Trabajadoras del Hogar -...
Transcript of Trabajadoras del Hogar -...
Trabajadoras del Hogar
BASE LEGAL
Ley N° 26790 - Publicada el 17 de mayo de 1997 - Aprueba Ley de la Modernización de la Seguridad Social en Salud
Ley N° 27986 - Publicada el 03 de junio de 2003 - Ley de los Trabajadores del Hogar
Decreto Supremo Nº 015-2003-TR - Publicado el 20 de noviembre de 2003 - Aprueba Reglamento de la Ley de Trabajadores del Hogar.
Decreto Supremo N° 025-2007-TR - Publicado el 20 de diciembre de 2007 - Establece disposiciones relacionadas con la Seguridad Social en Salud y Seguro Social de Salud Resolución de Superintendencia N° 191-2005/SUNAT - Publicada el 01 de octubre de 2005 - Establecen Registro de Empleadores de Trabajadores del Hogar, Trabajadores del Hogar y Derechohabientes. Resolución de Superintendencia N° 245-2008/SUNAT - Publicada el 09 de enero de 2009 - Facilitan la declaración y/o pago de las contribuciones a la Seguridad Social de los empleadores de trabajadores del hogar. Resolución de Superintendencia N° 240-2014/SUNAT - Publicada el 30 de julio de 2014 - Facilitan la inscripción de Trabajadores del Hogar y sus Derechohabientes así como la modificación y actualización de la información de dichos sujetos en el Registro de Empleadores de Trabajadores del Hogar, Trabajadores del Hogar y sus derechohabientes.
El Trabajador del Hogar es
la persona contratada para
realizar labores propias de un
hogar u otros servicios
relacionados con el mantenimiento y vigilancia
de una residencia o casa – habitación (incluye choferes
personales), en una jornada
mínima de cuatro horas.
Contrato de trabajo y derechos laborales
El Contrato de Trabajo puede ser celebrado en forma verbal o escrita y
puede ser, cama afuera o cama
adentro, en este último caso, la suma de
los períodos de trabajo efectivo durante
el día y semana no podrán exceder de
8 horas diarias y 48 horas semanales.
El trabajador del hogar tiene los
siguientes derechos laborales:
•Descanso semanal y Asignación familiar.
•Protección de la Jornada de Trabajo, Derecho a sindicalizarse. •Seguro de Vida/ Indeminización por despido arbitrario y por vacaciones no gozadas. •Compensación por Tiempo de Servicios
(CTS). •Trabajo remunerado en días feriados.
DERECHOS LABORALES
Beneficios relacionados a la Seguridad Social
El trabajador del hogar es considerado
afiliado regular del Seguro Social de
Salud (obligatorio - EsSalud), en relación
a todo tipo de prestaciones de
que labore una jornada salud, siempre
mínima de 04 horas diarias.
En cuanto a su régimen pensionario puede
optar por el Sistema Nacional de Pensiones o
por el Sistema Privado de Pensiones.
¿A quién se considera derechohabiente?
Al cónyuge, concubino (a) del trabajador, a sus hijos menores de edad o al mayor de edad incapacitado en forma total y permanente para el trabajo, siempre que ellos a su vez no sean trabajadores o pensionistas afiliados a la Seguridad Social.
Recuerde que: No es trabajador del hogar, aquella persona que presta servicios a empresas o negocios, tampoco los son los padres, hijos, hermanos, nietos, abuelos, tíos, sobrinos y primos, ni los padrastros, hijastros, suegros, yerno, nuera, hermanastros o cuñados, aunque realicen labores como: de aseo y cuidado de una residencia.
¿Quiénes no pueden ser considerados como Trabajadores del Hogar (TH)?.
Los familiares del Empleador o de su cónyuge hasta el cuarto grado de consanguinidad o hasta el segundo grado de afinidad, inclusive.
Por ejemplo, el empleador no podrá considerar como TH a su hermano(a), hijo(a), cuñado(a), suegro(a), entre otros familiares que se detallan en los cuadros anteriores.
Nota: Para la actualización o modificación de datos, presentar los originales de los documentos.
DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA INSCRIPCIÓN
Modificaciones que deben ser comunicadas en el Registro
El Empleador debe comunicar a la SUNAT, dentro del plazo de treinta (30) días calendario de producidos, los siguientes hechos: Modificación de datos de identificación (apellidos y nombres, tipo y número de documento de identidad, sexo, fecha de nacimiento) de los empleadores, y de los trabajadores del hogar. En el caso de encontrarse identificados con DNI (Empleador o trabajador del hogar), el cambio debe efectuarse previamente en la RENIEC..(*) Inscripción o baja de los Derechohabientes del trabajador del hogar. (*) Modificación de los datos de Derechohabientes. (*) Cambio del Centro Laboral del trabajador del hogar. (*) Cualquier otra modificación de la información proporcionada por el empleador para efectos del Registro Extinción del vínculo laboral, siendo suficiente que el Empleador exhiba su documento de identidad al efectuar el trámite. . (*) Los cambios se acreditarán con los respectivos documentos sustentatorios
La SUNAT viene trabajando
medidas de formalización
y facilitación para el acceso
a la seguridad social de los
Trabajadores del Hogar
Medidas de formalización y facilitación
TRABAJADORES DEL HOGAR (TH)
1. Registro de Empleadores de TH
2. Pago fácil
3. Campañas de difusión y orientación WEB
4. Consulta del Registro (CIE)
5. Declaración y Pago por Internet
www.sunat.gob.pe
1. Registro de Empleadores de TH
Uno de los derechos que tiene el trabajador(a) del hogar es acceder a
los servicios médicos y hospitalarios que brinda el EsSalud. Por tal
motivo, la SUNAT ha implementado el " Registro de Empleadores/
Trabajadores del Hogar y sus derechohabientes”.
Documentos necesarios para la inscripción:
NOTA: Toda inscripción debe efectuarse dentro de los treinta (30) días calendario
siguientes a la contratación del trabajador del hogar.
Empleador DNI, carné de extranjería, pasaporte, cédula de
diplomática.
Trabajador del Hogar DNI; partida de nacimiento, carné de
extranjería, pasaporte. Cónyuge o concubino(a) o la madre gestante del
hijo(a)
Hijo(a) del trabajador del hogar
Inscripción del Empleador del TH
USUARIOS SUNAT
Empleador
Centro
de
Servicios
Comprobante de
Información Registrada
- CIR
Reniec
EsSalud
Registro de
Empleadores y
Trabaj. del Hogar
Novedades
de
Trabajadores
1. Registro de Empleadores de TH
Centros de Servicios al Contribuyente
60 Centros de Servicios
remotas
nacional.
y Oficinas a nivel
Modulo
en el
Trabajo.
de atención Ministerio de
1. Registro de Empleadores de TH
2. Pago Fácil
No es necesario llenar algún formulario. Sólo debe acercarse
al Banco y proporcionar la siguiente información de manera
verbal o utilizando la Guía – Trabajadores del Hogar.
•Concepto a pagar (ESSALUD , ONP y + Vida)
•Código de Inscripción del Empleador (CIE)
•Tipo y N° de documento de identidad de TH.
•Período tributario (expresado en mes y año).
•Número de días subsidiados del mes.
•Monto de la remuneración
3. Campañas de difusión y Portal WEB
Charlas de difusión e
inscripción
Sitio especializado de
orientación
http://orientacion.sunat.gob.pe/
4. Consulta del Registro del Empleador de TH
Consulta pública para confirmar registro del Empleador con su
Registro Único de Contribuyente (RUC) o Código de identidad de
Empleador (CIE).
www.sunat.gob.pe
5. Declaración y Pago por Internet
www.sunat.gob.pe
5. Declaración y Pago por Internet
www.sunat.gob.pe
5. Declaración y Pago por Internet
www.sunat.gob.pe
5. Declaración y Pago por Internet
www.sunat.gob.pe
5. Declaración y Pago por Internet
www.sunat.gob.pe
5. Declaración y Pago por Internet
www.sunat.gob.pe
Corrección de errores en la Declaración - Períodos tributarios enero de 2009 y siguientes
Corrección de errores en la Declaración - Períodos tributarios antes de enero de 2009
Para modificar y/o incluir datos en los Formularios 1076 – Trabajadores del Hogar correspondiente a períodos anteriores a enero de 2009, el empleador deberá presentar un nuevo Formulario 1076, en el que consignará toda la información (incluso la que no rectificará).
Gracias por su atención.