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PROYECTO DE PRE PLIEGO DE

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CUANTIA No. 001 DE 2017

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CONTRATAR LA REALIZACION DEL AVALUO DE LOS BIENES MUEBLES Y

VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DEL SENADO DE LA REPUBLICA EN ARMONÍA

CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA

Y LA RESOLUCIÓN 533 DE 2015 DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA

NACIÓN.

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1

VEEDURIAS CIUDADANAS

Se convoca a todas las Veedurías Ciudadanas constituidas de conformidad con la Ley, a participar en el presente proceso de selección mediante la modalidad de Selección Abreviada, a partir de esta convocatoria y durante las etapas precontractual, contractual y post-contractual, realizando las recomendaciones escritas que consideren necesarias, e interviniendo en las audiencias que se convoquen durante el proceso, de conformidad con los artículos 66 de la Ley 80 de 1993 y el Decreto 1082 de 2015, numeral 5 articulo 2.2.1.1.2.1.5 caso en el cual se les suministrará toda la información y documentación que soliciten, publicada en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP) a través del Portal Único de Contratación. www.colombiacompra.gov.co

NO OBLIGATORIEDAD

De conformidad con lo establecido en el Artículo 8 de la Ley 1150 de 2007 “(…) La publicación de los proyectos de pliegos de condiciones o sus equivalentes no genera obligación para la entidad de dar apertura al proceso de selección. Por lo anterior, la publicación de este documento no significa la iniciación formal del proceso de selección, sino una etapa previa que permite el conocimiento del borrador de los Pliegos de Condiciones, con el fin de otorgar la posibilidad de expresar observaciones a los potenciales proponentes y, por lo tanto, no genera ninguna asunción de compromiso de utilización en la versión definitiva de éste o inclusive de apertura del proceso.

1. CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACION

1.1 OBJETO Y ALCANCE

DESCRIPCIÓN DEL OBJETO Y ALCANCE: REALIZAR EL AVALUO DE LOS BIENES MUEBLES Y VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DEL SENADO DE LA REPÚBLICA EN ARMONÍA CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y LA RESOLUCIÓN 533 DE 2015 DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN. ALCANCE: El contratista deberá cumplir, dentro del plazo estipulado con el objeto contratado, garantizando la realización de los avalúos de los activos fijos, así como el avaluó de los bienes y vehiculos propiedad del Senado de acuerdo con las normas internacionales de información financiera. La finalidad de contratar los avalúos es:

Actualizar la base de datos de estos bienes a precios reales del mercado.

Implementar la técnica contable a las normas internacionales.

Fortalecimiento y modernización de los bienes del Senado de la Republica en

la parte contable y financiera.

Cumplir con las normas requeridas en la modernización y actualizaciones

internacionales de contabilidad para el sector público NICSP.

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En la prestación del servicio de avalúos se deberá desarrollar las siguientes actividades:

1. Realizar mínimo una visita de inspección y verificación de los bienes objeto de avalúo con base en el listado de bienes suministrados por el Senado de la República.

2. El Senado de la República suministrará al adjudicatario los listados en medios magnéticos de los bienes muebles y vehículos objeto de evaluación. (estos LISTADOS SE ENCUENTRAN EN EL CD que hará parte del proceso.)

3. Realizar el avaluó comercial de los bienes muebles y vehículos propiedad del Senado de la República, cumpliendo a la Circular Externa 060 de 2015 de la Contaduría General de la Nación. Los avalúos deberán considerar entre otros los siguientes aspectos: estado, tiempo de uso o capacidad productiva, modelo, destinación y comercialización o grado de comerciabilidad.

4. Clasificar los bienes muebles y vehículos de propiedad del Senado de la Republica en: operativos y no operativos (dañados u obsoletos).

5. Actualizar la vida útil de los bienes muebles y vehículos de propiedad del Senado de la Republica clasificados como operativos.

6. Describir de manera detallada la metodología a utilizar para el desarrollo del avalúo de los bienes muebles y vehículos de propiedad del Senado de la República.

7. Tratar de manera coherente los bienes de una misma clase y sus características.

2. MARCO CONCEPTUAL A continuación se relaciona el marco conceptual de los términos que se utilizan en el desarrollo del proceso de avalúos para efectos contables.

a. COSTO DE ADQUISICION- HISTORICO Corresponde al valor de compra o costo de adquisición del bien registrado en la fecha de compra, el cual será tomado de la información contable suministrada.

b. VIDA UTIL (VU) Se entiende por vida útil, el período de tiempo durante el cual puede esperarse que razonablemente el bien cumpla con la función para la cual fue diseñado y destinado.

c. VIDA O EDAD EFECTIVA (EE) Corresponde al tiempo de uso de bien. Para el estudio solicitado, la vida efectiva de los activos se calcula de acuerdo con la fecha de compra, teniendo en cuenta las actualizaciones o mejoras involucradas en los bienes.

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d. VIDA UTIL REMANENTE (VUR)

Es el tiempo estimado que le falta al activo para cumplir su vida útil, calculada al restar la vida útil la edad efectiva.

e. FACTOR DE MANTENIMIENTO Representa el grado y calidad de mantenimiento observado durante la inspección técnica realizada

f. FACTOR DE REALIZACION Corresponde al análisis económico de la potencial oferta y demanda que un bien pueda tener en el mercado, considerando factores como mercado, características técnicas especiales, grado de obsolescencia y la situación financiera del mercado.

g. GRADO DE OBSOLESCENCIA – DEPRECIACION Corresponde al atraso tecnológico causado por la puesta en marcha de nuevas tecnologías y mejoramiento de procesos, lo cual hace que el bien sea menos deseado en el mercado.

h. VALOR COMERCIAL Corresponde al valor que entre un comprador y un vendedor puedan acordar en términos razonables en un mercado normal.

i. VALOR DE REPOSICION Corresponde al valor del bien en el mercado actual, teniendo en cuenta una utilidad equivalente hacia el activo que se está valorando considerando diferencias como nuevos diseños, mejoras tecnológicas y aumento en el desempeño de los equipos.

j. VALOR DE SALVAMENTO Corresponde al valor del activo una vez cumplido su ciclo vital. Clasificación de los bienes a contratar, de acuerdo con el clasificador de bienes y servicios versión 14 al español de UNSPSC: Nota: De acuerdo con el artículo 2.2.1.1.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, solo se tendrá en cuenta los seis primeros dígitos que comprende Segmento, Familia y Clase de los ocho dígitos del código UNSPSC.

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Código del segmento

Nombre del

segmento

Código familia

Nombre familia

Código clase

Nombre clase

Código producto

Nombre producto

80000000 Servicio de gestión, servicios

profesionales de

empresas y servicios administrat

ivos.

80130000 Servicios inmobiliarios

83131800 Servicios de

administración

inmobiliaria

80131802 Servicio de avalúo de inmuebles

1.2 DENOMINACIÓN El Senado de la República para todos los efectos de esta selección, se denominara LA ENTIDAD.

1.3 DOMICILIO Para efectos de correspondencia y tramites del presente proceso de selección, el domicilio oficial del SENADO es el siguiente: Dirección General Administrativa del Senado de la República, ubicada en la Carrera 5 No. 10-69 Primer Piso Bogotá D.C., Teléfono 3824358 / 67, Fax 3824370. Correo Electrónico [email protected]. En adelante al referirse a este domicilio se utilizará el término SEDE. Durante el término del proceso de Selección, la correspondencia deberá dirigirse únicamente a la SEDE y sólo la correspondencia enviada a esta dirección por escrito, fax o correo electrónico será tenida en cuenta, para lo cual los interesados u oferentes deberán confirmar el recibo de su correspondencia.

1.4 PLAZO DEL CONTRATO

El plazo previsto para el contrato que se derive del presente proceso de selección será de sesenta (60) dias, contados a partir de la suscripción del acta de iniciación, previa aprobación de la garantía constituida por EL CONTRATISTA. La vigencia del contrato será desde su perfeccionamiento y cuatro (4) meses más contados a partir de la finalización del plazo de ejecución. En cualquier caso, LA ENTIDAD podrá prorrogar, suspender o modificar las condiciones del contrato en el marco legal vigente, de acuerdo con sus necesidades y en los términos y condiciones del parágrafo del artículo 40 de la Ley 80 de 1993.

1.5 PRESUPUESTO OFICIAL

ESTIMADO

El presupuesto oficial para atender los costos relacionados con la ejecución del contrato que surja del presente proceso de selección es de hasta: TREINTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA PESOS M/CTE. ($38.954.650.oo) INCLUIDO IVA Y DEMÁS IMPUESTOS A QUE HAYA LUGAR. CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL

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El presente proceso de selección se encuentra amparado para la vigencia 2017 con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal, asi:

FUENTE RUBRO NUMERO

DEL CDP

FECHA CDP VALOR AFECTACION

CDP

Funcionamiento

A-2-0-4-41-13

OTROS GASTOS

POR ADQUISICION

DE SERVICIOS

88117

25/05/2017

$38.954.650

1.6

MONEDA Y

FORMA DE PAGO

La propuesta y el pago de la misma se harán en moneda legal colombiana. El Senado, pagará en pagos parciales dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de presentación de la factura, una vez entregado cada ítem de avalúo a satisfacción del supervisor. PARAGRAFO:El pago estará precedido del informe presentado por el contratista al supervisor del cumplimiento del contrato, y la constancia de estar al día con el pago al Sistema de Seguridad Social Integral y aportes parafiscales, si es del caso. La respectiva factura deberá estar acompañada de las mencionadas certificaciones y el pago estará supeditado a la disponibilidad del PAC. Las demoras que se presenten por estos conceptos serán responsabilidad del contratista y no tendrá por ello derecho al pago de intereses o compensación alguna.

1.7 CONVOCATORIA LIMITADA A MIPYMES.

Teniendo en cuenta la cuantía del proceso, cuyo valor no supera los ciento veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América (US$125.000), la convocatoria se limitará a Mipymes, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 2.2.1.2.4.2.2 del Decreto 1082 de 2015. Para facilitar la correcta integración de la propuesta por parte del oferente y su estudio y evaluación, el proponente deberá anexar los documentos de la propuesta en el mismo orden que se relaciona en el presente pliego, e incluir un índice.

2. FUNDAMENTOS DE LA MODALIDAD DE SELECCCION Y CRONOGRAMA

2.1

REGIMEN JURIDICO APLICABLE

El presente proceso de selección se realizará de conformidad con los postulados de la Constitución Política de Colombia, y las normas que componen el Estatuto General de Contratación de la Administración Publica, como lo son, la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, El Decreto Único Reglamentario 1082 de 2015, la Ley 1474 de 2011, y demás normas que las complementen modifiquen o adicionen. De la misma manera le serán aplicables la Ley 5ª de 1992, la legislación tributaria vigente y las Resoluciones internas de EL SENADO y demás normas que las modifiquen o adicionen, así como los documentos que sobre la materia se expidan durante el desarrollo del proceso de selección, y en lo que no esté particularmente regulado o previsto en las normas citadas o en este

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documento, en cuanto fueren compatibles se le aplicara lo señalado en las normas legales comerciales y civiles colombianas vigentes y las disposiciones del Código de Procedimiento civil. De acuerdo con la ley Colombiana, las normas actuales vigentes se presumen conocidas por todos los PROPONENTES que participen en el presente procedimiento de selección.

2.2

MODALIDAD DE SELECCION

La modalidad de selección del contratista, que atenderá la necesidad descrita en el estudio previo será la Selección Abreviada por menor cuantía. Dicho método de selección es el procedente teniendo en cuenta, de una parte, que, el presupuesto oficial corresponde a la suma de TREINTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA PESOS M/CTE. ($38.954.650.oo) INCLUIDO IVA Y DEMAS IMPUESTOS A QUE HAYA LUGAR, la cual se encuentra dentro de la menor cuantía del Senado de la República; y de otra, las disposiciones legales vigentes que imponen adelantar ese procedimiento en aquellos casos en que el presupuesto oficial estimado se encuentre dentro del rango de la menor cuantía, las cuales se citan a continuación:

El literal a) del numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007,

establece el proceso de Selección Abreviada de menor cuantía, y

se encuentra reglamentado por el artículo 2.2.1.2.1.2.20 del Decreto

1082 de 2015. Dichas disposiciones prevén lo siguiente:

Artículo 2 Literal b) Ley 1150 de 2007:

"Artículo 2o. De las modalidades de selección. La

escogencia del contratista se efectuará con arreglo a las

modalidades de selección de licitación pública, selección

abreviada, concurso de méritos y contratación directa, con

base en las siguientes reglas:

2. Selección abreviada. La Selección abreviada

corresponde a la modalidad de selección objetiva prevista

para aquellos casos en que por las características del

objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la

cuantía o destinación del bien, obra o servicio, puedan

adelantarse procesos simplificados para garantizar la

eficiencia de la gestión contractual.

Serán causales de selección abreviada las siguientes:

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b) La contratación de menor cuantía. Se entenderá por

menor cuantía los valores que a continuación se

relacionan, determinados en función de los presupuestos

anuales de las entidades públicas expresados en salarios

mínimos legales mensuales."

Artículo 2.2.1.2.1.2.20 del Decreto 1082 de 2015

"(....). Además de las normas generales establecidas en el

presente decreto, las siguientes reglas son aplicables a la

selección abreviada de menor cuantía:

1. En un término no mayor a tres (3) días hábiles contados

a partir de la fecha de apertura del Proceso de

Contratación los interesados deben manifestar su

intención de participar, a través del mecanismo

establecido para el efecto en los pliegos de condiciones.

2. Si la Entidad Estatal recibe más de diez (10)

manifestaciones de interés puede continuar el proceso

o hacer un sorteo para seleccionar máximo diez (10)

interesados con quienes continuará el Proceso de

Contratación. La Entidad Estatal debe establecer en

/os pliegos de condiciones si hay lugar a sorteo y la

forma en la cual lo hará.

3. Si hay lugar a sorteo, el plazo para la presentación de

/as ofertas empezará a correr el día hábil siguiente a

la fecha en la cual la Entidad Estatal informe a /os

interesados el resultado del sorteo. 4. La Entidad

Estatal debe publicar el informe de evaluación de

ofertas durante tres (3) días hábiles. (.. .)"

Por lo anterior y en atención a las modalidades de selección

contenidas en la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, se

concluye que teniendo en cuenta el monto de la contratación, la

modalidad de selección que debe ser aplicada en este caso, es la

Selección Abreviada de Menor Cuantía.

Con el ánimo de escoger la oferta más favorable para la Entidad

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de conformidad con las normas de la contratación estatal, esta

modalidad será la adecuada, ya que con ella podemos otorgar

ponderación técnica y económica logrando con esto un beneficio

para la entidad, teniendo en cuenta que se escogerá un

proponente con capacidad técnica, operacional y financiera, capaz

de cumplir con el contrato acorde a los requerimientos de la

Entidad.

2.3 CRONOGRAMA El presente proceso de selección se desarrollará de acuerdo al siguiente cronograma:

ACTUACIÓN FECHA LUGAR

Publicación de aviso de convocatoria pública.

10 de octubre de 2017

SECOP a través de la página web www.colombiacompra.gov.co

Publicación del proyecto de pliego de condiciones, ,estudios previos y demás documentos previos.

Del 10 al 18 octubre de 2017.

SECOP a través de la página web www.colombiacompra.gov.co

Oportunidad para presentar observaciones y sugerencias al proyecto de pliegos y plazo para solicitar convocatoria a Mipyme.

Desde el 11 hasta el 18 de octubre de 2017 hasta las 5:00 p.m.

A través del Email: [email protected] y físicamente en Carrera 5 No. 10-69 Piso 1

-Publicación del documento que contiene las aprecisaciones y las respuestas de la entidad frente a las observaciones formuladas al proyecto de pliego de condiciones. -Publicación de la

xxx de xxxxde 2017.

SECOP a través de la página web www.colombiacompra.gov.co

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Resolución que ordena la Apertura del proceso.

Publicación Pliegos Definitivos.

Xxx de xxxxde 2017.

SECOP a través de la página web www.colombiacompra.gov.co

Plazo para presentar manifestaciones de interés en participar.

Del xxxxal xxxxx de xxxxxx de 2017, HASTA LAS 5:00 P.M

A través del Email: [email protected] y físicamente en Carrera 5 No. 10-69 Piso 1

Plazo para presentar observaciones a los pliegos de condiciones.

Hasta las 5:00 P.m. del xxxxx de xxxx de 2017.

A través del Email: [email protected] y físicamente en Carrera 5 No. 10-69 Piso 1

Fecha límite para dar respuesta a las observaciones al pliego de condiciones y expedición de adendas

xxxx de xxxx de 2017.

SECOP a través de la página web www.colombiacompra.gov.co

Audiencia de Cierre de la contratación. Lugar y fecha límite para la presentación de ofertas.

xxx de xxxxxde 2017 Hora: 11:30 a.m.

Dirección General Administrativa Carrera 5 No. 10-69 Piso 1

Verificación de requisitos habilitantes de las propuestas y evaluación de ofertas.

Xxx de xxxxx de 2017.

SECOP a través de la página web www.colombiacompra.gov.co

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Publicación y

Traslado del Informe de habilitación , de

evaluación de ofertas

y plazo para recepción de

observaciones a las mismas.

xxxxxxx de

xxxxxx de 2017.

SECOP a través de la

página web www.colombiacompra.go

v.co en el horario

comprendido entre las 8:00 a.m. a las 5:00

p.m.,

Dirección Administrativa del Senado de la

República, ubicada en la

Carrera 5 No. 10-69 Piso 1 de Bogotá o través de

correo electrónico [email protected]

Publicación respuesta de la entidad a las observaciones presentadas y publicación informe final de verificación modificado si a ello hubiera lugar

xxxx de xxxxxx de 2017

SECOP a través de la página web www.colombiacompra.gov.co

Expedición Acto Administrativo de adjudicación o de declaratoria de desierto

xxxx de xxxxxxxde 2017

Perfeccionamiento del Contrato.

xxxx de xxxx DE 2017

Dirección General Administrativa ubicada en la Carrera 5 No. 10-69 Piso 1.

Expedición del registro presupuestal.

xxxx DE xxxxxx DE 2017

Publicación del contrato en el SECOP.

xxx DE xxxx DE 2017

SECOP a través de la página web www.colombiacompra.gov.co

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Aprobación de garantías y demás requisitos de ejecución del contrato.

xxx DE xxxDE 2017.

Dirección General Administrativa ubicada en la Carrera 5 No. 10-69 Piso 1.

LUGAR Y FORMA DE LAS ACTIVIDADES PREVISTAS EN EL CRONOGRAMA: 2.3.1. Presentación de observaciones y/o aclaraciones al proyecto y pliego de condiciones definitivo por escrito enviado a la Dirección General del Senado de la República la cual se encuentra ubicada en la Cra. 5 No. 10 – 69 Piso 1, o, a través de correo electrónico a la dirección [email protected]. 2.3.2. Respuesta a observaciones al proyecto de pliego de condiciones: Con anterioridad o concomitante con la apertura, la ENTIDAD dará respuesta a las observaciones que los interesados hayan formulado, respecto del proyecto de pliego de condiciones que se ha dado a conocer al público en general. Si se estima pertinente, se harán las modificaciones en el pliego de condiciones definitivo. Dichas respuestas serán publicadas en el Portal Único de Contratación www.colombiacompra.gov.co 2.3.3. Resolución que ordena la apertura de la Selección Abreviada: Será publicada en el Portal Único de Contratación: www.colombiacompra.gov.co. Este documento podrá ser consultado en la Dirección General Administrativa del Senado de la República, lugar de la SEDE. 2.3.4. Término para presentar ofertas: Las propuestas deberán ser entregadas en la Carrera 5 No. 10-69 sede de la Dirección Administrativa del Senado, desde la apertura del proceso de selección hasta el día establecido para el cierre. 2.3.5. Publicidad de los Pliegos de Condiciones definitivos en el Portal Único de Contratación: A partir de la apertura y hasta el Cierre de la convocatoria, los pliegos de condiciones serán publicados en el Portal Único de Contratación: www.colombiacompra.gov.co y podrán ser consultados en la SEDE. En caso de discrepancia entre el Pliego de Condiciones que reposa en la ENTIDAD y el publicado en el Portal Único de Contratación, prevalecerá el que haya sido publicado en el aludido Portal.

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2.3.6. Respuestas a las Observaciones presentadas al Pliego de Condiciones: Serán publicadas en el Portal Único de Contratación www.colombiacompra.gov.co. 2.3.7. Manifestaciones de interés: De conformidad con lo dispuesto por el artículo 2.2.1.2.1.2.20 del Decreto 1082 de 2015, y para conformar la lista de posibles oferentes, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la apertura del proceso las personas interesadas en participar en el mismo, manifestarán por escrito su interés a la dirección de correo [email protected], y/o entrega física en la Dirección General Administrativa ubicada en la carrera 5 No. 10-69 en la ciudad de Bogotá, en el horario: de 9:00 a.m. a 5:00 p.m. Deberá indicarse claramente: El interés de participar en el proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía No. 001 de 2017; Nombre y razón social de la persona natural o jurídica, del consorcio o unión Temporal;Número de identificación tributaria. –NIT- Dirección de la oficina, teléfono, fax, dirección de correo electrónico de la persona, y de los integrantes, nombre del representante legal, número de cédula. Dicha manifestación deberá estar suscrita por la persona natural que desea participar en la convocatoria y para el caso de personas jurídicas, consorcios o uniones temporales, por la persona que legalmente tenga la facultad para comprometerla. En el caso de uniones temporales y/o consorcios deberá presentar manifestación de interés el representante de la misma o, en caso que no se haya conformado el representante legal de cada uno de sus integrantes. 2.3.8. Conformación de lista de oferente: Cuando el número de oferentes sea superior a diez (10), la ENTIDAD, en audiencia pública, podrá realizar sorteo de consolidación de oferentes para escoger entre ellos un número no inferior a diez (10), los cuales podrán presentar oferta en el proceso de selección, conforme al día señalado en el cronograma y a las siguientes reglas: Quienes hayan presentado manifestación de interés en la forma y lugar oportuno descrito en el presente pliego de condiciones, deberán asistir personalmente o mediante apoderado a la audiencia pública de sorteo y conformación de lista de oferentes. Los asistentes deberán firmar lista de asistentes en estricto orden de llegada, orden que establecerá la secuencia del sorteo. El sorteo se desarrollará en los siguientes términos y formalidades: -Procedimiento de sorteo- En forma pública y frente a todos los asistentes, se introducirán en una

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bolsa plástica o sobre amplio y debidamente protegido, los nombres y/o razón social de las personas naturales o jurídicas que manifestaron en debida forma su interés en participar. Posteriormente se sustraerán, por parte de los oferentes asistentes, y en el estricto orden de la lista de asistencia, diez (10) papeletas que contendrán los nombres o la razón social de los oferentes que quedarán seleccionados para continuar en el proceso de la presente selección abreviada. 2.3.9. Entrega de las Propuestas: los oferentes entregaran sus propuestas en la Dirección Administrativa Ubicada en la Carrera 5 No. 10-69 hasta la hora prevista en el cronograma se tendrá como hora de cierre la que señale el número telefónico 117 o página web de la superintendencia de industria y comercio, donde se señala la hora legal colombiana. NOTA: Vencida esta hora, no se recibirán propuestas y se dejara constancia en el acta de cierre. Las propuestas que no se alleguen en la fecha y hora fijada para el cierre del proceso de selección serán consideradas como propuestas extemporáneas y se rechazarán dejando constancia del hecho en el acta. 2.3.10 Evaluación de Propuestas: Dentro del plazo señalado para el efecto en el cronograma, el comité evaluador designado por LA ENTIDAD, realizará la verificación y evaluación de las propuestas de conformidad con lo establecido en el pliego de condiciones. 2.3.11. Publicación y Traslado del Informe de Evaluación: el informe de evaluación será publicado en el Portal Único de Contratación www.colombiacompra.gov.co de conformidad con lo establecido en el cronograma de actividades. 2.3.12. Reglas de Subsanabilidad: De conformidad con lo establecido en el parágrafo 1 del Artículo 5° de la Ley 1150 de 2007, la Corporación podrá requerir al proponente mediante el medio que considere necesario e idóneo para que subsane lo correspondiente a tal procedimiento y podrán ser enviadas a la dirección física o electrónica dispuesta para ello. 2.3.13. Adjudicación: En la fecha indicada en el Cronograma, se realizará audiencia pública de adjudicación, donde se dará lectura al correspondiente acto de Adjudicación, el cual será publicado en el Portal Único de Contratación. Ésta se desarrollará de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2.2.1.2.1.1.2 del Decreto 1082 de 2015.

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En caso de que no sea posible la adjudicación LA ENTIDAD declarará desierto el proceso por motivos o causas que impidan la selección objetiva del contratista, y lo hará mediante acto administrativo debidamente motivado en el que se señalarán, en forma expresa y detallada, las razones que han conducido a esa decisión, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993. En el evento de declaratoria de desierta de la presente contratación y si persiste para LA ENTIDAD, la necesidad de contratar el objeto de este proceso, adelantará nuevamente el proceso de contratación con las modificaciones que sean pertinentes para procurar la efectividad de la contratación. 2.3.14. Suscripción del Contrato: Al momento de la notificación del acto mediante el cual se adjudique la contratación, dentro del término establecido en el cronograma de actividades el PROPONENTE seleccionado deberá suscribir el respectivo contrato. Para el efecto deberá hacer entrega de los documentos pertinentes en la ENTIDAD. NOTA 1: El acto de adjudicación es irrevocable y obliga tanto a la ENTIDAD como al adjudicatario, y contra este no procede recurso alguno por la vía gubernativa. NOTA 2: De acuerdo con las normas sobre contratación, los plazos y las fechas anteriormente estipulados podrán ser prorrogados o modificados, caso en el cual LA ENTIDAD dará aviso oportuno a través de los medios electrónicos establecidos. 2.3.15. Oferta con valor artificialmente bajo: Cuando de conformidad con la información a su alcance, LA ENTIDAD estime que el valor de una oferta resulta artificialmente bajo, requerirá al proponente para que explique las razones que sustenten el valor por él ofertado. Oídas las explicaciones, el Comité Asesor, recomendará el rechazo o la continuidad de la oferta en el proceso, explicando sus razones. Procederá la recomendación de continuidad de la oferta en el proceso de selección, cuando el valor de la misma responde a circunstancias objetivas del proponente y su oferta, que no ponen en riesgo el proceso, ni cumplimiento de las obligaciones contractuales en caso de que se adjudique el contrato, a dicho proponente. 2.3.16. Criterios de desempate El procedimiento que se surtirá sí una vez evaluadas las propuestas presentadas quedan en empate dos o más oferentes, será el siguiente y de acuerdo al artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015. 1. Se escogerá la oferta que tenga mayor puntaje en el factor técnico que tiene como puntaje máximo 100 puntos.

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2. Se escogerá la oferta que tenga mayor puntaje en el factor económico que tiene como puntaje máximo 100 puntos. 3. Se escogerá la oferta que tenga mayor puntaje en el incentivo de apoyo a la industria nacional 4. Se escogerá la oferta que utilizará para el desarrollo del objeto contractual bienes y servicios de origen nacional. 5. Se escogerá la oferta presentada por un Mipyme nacional. Y así en lo sucesivo y en forma excluyente de acuerdo al artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015, sí una vez agotados los numerales anteriores así como el numeral 3 y 4 del artículo en mención, se realizara sorteo de acuerdo a las siguientes reglas: a) Se le asignará un número a cada uno de los proponentes cuyas ofertas subsista el empate, b) Se marcarán las balotas con los números asignados a los proponentes, c) Serán introducidas las balotas marcadas en una caja sellada donde el funcionario encargado y designado tomará al azar una de los balotas marcadas que se encuentre en la caja. d) La balota que sea extraída de la caja, será la oferta a la que se le adjudicará el contrato resultante del presente proceso de selección.

PROMOCIÓN DEL DESARROLLO DE LAS MYPES, MIPYMES Y DE LA INDUSTRIA NACIONAL EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA Para efectos de la convocatoria limitada a mipymes y de los factores de desempate, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.4.2.2 del Decreto 1082 de 2015, en concordancia con el artículo 43 de la Ley 1450 de 2011, el proponente que tenga la calidad de Mipyme deberá presentar con la oferta una certificación expedida por el contador público o revisor fiscal, según sea el caso, en la que acredite tal condición e indique su tamaño empresarial (micro, pequeña o mediana empresa), además deberá presentar el certificado expedido por la Cámara de Comercio o por la autoridad que sea competente para acreditar su antigüedad. Para efectos de los factores de desempate, en el caso de aquellas empresas que en su nómina tengan por lo menos un 10% de sus empleados en condiciones de discapacidad enunciadas en la Ley 361 de 1997, se deberá acreditar esta situación con la oferta mediante la presentación del certificado expedido por la Oficina de Trabajo de la respectiva zona, y mediante constancia suscrita por el representante legal y/o revisor fiscal en la que se manifieste la contratación del personal por lo menos con un (1) año de anterioridad y la condición de mantenerlo por un lapso igual al término de ejecución de la presente contratación.

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En las convocatorias limitadas, la ENTIDAD aceptará solamente las ofertas de Mipyme, Consorcios o Uniones Temporales formados únicamente por Mipyme y promesas de sociedad futura suscritas por Mipyme, de conformidad con lo establecido en el inciso del artículo 2.2.1.2.4.2.4 del Decreto 1082 de 2015.

3. TIPIFICACION, ESTIMACION Y ASIGNACION DE RIESGOS Y COBERTURAS

El Senado de la República teniendo en cuenta lo normado en el artículo 4° de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.1.1.6.3 del Decreto 1082 de 2015, realiza el presente análisis, (ANEXO MATRIZ DE RIESGO- DE LOS ESTUDIOS PREVIOS)

4. CONDICIONES GENERALES DE LA PRESENTACION DE LA PROPUESTA

4.1 IDIOMA En acatamiento a la Ley 14 de 1979 (Defensa del Idioma) y de su Decreto Reglamentario 2744 de 1980, todos los documentos de la propuesta, correspondencia y todos los documentos intercambiados entre los proponentes y LA ENTIDAD, deberán estar escritos en idioma castellano.

Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma castellano, deberán presentarse acompañados de la respectiva traducción, pero deberán presentarse legalizados o apostillados, según el caso y de acuerdo con la solicitud que efectúe la Entidad y dentro del término concedido para tal efecto. Los manuales, catálogos e información técnica de equipos ofertados, si fuere el caso, pueden presentarse en el idioma inglés

4.2 PRESENTACION DE LA

PROPUESTA

Para facilitar la correcta integración de la propuesta por parte del oferente y su estudio y evaluación, el proponente deberá anexar los documentos de la propuesta en el mismo orden que se relaciona en el presente pliego, e incluir un índice. La propuesta deberá presentarse en ORIGINAL Y DOS COPIAS, las cuales contendrán: Propuesta completa contentiva de los documentos habilitantes o de verificación y los documentos que corresponden a la evaluación (anexos debidamente diligenciados), en escrito legible redactado en idioma castellano, foliadas en orden consecutivo ascendente y con un índice, donde se relacione el contenido total de la propuesta, entregadas en el lugar designado y hasta el día y hora fijada para el cierre del procesos. El original deberá ser firmado por el proponente, a través de su representante o apoderado, según el caso. Tanto el original como las copias deberán estar foliados en orden consecutivo ascendente, incluyendo en cada ejemplar los documentos y requisitos indispensables para considerar y estudiar la propuesta, cumpliendo con las instrucciones de estos Pliegos de Condiciones. Los sobres deberán estar dirigidos de la siguiente manera, especificando en cada uno el número del sobre (Sobre No.1); si es Original, Copia1 y Copia 2; y contener la siguiente información, así:

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SENADO DE LA REPÚBLICA SELECCIÓN ABREVIADA MENOR CUANTIA No. 001 DE 2017

Objeto: REALIZAR EL AVALUO DE LOS BIENES MUEBLES Y VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DEL SENADO DE LA REPUBLICA EN ARMONÍA CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y LA RESOLUCIÓN 533 DE 2015 DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN.

Nombre Proponente: Nit, Dirección, Ciudad, Teléfono, Fax

La información contenida en las copias de las ofertas, debe coincidir en su totalidad con el original de la oferta En caso de presentarse alguna diferencia entre el original de la oferta y las copias, prevalecerá la información consignada en el original. Si se presenta alguna discrepancia entre las cantidades expresadas en letras y números, prevalecerán las cantidades expresadas en letras. Cada PROPONENTE deberá presentar exclusivamente una propuesta, la cual deberá comprender la totalidad del objeto del contrato, y ajustarse en todo a los requisitos, especificaciones y condiciones previstas en los pliegos de condiciones. Las enmiendas de la propuesta deberán ser convalidadas con la firma al pie de la misma, de quien suscribe la carta de presentación de la propuesta. Sin este requisito, las enmiendas no se considerarán válidas. No se admiten ofertas enviadas por correo ni fax; todos los anexos que los Pliegos de Condiciones indiquen deben estar debidamente diligenciados, y no habrá exenciones en la responsabilidad de los datos, informes, documentos y resultados que se suministren tanto en el proceso de selección como en el desarrollo del contrato producto del mismo. Los documentos expedidos en el extranjero deben estar sujetos a lo dispuesto en las normas legales vigentes del Código de Procedimiento Civil y/o Convenio de la Haya, según el país de origen. LA OFERTA ECONOMICA DEBERA SER PRESENTADA EN FISICO Y MEDIO MAGNETICO CD. Para efectos de la comparación de las ofertas, cuando se requiera verificar cualquier información registrada en la oferta en moneda extranjera, se hará la equivalencia de la moneda extranjera presentada a pesos colombianos, tomando como referencia la

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respectiva TRM (tasa representativa del mercado) vigente en Colombia al día de suscripción del documento donde repose la información aportada.

4.3 VALIDEZ DE LA PROPUESTA

La propuesta presentada deberá mantenerse vigente durante sesenta (60) días, contados a partir de la fecha de cierre de la selección abreviada.

4.4 INTERPRETACIÓN DE LOS

PLIEGOS DE CONDICIONES

En el presente documento, se describen detallada y claramente, el objeto a contratar los requerimientos para la presentación de la propuesta, los aspectos técnicos, económicos, financieros y de capacidad jurídica y de organización exigidos, los fundamentos del proceso de selección, su modalidad, términos, procedimientos y demás reglas objetivas que gobiernan la presentación de las ofertas y su evaluación y ponderación, así como las de adjudicación del contrato; las razones y causas para el rechazo de las propuestas o la declaratoria de desierta del proceso, las condiciones de celebración del contrato, presupuesto, forma de pago, mecanismos de cobertura de riesgos y en general todos los asuntos relativos al proceso que LA ENTIDAD estima que el proponente debe tener en cuenta para elaborar y presentar su propuesta. Todos estos factores deben ser interpretados como un todo y sus disposiciones no deben ser entendidas de manera separada, por lo tanto, el pliego de condiciones es uno con la minuta del contrato, los anexos, formatos y adendas. Todas las deducciones, errores y omisiones que con base en sus propias interpretaciones, conclusiones o análisis, efectúe el proponente, son de su exclusiva responsabilidad. El orden de los capítulos y cláusulas de este Pliego de Condiciones, tampoco debe ser interpretado como un grado de prelación entre los mismos y los títulos utilizados en el sirven sólo para identificar textos, y no afectarán la interpretación de los mismos. Con la presentación de la oferta, el proponente manifiesta que el estudio el pliego de condiciones y todos los documentos de la selección abreviada, que obtuvo las aclaraciones solicitadas, que conoce la naturaleza de los bienes y servicios objeto de la convocatoria, sus costos y tiempo de ejecución, que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente, y que además, se acoge a los dictados de la Ley 80 de 1993 y sus normas complementarias, de la Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015, Ley 1474 de 2011 y las demás que le sean aplicables. 4.4.1. MODIFICACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES Las modificaciones al pliego de condiciones se adoptarán mediante adendas que harán parte de los mismos, de conformidad con el artículo 89 de la Ley 1474 de 2011 que modifico el inciso segundo del numeral 5 del artículo 30 de la ley 80 de 1993, numeradas y aprobadas por el ordenador del gasto, para que los proponentes cuenten con el tiempo suficiente para ajustar las modificaciones contenidas en ellas y serán publicadas en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP) a través del Portal Único de Contratación www.colombiacompra.gov.co, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.1.4 del Decreto 1082 de 2015.

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4.4.2. COMUNICACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS LA ENTIDAD en cumplimiento de lo previsto en el numeral 1º del parágrafo 2 del artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, el artículo 2.2.1.1.2.2.1 del Decreto 1082 de 2015 y con el fin de facilitar la comunicación interactiva con los proponentes durante el desarrollo de la presente selección abreviada, ha dispuesto la dirección electrónica [email protected] a través de la cual los interesados podrán formular sus observaciones al proyecto de pliego y al pliego de condiciones definitivo. Igualmente podrán consultar todos los actos de la administración relacionados con el proceso licitatorio en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP) a través del Portal Único de Contratación www.colombiacompra.gov.co , así como en la SEDE, en donde siempre estará disponible toda la información del proceso para los oferentes, a fin de garantizar la transparencia del mismo. 4.4.3. ACLARACIÓN A LAS PROPUESTAS LA ENTIDAD a fin de facilitar el examen, evaluación y comparación de las ofertas, podrá solicitar por escrito al proponente hasta el momento de la adjudicación a través del Comité Evaluador, las aclaraciones y explicaciones que estime pertinentes sobre los puntos dudosos o confusos de las propuestas, sin que por ello pueda el proponente adicionar, modificar, completar o mejorar su propuesta, ni la ENTIDAD hacer variación alguna a los términos de la misma o violar los principios fundamentales que rigen la presente contratación y tomará de las aclaraciones de los Proponentes únicamente los aspectos que satisfagan su interés de aclaración. Las solicitudes de aclaración y las respuestas correspondientes se harán por escrito, estas últimas dentro del día hábil siguiente al requerimiento, sin perjuicio de que, a juicio de la ENTIDAD, se adicione ese término por justificadas razones, sin que se pueda superar los cinco (5) días hábiles. 4.4.4. SUSPENSIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y REVOCATORIA DEL ACTO ADMINISTRATIVO DE APERTURA El proceso de selección podrá suspenderse mediante acto administrativo motivado en el que se señalara el término de la suspensión, cuando a juicio de la Dirección General de la ENTIDAD se presenten circunstancias de interés público o general que requieran analizarse. LA ENTIDAD también podrá revocar el acto administrativo que ordenó la apertura del proceso de selección, cuando se presente durante el mismo alguna de las circunstancias de que trata el artículo 93 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. 4.4.5. RENUENCIA DEL PROPONENTE FAVORECIDO A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

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Si el proponente seleccionado mediante la presente selección abreviada, no suscribe el contrato dentro del término previsto, quedará a favor del SENADO DE LA REPÚBLICA, en calidad de sanción, la garantía de seriedad de la oferta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de los perjuicios causados y no cubiertos por la garantía y se aplicarán las sanciones de Ley a que haya lugar.

4.5 RESPONSABILIDAD EN LA

PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN

DE LA PROPUESTA

El proponente deberá elaborar la oferta por su cuenta y riesgo, de acuerdo con lo solicitado en el presente pliego de condiciones y las modificaciones producidas mediante adenda e incluir dentro de ella toda la información exigida. La oferta junto con los ajustes que se puedan presentar por solicitud de la ENTIDAD, formarán parte integral del contrato. Se considera como documento oficial del Pliego de Condiciones el que se publica en el SECOP, sistema electrónico de contratación público, www.colombiacompra.gov.co. El proponente debe tener en cuenta todos los costos en que incurrirá para alcanzar la realización del objeto del contrato derivado del presente proceso. Los costos para la preparación y presentación de la oferta, correrán por cuenta exclusiva del proponente y a riesgo de éste, razón por la cual LA ENTIDAD no reconocerá suma alguna, ni efectuará reembolso de ninguna naturaleza por tal concepto. Será responsabilidad del proponente verificar la correspondencia del pliego de condiciones publicado en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP) a través del Portal Único de Contratación www.colombiacompra.gov.co, con la copia que se entregará al momento de presentar en la SEDE o con el original que allí reposa.

4.6 CAUSALES DE RECHAZO DE

LAS PROPUESTAS

Habrá lugar al rechazo de la propuesta en los siguientes casos:

a. Presentación de varias ofertas por el mismo proponente, por si o por interpuesta persona (en Consorcio, Unión Temporal o individualmente).

b. La no acreditación por las personas jurídicas oferentes, que su objeto social

le permite desarrollar el objeto y que el término de duración no sea superior al de la vigencia del contrato y un (1) año más.

c. La limitación de facultades del representante legal para presentar propuesta y

suscribir el contrato y no subsanarse dentro del plazo requerido.

d. No acreditar por la persona natural oferente el certificado de matrícula mercantil.

e. Encontrarse el proponente incurso en alguna de las prohibiciones,

inhabilidades e incompatibilidades de que trata el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 y demás disposiciones

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constitucionales y legales vigentes aplicables.

f. La no conformación del Consorcio o Unión Temporal con anterioridad a la presentación de la oferta o la no presentación del documento que acredite su conformación. También constituye causal de rechazo no expresar en el documento de conformación del Consorcio o de Unión Temporal que su término de duración o el de sus integrantes no será inferior a la vigencia del contrato y un (1) año más.

g. No señalar las reglas básicas que regulen las relaciones de los consorciados

o unidos temporalmente, o no fijar el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes o no designar representante del Consorcio o Unión Temporal o la extralimitación de funciones de éste.

h. Cuando la persona natural o jurídica proponente o los integrantes del

Consorcio o la Unión Temporal no acrediten estar debidamente inscritos en la Cámara de Comercio, o cuando la fecha de expedición del certificado respectivo es superior a treinta (30) días y no se ha subsanado el documento a pesar del requerimiento que en tal sentido haga LA ENTIDAD o si en el aportado no consta que la persona natural o jurídica se constituyó con anticipación a la fecha de la presentación de la propuesta o no consta que su vigencia es igual a la duración del contrato y un (1) año más.

i. Cuando el proponente o su representante legal en caso de personas

jurídicas, o cualquier integrante de consorcios o uniones temporales o su representante legal se encuentren reportados en el boletín de responsables fiscales.

j. No acreditar la debida constitución de apoderado en Colombia y la suficiencia

de las facultades a él otorgadas por parte de las sociedades extranjeras proponentes, de acuerdo a lo exigido en el pliego o cuando el término de duración de sus facultades no abarca hasta la constitución de la sucursal en Colombia.

k. La no presentación por los representantes legales de las sucursales en

Colombia de personas jurídicas extranjeras del certificado de constitución de la Cámara de Comercio de su domicilio con igual anticipación a la señalada en el pliego para las demás personas jurídicas.

l. La no acreditación por las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en

Colombia de su existencia y representación legal, con documentos expedidos por la ENTIDAD respectiva del país donde se encuentren inscritas.

m. La no presentación del poder, cuando la propuesta sea presentada a través

de apoderado.

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n. Cuando la oferta no cumpla con todas las especificaciones técnicas mínimas

solicitadas.

o. Cuando el valor (IVA incluido) ofertado por ítem supere el valor (IVA incluido) promedio del mercado, según estudio de mercado realizado por la ENTIDAD.

p. Cuando la propuesta se reciba con posterioridad a la fecha y hora fijadas

para el cierre del proceso o haya sido enviada por correo ordinario o certificado, e-mail o fax, o entregada en oficina o dependencia diferente a la indicada en el Pliego de condiciones.

q. Cuando se presente la propuesta en forma subordinada al cumplimiento de

cualquier condición o modalidad que represente un condicionamiento para la adjudicación.

r. Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de

disolución o liquidación de sociedades.

s. Cuando el proponente no presente o presente en forma incompleta, extemporánea o insuficiente los documentos soporte de la información contenida en la oferta o las aclaraciones solicitadas, dentro del término establecido en el pliego.

t. Cuando la oferta no cumpla con los indicadores financieros mínimos

establecidos en el presente pliego de condiciones.

u. Cuando no se presente la Garantía de Seriedad de la propuesta, o no se presente el certificado de modificación de la misma, pese al requerimiento de LA ENTIDAD o presentarlo extemporáneamente.

v. Cuando se compruebe que la información suministrada por el proponente o

los documentos allegados no coincidan con la realidad o sean contradictorios en los aspectos jurídicos, financieros, económicos o técnicos.

w. Cuando no se presenten el mínimo de certificaciones que acrediten la

experiencia del proponente exigido como requisito de verificación en el presente pliego o a pesar de habérsele requerido o no se demuestre la experiencia exigida.

x. No cumplir con todas las calidades exigidas al proponente, ni con las

especificaciones y requerimientos mínimos del pliego de condiciones.

y. Cuando el proponente no esté inscrito con anterioridad a la apertura del proceso de selección en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de

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Comercio en la Actividad, Especialidad y Grupo requerido.

z. Cuando el proponente habiendo sido requerido por LA ENTIDAD no allegue los documentos, información o aclaraciones solicitadas, sin las cuales no sea posible valorar objetivamente y en condiciones de igualdad las propuestas.

aa. Cuando se presenten propuestas parciales o alternativas.

bb. Cuando se compruebe confabulación entre un oferente y funcionarios de LA

ENTIDAD y/o con otros oferentes para influir en la evaluación de las ofertas y/o en la decisión de adjudicación que tome la administración.

cc. Cuando se compruebe que al oferente o a uno de los integrantes de las

diversas formas de asociación que presente propuesta se le declaró la caducidad administrativa de algún contrato celebrado con anterioridad, mediante acto administrativo en firme, durante los últimos cinco (5) años, contados a partir de la presentación de la propuesta.

Nota: Todo intento debidamente comprobado de un proponente de ejercer alguna influencia sobre el proceso de evaluación de las ofertas o sobre la decisión de adjudicación de LA ENTIDAD Contratante, dará lugar al rechazo de la oferta de ese proponente.

4.7 INFORMACIÓN DE CARÁCTER RESERVADO

EL PROPONENTE deberá indicar qué información de la que contiene su propuesta tiene carácter reservado, expresando la razón jurídica por la que se le otorga tal carácter, de conformidad con lo establecido en la legislación Colombiana. Igualmente, se entiende que con la presentación de la propuesta el PROPONENTE conoce y acepta que, en desarrollo de los principios de transparencia, igualdad e imparcialidad, toda la información incluida en su propuesta para acreditar el cumplimiento de los requisitos para participar y para efectos de la evaluación, es pública, y cualquier persona podrá obtener copia de la misma.

4.8 EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN

DE LA PROPUESTA

Presentada la propuesta, y una vez finalizado el plazo previsto para su presentación, ésta es irrevocable. Por ello, una vez transcurrido dicho término, EL PROPONENTE no podrá retirar ni modificar los efectos y alcance de la propuesta. La presentación de la propuesta por parte del PROPONENTE constituye evidencia de que estudió completamente las especificaciones, formularios, y demás documentos que se le entregaron; que recibió las aclaraciones necesarias por parte de LA ENTIDAD sobre inquietudes o dudas previamente consultadas, y que ha aceptado que estos Pliegos de condiciones son completos, compatibles y adecuados para identificar los servicios que se contratarán; que está enterado a satisfacción en cuanto al alcance de dichos servicios, y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para fijar el valor, plazo

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y demás aspectos de su propuesta.

4.9

CONFIDENCIALIDAD Y RETIRO DE

LA OFERTA

El contenido de las propuestas será de carácter reservado en la medida que la ley lo determina. EL PROPONENTE podrá solicitar el retiro de su oferta mediante comunicación escrita dirigida a la Dirección General Administrativa, hasta la fecha y hora previstas para el cierre del proceso. En tal caso, en la diligencia de cierre del proceso y apertura de ofertas, no se abrirán los sobres que contengan el original las copias de la propuesta DEL PROPONENTE que solicitó el retiro.

5. VERIFICACION DE LOS REQUISITOS HABILITANTES

REQUISITOS EXIGIDOS PARA PRESENTAR OFERTAS Para presentar oferta el proponente deberá cumplir previamente los siguientes requisitos:

1. Las personas jurídicas deberán acreditar que su objeto social le permite desarrollar el objeto del presente proceso de selección, por medio del certificado de existencia y representación expedido con una vigencia no superior a treinta (30) días calendario de antelación a la fecha de cierre del presente proceso de selección por la Cámara de Comercio respectiva, en donde conste que su duración no será inferior a la vigencia del contrato y al menos un (1) año más.

2. Tener capacidad jurídica para contratar conforme a lo previsto en el artículo 6º de la ley 80 de 1993. 3. Las personas naturales deberán presentar certificado de matrícula mercantil con una fecha de

expedición no superior a treinta (30) días anteriores al cierre del presente proceso de selección. 4. No encontrarse relacionado en el boletín de responsables fiscales expedido por la Contraloría

General de la República. En el caso de personas jurídicas deberá acreditar este requisito tanto la persona jurídica como su representante legal. En el caso de consorcios o uniones temporales cada uno de los integrantes deberá presentar en forma independiente la certificación de no estar reportado como sancionado en dicho boletín. Si los consorciados o unidos temporalmente fueren personas jurídicas este requisito deberá ser cumplido tanto por la empresa como por su representante legal.

5. El oferente no debe estar impedido por causa de inhabilidades o incompatibilidades para contratar, especialmente por las establecidas en la Constitución Política, en el artículo 8º de la Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007. En la carta de presentación de la oferta el oferente debe afirmar bajo la gravedad del juramento, el cual se entiende cumplido con su firma que no se halla incurso en ninguna causal de incompatibilidad o inhabilidad prevista en la ley.

6. Cuando el Representante Legal del oferente se encuentre limitado en sus facultades para comprometer al oferente y contratar, deberá acreditar previamente que ha sido facultado para presentar oferta y firmar el contrato, mediante documento expedido por el órgano competente.

7. Cumplir con todos y cada uno de los documentos y requisitos exigidos en el presente Pliego de Condiciones y con la normatividad vigente sobre la materia.

8. En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales o cualquier otra forma de participación conjunta, se deberán acreditar además de los anteriores requisitos, los siguientes: Haber sido conformado antes de presentar la oferta y expresar en el documento de conformación del consorcio o de la unión temporal, que el término de duración de cada uno de sus integrantes y del consorcio o unión temporal no será inferior a la vigencia del contrato y al menos un (1) año más, contado a partir de la fecha de cierre de esta Convocatoria. Indicar si su participación es a título de Consorcio o de Unión Temporal y en este último caso,

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señalar los términos y extensión de su participación en la oferta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán en el documento de constitución ser modificados sin el consentimiento previo de LA ENTIDAD, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993.

9. Los miembros del Consorcio o Unión Temporal deberán señalar las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos y su responsabilidad, estableciendo el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes y deberán designar la persona que para todos los efectos los representa, acompañando el documento que los constituya como tal, con la firma autorizada de cada uno de sus integrantes.

5.1 VERIFICACION JURIDICA

5.1.1 CARTA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA: El proponente deberá presentar la carta de presentación de la propuesta de conformidad con el Formato No. 1, la cual deberá estar suscrita por el representante legal o la persona que le haya sido otorgado poder para tal fin.

5.1.2

DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO O DE LA UNIÓN TEMPORAL: Documento de conformación del Consorcio o de la Unión Temporal, debidamente suscrito y con el lleno de los requisitos legales y los indicados a continuación: a. Indicar en forma expresa si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal. En ambos casos,

indicar los términos de participación de cada uno de los miembros en la propuesta y en su ejecución las cuales no podrán ser modificadas sin el consentimiento previo y escrito del SENADO DE LA REPÚBLICA.

b. Designar la persona que para todos los efectos representará al Consorcio o Unión Temporal y señalar las reglas que regulan sus relaciones y su responsabilidad.

c. Cada uno de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal deberá cumplir con los requisitos de participación exigidos en los presentes Pliegos de Condiciones.

d. La oferta será presentada a nombre del consorcio o unión temporal por la persona designada por los integrantes para representarlo, quien deberá firmar la carta de presentación de la propuesta.

e. Los integrantes del Consorcio o Unión Temporal no podrán ceder sus derechos a terceros, sin obtener la autorización previa y por escrito de LA ENTIDAD. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integran el Consorcio o Unión Temporal.

f. En atención a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, los integrantes del Consorcio o Unión Temporal en el documento de constitución, para efectos del pago en relación con la facturación, deben manifestar: 1) Si la va a efectuar en representación del consorcio o la unión temporal uno de sus integrantes, caso

en el cual debe informar el número del NIT de quien factura. 2) Si la facturación la van a presentar en forma separada cada uno de los integrantes del consorcio o la

unión temporal, caso en el cual deben informar el número de NIT de cada uno de ellos y la participación de cada uno en el valor del contrato.

3) Si la va realizar el consorcio o unión temporal con su propio NIT, caso en el cual se deben informar el número respectivo. Además se debe señalar el porcentaje o valor del contrato que corresponda a cada uno de los integrantes, el nombre o razón social y el NIT de cada uno de ellos.

El impuesto sobre las ventas discriminado en la factura que expida el Consorcio o Unión Temporal, deberá

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ser distribuido a cada uno de sus miembros de acuerdo con su participación en las actividades gravadas que dieron lugar al impuesto, para efectos de ser declarado. En cualquiera de las alternativas anteriores, las facturas deberán cumplir los requisitos establecidos en las disposiciones legales vigentes.

5.1.3 ACTA DE AUTORIZACIÓN: Cuando el representante legal del proponente (persona jurídica) tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de Autorización Expresa del Órgano Social competente, en el cual conste que está facultado para presentar la oferta y firmar el contrato hasta por el valor del Presupuesto total del presente proceso. En el caso de los Consorcios y Uniones Temporales, el representante legal de cada una de las personas jurídicas que los integren y lo requiera, deberá contar con dicha autorización, también hasta el valor del Presupuesto Oficial total, teniendo en cuenta que la responsabilidad de todos sus integrantes es solidaria, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 7o. de la Ley 80 de 1993 y en los Artículos 1568, 1569 y 1571 del Código Civil. De conformidad con lo estipulado en el artículo 28 del Código de Comercio, los proponentes, personas jurídicas o NATURALES nacionales, deberán acreditar su existencia y representación legal o matricula en el registro mercantil respectivamente, mediante la presentación del certificado otorgado por la Cámara de Comercio o por la entidad competente, con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario, contados retroactivamente a partir de la fecha de cierre del presente proceso prevista en el cronograma, cuya matrícula debe estar renovada y vigente a la fecha de presentación de la oferta. En caso de ser persona jurídica, la vigencia de la sociedad deberá tener un término de duración igual o superior al del contrato y un (1) año más. Si llegare a prorrogarse el plazo del presente proceso, el certificado conservará su validez. El representante legal del proponente deberá presentar copia de la cédula de ciudadanía. Si el representante legal del oferente tiene limitadas sus facultades para contratar u obligar al proponente, éste deberá estar autorizado previamente por el órgano social correspondiente. Copia de la autorización deberá anexarse a la propuesta. Las propuestas presentadas por personas naturales de origen extranjero que se encuentren dentro del país, además de los requisitos previstos anteriormente, deberán estar acompañadas de la autorización correspondiente, conforme a las normas de control migratorio vigente. Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia y las sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia deberán acreditar que cuentan con un apoderado debidamente constituido, con domicilio en Colombia y ampliamente facultado para representarlas judicial o extrajudicialmente hasta la constitución de la sucursal en Colombia en caso de resultar aceptada su propuesta. Sin embargo, en caso de ser adjudicatario del contrato una persona jurídica extranjera sin domicilio en Colombia, para la suscripción del

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contrato deberá allegar a la Dirección de Asuntos Legales, el certificado de inscripción en el registro mercantil otorgado por cualquier Cámara de Comercio de Colombia. Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia deberán acreditar su existencia y representación legal con el documento idóneo expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, con una vigencia no mayor a treinta (30) días calendario contados retroactivamente a partir de la fecha de cierre del presente proceso, en donde se demuestre su capacidad jurídica para contratar. El proponente o los miembros del consorcio o unión temporal, deberán anexar los certificados de Existencia y Representación Legal de persona jurídica o el certificado de matrícula en el registro mercantil de persona natural, respectivamente, en los términos consignados en los presentes pliegos de condiciones. NOTA: Las disposiciones contenidas en este pliego de condiciones, en cuanto a proponentes extranjeros se refiere, se aplicarán sin perjuicio de dar cumplimiento a lo pactado en tratados o convenios internacionales, debidamente ratificados por Colombia. A las Sociedades extranjeras con sucursal en Colombia se les aplicarán las reglas de las Sociedades Colombianas, salvo que el proponente extranjero estuviere sometido a normas especiales.

5.1.4 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA: El proponente de manera simultánea acompañará a su propuesta una garantía de seriedad de la misma, mediante cualquiera de los mecanismos vigentes previstos en el artículo 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015. La garantía será expedida y cumplirá los requisitos establecidos para cada instrumento en el Decreto 1082 de 2015: BENEFICIARIO: Senado de la República AFIANZADO: El proponente. VIGENCIA: Tres (3) meses contados a partir de la presentación de la propuesta. En todo caso, su vigencia se extenderá hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual CUANTÍA: Diez (10%) del valor total del presupuesto oficial. Esta garantía será expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto 1082 de 2015, la garantía de seriedad de la oferta cubrirá la sanción derivada del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos:

La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.

La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la Adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses.

La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato.

El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas.

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NOTA: En caso de que el proponente presente como mecanismo de cobertura del riesgo otra clase de garantía, de conformidad con el artículo 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 de 2015, esta deberá cumplir con los requisitos estipulados para cada una de ellas en la mencionada reglamentación, además de cumplir con la información mínima requerida en el presente numeral.

5.1.5

CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL:

Si la propuesta la presenta una persona jurídica, deberá anexar el certificado de existencia y representación legal o el documento que haga sus veces, expedido por la Cámara de Comercio o la entidad correspondiente, dentro del mes anterior al cierre del Proceso, donde conste quién ejerce la representación legal y las facultades del mismo. En dicho certificado se debe acreditar que el objeto social del proponente permite realizar el objeto del presente Proceso de Selección y que su duración no es inferior al término del plazo del contrato y un (1) año más.

Las sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia deberán acreditar que cuentan con un apoderado debidamente constituido, con domicilio en Colombia y ampliamente facultado para representarlas extrajudicialmente hasta la constitución de la sucursal en Colombia, en caso de resultar aceptada su propuesta, de conformidad con lo señalado en el título VIII del Libro II del Código de Comercio Colombiano. En el evento que del contenido del certificado de existencia y representación legal, se haga la remisión a los estatutos de la Sociedad para establecer las facultades del Representante Legal, el oferente deberá anexar copia de la parte pertinente de dichos estatutos, y si de éstos se desprende que hay limitación para presentar la propuesta en cuanto a su monto, se deberá igualmente adjuntar la autorización específica para participar en este Proceso de Selección y suscribir el contrato con el MI, en caso de resultar seleccionado.

Si la propuesta se presenta a nombre de una Sucursal, se deberá anexar los Certificados tanto de la Sucursal como de la Casa principal. Los proponentes plurales (uniones temporales o consorcios) deberán presentar el certificado de existencia y representación legal de las personas jurídicas y/o la fotocopia de la cedula de ciudadanía de las personas naturales que los conforman. En caso de que uno o varios de los integrantes de la forma conjunta sea una persona natural de origen extranjero o una sociedad extranjera sin sucursal en Colombia, la propuesta deberá acompañarse de los documentos indicados en los dos párrafos precedentes, según corresponda.

5.1.6

CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y DE APORTES PARAFISCALES (LEY 789 DE 2002) De conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, artículo 50 de la ley 789 de 2002 modificado parcialmente por el artículo 1° de la ley 828 de 2003, el proponente deberá adjuntar una certificación expedida por el revisor fiscal – sí la persona jurídica está obligada a tener revisor fiscal- o por la persona natural, según el caso, en donde acredite que se encuentra al día durante los seis (6) meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de las propuestas con el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de

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Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar. Si la persona jurídica no está obligada a tener Revisor Fiscal, conforme a la normatividad legal vigente, el representante legal deberá indicar las razones por las cuales no está obligada a tener revisor fiscal. El revisor fiscal debe figurar inscrito en el certificado de la Cámara de Comercio. Se cumplirá de la siguiente forma:

Las personas jurídicas lo harán mediante certificación expedida por el revisor fiscal o representante legal, de los seis (06) meses anteriores al proceso.

Las personas naturales empleadoras lo harán mediante certificación expedida por el oferente. Cuando se trate de persona natural no empleadora deberá acreditar el pago de sus aportes al

Sistema de Seguridad Social Integral. (Planilla de afiliación Seguridad social y Salud), según corresponda.

En caso de consorcio o unión temporal esta certificación debe ser, además, presentada por cada una de las empresas que lo conforman.

5.1.7

VERIFICACIÓN ANTECEDENTES FISCALES, DISCIPLINARIOS, JUDICIALES Y DE MEDIDAS CORRECTIVAS

El comité asesor y evaluador verificará si los proponentes se encuentran con sanciones disciplinarias que lo inhabiliten para celebrar contratos con el Estado, sí aparecen reportados en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República, sí tienen antecedentes judiciales ante la PONAL o si presentan algún reporte o multa en el Sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas . En tratándose de uniones temporales y consocios se verificara a cada uno de sus integrantes.

5.1.8 FOTOCOPIA DE LA CEDULA DE CIUDADANIA DEL REPRESENTANTE LEGAL. El proponente deberá anexar fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal. Si el representante legal es una persona extrajera, deberá anexar copia de la respectiva cedula de extranjería.

5.1.9 VERIFICACIÓN SITUACIÓN MILITAR DEL REPRESENTANTE LEGAL. El proponente deberá anexar fotocopia de la libreta militar y/o constancia de la certificación de la definición de la situación militar del representante legal, cuando este sea persona natural hombre de nacionalidad colombiana, y sea menor de 50 años de edad.

5.1.10

Compromiso de Integridad. (Formato 4) EL PROPONENTE deberá anexar con la propuesta, el Formato 4 Compromiso de Integridad firmado por el proponente o por el representante legal o apoderado, constituido en debida forma para el efecto, con la correspondiente prueba de ello, la cual deberá ser diligenciada según el respectivo formato. Si el proponente no incluye el compromiso o si incluyéndolo no está suscrito por el proponente o por el representante legal o apoderado, constituidos en debida forma para el efecto o si el compromiso viene incompleto de acuerdo con lo establecido en el referido formato de este Pliego de Condiciones, se le

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solicitará hacerlo, para lo cual el proponente deberá responder al requerimiento.

5.1.11 Registro Único Tributario Registro Único Tributario (RUT). El proponente debe presentar dentro de su propuesta fotocopia legible del Registro Único Tributario – RUT expedido por la DIAN. La información contentiva en el R.U.T. deberá encontrarse actualizada conforme a los datos reales del proponente y futuro contratista.

5.1.12 Consularización

De conformidad con lo previsto por el artículo 480 del Código de Comercio, “los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes.” Tratándose de sociedades, expresa además el citado artículo del Código de Comercio que “al autenticar los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. (C.P.C. artículo 65)”. Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes.

5.1.13 Apostille

Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado en este numeral, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso solo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Español proveniente de países signatarios de la convención de La Haya, deberán ser presentados acompañados de una traducción a este idioma, la cual podrá ser oficial en los términos del artículo 260 del Código de Procedimiento Civil o efectuada por traductor o intérprete no oficial pero cumpliendo el trámite del Apostille.

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5.1.14 Documentos otorgados en el exterior

Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Español deberán presentarse acompañados de una traducción oficial a dicho idioma. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 65 y 259 del Código de Procedimiento Civil, artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.

5.1.15 Apoderados de personas extranjeras

Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán constituir un apoderado domiciliado en nuestro país, debidamente facultado para manifestar interés, presentar la Oferta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del proceso, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con la ley y este documento, así como para representarla judicial o extrajudicialmente.

Las personas extranjeras que participen en Consorcio o Unión Temporal podrán constituir un solo apoderado común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes, con los requisitos de autenticación, consularización o apostille y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia, además de los señalados en éste documento. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Consorcio o Unión Temporal.

5.2 VERIFICACION FINANCIERA La capacidad financiera será objeto de verificación de cumplimiento como requisito habilitante para la participación en el proceso de selección y no otorgará puntaje. De la información contenida en el RUP vigente a la fecha de cierre del presente proceso el proponente debe demostrar los siguientes índices financieros: La capacidad financiera del proponente acreditará su capacidad financiera de la información contenida en el RUP vigente a la fecha de cierre del presente proceso de selección, la cual deberá ser con corte al 31 de diciembre de 2016. -Proponente Plural. En caso de propuestas conjuntas como Consorcios, Uniones Temporales o cualquier otra modalidad de asociación, cada uno de sus integrantes deberá allegar el correspondiente Certificado del Registro Único de

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Proponentes (RUP) y la información financiera reportada en el mismo, deberá estar vigente y en firme a la fecha de cierre del proceso. Los indicadores se calcularán con base en la suma aritmética de cada indicador de cada uno de los integrantes de acuerdo a su grado de participación: activos, pasivos, patrimonios, ingresos y gastos de los miembros y al resultado se le aplicará los cálculos de los indicadores financieros señalados en el presente documento. El Senado de la República en cumplimiento del Decreto 1082 de 2015 solicita que el oferente acredite los siguientes indicadores, los cuales miden su fortaleza financiera, de acuerdo a la información contenida en el RUP vigente a la fecha de cierre del presente proceso el proponente debe demostrar los siguientes índices financieros:

INDICADOR FORMULA CUMPLIMIENTO

LIQUIDEZ Activo Corriente / Pasivo Corriente.

Superior o Igual a 1.3 veces.

ENDEUDAMIENTO Pasivo Total / Activo Total Inferior o igual al 49.43%.

RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES

Utilidad Operacional / Gastos de Interés.

Igual o superior a 1,01 veces.

NOTA IMPORTANTE: Para acreditar los indicadores financieros los proponentes deberán allegar el registro único de proponentes – RUP y estado de pérdidas y ganancias con corte a 31 de Diciembre de 2016. En caso de no cumplir con alguno de los índices financieros solicitados o definitivamente no subsane los documentos requeridos por LA ENTIDAD será calificado con el término No Pasa y el proponente NO SERÁ HABILITADO. En caso de que el proponente sea un Consorcio o Unión Temporal se tendrá en cuenta las sumatorias de cada uno de los ítems, de acuerdo al porcentaje de participación. En caso de Consorcio o Unión Temporal, debe manifestarse en el documento de constitución para efectos del pago y en relación con la facturación, si la va a realizar el Consorcio o la Unión Temporal con su propio NIT; si en forma separada cada uno de los integrantes del Consorcio o la Unión Temporal, informando el número de NIT de cada uno de ellos y la participación de cada uno en el valor del contrato; o en representación del Consorcio o la Unión Temporal uno de sus integrantes, caso en el cual debe informar el número del NIT de quien factura. CALCULO DE LOS INDICADORES FINANCIEROS EXIGIDOS:

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Los requisitos financieros para participar en el presente proceso de selección serán verificados a partir de la

información sobre capacidad financiera con corte a 31 de diciembre de 2016, que obra en el REGISTRO

ÚNICO DE PROPONENTES- y para proponente plural siguiendo la regla indicada en este numeral.

5.2.1 CAPACIDAD DE ORGANIZACION Los índices que determinarán la capacidad organizacional del oferentes, será objeto de verificación de cumplimiento como requisito habilitante para la participación en el proceso de selección y no otorgará puntaje. Para ello el proponente deberá adjuntar copia del Certificado del Registro Único de Proponentes (RUP), expedido por la Cámara de Comercio vigente y en firme a la fecha de cierre del presente proceso, en el cual se refleje la información requerida para determinar los indicadores de capacidad de organización. Las propuestas que no cumplan con todos los indicadores mínimos establecidos no serán habilitadas. En caso de no cumplir con la Capacidad de Organización Operacional, la propuesta será NO HÁBIL. El proponente deberá acreditar:

INDICADOR FORMULA CUMPLIMIENTO

RENTABILIDAD SOBRE EL PATRIMONIO

Utilidad Operacional / Patrimonio.

Superior o igual a 2,39 %

RENTABILIDAD SOBRE ACTIVOS

Utilidad Operacional / Activo Total

Superior o igual a 2,19%

-Proponente Plural.-

Cuando se trata de proponentes extranjeros no obligados a estar registrados en el RUP, o cuando la

información contenida en este no sea suficiente para verificar los requerimientos establecidos en el

Artículo 2.2.1.1.1.5.3. del Decreto 1082 de 2015, deberán adjuntar Estados Financieros comparativos

a 31 de diciembre de 2016 (Balance General, Estado de Resultados, Notas a los Estados

Financieros) certificados por el Representante Legal, el Contador Público y el Revisor Fiscal, si es

del caso. Igualmente, deberán calcular cada uno de los indicadores solicitados

anteriormente, y certificarse por Contador Público, Representante Legal y Revisor Fiscal, si es del

caso, adjuntado fotocopia de la tarjeta profesional y certificado de antecedentes disciplinarios vigentes,

del contador y revisor fiscal.

Los proponentes extranjeros no obligados a estar registrados en el RUP, deben adjuntar la

documentación anterior para acreditar que cumplen con los requisitos habilitantes, bien sean

proponentes individuales o integrantes de una unión temporal, consorcio o promesa de sociedad

futura.

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Para el caso de las propuestas presentadas por consorcios, uniones temporales o promesa de

sociedad futura, los índices anteriormente señalados, se verificarán o determinarán, según corresponda,

para cada uno de los integrantes por separado, luego se aplica el porcentaje de participación en el

consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura y finalmente se suman como subtotales, para

obtener el indicador correspondiente.

Si la información suministrada por el proponente no es suficiente para efectuar la verificación de los

requisitos habilitantes sobre la Capacidad Financiera y Capacidad Organizacional, El Senado de la

República le solicitará el respectivo documento o las aclaraciones que considere pertinentes, sin

que dichas aclaraciones o documentos que el proponente allegue, puedan modificar, adicionar,

complementar o mejorar la propuesta.

5.3 VERIFICACIÓN TÉCNICA: Los siguientes requisitos y condiciones técnicas exigidos, serán objeto de verificación por parte de LA ENTIDAD. 5.3.1. OFERTA ECONOMICA: Deberá diligenciarse y presentarse el Formato OFERTA ECONOMICA de los estudios previos y deberá indicarse el valor total incluido IVA de los valores fijos unitarios a ofertar, igualmente el valor de cada ítem con el valor final incluido el descuento.

NOTA1: El valor total de la oferta económica deberá corresponder a la sumatoria de todos los valores asociados con la ejecución del contrato.

NOTA 2: la oferta económica deberá presentarse en físico y adicionamente en cd medio magnético, formato Excel.

5.3.2 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS MÍNIMAS: El informe técnico no tiene ponderación alguna, se trata de un estudio que debe realizar LA ENTIDAD para determinar si la propuesta se ajusta a los requerimientos técnicos mínimos establecidos en la FICHA TÉCNICA de los estudios previos, para ello deberá diligenciarse con CUMPLE o NO CUMPLE el Anexo DE LA VERIFICACIÓN TÉCNICA. Los proponentes que no cumplan con alguna o algunas de las características técnicas mínimas, serán rechazados.

Las características técnicas mínimas deben ser cumplidas por el adjudicatario, durante toda la ejecución del contrato. La calidad de los bienes será determinada por LA ENTIDAD.

Si el oferente, ofrece una característica superior a la requerida, deberá manifestarlo así en la Ficha Técnica.

NOTA: Si el oferente ofrece un servicio de característica superior a la requerida este no podrá superar el valor de mercado que LA ENTIDAD tuvo en cuenta para la realización del presente proceso.

EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AVALÚOS SE DEBERÁ DESARROLLAR LAS SIGUIENTES

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ACTIVIDADES: 5.3.2.1 Realizar visitas de inspección y verificación de los bienes objeto de avalúo con base en el listado de bienes suministrados por el Senado de la República. 5.3.2.1 El Senado de la República suministrará al adjudicatario los listados en medios magnéticos de los

bienes muebles y vehículos objeto de evaluación. (Estos listados se encuentran en el CD que hará parte del proceso).

5.3.2.2 Realizar el avaluó comercial de los bienes muebles y vehículos propiedad del Senado de la República, cumpliendo con la Circular Externa 060 de 2015 de la Contaduría General de la Nación. Los avalúos deberán considerar entre otros los siguientes aspectos: estado, tiempo de uso o capacidad productiva, modelo, destinación y comercialización o grado de comerciabilidad.

5.3.2.3 Clasificar los bienes muebles y vehículos de propiedad del Senado de la Republica en: operativos y no operativos (dañados u obsoletos).

5.3.2.4 Actualizar la vida útil de los bienes muebles y vehículos de propiedad del Senado de la Republica clasificados como operativos.

5.3.2.5 Describir de manera detallada la metodología a utilizar para el desarrollo del avalúo de los bienes muebles y vehículos de propiedad del Senado de la República..

5.3.2.6 Tratar de manera coherente los bienes de una misma clase y sus características.

A continuación se relaciona el marco conceptual de los términos que se utilizan en el desarrollo del proceso de avalúos para efectos contables.

5.3.3 CONDICIONES TECNICAS MINIMAS

ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL SERVICIO: 5.3.3.1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: IDENTIFICACION FISICA DE LOS BIENES MUEBLES Y VEHICULOS Para la identificación, inspección y verificación física de los bienes muebles y vehículos objeto de avalúo, el adjudicatario coordinará con el supervisor que designe el Senado de la República y su equipo de trabajo el desplazamiento hacia todos y cada uno de los sitios donde se encuentran ubicados los bienes objeto de avalúo. CONCEPTOS Y CRITERIOS DE VALORACION

1. Para la valoración de los activos se debe tener en cuenta los conceptos básicos, así como los criterios fundamentales que se tendrán en cuenta en la realización del avalúo. Para el perfeccionamiento de esta actividad el Senado de la República suministrará una base de datos con el listado de los bienes muebles y vehículos con la información básica que será sujeta a retroalimentación por parte del adjudicatario (estos LISTADOS SE ENCUENTRAN EN EL CD que hará parte del proceso.) para la consolidación definitiva de los siguientes criterios:

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a) COSTO DE ADQUISICION- HISTORICO Corresponde al valor de compra o costo de adquisición del bien registrado en la fecha de compra, el cual será tomado de la información contable suministrada. b) VIDA UTIL (VU) Se entiende por vida útil, el período de tiempo durante el cual puede esperarse que razonablemente el bien cumpla con la función para la cual fue diseñado y destinado. c) VIDA O EDAD EFECTIVA (EE) Corresponde al tiempo de uso de bien. Para el estudio solicitado, la vida efectiva de los activos se calcula de acuerdo con la fecha de compra, teniendo en cuenta las actualizaciones o mejoras involucradas en los bienes. d) VIDA UTIL REMANENTE (VUR) Es el tiempo estimado que le falta al activo para cumplir su vida útil, calculada al restar la vida útil la edad efectiva. e) FACTOR DE MANTENIMIENTO Representa el grado y calidad de mantenimiento observado durante la inspección técnica realizada f) FACTOR DE REALIZACION Corresponde al análisis económico de la potencial oferta y demanda que un bien pueda tener en el mercado, considerando factores como mercado, características técnicas especiales, grado de obsolescencia y la situación financiera del mercado. g) GRADO DE OBSOLESCENCIA – DEPRECIACION Corresponde al atraso tecnológico causado por la puesta en marcha de nuevas tecnologías y mejoramiento de procesos, lo cual hace que el bien sea menos deseado en el mercado. h) VALOR COMERCIAL Corresponde al valor que entre un comprador y un vendedor puedan acordar en términos razonables en un mercado normal. i) VALOR DE REPOSICION Corresponde al valor del bien en el mercado actual, teniendo en cuenta una utilidad equivalente hacia el activo que se está valorando considerando diferencias como nuevos diseños, mejoras tecnológicas y

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aumento en el desempeño de los equipos. j) VALOR DE SALVAMENTO Corresponde al valor del activo una vez cumplido su ciclo vital. INFORME TECNICO INDIVIDUAL FINAL DEL AVALUO El adjudicatario deberá entregar un informe técnico final del avalúo, elaborado con base en la normatividad de las NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA, consignando entre otros aspectos los siguientes:

- Indicación de la clase avalúo que se realiza y la justificación del porque es el apropiado para el propósito pretendido

- Identificación y descripción de los bienes o derechos avaluados, precisando la cantidad y estado o calidad de sus componentes, cuando esto último aplique. El informe debe contener como mínimo los siguientes ítems: concepto técnico, agrupaciones de inventario, número de placa de inventario, cantidades, valores unitarios y totales y el valor en libros.

- Uso y estado del bien mueble y de los vehículos

- Valor de reposición.

- El valor resultante del avalúo y vida útil estimada.

- La vigencia del avalúo, que no podrá ser inferior a un año

- Debe anexarse la metodología utilizada, los valores de referencia, las fuentes y los cálculos respectivos:

o Cuando la metodología del avalúo utilice un sistema de depreciación, se debe indicar el método de depreciación y las razones de la selección

o Cuando la metodología utilice proyecciones, se deben señalar todos y cada uno de los supuestos y el procedimiento usado para proyectar. En caso de variables proyectadas se deben incluir las fuentes de donde fueron tomadas y/o los supuestos que se tuvieron en cuenta para realizar la proyección

o Si la metodología del avalúo utiliza índices, se debe señalar cuales se utilizaron y la fuente de donde fueron tomadas.

- Clasificación de los de los bienes muebles y vehículos de propiedad del Senado de la Republica en: operativos y no operativos (dañados u obsoletos)

- Actualización de la vida útil de los bienes muebles y vehículos de propiedad del Senado de la Republica clasificados como operativos

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- Observaciones y recomendaciones.

RESUMEN LISTADO DE BIENES OBJETO DE AVALUO COMERCIAL Se ha discriminado la labor del avaluó a realizar en 13 grupos contables, buscando se trate de manera coherente los bienes de una misma clase y sus características. Ver archivo en Excel: INFORME ACTIVOS POR GRUPO CONTABLE CON FECHA DE COMPRA Y PRECIO AL 30 DE ENERO DE 2017. EQUIPO MINIMO DE TRABAJO Para el desarrollo del objeto a contratar se debe conformar un equipo de trabajo mínimo compuesto por:

Perfil Cantidad Experiencia requerida

Contador Público

2 Experiencia mínima de 2 años en Normas Internacionales de información financiera y en la realización de avalúos.

Perito avalúador

1 Con experiencia certificada de 5 años en la realización de avalúos de bienes muebles e inscrito en el Registro Abierto de Avaluadores (RAA) de la superintendencia de Industria y Comercio o el Registro Nacional de Avaluadores (RNA) de FEDELONJAS. Actividad: Avalúo de bienes muebles y equipos electrónicos distintos a vehículos, un perito para vehículos y para obra de arte

Nota. El equipo de trabajo tendrá dedicación total al desarrollo del contrato. NOTA: El PROPONENTE deberá para tal fin anexar la hoja de vida y las certificaciones de estudio y experiencia que demuestren la idoneidad del profesional, documentos que deben ser aportados con la propuesta presentada. 5.3.8 CONDICIONES DE EXPERIENCIA El oferente debe acreditar la experiencia de acuerdo con el objeto contractual, que le permita realizar de forma idónea las labores requeridas para el cumplimiento del objeto contractual.

Para ello debe demostrar con máximo tres (3) certificaciones, expedidas por entidades públicas y/o privadas con las cuales el proponente haya prestado previamente EL SERVICIO DE REALIZACIÓN DE AVALÚOS

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DE BIENES MUEBLES Y VEHÍCULOS. Los contratos así certificados deben haberse ejecutado dentro de los cinco años anteriores a la fecha prevista para el cierre de presentación de las ofertas.La Sumatoria acreditada debe ser igual o superior al presupuesto oficial para la presente contratación.

Para lo anterior los contratos deben estar ejecutados.

ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA

Los proponentesdeben acreditar la siguiente experiencia:. LA CONVERSIÓN A SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES (SMMLV) PARA TODA LA INFORMACIÓN PRESENTADA SE DEBE HACER CON EL VALOR DEL SALARIO MÍNIMO MENSUAL LEGAL VIGENTE EN LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO RESPECTIVO. NOTA: No será responsabilidad de LA ENTIDAD si con la información suministrada no se puede establecer con claridad los requisitos requeridos para la verificación de la propuesta y esta se vea afectada por tal razón, de acuerdo con lo indicado en el pliego sobre cumplimiento de contratos anteriores. NOTA: Si se presentan inconsistencias, deficiencias, omisiones o errores en la información de alguno de los contratos relacionados se hará el requerimiento a fin que sea subsanado por el oferente, en caso de no realizar ni presentar la subsanación, dicho contrato no será tenido en cuenta para efectos de la habilitación. Las certificaciones aportadas deberán contener como mínimo la siguiente información:

Número del contrato.

Objeto del contrato.

Nombre del contratista.

Valor y plazo del contrato.

Fecha de iniciación (día, mes y año).

Fecha de terminación (día, mes y año).

Calidad y cumplimiento, el cual deberá especificar si es bueno o malo.

Venir suscrito por la persona responsable de la expedición respectiva.

Nota: No se aceptan contratos en ejecución, No se aceptan auto certificaciones. EXPERIENCIA VERIFICABLE EN EL RUP Para acreditar esta experiencia el proponente deberá anexar a su propuesta el certificado de inscripción en el Registro Único de Proponentes expedido por la Cámara de Comercio de su jurisdicción, en el conste que el proponente ha celebrado contratos en los servicios objeto del presente proceso, identificados en las siguientes clasificaciones del Clasificador de Bienes y Servicios de las UNSPSC.

Cuadro No. 1 Registro Único de Proponentes

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Código del segmento

Nombre del segmento

Código familia

Nombre familia

Código clase Nombre clase

Código producto

Nombre producto

80000000 Servicio de gestión, servicios

profesionales de

empresas y servicios

administrativos.

80130000 Servicios inmobiliarios

83131800 Servicios de

administración

inmobiliaria

80131802 Servicio de avalúo de inmuebles

Nota: De acuerdo con el artículo 2.2.1.1.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, solo se tendrá en cuenta los seis primeros dígitos que comprende Segmento, Familia y Clase de los ocho dígitos del código UNSPSC. En caso de consorcio o unión temporal, al menos uno de los consorciados o unidos temporalmente deberá estar inscrito y clasificado en el RUP en la clasificación solicitada en el presente numeral. Si el interesado es extranjero deberá acreditar este requisito con el registro correspondiente en el país donde tengan su domicilio principal. En caso de no presentar este documento, o no tener definida su capacidad de contratación en él, deberá presentar la certificación de inscripción en el registro de proponentes de la Cámara de Comercio de Colombia, en el grupo, segmento, familia y clase exigidos. Este certificado deberá tener una fecha de expedición no mayor a treinta (30) días para nacionales y para extranjeros de 60 días anteriores a la fecha prevista para la recepción de documentos. En caso de que el contenido del mismo no cumpla con los requisitos exigidos en los términos de referencia se calificará la propuesta como NO CUMPLE TECNICAMENTE. Contenido Mínimo de las Certificaciones: Éstas deben contener claramente la siguiente información y requisitos mínimos: 1. Objeto del contrato. 2. Nombre o razón social del contratante y contratista, dirección y teléfonos. 3. Plazo de ejecución del contrato 4. Fecha de inicio y fecha de terminación del contrato. 5. Indicación del cumplimiento a satisfacción que podrá ser confrontado por parte la corporación, o solicitado en caso de que se considere necesario por LA ENTIDAD contratante, por no estar especificada la calidad del cumplimiento en el certificado de que se trate. No se tendrán en cuenta las certificaciones en las cuales se indique que el cumplimiento es REGULAR, MALO, DEFICIENTE o similar. 6. Valor final del contrato (incluye el valor inicial más las adiciones en valor y los reajustes que se hubiesen presentado durante la ejecución del contrato) en pesos, a la fecha de terminación de los servicios certificados. 7. Porcentaje de participación, para el caso de uniones temporales y consorcios.

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Requisitos: Las certificaciones sobre experiencia, seriedad y cumplimiento del proponente, deben ser expedidos únicamente por el contratante y suscritos por las personas competentes o autorizadas para ello. Cuando los contratos se hayan ejecutado en consorcio o unión temporal, para determinar el valor de éstos, sólo se tendrá en cuenta el grado de participación que haya tenido el proponente en el consorcio o unión temporal; en tales eventos, la certificación debe contener exactamente el grado de participación. En caso de presentarse certificaciones por contratos adicionales, éstos se evaluarán en conjunto con el contrato principal al que están adicionando. La Entidad se reserva el derecho de verificar la veracidad de las certificaciones aportadas. Se aceptan certificaciones dirigidas a otra entidad, siempre y cuando del contenido de éstas, se pueda certificar el cumplimiento de los requisitos que se exigen en el Pliego de condiciones. Tratándose de consorcios o unión temporal, cada uno de sus integrantes deberá aportar por lo menos una certificación, so pena de rechazo de la propuesta. La información que se reporte en las certificaciones deberá reflejar exactamente los datos sobre el contrato objeto de la misma, en caso de discrepancia entre el contenido de esta y cualquier otro documento relacionado con el contrato la certificación no será tenida en cuenta.

5.5 5.5.1 FACTORES DE EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN DE LOS MISMOS

Tomando en consideración que la modalidad de contratación que se adecúa a este proceso es la

selección abreviada de menor cuantía, y atendiendo lo señalado en numeral segundo del artículo 5°

de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 88 de la Ley 1474 de 2011, y literal a) del inciso

segundo del artículo 2.2.1.1.2.2.2. del Decreto 1082 de 2015, El Senado determinará la oferta

más favorable previa verificación y evaluación de los siguientes factores y sus puntajes:

Factor Industria Nacional. Cien (100) puntos

Se asignarán cien (100) puntos al proponente cuando el servicio ofrecido sea 100% de origen nacional; cincuenta (50) puntos al proponente cuando el servicio ofrecido sea menor del 100% de origen nacional; no se otorgará puntaje cuando el servicio ofrecido no tenga origen nacional, salvo que exista convenio o tratado internacional vigente que contenga estipulaciones en materia de compras estatales, o bien los nacionales colombianos reciban el mismo tratamiento en el país del oferente; en este evento el proponente extranjero también recibirá cien (100) puntos, esto último se demostrará con informe de la respectiva Misión Diplomática Colombiana.

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Factores técnicos y de calidad. 400 puntos

Elementos adicionales para puntuación Puntuación

máxima

Se otorgaran un máximo de 200 puntos por un contador público adicional al requerido en el númeral de Equipo mínimo de trabajo requerido (sin costo adicional para la entidad) el cual se calificará de acuerdo con las siguientes premisas:

1. Se otorgaran 100: si aporta un contador público adicional al proceso que demuestre estar inscrito y tener el registro vigente ante la Superintendencia de Industria y Comercio.

2. Se otorgaran los 200 puntos en uno de las dos situaciones siguientes:

a. Si el contador público adicional demuestra estar inscrito y tener el registro vigente

ante la Superintendencia de Industria y Comercio y FEDELONJAS.

b. Se otorgaran los 200: Si el contador público adicional demuestra estar inscrito y tener registro vigente ante la supertintendencia de industria y comercio y Registro Abierto de Avaluadors (RAA) 200

Se otorgaran un máximo de 200 puntos por un perito avaluador adicional al requerido en el numeral de Equipo mínimo de trabajo requerido (sin costo adicional para la entidad) el cual se calificará de acuerdo con las siguientes premisas: 1. Se otorgaran 100 puntos: Si el perito avaluador adicional demuestra estar inscrito y tener el registro vigente ante la Superintendencia de Industria y Comercio. 2. Se otorgaran los 200 puntos: Si el perito avaluador adicional demuestra estar inscrito y tener el registro vigente ante la Superintendencia de Industria y Comercio y FEDELONJAS. 3. Se otorgaran los 200 puntos: Si el perito avaluador adicional demuestra estar inscrito y tener el registro vigente ante Registro Abierto de Avaluadores (RAA).

200

Factores económicos. Quinientos (500) puntos

FACTOR ECONÓMICO (500) PUNTOS La evaluación económica se efectuará utilizando la fórmula matemática de la media geométrica. La calificación será calculada con el valor revisado y corregido aritméticamente de la propuesta económica y se hará con base en el precio total de la oferta. Con base en el total del ofrecimiento económico que formule el proponente, el Senado de la República una vez efectuadas las correcciones aritméticas procederá a calcular la media geométrica con el objeto de calificar a todos los oferentes.

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La media geométrica (MG) se calcula de la siguiente manera y teniendo en cuenta los valores corregidos de las propuestas hábiles. MG= (X1*p1*X2*p2…*Xn*pn)^1/2n

Dónde: MG: Media geométrica. X1, X2, Xn: Valores totales de cada oferta con IVA de los proponentes habilitados. P1, p2, pn: Presupuesto oficial, una vez por cada propuesta hábil. n: Número de propuestas habilitadas. Después de calculada la media geométrica se procede de la siguiente manera:

𝐏𝐨𝐢 = (𝟏 −|𝐏𝐦𝐢𝐧 − 𝐏𝐢|

𝐏𝐦𝐢𝐧

) ∗ 𝟏𝟎𝟎

Donde, Poi = Puntaje del oferente i. Pmin= Precio de oferta más cercano a la media geométrica entre todos los oferentes. Pi = Precio ofertado por el oferente i. NOTA: CORRECCIÓN ARITMÉTICA. En la evaluación de las propuestas el Senado de la República determinará si existen errores en el producto de las operaciones aritméticas de los precios de la misma, caso en el cual hará las correcciones correspondientes. Las correcciones establecidas en las ofertas son de forzosa aceptación para el proponente en relación con los precios, en caso de que se le adjudique el contrato.

FACTOR PUNTAJE

Manifestación escrita de interés en participar

HABILITANTE

Capacidad jurídica,

experiencia,

capacidad financiera v

organizacional

HABILITANTE

Cumplimiento y calidad HABI LITANTE Factor Industria Nacional CIEN (100) puntos.

Factores técnicos y de calidad CUATROCIENTOS PUNTOS(400) puntos

puntos

Factores económicos (precio) QUINIENTOS (500) puntos

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TOTAL MIL (1.000) puntos

PUNTOS

CRITERIOS DE CALIFICACIÓN El proponente debe presentar con su propuesta todos los documentos exigidos en este numeral, al igual que cumplir con todos los requisitos establecidos en el mismo, sin que haya lugar a requerimiento alguno, por ser objeto de comparación y, por tanto, no subsanables. Solo serán objeto de evaluación las ofertas cuya verificación las habilite desde el punto de vista jurídico, técnico, financiero y de organización, teniendo en cuenta el ofrecimiento más favorable para la entidad y para los fines que esta busca, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 29 de la Ley 80 de 1993, el Artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 y del Decreto Nacional 1082 de 2015, según la cual la oferta más favorable será aquella que teniendo en cuenta los factores técnicos y económicos de escogencia y ponderación sea la más ventajosa para la entidad sin consideraciones a otros factores. La entidad evaluará técnica y económicamente las propuestas hábiles, es decir, los que definitivamente cumplieron con todos los aspectos objeto de verificación, sobre un total de trescientos (300) puntos. De conformidad con lo previsto en el numeral 2 del Artículo 5 y el literal a) numeral 3 del Artículo 12 de la Ley 1150 de 2007 y artículo 2.2.1.1.2.2.2 del Decreto 1082 de 2015 el ofrecimiento más favorable para la entidad dadas las características corresponde a la ponderación de elementos de calidad y precio soportados en puntajes y formulas señaladas en el presente pliego de condiciones. Los aspectos jurídicos, condiciones de experiencia, capacidad financiera y organización de los proponentes, son objeto de verificación de cumplimiento, habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgan puntaje, tal como se señala en el capítulo La ponderación se realiza de la siguiente forma:

FACTORES DE CONDICIÓN PUNTAJE

MANIFESTACIÓN DE INTERES HABILITANTE

JURIDICO HABILITANTE

FINANCIERO Y ORGANIZACIONAL HABILITANTE

CUMPLIMIENTO, CALIDAD DE CONDICIONES

MINIMAS Y EXPERIENCIA

HABILITANTE

FACTOR INDUSTRIA NACIONAL 100 PUNTOS

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FACTORES TECNICOS 100 PUNTOS

FACTORES ECONOMICOS 100 PUNTOS

6. ADJUDICACION:

6.1. DECLARATORIA DESIERTA: LA ENTIDAD podrá declarar desierta la presente selección abreviada de menor cuantía, en cualquiera de los casos previstos el numeral 18 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007. La declaratoria desierta de la selección abreviada, se hará mediante acto administrativo en el que se señalarán en forma expresa y detallada las razones que han conducido a esa decisión. En caso de declararse desierta la selección abreviada, la garantía de seriedad y copia de las ofertas les serán devueltas a todos los proponentes dentro de los treinta (30) días siguientes a dicha declaratoria, previo requerimiento.

7. ACUERDOS COMERCIALES Y TRATADOS INTERNACIONALES

De conformidad con el Manual para el manejo de los acuerdos Comerciales en proceso de contratación, versión M-MACPC-12 actualizado por Colombia Compra Eficiente el 08 de mayo de 2017, el presente proceso de selección se encuentra cobijado por los siguientes Acuerdos comerciales:

ACUERDO INTERNACIONAL O TRATADO DE LIBRE

COMERCIO

UMBRAL COBERTURA EXCLUSIONES DE APLICABILIDAD Y

EXCEPCIONES

GUATEMALA Valor de la menor cuantia de la entidad .

Incluye Senado de la Republica

No aplica ninguna de las Exclusiones de

Aplicabilidad y Excepciones

HONDURAS Valor de la menor cuantia de

la entidad Incluye Senado de la República

No aplica ninguna de las Exclusiones de

Aplicabilidad y Excepciones

EL SALVADOR Valor de la menor cuantia de

la entidad.

Incluye Senado de la República

No aplica excepción.

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Teniendo en cuenta que al presente proceso le aplican los tratados de El Salvador, Guatemala y Honduras (Triangulo Norte), El Senado de la República le dará a los servicios de los Estados con quienes Colombia ha suscrito estos Acuerdos Comerciales, el mismo trato que da a los servicios Colombianos y establecerá los plazos mínimos en ellos requeridos, teniendo en cuenta en todo caso, que el presente proceso fue publicado en el Plan Anual de Adquisiciones de la Entidad. Sin embargo, de conformidad con lo consagrado en los artículos 2.2.1.2.4.2.2 y 2.2.1.2.4.2.4 del Decreto 1082 de 2015, la presente convocatoria podrá limitarse a Mipymes si se cumplen las condiciones establecidas en dichos artículos, en atención a que el presupuesto de este proceso de selección abreviada se encuentra dentro del rango establecido en dicha norma, condición que de cumplirse haría aplicable la excepción contemplada en el numeral 14 (Las convocatorias limitadas a Mipyme) del Anexo 4, lista de excepciones a la aplicación de los acuerdos comerciales, del manual para el manejo de los acuerdos comerciales en procesos de contratación M-MACPC-12, de Colombia Compra Eficiente.

En virtud a que los Acuerdos Internacionales o Tratados de Libre Comercio relacionados anteriormente contemplan plazos mínimos especiales, el cronograma del proceso de selección se establecerá de acuerdo con ello, sin embargo los plazos mínimos, que se acogerán será los señalados para los procesos que se han incluido en el plan anual de adquisiciones.

7.1

CONDICIONES CONTRACTUALES

En todo caso las adiciones al presupuesto del contrato se realizaran en los términos y condiciones del parágrafo del artículo 40 de la Ley 80 de 1993.

7.2 SUJECIÓN A LAS APROPIACIONES PRESUPUESTALES: Los pagos que se obliga a hacer LA ENTIDAD, en virtud del contrato resultante del presente proceso de selección, se harán con cargo al presupuesto de gastos de funcionamiento.

7.3 PROHIBICIÓN DE CESIÓN: El contrato resultante no podrá ser cedido por el CONTRATISTA a ningún título sin el consentimiento previo y por escrito de la Dirección General Administrativa del Senado de La República.

7.4 DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Harán parte del contrato resultante y se precisaránsus condiciones en los siguientes documentos: Los documentos que forman parte de este proceso, son: 1. El aviso de la Convocatoria Pública. 2. Los avisos informativos. 3. Los estudios y los documentos previos. 4. El Certificado de Disponibilidad Presupuestal. 5. La aprobación de vigencias futuras (si las hubiere). 6. El proyecto de Pliego de Condiciones. 7. Las Observaciones y sugerencias al proyecto de Pliego de condiciones. 8. Las repuestas a las observaciones del proyecto de Pliego de Condiciones. 9. La Resolución de Apertura del proceso. 10. El Pliego de Condiciones definitivo.

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CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA

Y LA RESOLUCIÓN 533 DE 2015 DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA

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11. Las observaciones y respuestas al Pliego de Condiciones. 12. El acta de la audiencia de aclaración del Pliego de condiciones y de asignación de riesgos previsibles. 13. Las Adendas (si las hubiere). 14. El Acta de cierre y recepción de las propuestas. 15. Las propuestas presentadas por los oferentes. 16. Las aclaraciones solicitadas por EL SENADO DE LA REPÚBLICA a los proponentes y sus respuestas. 17. Los informes de evaluación. 18. Las observaciones presentadas a los informes de evaluación. 19. El acta de audiencia de adjudicación o de declaratoria de desierta del proceso. 20. La Resolución de adjudicación o de declaratoria de desierta del proceso. 21. Las Certificaciones de las publicaciones en el Sistema electrónico para la contratación pública (SECOP) a través del portal único de Contratación.

7.5 NORMAS APLICABLES: El contrato adjudicado se regula por las normas de la Ley 80 de 1.993, Ley 1150 de 2007, el Decreto Nacional 1082 de 2015, y demás normas concordantes o aplicables.

7.6 LIQUIDACIÓN: Terminada la ejecución del contrato el Supervisor proyectará su liquidación conforme con lo ordenado por el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007. Se podrá solicitar la liquidación judicial del contrato cuando esta no se haya logrado de mutuo acuerdo y la entidad estatal no lo haya liquidado unilateralmente dentro de los dos (2) meses siguientes al vencimiento del plazo convenido para liquidar de mutuo acuerdo o, en su defecto, del término establecido por la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 141 “Controversias contractuales” de la Ley 1437 de 2011, por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

7.7 OBLIGACIONES PARTICULARES DEL CONTRATISTA: Además de los derechos y deberes consagrados en el artículo 5º de la ley 80 de 1993, el CONTRATISTA, se obliga con LA ENTIDAD a responder civil y penalmente por sus acciones u omisiones en la actuación contractual, igualmente por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, de conformidad con lo previsto en los artículos 52 y 53 de la Ley 80 de 1993. Así mismo, en desarrollo del objeto del contrato resultante, EL CONTRATISTA se obliga a cumplir con todas y cada una de las obligaciones adquiridas con su propuesta, de acuerdo con las condiciones establecidas en la parte técnica del presente servicio establecidas en el presente proyecto de pliegos, estudios previos y anexo técnico del presente proceso.

7.8 OBLIGACIONES DEL SENADO DE LA REPÚBLICA: 1. Pagar en los plazos ofrecidos por el CONTRATISTA, previo cumplimiento de los requisitos exigidos. 2. Cumplir y hacer cumplir las condiciones pactadas en el contrato y en los documentos que de él forman parte. 3. Prestar la mayor colaboración para el desarrollo del objeto contractual. 4. Realizar la expedición del Registro Presupuestal correspondiente.

7.9 SUPERVISOR: El supervisor del contrato resultante deberá ejercer las funciones señaladas en los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011 y en especial: a) Exigir al contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado. b) Buscar el cumplimento de los fines del presente contrato. c) Vigilar la correcta ejecución del objeto del presente contrato. d) Proteger los derechos del de los terceros que puedan verse afectados por la ejecución del mismo. e) Suscribir el acta de iniciación del contrato y la de prestación del servicio a satisfacción conjuntamente con el CONTRATISTA, de acuerdo con lo solicitado por el Senado.

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CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA

Y LA RESOLUCIÓN 533 DE 2015 DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA

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f) Presentar el informe final sobre la ejecución y saldos del contrato si los hubiere. g) Informar a la Dirección General y la División Jurídica del Senado, la fecha de vencimiento del plazo de ejecución del contrato y remitir oportunamente a la División Financiera el o los cumplidos sobre la prestación del servicio a satisfacción, con copia a la División Jurídica. h) Remitir a la División Jurídica copia de las actas de iniciación y ejecución final del contrato. i) Reportar oportunamente al CONTRATISTA las fallas o anomalías presentadas en la ejecución del contrato. La supervisión del contrato será ejercida por la Directora Administrativa del Senado de la República o a quien ella delegue y podrá ser susceptible de cambio por parte de la entidad, sin requerir autorización del CONTRATISTA.

7.10 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El CONTRATISTA declara bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado con la presentación de la propuesta y con la firma del contrato, que no se halla incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en el artículo 8º de la Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 y demás normas concordantes.

7.11 PUBLICACIÓN: Los documentos del presente proceso de selección se publicarán de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 DE 2015.

7.12 GASTOS: Serán por cuenta del CONTRATISTA todos los gastos e impuestos, tasas y contribuciones derivados de la celebración, ejecución y liquidación del contrato.

7.13 IMPUESTOS: EL CONTRATISTA pagará todos los impuestos, tasas y similares que se deriven de la ejecución del contrato, de conformidad con la ley colombiana.

7.14 CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN: El CONTRATISTA guardará confidencialidad sobre la información que obtenga del Senado de la República en desarrollo del objeto y obligaciones del contrato.

7.15 GARANTIAS: EL CONTRATISTA se compromete a constituir, a favor del Senado de la República con NIT 899.999.103-1, una de las siguientes garantías: contrato de seguro contenido en una póliza, patrimonio autónomo y garantía bancaria, que ampare los siguientes riesgos, de conformidad con el Artículo 2.2.1.2.3.1.7 del Decreto 1082 de 2015:

ETAPA AMPAROS PORCENTAJE VIGENCIA

PRECONTRACTUAL

SERIEDAD DE LA OFERTA

DIEZ POR CIENTO10% DEL MONTO DEL PRESUPUESTO OFICIAL.

Se extiende desde el momento de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual.

CUMPLIMIENTO

VEINTE POR CIENTO 20% DEL VALOR TOTAL DEL

A partir de la suscripción del contrato y comprende el plazo del contrato y seis (6) meses más.

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CONTRACTUAL

PRESUPUESTO OFICIAL

CALIDAD DEL SERVICIO

DIEZ POR CIENTO 10% DEL PRESUPUESTO OFICIAL ASIGNADO

A partir de la suscripción del contrato y comprende el plazo del contrato y seis (6) meses más contados a partir de la fecha de entrega final y recibo total del avaluo de los bienes muebles y vehículos a satisfacción del Senado de la Republica.

SALARIO Y PRESTACIONES SOCIALES

CINCO POR CIENTO 5% DEL PRESUPUESTO OFICIAL ASIGNADO

A partir de la suscripción del contrato y comprende el plazo del contrato y tres (3) años más.

Dicha garantía deberá constituirse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato, so pena de imponerle las sanciones legales a que haya lugar. Teniendo en cuenta la naturaleza del contrato, la forma de pago y la prescripción de los vicios ocultos para un bien mueble y plazos para liquidación del contrato, se solicitan estas garantías.

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Y LA RESOLUCIÓN 533 DE 2015 DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA

NACIÓN.

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ANEXOS

MINUTA DEL CONTRATO CONTRATO No. CLASE DE CONTRATO: PRESTACIÓN DE SERVICIOS CONTRATISTA: NIT: VALOR: XXXXXXXXX.oo. PLAZO DE EJECUCIÓN: SESENTA DIAS (60). OBJETO: PRESTACIÓN DEL SERVICIO PARA REALIZAR EL AVALUO DE LOS BIENES MUEBLES Y VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DEL SENADO DE LA REPÚBLICA EN ARMONÍA CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y LA RESOLUCIÓN 533 DE 2015 DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN. Entre los suscritos a saber ASTRID SALAMANCA RAHIN, mayor de edad, vecina de esta ciudad, identificada con cédula de ciudadanía número 66.881.897 de Florida (Valle del Cauca),

quien obra en calidad de Directora General Administrativa del Senado de la República, , reelegida en sesión plenaria del 16 de noviembre de 2016, nombrada mediante según Resolución No. 005 del 18 de Noviembre de 2016, la cual se encuentra facultada para celebrar contratos en nombre del SENADO DE LA REPÚBLICA mediante resolución No. 034 de 2012, quien para todos los efectos previstos en el presente se denominará EL SENADO, por una partey por la otra,

_____________________, también mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con la cédula de ciudadanía número ____________ expedida en ________________, quien obra en nombre y representación de _______________ , sociedad comercial con domicilio en ________________, quien obra en nombre y representación de _______________ , sociedad comercial con domicilio en ______________, quien para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos acordado celebrar el presente contrato de Prestación de Servicios, previas las siguientes consideraciones: (RESUMEN DE ANTECEDENTES PRECONTRACTUALES)… 6) Que para amparar el presente contrato se cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. XXXXX del X de XXXXX de 2016, por valor de XXXXXXXXX DE PESOS ($XXXXXXXXX), que será afectado por el valor del presente contrato. 7) Que el CONTRATISTA manifiesta que no se encuentra incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad prevista en la Ley que le impida celebrar y ejecutar este contrato, y que en caso de sobrevenir alguna de ellas durante el desarrollo del mismo, procederá de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 9º de la Ley 80 de 1993. De conformidad con lo anterior las partes acuerdan: CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO: REALIZAR

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EL AVALUO DE LOS BIENES MUEBLES Y VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DEL SENADO DE LA REPÚBLICA EN ARMONÍA CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y LA RESOLUCIÓN 533 DE 2015 DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN. CLÁUSULA SEGUNDA.- VALOR Y DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES: El presente contrato tiene un valor de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX PESOS M/CTE. ($XXXXXXXXXXXX.oo.), incluido IVA de demás costos a que haya lugar. El valor pactado incluye todos los impuestos y gastos en que deba incurrir el CONTRATISTA para el cumplimiento del objeto contractual. CLÁUSULA TERCERA.- FORMA DE PAGO: LA ENTIDAD, pagará en pagos parciales dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de presentación de la factura, una vez entregado cada ítem de avalúo a satisfacción del supervisor. PARAGRAFO:El pago estará precedido del informe presentado por el contratista al supervisor del cumplimiento del contrato,y la constancia de estar al día con el pago al Sistema de Seguridad Social Integral y aportes parafiscales, si es del caso. La respectiva factura deberá estar acompañada de las mencionadas certificaciones y el pago estará supeditado a la disponibilidad del PAC. CLÁUSULA CUARTA.- PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo previsto para la ejecución del presente contrato será de sesenta días (60) previa legalización y aprobación de la garantía única. CLÁUSULA QUINTA.- VIGENCIA DEL CONTRATO: La vigencia del contrato que se suscriba como resultado de este proceso, será la sumatoria del término de ejecución y cuatro (4) meses más, contados a partir de su fecha de inicio. CLÁUSULA SEXTA.- PRÓRROGA DEL PLAZO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El plazo para la ejecución del contrato no estará sujeto a prórrogas, salvo que se acordaren bienes adicionales inherentes al contrato y acorde con la normatividad que regula la materia, cuya realización implique ampliar dicho plazo. CLÁUSULA SÉPTIMA.- IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL Y SUJECIÓN DE LOS PAGOS A LAS APROPIACIONES PRESUPUESTALES: El Senado de la República cuenta con disponibilidad presupuestal para atender el gasto que se derive del presente contrato, incluido el Impuesto al Valor Agregado - IVA, según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No . xxxx expedido por el jefe de presupuesto del Senado de la República, por valor de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx que será afectado por el valor del presente contrato. CLÁUSULA OCTAVA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA, responderá civil y penalmente por sus acciones u omisiones en la actuación contractual, igualmente por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, de conformidad con lo previsto en los artículos 52 y 53 de la Ley 80 de 1993. Así mismo, en desarrollo del objeto del presente contrato, EL CONTRATISTA se obliga a cumplir con todas y cada una de las obligaciones adquiridas con su propuesta y además: 1.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx. CLÁUSULA NOVENA.- OBLIGACIONES DEL H. SENADO DE LA República: En virtud del presente contrato EL SENADO se obliga a: 1) Cancelar al CONTRATISTA el valor del presente contrato en la oportunidad y forma aquí establecida. 2) Vigilar el desarrollo y ejecución del contrato y exigirle al CONTRATISTA el cumplimiento del mismo, través del Supervisor del contrato. 3) Facilitar al contratista el acceso a las dependencias del Senado, para el cumplimiento del objeto contractual. 4) Las demás inherentes a la naturaleza del presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMA.- SUPERVISIÓN: El supervisor del contrato deberá ejercer las funciones señaladas en los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011 y en especial: a) Exigir al contratista la ejecución idónea y oportuna del

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objeto contratado. b) Buscar el cumplimento de los fines del presente contrato. c) Vigilar la correcta ejecución del objeto del presente contrato. d) Proteger los derechos del de los terceros que puedan verse afectados por la ejecución del mismo. e) Suscribir el acta de iniciación del contrato y la de prestación del servicio a satisfacción conjuntamente con el CONTRATISTA, de acuerdo con lo solicitado por el Senado. f) Presentar el informe final sobre la ejecución y saldos del contrato si los hubiere. g) Informar a la División Jurídica del Senado, la fecha de vencimiento del plazo de ejecución del contrato y remitir oportunamente a la División Financiera el o los cumplidos sobre la prestación del servicio a satisfacción, con copia a la División Jurídica. h) Remitir a la División Jurídica copia de las actas de iniciación y ejecución final del contrato. i) Reportar oportunamente al CONTRATISTA las fallas o anomalías presentadas en la ejecución del contrato. La supervisión del contrato será ejercida por la Directora Administrativa del Senado de la República o a quien ella delegue y podrá ser susceptible de cambio por parte de la entidad, sin requerir autorización del CONTRATISTA. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA.- RÉGIMEN PRESTACIONAL: El presente contrato no genera relación laboral alguna con EL CONTRATISTA, ni con quien éste emplee para el cumplimiento del objeto del mismo, y en consecuencia tampoco genera prestaciones sociales ni ningún tipo de emolumentos en su favor, diferentes del valor del contrato. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA.- GARANTÍA ÚNICA: EL CONTRATISTA se obliga a constituir a favor del SENADO DE LA REPÚBLICA, una garantía única que podrá consistir en una garantía bancaria o una póliza de seguros, que ampare los siguientes riesgos: EL CONTRATISTA constituirá a favor del Senado de la República una Garantía Única, ante una compañía de seguros legalmente establecida en el país y con póliza matriz aprobada por la Superintendencia Bancaria que ampare: a). El cumplimiento general del contrato, el pago de multas y demás sanciones en cuantía equivalente al diez por Diez (10%) del valor del contrato y por una vigencia igual al plazo de éste y seis (6) meses más b). Calidad del servicio, en cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato y por una vigencia igual al plazo del mismo y seis (6) meses más. c). Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones del Personal, por el equivalente al cinco (5%) del valor total del contrato, y deberá extenderse por el término del contrato y tres años más. PARÁGRAFO: Dicha garantía deberá constituirse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato, so pena de imponerle las sanciones legales a que haya lugar. EL CONTRATISTA deberá reponer la garantía antes mencionadas, cuando en razón de las sanciones impuestas o de otros hechos se disminuyere o agotare su valor y cuando el valor de la misma se vea afectado por razón de siniestros, durante el término de ejecución del contrato, según el caso. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- CLAUSULAS EXHORBITANTES: Las partes contratantes acuerdan que dentro del contenido de éste documento se entienden incluidos los las cláusulas de: Modificación, Terminación e Interpretación Unilateral, así como la cláusula de caducidad por parte de la Administración Pública, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 15,16,17 y 18 de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO: Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, se podrá suspender la ejecución del contrato. En este caso las partes suscribirán un Acta de Suspensión en donde se haga constar dicha circunstancia. Para efectos del plazo extintivo no se computará el tiempo de la suspensión. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.- PROHIBICIÓN DE CESIÓN: El presente contrato no podrá ser cedido por el CONTRATISTA a ningún título sin el consentimiento previo y por escrito del Director General Administrativo del SENADO DE LA REPÚBLICA.

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CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA.- CADUCIDAD Y SUS EFECTOS: El SENADO DE LA REPÚBLICA, previo requerimiento por escrito declarará la caducidad del contrato mediante acto administrativo debidamente motivado, lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento a cargo del CONTRATISTA, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización, conforme a lo estipulado en el artículo 18 de la Ley 80 de 1993. La declaratoria de caducidad no impedirá que la entidad contratante continúe inmediatamente la ejecución del objeto contratado, bien sea a través del garante o de otro contratista. CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA.- CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: El SENADO DE LA República, estima en un DIEZ POR CIENTO (10%) del valor total del contrato, como pena pecuniaria que hará efectiva en caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas por el CONTRATISTA. Esta suma se hará efectiva por la Entidad y se considerará como un pago parcial, pero no definitivo por los perjuicios causados. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA.- MULTAS: En caso de incumplimiento parcial de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA en virtud del contrato que se suscriba, EL SENADO DE LA REPÚBLICA tendrá la facultad de imponerle al CONTRATISTA multas diarias y sucesivas equivalentes al uno por mil del valor total del contrato, por cada día de incumplimiento de sus obligaciones, si a juicio del SENADO de ello se derivan perjuicios para la administración, sin que el monto total exceda del diez por (10%) del valor total de este contrato, cantidad que se imputará a la de los perjuicios que reciba EL SENADO por el incumplimiento. Parágrafo: Tanto el valor de las multas como el de la cláusula penal pecuniaria serán descontados de los pagos que se efectúen al CONTRATISTA en desarrollo del objeto del presente contrato, o haciendo efectiva la garantía única o por vía judicial. CLAUSULA DECIMA NOVENA: INDEMNIDAD.- Los daños y perjuicios que el CONTRATISTA o sus trabajadores ocasionen a terceros o a la CORPORACIÓN CONTRATANTES, en desarrollo del contrato, bien sea a las personas o a las cosas, serán reconocidos y pagados directamente por EL CONTRATISTA totalmente a sus expensas. CLÁUSULA VIGÉSIMA.- NATURALEZA JURÍDICA.- El presente contrato es de PRESTACION DE SERVICIOS y se regirá para todos los efectos por las disposiciones de la ley 80 de 1993, la ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios, por lo tanto, no generará ningún tipo de relación laboral entre EL CONTRATISTA y EL SENADO. CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.- PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se entiende perfeccionado con la firma de las partes y para su ejecución se requiere de la expedición del registro presupuestal correspondiente, de la aprobación por parte del SENADO (Dirección General) de la garantía única constituida por EL CONTRATISTA y la suscripción del acta de inicio respectiva. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.- LIQUIDACIÓN.- La liquidación del contrato se sujetará a los términos y oportunidades establecidos en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, esto es de mutuo acuerdo dentro del término fijado en los pliegos de condiciones o dentro del que acuerden las partes para el efecto. Se podrá solicitar la liquidación judicial del contrato cuando esta no se haya logrado de mutuo acuerdo y la entidad estatal no lo haya liquidado unilateralmente dentro de los dos (2) meses siguientes al vencimiento del plazo convenido para liquidar de mutuo acuerdo o, en su defecto, del término establecido por la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 141 “Controversias contractuales” de la Ley 1437 de 2011, por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA.-

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NACIÓN.

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FORMATOS

CARTA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA (FORMATO N° 01)

(Preferiblemente utilice papel membreteado) Ciudad y fecha 2017 Señores SENADO DE LA REPÚBLICA Carrera 5 No 10-69 Ciudad REF: REALIZAR EL AVALUO DE LOS BIENES MUEBLES Y VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DEL SENADO DE LA REPÚBLICA EN ARMONÍA CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y LA RESOLUCIÓN 533 DE 2015 DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN. El suscrito ----------------------------------------------------------------------, en nombre de ------------------------------------------------------------------, de acuerdo con las reglas que se estipulan en los Pliegos de condiciones y demás documentos que hacen parte de este proceso contractual, presento propuesta para

DOCUMENTOS: Hacen parte del presente contrato la Propuesta presentada por el contratista, el certificado de disponibilidad presupuestal, el certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación; el certificado de no encontrarse relacionado en el Boletín de Responsables Fiscales, expedido por la Contraloría General de la República, el certificado de antecedentes judiciales vigentes y los que sirvieron de antecedentes de este contrato, cumplimiento del pago de sistema de seguridad social integral y de aportes parafiscales (ley 789 de 2002),fotocopia de la cédula de ciudadanía, certificado de existencia y representación Legal, registro único tributario. CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA.- DOMICILIO.- Para todos los efectos legales el domicilio contractual será la ciudad de Bogotá D.C. Para constancia se firma en Bogotá D.C., a los EL SENADO DE LA REPÚBLICA EL CONTRATISTA ____________________________ Directora General Administrativa Representante Legal

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XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX En el caso en que me sea adjudicados el contrato, me comprometo a expedirlos y suscribirlos y a cumplir todas las obligaciones señaladas en los Pliegos de condiciones, sus Adendas y en mi propuesta. Declaro así mismo bajo la gravedad del juramento que:

1. Esta propuesta y el contrato que llegare a celebrarse solo compromete a los firmantes de esta carta y a quienes representan, y que el contenido de los documentos aportados es verídico.

2. Ninguna Entidad o persona distinta de los firmantes y sus representados, tiene interés comercial en

esta propuesta ni en el contrato que de ella se derive.

3. Que he tomado cuidadosa nota de las especificaciones y condiciones del proceso contractual que está adelantando el SENADO DE LA REPÚBLICA y acepto todos los requisitos contenidos en los pliegos de condiciones, sus Adendas, anexos y demás documentos que hagan parte de este proceso.

4. Que ni el suscrito ni la Sociedad y/o el Consorcio o Unión Temporal que represento, se hallan

incursos en causales de inhabilidad e incompatibilidad.

5. Que el suscrito y la Sociedad y/o el Consorcio o Unión Temporal que represento, se obliguen a realizar dentro del plazo que fija el SENADO DE LA REPÚBLICA, todos los trámites necesarios para la firma y legalización del contrato que se derive de este proceso.

6. Que conocemos las normas sobre Contratación Administrativa que rige en la República de Colombia,

y en consecuencia las acataremos.

Proponente:__________________________________________ Dirección:____________________________________________ Teléfonos_____________________ fax_____________________ Correo electrónico ____________________________________ Nombre del Representante Legal:__________________________ Dirección _____________________________________________ Teléfonos: ________________ Fax________________________ Firma del Representante Legal __________________________ Documento de Identificación ______________________________

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NACIÓN.

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FORMATO 2.

MODELO PARA REGISTRAR LA OFERTA Bogotá, D.C. de 2017 Señores SENADO DE LA REPÚBLICA Ciudad Ref: SELECCIÓN ABREVIADA- 001 DE 2017. OBJETO: PRESTACIÓN DEL SERVICIO REALIZAR EL AVALUO DE LOS BIENES MUEBLES Y VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DEL SENADO DE LA REPÚBLICA EN ARMONÍA CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y LA RESOLUCIÓN 533 DE 2015 DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN.

OFERTA

ITEM Grupo Contable

Cantidad de

elementos

Valor

máximo a

pagar por la

Entidad

Valor

unidad sin

IVA IVA

Valor unidad

con IVA Total valor

1

AMPLIFICADORES,

BAFLES, CONSOLAS Y

SONID 5

119.000

2

ARCHIVADOR,

BIBLIOTECA,ESTANTES Y

SIMILA 146

2.606.100

3

EQUIPO DE SEGURIDAD

Y RESCATE 22

2.094.400

4

EQUIPO MEDICO Y

CIENTIFICO 2

714.000

5

EQUIPOS DE CENTROS

DE CONTROL 230

8.211.000

PROYECTO DE PRE PLIEGO DE

CONDICIONES

SELECCIÓN ABREVIADA MENOR

CUANTIA No. 001 DE 2017

SENADO DE LA REPÚBLICA

FECHA:

Página 57 de 65

CONTRATAR LA REALIZACION DEL AVALUO DE LOS BIENES MUEBLES Y

VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DEL SENADO DE LA REPUBLICA EN ARMONÍA

CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA

Y LA RESOLUCIÓN 533 DE 2015 DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA

NACIÓN.

VERSION

1

6

ESCRITORIOS, CURULES,

MESAS Y SIMILARES 434

7.746.900

7

ESTABILIZADORES,

REGULADORES Y OTROS 4

238.000

8 MAQUINARIA Y EQUIPO 6

856.800

9

NEVERAS, TELEVISORES

Y SIMILARES 1

59.500

10

PLANTAS,DUCTOS Y

TUNELES 6

1.785.000

11

SILLAS, POLTRONAS Y

SIMILARES 251

4.480.350

12

MOTOCICLETAS Y

SIMILARES 7

999.600

13

VEHICULOS,

AUTOMOVILES Y

SIMILARES 38

9.044.000

TOTALES 1152

38.954.650

Proponente:__________________________________________ Dirección:____________________________________________ Teléfonos_____________________ fax_____________________ Correo electrónico ____________________________________ Nombre del Representante Legal:_______________________ Dirección _____________________________________________ Teléfonos: ________________ Fax________________________ Firma del Representante Legal __________________________ Documento de Identificación ___________________________

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CONTRATAR LA REALIZACION DEL AVALUO DE LOS BIENES MUEBLES Y

VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DEL SENADO DE LA REPUBLICA EN ARMONÍA

CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA

Y LA RESOLUCIÓN 533 DE 2015 DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA

NACIÓN.

VERSION

1

FORMATO 3.

MODELO DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN

DE CONSORCIO

Bogotá, D.C. de 2017

Señores SENADO DE LA REPÚBLICA

Ciudad Ref: SELECCIÓN ABREVIADA- 001 DE 2017.

OBJETO: PRESTACIÓN DEL SERVICIO REALIZAR EL AVALUO DE LOS BIENES MUEBLES Y VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DEL SENADO DE LA REPÚBLICA EN ARMONÍA CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y LA RESOLUCIÓN 533 DE 2015 DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN.

Los suscritos, __________________ (nombre del Representante Legal) y __________________ (nombre del Representante Legal), debidamente autorizados para actuar en nombre y representación de _________________________ (nombre o razón social del integrante indicando número de identificación tributaria) y ___________________________ (nombre o razón social del integrante indicando número de identificación tributaria), respectivamente, manifestamos por este documento, que hemos convenido asociarnos en Consorcio, para participar en la selección abreviada de menor cuantía No._____ o (según el caso) cuyo objeto es “____________________________”, expresamos que cumplimos con cada uno de los aspectos que a continuación se relacionan:

1. Cada una de las personas jurídicas que conforman este consorcio tiene un término mínimo de duración de dos (02) años, contados a partir de la terminación de vigencia del contrato que de ser adjudicatarios del presente proceso de selección se firmaría con el SENADO DE LA REPÚBLICA.

2. El objeto social principal de la(s) persona(s) jurídica(s) que integran el presente consorcio, se encuentra directamente relacionado con el objeto contractual del (la) presente proceso o selección abreviada de menor cuantía-subasta inversa (Según el caso)

3. El (Los) representante(s) legal(es) de la(s) persona(s) jurídica(s) integrante(s) del presente consorcio, es (son) capas(ces) jurídicamente para unirse en consorcio con otras personas naturales y/o jurídicas, así como para presentar propuestas, celebrar y ejecutar contratos de mínima, menor y mayor cuantía.

4. Las personas naturales que hacen parte del presente consorcio, son legalmente capaces para consorciarse y cumplir con cada una de las obligaciones derivadas de la adjudicación del contrato

5. De ser adjudicatarios del presente proceso de selección, la duración de este Consorcio será igual al término de la ejecución y liquidación del contrato y un (01) año más.

6. El Consorcio está integrado por:

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VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DEL SENADO DE LA REPUBLICA EN ARMONÍA

CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA

Y LA RESOLUCIÓN 533 DE 2015 DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA

NACIÓN.

VERSION

1

NOMBRE PARTICIPACIÓN

(%) (1)

_________________________ ______________ _________________________ ______________ _________________________ ______________

(1) El total de la columna, es decir la suma de los porcentajes de participación de los integrantes, debe ser

igual al 100%. 7. El Consorcio se denomina CONSORCIO _____________________.

8. Los integrantes del Consorcio son solidaria y mancomunadamente responsables.

9. El representante de cada uno de los integrantes del Consorcio es ____________________________ (indicar el nombre), identificado con C. C. No. ______________ de ____________________, quien está expresamente facultado para firmar todos los documentos que hacen parte integral de la propuesta, presentar la propuesta y, en caso de salir favorecidos con la adjudicación del contrato, firmarlo y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias respecto de su ejecución y liquidación, con amplias y suficientes facultades. Así mismo representará a los integrantes del consorcio judicial y extrajudicialmente, para lo cual estará facultado en nombrar y suscribir poder para designar apoderado cuando a ello hubiere lugar.

10. En caso de falta temporal o absoluta, será reemplazado por el suplente, quien para el caso en concreto es

____________________________ (indicar el nombre), identificado con C. C. No. ______________ de ____________________.

11. La sede del Consorcio es:

Dirección de correo ___________________________________________ Dirección electrónica ___________________________________________ Teléfono ___________________________________________ Telefax ___________________________________________

Ciudad ___________________________________________

En constancia, se firma en ______________, a los ____ días del mes de _____ de 200__.

______________________________________________

(Nombre y firma de cada uno de los integrantes) Acepto

______________________________________________

(Nombre y firma del Representante Legal de cada uno de los integrantes)

Acepto

_________________________________________

(Nombre y firma del Representante Legal del Consorcio)

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VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DEL SENADO DE LA REPUBLICA EN ARMONÍA

CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA

Y LA RESOLUCIÓN 533 DE 2015 DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA

NACIÓN.

VERSION

1

Acepto _________________________________________ (Nombre y firma del Suplente del Consorcio)

FORMATO 4

MODELO DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DE UNIÓN TEMPORAL

Bogotá, D.C. de 2017 Señores SENADO DE LA REPÚBLICA Ciudad Ref: PRESTACIÓN DEL SERVICIO PARA REALIZAR EL AVALUO DE LOS BIENES MUEBLES Y VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DEL SENADO DE LA REPÚBLICA EN ARMONÍA CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y LA RESOLUCIÓN 533 DE 2015 DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN. Los suscritos, __________________ (nombre del Representante Legal) y __________________ (nombre del Representante Legal), debidamente autorizados para actuar en nombre y representación de _________________________ (nombre o razón social del integrante indicando número de identificación tributaria) y ___________________________ (nombre o razón social del integrante indicando número de identificación tributaria), respectivamente, manifestamos por este documento, que hemos convenido asociarnos en Unión Temporal, para participar en el proceso No._____ (según el caso) cuyo objeto es “____________________________”, expresamos que cumplimos con cada uno de los aspectos que a continuación se relacionan:

1. Cada una de las personas jurídicas que conforman esta Unión Temporal tiene un término mínimo de duración de dos (02) años, contados a partir de la terminación de vigencia del contrato que de ser adjudicatarios del presente proceso de selección se firmaría con el SENADO DE LA REPÚBLICA.

2. El objeto social principal de la(s) persona(s) jurídica(s) que integran la presente Unión Temporal, se encuentra directamente relacionado con el objeto contractual del (la) presente proceso o (Según el caso)

3. El (Los) representante(s) legal(es) de la(s) persona(s) jurídica(s) integrante(s) de la Unión Temporal, es (son) capas(ces) jurídicamente para unirse en consorcio con otras personas naturales y/o jurídicas, así como para presentar propuestas, celebrar y ejecutar contratos de mínima, menor y mayor cuantía.

4. Las personas naturales que hacen parte de la presente Unión Temporal, son legalmente capaces para unirse y cumplir con cada una de las obligaciones derivadas de la adjudicación del contrato

5. De ser adjudicatarios del presente proceso de selección, la duración de esta Unión Temporal será igual al

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VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DEL SENADO DE LA REPUBLICA EN ARMONÍA

CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA

Y LA RESOLUCIÓN 533 DE 2015 DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA

NACIÓN.

VERSION

1

término de la ejecución y liquidación del contrato y un (01) año más.

6. La Unión Temporal está integrada por:

NOMBRE PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO 1

() La suma de los porcentajes de compromiso de los integrantes, debe ser igual al 100%.

7. La Unión Temporal se denomina UNION TEMPORAL _____________________.

8. Los integrantes de la Unión Temporal son solidaria y mancomunadamente responsables.

9. El representante de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal es ____________________________

(indicar el nombre), identificado con C. C. No. ______________ de ____________________, quien está expresamente facultado para firmar todos los documentos que hacen parte integral de la propuesta, presentar la propuesta y, en caso de salir favorecidos con la adjudicación del contrato, firmarlo y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias respecto de su ejecución y liquidación, con amplias y suficientes facultades. Así mismo representará a los integrantes del consorcio judicial y extrajudicialmente, para lo cual estará facultado en nombrar y suscribir poder para designar apoderado cuando a ello hubiere lugar.

10. En caso de falta temporal o absoluta, será reemplazado por el suplente, quien para el caso en concreto es

____________________________ (indicar el nombre), identificado con C. C. No. ______________ de ____________________.

11. La sede del Consorcio es:

Dirección de correo ___________________________________________ Dirección electrónica ___________________________________________ Teléfono ___________________________________________ Telefax ___________________________________________

Ciudad ___________________________________________

En constancia, se firma en ______________, a los ____ días del mes de _____ de 200__.

____________________________________________ (Nombre y firma de cada uno de los integrantes)

Acepto ______________________________________________

(Nombre y firma del Representante Legal de cada uno de los integrantes)

Acepto _________________________________________

(Nombre y firma del Representante Legal del Consorcio)

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CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA

Y LA RESOLUCIÓN 533 DE 2015 DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA

NACIÓN.

VERSION

1

Acepto _______________________________________ (Nombre y firma del Suplente del Consorcio)

FORMATO 5

COMPROMISO DE INTEGRIDAD

Los suscritos: .............................................., identificado con cédula de ciudadanía No................... de............................, domiciliado en............................, actuando en mi propio nombre (o en representación de...) que en adelante se denominará EL PROPONENTE, y los funcionarios abajo firmantes, debidamente identificados, que en adelantes se denominaran LA ENTIDAD, manifestamos la voluntad de asumir el presente COMPROMISO DE INTEGRIDAD teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: 1. Que el Senado de la República adelanta un proceso de contratación que tiene el siguiente objeto: " REALIZAR EL AVALUO DE LOS BIENES MUEBLES Y VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DEL SENADO DE LA REPÚBLICA EN ARMONÍA CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y LA RESOLUCIÓN 533 DE 2015 DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN”.

2. Que EL PROPONENTE tiene interés en apoyar la acción del Estado Colombiano y del Senado de la República en el implemento de mecanismos y normas para el fortalecimiento de la transparencia en los procesos contractuales y en la lucha contra la corrupción. 3. Que el PROPONENTE tiene interés en el proceso de selección abreviadade menor cuantia referido en el primer considerando, y se encuentra dispuesto a suministrar la información necesaria para la transparencia del proceso, y en tal sentido realiza las siguientes manifestaciones y compromisos. DECLARACIONES: PRIMERA: Proponente. Declaro no encontrarme incurso dentro de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en la Constitución Política ni en el artículo 8º de la Ley 80 de 1993, así como no tener sanción vigente por la trasgresión de alguna de ellas, para contratar con Entidades Públicas. SEGUNDA: Proponente. Declaro que toda la información que suministré y suministraré a la es cierta y precisa y que no omití ni omitiré información que sea necesaria para la transparencia en la celebración y desarrollo del contrato.

TERCERA: Proponente. Declaro que no he ofrecido, ni ofreceré, no he dado, ni daré, ni directa ni indirectamente, dádiva o beneficio para obtener una decisión a mi favor, ventaja impropia o para perjudicar a alguno de los proponentes.

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VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DEL SENADO DE LA REPUBLICA EN ARMONÍA

CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA

Y LA RESOLUCIÓN 533 DE 2015 DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA

NACIÓN.

VERSION

1

CUARTA: Proponente. Declaro que la propuesta presentada es seria y económicamente ajustada a la realidad, que asegura la posibilidad de ejecutar el objeto del presente contrato en las condiciones de calidad y oportunidad exigidas en el Llamado a Presentar Ofertas. QUINTA: Proponente. Declaro públicamente que conozco y acepto las reglas establecidas para el presente contrato, las modificaciones, adendas, así como las aclaraciones que se realizaron al Llamado a Presentar Ofertas, en condiciones de transparencia, equidad e igualdad. SEXTA: Corporación. Declaro que no me han ofrecido, ni he recibido, ni he solicitado, ni solicitaré, ni directa ni indirectamente, dádiva o beneficio para proferir decisión a favor de algún proponente u otorgar ventaja impropia.

SEPTIMA: Corporación. Declaro que los Llamados a Presentar Ofertas están ajustados a la Ley y que los procedimientos se llevarán a cabo con transparencia y publicidad. COMPROMISOS PRIMERO: Proponente. Si llegare a sobrevenir una inhabilidad o incompatibilidad prevista en la Constitución o en la Ley, me comprometo a ceder el contrato, previa autorización escrita del Senado de la República, y si ello no fuere posible renunciaré a la ejecución del mismo., de conformidad con lo previsto en el artículo 9º. de la Ley 80 de 1993.

SEGUNDO: Proponente. Me comprometo a desarrollar todas mis actividades en el marco de principios éticos y a asumir con seriedad y responsabilidad todos los compromisos relacionados con el presente contrato. TERCERO: Proponente. Me comprometo a suministrar al Senado de la República cualquier información sobre actos de corrupción, soborno, subjetividad, presión o favorecimiento en el desarrollo del proceso contractual, del que tenga o llegare a tener conocimiento. CUARTO: Proponente. Me comprometo a cumplir todas las obligaciones, cargas y los términos en general, previstos en el Llamado a Presentar Ofertas de la referencia y en el contrato. QUINTO: Proponente - Corporación. Nos comprometemos a desarrollar todas nuestras actividades en el marco de principios éticos y a asumir con seriedad y responsabilidad todos los compromisos relacionados con el presente contrato. SEXTO: Corporación. Me comprometo a guardar cautela y reserva absoluta en lo que corresponde a la información y trámite del proceso, incluido el periodo de ejecución.

SEPTIMO: Corporación. Me comprometo a ser objetivo, y a tratar con igualdad a todos los proponentes. OCTAVO: Corporación. Me comprometo a responder y a publicar las respuestas a las observaciones realizadas por todos los participantes. NOVENO: Corporación. Me comprometo a rechazar y a denunciar cualquier dádiva u ofrecimiento hecho

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Y LA RESOLUCIÓN 533 DE 2015 DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA

NACIÓN.

VERSION

1

directa o indirectamente por algún participante o persona interesada en el proceso contractual.

En constancia de lo anterior y como manifestación de aceptación de nuestros compromisos y declaraciones incorporadas en el presente documento, se suscribe en la ciudad de Bogotá D.C., el día..... del mes de....... de 2017. EL PROPONENTE LA ENTIDAD

FORMATO No 6

REGISTRO DE DATOS DEL PROPONENTE PARA COMPROMISO PRESUPUESTAL Y PAGO DEL VALOR DEL CONTRATO

DATOS ADMINISTRATIVOS PERSONAS NATURALES O PERSONAS JURÍDICAS:

APELLIDOS Y NOMBRES O RAZON SOCIAL:

.................................................................

DOCUMENTO DE IDENTIDAD: C.C. O NIT

......................................................................

DIRECCIÓN: ...........................................................................................................................

PROFESIÓN U OBJETO SOCIAL:

........................................................................................

OBJETO DEL COMPROMISO: CONTRACTUAL

NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO:

……………………………………..................................................................................

DATOS FINANCIEROS:

…………………………………………………………………………

ENTIDAD FINANCIERA

....................................................................................................

NUMERO DE CUENTA:

........................................................................................................

TIPO DE CUENTA: AHORROS.(............) CORRIENTE. (............)

FIRMA: .............................................................

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VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DEL SENADO DE LA REPUBLICA EN ARMONÍA

CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA

Y LA RESOLUCIÓN 533 DE 2015 DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA

NACIÓN.

VERSION

1