Yomira mala

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ART. 130.- RESOLUCIONES. Contra las resoluciones de las Juntas Distritales pueden interponerse los recursos previstos en el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, bajo la forma y procedimiento establecidos.

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Art. 130.- Resoluciones.

Art. 130.- Resoluciones.Contra las resoluciones de las Juntas Distritales puedeninterponerse los recursos previstos en el Estatuto del Rgimen Jurdico y Administrativode la Funcin Ejecutiva, bajo la forma y procedimiento establecidos.1

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Art. 330.- Faltas de los estudiantes:Los establecimientos educativos deben ejecutar actividades dirigidas a prevenir y/o corregir la comisin de faltas de los estudiantes, de conformidad con la normativa que para el efecto expida el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional. Como parte de estas actividades, al inicio del ao lectivo, los estudiantes y sus representantes legales debern firmar una carta de compromiso en la que afirmen comprender las normas, y se comprometan a que el estudiante no cometer actos que las violenten.2

las faltas de los estudiantes son las que se establecen en el artculo 134 de la leyorgnica de educacin intercultural. estas faltas pueden ser leves, graves o muy graves:

1. Alterar la paz, la convivencia armnica e irrespetar los Cdigos de Convivencia de los Centros Educativos es una falta que puede ser leve, grave o muy grave, de acuerdo con la siguiente explicacin:3

Faltas leves: Usar el telfono celular o cualquier otro objeto ajeno a la actividad educativaque distrajere su atencin durante las horas de clase o actividades educativas; Ingerir alimentos o bebidas durante las horas de clase o actividades educativas, a menos que esto se hiciere como parte de las actividades de enseanza aprendizaje; No utilizar el uniforme de la institucin; Abandonar cualquier actividad educativa sin autorizacin; y Realizar ventas o solicitar contribuciones econmicas, a excepcin de aquellas con fines benficos, expresamente permitidas por las autoridades delestablecimiento.4

Faltas graves: Participar activa o pasivamente en acciones de discriminacin en contra demiembros de la comunidad educativa; Participar activa o pasivamente en acciones que vulneren el derecho a laintimidad personal de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa; Consumir o promover el consumo de alcohol, tabaco o sustanciasestupefacientes o psicotrpicas ilegales dentro de la institucin educativa; Salir del establecimiento educativo sin la debida autorizacin; Generar situaciones de riesgo o conflictos dentro y fuera de la institucin, deconformidad con lo sealado en el Cdigo de Convivencia del establecimientoeducativo; y Realizar, dentro de la institucin educativa, acciones proselitistas relacionadascon movimientos o partidos polticos de la vida pblica local o nacional.5

Faltas muy graves: Faltar a clases por dos (2) o ms das consecutivos sin justificacin; Comercializar dentro de la institucin educativa alcohol, tabaco o sustanciasestupefacientes o psicotrpicas ilegales; y Portar armas.6

Art. 131.- Defensa de los intereses de la institucin.Los representantes de los establecimientos particulares o fisco misionales pueden ser recibidos en comisin general, durante las sesiones de la Comisin Zonal, nicamente para la defensa de los intereses de su institucin. Una vez efectuada su exposicin, la Comisin Zonal debe sesionar nicamente con sus miembros. La resolucin que emita la Comisin Zonal causa estado en va administrativa.7

Art. 171.- Inasistencia recurrente:Cuando la inasistencia de un estudiante fuere recurrente y estuviere debidamente justificada, la mxima autoridad de la institucin educativa solicitar la aplicacin de las medidas previstas en la normativa expedida por el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional, a fin de garantizar la continuidad de los estudios, el apoyo sicopedaggico y las tutoras acadmicas correspondientes segn el caso.8

SUS DERECHOS:1._ Ser actores fundamentales en el proceso educativo 2._ Recibir una informacin integral y cientfica, que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad, capacidades y potencialidades, respetando sus derechos, libertades fundamentales y promoviendo la igualdad de genero, la no discriminacin, la valoracin de las diversidades, la participacin, autonoma y cooperacin;3._ Ser tratado con justicia, dignidad , sin discriminacin, con respeto a su diversidad individual, cultural , sexual y lingstica, a sus convicciones ideolgicas, polticas y religiosas, y a sus derechos y libertades fundamentales garantizados en la Constitucin de la Republica, tratados e instrumentos internacionales vigentes y la ley;4._ Recibir atencin eficiente y oportuna de sus profesores, en los aspectos pedaggicos y en su formacin personal , mediante apoyo pedaggico y tutoras acadmicas de acuerdo con sus necesidades. 9

5._ Ser protegidos contra todo tipo de violencia en las instituciones educativas, as como denunciar ante las autoridades e instituciones competentes cualquier violacin a sus derechos fundamentales o garantas constitucionales, cualquier accin u omisin que atente contra la dignidad e integrada fsica, sicolgica o sexual de la persona; a ejercer su derecho a la proteccin;6._ Recibir permisos especiales, auspicios y apoyos para sus representaciones nacionales o internacionales, quienes se destaquen en mritos, logros y aportes relevantes de naturaleza acadmica, intelectual, deportiva y ciudadana.7._ Gozar de la privacidad y el respeto a su intimidad, as como a la confidencialidad de sus registros mdicos y sicolgicos. 8._ ejercer su derecho constitucional al debido proceso, en toda accin orientada a establecer la responsabilidad de las y los estudiantes por un acto de indisciplina o violatorio de las normas de convivencia del establecimiento.10

9._ Disponer de facilidades que le permitan la prctica de actividades deportivas, sociales, culturales, cientficas en representacin de su centro de estudios, de su comunidad, su provincia o del Pas, a nivel competitivo.10._ No ser sancionados por condiciones de embarazo, maternidad o paternidad, y recibir el debido apoyo y atencin en lo psicolgico, acadmico y lo afectivo para culminar sus estudios y acompaar un proceso de maternidad y paternidad saludable;11._ Presentar sus aspiraciones y reclamos a docentes y autoridades del establecimiento en forma respetuosa y recibir de ellos la respuesta correspondiente, en forma oportuna; 12._ Ser evaluados en forma justa, considerando su trabajo, esfuerzo y ser notificados de los resultados de las evaluaciones en los plazos reglamentarios; 13._ Recibir orientacin y estmulo para superar los problemas acadmicos o de relacin con los dems miembros de la comunidad educativa; 11

14._ Recibir atencin oportuna a sus requerimientos de certificados, informes de aprendizaje y dems trmites relacionados con su vida estudiantil; y, 15._ Todo cuanto se estipula en la LOEI; RG-LEOI y Cdigo de Convivencia que no constan en la presente.12

Sus deberes:1._ Velar por el prestigio y buen nombre del establecimiento, demostrando un comportamiento correcto en los actos sociales, deportivos y culturales dentro y fuera de la institucin;2._ Asistir puntualmente y con carcter obligatorio a las clases y a diversos actos cvicos, culturales, deportivos y sociales organizados en el establecimiento.3._ Permanecer en el establecimiento durante toda la jornada de trabajo:4._ No abandonar cualquier actividad educativa sin la respectiva autorizacin;5._ Guardar debida consideracin y respeto a autoridades, docentes y compaeros dentro y fuera del plantel 6._ Rendir las pruebas de evaluacin con honestidad y con sujecin al horario determinado por las autoridades; 13

7._ Cuidar su buena presentacin mediante el uso correcto de los uniformes de parada, diario, Educacin Fsica e higiene personal dentro y fuera del plantel; 8._ No usar prendas que no correspondan al uniforme; 9._ No llevar el cabello largo, ni usar peinados fuera de lo comn y no usar accesorios como: aretes, piercings, argollas en distintos lugares del cuerpo; 10._ No usar el telfono celular o cualquier otro objeto ajeno a la actividad educativa que distrajere su atencin durante las horas de clase o actividades educativas. Dichos objetos sern decomisados y se devolvern al representante legal, en caso de perdidas , ser responsable el estudiante .11._ Contribuir con la conservacin de la infraestructura fsica y equipamiento, espacios verdes, muebles, material didctico y ms pertenencias del establecimiento, asumiendo la responsabilidad por el deterioro de cualquier bien, ocasionado por el estudiante y pagar el costo de su reparacin o reposicin; sin que esto lo exima de la accin educativa disciplinaria que contempla el Art. 331 de RLOEI14

12._ Contribuir con la limpieza y mantenimiento a las aulas asignadas.13._ No portar, comercializar, consumir o promover al consumo de alcohol, tabaco o sustancias estupefacientes o psicotrpicas dentro de la institucin y fuera de ella;14._ No participar activa o pasivamente en actos discriminacin o que atenten contra la dignidad y la integridad fsica, psicolgica y sexual de los miembros de la comunidad educativa; 15._ No participar activa o pasivamente en actividades tendientes a promover la paralizacin del servicio educativo. 16._ No promover ni participar activa o pasivamente en actos indisciplinaras que alteren la tranquilidad institucional y/o de la comunidad educativa:17._ No portar objetos corto punzantes, armas de fuego, bombas lacrimgenas y dems objetos que atenten contra la seguridad fsica de la comunidad educativa; 18._ No cometer fraude o deshonestidad acadmica; 19._ No participar ni promover actos tendientes a sabotear los procesos escolares del Gobierno Escolar, Consejo Estudiantil y de los dems rganos de participacin de la comunidad educativa; 20._ Cumplir con las disposiciones determinadas en la LOEI, RLOEI, Cdigo de Convivencia y las impartidas por las autoridades del establecimiento y que no constaren en la presente acta:15