TRIBUTACIÓN, SEGURIDAD JURÍDICA Y DESARROLLO EN LATINO AMÉRICA SOLON SEHN.
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TRIBUTACIÓN, SEGURIDAD JURÍDICA Y DESARROLLO EN LATINO AMÉRICA
SOLON SEHN
MAYORES ECONOMÍAS DEL MUNDO
http://money.cnn.com/news/economy/world_economies_gdp/
CRESCIMIENTO EN 2010 - LATINO AMÉRICA
http://www.fiiapp.org/uploads/publicaciones/Institucionalidad_seguridad_juridica.pdf
CRESCIMIENTO EN 2011 - LATINO AMÉRICA
http://www.fiiapp.org/uploads/publicaciones/Institucionalidad_seguridad_juridica.pdf
CRESCIMIENTO MUNDIAL PORCENTUAL 2011
http://money.cnn.com/news/economy/world_economies_gdp/
CRESCIMIENTO DE LA ECONOMÍA PERUANA - 2010-2012
http://economia-peruana.blogspot.com.br/
INVERSIÓN EXTRANJERA EN PERÚ
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RESERVAS INTERNACIONALES
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CRISIS ECONÓMICA Y OPORTUNIDAD
“Crisis”: peligro y oportunidad
• Crisis en las economías tradicionales - EUA - Europa (Grecia, Italia, España e Portugal);
• Conversión en oportunidad de desarrollo Latino América
• Estabilidad democrática y macroeconómica. Sistema financiero consolidado, estabilidad monetaria y responsabilidad fiscal del Estado - Seguridad jurídica
SEGURIDAD JURÍDICA
1. Marcos jurídicos claros y estables
2. Bi-direccionalidad pasado-futuro:
• Condiciones normativas favorables al planteamiento de las acciones económicas futuras;
• Conocimiento de las consecuencias fiscales de los negocios privados.
• Protección de la expectativas legítimas creadas a partir de las normas en vigor;
• Garantía de estabilización del tratamiento normativo de los fatos consumados, de las sentencias judiciales definitivas e de los derechos adquiridos.
2. Eficacia de los instrumentos procesuales para la afirmación de los derechos violados;
3. Poder Judiciario autónomo e independiente
PODER JUDICIÁRIO AUTÓNOMO Y INDEPENDIENTE
• Autonomía presupuestaria de Poder Judiciario;
• Inamovilidad de los jueces;
• Irreductibilidad de los salarios;
• Sistema imparcial de selección de los magistrados ;
• Existencia de instrumentos procesuales eficaces de protección contra la arbitrariedad del Estado (“mandato de segurança” en Brasil - “juicio de amparo” en México);
• Sistema de control de constitucionalidad de las normas;
• Diferencial competitivo inexistente en las demás regiones en desarrollo en el mundo
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA PROFESIONAL
• Sistema imparcial de selección de los fiscales;
• Remuneración razonable;
• Informatización;
• Introducción de mecanismos de control de la legalidad;
• Tribunal Administrativo especializado, con participación paritaria de los contribuyentes (CARF - Consejo Administrativo de Recursos Fiscales, en Brasil);
CONSTITUCIONALIZACIÓN DE LAS LIMITACIONES AL PODER DE TRIBUTAR
- Previsión de las limitaciones al poder de tributar (garantías de los ciudadanos) en el texto constitucional;
- Institución de reserva legal cualificada en materia tributaria (leyes complementares - normas generales de derecho tributario - Código Tributário Nacional);
- Prohibición de alteración de los conceptos jurídicos de derecho privado (propiedad, lucro, venda, alquiler, ingreso) por la legislación tributaria (CTN, art. 110);
- Crítica: rigidez excesiva? Dificultad de adaptación del derecho ante el dinamismo de la economía?
IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA TRIBUTÁRIO BRASILEÑO- REFORMA DE LOS AÑOS 1967/1968 - PIB PER CAPITA - US$ MIL
ESTRICTA LEGALIDAD
- Reserva de ley formal en la creación y aumento de los tributos (definición del hecho imponible y todos los elementos de la obligación tributaria);
- Prohibición de la discrecionalidad fiscal y de la cobranza de tributos por analogía;
CF/Brasil: “Art. 150. Sem prejuízo de outras garantias asseguradas ao contribuinte, é vedado à União, aos Estados, ao Distrito Federal e aos Municípios:I - exigir ou aumentar tributo sem lei que o estabeleça;”
CTN/Brasil: “Art. 108. […] § 1º O emprego da analogia não poderá resultar na exigência de tributo não previsto em lei.”
- Leyes tributarias claras y de comprensión sencilla;
IRRETROACTIVIDAD DE LAS LEYES
- La ley tributaria debe ser previa y sus efectos jurídicos deben alcanzar apenas los factos ocurridos después de su vigencia (salvo en los casos de norma más favorecedora);CF/Brasil: “Art. 150. […] III - cobrar tributos: a) em relação a fatos geradores ocorridos antes
do início da vigência da lei que os houver instituído ou aumentado;”
- Irretroactividad de las modificaciones el las interpretaciones judiciales y administrativas consolidadas (protección contra el cambio de criterios jurisprudenciales);
- Modulación de los efectos de las sentencias declaratorias de inconstitucionalidad (beneficios fiscales declarados inconstitucionales; protección de la confianza - presunción de constitucionalidad de los actos del Poder Público)
Lei nº 9.868/1999: “Art. 27. Ao declarar a inconstitucionalidade de lei ou ato normativo, e tendo em vista razões de segurança jurídica ou de excepcional interesse social, poderá o Supremo Tribunal Federal, por maioria de dois terços de seus membros, restringir os efeitos daquela declaração ou decidir que ela só tenha eficácia a partir de seu trânsito em julgado ou de outro momento que venha a ser fixado.”
ANTERIORIDAD/ANULIDAD
- La ley, al crear o aumentar tributos, debe producir efectos jurídicos en el ejercicio financiero siguiente; “efecto anuncio”;CF/Brasil: “Art. 150. […] III - cobrar tributos:
[…]
b) no mesmo exercício financeiro em que haja sido publicada a lei
que os instituiu ou aumentou;”
- Excepciones: Impuestos “regulatorios” (IPI, II e IE) - efecto extra fiscal - Alteración por Decreto
- Modulación de los efectos de las sentencias declaratorias de inconstitucionalidad (beneficios fiscales declarados inconstitucionales)