VERIFICACION

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VERIFICACIO N Una vez que la autoridad competente emite la orden de verificación (en dos tantos originales), personal comisionado la ejecuta, elaborando el acta de verificación asentando todo lo actuado durante la diligencia y al concluirse se le entrega una copia al particular. El verificador debe identificarse plenamente, presentando su credencial vigente Deberá presentar la orden de verificación que indique el tipo de giro y el nombre del establecimiento, nombre del propietario y domicilio del lugar en el que se realiza la visita El verificador deberá ofrecer a los particulares la oportunidad de manifestar lo que a su derecho convenga. PPROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE VIGILANCIA SANITARIA AUDIENCIA Una vez llegada la fecha señalada en el citatorio, se presenta el propietario y/o representante legal del establecimiento, con la documentación que acredite su personalidad (Credencial IFE, pasaporte, cédula profesional. en los casos de personas morales, acta constitutiva y en su caso poder notarial). Puede presentarse ya sea personalmente a desahogar la audiencia de la cual se elabora acta de audiencia, o bien presentarse por escrito con el correspondiente acuse para el sellado de recepción. Durante su manifestación puede señalar distintas cosas, como la aceptación de la anomalía y acreditar su corrección, o bien no aceptar la anomalía, manifestar sus razones y acreditar su dicho. Otra opción es la de solicitar plazos para corregir o visitas de verificación por cumplimiento para acreditar su dicho. RESOLUCIO N Concluida esa etapa, el expediente es valorado por la coordinación del área al que pertenece, y en caso de que ya no exista otra actuación pendiente (plazos, verificación por corrección de anomalías), turna el expediente para resolución definitiva, en la cual se establece la decisión de la autoridad de sancionar o no al particular, por lo que deberá de emitirse razonando tanto lo detectado por los verificadores como lo manifestado por el particular.

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VERIFICACION

◘ Una vez que la autoridad competente emite la orden de verificación (en dos tantos originales), personal

comisionado la ejecuta, elaborando el acta de verificación asentando todo lo actuado durante la

diligencia y al concluirse se le entrega una copia al particular.

◘ El verificador debe identificarse plenamente, presentando su credencial vigente

◘ Deberá presentar la orden de verificación que indique el tipo de giro y el nombre del establecimiento,

nombre del propietario y domicilio del lugar en el que se realiza la visita

◘ El verificador deberá ofrecer a los particulares la oportunidad de manifestar lo que a su derecho

convenga.

PPROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE VIGILANCIA SANITARIA

AUDIENCIA Una vez llegada la fecha señalada en el citatorio, se presenta el propietario y/o representante legal del

establecimiento, con la documentación que acredite su personalidad (Credencial IFE, pasaporte, cédula

profesional. en los casos de personas morales, acta constitutiva y en su caso poder notarial).

Puede presentarse ya sea personalmente a desahogar la audiencia de la cual se elabora acta de audiencia,

o bien presentarse por escrito con el correspondiente acuse para el sellado de recepción.

Durante su manifestación puede señalar distintas cosas, como la aceptación de la anomalía y acreditar su

corrección, o bien no aceptar la anomalía, manifestar sus razones y acreditar su dicho.

Otra opción es la de solicitar plazos para corregir o visitas de verificación por cumplimiento para acreditar

su dicho.

RESOLUCION

Concluida esa etapa, el expediente es valorado por la coordinación del área al que pertenece, y

en caso de que ya no exista otra actuación pendiente (plazos, verificación por corrección de

anomalías), turna el expediente para resolución definitiva, en la cual se establece la decisión de

la autoridad de sancionar o no al particular, por lo que deberá de emitirse razonando tanto lo

detectado por los verificadores como lo manifestado por el particular.