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Terceras Jornadas de Sociología de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de
la Universidad Nacional de Cuyo
Pre-ALAS de la Provincia de Mendoza, República Argentina
Ofensiva neoliberal en “Toda la piel de América”. El Estado en el centro del
debate sociológico.
¿Derechos humanos o derechos violados? Juvenicidio, policiamiento y
estigmatización territorial en Trelew
Autor:
Mg. Pablo Blanco (Instituto de Investigaciones Históricas y Sociales-FHyCS-UNP, sede
Trelew)
Mail: [email protected]
Mesa 35 Luchas territoriales y Estado
Resumen
El presente trabajo está orientado a abordar el problema de la violencia policial hacia los
jóvenes en Trelew, profundizando en la descripción y comprensión de los motivos por
los cuales se produce esta situación, además de esbozar posibles explicaciones a un
tema muy poco investigado desde el ámbito académico.
La estructura del texto está orientada, en primer lugar, a conceptualizar al Juvenicidio
como crimen de Estado y la consecuente des ciudadanización de los cuerpos juveniles.
Luego se contextualizan los casos en nuestra provincia. Desde el trabajo del Consejo
Social de la UNP, sede Trelew, de la Comisión Contra la Impunidad y por la Justicia en
Chubut y el Ministerio de la Defensa Pública de la Provincia del Chubut y otras
organizaciones sociales, hemos podido reunir diferentes casos acaecidos en Chubut,
sobre todo en Trelew, en los últimos 10 años, además de „ubicar‟ esta situación dentro
del contexto latinoamericano. Presentamos este historial, para dar cuenta de la violencia
policial hacia los jóvenes en nuestra provincia. Estos datos y casos señalados orientan el
trabajo hacia la hipótesis vinculada a que esa violencia policial respecto a los jóvenes es
un problema estructural, no solo en Trelew, sino en nuestra Provincia.
Por último, abordamos la estigmatización territorial, el policiamiento y los dispositivos
de precarización social de la vida juvenil, para sostener la hipótesis que dicha violencia
está orientada a los jóvenes pobres, provenientes de los barrios ubicados en la periferia
y con rasgos físicos en su gran mayoría vinculados a los pueblos originarios, tomando
“solo” la violencia ejercida y no la acción (o no) de la Justicia en cada caso (los
posteriores juicios o absoluciones acontecidas)
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Palabras claves: Derechos humanos, Derechos violados, Juvenicidio, Policiamiento,
Estigmatización territorial
¿Derechos humanos o derechos violados? Juvenicidio, policiamiento y
estigmatización territorial en Trelew
Así tus ojos, César
miraban desde el miedo
sabían, Cesar, que acá no se perdona
(…) que cuando acá se muere un chico
queda nada
(…) Miraste el rostro del odio
tus ojos ahora saben
que Trelew es el límite
la ciudad imperfecta del crimen
Trelew es el sepulcro
donde expiramos todos
cada pibe que muere
nos mata un poquito
y acá quedamos, César
tan solo ojos, lágrimas
y el corazón chiquito
cada vez más chiquito
cada vez más chiquito
cada vez más chiquito
“Cesar Monsalve”. Vivina Ayilef, julio de 2013. Publicado en el Poemario La
muerte no existe: es la policía
Introducción
El presente trabajo está orientado a abordar el problema de la violencia policial hacia los
jóvenes en Trelew (Argentina), dentro del contexto latinoamericano. Intentaré avanzar
más allá de la denuncia, profundizando en la descripción y comprensión de los motivos
por los cuales se produce esta situación, además de esbozar posibles explicaciones a un
tema muy poco investigado desde el ámbito académico.
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El Juvenicidio como crimen de Estado y des ciudadanización de los cuerpos
juveniles
Pensar la violencia policial hacia los jóvenes en Trelew, implica incluir el concepto de
“juvenicidio”, entendiendo a este no solo como la muerte y la violencia física hacia
estos sectores sino también a la precarización, la estigmatización, los estereotipos que
anteceden a la situación que deben vivir los cuerpos con identidades desacreditadas:
negros, indios, mujeres, homosexuales, entre tantas otras. Manuel Valenzuela ha
profundizado en el concepto
para identificar al exterminio o eliminación permanente y sistemática de jóvenes. El
juvenicidio refiere al acto límite que arranca la vida de la persona, pero ese acto límite
no surge del vacío, ni aparece de manera repentina como rayo sobre cielo sereno, sino
que es producto y conclusión de diversas formas de precarización económica, social,
cultural e identitaria de jóvenes que devienen prescindibles a partir de su situación
social y sus repertorios de identidad. (Valenzuela, 2016: 1)
Para abordar esta problemática, donde el cuerpo disidente es destinatario de la violencia
estatal, creo necesario adherir al concepto “colonialidad”, en tanto consideramos que
existen continuidades históricas entre los tiempos coloniales y los que se denominan
poscoloniales, además de la gran importancia que la cultura juega en estos procesos, ya
que es componente del capitalismo. Existen tres ejes centrales al momento de pensar el
giro decolonial1: el poder, el saber y el ser. La colonialidad del poder, da cuenta de los
diferentes modos de dominación transmitidos de generación en generación, y que
persiste aun habiéndose retirado las colonias de los territorios dominados. En esa matriz
se guarda la génesis que organiza los vínculos jerárquicos con “el otro” (el indígena, el
negro, la mujer, el obrero) y con “lo otro” (la naturaleza). Son vínculos concebidos
desde una relación jerarquía/subalternidad. La colonialidad del saber se vincula a
aquellas propuestas pedagógicas que reproducen sin más esa matriz colonial del poder:
un pensamiento occidental y europeo para dar cuenta de las realidades de los países de
nuestra América, Asia o África o de los pueblos originarios dentro de los países
americanos, dominados por españoles y portugueses. Finalmente, la colonialidad del
ser, muy vinculada al presente trabajo, es aquélla que opera sobre los cuerpos y las
subjetividades, estableciendo cuáles cuerpos y cuáles subjetividades son las que
deberían ser dominantes en la sociedad. En este sentido, Quijano sostiene que
La “corporalidad” es el nivel decisivo de las relaciones de poder. (…) Y eso es lo que
hace posible la “naturalización” de tales relaciones sociales. En la explotación, es el
“cuerpo” el que es usado y consumido en el trabajo y, en la mayor parte del mundo, en
la pobreza, en el hambre, en la malnutrición, en la enfermedad. Es el “cuerpo” el
implicado en el castigo, en la represión, en las torturas y en las masacres durante las
luchas contra los explotadores (Quijano, 2000)
Estas violencias se dan en todo el continente. Los ejemplos más notorios se dan con los
agrupamientos infanto juveniles Mara Salvatrucha (MS-13) y la pandilla del Barrio 18
(B-18), surgidos durante la década de 1980 y comienzo de la de 1990, que tienen sus
1 Se entiende como giro decolonial a la apertura, la libertad de pensamiento y las formas de vidas otras
que suponen otras formas de economía, de teorías políticas, etc.
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patrias de origen, sobre todo, en la región conocida como el Triángulo del Norte (El
Salvador, Honduras y Guatemala), y sus países de llegada son, básicamente, Estados
Unidos y México, aunque este último, se sitúa como territorio de desplazamiento. El
nombre Mara Salvatrucha, implica una “contracción de marabunta (aquellas hormigas
gigantes que van destruyendo todo a su paso), en otras palabras, es una metáfora que
emula los flujos migratorios de ese grupo; y Salvatrucha viene de El Salvador y trucha,
ponerse listo/avispado, es decir, alude a un salvadoreño abusado/inteligente (identidad
nacional)” (Nateras Dominguez, 2010: 89). Otros de los grupos analizados, La pandilla
del Barrio 18, surge a partir de defenderse de las clicas, ya asentadas territorialmente en
el sur de California, como la de los italianos, los asiáticos y las minorías
afrodescendientes. Los contextos sociopolíticos de esos países, marcados por las
permanentes “crisis económicas y políticas, la guerra civil y de guerrillas (…), el
incremento de flujos migratorios plagados de jóvenes (…), el recrudecimiento de las
violencias (…) en las principales urbes de las ciudades latinoamericanas (…)” (Nateras
Dominguez, 2015 b: 84), generaron procesos y movilidad de seres humanos como
alternativas familiares para proteger la integridad físico/emocional de los niños y
adolescentes. Por ello, surgieron en el país de destino: Estados Unidos (en Los Ángeles,
California), como posibilidad real de supervivencia cultural, frente a tanta exclusión
social, la urgencia de conformar resistencia identitaria y la necesidad de una unión a un
grupo social de pertenencia.
Otro ejemplo es el genocidio de la juventud negra e indígena en Brasil. Aquí se
visualiza la negación de los derechos sociales y políticos a la población portadora de
esos cuerpos, disciplinándolos e invisibilizándolos. El Estado Brasileño, racista y
asesino, criminaliza a los jóvenes negros y pobres; la población negra es el 50 % del
total de la población de Brasil y le corresponde el 20 % del PBI; los negros en Brasil
son el 67 % de la población pobre y el 70 % de la población indigente. El 75 % de los
homicidios ocurridos en 2012 se propiciaron hacia jóvenes negros Los negros
componen el 67 % de la población carcelaria del país. Estas cifras dan cuentas claras
que en Brasil existe de manera un Estado Penal muy fuerte, en permanente escalada
punitiva y violencia policial, siempre con acciones dirigidas a los sectores más
desfavorecidos.
En Colombia se ha planteado la situación de los “falsos positivos”, que son ejecuciones
o asesinatos de jóvenes de la población civil que se presentan de manera falsa como
muertes en combate por parte fuerzas de seguridad, con el fin de dar cuenta del éxito del
Estado colombiano en la lucha contra la inseguridad y la violencia y el “terrorismo” en
ese país, empleando verdaderas máquinas de guerra, controlando y actuando en
territorios estigmatizados, precarizando (social, cultural y económicamente) a los
jóvenes y criminalizando la pobreza.
Otro caso relevante en nuestra América ha sido los asesinatos y desapariciones forzadas
de estudiantes normalistas de Ayotzinapa, que dieron difusión a un problema estructural
en México, con el enterramiento en fosas comunes de jóvenes también desaparecidos y
asesinados a lo largo y ancho del país. En este sentido, este Juvenicidio
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se inscribe en un contexto nacional que enmarca y define los trágicos sucesos que han
dado la vuelta al mundo entre los cuales debemos identificar las condiciones de
precarización y pobreza en que vive la mayoría de la población mexicana (…); los altos
niveles de violencia y muerte que han trastocado los marcos de convivencia y
habitabilidad, naturalizando la muerte artera y el miedo (Valenzuela, s/a)
En todos los casos mencionados, además de los analizados en este trabajo, asistimos a
crímenes de Estado: delitos planificados y justificados, donde el enemigo es la
población civil, sobre todo los jóvenes, especialmente negros, pobres, indios,
desempleados. Estos son marcados como enemigos de la sociedad, supuestamente en
situación de delincuencia o pre-delincuencia, que, siguiendo a Zaffaroni, deben ser
eliminados para superar crisis de valores o para sanear costumbres.
El Estado punitivo tiene como principal función el control, descartando toda posibilidad
de estado de derecho, con protección social y con políticas sociales. Pero, apelando a la
(in) seguridad, se fortalece el estado de excepción, donde se reproduce la violencia, la
estigmatización, el control, sostenidos por discursos y políticas que legitiman la
intervención estatal en determinados espacios ante esas sensaciones de inseguridad y
temor. En su obra Necropolítica, analizando al Estado colonial, Mbembe hace
referencia a la soberanía que tienen los estados para ejercer y orientar esa persecución y
ese control, en tanto
la capacidad para definir quien tiene importancia y quien no la tiene, quien está
desprovisto de valor y puede ser fácilmente sustituible y quién no (...) Historia,
geografía, cartografía y arqueología supuestamente apoyan estas reivindicaciones,
relacionando así estrechamente identidad y topografía (Mbembe, 2011: 46)
El autor denomina necropoder a la formación específica del terror desde los sectores
dominantes: el Estado, las empresas, las instituciones tradicionales que ven afectado el
orden establecido por la costumbre y los valores que de él se desprenden. Deberíamos
enmarcar el necro poder y la necropolítica con la idea de “Tolerancia cero”, o
“intolerancia selectiva” según Wacquant, que implica el crimen callejero de las clases
más bajas, es decir,
hacer desaparecer a los pobres del ámbito público; limpiar las calles para que no se vea
a los desposeídos, a los que no tienen hogar, a quienes piden limosna. No quiere decir
que haya desaparecido la pobreza ni que hayan desaparecido la alienación o la
desesperación social, significa más bien que los pobres ya no interfieren en la escena
pública, de manera que el resto de la sociedad puede fingir que los pobres no están más
ahí (Wacquant, 2006:60)
Con esto, se corre el eje de discusión en torno a las políticas públicas dirigidas a los
jóvenes; en vez de intentar solucionar la desigualdad socioeconómica que vivencia este
sector, se apela al discurso que justifica la acción del Estado Penal orientada a la
criminalización de la pobreza, con las fuerzas de seguridad persiguiendo a los sectores
más desfavorecidos, a los cuerpos estigmatizados; el sistema judicial desatendiendo las
violencias que viven estos cuerpos estigmatizados; con un sistema carcelario abarrotado
de ellos hacia el interior de las cárceles.
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Los sectores empobrecidos, según Wacquant, han experimentado la desocialización del
trabajo, cuya principal implicancia es la pérdida del contrato de trabajo típico del
período fordista de industrialización. Así, los barrios más desfavorecidos sufren
deterioro constante, fortaleciendo la concentración de la pobreza y marginalidad en
territorios estigmatizados, con problemas de violencia, delito, infraestructura, deterioro
de vivienda, entre otros.
Entonces, entendemos al juvenicidio, no solo como el asesinato planificado y
organizado de jóvenes, sino también como la violencia ejercida a través de los medios
de comunicación y sectores poderosos y las estigmatizaciones y prejuicios sobre los
mismos jóvenes, con las consecuencias punitivas y de control social que ello genera. Y,
siguiendo al colombiano Germán Muñoz, podemos considerar la idea de “juvenicidio
gota a gota”, que incluye a
la precariedad laboral, la exclusión de la vida pública, el silenciamiento y satanización
en los medios masivos de comunicación, las limitaciones de sus derechos, la
prohibición de la movilidad dentro de territorios acotados, el cercenamiento de las
libertades, la abierta represión” (Valenzuela, 2016: 13)
El juvenicidio por goteo, entonces, fortalece la idea de desciudadanización de los
jóvenes, a través de leyes que sancionan el cruce fronteras o de leyes internas que
controlan y sancionan a quienes los sectores dominantes consideran población
excedente y problemática, con el incremento de leyes de mano dura. Con esto, los
cuerpos juveniles son destruidos, pero con amparo legal.
Como dispositivo de la función biopolítica del Estado/Nación, la ciudadanía se
convirtió en algo estático (en términos étnicos, lingüísticos e ideológicos), para
establecer una clara separación entre ciudadanos y no ciudadanos, para luego dar
cuenta de “niveles” ante la posibilidad de exigir derechos. El estado genera cada vez
más leyes desciudadanizantes que tienen claras consecuencias en la relación nación-
territorio-población. Estas leyes determinan qué es un ciudadano y qué no es un
ciudadano. En este sentido, el racismo ha operado como aparato ideológico para
profundizar los efectos de esa desciudadanización sobre los jóvenes, con
procedimientos legales y leyes de excepción como marco jurídico para la exclusión de
los mismos.
De esta manera, el Estado de excepción en América Latina, anula el marco jurídico
establecido en democracia, con la idea de profundizar la persecución y el control sobre
la población juvenil, haciendo de éstos cuerpos despojados de cualidades políticas. Cada
joven desciudadanizado es un
cuerpo enemigo interno: el delincuente, el terrorista, el elemento percibido como
pernicioso para la sociedad (…), a través de la criminalización (…) De esta manera se
cancelan derechos políticos, tratando a los sujetos (…) como si estuvieran fuera de la
sociedad, elementos extraños y peligrosos (Urteaga y Moreno, 2015: 68)
Así, estos cuerpos que transitan por las fronteras (entre países o entre sectores de una
misma ciudad), sufren estos efectos, en completo estado de nuda vida, donde los
jóvenes son nada, estigmatizados, controlados, maltratados, asesinados (sin cometer
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delito, enterrados en fosas comunes) En este sentido, “se utiliza la ley para legitimar
acciones que lesionan e incluso diluyen los derechos políticos y humanos de los sujetos
desterritorializados” (Moreno, 2014: 126) Para ellos, la paralegalidad, con sendos
negocios alrededor de su muerte y su desaparición; además, el Estado democrático no se
hace cargo, permite racias, limpiezas de los jóvenes o los obliga a ser integrantes del
ejército/fuerzas de seguridad o a realizar trabajos sucios vinculados al narcotráfico.
La nuda vida atraviesa cuerpos y subjetividades juveniles. El Estado, con la permanente
exigencia de “más seguridad”, mete al ejército en las calles para combatirla, declarando
guerras al narcotráfico, bajo la figura de una guerra civil, sin códigos; ese estado de
excepción y los campos (de detención, prisiones, centro de internamiento, etc), más esa
nuda vida, sostienen hoy al Estado/Nación. De ésta manera, aumentan las leyes que
ilegalizan los cruces de fronteras, como aquellas que criminalizan y desciudadanizan a
la población excluida, con cada vez más abandono de sectores sociales y
empobrecimiento.
Estos proyectos de legislaciones, entre otros que menciona el autor, son expresiones de
un estado que crea leyes para contradecir a las ya establecidas e instituir un vació legal
en cuanto a derecho legal, o lo que Agamben denomina, espacios de excepcionalidad,
dirigidos a sujetos específicos (jóvenes, migrantes, mujeres, etc), donde los cuerpos de
estos sujetos, en tránsito, son permanentemente criminalizados.
Es así como en estos barrios, bajo los modos de actuar del Estado penal, los cuerpos
disidentes con identidades desacreditadas de los que hablábamos al comienzo de este
apartado (negros, indios, mujeres, homosexuales, jóvenes, entre tantas otras),
profundizan, no solo la marginalidad social y deterioro económico sino que también
sobrellevan la estigmatización territorial.
¿Derechos humanos o derechos violados? Contextualizando la violencia policial
hacia los jóvenes de sectores socioeconómicamente desacreditados en Trelew,
Chubut
En Trelew, como en la gran mayoría de las ciudades del continente, el poder se hace
presente de múltiples maneras: en la economía, en la política, en la cotidianeidad
sociocultural. Las relaciones sociales, relaciones de explotación y dominio, se
manifiestan en todo el espacio y en la mayoría de las ocasiones, estas relaciones
fundamentan las diversas acciones que las clases en el poder realizan en detrimento de
los más desposeídos, a saber: dispersar la clase trabajadora, asignarle lugares para la
vivienda en espacios poco aptos en cuanto a servicios básicos, vigilar el territorio,
castigar a quienes habitan en esos territorios, entre otros.
Desde la desaparición de Iván Torres2 en la ciudad de Comodoro Rivadavia, al sur de la
provincia del Chubut en septiembre de 2003, luego de estar detenido en la Comisaría
Primera, hasta el año 2015, los casos de violencia policial han sido moneda corriente en
nuestra provincia, siendo la muerte de Gonzalo Julián Antillanca, ocurrida el 5 de
septiembre de 2010, el hecho que permite profundizar el ensañamiento de las fuerzas de
2 Para profundizar ver http://www.cidh.org/demandas/12.533SP.pdf
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seguridad de la provincia del Chubut hacia los jóvenes de sectores socioeconómicos
más desfavorecidos, además de ser el hecho que generó la acción de diversas
organizaciones sociales en relación a esta problemática en Trelew3.
Y no solo eso; podemos ir mas atrás en el tiempo con los casos de violencia
institucional en nuestra provincia, tal como se da cuenta en el Informe acerca de la
violencia institucional en la Provincia del Chubut. Años 1994 – 2012 realizado por la
Asociación civil Grupo Pro-Derechos de los Niños4, con sede en Comodoro Rivadavia.
Allí se hace hincapié en el trabajo de 16 años, que permitió sistematizar los
acontecimientos de violencia policial y desapariciones de personas en un banco de
datos, construido a través de denuncias de carácter personal recibidas en la organización
y denuncias vertidas en los medios de comunicación tantos radiales como escritas
(periódicos locales y regionales) por parte de los damnificados directos5
En este sentido, existen datos vinculados a las víctimas del abandono estatal hacia los
jóvenes en cuanto a los derechos básicos vinculados a la educación, la salud, la justicia,
las políticas públicas municipales, entre otros, además de citar y describir casos de
violencia policial más allá del de Iván Torres, desde 1994 hasta 2012. En todos los
casos, las víctimas son pobres y, en algunos ellos, de apellidos vinculados a las
comunidades mapuche y/o tehuelche.
Con este informe, mas la labor realizada por el Consejo Social de la Universidad
Nacional de la Patagonia, sede Trelew (desde 2010 hasta abril de 2013), y la Comisión
Contra la Impunidad y por la Justicia en Chubut (desde Mayo de 2013 hasta la
actualidad), hemos reunido los casos más relevantes acontecidos en los últimos 10 años,
en donde la acción policial hacia los jóvenes, pobres todos, descendientes de pueblos
originarios en su mayoría, se llevó adelante con golpizas, controles, abusos, torturas y
muertes.
En el año 2009, en el Barrio Tiro Federal, se puso de manifiesto una situación de
apremios ilegales en perjuicio de la familia Paillacura-Chingoleo. El hecho fue
inmediatamente denunciado por la madre de seis chicos que fueron afectados por el
accionar del GEOP en su vivienda una noche en la que buscaban un presunto
delincuente; en este caso, hasta una chica embarazada resultó lesionada con postas de
goma de las armas de los efectivos del grupo especial. Además, los efectivos
3 En el año 2010 comienza a funcionar el Consejo Social de la UNPSJB, sede Trelew, orientado a pensar,
discutir e intervenir en los problemas de la sociedad del VIRCH. En las primeras reuniones, los temas
centrales se orientaron al desarrollo urbano, la violencia de género, entre otros. La presencia de Cesar
Antillanca, padre de Julián, en una reunión, hizo que la violencia de las fuerzas de seguridad hacia los
jóvenes sea considerado como prioritario. Cabe aclarar que de aquí surge la Comisión contra la
Impunidad y por la Justicia en Chubut, en mayo de 2013, luego de la absolución de los policías
involucrados en el caso Almonacid. 4 Personería jurídica nro. 1663
5 INFORME ACERCA DE LA VIOLENCIA INSTITUCIONAL EN LA PROVINCIA DEL CHUBUT
AÑOS 1994 – 2012. http://es.scribd.com/doc/108492535/Informe-Grupo-Pro-Derechos-Violencia-
Institucional-Pcia-Del-Chubut
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encapuchados y armados con armamento antimotines golpearon a los chicos y a las
mujeres que quisieron frenar la agresión, metiéndose en los patios de las viviendas.
Como mencionamos anteriormente, en la madrugada del 5 de septiembre de 2010,
Gonzalo Julián Antillanca (Barrio Etchepare), de 19 años, fue hostigado por cuatro
policías de la ciudad de Trelew, a la salida de la zona de establecimientos bailables, que
lo golpearon en todo el cuerpo. Las lesiones generadas en la cabeza y cuello causaron
un paro nervioso central, y Julián murió en el instante. Los policías cargaron el cuerpo
en el patrullero y lo tiraron en una calle oscura cercana adonde se había dado el hecho.
Desde el hallazgo del cuerpo, su padre, César Antillanca, realizó numerosas acciones
para romper con la versión oficial, que hablaba de coma etílico y continuó con “muerte
natural por causas indeterminadas”, hasta pudo localizar testigos que observaron la
detención y la paliza, e inclusive el mismo momento en que, desde el baúl del
patrullero, arrojaron el cadáver a la calle.
Esa noche la misma policía realizó una serie de violentas detenciones, golpizas,
apremios y torturas a varias personas, entre ellas los hermanos Sergio y Denis Aballay
(barrio Tiro Federal), que fueron ilegalmente detenidos, golpeados y recibieron disparos
con balas de goma a corta distancia. Ambas causas se acumularon. Al año siguiente los
cuatro policías, Martín Paul Solís, Jorge Abraham, Pablo Morales y Laura Soledad
Córdoba fueron llevados a juicio. Los jueces, siendo coherentes en la tarea de proteger
el aparato represivo estatal, eligieron condenar a los policías a penas leves por las
torturas a los hermanos Aballay, pero absolviéndolos por la tortura seguida de muerte
de Julián Antillanca.
El 18 de enero de 2012, se da el caso de abuso y vejaciones hacia el joven Maximiliano
Almonacid (barrio Oeste), en la que sin que existiera causa legal alguna que lo
justificara, el joven, de 16 años de edad, fue detenido en la puerta de su domicilio, por
los policias Carlos Pato, Mario Bevacqua, Sergio Castillo, Hugo Olavarría y Héctor
Ortiz, quienes se encontraban en ese momento cumpliendo funciones. Luego de
desprenderlo a golpes de la reja de ingreso al predio de su vivienda, mientras
Maximiliano llamaba a los gritos a su madre, lo arrojaron al piso, lo redujeron y lo
golpearon reiteradamente con puños y patadas, a la vez que impedían que los vecinos se
acercaran al grupo e intervinieran en auxilio del joven. Almonacid fue introducido
violentamente al interior de un móvil policial y una vez llegados a la comisaria
Seccional Segunda, un grupo de empleados policiales que estaban en ese momento en
funciones, continuo golpeándolo incesantemente hasta provocar su caída. Lo golpearon
principalmente en la zona de las costillas y en sus piernas con puños y patadas. Luego le
sacaron el cinturón, con el que Treuquil le dio un golpe en el rostro, le bajaron los
pantalones y el calzoncillo y, al tiempo que le decían "ahora vas a gritar con ganas
mamá", mientras los demás lo sujetaban, Muñoz le introdujo varias veces en el ano un
objeto romo y rígido similar al bastón tipo tonfa que utiliza el personal policial6
6 El relato ha sido tomado tal cual se menciona en el documento firmado por el Juez García, donde se
eleva a juicio la causa
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Luego de este hecho y vinculado a él, asesinan, el 27 de marzo del 2012, a un testigo de
la causa Almonacid (supuestamente protegido), Bruno Rodríguez Monsalve de 22 años
de edad. El 27 de mayo de 2013 se denuncia la desaparición del niño Cesar Monsalve,
de 13 años de edad, sobrino de Bruno Rodriguez, mientras se dirigía desde su casa a la
casa de su abuela. El 8 de julio de 2013 un cuerpo aparece mutilado en zonas, donde
supuestamente ya se habían realizado rastrillaje y el 30 de julio se confirma, de manera
poco clara, que ese cuerpo era el suyo. Los casos de Bruno Rodriguez Monsalvez y su
sobrino César, no han sido los únicos en los que circunstancias por demás confusas
rodean los asesinatos de gente que se ha atrevido a denunciar a la Policía de Chubut, o
que ha sido testigo de causas de tal naturaleza; solo basta recordar los hechos que
rodearon al mencionado caso Iván Torres y el destino de 7 de sus testigos, de acuerdo al
Habeas corpus presentado por la Comisión contra la Impunidad y por la Justicia en
Chubut en el caso Taucano Jones en Enero de 2015: asesinados todos, además de una
amiga de Torres, que sobrevivió a una violación de varios hombres, que luego de
someterla le dijeron: “ahora andá a hacer la denuncia a la 1era”.
El 19 de septiembre de 2013 aparece ahorcado en la Comisaría Segunda (otra vez)
Ángelo Vargas (niñez en el barrio Etchepare, vivía en barrio INTA al momento del
hecho), en circunstancias muy oscuras, en donde, hasta el momento se descarta el
asesinato del joven Vargas por parte de la policía, pero al menos debería esclarecerse su
muerte en el interior de la Comisaría. Aquí se observa el atraso que existe en nuestra
provincia respecto de su adecuación a los tratados internacionales con jerarquía
constitucional en materia de derechos humanos. Retomando el Habeas corpus
mencionado anteriormente,
este caso reveló que el personal de comisarías no conoce y/o no cuenta con un protocolo
de actuación en caso de detenciones en comisarías. Este tipo de protocolos sobre
condiciones de detención resultan fundamentales para investigaciones sobre apremios,
tortura u otras violaciones a los derechos humanos en centros de detención. Los hechos
aquí relatados en relación a la situación de los denunciantes en causas de violencia
policial, muestra asimismo tanto la ausencia de una política eficaz de protección de
testigos, como la continuidad de prácticas absolutamente contrarias a las
recomendaciones que hiciera la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a los
Estados Miembros en su informe “Seguridad Ciudadana y Derechos Humanos” de
noviembre de 2009. Claro incumplimiento del Artículo 2º de la Convención Americana
de Derechos Humanos. (Comisión Contra la Impunidad y por la Justicia en Chubut,
2015: 6)
El 3 de diciembre de 2013, por la tarde, en el barrio Don Bosco, más de 30 efectivos de
la Seccional Segunda en cinco móviles, rodearon el domicilio del joven Cristian
Mendoza de 17 años, quien fue baleado durante el procedimiento, con allanamientos y
destrozos en la casa de familia, además de perseguir y golpear a jóvenes tildados de
sospechosos de cometer delitos. Idéntica situación se dio el 8 de julio de 2014 en el
barrio Tiro Federal, también de Trelew. La diferencia en este último caso es que la
policía entró al domicilio de los jóvenes sospechados, sin orden de allanamiento y
detuvo al mayor de ellos, quien pasó la noche en la Comisaría Primera, donde sufrió
golpes en su cuerpo.
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El día 3 de mayo de 2014, en el barrio INTA de la ciudad de Trelew, personal de la
Comisaría 3ra, golpeó con machetes y con puños a gran parte de la familia Torres,
(algunos de ellos menores), porque supuestamente los hijos del matrimonio molestaron
al vecindario a raíz de haber prendido fuego la basura acumulada.
El 4 de mayo de 2014 (sí, la noche siguiente), personal de la Comisaría 3ra (sí, la misma
de la noche anterior) detuvo a una joven que iba a celebrar esa noche su cumpleaños de
15 al igual que a una prima de 17 y las mantuvieron demoradas por varias horas. A su
tía y otros dos tíos, los acusaron de un supuesto robo que no habían cometido y
mientras la familia se dirigía al festejo, es apresada. A las jóvenes de 15 y 17 años, los
policías les gritaron frases como “que hacen vestidas así, putitas”, “las vamos a violar y
a matar” y “van a aparecer tiradas en una zanja” y les sacaron fotos de sus partes
íntimas con un celular y las amenazaron de subirlas al Facebook si después los
denunciaban.
En octubre de 2014, la familia Currumil del barrio Tiro Federal
denunció en los medios de comunicación haber sido víctima de apremios ilegales, en
reiteradas ocasiones y con características de ensañamiento, por parte del personal de la
Seccional Segunda7. Una de las situaciones de apremios se produjo en el marco de un
allanamiento sin orden judicial donde se detuvo a 3 jóvenes, uno de ellos menor de
edad, y otro de ellos con un retraso madurativo. Los jóvenes fueron golpeados en su
domicilio y en la seccional. El único resultado de este operativo fue la golpiza que
sufrieron los detenidos, ya que en la audiencia de control de detención la fiscalía no
encontró razón para imputarles ningún delito o contravención. Más aún en la propia
audiencia las víctimas denunciaron las golpizas que les propinaron los efectivos
policiales. (Comisión Contra la Impunidad y por la Justicia en Chubut, 2015: 2)
El 31 de enero de 2015 un grupo de 15 personas, entre ellos 12 policías de la Comisaría
Segunda y 3 personas de civil, ingresaron violentamente al domicilio de la familia
Taucano Jones (barrio Presidente Perón) propinando severos golpes a varios miembros
de la familia y disparando postas de goma que lesionaron a uno de los hijos. Durante
este brutal procedimiento los efectivos no mostraron orden de detención o allanamiento,
ni se nos detuvo o imputó delito alguno. Las razones que expusieron para tal conducta
es que estaban buscando a una persona que presuntamente había cometido un robo. A
partir de ese día la familia comenzó a sufrir un permanente y peligroso hostigamiento
por parte de los efectivos policiales de la Comisaría Segunda: patrulleros que pasan
frente al hogar con suma frecuencia, efectivos filmando la puerta de la casa con sus
celulares, miradas intimidatorias, son algunos de los hechos que se sucedieron desde
aquél 31 de enero, siendo el más importante la golpiza que dos efectivos policiales le
propinaron al hijo que había sido baleado días anteriores
El 7 de febrero de 2015 se produjo un incendio en la celda de contraventores de la
Seccional Primera de Trelew, causando graves quemaduras a Mauro Castaño, afectando
el 70 por ciento de su organismo, soportando una temperatura cercana a los 165 grados.
7http://www.diariojornada.com.ar/109700/policiales/Denuncian_violencia_policial_en_un_allanamiento_
y_que_secuestraron_menta_por_marihuana_
http://www.elchubut.com.ar/nota/107269-acusan-brutalidad-policial/
12
Diez días después se concreta su muerte, en el Hospital Zonal de Trelew. El joven había
sido detenido la madrugada anterior por una contravención menor, sin demostrarse
delito alguno. Quien aquí escribe pudo visualizar los videos que se obtuvieron desde las
cámaras ubicadas en las calles céntricas de Trelew, en donde Castaño solo aparece
caminando con una gorra, bermudas (estereotipos marcados sobre cómo se reconoce a
un delincuente), por el centro de la ciudad, realizando comentarios a las personas que
pasaban cerca de él. Nueve policías lo persiguieron esa noche hasta detenerlo, solo por
estar alcoholizado.
Los mencionados anteriormente, son casos que han tomado relevancia gracias a la
persistencia y organización de los familiares de las víctimas, que aún en la absolución
de los policías involucrados en las causas (como en el caso Antillanca y Almonacid),
siguieron luchando y ambos casos fueron remitidos a la Corte Suprema de Justicia de la
Provincia de Chubut, lo que hizo que se realicen nuevos juicios, habiendo condenas en
ambos casos.
En definitiva, esta organización en un espacio como la Comisión Contra la Impunidad y
por la Justicia en Chubut, permite visibilizar y mantener en la agenda la problemática de
la represión llevada adelante con total impunidad por la policía de Chubut, hacia los
jóvenes, insistimos, pobres y/o provenientes de barrios marginados, además de obtener
condenas en el caso de la Familia Torres, y activa participación en el juicio por el caso
Castaño, con condenas leves en juicio abreviado y con absoluciones en juicio oral y
público penal. También se generan propuestas innovadoras, como el trabajo que se halla
realizando una de sus integrantes, Paulina Veira, para su tesis de Licenciatura en
Trabajo Social de la Universidad Nacional de la Patagonia. Se denomina “Violencia
policial y judicial en el barrio Tiro Federal de Trelew, entre los años 2010-2015” y,
partiendo de la pregunta: ¿Cómo construir una base de datos de casos de violencia
policial y judicial en Trelew, de la manera más representativa posible, a partir de la
experiencia de relevamiento en el barrio Tiro Federal?, intenta mejorar los actuales
sistemas de recolección de casos donde se ponen de manifiesto estos tipos de violencia,
que son incompletos (falta procedencia territorial de quienes denuncian; no todos
denuncian, etc)
Por ello, a pesar de lo expuesto en el párrafo anterior, debemos recurrir como fuente
relevante para contextualizar el problema planteado, al último informe (año 2015) del
Banco de datos de casos de Tortura, otros tratos o penas crueles, inhumanos y
degradantes elaborado por el Ministerio de la Defensa Pública de la provincia del
Chubut. Desde Septiembre de 2004 hasta febrero de 2015, se han registrado 32168 casos
en toda la provincia, de los cuales el 96 % eran varones, menores de 28 años (87%),
con estudios primarios (72%), en su mayoría desempleados o con trabajo ocasional. Las
acciones más denunciadas llevadas a cabo por los autores de las torturas son: golpes de
puño, patadas, golpes en todo el cuerpo, golpes en la cabeza, arrastramiento, empujones,
balas de goma, amenazas e insultos, acoso policial y desnudos. La mayoría de estos
hechos se produjeron en la vía pública (en la calle, en un comercio o en una vivienda
8 688 en Comodoro Rivadavia, 116 en Esquel, 1702 en Pto Madryn, 20 en Sarmiento y 690 en Trelew
13
particular) al momento de la detención (60%), seguido de los lugares de
aprehensión/detención -mayormente comisarías, alcaidías- (32 %), registrándose
también acciones al momento de traslado (6%). En el 98 % de los casos denunciados,
los autores son miembros del personal policial provincial (en patrulleros, en comisarías,
del Grupo Especial de Operaciones Policiales –GEOP-). Un dato relevante es que el 79
% de los casos no se denuncia judicialmente, ya sea por temor a represalias por parte de
la policía o porque no se confía en el accionar de la justicia, entre otros motivos9. Pero,
insistimos, no se aclara de dónde provienen quienes denuncian, o en qué lugar se
concretan los hechos.
Estos datos que se desprenden del Banco de datos de casos de Tortura, otros tratos o
penas crueles, inhumanos y degradantes, con el perfil de la violencia policial, además
de los casos señalados en Trelew anteriormente, permite sugerir la hipótesis vinculada a
que esa violencia policial hacia los jóvenes es un problema estructural, no solo en
Trelew, sino en nuestra Provincia. Se trata de una violencia dirigida hacia los jóvenes
pobres, provenientes de barrios estigmatizados territorialmente, descendientes en su
gran mayoría de pueblos originarios; en definitiva, hacia cuerpos desechables por los
sectores dominantes.
A todo esto hay que sumar aquéllas situaciones en que no se denuncia. Estamos en
condiciones de asegurar que el motivo de esto es el mismo que surge cuando se decide
no denunciar judicialmente, analizado en párrafos anteriores: temor a represalias o
escasa confianza en el accionar de la justicia.
Esta última hipótesis la podemos relacionar a lo que Gino Costa denomina „la escasa
confianza en nuestra policía‟, haciendo referencia al contexto latinoamericano. El autor
cita las encuestas realizadas por el Latinobarómetro a partir de 1996, “según las cuales
la confianza en las policías osciló entre el 29% y el 39%, con un promedio anual del
34%. Se trata de niveles de confianza muy bajos, pues alrededor de las dos terceras
partes de la población latinoamericana –entre el 61% y el 71%– expresaron de manera
sostenida poca o ninguna confianza (…) Los últimos años vieron una leve mejoría. La
confianza pasó de un promedio del 32% entre 1996 y el 2000 al 36% durante el
quinquenio 2006-2010” (Costa, 2012) En Entender la labor policial… Anneke Osse
profundiza la idea vinculada a que en casi todos los países de la región la acción de las
fuerzas de seguridad está desacreditada hasta por los propios gobiernos de la mayoría de
los gobiernos de América Latina, acción caracterizada por la escasez y el deficiente
9 Otra fuente para analizar los casos de violencia policial en Chubut es el informe “Sistematización de la
información de casos de violencia policial en los que el Ministerio de la Defensa Pública actuó como
querellante”, desde 2007 a 2013 donde se han relevado 142 casos de denuncia de violencia policial en los
que la Defensa Pública fungió como querellante. Del total de casos con querella de la Defensa Pública, 83
finalizaron con el archivo del caso lo que representa un (58,5%). Sumando los casos ya juzgados a los
casos que están siendo juzgados al momento de realizarse este informe, son 28 los casos que llegaron a la
instancia de ser juzgados, representando el 19,7% del total de casos. De los 23 casos en los que ya se
realizó el juicio, 11 tuvieron por lo menos a un condenado (47,8%) y en 13 casos todos los imputados En
los tres Juzgados de Instrucción de la Circunscripción Trelew, desde el año 1990 hasta el 2000 inclusive
se iniciaron de 611 expedientes, se elevaron a juicio 12 casos (2%) y llegaron a condena 4 casos (33,3%
de los casos enjuiciados).
14
manejo de recursos, jerarquías burocráticas y obsoletas, precaria formación de los
integrantes de las fuerzas de seguridad y gran cantidad de violaciones de los derechos
humanos en el cumplimiento de su función.
Esto también se da en nuestra ciudad, donde a 40 años de la Masacre de Trelew, en
agosto de 2012, el entonces gobernador de Chubut, Martín Buzzi, declaró:
“Hoy tenemos que dar gracias que han pasado 40 años y podemos hacer un acto único,
porque se ha unificado el reclamo de los grupos sociales con la política de Estado y
porque habiendo una política nacional, provincial y del conjunto del Estado de llegar
hasta las últimas consecuencias, permite (…) juzgarlos y que finalmente lo que se
denominó la Masacre de Trelew, sea denominado la justicia en Trelew y nosotros
tengamos el enorme orgullo de trabajar para declarar a la ciudad de Trelew, Capital
Nacional de los Derechos Humanos”. La realidad muestra que Trelew se ha convertido
en una de las principales ciudades donde más que derechos humanos, existen derechos
violados por parte del aparato represivo estatal.
Estigmatización territorial, policiamiento y dispositivos de precarización social de
la vida juvenil
Pensar y abordar la violencia policial hacia los jóvenes en nuestra ciudad, nos obliga,
insistimos, a partir de la hipótesis que dicha violencia está orientada a los jóvenes
pobres, provenientes de los barrios ubicados en la periferia y con rasgos físicos en su
gran mayoría vinculados a los pueblos originarios. Los casos recopilados, todos,
corresponden a jóvenes con identidades desacreditadas que provienen de familias con
escasos recursos económicos y procedentes de barrios segregados de Trelew,
estigmatizados por los medios de comunicación y por las clases dirigentes, como por
ejemplo: Barrio Oeste, Don Bosco, Inta, Pte Perón, Etchepare, Tiro Federal, entre otros,
donde las variables “Población”, “Hacinamiento” y “Necesidades Básicas
Insatisfechas”, se conjugan para demostrar las condiciones desfavorables de estos
territorios (Ver Figuras 2, 3 y 4). De estos barrios proceden todos las víctimas de la
violencia policial en la ciudad.
Figura 2: Población por radios censales
15
Figura 3: Necesidades Básicas Insatisfechas por radios censales
Figura 4: Cantidad de personas por vivienda por radios censales
16
Elaboración: Cátedra Abierta de Estudios Urbanos y Territoriales (Universidad
Nacional de la Patagonia)
Ya hemos contextualizado en tiempo y espacio los juvenicidios perpetrados por las
fuerzas de seguridad en Trelew, como así también los procesos de des ciudadanización
sufridos por los jóvenes. No debemos dejar de lado conceptos claves, como
policiamiento, estigmatización territorial, precarización social, violencia de las fuerzas
de seguridad hacia los jóvenes, todo esto asociado a la vulnerabilidad social y el
abandono estatal que experimentan los jóvenes de Trelew.
Ahora bien, ¿existe un abandono estatal o se ha acrecentado la presencia estatal, sobre
todo en los barrios? “En el marco de la propia crisis de ese neoliberalismo, es la policía
la que representa al Estado en el espacio público, la llamada a restablecer el orden (…)”
(Galvani, 2007, p. 81) Y no solo eso, “la aplicación de la ley en espacios urbanos
marginales (…) es simultáneamente intermitente, selectiva y contradictoria” (Auyero y
Berti; 2013, p.120) Gabriel Kessler aduce que la presencia de la policía en los barrios
poco tiene que ver con la ley y que en esos ámbitos, bajo la figura de restablecer el
orden, operan como una banda delincuente mejor armada y más potente que las que
posiblemente se hallen delinquiendo en el territorio (Kessler, 2010, p.126)10
Podríamos
decir entonces que, si existe un alto grado de violencia en la cotidianeidad, en gran parte
es gracias, y no a pesar de, la presencia estatal/policial en los barrios. En este sentido, la
10
El autor profundiza en la idea que los jóvenes del conurbano bonaerense que delinquen naturalizan la
violencia policial, ya que luego de una golpiza o abuso por parte de la policía, existe la posibilidad de
negociar o pactar su libertad.
17
ubicación de familias en sectores de la ciudad mal preparados para habitarlos, implica
una reubicación vinculada al concepto de gethificación. El concepto de gueto expresa,
en palabras de Wacquant “una exacerbación de la histórica exclusión racial tamizada
por un prisma de clase” (2001; 110)11
.
El policiamiento, en tanto permanente hostigamiento y recurrentes detenciones ilegales
en la vía pública, con golpes, torturas y muerte, tiene como destinatarios principales a
los jóvenes de estos barrios. Como mencionábamos anteriormente, dicha violencia está
orientada a los jóvenes pobres, provenientes de los barrios ubicados en la periferia y con
rasgos físicos en su gran mayoría vinculados a los pueblos originarios
(mapuche/tehuelche), en sintonía con el análisis que permite “subrayar la relevancia
histórica y contemporánea de la racialización y la raza en el contexto nacional y
regional, en tanto mecanismo y patrón de clasificación y categorización social”
(Caggiano, 2015: 123). La policía representa al Estado Provincial en el espacio público,
dirigida a aplicar la ley en espacios urbanos marginales, siendo muy selectiva en su
accionar. Así, “violencia policial y estigmatización territorial son dos procesos que se
retroalimentan. (…) la estigmatización que recae sobre ciertos barrios pareciera habilitar
o legitimar prácticas policiales que aparecen como inaceptables para otros ámbitos
socio-espaciales” (Kessler y Dimarco, 2013: 223)
En Trelew, como en la mayoría de los centros urbanos de Latinoamerica, el sistema
comienza a expulsar a todos aquellos que no pueden aspirar a un puesto de trabajo
estable, más allá de su color de piel o su origen étnico; se profundiza la violencia
institucionalizada, violencia impuesta desde arriba, que se pone en juego a través de un
conjunto de cambios económicos y políticos que afectan fundamentalmente a los
sectores más desfavorecidos de la población, y que en muchos casos se agravan por una
serie de discriminaciones sociales y étnico raciales. Entonces,
el mayor policiamiento se ha convertido en una demanda social creciente frente al
problema del delito (mientras que) se ha dado en simultáneo un aumento de la presión
sobre la población más sometida a los controles de la institución: los jóvenes de sectores
populares. Vimos entonces que los jóvenes de estas zonas aparecen como
“naturalmente” sospechosos lo que justificaría acciones preventivas por parte de la
policía, mientras que aparecen invisibilizados los mecanismos de estigmatización sobre
los que se apoya esa sospecha. (Kessler y Dimarco, 2013: 230)
También es válido destacar que en nuestra provincia se está poniendo de manifiesto la
posibilidad de aplicar un código de contravenciones, en la misma lógica que en la
Provincia de Córdoba: “detenciones arbitrarias que derivan de su aplicación y que son
tan comunes en el cotidiano, (que) implica elevar a criterio legal una sospecha de
11
El mismo autor plantea cuatro aspectos estructurales que permiten analizar esta realidad: 1) Existe
desde comienzos del tercer milenio una desigualdad creciente en el contexto del avance de la prosperidad
económica global 2) Desprotección de la clase trabajadora 3) Las acciones del Estado que empujan a los
ciudadanos más desprotegidos hacia la postergación, determinando el modo en que se produce la misma,
como así también dónde y por cuánto tiempo. 4) Por último, la concentración de personas en un mismo
sector ya estigmatizado, depositario de todos los males urbanos de la época, lugares a evitar, a temer y a
repeler. En definitiva, “Un penetrante estigma territorial recae firmemente sobre los residentes de esos
barrios de exilio socioeconómico (…)” (2001, 179)
18
culpabilidad, a partir de la mera apariencia” (Bonvillani, 2015: 91). Recordemos que en
varios casos de los mencionados, derivados en muertes o abusos en las comisarías, las
detenciones se dieron bajo este retrógrado accionar.
Siguiendo a los autores Bisberck y Gabaldon, existen complicaciones al momento de
analizar estos modos de actuar, porque no hay muchos datos confiables sobre los tipos
de conflictos y los niveles e incidencia del uso de la fuerza por parte de las fuerzas de
seguridad en el ámbito público. Por ello, realizaron investigaciones orientadas a
documentar e intentar comprender las situaciones en que la fuerza es empleada, y para
eso estudiaron las reglas que el propio personal policial emplea para su uso. Sus
hipótesis se orientan en la siguiente dirección:
1) El policía tenderá a usar menor fuerza, o ninguna, contra ciudadanos percibidos con
influencia o habilidad para abrir un reclamo exitoso (la influencia tiene que ver con la
capacidad de movilizar burócratas, políticos, medios de comunicación social o
ciudadanos respetables en la dirección buscada, como, por ejemplo, investigar y
sancionar a un funcionario) 2) Los funcionarios serán menos propensos a utilizar la
fuerza contra ciudadanos respetables y más propensos a hacerlo contra ciudadanos de
dudosa reputación (la respetabilidad se refiere, fundamentalmente, a la estima moral) 3)
Los funcionarios serán más propensos a utilizar la fuerza contra ciudadanos que son
agresivos o que se resisten a los procedimientos policiales, dado que la fuerza puede, en
estos casos, ser definida como control legítimo. Viceversa, serán menos propensos a
usar la fuerza contra ciudadanos puramente irrespetuosos o pasivos 4) El
comportamiento del ciudadano tendrá un mayor efecto sobre la disposición de usar la
fuerza cuando se trata de ciudadanos de alto estatus que cuando se trata de ciudadanos
de bajo estatus (Gabbaldon y Bisberck, 2002)
Deberíamos incluir en las variables de análisis los niveles de educación y capacitación
del personal policial centradas, sobre todo, “en el entrenamiento situacional que
considera el carácter dinámico y flexible del encuentro para adoptar modelos de uso
diferenciado y progresivo de la fuerza” (Tiscornia, sin datos de edición). ¿Influye una
mayor educación o capacitación para disminuir el uso de la fuerza? Si tomamos los
planes de estudios de las carreras Tecnicatura Superior en Seguridad Pública y
ciudadana y del Curso Superior en Auxiliar en Seguridad Pública y Ciudadana, ambas
dictadas por el Instituto de Formación Policial Nro 811 de la Provincia del Chubut,
podemos concluir que las materias que se dictan podrían dar cuenta de una educación
orientada a la disminución del uso de la fuerza y del abuso del poder. Sin embargo, no
solo no ha disminuido sino que se ha acrecentado. Insistimos en la idea de Gabaldon y
Bisbarck:
(…) el entrenamiento es situacional, ver cómo afrontan la situación, de qué medios
disponen, justamente para inducir en cada caso, más allá de la educación formal, el
nivel universitario que puedan tener o de los cursos especializados formales, un
entrenamiento más enfocado a situaciones específicas (“La definición de los usos
justificados de la fuerza en el desempeño policial: propuestas para un proyecto de
investigación comparada”, sin datos de edición)
19
La antropóloga Sofía Tiscornia12
sostiene que
los hechos de violencia policial que resultan en muertes y abusos son producidos
sistemáticamente, y son, en una proporción considerable, un modus operandi
institucionalizado de las fuerzas policiales, (y) son aplicados fundamentalmente sobre
aquellos grupos o personas que, pertenecientes a sectores pobres, transitan el ambiguo y
anchuroso espacio de la ilegalidad” (Tiscornia, sin datos de edición).
La misma autora sostiene que la actuación policial gira en relación a: a) falsificar la
versión de lo ocurrido en situación de uso de la fuerza b) inventar, esconder y/o destruir
pruebas y c) amenazar y amedrentar a familiares o testigos, como ha sucedido con
Bruno Rodriguez Monsalve en el caso Almonacid13
El modus operandi institucionalizado de las fuerzas policiales es la tortura, la golpiza,
dirigidas a jóvenes pertenecientes a sectores populares. Ahora bien, ¿qué intermedia en
la violencia de la policía hacia el joven? En este sentido, existen dos aspectos claves, en
cuanto a los actores que se hacen presentes. Por un lado, ¿cuánto influyen que los
medios de comunicación presten atención solo a los delitos cometidos por los jóvenes
pobres, de barrios marginados? ¿O por qué las fuerzas de seguridad cometen actos de
rutina, como pedir documentos, interrogar, a los jóvenes pobres, de barrios marginados?
Por otro lado, deberíamos analizar la estigmatización territorial no sólo en el accionar
policial sino también en los procesos judiciales que viven los sectores más
desfavorecidos.
De ésta manera,
la estigmatización que recae sobre ciertos barrios pareciera habilitar o legitimar
prácticas policiales que aparecen como inaceptables para otros ámbitos socio-espaciales.
Con esto no queremos decir que las prácticas violentas por parte de la policía se limiten
a los barrios estigmatizados (Kessler, Dimarco, 2013:223)
Pero ese accionar está amparado porque la policía encuentra “en estos barrios
estigmatizados, y en el marco de la mayor demanda de seguridad, cierta legitimidad
para desplegar esas prácticas” (Kessler, Dimarco, 2013: 223). Los vecinos de los
mismos barrios piden más policías, y justifican cualquier accionar violento hacia los
jóvenes. Así, pues,
12
Su trabajo formó parte de un programa de investigación subsidiado por la Secretaría de Ciencia y
Técnica de la Universidad de Buenos Aires “Antropología Política de la violencia institucional punitiva
(in)seguridad ciudadana, derecho humanos y respuestas políticas”. El análisis de casos, las instituciones y
las prácticas policiales ha sido realizado en el marco del programa “Violencia institucional, seguridad
ciudadana y derechos humanos” del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
13
No haremos referencia al trabajo de Sofía Tiscornia Entre el imperio del «Estado de policía» y los
límites del derecho, por cuestiones de espacio, pero en ese trabajo a la autora le interesa, en primer lugar,
vincular el poder de policía –como técnica administrativa de gobierno– con las formas vernáculas de su
ejercicio. En segundo lugar, establecer el parentesco entre esas técnicas policiales y la expansión de
Estados de excepción, como formas habituales de conjurar la inseguridad, reproduciendo paradójicamente
el miedo. Consideramos que este aspecto enriquece nuestro trabajo y será tenido en cuenta para futuras
intervenciones en torno al tema en nuestra región
20
está la policía de “afuera”, la que controla los márgenes de la villa (…) Y está la policía
de “adentro”, aquellos vecinos que son policías, que trabajan en la comisaría que tiene a
su cargo la vigilancia del barrio o en otra. Unos y otros policías, ya sean de adentro o de
afuera, mantienen, con los vecinos del barrio, relaciones de amistad, de negocios, de
alianza, de enfrentamiento o de resistencia (Daich, Pita, Sirimarco, 2007:75)
¿Es la solución más policías en las calles? ¿No debemos pensar en la reconfiguración de
las sociabilidades que se dan en los barrios?
(…) en las últimas décadas el barrio se ha convertido en el espacio privilegiado de
sociabilidad de estos jóvenes como consecuencia de la pérdida de centralidad de otras
instancias de socialización como la escuela y el trabajo. En particular, los jóvenes
tienden a circunscribir el uso del espacio público a ciertos lugares concretos, como
plazas, quioscos, la puerta de la escuela o algunas esquinas particulares y a hacer un uso
intensivo de esos lugares específicos (…) (Kessler, Dimarco, 2013:228)
La gubernamentalidad contemporánea en la mayoría de los países de Occidente está
signada por políticas centradas en el miedo, la desconfianza y la idea de inseguridad. En
estos países ha primado el neoliberalismo, donde “se explota todo aquello que pertenece
a prácticas y formas de libertad, como la emoción, el juego y la comunicación” (Chul
Han, 2014: 8) Muy relacionado a esto podemos considerar como uno de los puntos de
partida a la precarización de la vida juvenil, a través de acciones y discursos que ponen
en tensión ciertas garantías de derecho. La tercerización laboral, el trabajo precarizado,
la desarticulación de las personas con la vida política, la exacerbación de la sociedad de
riesgo, entre otras variables, son mecanismos que profundizan esta situación.
En este sentido, el concepto de Estado de Excepción es clave para comprender dicho
proceso, entendido como
ese momento del derecho en el que se suspende el derecho precisamente para garantizar
su continuidad, e inclusive su existencia. O también: la forma legal de lo que no puede
tener forma legal, porque es incluido en la legalidad a través de su exclusión. (…) se ha
convertido durante el siglo XX en forma permanente y paradigmática de gobierno
(Agamben, 2004: 6)
Los países, bajo esta idea, se hallan en una especie de guerra civil legalizada, que en
algunos casos, como lo sucedido luego del 11 de septiembre de 2001 en EEUU, permite
la detención indiscriminada de personas que no son estadounidenses, generalmente
sospechados de terrorismo, fortaleciendo la idea de „tierra de nadie‟ entre el derecho
público y el hecho político; esto convierte al Estado de excepción en “figura de la
necesidad, (en) una disposición „ilegal‟ pero perfectamente „jurídica y constitucional‟”
(Agamben, 2004: 64).
Así es como los sistemas democráticos contemporáneos controlan y gestionan la vida de
lxs jóvenes, con el discurso del miedo atravesando las esferas religiosas, científicas y
civiles, además de la permanente recreación y potenciamiento que hace el Estado en
torno al miedo; es decir, instala procesos de subjetivación que orienta a la idea de qué
sujeto es necesario crear, produciendo
21
la disociación, la separación y clasificación de las poblaciones, que construye categorías
para tipificar los comportamientos humanos, compartimentando en grupos, guetos,
parcelas a conjuntos más precisos de personas hacia las cuales emprender acciones
concretas de dominación con una significativamente mayor capacidad de maniobra
sobre ellas (Agudelo, 2013:11)
¿Quién es el criminal? ¿Quién es el delincuente?, son interrogantes que se responden de
acuerdo a esa clasificación. El Estado moderno, con el miedo, y su teatralización, y el
discurso de la seguridad, profundizan el control y la violencia hacia lxs jóvenes.
Algunas reflexiones finales: hacia un accionar que contemple los derechos
humanos de lxs jóvenes
En el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ante lo sucedido con Iván
Torres, caso mencionado en el texto, se consideró específicamente que “El Estado
reconoció que en la Provincia del Chubut se cometían abusos policiales en perjuicio de
jóvenes de escasos recursos (…)” La ley provincial 815 (Ley orgánica de la policía del
Chubut), elaborada en 1970, dice que es atribución de las fuerzas de seguridad
“Demorar a la persona que sea necesario conocer sus antecedentes y circunstancias que
los justifiquen cuando se niegue a identificar, carezca de documentación, o que la
misma no constituya un documento identificatorio fehaciente, dando cuenta inmediata
al Juez de instrucción en turno. (…) Al demorado, se le hará saber el derecho que le
asiste de notificar a un familiar o persona de su confianza, e informarle de su
situación.”. Este punto, justifica el accionar llevado adelante en casi todos los casos
analizados aquí, al momento de la detención; además de no cumplirse con la obligación
que la misma ley establece, respecto de informar inmediatamente al juez de instrucción
en turno. En este sentido, urge, según lo planteado por el mismo fallo, adoptar las
medidas legislativas correspondientes, a fin de que la Ley 815 se adecue a los
estándares consagrados por la Convención Americana.
Así, la facultad de detener a una persona en la calle para averiguar antecedentes o por
alguna contravención, conlleva a la construcción de tipologías sociales que se vinculan
a lo “sospechoso”, lo “delincuente”, lo “peligroso”, tipologías aplicables siempre a los
grupos sociales más vulnerables, ya sea desde los sectores dominantes o desde los
medios hegemónicos de comunicación.
Sin dejar de lado la alternativa más general y profunda de una reforma total de la policía
del Chubut14
, deberíamos orientar la discusión, entonces, a una política pública que
contemple la necesidad de creación de protocolos de actuación en las comisarías, o al
momento de detención, con una importante intervención de la sociedad civil, organizada
14
Algunos aspectos importantes a tener en cuenta serían: Depuración profunda del cuerpo policial, Más
y mejores policías, Establecer escalafones, Mas profesionalización, Reconstruir la institucionalidad de
lucha anticorrupción, Dignificar la función policial, Desmilitarizar y profesionalizar la lógica de mando y
asignación de funciones en la Policía, Gestión profesional de los recursos institucionales, Cambiar la
lógica de aproximación de la policía al crimen.(BASOMBRÍO, Carlos) También recomendamos la
lectura de SAIN, Marcelo La reforma policial en América Latina. Una mirada crítica desde el
progresismo. Prometeo. Bs As. 2010 y la consulta de la ponencia “Reforma policial y Derechos
Humanos: caso Perú”. Mesa debate con: Dr. Gino Costa Santolalla y Lic. Edgar Mohar Kuri 30 de
noviembre de 2006
22
en grupos de trabajo, sobre todo familiares de víctimas o las mismas víctimas (las que
vivieron para contarlo), en su elaboración. Es indudable que el Estado debe proteger a la
persona que por cualquier circunstancia cae presa o demorada a una dependencia
policial y para ello hay obligaciones que tienen quienes custodian a los detenidos. No
debemos dejar de lado, que las Comisarías de la ciudad de Trelew, no poseen
condiciones humanitarias que aseguren la dignidad de la persona que sea detenida y
posteriormente “alojada” allí. De hecho, desde sectores políticos y judiciales, se ha
recomendado prohibir cualquier alojamiento de personas en estos sitios. Sin embargo,
ha sucedido.
¿Qué debemos tener en cuenta para elaborar estos protocolos15
? Los protocolos deben
construirse desde saberes prácticos, no meramente académicos y deben convertirse en
pautas de actuación que guíen la formación del personal policial, además de explicitar el
límite del uso legal de la fuerza. Estos protocolos, además de establecer doctrina,
repercuten sobre los sistemas disciplinarios y de capacitación, salvando en alguna
medida los baches entre la academia policial y la práctica.16
Consideramos estos casos claros ejemplos de violencia policial hacia los jóvenes como
resultado “(no del fracaso del Estado sino de la) activa constelación de intereses cuyo
resultado es la promoción de la violencia. (…) No es un escenario de „abandono estatal‟
sino de conexiones (…) entre actores estatales y perpetradores de la violencia. En el
terreno, esta „colusión‟ se manifiesta en la forma de una presencia estatal contradictoria
y selectiva” (Auyero y Berti, 2013, p.121).
Los casos mencionados, todos, corresponden a jóvenes que provienen de familias con
escasos recursos económicos y provenientes de barrios segregados de la ciudad de
Trelew, estigmatizados por los medios de comunicación y por las clases dirigentes
(Barrio Oeste, Barrio Don Bosco, Barrio Inta, Barrio Pte Perón, Barrio Etchepare,
Barrio Tiro Federal). Y en su gran mayoría, según el Banco de datos de tortura, con los
estudios primarios completos y en condiciones laborales precarias e inestables (trabajo
ocasional o desempleado)
También deberíamos tener en cuenta la estigmatización territorial no sólo en el accionar
policial sino también en los procesos judiciales que viven los sectores más
desfavorecidos. En Fiscalía o en el Ministerio de la Defensa Pública, se han manifestado
maltrato hacia estos sectores, demorando sus causas, demorando la atención que
requiere cada caso, etc… En los barrios se hallan presentes las familias de cada joven
que vive la violencia policial. La familia también es víctima de la estigmatización
territorial, en tanto que al momento de denunciar dicha violencia, en los ámbitos
judiciales, también se experimenta el prejuicio, el estereotipo y la desigualdad en el
15
Se recomiendan para la elaboración de un protocolo los siguientes documentos: DECRETO XIX- Nº
1568/82 REGLAMENTO DE ALCAIDIAS DE POLICIA (Antes Ley 815) de la Prov del Chubut;
PROTOCOLOS PARA LA ACTUACION POLICIAL EN PROCEDIMIENTOS CON PERSONAS
MENORES DE EDAD (NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES) en la Prov. De CATAMARCA. Por
razones de espacio no se exponen los avances de la elaboración de dicho protocolo en el presente texto
16 Algunas de estas ideas surgen de las Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores
privados de libertad
23
acceso a la justicia. Las familias de estos jóvenes deben esperar horas en ser atendido,
días y meses en lograr que avance algún expediente y años en obtener justicia o al
menos llegar a juicio.
Considero necesario recordar que el racismo es un elemento cultural. Se ha renovado,
matizado, ha cambiado su fisonomía, pero siempre estuvo. Pero es un elemento de un
conjunto más amplio: el de la opresión sistemática de un pueblo. La cultura del
considerado inferior se desvaloriza: su vestimenta, sus producciones, su lengua, son
ridiculizadas (Fanon, 1965). Estos jóvenes de sectores populares son considerados como
enemigos: por los medios de comunicación, los vecinos de los barrios cercanos o
incluso de los mismos barrios y ven con beneplácito que la intervención policial se
dirija a controlar los espacios de circulación para lxs jóvenes (Llobet, 2015). El papel de
los medios de comunicación y la educación fundamentan la gubernamentalidad
contemporánea, basada en el miedo. En este sentido, como miembros de diversas
organizaciones sociales, debemos realizar un trabajo colectivo en y con los medios de
comunicación de cada uno de nuestras ciudades. Mucho de lo que se piensa de
determinados barrios y de sus habitantes, los miedos que se relacionan con estos barrios,
proviene de lo que se comunica en las radios, los diarios y la TV.
Para finalizar, sugiero la pregunta de Binding, citado por Agamben: “¿Existen vidas
humanas que hayan perdido hasta tal punto la calidad de bien jurídico, que su
continuidad, tanto para el portador de la vida como para la sociedad, pierde asimismo de
forma duradera cualquier valor?” (Agamben, 2003: 174). Sí. Los jóvenes en nuestra
América viven vidas indignas de ser vividas.
Para ellos, como en Argentina en estos días, proyectos de ley que bajen la edad de
imputabilidad a 14 años, en lugar de 16 años (que es la edad mínima establecida por la
ley 22278, actualmente en vigencia), aun cuando los hechos violentos cometidos por
jóvenes menores no punibles son escasísimos.
Los cuerpos juveniles son un problema. Hay que encerrarlos o asesinarlos. La muerte no
existe: es la policía.
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