TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 · 2018-09-13 · 1 TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA...

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1 TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 Hora convocatoria: 08.30 hs. Inicia a la hora: 9,07 - Lugar: Salón Libertador “Gral. San Martín”. La Presidencia invita a Izar la Bandera Nacional ala Sra. Concejal Paola Domínguez, lo cual así se hace CONCEJALES PRESENTES :.-BENITO GRACIELA.- BURGOS CRISTIAN.-DE BAJENETA MARTIN.- DOMINGUEZ PAOLA.- FERNANDEZ SEBASTIAN.- FERRARI MIRIAM.-FULCO SERGIO.- GIARDINI CINTIA.-ILARREGUI GUILLERMINA.- IMAZ MARIO.- ISASI ADRIANA.OLAETA CLAUDIA.- SANABRÍA SIXTO.- CONCEJALES AUSENTES: -VOLONTÉ EDUARDO.- La Presidencia pone a consideración del Cuerpo la Declaración de Interés Público y Urgente, la que resulta aprobada por unanimidad Lectura Orden del Día: DECRETO H.C.D. 08/18CONVOCANDO A TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA.- Ayacucho, 01 de marzo de 2018. VISTO, el expediente HCD 32/18 y CONSIDERANDO, QUE, a través del mismo Sres. Concejales solicitan se convoque a una sesión extraordinaria para el día 02 de marzo de 2018 a las 8.30 hs. QUE dicha solicitud se ajusta a lo dispuesto por la Ley Orgánica de las Municipalidades.La Presidente del H. Concejo Deliberante de Ayacucho en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de DECRETO 08/2018. Artículo 1º: Convocase al Honorable Concejo Deliberante a la Tercera Sesión Extraordinaria del año 2018, para el día viernes 02 de marzo de 2018, a la hora 8.30 a fin de tratar el siguiente Orden del Día:-Correspondencia Recibida. -Departamento Ejecutivo.-Peticiones Particulares.-Proyectos Presentados.-Expedientes a Considerar. Artículo 2º: Envíese copia al Departamento Ejecutivo del presente Decreto. Artículo : De forma.- PETICIONES PARTICULARES: 30/18- Juan Olavarrieta; Solicita autorización para uso de espacio público. La Presidencia indica que se gira a la comisión de legislación el expediente PROYECTOS PRESENTADOS: 31/18-Bloque PJ/FPV-Declaración haciendo de público conocimiento la profunda preocupación por las decisiones tomadas en el ámbito educativo. DOMINGUEZ.- Pedimos lectura y tratamiento sobre tablas Por Secretaria se da lectura: VISTO la implementación de políticas en el ámbito educativo y considerando: QUE las mismas se reflejan en decisiones tales como desmantelamiento de programas, supresión de organismos, cierre de escuelas, fusión de cursos, disminución de recursos aplicados a la creación de nuevos servicios educativos, cargos, secciones, infraestructura escolar, mobiliario, capacitación docente, etc".QUE es de público conocimiento lo sucedido en distintas localidades de toda la provincia de Buenos Aires, sobre el cierre de cursos, escuelas y fusión de años. QUE la inscripción de alumnos se realiza al inicio de clases, debiendo analizarse la matricula al finalizar el mes de marzo, sin cerrar cursos preventivamente, negando el derecho a la educación. QUE la fusión de dos años con cinco materias representa 15 módulos y que si están agrupados, tienen sólo dos horas entre ambos cursos, dejando en claro la pérdida en materia de calidad educativa que se daría ante la fusión. QUE se planteó además, que la medida fue dada a conocer en términos contradictorios con lo estatutario, teniendo en cuenta que esa decisión debe ser tomada de común acuerdo entre las autoridades educativas y los representantes gremiales en los contextos de reuniones específicamente habilitadas para hacer análisis sobre estos temas, debiendo tratarse recn en el mes de mayo, al convocar a los ámbitos colectivos de trabajo sobre el tema: UEGD, Comisiones Distritales de POF, etc. QUE también han llegado a nuestra localidad instrucciones de fusión de años en diversos establecimientos educativos, con los respectivos ceses docentes. QUE dichos ceses corresponde realizarlos a directivos e inspectores en una posición absolutamente contraria a lo que específicamente dicta el Reglamento General de Instituciones Educativas. Por tal motivo, atendiendo a las diversas inquietudes planteadas es queel Bloque de Concejales del PJ eleva para su tratamiento la siguiente: PROYECTO DE DECLARACION: Artículo 1°: Hágase de público conocimiento nuestra DECLARACIONDEPROFUNDA PREOCUPACION por las decisiones

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TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018Hora convocatoria: 08.30 hs. Inicia a la hora: 9,07 - Lugar: Salón Libertador “Gral. San Martín”.La Presidencia invita a Izar la Bandera Nacional ala Sra. Concejal Paola Domínguez, lo cual así sehaceCONCEJALES PRESENTES:.-BENITO GRACIELA.- BURGOS CRISTIAN.-DEBAJENETA MARTIN.- DOMINGUEZ PAOLA.- FERNANDEZ SEBASTIAN.- FERRARIMIRIAM.-FULCO SERGIO.- GIARDINI CINTIA.-ILARREGUI GUILLERMINA.- IMAZMARIO.- ISASI ADRIANA.—OLAETA CLAUDIA.- SANABRÍA SIXTO.-CONCEJALES AUSENTES: -VOLONTÉ EDUARDO.-La Presidencia pone a consideración del Cuerpo la Declaración de Interés Público y Urgente, la queresulta aprobada por unanimidadLectura Orden del Día:DECRETO H.C.D. 08/18– CONVOCANDO A TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA.-Ayacucho, 01 de marzo de 2018. VISTO, el expediente HCD 32/18 y CONSIDERANDO, QUE, através del mismo Sres. Concejales solicitan se convoque a una sesión extraordinaria para el día 02de marzo de 2018 a las 8.30 hs. QUE dicha solicitud se ajusta a lo dispuesto por la Ley Orgánica delas Municipalidades.La Presidente del H. Concejo Deliberante de Ayacucho en uso de susatribuciones sanciona con fuerza de DECRETO 08/2018. Artículo 1º: Convocase al HonorableConcejo Deliberante a la Tercera Sesión Extraordinaria del año 2018, para el día viernes 02 demarzo de 2018, a la hora 8.30 a fin de tratar el siguiente Orden del Día:-Correspondencia Recibida.-Departamento Ejecutivo.-Peticiones Particulares.-Proyectos Presentados.-Expedientes aConsiderar. Artículo 2º: Envíese copia al Departamento Ejecutivo del presente Decreto. Artículo3º: De forma.-PETICIONES PARTICULARES:30/18- Juan Olavarrieta; Solicita autorización para uso de espacio público.La Presidencia indica que se gira a la comisión de legislación el expedientePROYECTOS PRESENTADOS:31/18-Bloque PJ/FPV-Declaración haciendo de público conocimiento la profunda preocupación porlas decisiones tomadas en el ámbito educativo.DOMINGUEZ.- Pedimos lectura y tratamiento sobre tablasPor Secretaria se da lectura:VISTO la implementación de políticas en el ámbito educativo y considerando: QUE las mismas sereflejan en decisiones tales como desmantelamientode programas, supresión de organismos, cierre de escuelas, fusión de cursos,disminución de recursos aplicados a la creación de nuevos servicioseducativos, cargos, secciones, infraestructura escolar, mobiliario, capacitacióndocente, etc".QUE es de público conocimiento lo sucedido en distintas localidades de toda laprovincia de Buenos Aires, sobre el cierre de cursos, escuelas y fusiónde años. QUE la inscripción de alumnos se realiza al inicio de clases, debiendoanalizarse la matricula al finalizar el mes de marzo, sin cerrar cursospreventivamente, negando el derecho a la educación. QUE la fusión de dos años con cincomaterias representa 15 módulos y que si están agrupados, tienen sólo dos horas entre amboscursos, dejando en claro la pérdida en materia de calidad educativa que se daría ante la fusión.QUE se planteó además, que la medida fue dada a conocer en términos contradictorios con loestatutario, teniendo en cuenta que esa decisión debe ser tomada de común acuerdo entre lasautoridades educativas y los representantes gremiales en los contextos de reunionesespecíficamente habilitadas para hacer análisis sobre estos temas, debiendo tratarse recién en elmes de mayo, al convocar a los ámbitos colectivos de trabajo sobre el tema: UEGD, ComisionesDistritales de POF, etc. QUE también han llegado a nuestra localidad instrucciones de fusión deaños en diversos establecimientos educativos, con los respectivos ceses docentes. QUE dichosceses corresponde realizarlos a directivos e inspectores en una posición absolutamente contraria alo que específicamente dicta el Reglamento General de Instituciones Educativas. Por tal motivo,atendiendo a las diversas inquietudes planteadas es queel Bloque de Concejales del PJ eleva parasu tratamiento la siguiente: PROYECTO DE DECLARACION: Artículo 1°: Hágase de públicoconocimiento nuestra DECLARACIONDEPROFUNDA PREOCUPACION por las decisiones

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tomadas en el ámbito educativo, tanto en las posibilidades, limitaciones y desigualdades generadasen cuanto a calidad, equidad e inclusión educativa, como a nivel laboral docente. Artículo 2°:Envíese copia de esta declaración a Jefatura Distrital y al Consejo Escolar. Artículo 3°: Remitaseesta declaración, al Ministerio de Educación de la Provincia de Buenos Aires. Artículo 4°: Envíesecopia a todos los medios de comunicación gráfica y audio visual, locales. Artículo 5º: de formaIMAZ.- Pido la palabra: como marca el R. I. voy a hacer una breve alocución, para explicar dealguna manera porque no vamos a dar el tratamiento sobre tablas, por falta de conocimiento, por noestar de acuerdo en al art. 1º en la forma, yo quiero informarme, me parece que esta declaracióndebería ir, por la importancia que tiene la comisión, esa comisión llamara a quien crea convenienteJefatura Distrital o quien sea para informarnos o hacer una declaración en conjunto, si es necesariodeclarar profunda preocupación, lo haremos, pero analizar caso por caso y me da la impresión queel art. 1º es tendencioso en cuanto a la declaración, donde iguala todos los temas y creo que son unmontón de temas que deberíamos profundizarlo como corresponde en comisión y a partir de ahíhacer una minuta de comunicación, un pedido de informes, declaración o lo que crean conveniente,estamos dispuestos a hacer todas las reuniones que crean conveniente pero de ninguna maneravamos a dar el tratamiento sobre tablas sobre este tema.DOMINGUEZ.- Pido la palabra: si bien puede ser que no estén todos informados a lo que sehace referencia a lo que es de público conocimiento, esto no es nada especifico, todo lo que espuntual que se nombra en este proyecto que tiene que ver no solamente con lo que paso en elDelta, sabemos que eso se volvió para atrás, eso es muy preocupante, demuestra la falta deconocimiento y la falta de análisis profundo de lo que ese está haciendo y generando laincertidumbre en los nenes, yo creo que acá se apunta específicamente a la pérdida de calidadeducativa, si bien se pone también lo laboral docente, creo que apuntamos a la calidad de laeducación, a la posibilidad de perder las igualdades educativas para todos, el derecho a laeducación para todos y esto es lo que nos preocupa profundamente, hace dos minutos se informatambién desde un gremio que también se ha dado marcha atrás con los ceses y esto implicaría, sibien no hay conocimiento por ahí de todos los que están, porque no todos estamos en docencia deesta función, hoy es la primera asamblea educativa en Ayacucho y si esto que publica el gremioefectivamente como lo puso una docente, la Sra. Del Ex Intendente, la que lo termina de publicar ysi esto fuera así tendría que dar marcha atrás inclusive la asamblea docente que saldrían a cubrircargos que ahora se supone se da marcha atrás, todo esto implica el estudio que se tiene quehacer previo, de ninguna manera digo que no se debería hacer, ni que no se debe estudiar lo que estápasando, que hay problemas serios en la educación, que hay problemas serios con la enseñanza,pero los nenes no pueden perder el derecho a esa educación y creo que lo que planteaba esto es lapreocupación, porque se está perdiendo el derecho a la educación, al pensar en cerrar institucionessin primero pasar por todo esto previo que la ley lo indica, donde se debe esperar primero que nadael 5 de Marzo, el primer día de clases, pero hay que esperar los 30 días de Marzo para ver quiénesson los nenes, quienes están, después analizar si hay que cerrar, fusionar o en qué condiciones,llegan, creo que no es ajena a ninguno de nosotros, lo que pasa con las escuelas rurales y eltransporte, eso no creo que se necesite ser muy luz para saber y opinar o estar en conocimientomínimo, no estoy diciendo que seamos todos Jefes Distritales, pero creo que esto es unapreocupación ciudadana, no una preocupación profunda de la idoneidad, lo vemos en la TV, lovimos en los medios y puntualmente lo que paso en el Delta está en el ABC de educación en laPcia. de Bs. As., que es un medio fidedigno, hoy creo que el problema que tenemos con los mediosde comunicación es muy serio y la discusión que se da de falta de credibilidad si lo dicen de unlado, de qué color, y quien exagera más, se pone en tela de juicio todo lo que escuchamos encualquier medio, según el canal que sea pero en el ABC es exacto y es ahí donde se pidedisculpas en esta decisión con el Delta y se vuelve nuevamente para atrás diciendo que van a abrirtodas las escuelas del Delta porque se negaba justamente el derecho a la educación a los nenesporque no estaban preparados para llevarlos a ningún lado más que a esas escuelas y por eso sevuelve atrás con la decisión que no era mínima, fue, un Decreto y una Resolución que fueimplementada y que se volvió para atrás y esto es nuevo, el cese docente no creo que sea para nada

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mínimo y no entiendo como no es de común acuerdo preocuparnos, no estoy diciendo que estebien, mal, mejor, peor, pero que estemos preocupados me parece que era un problema más deconciencia y de compartir lo que uno ve con nuestros hijos, no estamos hablando de la educación decualquiera de los chicos.BURGOS.- Pido la palabra: me sorprende la decisión de no dar tablas para que este proyecto salgao no aprobado o si este día, realmente porque lo digo pasar este proyecto a comisión todos sabemosque la próxima sesión se va a hacer dentro de un mes más o menos, al menos que surja un tema deurgencia para declararlo en una sesión extraordinaria y creo que el tema educativo y lo que estásucediendo en educación en este momento nos alcanza a todos, la comunidad educativa estaviviendo una incertidumbre tremenda, docentes que hace años que son profesores de módulos, nosaben si van a seguir teniendo trabajo a partir del lunes, lo que decía mi compañera, no saben quécargo se van a levantar y que cargos se van a efectivizar, en esto días la Secretaria de variasescuelas le dio el cese a varios docentes y a esto voy y hago un paréntesis, no se puede argumentaro mandar un proyecto a comisión, que sabemos todos que va a dormir en comisión, cuando lainformación si no la tenemos la podemos buscar, nosotros fuimos a hablar con los gremiosdocentes, le pedimos reunión a la Inspectora Distrital, hablamos con los secretarios de las escuelas,con las Consejeras Escolares o sea la información esta, no se puede aducir que vamos a mandar unproyecto a comisión por falta de información, salió en el Diario Clarín, salió en el Diario LaNación, en todos los diarios regionales, locales, la gente se manifiesta a través de las redes sociales,la medida esta, está tomada por la Ministra, esta la decisión política de Vidal, va a afectar a todoslos docentes, lo hablamos en el bloque, queríamos el acompañamiento de este proyecto, queremosser lo menos subjetivo posible, cambiamos cuestiones desde el proyecto original que había sidoredactado, por ejemplo que manifestaba Sr. Pte., como lo es el ajuste a nivel Pcial., sacamos esaspalabras para que ustedes nos acompañen en este proyecto, si quieren hacer alguna modificación,estamos dispuesto a que lo modifiquen, pero necesitamos el acompañamiento porque nosotros comoCuerpo en estas cuestiones se tiene que tomar decisión, a todos un docente lo ha venido a ver y leha contado, esto no lo pueden desconocer que había colas en las escuelas diciéndoles a losdocentes que los dejaban sin cargos, estarán bien o mal dados, no sé, el justificativo es que notenían títulos, el año pasado querían poner a gente sin título cuando los docentes hacían paro, yahora le quieren sacar las horas porque no tiene título, porque le falta una materia, le falta unacapacitación, está en todos lados, hicimos un proyecto Sra. Pte. de buena voluntad a la Pta. Delbloque del Acuerdo, hicimos un proyecto con la intención de que nos acompañen en este proyecto,la Inspectora Distrital a nosotros no nos va atender, porque no puede salir a decirnos como dijoayer en la radio que no se están sacando cargos cuando saben todos en la comunidad educativa quele están sacando los cargos, los están dejando sin trabajo, el año pasado fusionaron tres aulas ysaben que yo de estas cosas no hablo, porque no me meto en cuestiones Pciales., y nacionales, no lopodemos dejar pasar, mandar este proyecto a comisión, significa que no va a salir nunca más, va aquedar dormido ahí, hicimos modificaciones para que este proyecto sea acompañado, pero bueno esuna decisión de ustedes de no dar tablas y será la gente la que evalué, pero no pueden argumentarque es por una falta de desconocimiento, que se manda a comisión, como dijo el concejal Imaz contodo el respecto que le tengo, falta de conocimiento cuando está en todos lados y la falta deconocimiento se va a todos lados y se escucha todas las voces de lo que está sucediendo, nada másIMAZ.- Pido la palabra: entre las cosas que dijo el concejal Burgos, dijo una cosa que casi es laargumentación central de nuestro pedido de pase a comisión, cuando habla de los docentes, quedice estarán bien nombrados o no, no sé, textual, esos queremos saber, porque habla deposibilidades limitaciones igualdades generadas en cuanto a calidad y construcción educativa,seguramente hay cosas que estarán bien y cosas que estarán mal, este proyecto fue presentado ayer,yo le recuerdo al concejal Burgos especialmente que cuando nosotros queremos sacar algo sobretablas y lo presentamos un día antes, por lo menos deja entrever que no lo leamos, queprofundicemos el tema, dice otra cosa que tampoco es cierta que cuando hay un proyecto cuandohay una necesidad, en esta semana donde se pueden hacer sesiones o reuniones consideramos quehay una necesidad, se puede llamar a sesión, no va a ser en un mes y medio si es necesario hacerla

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antes y usted lo sabe, que se dé marcha atrás en alguna medida se puede ver de dos puntos de vistadistinto si hubo apresuramiento y quizás lo hubo, pero también está bien cuando se comete un errordar marcha atrás, cosa que no vi muchas veces en el montón de años que tengo, nosotros creemosque este es un proyecto importante que es fundamental para analizar en la educación en todos susámbitos hemos leído mucho de educación, también leo el Diario todos los días, los afines y los noafines porque la Sra. Concejal dice que este es fidedigno, yo le puedo decir que para mi Clarín esfidedigno, puede ser, es una opinión, de cualquier manera me da la impresión que por la premura,por la presentación ayer, por la falta de información, porque no coincidimos con la redacción delart. 1º que están proponiendo modificarlo, me da la impresión que es simplemente un tema quedebe pasar a Comisión para profundizar el tema esta semana Presidente invitando a quiencorresponda, analizando nosotros distintos puntos de vista, las medidas tomadas por el Ministro deEducación…. De cualquier manera nosotros…. Por Presidencia se tome nota de todas lasInstituciones ahora, mañana, cuando sea de todas las personas que queramos entrevistar paraanalizar este tema y nos comprometemos a que si encontramos cosas que valgan la pena hacer unadeclaración fuerte o como sea, pero de ninguna manera vamos a votar esto, nada más Pte.DOMINGUEZ.- Pido la palabra: la página que dije fidedigna es la página es el ABC.gob.ar, es lapágina oficial del Ministerio de Educación de la Pcia. de Bs. As., no es un medio de comunicaciónIMAZ.- Seguramente si lo analizamos en conjunto vamos a discrepar en algunas cosas, usted sabemucho más de educación que yo, pero seguramente vamos a discrepar en el fondo de la cuestiónBURGOS.- Pido la palabra: esos docentes que le están dando el cese hoy, concejal Imaz lonombraron los mismo funcionarios que están ahora, ahora evalúan que están mal nombrados porqueno tienen títulos, les dieron las horas los mismos funcionarios que están ahora, entonces creo quevan a tener que fijarse algunas cosas, sabe porque no quieren aprobar esto, porque pedimos que seenvíen a algunas personas que seguramente pueden afectar cuestiones políticas para ustedes, peroes lamentable, no pueden justificar la falta de desconocimiento, que hayan dicho eso, yo no lopuedo creer, cuando todo el mundo está hablando de este tema, nosotros lo único que manifestamoses la preocupación, si quiere modificar el art. 1º se lo dijimos, no hay problema, la preocupación,nada más., este proyecto se presento ayer a las 10 de la mañana y la reunión que se iba a hacerextraordinaria para hoy se pidió después de las reuniones con los funcionarios ayer, no fue laintención nuestra de presentar un proyecto antes de una sesión, porque nadie sabía que día se iba ahacer la sesión extraordinaria, se decidió la sesión extraordinaria horas después de que se habíapresentado este proyecto, ayer se termino la reunión con los funcionarios y dijeron mañana hacemosla reunión extraordinaria, no hubo una intención política de presentar un proyecto antes de unasesión, se podría haber buscado toda la información si no la tenían, el que no tiene la información labusca… es así….IMAZ.- Puedo interrumpir?, cuantos proyectos usted ha votado, cuando nosotros presentamos unproyecto o cualquier tipo de iniciativa con un día y dicen no hemos tenido tiempo ni de leerlo,cuantas vecesBURGOS.- La única vez que lo hago es con las ordenanzas, la única ordenanza que apruebo sobretablas es la de becas, en los seis años y busque en algún acta a ver si me contradigo, en lo que estoydiciendo ahora en algún momento, no, no vamos a discutir de mi, miren las actas, están las actaspara leerlas, yo lo único que digo, que no pueden decir que por falta de conocimiento, que esteproyecto lo pasan a comisión, porque toda la comunidad educativa está hablando de este tema,nada más está bien, no tiene ganas de aprobarlo, no lo aprueben, listo.La Presidencia pone a consideración del Cuerpo el tratamiento sobre tablas, el que resulta con 5votos afirmativos (PJ/FPV) y 8 negativos (A.C.) rechazado, la Presidencia indica el pase a lacomisión de Salud.EXPEDIENTES A CONSIDERARLa Presidencia aclara que tiene en primer lugar la declaración que de común acuerdo se redactó yha circulado por los Bloques referida a la exposición que realiza la cámara de micro empresarios.--Declarando de Interés Legislativo la XXI Exposición Nacional de Microempresarios, Industria yComercio “Expo-Ayacucho 2018”.

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Por Secretaria se da lectura:

DECLARACIÓN 04/18: DECLARANDO DE INTERÉS LEGISLATIVO LA XXI EXPOSICIÓNNACIONAL DE MICROEMPRESARIOS, INDUSTRIA Y COMERCIO “EXPO-AYACUCHO2018”.- VISTO, la realización de la XXI Exposición Nacional de Microempresarios, Industria yComercio "EXPO-AYACUCHO 2018" en el marco de la 46 Fiesta Nacional del Ternero y Día dela Yerra, y CONSIDERANDO QUE la misma se realizará en el antiguo predio ferial de laSociedad Rural, ubicado en Av. Solanet e Italia, durante los días 15 al 18 de Marzo del corrienteaño en el marco de la 46 Fiesta Nacional del Ternero y Día de la Yerra. QUE en base al éxitoobtenido en las 20 realizaciones anteriores, ha logrado constituirse en una de las Exposiciones deMiPyMEs más importantes de la Provincia de Buenos Aires con alcance nacional, creciendo cadaaño en cantidad de expositores, calidad de los productos exhibidos y cantidad de público visitante.QUE participan también representaciones de organismos oficiales municipales, provinciales ynacionales, establecimientos educativos, ONGs, empresas automotrices, maquinarias eimplementos agrícolas, proveedores de insumos agropecuarios, etc. QUE a través de este evento losmicro, pequeños y medianos empresarios locales y de la Región tienen la posibilidad depromocionar sus producciones y lograr nuevos mercados para las mismas. QUE a los pequeñosemprendedores que no tienen posibilidades económicas y a otras entidades de bien público se lesbrinda espacio gratuito para posibilitarles su participación. QUE dentro de la realización de la Fiestadel Ternero, es un evento representativo de la producción y también único con entrada al públicolibre y gratuita, habiéndose constituido en un atractivo clásico para el público visitante. El H.Concejo Deliberante de Ayacucho en uso de las atribuciones que la confiere la Ley Orgánica de lasMunicipalidades sanciona la siguiente DECLARACIÓN 04 / 2018 Artículo 1º: Declárese deInterés Legislativo la XXI Exposición Nacional de Microempresarios, Industria y Comercio"EXPO-AYACUCHO 2018" organizada por la Cámara de Microempresarios Ayacuchenses y arealizarse durante los días 15 al 18 de Marzo del corriente año en el marco de la 46º FiestaNacional del Ternero y Día de la Yerra. Artículo 2º: Enviar copia de la presente a la instituciónorganizadora. Artículo 3º: De forma.La Presidencia pone a consideración del Cuerpo el tratamiento sobre tablas, el que resulta aprobadopor unanimidadLa Presidencia pone a consideración del Cuerpo la Declaración como tal, la que resulta aprobadapor unanimidad10/18-Ordenanza referida a terrenos en la localidad de Udaquiola.VISTO, el expediente 10/18, elevado por Departamento Ejecutivo, Y CONSIDERANDO QUE,los vecinos de Udaquiola tienen la necesidad de obtener terrenos para la construcción de viviendaúnica QUE, desde hace varios años la Municipalidad de Ayacucho viene realizando un trabajo deregularización dominial y entrega de lotes a los vecinos de dicha localidad rural, a efectos de quepuedan tener la seguridad jurídica sobre los lotes donde han construido, o acceso a la tierra dondeconstruirán su vivienda única QUE, en el marco de esta política destinada a lograr el crecimiento delas localidades rurales, el Municipio ha decidido realizar una inscripción de interesados en adquirirlotes para vivienda, los cuales han sido evaluados por Trabajador Social, resultando dicho estudioque hay familias que por sus escasos recursos no están en condiciones de abonar el precio deterrenos, mientras que hay otras que sí podrían hacerlo. QUE, a ese fin, la Comisión MunicipalEvaluadora y Tasadora de Bienes Inmuebles creada por Decreto 246/17, ha realizado la tasación delos terrenos disponibles, los cuales se sortearan entre los interesados, debiendo abonarlos, quienespuedan hacerlo, a criterio del trabajador social actuante. QUE, a los fines de facilitar la integracióndel precio de los terrenos mencionados, se ha decidido otorgar a los interesados, distintas formas depago, El Honorable Concejo Deliberante de Ayacucho en uso de las atribuciones que le confiere laLey Orgánica de las Municipalidades sanciona con fuerza de ORDENANZA Nº 5236/18ARTÍCULO 1º: A los fines de la integración del precio de tasación que determino la ComisiónMunicipal Evaluadora y Tasadora de Bienes Inmuebles, respecto de los terrenos identificados connomenclatura catastral: Circunscripción 14- Sección B- Manzana 5- Parcela 7 a y 9 a;Circunscripción 14- Sección B- Manzana 7- Parcela 3 ab y 4 aa; Circunscripción 14- Sección B-

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Manzana 9- Parcela 2 aa y 2 ab; Circunscripción 14- Sección B- Manzana 10- Parcela 2 aa, 1 ab y 1aa; Circunscripción 14- Sección A- Manzana 9- Parcela 2 ubicados en Udaquiola, que se entregarana vecinos residentes en dicha localidad, inscriptos a tal fin y que según el estudio social están encondiciones de abonarlos, se establecen las siguientes formas de pago: Al contado, en 12, 24 o 36cuotas. Para las opciones en cuotas se aplicara lo establecido en la Ordenanza 5040/2016.ARTICULO 2º: Realizada la pre-adjudicación de los terrenos, los beneficiarios tendrán 60 díaspara suscribir los convenios de pago, caso contrario se considerará que renuncian a la misma, y elmunicipio dispondrá del terreno. ARTICULO 3º: La adjudicación definitiva se realizará una vezque haya cancelado el precio del lote y se haya construido una vivienda en predio otorgado, lo cualserá constatado por personal de Obras Públicas del Municipio. ARTICULO 4º: De forma.-La Presidencia pone a consideración del Cuerpo el Proyecto presentado, la que resulta aprobada porunanimidad17/18-Ordenanza adhiriendo la Municipalidad de Ayacucho a la Ley 15.014 estableciendo el día 22de octubre de cada año como Día Nacional a la Identidad en conmemoración al inicio de la luchaemprendida por Abuelas de Plaza de Mayo.VISTO, la ley 15.014 sancionada por la Legislatura de la provincia de Buenos Aires, yCONSIDERANDO QUE la misma fue promulgada por el Poder Ejecutivo con fecha 12 de enerode 2018 y publicada en el Boletín Oficial el 25 de enero de 2018. QUE por la misma se materializala adhesión de la provincia de Buenos Aires a la Ley nacional 26.001. QUE la mencionada normanacional estableció el día 22 de octubre de cada año como Día Nacional del Derecho a la Identidad,en conmemoración al inicio de la lucha emprendida por Abuelas de Plaza de Mayo. QUE la Ley15.014, al igual que la Ley nacional dispone la realización en esa fecha de una jornada deconcientización en todos los establecimientos educativos. QUE en su artículo 3Q la Ley 15.014invita a los Municipios a adherir a la misma. QUE el Derecho a la Identidad es elemental paracualquier persona, a partir del conocimiento de su origen, saber quiénes son sus padres y su entornofamiliar. QUE el Derecho a la Identidad fue incorporado a la Convención sobre los Derechos delNiño aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas reunida en Nueva York el 20 denoviembre de 1989. QUE la República Argentina la aprobó por Ley 23.849. QUE la reformaconstitucional de 1994 le otorgó a la mencionada Convención jerarquía constitucional. QUE laConstitución de la Provincia de Buenos Aires en su artículo 12Q inciso 2) establece que todas laspersonas en la Provincia gozan del derecho a conocer la identidad de origen. QUE el día 22 deoctubre fue elegido como conmemoración del inicio de la lucha de la Asociación de Abuelas dePlaza de Mayo en 1977 durante la última dictadura cívico-militar. QUE resulta innecesario reseñarla tarea sin claudicaciones llevada adelante por Abuelas hasta el presente. QUE en nuestra ciudadesa tarea se sintetiza en la figura de Angélica Chimeno de Bauer, quien fuera declarada CiudadanaIlustre por Ordenanza 4711/12. QUE fruto del esfuerzo de Abuelas se incorporaron a la antesmencionada Convención sobre los Derechos del Niño los artículos que garantizan el derecho a laidentidad. QUE producto de su tarea ya han logrado la restitución de 127 hijos de detenidas-desaparecidas y con ello la recuperación de su verdadera identidad. QUE la realización deactividades de concientización permitirá mantener viva la memoria y generar una mejorcomprensión sobre nuestro pasado en las generaciones más jóvenes. El Honorable ConcejoDeliberante de Ayacucho en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de lasMunicipalidades sanciona con fuerza de ORDENANZA 5237/2018 Artículo 1º: Adhiérase laMunicipalidad de Ayacucho a la Ley 15.014 por la cual la provincia de Buenos Aires adhirió a laLey Nacional 26.001 que establece el día 22 de octubre de cada año como Día Nacional delDerecho a la Identidad en conmemoración al inicio de la lucha emprendida por Abuelas de Plaza deMayo. Artículo 2°: Sugiérese al Departamento Ejecutivo la realización en esa fecha de actividadesde concientización sobre la temática de referencia. Artículo 3º: De forma.La Presidencia pone a consideración del Cuerpo el Proyecto presentado, la que resulta aprobada porunanimidad.18/18-Ordenanza modificando el último párrafo del inciso n) del artículo 34º de la Ordenanza5277/17.

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BURGOS.- Pido la palabra: antes de que se ponga a votación, nosotros como Bloque vamos aacompañar este proyecto, lo que sí, no queremos dejar de manifestar, como hemos insistido variasveces, que si bien el estado va a cobrar por el secuestro de las motos, por cada día que suceda o queesté secuestrada la moto o un auto, que esté secuestrado o lo que sea que haga el área de transito,nosotros también vamos a insistir en que el Estado también debe cuidar y resguardar estos vehículosen los depósitos municipales, porque realmente tenemos algún reconocimiento de deuda, por ahí losconcejales que recién ingresan no lo saben pero hay un reconocimiento de deuda por una moto quefue sustraída y desapareció del depósito municipal que no fue la única, a donde el D.E. a través deun cheque lo pagó sin haber sido aprobado y tratado en concejo deliberante, y además en estos díashan desaparecido otras motos según información que tenemos nosotros, recuerdo que también hayotra minuta de comunicación de nuestro Bloque que el D.E., la tendría que haber respondido, en elcual refiere la preocupación, en el cual vamos a acompañar este proyecto pero nosotros comoconcejales y ya los involucro a todos, también tenemos que exigir al D.E. es que resguarde losvehículos secuestrados, porque cada vez que falta un vehículo de esos, se paga se tiene queindemnizar al propietario y el dinero es de todos, es de todos los contribuyentes, nosotros hemosreclamados que se inicien sumarios, el asesor legal no sé si lo ha hecho hay una minuta que nostendría que contestar, los sumarios de cuando desaparecieron las motos, y es realmente un temapreocupante porque ahí hay cámaras, y no puede ser que a los vecinos se les secuestren las motos, ydespués desaparezcan, tras eso si al vecino le vamos a estar cobrando, por día que esté un vehículosecuestrado en el depósito municipal, más obligatorio es que el Estado resguarde esos vehículospara no tener que estar indemnizando, y utilizar dinero de los contribuyentes que puede irtranquilamente a otro servicio, en el pago de esta deuda, nada más Sra. Pte.FULCO. Pido la palabra, no, quería contestarle al concejal Burgos, no, desconozco el tema, lo de lamoto, a que hacía referencia, pero sí le aclaro que en este momento se está llevando a cabo unainvestigación, y bueno se está llevando a cabo también el recuento, de lo que tenía que haber ahí,así que creo que muy pronto tendría que estar la información disponible.La Presidencia del Cuerpo pone a votación el expediente, siendo aprobado el mismo porunanimidad.VISTO, la Ordenanza Tarifaria 5227/17, y CONSIDERANDO QUE la misma en el Título XV,Tasa por Servicios Varios, en su artículo 34º inciso n) establece los valores a abonarse en los casosen que, por infracción al Código de Tránsito o las Ordenanzas vigentes, los vehículos seanremovidos de su lugar, trasladados y depositados en estacionamiento municipal. QUE tanto paramotos, autos o vehículos mayores a 3.500 kg. se establece que los aranceles por estadía secalcularán desde el día fijado por los Jueces de Faltas para la audiencia y hasta el día de efectivoretiro del vehículo de la playa de estacionamiento municipal. QUE resulta más lógico que esaestadía sea abonada desde el mismo momento en que se realiza la infracción y se traslada elvehículo al estacionamiento municipal. El H. Concejo Deliberante de Ayacucho en uso de lasfacultades que le atribuye la L.O.M. sanciona con fuerza de: ORDENANZA 5238/2018 Artículo1º: Modifícase el último párrafo del inciso n) del artículo 34º de la Ordenanza 5227/17 el quequedará redactado de la siguiente manera: "Los aranceles por estadía incluidos en los incisos 2, 4 Y6 se calcularán desde el momento en que se realiza la infracción y se traslada el vehículo, y hasta eldía de efectivo retiro del vehículo de la playa de estacionamiento municipal. El arancel mínimo seráel equivalente a un (1) día de estadía (en litros de gasoil)" Artículo 2º: De forma.-24/18-Ordenanza incorporando a la Ordenanza 1515 el artículo 5° bis.La Presidencia pone a votación el expediente de referencia, siendo el mismo aprobado porunanimidad.VISTO, el expte. HCD. 24/18, mediante el cual se incorpora el Artículo 5º bis a la Ordenanza 1515Y CONSIDERANDO QUE la misma regula lo concerniente a las aperturas de calles en lassubdivisiones de campos en el partido de Ayacucho. QUE es habitual la existencia de casos en loscuales productos del esquema de subdivisión acordado entre los propietarios de la parcela original,surge la necesidad de efectuar e forma previa trabajos complejos, los que demandan erogacionesadicionales al Municipio. QUE resulta lógico que exista una evaluación técnica previa y la

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realización de un aporte económico de partes de quienes serán en forma principal los beneficiariosde la nueva apertura. El Honorable Concejo Deliberante de Ayacucho en uso de las facultades quele atribuye la L.O.M sanciona con fuerza de: ORDENANZA 5239/2018 Artículo 1°: incorporarsea la Ordenanza 1515 como artículo 5° bis el siguiente texto: Artículo 5° bis: en el caso de solicitudde apertura nuevas calles producto de subdivisiones de parcelas, en forma previa a la visación deplanos, el Departamento Ejecutivo a través de sus áreas competentes realizara una inspección dellugar donde se realizara la apertura a efectos de determinar la factibilidad técnica de la obra. Para talfin podrá solicitarse la colaboración y opinión de los organismos viales, hidráulicos y de autoridaddel agua de la provincia de Buenos Aires. Si del informe producido surge la necesidad de efectuaren forma previa trabajos especiales de terraplenamiento, alcantarillas u otros, a efectos de podergarantizarse una transitabilidad razonable, será obligación del solicitante de la apertura, larealización a su costo de los mismos. Artículo 2°: De forma.-25/18-Ordenanza autorizando al D.E a adjudicar al único oferente presentado en la LicitaciónPrivada 03/2018 “ Mano de Obra y Materiales menores para la construcción de las alcantarillas,denominadas Puentes de El Hinojal y Puente de la Yerba”.La Presidencia del Cuerpo pone a votación el proyecto de ordenanza, siendo aprobado el mismo porunanimidad.VISTO, el expte. HCD. 25/18 iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual solicitaautorización para adjudicar a único oferente presentado en la Licitación Privada Nº 03/2018 -“Mano de obra y materiales menores para la construcción de las alcantarillas, denominadas “Puentede El Hinojal” y “Puente de La Yerba”, enmarcado en el Convenio de financiamiento Nº 119/2017,correspondiente al Ministerio de Agroindustria de la Nación y;CONSIDERANDO: QUE se efectúadicha solicitud atento la circunstancia de haberse presentado un único oferente al llamadoefectuado. QUE, encontrándose la única oferta presentada dentro de los precios de mercado. QUE,a criterio de la Comisión de Pre-Adjudicación dicha oferta es de evidente conveniencia para losintereses de la Municipalidad conforme documental incorporada al expediente de marras. QUE, laconcreción de esta obra representará un claro beneficio para nuestra comunidad, dado que resuelveun problema a los vecinos de la zona rural que se desplazan por los caminos donde dichos puentesse construirán. QUE, el Artículo 187º del Reglamento de Contabilidad determina que “En laslicitaciones realizadas con las formalidades legales se registrara una sola oferta y ésta fuera deevidente conveniencia, la autoridad administrativa (Intendente, Presidente del Concejo y ladirección de los organismos descentralizados), podrán resolver su aceptación con autorización delConcejo”. QUE, por su parte, el Artículo 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades estableceque “Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta Ley se registrara una sola oferta yésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación conautorización del Concejo”. El Honorable Concejo Deliberante en uso de las atribuciones que leconfiere la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona con fuerza de ORDENANZA5240/2018 Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a adjudicar al único oferentepresentado en la Licitación Privada Nº 03/2018 - “Mano de obra y materiales menores para laconstrucción de las alcantarillas, denominadas “Puente de El Hinojal” y “Puente de La Yerba”,enmarcado en el Convenio de financiamiento Nº 119/2017, correspondiente al Ministerio deAgroindustria de la Nación.- Artículo 2º: De forma.-27/18-Ordenanza modificando la Ordenanza 5228/2017 Presupuesto 2018.-VISTO, la Ordenanza N° 5228/2017 “Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para elejercicio 2018”, y el Decreto 334/2018 y; CONSIDERANDO, Que con posterioridad a la sanciónde la Ordenanza N° 5228/2017 se recibió a través del Sistema de Información MunicipalConsolidado información adicional sobre recursos provinciales para el período 2018. Que estainformación adicional representa para Ayacucho una mejora en la estimación de los recursos porCoparticipación Provincial de Impuesto Ley 10559 de $14.154.000 (pesos catorce millones cientocincuenta y cuatro mil). Que esta situación amerita una revisión del “Cálculo de Recursos yPresupuesto de Gastos para el ejercicio 2018” con el objeto de incorporar estos recursos paraatender nuevas demandas identificadas y propuestas generadas luego de la elaboración del mismo.

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Que el “Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el ejercicio 2018” prevé para el presenteaño un incremento salarial del 15% respecto a la escala de sueldos básicos de diciembre de 2017, entres tramos de 5% cada uno, aplicables en los meses de febrero, mayo y agosto del presente año.Que las entidades sindicales que representan a los trabajadores municipales solicitaron unincremento superior al previsto en el “Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para elejercicio 2018”. Que es decisión del Departamento Ejecutivo, a partir de la nueva estimación derecursos y atendiendo en la medida que los recursos lo permiten las solicitudes de las entidadessindicales, mejorar la propuesta salarial para el año con la intención de mejorar el poder adquisitivodel salario municipal y del ente descentralizado Hospital Municipal “Dr. Pedro Solanet”. Que sepropone una mejora salarial que consiste en llegar a un incremento del 17% respecto a la escala desueldos básicos de diciembre de 2017, en tres tramos acumulativos de 8% en febrero, 4% en mayo y5% en agosto. Que esta nueva propuesta representa un beneficio tanto para los trabajadores activoscomo para aquellos jubilados municipales. Que se mantendrá en funcionamiento la Comisión deRelaciones Laborales que tendrá entre sus temas el monitoreo permanente del nivel general deprecios y de los salarios, entre otras temas de la agenda del trabajo para el año 2018. Que sedestinará parte de los recursos a incrementar partidas que han quedado por debajo de la estimaciónpara el año en curso como ser las referidas a combustible y lubricantes, disminución de cuentas apagar; y multas, recargos y gastos judiciales. Que se crearán nuevas partidas como ser la necesariapara dar cumplimiento a la refacción del “Hogar Abrigo”. Que otra parte de los recursos sedestinará a nuevas propuestas que se implementarán durante el presente ejercicio como ser elPrograma Municipal de Entrenamiento y Capacitación (PROMEC) y Escuela de Oficio. Quetambién se destinarán recursos a la partida del Fondo Municipal de Desarrollo Económico Local(FOMUDEL) a los fines de acelerar la recaudación de fondos para la adquisición de tierrasdestinada a la creación de un nuevo sector industrial, construcción de sala de desposte de carne yelaboración de chacinados, construcción de una sala de faena y trozado de aves, y la posibilidad deotorgar parte de los fondos para promover el apoyo y fomento de las MiPymes, según lo establecidoen la Ordenanza 5111/2016. Que este Departamento ejecutivo ha decidido modificar la estructuraorgánica municipal disminuyendo un cargo político distribuyendo sus funciones entre los cargos yaexistentes. Que se adjunta el Organigrama y Manual de Funciones con las modificacionesenunciadas en el párrafo precedente. Que se presenta esta oportunidad de modificaciónpresupuestaria propicia para realizar adecuaciones de las escalas salariales y corregir conceptos quecontienen errores involuntarios al momento de la presentación del Proyecto de Ordenanza “Cálculode Recursos y Presupuesto de Gastos para el ejercicio 2018” Expediente HCD 250/17.Que estapropuesta se enmarca en un sentido de responsabilidad fiscal y uso eficiente de los recursos. ElHonorable Concejo Deliberante de Ayacucho en uso de las atribuciones que le confiere la LeyOrgánica de las Municipalidades, sanciona con fuerza de ORDENANZA Nº 5241/18 Artículo 1:Modificase el artículo 1º de la Ordenanza 5228/2017, el que quedará redactado de la siguientemanera: Artículo 1°: Fijase en la suma de PESOS QUINIENTOS SETENTA MILLONESCIENTO DIEZ MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 25/100 ($ 570.110.888,25-)el Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Ayacucho, para el Ejercicio 2018.- Este cálculoincluye pesos ciento setenta millones setecientos noventa y tres mil cuatrocientos cincuenta y ochocon 55/100 centavos ($170.793.458,55) de remesas al organismo Descentralizado HospitalMunicipal "Dr. Pedro Solanet".Artículo 2: Modificase el artículo 2º de la Ordenanza 5228/2017, el que quedará redactado de lasiguiente manera: Artículo 2°: Fijase en la suma de PESOS DOSCIENTOS TRES MILLONESCIENTO SESENTA Y TRES MIL CUATRCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 55/100($203.163.458,55) el Presupuesto de Gastos del organismo Descentralizado Hospital Municipal"Dr. Pedro Solanet" para el Ejercicio 2018. Artículo 3: Modificase el artículo 3º de la Ordenanza5228/2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 3°: Fijase en la suma dePESOS QUINIENTOS SETENTA MILLONES CIENTO DIEZ MIL OCHOCIENTOSOCHENTA Y OCHO CON 25/100 ($ 570.110.888,25-) el Cálculo de Recursos de laMunicipalidad de Ayacucho para el Ejercicio 2018. Artículo 4: Modificase el artículo 4º de la

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Ordenanza 5228/2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 4°: Fijase en lasuma de PESOS DOSCIENTOS TRES MILLONES CIENTO SESENTA Y TRES MILCUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 55/100 ($203.163.458,55) el Cálculo deRecursos del organismo Descentralizado Hospital Municipal "Dr. Pedro Solanet" para el Ejercicio2018. Este cálculo incluye ciento setenta millones setecientos noventa y tres mil cuatrocientoscincuenta y ocho con 55/100 centavos ($170.793.458,55) que recibirá el organismo DescentralizadoHospital Municipal "Dr. Pedro Solanet" como remesas desde la Municipalidad de Ayacucho.Artículo 5º: Modificase el artículo 32º de la Ordenanza 5228/2017, el que quedará redactado de lasiguiente manera: ARTICULO 32º: Fijase los sueldos básicos según el siguiente detalle, para laMunicipalidad de Ayacucho.Sueldos vigentes al 01/01/2018

Cargo ImporteIntendenteJefe de Gabinete

$ 107,655.44$ 39,280.74

Secretario $ 39,280.74Subsecretario $ 29,887.66Juez de Faltas $ 31,382.05Contador $ 34,157.30Subcontador $ 17,966.56Director $ 22,629.16Tesorero $ 22,629.16Jefe de compras $ 22,629.16Asesor Legal $ 22,629.16Subdirector $ 19,641.09Delegados $ 15,370.76Coordinador $ 15,370.76Secretario HCD $ 15,770.18Concejales $ 25,961.40Jerárquico I $ 13,556.21Jerárquico II $ 12,361.41

ProfesionalA $ 14,407.52B $ 13,721.46C $ 13,068.04D $ 12,445.76E $ 11,904.641 $ 11,270.55F $ 10,751.112 $ 10,316.35

Técnico Admin (Terciario)A $ 14,009.21B $ 13,342.11C $ 12,706.781 $ 12,101.68D $ 11,567.042 $ 11,218.73E $ 10,751.113 $ 10,283.68Técnico Especializado (Medio)

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A $ 12,499.87B $ 11,904.64C $ 11,337.761 $ 10,751.112 $ 9,981.113 $ 9,192.87

AdministrativoA $ 13,068.04B $ 12,445.76C $ 11,779.651 $ 11,218.71D $ 10,491.652 $ 9,712.30E $ 9,192.863 $ 8,555.734 $ 6,728.52

ObreroA $ 13,390.31B $ 12,752.67C $ 12,145.39D $ 11,567.04E $ 11,016.231 $ 10,491.662 $ 9,712.203 $ 9,192.874 $ 8,673.495 $ 8,555.73

ServiciosA $ 12,145.39B $ 11,567.04C $ 11,016.23D $ 10,491.65E $ 9,925.281 $ 9,452.64F $ 9,004.202 $ 8,555.73

Inspección1 $ 11,904.642 $ 11,567.043 $ 11,016.234 $ 10,283.685 $ 9,712.306 $ 9,192.867 $ 8,555.74

Docente A1 $ 11,904.642 $ 11,567.043 $ 11,016.234 $ 10,283.685 $ 9,712.30

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6 $ 9,192.867 $ 8,555.74

B1 $ 12,101.682 $ 11,218.733 $ 10,283.684 $ 9,712.305 $ 8,555.74

C1 $ 20,208.432 $ 13,556.213 $ 12,361.414 $ 11,567.045 $ 11,016.236 $ 10,283.687 $ 9,712.308 $ 9,192.869 $ 8,555.74

Enfermería A1 $ 14,407.522 $ 13,721.463 $ 13,068.044 $ 12,445.765 $ 11,904.646 $ 11,270.557 $ 10,491.65

Enfermería B1 $ 14,009.212 $ 13,342.113 $ 12,706.784 $ 12,101.685 $ 11,218.716 $ 10,491.657 $ 9,712.308 $ 9,192.869 $ 8,555.74

Enfermería CI1 $ 13,068.042 $ 12,445.763 $ 11,779.654 $ 11,218.715 $ 10,491.656 $ 9,712.307 $ 8,555.74

Enfermería CII1 $ 11,567.042 $ 11,016.233 $ 10,491.654 $ 9,925.285 $ 9,452.64

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Sueldos Vigentes al 01/02/2018

Cargo ImporteIntendente $ 116,267.88Jefe de Gabinete $ 42,423.20Secretario $ 42,423.20Subsecretario $ 32,278.68Juez de Faltas $ 33,892.61Contador $ 36,889.89Subcontador $ 19,403.88Director $ 24,439.49Tesorero $ 24,439.49Jefe de compras $ 24,439.49Asesor Legal $ 24,439.49Subdirector $ 21,212.37Delegados $ 16,600.42Coordinador $ 16,600.42Secretario HCD $ 17,031.79Concejales $ 28,038.32Jerárquico I $ 14,640.70Jerárquico II $ 13,350.32

ProfesionalA $ 15,560.12B $ 14,819.17C $ 14,113.48D $ 13,441.42E $ 12,857.011 $ 12,172.19F $ 11,611.202 $ 11,141.66Técnico Admin (Terciario)

A $ 15,129.95B $ 14,409.47C $ 13,723.321 $ 13,069.82D $ 12,492.412 $ 12,116.23E $ 11,611.203 $ 11,106.37

Técnico Especializado (Medio)A $ 13,499.86B $ 12,857.01C $ 12,244.781 $ 11,611.202 $ 10,779.603 $ 9,928.30

AdministrativoA $ 14,113.48B $ 13,441.42

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C $ 12,722.021 $ 12,116.20D $ 11,330.982 $ 10,489.29E $ 9,928.293 $ 9,240.194 $ 7,266.81

ObreroA $ 14,461.54B $ 13,772.89C $ 13,117.03D $ 12,492.41E $ 11,897.531 $ 11,330.992 $ 10,489.173 $ 9,928.304 $ 9,367.375 $ 9,240.19

ServiciosA $ 13,117.03B $ 12,492.41C $ 11,897.53D $ 11,330.98E $ 10,719.301 $ 10,208.85F $ 9,724.532 $ 9,240.19

Inspección1 $ 12,857.012 $ 12,492.413 $ 11,897.534 $ 11,106.375 $ 10,489.286 $ 9,928.297 $ 9,240.19

Docente A1 $ 12,857.012 $ 12,492.413 $ 11,897.534 $ 11,106.375 $ 10,489.286 $ 9,928.297 $ 9,240.19

B1 $ 13,069.812 $ 12,116.233 $ 11,106.374 $ 10,489.285 $ 9,240.19

C

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1 $ 21,825.102 $ 14,640.703 $ 13,350.324 $ 12,492.415 $ 11,897.536 $ 11,106.377 $ 10,489.288 $ 9,928.299 $ 9,240.19

Enfermería A1 $ 15,560.122 $ 14,819.173 $ 14,113.484 $ 13,441.425 $ 12,857.016 $ 12,172.197 $ 11,330.98

Enfermería B1 $ 15,129.952 $ 14,409.473 $ 13,723.324 $ 13,069.825 $ 12,116.216 $ 11,330.987 $ 10,489.288 $ 9,928.299 $ 9,240.19

Enfermería CI1 $ 14,113.482 $ 13,441.423 $ 12,722.024 $ 12,116.215 $ 11,330.986 $ 10,489.287 $ 9,240.19

Enfermería CII1 $ 12,492.412 $ 11,897.533 $ 11,330.984 $ 10,719.305 $ 10,208.85

Sueldos Vigentes al 01/05/2018

Cargo ImporteIntendente $ 120,918.60Jefe de Gabinete $ 44,120.13Secretario $ 44,120.13Subsecretario $ 33,569.82Juez de Faltas $ 35,248.32

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16

Contador $ 38,365.48Subcontador $ 20,180.04Director $ 25,417.07Tesorero $ 25,417.07Jefe de compras $ 25,417.07Asesor Legal $ 25,417.07Subdirector $ 22,060.87Delegados $ 17,264.43Coordinador $ 17,264.43Secretario HCD $ 17,713.06Concejales $ 29,159.85Jerárquico I $ 15,226.33Jerárquico II $ 13,884.33

ProfesionalA $ 16,182.53B $ 15,411.94C $ 14,678.02D $ 13,979.08E $ 13,371.291 $ 12,659.08F $ 12,075.652 $ 11,587.32

Técnico Admin (Terciario)A $ 15,735.15B $ 14,985.85C $ 14,272.251 $ 13,592.61D $ 12,992.102 $ 12,600.88E $ 12,075.653 $ 11,550.63

Técnico Especializado (Medio)A $ 14,039.85B $ 13,371.29C $ 12,734.571 $ 12,075.652 $ 11,210.783 $ 10,325.43

AdministrativoA $ 14,678.02B $ 13,979.08C $ 13,230.901 $ 12,600.85D $ 11,784.222 $ 10,908.86E $ 10,325.423 $ 9,609.804 $ 7,557.48

ObreroA $ 15,040.00

Page 17: TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 · 2018-09-13 · 1 TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 Hora convocatoria: 08.30 hs. Inicia a la hora: 9,07 -Lugar: Salón Libertador

17

B $ 14,323.80C $ 13,641.71D $ 12,992.10E $ 12,373.431 $ 11,784.232 $ 10,908.743 $ 10,325.434 $ 9,742.065 $ 9,609.80

ServiciosA $ 13,641.71B $ 12,992.10C $ 12,373.43D $ 11,784.22E $ 11,148.081 $ 10,617.20F $ 10,113.512 $ 9,609.80

Inspección1 $ 13,371.292 $ 12,992.103 $ 12,373.434 $ 11,550.635 $ 10,908.866 $ 10,325.427 $ 9,609.80

Docente A1 $ 13,371.292 $ 12,992.103 $ 12,373.434 $ 11,550.635 $ 10,908.866 $ 10,325.427 $ 9,609.80

B1 $ 13,592.612 $ 12,600.883 $ 11,550.634 $ 10,908.865 $ 9,609.80

C1 $ 22,698.102 $ 15,226.333 $ 13,884.334 $ 12,992.105 $ 12,373.436 $ 11,550.637 $ 10,908.868 $ 10,325.429 $ 9,609.80

Page 18: TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 · 2018-09-13 · 1 TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 Hora convocatoria: 08.30 hs. Inicia a la hora: 9,07 -Lugar: Salón Libertador

18

Enfermería A1 $ 16,182.532 $ 15,411.943 $ 14,678.024 $ 13,979.085 $ 13,371.296 $ 12,659.087 $ 11,784.22

Enfermería B1 $ 15,735.152 $ 14,985.853 $ 14,272.254 $ 13,592.615 $ 12,600.856 $ 11,784.227 $ 10,908.868 $ 10,325.429 $ 9,609.80

Enfermería CI1 $ 14,678.022 $ 13,979.083 $ 13,230.904 $ 12,600.855 $ 11,784.226 $ 10,908.867 $ 9,609.80

Enfermería CII1 $ 12,992.102 $ 12,373.433 $ 11,784.224 $ 11,148.085 $ 10,617.21

Sueldos Vigentes al 01/08/2018

Cargo ImporteIntendente $ 126,964.53Jefe de Gabinete $ 46,326.13Secretario $ 46,326.13Subsecretario $ 35,248.32Juez de Faltas $ 37,010.73Contador $ 40,283.76Subcontador $ 21,189.04Director $ 26,687.93Tesorero $ 26,687.93Jefe de compras $ 26,687.93Asesor Legal $ 26,687.93Subdirector $ 23,163.91Delegados $ 18,127.66Coordinador $ 18,127.66

Page 19: TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 · 2018-09-13 · 1 TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 Hora convocatoria: 08.30 hs. Inicia a la hora: 9,07 -Lugar: Salón Libertador

19

Secretario HCD $ 18,598.72Concejales $ 30,617.84Jerárquico I $ 15,987.65Jerárquico II $ 14,578.55

ProfesionalA $ 16,991.65B $ 16,182.54C $ 15,411.92D $ 14,678.03E $ 14,039.851 $ 13,292.03F $ 12,679.432 $ 12,166.69

Técnico Admin (Terciario)A $ 16,521.91B $ 15,735.15C $ 14,985.861 $ 14,272.24D $ 13,641.712 $ 13,230.93E $ 12,679.433 $ 12,128.16

Técnico Especializado (Medio)A $ 14,741.85B $ 14,039.85C $ 13,371.301 $ 12,679.432 $ 11,771.323 $ 10,841.70

AdministrativoA $ 15,411.92B $ 14,678.03C $ 13,892.451 $ 13,230.90D $ 12,373.442 $ 11,454.30E $ 10,841.693 $ 10,090.294 $ 7,935.35

ObreroA $ 15,792.00B $ 15,039.99C $ 14,323.79D $ 13,641.71E $ 12,992.101 $ 12,373.442 $ 11,454.183 $ 10,841.704 $ 10,229.165 $ 10,090.29

Page 20: TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 · 2018-09-13 · 1 TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 Hora convocatoria: 08.30 hs. Inicia a la hora: 9,07 -Lugar: Salón Libertador

20

ServiciosA $ 14,323.79B $ 13,641.71C $ 12,992.10D $ 12,373.44E $ 11,705.481 $ 11,148.06F $ 10,619.192 $ 10,090.29

Inspección1 $ 14,039.852 $ 13,641.713 $ 12,992.104 $ 12,128.165 $ 11,454.306 $ 10,841.697 $ 10,090.29

Docente A1 $ 14,039.852 $ 13,641.713 $ 12,992.104 $ 12,128.165 $ 11,454.306 $ 10,841.697 $ 10,090.29

B1 $ 14,272.242 $ 13,230.923 $ 12,128.164 $ 11,454.305 $ 10,090.29

C1 $ 23,833.012 $ 15,987.653 $ 14,578.554 $ 13,641.715 $ 12,992.106 $ 12,128.167 $ 11,454.308 $ 10,841.699 $ 10,090.29

Enfermería A1 $ 16,991.652 $ 16,182.543 $ 15,411.924 $ 14,678.035 $ 14,039.856 $ 13,292.037 $ 12,373.44

Enfermería B

Page 21: TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 · 2018-09-13 · 1 TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 Hora convocatoria: 08.30 hs. Inicia a la hora: 9,07 -Lugar: Salón Libertador

21

1 $ 16,521.912 $ 15,735.153 $ 14,985.864 $ 14,272.245 $ 13,230.906 $ 12,373.447 $ 11,454.308 $ 10,841.699 $ 10,090.29

Enfermería CI1 $ 15,411.922 $ 14,678.033 $ 13,892.454 $ 13,230.905 $ 12,373.446 $ 11,454.307 $ 10,090.29

Enfermería CII1 $ 13,641.712 $ 12,992.103 $ 12,373.444 $ 11,705.485 $ 11,148.07

Artículo 6º: Modificase el artículo 37º de la Ordenanza 5228/2017, el que quedará redactado de lasiguiente manera:ARTICULO 37º: Fijase los sueldos básicos según el siguiente detalle, para el Hospital Municipal“Dr. Pedro Solanet” y Hogar de Ancianos “San Francisco Javier”.

Sueldos Vigentes al 01/01/2018

Director de Salud $ 29,885.95Director Asociado $ 27,323.86Administrador $ 25,616.81Contador $ 21,347.46Tesorero $ 17,078.02Director RecursosHumanos $ 22,629.16Jefe de Compras $ 17,078.02Sub-Contador $ 17,780.44Director Hogar $ 25,616.81Sub-Administrador Hogar $ 15,370.74Coordinador EquipoInterdiscip. $ 15,370.74Jefe de Personal $ 13,556.22Supervisor de Quirofano $ 13,556.22Jefe Mucamas $ 17,074.59Jefe Servicio $ 17,074.59

Profesional

A $ 14,407.53

Page 22: TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 · 2018-09-13 · 1 TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 Hora convocatoria: 08.30 hs. Inicia a la hora: 9,07 -Lugar: Salón Libertador

22

B $ 13,721.46C $ 13,068.04D $ 12,445.76E $ 11,904.631 $ 11,270.54F $ 10,751.12

2 $ 10,491.40Tecnico Especializado (terciario)A $ 14,009.21B $ 13,342.11C $ 12,706.781 $ 12,101.68D $ 11,567.052 $ 11,218.74E $ 10,751.123 $ 10,283.68

Tecnico (Medio)

A $ 12,499.86B $ 11,904.63

C $ 11,337.761 $ 10,751.12

2 $ 9,981.12

3 $ 9,192.86Administrativo

A $ 13,068.04B $ 12,445.76

C $ 11,779.66

1 $ 11,218.71D $ 10,491.65

2 $ 9,712.30E $ 9,192.86

3 $ 8,555.734 $ 6,728.52

Obrero

A $ 13,390.31

B $ 12,752.67

C $ 12,145.39

D $ 11,567.05

E $ 11,016.231 $ 10,491.66

2 $ 9,712.20

Page 23: TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 · 2018-09-13 · 1 TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 Hora convocatoria: 08.30 hs. Inicia a la hora: 9,07 -Lugar: Salón Libertador

23

3 $ 9,192.864 $ 8,673.495 $ 8,555.73

Servicios

A $ 12,145.39

B $ 11,567.05C $ 11,016.23

D $ 10,491.65E $ 9,925.29

1 $ 9,452.64F $ 9,004.19

2 $ 8,555.73

Enfermería A1 $ 14,407.532 $ 13,721.463 $ 13,068.044 $ 12,445.765 $ 11,904.636 $ 11,270.547 $ 10,491.65

Enfermería B1 $ 14,009.212 $ 13,342.113 $ 12,706.784 $ 12,101.685 $ 11,218.716 $ 10,491.657 $ 9,712.308 $ 9,192.86

9 $ 8,555.73Enfermería CI

1 $ 13,068.042 $ 12,445.763 $ 11,779.664 $ 11,218.715 $ 10,491.656 $ 9,712.307 $ 8,555.73

Enfermería CII1 $ 11,567.052 $ 11,016.233 $ 10,491.654 $ 9,925.295 $ 9,452.64

Sueldos Vigentes al 01/02/2018

Page 24: TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 · 2018-09-13 · 1 TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 Hora convocatoria: 08.30 hs. Inicia a la hora: 9,07 -Lugar: Salón Libertador

24

Director de Salud $ 42,423.20Director Asociado $ 32,278.68Administrador $ 27,666.16Contador $ 23,055.25Tesorero $ 18,444.26Director Recursos Humanos $ 24,439.49Jefe de Compras $ 18,444.26Sub-Contador $ 19,202.88Director Hogar $ 27,666.16Sub-Administrador Hogar $ 16,600.40Coordinador EquipoInterdiscip. $ 16,600.40Jefe de Personal $ 14,640.72Supervisor de Quirofano $ 14,640.72Jefe Mucamas $ 18,440.56Jefe Servicio $ 18,440.56

ProfesionalA $ 15,560.13B $ 14,819.18C $ 14,113.48D $ 13,441.42E $ 12,857.001 $ 12,172.18F $ 11,611.20

2 $ 11,330.71Técnico Especializado (terciario)A $ 15,129.95B $ 14,409.48C $ 13,723.321 $ 13,069.82D $ 12,492.412 $ 12,116.24E $ 11,611.203 $ 11,106.37

Técnico (Medio)A $ 13,499.85B $ 12,857.00C $ 12,244.781 $ 11,611.202 $ 10,779.613 $ 9,928.29

AdministrativoA $ 14,113.48B $ 13,441.42

Page 25: TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 · 2018-09-13 · 1 TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 Hora convocatoria: 08.30 hs. Inicia a la hora: 9,07 -Lugar: Salón Libertador

25

C $ 12,722.031 $ 12,116.21D $ 11,330.982 $ 10,489.29E $ 9,928.293 $ 9,240.194 $ 7,266.81

Obrero

A $ 14,461.54

B $ 13,772.89

C $ 13,117.02

D $ 12,492.41E $ 11,897.531 $ 11,331.002 $ 10,489.173 $ 9,928.294 $ 9,367.375 $ 9,240.19

ServiciosA $ 13,117.02B $ 12,492.41C $ 11,897.53D $ 11,330.98E $ 10,719.311 $ 10,208.85F $ 9,724.532 $ 9,240.19

Enfermería A1 $ 15,560.132 $ 14,819.183 $ 14,113.484 $ 13,441.425 $ 12,857.006 $ 12,172.187 $ 11,330.98

Enfermería B1 $ 15,129.952 $ 14,409.483 $ 13,723.324 $ 13,069.825 $ 12,116.216 $ 11,330.987 $ 10,489.298 $ 9,928.299 $ 9,240.19

Page 26: TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 · 2018-09-13 · 1 TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 Hora convocatoria: 08.30 hs. Inicia a la hora: 9,07 -Lugar: Salón Libertador

26

Enfermería CI1 $ 14,113.482 $ 13,441.423 $ 12,722.034 $ 12,116.215 $ 11,330.986 $ 10,489.297 $ 9,240.19

Enfermería CII1 $ 12,492.412 $ 11,897.533 $ 11,330.984 $ 10,719.315 $ 10,208.85

Sueldos Vigentes al 01/05/2018

Director de Salud $ 44,120.13Director Asociado $ 33,569.82Administrador $ 28,772.80Contador $ 23,977.46Tesorero $ 19,182.04Director RecursosHumanos $ 25,417.07Jefe de Compras $ 19,182.04Sub-Contador $ 19,970.99Director Hogar $ 28,772.80Sub-Administrador Hogar $ 17,264.42Coordinador EquipoInterdiscip. $ 17,264.42Jefe de Personal $ 15,226.35Supervisor de Quirófano $ 15,226.35Jefe Mucamas $ 19,178.18Jefe Servicio $ 19,178.18

ProfesionalA $ 16,182.53B $ 15,411.95C $ 14,678.02D $ 13,979.08E $ 13,371.281 $ 12,659.07F $ 12,075.65

2 $ 11,783.94Tecnico Especializado (terciario)

A $ 15,735.15B $ 14,985.86C $ 14,272.26

Page 27: TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 · 2018-09-13 · 1 TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 Hora convocatoria: 08.30 hs. Inicia a la hora: 9,07 -Lugar: Salón Libertador

27

1 $ 13,592.61D $ 12,992.112 $ 12,600.89E $ 12,075.653 $ 11,550.62

Tecnico (Medio)A $ 14,039.85B $ 13,371.28C $ 12,734.571 $ 12,075.652 $ 11,210.793 $ 10,325.42

AdministrativoA $ 14,678.02B $ 13,979.08C $ 13,230.911 $ 12,600.86D $ 11,784.222 $ 10,908.86E $ 10,325.423 $ 9,609.804 $ 7,557.48

Obrero

A $ 15,040.00

B $ 14,323.80

C $ 13,641.71

D $ 12,992.11E $ 12,373.431 $ 11,784.242 $ 10,908.743 $ 10,325.424 $ 9,742.065 $ 9,609.80

ServiciosA $ 13,641.71B $ 12,992.11C $ 12,373.43D $ 11,784.22E $ 11,148.081 $ 10,617.21F $ 10,113.512 $ 9,609.80

Enfermería A

Page 28: TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 · 2018-09-13 · 1 TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 Hora convocatoria: 08.30 hs. Inicia a la hora: 9,07 -Lugar: Salón Libertador

28

1 $ 16,182.532 $ 15,411.953 $ 14,678.024 $ 13,979.085 $ 13,371.286 $ 12,659.077 $ 11,784.22

Enfermería B1 $ 15,735.152 $ 14,985.863 $ 14,272.264 $ 13,592.615 $ 12,600.866 $ 11,784.227 $ 10,908.868 $ 10,325.429 $ 9,609.80

Enfermería CI1 $ 14,678.022 $ 13,979.083 $ 13,230.914 $ 12,600.865 $ 11,784.226 $ 10,908.867 $ 9,609.80

Enfermería CII1 $ 12,992.112 $ 12,373.433 $ 11,784.224 $ 11,148.085 $ 10,617.20

Sueldos Vigentes al 01/08/2018

Director de Salud $ 46,326.13Director Asociado $ 35,248.32Administrador $ 30,211.44Contador $ 25,176.34Tesorero $ 20,141.14Director RecursosHumanos $ 26,687.93Jefe de Compras $ 20,141.14Sub-Contador $ 20,969.54Director Hogar $ 30,211.44Sub-Administrador Hogar $ 18,127.64Coordinador EquipoInterdiscip. $ 18,127.64Jefe de Personal $ 15,987.66Supervisor de Quirófano $ 15,987.66

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Jefe Mucamas $ 20,137.09Jefe Servicio $ 20,137.09

ProfesionalA $ 16,991.66B $ 16,182.54C $ 15,411.93D $ 14,678.04E $ 14,039.851 $ 13,292.03F $ 12,679.44

2 $ 12,373.14Tecnico Especializado (terciario)

A $ 16,521.90B $ 15,735.15C $ 14,985.871 $ 14,272.24D $ 13,641.712 $ 13,230.93E $ 12,679.443 $ 12,128.16

Tecnico (Medio)A $ 14,741.84B $ 14,039.85C $ 13,371.301 $ 12,679.442 $ 11,771.333 $ 10,841.69

AdministrativoA $ 15,411.93B $ 14,678.04C $ 13,892.461 $ 13,230.90D $ 12,373.432 $ 11,454.30E $ 10,841.693 $ 10,090.294 $ 7,935.35

Obrero

A $ 15,792.00

B $ 15,039.99

C $ 14,323.79

D $ 13,641.71

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30

E $ 12,992.101 $ 12,373.452 $ 11,454.183 $ 10,841.694 $ 10,229.175 $ 10,090.29

ServiciosA $ 14,323.79B $ 13,641.71C $ 12,992.10D $ 12,373.43E $ 11,705.491 $ 11,148.07F $ 10,619.182 $ 10,090.29

Enfermería A1 $ 16,991.662 $ 16,182.543 $ 15,411.934 $ 14,678.045 $ 14,039.856 $ 13,292.037 $ 12,373.43

Enfermería B1 $ 16,521.902 $ 15,735.153 $ 14,985.874 $ 14,272.245 $ 13,230.906 $ 12,373.437 $ 11,454.308 $ 10,841.699 $ 10,090.29

Enfermería CI1 $ 15,411.932 $ 14,678.043 $ 13,892.464 $ 13,230.905 $ 12,373.436 $ 11,454.307 $ 10,090.29

Enfermería CII1 $ 13,641.712 $ 12,992.103 $ 12,373.434 $ 11,705.495 $ 11,148.06

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Artículo 7º:Créase las siguientes Categorías Programáticas:Correspondiente a la Jurisdicción 1110123000 – Jefatura de GabinetePrograma 18.00.00 – EducaciónActividad 18.09.00 – Escuela de OficioCorrespondiente a la Jurisdicción 1110121000 – Secretaría de Desarrollo SocialPrograma 85.00.00 – PROMECArtículo 8º: Aumentase las siguientes partidas y montos de gatos del Presupuesto Vigente,correspondiente a la Municipalidad de Ayacucho, con Fuente de Financiamiento 110:

Jurisdicción: 1110101000 - Intendente;Apertura Programática: 01.00.00 - Administración y ConducciónSuperior;1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 34,033.301.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 8,848.661.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 6.841.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 2,058.331.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 5,145.831.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 1,223.17Jurisdicción: 1110104000 - Secretaría de Hacienda;Apertura Programática: 01.00.00 - Administración y ConducciónSuperior;1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 155,168.181.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 81,377.971.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 19,941.531.2.2.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 368.811.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 9,744.501.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 225.851.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 47.911.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 11,014.291.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 1,179.821.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 27,535.721.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 2,949.581.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 6,623.971.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 708.81Jurisdicción: 1110106000 - Secretaría de Gobierno;Apertura Programática: 01.00.00 - Administración y ConducciónSuperior;1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 14,675.691.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 564.451.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 6.841.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 731.531.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 1,828.821.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 434.83

22.00.00. - Atención e Integración Discapacitados1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 5,644.701.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 677.371.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 1,278.261.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 6.841.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 303.461.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 758.651.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 180.49

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41.00.00. - Tránsito1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 33,663.381.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 8,578.081.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 55,217.181.2.2.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 3,054.531.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 3,416.551.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 68.441.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 61.601.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 2,802.811.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 1,965.641.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 7,390.611.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 4,914.101.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 1,685.121.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 1,184.96Jurisdicción: 1110107000 - Juez de FaltasApertura Programática: 01.00.00 - Administración y ConducciónSuperior;1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 18,012.261.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 8,053.171.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 1,278.261.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 27.381.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 1,244.141.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 3,110.361.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 744.11Jurisdicción: 1110108000 - Secretarìa de SaludApertura Programática: 01.00.00 - Administración y ConducciónSuperior;1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 73,942.461.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 26,410.451.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 56,078.781.2.2.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 368.811.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 16,729.091.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 150.571.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 143.721.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 4,386.981.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 3,050.071.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 10,967.451.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 7,625.201.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 2,648.981.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 1,830.76Apertura Programática: 51.00.00 - SUMAR;

51.01.00. - U.S. "Ramón Carrillo"1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 2,800.471.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 889.621.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 3,224.171.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 426.091.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 6.841.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 6.841.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 166.911.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 160.951.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 417.271.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 402.38

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1.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 101.751.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 95.81

51.02.00. - U.S. "Eva Perón"1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 2,913.751.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 1,395.621.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 6.841.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 200.971.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 502.421.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 123.09

53.00.00. - Bromatología1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 7,222.051.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 6,668.701.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 10,636.281.2.2.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 938.421.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 1,278.261.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 13.691.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 13.691.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 734.781.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 454.731.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 1,836.941.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 1,136.811.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 450.021.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 276.98

54.00.00. - Centro Municipal de Zoonosis1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 5,060.001.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 1,032.721.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 4,917.711.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 2,130.441.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 13.691.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 13.691.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 276.181.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 245.491.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 690.451.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 613.731.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 168.521.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 146.23

56.00.00. - Centro de Contención1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 14,451.521.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 2,434.601.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 11,272.521.2.2.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 327.851.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 1,278.261.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 27.381.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 27.381.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 582.261.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 771.211.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 1,455.651.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 1,928.021.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 352.271.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 461.61Jurisdicción: 111019000 - Secretarìa de Obras y Servicios Públicos

01.00.00. - Administración y Conducción

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1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 185,742.481.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 71,553.931.1.7.0 - Complementos $ 162.281.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 110,574.121.2.2.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 3,174.971.2.6.0 - Complementos $ 2,208.061.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 35,918.141.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 301.131.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 280.601.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 10,105.661.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 6,757.601.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 25,473.631.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 16,893.971.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 6,075.991.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 4,124.32

61.75.07. - Alumbrado Público1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 1,229.431.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 3,442.401.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 426.091.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 6.841.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 224.251.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 560.621.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 133.42

62.00.00. - Recolección de Residuos Sólidos Urbanos1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 136,367.381.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 65,045.381.1.7.0 - Complementos $ 1,419.991.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 96,439.521.2.2.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 4,574.861.2.6.0 - Complementos $ 3,053.081.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 42,882.811.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 301.131.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 260.071.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 9,174.851.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 5,232.081.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 23,111.211.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 13,080.181.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 5,576.031.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 3,229.42

64.00.00. - Alumbrado Público1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 17,551.071.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 14,568.491.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 2,458.861.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 1,138.851.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 34.221.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 6.841.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 1,482.731.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 177.041.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 3,706.811.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 442.591.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 881.891.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 105.37

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65.00.00. - Cementerio1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 24,458.091.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 29,550.581.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 11,061.131.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 9,632.851.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 61.601.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 27.381.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 2,392.231.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 723.891.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 5,980.551.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 1,809.721.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 1,427.311.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 430.84

66.00.00. - Espacio Público1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 70,804.161.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 27,575.741.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 32,640.021.2.2.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 1,816.761.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 30,161.121.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 177.941.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 95.821.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 4,466.921.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 1,887.621.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 11,167.301.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 4,719.041.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 2,711.231.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 1,140.62Jurisdicción: 1110121000 - Secretarìa de Desarrollo Social

01.00.00. - Administración y Conducción1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 50,405.131.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 10,023.771.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 18,180.351.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 3,479.321.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 61.601.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 47.911.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 2,807.211.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 948.651.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 7,509.241.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 2,371.611.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 1,678.751.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 566.08

81.00.00. - Atención Social Directa1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 13,275.901.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 4,150.111.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 852.181.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 27.381.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 828.821.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 2,072.041.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 497.71

82.01.00. - Jardines Maternales1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 17,565.431.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 20,039.07

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36

1.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 135,846.201.2.2.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 368.811.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 35,507.141.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 34.221.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 307.981.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 984.431.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 7,221.061.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 2,461.071.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 18,052.681.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 597.311.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 4,369.08

82.02.00. - Nuevas Modalidades Alimentarias1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 2,861.501.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 651.991.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 2,716.621.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 1,278.261.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 6.841.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 6.841.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 156.481.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 135.611.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 391.191.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 339.031.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 95.371.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 82.67

82.03.00. - Casa "Hogar Convivencial"1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 6,956.111.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 4,494.081.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 24,254.471.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 2,130.441.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 13.691.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 61.601.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 480.311.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 1,204.651.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 1,200.771.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 3,011.631.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 296.681.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 723.61

82.04.00. - Centro de Día1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 2,604.291.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 2,237.561.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 7,634.331.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 2,982.621.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 6.841.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 20.531.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 215.991.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 375.891.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 539.961.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 939.721.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 130.391.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 226.16

82.05.00. - Servicio Local de Promoción y Protección de losderechos del niño/adolescente

Page 37: TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 · 2018-09-13 · 1 TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 Hora convocatoria: 08.30 hs. Inicia a la hora: 9,07 -Lugar: Salón Libertador

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1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 14,324.831.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 3,669.541.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 9,911.311.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 1,732.721.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 6.841.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 20.531.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 206.351.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 1,106.201.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 515.881.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 2,765.491.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 127.411.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 669.19Jurisdicción: 1110123000 - Jefatura de GabineteApertura Programática: 01.00.00 - Administración y Conducción;1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 135,512.451.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 59,483.621.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 87,668.411.2.2.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 2,584.661.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 29,983.991.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 266.911.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 212.161.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 9,310.921.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 4,232.991.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 24,393.281.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 10,582.501.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 5,623.961.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 2,538.22Apertura Programática: 17.00.00 - Cultura17.01.00 - Administración y Coordinación1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 22,525.531.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 1,893.911.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 2,941.681.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 9,017.861.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 34.221.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 13.691.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 1,159.941.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 145.921.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 3,050.341.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 364.801.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 692.851.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 88.7517.02.00 - Casa de la Cultura1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 9,875.011.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 2,577.301.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 11,284.701.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 3,408.701.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 27.381.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 47.911.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 581.871.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 555.611.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 1,634.651.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 1,389.03

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1.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 347.581.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 331.4017.03.00 - Area Audiovisual1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 8,345.611.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 2,506.501.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 4,917.711.2.2.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 362.211.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 1,704.351.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 20.531.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 13.691.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 518.541.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 245.491.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 1,296.351.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 613.731.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 311.911.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 149.0817.05.00 - Instituto Ventura Lynch1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 2,803.871.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 2,965.301.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 10,309.401.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 1,704.351.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 6.841.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 27.381.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 261.601.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 503.191.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 654.011.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 1,257.991.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 155.621.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 303.8517.07.00 - Banda Municipal de Música1.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 11,621.891.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 2,843.201.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 88.971.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 557.851.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 1,255.601.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 333.82Apertura Programática: 18.00.00 - Educación18.01.00 - Administración y Coordinación1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 14,619.441.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 6,444.261.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 24,149.011.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 2,130.441.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 34.221.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 61.601.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 949.311.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 1,210.461.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 2,373.281.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 3,026.141.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 571.161.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 720.8418.02.00 - Biblioteca Municpal1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 58,136.10

Page 39: TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 · 2018-09-13 · 1 TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 Hora convocatoria: 08.30 hs. Inicia a la hora: 9,07 -Lugar: Salón Libertador

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1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 25,403.591.1.7.0 - Complementos $ 3,872.891.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 12,626.671.2.2.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 368.811.2.6.0 - Complementos $ 6,788.331.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 9,716.141.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 123.191.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 34.221.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 3,939.781.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 639.761.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 10,454.151.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 1,599.411.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 2,414.411.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 397.41

18.03.00. - Hogar Agrícola1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 8,953.641.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 2,130.081.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 1,704.351.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 20.531.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 529.791.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 1,324.471.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 316.65

18.04.00. - Convenios Universitarios1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 12,955.191.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 6,353.161.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 6,884.801.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 3,639.251.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 27.381.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 13.691.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 1,001.321.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 240.771.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 2,684.761.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 601.931.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 603.571.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 144.55

18.05.00. - Escuela Municipal1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 67,473.611.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 75,782.021.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 13,228.951.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 9,206.761.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 431.171.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 27.381.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 6,845.781.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 655.331.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 17,313.301.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 1,638.331.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 4,096.291.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 392.33Apertura Programática: 19.00.00 - Deportes

19.01.00. - Administración y Coordinación1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 9,122.791.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 2,439.32

Page 40: TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 · 2018-09-13 · 1 TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2/03/2018 Hora convocatoria: 08.30 hs. Inicia a la hora: 9,07 -Lugar: Salón Libertador

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1.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 18,356.551.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 3,976.021.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 13.691.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 75.281.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 493.351.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 935.041.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 1,233.381.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 2,337.601.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 293.501.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 564.68

21.00.00. - Turismo y Museo1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 3,117.411.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 2,393.921.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 25,488.461.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 8,149.191.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 2,458.861.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 2,049.571.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 47.911.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 6.841.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 6.841.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 256.771.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 1,582.861.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 122.741.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 641.921.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 3,957.141.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 306.861.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 157.361.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 957.811.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 73.11

31.00.00. - Producción Agropecuaria1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 39,551.761.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 7,237.541.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 2,242.091.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 54.751.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 2,230.861.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 5,742.401.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 1,335.88

33.00.00. - Pymes y Cooperativas1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 8,454.491.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 325.171.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 286.671.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 6.841.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 421.421.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 1,053.561.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 250.58

33.01.00. - Admistración y Coordinación1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 78.211.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 321.651.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 9,282.941.2.2.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 196.711.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 1,704.351.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 27.38

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1.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 528.891.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 1,322.231.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 282.49

34.00.00. - Gestión Ambiental1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 2,556.631.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 893.381.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 4,917.711.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 1,704.351.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 6.841.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 13.691.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 151.471.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 245.491.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 378.661.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 613.731.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 91.401.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 147.79

36.00.00. - Vialidad1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 146,611.141.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 80,308.831.1.7.0 - Complementos $ 107,507.681.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 22,129.721.2.2.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 1,631.111.2.6.0 - Complementos $ 5,030.821.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 25,048.071.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 349.041.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 54.751.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 10,477.361.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 1,256.181.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 26,383.711.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 3,140.471.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 7,744.871.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 901.32Jurisdicción: 111020000 - H.C.D.

01.00.00. - Legislación1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 114,302.081.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 27,296.181.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 15,409.981.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 3,667.621.1.6.4 - Caja Seguro de Vida $ 143.721.2.5.4 - Caja Seguro de Vida $ 13.691.1.6.2 - Instituto de Obra Médico Asistencial $ 6,616.611.2.5.2 - Instituto de Obra Medico Asistencial $ 749.881.1.6.1 - Instituto de Prevision Social $ 16,541.521.2.5.1 - Instituto de Prevision Social $ 1,874.701.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 4,035.581.2.5.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo $ 446.28

TOTAL $ 4,297,557.00

Jurisdicción: 1110108000 - Secretaría de SaludApertura Programática: 01.00.00 - Administración y ConducciónSuperior;

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2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 46,063.80Apertura Programática: 19.00.00 - Deportes

19.01.00. - Administración y Coordinación2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 105,441.99Jurisdicción: 1110121000 - Secretaría de Desarrollo Social

01.00.00. - Administración y Conducción2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 15,478.52Jurisdicción: 1110104000 - Secretaría de Hacienda;Apertura Programática: 01.00.00 - Administración y ConducciónSuperior;2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 25,157.14Apertura Programática: 91.00.00 - Remesas Hospital Municipal"Dr. Pedro Solanet"9.1.2.0 - Contribución a instituciones descentralizadas $ 3,793,458.55Apertura Programática: 92.00.00 - Deuda Flotante7.6.1.0 - Disminución de cuentas a pagar comerciales $ 1,000,000.00Jurisdicción: 1110106000 - Secretaría de Gobierno;Apertura Programática: 01.00.00 - Administración y ConducciónSuperior;2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 577,471.343.8.4.0 - Multas, recargos y gastos judiciales $ 1,200,000.00Apertura Programática: 41.00.00 - Dirección de Tránsito2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 9,914.36Jurisdicción: 111019000 - Secretaría de Obras y Servicios PúblicosApertura Programática: 01.00.00. - Administración y Conducción2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 479,772.47Apertura Programática:61.56.09. - Refacción "Hogar de Abrigo"2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $ 350,000.00Apertura Programática: 66.00.00 - Espacio Público2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 253,684.82

Jurisdicción: 1110123000 - Jefatura de GabineteApertura Programática: 18.09.00 - Educación - Escuela de Oficio3.4.5.0 - De capacitación $ 500,000.00Jurisdicción: 1110121000 - Secretaría de Desarrollo SocialApertura Programática: 85.00.00 - PROMEC3.4.5.0 - De capacitación $ 1,000,000.00Jurisdicción: 1110123000 - Jefatura de Gabinete

Apertura Programática 33.00.03. - Pymes y Cooperativas -FOMUDEL4.1.1.0 - Tierras y terrenos $ 500,000.00

TOTAL $ 9,856,443.00

TOTAL AUMENTO PARTIDAS DE EGRESOS: $ 14.154.000Artículo 9º: Para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 3º, auméntese en el Cálculo deRecursos Vigentes, correspondiente a la Municipalidad, las siguientes partidas y montos, conFuente de Financiamiento 110:11.4.01.00 – Coparticipación Provincial de Impuesto Ley 10.559 $ 14.154.000(Pesos catorce millones ciento cincuenta y cuatro mil)

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Artículo 10º: Aumentase las siguientes partidas y montos de gatos del Presupuesto Vigente,correspondiente al Ente Descentralizado Hospital Municipal “Dr. Pedro Solanet”, las siguientespartidas y montos, con Fuente de Financiamiento 110:

Programa 16 - Terapia Intesiva1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 21,932.481.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 3,522.891.1.4.0 - Sueldo Anual Complementario $ 2,117.251.1.6.0 - Contribuciones patronales $ 5,457.571.1.7.0 - Complementos $ 566.79Programa 17 - Hogar de Ancianos1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 170,341.451.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 24,953.201.1.4.0 - Sueldo Anual Complementario $ 19,732.831.1.6.0 - Contribuciones patronales $ 41,916.281.1.7.0 - Complementos $ 423,020.18Programa 18 - Hospital1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 1,599,297.651.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 180,027.341.1.4.0 - Sueldo Anual Complementario $ 156,254.591.1.6.0 - Contribuciones patronales $ 378,065.821.1.7.0 - Complementos $ 766,252.23TOTAL $ 3,793,458.55

Articulo 11º: Para dar cumplimento a lo previsto en el artículo 6º, aumentase en el Cálculo deRecursos Vigente, correspondiente al Ente Descentralizado Hospital Municipal “Dr. PedroSolanet”, la siguiente partida y monto, con fuente de financiamiento 110:4.1.1.01.00- De la Administración Central $3.793.458,55Artículo 12º: Modificase el porcentaje de la Guardia Pasiva diaria profesionales médicosespecialistas contenidos en el artículo 34º de la Ordenanza 5228/2017, el que quedará redactado dela siguiente manera:

Guardia Pasiva diaria profesionales médicos especialistas, de lunes a viernes, el 43% del básicoprofesional Clase I, el 43% del básico profesional Clase I.

Guardia Pasiva diaria profesionales médicos especialistas, sábados, domingos y feriados, el 48%del básico profesional Clase I, el 48% del básico profesional Clase I.Artículo 13º: Reemplácese el Organigrama y el Manual de funciones por los que se adjuntan alpresente Proyecto de Ordenanza.Artículo 14º: De forma.ESTRUCTURA MUNICIPAL, SECRETARIAS, ASESORÍAS, SUBSECRETARIAS,DIRECCIONES, SUBDIRECCIONES, COORDINACIONES Y ÓRGANOS DECOLABORACIÓN.- ARTÍCULO 1°: A partir de la sanción del presente instrumento, se apruebanlas siguientes normas de organización y estructura de la Municipalidad de Ayacucho.TITULO I – ARTÍCULO 2°: La Municipalidad de Ayacucho contará con las siguientes Secretarías,Subsecretarías y órganos de colaboración:

a) Jefatura de Gabinete.

b) Secretaría de Gobierno.

c) Secretaría de Hacienda.

d) Secretaría de Salud.

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e) Secretaría de Desarrollo Social.

f) Secretaría de Obras y Servicios Públicos.

g) Subsecretaría de Educación, Cultura, Deporte, Turismo y Museo

h) Subsecretaría de Vialidad.

i) Subsecretaría de Desarrollo Social.

j) Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos.

k) Subsecretaria de Servicios Urbanos

l) Comité de Seguridad.

m) Juez de Faltas.

n) Asesoría Legal

ARTÍCULO 3°: La Municipalidad de Ayacucho contará con las siguientes DelegacionesMunicipales:

a) Delegación Udaquiola.

b) Delegación Sudeste.

c) Delegación Oeste.

Estas Delegaciones estarán a cargo de una persona bajo el rótulo de Delegado Municipal ydependerán funcionalmente de la Secretaría de Hacienda.TITULO II - DEBERES Y OBLIGACIONES DE SECRETARIOS, SUBSECRETARIOS YJUEZDE FALTAS DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO - ARTÍCULO 4°: Son deberes y obligacionesde los Secretarios, Subsecretarios y Juez de Faltas.

a) Manifestar al Departamento Ejecutivo en su conjunto, los asuntos de interés general que sepromuevan por ante sus respectivas Secretarias y/o Subsecretarías, poniendo enconocimiento y sugiriendo aquellas cuestiones en particular sometidas a su consideración yque hagan a la optimización de la administración municipal.

b) Atender las cuestiones diarias y habituales que hagan al funcionamiento de las Secretarías ySubsecretarías, proveyendo los asuntos que se le sometan, con el debido resguardo de lostérminos y plazos de ley.

c) Representar a la persona del Intendente Municipal en todos y cada uno de aquellos actospúblicos que y/o privados en que le fuera al mismo imposible asistir, siendo previamenteautorizado a tal efecto en forma fehaciente conforme normas de estilo.

d) Emitir dictámenes, comunicaciones, resoluciones y todo otro tipo de actos inherentes alejercicio de la función, y en las cuales no sea necesario la firma del Intendente Municipal.

Refrendar los actos del Intendente por medio de su rúbrica, en los casos, condiciones y asuntos queasí lo requieran.TITULO III - CAPÍTULO I - JEFATURA DE GABINETE - ARTÍCULO 5°: Estará a cargo deuna persona con el rótulo de Jefe de Gabinete, con rango de Secretaría, siendo sus funciones:

a) Ser colaborador inmediato del Intendente y su reemplazante ante ausencia del mismo por unplazo no mayor de 5 días.

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b) Notificar al Departamento Ejecutivo asuntos y/o cuestiones de interés general que sesusciten en el ámbito de las Secretarías de la estructura orgánica municipal, como asimismo,comunicar las medidas tendientes al mejoramiento de los servicios y la AdministraciónMunicipal.

c) Coordinar reuniones periódicas con encargados de las distintas Secretarías del Municipiotendientes a lograr un mejor funcionamiento de las mismas.

d) Lograr la comunicación permanente entre las distintas áreas, en la búsqueda de coordinar unmejor desarrollo de tareas y decisiones en común.

e) Buscar un canal de comunicación permanente con el Honorable Concejo Deliberante.

f) Transmitir las órdenes del Titular del Departamento ejecutivo, impulsando las políticas porel instrumentadas, informando al mismo sus logros y resultados.

g) Proyectar Decretos, Ordenanzas, Disposiciones y Reglamentaciones, Convenios, Contratosy todo otro tipo de medidas tendientes a la planificación e implementación de políticasreferidas a educación, cultura, deportes, turismo museo, desarrollo económico, etc.

h) Actuar de nexo entre el Municipio y los estados Provincial y Nacional, articulando las tareasque sean necesarias.

i) Actuar e intervenir en las relaciones de la Municipalidad y los Organismos de Bien Público.

j) Elaborar, presentar, implementar, y supervisar proyectos y tareas en el ámbito de sucompetencia.

k) Expedir certificados, legalizar firmas, autenticar copias, suscribir todas aquellascomunicaciones y documentos que la función requiera.

l) Observar y hacer cumplir la presente reglamentación.

ARTÍCULO 6°: A los efectos del cumplimiento de las funciones de su incumbencia, la Jefatura deGabinete contará con las siguientes dependencias auxiliares:

a) Subsecretaría de Educación, Cultura, Deportes Turismo y Museo.

b) Dirección de Deporte

c) Dirección de Cultura

d) Dirección de Educación

e) Dirección de Producción Agropecuaria

f) Dirección de Industria

g) Dirección de Pymes y Cooperativas

h) Subsecretaria de Vialidad

i) Dirección de Vialidad

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SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÒN, CULTURA, DEPORTES, TURISMO y MUSEO -ARTÍCULO 7°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo de Subsecretario de Educación,Cultura, Deportes, Turismo y Museo siendo sus funciones:

a) Notificar a sus superiores asuntos y/o cuestiones de interés general que se susciten en elámbito de la Subsecretaría a su cargo.

b) Proyectar Decretos, Ordenanzas, Disposiciones y Reglamentaciones, Convenios, Contratosy todo otro tipo de medida tendientes al desarrollo de políticas educativas, culturales,turísticas y deportivas.

c) Confeccionar y/o emitir dictámenes respecto de las cuestiones que se promuevan, como asítambién, asesorar a los diferentes organismos municipales en todos y cada uno de los temasen los cuales les incumba actuar, sean administrativos y/o jurídicos.

d) Elaborar, presentar e implementar proyectos turísticos.

e) Supervisar el funcionamiento del Museo Histórico Regional.

f) Coordinar las áreas a su cargo.

ARTÍCULO 8°: A los efectos del cumplimiento de las funciones asignadas anteriormente, laSubsecretaría de Educación, Cultura, Deportes, Museo y Turismo contará con las siguientesdependencias auxiliares:

a) Dirección de Educación

b) Dirección de Cultura.

c) Dirección de Deportes.

d) Dirección Biblioteca

e) Vicedirección Biblioteca

f) Departamento Centro de Estudios Universitarios.

g) División Biblioteca.

h) División Cultura.

i) División Turismo.

DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN - ARTÍCULO 9°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo deDirector de Educación, siendo sus funciones:

a) Planificar, crear, otorgar y realizar un seguimiento de becas de estudio en conjunto con laComisión de Becas.

b) Supervisar el funcionamiento de la Biblioteca Pública Municipal y Popular ManuelVilardaga.

c) Supervisar el funcionamiento de la Escuela Municipal de Enseñanza Artística e Idiomas.

d) Supervisar el funcionamiento del Hogar Agrícola “Rosario Vera Peñaloza”.

e) Atender las necesidades y supervisar el funcionamiento de los centros estudiantiles fuera dela ciudad.

f) Asesorar a instituciones educativas en todo el ámbito de nuestro partido.

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g) Interactuar permanentemente con el Consejo Escolar y la Secretaría de Inspección delPartido.

h) Contribuir al cumplimiento de los objetivos y actividades fijadas por la Dirección,promoviendo, ejecutando y controlando tareas.

i) Asesorar a Sedes Barriales en materia de su competencia.

j) Implementar y acompañar programas impulsados por la Dirección General de Cultura yEducación.

k) Organizar Actos Oficiales.

l) Celebrar convenios con Universidades.

ARTÍCULO 10°: A los efectos del cumplimiento de las actividades asignadas anteriormente, elDirector de Educación, contará con las siguientes dependencias auxiliares:

a) Dirección Institucional Biblioteca.

b) Departamento Centro de Estudios Universitarios.

c) Vicedireccion Biblioteca.

d) División Biblioteca.

e) Escuela Municipal de Enseñanza Artística e Idiomas.

f) Hogar Agrícola.

DIRECCIÓN BIBLIOTECA - ARTÍCULO 11°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo deDirector del agrupamiento docente C1, siendo sus funciones:

a) Organizar y distribuir tareas en su área.

b) Supervisar el funcionamiento del Departamento Biblioteca.

c) Supervisar el funcionamiento de la División Biblioteca.

VICEDIRECCIÓN BIBLIOTECA - ARTÍCULO 12°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulode Jefe de Vicedirector del agrupamiento docente C2, siendo sus funciones:

a) Organizar y supervisar tareas en su ámbito de aplicación.

b) Supervisar el funcionamiento del personal afectado a la Biblioteca Pública Municipal yPopular Manuel Vilardaga.

c) Elaborar, presentar e implementar proyectos en su área de competencia.

d) Colaborar con instituciones.

e) Representar a la Institución ante la comunidad.

DIVISIÓN BIBLIOTECA - ARTÍCULO 13°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo de Jefede División Biblioteca, siendo sus funciones:

a) Reemplazar al jefe de Departamento Biblioteca ante ausencia de este.

b) Distribuir y supervisar tareas.

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c) Colaborar en la elaboración, ejecución e implementación de proyectos.

DEPARTAMENTO CENTRO DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS - ARTÍCULO 14°: Estará acargo de una persona bajo el rótulo de Jefe de Departamento Centro de Estudios Universitarios,siendo sus funciones:

a) Organizar y supervisar el funcionamiento del Centro Regional de Educación Abierta yPermanente de Ayacucho (C. R. E. A. P.)

b) Organizar y supervisar el funcionamiento de la extensión de la Universidad Maimonides.

c) Participar de futuros convenios con Universidades interesadas en instalarse en nuestracomunidad para el dictado de carreras y capacitaciones.

DIRECCIÓN DE CULTURA - ARTÍCULO 15°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo deDirector de Cultura, siendo sus funciones:

a) Promover la cultura en el partido de Ayacucho, incentivando programas y plataformas detrabajo, organizando y desarrollando planes culturales mediante actos, conferencias,seminarios, cursos de capacitación, aprendizaje y perfeccionamiento, certámenes, concursosliterarios, entre otras actividades.

b) Procurar los medios indispensables para la creación de institutos municipales de cultura,bibliotecas, conservatorios, teatros centros comunitarios, coros y demás iniciativas quecontribuyan al fomento de la cultura, administrando los mismos conforme a las necesidadesrespectivas.

c) Confeccionar el calendario cultural anual, solicitando declaratorias a nivel provincial deeventos organizados por Instituciones locales.

d) Invocar el desarrollo de las actividades culturales, promoviendo y proponiendo nombres alas calles, paseos, plazas y monumentos.

e) Promover la suscripción de convenios culturales con diferentes organismos del estado, seanmunicipales, provinciales, y/o nacionales.

f) Supervisar el funcionamiento de la Casa de la Cultura.

g) Supervisar el funcionamiento del Instituto Ventura Lynch.

h) Contribuir al cumplimiento de los objetivos y actividades fijadas por la Dirección,promoviendo, controlando y ejecutando las tareas necesarias.

DIVISIÓN CULTURA - ARTÍCULO 16°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo de Jefe deDivisión Cultura, siendo sus funciones:

a) Coordinar actividades culturales.

b) Apoyar actividades culturales relacionadas con emprendedores locales.

c) Colaborar en la elaboración, ejecución e implementación de proyectos.

d) Demás tareas que le sean asignadas por su superior.

DIVISIÓN TURISMO - ARTÍCULO 17°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo de Jefe deDivisión Turismo, siendo sus funciones:

e) Coordinar actividades Turísticas.

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f) Apoyar actividades turísticas relacionadas con emprendedores locales.

g) Colaborar en la elaboración, ejecución e implementación de proyectos.

h) Demás tareas que le sean asignadas por su superior.

ARTÍCULO 18°: Tanto la División Turismo como el funcionamiento del Museo Histórico Regionaltendrán una dependencia funcional directa desde la Subsecretaría de Educación, Cultura, Deportes,Turismo y Museo.DIRECCIÓN DE DEPORTES - ARTÍCULO 19°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo deDirector de Deportes, siendo sus funciones:

a) Promover el desarrollo integral de todas las manifestaciones de la Educación Física y laRecreación.

b) Confeccionar el calendario deportivo anual, solicitando declaratorias a nivel provincial deeventos organizados por Instituciones locales.

c) Supervisar y promover los medios necesarios para la realización de la Colonia deVacaciones.

d) Supervisión y coordinación de los Torneos Buenos Aires La Provincia.

DIRECCIÓN DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA - ARTÍCULO 20°: Estará a cargo de unapersona bajo el rótulo de Director de Producción Agropecuaria, siendo sus funciones:

a) Colaborar con el Jefe de Gabinete asesorándolo en aspectos vinculados al desarrollo deproducciones agropecuarias.

b) Coordinar y supervisar la implementación de las medidas que se dispongan.

c) Elaborar, ejecutar, y monitorear proyectos en el ámbito de su accionar.

d) Gestionar propuestas ante organismos provinciales y nacionales competentes en su materia.

e) Demás funciones que le sean asignadas por su superior.

DIRECCIÓN DE INDUSTRIA - ARTÍCULO 21°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo deDirector de Industria, siendo sus funciones:

a) Colaborar con el Jefe de Gabinete asesorándolo en aspectos vinculados al desarrollo deemprendimientos industriales.

b) Coordinar y supervisar la implementación de las medidas que se dispongan.

c) Elaborar, ejecutar, y monitorear proyectos en el ámbito de su accionar.

d) Gestionar propuestas ante organismos provinciales y nacionales competentes en su materia.

e) Demás funciones que le sean asignadas por su superior.

DIRECCIÓN DE PYMES Y COOPERATIVAS - ARTÍCULO 22°: Estará a cargo de una personabajo el rótulo de Director de Pymes y Cooperativas, siendo sus funciones:

a) Colaborar con el Jefe de Gabinete asesorándolo en aspectos vinculados al desarrollo dePymes, Cooperativas y demás unidades emprendedoras.

b) Coordinar y supervisar la implementación de las medidas que se dispongan.

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c) Elaborar, ejecutar, y monitorear proyectos en el ámbito de su accionar.

d) Gestionar propuestas ante organismos provinciales y nacionales competentes en su materia.

e) Demás funciones que le sean asignadas por su superior.

SUBSECRETARÍA DE VIALIDAD - ARTÍCULO 23°: Estará a cargo de una persona bajo elrótulo de Subsecretario de Vialidad, siendo sus funciones:

a) Notificar a sus superiores asuntos y/o cuestiones de interés general que se susciten en elámbito de la Subsecretaría a su cargo.

b) Elaborar, implementar, y realizar el seguimiento de iniciativas que contribuyan almejoramiento de los caminos interiores del partido.

c) Ejecutar los planes ordenados por el Departamento Ejecutivo referentes al mantenimiento yconservación de los caminos interiores del partido.

d) Coordinar actividades con otras áreas del Municipio.

e) Coordinar trabajos conjuntos con organismos provinciales y nacionales.

DIRECCIÓN DE VIALIDAD - ARTÍCULO 24°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo deDirector de Vialidad, siendo sus funciones:

a) Dirigir y controlar el campamento de vialidad municipal en sus distintas áreas.

b) Colaborar con sus superiores coordinando reuniones a requerimiento de estos.

c) Impulsar las medidas que estos dispongan y que se refieran a asuntos del municipio.

Elaborar, presentar e implementar proyectos en la temática que se le asigne.CAPITULO II - SECRETARÍA DE GOBIERNO - ARTÍCULO 25°: Estará a cargo de una personacon el rótulo de Secretario de Gobierno, siendo sus funciones:

a) Notificar al Departamento Ejecutivo asuntos y/o cuestiones de interés general que sesusciten en el ámbito de la Secretaría a su cargo, como asimismo, comunicar las medidastendientes al mejoramiento de los servicios y la Administración Municipal.

b) Proyectar Decretos, Ordenanzas, Disposiciones y Reglamentaciones, Convenios, Contratosy todo otro tipo de medida tendientes al desarrollo del Municipio.

c) Actuar de nexo entre el Municipio y los estados Provincial y Nacional, articulando las tareasque sean necesarias.

d) Actuar e intervenir en las relaciones de la Municipalidad y los Organismos de Bien Público.

e) Elaborar, presentar, implementar, y supervisar proyectos y tareas en el ámbito de sucompetencia.

f) Expedir certificados, legalizar firmas, autenticar copias, suscribir todas aquellascomunicaciones y documentos que la función requiera.

g) Observar y hacer cumplir la presente reglamentación.

ARTÍCULO 26°: A los efectos del cumplimiento de las funciones asignadas anteriormente, laSecretaría de Gobierno contará con las siguientes dependencias auxiliares:

a) Asesoría Legal.

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b) Dirección de Recursos Humanos.

c) Departamento de Personal.

d) Dirección de Supervisión Administrativa y Relaciones Institucionales.

e) Coordinación de Prensa.

f) Subdirección de Discapacidad.

g) Departamento de Comunicaciones.

h) División Automotores.

i) División Mesa de Entradas y Archivo.

j) Oficina de Cementerio

k) Comité de Seguridad.

l) Dirección de Tránsito.

m) Centro de Monitoreo.

n) Juzgado de Faltas.

ASESORÍA LEGAL - ARTÍCULO 27°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo de AsesorLegal, siendo sus funciones:

a) Prestar asesoramiento jurídico sobre Proyectos de Actos Administrativos y Ordenanzas.

b) Atender todos los asuntos de carácter jurídico y relacionado con la actividad administrativadel Municipio.

c) Dictaminar en las actuaciones administrativas por solicitud del Intendente, como asítambién, por solicitud de las distintas Secretarías y demás dependencias que dependandirectamente de aquel.

d) Representar al Municipio en sedes judiciales, procesos arbitrales y de mediación cuandoactuase este como actor y/o demandante, entre ellos: inicio de juicios de apremio para elcobro de tasa municipales y por multas y contravenciones, inicio de juicios ejecutivos,contestación de demandas y de excepciones en causas en las que el Municipio sea parte,contestaciones de oficios judiciales, presentación de verificaciones de créditos yseguimiento de concursos y/o quiebras, procuración judicial.

e) Entender en todas las actuaciones sumariales que se originen como consecuencia de lacomisión de las faltas disciplinarias por parte de los agentes municipales, como así tambiénen las investigaciones presumariales.

f) Formalizar proyectos a través de los cuales se pueda lograr la instrucción en la práctica ydiagramación de las tareas propias de cada área administrativa.

g) Iniciar y seguir expedientes administrativos promovidos por particulares.

h) Realizar los trámites correspondientes a los efectos de obtener en forma gratuita, y con laintervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, lasescrituras de los inmuebles de aquellas personas de escasos recursos que no puedan afrontarlos gastos ordinarios de dicho trámite.

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i) Colaborar en la realización de los trámites de Regularización Dominial de Inmuebles departiculares conforme Ley 24.374.

j) Seguir de los trámites de regularización de las viviendas pertenecientes al Plan FamiliaPropietaria.

k) Colaborar en la redacción de proyectos de Ordenanzas, Decretos, Y Resoluciones.

l) Redactar Contratos y Convenios.

m) Autorizar de Rifas y Bonos Contribución.

n) Colaborar en los llamados a Concursos de Personal.

o) Elaborar de Pliegos Licitatorios y su posterior seguimiento.

p) Organizar y seguir el Registro de Entidades de Bien Público.

q) Responder pedidos de informes.

r) Practicar las correspondientes intimaciones a deudores morosos.

s) Participar en la resolución de pedidos de autorización municipal para la organización deespectáculos públicos.

t) Atención de consultas de instituciones y/o vecinos.

u) Atención del Registro de Automotores municipales.

v) Suscribir la documentación propia de la oficina.

DIRECIÓN DE RECURSOS HUMANOS - ARTÍCULO 28°: Estará a cargo de una persona bajo elrótulo de Director de Recursos Humanos, siendo sus funciones:

a) Planificar, organizar, implementar, coordinar y supervisar políticas referidas a laadministración de recursos humanos.

b) Elaborar, presentar y elevar proyectos en la materia.

c) Atender necesidades de recursos humanos de las distintas áreas que conforman la estructuraorgánica municipal.

d) Organizar, distribuir tareas y supervisar el funcionamiento del Departamento de Personal.

e) Cumplimentar las tareas inherentes a la cobertura de vacantes fijas en el Estatuto y sureglamentación asignadas al organismo sectorial de personal.-

f) Informar y asesorar en temas concernientes a planteles básicos, vacantes, y cargospresupuestados de las reparticiones de la jurisdicción.

g) Velar por el cumplimiento de las disposiciones generales sobre procedimientosadministrativos y normativa vigente en la materia.

h) Confeccionar las nóminas de altas y bajas, a los efectos de informarles a las áreaspertinentes.

i) Intervenir en la sustanciación de sumarios al Personal.

j) Coordinar y proponer programas de capacitación para el personal.

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k) Realizar las tareas inherentes al sistema de prácticas rentadas o pasantías.

l) Controlar la asistencia del personal municipal, tanto en horario ordinario comoextraordinario, registrando novedades en fojas individuales.

m) Recibir información sobre los controles en los lugares de trabajo durante la jornada de labora pedido de la autoridad competente.

n) Tomar conocimiento y comunicar a las áreas pertinentes, en los casos en que tengan efectosen los haberes, las novedades respecto de las licencias especiales y carpetas médicas delarga duración.

o) Trabajar en conjunto con medicina laboral para, fortalecer, complementar e implementar laatención medica con un enfoque preventivo de promoción y vigilancia de la salud de lostrabajadores.-

DEPARTAMENTO DE PERSONAL - ARTÍCULO 29°: Estará a cargo de una persona bajo elrótulo de Jefe de Departamento de Personal, siendo sus funciones:

a) Mantener actualizado los planteles básicos y estructuras de las dependencias municipales,centralizar los datos sobre altas, bajas, y movimientos de cargos que afecten los plantelesbásicos, comunicando novedades, formulando propuestas de correcciones y/omodificaciones en el tema, tanto en particular como en general y lo concerniente alfuncionamiento del sistema.

b) Registrar las altas, bajas, y movimientos de personal de planta permanente y temporaria.

c) Confeccionar las informaciones trimestrales de cargos a informar al área de Contaduría.

d) Recopilar, sistematizar e informar los datos correspondientes a las prestaciones de serviciode personal, para la correcta liquidación salarial.

e) Confeccionar el resumen mensual de horas extras y comunicarlo a los fines de lasliquidaciones y estadísticas.

f) Confeccionar los informes de movimientos de agentes que se remiten mensualmente al áreade liquidación de haberes.

g) Confeccionar y/o recibir los actos administrativos con las designaciones y confeccionar elformulario de toma de posesión de agentes.

h) Iniciar los legajos de los agentes.

i) Mantener en resguardo y buen estado de conservación y archivo, los legajos del personal enactividad y dados de baja.

j) Recibir los trámites para otorgamiento de subsidios y salarios familiares para su liquidación.

k) Proyectar las certificaciones sobre antigüedad, cargos o función de ex agentes o familiaresde los mismos.

l) Emitir certificaciones de servicio de los agentes.

m) Participar en la confección de actos pertinentes relacionados con la jubilación ordinaria,régimen de pasividad anticipada u otras formas de retiro vigente.

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n) Emitir la información necesaria para las certificaciones de antigüedad por serviciosdenunciados y confeccionar la nómina mensual de bajas con destino al I. O. M. A.

o) Estudiar y supervisar la confección de proyectos de actos administrativos en los asuntos quesean competencia del Departamento de personal.

p) Realizar las certificaciones de servicios para trámites jubilatorios ante el Instituto dePrevisión Social (I. P. S.).

q) Efectuar las certificaciones de reconocimiento de servicios para el orden provincial ynacional.

r) Redactar Resoluciones de cese, renuncias, incapacidad física, y para el pago de retribucionesespeciales a los familiares de agentes fallecidos.

s) Registrar e informar las novedades que se produzcan en los legajos personales, a los efectosde mantenerlos actualizados.

DIRECCIÓN DE SUPERVISIÓN ADMINISTRATIVA Y RELACIONES INSTITUCIONALES-ARTÍCULO 30°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo de Director de SupervisiónAdministrativa y Relaciones Institucionales, siendo sus funciones:

a) Supervisar el funcionamiento de las áreas administrativas de la estructura orgánicamunicipal.

b) Proponer acciones de mejora en los procedimientos administrativos.

c) Coordinar acciones entre las áreas administrativas.

d) Recibir, orientar y seguir tramitaciones de instituciones y entidades de bien público ante elmunicipio.

e) Elaborar, presentar e implementar proyectos en la temática que se le asigne.

COORDINACIÓN DE PRENSA - ARTÍCULO 31°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo deCoordinador de Prensa, siendo sus funciones:

f) Establecer mecanismos de difusión de información de interés general.

g) Coordinar la atención y tratamiento de medios de comunicación.

h) Elaborar, presentar e implementar proyectos en la temática que se le asigne.

SUBDIRECCION DE DISCAPACIDAD -ARTÍCULO 32°: Estará a cargo de una persona bajo elrótulo de Coordinador de Discapacidad, siendo sus funciones:

a) Elaborar planes y programas que atiendan especialmente a la población con capacidadesdiferentes.

b) Proponer e implementar acciones que fortalezcan la inclusión social de personas concapacidades diferentes promoviendo líneas de acción que apoyen la igualdad deoportunidades.

c) Colaborar con organizaciones de la sociedad civil abocadas a la temática, poniendo enmarcha programas de capacitación y apoyo técnico.

d) Asesorar a sus superiores en la materia.

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DEPARTAMENTO DE COMUNICACIONES - ARTÍCULO 33°: Estará a cargo de una personabajo el rótulo de Jefe de Departamento de Comunicaciones, siendo sus funciones:

a) Coordinar tareas con la Dirección Provincial de Informática (DPI) y la Dirección Provincialde Comunicaciones (DPC) de la Secretaría General de la Gobernación, dado que dichosorganismos son los responsables del equipamiento que provee el servicio de Internet a travésde la red provincial de datos.

b) Dar soporte ante problemas de vínculo a través de la Mesa de Ayuda de la DirecciónProvincial de Comunicaciones.

c) Coordinar con las dependencias locales de ARBA, IOMA, Secretaría de Inspección,Consejo Escolar y Registro de las Personas, temas referidos al servicio de Internet dado quelo reciben desde los equipos instalados en el Departamento Comunicaciones.

d) Coordinar con el personal técnico de la Dirección Provincial de Comunicaciones el arreglo,mantenimiento, recambio y retiro de equipos.

e) Gestionar la creación de cuentas de correo oficiales del Municipio y de cuentas de usuariode los distintos sistemas de información que se utilicen.

f) Coordinar con personal del Centro de Cómputos temas relacionados a la red local respectoal servicio de Internet.

g) Diseñar y mantener la página web oficial del Municipio según pautas que definan sussuperiores, administrándola desde el servidor que la Provincia posee instalado en esteDepartamento.

h) Asesorar en temas referidos a Informática y Comunicaciones.

i) Atención del MIRC, programa de chat en el canal de la Provincia.

j) Participar en encuentros de trabajo referentes al funcionamiento del sistema organizado porla Provincia.

k) Atender equipos de radio.

l) Ser responsable ante la Dirección Provincial de Comunicaciones por el resguardo delequipamiento provisto por la Provincia.

DIVISIÓN AUTOMOTORES - ARTÍCULO 34°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo deJefe de División de Automotores, siendo sus funciones:

a) Emitir Licencias de Conducir.

b) Controlar altas, bajas, y modificaciones del Padrón Catastral de Motovehículos.

c) Confeccionar informes de deuda y planes de pagos existentes.

d) Preparar y mantener recibos del Impuesto a las Patentes de Rodados.

DIVISIÓN MESA DE ENTRADAS Y ARCHIVO - ARTÍCULO 35°: Estará a cargo de unapersona bajo el rótulo de Jefe de División Mesa de Entradas y Archivo, siendo sus funciones:

a) Registrar, controlar y archivar Resoluciones.

b) Confeccionar el Libro de Contratos y Licitaciones en hojas rubricadas.

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c) Registrar Ordenanzas, y archivar originales y copias.

d) Supervisar y mantener el Libro de Decretos rubricados.

e) Registrar los movimientos de las transferencias de marcas y señales.

f) Recibir, controlar, entregar y archivar la correspondencia y notas del Municipio.

g) Realizar y registrar pases internos de comunicaciones entre oficinas municipales.

OFICINA DE CEMENTERIO - ARTÍCULO 36°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo deResponsable de la oficina de Cementerio, siendo sus funciones:

a) Atención general de la oficina de Cementerio.

b) Renovación de nichos.-

c) Registrar, actualizar vencimientos.-

d) Concesiones de bóvedas.-

e) Realizar las notificaciones de restos que pasan al osario.-

f) Renovación de sepulturas

g) Realizar los trámites administrativos de exhumación y reducción.-

h) Renovación, titulo, bóveda / parcela de cementerio.-

i) Generar trámites administrativos de tramites inherentes a la oficina.-

COMITÉ DE SEGURIDAD - ARTÍCULO 37°: Estará integrado por los responsables de las fuerzasde seguridad presentes en nuestro medio, Policía Comunal, Policía Local, Dirección deInvestigaciones, Dirección Antinarcóticos, Comando de Prevención Rural, Comisaría de la Mujer yla Familia, siendo sus funciones:

a) Notificar al Intendente asuntos y/o cuestiones de interés general que se susciten en el ámbitode la seguridad local.

b) Apoyar, coordinar y controlar el accionar de las fuerzas de seguridad.

c) Atender las necesidades de las fuerzas del orden tanto de recursos físicos como materiales, alos fines de poder gestionar por ante las autoridades municipales, provinciales y nacionales.

d) Coordinar acciones con las demás áreas municipales.

e) Trabajar conjuntamente con los organismos provinciales y nacionales avocados a laimplementación de políticas de seguridad pública.

f) Cumplir y hacer cumplir la Ley Provincial Nº 13.210.

g) Vigilar la observancia de las leyes y disposiciones provinciales, nacionales y/u ordenanzasy/o decretos municipales en los aspectos enunciados y en los que, sin estar indicadosprecedentemente, corresponde por naturaleza a la competencia específica de las fuerzas deseguridad.

DIRECCIÓN DE TRÁNSITO - ARTÍCULO 38°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo deSubdirector de Tránsito, siendo sus funciones:

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a) Proponer e implementar medidas que contribuyan al ordenamiento del tránsito yestacionamiento en las calles y caminos de jurisdicción municipal.

b) Prestar asesoramiento sobre materia de tránsito.

c) Controlar licencias de conducir y registros de automotores.

d) Coordinar y supervisar la implementación de las medidas que se dispongan.

e) Vigilar la observancia de las leyes y disposiciones provinciales, nacionales y/o municipalesque por su naturaleza correspondan a la materia de su competencia.

f) Demás funciones que le sean asignadas por el superior.

CENTRO DE MONITOREO - ARTÍCULO 39°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo deJefe de Departamento “Centro de Monitoreo”, siendo sus funciones:

a) Capturar, compilar y clasificar la información de las cámaras de seguridad.

b) Monitorear y vigilar por medio del sistema de video con el que cuenta el municipio eventosde interés público.

c) Comunicar a las fuerzas de seguridad cualquier hecho o evento relacionado a la seguridadpública.

d) Contribuir con las fuerzas de seguridad y con el sistema judicial aportando imágenes,grabaciones, información, sobre hechos registrados por el sistema de monitoreo.

e) Proponer e implementar medidas que contribuyan al buen funcionamiento del Centro deMonitoreo.

f) Vigilar la observancia de las leyes y disposiciones nacionales y provinciales en la materia dela competencia del área.

g) Demás funciones que le sean asignadas por el superior.

JUZGADO DE FALTAS - ARTÍCULO 40°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo de Juezde Faltas, siendo sus funciones:

a) Fallar las contravenciones sometidas a su juzgamiento.

b) Ordenar las medidas tendientes a obtener el cumplimiento de las disposiciones legales yreglamentarias que regule la materia.

c) Delegar la instrucción de sumario en funcionarios del juzgado en los que, a tales efectos y asu pedido, le asigne el Departamento Ejecutivo Municipal

d) Adoptar las medidas necesarias para mantener el orden, la disciplina y el buencomportamiento del personal a cargo.

CAPITULO III - SECRETARÍA DE HACIENDA - ARTÍCULO 41°: Estará a cargo de unapersona bajo el rótulo de Secretario de Hacienda, siendo sus funciones:

a) Notificar a sus superiores asuntos y/o cuestiones de interés general que se susciten en elámbito de la Secretaría a su cargo.

b) Proyectar Decretos, Ordenanzas, Disposiciones y Reglamentaciones, Convenios, Contratosy todo otro tipo de medida tendientes al desarrollo del Municipio.

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c) Planificar y controlar la recaudación impositiva, la morosidad, y la ejecución de títulos dedeuda, estableciendo el dictado de normas para el mejor funcionamiento administrativo.

d) Llevar a conocimiento del Departamento Ejecutivo asuntos de interés general, proponiendomedidas que hagan al mejoramiento del estado municipal.

e) Diligenciar y despachar asuntos sometidos a su intervención, guardando las formas y lostiempos establecidos por las normas generales en materia administrativa.

f) Proyectar y establecer pautas de evaluación del quehacer municipal.

g) Establecer notas y comunicaciones de orden interno, respecto de otras áreas y/u organismos.

h) Ejecutar trámites y gestiones ante reparticiones estatales.

i) Intervenir en la elaboración y ejecución del Presupuesto Municipal, y controlar sucumplimiento.

j) Desarrollar líneas de acción tendientes a la fiscalización, comunicación y recupero dedeudas de contribuyentes.

k) Otorgar cuotas de compromisos presupuestarios trimestrales.

l) Observar y hacer observar la presente reglamentación.

ARTÍCULO 42°: A los efectos del cumplimiento de las funciones asignadas anteriormente, laSecretaría de Hacienda contará con las siguientes dependencias auxiliares:

a) Tesorería.

b) Compras.

c) Contaduría.

d) Subcontador.

e) Dirección de Ingresos Públicos.

f) Dirección de Presupuesto.

g) Delegación Udaquiola.

h) Delegación Sudeste.

i) Delegación Oeste.

j) Departamento de Administración Contable.

k) Departamento de Centro de Cómputos.

l) Departamento de Fiscalización.

m) Departamento de Guías y Certificados.

n) Departamento de Recursos.

o) Departamento de Suministros

p) Departamento de Inspección General

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q) División Administración Contable.

r) División Bienes Físicos.

s) División de Descentralización Tributaria.

TESORERÍA - ARTÍCULO 43°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo de TesoreroMunicipal, siendo sus funciones:

a) Centralizar el ingreso de los recursos generales del Municipio.

b) Elaborar, conjuntamente con la con el Departamento de Recursos, el Presupuesto de Cajadel Municipio, y realizar el seguimiento y evaluación de su ejecución.

c) Intervenir en la elaboración de la programación de gastos a fin de permitir una adecuadaarticulación entre la gestión de caja y la ejecución del Presupuesto.

d) Efectivizar las órdenes de pago que conforman los requisitos legales y le sean remitidas parasu cancelación.

e) Administrar la operatoria de fondo unificado o caja única, según sea el régimen unificadopara el Municipio.

f) Custodiar los títulos y valores propiedad de la Administración Central o de terceros que sepongan a su cargo.

g) Intervenir en la evaluación e instrumentación de préstamos u otro tipo de operaciones para lacobertura de necesidades transitorias.

h) Participar en la evaluación e instrumentación de inversiones temporarias de excedentestransitorios de disponibilidades.

i) Disponer la apertura de cuentas bancarias que resulten necesarias según la naturaleza de losrecursos, conforme el artículo 194 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

j) Administrar el Registro de Beneficiarios y Poderes.

k) Confeccionar el parte diario de ingresos y egresos, el libro mayor de bancos, el libro auxiliarde bancos y realizar la conciliación de las cuentas “Bancos”.

COMPRAS - ARTÍCULO 44°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo de Jefe de Compras,siendo sus funciones:

a) Dictar las normas y procedimientos específicos en materia de compras de bienes y servicios.

b) Coordinar con la Dirección de Presupuesto la elaboración del presupuesto anual de gasto debienes y servicios en términos físicos y financieros a incluirse en el Proyecto de Ordenanzadel Presupuesto y la determinación de las cuotas trimestrales de compromiso de dicho gasto.

c) Evaluar el funcionamiento global del sistema, a través de indicadores de eficiencia en lascontrataciones considerando variables tales como oportunidad de la contratación, la calidady el costo de la misma.

d) Actualizar el listado de Proveedores, Consultores Expertos en Evaluación y Dirección deProyectos de inversión, y Licitadores de Obras Públicas que debe formar parte del RegistroGeneral de Beneficiarios y Poderes.

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e) Detectar los desvíos en el programa anual de adquisiciones respecto de lo efectivamenteejecutado, tanto en sus términos físicos como financieros, y sugerir las acciones correctivasnecesarias.

f) Establecer las modalidades de contratación más adecuadas con arreglo a lo dispuesto en elartículo 151° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

g) Realizar los trámites inherentes a la contratación y recepción de los bienes que se adquieran.

CONTADURÍA - ARTÍCULO 45°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo de ContadorMunicipal, siendo sus funciones:

a) Llevar la contabilidad general de la administración centralizada del Municipio, realizandolas operaciones de ajuste y cierre necesarios.

b) Producir anualmente los estados contables – financieros para su remisión al HonorableConcejo Deliberante y al honorable Tribunal de Cuentas.

c) Mantener actualizados los planes de cuenta de la contabilidad general de la AdministraciónMunicipal, debidamente armonizados con los clasificadores presupuestarios.

d) Asegurar la confiabilidad de la información que las distintas unidades de registro ingresen alas bases de datos de la administración financiera, como así también, los procedimientoscontables utilizados por aquellas, efectuando las recomendaciones e indicaciones que estimeadecuadas para su mejor funcionamiento.

e) Dictar las normas y establecer los procedimientos apropiados para que la contabilidadgubernamental en el ámbito de la Administración Municipal, cumpla con los finesestablecidos en la normativa vigente, e impartir las instrucciones para su efectivocumplimiento.

f) Determinar las formalidades, características, y metodologías de los registros que deberánhabilitar las unidades de registro primario.

g) Preparar anualmente la rendición de cuentas.

h) Coordinar un sistema de información que permita conocer en forma permanente la gestiónpresupuestaria, de caja, y patrimonial, así como los resultados operativo, económico yfinanciero de la administración central, de cada organismo descentralizado y de laAdministración Municipal en su conjunto.

i) Consolidar la información necesaria para generar los estados de ejecución presupuestaria, elesquema de ahorro-inversión-financiamiento de la Administración Municipal y el balancegeneral de la administración central.

j) Efectuar las tareas de control inherentes a su competencia.

SUBCONTADOR - ARTÍCULO 46°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo de Subcontador,siendo sus funciones:

a) Relevar al Contador Municipal ante ausencia de este.

b) Participar en el control de la contabilidad general de la Administración Municipal.

c) Preparar anualmente conjuntamente con el Contador Municipal la rendición de cuentas.

d) Controlar vencimientos y montos de amortización de deudas consolidadas.

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e) Confeccionar informes a requerimiento de las áreas.

f) Realizar el devengamiento de los recursos.

g) Efectuar los asientos contables.

h) Realizar las conciliaciones bancarias.

i) Acompañar al Contador Municipal en la realización de los arqueos.

j) Demás funciones que le asigne el superior.

DIRECCIÓN DE INGRESOS PÚBLICOS - ARTÍCULO 47°: Estará a cargo de una persona bajoel rótulo de Director de Ingresos Públicos, siendo sus funciones:

a) Brindar los elementos que el Departamento Ejecutivo requiera a los efectos de confeccionarel proyecto de Ordenanza Fiscal y de Ordenanza Impositiva para su consideración yposterior sanción, por parte del Concejo Deliberante y la Asamblea de MayoresContribuyentes.

b) Realizar las estimaciones del cálculo de recursos en lo concerniente a la percepción de losrecursos municipales emergentes de las obligaciones fiscales de los contribuyentes a incluiren el proyecto de presupuesto para su consideración por parte del Concejo Deliberante. Alrespecto, cabe mencionar la inclusión del tratamiento de distintas metodologías deestimación de los recursos en el Manual del Sistema de Presupuesto.

c) Comunicar a la Oficina de Presupuesto y a las autoridades respecto a las estimaciones de lascuotas de recursos a incluir en la programación presupuestaria y de caja.

d) Realizar el cálculo de las obligaciones fiscales devengadas por los contribuyentes y emitir ohacer emitir los comprobantes de modo tal que aquéllos los reciban en tiempo y forma comopara poder realizar sus pagos.

e) Llevar a cabo todo lo concerniente con la organización, gestión y control de losprocedimientos de cobranzas.

f) Constatar y registrar los pagos en una base de datos de manera que puedan cancelarse lasobligaciones fiscales.

g) Estudiar y desarrollar propuestas de modificaciones a los procedimientos generales yparticulares de la gestión de los sistemas administrativos de la percepción de las rentasmunicipales.

h) Desarrollar propuestas para el establecimiento de los procedimientos de Fiscalización delcumplimiento de las obligaciones fiscales.

DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO - ARTÍCULO 48°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulode Director de Presupuesto, siendo sus funciones:

a) Dictar normas técnicas para la formulación, aprobación, modificación, programación de laejecución y evaluación de los presupuestos de los organismos de la AdministraciónMunicipal.

b) Analizar los anteproyectos de Presupuesto de las áreas que integran la AdministraciónMunicipal y proponer los ajustes que considere necesarios.

c) Preparar el Proyecto de Ordenanza de Presupuesto, fundamentar su contenido, y elevarlopara su aprobación por el Intendente.

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d) Elaborar conjuntamente con la Tesorería y el Departamento de Recursos, la programaciónde la ejecución del Presupuesto de la Administración Municipal.

e) Coordinar el proceso de modificaciones en el Presupuesto sancionado y lasreprogramaciones de la ejecución presupuestaria autorizada.

f) Evaluar la ejecución de los presupuestos.

DELEGACIÓN UDAQUIOLA - ARTÍCULO 49°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo deDelegado de Udaquiola, siendo sus funciones:

a) Atender inquietudes de productores y habitantes de la zona.

b) Cobrar Tasas Municipales.

c) Rendir cuentas de la cobranza de Tasas ante la Tesorería del Municipio.

d) Coordinar con otras áreas administrativas del Municipio los alcances de Decretos uOrdenanzas que deban ser aplicados en su accionar.

e) Conservar las instalaciones y mobiliarios del edificio.

f) Extensión de documentación para el traslado de animales.

g) Extensión de documentación de S. E. N. A. S. A.

DELEGACIÓN SUDESTE - ARTÍCULO 50°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo deDelegado de Sudeste, siendo sus funciones:

a) Atender inquietudes de productores y habitantes de la zona.

b) Cobrar Tasas Municipales.

c) Rendir cuentas de la cobranza de Tasas ante la Tesorería del Municipio.

d) Coordinar con otras áreas administrativas del Municipio los alcances de Decretos uOrdenanzas que deban ser aplicados en su accionar.

e) Conservar las instalaciones y mobiliarios del edificio.

f) Extensión de documentación para el traslado de animales.

g) Extensión de documentación de S. E. N. A. S. A.

DELEGACIÓN OESTE - ARTÍCULO 51°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo de Delegado Oeste, siendo sus:

a) Atender inquietudes de productores y habitantes de la zona.

b) Cobrar Tasas Municipales.

c) Rendir cuentas de la cobranza de Tasas ante la Tesorería del Municipio.

d) Coordinar con otras áreas administrativas del Municipio los alcances de Decretos uOrdenanzas que deban ser aplicados en su accionar.

e) Conservar las instalaciones y mobiliarios del edificio.

f) Extensión de documentación para el traslado de animales.

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g) Extensión de documentación de S. E. N. A. S. A.

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN CONTABLE - ARTÍCULO 52°: Estará a cargo deuna persona bajo el rótulo de Jefe de Departamento de Administración Contable, siendo susfunciones:

a) Coordinar con el Departamento de Personal las altas, bajas, y modificaciones de datos deagentes municipales.

b) Registrar la liquidación de haberes.

c) Controlar y enviar las planillas de sueldos a distintos organismos.

d) Recibir y archivar documentación relacionada con la liquidación de haberes.

e) Controlar la rendición de cuentas de las distintas entidades que reciben subsidios delMunicipio.

f) Demás funciones que le sean asignadas por el superior.

DEPARTAMENTO DE CENTRO DE CÓMPUTOS - ARTÍCULO 53°: Estará a cargo de unapersona bajo el rótulo de Jefe Departamento Centro de Cómputos, siendo sus funciones:

a) Administrar el módulo C. A. S. del R. A. F. A. M estando a su cargo las siguientesespecificaciones técnicas:

* Configuración:- Tablas paramétricas: altas, bajas, modificaciones.- Códigos generales: modificaciones.- Menús: altas, bajas, modificaciones.- Tareas: modificaciones e impresiones.- Versiones: filtro e impresiones.- Módulo Importador – Exportador: altas, bajas, modificaciones.- Modificar contraseñas.- Crear nuevo ejercicio.- Importación de liquidación de haberes.- Depuración de tablas temporales.- Descarga y actualización de versiones del R. A. F. A. M.

* Auditoría:- Revisar las tareas por usuario a pedido de autoridades superiores.- Monitoreo del sistema.

* Seguridad:- Establecer permisos por usuario.- Grupos de usuarios: altas, bajas, modificaciones.- Impresión de grupos de usuarios.

b) Realizar la Configuración, Auditoría y Seguridad de sistemas y subsistemas paralelos al R.A. F. A. M.

c) Realizar copias de seguridad de todos los sistemas y subsistemas que utilice el Municipio.

d) Realizar mantenimiento y reparación de equipos (Computadoras, Impresoras, Telefonía,Redes).

DEPARTAMENTO DE FISCALIZACIÓN - ARTÍCULO 54°: Estará a cargo de una persona bajoel rótulo de Jefe Departamento de Fiscalización, siendo sus funciones:

a) Fiscalizar la liquidación y cobranza de tasas.

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b) Coordinar tareas en común con las áreas de Asesoría Legal y Recursos.

c) Controlar información con organismos de recaudación impositiva.

d) Elaborar pautas de trabajo para aplicar el circuito administrativo y operativo delDepartamento.

e) Sugerir y participar en la celebración de convenios con organismos provinciales ynacionales.

f) Atender a los contribuyentes.

g) Participar en la preparación de Proyectos de Ordenanzas referentes a modificacionestributarias.

DEPARTAMENTO DE GUÍAS Y CERTIFICADOS - ARTÍCULO 55°: Estará a cargo de unapersona bajo el rótulo de Jefe de Departamento Guías y Certificados, siendo sus funciones:

a) Confeccionar guías y/o certificados de venta de ganado mayor (vacuno, equino) y ganadomenor (ovino, porcino), remisiones a remates feria, permisos de herrar y/o señalar,certificados de reducción de marca de ganado mayor.

b) Confeccionar las guías de cueros del ganado faenado en los frigoríficos locales.

c) Confeccionar los recibos correspondientes a la Tasa por Marcas y Señales, originados por ladocumentación de los puntos a) y b), como así también, el cobro de los mismos.

d) Registrar en planillas las altas y bajas de ganado para aquellos productores que tienenregistrados sus respectivos boletos de marca y/o señal.

e) Registrar en las planillas mencionadas en el punto anterior los movimientos de haciendarealizados por los productores en las Delegaciones Udaquiola, Sudeste y Oeste, como asítambién, efectuar la carga diferida de guías únicas de traslados.

f) Archivar guías, permisos de herrar y/o señalar, certificaciones de venta y de reducción pormes.

g) Archivar correspondencia, constancias de CUIT, oficios Judiciales, Decretos, constancias deentrega de formularios de guías a Delegados, comunicaciones de prendas bancarias,autorizaciones de los bancos hacia los productores con hacienda prendada, etc.

h) Registrar y archivar las guías de animales ingresados en el partido.

i) Notificar a los productores vencimientos de permisos de herrar y/o señalar, y de los boletos.

j) Cobrar tasas municipales.

k) Confeccionar diariamente la planilla de Caja y rendir lo recaudado por la Tesoreríamunicipal.

l) Registrar de manera diaria, mensual, y anula los ingresos por Tasa de marcas y Señales,Derechos y Obligaciones Fiscales, y Tasa por Servicios Varios.

m) Confeccionar de manera mensual y anual planillas con los movimientos de haciendaregistrados en el Departamento y en las respectivas Delegaciones por destino de las mismas,ya sea, faena local y en otras localidades, invernada, remates feria, Mercado de Liniers.

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n) Tramitar ante la Dirección de Ganadería boletos de marca y/o señal, nuevos, renovaciones,rectificaciones, duplicados o transferencias.

o) Enviar información a la Dirección de Ganadería de los movimientos de hacienda registradosen el Departamento.

DEPARTAMENTO DE RECURSOS - ARTÍCULO 56°: Estará a cargo de una persona bajo elrótulo de Jefe Departamento Recursos, siendo sus funciones:

a) Mantener cuentas corrientes de los contribuyentes con la totalidad de los antecedentes y delos débitos y créditos de los pagos.

b) Atender a los contribuyentes.

c) Implementar y conservar legajos con documentación de contribuyentes, archivandoduplicados de recibos y/o declaraciones juradas.

d) Proponer pautas para la formulación de la Ordenanza Fiscal e Impositiva.

e) Intervenir en la habilitación de los talonarios con recibos prenumerados, confeccionarpadrones de liquidación de deudores, etc.

f) Ordenar y distribuir recibos de tasas a los contribuyentes.

DEPARTAMENTO DE SUMINISTROS - ARTÍCULO 57°: Estará a cargo de una persona bajo elrótulo de Jefe Departamento de Suministros, siendo sus funciones:

a) Recibir pedidos de Suministros de todas las dependencias municipales.

b) Solicitar Cotizaciones, Concursos de Precios, Licitaciones Privadas, Licitaciones Públicas,según corresponda.

c) Definir conjuntamente con el jefe de Compras, cuando correspondiere, adjudicaciones decompras.

d) Confeccionar órdenes de compra.

e) Registras facturas.

f) Mantener actualizado el Registro de Proveedores.

DIVISIÓN ADMINISTRACIÓN CONTABLE - ARTÍCULO 58°: Estará a cargo de una personabajo el rótulo de Jefe División Administración Contable, siendo sus funciones:

a) Efectuar imputaciones preventivas.

b) Registrar compromisos y devengamientos.

c) Cargar comprobantes.

d) Emitir listados, órdenes de pago, reintegros, devoluciones y regularizaciones.

e) Seguir trámites.

f) Archivar órdenes de pago.

g) Demás funciones que le sean asignadas por el superior.

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DIVISIÓN BIENES FÍSICOS - ARTÍCULO 59°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo deJefe de División Bienes Físicos, siendo sus funciones:

a) Centralizar la información de bienes que integran el patrimonio municipal, tanto deldominio privado como el público.

b) Registrar existencias y movimientos de los bienes.

c) Supervisar el cumplimiento de las normas que rijan en materia de administración de bienes.

d) Realizar las inspecciones que permitan verificar el correcto manejo y preservación de losbienes municipales.

e) Organizar anualmente el recuento físico de los bienes existentes en el municipio.

DIVISIÓN DESCENTRALIZACIÓN TRIBUTARIA - ARTÍCULO 60°: Estará a cargo de unapersona bajo el rótulo de Jefe de División Descentralización Tributaria, siendo sus funciones:

a) Controlar y fiscalizar tributos descentralizados.

b) Elaborar pautas de trabajo para aplicar al circuito administrativo y operativo de la División.

c) Mantener actualizadas las normas emanadas de la provincia.

d) Asesorar a contribuyentes.

e) Registrar empadronamientos, altas, bajas y modificaciones de datos de los contribuyentes.

f) Ordenar y distribuir boletas de pago.

DEPARTAMENTO DE INSPECCIÓN GENERAL - ARTÍCULO 61°: Estará a cargo de unapersona bajo el rótulo de Jefe Departamento Inspección General, siendo sus funciones:

a) Intervenir en las habilitaciones, transferencias, cambios de rubro, denuncias, y demáscuestiones que afecten a comercios e industrias.

b) Ejercer el control de habilitaciones de actividades de prestaciones de servicios decorresponder.

c) Coordinar las acciones de altas, bajas y modificaciones de datos de comercios e industriascon el Departamento de Recursos.

d) Promover modificaciones al Código Tributario Municipal y ordenanza Tarifaria.

e) Establecer un cronograma de inspecciones.

f) Ejercer el Poder de Policía para realizar clausuras en comercios e industrias por violacionesa disposiciones legales.

g) Ejercer el Poder de Policía durante la realización de espectáculos públicos, conjuntamentecon la Subsecretaría de Gobierno y Policía Comunal.

CAPÍTULO IV - SECRETARÍA DE SALUDARTÍCULO 62°: Estará a cargo de una persona con el rótulo de Secretario de Salud, siendo susfunciones:

a) Asesorar al Departamento Ejecutivo en lo referente a políticas de salud.

b) Evaluar y elaborar proyectos que contribuyan a la prevención y conservación de condicionesde vida saludables de las personas y sus familias.

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c) Planificar e implementar las acciones orientadas hacia el fomento de la integración social.

d) Administrar Centros y/o Instituciones de medicina preventiva.

e) Planificar la atención medico asistencial a la familia, y ayuda de emergencia a damnificadospor catástrofes o siniestros.

f) Coordinar y controlar el funcionamiento de los organismos a su cargo como HospitalMunicipal, Asilo de Ancianos, y salas de primeros auxilios.

g) Desarrollar planes y coordinar con organismos nacionales y provinciales la realización decampañas de divulgación sobre medicina preventiva.

h) Proponer reglamentaciones en materia de higiene, bromatología, química y veterinaria.

ARTÍCULO 63°: A los efectos del cumplimiento de las funciones asignadas anteriormente, laSecretaría de Salud contará con la siguiente dependencia auxiliar:

a) Departamento Bromatología.

b) Departamento Centro de Contención.

DEPARTAMENTO BROMATOLOGÍA - ARTÍCULO 64°: Estará a cargo de una persona bajo elrótulo de Jefe Departamento Bromatología, siendo sus funciones:

a) Proponer las reglamentaciones en materia de higiene.

b) Ejercer el poder de policía sanitaria e higiene pública, haciendo cumplir las leyes,ordenanzas, reglamentaciones y demás disposiciones en vigencia.

c) Promover campañas de desinfección, desinfectación, desratización y desinsectización.

d) Llevar un control de análisis y registro de inscripción de todos los productos que seelaboran, fraccionan o depositan dentro del partido, y un archivo de rótulos y membretes.

e) Efectuar el control sanitario de los productos de origen animal.

f) Realizar la inspección veterinaria de los animales que se faenan dentro del partido y lascondiciones de higiene y salubridad de los mataderos, corrales, y de los lugares deinternación de los animales en observación.

g) Realizar campañas antirrábicas.

h) Asesorar al Secretario de Salud y proponer normas reglamentarias en materia de higiene,bromatología, química y veterinaria.

DEPARTAMENTO CENTRO DE CONTENCIÓN - ARTÍCULO 65°: Estará a cargo de unapersona bajo el rótulo de Jefe Departamento Centro de Contención, siendo sus funciones:

a) Diseñar e implementar medidas para atender emergencias referidas a personas en situaciónde calle.

b) Diseñar e implementar medidas para atender emergencias referidas a personas en situaciónde violencia de género.

c) Prevenir la expulsión del ámbito familiar y comunitario personas provenientes de familiascon indicadores socioeconómicos críticos, evitando el ingreso al circuito de calle.

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ARTÍCULO 66°: Las unidades Hospital Municipal y Hogar de Ancianos dependeránfuncionalmente del Secretario de Salud.CAPÍTULO V - SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL - ARTÍCULO 67°: Estará a cargo deuna persona con el rótulo de Secretario de Desarrollo Social, siendo sus funciones:

i) Asesorar al Departamento Ejecutivo en lo referente a políticas sociales.

j) Evaluar y elaborar proyectos que contribuyan al desarrollo integral de todas las personas, sufamilia y su entorno.

k) Planificar e implementar las acciones orientadas hacia el fomento de la integración social.

l) Atender situaciones de vulnerabilidad social y fomentar el desarrollo de igualdad deoportunidades, la protección de la familia y el fortalecimiento de las organizacionescomunitarias.

m) Estudiar, informar y orientar al Departamento Ejecutivo en todos los problemas relativos ala acción asistencial, protección del menor, del anciano, entre otros.

n) Prestar atención asistencial a la familia y a la colectividad, ayuda de emergencia adamnificados por catástrofes o siniestros, ayuda a necesitados, protección integral yorientación de la mujer y el anciano, rehabilitación y readaptación de disminuidos ycarenciados.

o) Evaluar y formular propuestas a nivel municipal y coordinar con organismos provinciales,nacionales, y con particulares, la implementación de planes sociales de asistencia.

ARTÍCULO 68°: A los efectos del cumplimiento de las funciones asignadas anteriormente, laSecretaría de Desarrollo Social contará con las siguientes dependencias auxiliares:

a) Subsecretaría de Desarrollo Social.

b) Dirección de Desarrollo Social.

c) Coordinación Administrativa

d) Departamento Centro de Día.

e) Departamento Hogar Convivencial.

f) División Hogar Convivencial.

g) División Acción Social.

h) División Jubilaciones y Pensiones.

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL - ARTÍCULO 69°: Estará a cargo de unapersona bajo el rótulo de Subsecretario de Desarrollo Social, siendo sus funciones:

a) Notificar a sus superiores asuntos y/o cuestiones de interés general que se susciten en elámbito de la Subsecretaría a su cargo.

b) Proyectar Decretos, Ordenanzas, Disposiciones y Reglamentaciones, Convenios, Contratosy todo otro tipo de medida tendientes al desarrollo social.

c) Elaborar, implementar, y realizar el seguimiento de iniciativas que contribuyan a undesarrollo integral de las personas, su familia y su entorno.

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d) Construir una agenda de la problemática social y buscar soluciones en un marco decomplementariedad con organizaciones de la sociedad civil.

e) Formular y elevar propuestas a nivel municipal y coordinar con organismos provinciales,nacionales, y con particulares, la implementación de planes sociales de asistencia.

f) Realizar el seguimiento de la implementación de los planes sociales de asistencia.

DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL - ARTÍCULO 70°: Estará a cargo de una persona bajoel rótulo de Director de Desarrollo Social, siendo sus funciones:

a) Planificar, organizar, implementar, coordinar y supervisar políticas tendientes al desarrollosocial.

b) Colaborar con el Secretario y el Subsecretario de Desarrollo Social.

c) Impulsar las iniciativas que aquellos dispongan.

d) Elaborar, presentar e implementar proyectos en su área de competencia.

COORDINACION ADMINISTRATIVA -ARTÍCULO 71°: Estará a cargo de una persona bajo elrótulo de Coordinador Administrativa de Desarrollo Social, siendo sus funciones:

a) Coordinar, conjuntamente con el área de desarrollo socia la políticas llevadas a cabo por lasmismas.

b) Colaborar con los empleados y funcionarios del área.

c) Impulsar las iniciativas que aquellos dispongan.

d) Elaborar, presentar e implementar proyectos en su área de competencia.

DEPARTAMENTO CENTRO DE DÍA - ARTÍCULO 72°: Estará a cargo de una persona bajo elrótulo de Jefe Departamento Centro de Día, siendo sus funciones:

d) Diseñar e implementar medidas para reducir los factores de riesgo a los que se encuentranexpuestos los adolescentes en situación de calle.

e) Mejorar las condiciones de acceso a la educación, capacitación laboral, e integraciónfamiliar de los adolescentes en situación de calle.

f) Prevenir la expulsión del ámbito familiar y comunitario de los niños provenientes defamilias con indicadores socioeconómicos críticos, evitando el ingreso al circuito de calle.

g) Desarrollar estrategias de sensibilización y difusión de la problemática.

h) Prevenir la utilización de adolescentes en situación de calle por parte de adultos yorganizaciones que lucren con la mendicidad, el trabajo, y la prostitución de menores.

DEPARTAMENTO HOGAR CONVIVENCIAL - ARTÍCULO 73°: Estará a cargo de una personabajo el rótulo de Jefe Departamento Hogar Convivencial, siendo sus funciones:

a) Implementar las medidas adoptadas por el Coordinador del Hogar Convivencial.

b) Proponer iniciativas tendientes a garantizar un correcto funcionamiento del Hogar.

c) Apoyar y acompañar a las familias en dificultad durante la permanencia de los niños en elhogar.

d) Controlar el funcionamiento administrativo y de personal del Hogar.

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DIVISIÓN HOGAR CONVIVENCIAL - ARTÍCULO 74°: Estará a cargo de una persona bajo elrótulo de Jefe División Hogar Convivencial, siendo sus funciones:

a) Implementar las medidas adoptadas por el Coordinador y/o Jefe de Departamento del HogarConvivencial.

b) Apoyar y acompañar a las familias en dificultad durante la permanencia de los niños en elhogar.

c) Controlar el funcionamiento administrativo y de personal del Hogar.

d) Demás tareas que le sean asignadas por su superior.

DIVISIÓN ACCIÓN SOCIAL - ARTÍCULO 75°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulo deJefe de División Acción Social, siendo sus funciones:

a) Detectar problemas psico-socio-económicos en la comunidad y brindar apoyo individual,grupal y social.

b) Brindar educación social sanitaria con mayor atención en la mujer embarazada y en laprotección del menor.

c) Planificar y coordinar la implementación de planes sociales nacionales y provinciales.

d) Realizar un seguimiento e informar el estado de dichos planes.

e) Colaborar con organismos nacionales y/o provinciales que requieran la ayuda municipal.

DIVISIÓN JUBILACIONES Y PENSIONES - ARTÍCULO 76°: Estará a cargo de una personabajo el rótulo de Jefe de División Jubilaciones y Pensiones, siendo sus funciones:

a) Tramitar ante organismos nacionales y provinciales, jubilaciones, pensiones derivadas yasistenciales, y demás beneficios que otorguen los mismos.

b) Tramitar reconocimiento de servicios para agregar al Sistema Nacional de Previsión.

c) Efectuar los relevamientos de beneficiarios que gocen de descuentos en las tasasmunicipales.

CAPÍTULO V - SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS - ARTÍCULO 77°: Estaráa cargo de una persona con el rótulo de Secretario de Obras y Servicios Públicos, siendo susfunciones:

a) Asesorar al Departamento Ejecutivo en lo referente a políticas de obra y servicios públicos.

b) Programar y ejecutar la obra pública municipal.

c) Reglamentar y supervisar la ejecución de obras particulares.

d) Reglamentar y supervisar la prestación de servicios públicos.

e) Planificar y supervisar la prestación de servicios urbanos.

f) Planificar y supervisar la prestación de servicios de mantenimiento vial urbano y rural.

ARTÍCULO 78°: A los efectos del cumplimiento de las funciones asignadas anteriormente, laSecretaría de Obras y Servicios Públicos contará con las siguientes dependencias auxiliares:

a) Subsecretaría de Obras y Servicios Públicas.

b) Subsecretaría de Servicios Urbanos.

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c) Dirección de Obras Públicas.

d) Dirección de Servicios Urbanos.

e) Subdirección de Servicios

f) Subdirector de Vivienda Social.

g) Departamento Planeamiento y Desarrollo.

h) Departamento Catastro.

i) Departamento Obras Públicas.

j) Departamento Obras Privadas.

k) Departamento Tierra y Vivienda.

l) División Planta de Reciclado.

SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS - ARTÍCULO 79°: Estará a cargo deuna persona con el rótulo de Subsecretario de Obras Públicas, siendo sus funciones:

a) Colaborar con el Secretario de Obras y Servicios Públicos en lo referente a políticas de obray servicios públicos.

b) Participar en la programación y ejecución la obra pública municipal.

c) Implementar las medidas adoptadas por el responsable del área.

d) Supervisar la ejecución de obras.

e) Supervisar la prestación de servicios públicos.

f) Supervisar la prestación de servicios urbanos.

SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS URBANOS - ARTÍCULO 80°: Estará a cargo de una personabajo el rótulo de Subsecretario de Servicios Urbanos, siendo sus funciones:

a) Impulsar el proceso de formulación de planes municipales de ordenamiento y desarrollourbano.

b) Asegurar una adecuada relación entre los espacios verdes o libres públicos y la densidadpoblacional de cada núcleo urbano.

c) Establecer e implementar planes para preservar sitios y áreas de interés natural, paisajístico,histórico, y/o turístico a los fines de su uso racional y educativo.

d) Fomentar la participación de la comunidad en el proceso de ordenamiento urbano.

e) Planificar la recolección y eliminación de residuos.

f) Planificar las tareas de barrido y alumbrado público.

g) Planificar las actividades en plazas y paseos.

h) Fomentar el embellecimiento de jardines, parques, plazas y paseos, juegos infantiles, obrasde arte, monumentos y elementos accesorios situados en lugares públicos.

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i) Planificar la inspección y exigir el mantenimiento del estado de limpieza de los centrosurbanos y el cumplimiento de las ordenanzas municipales en materia de ocupación de la víapública, limpieza de baldíos y construcción de cercos y veredas.

DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS - ARTÍCULO 81°: Estará a cargo de una persona con elrótulo de Director de Obras Públicas, siendo sus funciones:

g) Colaborar con sus superiores en lo referente a políticas de obra y servicios públicos.

h) Participar en la programación y ejecución la obra pública municipal.

i) Implementar las medidas adoptadas por el responsable del área.

j) Supervisar la ejecución de obras.

k) Supervisar la prestación de servicios públicos.

l) Supervisar la prestación de servicios urbanos.

DIRECCIÓN DE SERVICIOS URBANOS - ARTÍCULO 82°: Estará a cargo de una persona bajoel rótulo de Director de Servicios Urbanos, siendo sus funciones:

a) Colaborar con la Dirección de Servicios Urbanos en la planificación y organización de lastareas del área.

b) Dirigir y supervisar el cumplimiento de las mismas.

c) Coordinar actividades de las distintas áreas que integran la Dirección de Servicios Urbanos.

d) Elaborar, presentar e implementar proyectos de mejora y optimización de recursos bajo suresponsabilidad.

SUBDIRECCION DE VIVIENDA SOCIAL - ARTÍCULO 83°: Estará a cargo de una persona conel rótulo de Subdirección de Vivienda, siendo sus funciones:

a) Colaborar con el Secretario de Obras y Servicios Públicos, y la Secretaría de DesarrolloSocial, en lo referente a políticas de vivienda social.

b) Participar en la programación y ejecución los planes de vivienda.

c) Implementar las medidas adoptadas por el responsable del área.

d) Supervisar la ejecución de obras.

SUBDIRECCION DE SERVICIOS URBANOS - ARTÍCULO 84°: Estará a cargo de una personabajo el rótulo de Subdirector de Servicios Urbanos, siendo sus funciones:

a) Coordinar y trabajar en forma conjunta con la Dirección de Servicios Urbanos en laplanificación y organización de las tareas del área.

b) Llevar adelante la tarea de higiene urbana dentro de la ciudad.

c) Elaborar iniciativas y proyectos dentro de su área para la mejora continua

DEPARTAMENTO PLANEAMIENTO Y DESARROLLO - ARTÍCULO 85°: Estará a cargo deuna persona bajo el rótulo de Jefe Departamento Planeamiento y Desarrollo, siendo sus funciones:

a) Elaborar proyectos de ordenanzas referidos al uso del suelo en concordancia con la Ley8.912 de Ordenamiento Territorial y de Uso del Suelo.

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b) Establecer criterios generales y particulares, e indicadores para el uso del suelo.

c) Relevar y mantener actualizados datos estadísticos referidos a:

- Ubicación y espacio natural del partido.

- Ocupación y equipamiento del espacio económico.

- Explotaciones agrícolas ganaderas.

- Infraestructura.

- Otros que solicite la autoridad superior.

DEPARTAMENTO CATASTRO - ARTÍCULO 86°: Estará a cargo de una persona bajo el rótulode Jefe Departamento Catastro, siendo sus funciones:

a) Mantener actualizado el catastro parcelario.

b) Mantener actualizado e incorporar datos para el cobro de tasas por prestación de servicios.

c) Visar planos de construcción.

d) Supervisar y ejecutar los convenios de descentralización con la administración provincial.

e) Tratar expedientes de subdivisión, incorporación de lotes y subdivisiones.

f) Demás tareas que le sean asignadas por su superior.

DEPARTAMENTO OBRAS PÚBLICAS - ARTÍCULO 87°: Estará a cargo de una persona bajo elrótulo de Jefe Departamento Obras Públicas, siendo sus funciones:

a) Elaborar proyectos y dirigir obras.

b) Realizar tareas administrativas inherentes a la tramitación de obras públicas ante organismosprovinciales y nacionales.

c) Coordinar las tareas de mantenimiento de edificios públicos municipales.

d) Inspeccionar obras públicas.

e) Demás tareas que le sean asignadas por su superior.

DEPARTAMENTO OBRAS PRIVADAS - ARTÍCULO 88°: Estará a cargo de una persona bajo elrótulo de Jefe Departamento Obras Privadas, siendo sus funciones:

a) Visar planos de habilitación y aprobar planos de obra.

b) Digitalizar datos de planos de habilitación y obras.

c) Confeccionar y archivar expedientes de obra.

d) Inspeccionar obras en construcción.

e) Demás tareas que le sean asignadas por su superior.

DEPARTAMENTO TIERRA Y VIVIENDA - ARTÍCULO 89°: Estará a cargo de una persona bajoel rótulo de Jefe Departamento Tierra y Vivienda, siendo sus funciones:

a) Elaborar proyectos de conjuntos habitacionales y prototipos.

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b) Coordinar la ejecución de los distintos planes de viviendas.

c) Promover soluciones habitacionales de distinta índole mediante el FoMuVi.

d) Elaborar, estudiar y prestar servicio profesional a la factibilidad de proyectos cooperativos yde autoconstrucción.

e) Establecer las directrices de una política de acceso al lote urbano destinado a la vivienda yllevar adelante acciones para instituir un banco de Tierras Municipal.

DIVISIÓN PLANTA RECICLADO - ARTÍCULO 90°: Estará a cargo de una persona bajo elrótulo de Jefe de División Planta de Reciclado, siendo sus funciones:

a) Planificar y organizar la recepción de residuos.

b) Planificar y organizar la separación de residuos reciclables.

c) Planificar y organizar la distribución del personal.

d) Supervisar el funcionamiento y rendimiento de la planta.

e) Demás funciones que le sean asignadas por su superior.

La Presidencia del Cuerpo pone a votación el proyecto de ordenanza, siendo aprobado el mismo porunanimidad.BURGOS: pido la palabra, Sra. Pte., como vió acompañamos este proyecto de aumento a losmunicipales, y como se ha destinado estas modificaciones, esto eslo que hemos reclamado duranteaños, que suceda, que cuando ingresa otro dinero, no estipulado en el presupuesto municipal, que seenvía al Concejo Deliberante como debería ser, las modificaciones presupuestarias, esto es lo quereclamábamos cuando entraron esos cincuenta millones de pesos, para obras públicas y nuncafueron modificados, ni, estaban dentro de un presupuesto municipal, por eso nosotros acompañamoseste proyecto, nada más Sra. Pte.28/18-Ordenanza autorizando al D.E a la firma del convenio con la Dirección Provincial de lasPersonas. Ref. Instalación de la Oficina de Toma de Tramites del Registro de las Personas en calleSáenz Peña N° 1871.VISTO, el expediente 28/2018 elevado por el Departamento Ejecutivo. Y CONSIDERANDO,QUE, el Departamento Ejecutivo solicita al Honorable Concejo Deliberante, en el marco de lonormado por el artículo 41 del Decreto Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades, paraproceder a la firma de un Convenio entre la Municipalidad de Ayacucho y la Dirección Provincialde las Personas de la Provincia de Buenos Aires. QUE, el objeto del convenio es el desarrollo de unAcuerdo de Cooperación y Colaboración en áreas de mutuo interés con el fin de lograr elmejoramiento del servicio público que brinda el Registro Provincial de las Personas. QUE, a talesfines la Municipalidad de Ayacucho y la Dirección Provincial de las Personas se comprometen arealizar las compulsas necesarias para forjar las relaciones comunes para lograr mayor interacciónentre las dependencias en pos de ampliar la red de servicios. QUE, a efectos de lograr los objetivosexpresados la Municipalidad de Ayacucho se compromete a afectar la utilización de un sector delinmueble sito en calle Sáenz Peña N° 1871 de la ciudad de Ayacucho, para la instalación de unaOficina de Toma de Tramites de registro de las Personas. QUE, el Registro Provincial de lasPersonas proveerá el equipamiento y mobiliario para la atención dentro del espacio autorizado porla Municipalidad de Ayacucho. QUE, el Convenio de Cooperación tendrá en vigencia de cinco (5)años a partir de la fecha de su suscripción, prorrogándose automáticamente por el mismo término.El Honorable Concejo Deliberante de Ayacucho en uso de las atribuciones que le confiere la LeyOrgánica de las Municipalidades sanciona con fuerza de ORDENANZA 5242/2018 Artículo 1° :Autorizase a la firma del Convenio por parte del Departamento Ejecutivo y la Dirección Provincialde las Personas, el cual tiene como objeto el desarrollo de un Acuerdo de Cooperación y

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Colaboración en áreas de mutuo interés con el fin de lograr un mejoramiento del servicio público.Artículo 2°: El Anexo I forma parte de la presente ordenanza.- Artículo 3º:- De forma.-La Presidencia del Cuerpo pone a votación la ordenanza, siendo aprobado el mismo porunanimidad.La Presidencia indica que no habiendo más asuntos que tratar en el orden del día, siendo la hora9,37, da por finalizada la sesión del día de la fecha, e invita al Sr. ConcejalSergio Fulco a arriar laBandera nacional. Lo que así se hace.