UNIDAD 11 Pto. 10.3 SUCESIONES Concepto y Clases Orden Sucesorio Legítima.
-
Upload
dulce-menor -
Category
Documents
-
view
7 -
download
0
Transcript of UNIDAD 11 Pto. 10.3 SUCESIONES Concepto y Clases Orden Sucesorio Legítima.
UNIDAD 11 Pto. 10.3 SUCESIONES
Concepto y ClasesOrden Sucesorio
Legítima
PRINCIPIOS GENERALES DE SUCESIÓN: CONCEPTO
La incorporación de un derecho al patrimonio de una persona
1. Originaria: Nace en cabeza del adquirente.
2. Derivada: la incorporación deriva de un titular anterior
Caracteres de ambos modos de ADQUISICIÓN.-
1. Originaria.-2. El derecho es
objeto de un acto de “creación”.-
3. No deriva de ninguna relación preexistente que vincule a dos sujetos
1. Derivada.-2. El derecho es
objeto de un acto de “transmisión”.-
3. Opera el traspaso de un sujeto a otro en la titularidad.-
Adquisición a título DERIVADODERIVADO.-Mayores precisiones conceptuales
Características: El derecho es objeto de un acto de El derecho es objeto de un acto de
transmisión.-transmisión.-
a) Hay identidad y continuidad de los derechos.-
Reemplazo de un sujeto por otro.-Reemplazo de un sujeto por otro.-
a) Sucesión de sus titulares.-b) El sucesor esta en condiciones de ejercer el derecho en nombre propio.-
La transmisión puede provenir de la La transmisión puede provenir de la voluntad del sujeto o por disposición legal.-voluntad del sujeto o por disposición legal.-
Clases de Sucesiones
Por actos entre vivos o “mortis causa”
A título Particular o a título Universal
Transmisión por actos entre vivos o “mortis causa” Transmisión de derechos
patrimoniales puede originarse:- Acto Jurídico “entre vivos”
(Ej. Compraventa Permuta Donación)
Hecho Jurídico “Muerte” de quién se va a suceder en la titularidad de esos derechos.- (“Mortis causa”).-
Transmisión a título Particular o a título Universal La diferencia esta dada por la extensión del
objeto sobre el que recae la sucesión.- A título particular = Cuando la
transmisión comprende uno o varios derechos.-
A título Universal = Cuando la transmisión comprende la totalidad de los derechos o una parte alícuota de la totalidad.-
La sucesión “mortis causa” es el concepto de sucesión que nos interesa.-
1) “ La transmisión de derechos activos y pasivos que componen la herencia de una persona muerta a una que sobrevive, a la cual la ley o el testador llama a recibirla”
2) Persona fallecida = “de cujus”.-3) Llamado a sucederla por ley o
testamento .-4) Conjunto de bienes: objeto material de
transmisión llamado “Herencia”
DISTINTAS CLASES DE SUCESIONES “Mortis causa” La naturaleza de la fuente del
llamamiento puede determinar distintas clases de sucesiones.-
Si el título creador de la vocación tiene origen legal: Sucesión Legítima.-
Si el titulo creador de la vocación surge de un acto jurídico unilateral mediante un testamento: Sucesión Testamentaria
¿Quiénes son llamados a heredar? En la sucesión legítima son
llamados los HEREDEROS FORZOSOS.-
Son aquellos que por razones e parentesco no pueden ser privados de los bienes del causante.-
Solo excepción ( desheredación o indignidad)
En la sucesión testamentaria, los llamados por el testamento.-
¿Quiénes son los Herederos Forzosos?
Descendientes Ascendientes.- Cónyuge.- Nuera Viuda sin hijos 3576 bis. Colaterales.- Fisco, en caso de herencia
vacante.-
¿En que orden son llamados?
1º Descendientes2º Ascendientes3º Colaterales
Cónyuge: concurre con los descendientes y ascendientes y excluye a los colaterales.-
Dentro de cada línea los parientes más próximos excluyen a los más lejanos
Analicemos cada caso en particular.-
DESTACAREMOS EN CADA CASO1. Ubicación en el Orden
sucesorio2. Porción hereditaria
DescendientesUbicación en el orden
sucesorio:
Excluyen a los ascendientes y colaterales.-
Concurren con el cónyuge en los bienes propios.-
Desplazan al cónyuge en el 50% de los bienes gananciales del causante.-
Porción Hereditaria
Los hijos heredan por cabeza, sean uno o varios.-
Se divide en partes iguales.-
Si hay descendientes de un hijo premuerto, (representación), estos heredan por “estirpe”
AscendientesUbicación en el
orden sucesorio:
Son excluidos por los descendientes y excluyen a los colaterales.-
Concurren con el cónyuge en los bienes propios como en la mitad de los ganaciales
Porción Hereditaria
Concurren entre sí, los más próximos excluyen a los más lejanos
Los de igual grado heredan por cabeza y en parte iguales.-
Concurren con el cónyuge 1) Bs. propios se % mitad para el cónyuge
mitad para los ascendientes que se reparte por cabeza
2) Bs. Gananciales, de la mitad del causante 50% cónyuge y 50% ascendientes.-
Concurren con la Nuera viuda sin hijos, a quine le corresponde un cuarto de lo que le correspondía al hijo.-
CónyugeUbicación en el orden
sucesorio: Hay que diferenciar las
clases de bienes.-
En los propios concurre con los descendientes y los ascendientes y excluye a los colaterales.-
En los gananciales es Es excluido por los
descendientes Concurre con los
ascendientes Excluye a los colaterales.-
Porción Hereditaria
1) Concurrencia con los descendientes:
2) Respecto de los Bs. propios heredan por cabeza, en partes iguales.-
3) Respecto de los gananciales es desplazado por los descendientes.-
4) Concurrencia con los Ascendientes:
5) Bs. propios se % mitad para el cónyuge mitad para los ascendientes que se reparte por cabeza
6) Bs. Gananciales, de la mitad del causante 50% cónyuge y 50% ascendientes.-
¿Puede excluirse al cónyuge de la sucesión del esposo fallecido?
Fallecimiento dentro de los 30 días del matrimonio (Art. 3573CC).-
Separación personal decretada judicialmente.-
Divorcio vincular.- Separación de hecho.-
Colaterales Heredan en caso de no haber
descendientes, ascendientes ni cónyuge.- Derecho limitado hasta el cuarto grado.- Los más próximos excluyen a los lejanos,
excepto los descendientes de los hermanos.-
Salvo el caso anterior, los descendientes de los colaterales no tiene representación,
Los de igual grado heredan por cabeza.-
¿Colaterales hasta el cuarto grado?
Primer GradoPrimer Grado = Hermanos y ½ Hermanos.-
Segundo GradoSegundo Grado = Tíos por tronco común con los abuelos.-
Tercer GradoTercer Grado= Tíos Abuelos por tronco común con los bis abuelos.-
Cuarto GradoCuarto Grado = Tíos bis abuelos por tronco común con mis tatarabuelos.-
Sucesión del Fisco: Herencia vacante.-( art.3539)
Cuando no hay parientes.- No se presentan a recogerla.- La renuncian.-
•Se abre la sucesión.-Se abre la sucesión.-•Se citan por edictos durante 30 días a quién se crea con derecho a Se citan por edictos durante 30 días a quién se crea con derecho a suceder.-suceder.-•Pasa el tiempo o ½ renuncia.-Pasa el tiempo o ½ renuncia.- SUCESIÓN SE REPUTA VACANTESUCESIÓN SE REPUTA VACANTE
Y Y Sucede el fiscoSucede el fisco
¿ Que pasa con la ¿ Que pasa con la SUCESIÓN que se REPUTA SUCESIÓN que se REPUTA VACANTE?VACANTE?
Quién tenga derechos contra la sucesión puede solictar se nombre un curador de la herencia.- (Representante del Consejo de Educación).-
Curador representa la Suc.( mandato) Confecciona un inventario (Escribano
y 2 testigos).- Debe también hacer un avalúo.-
¿Qué funciones tiene el curador? Ejerce activa y pasivamente las facultades y
deberes, como si fuera un heredero que ha aceptado una herencia bajo beneficio de inventario.-
Ejemplo: Estar en juicio.- Hacer reparaciones urgentes.- Enajenar o no bienes No puede constituir hipotecas o prendas Responde por faltas graves de administración No puede recibir pagos ni precio de cosas que
vendiere, sin intervención judicial, salvo que sea beneficiosa.-
LA LEGITIMAConsideraciones Generales En el Derecho Romano Antiguo el
testador tenía ilimitados poderes para disponer de sus bienes.-
Ninguna porción legitima era reservada a sus hijos o a su cónjuge.-
Chocante con el sentimiento de justicia.-
Justiniano, la legitima adquiere su fisonomía moderna.-
Concepto de legítima
Es la parte del patrimonio del causante de la cual ciertos parientes próximos no pueden ser privados sin justa causa.-
¿Sobre que bienes recae?
En realidad el concepto es más amplio que el que nos da el Código.-
No es sobre los bienes de la herencia.-
Recae no solo sobre los bienes dejados al fallecer sino también sobre los donados en vida.-
¿Que pasa si el heredero ve afectada su legítima, por una donación o por el mismo testamento?
Los herederos pueden atacar testamento y donaciones que afecten la legitima mediante la acción de reducción.-
No todos los herederos pueden ejercer la acción, solo los ascendientes, descendientes y cónyuge.-
¿El testador no puede disponer de sus bienes?
Si, pero solo puede disponer libremente los que se denomina “la porción disponible”.-
Puede repartirla entre los herederos forzosos, en partes iguales, asignarle todo a uno o a un extraño.-
La legitima es inviolable El testador no puede imponer ninguna
limitación al goce de la legítima por los herederos forzosos.-
Se tienen por no escritas.-
La legitima surge de la voluntad de la surge de la voluntad de la leyley y no de la voluntad del causante sino.-
Limitaciones que puede imponer
Solo puede imponer la indivisión de bienes por no más de 10 años.-
Si hay menores se puede extender hasta su mayoría de edad pero debe recaer sobre un bien determinado, ya no sobre la totalidad.-
¿Cuál es la porción legítima que le corresponde a cada heredero?
Descendientes: 4/5 partes.- Ascendientes: 2/3 partes.- Cónyuge: ½ de los gananciales, si no concurre
con los descendientes.- En ese caso solo tendrá legítima sobre
los propios.- Nuera: ¼ de lo que le hubiera
correspondido al marido
¿Qué pasa si concurren varios legitimarios?
1. Los herederos que excluyen a los otros los privan de la legítima.- ( No tienen legitima los ascendientes si ha descendientes)-
2. Cuando concurren en igual orden (varios
descendientes) o de distinto orden (varios
descendientes con cónyuge) se distribuyen de acuerdo a las siguientes reglas:
3. Las legítimas no se acumulanno se acumulan.-4. La legítima debe salir de la más elevada.-debe salir de la más elevada.-
¿Cómo se calcula la legítima?
Sobre la masa patrimonial formada por los bienes dejados a la muerte + las donaciones.-
Previamente habrá que deducir las deudas, los acreedores deber ser pagados en primer término.-
¿Las deudas se deducen del total de los bienes?(existentes y donados)
NO Las deudas se deducen de la masa
hereditaria pero no de las donaciones.- Las liberalidades no estan alcanzadas.- Las deudas deben probarse
fehacientemente, no basta que sean reconocidas por los herederos.-
Defensa de la legítima.-(Disposiciones, acciones y recursos)
1. Son herramientas para impedir se lesiones su integridad.-
2. Prohibida cláusula restrinja la propiedad plena de la legítima.-
3. Disposición de la acción de acción de reducción.- reducción.-
ACCIÓN DE REDUCCIÓN Cuando las liberalidades el causante
excedan en conjunto la porción disponible, deben ser reducidas de tal modo que esa porción quede incólume.-
Por vía de acción:Por vía de acción: obtener restitución.-
Por vía de excepciónPor vía de excepción: p/ NO entregar.-
¿Quiénes gozan de la acción?
Los herederos forzosos.- Deben haber existido al tiempo de la donación.- Hijo extramatrimonial, reconocido con
posterioridad a la donación tiene acción.- Si existiesen descendientes al momento de la
donación, la acción de reducción también compete a quién nació con posterioridad.-
El donante no puede ejercerla, pues la legitima solo se va a saber si esta afectada hasta su muerte.-
¿Cómo se hace la reducción?
Afecta en primer término a los legados.-
Si todavía queda afectada la legítima, se reducirán las donaciones.-
Legados1. Si la porción disponible no alcanza a cubrir
los legados, primero se pagan los de cosa cierta.-
2. Los legados de cantidad serán los primeros alcanzados por la reducción.-
3. Legados de cantidad.-4. Los remuneratorios.-5. Los de cosas cierta.-
En cada categoría la reducción se hace a prorrata art. 3795 CC
Donaciones No se reducen a prorrata.- Se reducen en el orden inverso a
sus fechas.- El heredero deberá atacar primero
la última donación, porque se presume que la primera era oficiosa.-
Las donaciones hechas en forma simultáneas se reducen a prorrata.-