El tema de las pensiones
contenidosComisin Nacional del sistema de ahorro para el retiro.Supervisa a:Sistema de ahorro para el retiro (SAR): Instituto Mexicano del seguro social I.M.S.S. Instituto del fondo nacional nacional de la vivienda para los trabajadores (INFONAVIT) Instituto de seguridad social al servicio de los trabajadores del estado.Preguntas recurrentesAnalisis y comentariosSeguridad Social : sntesis histricaEl sistema previndenziale y assicurativo en ItaliaHome
La mutualidad y los Orgenes RomanosForum SenatusGaius MariusHacia el ao 100 antes de J.C el tribuno Gaius Marius crea a un ejrcito de profesin. Los soldados fundan asociaciones, los Collegia Tenuiorum de que el objetivo es de asegurar a sus miembros una renta en el momento en que la edad no les permite ms que llenar sus funciones militares. Se concede a veces, tambin una suma a la poca de un cambio de guarniciones. Los artesanos de una misma profesin se renen en "collegia". En origen son esencialmente de las asociaciones que se renen en un objetivo de diversin. A veces se ofrece una ayuda a los miembros en dificultad. Las grandes empresas de bombas fnebres encuentran su origen en estas asociaciones, los Collegia Funeratica. Las cuotas de los miembros son destinadas a cubrir los gastos funerarios a la poca de la muerte de uno de ellos. Cuando el funeral no puede ser pagado, el cuerpo es echado puramente y sencillamente en un foso comn.>>
El Canciller Alemn Otto Von Bismark (el Canciller de Hierro) fue el promovedor de tres leyes sociales, que representan hasta a hoy, la base del Sistema de Seguridad Social Universal: 1883, Ley del seguro de Enfermedad (Krankenversicherung), para todoslos obreros industriales: 2/3 de la cotizacin a cargo del empresario y 1/3el trabajador. Prestaciones: asistencia mdica y subsidio del 50% del salario.Gestin Estatal.
1884, Ley del Seguro de Accidentes de Trabajo (Unfallversicherung): estaba ya establecido pero, se mejora en el sentido de eliminar el sentido de responsabilidad por culpa, es decir, todo accidente queda cubierto (responsabilidad objetiva). La cotizacin ntegramente a cargo de la empresa. El estado cede, tras un perodo de presiones, la gestin a organizaciones patronales.
1889, Leyes de los Seguros de Invalidez y Vejez (Invaliditts-und Alterversicherung), reformada en 1899, financiado por medio de un seguro fijo del Estado (12,5 marcos que se elevan a 50 en 1899) ms cotizaciones obreras y patronales que podan ser variables.Las pensiones tenan un mnimo fijo ms un complemento variable. Otto Von Bismark>>
HEROES DE LA PATRIA A partir del 1810 la lucha armada por la independencia se es inspirada en los ideales del liberalismo (de la poca) dictado por Jos Maria Morelos: constancia, patriotismo y moderacin en las costumbres. 1917 - La Revolucin Mexicana tendr luego una gran influencia en el desarrollo de un sistema de Seguridad Social, ya qse consagra ese derecho en el artculo 123 de la Constitucin de 1917 aprobada en la ciudad de Quertaro. El artculo 123 se convirti en la Carta de los Derechos de los Trabajadores. La misma Revolucin rusa tiene tambin un gran impacto en este campo, ya que el Estado Sovitico fue implantando polticas de seguridad social. En 1929 el congreso de la Unin modific la fraccin XXIX del Artculo 123 Constitucional para establecer que "se considera de utilidad pblica la expedicin de la Ley del Seguro Social y ella comprender seguros de Invalidez, de Vida, de Cesacin Involuntaria del Trabajo, de Enfermedades y Accidentes y otros con fines anlogos. Con todo, habran que pasar quince aos para que la ley se hiciera realidad .Jos Maria MorelosDiaz PorfirioBenito IuarezBernardo Reyes>>
En el perodo de 1910 - 1917, la clase trabajadora se favoreci con la promulgacin de Leyes en diversos Estados de la Repblica en las que cabe destacar las siguientes: El 30 de abril de 1904, Jos Vicente Villada promulg, en el Estado de Mxico, una Ley referente a los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, en la que obligaba al patrn a responsabilizarse de los riesgos laborales de sus empleados y cubrirles indemnizaciones, pago de salarios y atencin mdica durante tres meses y, en caso de muerte, funerales y salario de quince das.
Ms tarde, en 1906, Bernardo Reyes, Gobernador del Estado de Nuevo Len, expidi la Ley sobre accidentes de trabajo, en la que se obligaba al patrn a otorgar prestaciones mdicas, farmacutica y pago de salario al trabajador, por incapacidad temporal o permanente e indemnizarlo en caso de muerte. Jos Vicente VilladaBernardo Reyes>>
En 1942, Sir William Beveridge, para los fines de su informe sobre los seguros sociales, defini a la seguridad social como el mantenimiento de los ingresos necesarios para la subsistencia. 1934 de febrero - El Presidente de la Repblica, general Abelardo L.Rodrguez, a travs de la oficina de Previsin Social del departamento de trabajo, asign una comisin encargada de elaborar la Ley del Seguro Social.Los trabajadores de dicha comisin establecieron los principios generales que deban normar el proyecto de la ley, determinando las bases e instituciones y, se determin que deba organizarse sin fines de lucro, administrado y financiado en forma tripartita. El 27 de diciembre de 1938, el General Lzaro Crdenas, en los ltimos das del Gobierno, envi al Congreso de la Unin un proyecto de la ley del seguro social, que cubra los riesgos de enfermedad y accidentes de trabajo, enfermedades no profesionales, maternidad, vejez e invalidez y desocupacin voluntaria, as como la recreacin con personalidad jurdica propia, de un organismo descentralizado que de denominara Instituto de Seguros Sociales, con domicilio en la Ciudad de Mxico.>>
25.02.04 - No hay problema si no hay solucin, pero contando con laexperiencia y cooperacin de los que deben tomaruna decisin y buscando salvaguardar los intereses de las masas involucradas. El tema de las pensiones se ha convertido en la "comida" diaria desde que se inaugur la Convencin Nacional Hacendaria; tema de lo ms interesante para todos los involucrados y, particularmente, para los que hemos dedicado algn tiempo a su estudio.
Tambin interesante para el pas, como lo ha sido, hace poco, para algn pas de Sudamrica (Brasil) y de Europa (Francia, Italia, Suecia, Alemania, entre otros). La prensa local, reportando discursos, opiniones de especialistas o no, habla de "hoyos negros" por cientos de miles de millones de pesos, que representa un elevado porcentaje sobre el PIB (pero se debe notar que este porcentaje, con los aos, tiende a variar segn el mismo PIB, porlo que, prever estos hoyos negros sera un tanto voltil).
Tambin habla de que, de no tomar medidas urgentes relacionadas con el sistema pensionario, la misma economa del pas se vera afectada seriamente y otras noticias que, tal y cual como se comunican, tienden a impresionar al pblico en general.A este punto recuerdo un lema latn el cual as se expresa: Est modus un rebus ("Hay medidas en las cosas"); guiado por tales palabras quisiera retomar el tema a la luz de los hechos y expresar un punto de vista entre las tantas buenas ideas que, todava, operan en este mundo tan particular en el cual se nos ha concedido vivir. >>
25.02.04 - No hay problema si no hay solucinEl pas cuenta con dos grandes sistemas de Seguridad Social. Uno, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) establecido en diciembre de 1943, y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) desde diciembre de 1959.
Ambas instituciones tienen el mismo objetivo: "El bienestar social y de salud de la poblacin del pas", sea sta integrada por trabajadores del sector privado, incluyendo ejidatarios, etctera, (primer caso) o del Estado (segundo caso); adems cuentan con sistemas pensionarios cuyos beneficiarios numricos y por lo tanto econmicos, son diferentes.
Desde su inicio ambos sistemas pensionarios se han manejado con el mtodo "a reparticin" cambiado despus en el pay as you go , amn que en el caso del IMSS cambi radicalmente en 1995, efectivos a partir de 1997. Los sistemas>>
25.02.04 - No hay problema si no hay solucinIMSSLa Ley del 21 de diciembre de 1995 que empez a operar a partir de julio de 1997, cuando el modelo "a reparticin" termin originando el otro a "capitalizacin individual" (o sea cuotas individuales capitalizadas); en ese momento se inform que los ya pensionados y un bloque de trabajadores cerca de la pensin no seran afectados por el nuevo modelo y que se haban tomado las "provisiones" (se trata de recursos financieros) necesarios para hacer frente a las obligaciones asumidas. Adems se inform tambin que el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) apoy la operacin del cambio con unos 300 millones de dlares. As estando las cosas, se estima que, por concepto de pensiones, el IMSS ya no debera haber tenido ningn problema de caja; sin embargo, se informa en la prensa local que para el ao de 2004 los recursos que se erogarn al Instituto sern de unos 75 mil 500 millones de pesos (cantidad redonda) para atender los 2 millones 179 mil 600 pensionados (34 mil 665 pesos anuales por pensionado y 2 mil 666 pesos mensuales incluyendo un mes de gratificacin). La pregunta puede ser la siguiente. A qu se debe esta situacin? Los clculos de las "provisiones" no fueron los adecuados? La pregunta queda en el aire.>>
25.02.04 - No hay problema si no hay solucinISSSTEEste Instituto s tiene que resolver el problema de las pensiones que actualmente est en vigor porque ya no funciona y pone en riesgo la viabilidad financiera de la institucin.
Segn la prensa, para el ao de 2004 se canalizar al sistema de pensiones la cantidad de 29 mil 400 millones de pesos para hacer frente al pago de 486 mil 130 pensionados (60 mil 480 pesos anuales y 4 mil 650 pesos mensuales incluyendo un mes de gratificacin).
Un eventual cambio, sobre el modelo de las Afore, no se presenta (en estos momentos por motivos laborales) lo ms apto para el cambio.
La institucin, quirase o no, necesita recursos y estos deben originarse de las tres "fuentes" de las que se obtienen hoy; el modelo actual podra seguir funcionando para un nmero de trabajadores prximos a la pensin pero con edades avanzadas y con un mnimo de 35 aos de antigedad, y obviamente para los ya pensionados. >>
25.02.04 - No hay problema si no hay solucin(ISSSTE)Para el resto se tendran que modificar cuotas y beneficios peroen forma gradual, como se actu en Brasil, Francia, Italia, etctera; para todos los de nuevo ingreso, quedara en vigor el nuevo sistema a partir de la fecha de su contratacin.
El problemandifcil, tiene soluciones: antes que todo buena voluntad porque los elementos de estadstica, financieros y la tcnica actuarial estn a total disposicin de la institucin, la cual, adems, segn la prensa, contara con el apoyo del BID.
Al fin: la experiencia vivida ensea que, en la vida, no hay problema que no tenga solucin, pero contando con laexperiencia y cooperacin de los que deben tomar una decisin y buscando sa aguardar, hasta donde sea posible, los intereses de las masas involucradas. Prof. Antonio Minzoni Consorti - Catedrtico de la UNAM
26.05.04 - Novedades en los seguros - Hoy se vive un gran movimiento en el sector asegurador local y esperamos que concluya con "Tres Grandes Estrellas para el mismo En das pasados la prensa local inform sobre dos nuevos productos de seguros que iran a enriquecer el abundante abanico a disposicin del pblico usuario de los mismos; por un lado el Secretario de Salud (SS), durante la 14 Convencin Nacional de Aseguradores, organizada por la Asociacin Mexicana de Instituciones de Seguros AMIS- habl sobre el tema y, por otro, directamente el Director General de la Sociedad Hopotecaria Federal (SHF) tambin anunci un nuevo tipo de cobertura para complementar la contratacin de una hipoteca.
En breve, se trata del Seguro popular de Vida en el primer caso y del Seguro de Crdito Hipotecario en el segundo.
La "estancia" de muchas dcadas en el sector asegurador a nivel local y mundial, me han animado a compartir con usted algunos comentarios sobre dichos productos que de realizarse, sern benficos para la sociedad. >>
26.05.04 - Novedades en los segurosLa propuesta de la SS de complementar el "Seguro Popular de Salud" -SPS- con el SeguroPopular de Vida -SPV- manifiesta el deseo de la autoridad de extender la proteccin bsica del SPS, a familias catalogadas como pobres, entre las cuales se encuentranqllas las de lascomunidades campesinas: es bien cierto que la buena voluntad supera todo tipo de obstculos y, en el caso de que se habla, parece que estos obstculos son de diferente ndole.
Si se piensa a la comunidad de las clases populares -siguiendo el nombre del seguro- es de suponerse que no disponga de recursos libres para hacer frente al costo de dicha cobertura, por limitado que sea; esta situacin nos lleva a pensar en una carga de carcter fiscal a agregarse a la otra ya en curso para el SPS; se requiere una edad lmite para tener acceso al beneficio, requisito que no fcilmente puede cumplirse en gran parte de los casos; 3) un adecuado estado de salud, el cual podra ser "garantizado" por el SPS; 4) facilidad para la localizacin de los interesados entre otras. Seguro Popular de Vida>>
26.05.04 - Novedades en los segurosA este punto la memoria de unos 40 o ms aos informa que cuando se estableci ANAGSA (Aseguradora Nacional Agrcola y Ganadera, S.A., hoy heredada por Agrosemex) se instituy el "Seguro de Vida del Campesino", con cuotas de primas diferenciadas segn el campesino atendiera cultivos de temporada o permanente"; la experiencia fue negativa y se suspendi ese beneficio. Para los fines de una eventual carga -parcial o total- a los diferentes erarios, se estima interesante recordar que en abril de 2003, cuando el H. Congreso de la Unin aprob la reforma a la ley de Salud, instituyendo el Seguro Popular de Salud, se seal que el solo arranque del beneficio aludido requerira la cantidad de unos 42 mil millones de pesos y, segn los informes que se proporcionan de vez en cuando, actualmente el "caldo no est para bollos". Ahora de otorgarse el Seguro Popular de Vida, es sabido que ese tipo de proteccin prev, en su gran generalidad, el pago de la suma asegurada al beneficiario en caso de fallecimiento del titular; en el caso que nos ocupa y pensando que se tratara de asegurados con escaso poder de compra, podrase agregar una clusula especial a la pliza segn la cual, en caso de que el asegurado se encontrara afectado por una enfermedad denominada como "terminal", dicha suma asegurada se pagar a l con el fin de poder hacer frente a los gastos mltiples derivados de la enfermedad. >>
26.05.04 - Novedades en los segurosSeguro de Crdito Hipotecario La propuesta es realmente significativa bajo diferentes ngulos:
Para la banca porque tendra la garanta que, en cualquier momento, el crdito sera garantizado contra eventual insolvencia parcial o total del acreditado, 2) el solicitante del crdito, al cual se le otorgara una vez comprobada su solvencia econmica, obtendra con facilidad el crdito que necesita; 3) Para la Bolsa de Valores porque los ttulos que se derivan de la operacin se comercializaran en la misma, aumentando el volumen de operaciones; Para la economa del pas en trminos generales. Se informa que este tipo de seguro tiene aplicacin en otros pases; a este respecto mencionar que en Alemania y Bolsa correspondiente, son muy conocidos las PfandBriefe (Cdulas Hipotecarias) y las Jumbo PfandBriefe que recorren con xito toda Europa.>>
26.05.04 - Novedades en los segurosHablando de seguros no se puede olvidar otra gran iniciativa en este campo y correspondeal estado de Michoacn, que acaba de establecer el "Seguro Estatal de Cobertura Totalpara cultivos de alto riesgo por prdidas originadas por lluvias; en una primera etapacubrir 100% de los cultivos que se encuentran en unas 25 mil hectreas de las zonas de alto riesgo; el fondo necesario ser cubierto con recursos federales, estatales, municipales y de los mismos interesados.
Un gran movimiento en el sector asegurador local y esperamos que concluya con "Tres Grandes Estrellas" para el mismo. Algo msProf. Antonio Minzoni Consorti - Catedrtico de la UNAM
09.06.04 - Nuevas estrategias para las Afores - Ante la posibilidad de invertir los fondos de pensiones no estara mal recordar que "el riesgo es medible y manejado por personas, pero no por modelos matemticos" La continua preocupacin de la autoridad competente para lograr optimizar, en todosentido, el rendimiento de las inversiones del sistema pensionario derivado de la Nueva Ley del Seguro Social (21-XII/1995) ha propiciado la reciente circular de la Consar (la 15-12), la cual no solamente autoriza la ampliacin de las inversiones de los ahorros de los trabajadores, mediante la creacin de nuevas Siefores, sino tambin pretende interesar, directamente, a los trabajadores a dichas inversiones dndoles la posibilidad de escoger el tipo de producto financiero en el cual invertir sus ahorros.Al mismo tiempo la circular no est exenta de nmeros, frmulas matemticas y de teora de administracin de riesgos, lo que a primera vista podra complicar su implementacin prctica. Entre otros aspectos tiene la tendencia a reducir la concentracin delas inversiones (hasta hoy 80% en ttulos de deuda nacional) recurriendo, adems pero limitadamente a valores extranjeros frente a la reducida oferta local.
Puede dividirse en dos grandes partes: 1) una dedicada a las administradoras y canales para manejar la inversin, otra relacionada con la masa de los trabajadores, concediendo a stos prerrogativas de las que no gozaban hasta hoy, buscando crear conciencia hacia movimientos burstiles y sus consecuencias. >>
09.06.04 - Nuevas estrategias para las AforesLos trabajadores Los ms de 30 millones de afiliados al sistema tendrn conocimiento de su Afore de la Siefore a la cual han sido asignadoscul ser el programa de inversiones de sta, con todos los detalles que la situacin requiere; recibida la informacin el trabajador tendr 60 das naturales para (l con edad menor de los 56 aos, inscrito en la Bsica 2 y que debera gozar del beneficio de las notas), solicitar el cambio a la Bsica 1.
Y es aqu que el trabajador deber ensear sus habilidades como inversionista que se estima sean bastante raquticas. Por otro lado, cabe la pregunta: Los fondos de los inactivos se distribuirn segn el criterio de la edad? Los problemas no faltan. >>
25.06.04 - Se agiliza traspaso en las Afores - La fluidez de la operacin entre los fondos para el retiro seobtiene a travs del uso ms intenso de la tecnologa modernaTal parece que el lema latn Melius abundare, quan deficere (Mejor abundar que ser incompleto)se est convirtiendo en el de la Consar, la cual en pocos das (20) emiti cuatro circulares, todas relacionadas con las Afores y de su inters especfico, la ltima, para los trabajadores afiliados a cualquiera de las Afores.
Se trata de la circular publicada en el DOF de fecha 16 de junio, por medio de la cual se pretende "agilizar" la mencionada administracin en uno de los aspectos importantes para el trabajador: el del "traspaso" de su cuenta individual de una Afore a otra; la fluidez de la operacin se obtiene a travs del uso ms intenso de la tecnologa; por lo que bienvenidas las circulares que benefician a quienes son la razn de la existencia del nuevo sistema pensionario: los trabajadores. >>
25.06.04 - Se agiliza traspaso en las AforesQu dice? Se habla de la necesidad de reducir costos (excelente la idea porque solamente de esta manera se lograr aumentar los fondos individuales) en el Sistema de Ahorro para el Retiro; los caminos a seguir son los siguientes:
1) optimizar las transacciones requeridas para el mencionado traspaso;
evitar la multiplicidad de funciones actuales;
adecuar a las necesidades del momento el formato de la solicitud de traspaso, hacindolo ms sencillo y aumentando la calidad de la digitalizacin de la informacin contenida en la misma;
4) facilitar su consulta por parte de los interesados a travs de los medios electrnicos de lectura de imgenes, que actualmente constituyen la base del proceso del traspaso. >>
25.06.04 - Se agiliza traspaso en las AforesTodo esto con el fin de cumplir con la necesidad de fortalecer no solamente la comunicacin entre Afore y trabajadores, sinotambin proporcionar "informacin simple, veraz y suficiente para que los empleados puedan tomar decisiones al respecto de su cuenta individual y que favorezca sus intereses.El trabajador Tres son los pasos para llevar a cabo el traspaso a que se hizo referencia. Primero: el trabajador llenar y firmar una solicitud (original y copia) cuyo formato ser proporcionado por la Afore, entregndola al promotor de su Afore (administradora receptora) acompandola del "Documento de Comisiones" que habr firmado, a partir una identificacin personal (credencial de elector, pasaporte, otro); en caso de ser extranjero, la forma de Gobernacin que acredite su estancia en el pas. Ya no aparece el acta de nacimiento, otra simplificacin.
Segundo: comprende todo el procedimiento del sistema para llevar a cabo el traspaso, sin la intervencin del trabajador. El documento fija plazos para todos los movimiento, llegndose a la administradora transferente (la escogida por el traspaso por el trabajador). >>
25.06.04 - Se agiliza traspaso en las AforesTercero: se estima como el ms importante para el afiliado en el sentido de que la administradora receptora, tambin en el tiempo establecido, deber emitir y enviar al trabajador la constancia del traspaso , usando los servicios de especializados de mensajera u otro medio que proporcione acuse de recibo. Al trabajador le queda la importante tarea de revisar, con cuidado, los detalles de la constancia en la cual debern aparecer registradas, con su nombre y cantidad, la siguiente subcuentas deAl final aparecer el saldo del cuenta individual . Si el trabajador, por algn motivo, no estde acuerdo con el traspaso, de su cuentaindividual, deber hacerlo del conocimiento de la Condusef (Comisin Nacional para la Proteccin y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros), en el plazo de 180 das hbiles a partir de la fecha en que recibi el documento. a) Retiro, Cesanta en edad avanzada y vejez; b) Aportaciones voluntarias c) Aportaciones complementarias de retiro; d) Vivienda 97; e) Vivienda 92; f) Retiro 92; g) Ahorro para el retiro; h) Fondo de vivienda. >>
06.10.04 - Optimizar rendimientos - Recientemente la Consar dio a conocer en una circular, la forma en que pueden invertirse los recursos de los fondos individuales de los afiliados a una Afore, lo cual puede considerarse como un "parteaguas" en el proceso pensionario, pues faculta al trabajador a ser "parte activa", interviniendo en la inversin de su fondo, al escoger un instrumento burstil Las dos palabras, encabezado de esta columna, pueden considerarse como la "sntesis" de una amplia circular de la Consar publicada recientemente en el DOF (10-IX04) sobre (entre una serie de aspectos administrativos involucrados en el sistema pensionario originado por la Ley del Seguro Social, 21-XII-1995) la forma en que pueden invertirse los recursos de los fondos individuales de los trabajadores afiliados a una Afore.Esto aparte, la circular destaca un aspecto muy particular de la inversin y puedeconsiderarse como un "parteaguas" en el proceso pensionario sea cual sea su forma y pas, en cuanto se faculta al trabajador a ser "parte activa" de dicho proceso interviniendo en la inversin de su fondo al escoger el tipo de instrumento burstil, local u extranjero, en el cual invertir, convirtindolo en "copartcipe" de los resultados de la inversin y, por ende, de su fondo al final de la carrera en el momento en que deber gozar de su pensin. Esta forma de actuar es totalmente novedosa en el sector pensiones y, en el caso de las Afores, la "optimizacin de los rendimientos" depender en parte, de la intervencin del trabajador como consecuencia de los conocimientos que vaya adquiriendo sobre las finanzas burstiles y de la informacin que, sobre las mismas, reciba de la Afore de su asignacin. >>
06.10.04 - Optimizar rendimientosVamos, por lo tanto, a recorrer los puntos medulares de esa circular (64 pginas del DOF) por aquella parte que nos pueda interesar como uno de tantos millones de trabajadores afiliados a una Afore.
LO NOVEDOSO: Los ms de 30 millones de afiliados a las Afores se dividirn en dos grupos: 1) uno de los trabajadores con menos de 56 aos de edad y 2) otro, de aquellos con 56 ms aos.
II) Cada Afore dispondr de dos Siefores denominadas: Bsica 1 y Bsica 2.
III) La Bsica 1, (inversiones a renta fija como los gubernamentales, de sociedades locales y de diferentes instrumentos financieros internacionales que hayan sido debidamente calificados 20% mximo) y apropiada para los trabajadores de grupo 2), mientras la Bsica 2 (inversiones en instrumentos a renta variable), para los trabajadores y del grupo 1) (menor de 56 aos) para los cuales se ve todava lejano el da del retiro, lo que les permite correr el riesgo de la inversin; >>
06.10.04 - Optimizar rendimientos se contemplan las "Notas con Capital Protegido", novedoso instrumento de inversin en una canasta de ttulos extranjeros como los de Dow JonesUSA; del CAC-40 Francia; FTSE-100 (Londres) y similares; estas notas, al vencimiento, garantizan, cuando menos, el capital inicial invertido, dando la seguridad al trabajador de cero prdidas del mismo en caso de rendimientos negativos de la inversin.
El trabajador recibir en este mes de octubre, de la Afore que le corresponde, las instrucciones sobre el procedimiento a seguir para la solicitud de la inversin, etctera, y tendr 60 das naturales para contestar. Solicitar en cual de las dos Bsicas desea que sean invertidos sus ahorros; de no hacerlo en el tiempo establecido, sus ahorros sern invertidos en la Bsica 2.
Esta asignacin no le quita el derecho de cambiar de Bsica en el momento que lo crea conveniente a sus intereses y las veces que sean necesarias queda claro que la Afore de Afiliacin ser siempre la misma. Se advierte tambin que, en caso de trabajadores con 56 aos o ms, y asignados por la Consar y las aportaciones voluntarias, se invertirn en la Bsica 1.>>
06.10.04 - Optimizar rendimientosUna consideracin al margen La preocupacin de la Consar, como se desprende de sus numerosas circulares de los ltimos tiempos, ha sido la de buscar la optimizacin de los rendimientos de las inversiones a favor de los trabajadores y esta situacin se ha verificado en algn momento (altas tasas de inters en las inversiones; flujo continuo de nuevos trabajadores, etctera), pero se tiene la sensacin de que, hoy, por las diferentes razones que son conocidas, esto ya no se da; de ah el recurso a las inversiones en ttulos extranjeros limitada en porcentajes para mejorarla; adems se da una parte de la responsabilidad a los trabajadores, facultndolos a escoger el tipo de inversin, lo que conlleva a una forma de "corresponsabilidad" del trabajador en la operacin misma.
Los ejemplos en inversin extranjera, en el mismo tipo de pensiones, experimentados en Amrica Latina, no han sido favorables para los trabajadores, por lo que, no obstante todo lo novedoso e interesante de las disposiciones de la Consar, significan una gran aportacin al desarrollo del sistema pensionario va Afore, un "CAVE CANEM " hay que tenerlo siempre presente, monitoreando resultados con una cierta frecuencia. Prof. Antonio Minzoni Consorti - Catedrtico de la UNAM
El sistema previndenziale y assicurativo en Italia
Aunque han intervenido, en el curso de los aos '90, numerosas normas con el intento, adems, de armonizar la disciplina jubilatoria de los pblicos dependientes y aquel de las dependientes vidas privadas, la normativa jubilatoria del personal de las administraciones estatales resulta diferente de aquel del personal miembro a las Cajas de los ex Institutos de previdencia, y quedar tal hasta a cuando no sea redactado un nuevo texto nico sobre la previdencia de todos los pblicos dependientes.
Sin embargo, la prxima reforma previdencial, cuyo proyecto de ley delega es al examen del Senado, preve hasta la emanacin de un Texto nico sobre la previdencia obligatoria, sea para las dependientes vidas privadas que para los funcionarios pblicos.La gestin de los tratos jubilatorios de los funcionarios pblicos es, actualmente, uniforme entre el Inpdap y las Administraciones estatales. >>
Istituto Nazionale Previdenza SocialeSe acercan a estas prestaciones, integrndolas, los institutos del suplemento de jubilacin, de la jubilacin suplementaria, ms en general el riliquidazione de las prestaciones mismas.
Cada uno de estas prestaciones es examinado y equipada de todos los elementos a ella conectada. El sistema de tutela previdencial de los trabajadores dependientes privados se articula en un complejo de prestaciones erogado en presencia de diferentes situaciones de edad, contribucin, salud, condiciones personales de los individuales interesado: jubilacin de vejez y ancianidad, cheque ordinario de invalidez, jubilacin de inhabilidad y jubilacin a los sobrevivientes.>>
Evolucin previdencialEl D.Lgs n. 124/1993 disciplina "las formas de previdencia por la erogacin de tratos jubilatorios complementarios del sistema obligatorio publico, para asegurar ms elevados niveles de cobertura previdencial.
Por "trato complementario" tiene que entenderse un trato adicional con respecto de las jubilaciones de vejez o ancianidad erogadas por el sistema de los seguros generales obbligatorie.
El presupuesto para acceder a la jubilacin complementaria es por lo tanto la existencia de la previdencia de base, pero el relativo trato econmico tendr que ser de ste desvinculado: la suma de las prestaciones de las hondas jubilaciones, es decir, no tendr que depender del trato jubilatorio de base, pero exclusivamente del curso del fondo.>>
Previdencia complementariaEl D.Lgs n. 47/2000 ha reformado todo el orden fiscal de la previdencia complementariaintroduciendo, por la primera vez en Italia, la disciplina de las formas jubilatorias individuales que constituye el tercer pilar del sistema jubilatorio.
Nacen, por tanto, la honda jubilacin abierta que, a diferencia de aqullos los negocias o cerrados de origen contractual, son instituidos por bancos, Sim, seguros o sociedad de gestin.
La adhesin a los fondos abiertos es voluntaria y el proyecto de ley de reforma de la previdencia social tambin preve por su financiacin el empleo del Tfr (trato fina relacin).En el 1898 el seguridad social mueve los primeros pasos con la fundacin de la Caja nacional de previdencia por la invalidez y la vejez de los obreros. Se trata de un seguro voluntario tambin integrado de una contribucin de estmulo del Estado y de la contribucin ello libero empresarios.En el 1933 el CNAS asume la denominacin de Instituto Nacional del Seguridad social, ente de recto pblico dotado con personalidad jurdica y gestin autnoma.>>
Accidente sobre el lugar de trabajoEl sistema de seguro obligatorio contra los accidentes sobre el trabajo y las enfermedades profesionales encuentra sus orgenes en las ltimas dcadas del 19 siglo.
Entonces los trabajadores que, en nmero siempre mayor, vctimas de accidentes les quedaron en la industria (o sus herederos en caso de incidente mortal) pudieron hacer confianza sola sobre las normas ordinarias en materia de responsabilidad civil.
Ellos pudieron conseguir luego solamente un reembolso de parte del empresario en el caso en que hubiera sido verificada su responsabilidad.
Muchos accidentes sobre el trabajo fueron sin embargo el resultado de casos por fuerza mayores o hasta de negligencia de parte de la vctima y pudieron no dar luego lugar a indemnizacin.
Adems, aunque el accidente fue la consecuencia de una negligencia del empresario, las vctimas encontraron dificultad en probar tal negligencia o bien renunciaron a adir las calles legales para no poner en peligro el puesto de trabajo.>>
Caja nacional de seguro por los accidentes de los obreros sobre el trabajo En el 1877 el Supermeister y C. ", Empresa de hilandera de la Provincia de Novara, estipul, primera en Italia, una pliza assicurativa con una compaa privada extranjera por los accidentes sobre el trabajo padecido por los mismos dependientes.
En el mes de julio del 1883 fue promulgada la ley de aprobacin que permiti de considerar oficialmente constituido la "Caja nacional de seguro por los accidentes de los obreros sobre el trabajo".
A distancia de un ao fueron abiertos los primeros despachos al pblico en la Sede central de la Caja en Miln.
La Caja registr un indudable xito, tan qu en la dcada 1884/1894 las plizas estipuladas dieron de 54 a 3242 y los trabajadores asegurados por 1.663 a 130.985 -.
El seguro fue facultativo inicialmente, pero se puso obligatoria con la Ley n. 80 del 17 de marzo de 1898, desde entonces el empresario tuvo la facultad de elegir a un asegurador.R. D. del 31 de Enero 1904 "Texto nico por Los Accidentes sobre el Trabajo .>>
ISTITUTO NAZIONALE PER LASSICURAZIONE CONTRO GLI INFORTUNI SUL LAVOROR.D. n. 1733 del 6 de julio de 1933: Orden del Instituto Nacional Fascista por el seguro contra los Accidentes sobre el Trabajo (I.N.F.A.I.L); el legislador otorg el derecho exclusivo de administrar el sistema assicurativo.Sucesivamente con el Regio Decreto n. 1765 del 17 agosto del 1935 se prepar una profunda reforma de la disciplina, que pas de un modelo de relacin assicurativo de tipo "contractual" a uno de molde pubblicistico, que previo la constitucin automtica de la relacin assicurativo y ella tan dicha "automaticidad" de las prestaciones, en el sentido que la tutela a lo accidentado fue garantizada independientemente por el hecho que el empresario fuera a su vez asegurada o menos e independientemente del hecho que este ltimo hubiera pagado las relativas contribuciones.Vino con eso fuertemente aumentado la tutela a favor del trabajador que estuvo en todo caso garantizado. La recaudacin de las contribuciones y las prestaciones a los trabajadores slo fueron confiadas a uno Ente Pblico dando a luz as el actual I.N.A.I.L. (al tiempo I.N.F.A.I.L).>>
Tutela accidentes y enfermedades profesionales
EL INAIL les garantiza a los trabajadores accidentados o que tienen
contrae una enfermedad profesional: prestaciones econmicas; prestaciones sanitarias; curas idrofangotermali y cuartos de estar climticos.Es considerado accidente un accadimento ocurrido por causa violenta, con ocasin de trabajo(acontecimiento que se ha averiguado por el trabajo) y de cuvo sea derivada una consecuencia daina.
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