Tribunal Fiscal

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EL TRIBUNAL FISCAL

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  • EL TRIBUNAL FISCAL

  • El Tribunal FiscalDefinicinEl Tribunal Fiscal es un rgano resolutivo del Ministerio de Economa y Finanzas, que tiene por misin resolver las controversias tributarias que surjan entre las entidades recaudadoras de tributos (Sunat, municipalidades, Etc) y los contribuyentes.El Tribunal fue creado en el ao 1964 mediante la Ley 14920.

    CaractersticasForma parte del Ministerio de Economa y Finanzas.Es el rgano de mayor jerarqua en los asuntos tributarios del Estado.Es independiente de las entidades recaudadoras de tributos (Sunat, municipalidades, Etc).Es un rgano especializado en materia tributaria.Sus decisiones agotan la va administrativa y pueden ser impugnadas en el Poder Judicial mediante la accin contencioso-administrativa.

  • El Tribunal FiscalImportanciaEl Tribunal controla la labor de la Administracin tributaria (Sunat, municipalidades, Etc).Realiza una importante labor de interpretacin y creacin jurisprudencial en materia tributaria, lo que d previsibilidad a sta.Da a los contribuyentes una tutela eficaz frente a la actuacin de la Administracin tributaria.OrganizacinEl Tribunal es un rgano del Ministerio de Economa y Finanzas y est compuesto por:La Presidencia. Integrada por el Vocal Presidente, quien representa al Tribunal Fiscal. La Sala Plena. Compuesta por todos los vocales del Tribunal.La Vocala Administrativa. Integrada por un Vocal administrativo, encargado de los asuntos administrativos.

  • El Tribunal FiscalLas Salas Especializadas en materia tributaria y aduanera. Existen 6 salas; 5 de ellas conocen asuntos en materia tributaria y 1 de ellas en materia aduanera. Cada Sala est conformada por 3 vocales, un secretario relator y asesores.

    Los procedimientos tributariosDe acuerdo al Art. 112 del Cdigo Tributario, los procedimientos tributarios son:1.Procedimiento de Cobranza Coactiva. Procedimiento Contencioso-Tributario. Este procedimiento se inicia con la interposicin de un recurso denominado reclamacin, contra una Orden de Pago, una Resolucin de Determinacin o una Resolucin de Multa emitida por la Administracin; recurso que deber ser resuelto por la Administracin tributaria en plazo de ley. Si la decisin de la Administracin tributaria es contraria a los intereses del administrado, ste podr interponer recurso de apelacin ante el Tribunal Fiscal.

  • El Tribunal FiscalProcedimiento No Contencioso. A diferencia del procedimiento anterior, el procedimiento No Contencioso se inicia con la interposicin de una solicitud (vinculada a una obligacin tributaria), ante una entidad que forme parte de la Administracin tributaria, la cual deber resolverla en el plazo legal correspondiente. Si la Administracin deniega la solicitud del contribuyente, ste podr interponer recurso de apelacin ante el Tribunal Fiscal.El procedimiento Contencioso-Tributario se inicia en base a un acto administrativo, emitido previamente por la Administracin tributaria (R.D., R.M. u O.P.), mientras que el procedimiento No Contensioso se inicia sin que se haya emitido previamente algn acto administrativo.

  • El Tribunal FiscalAtribucionesDe acuerdo al Art. 101 del Cdigo Tributario, el Tribunal Fiscal es competente para lo siguiente:Conocer y resolver en ltima instancia administrativa las apelaciones contra las resoluciones de la Administracin tributaria que resuelven reclamaciones interpuestas contra Ordenes de Pago, Resoluciones de Determinacin, Resoluciones de Multa u otros actos administrativos que tengan relacin directa con la determinacin de la obligacin tributaria; as como contra las Resoluciones que resuelven solicitudes no contenciosas vinculadas a la determinacin de la obligacin tributaria, y las correspondientes a las aportaciones a Essalud y a la ONP.Conocer y resolver en ltima instancia administrativa las apelaciones contra las Resoluciones que expida la SUNAT, sobre los derechos aduaneros, clasificaciones arancelarias y sanciones previstas en la Ley General de Aduanas, su reglamento y normas conexas y los pertinentes al Cdigo Tributario.

  • El Tribunal FiscalResolver los recursos de queja que presenten los deudores tributarios, contra las actuaciones o procedimientos que los afecten directamente o infrinjan lo establecido en este Cdigo, as como los que se interpongan de acuerdo con la Ley General de Aduanas, su reglamento y disposiciones administrativas en materia aduanera.Uniformar la jurisprudencia en las materias de su competencia.

    Impugnacin de las decisiones del Tribunal Fiscal ante el Poder JudicialLa resolucin del Tribunal Fiscal agota la va administrativa. Dicha resolucin podr impugnarse mediante el Proceso Contensioso-Administrativo, el cual se regir por lo establecido en los Arts. 157 y 158 del Cdigo Tributario y en la Ley 27584 Ley que regula el Proceso Contensioso Administrativo. La demanda se interpondr ante la Sala Contencioso-Administrativa de la Corte Superior respectiva.