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1 Terceras Jornadas de Sociología de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional de Cuyo Pre-ALAS de la Provincia de Mendoza, República Argentina Ofensiva neoliberal en “Toda la piel de América”. El Estado en el centro del debate sociológico. ¿Derechos humanos o derechos violados? Juvenicidio, policiamiento y estigmatización territorial en Trelew Autor: Mg. Pablo Blanco (Instituto de Investigaciones Históricas y Sociales-FHyCS-UNP, sede Trelew) Mail: [email protected] Mesa 35 Luchas territoriales y Estado Resumen El presente trabajo está orientado a abordar el problema de la violencia policial hacia los jóvenes en Trelew, profundizando en la descripción y comprensión de los motivos por los cuales se produce esta situación, además de esbozar posibles explicaciones a un tema muy poco investigado desde el ámbito académico. La estructura del texto está orientada, en primer lugar, a conceptualizar al Juvenicidio como crimen de Estado y la consecuente des ciudadanización de los cuerpos juveniles. Luego se contextualizan los casos en nuestra provincia. Desde el trabajo del Consejo Social de la UNP, sede Trelew, de la Comisión Contra la Impunidad y por la Justicia en Chubut y el Ministerio de la Defensa Pública de la Provincia del Chubut y otras organizaciones sociales, hemos podido reunir diferentes casos acaecidos en Chubut, sobre todo en Trelew, en los últimos 10 años, además de „ubicar‟ esta situación dentro del contexto latinoamericano. Presentamos este historial, para dar cuenta de la violencia policial hacia los jóvenes en nuestra provincia. Estos datos y casos señalados orientan el trabajo hacia la hipótesis vinculada a que esa violencia policial respecto a los jóvenes es un problema estructural, no solo en Trelew, sino en nuestra Provincia. Por último, abordamos la estigmatización territorial, el policiamiento y los dispositivos de precarización social de la vida juvenil, para sostener la hipótesis que dicha violencia está orientada a los jóvenes pobres, provenientes de los barrios ubicados en la periferia y con rasgos físicos en su gran mayoría vinculados a los pueblos originarios, tomando “solo” la violencia ejercida y no la acción (o no) de la Justicia en cada caso (los posteriores juicios o absoluciones acontecidas)

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Terceras Jornadas de Sociología de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de

la Universidad Nacional de Cuyo

Pre-ALAS de la Provincia de Mendoza, República Argentina

Ofensiva neoliberal en “Toda la piel de América”. El Estado en el centro del

debate sociológico.

¿Derechos humanos o derechos violados? Juvenicidio, policiamiento y

estigmatización territorial en Trelew

Autor:

Mg. Pablo Blanco (Instituto de Investigaciones Históricas y Sociales-FHyCS-UNP, sede

Trelew)

Mail: [email protected]

Mesa 35 Luchas territoriales y Estado

Resumen

El presente trabajo está orientado a abordar el problema de la violencia policial hacia los

jóvenes en Trelew, profundizando en la descripción y comprensión de los motivos por

los cuales se produce esta situación, además de esbozar posibles explicaciones a un

tema muy poco investigado desde el ámbito académico.

La estructura del texto está orientada, en primer lugar, a conceptualizar al Juvenicidio

como crimen de Estado y la consecuente des ciudadanización de los cuerpos juveniles.

Luego se contextualizan los casos en nuestra provincia. Desde el trabajo del Consejo

Social de la UNP, sede Trelew, de la Comisión Contra la Impunidad y por la Justicia en

Chubut y el Ministerio de la Defensa Pública de la Provincia del Chubut y otras

organizaciones sociales, hemos podido reunir diferentes casos acaecidos en Chubut,

sobre todo en Trelew, en los últimos 10 años, además de „ubicar‟ esta situación dentro

del contexto latinoamericano. Presentamos este historial, para dar cuenta de la violencia

policial hacia los jóvenes en nuestra provincia. Estos datos y casos señalados orientan el

trabajo hacia la hipótesis vinculada a que esa violencia policial respecto a los jóvenes es

un problema estructural, no solo en Trelew, sino en nuestra Provincia.

Por último, abordamos la estigmatización territorial, el policiamiento y los dispositivos

de precarización social de la vida juvenil, para sostener la hipótesis que dicha violencia

está orientada a los jóvenes pobres, provenientes de los barrios ubicados en la periferia

y con rasgos físicos en su gran mayoría vinculados a los pueblos originarios, tomando

“solo” la violencia ejercida y no la acción (o no) de la Justicia en cada caso (los

posteriores juicios o absoluciones acontecidas)

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Palabras claves: Derechos humanos, Derechos violados, Juvenicidio, Policiamiento,

Estigmatización territorial

¿Derechos humanos o derechos violados? Juvenicidio, policiamiento y

estigmatización territorial en Trelew

Así tus ojos, César

miraban desde el miedo

sabían, Cesar, que acá no se perdona

(…) que cuando acá se muere un chico

queda nada

(…) Miraste el rostro del odio

tus ojos ahora saben

que Trelew es el límite

la ciudad imperfecta del crimen

Trelew es el sepulcro

donde expiramos todos

cada pibe que muere

nos mata un poquito

y acá quedamos, César

tan solo ojos, lágrimas

y el corazón chiquito

cada vez más chiquito

cada vez más chiquito

cada vez más chiquito

“Cesar Monsalve”. Vivina Ayilef, julio de 2013. Publicado en el Poemario La

muerte no existe: es la policía

Introducción

El presente trabajo está orientado a abordar el problema de la violencia policial hacia los

jóvenes en Trelew (Argentina), dentro del contexto latinoamericano. Intentaré avanzar

más allá de la denuncia, profundizando en la descripción y comprensión de los motivos

por los cuales se produce esta situación, además de esbozar posibles explicaciones a un

tema muy poco investigado desde el ámbito académico.

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El Juvenicidio como crimen de Estado y des ciudadanización de los cuerpos

juveniles

Pensar la violencia policial hacia los jóvenes en Trelew, implica incluir el concepto de

“juvenicidio”, entendiendo a este no solo como la muerte y la violencia física hacia

estos sectores sino también a la precarización, la estigmatización, los estereotipos que

anteceden a la situación que deben vivir los cuerpos con identidades desacreditadas:

negros, indios, mujeres, homosexuales, entre tantas otras. Manuel Valenzuela ha

profundizado en el concepto

para identificar al exterminio o eliminación permanente y sistemática de jóvenes. El

juvenicidio refiere al acto límite que arranca la vida de la persona, pero ese acto límite

no surge del vacío, ni aparece de manera repentina como rayo sobre cielo sereno, sino

que es producto y conclusión de diversas formas de precarización económica, social,

cultural e identitaria de jóvenes que devienen prescindibles a partir de su situación

social y sus repertorios de identidad. (Valenzuela, 2016: 1)

Para abordar esta problemática, donde el cuerpo disidente es destinatario de la violencia

estatal, creo necesario adherir al concepto “colonialidad”, en tanto consideramos que

existen continuidades históricas entre los tiempos coloniales y los que se denominan

poscoloniales, además de la gran importancia que la cultura juega en estos procesos, ya

que es componente del capitalismo. Existen tres ejes centrales al momento de pensar el

giro decolonial1: el poder, el saber y el ser. La colonialidad del poder, da cuenta de los

diferentes modos de dominación transmitidos de generación en generación, y que

persiste aun habiéndose retirado las colonias de los territorios dominados. En esa matriz

se guarda la génesis que organiza los vínculos jerárquicos con “el otro” (el indígena, el

negro, la mujer, el obrero) y con “lo otro” (la naturaleza). Son vínculos concebidos

desde una relación jerarquía/subalternidad. La colonialidad del saber se vincula a

aquellas propuestas pedagógicas que reproducen sin más esa matriz colonial del poder:

un pensamiento occidental y europeo para dar cuenta de las realidades de los países de

nuestra América, Asia o África o de los pueblos originarios dentro de los países

americanos, dominados por españoles y portugueses. Finalmente, la colonialidad del

ser, muy vinculada al presente trabajo, es aquélla que opera sobre los cuerpos y las

subjetividades, estableciendo cuáles cuerpos y cuáles subjetividades son las que

deberían ser dominantes en la sociedad. En este sentido, Quijano sostiene que

La “corporalidad” es el nivel decisivo de las relaciones de poder. (…) Y eso es lo que

hace posible la “naturalización” de tales relaciones sociales. En la explotación, es el

“cuerpo” el que es usado y consumido en el trabajo y, en la mayor parte del mundo, en

la pobreza, en el hambre, en la malnutrición, en la enfermedad. Es el “cuerpo” el

implicado en el castigo, en la represión, en las torturas y en las masacres durante las

luchas contra los explotadores (Quijano, 2000)

Estas violencias se dan en todo el continente. Los ejemplos más notorios se dan con los

agrupamientos infanto juveniles Mara Salvatrucha (MS-13) y la pandilla del Barrio 18

(B-18), surgidos durante la década de 1980 y comienzo de la de 1990, que tienen sus

1 Se entiende como giro decolonial a la apertura, la libertad de pensamiento y las formas de vidas otras

que suponen otras formas de economía, de teorías políticas, etc.

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patrias de origen, sobre todo, en la región conocida como el Triángulo del Norte (El

Salvador, Honduras y Guatemala), y sus países de llegada son, básicamente, Estados

Unidos y México, aunque este último, se sitúa como territorio de desplazamiento. El

nombre Mara Salvatrucha, implica una “contracción de marabunta (aquellas hormigas

gigantes que van destruyendo todo a su paso), en otras palabras, es una metáfora que

emula los flujos migratorios de ese grupo; y Salvatrucha viene de El Salvador y trucha,

ponerse listo/avispado, es decir, alude a un salvadoreño abusado/inteligente (identidad

nacional)” (Nateras Dominguez, 2010: 89). Otros de los grupos analizados, La pandilla

del Barrio 18, surge a partir de defenderse de las clicas, ya asentadas territorialmente en

el sur de California, como la de los italianos, los asiáticos y las minorías

afrodescendientes. Los contextos sociopolíticos de esos países, marcados por las

permanentes “crisis económicas y políticas, la guerra civil y de guerrillas (…), el

incremento de flujos migratorios plagados de jóvenes (…), el recrudecimiento de las

violencias (…) en las principales urbes de las ciudades latinoamericanas (…)” (Nateras

Dominguez, 2015 b: 84), generaron procesos y movilidad de seres humanos como

alternativas familiares para proteger la integridad físico/emocional de los niños y

adolescentes. Por ello, surgieron en el país de destino: Estados Unidos (en Los Ángeles,

California), como posibilidad real de supervivencia cultural, frente a tanta exclusión

social, la urgencia de conformar resistencia identitaria y la necesidad de una unión a un

grupo social de pertenencia.

Otro ejemplo es el genocidio de la juventud negra e indígena en Brasil. Aquí se

visualiza la negación de los derechos sociales y políticos a la población portadora de

esos cuerpos, disciplinándolos e invisibilizándolos. El Estado Brasileño, racista y

asesino, criminaliza a los jóvenes negros y pobres; la población negra es el 50 % del

total de la población de Brasil y le corresponde el 20 % del PBI; los negros en Brasil

son el 67 % de la población pobre y el 70 % de la población indigente. El 75 % de los

homicidios ocurridos en 2012 se propiciaron hacia jóvenes negros Los negros

componen el 67 % de la población carcelaria del país. Estas cifras dan cuentas claras

que en Brasil existe de manera un Estado Penal muy fuerte, en permanente escalada

punitiva y violencia policial, siempre con acciones dirigidas a los sectores más

desfavorecidos.

En Colombia se ha planteado la situación de los “falsos positivos”, que son ejecuciones

o asesinatos de jóvenes de la población civil que se presentan de manera falsa como

muertes en combate por parte fuerzas de seguridad, con el fin de dar cuenta del éxito del

Estado colombiano en la lucha contra la inseguridad y la violencia y el “terrorismo” en

ese país, empleando verdaderas máquinas de guerra, controlando y actuando en

territorios estigmatizados, precarizando (social, cultural y económicamente) a los

jóvenes y criminalizando la pobreza.

Otro caso relevante en nuestra América ha sido los asesinatos y desapariciones forzadas

de estudiantes normalistas de Ayotzinapa, que dieron difusión a un problema estructural

en México, con el enterramiento en fosas comunes de jóvenes también desaparecidos y

asesinados a lo largo y ancho del país. En este sentido, este Juvenicidio

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se inscribe en un contexto nacional que enmarca y define los trágicos sucesos que han

dado la vuelta al mundo entre los cuales debemos identificar las condiciones de

precarización y pobreza en que vive la mayoría de la población mexicana (…); los altos

niveles de violencia y muerte que han trastocado los marcos de convivencia y

habitabilidad, naturalizando la muerte artera y el miedo (Valenzuela, s/a)

En todos los casos mencionados, además de los analizados en este trabajo, asistimos a

crímenes de Estado: delitos planificados y justificados, donde el enemigo es la

población civil, sobre todo los jóvenes, especialmente negros, pobres, indios,

desempleados. Estos son marcados como enemigos de la sociedad, supuestamente en

situación de delincuencia o pre-delincuencia, que, siguiendo a Zaffaroni, deben ser

eliminados para superar crisis de valores o para sanear costumbres.

El Estado punitivo tiene como principal función el control, descartando toda posibilidad

de estado de derecho, con protección social y con políticas sociales. Pero, apelando a la

(in) seguridad, se fortalece el estado de excepción, donde se reproduce la violencia, la

estigmatización, el control, sostenidos por discursos y políticas que legitiman la

intervención estatal en determinados espacios ante esas sensaciones de inseguridad y

temor. En su obra Necropolítica, analizando al Estado colonial, Mbembe hace

referencia a la soberanía que tienen los estados para ejercer y orientar esa persecución y

ese control, en tanto

la capacidad para definir quien tiene importancia y quien no la tiene, quien está

desprovisto de valor y puede ser fácilmente sustituible y quién no (...) Historia,

geografía, cartografía y arqueología supuestamente apoyan estas reivindicaciones,

relacionando así estrechamente identidad y topografía (Mbembe, 2011: 46)

El autor denomina necropoder a la formación específica del terror desde los sectores

dominantes: el Estado, las empresas, las instituciones tradicionales que ven afectado el

orden establecido por la costumbre y los valores que de él se desprenden. Deberíamos

enmarcar el necro poder y la necropolítica con la idea de “Tolerancia cero”, o

“intolerancia selectiva” según Wacquant, que implica el crimen callejero de las clases

más bajas, es decir,

hacer desaparecer a los pobres del ámbito público; limpiar las calles para que no se vea

a los desposeídos, a los que no tienen hogar, a quienes piden limosna. No quiere decir

que haya desaparecido la pobreza ni que hayan desaparecido la alienación o la

desesperación social, significa más bien que los pobres ya no interfieren en la escena

pública, de manera que el resto de la sociedad puede fingir que los pobres no están más

ahí (Wacquant, 2006:60)

Con esto, se corre el eje de discusión en torno a las políticas públicas dirigidas a los

jóvenes; en vez de intentar solucionar la desigualdad socioeconómica que vivencia este

sector, se apela al discurso que justifica la acción del Estado Penal orientada a la

criminalización de la pobreza, con las fuerzas de seguridad persiguiendo a los sectores

más desfavorecidos, a los cuerpos estigmatizados; el sistema judicial desatendiendo las

violencias que viven estos cuerpos estigmatizados; con un sistema carcelario abarrotado

de ellos hacia el interior de las cárceles.

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Los sectores empobrecidos, según Wacquant, han experimentado la desocialización del

trabajo, cuya principal implicancia es la pérdida del contrato de trabajo típico del

período fordista de industrialización. Así, los barrios más desfavorecidos sufren

deterioro constante, fortaleciendo la concentración de la pobreza y marginalidad en

territorios estigmatizados, con problemas de violencia, delito, infraestructura, deterioro

de vivienda, entre otros.

Entonces, entendemos al juvenicidio, no solo como el asesinato planificado y

organizado de jóvenes, sino también como la violencia ejercida a través de los medios

de comunicación y sectores poderosos y las estigmatizaciones y prejuicios sobre los

mismos jóvenes, con las consecuencias punitivas y de control social que ello genera. Y,

siguiendo al colombiano Germán Muñoz, podemos considerar la idea de “juvenicidio

gota a gota”, que incluye a

la precariedad laboral, la exclusión de la vida pública, el silenciamiento y satanización

en los medios masivos de comunicación, las limitaciones de sus derechos, la

prohibición de la movilidad dentro de territorios acotados, el cercenamiento de las

libertades, la abierta represión” (Valenzuela, 2016: 13)

El juvenicidio por goteo, entonces, fortalece la idea de desciudadanización de los

jóvenes, a través de leyes que sancionan el cruce fronteras o de leyes internas que

controlan y sancionan a quienes los sectores dominantes consideran población

excedente y problemática, con el incremento de leyes de mano dura. Con esto, los

cuerpos juveniles son destruidos, pero con amparo legal.

Como dispositivo de la función biopolítica del Estado/Nación, la ciudadanía se

convirtió en algo estático (en términos étnicos, lingüísticos e ideológicos), para

establecer una clara separación entre ciudadanos y no ciudadanos, para luego dar

cuenta de “niveles” ante la posibilidad de exigir derechos. El estado genera cada vez

más leyes desciudadanizantes que tienen claras consecuencias en la relación nación-

territorio-población. Estas leyes determinan qué es un ciudadano y qué no es un

ciudadano. En este sentido, el racismo ha operado como aparato ideológico para

profundizar los efectos de esa desciudadanización sobre los jóvenes, con

procedimientos legales y leyes de excepción como marco jurídico para la exclusión de

los mismos.

De esta manera, el Estado de excepción en América Latina, anula el marco jurídico

establecido en democracia, con la idea de profundizar la persecución y el control sobre

la población juvenil, haciendo de éstos cuerpos despojados de cualidades políticas. Cada

joven desciudadanizado es un

cuerpo enemigo interno: el delincuente, el terrorista, el elemento percibido como

pernicioso para la sociedad (…), a través de la criminalización (…) De esta manera se

cancelan derechos políticos, tratando a los sujetos (…) como si estuvieran fuera de la

sociedad, elementos extraños y peligrosos (Urteaga y Moreno, 2015: 68)

Así, estos cuerpos que transitan por las fronteras (entre países o entre sectores de una

misma ciudad), sufren estos efectos, en completo estado de nuda vida, donde los

jóvenes son nada, estigmatizados, controlados, maltratados, asesinados (sin cometer

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delito, enterrados en fosas comunes) En este sentido, “se utiliza la ley para legitimar

acciones que lesionan e incluso diluyen los derechos políticos y humanos de los sujetos

desterritorializados” (Moreno, 2014: 126) Para ellos, la paralegalidad, con sendos

negocios alrededor de su muerte y su desaparición; además, el Estado democrático no se

hace cargo, permite racias, limpiezas de los jóvenes o los obliga a ser integrantes del

ejército/fuerzas de seguridad o a realizar trabajos sucios vinculados al narcotráfico.

La nuda vida atraviesa cuerpos y subjetividades juveniles. El Estado, con la permanente

exigencia de “más seguridad”, mete al ejército en las calles para combatirla, declarando

guerras al narcotráfico, bajo la figura de una guerra civil, sin códigos; ese estado de

excepción y los campos (de detención, prisiones, centro de internamiento, etc), más esa

nuda vida, sostienen hoy al Estado/Nación. De ésta manera, aumentan las leyes que

ilegalizan los cruces de fronteras, como aquellas que criminalizan y desciudadanizan a

la población excluida, con cada vez más abandono de sectores sociales y

empobrecimiento.

Estos proyectos de legislaciones, entre otros que menciona el autor, son expresiones de

un estado que crea leyes para contradecir a las ya establecidas e instituir un vació legal

en cuanto a derecho legal, o lo que Agamben denomina, espacios de excepcionalidad,

dirigidos a sujetos específicos (jóvenes, migrantes, mujeres, etc), donde los cuerpos de

estos sujetos, en tránsito, son permanentemente criminalizados.

Es así como en estos barrios, bajo los modos de actuar del Estado penal, los cuerpos

disidentes con identidades desacreditadas de los que hablábamos al comienzo de este

apartado (negros, indios, mujeres, homosexuales, jóvenes, entre tantas otras),

profundizan, no solo la marginalidad social y deterioro económico sino que también

sobrellevan la estigmatización territorial.

¿Derechos humanos o derechos violados? Contextualizando la violencia policial

hacia los jóvenes de sectores socioeconómicamente desacreditados en Trelew,

Chubut

En Trelew, como en la gran mayoría de las ciudades del continente, el poder se hace

presente de múltiples maneras: en la economía, en la política, en la cotidianeidad

sociocultural. Las relaciones sociales, relaciones de explotación y dominio, se

manifiestan en todo el espacio y en la mayoría de las ocasiones, estas relaciones

fundamentan las diversas acciones que las clases en el poder realizan en detrimento de

los más desposeídos, a saber: dispersar la clase trabajadora, asignarle lugares para la

vivienda en espacios poco aptos en cuanto a servicios básicos, vigilar el territorio,

castigar a quienes habitan en esos territorios, entre otros.

Desde la desaparición de Iván Torres2 en la ciudad de Comodoro Rivadavia, al sur de la

provincia del Chubut en septiembre de 2003, luego de estar detenido en la Comisaría

Primera, hasta el año 2015, los casos de violencia policial han sido moneda corriente en

nuestra provincia, siendo la muerte de Gonzalo Julián Antillanca, ocurrida el 5 de

septiembre de 2010, el hecho que permite profundizar el ensañamiento de las fuerzas de

2 Para profundizar ver http://www.cidh.org/demandas/12.533SP.pdf

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seguridad de la provincia del Chubut hacia los jóvenes de sectores socioeconómicos

más desfavorecidos, además de ser el hecho que generó la acción de diversas

organizaciones sociales en relación a esta problemática en Trelew3.

Y no solo eso; podemos ir mas atrás en el tiempo con los casos de violencia

institucional en nuestra provincia, tal como se da cuenta en el Informe acerca de la

violencia institucional en la Provincia del Chubut. Años 1994 – 2012 realizado por la

Asociación civil Grupo Pro-Derechos de los Niños4, con sede en Comodoro Rivadavia.

Allí se hace hincapié en el trabajo de 16 años, que permitió sistematizar los

acontecimientos de violencia policial y desapariciones de personas en un banco de

datos, construido a través de denuncias de carácter personal recibidas en la organización

y denuncias vertidas en los medios de comunicación tantos radiales como escritas

(periódicos locales y regionales) por parte de los damnificados directos5

En este sentido, existen datos vinculados a las víctimas del abandono estatal hacia los

jóvenes en cuanto a los derechos básicos vinculados a la educación, la salud, la justicia,

las políticas públicas municipales, entre otros, además de citar y describir casos de

violencia policial más allá del de Iván Torres, desde 1994 hasta 2012. En todos los

casos, las víctimas son pobres y, en algunos ellos, de apellidos vinculados a las

comunidades mapuche y/o tehuelche.

Con este informe, mas la labor realizada por el Consejo Social de la Universidad

Nacional de la Patagonia, sede Trelew (desde 2010 hasta abril de 2013), y la Comisión

Contra la Impunidad y por la Justicia en Chubut (desde Mayo de 2013 hasta la

actualidad), hemos reunido los casos más relevantes acontecidos en los últimos 10 años,

en donde la acción policial hacia los jóvenes, pobres todos, descendientes de pueblos

originarios en su mayoría, se llevó adelante con golpizas, controles, abusos, torturas y

muertes.

En el año 2009, en el Barrio Tiro Federal, se puso de manifiesto una situación de

apremios ilegales en perjuicio de la familia Paillacura-Chingoleo. El hecho fue

inmediatamente denunciado por la madre de seis chicos que fueron afectados por el

accionar del GEOP en su vivienda una noche en la que buscaban un presunto

delincuente; en este caso, hasta una chica embarazada resultó lesionada con postas de

goma de las armas de los efectivos del grupo especial. Además, los efectivos

3 En el año 2010 comienza a funcionar el Consejo Social de la UNPSJB, sede Trelew, orientado a pensar,

discutir e intervenir en los problemas de la sociedad del VIRCH. En las primeras reuniones, los temas

centrales se orientaron al desarrollo urbano, la violencia de género, entre otros. La presencia de Cesar

Antillanca, padre de Julián, en una reunión, hizo que la violencia de las fuerzas de seguridad hacia los

jóvenes sea considerado como prioritario. Cabe aclarar que de aquí surge la Comisión contra la

Impunidad y por la Justicia en Chubut, en mayo de 2013, luego de la absolución de los policías

involucrados en el caso Almonacid. 4 Personería jurídica nro. 1663

5 INFORME ACERCA DE LA VIOLENCIA INSTITUCIONAL EN LA PROVINCIA DEL CHUBUT

AÑOS 1994 – 2012. http://es.scribd.com/doc/108492535/Informe-Grupo-Pro-Derechos-Violencia-

Institucional-Pcia-Del-Chubut

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encapuchados y armados con armamento antimotines golpearon a los chicos y a las

mujeres que quisieron frenar la agresión, metiéndose en los patios de las viviendas.

Como mencionamos anteriormente, en la madrugada del 5 de septiembre de 2010,

Gonzalo Julián Antillanca (Barrio Etchepare), de 19 años, fue hostigado por cuatro

policías de la ciudad de Trelew, a la salida de la zona de establecimientos bailables, que

lo golpearon en todo el cuerpo. Las lesiones generadas en la cabeza y cuello causaron

un paro nervioso central, y Julián murió en el instante. Los policías cargaron el cuerpo

en el patrullero y lo tiraron en una calle oscura cercana adonde se había dado el hecho.

Desde el hallazgo del cuerpo, su padre, César Antillanca, realizó numerosas acciones

para romper con la versión oficial, que hablaba de coma etílico y continuó con “muerte

natural por causas indeterminadas”, hasta pudo localizar testigos que observaron la

detención y la paliza, e inclusive el mismo momento en que, desde el baúl del

patrullero, arrojaron el cadáver a la calle.

Esa noche la misma policía realizó una serie de violentas detenciones, golpizas,

apremios y torturas a varias personas, entre ellas los hermanos Sergio y Denis Aballay

(barrio Tiro Federal), que fueron ilegalmente detenidos, golpeados y recibieron disparos

con balas de goma a corta distancia. Ambas causas se acumularon. Al año siguiente los

cuatro policías, Martín Paul Solís, Jorge Abraham, Pablo Morales y Laura Soledad

Córdoba fueron llevados a juicio. Los jueces, siendo coherentes en la tarea de proteger

el aparato represivo estatal, eligieron condenar a los policías a penas leves por las

torturas a los hermanos Aballay, pero absolviéndolos por la tortura seguida de muerte

de Julián Antillanca.

El 18 de enero de 2012, se da el caso de abuso y vejaciones hacia el joven Maximiliano

Almonacid (barrio Oeste), en la que sin que existiera causa legal alguna que lo

justificara, el joven, de 16 años de edad, fue detenido en la puerta de su domicilio, por

los policias Carlos Pato, Mario Bevacqua, Sergio Castillo, Hugo Olavarría y Héctor

Ortiz, quienes se encontraban en ese momento cumpliendo funciones. Luego de

desprenderlo a golpes de la reja de ingreso al predio de su vivienda, mientras

Maximiliano llamaba a los gritos a su madre, lo arrojaron al piso, lo redujeron y lo

golpearon reiteradamente con puños y patadas, a la vez que impedían que los vecinos se

acercaran al grupo e intervinieran en auxilio del joven. Almonacid fue introducido

violentamente al interior de un móvil policial y una vez llegados a la comisaria

Seccional Segunda, un grupo de empleados policiales que estaban en ese momento en

funciones, continuo golpeándolo incesantemente hasta provocar su caída. Lo golpearon

principalmente en la zona de las costillas y en sus piernas con puños y patadas. Luego le

sacaron el cinturón, con el que Treuquil le dio un golpe en el rostro, le bajaron los

pantalones y el calzoncillo y, al tiempo que le decían "ahora vas a gritar con ganas

mamá", mientras los demás lo sujetaban, Muñoz le introdujo varias veces en el ano un

objeto romo y rígido similar al bastón tipo tonfa que utiliza el personal policial6

6 El relato ha sido tomado tal cual se menciona en el documento firmado por el Juez García, donde se

eleva a juicio la causa

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Luego de este hecho y vinculado a él, asesinan, el 27 de marzo del 2012, a un testigo de

la causa Almonacid (supuestamente protegido), Bruno Rodríguez Monsalve de 22 años

de edad. El 27 de mayo de 2013 se denuncia la desaparición del niño Cesar Monsalve,

de 13 años de edad, sobrino de Bruno Rodriguez, mientras se dirigía desde su casa a la

casa de su abuela. El 8 de julio de 2013 un cuerpo aparece mutilado en zonas, donde

supuestamente ya se habían realizado rastrillaje y el 30 de julio se confirma, de manera

poco clara, que ese cuerpo era el suyo. Los casos de Bruno Rodriguez Monsalvez y su

sobrino César, no han sido los únicos en los que circunstancias por demás confusas

rodean los asesinatos de gente que se ha atrevido a denunciar a la Policía de Chubut, o

que ha sido testigo de causas de tal naturaleza; solo basta recordar los hechos que

rodearon al mencionado caso Iván Torres y el destino de 7 de sus testigos, de acuerdo al

Habeas corpus presentado por la Comisión contra la Impunidad y por la Justicia en

Chubut en el caso Taucano Jones en Enero de 2015: asesinados todos, además de una

amiga de Torres, que sobrevivió a una violación de varios hombres, que luego de

someterla le dijeron: “ahora andá a hacer la denuncia a la 1era”.

El 19 de septiembre de 2013 aparece ahorcado en la Comisaría Segunda (otra vez)

Ángelo Vargas (niñez en el barrio Etchepare, vivía en barrio INTA al momento del

hecho), en circunstancias muy oscuras, en donde, hasta el momento se descarta el

asesinato del joven Vargas por parte de la policía, pero al menos debería esclarecerse su

muerte en el interior de la Comisaría. Aquí se observa el atraso que existe en nuestra

provincia respecto de su adecuación a los tratados internacionales con jerarquía

constitucional en materia de derechos humanos. Retomando el Habeas corpus

mencionado anteriormente,

este caso reveló que el personal de comisarías no conoce y/o no cuenta con un protocolo

de actuación en caso de detenciones en comisarías. Este tipo de protocolos sobre

condiciones de detención resultan fundamentales para investigaciones sobre apremios,

tortura u otras violaciones a los derechos humanos en centros de detención. Los hechos

aquí relatados en relación a la situación de los denunciantes en causas de violencia

policial, muestra asimismo tanto la ausencia de una política eficaz de protección de

testigos, como la continuidad de prácticas absolutamente contrarias a las

recomendaciones que hiciera la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a los

Estados Miembros en su informe “Seguridad Ciudadana y Derechos Humanos” de

noviembre de 2009. Claro incumplimiento del Artículo 2º de la Convención Americana

de Derechos Humanos. (Comisión Contra la Impunidad y por la Justicia en Chubut,

2015: 6)

El 3 de diciembre de 2013, por la tarde, en el barrio Don Bosco, más de 30 efectivos de

la Seccional Segunda en cinco móviles, rodearon el domicilio del joven Cristian

Mendoza de 17 años, quien fue baleado durante el procedimiento, con allanamientos y

destrozos en la casa de familia, además de perseguir y golpear a jóvenes tildados de

sospechosos de cometer delitos. Idéntica situación se dio el 8 de julio de 2014 en el

barrio Tiro Federal, también de Trelew. La diferencia en este último caso es que la

policía entró al domicilio de los jóvenes sospechados, sin orden de allanamiento y

detuvo al mayor de ellos, quien pasó la noche en la Comisaría Primera, donde sufrió

golpes en su cuerpo.

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El día 3 de mayo de 2014, en el barrio INTA de la ciudad de Trelew, personal de la

Comisaría 3ra, golpeó con machetes y con puños a gran parte de la familia Torres,

(algunos de ellos menores), porque supuestamente los hijos del matrimonio molestaron

al vecindario a raíz de haber prendido fuego la basura acumulada.

El 4 de mayo de 2014 (sí, la noche siguiente), personal de la Comisaría 3ra (sí, la misma

de la noche anterior) detuvo a una joven que iba a celebrar esa noche su cumpleaños de

15 al igual que a una prima de 17 y las mantuvieron demoradas por varias horas. A su

tía y otros dos tíos, los acusaron de un supuesto robo que no habían cometido y

mientras la familia se dirigía al festejo, es apresada. A las jóvenes de 15 y 17 años, los

policías les gritaron frases como “que hacen vestidas así, putitas”, “las vamos a violar y

a matar” y “van a aparecer tiradas en una zanja” y les sacaron fotos de sus partes

íntimas con un celular y las amenazaron de subirlas al Facebook si después los

denunciaban.

En octubre de 2014, la familia Currumil del barrio Tiro Federal

denunció en los medios de comunicación haber sido víctima de apremios ilegales, en

reiteradas ocasiones y con características de ensañamiento, por parte del personal de la

Seccional Segunda7. Una de las situaciones de apremios se produjo en el marco de un

allanamiento sin orden judicial donde se detuvo a 3 jóvenes, uno de ellos menor de

edad, y otro de ellos con un retraso madurativo. Los jóvenes fueron golpeados en su

domicilio y en la seccional. El único resultado de este operativo fue la golpiza que

sufrieron los detenidos, ya que en la audiencia de control de detención la fiscalía no

encontró razón para imputarles ningún delito o contravención. Más aún en la propia

audiencia las víctimas denunciaron las golpizas que les propinaron los efectivos

policiales. (Comisión Contra la Impunidad y por la Justicia en Chubut, 2015: 2)

El 31 de enero de 2015 un grupo de 15 personas, entre ellos 12 policías de la Comisaría

Segunda y 3 personas de civil, ingresaron violentamente al domicilio de la familia

Taucano Jones (barrio Presidente Perón) propinando severos golpes a varios miembros

de la familia y disparando postas de goma que lesionaron a uno de los hijos. Durante

este brutal procedimiento los efectivos no mostraron orden de detención o allanamiento,

ni se nos detuvo o imputó delito alguno. Las razones que expusieron para tal conducta

es que estaban buscando a una persona que presuntamente había cometido un robo. A

partir de ese día la familia comenzó a sufrir un permanente y peligroso hostigamiento

por parte de los efectivos policiales de la Comisaría Segunda: patrulleros que pasan

frente al hogar con suma frecuencia, efectivos filmando la puerta de la casa con sus

celulares, miradas intimidatorias, son algunos de los hechos que se sucedieron desde

aquél 31 de enero, siendo el más importante la golpiza que dos efectivos policiales le

propinaron al hijo que había sido baleado días anteriores

El 7 de febrero de 2015 se produjo un incendio en la celda de contraventores de la

Seccional Primera de Trelew, causando graves quemaduras a Mauro Castaño, afectando

el 70 por ciento de su organismo, soportando una temperatura cercana a los 165 grados.

7http://www.diariojornada.com.ar/109700/policiales/Denuncian_violencia_policial_en_un_allanamiento_

y_que_secuestraron_menta_por_marihuana_

http://www.elchubut.com.ar/nota/107269-acusan-brutalidad-policial/

12

Diez días después se concreta su muerte, en el Hospital Zonal de Trelew. El joven había

sido detenido la madrugada anterior por una contravención menor, sin demostrarse

delito alguno. Quien aquí escribe pudo visualizar los videos que se obtuvieron desde las

cámaras ubicadas en las calles céntricas de Trelew, en donde Castaño solo aparece

caminando con una gorra, bermudas (estereotipos marcados sobre cómo se reconoce a

un delincuente), por el centro de la ciudad, realizando comentarios a las personas que

pasaban cerca de él. Nueve policías lo persiguieron esa noche hasta detenerlo, solo por

estar alcoholizado.

Los mencionados anteriormente, son casos que han tomado relevancia gracias a la

persistencia y organización de los familiares de las víctimas, que aún en la absolución

de los policías involucrados en las causas (como en el caso Antillanca y Almonacid),

siguieron luchando y ambos casos fueron remitidos a la Corte Suprema de Justicia de la

Provincia de Chubut, lo que hizo que se realicen nuevos juicios, habiendo condenas en

ambos casos.

En definitiva, esta organización en un espacio como la Comisión Contra la Impunidad y

por la Justicia en Chubut, permite visibilizar y mantener en la agenda la problemática de

la represión llevada adelante con total impunidad por la policía de Chubut, hacia los

jóvenes, insistimos, pobres y/o provenientes de barrios marginados, además de obtener

condenas en el caso de la Familia Torres, y activa participación en el juicio por el caso

Castaño, con condenas leves en juicio abreviado y con absoluciones en juicio oral y

público penal. También se generan propuestas innovadoras, como el trabajo que se halla

realizando una de sus integrantes, Paulina Veira, para su tesis de Licenciatura en

Trabajo Social de la Universidad Nacional de la Patagonia. Se denomina “Violencia

policial y judicial en el barrio Tiro Federal de Trelew, entre los años 2010-2015” y,

partiendo de la pregunta: ¿Cómo construir una base de datos de casos de violencia

policial y judicial en Trelew, de la manera más representativa posible, a partir de la

experiencia de relevamiento en el barrio Tiro Federal?, intenta mejorar los actuales

sistemas de recolección de casos donde se ponen de manifiesto estos tipos de violencia,

que son incompletos (falta procedencia territorial de quienes denuncian; no todos

denuncian, etc)

Por ello, a pesar de lo expuesto en el párrafo anterior, debemos recurrir como fuente

relevante para contextualizar el problema planteado, al último informe (año 2015) del

Banco de datos de casos de Tortura, otros tratos o penas crueles, inhumanos y

degradantes elaborado por el Ministerio de la Defensa Pública de la provincia del

Chubut. Desde Septiembre de 2004 hasta febrero de 2015, se han registrado 32168 casos

en toda la provincia, de los cuales el 96 % eran varones, menores de 28 años (87%),

con estudios primarios (72%), en su mayoría desempleados o con trabajo ocasional. Las

acciones más denunciadas llevadas a cabo por los autores de las torturas son: golpes de

puño, patadas, golpes en todo el cuerpo, golpes en la cabeza, arrastramiento, empujones,

balas de goma, amenazas e insultos, acoso policial y desnudos. La mayoría de estos

hechos se produjeron en la vía pública (en la calle, en un comercio o en una vivienda

8 688 en Comodoro Rivadavia, 116 en Esquel, 1702 en Pto Madryn, 20 en Sarmiento y 690 en Trelew

13

particular) al momento de la detención (60%), seguido de los lugares de

aprehensión/detención -mayormente comisarías, alcaidías- (32 %), registrándose

también acciones al momento de traslado (6%). En el 98 % de los casos denunciados,

los autores son miembros del personal policial provincial (en patrulleros, en comisarías,

del Grupo Especial de Operaciones Policiales –GEOP-). Un dato relevante es que el 79

% de los casos no se denuncia judicialmente, ya sea por temor a represalias por parte de

la policía o porque no se confía en el accionar de la justicia, entre otros motivos9. Pero,

insistimos, no se aclara de dónde provienen quienes denuncian, o en qué lugar se

concretan los hechos.

Estos datos que se desprenden del Banco de datos de casos de Tortura, otros tratos o

penas crueles, inhumanos y degradantes, con el perfil de la violencia policial, además

de los casos señalados en Trelew anteriormente, permite sugerir la hipótesis vinculada a

que esa violencia policial hacia los jóvenes es un problema estructural, no solo en

Trelew, sino en nuestra Provincia. Se trata de una violencia dirigida hacia los jóvenes

pobres, provenientes de barrios estigmatizados territorialmente, descendientes en su

gran mayoría de pueblos originarios; en definitiva, hacia cuerpos desechables por los

sectores dominantes.

A todo esto hay que sumar aquéllas situaciones en que no se denuncia. Estamos en

condiciones de asegurar que el motivo de esto es el mismo que surge cuando se decide

no denunciar judicialmente, analizado en párrafos anteriores: temor a represalias o

escasa confianza en el accionar de la justicia.

Esta última hipótesis la podemos relacionar a lo que Gino Costa denomina „la escasa

confianza en nuestra policía‟, haciendo referencia al contexto latinoamericano. El autor

cita las encuestas realizadas por el Latinobarómetro a partir de 1996, “según las cuales

la confianza en las policías osciló entre el 29% y el 39%, con un promedio anual del

34%. Se trata de niveles de confianza muy bajos, pues alrededor de las dos terceras

partes de la población latinoamericana –entre el 61% y el 71%– expresaron de manera

sostenida poca o ninguna confianza (…) Los últimos años vieron una leve mejoría. La

confianza pasó de un promedio del 32% entre 1996 y el 2000 al 36% durante el

quinquenio 2006-2010” (Costa, 2012) En Entender la labor policial… Anneke Osse

profundiza la idea vinculada a que en casi todos los países de la región la acción de las

fuerzas de seguridad está desacreditada hasta por los propios gobiernos de la mayoría de

los gobiernos de América Latina, acción caracterizada por la escasez y el deficiente

9 Otra fuente para analizar los casos de violencia policial en Chubut es el informe “Sistematización de la

información de casos de violencia policial en los que el Ministerio de la Defensa Pública actuó como

querellante”, desde 2007 a 2013 donde se han relevado 142 casos de denuncia de violencia policial en los

que la Defensa Pública fungió como querellante. Del total de casos con querella de la Defensa Pública, 83

finalizaron con el archivo del caso lo que representa un (58,5%). Sumando los casos ya juzgados a los

casos que están siendo juzgados al momento de realizarse este informe, son 28 los casos que llegaron a la

instancia de ser juzgados, representando el 19,7% del total de casos. De los 23 casos en los que ya se

realizó el juicio, 11 tuvieron por lo menos a un condenado (47,8%) y en 13 casos todos los imputados En

los tres Juzgados de Instrucción de la Circunscripción Trelew, desde el año 1990 hasta el 2000 inclusive

se iniciaron de 611 expedientes, se elevaron a juicio 12 casos (2%) y llegaron a condena 4 casos (33,3%

de los casos enjuiciados).

14

manejo de recursos, jerarquías burocráticas y obsoletas, precaria formación de los

integrantes de las fuerzas de seguridad y gran cantidad de violaciones de los derechos

humanos en el cumplimiento de su función.

Esto también se da en nuestra ciudad, donde a 40 años de la Masacre de Trelew, en

agosto de 2012, el entonces gobernador de Chubut, Martín Buzzi, declaró:

“Hoy tenemos que dar gracias que han pasado 40 años y podemos hacer un acto único,

porque se ha unificado el reclamo de los grupos sociales con la política de Estado y

porque habiendo una política nacional, provincial y del conjunto del Estado de llegar

hasta las últimas consecuencias, permite (…) juzgarlos y que finalmente lo que se

denominó la Masacre de Trelew, sea denominado la justicia en Trelew y nosotros

tengamos el enorme orgullo de trabajar para declarar a la ciudad de Trelew, Capital

Nacional de los Derechos Humanos”. La realidad muestra que Trelew se ha convertido

en una de las principales ciudades donde más que derechos humanos, existen derechos

violados por parte del aparato represivo estatal.

Estigmatización territorial, policiamiento y dispositivos de precarización social de

la vida juvenil

Pensar y abordar la violencia policial hacia los jóvenes en nuestra ciudad, nos obliga,

insistimos, a partir de la hipótesis que dicha violencia está orientada a los jóvenes

pobres, provenientes de los barrios ubicados en la periferia y con rasgos físicos en su

gran mayoría vinculados a los pueblos originarios. Los casos recopilados, todos,

corresponden a jóvenes con identidades desacreditadas que provienen de familias con

escasos recursos económicos y procedentes de barrios segregados de Trelew,

estigmatizados por los medios de comunicación y por las clases dirigentes, como por

ejemplo: Barrio Oeste, Don Bosco, Inta, Pte Perón, Etchepare, Tiro Federal, entre otros,

donde las variables “Población”, “Hacinamiento” y “Necesidades Básicas

Insatisfechas”, se conjugan para demostrar las condiciones desfavorables de estos

territorios (Ver Figuras 2, 3 y 4). De estos barrios proceden todos las víctimas de la

violencia policial en la ciudad.

Figura 2: Población por radios censales

15

Figura 3: Necesidades Básicas Insatisfechas por radios censales

Figura 4: Cantidad de personas por vivienda por radios censales

16

Elaboración: Cátedra Abierta de Estudios Urbanos y Territoriales (Universidad

Nacional de la Patagonia)

Ya hemos contextualizado en tiempo y espacio los juvenicidios perpetrados por las

fuerzas de seguridad en Trelew, como así también los procesos de des ciudadanización

sufridos por los jóvenes. No debemos dejar de lado conceptos claves, como

policiamiento, estigmatización territorial, precarización social, violencia de las fuerzas

de seguridad hacia los jóvenes, todo esto asociado a la vulnerabilidad social y el

abandono estatal que experimentan los jóvenes de Trelew.

Ahora bien, ¿existe un abandono estatal o se ha acrecentado la presencia estatal, sobre

todo en los barrios? “En el marco de la propia crisis de ese neoliberalismo, es la policía

la que representa al Estado en el espacio público, la llamada a restablecer el orden (…)”

(Galvani, 2007, p. 81) Y no solo eso, “la aplicación de la ley en espacios urbanos

marginales (…) es simultáneamente intermitente, selectiva y contradictoria” (Auyero y

Berti; 2013, p.120) Gabriel Kessler aduce que la presencia de la policía en los barrios

poco tiene que ver con la ley y que en esos ámbitos, bajo la figura de restablecer el

orden, operan como una banda delincuente mejor armada y más potente que las que

posiblemente se hallen delinquiendo en el territorio (Kessler, 2010, p.126)10

Podríamos

decir entonces que, si existe un alto grado de violencia en la cotidianeidad, en gran parte

es gracias, y no a pesar de, la presencia estatal/policial en los barrios. En este sentido, la

10

El autor profundiza en la idea que los jóvenes del conurbano bonaerense que delinquen naturalizan la

violencia policial, ya que luego de una golpiza o abuso por parte de la policía, existe la posibilidad de

negociar o pactar su libertad.

17

ubicación de familias en sectores de la ciudad mal preparados para habitarlos, implica

una reubicación vinculada al concepto de gethificación. El concepto de gueto expresa,

en palabras de Wacquant “una exacerbación de la histórica exclusión racial tamizada

por un prisma de clase” (2001; 110)11

.

El policiamiento, en tanto permanente hostigamiento y recurrentes detenciones ilegales

en la vía pública, con golpes, torturas y muerte, tiene como destinatarios principales a

los jóvenes de estos barrios. Como mencionábamos anteriormente, dicha violencia está

orientada a los jóvenes pobres, provenientes de los barrios ubicados en la periferia y con

rasgos físicos en su gran mayoría vinculados a los pueblos originarios

(mapuche/tehuelche), en sintonía con el análisis que permite “subrayar la relevancia

histórica y contemporánea de la racialización y la raza en el contexto nacional y

regional, en tanto mecanismo y patrón de clasificación y categorización social”

(Caggiano, 2015: 123). La policía representa al Estado Provincial en el espacio público,

dirigida a aplicar la ley en espacios urbanos marginales, siendo muy selectiva en su

accionar. Así, “violencia policial y estigmatización territorial son dos procesos que se

retroalimentan. (…) la estigmatización que recae sobre ciertos barrios pareciera habilitar

o legitimar prácticas policiales que aparecen como inaceptables para otros ámbitos

socio-espaciales” (Kessler y Dimarco, 2013: 223)

En Trelew, como en la mayoría de los centros urbanos de Latinoamerica, el sistema

comienza a expulsar a todos aquellos que no pueden aspirar a un puesto de trabajo

estable, más allá de su color de piel o su origen étnico; se profundiza la violencia

institucionalizada, violencia impuesta desde arriba, que se pone en juego a través de un

conjunto de cambios económicos y políticos que afectan fundamentalmente a los

sectores más desfavorecidos de la población, y que en muchos casos se agravan por una

serie de discriminaciones sociales y étnico raciales. Entonces,

el mayor policiamiento se ha convertido en una demanda social creciente frente al

problema del delito (mientras que) se ha dado en simultáneo un aumento de la presión

sobre la población más sometida a los controles de la institución: los jóvenes de sectores

populares. Vimos entonces que los jóvenes de estas zonas aparecen como

“naturalmente” sospechosos lo que justificaría acciones preventivas por parte de la

policía, mientras que aparecen invisibilizados los mecanismos de estigmatización sobre

los que se apoya esa sospecha. (Kessler y Dimarco, 2013: 230)

También es válido destacar que en nuestra provincia se está poniendo de manifiesto la

posibilidad de aplicar un código de contravenciones, en la misma lógica que en la

Provincia de Córdoba: “detenciones arbitrarias que derivan de su aplicación y que son

tan comunes en el cotidiano, (que) implica elevar a criterio legal una sospecha de

11

El mismo autor plantea cuatro aspectos estructurales que permiten analizar esta realidad: 1) Existe

desde comienzos del tercer milenio una desigualdad creciente en el contexto del avance de la prosperidad

económica global 2) Desprotección de la clase trabajadora 3) Las acciones del Estado que empujan a los

ciudadanos más desprotegidos hacia la postergación, determinando el modo en que se produce la misma,

como así también dónde y por cuánto tiempo. 4) Por último, la concentración de personas en un mismo

sector ya estigmatizado, depositario de todos los males urbanos de la época, lugares a evitar, a temer y a

repeler. En definitiva, “Un penetrante estigma territorial recae firmemente sobre los residentes de esos

barrios de exilio socioeconómico (…)” (2001, 179)

18

culpabilidad, a partir de la mera apariencia” (Bonvillani, 2015: 91). Recordemos que en

varios casos de los mencionados, derivados en muertes o abusos en las comisarías, las

detenciones se dieron bajo este retrógrado accionar.

Siguiendo a los autores Bisberck y Gabaldon, existen complicaciones al momento de

analizar estos modos de actuar, porque no hay muchos datos confiables sobre los tipos

de conflictos y los niveles e incidencia del uso de la fuerza por parte de las fuerzas de

seguridad en el ámbito público. Por ello, realizaron investigaciones orientadas a

documentar e intentar comprender las situaciones en que la fuerza es empleada, y para

eso estudiaron las reglas que el propio personal policial emplea para su uso. Sus

hipótesis se orientan en la siguiente dirección:

1) El policía tenderá a usar menor fuerza, o ninguna, contra ciudadanos percibidos con

influencia o habilidad para abrir un reclamo exitoso (la influencia tiene que ver con la

capacidad de movilizar burócratas, políticos, medios de comunicación social o

ciudadanos respetables en la dirección buscada, como, por ejemplo, investigar y

sancionar a un funcionario) 2) Los funcionarios serán menos propensos a utilizar la

fuerza contra ciudadanos respetables y más propensos a hacerlo contra ciudadanos de

dudosa reputación (la respetabilidad se refiere, fundamentalmente, a la estima moral) 3)

Los funcionarios serán más propensos a utilizar la fuerza contra ciudadanos que son

agresivos o que se resisten a los procedimientos policiales, dado que la fuerza puede, en

estos casos, ser definida como control legítimo. Viceversa, serán menos propensos a

usar la fuerza contra ciudadanos puramente irrespetuosos o pasivos 4) El

comportamiento del ciudadano tendrá un mayor efecto sobre la disposición de usar la

fuerza cuando se trata de ciudadanos de alto estatus que cuando se trata de ciudadanos

de bajo estatus (Gabbaldon y Bisberck, 2002)

Deberíamos incluir en las variables de análisis los niveles de educación y capacitación

del personal policial centradas, sobre todo, “en el entrenamiento situacional que

considera el carácter dinámico y flexible del encuentro para adoptar modelos de uso

diferenciado y progresivo de la fuerza” (Tiscornia, sin datos de edición). ¿Influye una

mayor educación o capacitación para disminuir el uso de la fuerza? Si tomamos los

planes de estudios de las carreras Tecnicatura Superior en Seguridad Pública y

ciudadana y del Curso Superior en Auxiliar en Seguridad Pública y Ciudadana, ambas

dictadas por el Instituto de Formación Policial Nro 811 de la Provincia del Chubut,

podemos concluir que las materias que se dictan podrían dar cuenta de una educación

orientada a la disminución del uso de la fuerza y del abuso del poder. Sin embargo, no

solo no ha disminuido sino que se ha acrecentado. Insistimos en la idea de Gabaldon y

Bisbarck:

(…) el entrenamiento es situacional, ver cómo afrontan la situación, de qué medios

disponen, justamente para inducir en cada caso, más allá de la educación formal, el

nivel universitario que puedan tener o de los cursos especializados formales, un

entrenamiento más enfocado a situaciones específicas (“La definición de los usos

justificados de la fuerza en el desempeño policial: propuestas para un proyecto de

investigación comparada”, sin datos de edición)

19

La antropóloga Sofía Tiscornia12

sostiene que

los hechos de violencia policial que resultan en muertes y abusos son producidos

sistemáticamente, y son, en una proporción considerable, un modus operandi

institucionalizado de las fuerzas policiales, (y) son aplicados fundamentalmente sobre

aquellos grupos o personas que, pertenecientes a sectores pobres, transitan el ambiguo y

anchuroso espacio de la ilegalidad” (Tiscornia, sin datos de edición).

La misma autora sostiene que la actuación policial gira en relación a: a) falsificar la

versión de lo ocurrido en situación de uso de la fuerza b) inventar, esconder y/o destruir

pruebas y c) amenazar y amedrentar a familiares o testigos, como ha sucedido con

Bruno Rodriguez Monsalve en el caso Almonacid13

El modus operandi institucionalizado de las fuerzas policiales es la tortura, la golpiza,

dirigidas a jóvenes pertenecientes a sectores populares. Ahora bien, ¿qué intermedia en

la violencia de la policía hacia el joven? En este sentido, existen dos aspectos claves, en

cuanto a los actores que se hacen presentes. Por un lado, ¿cuánto influyen que los

medios de comunicación presten atención solo a los delitos cometidos por los jóvenes

pobres, de barrios marginados? ¿O por qué las fuerzas de seguridad cometen actos de

rutina, como pedir documentos, interrogar, a los jóvenes pobres, de barrios marginados?

Por otro lado, deberíamos analizar la estigmatización territorial no sólo en el accionar

policial sino también en los procesos judiciales que viven los sectores más

desfavorecidos.

De ésta manera,

la estigmatización que recae sobre ciertos barrios pareciera habilitar o legitimar

prácticas policiales que aparecen como inaceptables para otros ámbitos socio-espaciales.

Con esto no queremos decir que las prácticas violentas por parte de la policía se limiten

a los barrios estigmatizados (Kessler, Dimarco, 2013:223)

Pero ese accionar está amparado porque la policía encuentra “en estos barrios

estigmatizados, y en el marco de la mayor demanda de seguridad, cierta legitimidad

para desplegar esas prácticas” (Kessler, Dimarco, 2013: 223). Los vecinos de los

mismos barrios piden más policías, y justifican cualquier accionar violento hacia los

jóvenes. Así, pues,

12

Su trabajo formó parte de un programa de investigación subsidiado por la Secretaría de Ciencia y

Técnica de la Universidad de Buenos Aires “Antropología Política de la violencia institucional punitiva

(in)seguridad ciudadana, derecho humanos y respuestas políticas”. El análisis de casos, las instituciones y

las prácticas policiales ha sido realizado en el marco del programa “Violencia institucional, seguridad

ciudadana y derechos humanos” del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)

13

No haremos referencia al trabajo de Sofía Tiscornia Entre el imperio del «Estado de policía» y los

límites del derecho, por cuestiones de espacio, pero en ese trabajo a la autora le interesa, en primer lugar,

vincular el poder de policía –como técnica administrativa de gobierno– con las formas vernáculas de su

ejercicio. En segundo lugar, establecer el parentesco entre esas técnicas policiales y la expansión de

Estados de excepción, como formas habituales de conjurar la inseguridad, reproduciendo paradójicamente

el miedo. Consideramos que este aspecto enriquece nuestro trabajo y será tenido en cuenta para futuras

intervenciones en torno al tema en nuestra región

20

está la policía de “afuera”, la que controla los márgenes de la villa (…) Y está la policía

de “adentro”, aquellos vecinos que son policías, que trabajan en la comisaría que tiene a

su cargo la vigilancia del barrio o en otra. Unos y otros policías, ya sean de adentro o de

afuera, mantienen, con los vecinos del barrio, relaciones de amistad, de negocios, de

alianza, de enfrentamiento o de resistencia (Daich, Pita, Sirimarco, 2007:75)

¿Es la solución más policías en las calles? ¿No debemos pensar en la reconfiguración de

las sociabilidades que se dan en los barrios?

(…) en las últimas décadas el barrio se ha convertido en el espacio privilegiado de

sociabilidad de estos jóvenes como consecuencia de la pérdida de centralidad de otras

instancias de socialización como la escuela y el trabajo. En particular, los jóvenes

tienden a circunscribir el uso del espacio público a ciertos lugares concretos, como

plazas, quioscos, la puerta de la escuela o algunas esquinas particulares y a hacer un uso

intensivo de esos lugares específicos (…) (Kessler, Dimarco, 2013:228)

La gubernamentalidad contemporánea en la mayoría de los países de Occidente está

signada por políticas centradas en el miedo, la desconfianza y la idea de inseguridad. En

estos países ha primado el neoliberalismo, donde “se explota todo aquello que pertenece

a prácticas y formas de libertad, como la emoción, el juego y la comunicación” (Chul

Han, 2014: 8) Muy relacionado a esto podemos considerar como uno de los puntos de

partida a la precarización de la vida juvenil, a través de acciones y discursos que ponen

en tensión ciertas garantías de derecho. La tercerización laboral, el trabajo precarizado,

la desarticulación de las personas con la vida política, la exacerbación de la sociedad de

riesgo, entre otras variables, son mecanismos que profundizan esta situación.

En este sentido, el concepto de Estado de Excepción es clave para comprender dicho

proceso, entendido como

ese momento del derecho en el que se suspende el derecho precisamente para garantizar

su continuidad, e inclusive su existencia. O también: la forma legal de lo que no puede

tener forma legal, porque es incluido en la legalidad a través de su exclusión. (…) se ha

convertido durante el siglo XX en forma permanente y paradigmática de gobierno

(Agamben, 2004: 6)

Los países, bajo esta idea, se hallan en una especie de guerra civil legalizada, que en

algunos casos, como lo sucedido luego del 11 de septiembre de 2001 en EEUU, permite

la detención indiscriminada de personas que no son estadounidenses, generalmente

sospechados de terrorismo, fortaleciendo la idea de „tierra de nadie‟ entre el derecho

público y el hecho político; esto convierte al Estado de excepción en “figura de la

necesidad, (en) una disposición „ilegal‟ pero perfectamente „jurídica y constitucional‟”

(Agamben, 2004: 64).

Así es como los sistemas democráticos contemporáneos controlan y gestionan la vida de

lxs jóvenes, con el discurso del miedo atravesando las esferas religiosas, científicas y

civiles, además de la permanente recreación y potenciamiento que hace el Estado en

torno al miedo; es decir, instala procesos de subjetivación que orienta a la idea de qué

sujeto es necesario crear, produciendo

21

la disociación, la separación y clasificación de las poblaciones, que construye categorías

para tipificar los comportamientos humanos, compartimentando en grupos, guetos,

parcelas a conjuntos más precisos de personas hacia las cuales emprender acciones

concretas de dominación con una significativamente mayor capacidad de maniobra

sobre ellas (Agudelo, 2013:11)

¿Quién es el criminal? ¿Quién es el delincuente?, son interrogantes que se responden de

acuerdo a esa clasificación. El Estado moderno, con el miedo, y su teatralización, y el

discurso de la seguridad, profundizan el control y la violencia hacia lxs jóvenes.

Algunas reflexiones finales: hacia un accionar que contemple los derechos

humanos de lxs jóvenes

En el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ante lo sucedido con Iván

Torres, caso mencionado en el texto, se consideró específicamente que “El Estado

reconoció que en la Provincia del Chubut se cometían abusos policiales en perjuicio de

jóvenes de escasos recursos (…)” La ley provincial 815 (Ley orgánica de la policía del

Chubut), elaborada en 1970, dice que es atribución de las fuerzas de seguridad

“Demorar a la persona que sea necesario conocer sus antecedentes y circunstancias que

los justifiquen cuando se niegue a identificar, carezca de documentación, o que la

misma no constituya un documento identificatorio fehaciente, dando cuenta inmediata

al Juez de instrucción en turno. (…) Al demorado, se le hará saber el derecho que le

asiste de notificar a un familiar o persona de su confianza, e informarle de su

situación.”. Este punto, justifica el accionar llevado adelante en casi todos los casos

analizados aquí, al momento de la detención; además de no cumplirse con la obligación

que la misma ley establece, respecto de informar inmediatamente al juez de instrucción

en turno. En este sentido, urge, según lo planteado por el mismo fallo, adoptar las

medidas legislativas correspondientes, a fin de que la Ley 815 se adecue a los

estándares consagrados por la Convención Americana.

Así, la facultad de detener a una persona en la calle para averiguar antecedentes o por

alguna contravención, conlleva a la construcción de tipologías sociales que se vinculan

a lo “sospechoso”, lo “delincuente”, lo “peligroso”, tipologías aplicables siempre a los

grupos sociales más vulnerables, ya sea desde los sectores dominantes o desde los

medios hegemónicos de comunicación.

Sin dejar de lado la alternativa más general y profunda de una reforma total de la policía

del Chubut14

, deberíamos orientar la discusión, entonces, a una política pública que

contemple la necesidad de creación de protocolos de actuación en las comisarías, o al

momento de detención, con una importante intervención de la sociedad civil, organizada

14

Algunos aspectos importantes a tener en cuenta serían: Depuración profunda del cuerpo policial, Más

y mejores policías, Establecer escalafones, Mas profesionalización, Reconstruir la institucionalidad de

lucha anticorrupción, Dignificar la función policial, Desmilitarizar y profesionalizar la lógica de mando y

asignación de funciones en la Policía, Gestión profesional de los recursos institucionales, Cambiar la

lógica de aproximación de la policía al crimen.(BASOMBRÍO, Carlos) También recomendamos la

lectura de SAIN, Marcelo La reforma policial en América Latina. Una mirada crítica desde el

progresismo. Prometeo. Bs As. 2010 y la consulta de la ponencia “Reforma policial y Derechos

Humanos: caso Perú”. Mesa debate con: Dr. Gino Costa Santolalla y Lic. Edgar Mohar Kuri 30 de

noviembre de 2006

22

en grupos de trabajo, sobre todo familiares de víctimas o las mismas víctimas (las que

vivieron para contarlo), en su elaboración. Es indudable que el Estado debe proteger a la

persona que por cualquier circunstancia cae presa o demorada a una dependencia

policial y para ello hay obligaciones que tienen quienes custodian a los detenidos. No

debemos dejar de lado, que las Comisarías de la ciudad de Trelew, no poseen

condiciones humanitarias que aseguren la dignidad de la persona que sea detenida y

posteriormente “alojada” allí. De hecho, desde sectores políticos y judiciales, se ha

recomendado prohibir cualquier alojamiento de personas en estos sitios. Sin embargo,

ha sucedido.

¿Qué debemos tener en cuenta para elaborar estos protocolos15

? Los protocolos deben

construirse desde saberes prácticos, no meramente académicos y deben convertirse en

pautas de actuación que guíen la formación del personal policial, además de explicitar el

límite del uso legal de la fuerza. Estos protocolos, además de establecer doctrina,

repercuten sobre los sistemas disciplinarios y de capacitación, salvando en alguna

medida los baches entre la academia policial y la práctica.16

Consideramos estos casos claros ejemplos de violencia policial hacia los jóvenes como

resultado “(no del fracaso del Estado sino de la) activa constelación de intereses cuyo

resultado es la promoción de la violencia. (…) No es un escenario de „abandono estatal‟

sino de conexiones (…) entre actores estatales y perpetradores de la violencia. En el

terreno, esta „colusión‟ se manifiesta en la forma de una presencia estatal contradictoria

y selectiva” (Auyero y Berti, 2013, p.121).

Los casos mencionados, todos, corresponden a jóvenes que provienen de familias con

escasos recursos económicos y provenientes de barrios segregados de la ciudad de

Trelew, estigmatizados por los medios de comunicación y por las clases dirigentes

(Barrio Oeste, Barrio Don Bosco, Barrio Inta, Barrio Pte Perón, Barrio Etchepare,

Barrio Tiro Federal). Y en su gran mayoría, según el Banco de datos de tortura, con los

estudios primarios completos y en condiciones laborales precarias e inestables (trabajo

ocasional o desempleado)

También deberíamos tener en cuenta la estigmatización territorial no sólo en el accionar

policial sino también en los procesos judiciales que viven los sectores más

desfavorecidos. En Fiscalía o en el Ministerio de la Defensa Pública, se han manifestado

maltrato hacia estos sectores, demorando sus causas, demorando la atención que

requiere cada caso, etc… En los barrios se hallan presentes las familias de cada joven

que vive la violencia policial. La familia también es víctima de la estigmatización

territorial, en tanto que al momento de denunciar dicha violencia, en los ámbitos

judiciales, también se experimenta el prejuicio, el estereotipo y la desigualdad en el

15

Se recomiendan para la elaboración de un protocolo los siguientes documentos: DECRETO XIX- Nº

1568/82 REGLAMENTO DE ALCAIDIAS DE POLICIA (Antes Ley 815) de la Prov del Chubut;

PROTOCOLOS PARA LA ACTUACION POLICIAL EN PROCEDIMIENTOS CON PERSONAS

MENORES DE EDAD (NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES) en la Prov. De CATAMARCA. Por

razones de espacio no se exponen los avances de la elaboración de dicho protocolo en el presente texto

16 Algunas de estas ideas surgen de las Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores

privados de libertad

23

acceso a la justicia. Las familias de estos jóvenes deben esperar horas en ser atendido,

días y meses en lograr que avance algún expediente y años en obtener justicia o al

menos llegar a juicio.

Considero necesario recordar que el racismo es un elemento cultural. Se ha renovado,

matizado, ha cambiado su fisonomía, pero siempre estuvo. Pero es un elemento de un

conjunto más amplio: el de la opresión sistemática de un pueblo. La cultura del

considerado inferior se desvaloriza: su vestimenta, sus producciones, su lengua, son

ridiculizadas (Fanon, 1965). Estos jóvenes de sectores populares son considerados como

enemigos: por los medios de comunicación, los vecinos de los barrios cercanos o

incluso de los mismos barrios y ven con beneplácito que la intervención policial se

dirija a controlar los espacios de circulación para lxs jóvenes (Llobet, 2015). El papel de

los medios de comunicación y la educación fundamentan la gubernamentalidad

contemporánea, basada en el miedo. En este sentido, como miembros de diversas

organizaciones sociales, debemos realizar un trabajo colectivo en y con los medios de

comunicación de cada uno de nuestras ciudades. Mucho de lo que se piensa de

determinados barrios y de sus habitantes, los miedos que se relacionan con estos barrios,

proviene de lo que se comunica en las radios, los diarios y la TV.

Para finalizar, sugiero la pregunta de Binding, citado por Agamben: “¿Existen vidas

humanas que hayan perdido hasta tal punto la calidad de bien jurídico, que su

continuidad, tanto para el portador de la vida como para la sociedad, pierde asimismo de

forma duradera cualquier valor?” (Agamben, 2003: 174). Sí. Los jóvenes en nuestra

América viven vidas indignas de ser vividas.

Para ellos, como en Argentina en estos días, proyectos de ley que bajen la edad de

imputabilidad a 14 años, en lugar de 16 años (que es la edad mínima establecida por la

ley 22278, actualmente en vigencia), aun cuando los hechos violentos cometidos por

jóvenes menores no punibles son escasísimos.

Los cuerpos juveniles son un problema. Hay que encerrarlos o asesinarlos. La muerte no

existe: es la policía.

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