgo de sufrir una
puncin. Tenga en cuenta que al ingresar a cualquier lugar de los hechos ya sea la
bsqueda de personas heridas o cadveres los posibles riesgos a los que se puede
estar expuesto al momento de realizar esta actividad, por ello, de acuerdo al tipo de
lugar se evala el riesgo posible y el tipo de proteccin a utilizar.
12
11
Robn David Oviedo Carmona, criminalstica aplicada, Pg. 31.2008.Criminalisticaforense.com
12 .Criminalisticaforense.com. IMAGEN
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
34
1.10. MATERIALES O ELEMENTOS NECESARIOS Y UTLIZADOS EN EL LUGAR DE LOS
HECHOS
Elementos de proteccin que se deben emplear en el lugar de los hechos:
Materiales y equipos:
Guantes quirrgicos y de carnaza
Gafas de seguridad o caretas
Casco
Mascarillas
Botas plsticas
Equipo de primeros auxilios
NOTA: seala que en los lugares donde no hubiere miembros de la polica judicial de
la polica nacional esta funcin la realizara la polica nacional; por lo anterior cuando
en, los manuales de polica judicial y cadena de custodia, se hace referencia ala
servidor de polica judicial o quien por va de excepcin haga sus veces se entiende
que se trata de la polica nacional.13
1.10.1. RECOMENDACIONES GENERALES PARA EVITAR LA CONTAMINACION EN LA
ESCENA DE LA CONDUCTA PUNIBLE
Abstngase de manipular elementos cortantes o pulsantes sin las herramientas
necesarias.
No utilice baos del lugar de los hechos ni elementos de aseo que estn all
porque no se sabe en qu condiciones estn estos.
No se rasque dentro del lugar por que contamina la escena dejando su ADN y
tambin por evitar que usted se contamine por contacto fsico.
No meta las manos en sitios que no permitan ver lo que se est haciendo.
Lave bien sus manos con abundante agua y jabn despus de entrar y salir del lugar de los hechos.
13
Cdigo de procedimiento Penal, pargrafo del Art 201 del C.P.P.
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
35
1.11. PRIMER RESPONDIENTE
Es la primera autoridad que llega al lugar de los hechos, una vez estos han sido
informados, como las patrullas de la polica nacional, ejercito, alcalde, inspectores,
entre otros; tambin pueden ser los servidores pblicos trabajadores oficiales o
particulares pertenecientes a organismos de socorro como defensa civil, bomberos,
personal de las entidades de salud, que tienen el primer contacto con el lugar de los
hechos y/o cadver; los cuales deben responder por su proteccin, preservacin, y
entrega a la polica judicial correspondiente.(bureau veritas de Colombia pjic-plh-po-03)
El manejo de la escena es principio y fundamento para el xito de la investigacin de
un delito; por eso debe el agente en forma metdica, tcnica, cientfica, ordenada y
coordinada.
(CUERPO DE BOMBEROS)
Solo un procedimiento riguroso tcnico, ceido a los requerimientos legales permitir
obtener la informacin vlida y necesaria para el xito de la investigacin. La primera
responsabilidad la tiene la polica o servidor pblico que llega a la escena. Esta
funcin, mirada a veces con desdeo, resulta ser de gran importancia, porque del
buen manejo de la escena del delito, porque de ese primer correspondiente, depende
la preservacin de la misma como tal, de los elementos fsicos de prueba y la
iniciacin de una adecuada cadena de custodia (manejo de la escena del delito)
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
36
1.11.1. PROCEDIMIENTO DEL PRIMER RESPONDIENTE
La Polica servidor(s) que llega al lugar de los hechos tienen una gran
responsabilidad ya que estos realizan el procedimiento de la Cadena de
Custodia
El (los) servidor (es) que integran el primer grupo del primer respondiente deben
permanecer en el lugar de los hechos, por ello se deber realizar los relevos
respectivos dejando constancia de ello hasta la entrega del mismo a la polica
judicial conocedora del caso
La nica autoridad que autoriza el retiro del primer respondiente en el lugar de
los hechos es la polica judicial asignada a la investigacin nunca se debe
abandonar el lugar de los hechos porque podra sufrir cambios que
desfavorecen la investigacin como por ejemplo, el aseo que realizan los
habitantes del lugar del hecho o personas cercanas a este, destruyendo as por
completo Elementos materiales probatorios y Evidencia fsica.
El primer respondiente debe evitar la entrada al lugar de los hechos, a
personas no autorizadas como: parientes, amigos, sospechosos, curiosos,
funcionarios de alto rango de su misma u otra institucin diferente a la polica
judicial de conocimiento, entre otros.14
La ley 906 del 2004 regula que el primer respondiente en el lugar de los hechos est
en la obligacin de conservar la evidencias fsicas y elementos materiales de prueba
que pueda servir en la investigacin de la comisin de un delito a fin de identificar
responsabilidades, dentro de su responsabilidad principal es la de acordonar el rea,
por esta razn se hace necesario que quien acordone tenga conocimientos sobre el
procedimiento para acordonar una evidencia fsica o elemento material probatorio;
esto sin puntualizar el resto de responsabilidades que se tiene al realizar este de
forma no adecuada15
14
Robin David Oviedo Carmona, criminalstica aplicada, Pg. 33.2008.
15 Mario Arboleda Vallejo Ley 906 de 2004, Cdigo de procedimiento penal
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
37
1.11.2. CARACTERISTICAS DEL PRIMER RESPONDIENTE
Tener el deseo de ayudar.
Estar preparado y motivado.
Ser solidario y respetuoso.
Permanecer tranquilo en el momento de la urgencia, mantener la calma y
actuar rpida y prudentemente.
Estar capacitado para iniciar acciones bsicas que propendan por el
mantenimiento de la vida, hasta que llegue un apoyo especializado.
1.11.3. PARTICIPACION DEL PRIMER RESPONDIENTE O PRIMERA AUTORIDAD EN EL
LUGAR DE LOS HECHOS
La participacin de los intervinientes en el lugar de los hechos empieza con la polica
de vigilancia, primero al llegar al lugar del evento, informado por la central de radio.
Conocido el reporte de la central acerca de la posible comisin de un hecho punible la
responsabilidad de verificar la veracidad de este hecho recae sobre la polica de
vigilancia cuyo sector le corresponda por jurisdiccin, esta deber trasladarse al lugar
de inmediato, al llegar verificar si hay heridos, o por orden de la central, en cuyo caso
de forma inmediata, para la comprobacin del reporte de la central de radio.16
El primer respondiente realiza una observacin preliminar del lugar de los hechos,
determinando los daos en el lugar, causados por los posibles agresores, la ubicacin
de los Elementos materiales probatorios y Evidencia fsica que se hallan en el lugar de
los hechos.
Determina el rea a ser desocupada y acordona utilizando las barreras fsicas
necesarias de acuerdo a la magnitud del hecho y a las caractersticas del lugar,
considerando como mnimos dos reas de acordonamiento, el uso de los elementos,
tales como, cintas plsticas, barricadas, o personal adicional, permitir realizar el
acordonamiento de manera efectiva, dejando como mnimo las dos reas de
acordonamiento, la que asla del lugar de los hechos y la del puesto de mando.
El acordonamiento se realiza teniendo en cuenta las caractersticas del lugar de los
hechos: si el lugar es abierto se toma como referencia la concentracin masiva de
evidencias y se acordona hasta los Elementos materiales probatorios y Evidencia fsica
16
FISCALIA GENERAL DE LA Nacin, actuaciones de la polica judicial en la indagacin e investigacin
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
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ms alejado en espacio amplio el acordonamiento.
Si el lugar es cerrado el acordonamiento se realiza desde el punto de acceso al
inmueble o inmuebles involucrados en el hecho y puede llevar varias cuadras
alrededor del mismo. Es indispensable tambin tener en cuenta las puertas, ventanas
y vas probables de escape, es necesario inspeccionar los andenes, calles
circundantes al inmueble ya que podra haber Elementos materiales probatorios y
Evidencia fsica dejada por el agresor.
Es necesario tomar nota de todas actuaciones realizadas en torno al lugar de los
hechos, para luego dar el reporte a la central de radio, y la posterior realizacin de los
diferentes informes.
1.11.4. CARACTERISTICAS DEL INFORME DE PRIMER RESPONDIENTE
La redaccin del informe de la primera respondiente o primera autoridad que llega al
lugar de los hechos, debe ser una tarea sistemtica, y apegada a la realidad de todas
las actuaciones realizadas, desde el reporte de la central de radio, hasta la entrega del
lugar de los hechos a la polica judicial asignada para la investigacin.
Los servidores expertos aconsejan tener en cuenta los siguientes factores para la
realizacin del informe:
1.11.4.1. Completo: la retencin deliberada de datos en un informe es un asunto
grave, puede ser causa de que un inocente sea procesado o que un culpable evada el
castigo; el informe tiene que incluir los hechos favorables, positivos y desfavorables,
negativos nada se deja a la imaginacin, a la adicin explicacin oral, se debe ser
objetivo, imparcial, y sin omitir detalles relevantes para la investigacin.
1.11.4.2. Claro: esto se logra utilizando un lenguaje sencillo, que se entienda lo que se
quiere decir en el informe que no conduzca a malas interpretaciones, que se entienda;
con orden lgico de acuerdo a la secuencia general de los hechos, esto permite que el
informe sea claro y tenga sentido..
1.11.4.3. Objetivo: ser ajustado en las narraciones, no involucre sensaciones,
presunciones, sentimientos, pensamientos propios, ya que el informe debe contener
realidad sobre el hecho sucedido, se sugiere no emplearse un lenguaje vulgar para eso
hay o existe terminologa o conceptos para cada caso en concreto, no estigmatice si no
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
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sabe nombres refirase a la persona capturada en trminos respetables sepa que sus
informes sern ledos por la fiscala, y el juez, los abogados, y eso refleja su
profesionalismo y su cultura.
1.11.4.4. Cronolgico: Los hechos se deben narrar conforme al ordenen que
sucedieron, la secuencia lgica de eventos permite entender lo que est escrito en el
informe de manera rpida, precisa, permite aprender con facilidad. Se aconseja
realizar el informe con cronologa de tiempo (horas) las personas que participaron de
los hechos, en lo posible con el nombre de cada uno de ellos, referencia direcciones,
especifique, no se trata de creer una historia, es solo que al momento de leer el
informe el lector logre percibir o tener una idea ms amplia de los hechos.
1.11.4.5. Apegado a los hechos: esto es acorde a la realidad, no invente cosas que no
sucedieron tenga en cuenta que esto es vital para la configuracin del delito, relacione
los eventos relacionados con los hechos y si la informacin es aportada relacione el
nombre de los testigos que dan testimonio de ello.
1.11.4.6. Conciso: esto se logra utilizando oraciones cortas y palabras usuales, que no
retarden el ritmo del lector, es decir, breve sin sacrificar detalles de exactitud,
integridad claridad.
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1.11.5. FORMATO DE INFORMACION DE ACTUACION DEL PRIMER RESPONDIENTE17
17 FORMULARIO DE ACTUACION DE PRIMER RESPONDIENTE FPJ-4 FORMATOS DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION
UTILIZADOS POLICIA JUDICIAL
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17
17
FORMULARIO DE ACTUACION DE PRIMER RESPONDIENTE FPJ-4 FORMATOS DE LA FISCALIA GENERAL DE LA
NACION UTILIZADOS POLICIA JUDICIAL
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1.12. ERRORES MAS COMUNES QUE SE COMETEN EN LA ESCENA DEL CRIMEN SEGN
LOS EXPERTOS
Proteccin inadecuada de la escena del crimen.
Demasiados Agentes presentes contaminan la escena y las evidencias.
Falta de organizacin y de comunicacin antes de ingresar a la escena del
crimen.
Levantar o tocar las evidencias antes de que se efecten los croquis, vistas
fotogrficas y anotaciones.
-No tomar notas adecuadas y referencias.
No examinar la zona atentamente, por si existen testigos.
No restringir la informacin pistas a los investigadores.
No darlas a conocer a los medios de informacin.
1.13. EL PROCEDIMIENTO DE LA POLICIA NACIONAL EN LA ESCENA DEL CRIMEN
SUSTITUCIN DEL CONCEPTO DE CRIMEN POR SUCESO: Para la Polica Nacional, el
concepto de crimen es sustituido por la terminologa de suceso, ya que algunos hechos
NO son crmenes o delitos; sin embargo requieren en primera instancia, de una
investigacin policial Ejemplos: Muerte Natural, Muerte Traumtica o Accidental,
Suicidio, etc.
1.14. ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS
En el evento de haber personas lesionadas en el lugar de los hechos, se sugiere
establecer comunicacin con ellas, a fin de tener una idea general de su estado de
salud, habiendo verificado su estado de salud, en lo posible tratar de identificarlas y
obtener informacin acerca de lo ocurrido; si es necesario el desplazamiento de
personas a los centros asistenciales, tomar nota de la posicin de la persona en ese
momento y las condiciones de la misma.
El primer respondiente realizara la identificacin preliminar del occiso, en el evento de
ser homicidio, esta labor ser realizada por informacin de testigos con familiares que
se hallen en el lugar de los hechos, en caso contrario el occiso ser denominado como
no identificado o NN.
Si se encuentra testigos o personas posiblemente relacionadas con la comisin del
delito de la conducta punible, o familiares de la vctima, Los expertos en su mayora
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
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evitan que se retiren del lugar de los hechos; se procede a separarlos y aislarlos
impidiendo la comunicacin entre ellos, esta tarea se realiza con el fin de evitar la
fabricacin de cuartadas entre ellos, o dar falsos testimonios de los hechos ocurridos,
o enfrentamientos entre ellos,
El servidor toma datos generales de identificacin (nombre, cedula de ciudadana,
parentesco con la vctima, lugar de residencia, motivos por los cuales se hallaba en el
lugar). Al momento de la entrega del lugar de los hechos, verifique por medio de la
central de radio, la informacin del laboratorio de Criminalstica de Campo, el
funcionario judicial asignado para esta labor y el investigador, si es necesario para el
caso; con estos datos se sabr la cantidad de personas especificas que ingresan al
lugar de los hechos y quienes sern. Verificar y confirmar noticia criminal, establecer
si la noticia criminal obedece o no a la comisin del hacho punible.18
Es muy importante saber del hecho punible ya que esto nos va a dar pautas para el
acordonamiento, los elementos que posiblemente se hallen en el lugar y la magnitud
de los posibles daos materiales, y lo delicado de cada caso.
Al momento de traslado de los heridos al centro asistencial, la escolta policial para
cada lesionado es fundamental porque no hay certeza de la participacin de cada
persona implicada en el hecho, se podra presentar en caso de que un lesionado es
uno de los agresores para el caso de varios autores, y este estara hacindose pasar
por vctima para luego huir de all
18
. FISCALIA GENERAL DE LA NACION, actuaciones de la polica judicial en la indagacin e investigacin.
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
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La verificacin de los testigos es una labor que debe hacerse de inmediato por que la
tensin de las personas hace que en algn momento hablen de manera incontrolable,
y all es el momento en que hay que aprovechar para reanudar la mayor cantidad de
informacin posible, partiendo de eso se establece en lo posible y de acuerdo a la
informacin aportada si hay mas testigos y los posibles indiciados en el hecho.
La requisa inmediata de las personas que circundan en el lugar de los hechos es un
buen y oportuno procedimiento ya que en algunos casos el agresor o agresores se
hallan en el lugar mirando si hay testigos o la labor criminal, por ello la requisa de las
personas que se hallan en el sector, o las calles aledaas, tambin permite recuperar
evidencia que el agresor en su huida deja caer o suelta intencionalmente, esta es
recogida por algn transente con la intencin de quedarse con los Elementos
Materiales Probatorios y Evidencia Fsica, si este no ha informado de la posesin
material.
19 WWW. IMGENES CRIMINALISTICA.
19
IMAGEN TOMADA DE pgina WWW. IMGENES CRIMINALISTICA.
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1.15. METODOS DE BUSQUEDA
El coordinador de la polica judicial establece el mtodo de bsqueda teniendo en
cuenta que este no se limita a una rea especfica, sino que puede extenderse a lo
largo de la ruta de aproximacin o seguir la lnea de escape de los autores o partcipes,
si tiene que analizar de que tipo se trata ya que para este caso se debe emplear el
mtodo de bsqueda ms adecuado, para cada zona.
1.15.1. Sealizacin de los Elemento Materia de Prueba y la Evidencia fsica: Todos
los Elemento Materia de Prueba y la Evidencia Fsica que van encontrando se
identifican con cdigos, numeradores, estos pueden ser de colores visibles, para que
puedan ser vistos de manera ms fcil por los agentes en funcin despus de esto se
colocan uno por Elemento Materia de Prueba uno por Evidencia Fsica,
posteriormente el experto har la documentacin, fijacin, y recoleccin que se
encuentre en el lugar de los hechos donde se cometi una conducta punible.
Es de resaltar que no importa el orden en que se halle los EMP y EF lo que tienen gran
relevancia es que cada elemento que se halle tenga un numero diferente al de los
otros Elemento Materia de Prueba y la Evidencia Fsica.
La bsqueda de los Elemento Materia de Prueba y la Evidencia Fsica, esta en manos
de el investigador (es) este parte desde el momento que este ha realizado el anlisis
completo del lugar de los hechos cuando ya sea ubicado el puesto de mando, el
encargado de asumir la investigacin, tiene las rutas de ingreso al lugar de los hechos
ya establecidas, los tcnicos de criminalstica de campo estn listos para el
ingreso.20
Esta labor debe realizarse de forma sistemtica y elaborada, ya que una mala
aplicacin del mtodo de bsqueda, representara la destruccin de evidencia vital
para la investigacin, para ello los servidores utilizan los siguientes 5 mtodos de
bsqueda:
1.15.2. Mtodo de cuadrante o sector
1.15.3. Mtodo de espiral o crculos concntricos
1.15.4. Mtodos por franjas o lneas
20
Robn David Oviedo Carmona, criminalstica aplicada, Pg. 42.2008.
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
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1.15.5. Mtodo de cuadricula o rejilla.
1.15.6. Metodo del zigzag
(Robn David Oviedo Editorial IBAEZ CRIMINALISTICA)
METODO DE CUADRANTE O SECTOR.: Se utiliza en reas extensas o sectores campo
abierto. Consiste en dividir el lugar de los
hechos en varias zonas cuadradas o
rectangulares y estas a su vez se les asigna un
numero, luego estas zonas se subdividen en
cuadran taza cada una de estas zonas, se
asigna un miembro del equipo, y este a su vez
la subdivide ejemplo: zonas 3, para la
realizacin de una mejor bsqueda de
evidencia.
METODO DE ESPIRAL O DE CIRCULOS
CONCENTRICOS: Este metodo se ubica un
punto cercano y se inicia la bsqueda siguiendo
la pauta de un espiral en torno al centro del
incidente, avanzando de adentro hacia afuera,
donde cada tcnico se ubica a una distancia no
mayor a u 1 m del otro, Hasta cubrir la totalidad
de la otra rea afectada. Durante su recorrido,
se seala los diferentes elementos que se
encuentran y sean aporte para la investigacin.
METODOS DE FRANJAS O DE LINEAS
Este sistema es particularmente eficaz en
zonas grandes y abiertas, permite un riesgo
sistemtico de dichas zonas con poco personal,
llegando a cubrir la totalidad el perimetrales
actividades generales para realizar este tipo de
registros son:
Enfilar el equipo de bsqueda en una lnea,
cada persona con los brazos extendida.
Hacer que la lnea avance lentamente en
sentido recto hasta el final de la zona.
Repetir el mtodo en sentido contrario,
conservando los espacios, hasta que se haya
registrado toda la zona.
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
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METODOS DE CUADRILLA O REJILLA En este
metodo, se divide el rea haciendo una
cuadricula, el personal registra cada cuadricula
ante mortem, tanto en forma vertical como en
forma horizontal, por lo que se hacen dos
recorridos por cada nala ventaja de este
mtodos que no se dejara ningn lugar de zona
sin rastrearse recomienda realizar por lo menos
dos recorridos.
d. METODO DEL ZIGZAG En este metodo se
realiza una bsqueda de un punto hacia otro
pero cambiando un poco la direccin en
Materia forma de zigzag y sealando cada
Elemento de Prueba y la Evidencia Fsica al
momento de hallada, se recomienda en reas
cerradas como inmuebles.(Robn David Oviedo Editorial IBAEZ CRIMINALISTICA)
1.16. ELEMENTO MATERIA DE PRUEBA Y EVIDENCIA FISICA.
Se denomina elemento material de prueba y Evidencia Fsica a todo objeto, huella o
rastro, de origen qumico, biolgico o elctrico, perceptible a travs de los sentidos,
que permita llegar a la certeza sobre la verdad de una conducta o guiarnos hacia ella
ya que se considera o se presume violatoria de las normas de las leyes penales, de
sus participes o la responsabilidad que tiene c/u de ellos.
Evidencia: proviene del Ingles evidenci que significa evidente se entiende cmo
elemento material probatorio que demuestra por s mismo y en forma inmediata, la
relacin con el hecho, o muestra relacin entre otros elementos. La razn de ser de la
evidencia fsica es dar un rumbo a la investigacin, ayudar a dar claridad acerca de los
hechos acontecidos, probar la o las hiptesis del investigador, establecer la clase de
delito cometido, determinar modus operandi, etc.21
La evidencia se puede presentar de todos los tamaos, en ocasiones hasta no
percibirle a simple vista en estos casos se necesita tener agudeza en la bsqueda, la
21
Alcalda mayor de Bogot. Escena del delito y cadena de custodia. Pg. 109.
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
48
evidencia no tiene naturaleza definida, puede ser cualquier cosa, pero esta siempre
debe guardar relacin con el hecho. Los agentes no deben dejarse confundir por todos
aquellos elementos que se hallen en el lugar de los hechos, para ello es necesario
tener claro el hecho en averiguacin, para no caer en el error de llevar y realizar el
procedimiento con elementos que no estn relacionados o hayan sido utilizados en el
lugar de los hechos por la razn de que serian para la investigacin intiles y no se
elaborara un buen ejercicio por parte del investigador.
1.16.1. CLASIFICACION DE LOS ELEMENTOS MATERIA DE PRUEBA Y EVIDENCIA FISICA
En cada EMP y EF se debe proceder a la clasificacin o embalaje de diferente manera
ya que por su naturaleza no todos son del mismo tamao, forma, sustancia, etc, el
investigador encargado debe hacer una evaluacin sobre estas y identificar si son
positivas o negativas las primeras son aquellas dejadas por el autor (es) a un lugar
diferente de donde se ha actuado de forma delictiva y las segundas son las dejadas en
el lugar de los hechos en donde se cometi la conducta delictiva, posteriormente se
har el respectivo embalaje y se trasladaran al laboratorio para que se evalen y poder
dar el valor de c/u, en caso de no poder ser trasladada EMP Y EF a otro lugar porque
daara su esencia, como lo es en el caso de los inmuebles, se sugiere hacer de
manera rpida el estudio, embalaje y proteger dicho lugar para que no se daen,
contamine, o se quite algn objeto que generara una gran importancia para
determinar la culpabilidad de un sujeto (s).
CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES
49
La clasificacin de los EMP y EF
Origen Naturaleza Estado Tamao Tomadas o dejadas
en la
escena
Resistencia
al paso del
tiempo
Fsicos
(proyectiles,
vainillas,
objetos
contundentes
arma de
fuego)
qumicos
(acido,
venenos,
bases),
Biolgicos
(semen, saliva,
sangre),
electrnicos
(datos)
Orgnicos
(natural, artificial),
Inorgnicos (de
origen mineral),
electrnicos
computadores,
memorias de
almacenamiento
masivo, CD
Slidos,
Lquidos,
Gaseosos,
Electrnicos
Macroscpicos: son todos aquellos
objetos observables
sin necesidad de
utilizar medios
tcnicos o
tecnolgicos.
Microscpicos:
Son aquellas que por su
cantidad, tamao o
naturaleza no son
perceptibles a simple
vista y requieren
medios tcnicos o
tecnolgicos para su
observacin,
recoleccin e
identificacin.
Biolgicas: Son los EMP
y EF, derivados de las
personas, animales o
vegetales, que
intervienen en el lugar
de los hechos.
Positivos
(dejados
en
escena),
Negativos
(tomadas
de la
escena).
Perecederos
No
perecederos
INFORMACION TOMADA PGINA DE INTERNET COMO TEMA CLASIFICACION DE LOS ELEMENETOS MATERIA DE PRUEBA
A. EN CUANTO A SU TAMAO: algunos expertos lo tratan como EMP y EF
macroscpicos como Armas, constantes, punzantes y contundentes, Armas de fuego,
proyectiles, vainillas, municin, Explosivos o combustibles y residuos de incendio ,
Documentos, prendas, objetos personales, vehculo, fragmentos de vidrio, sogas,
cuerdas, jeringas, y fibras sintticas:
ARMAS, CONSTANTES, PUNZANTES Y CONTUNDENTES: El experto, responsable
de la aplicacin de este procedimiento debe atender cada evidencia aplicando
los conocimientos adquiridos, utilizando las normas debidas, empleadas en la
seguridad de cada EMP y EF, manejando de manera singular cada evidencia
podr evitar que se contamine o se borren huellas latentes, estas armas deben
ser inspeccionadas o revisadas por el personal idneo con el fin de encontrar la
existencia de vestigios (huella, seal, rastro) hmedos y secos se aconseja ser
guardadas o depositadas en caja (s) de cartn o de madera, se debe manipular
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