UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES...
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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
UNIANDES
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA
CARRERA DE DERECHO
PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO
DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA.
TEMA:
PROGRESIVIDAD DE REINCIDENCIA DE NO AFILIACIÓN AL IESS POR
PARTE DEL EMPLEADOR A SUS TRABAJADORES.
AUTOR: VALDEZ VALLEJO AURELIA MARÍA
TUTOR: DR. BARCOS ARIAS IGNACIO FERNANDO, MGS.
BABAHOYO-ECUADOR
2017
DEDICATORIA
Dedico este proyecto de investigación primeramente y ante todo a Jehová Dios por su
infinito amor hacia mí, por haberme brindado la sabiduría para alcanzar esta meta
deseada, guiándome en cada paso que daba como todo un padre amoroso dándome
la fortaleza necesaria para continuar, a mi amado señor padre quien está en el
descanso eterno, quien soñó día con tener a su hija querida convertida en abogada,
hoy es ese día papito querido, a mi adorada madrecita quien ha sido mi más grande
apoyo en esta hermosa aventura y a todos y cada uno de los miembros de mi familia
quienes supieron comprender y aceptar mi ausencia en mis días de estudios, hoy les
digo valió la pena todos nuestros sacrificios.
AGRADECIMIENTO
Antes de empezar a redactar mi agradecimiento vinieron a mi mente un sinnúmero de
nombres, por lo que sería imposible redactarlos a todos y cada uno de ellos, esto sin
mencionar que sin importar el esfuerzo que haga estoy segura que se quedaría por lo
menos un nombre fuera de la lista, por lo tanto los agruparé en familia, catedráticos,
amigos y compañeros.
Siempre y ante todo y por sobre todo gracias a mi amado padre Jehová Dios, ya que
sin el nada de esto hubiera sido posible, a mis padres aunque ya mi padre no está en
este mundo pero sin su apoyo jamás hubiese alcanzado estar hoy aquí, a mi
madrecita amada, quien es un gran ejemplo a seguir ya que es un roble antiguo
enmarcada en principios y valores los mismo que han sido trasmitidos a la suscrita,
gracias miles a toda mi familia por su gran apoyo y confianza depositada en mí, a mi
noble y querida Universidad UNIANDES, por haberme brindado su apertura para ser
estudiante de tan prestigiosa Institución, a mis queridos catedráticos mis amados
profesores y a mi estimado tutor de tesis a todos y cada uno de ellos muchas gracias
por sus sabias enseñanzas las misma que hoy marcan el inicio de mi vida profesional.
Gracias a todas mis amistades y compañeros de aula quienes ayudaron a que esta
aventura sea de lo más hermosa.
Un agradecimiento especial a mi querida madre Sra. Clarita Vallejo Gaibor, por su
inmenso e inigualable apoyo y en especial a dos grandes seres humanos quienes me
extendieron su mano en todo este proyecto de investigación mi estimada amiga Dra.
Grace Bayas Huilcapi e Ing. Mercedes Moreno, gracias infinitas.
RESUMEN
Este trabajo de investigación trata sobre la problemática de la “Progresividad de
reincidencia de no afiliación al IESS por parte del empleador a sus trabajadores”,
debido a la necesidad que trae el problema porque se está violando el derecho a la
seguridad social y el derecho al trabajo que poseen todas las personas, estos
derechos se encuentras garantizados en la Constitución de la República del Ecuador y
se considera como delito el no pago a la afiliación según la normativa del Código
Orgánico Integral Penal.
La importancia de esta investigación que se desarrollada en la ciudad de Babahoyo
radica en el desconocimiento de la población que desempeña algún rol económico o
que es población laboralmente activa, se aplicaron los tipos de investigación como la
histórica, descriptiva, explicativa y bibliográfica, métodos de campo, técnicas e
instrumentos de investigación como la encuesta y herramientas como la entrevista.
Se aplicó la línea de investigación que corresponde al ordenamiento jurídico
Ecuatoriano, presupuesto históricos, teóricos, filosóficos y constitucionales, mismos
que se encuadran en la línea jurídica.
Los resultados obtenidos es que mediante este análisis profundo de todos los
fundamentos que forman la base textual en esta investigación se consigue las causas
y consecuencias de la problemática, se crearon nuevos mecanismos internos, la
misma que es explicada de forma clara así como de fácil entendimiento para que sea
captada hasta por la persona que no tiene ningún conocimiento legal, se le plantea
una solución que fue minuciosamente estudiada.
ABSTRACT
This research deals with the problem of "Progressive recidivism of employers non-
affiliation of workers to the IESS", where it is violated the right to social security and the
right to Work owned by all persons, rights that are guaranteed in the Constitution of the
Republic of Ecuador, and their non-compliance is considered a crime in the Integral
Organic Criminal Code.
The importance of this research, carried out in Babahoyo, lies in the ignorance of the
population that plays some economic role or that is part of the working population. In
order to get information there was applied a historical, descriptive, explanatory and
bibliographical investigation, as well as field research, and techniques as survey and
the interview.
The research line applied corresponds to the Ecuadorian legal order, historical,
theoretical, philosophical and constitutional presuppositions.
The results obtained by a deep analysis of all the foundations that conform the textual
basis of this research, allowed the determination of causes and consequences of the
problem, creating new internal mechanisms that are explained in a clear way for an
easy understanding.
ÍNDICE GENERAL
Aprobación del Asesor del Trabajo de Titulación Declaración de Autenticidad Certificación del Lector del Trabajo de Titulación Derechos del Autor Dedicatoria Agradecimiento Resumen Abstract
INTRODUCCIÓN 1-6
Antecedentes de la Investigación 1
Estado del Arte 2
Actualidad e importancia del Tema 3
Formulación del Problema 4
Delimitación del Problema 4
Objeto de la Investigación y Campo de Acción 4
Identificación de la Línea de Investigación 4
Objetivo General 5
Objetivos Específicos 5
Idea a Defender 5
Preguntas Científicas 5
Justificación del Tema 5 CAPÍTULO I MARCO TEÓRICO 7-33
1.1 Origen Y Evolución del objeto de investigación. 7
Origen del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. 7
1.2 Análisis de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de investigación. 8
Definición Trabajador. 8
Definición Empleador. 10
Definición de Derecho a la Seguridad Social. 11
Fundamento. 12
Principios. 12
Declaración universal de los Derechos Humanos. 13
Seguridad social y seguro social. 13
Responsabilidad del estado. 13
Definición Afiliación. 15
¿Cómo se inicia la afiliación? 17
¿Sobre la base de que sueldo o salario se pagan los aportes? 17
¿Dónde y cómo obtener el certificado de obligaciones patronales? 17
¿Cómo evitar la mora patronal? 17
¿Cuáles son los reconocimientos para el empleador que paga puntualmente? 17
¿Por qué motivos se sanciona al empleador que no cumple? 18
¿Qué es Responsabilidad Patronal? 18
¿Dónde se presentan los reclamos de los afilados? 18
¿Cuál es el salario mínimo de aportación? 18
¿Existen diferentes tasas de aportación? 18
Ventajas De estar Afiliado 19
El Derecho a la Seguridad Social según la Constitución del Ecuador. 19
La Administración Pública y el Derecho a la Salud. 22
El derecho a la seguridad social según el Código del Trabajo. 22
El derecho a la seguridad social según la Ley del Seguro Social. 23
Definición de Reincidencia. 23
Reincidencia de la no afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. 24
El derecho a la seguridad social según el Estado. 26
Jurisdicción comparada 28
1.3 Valoración crítica de los conceptos principales de las distintas posiciones teóricas
sobre el objeto de investigación. 30
1.4 Conclusiones Parciales del Capítulo. 33
CAPÍTULO II
MARCO METOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA 34-57
2.1 Caracterización del sector, rama, empresa, contexto institucional o problema
seleccionado para la investigación. 34
2.2 Descripción del procedimiento metológico para el desarrollo de la investigación. 35
2.3 Propuesta del investigador: modelo, sistema, metológia, procedimiento, entre
otros, que realice el investigador. 49
2.4 Conclusiones Parciales del Capítulo. 57
CAPÍTULO III VALIDACIÓN Y/O EVALUACIÓN DE RESULTADOS DE SU
APLICACIÓN 58-61
3.1 Procedimiento de la aplicación de los resultados de la investigación. 58
3.2 Análisis de los resultados finales de la investigación. 58
3.3 Conclusiones Parciales del Capítulo. 61
CONCLUSIONES GENERALES: 62
RECOMENDACIONES: 63
BIBLIOGRAFÍA
ANEXOS
1
INTRODUCCIÓN
Antecedentes De La Investigación
En el CDIC de la extensión Unidades Babahoyo, no se han encontrado trabajos
relacionados con el tema de la investigación que se ha planteado. Por lo que se
considera que el presente trabajo investigativo es original, factible y de gran
importancia jurídica.
En lo que concierne al tema planteado, se ha encontrado tesis afines como la del
Autor: Otacoma Taxi, Azucena Maribel, con el tema: “La afiliación al Instituto
Ecuatoriano de Seguridad Social, de los operarios textiles de Atuntaqui, por parte de
sus empleadores y sus efectos jurídicos en el contexto laboral, Apuntes para su
estudio e investigación”, previo a la obtención de título de Abogado de los Tribunales
de la República, de la Universidad Regional Autónoma de Los Andes “Uniandes”
Facultad: Jurisprudencia en el Año: 12/2013, la propuesta consiste en: Elaboración de
estrategias sobre la aplicación de la afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad
Social, de los operarios textiles de Atuntaqui, por parte de sus empleadores, se evitará
la violación de sus derechos a acceder a la seguridad social; así como también la del
Autor: Calderón Moreta, María Castorina; con el tema: “La afiliación obligatoria de los
trabajadores de las empresas textileras al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y
sus efectos jurídicos, apuntes para su estudio de investigación”, previo al título de
Abogado de los Tribunales de la República, de la Universidad Regional Autónoma de
Los Andes “Uniandes” Facultad: Jurisprudencia en el Año: 02/2015; la propuesta
consiste en: Cámara de la Producción debe tomar parte en la formación intelectual y
capacitación profesional de los empleados y trabajadores de las empresas textiles.
La presente investigación se basa en la inequidad y la explotación laboral, en relación
a las prestaciones que ofrece el IESS a los trabajadores que si son correctamente
afiliados al seguro social obligatorio por parte de empleadores responsables.
Como política gubernamental se dispone al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social
IESS, que sea la Institución encargada de proporcionar prestaciones económicas y de
salud así como servicios sociales para satisfacer las necesidades básicas de la
sociedad civil a fin de proporcionar el buen vivir, y más aún es quien debe velar por las
garantías de los derechos de los empleados a través de la Constitución de la República
del Ecuador (Art. 3, 33, 34) el Código de Trabajo ( Art. 4, 42,43) y la Ley De Seguridad
2
Social (Art. 73).
Mas es lamentable la inobservancia, incumplimiento y desconocimiento de las normas
establecidos en la normativa legal vigente, por parte del sector empleador. Según
registros con fecha de corte febrero del 2016 del sistema de estadísticas del IESS BI,
registra en la provincia de Los Ríos, una población afiliada de 89.934 trabajadores
incluido seguro social campesino Vs 27.090 empleadores registrados, es decir
aplicando el siguiente indicador: Numerador: Total de número de afiliados registrados;
Denominador: Total de número de empleadores registrados= 89.934/27.090= 3,319.
Con el siguiente indicador se mide que cada empleador registra 3.319 empleados,
evidenciándose una clara vulnerabilidad de derechos hacia la población afiliada
dependiente, y falta de beneficios tanto para ellos y para sus derechohabientes.
Estado del arte
En la Dirección Nacional del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social existe poco
interés por implementar estrategias, del control de afiliación, y control de la mora
patronal, por lo cual los empleados se ven afectados, ya que no perciben sus
prestaciones ni beneficios que tiene en su catálogo el Instituto Ecuatoriano de
Seguridad Social.
La Económica y la salud son afectados por la no afiliación los empleados, o peor aún
descuentan de sus haberes la aportación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y
fondos de reserva, no depositan cayendo así en mora patronal, lo cual les ocasiona la
pérdida de derechos para todos los beneficios y prestaciones.
El problema principal es la violación a los derechos establecidos en la Constitución de
la República del Ecuador como el derecho al trabajo y el derecho a la seguridad social,
de este último se desprenden otros derechos relacionados con él, como el derecho a la
salud, el derecho a la vivienda ya que mediante el IESS se pueden hacer préstamos
para la vivienda, en fin se estarían vulnerando todos estos derechos.
Estos derechos fueron agregados en la nueva Constitución del año 2008 en el gobierno
del Economista Rafael Correa donde mediante elección popular se reformó la
constitución. Dicha normativa todavía sigue vigente hasta la fecha y es la normativa que
incorporó nuevos derechos, principios y garantías.
3
La reincidencia a la no afiliación al IESS es un problema que va en aumento pero no se
le presta la atención adecuada en el interior dicha institución, porque aún no hay cifras
reales de los empleadores que incurren en esta violación. Actualmente con la reforma
que se hizo el año 2014 al Código Orgánico Integral Penal esta reincidencia ya es un
delito como se especifica en el artículo 244 de este cuerpo legal, que tiene sanción pero
aun esta sanción es menor en relación a la violación de dos derechos tan importantes
como el derecho a la seguridad social y el derecho al trabajo.
Actualidad e importancia del tema
Los beneficios de la afiliación al seguro social son múltiples, ya que estos provienen
del Estado, se fomentan mediante el aporte de todos los afiliados, por lo tanto con
todos estos aportes se financian el IESS y brinda a los ciudadanos afiliados muchos
servicios importantes para la vida del ciudadano y sus allegados.
Algunos de los beneficios a los afiliados al IESS consisten en que están protegidos en
la enfermedad, desempleo, accidentes de trabajo, enfermedades profesionales,
invalidez, desempleo, maternidad y cuando cumplen los requisitos para jubilarse,
reciben pensiones o rentas vitalicias o temporales, incluso sus familiares pueden
recibir la atención por medio de la extensión del derecho de afiliación de uno de sus
familiares, además el IESS se hace cargo de los gastos funerarios de sus afiliados.
Formulación del Problema
Con la progresividad que aumenta la reincidencia de no afiliación al instituto
ecuatoriano de seguridad social del empleador a sus trabajadores en la sociedad en
general, la cual ayuda a que se incremente la progresividad no solo en la vulneración
de estos derechos de seguridad social y del trabajo sino que afecta indirectamente a
otros que se relacionan a estos, por la falta de medidas internas que sirvan para
detener el desarrollo de este problema que causa varias consecuencias negativas en
los derechos del empleado.
Delimitación del problema
Esta problemática se irá resolviendo parcialmente en la ciudad de Babahoyo en el
orden que se usen las medidas internas propuestas como solución en el Instituto
Económico de Seguridad Social hasta llegar a una totalidad.
4
Objeto De Investigación y Campo De Acción
Objeto de estudio
- Los trabajadores no afiliados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social por
parte de los empleadores, limitándolos de sus derechos, beneficios y
prestaciones que brinda la seguridad social en su catálogo de servicio, tanto
para ellos y sus dependientes o derechohabientes.
Campo de acción
- Constitución de la República del Ecuador (Art. 3, 33, 34)
- Código de Trabajo ( Art. 4, 42,43)
- Ley de Seguridad Social (Art. 73)
- IESS
Identificación De La Línea De Investigación
Ordenamiento jurídico ecuatoriano, presupuesto históricos, teóricos, filosóficos y
constitucionales.
Objetivo General
Elaborar un documento jurídico doctrinario que determine las medidas de control
internas sustentadas para reducir la progresividad de reincidencia de no afiliación al
Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social por parte del empleador a sus trabajadores.
Objetivo Específicos
- Fundamentar teóricamente que los empleadores no dan cumplimiento a la
normativa que tipifica los derechos de los trabajadores y las sanciones a las
cuales se somete el empleador al incumplirlas.
- Diagnosticar la situación actual de los trabajadores no afilados al Instituto
Ecuatoriano de Seguridad Social.
- Elaboración de un documento jurídico doctrinario que determine las medidas
de control internas sustentadas para reducir la progresividad de reincidencia de
no afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social por parte del
empleador a sus trabajadores.
5
- Validar la propuesta por los expertos en la materia.
Idea A Defender
Con la elaboración del documento jurídico doctrinario que determine las medidas de
control internas sustentadas se reducirá la progresividad de reincidencia de no
afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social por parte del empleador a sus
trabajadores.
Preguntas científicas
¿Qué mecanismos jurídicos pueden aplicarse para disminuir la progresividad de la
reincidencia a la no afiliación al IESS por parte de los empleadores a sus empleados?
¿Es necesario crear nuevos controles internos para disminuir la progresividad de la
reincidencia a la no afiliación al IESS por parte de los empleadores a sus empleados?
¿Cuáles son Las acciones a tomar para evitar la vulneración del derecho a la
seguridad social y al trabajo a la vez?
Justificación del tema
Nace por la necesidad que existe en nuestra ciudad debido a que hay incremento en la
reincidencia de malos empleadores que no afilian a sus empleados al Instituto
Ecuatoriano de Seguridad Social o de forma peor, les descuentan de sus sueldos y
ellos siguen sin pagar entrando en mora con la institución entonces mediante la
elaboración de un documento jurídico doctrinario, que determine las medidas de
control internas sustentadas, se logrará reducir la progresividad de reincidencia de no
afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social por parte del empleador a sus
trabajadores.
Esta investigación tiene como objetivo resolver de a poco, de forma parcial la
constante vulneración que existe de los derechos de seguridad social y de trabajo de
los ciudadanos que son afectados por la falta de aplicación y utilización de nuevas
medidas internas en la institución del IESS.
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social se financia por la aportación de cada
afiliado, y mediante este financiamiento les brinda a estos, ciertos beneficios como la
6
atención médica, maternidad, seguro de accidentes, entre otros. Por lo tanto con el
uso de la propuesta de solución de esta investigación se busca garantizar ciertos
derechos constitucionales y no solo se irá resolviendo esta problemática sino que este
estudio servirá de base para investigaciones posteriores.
7
CAPÍTULO I MARCO TEÓRICO
1.1 Origen Y Evolución del objeto de investigación.
Origen del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
Surge el seguro social ecuatoriano como consecuencia de las luchas sociales y
políticas en marzo 1928, en el gobierno de Isidro Ayora. La caja de jubilaciones,
Montepío Civil, Retiro y Montepío Militar, Ahorro y Cooperativa, se crea por Decreto
Ejecutivo Nº 18, publicado en el Registro Oficial Nº 590 del 13 de marzo de 1928, que
protegía a funcionarios del magisterio público, empleados públicos, bancarios y a
militares.
La Seguridad en el país ha ido evolucionando de acuerdo a los diferentes gobiernos.
El Decreto Supremo Nº 12 dicta la Ley de Seguro Social Obligatorio, el 2 de octubre
de 1935, que se aplicaba para los trabajadores públicos y privados mediante
contribución de aportes bipartita: patronal y personal para cubrir los beneficios de
jubilación, montepío y mortuoria.
La ley de seguro social obligatorio se crea en el año 1937, con la caja de seguro de
empleados privados y obreros, el departamento médico que se relaciona con ella.
La nueva ley del seguro social obligatorio, rige el 14 de julio de 1942, con la
contribución del Estado del 40%; con el seguro de enfermedad y maternidad.
El Decreto supremo N°517 del 19 de septiembre de 1963 hace fusionar la caja de
pensiones y la caja del seguro para formar la caja nacional del seguro social y el
departamento médico.
El decreto supremo N°40 del 25 de julio de 1970 en el registro oficial N°15 del 10 de
julio de 1970 transforma la Caja Nacional del Seguro Social en el Instituto Ecuatoriano
de Seguridad Social (IESS).
Con la reforma de la constitución Política de la República en 1988, el IESS se
transforma en una Institución autónoma, responsable de la aplicación del Seguro
General Obligatorio.
En el Registro Oficial Nº 465, el 30 de noviembre de 2001, se pública la Ley De
Seguridad Social.
El IESS se establece por la Constitución de la República del Ecuador aprobada el 28
de septiembre de 2008, como entidad autónoma, con personería jurídica, recursos
propios distintos a los del Fisco.
El IESS se convierte en la institución social más grande del país que brinda seguridad
social, evolucionando en el ámbito legal, social y de prestaciones. Se fundamenta en
8
los principios de: solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia,
subsidiariedad y suficiencia.
En el gobierno de Rafael Correa, Presidente de la República del Ecuador, el IESS
trabaja en los Planes Nacionales del Buen Vivir.1
La Ley de Seguridad tiene varios artículos reformados por la Asamblea Nacional en
préstamos hipotecarios, fondos de reserva, décimas cuarta y tercera pensión y sueldo,
40% del aporte del Estado para pensiones jubilares, y reconocimiento del trabajo en el
hogar.
Los ingresos al IESS por aportes personales y patronales, fondos de reserva,
descuentos, multas, intereses, utilidades de inversiones, contribución financiera
obligatoria del Estado y otros que la ley dispone.
Las prestaciones de la seguridad social se financian con el aporte de las personas
aseguradas en relación de dependencia y de sus empleadores; con los aportes de las
personas independientes aseguradas; con los aportes voluntarios de las ecuatorianas
y los ecuatorianos domiciliados en el exterior; y con los aportes y contribuciones del
Estado.2
1 Sasso, Jimena.2011, La seguridad social en el Ecuador, historia y cifras (Cifras). En:
Actuar en mundos plurales. Boletín de Análisis de Políticas Públicas,p.15 Quito:
FLACSO sede Ecuador.
2 Ley De Seguridad Social: Editorial Corporación de Estudios y Publicaciones, Quito
Ecuador, 2013.p.2
9
1.2 Análisis de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de investigación.
Definición Trabajador.
Según el diccionario jurídico de Cabanellas el trabajador es; Quien trabaja; todo aquel
que realiza una labor socialmente útil. Laborioso o aplicado al trabajo. Obrero; el que
realiza una tarea manual. Jornalero. Todo el que cumple un esfuerzo físico o
intelectual, con objeto de satisfacer una necesidad económicamente útil, aun cuando
no logre el resultado. La parte retribuida en el contrato de trabajo.3
Es trabajador o trabajadora la persona que presta servicios que son cancelados o
pagados por otra persona que se le denomina empleador en forma general, este
puede ser una persona jurídica o persona natural. El trabajador, para poder realizar el
trabajo correspondiente debe cumplir con ciertos requisitos, debe tener la edad legal
que en su país requiere para convertirse en tal, por ejemplo, dieciocho años.4
Según el Código del Trabajo en el Artículo 9.- Concepto de trabajador.- La persona
que se obliga a la prestación del servicio o a la ejecución de la obra se denomina
trabajador y puede ser empleado u obrero.5
El trabajo, en sí, puede ser desempeñado como tal en diversas áreas o planos, de
varias maneras y con enfoque en diversas áreas, como la economía, la física, la
filosofía, la religión, etc.
El trabajo es el que permite a los hombres y mujeres para lograr cumplir con sus
objetivos, sueños, alcanzar sus metas en la vida, es una forma de expresión y de
dignidad personal.
El trabajo permite que las personas experimenten a hacer las cosas con un objetivo
determinado. Mediante el trabajo el ser humano comienza a tomar su propio espacio,
el respeto y la consideración de los demás, lo cual además contribuye a su
autoestima, satisfacción personal y realización profesional.6
3Cabanellas Torres Guillermo, 2016, Compendio de Derecho Laboral, tomo I,
Argentina 2016, p.213.
4 Definición de Trabajador, https://definicion.mx/trabajador/
5 Código del Trabajo. (2017). Código del Trabajo. Quito: Corporación de Estudios y
Publicaciones.p.3
10
El concepto de trabajador es aquel que se aplica a todas las personas que ejercen
algún tipo de trabajo o actividad remunerada. Una persona ejecutando un trabajo
específico independientemente de si está oficialmente empleado o no.
La condición de trabajador es una de las más importantes para el ser humano como
individuo ya que a partir del trabajo y del desempeño de una actividad definida es que
puede no sólo subsistir si no también poseer identidad, sentirse útil y desarrollar
habilidades particulares. 7
La figura del trabajador es una de las más antiguas a lo largo de las sociedades
humanas, tal vez siempre estuvo presente en la forma independiente del tipo de
sociedad que se trataba.
Definición Empleador.
Según el Código del Trabajo en el Artículo 10.- Concepto de empleador.- La persona o
entidad, de cualquier clase que fuere, por cuenta u orden de la cual se ejecuta la obra
o a quien se presta el servicio, se denomina empresario o empleador.
El Estado, los consejos provinciales, las municipalidades y demás personas jurídicas
de derecho público tienen la calidad de empleadores respecto de los obreros de las
obras públicas nacionales o locales. Se entiende por tales obras no sólo las
construcciones, sino también el mantenimiento de las mismas y, en general, la
realización de todo trabajo material relacionado con la prestación de servicio público,
aun cuando a los obreros se les hubiere extendido nombramiento y cualquiera que
fuere la forma o período de pago. Tienen la misma calidad de empleadores respecto
de los obreros de las industrias que están a su cargo y que pueden ser explotadas por
particulares.8
7 Trujillo, Julio César. (1986) “Derecho del Trabajo”, Ediciones de la Pontificia
Universidad Católica del Ecuador, p.150, Quito. Ecuador
8 Código del Trabajo. (2013). Código del Trabajo. Quito: Corporación de Estudios y
Publicaciones.p.3
11
Se considera empleador aquella persona que otorga el empleo. Es un concepto que
introspectiva y esencialmente relacionado con el concepto de empleado, que forma
parte de la relación laboral.
La ley le da cierto nivel superior porque es el que otorga al empleado el trabajo por lo
tanto esta sobre el empleado y este debe aceptar sus indicaciones para ejercer el
trabajo, aunque el trabajador también está protegido por las leyes laborales.
Los empleadores pueden ser las personas o persona jurídica, que tenga el poder de
contratar a uno o más empleados para que trabajen a favor de este o pongan a
su disposición su fuerza de trabajo.9
Definición de Derecho a la Seguridad Social.
El Derecho de la Seguridad Social es el conjunto de normas y principios que regula la
rama de la política social y económica del país, que a través de determinadas
instituciones, busca proteger a sus miembros cuando sufren estados de necesidad,
producidos por determinadas contingencias sociales, asegurándoles condiciones de
vida, salud, y trabajo socialmente suficientes.10
El término fue usado por primera vez en la ley de Seguridad Social de los Estados
Unidos, de 1935. Se terminó de acuñar en el Informe Beveridge (1942) en Inglaterra,
donde se partía del principio de brindar servicios de seguridad social “desde la cuna
hasta la tumba” y de ampliar los esquemas de políticas para el logro de un mayor
progreso social, En otras palabras lograr un Estado de bienestar Social que provea los
instrumentos y herramientas necesarias para alcanzar los estándares básicos de vida,
ayudar a los más necesitados, reducir la pobreza y la Inequidad, y alcanzar altos
niveles de Integración social y solidaridad.11
Una definición reciente de seguridad social es la que aparece en el Informe sobre
Seguridad Social en América Latina 2002: “Una definición de seguridad social podría
ser la provisión de beneficios a los hogares y a los individuos a través de acuerdos
9 González Charry Guillermo, Derecho del Trabajo, editorial Temis, Bogotá, Segunda
edición, p.130.
10 Américo Plá Rodríguez. 2016. Introducción a la Seguridad Social, p.98. Buenos
Aires-Argentina.
11 Fidel Márquez Sánchez, Análisis sobre la seguridad social, Guayaquil-Ecuador,
Junio del 2014. p.92.
12
públicos o colectivos con el objeto de otorgar protección contra los bajos o declinantes
niveles de vida como producto de varios riesgos (desempleo, Invalidez y retiro) y de
satisfacer necesidades básicas por la sociedad”. 12
La seguridad social es un derecho, un conjunto de garantías legales que tienen como
fin brindarle al ser humano un conjunto de oportunidades de igualdad para su beneficio
y el de la familia; cuidando del ciudadano dándole salud, mejorando sus condiciones
de vivienda, educándolo, dándole acceso a la ciencia y tecnología, cultura, recreación,
así como un descanso pagado en caso de invalidez y ancianidad.
La seguridad social es un derecho y beneficio que el estado brinda a los ciudadanos
por los riesgos que pueden ocurrir a lo largo de su vida, sin discriminar ni particularizar
a ninguno ni al responsable del accidente o evento negativo.
La seguridad social que se aparta o desvincula de la ley laboral y adquiere normas y
principios técnicos, doctrinales y filosóficos, da origen al Derecho de la Seguridad
Social.
Las primeras expresiones de la Seguridad Social se cristalizan en el Seguro Social, la
Asistencia Social y la Previsión Social.
Fundamento.
La Seguridad Social se sustenta en la unidad del derecho humano, como garantía
constitucional común para todos los seres humanos, sin individualizarlo, ya que cada
uno es diferente a los demás, pero reconociendo la igualdad de oportunidades.
Principios.
Los principios de la Seguridad Social son: Economía, Eficiencia, Eficacia, Equidad,
Integridad, Internacionalidad, Obligatoriedad, Oportunidad, Solidaridad,
Subsidiariedad, Suficiencia, Unidad y Universalidad, entre otros.
Según conocimiento universal la seguridad social a nivel mundial tiene 4 principios la
universalidad, la integridad, solidaridad, la unidad.13
12 Fidel Márquez Sánchez, Análisis sobre la seguridad social, Guayaquil-Ecuador,
Junio del 2014.p.109.
13 Seguridad social, Félix Azón Vilas, Escuela Nacional de la Judicatura ENJ, Santo
Domingo, República Dominicana, 2017.p.137.
13
Declaración Universal de los Derechos Humanos.
El artículo 22. 1 de este instrumento internacional señala que “Toda persona, como
miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social….”.14
Seguridad social y seguro social.
Las características de la Seguridad Social son:
a. Protege a toda la población de un país, porque se basa en una tesis universal.
b. Protege todos los riesgos y contingencias.
c. Concede todas las prestaciones posibles y necesarias.
d. Su financiamiento consta en el presupuesto del Estado. Corresponde al Estado
financiar y poner en marcha la Seguridad Social.
e. La Seguridad Social es una herramienta que ofrece a las personas los elementos
para su desarrollo.
Las características del seguro social son:
a. Protege sólo a los asalariados y a sus dependientes.
b. Cubre los riesgos fijados en la Ley.
c. Concede prestaciones determinadas en la Ley.
d. Se financia con las aportaciones de empleadores, trabajadores, calculados
mediante estudios demográficos y actuariales.
e. Se ajusta a la filosofía y técnica del seguro privado, es decir que el asegurado
contribuye con su salario.15
Responsabilidad del estado.
Reforzando y permitiendo que la Seguridad Social, “derecho irrenunciable de todas
las personas”, se fortalezca y sea una realidad en Ecuador, el Estado debe cumplir las
disposiciones constitucionales vigentes, asumiendo con seriedad este “deber y
responsabilidad primordial”.
Una inversión en las personas que potencia su capacidad para adaptarse a los
cambios de la economía y del mercado de trabajo, esta ayuda a la ciudadanía es
14 Guzmán Carrasco, Marco Antonio. Los Derechos Humanos: Editorial Prodedim,
Quito-Ecuador, 2016.p.123.
15 Seguridad social, Félix Azón Vilas, Escuela Nacional de la Judicatura ENJ, Santo
Domingo, República Dominicana, 2016.p.67.
14
retribuida al estado porque estos ciudadanos que están en condiciones adecuadas
físicas realizan actividades para incrementar la economía.
Desde el punto de vista del enfoque integral la seguridad social es un derecho humano
porque se da la razón de que el Estado debe garantizar a todo individuo en términos
de acceso, prestación del servicio, calidad y oportunidad.
Una de las definiciones de seguridad social es el que la define como un derecho
humano que es parte fundamental de la seguridad humana y es un componente
básico de esta, el fin de una sociedad equitativa es garantizar que todos los
ciudadanos vivan dignamente con todos los beneficios que les da el estado. Es por
esta razón que la seguridad es importante porque sirven para el desarrollo con
equidad de las naciones.16
Esta es la razón fundamental para admitir que la seguridad social como un derecho
humano, frente al argumento donde la liberación económica debilita los sistemas de
apoyo social.
Son las condiciones de la existencia humana que permiten al ser humano realizar sus
trabajos diarios o sus actividades normales usando su inteligencia y conciencia en
orden para satisfacer las exigencias que el trae la vida natural.
Son derechos que nacen con el ser humano solo por ser de la especie humana los
posee, que el ejerce por su desarrollo individual y social. Su alcance no solo ha
llegado a los derechos civiles y políticos, sino a los económicos, sociales y culturales.
Esta es la razón por la que los derechos humanos fundamentales de la seguridad
social está definido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, cuyo
artículo 22 establece que “Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho
a la seguridad social y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación
internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la
16 Bernal Pulido Carlos, 2016, El Derecho de los Derechos, Universidad Externado de
Colombia.p.78.
15
satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su
dignidad y al libre desarrollo de su personalidad”.17
Por su parte, el artículo XVI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes
del Hombre (1948) precisa que:
Toda persona tiene derecho a la seguridad social que lo proteja contra las
consecuencias de la desocupación, de la vejez y de la incapacidad que, proveniente
de cualquier otra causa ajena a su voluntad, la imposibilite física o mentalmente para
obtener los medios de subsistencia.18
El derecho a la seguridad social es un derecho humano fundamental, cualquier
violación de estos afecta a la sociedad de los pueblos todos liberales y jerárquicos.19
Definición Afiliación.
La palabra afiliación tiene su origen latino. Es la unión o la suma de varios
componentes muy bien delimitados:
El prefijo “ad-”, que significa “hacia”.
El sustantivo “filus”, que es sinónimo de “hijo”.
El elemento “-are”, que se usa para darle forma a formas verbales.
El sufijo “-cion”, que viene a indicar “acción y efecto”.
Afiliación es el acto y el resultado de afiliar. Del verbo adherir, apuntar, anotar o sumar
a un individuo a una asociación u organización.20
Al completar la afiliación a una entidad ya se convierte en afiliado. Adquirir esta
condición, la persona afiliada adquiere beneficios y derechos al igual que obligaciones.
La afiliación a una obra social, por otro lado, exige el pago de aportes mensuales.
17 Derechos Humanos, Orlando Taleva Salvat, Valletta Ediciones s.r.l., Buenos Aires
Argentina, 2015.p.145.
18DerechosHumanos,http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S018
5-16162014000200005
19 De Westfalia a Cosmópolis: Soberanía, ciudadanía, derechos humanos y justicia
económica global, Francisco Cortés Rodas y Felipe Piedrahita Ramírez, Bogotá
Colombia, 2015.p.123.
20 Américo Plá Rodriguez. 2016. Introducción a la Seguridad Social. Buenos Aires-
Argentina : s.n., 2016.p.209.
16
Mientras la persona mantenga su afiliación, podrá hacer uso de los servicios de la obra
social, recibiendo atención médica, adquiriendo medicamentos con descuento, entre
otros beneficios de ser afiliado.21
La afiliación es el procedimiento por medio del cual una persona se convierte en
afiliado porque ingresa a una corporación, una institución, a un movimiento político,
una obra social, un sindicato, un grupo, una sociedad, entre otros, como parte
integrante de la misma.
Procedimiento por el que una persona pasa a formar parte de una institución o
corporación y gozará como tal de derechos y también asumirá obligaciones.
La persona que ingresa a una institución o corporación se le llama afiliado y se
beneficiara de sus derechos y obligaciones como tal.
Siempre, la afiliación implicará una serie de derechos y deberes recíprocos entre el
afiliado por un lado y entre la institución en cuestión por otro.22
La Constitución de la República, la Ley de la Seguridad Social y el Código del Trabajo,
establecen la protección de la seguridad social a través de la afiliación al Seguro
Social Obligatorio, de todas las personas que realizan un trabajo con relación de
dependencia o sin ella, en particular:
El trabajador en relación de dependencia.
El trabajador autónomo.
El profesional en libre ejercicio.
El administrador o patrono de un negocio.
El dueño de una empresa unipersonal.
Trabajadores no remunerados del hogar.
El menor trabajador independiente y,
Los demás asegurados obligados al régimen del Seguro General Obligatorio en virtud
de leyes y decretos especiales.
El empleador está obligado a registrar al trabajador, con el aviso de entrada, desde el
primer día de labor y dentro de los 15 días siguientes al inicio de la relación laboral.
21 Definición de Afiliación, http://definicion.de/afiliacion/
22 Definición de afiliación, http://www.definicionabc.com/politica/afiliacion.ph
17
El empleador informará a través del Sistema de Historia Laboral en la web del IESS, la
modificación de sueldos, contingencias de enfermedad, separación del trabajador
(aviso de salida) u otra novedad; tres días después del hecho. Asimismo, pagará los
aportes mensuales de cada mes, entre el primero y 15 del mes siguiente de afiliado.
¿Cómo se inicia la afiliación?
Con el registro del empleador, en el Sistema de Historia Laboral, se solicita la “clave
de Empleador”.
¿Sobre la base de que sueldo o salario se pagan los aportes?
El aporte de los trabajadores con relación de dependencia, se calcula aplicando la tasa
de aportación al ingreso percibido por el trabajador, que no puede ser inferior al
establecido por el IESS.
¿Dónde y cómo obtener el certificado de obligaciones patronales?
Este certificado concede la Unidad de Afiliación y Control Patronal de la Dirección
Provincial del IESS y tiene vigencia de 30 días. Demuestra que el empleador no se
encuentra en mora en el pago de sus obligaciones patronales. Se requieren los
siguientes documentos:
Solicitud firmada por el empleador.
Copia de RUC.
Copia de cédula del Representante Legal a color.
Copia de papeleta de votación.
¿Cómo evitar la mora patronal?
Pagando oportunamente las obligaciones patronales hasta el 15 de cada mes, Al
registrar el aviso de entrada (de los trabajadores) entre los primeros 15 días, contados
desde la fecha de ingreso. El aviso de salida, se ingresa entre los tres días posteriores
al cese.
El estar en mora puede traer la responsabilidad patronal en las prestaciones a las que
accede el asegurado, en los Seguros de Salud, Pensiones, Riesgos del Trabajo y
Cesantía.
¿Cuáles son los reconocimientos para el empleador que paga puntualmente?
El empleador, que durante cinco (5) años consecutivos no incurre en mora patronal,
evasión, ni subdeclaración, se le exonera del pago patronal del 0.44%, durante los 3
meses siguientes, correspondiente a gastos administrativos.
18
El IESS publicará en la página web de su propiedad la nómina de los empleadores que
cumplen oportunamente sus obligaciones.
¿Por qué motivos se sanciona al empleador que no cumple?
NO estar registrado en el IESS. No exhibir los documentos de cumplimiento de
obligaciones. NO permitir su verificación.
La multa equivale al 4% de la última remuneración imponible. Tiene un plazo de 8 días
para pagarla.
La sanción impuesta puede ser impugnada en la Comisión Provincial de Prestaciones
y Controversias, sin perjuicio del derecho de ejercer las impugnaciones en la vía
judicial correspondiente conforme a la ley.
¿Qué es Responsabilidad Patronal?
Es el valor total de prestación otorgada al afiliado más el 10% de recargo o el valor
actuarial para cubrir las prestaciones que se otorgaron al afiliado, más intereses y
multas, que tiene que pagar el empleador al IESS.
¿Dónde se presentan los reclamos de los afilados?
Los reclamos por falta de afiliación o por incumplimiento de obligaciones al IESS se
presentan mediante un formulario que se encuentra en la página web o en forma
directa en las unidades de la respectiva Dirección Provincial del IESS. La investigación
se efectúa bajo estricta reserva.
El empleador podrá dar por terminado el contrato de trabajo, entre otras, por
denuncias injustificadas en el Seguro Social; pero si es justificada, se garantiza al
trabajador dos años de estabilidad en trabajos permanentes (Art. 172 numeral 6 del
Código de Trabajo).
¿Cuál es el salario mínimo de aportación?
A partir del 1 de enero de cada año, el IESS aplica las remuneraciones e ingresos
mínimos vigentes en ese año, según la categoría del trabajador, que no pueden ser
inferiores al salario básico mínimo unificado, aprobado por el Ministerio Laboral.
¿Existen diferentes tasas de aportación?
Si, depende del sector del trabajador. Las tasas de aportación están en la página web
del IESS, sección Empleador. Por ejemplo los trabajadores del sector privado tienen
19
una tasa de aportación del 20,60%, de los cuales el 11,15% corresponde al
empleador; y el 9,45% al trabajador.
Ventajas De estar Afiliado
Los afiliados al IESS están protegidos en la enfermedad, maternidad, desempleo,
accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, invalidez, desempleo y cuando
cumplen los requisitos para jubilarse, reciben pensiones y/o rentas vitalicias o
temporales.
Las personas que realizan trabajos en el hogar pueden afiliarse para tener cobertura
en la vejez, discapacidad, invalidez y muerte, con pensiones y auxilio de funerales.
Los derechos de los afiliados y afiliadas se extienden a los familiares, con atención
médica a los hijos (as) de hasta 18 años de edad. Cuando él o la afiliada/jubilada
fallece, el IESS paga los gastos por sus funerales; quienes generan rentas mensuales
para la viuda y huérfanos.
También, el IESS administra los fondos de reserva de los afiliados y afiliadas que
escogieron ahorrar en la Institución, y que sirve de garantía para el préstamo
quirografario.
El fondo de cesantía se devuelve al afiliado (a) cada vez que queda desempleado (a).
El valor de la cesantía sirve de garantía del préstamo quirografario.
Además, a través del banco del IESS concedemos préstamos hipotecarios,
quirografarios y prendarios.23
El Derecho a la Seguridad Social según la Constitución del Ecuador.
La salud es un concepto complejo que comprende: aspectos objetivos y subjetivos,
formales e informales, que se modifican con el tiempo a la vez que se modifica la
cultura y las condiciones sociales y ambientales de la sociedad.
La Organización Mundial de la Salud señala “Que el goce del grado máximo de salud
que se puede lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano y que
los gobiernos tienen responsabilidad en la salud de sus pueblos, la cual solo puede ser
cumplida mediante la adopción de medidas sanitarias y sociales adecuadas”; además
se manifiesta que la salud no es solo una meta deseable sola, sino que es un
elemento indispensable para el desarrollo económico de un pueblo, por lo tanto la
23 Afiliación al IESS, http://www.iess.gob.ec
20
salud y el desarrollo no son fenómenos que van en una sola dirección, sino elementos
interactivos con implicaciones de largo alcance.
Por esta razón la Asamblea Mundial de la Salud en la 23va asamblea de mayo de
1970 señaló “El análisis y la evaluación de datos sobre el estado de salud de la
población mundial y sobre las condiciones de higiene del medio, cuya protección y
cuyo mejoramiento son indispensables para la vida y la salud de la generación actual y
de las venideras, con objeto de determinar las tendencias generales de la situación
sanitaria del mundo y el establecer una estrategia adecuada respecto a las
orientaciones más eficaces a largo plazo para el desarrollo de la acción sanitaria y
para el progreso de las ciencias médicas”.
Para alcanzar un nuevo orden sanitario, hay que usar la atención primaria de salud,
que no es la solución polivalente de todos los problemas de asistencia médica
sanitaria, ni el único instrumento creador de la salud.
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social cuenta con una Comisión Especializada
para reembolso de gastos, los asegurados se vean en la obligación de hacer uso de
este para preservar la salud.
La OMS señala “Que la salud no es meramente la ausencia de una enfermedad
determinada, sino un estado de completo bienestar físico, mental y social, definición
aceptable, pero que no cabe llegar a sus últimas consecuencias: hay personas sanas
que no se encuadran en esta definición.
En el Suplemento del Registro Oficial No. 300 del día jueves 14 de octubre de 2010, el
Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, dicta una resolución, del tarifario del seguro
individual y de la familia para la atención medica de los asegurados, con las tarifas que
se pagan por atención médica y odontológica.24
La Seguridad Social está garantizada como derecho en los Artículos 367 al 374 de la
Constitución de la República, establece la responsabilidad y las funciones del Instituto
Ecuatoriano de Seguridad Social, el sistema de seguridad social es público y universal,
24 Sasso, Jimena.2016, La seguridad social en el Ecuador, historia y cifras (Cifras). En:
Actuar en mundos plurales. Boletín de Análisis de Políticas Públicas, Quito: FLACSO
sede Ecuador.p.120.
21
y se rige por los principios del sistema nacional de inclusión y equidad social y por los
de obligatoriedad, suficiencia, integración, solidaridad y subsidiaridad.
El pueblo ecuatoriano el 28 de septiembre de 2008, se pronunció por un proceso de
cambio en el país, al haberse aprobado la Constitución de la República en el Registro
Oficial 449 del 20 de octubre de dicho año, en el cual la salud es uno de los derechos
primordiales que garantizados por la Constitución.25
En el sector de la salud y la familia se encuentran algunos de los nuevos programas
de salud más importantes, la salud depende en gran parte del medio social y físico de
la familia y de su estilo de vida y su comportamiento.26
La Constitución vigente, en su artículo 34, inciso segundo dice: “El derecho a la
seguridad social es un derecho irrenunciable de todas las personas y será deber y
responsabilidad primordial del Estado”.
El inciso final establece que “El Estado garantizará y hará efectivo el ejercicio pleno del
derecho a la seguridad social, que incluye a las personas que realizan trabajo no
remunerado en los hogares, actividades para el auto sustento en el campo, toda forma
de trabajo autónomo y a quienes se encuentran en situación de desempleo”.
El artículo 371 de la Constitución, señala que las prestaciones de la seguridad
social se financian así: 1 con el aporte de los asegurados en relación de dependencia
y de sus empleadores; 2. con el aporte de las personas independientes aseguradas;
3. con los aportes voluntarios de los ecuatorianos domiciliados en el exterior; y, 4, con
los aportes y contribuciones del Estado.
El artículo 372 detalla que “Los fondos y reservas del seguro universal obligatorio
serán propios y distintos de los del fisco, y servirán para cumplir de forma adecuada
los fines de su creación y sus funciones. Ninguna institución del Estado podrá
intervenir o disponer de sus fondos y reservas, ni menoscabar su patrimonio”.
25 Constitución De La República Del Ecuador. Corporación de Estudios y
Publicaciones, Quito Ecuador, 2017.p.29.
26 Derechos Humanos, Orlando Taleva Salvat, Valletta Ediciones s.r.l., Buenos Aires
Argentina, 2017.p.112.
22
La Administración Pública y el Derecho a la Salud.
Las distintas administraciones públicas, de acuerdo al ordenamiento jurídico del país,
son instrumentos al servicio de los ciudadanos, porque su funcionamiento y
procedimientos, garantizan la adecuada gestión de los asuntos públicos; la salud, se
debe considerar en el dispositivo asistencial que cuida de su protección y tutela, para
establecer de forma clara las garantías para ejercer ese derecho constitucional a la
protección de salud, que está regulada en la Constitución de la República, en los Arts.
32, 358 al 366; además sobre la seguridad social tratan los Arts. 367 al 374.27
La promoción y fomento de la salud, son aquellas actividades, procedimientos,
intervenciones y guías de atención de carácter educativo e informativo, individual o
colectivo, tendientes a crear o reforzar conductas y estilos de vida saludables, y a
modificar o suprimir aquellos que no lo sean; a informar sobre riesgos, factores
protectores, enfermedades, servicio de salud, derecho y deberes de los ciudadanos en
salud, como también a promover, estimular, incentivar y concretar la participación
social en el manejo y solución de sus problemas.28
El derecho a la seguridad social según el Código del Trabajo.
El Código del Trabajo vigente, en su artículo 42, describe las obligaciones laborales
del empleador, pero la única de interés por ser considerada delito es el numeral 31
señalando que se encuentran tipificadas como delito únicamente, respecto a la
afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.29
31.- Inscribir a los trabajadores en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, desde
el primer día de labores, dando aviso de entrada dentro de los primeros quince días, y
dar avisos de salida, de las modificaciones de sueldos y salarios, de los accidentes de
trabajo y de las enfermedades profesionales, y cumplir con las demás obligaciones
previstas en las leyes sobre seguridad social.
27 Constitución De La República Del Ecuador. Corporación de Estudios y
Publicaciones, Quito Ecuador, 2013.p.29.
28DerechoConstitucional,http://www.derechoecuador.com/articulos/detalle/archive/doct
rinas/derechoconstitucional/2011/01/17/el-derecho-constitucional-a-la-salud
29Código del Trabajo. (2017). Código del Trabajo. Quito: Corporación de Estudios y
Publicaciones. p.8.
23
El derecho social comprende el derecho del trabajo, el derecho de la seguridad social
y el derecho agrario. El derecho del trabajo está directamente relacionado con el
derecho a la seguridad social por las relaciones obrero-patronales.30
El derecho a la seguridad social según la Ley del Seguro Social.
El Art. 1 de la Ley del Seguro Social menciona que “El seguro General Obligatorio
forma parte del Sistema Nacional de Seguridad Social y, como tal su organización y
funcionamiento se fundamentan en los principios de solidaridad, obligatoriedad,
universalidad, equidad, eficiencia, subsidiariedad, y suficiencia”.(Corporación de
estudios y publicaciones, 2013). 31
La seguridad social en el Ecuador debe basarse en estos principios enunciados en el
artículo antes citado, sin embargo principios como la obligatoriedad y universalidad
están aún lejos de alcanzar la progresividad de derechos que nuestra constitución
plantea por cuanto no se han dado avances significativos al respecto.
El Art. 2 de la Ley nos plantea quienes pueden acogerse a la seguridad social:
a) El trabajador con relación de Dependencia
b) El trabajador autónomo
c) El profesional en libre Ejercicio
d) El administrador o patrono de un negocio
e) El Dueño de una empresa unipersonal
f) El menor Trabajador independiente; y,
g) los demás asegurados obligados al régimen del Seguro General Obligatorio.
Hay dos riesgos que cubre directamente la seguridad social en el Ecuador:
a) enfermedad;
b) Maternidad;
Definición de Reincidencia.
La palabra reincidencia se deriva del latín, ya que es fruto de la suma de dos
componentes de dicha lengua:
30 Guía práctica laboral y de seguridad social, Pérez Chávez y Fol Olguín, Editores
Unidos, México México, 2016.p.56.
31 Ley De Seguridad Social.: Editorial Corporación de Estudios y Publicaciones, Quito
Ecuador, 2017.p.2.
24
El prefijo “re-”, que se usa para indicar repetición u otra vez.
El verbo “incidere”, que puede traducirse como “repetir”.
La reincidencia consiste en la repetición de alguna acción. En derecho, se usa este
concepto como referencia al hecho de cometer una misma clase de delito o acción
antijurídica más de una vez, dos o más veces.
Reincidir, consiste en reiterar una culpa. A nivel jurídico, comenzó a tomarse como
agravante de la responsabilidad en las primeras décadas del siglo XIX. Antes, sólo se
tenía en cuenta la responsabilidad en los delitos cometidos contra el patrimonio.
Desde el punto de vista legal, sólo puede caer en la reincidencia aquel que, con
anterioridad, fue condenado por algún delito. La reincidencia implica que la persona
tiene antecedentes penales.32
Reincidencia de la no afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
El Estado como ente regulador, para no fomentar la vulneración del derecho a la
seguridad social de cualquier ecuatoriano, ha creado y establecido leyes que son las
responsables de sancionar a la falta de afiliación del trabajador por cualquier
empleador, por lo tanto se hace un análisis tomando como base el Código Orgánico
Integral Penal pues es la norma sancionadora.
La no afiliación al seguro social por parte del empleador a cualquiera de sus
trabajadores es un delito, ya que vulnera el derecho a la seguridad social que tienen
todos los ciudadanos, además que vulnera otros derechos como el derecho a la salud,
el derecho a la vivienda, porque mediante el IESS se permite atención médica y se
puede pedir algún préstamo para la vivienda en caso de ser afiliado durante cierto
tiempo se otorga un préstamo o crédito entre los diferentes que poseen.
El artículo 242 sanciona un delito de relación directa con seguridad social,
concerniente a la retención ilegal de aportación a la seguridad social, detallando así:
La persona que retenga los aportes patronales o personales o efectúe los descuentos
por rehabilitación de tiempos de servicio o de dividendos de préstamos hipotecarios y
quirografarios de sus trabajadores y no los deposite en el Instituto Ecuatoriano de Se-
guridad Social dentro del plazo máximo de noventa días, contados a partir de la fecha
32 Definición de Reincidencia, http://definicion.de/reincidencia/
25
de la respectiva retención, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a
tres años.33
Para el efecto, la o el afectado, el Director General o el Director Provincial del Instituto
Ecuatoriano de Seguridad Social, en su caso, se dirigirá a la Fiscalía para que inicie la
investigación respectiva. Si se determina responsabilidad penal de la persona jurídica,
será sancionada con la clausura de sus locales o establecimientos, hasta que cancele
los valores adeudados.34
El artículo 243 señala: “En el caso de personas jurídicas que no cumplan con la
obligación de afiliar a uno o más de sus trabajadores al Instituto Ecuatoriano de
Seguridad Social, se impondrá la intervención de la entidad de control competente por
el tiempo necesario para precautelar los derechos de las y los trabajadores y serán
sancionadas con multa de 3 a 5 salarios básicos unificados del trabajador en general,
por cada empleado no afiliado, siempre que estas no abonen el valor respectivo dentro
del término de 48 horas después de haber sido notificado”.
Hay sanción en el artículo 244, cuando: “La o el empleador que no afilie a sus
trabajadores al seguro social obligatorio dentro de 30 días, contados a partir del primer
día de labores, será sancionado con pena privativa de libertad de 3 a 7 días. Las
penas previstas se impondrán siempre que la persona no abone el valor respectivo,
dentro del término de 48 horas después de haber sido notificado”.35
Todo empleador debe afiliar a sus trabajadores en relación de dependencia al Instituto
Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). La afiliación debe ser hecha desde el primer
día de labores, a través del aviso de entrada, el cual se tiene que generar en un
máximo de quince días desde ese momento.
La afiliación al IESS es la obligación del pago de los aportes personales y patronales.
Es obligación del trabajador entregar al IESS, por concepto de aporte personal, el
9.45% de su remuneración, valor que el empleador está facultado a retener. El
empleador pagará el 11.15%. El empleador deberá entregar al IESS el monto total de
33 Código Orgánico Integral Penal COIP, actualizado 2017.p.38.
34Derecho al trabajo y seguridad social,
http://www.derechoecuador.com/articulos/detalle/archive/doctrinas/derechopenal/2014/
09/24/derecho-al-trabajo-y-seguridad-social--nuevos-tipos-penales
35 Código Orgánico Integral Penal COIP, actualizado 2017.p.38.
26
las dos aportaciones descritas (20.60 % de la remuneración) dentro de 15 días desde
que se genera la planilla, es decir, los primeros 15 días de cada mes.36
La no afiliación de los trabajadores al IESS constituye una infracción de carácter penal
de acuerdo al COIP. Las penas por no afiliación son las siguientes: Cuando el
empleador es una persona jurídica: multa de 3 a 5 salarios básicos unificados del
trabajador en general, por cada trabajador no afiliado. La persona jurídica puede ser
intervenida por el organismo de control.
Cuando el empleador es una persona natural: prisión de tres a siete días. Las penas
para sancionar son puestas al empleador quien debe abonar dentro de 48 horas de
ser notificado.
Muy aparte de las sanciones, el no pago genera mora patronal y responsabilidad
patronal.
El trámite del pago se realiza a través de la página web del IESS. El IESS entrega al
empleador un documento en el que consta el valor total a pagar al IESS por concepto
de aportes por cada uno de los trabajadores de dicho empleador.37
El derecho a la seguridad social según el Estado.
El Estado es el ente responsable de proteger y garantizar que no se vulneren los
derechos de los ciudadanos, mediante las diferentes normativas que posee, como son
la Constitución, la Ley del Seguro Social, el Código del Trabajo y el Código Orgánico
Integral Penal, estas son las normativas base de análisis.
La seguridad social es el derecho de toda persona a acceder a protección básica para
satisfacer sus necesidades. Se fundamenta en los principios de solidaridad,
obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiariedad y suficiencia.38
36
Sasso, Jimena.2016, La seguridad social en el Ecuador, historia y cifras (Cifras). En:
Actuar en mundos plurales. Boletín de Análisis de Políticas Públicas, Quito: FLACSO
sede Ecuador.p.120.
37Consecuencias de no afiliar al trabajador, http://www.pbplaw.com/consecuencias-no-
afiliar-trabajadores-iess/
38 Seguridad social, Félix Azón Vilas, Escuela Nacional de la Judicatura ENJ, Santo
Domingo, República Dominicana, 2017.p.73
27
La Seguridad Social incluye temas como salud pública, seguro de riesgos de trabajo,
seguro campesino o planes de pensiones y jubilaciones, para asegurar niveles
mínimos de dignidad de vida a los ciudadanos. El Instituto Ecuatoriano de Seguridad
Social IESS, es una entidad pública creada en 1928 para prestar el servicio de
aseguramiento a los jubilados y trabajadores, y a sus cónyuges e hijos menores de 18
años.39
Se financia con las aportaciones obligatorias de las personas que mantienen un
contrato laboral con una empresa y sus patronos, así como de personas que quieren
aportar de manera voluntaria.
La Ley de Seguridad Social establece que los empleados con contrato laboral deben
de aportar el 9.35% de sus ingresos mensuales, monto que es descontado por sus
patronos y ellos a su vez lo pagan al IESS. Los patronos aportan con el 12.35% del
valor de los sueldos mensuales de sus trabajadores.
Los aportes que recibe el IESS permiten que sus accedan de manera gratuita a
atención en hospitales públicos y privados. Aparte hay beneficios como préstamo
hipotecario, préstamo quirografario, jubilación, cesantía, entre otros.40
El Estado debe ejecutar políticas sociales que garanticen y aseguren el bienestar de
los ciudadanos en áreas de la sanidad, la educación y todo el ámbito de la seguridad
social. Estos programas gubernamentales, financiados con los presupuestos estatales,
deben ser gratuitos, porque son posibles gracias a fondos procedentes del público, a
partir de las imposiciones fiscales con que el Estado grava a los propios ciudadanos.
El Estado genera un proceso de redistribución de la riqueza, porque las clases
inferiores de una sociedad son las más beneficiadas por una cobertura social que no
podrían alcanzar con sus propios ingresos.41
39 Sasso, Jimena.2011, La seguridad social en el Ecuador, historia y cifras (Cifras). En:
Actuar en mundos plurales. Boletín de Análisis de Políticas Públicas, Quito: FLACSO
sede Ecuador.p.105.
40 Sanchez, Carrión Gilberto. “Manual Práctico de Instrucción para Afiliados al IESS”.
2016.p.45.
41 Posso, Zumárraga Manuel. “Revolución de la Dignidad de los ecuatorianos por una
Seguridad Integral”.2016.p.34.
28
Jurisdicción comparada
Ley de seguridad social de España
Título I, Capítulo I, artículo I, derecho de los españoles a la seguridad, principios y
fines de la seguridad, Irrenunciabilidad de los derechos a la seguridad, delimitación de
funciones, con todos estos subtemas que se especifican en esta ley de España se
puede evidenciar la serie de cambios como la incorporación de la mujer al mundo
laboral, por los que esta ley ha pasado para llegar a la normativa que actualmente
posee España, para irse adaptando a la protección de las nuevas necesidades
surgidas, incluso adaptándose a las nuevas tecnologías.42
El logro de los últimos años de esta ley es que los organismos que la componen
reconocen y consolidan la gran labor realizada en estos años.
Con el reconocimiento de la realización y de control de las prestaciones familiares, de
la condición de la persona asegurada y beneficiaria, del derecho a las prestaciones
económicas del Sistema de la Seguridad Social son algunas de las funciones de su
Instituto de Seguridad Social.
Con esta distinción se puede observar que poseen muchas similitudes con nuestra ley
de seguridad social al igual que con la especificación de las funciones de nuestro
Seguro Social, entendiendo que por la revisión de la historia nosotros fuimos
colonizados por los españoles entonces tenemos muchos rasgos parecidos en nuestra
normativa jurídica, al igual que algunos otros países hermanos que también les ocurrió
lo mismo como es el caso de Colombia, por lo que corresponde realizar la
comparación de esta normativa y la de Argentina para notar algunas diferencias.
Ley de Seguridad Social de Colombia
La ley de Seguridad Social en Colombia establece que todos los trabajadores deben
estar amparados por el Régimen de Seguridad Social.
Siendo que la normativa en Seguridad Social en Salud tiene como objetivo regular el
servicio público esencial de salud y crear condiciones de acceso a toda la población al
servicio, en todos los niveles de atención.
42 Ley de Seguridad Social, actualizado 2017,p.1,Madrid-España.
29
Especificando que la afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud se
puede hacer a través del régimen contributivo, subsidiado y otros lo harán en forma
temporal como participantes vinculados.
La ley de Seguridad Social señala los artículos claves en el tema de la seguridad
social como el Artículo 4 Características del Sistema, Artículo 21 Obligaciones del
empleador, Artículo 23 Acciones de Cobro, Artículo 91 Sanciones, dejando en
evidencia que se asemeja mucho a nuestra normativa sobre seguridad social y al
Código Orgánico del Trabajo en su Artículo 21.43
Ley de Seguridad Social de Argentina
La afiliación al Sistema de Seguridad Social es obligatoria, es una obligación que
tienen los empleadores con sus trabajadores.
El ministerio de Trabajo señala: La no afiliación y el no pago de dos o más periodos
mensuales de cotización le acarreara al empleador multas sucesivas mensuales de
cotización
Con la sentencia de la Corte Constitucional, que dispone mediante sentencia 250 del
2004, señalando: El incumplimiento en la obligación de afiliar acarrea al empleador
drásticas sanciones económicas, previstas en la ley, como es asumir directamente el
riesgo del siniestro que se presente.
El empleador negligente tendrá que asumir todas las contingencias que sufra el
empleado como consecuencia del incumplimiento del deber de afiliación. Por lo que
según los artículos 11,15 y 16 de la Ley 776 del 2002, se encuentra en la obligación de
responder por la pensión de sobrevivientes, auxilio funerario e indemnizaciones
sustitutivas a las que hubiere lugar; debe responder ante los beneficiarios del
trabajador fallecido por todas estas prestaciones.44
La ley Argentina es más estricta en el cumplimiento de una obligación y en la
imposición de sanciones sean estas multas drásticas o prisión, por lo que es más
complicado cuando se produce un conflicto del no pago al afiliado, teniendo este tipo
de ley se debe pensar bien en las consecuencias que esto produciría para su empresa
y estabilidad económica, todos las adversidades que acarrea incumplir la norma.
43
Ley de Seguridad Social, actualizado 2017,p.1.Colombia. 44 Ley de Seguridad Social, actualizado 2017,p.4.Argentina.
30
1.3 Valoración crítica de los conceptos principales de las distintas posiciones
teóricas sobre el objeto de investigación.
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social es un institución que se encuentra
estipulado en la constitución, sus funciones y lo que comprende por lo que hay que
manifestar el punto objetivo de la normativa superior. De acuerdo a lo que se
manifiesta en la página oficial del Instituto Ecuatoriano de seguridad Social IESS,
según lo establecido en la Constitución de la República del Ecuador que fue aprobada
en el 28 de septiembre del 2008, esta institución es una entidad autónoma, con
personería jurídica, recursos propios diferentes al Fisco; y con estructura orgánica que
se ha ido actualizando. Se ha modificado el financiamiento y administración de las
contingencias cubiertas por esta institución.
Como el tema involucra como termino y actor principal al trabajador es importante
recalcar su importancia y aporte. En el diccionario jurídico de Guillermo Cabanellas la
definición de trabajador se refiere o lo define así; es quien trabaja; todo aquel que
realiza una labor socialmente útil. Laborioso o aplicado al trabajo. Entonces el
trabajador es la persona que realiza una labor o acción que se produce ingresos
económicos y que es útil para la sociedad.
Por la importancia que tiene la normativa laboral en la investigación se produce la
necesidad de hacer referencia al artículo para por medio de esto establecer su
relevancia y definición según la ley que corresponde. El Código del Trabajo en el
Artículo 9.- define al trabajador como la persona que se obliga a la prestación del
servicio o a la ejecución de la obra se denomina trabajador y puede ser empleado y
obrero.
En el Código del Trabajo en su Artículo 10.- define al empleador como la persona o
entidad, de cualquier clase que fuere, por cuenta u orden de la cual se ejecuta la obra
o a quien se presta el servicio, se denomina empresario o empleador.
También especifica que el Estado, los consejos provinciales, las municipalidades y
otras personas jurídicas de derecho público pueden ser empleadores respecto de los
obreros de las obras públicas, nacionales o locales. Estas obras no solo se refieren a
construcciones son también el mantenimiento de estas, es decir, la realización de todo
trabajo material prestado al servicio público, aun cuando se le hubiera extendido a los
31
obreros nombramiento y cualquier forma o periodo de pago. Es igual para los
empleadores de los obreros industriales que pueden ser explotados por particulares.
El derecho tiene varias definiciones, por lo que hay que tratar de especificar y detallar
las más relevantes para la investigación, aclarando que es una base fundamental para
la formación, siendo una de ellas que; es la facultad que tenemos todos los seres
humanos de exigir todo lo que la ley dispone a nuestro favor, pero esto tienen límites
ya que no se puede exigir todo lo que se nos ocurra. Los derechos están establecidos
en la normativa y nos protegen incluso desde el vientre materno, así lo establece la
Constitución y el Código Civil.
Siendo los principales términos de base fundamental para dejar detallado el rumbo de
la investigación, uno de los términos básicos son seguridad social. Según la página
oficial del seguro social se define a la seguridad social como el conjunto de normas y
principios que regula las áreas de la política social y económica del país, atreves de
varias instituciones busca proteger a los miembros que sufren ciertas condiciones de
necesidad asegurándoles condiciones de vida, salud y trabajo socialmente adecuados.
Al referirse a la afiliación resulta ser un término básico para la explicación de la
problemática. La Afiliación tiene diversas definiciones una de las que fue más
importante es la que lo reduce a que es el acto y resultado de afiliar, este verbo hace
referencia a la acción de adherir, apuntar, anotar o sumar a un individuo a una
asociación u organización.
Es de importancia jurídica que se especifiquen las normas y artículos más
fundamentales así como principales para enfocar el análisis. En el Artículo 1 de la Ley
del Seguro Social esta detallado los principales fundamentos del Seguro Social así; “El
seguro General Obligatorio forma parte del Sistema Nacional de Seguridad Social y,
como tal su organización y funcionamiento se fundamentan en los principios de
solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiariedad, y
suficiencia”.
Es una de las definiciones importantes en el tema para establecer y aclarar su
importancia se necesita de su descripción. La definición de reincidencia consiste en la
repetición de una acción o vicio. Se usa este concepto en el área del derecho para
hacer relación a un hecho de cometer la misma clase de delito en dos o más
oportunidades.
32
En conclusión, mediante estas definiciones más relevantes y fundamento doctrinarios
teóricos se ha podido establecer con mayor claridad el tema en investigación así como
delimitarlo en el área y base que se centra la investigación, con lo cual se explica
desde donde viene el origen del Seguro Social, de la seguridad social, de los
diferentes derechos relacionados, del trabajador y empleador, así como el fundamento
jurídico.
33
1.4 Conclusiones Parciales del Capítulo.
En este primer capítulo que corresponde al marco teórico, se agrupa toda la
información textual y fundamentos doctrinarios que tienen mayor importancia para
explicar el desarrollo del tema desde su origen etimológico, es decir, desde que la
mayoría de términos fueron creados en latín, se añade las definiciones de términos
que dan una clara idea del tema en investigación para que sirvan de explicación
propia y sencilla, luego se dividen los antecedentes de las definiciones para poder
detallar cada termino según su orden jerárquico, después se selecciona la
definición de términos más relevantes y se los resalta del resto.
Con el análisis de la fundamentación teórica de libros, revistas y otras
investigaciones anteriores se consigue llegar a la conclusión de que existe
reivindicación por el desconocimiento del trabajador a sus derechos y por la falta de
sanciones más fuertes en nuestra legislación, lastimosamente nuestra constitución
es una norma completa con derechos, garantías y principios pero debido a la poca
sociabilización de las normas más importantes la ciudadanía carece de un
conocimiento jurídico básico.
Se termina con la realización de una conclusión de todos los términos en general
para lograr tener un nivel claro de explicación sobre los orígenes y términos
relacionados con la progresividad de reincidencia de no afiliación al IESS por parte
del empleador a sus trabajadores.
34
CAPÍTULO II MARCO METOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA
2.1 Caracterización del sector, rama, empresa, contexto institucional o
problema seleccionado para la investigación.
En la Constitución de la República del Ecuador se especifica en el artículo 32 que la
salud es un derecho que brinda el Estado, en el artículo 33 detalla el derecho al
trabajo y en el artículo 34 señala que el derecho a la seguridad social es un derecho
irrenunciable, esta es la normativa suprema que se usa para investigación porque en
ella se establece los derechos de seguridad social y del trabajo que son considerados
por la declaración de las naciones unidas no solo como derechos primordiales sino
derechos humanos, del Código Orgánico Integral Penal porque en esta normativa
penal ya es considerado delito la reincidencia de la no afiliación al seguro social en su
artículo 242, el Código del Trabajo en su artículo 4 los derechos del trabajador son
irrenunciables y de la Ley del Seguro Social que son normas afines sobre los derechos
de los trabajadores y los beneficios que el Estado les brinda como afiliados al seguro
social así como por simplemente ser ciudadanos.
La investigación se realizó en la ciudad de Babahoyo, porque trata de la progresividad
en la reincidencia de la no afiliación al IESS por parte de los empleadores, por lo que
son los trabajadores de esta ciudad los que están siendo afectados al vulnerarse sus
derechos fundamentales como son el derecho al seguridad social, el derecho al
trabajo, el derecho a la salud e incluso se perjudica al financiamiento de la misma
institución que brinda beneficios a la ciudadanía.
Esta vulneración se incrementa o progresa debido a la falta de nuevas medidas de
control internas de los casos de no afiliación al seguro social, actualizando y creando
medidas porque todo va en evolución, estas medidas deben ser respaldadas por las
normas involucradas relacionadas con el problema además de realizar un análisis
jurídico y doctrinario para poder plasmar estas medidas en un documento, otro
aspecto que ayuda a esta progresividad es no tener una sanción más severa a los
empleadores que no afilian y a los que incurren en la reincidencia sanciones incluso
más severas que marquen una gran diferencia, a pesar de que ayuda mucho que ya
sea considerado delito.
35
Esto beneficiaría mucho a poder solucionar de forma pausada el problema para
finalmente llegar a disminuir esta progresividad que solo consiste en vulnerar los
derechos fundamentales.
2.2 Descripción del procedimiento metológico para el desarrollo de la
investigación.
La modalidad empleada en esta investigación es la cuali-cuantitativa, es cualitativa por
examina las diferentes teorías y definiciones sobre el tema investigado y el análisis de
lo examinado. Es cuantitativa por la operación y proceso que se realiza para conseguir
la población y muestra.
Los tipos de investigaciones utilizadas son:
Bibliográfica, histórica, descriptiva y explicativa.
Bibliográfica.-Toda información textual me permitió desarrollar y formar el marco
teórico que se desprendió de textos de la jurisdicción Ecuatoriana, revistas,
publicaciones, doctrina ecuatoriana encontrada en sitios web.
Histórica.- Trata del análisis de la doctrina e información que contiene el pasado del
tema que se investiga como son los antecedentes. Teniendo la autenticidad de la
información que se pretende realizar el análisis.
Descriptiva.- Esta trabaja sobre realidades de hecho y sobre interpretaciones
correctas como las encuestas, casos, exploratorios.
Explicativa.- Esta se trata de obtener la comprensión o entendimiento de un
fenómeno. Sobre las causas de los eventos físicos o sociales.
Los diversos métodos para complementar la investigación, se exponen brevemente a
continuación:
Método Inductivo.-Este método me ha sido de gran utilidad puesto que al investigar
los hechos particulares y analizar sus orígenes o causas nos permite entender que
tiene un factor común y por ende llegar a la generalidad partiendo de hechos aislados.
Método Deductivo.-Es de gran importancia, en el proceso de investigación, recorrer
el camino in verso al método inductivo, es decir observar como los hechos generales
afectan de manera particular.
36
Método de análisis.-Al revisar los resultados tanto de las encuesta como de las
investigaciones y al tabularlos y graficarlos, estoy generando un proceso intelectual
de análisis.
Método de síntesis.- La aplicación de este método ha sido de gran importancia a la
hora de generar conclusiones en base a la gran cantidad de información recibida y
luego del análisis realizado.
Método Histórico.-Porque se realizó una retrospección para conocer si la ley de
elecciones había sido modificada últimamente o esta forma de elegir se había
mantenido en el tiempo desde los códigos anteriores.
Método Descriptivo.-El problema objeto de esta investigación necesita del método
descriptivo puesto que le permite desarrollar una secuencia lógica donde las
conclusiones y resultados obtenidos grafiquen el sustento sociológico y científico para
llegar al escenario final.
Las técnicas de recolección de información son:
La Entrevista: es un acto de comunicación oral que se establece entre dos o más
personas (el entrevistador y el entrevistado o entrevistados) en la que una persona
hace a otra una serie de preguntas sobre un tema determinado con el fin de obtener
información o una opinión. Para realizarla adecuadamente, el entrevistador debe llevar
un guion previamente elaborado y estar listo para hacer preguntas en función de las
respuestas del entrevistado.
La Encuesta: Se empleó porque es una búsqueda sistemática de información en la
que el investigador pregunta a los investigados sobre los datos que desea obtener, y
posteriormente reúne estos datos individuales para obtener durante la evaluación
datos agregados. Con la encuesta se trata de obtener, de manera sistemática y
ordenada, información sobre las variables que intervienen en una investigación, y esto
sobre una población o muestra determinada.
Los instrumentos usados son:
Cuestionario de Encuestas: Se utilizó cuestionarios para la aplicación de las
encuestas que nos permitió sacar conclusiones validas, que sustentaron los resultados
y propuestas de esta investigación.
37
Población y Muestra
Mediante los datos proporcionados por los registros con fecha de corte febrero del
2016 del sistema de estadísticas del IESS BI, registra en la provincia de Los Ríos un
población afiliada de 89.934 trabajadores incluido seguro social campesino Vs 27.090
empleadores registrados, es decir aplicando el siguiente indicador: Numerador: Total
de número de afiliados registrados; Denominador: Total de número de empleadores
registrados= 89.934/27.090= 3.319.
Con el siguiente indicador se mide que cada empleador registra 3.319 empleados,
evidenciándose una clara vulnerabilidad de derechos hacia la población afiliada
dependiente, y falta de beneficios tanto para ellos y para sus derechohabientes. Como
no se provee información ni siquiera tan exacta sobre los empleados que han pasado
por esta problemática o de algún proceso por esta causa, tomamos a 100 ciudadanos
Babahoyenses mayores de edad que sean laboralmente activos.
COMPOSICIÓN POBLACIÓN
POBLACIÓN ADULTA LABORAL ACTIVA 90
FUNCIONARIOS DEL IESS 10
TOTAL 100
n=283.85
P=0.5
Q=0.5
N=100
e2=0.05
Z2= (1.96)2
Z2 P.Q.N
E2(N - 1) + Z2.P.Q
38
n = (1.96)2(0.5). (0.5).100
(0.05)2(100-1) + (1.96)2 (0.5) (0.5)
n= (3.8416) (0.5) (0.5).100
(0.0025)(99) + (3.8416) (0.5) (0.5)
n= 342.8628
0.2475+0.9604
342.8628
1.2079
n= 283.85 aproximadamente
39
Encuesta
Preguntas
1. ¿Conoce usted lo que es un derecho laboral?
a) Si
b) No
Opciones Individuos
SI 199
NO 84
TOTAL 283
Análisis:
La pregunta #1 obtuvo como mayoría el 70% de ciudadanos indicando que la mayoría
de los entrevistados respondió que conocía que es un derecho laboral, lo cual
corresponde a la opción a, pero cuando se le preguntó sobre una definición más clara
desde el punto de vista jurídico, nos supieron manifestar la mayoría desconocían a
donde buscar o asesorarse por eso es que no se conoce no hay instrucción o
preparación, por lo tanto aun la ciudadanía no lo sabe.
70%
30%
PREGUNTA 1
Si
No
40
2. ¿Conoce usted lo que es el derecho a la seguridad social?
a) Si
b) No
Opciones Individuos
SI 57
NO 226
TOTAL 283
Análisis:
La pregunta #2 obtuvo como mayoría el 80% de ciudadanos indicando que la mayoría
de los entrevistados respondió que no conocía que es el derecho a la seguridad social,
lo cual corresponde a la opción b, pero cuando se le preguntó sobre porque no han
conseguido información sobre el derecho a la seguridad social, nos supieron
manifestar la mayoría que desconocían a donde buscar o asesorarse por eso es que
no se conoce, por lo tanto aun la ciudadanía desconoce del tema.
20%
80%
PREGUNTA 2
Si
No
41
3. ¿Conoce usted que es afiliación al seguro social?
a) Si
b) No
Opciones Individuos
SI 226
NO 57
TOTAL 283
Análisis:
La pregunta #3 obtuvo como mayoría el 80% de ciudadanos indicando que la mayoría
de los entrevistados respondió que conocía que es afiliación al seguro social, lo cual
corresponde a la opción a, pero cuando se le preguntó sobre una definición más clara
desde el punto de vista jurídico, nos supieron manifestar la mayoría que desconocían
a donde buscar o asesorarse por eso es que no se conoce, no hay instrucción, por lo
tanto aun la ciudadanía tiene desconocimiento de sus derechos constitucionales.
80%
20%
PREGUNTA 3
Si
No
42
4. ¿Sabe usted si los derechos están establecidos en la norma superior como es
la Constitución de la República del Ecuador?
a) Si
b) No
Opciones Individuos
SI 113
NO 170
TOTAL 283
Análisis:
La pregunta #4 obtuvo como mayoría el 60% de ciudadanos indicando que la mayoría
de los entrevistados respondió que no conocía si los derechos están establecidos en la
norma superior como es la Constitución de la República del Ecuador, lo cual
corresponde a la opción b, pero cuando se le preguntó sobre si conocía donde
estaban los derechos desde el punto de vista jurídico, nos supieron manifestar la
mayoría desconocían a donde buscar o asesorarse por eso es que no se conoce, por
lo tanto aun la ciudadanía tiene desconocimiento de sus derechos constitucionales.
40%
60%
PREGUNTA 4
Si
No
43
5. ¿Conoce usted la definición de trabajador y sus derechos?
a) Si
b) No
Opciones Individuos
SI 113
NO 170
TOTAL 283
Análisis:
La pregunta #5 obtuvo como mayoría el 60% de ciudadanos indicando que la mayoría
de los entrevistados respondió que no conocía la definición de trabajador y sus
derechos, lo cual corresponde a la opción b, pero cuando se le preguntó sobre una
definición más clara desde el punto de vista jurídico, nos supieron manifestar la
mayoría desconocían a donde buscar o asesorarse por eso es que no se conoce, por
lo tanto aun la ciudadanía tiene desconocimiento de sus derechos constitucionales.
Si 40%
No 60%
PREGUNTA 5
Si
No
44
6. ¿Conoce usted la definición de empleador?
a) Si
b) No
Opciones Individuos
SI 199
NO 84
TOTAL 283
Análisis:
La pregunta #6 obtuvo como mayoría el 70% de ciudadanos indicando que la mayoría
de los entrevistados respondió que conocía la definición de empleador, lo cual
corresponde a la opción a, pero cuando se le preguntó sobre una definición más clara
desde el punto de vista jurídico, nos supieron manifestar la mayoría desconocían a
donde buscar o asesorarse por eso es que no se conoce, por lo tanto aun la
ciudadanía no lo sabe.
70%
30%
PREGUNTA 6
Si
No
45
7. ¿Sabe usted la responsabilidad que tiene que cumplir el empleador sobre la
afiliación al seguro social del trabajador y porqué?
a) Si
b) No
Opciones Individuos
SI 28
NO 255
TOTAL 283
Análisis:
La pregunta #7 obtuvo como mayoría el 90% de ciudadanos indicando que la mayoría
de los entrevistados respondió que no conocía, lo cual corresponde a la opción b, pero
cuando se le preguntó sobre una definición más clara desde el punto de vista jurídico,
nos supieron manifestar la mayoría desconocían a donde buscar o asesorarse por eso
es que no se conoce, por lo tanto aun la ciudadanía tiene desconocimiento de sus
derechos constitucionales y laborales.
10%
90%
PREGUNTA 7
Si
No
46
8. ¿Sabe usted la definición de reincidencia?
a) Si
b) No
Opciones Individuos
SI 226
NO 57
TOTAL 283
Análisis:
La pregunta #8 obtuvo como mayoría el 80% de ciudadanos indicando que la mayoría
de los entrevistados respondió que conocía, lo cual corresponde a la opción a, pero
cuando se le preguntó sobre una definición más clara desde el punto de vista jurídico,
nos supieron manifestar la mayoría desconocían a donde buscar o asesorarse por eso
es que no se conoce, por lo tanto aun la ciudadanía no lo sabe ciertos términos
jurídicos básicos.
80%
20%
PREGUNTA 8
Si
No
47
9. ¿Conoce las sanciones al empleador por no afiliar al seguro social al
trabajador?
a) Si
b) No
Opciones Individuos
SI 42
NO 241
TOTAL 283
Análisis:
La pregunta #9 obtuvo como mayoría el 85% de ciudadanos indicando que la mayoría
de los entrevistados respondió que no conocía, lo cual corresponde a la opción b, pero
cuando se le preguntó sobre una definición más clara desde el punto de vista jurídico,
nos supieron manifestar la mayoría desconocían a donde buscar o asesorarse por eso
es que no se conoce, por lo tanto aun la ciudadanía tiene desconocimiento de sus
derechos constitucionales y de las sanciones por la violación de ellos.
15%
85%
PREGUNTA 9
Si
No
48
Conclusiones de la encuesta
Usando la entrevista como herramienta para conseguir datos validos sobre la
población propuesta y la muestra de esta investigación en la ciudad de Babahoyo, se
evidencia que hay un desconocimiento en los asuntos relacionados con los derechos
del trabajador establecidos en la Constitución de la República del Ecuador, así como
las responsabilidades del empleador, la sanción del empleador y para terminar sobre
ciertos términos básicos para entender la problemática, por lo tanto es de mucha
utilidad realizar este estudio jurídico doctrinario que determine las medidas de control
internas sustentadas para reducir la progresividad de reincidencia de no afiliación al
Instituto Ecuatoriano Seguridad Social por parte del empleador a sus trabajadores.
Para poder servir en beneficio de la sociedad, con el cumplimiento de esta
investigación, luego de obtener los datos válidos de las encuestas se tiene como clara
evidencia que en la mayoría existe un desconocimiento del 70% de los temas
relacionados con los derechos laborales, el Estado debe tener un mayor interés y
plantear medidas más rígidas para sancionar al empleador que no cancela en primera
ocasión el pago de su derecho de afiliación al seguro social.
49
2.3 Propuesta del investigador: modelo, sistema, metología, procedimiento,
entre otros, que realice el investigador.
Desarrollo del estudio jurídico doctrinario que determine las medidas de control
internas sustentadas para reducir la progresividad de reincidencia de no afiliación al
Instituto Ecuatoriano Seguridad Social por parte del empleador a sus trabajadores.
Justificación haciendo una síntesis del caso
Desde el principio de esta investigación se propuso desarrollar un estudio jurídico
doctrinario por lo que para iniciar con este estudio se debe especificar detalladamente
y justificar de donde nació el problema, la necesidad de solucionarlo así como la
propuesta que le da solución.
La importancia del tema que es la progresividad de reincidencia de no afiliación al
Instituto Ecuatoriano Seguridad Social por parte del empleador a sus trabajadores
nace debido al constante incremento de los trabajadores que se encuentran
indefensos porque sus empleadores no han cancelado su derecho a la seguridad
social, lo cual los hace caer en mora patronal e impedir que ellos se puedan atender
en esta institución por causa de estar debiendo.
En el IESS de la ciudad de Babahoyo se observa que existe poco interés por
implementar estrategias del control de afiliación, y control de la Mora Patronal para
solucionar estos problemas de la forma más acertada, por lo cual los empleados o
trabajadores se ven afectados, ya que no perciben sus prestaciones ni beneficios que
tiene a su disposición el IESS. Con lo que se produce un perjuicio en la economía y la
misma salud se ve afectada a consecuencia de malos empleadores que no afilian a
sus empleados, o peor aún descuentan de sus haberes la aportación al IESS y fondos
de reserva y no depositan, no pagan, cayendo así en mora patronal, con lo cual se
llega a la pérdida de derechos para todos los beneficios y prestaciones, con lo cual se
observa que del problema se desprenden o producen otros problemas que pueden
incrementarse y convertirse en problemas más graves.
Existe jurisprudencia en la que se establece claramente que la Ley de Seguridad
Social no obliga a los representantes legales de ninguna compañía, a afiliarse al IESS.
El punto fundamental es conocer si el mandato es general o no, pues si se limita al
régimen interno de la empresa, su relación sí se rige por el Código del Trabajo.
50
El IESS Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social considera que el derecho a la
seguridad social es irrenunciable, que este se rige por los principios de solidaridad,
obligatoriedad, universalidad, entre otros; y que el seguro universal obligatorio se
extiende a toda la población urbana y rural, con independencia de su situación laboral,
por lo que concluye y exige, contradictoriamente, que los administradores o patronos
de un negocio tienen que estar afiliados al IESS.
Las personas que trabajan sin relación de dependencia deberán afiliarse de manera
obligatoria al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), según lo resolvió esta
entidad el lunes pasado. Se considera trabajador sin relación de dependencia a los
trabajadores autónomos, profesionales en libre ejercicio, administradores o patronos
de un negocio y los dueños de una empresa unipersonal. Están incluidos taxistas,
vendedores, artesanos, zapateros, peluqueros, transportistas, médicos en libre
ejercicio, gerentes, entre otros. Esto siempre ha sido obligatorio desde el 2001 cuando
se promulgó la Ley de Seguridad Social, pero el IESS nunca lo había reglamentado.
Hace 13 años la Ley de Seguridad Social estableció la obligatoriedad de afiliación para
trabajadores con y sin relación de dependencia. Pero estos últimos no habían podido
afiliarse por falta de reglamentación. Esto provocó, que en algunas empresas se haya
obligado afiliar a sus representantes legales o gerentes e incluirlos dentro de la
nómina, cuando ellos no son trabajadores en relación de dependencia. Ellos tenían
que haberse afiliado por cuenta propia. “Inclusive el IESS ha multado a empresas por
no tener afiliado al gerente”, explica. Estos y todos los trabajadores sin relación de
dependencia pasarán a ser parte del llamado “régimen de afiliación obligatoria
aplicable a personas sin relación de dependencia”.
El IESS estableció que estos trabajadores aportarán el 20,6% de sus salarios
mensuales. Fernando Cordero, titular del Directorio del Seguro Social, explicó el
jueves pasado que este valor se cobrará sobre los “ingresos reales”. “No aceptaremos
que un gerente que gane USD 5 000 aporte sobre los USD 340. Notificaremos a los
afiliados para que aporten sobre sus salarios reales”. Esta norma, le faculta al IESS a
hacer controles. La disposición transitoria segunda de la resolución 464 establece que
la Dirección Nacional de Afiliación y Cobertura verificará y registrará a los afiliados del
IESS en el régimen de aseguramiento que les corresponda.
En la resolución se establece que el Seguro Social cruzará información con el Servicio
de Rentas Internas (SRI) y el Ministerio de Trabajo para evitar elusión; es decir,
51
aportar sobre un salario menor al real. La reglamentación también establece que el
afiliado sin relación de dependencia podrá registrar el aviso de salida del IESS en
cualquier momento que pierda sus ingresos. Si el IESS determina que se ha registrado
un aviso de salida sin pérdida de ingresos, cobrará los aportes adeudados más
recargos por los intereses y multas correspondientes.
Por lo tanto una vez explicado donde se encuentra el punto claro del problema es decir
donde se desarrolla, se trata de dar solución mediante el manejo y exposición de la
normativa como es la Constitución de la República del Ecuador, el Código del Trabajo
y la Ley de Seguridad Social, ya que estas son las normativas que están actualmente
vigentes para proteger los derechos de los empleados o trabajadores para así evitar la
progresividad de reincidencia de no afiliación del empleador a sus trabajadores al
IESS y con ello reducir la explotación laboral, y crear equidad laboral, al igual que
también se considera delito cuando el empleador retiene sin una justificación
establecida en la ley o no cancela al IESS la aportación de su o sus empleados o
trabajadores entonces la sanción es impuesta por la normativa vigente del Código
Orgánico Integral Penal en su artículo 242.
Implementando una solución jurídica, mediante el análisis de todos los métodos e
instrumentos que se poseen para la investigación jurídica, como la población y
muestra, realizando la encuesta con preguntas debidamente analizadas sobre el tema,
fundamentando con la opinión de ciertos doctrinarios, se logrará darle forma y sentido
para conseguir una solución analítica del tema, conseguir el estudio jurídico doctrinario
para evitar que se sigan cometiendo esta violación de derechos de los empleados o
trabajadores y quede establecido que de este problema se desprenden otros con
consecuencias perjudiciales para la ciudadanía que desempeña alguna función laboral
por lo tanto esto también repercute en la economía de nuestra ciudad y país.
52
Solución propuesta del problema
Los derechos constitucionales al trabajo y a la afiliación al seguro social son derechos
que el estado debe proteger con mayor cuidado y tomar medidas más fuertes para las
sanciones en caso de que fueren vulnerados. Con esta investigación en sus diferentes
etapas como en este segundo capítulo, se han obtenido datos válidos mediante las
encuestas hechas con preguntas relacionadas directamente al tema en problemática.
La solución para disminuir o eliminar esta progresividad de reincidencia de no afiliación
al IESS por parte del empleador a sus trabajadores, es elaborar un documento jurídico
doctrinario que determine las medidas de control internas sustentadas para reducir la
progresividad de reincidencia de no afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad
Social por parte del empleador a sus trabajadores porque al tener un conocimiento
claro del origen del problema se puede analizar sus consecuencias y tomar medidas
más directas para que se elimine esta progresividad que viola el derecho del
trabajador.
Se analiza paso a paso las diferentes etapas para poder fundamentar jurídicamente
cada una de ellas, con el propósito de obtener información real que sirva de apoyo
fundamentado y valido para tomar las medidas más eficaces así de esta forma la
solución a esta problemática toma mayor validez ya que son datos reales y validados
por los entendidos en la materia, abogados en el ejercicio de sus funciones que ven
día a día como los derechos de los trabajadores siguen siendo vulnerados.
Por lo que es de vital importancia que el estado ponga mayor interés en plantear
medidas de control más rígidas así como sanciones más fuertes para los que reincidan
en el problema, se evidencia también que los trabajadores no informan de los
inconvenientes que poseen con el empleador por temor a perder su fuente de
ingresos, y esto es debido a la falta de apoyo que sienten por parte de las instituciones
del estado encargadas en esta rama laboral y por el desconocimiento de las acciones
a tomar en caso de inconvenientes laborales con el empleador.
53
Documento jurídico doctrinario que determine las medidas de control internas
sustentadas para reducir la progresividad de reincidencia de no afiliación al
Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social por parte del empleador a sus
trabajadores
Teniendo como base la Constitución de la República del Ecuador (Art.3, 33,34, 370,
371), Código de Trabajo (Art. 4,9, 10, 42, 43) y la Ley de Seguridad Social (Art. 73).
El artículo 34 de la Constitución de la República establece el derecho a la seguridad
social como un derecho irrenunciable de todas las personas deber y responsabilidad
primordial del Estado.
El artículo 370 de la Constitución de la República establece el Instituto Ecuatoriano de
Seguridad Social es una entidad autónoma, regulada por la Ley, responsable de la
prestación de las contingencias del seguro universal obligatorio a sus afiliados, esta
autonomía le permite al IESS, crear su propia normativa interna.
El artículo 371 de la Constitución de la República establece que las prestaciones de la
seguridad social se financiarán con el aporte de las personas aseguradas en relación
de dependencia y de sus empleadoras o empleadores; con los aportes de las
personas independientes aseguradas; con los aportes voluntarios de las ecuatorianas
y ecuatorianos domiciliados en el exterior; y con los aportes y contribuciones del
Estado.
Para algunos juristas consideran los derechos de seguridad social y el derecho al
trabajo así como los derechos afines a estos partes del conjunto que es definido como
derechos humanos:
Según el doctrinario Rubio Carracedo, la “Declaración Universal de Derechos
Humanos”, aprobada por la ONU a finales de 1948, es el primer documento con
validez política y moral internacionalmente vinculante no sólo para los Estados entre sí
y respecto a sus nacionales, sino también para los individuos respecto de su Estado.
De acuerdo con el doctrinario Norberto Bobbio, el problema de fondo relativo a los
derechos del hombre es hoy no tanto de justificarlos el, coo el de protegerlos. Es un
problema no filosófico, sino político.
Jurguen Habermas y Castles aseguran que la pretendida universalidad del ideal de los
derechos humanos choca con la estratificación y jerarquización del mundo
contemporáneo.
54
La apuesta de Jurguen Habermas es clara: si bien los derechos humanos
conservan una sustancia moral que les otorga cierta legitimación, ésta sólo sería
válida para las sociedades liberales y democráticas, en su interior, y para las
relaciones entre un limitado número de Estados occidentales.
El italiano Ferrajoli, quien afirma que la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración
Universal de los Derechos Humanos de 1948 y las consecuentes
normas internacionales humanitarias constituyen un primer paso hacia el
constitucionalismo global, posición según la cual las críticas de diversa índole no
tendrían lugar porque abordan temas ya superados por el derecho, pretenden discutir
lo indiscutible y pretenden problematizar una decisión de lo indecidible.
Jorge Zavala Egas señala que la Constitución de Ecuador de 2008 es de un claro
corte Ferrajoliano para referirse al pensamiento de un reconocido filósofo D. Luigi
Ferrajoli, que es considerado por constitucionalistas como Miguel Carbonell como un
neo constitucionalista, aunque el Prof. Ferrajoli como es conocido se proclama como
positivista crítico.
De manera similar, Ignatieff (2003) ha argumentado que en las últimas décadas el
discurso de los derechos humanos ha adoptado el esquema de una religión secular
que cada vez se extiende más y más.
Posible solución del problema
Por lo tanto este documento jurídico contiene esta normativa y las siguientes medidas
de control internas especificadas para evitar la progresividad de reincidencia de no
afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social por parte del empleador a sus
trabajadores:
Determinar el derecho o derechos de los trabajadores que está siendo vulnerado con
orden de prioridad.
Determinar qué grupo de la población es el que está siendo más afectado
directamente por la progresividad de reincidencia de no afiliación.
Analizar la Constitución de la República, para establecer la normativa que protege los
derechos que están siendo vulnerados por la progresividad de la no afiliación.
55
Analizar el Código de Trabajo, para establecer la normativa que protege los derechos
que están siendo vulnerados por la progresividad de la no afiliación.
Analizar la Ley de Seguridad Social, para establecer la normativa que protege los
derechos que están siendo vulnerados por la progresividad de la no afiliación.
Especificar los Tratados internacionales ratificados o suscritos por el Estado referentes
al derecho o derechos vulnerados por la progresividad de la no afiliación.
Realizar un análisis normativo de orden jerárquico para establecer la norma que rige a
las otras y protege los derechos con prioridad además de que si existe un problema de
interpretación de las normas.
Analizar y determinar si hay que hacer reformas a las normativas para garantizar la
protección del derecho o derechos que están siendo vulnerados por la progresividad
de la no afiliación.
Establecer las herramientas jurídicas que posee la Constitución de la República, como
las acciones que posee para garantizar los derechos.
Realizar encuestas a la población de diversas partes de la ciudadanía para establecer
la opinión de los consultados sobre la propuesta.
Realizar consultas a personas experimentadas y que tengan conocimiento sobre la
rama jurídica para establecer si estas medidas están elaboradas de forma coherente al
problema y la validación de la propuesta.
Realizar protocolos de control sobre diversos sectores o áreas de los afiliados que han
sido vulnerados en su derecho a la seguridad social.
Realizar controles periódicos del área jurídica sobre los procesos que se realizan en
contra de los empleadores que han vulnerado el derecho de afiliación de sus
trabajadores o que son reincidentes.
Asegurar que todas las acciones institucionales en la entidad se desarrollen en el
marco de las normas constitucionales, legales y reglamentarias.
Aplicación de las recomendaciones resultantes de las evaluaciones de control interno.
Establecimiento de sistemas modernos de información que faciliten la gestión y el
control.
Organización de métodos confiables para la evaluación de la gestión.
56
Establecimiento de programas de inducción, capacitación y actualización en el tema
laboral de la reincidencia a los directivos y demás personal así como a las personas
naturales.
Simplificación y actualización de normas y procedimientos en el área laboral.
Verificar que se están cumpliendo con todas las normas tanto tributarias, fiscales y
civiles.
57
2.4 Conclusiones Parciales del Capítulo.
En este capítulo que corresponde al segundo, se especifican los tipos de
investigación, los métodos, técnicas, instrumentos y herramientas usados en este
trabajo, se obtiene la población y muestra para realizar la encuesta con preguntas
debidamente analizadas de donde saldrán los resultados que tendrán validez para
darle mayor fundamento y veracidad a la solución propuesta en esta investigación.
Por lo tanto con esta propuesta que se divide en varias etapas como la justificación del
tema para fundamentar claramente la necesidad de darle solución así como de donde
nació el problema, la base legal que son las leyes o normativa que sirve de respaldo
jurídico, opinión de doctrinarios en la materia que sirve para sustentar y fundamentar el
problema desde el punto de vista de los entendidos en la materia así como de dar
diversas soluciones, para con estos datos analizados llegar a la solución propuesta
más idónea para disminuir o eliminar la progresividad de reincidencia de no afiliación
al IESS por parte del empleador a sus trabajadores.
58
CAPÍTULO III VALIDACIÓN Y/O EVALUACIÓN DE RESULTADOS DE SU
APLICACIÓN
3.1 Procedimiento de la aplicación de los resultados de la investigación.
En esta investigación se usaron métodos, técnicas e instrumentos aplicados, lo que
llevó a los resultados de la propuesta. Esta investigación se llevó a cabo en la ciudad
de Babahoyo en el Instituto Ecuatoriana de Seguridad Social IESS es el encargado de
resolver todos los inconvenientes en los procesos de afiliación de los trabajadores por
los empleadores tomando como base las normativas de la Constitución de la
República del Ecuador, el Código del Trabajo y la ley de Seguridad Social, en caso de
la reincidencia están estas normativas de diferentes ramas jurídicas al igual que el
Código Orgánico Integral Penal considera y establece a la no afiliación como un delito
por el cual especifica su sanción.
Este tema es muy importante porque gracias a los aportes de los afiliados se financia
el IESS y para evitar que se vulneren los derechos de seguridad social y de trabajo
además los derechos que dependen de estos.
3.2 Análisis de los resultados finales de la investigación.
En esta etapa de la investigación que tiene por objeto autenticar y validar la propuesta
que consiste en elaborar un documento jurídico doctrinario que determine las medidas
de control internas sustentadas para reducir la progresividad de reincidencia de no
afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social por parte del empleador a sus
trabajadores, para lo que se contará con la opinión de profesionales con años de
experiencia en la práctica jurídica y que se han enfrentado en el libre ejercicio a este
problema así como a sus consecuencias, con estas opiniones se logrará dar
veracidad, autenticidad y validez a la problemática así como a la propuesta de solución
planteada.
La validación de la propuesta de solución como es elaborar un documento jurídico
doctrinario que determine las medidas de control internas sustentadas para reducir la
progresividad de reincidencia de no afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad
Social por parte del empleador a sus trabajadores,se realizó con la ayuda de la opinión
de los profesionales expertos al utilizar el método de consulta, se buscó a dos
profesionales expertos en la práctica jurídica para que puedan manifestar sus
conocimientos de años de experiencia en la rama de la investigación y por lo tanto con
59
su opinión se pueda fundamentar así como validar la propuesta de solución planteada,
ya que hay que plantear a futuro la solución.
Entonces con un análisis que contenga todos los inconvenientes que produce la
problemática se irá fundamentado y seleccionando las medidas de control internas
mediante la base de las normativas vigentes relacionadas así se logrará reducir la
progresividad de reincidencia de la no afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad
Social por parte del empleador a sus trabajadores en la ciudad de Babahoyo, atacando
a la problemática desde adentro con las medidas de control internas será una mejoría
que progresará paso a paso siempre que sea sustentada con la importancia del
Estado y una de las medidas sería sanciones más fuertes por la reincidencia de la no
afiliación que sea culpable el mismo empleador.
Validación por experto en la materia
Yo, Ab. Milton Delfín Altamirano Medina, portador de la cédula de ciudadanía N°
120091881-9, de profesión abogado, luego de haber revisado la propuesta titulada
“Progresividad de reincidencia de no afiliación al IESS por parte del empleador a sus
trabajadores” elaborado por la Srta. Aurelia María Valdez Vallejo con cedula de
ciudadanía Nº 120423068-2.
Considero que la propuesta cuenta con una estructura bien elaborada para un análisis
jurídico fundamentado sobre este tema, una explicación clara para su desarrollo con el
propósito de beneficiar a la sociedad.
Mediante este oficio valido la propuesta desarrollada de la señorita Aurelia María
Valdez Vallejo, a quien autorizo hacer uso como lo crea conveniente.
60
Validación por experto en la materia
Yo, Ab. Winston Joffre Acurio Calderón, portador de la cédula de ciudadanía N°
1203280431, de profesión abogado, luego de haber revisado la propuesta titulada
“Progresividad de reincidencia de no afiliación al IESS por parte del empleador a sus
trabajadores” elaborado por la Srta. Aurelia María Valdez Vallejo con cedula de
ciudadanía Nº 120423068-2.
Considero que la propuesta cuenta con una estructura bien elaborada para un análisis
jurídico fundamentado sobre este tema, una explicación clara para su desarrollo con el
propósito de beneficiar a la sociedad.
Mediante este oficio valido la propuesta desarrollada de la señorita Aurelia María
Valdez Vallejo, a quien autorizo hacer uso como lo crea conveniente.
61
3.3 Conclusiones Parciales del Capítulo.
En este capítulo que corresponde al tercero, se autentifica y válida todos los objetivos
de la investigación en especial el objetivo general que contiene la propuesta de
solución mediante la opinión y la experiencia de los expertos en la materia.
Se comprobó la hipótesis planteada, los objetivos de la investigación fueron cumplidos,
el objetivo general se planteó con buenos resultados y los objetivos específicos fueron
realizados con total fundamento, ya que cada uno se desarrolló en los dos capítulos
anteriores, el primer capítulo que corresponde a toda la base teórica o información
teórica así como de los antecedentes del problema fueron analizados y
fundamentados, el segundo capítulo que corresponde a la especificación de tipos de
investigación, métodos, técnicas e instrumentos, se utilizó la encuesta para obtener
resultados numéricos válidos para respaldar esta propuesta, con los resultados se
evidenció un desconocimiento sobre la problemática de los ciudadanos que son
económicamente activos.
Los profesionales en la rama que validaron la propuesta Ab. Milton Delfín Altamirano
Medina con cédula de ciudadanía Nº 120423068-2 y el Ab. Winston Joffre Acurio
Calderón con cédula de ciudadanía N° 1203280431, manifestaron que es de
fundamental importancia para la sociedad que se ponga en práctica dicha propuesta
para obtener los excelentes resultados en la garantía del derecho a la seguridad
social, la investigación ha sido realizada con términos que son claros incluso para la
ciudadanía que no entiende de jurisprudencia, por lo tanto es de comprensible
entendimiento, se debe procurar tratar de difundir su contenido, estos expertos
también resaltaron que los objetivos están bien relacionados y fundamentados entre
sí, y desde el punto de vista jurídico es una solución que es viable porque fue
respaldada tanto desde la parte textual por los datos analizados, desde la parte de las
encuestas así como desde la parte práctica y real de los profesionales en la rama.
62
CONCLUSIONES GENERALES
El Estado no brinda la debida importancia sobre el tema de la reincidencia de la
no afiliación que cometen los empleadores porque aunque hay sanciones no
son fuertes en contra de esta reincidencia a pesar de que ya es considerado un
delito.
El derecho al trabajo y a la seguridad social son derechos establecidos en la
Constitución por lo tanto están garantizados y protegidos, no se los puede
vulnerar.
El mayor problema que poseen los trabajadores a los que les vulneran sus
derechos como el derecho a la seguridad social es desconocer que acciones
tomar o a que institución acudir en caso de necesitar ayuda o información.
Poca información difundida por los medios de comunicación que posee el
Estado sobre la reincidencia de la no afiliación al seguro social por parte del
empleador y vulneración de los derechos de los trabajadores, se evidencia el
desconocimiento.
El trabajo de las instituciones del estado no se realiza en conjunto para llegar a
un fin, y uno de estos fines es que no se vulnere más los derechos de los
trabajadores que son la fuerza económica de la sociedad.
A pesar que las normativas son muy buenas especificando los derechos,
garantías, principios, obligaciones, no siempre cumplen el rol de proteger los
derechos así como se evidencia penas poco rígidas para el empleador que es
culpable de reincidencia de no afiliación.
63
RECOMENDACIONES
Educar a la ciudadanía sobre la problemática real de la no reincidencia al
seguro social por parte del empleador.
Proteger a los trabajadores que han sufrido de este problema de las represalias
del empleador, tomar medidas para garantizar que este trabajador no sea
removido u hostigado por este empleador.
Es necesario que existan sanciones más fuertes para evitar la reincidencia de
la no afiliación al seguro social de sus trabajadores.
Es necesario que se realice un análisis jurídico para mejorar las medidas de
control internas en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
El estado se debe involucrar mediante campañas de información por los
medios de comunicación con la sociedad sobre este tipo de problemáticas que
afectan la economía del país.
La práctica real de la problemática debe ser despejada y perceptible para
lograr que la ciudadanía tenga una clara idea de la violación de derechos que
sufren comúnmente los trabajadores.
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SOCIAL.pdf
ANEXOS
Preguntas
1. ¿Conoce usted lo que es un derecho laboral?
a) Si
b) No
2. ¿Conoce usted lo que es el derecho a la seguridad social?
a) Si
b) No
3. ¿Conoce usted que es afiliación al seguro social?
a) Si
b) No
4. ¿Sabe usted si los derechos están establecidos en la norma superior como es
la Constitución de la República del Ecuador?
a) Si
b) No
5. ¿Conoce usted la definición de trabajador?
a) Si
b) No
6. ¿Conoce usted la definición de empleador?
a) Si
b) No
7. ¿Sabe usted la responsabilidad que tiene que cumplir el empleador sobre la
afiliación al seguro social del trabajador y porqué?
a) Si
b) No
8. ¿Sabe usted la definición de reincidencia?
a) Si
b) No
9. ¿Conoce las sanciones al empleador por no afiliar al seguro social al
trabajador?
a) Si
b) No
ESTUDIO JURIDICO
ABG. ESP. MILTON ALTAMIRANO MEDINA
ABG. JANNINA ALTAMIRANO SUAREZ
“EDIFICIO SANTANA” 2do Piso 5 de Junio entre Calderón y Bolívar
Telf. 0999428516 – 0993426734
Correo electrónico: [email protected]
C U R R I C U L U M V I T A E
NOMBRES………………: M I L T O N D E L F I N………………………………
APELLIDOS…………….: A L T A M I R A N O M E D I N A……………………
NACIONALIDAD………: E C U A T O R I A N O…………………………………...
PROFESION………: A B O G A D O. FORO 12- 1984-3 REG. 216 C.A. L. R.
FECHA NACIMIENTO...: 14 DE M A Y O DE 1.957……………………………..
LUGAR DE TRABAJO…: ESTUDIO JURIDICO…………………………………..
DOCENTE UNIVERSITARIO. “10 AÑOS UNIANDES - BABAHOYO”………
DOMICILIO…………..: 9 NOVIEMBRE 3ER CALLEJÓN Babahoyo……………
TELÉFONOS…………….: 052730348- 0999428516………………………………
E S T U D I O S R E A L I Z A D O S
P R I M A R I A
Escuela Fiscal de Niños “CRISTOBAL COLON”, de la ciudad de la Babahoyo. Culminación de la
Primaria, el 15 de Enero de 1.971……………………..……….
S E C U N D A R I A
Colegio Municipal Nocturno “JOSE MARIA ESTRADA COELLO”, de la ciudad de Babahoyo.
Terminación de la secundaria el 5 de Mayo de
1.977……………………………………………………………………………………
I N S T R U C C I Ó N S U P E R I O R
Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas de la UNIVERSIDAD ESTATAL DE
GUAYAQUIL, obteniendo el título de LICENCIADO EN CIENCIAS SOCIALES Y POLITICAS, el 7 de
Julio de 1.982; y, TITULO DE ABOGADO DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES DE LA REPUBLICA
DEL ECUADOR, el 15 de Septiembre de 1.984…………………………………………
CHOFER PROFESIONAL, otorgado por la Escuela de Chóferes Profesionales del Sindicato
Provincial de Los Ríos, el 22 de Junio de 1.998……………………
EGRESADO DE LA MAESTRIA DE DERECHO DE FAMILIA, en la Universidad Autónoma de los
Andes “UNIANDES- BABAHOYO” año
2007………………………………………………………………………….…………...
POST. GRADO. DIPLOMADO EN CRIMINALISTICA, otorgado por la UNIVERSIDAD NACIONAL
SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO (PERÚ), el 24 de Octubre del
2.008……………………………………………….……………..
ESPECIALISTA EN DERECHO PENAL Y JUSTICIA INDIGINA, en la Universidad Autónoma de los
Andes “UNIANDES- BABAHOYO” el 10 Marzo del
2012………………………………………………………………………………….
C E R T I F I C A C I O N E S
CERTIFICACION otorgada por el COLEGIO DE ABOGADOS DE LOS RIOS, en la que consta que el
ABOGADO MILTON DELFIN ALTAMIRANO MEDINA, está inscrito con fecha 21 de Enero de
1.985, con el Registro No. 216……………………………………………………………………………….………
CERTIFICACION otorgada por el Consejo Nacional de Educación Superior CONSESUP, de haber
registrado el título de ABOGADO DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES DE LA REPUBLICA DEL
ECUADOR, EL ABOGADO MILTON DELFIN ALTAMIRANO MEDINA, correspondiente al TERCER
NIVEL, el 11 de Enero del 2.017……………………………………………………
C A R G O S E J E R C I D O S SECRETARIO RELATOR H. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE BABAHOYO, desde el 28 de Mayo
de 1.985 hasta 4 de Abril de 1.988………………………………………………………………………..…………...
JUEZ PROVINCIAL DEL TRABAJO DE LOS RIOS, con sede en el Cantón Babahoyo, desde el 4 de
Abril de 1.988 hasta el 11 de Octubre de
1.989……………………………………………………………………………….……
JUEZ SEXTO DE LO PENAL DE LOS RIOS, con sede en el Cantón Ventanas, desde el 11 de
Octubre de 1.989 hasta el 30 de julio de 1.993………………
JUEZ TERCERO DE LO PENAL DE LOS RIOS, (Después de GARANTÍAS PENALES), con sede en el
cantón Babahoyo, desde el 30 de Julio de 1.993, hasta la actualidad. (17
AÑOS)………………………………………………….……
TESORERO DE LA ASOCIACION DE EMPLEADOS JUDICIALES DE LOS RIOS, en los periodos:
1.988 – 1989, Presidente Abg. Nicolás Pulecio Caicedo; año. 1.989, Agosto hasta Enero
1.991; y año 1.994 a 1.995. Presidencias, dos ocasiones de la Lcda. Gloria Vaca de Galecio.
……………..
PRESIDENTE ASOCIACAION EMPLEADOS JUDICIALES DE LOS RIOS, periodo 1.995, Febrero
hasta Marzo de 1.997……………………………………..
DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE LOS ANDES, en Babahoyo “UNIANDES”,
desde 15 de Mayo del 2.002 hasta el 2013, asignatura PRÁCTICA PROCESAL PENAL, CÓDIGO
DE PROCEDIMIENTO PENAL, CÒDIGO PENAL y OTRAS………………………………………………
PRIMER DELEGADO ALTERNO, DEL COMITÉ DE SEGURIDAD INTEGRAL DE LOS RIOS, otorgado
por el Conejo Nacional de la Judicatura Delegación Distrital de Los Ríos, l 5 de Mayo del
2.004…………………………………………
DIPLOMAS ADQUIRIDOS EN SEMINARIOS Y OTROS
CONGRESO INTERNACIONAL DE CIENCIAS PENALES………………………
II SEMINARIO INTERNACIONAL DE DERECHO PROCESAL PENAL………...
IV SIMPOSIO NACIONAL SOBRE LEGISLACION PENAL Y REFORMA PENITENCIARIA EN EL
ECUADOR………………………………………………...
SEMINARIO TECNICO CIENTIFICO DE CRIMINALISTICA……………………..
SEMINARIO DE CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL……………….…………
SEMINARIO DE RECURSO DE CASACION………………….……………………
SEMINARIO DE COMUNICACIÓN INTERPERSONAL Y RELACIONES HUMANAS PARA
FUNCIONARIOS JUDICIALES………..……………………….
PRIMER SEMINARIO INTERNACIONAL DE ACUTALIZACION EN CIENCIAS JURIDICAS
……………………………………….……………………………………………..……..
SEMINARIO DE RELACIONES HUMANAS Y ESPIRITU DE TRABAJO EN
EQUIPO…………….………………………………………………………………..…
SEMINARIO EL JUEZ Y EL NUVO SISTEMA PROCESAL PENAL……….…..
PROGRAMA DE CAPACITACIÓN JUDICIAL DEL NUEVO CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL
………………………………………......……...............
SEMINARIO DE DERECHIOS HUMANOS PARA JUECES Y FISCALES……
SEMINARIO DEL “PROGRAMA NACIONAL DE LITIGACIÓN ORAL………….
SEMINARIO “COMO GENERAR RELACIONES HUMANAS PRODUCTIVAS”
Seminario Taller “GENERALIDADES DE LA EXTRADICIÓN DEL ECUADOR”
Seminario TALLER DE FORMACIÓN EN DERECHO INTERNACIONAL
HUMANITARIO,…………………………………………………………………………
SEMINARIO “SEGUNDAS CONFERENCIAS SOBRE TEMAS JURÍDICOS ÉNFASIS EN LA
ORATORIA”…………………………………………………….....
V SEMINARIO INTERNACIONAL DE DERECHO PENAL Y GLOBALIZACIÓN
I CONGRESO NACIONAL DE LEGISLACIÓN ECUATORIANA, …….…………
XVII SIMPOSIUM INTERNACIONAL DE CIENCIAS FORENSES,……………....
XX SEMINARIO NACIONAL DE ACTUALIZACIÓN JURÍDICA,…………………
II SEMINARIO INTERNACIONAL DE CIENCIAS PENALES “BI-
PROVINCIAL”,………………………………………………………………………….
CONFERENCIA SOBRE JUSTICIA PENAL ECUADOR,………………………..
SEMINARIO TALLER “POR LOS CAMINOS DEL ÉXITO”,……...……………..
I CURSO NACIONAL DE CIENCIAS PENALES,. EXPOSITOR. (40 horas
académicas)……………………………………………………………………………
I CONGRESO MUNDIAL DE DERECHO. II ENCUENTRO LATINOAMERICANO DE ESTUDIANTES Y
PROFESIONALES DE DERECHO,………………………………………………………………..……………
TALLER INTERNACIONAL UN CAMBIO CONSTITUCIONAL
INELUDIBLE,……………………………………………………………………………
I CURSO DE CRIMINALÍSTICA,. …………………….……………………………
SEMINARIO DE DERECHO PROCESAL GENERAL.…………….……………
I CONGRESO NACIONAL DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS U. T. B…
II CONGRESO NACIONAL DE DERECHO Y CIENCIAS COMPLEMENTARIAS; JORNADA DE
DERECHJO PENAL Y PORCESAL PENAL U. T. B. ( EXPOSITOR)……………………………………………………..
SEMINARIO PROCEDIMENTAL ARBITRAJE Y MEDIACIÒN………………….
III CONGRESO LATINOAMERICANO……………………….…………………….
SEMINARIO “HACIA SISTEMAS JURÍDICOS PLURALES EN AMERICA
LATINA”…………………………………………………………………………………
TALLER SOBRE REFORMAS AL CÓDIGO DE PROCEDIMEINTO PENAL Y CÓDIGO
PENAL……………………………………………………………..………..
SEMINARIO DE DERECHO PROESAL GENERAL Y REFORMAS JURIDICAS, con auspicio de la
Universidad de Guayaquil, Ilda y Municipalidad de Babahoyo, realizado el 6 y 7 de Agosto del
2.009 ( EXPOSITOR). (Valido por 40 horas académicas)………………………………………………….……….
SEMINARIO INTERNACIONAL “CRIMEN ORGANIZADO Y TIPOS PENALES DEL SIGLO
XXI”………………………………..……………………..………….…..
SEMINARIO “HACIA SISTEMAS JURÍDICOS PLURALES EN AMERICA LATINA”
…………………………………………….………………………………….
SEMINARIO DE LAS PRIMERAS JORNADAS ACADEMICAS DE DERECHO CONSTITUCIONAL
…………………………………………………………………...
SEMINARIO “SEGUNDAS JORNADAS ACADÉMICAS EN DERECHO
PENAL”…………………………………………………………………………………
TALLER SOBRE EL PLAN DE INFORMACIÓN EN EL AMBITO MUNICIPAL EN EL DERECHO DE LAS Y
LOS TRABAJADORES MIGRATORIOS Y SUS
FAMILIAS………………………………………………………………………………..
“CONFERENCIA DEL INSTRUCTOR DR. RAMON ECHAIZ”……………..…..
SEMINARIO “ SEXTA JORNADAS ACADÉMICAS. LA JUSTICIA INDIGINA Y ASPECTOS LEGALES
CONSTITUCIONALES” ……………………………....
SEMINARIO “LOS DELITOS IMPRESCRIPTIBLES EN LA CONSTITUCION
ECUATORINA”…………………………………………………………………………
SEMINARIO “ SEGUNDA JORNADAS INTERNACIONAL DE DERECHO GENERAL”
…………………………………………………………………………..
SEPTIMO SEMINARIO DE ACTUALIZACIÓN JURÍDICA DE LAS AUDIENCIAS ORALES EN LA
ETAPA DE INVESTIGACION………………….
3ER ENCUENTRO REGIONAL “Buenas Prácticas de Diálogo Social sobre Trabajo decente y
Migraciones” …………………………………………………
SEMINARIO “LA ACCIÓN ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE PROTECCIÓN”
.....…………………………..……………………………………….
SEMINARIO “TALLER DE AUTOPROTECCIÓN Y SEGURIDAD
PERSONAL”…………………………………………………………………………..
SEMINARIO DE CONSTITUCIONAL, LITIGACION ORAL………….……………
SEMINARIO INTERNACAIONAL PLURALISMO JURIDICO Y JUSTICIA DE
PAZ………………………………………………………………………..……………
SEMINARIO DEBIDO PROCESO Y ERROR JUDICIAL…………………………
SEMINARIO NACIONAL ANALISIS DE LAS NUEVAS REFORMAS PENALES EN EL CODIGO
ORGANICO …………….…………………………….
SEMINARIO INTERNACAIONAL DE LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA: APLICACIÓN Y
TENDENCIAS.………………………..………..
CERTIFICADO del II CONGRESO NACIONAL DE PROCESAL CONSTITUCICONALPROCESAL PENAL-
PARA CTICA CIVIL-PARA CTICA LABORAL Y VIOLENCIA INTRAFAMILAR EN MODALIDAD
PRESENCIAL Y DISTANCIA…………………………………………………………………………....
I SEMINARIO TALLER DE DERECHO CONSTITUCICONAL, GARATIAS JURISDICCIONALES,
DERECHOS HUMANOS, DERECHO PENAL, PROCESAL PENAL Y
CRIMINOLOGIA……………………………………..…….
SEMINARIO TALLER MEDIACION Y ARBITRAJE, EN EL AREA CIVIL, PENAL, LABORAL,
TRANSITO, FAMILAR, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, COMERCIAL, INQUILINATO, PROPIEDAD
HORIZONATAL, PROPIEDAD INTELECTUAL, CONTRATRACION PUBLICA, CONMUNITARIA Y
EDUCATIVA…………………
SEMINARIO NIÑEZ ADOLESCENCIA, VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Y MENORES
INFRACTORES,………………………………………..……………….
TERCER CONGRESO NACIONAL DEL NUEVO CODIGO ORGANICO
INTEGRAL PENAL, LEY ORGANICA DE LA FUNCION JUDICIAL, INMEDIACION
PENAL,……………………………………………………………...
SEMINARIO DEL CODIGO ORGANICO GENERAL DE PROCESOS, ………………
SEMINARIO EL ESTADO CONSTITUCIONAL DE DERECHO Y LA APLICACIÓN
DEPROCEDIMIENTOS PENALES Y DISCIPLINARIOS…………
A C U E R D O S - M E N S I O N
AL MERITO JUDICIAL, otorgado por la H. Corte Superior de Justicia de Babahoyo,
por haber cumplido DIEZ AÑOS de labores continuas e interrumpidas, fechado el 14
de Julio del 1.995………………………..…………..
ALMERITO JUDICIAL, otorgado por la H. corte superior de Justicia de Babahoyo, por
haber cumplido QUINCE AÑOS de labores continuas e interrumpidas, fechado el 6 de
Julio del 2.000…………………………….……….
OTORGADO POR LA COMISION DE RECURSOS HUMANOS DEL CONSEJO
NACIONAL DE LA JUDICATURA, el 17 de Noviembre del 2.004, dado Quito, en el
que se expresa el reconocimiento y Felicitación al Abg. Milton Altamirano Medina,
JUEZ TERCERO DE LO PENAL DE LOS RIOS, por haber obtenido la calificación de
91,66 puntos sobre 100, en la evaluación que se realizó a los jueces del país, en el
periodo de Enero a Noviembre de 2.003.
MENCION DE HONOR, otorgada por el Colegio de Abogados de Los Ríos, por haber
cumplido QUINCE AÑOS de destacado ejercicio profesional, fechado el 20 de Febrero
del 2.004…………………………………………………….………….
OTORGADO POR LA COMISIÓN DE RECURSOS HUMANOS DEL CONSEJO
NACIONAL DE LA JUDICATURA, el 8 de Noviembre del 2005, en el que se expresa
el reconocimiento y felicitación al Abg. Milton Altamirano Medina, JUEZ TERCERO DE
LO PENAL DE LOS RIOS, por haber obtenido la calificación de 91.75 puntos sobre
100, en la evaluación que se realizó a los jueces del país, en el periodo de Enero a
Diciembre del 2.004………………
OTORGADO POR LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS
HUMANOS DEL CONSEJO NACIONAL DE LA JUDICATURA, el 5 de Junio del
2009, en el que se expresa el reconocimiento y felicitación al Abg. Milton Altamirano
Medina, JUEZ TERCERO DE LO PENAL DE LOS RIOS, por haber obtenido la
calificación de 95.48 puntos sobre 100, en la evaluación que se realizó a los jueces del
país, en el periodo de Enero a Noviembre del 2.008.
DIPLOMA otorgado por la ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS JUDICIALES DE LOS
RIOS, por cumplir 25 AÑOS DE SERVICIO en la Función Judicial, fechado el 24 de
Octubre del 2.009……………………………………………….
MENCION DE HONOR, otorgada por el Colegio de Abogados de Los Ríos, por haber
cumplido VEINTICINCO AÑOS de ejercicio como ABOGADO, fechado el 20 de
Febrero del 2.010…………………………………………………………
ALMERITO JUDICIAL, otorgado por la CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOS
RIOS por haber cumplido VEINTISIETE AÑOS de labores continuas e interrumpidas, 6
de Julio 2012……………………………………………..…………………..
DISTINCION AL MERITO DR. HOLGEER KLEBER MANRIQUE TERAN, por haber
ejercido la profesión con verdadero profesionalismo en el marco de la función
social, otorgado por la Federación Nacional de abogados del Ecuador, el 1 de Abril
del 2016………………………………………..…….........
Babahoyo, 14 Julio del 2017
CURRICULUM VITAE AB.WINSTON JOFFRE ACURIO CALDERON
Teléfonos: 0990201731
DATOS PERSONALES:
Estado Civil: Casado Nacionalidad: Ecuatoriana Edad: 37 Años
Lugar y Fecha de Nacimiento: Babahoyo, julio 02 de 1978 Número de Cédula: 1203280431 Dirección: Cdla Valle Verde Mz E Villa 9 Correo Electrónico: [email protected] REG – FORO DE ABOGADOS 12-2015-95
FORMACIÓN ACADEMICA:
ESTUDIOS PRIMARIOS: Escuela Fiscal Mixta “SAN JOSE” Babahoyo – Los Ríos ESTUDIOS SECUNDARIOS: Colegio Técnico fisco misional “Padre Marcos Benetazzo” Babahoyo – Los Ríos Bachiller técnico industrial en electricidad
ESTUDIOS SUPERIORES: Universidad Técnica de Babahoyo III semestre de Ing. comercial Universidad Autónoma de los Andes ( facultad de jurisprudencia) TITULO OBTENIDO ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPUBLICA DEL
ECUADOR
SEMINARIOS O CURSOS REALIZADOS
Consejo de la Judicatura y Escuela de la Función Judicial
Curso: “Código Orgánico Integral Penal
Duración: 40 Horas
Congreso de Practica Penal Constitucional Criminología
Curso: ”V Congreso de Practica
Penal,Constitucional,Criminologia,Criminalistica y Procesal
General”
Duración: 240 Horas
TALLER DE COIP. CONSTITUCIONAL CRIMINOLOGIA
,CRIMINALISTICA Y DERECHO PENAL
Curso:”II Taller de COIP, Constitucional y Derecho Penal
Duración: 140 Horas
Taller Práctico en Código Orgánico Integral Penal, Constitucional, Laboral
Civil, Niñez.
Curso: Taller Practico en Código Orgánico Integral Penal, Constitucional, Laboral,
Civil, Niñez.
Duración: 200 Horas
Taller Practica Procesal Constitucional
Curso: Taller Practica Procesal Constitucional
Duración: 140 Horas
Código Orgánico Integral Penal
Curso: Código Orgánico Integral Penal
Duración: 100 Horas
CAPROFED S.A
Curso: “Los Delitos Imprescriptibles en la Constitución Ecuatoriana”
Duración: 40 Horas
Centro Informático Y de Sistemas Lubincomp
Curso: Seminario de Enseñanza Básica de Computación
Duración: 40 Horas
CNT La Gerencia Provincial Los Ríos
Curso: Seminario Técnico Integral Intermedio
Duración: 12 Días
VI Congreso Sudamericano de Derecho Procesal y Práctica Penal
Curso: VI Congreso Sudamericano de Derecho Procesal y Práctica Penal
Duración: 3 Días
I Seminario de Legislación Tributaria y Aduanera
Curso: I Seminario de Legislación Tributaria y Aduanera
Duración: 18 Días
1 Congreso Nacional de Derecho Penal Practica Penal-Practica Civil-
Practica Laboral ,Legislación Tributaria y Aduanera
Duración: 3 Días
II Congreso Nacional de Derecho Penal Practica Penal-Practica Civil-
Practica Laboral ,Legislación Tributaria y Aduanera
Duración: 13 Días
EXPERIENCIA LABORAL
EMELRIOS (actualmente CENEL LOS RIOS)
AREA DE CONTROL DE ENERGIA (03 de Abril del 1997 hasta 6 de Mayo de 2004).
TCNLG. Iván Vieira Hurtado Teléfonos: 0999853280
AREA COMERCIAL DIGITACION DE LECTURA Y REFACTURACION (8 de abril del 2004 hasta el 22 Diciembre del 2007 )
Lcdo. Luis Saona López Teléfono: 0990205756
OXFAN INTERMON INTERNACIONAL
Encargado de bodega y logística (04 de Enero del 2008 hasta 20 de Agosto2008).
Ing. Luis Arias Medina Teléfono: 0989075738 CNT EP
Técnico integral Asistente financiero Bodeguero de la agencia vinces Analista comercial en el cis vinces Analista comercial en el cis Babahoyo
Desde el 7 octubre Del 2008 hasta marzo del 2014 Lcda. Jessica Mendoza Barzola Teléfono: 0982802892
GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE BABAHOYO
ABOGADO EXTERNO EN EL AREA DE RECUPERACION DE CARTERA VENCIDA SECCION COACTIVA
DESDE EL 15 DE NOVIEMBRE DEL 2015 HASTA 30 DE NOVIEMBRE DEL 2016
AB.JOSE TAPIA OLAYA Telf : 0982226414
DISTRIBUIDORA BENDICIONES RECAUDADOR EXTERNO DESDE MAYO DEL 2013 HASTA DICIEMBRE DEL 2015
CALIDAD DE ABOGADO DE LOS PROCESOS CIVILES DE RECUPERACION DE CARTERA CASTIGADA DESDE FEBRERO HASTA OCTUBRE DEL 2016
Dr HUGO ALVARADO ALVAREZ Telf : 0999586857
CONSORCIO JURICO VANEGAS & ASOCIADOS ABOGADO LITIGANTE A CARGO DE JUICIOS DE COACTIVA Desde enero del 2016 hasta noviembre 2016 AB. CARLOS CARDENAS Teléfono: 0990201768
FISCALIA GENERAL DE LOS RIOS PASANTÍAS PROFESIONALES EN EL DPTO. FEDOTI 1 Y 2 Ab. Verónica Valencia Vargas Teléfono: 0986740767
REFERENCIAS PERSONALES
TCNLG. Iván Vieira Hurtado Teléfonos: 0999853280 Lcdo. Luis Saona López Teléfono: 0990205756 Lcda. Jessica Mendoza Barzola
Teléfono: 0982802892 Ab. Iyo Cruz Piza Teléfono : 0988551614