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Sumario

Poder Ejecutivo

Decreto

Área Jefe de Gobierno

Decreto N° 130Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15...................................... Pág. 23

Decreto N° 131Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 536-MJYSGC/18........................................ Pág. 24

Decreto N° 132Se desestima recurso de reconsideración contra la Resolución N° 614-MJYSGC/14......................................... Pág. 25

Resolución

Vicejefatura de Gobierno

Resolución N° 60/OGDAI/19Se declara devenido abstracto el reclamo María del Carmen Marone contra la Comuna N° 7 y                                      se recomienda a los sujetos obligados la construcción de una base de datos acorde a los                                             estándares que establece la Ley N° 104.............................................................................................................. Pág. 27

Resolución N° 70/OGDAI/19Se rechaza el reclamo de María del Carmen Marone contra la Comuna N° 7..................................................... Pág. 31

Jefatura de Gabinete de Ministros

Resolución N° 166/MJGGC/19Se aprueba compensación de créditos................................................................................................................. Pág. 34

Resolución N° 95/ASINF/19Se aprueba modificación presupuestaria.............................................................................................................. Pág. 35

Resolución N° 102/ASINF/19Se acepta la renuncia presentada por Valeria Crosignani.................................................................................... Pág. 36

Resolución N° 103/ASINF/19Se acepta la renuncia presentada por Carla Natalia Gorrini................................................................................. Pág. 38

Ministerio de Economía y Finanzas

Resolución N° 1522/MEFGC/19Se asigna Suplemento de Gabinete a Pedro Marcelo Berlato.............................................................................. Pág. 40

Resolución N° 1523/MEFGC/19Se dispone la baja de bienes inventariados.......................................................................................................... Pág. 41

Resolución N° 1524/MEFGC/19Se acepta la renuncia presentada por Marcela Claudia Angioi............................................................................ Pág. 42

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Resolución N° 435/SSGRH/19Se otorga licencia sin goce de haberes a Ondina Beatriz Fraga.......................................................................... Pág. 43

Resolución N° 436/SSGRH/19Se convalida licencia sin goce de haberes otorgada a Jorgelina Carla Novik...................................................... Pág. 45

Resolución N° 437/SSGRH/19Se convalida licencia sin goce de haberes otorgada a Joaquín Ignacio Navarro................................................. Pág. 46

Resolución N° 445/SSGRH/19Se cesa por jubilación a agentes.......................................................................................................................... Pág. 47

Resolución N° 451/SSGRH/19Se cesa por jubilación a José Alfredo Villafañe.................................................................................................... Pág. 48

Resolución N° 452/SSGRH/19Se cesa por jubilación a agentes.......................................................................................................................... Pág. 49

Ministerio de Justicia y Seguridad

Resolución N° 351/MJYSGC/19Se incrementa la Orden de Compra Abierta N° 2900-0066-OCA18..................................................................... Pág. 51

Resolución N° 120/AGC/19Se deja sin efecto la designación transitoria a cargo de la Gerencia Operativa Habilitaciones                                         Automáticas de Leandro Darío Diaco y se lo designa como Gerente Operativo titular de la                                             Gerencia Operativa Habilitaciones Automáticas................................................................................................... Pág. 53

Resolución N° 27/SECJS/19Se sustituye el Anexo de la Resolución N° 26-SECJS/19.................................................................................... Pág. 54

Resolución N° 39/SECASE/19Se desestima recurso jerárquico contra la Providencia N° 25856193-DGARHS/18............................................ Pág. 55

Resolución N° 40/SECASE/19Se desestima recurso jerárquico contra la Providencia N° 22003212-DGARHS/17............................................ Pág. 56

Resolución N° 66/SSGA/19Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública de Etapa Única N° 2900-0366-LPU19............................... Pág. 58

Ministerio de Salud

Resolución N° 797/MSGC/19Se transfiere a Diego Bendersky.......................................................................................................................... Pág. 61

Resolución N° 801/MSGC/19Se designa como Especialista en la Guardia Médica (Pediatría) a María Laura Méndez.................................... Pág. 61

Resolución N° 803/MSGC/19Se contrata como Profesor de Enseñanza Superior a Raúl Ignacio Tittón........................................................... Pág. 62

Resolución N° 118/SSASS/19Se efectúa compensación presupuestaria............................................................................................................ Pág. 63

Ministerio de Educación e Innovación

Resolución N° 1921/MEIGC/19Se autoriza la transferencia de fondos para solventar el pago del aporte gubernamental para el                                    Nivel Inicial a favor de la Dirección General de Educación de Gestión Privada................................................... Pág. 65

Resolución N° 1930/MEIGC/19Se autoriza la transferencia de fondos para solventar el pago del aporte gubernamental para el                                    Nivel Inicial a favor de la Dirección General de Educación de Gestión Privada................................................... Pág. 67

Resolución N° 82/SSGEFYAR/19Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 657-SIGAF/18 (23/18)................................................................ Pág. 69

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Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

Resolución N° 253/MDUYTGC/19Se aprueba el Acta de Recepción Definitiva de la obra Ejecución de Aceras Metrobus del Bajo                                     (Etapa 1)............................................................................................................................................................... Pág. 72

Resolución N° 256/MDUYTGC/19Se aprueba el Acta de Recepción Definitiva de la obra Soluciones Habitacionales Barrio                                               Donado Holmberg - Puesta en Valor y Refuncionalización del Edificio de la Calle Donado 2249                                     - Etapa I................................................................................................................................................................. Pág. 73

Resolución N° 116/SECTRANS/19Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 768-0588-CME19.................................................................... Pág. 74

Resolución N° 118/SECTRANS/19Se establecen carriles exclusivos para bicicletas o ciclovía y bicisendas de doble sentido de                                         circulación............................................................................................................................................................. Pág. 75

Resolución N° 351/SSTYTRA/19Se autoriza a afectar al tránsito a Green SA - Rottio SA Unión Transitoria.......................................................... Pág. 79

Resolución N° 352/SSTYTRA/19Se autoriza a afectar al tránsito al consorcio CMI................................................................................................. Pág. 81

Resolución N° 354/SSTYTRA/19Se autoriza cierre de tránsito solicitado por la Subsecretaría de Relaciones Internacionales e                                        Institucionales....................................................................................................................................................... Pág. 83

Resolución N° 355/SSTYTRA/19Se autorizan recorridos por traslado de vigas de hormigón a Redin Trading SA................................................. Pág. 85

Resolución N° 357/SSTYTRA/19Se autorizan recorridos por traslado de vigas de hormigón a Transportes Arrecifes SRL................................... Pág. 86

Resolución N° 358/SSTYTRA/19Se autorizan recorridos por traslado de vigas de hormigón a Cellara Servicios SA............................................. Pág. 88

Resolución N° 360/SSTYTRA/19Se autoriza a afectar al tránsito a Miavasa SA..................................................................................................... Pág. 90

Ministerio de Cultura

Resolución N° 4826/MCGC/18Se aprueba el valor de las entradas para conciertos y espectáculos del Museo de Arte                                                  Hispanoamericano Isaac Fernández Blanco........................................................................................................ Pág. 93

Resolución N° 495/MCGC/19Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 94

Resolución N° 810/MCGC/19Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 95

Resolución N° 851/MCGC/19Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 96

Resolución N° 856/MCGC/19Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 97

Resolución N° 857/MCGC/19Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 98

Resolución N° 893/MCGC/19Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 99

Resolución N° 902/MCGC/19Se rectifica la Resolución N° 764-MCGC/19....................................................................................................... Pág. 100

Resolución N° 919/MCGC/19Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 101

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Resolución N° 972/MCGC/19Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 102

Resolución N° 1038/MCGC/19Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 103

Resolución N° 1061/MCGC/19Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 104

Resolución N° 1177/MCGC/19Se deroga la Resolución N° 4826-MCGC/18 y se aprueba el valor de las entradas para                                                 conciertos y espectáculos del Museo de Arte Hispanoamericano Isaac Fernández Blanco.............................. Pág. 106

Resolución N° 1565/MCGC/19Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 107

Resolución N° 1567/MCGC/19Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 108

Resolución N° 1605/MCGC/19Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 109

Resolución N° 1719/MCGC/19Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 110

Resolución N° 1778/MCGC/19Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 111

Resolución N° 1783/MCGC/19Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 112

Resolución N° 1790/MCGC/19Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 113

Resolución N° 1805/MCGC/19Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 114

Resolución N° 1827/MCGC/19Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 115

Resolución N° 1858/MCGC/19Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 116

Resolución N° 2244/MCGC/19Se dan por cumplidas las obligaciones en concepto de gastos relacionados con la ejecución                                         del Proyecto N° 3456-RPC/15............................................................................................................................ Pág. 117

Resolución N° 2264/MCGC/19Se dan por cumplidas las obligaciones en concepto de gastos relacionados con la ejecución                                         del Proyecto N° 3633-RPC/15............................................................................................................................ Pág. 119

Resolución N° 2267/MCGC/19Se acepta la renuncia al Proyecto N° 5540-RPC/16 presentada por Patricia Ianniruberto................................ Pág. 120

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Resolución N° 539/MAYEPGC/19Se convalida la ejecución de trabajos extraordinarios de la Zona N° 1 en el marco de la                                                 Licitación Pública N° 8811-1060-LPU15 y se aprueba gasto............................................................................. Pág. 122

Resolución N° 542/MAYEPGC/19Se aprueba gasto por tareas autorizadas por Resolución N° 12-MAYEPGC/19................................................ Pág. 124

Resolución N° 550/MAYEPGC/19Se rectifica la Resolución N° 152-MAYEPGC/16................................................................................................ Pág. 125

Resolución N° 553/MAYEPGC/19Se otorga la renovación de la concesión de terreno del Cementerio de la Chacarita a Carlos                                         Juan Olenka........................................................................................................................................................ Pág. 126

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Secretaría General y Relaciones Internacionales

Resolución N° 51/SGYRI/19Se aprueba modificación presupuestaria............................................................................................................ Pág. 129

Ministerio de Economía y Finanzas - Agencia de Protección Ambiental

Resolución N° 935/MEFGC/19Se ratifica la Resolución N° 65-APRA/19............................................................................................................ Pág. 131

Ministerio de Economía y Finanzas - Ministerio de Salud

Resolución N° 762/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 344-HGNRG/18................................................................................................. Pág. 133

Resolución N° 763/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 368-HGAZ/18.................................................................................................... Pág. 134

Resolución N° 764/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 613-HGACA/18................................................................................................. Pág. 135

Resolución N° 765/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 190-HNBM/18.................................................................................................... Pág. 136

Resolución N° 766/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 514-HGAIP/18................................................................................................... Pág. 137

Resolución N° 767/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 1039-HGAJAF/18.............................................................................................. Pág. 138

Resolución N° 768/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 147-HNBM/18.................................................................................................... Pág. 139

Resolución N° 769/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 278-HGNRG/18................................................................................................. Pág. 140

Resolución N° 770/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 148-HRRMF/18................................................................................................. Pág. 141

Resolución N° 827/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 637-HGAP/18.................................................................................................... Pág. 142

Resolución N° 828/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 383-HGNRG/18................................................................................................. Pág. 143

Resolución N° 829/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 279-HGAT/18.................................................................................................... Pág. 144

Resolución N° 830/MEFGC/19Se convalida la Resolución N° 126-SSAPAC/18................................................................................................ Pág. 145

Resolución N° 831/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 71-HEPTA/18.................................................................................................... Pág. 146

Resolución N° 832/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 30-HGAIP/18..................................................................................................... Pág. 147

Resolución N° 833/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 546-HGADS/18................................................................................................. Pág. 148

Resolución N° 834/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 686-HGAP/18.................................................................................................... Pág. 149

Resolución N° 835/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 411-HGAPP/18.................................................................................................. Pág. 150

Resolución N° 836/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 356-HGAT/18.................................................................................................... Pág. 151

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Resolución N° 837/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 559-HGAP/18.................................................................................................... Pág. 152

Resolución N° 936/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 3-HGNPE/19..................................................................................................... Pág. 153

Resolución N° 940/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 15-HQ/19........................................................................................................... Pág. 154

Resolución N° 941/MEFGC/19Se convalida la Resolución N° 303-SSAH/18..................................................................................................... Pág. 155

Resolución N° 942/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 28-HGNPE/19................................................................................................... Pág. 156

Resolución N° 943/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 16-HGACD/19................................................................................................... Pág. 157

Resolución N° 944/MEFGC/19Se convalida la Resolución N° 44-SSAH/19....................................................................................................... Pág. 158

Resolución N° 945/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 48-HGAVS/19.................................................................................................... Pág. 159

Resolución N° 946/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 184-HNJTB/18................................................................................................... Pág. 160

Resolución N° 947/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 63-HGAIP/19..................................................................................................... Pág. 161

Resolución N° 948/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 9-DGHOSP/19................................................................................................... Pág. 162

Resolución N° 949/MEFGC/19Se convalida la Disposición N° 11-HIFJM/19...................................................................................................... Pág. 163

Resolución N° 950/MEFGC/19Se designa como Jefe de Unidad Hemoterapia a María Cecilia Stazzoni.......................................................... Pág. 164

Resolución N° 951/MEFGC/19Se designa como Instructora Técnica a Indira Nicole Pontoriero Corrias........................................................... Pág. 166

Resolución N° 952/MEFGC/19Se designa como Profesora a Nancy Noemí Gómez......................................................................................... Pág. 167

Ministerio de Educación e Innovación

Resolución N° 3257/SSCDFTP/19Se reconoce la prestación de servicios............................................................................................................... Pág. 169

Disposición

Vicejefatura de Gobierno

Disposición N° 11/DGDS/19Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 9611-0279-LPU19.................................................................... Pág. 171

Ministerio de Economía y Finanzas

Disposición N° 1/DGLTAGIP/19Se modifica la Disposición N° 2-DGTALAGIP/18............................................................................................... Pág. 175

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Disposición N° 24/DGPLYCO/19Se certifica y homologa el Sistema Informático de Control de Asistencias utilizado por la                                                Dirección General Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial................................................ Pág. 176

Disposición N° 29/DGPLYCO/19Se certifica y homologa el Sistema Informático de Control de Asistencias utilizado por la                                                Unidad Ministro del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano......................................................................... Pág. 177

Disposición N° 30/DGPLYCO/19Se certifica y homologa el Sistema Informático de Control de Asistencias utilizado por la                                                Subsecretaría Integración Social y Económica................................................................................................... Pág. 178

Disposición N° 31/DGPLYCO/19Se certifica y homologa el Sistema Informático de Control de Asistencias utilizado por la                                                Subsecretaría Infraestructura, Vivienda y Coordinación Gubernamental........................................................... Pág. 179

Disposición N° 32/DGPLYCO/19Se certifica y homologa el Sistema Informático de Control de Asistencias utilizado por la                                                Dirección General Obras, Proyectos y Diseño Urbano....................................................................................... Pág. 180

Disposición N° 33/DGPLYCO/19Se certifica y homologa el Sistema Informático de Control de Asistencias utilizado por la                                                Dirección General Integración Social.................................................................................................................. Pág. 181

Disposición N° 34/DGPLYCO/19Se certifica y homologa el Sistema Informático de Control de Asistencias utilizado por la                                                Dirección General Mejoramiento de Vivienda..................................................................................................... Pág. 182

Disposición N° 35/DGPLYCO/19Se certifica y homologa el Sistema Informático de Control de Asistencias utilizado por la                                                Dirección General Integración Económica.......................................................................................................... Pág. 183

Disposición N° 36/DGPLYCO/19Se certifica y homologa el Sistema Informático de Control de Asistencias utilizado por la                                                Dirección General Gobierno Digital y Sensorización.......................................................................................... Pág. 184

Disposición N° 301/DGCYC/19Se impone multa a la firma Officinet SA............................................................................................................. Pág. 185

Disposición N° 305/DGCYC/19Se impone multa a la firma Teylem SA............................................................................................................... Pág. 186

Disposición N° 310/DGCYC/19Se rescinde la Orden de Compra N° 426-1908-OC19........................................................................................ Pág. 189

Ministerio de Justicia y Seguridad

Disposición N° 48/SAISSP/19Se aceptan solicitudes de baja voluntaria como cadete..................................................................................... Pág. 191

Disposición N° 49/SAISSP/19Se prorroga el plazo establecido en la Disposición N° 24-SAISSP/19 para rendir materias a                                          cadetes................................................................................................................................................................ Pág. 193

Disposición N° 111/DGSPR/19Se concede habilitación para prestar servicios de seguridad privada a la empresa Union                                               Security Company SRL....................................................................................................................................... Pág. 195

Ministerio de Salud

Disposición N° 16/TPRPS/19Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor N° 436-0885-CME19.................................................... Pág. 197

Disposición N° 36/HRR/19Se llama a Compra Menor N° 432-0970-CME19................................................................................................ Pág. 198

Disposición N° 45/IZLP/19Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Publica N° 445-0534-LPU19......................................................... Pág. 199

Disposición N° 59/IRPS/19Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Publica N° 446-0563-LPU19......................................................... Pág. 200

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Disposición N° 61/IRPS/19Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Publica N° 446-0573-LPU19......................................................... Pág. 202

Disposición N° 62/IRPS/19Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Publica N° 446-0572-LPU19......................................................... Pág. 203

Disposición N° 69/HIFJM/19Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Publica N° 423-0536-LPU19......................................................... Pág. 204

Disposición N° 70/HIFJM/19Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Publica N° 423-0532-LPU19......................................................... Pág. 205

Disposición N° 84/HMIRS/19Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Publica N° 435-0512-LPU19......................................................... Pág. 207

Disposición N° 93/HMIRS/19Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor N° 435- 0920-CME19................................................... Pág. 208

Disposición N° 94/HMIRS/19Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 435-0565-LPU19......................................................... Pág. 209

Disposición N° 96/HBU/19Se aprueban pliegos de la Contratación Menor N° 439-1009-CME19............................................................... Pág. 211

Disposición N° 98/HBU/19Se llama a Contratación Menor N° 439-1009-CME19........................................................................................ Pág. 212

Disposición N° 154/HGNPE/19Se deja sin efecto la Contratación Menor N° 417-0595-CME19 y se aprueban pliegos y se                                            llama a Contratación Menor N° 417-0900-CME19.............................................................................................. Pág. 213

Disposición N° 154/HGADS/19Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor N° 434-0296-CME19.................................................... Pág. 214

Disposición N° 155/HGADS/19Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 434-0152-LPU19......................................................... Pág. 216

Disposición N° 160/HGNPE/19Se deja sin efecto la Contratación Menor N° 417-0689-CME19 y se aprueban pliegos y se                                            llama a Contratación Menor N° 417-0896-CME19.............................................................................................. Pág. 217

Disposición N° 160/HGADS/19Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 434-0416-CDI19..................................................... Pág. 219

Disposición N° 168/HGACA/19Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 412-0543-LPU19......................................................... Pág. 220

Disposición N° 170/DGABS/19Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 401-0556-LPU19......................................................... Pág. 222

Disposición N° 171/HGACA/19Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor N° 412-0999-CME19.................................................... Pág. 223

Disposición N° 174/DGABS/19Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 401-1002-CME19................................................... Pág. 225

Disposición N° 187/HGARM/19Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor N° 430-0799-CME19.................................................... Pág. 227

Disposición N° 224/HGAIP/19Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 427-0525-LPU19......................................................... Pág. 228

Disposición N° 251/HGAP/19Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 425-0537-LPU19......................................................... Pág. 230

Disposición N° 440/HGAJAF/19Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 418-0488-LPU19......................................................... Pág. 231

Disposición N° 448/HGAJAF/19Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 418-0490-LPU19......................................................... Pág. 232

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Ministerio de Educación e Innovación

Disposición N° 249/DGAR/19Se deja sin efecto la Contratación Menor N° 545-0291-CME19......................................................................... Pág. 234

Disposición N° 250/DGAR/19Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 545-0514-CDI19..................................................... Pág. 235

Disposición N° 251/DGAR/19Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 545-0510-CDI19..................................................... Pág. 237

Disposición N° 252/DGAR/19Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 545-0513-CDI19..................................................... Pág. 238

Disposición N° 254/DGAR/19Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 545-0289-CDI19..................................................... Pág. 240

Disposición N° 256/DGAR/19Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 545-0525-CDI19..................................................... Pág. 241

Disposición N° 257/DGAR/19Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 545-0496-CDI19..................................................... Pág. 243

Disposición N° 258/DGAR/19Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 545-0522-CDI19..................................................... Pág. 245

Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

Disposición N° 15/DGOINFU/19Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 381-0792-CME19.................................................................. Pág. 247

Disposición N° 389/DGIUR/19Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Florida 838/846........................................................ Pág. 248

Disposición N° 390/DGIUR/19Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en 25 de Mayo 306....................................................... Pág. 250

Disposición N° 391/DGIUR/19Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Hipólito Yrigoyen 571.............................................. Pág. 251

Ministerio de Cultura

Disposición N° 79/DGTALMC/19Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 500-0196-LPU19...................................................................... Pág. 253

Disposición N° 80/DGTALMC/19Se inscribe en el Registro de Usos Culturales al Centro Cultural El Tanque Cultural........................................ Pág. 254

Disposición N° 81/DGTALMC/19Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 256

Disposición N° 82/DGTALMC/19Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 257

Disposición N° 83/DGTALMC/19Se amplía el servicio de producción integral para la realización de la 3° Cumbre de Cultura                                           CGLU.................................................................................................................................................................. Pág. 259

Disposición N° 84/DGTALMC/19Se rectifica la Disposición N° 68-DGTALMC/19................................................................................................. Pág. 260

Disposición N° 85/DGTALMC/19Se crea el Comité de Revisión correspondiente a la Dirección General Patrimonio, Museos y                                        Casco Histórico................................................................................................................................................... Pág. 261

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Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano

Disposición N° 124/DGTALMHYDH/19Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 462-0325-CME19.................................................................. Pág. 263

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Disposición N° 26/UGETUPEEI/19Se aprueba y adjudica la Licitación Publica N° 9511-0180-LPU19.................................................................... Pág. 265

Disposición N° 27/UGETUPEEI/19Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 9511-0261-CME19................................................................ Pág. 267

Disposición N° 28/UGETUPEEI/19Se aprueban pliegos y se autoriza el llamado a Licitación Pública N° 9511-0487-LPU19................................. Pág. 271

Disposición N° 100/DGCAR/19Se inscribe en el Registro de Autorizados para Aperturas en el Espacio Público a la empresa                                        Criba - Milicic - Unión Transitoria........................................................................................................................ Pág. 272

Disposición N° 103/DGCAR/19Se renueva la inscripción en el Registro de Autorizados para Aperturas en el Espacio Público a                                    la empresa Gigared SA....................................................................................................................................... Pág. 274

Disposición N° 104/DGCAR/19Se inscribe en el Registro de Autorizados para Aperturas en el Espacio Público a la empresa                                        Milicic SA............................................................................................................................................................. Pág. 276

Disposición N° 369/DGFER/19Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Privada N° 5-SIGAF/19................................................................. Pág. 277

Ministerio de Gobierno

Disposición N° 143/DGRC/19Se deniega devolución de suma a Corina Patricia Mamani................................................................................ Pág. 280

Jefatura de Gabinete de Ministros

Disposición N° 492/IVC/19Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 12/19........................................................................... Pág. 282

Ministerio de Salud

Disposición N° 2/HOI/19Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 429-0198-LPU19...................................................................... Pág. 284

Disposición N° 4/HOI/19Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 429-0242-LPU19...................................................................... Pág. 287

Disposición N° 13/HMIRS/19Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 435-0026-LPU19................................................................... Pág. 288

Disposición N° 20/HGAZ/19Se aprueba y adjudica la Compra Menor N° 548/19........................................................................................... Pág. 291

Disposición N° 21/HGAZ/19Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 225/19....................................................................................... Pág. 293

Disposición N° 37/IRPS/19Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 446-0273-LPU19...................................................................... Pág. 294

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Disposición N° 38/IRPS/19Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 446-0437-LPU19...................................................................... Pág. 297

Disposición N° 42/HGNRG/19Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 298

Disposición N° 43/HGNPE/19Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 417-0544-CME19.................................................................. Pág. 299

Disposición N° 44/HGNRG/19Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 300

Disposición N° 49/HGNPE/19Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 417-0592-CME19.................................................................. Pág. 302

Disposición N° 49/HGNRG/19Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 303

Disposición N° 54/HGNRG/19Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 305

Disposición N° 56/HGNPE/19Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 417-0872-CME19.................................................................. Pág. 306

Disposición N° 64/HGARM/19Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 430-0749-CME19.................................................................. Pág. 307

Disposición N° 65/HGARM/19Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 430-0721-CME19.................................................................. Pág. 309

Disposición N° 67/HGARM/19Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 430-0718-CME19.................................................................. Pág. 311

Disposición N° 82/HGAP/19Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 425-0322-LPU19...................................................................... Pág. 313

Disposición N° 83/HGAP/19Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 425-0306-LPU19...................................................................... Pág. 314

Disposición N° 85/HGAPP/19Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 426-0714-CME19.................................................................. Pág. 316

Disposición N° 87/HGAP/19Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 425-0241-LPU19...................................................................... Pág. 317

Disposición N° 88/HGAPP/19Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 426-0824-CME19.................................................................. Pág. 318

Disposición N° 89/HGAPP/19Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 426-0821-CME19.................................................................. Pág. 320

Disposición N° 90/HGAPP/19Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 426-0820-CME19.................................................................. Pág. 321

Resolución Comunal

Jefatura de Gabinete de Ministros

Resolución Comunal N° 985855/COMUNA15/19Se convalida la ejecución de las tareas requeridas de la Licitación Pública N° 1440-SIGAF/14....................... Pág. 323

Resolución Comunal N° 985879/COMUNA15/19Se convalida la ejecución de las tareas requeridas de la Licitación Pública N° 1440-SIGAF/14....................... Pág. 324

Resolución Comunal N° 985908/COMUNA15/19Se convalida la ejecución de las tareas requeridas de la Licitación Pública N° 1440-SIGAF/14....................... Pág. 325

Resolución Comunal N° 2732067/COMUNA15/19Se convalida la ejecución de las tareas requeridas de la Licitación Pública N° 1440-SIGAF/14....................... Pág. 327

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Resolución Comunal N° 2886911/COMUNA15/19Se autoriza a realizar la tarea de extracción de ejemplares arbóreos................................................................ Pág. 328

Resolución Comunal N° 4098544/COMUNA15/19Se convalida la ejecución de las tareas requeridas de la Licitación Pública N° 1440-SIGAF/14....................... Pág. 332

Resolución Comunal N° 5139042/COMUNA15/19Se delega la firma del despacho diario de la Presidencia de la Junta Comunal N° 15 a María                                         Eugenia Moscariello............................................................................................................................................ Pág. 334

Resolución Comunal N° 6294523/COMUNA15/19Se autoriza a realizar la tarea de extracción de ejemplares arbóreos................................................................ Pág. 335

Resolución Comunal N° 6447782/COMUNA15/19Se exime de firmar en la Planilla de Registros de Asistencia a Silvia Mónica Morán......................................... Pág. 339

Resolución Comunal N° 10646341/COMUNA4/19Se intima a realizar tareas de higienización, desinfección, desinsectación, desratización,                                               eliminación de malezas y/o saneamiento en el inmueble sito en California 1054.............................................. Pág. 340

Resolución Comunal N° 10824286/COMUNA10/19Se intima a realizar tareas de higienización, desinfección, desinsectación, desratización,                                               eliminación de malezas y/o saneamiento en el inmueble sito en Camarones 5136........................................... Pág. 342

Organos de Control

Resolución de Presidencia

Ente Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de BuenosAires

Resolución de Presidencia N° 10/PARA/19Se aprueba la adscripción de Verónica Inés Frette............................................................................................ Pág. 344

Resolución de Presidencia N° 26/PARA/19Se aprueba el pase en comisión de servicios de María Vanesa Hernández...................................................... Pág. 345

Resolución de Presidencia N° 50/PARA/19Se aprueba la adscripción de Valeria Montanari................................................................................................ Pág. 345

Resolución de Presidencia N° 55/PARA/19Se aprueba la adscripción de Laura Valeria Parylak.......................................................................................... Pág. 346

Resolución de Presidencia N° 62/PARA/19Se aprueba la adscripción de Lisandro José Lauria........................................................................................... Pág. 347

Resolución de Presidencia N° 72/PARA/19Se otorga licencia sin goce de haberes a Gabriel Marcelo Fuks........................................................................ Pág. 348

Comunicados y Avisos

Ministerio de Justicia y Seguridad

Comunicados N° 816/DGLYTAGC/19Se comunican Actas en el marco del operativo en el local sito en Av. Corrientes N° 2330 PB.                                        local 14, UF 48.................................................................................................................................................... Pág. 350

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Comunicados N° 819/DGLYTAGC/19Se comuncan Actas en el marco del operativo en el local sito en Av. Corrientes N° 2330                                                PB/EP. local 39, UF 32....................................................................................................................................... Pág. 350

Comunicados N° 821/DGLYTAGC/19Se comunican Actas en el marco del operativo en el local sito en Av. Corrientes N° 2330/32 PB                                    LOCAL 24 UF. 54, de esta Ciudad..................................................................................................................... Pág. 351

Comunicados N° 824/DGLYTAGC/19Se comunican Actas en el marco del operativo en el local sito en Av. Corrientes Nº 2330 1º                                           PISO, L1 e/locales 80 y 82, de esta Ciudad....................................................................................................... Pág. 352

Comunicados N° 825/DGLYTAGC/19Se comunican Actas en el marco del operativo en el local sito en Av. Corrientes N° 2330, PB,                                       Local 35, de esta Ciudad.................................................................................................................................... Pág. 352

Comunicados N° 826/DGLYTAGC/19Se comunican Actas en el marco del operativo en el local sito en Av. Corrientes N° 2330 PB                                         LOCAL 9 UF. 15, de esta Ciudad....................................................................................................................... Pág. 353

Comunicados N° 827/DGLYTAGC/19Se comunican Actas en el marco del operativo en el local sito en Av. Corrientes N° 2330 PB                                         local 40................................................................................................................................................................ Pág. 354

Comunicados N° 832/DGLYTAGC/19Se comunican Actas en el marco del operativo en el local sito en Av. Corrientes N° 2330 PB                                         local 36, UF 39.................................................................................................................................................... Pág. 354

Comunicados N° 837/DGLYTAGC/19Se comunican Actas en el marco del operativo en el local sito en Av. Corrientes N° 2330 Piso                                       1º, Local 105, U.F. 87......................................................................................................................................... Pág. 355

Comunicados N° 848/DGLYTAGC/19Se comunican Actas en el marco del operativo en el local sito en Francisco Maderna Nº 2914                                       PB LOCAL 107, de esta Ciudad......................................................................................................................... Pág. 356

Comunicados N° 867/DGLYTAGC/19Se comunican Actas en el marco del operativo en el local sito en Av. Sáenz 849, planta baja,                                        local 126, de esta Ciudad.................................................................................................................................... Pág. 356

Ministerio de Salud

Comunicados N° 58/DGAYDRH/19Se llama a Concurso Abierto (Público) para la cobertura de 80 (ochenta) cargos de                                                       Profesionales Médicos de Guardia, para desempeñarse en la órbita de la Dirección General                                         Sistema de Atención Médica de Emergencia..................................................................................................... Pág. 358

Comunicados N° 59/DGAYDRH/19Se comunica el llamado a Concurso Público para la cobertura de diez (10) cargos de                                                    profesionales Médicos de planta especialistas en Infectologia para desempeñarse en el                                                Programa de uso optimizado de antibióticos y control de infecciones para todos los efectores                                        del sistema de salud........................................................................................................................................... Pág. 358

Licitaciones

Jefatura de Gabinete de Ministros

Licitación Pública / Llamado N° 84/IVC/18Ejecución de las Demoliciones y Trabajos Complementarios 2da. Etapa del Barrio 21-24                                               Sector Camino de Sirga...................................................................................................................................... Pág. 360

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Licitación Pública / Llamado N° 94/IVC/18Servicio de Soporte y Mantenimiento Básico y Correctivo, Servicios Funcionales y                                                         Capacitaciones, y Servicio de Desarrollo para Mantenimiento Evolutivo de la Página Web del                                       IVC...................................................................................................................................................................... Pág. 360

Licitación Pública / Llamado N° 108/IVC/18Ejecución de Demoliciones y trabajos Complementarios-Barrio Fraga............................................................. Pág. 361

Licitación Pública / Llamado N° 109/IVC/18Demolición y trabajos complementarios del Barrio Rodrigo Bueno.................................................................... Pág. 362

Licitación Pública / Llamado N° 12/IVC/19Contratación de un Servicio de Producción Integral de Eventos, con el fin de garantizar la                                             organización y desarrollo de los eventos que planifique realizar el IVC............................................................. Pág. 362

Licitación Pública / Llamado N° 567/ASINF/19Provisión y/o instalación de componentes pasivos de red, racks y sus accesorios........................................... Pág. 363

Licitación Pública / Llamado N° 569/ASINF/19Adquisición de FO E infraestructura para ampliar el despliegue de Red Backbone........................................... Pág. 364

Licitación Pública / Preadjudicación N° 91/IVC/18Estudios Geotécnicos......................................................................................................................................... Pág. 364

Licitación Pública / Adjudicación N° 442/SECCCYFP/19Servicio de Adecuación de Contenidos y Facilitación de Talleres de Acompañamiento Integral                                      en la Pérdida....................................................................................................................................................... Pág. 365

Licitación Pública Nacional / Llamado N° 156/SECAYGC/19“Servicio de mantenimiento integral del arbolado público lineal o viario y demás servicios                                              conexos de las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires\" por un plazo de                                                     VEINTICUATRO (24) meses.............................................................................................................................. Pág. 366

Licitación Pública Nacional / Circular sin consulta N° 1324/SECISYU/19Proyecto de Transformación Urbana del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).................................... Pág. 367

Licitación Pública Nacional / Circular con consulta N° 133/SECISYU/19Construcción de Viviendas Nuevas YPF, Infraestructura y Espacio Público...................................................... Pág. 367

Licitación Pública Nacional / Prórroga N° 133/SECISYU/19Construcción de Viviendas Nuevas YPF, Infraestructura y Espacio Público...................................................... Pág. 370

Ministerio de Economía y Finanzas

Subasta / Llamado N° 29697536/DGABC/18Subasta Pública.................................................................................................................................................. Pág. 371

Subasta / Llamado N° 11/BCOCIUDAD/19Llamado a subasta pública................................................................................................................................. Pág. 372

Carpeta / Llamado N° 23463/BCOCIUDAD/19Contratación del servicio integral de impresión, copiado y digitalización para el Banco Ciudad........................ Pág. 375

Carpeta / Llamado N° 23512/BCOCIUDAD/19Servicios de soporte............................................................................................................................................ Pág. 375

Carpeta / Llamado N° 23522/BCOCIUDAD/19Cambio de imagen en módulos para cajeros automáticos................................................................................. Pág. 376

Carpeta / Preadjudicación N° 23525/BCOCIUDAD/19Trabajos correspondientes a la provisión e instalación de un nuevo Sistema de Aire                                                       Acondicionado para la Sucursal Nro. 27, sita en Lavallol 4307, C.A.B.A........................................................... Pág. 376

Carpeta / Prórroga N° 23513/BCOCIUDAD/19Trabajos de provisión e instalación de un sistema de detección y alarma de incendio, conexión                                     y puesta en marcha de la extinción existente para sucursales varias del BCBA Renglones 1 a 4.................... Pág. 377

Licitación Pública para concesión por expediente / Preseleccion N° 16845484/DGABC/18Uso y explotación de edificios dentro del Ecoparque interactivo........................................................................ Pág. 378

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Ministerio de Economía y Finanzas - Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E.

Licitación Pública / Llamado N° 2/LOTBA/19Contratación de servicio de limpieza y conservación de los edificios de Lotería de la Ciudad de                                     Buenos Aires S.E................................................................................................................................................ Pág. 379

Ministerio de Justicia y Seguridad

Licitación Pública / Llamado N° 366/DGAYCSE/19Adquisición de accesorios................................................................................................................................... Pág. 380

Licitación Pública / Llamado N° 367/DGAYCSE/19Adquisición de uniformes.................................................................................................................................... Pág. 380

Ministerio de Salud

Licitación Pública / Llamado N° 1928/HGADS/18Adquisición de insumos...................................................................................................................................... Pág. 381

Licitación Pública / Llamado N° 152/HGADS/19Adquisición de insumos..................................................................................................................................... Pág. 381

Licitación Pública / Llamado N° 345/HGACD/19Adquisición de hematoxilina................................................................................................................................ Pág. 382

Licitación Pública / Llamado N° 346/HGACD/19Adquisición de hematoxilina................................................................................................................................ Pág. 382

Licitación Pública / Llamado N° 512/HMIRS/19Adquisición de mesa de anestesia...................................................................................................................... Pág. 383

Licitación Pública / Llamado N° 534/IZLP/19Insumos para Técnicas Complementarias.......................................................................................................... Pág. 383

Licitación Pública / Llamado N° 536/HIFJM/19Adquisición de insumos descartables................................................................................................................. Pág. 384

Licitación Pública / Llamado N° 537/HGAP/19Adquisición de insumos...................................................................................................................................... Pág. 384

Licitación Pública / Llamado N° 540/HGACA/19Provisión de transductores.................................................................................................................................. Pág. 385

Licitación Pública / Llamado N° 547/HGACA/19Provisión de insumos.......................................................................................................................................... Pág. 385

Licitación Pública / Llamado N° 548/HGNRG/19Adquisición de Reactivos.................................................................................................................................... Pág. 386

Licitación Pública / Llamado N° 565/HMIRS/19Adquisición de reactivos..................................................................................................................................... Pág. 386

Licitación Pública / Llamado N° 580/HMO/19Recolección de residuos peligrosos.................................................................................................................... Pág. 387

Licitación Pública / Llamado N° 590/IRPS/19Adquisición cambio de cono PTB....................................................................................................................... Pág. 387

Licitación Pública / Llamado N° 591/IRPS/19Adquisición de silla de ruedas............................................................................................................................. Pág. 388

Licitación Pública / Llamado N° 592/DGABS/19Adquisición de medicamentos de uso Hematológico y Tiras Reactivas............................................................. Pág. 388

Licitación Pública / Preadjudicación N° 289/HGNRG/19Adquisición de Kit de Aféresis y otros................................................................................................................. Pág. 389

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Licitación Pública / Preadjudicación N° 312/HGAP/19Adquisición de insumos...................................................................................................................................... Pág. 390

Licitación Pública / Preadjudicación N° 317/HGNRG/19Adquisición de reactivos..................................................................................................................................... Pág. 390

Licitación Pública / Preadjudicación N° 369/HGAIP/19Servicio de Dosimetría........................................................................................................................................ Pág. 392

Licitación Pública / Preadjudicación N° 394/HGARM/19Adquisición de Materiales Radiactivos................................................................................................................ Pág. 392

Licitación Pública / Preadjudicación N° 473/IRPS/19Salud................................................................................................................................................................... Pág. 393

Licitación Pública / Adjudicación N° 198/HOI/19Equipamiento y Suministros para Odontología................................................................................................... Pág. 394

Licitación Pública / Adjudicación N° 242/HOI/19Material Quirúrgico para Curaciones.................................................................................................................. Pág. 395

Licitación Pública / Adjudicación N° 273/IRPS/19Adquisición de insumos...................................................................................................................................... Pág. 395

Licitación Pública / Adjudicación N° 329/IZLP/19Insumos para biologia molecular, serologia y reactivos...................................................................................... Pág. 396

Licitación Pública / Fracaso N° 461/IRPS/19Adquisición de delantal para seguridad.............................................................................................................. Pág. 398

Licitación Privada / Preadjudicación N° 14/HGAT/19Alquiler ropa de cirugía....................................................................................................................................... Pág. 399

Contratación Directa / Preadjudicación N° 414/EAIT/19Servicio de Guarda, Custodia y Administración de Documentos........................................................................ Pág. 400

Contratación Directa / Adjudicación N° 175/HBR/19Reparación de Citouretrorresectocopio.............................................................................................................. Pág. 400

Contratacion Menor / Llamado N° 885/TPRPS/19Adquisición de telas............................................................................................................................................ Pág. 402

Contratacion Menor / Llamado N° 965/HGACA/19Adquisicion cardiodesfibriladore......................................................................................................................... Pág. 402

Contratacion Menor / Llamado N° 967/HGACA/19Adquisición Marcapaso, paciente: Yrigoyen Julio............................................................................................... Pág. 403

Contratacion Menor / Llamado N° 973/HGAT/19Adquisición de cables para electrobisturí............................................................................................................ Pág. 403

Contratacion Menor / Llamado N° 982/HGAT/19Adquisición de sensores y cables para oximetría............................................................................................... Pág. 404

Contratacion Menor / Preadjudicación N° 318/HGAT/19Adquisición de malla bicapa................................................................................................................................ Pág. 404

Contratacion Menor / Preadjudicación N° 320/HGAT/19Adquisición de malla bicapa................................................................................................................................ Pág. 405

Contratacion Menor / Preadjudicación N° 801/HGARM/19Adquisición de Insumos para Cardiología (Parche y Cateter) para la Pcte: Rappeti Adriana                                            Marisa -Servicio de Electrofisiología................................................................................................................... Pág. 406

Contratacion Menor / Adjudicación N° 574/HGNRG/19Adquisición de insumos para diálisis peritoneal.................................................................................................. Pág. 406

Contratacion Menor / Adjudicación N° 801/HGARM/19Adquisición de Insumos para Cardiología (Parche y Cateter) para la Pcte:Rappeti Adriana                                             Marisa -Servicio de Electrofisiología................................................................................................................... Pág. 407

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Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

Licitación Pública / Preadjudicación N° 232/DGPAR/19Servicios.............................................................................................................................................................. Pág. 409

Licitación Pública / Preadjudicación N° 265/DGOIYA/19Servicios profesionales especializados en Corrientes Débiles-Nuevo Centro Deportivo de Tiro....................... Pág. 409

Licitación Pública / Preadjudicación N° 267/DGOIYA/19Servicios profesionales especializados en Instalaciones sanitarias y contra incendio-Nuevo                                           Centro Deportivo de Tiro..................................................................................................................................... Pág. 410

Licitación Pública / Preadjudicación N° 269/DGOIYA/19Servicios profesionales especializados en Instalaciones Eléctricas-Nuevo Centro Deportivo de                                      Tiro...................................................................................................................................................................... Pág. 410

Contratacion Menor / Llamado N° 879/UPEEOE/19Servicios Profesionales Especializados en Instalaciones Sanitarias, Gas e Incendio para la                                           Unidad de Proyectos Especiales Ejecución de Obras Especiales...................................................................... Pág. 412

Contratacion Menor / Llamado N° 881/UPEEOE/19Servicios Profesionales Especializados en Instalaciones Estructurales, Movimientos de suelo y                                     Hormigón para la Unidad de Proyectos Especiales Ejecución de Obras Especiales......................................... Pág. 412

Contratacion Menor / Llamado N° 882/UPEEOE/19Servicios Profesionales Especializados en Instalaciones Eléctricas y Termomecánicas................................... Pág. 413

Contratacion Menor / Llamado N° 986/DGSGEST/19Adquisición de equipos de procesamiento automático de datos........................................................................ Pág. 413

Ministerio de Cultura

Licitación Pública / Llamado N° 539/DGPMYCH/19Servicio de catering para evento......................................................................................................................... Pág. 415

Licitación Pública / Preadjudicación N° 176/DGTALEATC/19Servicio de Transporte........................................................................................................................................ Pág. 415

Contratacion Menor / Llamado N° 972/DGTALMC/19Adquisición de Servicio de instalación y mantenimiento de dispensores de higiene para baños....................... Pág. 417

Contratacion Menor / Llamado N° 1036/SSGCULT/19Servicio limpieza integral reapertura calle corrientes.......................................................................................... Pág. 417

Contratacion Menor / Llamado N° 1045/SSGCULT/19Servicio de cartelería.......................................................................................................................................... Pág. 418

Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano

Licitación Pública / Preadjudicación N° 352/DGTALMHYDH/19Provisión de leche en polvo para el operativo frio.............................................................................................. Pág. 419

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Licitación Pública / Llamado N° 487/UGETUPEEI/19Servicio integral de logística, traslado y relocalización de aves\" que actualmente residen en el                                     predio del Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires...................................................... Pág. 420

Licitación Pública / Adjudicación N° 255/DGTALAPRA/19Servicio de Logística, Armado y Organización de Eventos Masivos.................................................................. Pág. 420

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Licitación Pública / Prórroga N° 965/DGTALMAEP/16Servicio de Mantenimiento Integral de Muros Verdes y Zonas Anexas de la Ciudad Autónoma                                      de Buenos Aires.................................................................................................................................................. Pág. 421

Contratacion Menor / Llamado N° 919/DGTALAPRA/19Servicio de Recarga de Gas Medicinal............................................................................................................... Pág. 422

Contratacion Menor / Prórroga N° 76/DGTALMAEP/18Servicio de asistencia integral en el área de medios de comunicación.............................................................. Pág. 422

Licitación Pública Nacional / Llamado N° 1738/DGTALMAEP/18Servicio de Tratamiento Integral de Residuos Áridos, Restos de Obra y Construcciones................................. Pág. 424

Ministerio de Gobierno

Licitación Pública / Llamado N° 124/CAPMSA/19Licitación Pública para la Venta del Inmueble - Manzana 1Q Parcela 1c dique 4 Sector Este de                                     Puerto Madero.................................................................................................................................................... Pág. 425

Licitación Pública / Llamado N° 125/CAPMSA/19Licitación Pública Parque Lineal Paseo del Bajo - Obras de Superficie; FASE 4............................................... Pág. 425

Secretaría Legal y Técnica

Licitación Pública / Circular con consulta N° 504/DGTAD/19Servicio de producción integral para la ejecución del Plan Comisarías Cercanas............................................. Pág. 426

Edictos Oficiales

Jefatura de Gabinete de Ministros

Notificación N° 9955995/IVC/19Se notifica al Sr. Gabriel Quiñonez..................................................................................................................... Pág. 428

Intimaciones N° 10061577/IVC/15Se intima al Sr. Guillermo HORN........................................................................................................................ Pág. 429

Intimaciones N° 4058803/COMUNA11/19Se intima a Posca Leonardo Adrián y/o quien resulte ser propietario y/o poseedor del inmueble                                    sito en calle Melincue sin número entre chapas catastrales N° 3222 y N° 3240 de esta Ciudad                                      Autónoma de Buenos Aires................................................................................................................................ Pág. 429

Intimaciones N° 8001105/COMUNA15/19Se intima al Sr MENDEZ FERNANDEZ JESÚS, al Sr NUÑEZ BESADA DARÍO y/o quien                                              resulte ser propietario/a y/o poseedor/a del inmueble sito en calle Fraga N° 423/19, de la                                              Ciudad Autónoma de Buenos Aires.................................................................................................................... Pág. 430

Intimaciones N° 10640671/DGGCDC/19Se intima a los titulares de los vehículos que se detallan en el anexo............................................................... Pág. 430

Intimaciones N° 10953146/DGGCDC/19Se intima a los titulares de los vehículos que se detallan en el anexo............................................................... Pág. 431

Intimaciones N° 10636489/COMUNA15/19Se intima a MERCADO Y FRIGORÍFICO DEL PUEBLO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD                                      LIMITADA y/o quien resulte ser propietario/a y/o poseedor/a del inmueble sito en calle                                                  Paysandú Nº 1987/99 esquina Cucha Cucha Nº 2064/96, de la Ciudad Autónoma de Buenos                                        Aires.................................................................................................................................................................... Pág. 431

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Intimaciones N° 10867501/COMUNA15/19Se intima a YAPAY S.A. y/o quien resulte ser propietario/a y/o poseedor/a del inmueble sito en                                     la Av. Córdoba 6154/6160, entre las calles Santos Dumont y Concepción Arenal, de la Ciudad                                      Autónoma de Buenos Aires................................................................................................................................ Pág. 432

Intimaciones N° 10867564/COMUNA15/19Se intima a FABRIZIO CARLOS, FABRIZIO LILIANA, FABRIZIO LUIS y FABRIZIO MIGUEL                                        y/o quien resulte ser propietario/a y/o poseedor/a del inmueble sito en la calle GUEVARA                                              571/73, entre las calles Olleros y Maure, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.......................................... Pág. 432

Intimaciones N° 23440362/IVC/16Se intima al Sr. Roberto Luis Freytte.................................................................................................................. Pág. 433

Intimaciones N° 9956026/IVC/19Se notifica a todos aquellos que se crean con derechos sobre el inmueble identificado                                                   administrativamente como unidad de cuenta N° 46.251..................................................................................... Pág. 433

Intimaciones N° 9956131/IVC/19Se intima a aquellos que se crean con derechos sobre el inmueble identificado                                                              administrativamente como unidad de cuenta N° 75.157..................................................................................... Pág. 433

Intimaciones N° 10137190/IVC/19Se intima a aquellos que se crean con derechos sobre el inmueble identificado                                                              administrativamente como unidad de cuenta N° 27.168..................................................................................... Pág. 434

Ministerio de Economía y Finanzas

Notificación N° 544/DGR/19Se notifica a la contribuyente MASDETODO S.R.L. y al Socio Gerente de la firma señor                                                Domingo Schiavello............................................................................................................................................ Pág. 435

Notificación N° 889/DGR/19Se notifica a la contribuyente HITSY SA y/o a los responsables solidarios........................................................ Pág. 437

Notificación N° 995/DGR/19Se notifica a la contribuyente TOOLS SUPPLY S.A. y a su responsable solidario, el señor                                             Adriano Armando Finazzi.................................................................................................................................... Pág. 439

Notificación N° 997/DGR/19Se notifica a la contribuyente PIGMENTO S.A y a su responsable solidario señor Isaac                                                 Kanefsck............................................................................................................................................................. Pág. 441

Intimaciones N° 10529563/DGR/19Se intima a la firma IMAGINE CONTENIDOS S.A............................................................................................. Pág. 443

Intimaciones N° 10536141/DGR/19Se intima a la firma MACIA BUENOS AIRES S.A.............................................................................................. Pág. 444

Intimaciones N° 10536460/DGR/19Se intima a la firma GUICAMA S.R.L.................................................................................................................. Pág. 445

Intimaciones N° 10609169/DGR/19Se intima al contribuyente XIME S.A.................................................................................................................. Pág. 447

Intimaciones N° 10609579/DGR/19Se intima al contribuyente BRUSON S.A............................................................................................................ Pág. 448

Intimaciones N° 10932894/DGR/19Se intima a la firma CHANGLE WU.................................................................................................................... Pág. 450

Ministerio de Justicia y Seguridad

Intimaciones N° 80/SSSC/19Se intima a los titulares de vehículos que se detallan en el anexo..................................................................... Pág. 453

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Ministerio de Salud

Citación N° 10560071/DGLTMSGC/19Se cita a LESCANO MICAELA........................................................................................................................... Pág. 454

Notificación N° 21951237/HGNPE/18Se notifica al agente FERNANDEZ SASSO, Diego............................................................................................ Pág. 455

Ministerio de Gobierno

Notificación N° 10306096/DGEMP/19Se notifica al Sr. Armando Santa Cruz............................................................................................................... Pág. 456

Notificación N° 10308489/DGEMP/19Se notifica a la Sra. Laura Ester Lopez............................................................................................................... Pág. 457

Notificación N° 10308694/DGEMP/19Se notifica a la Sra. Paola Alejandra Leguiza..................................................................................................... Pág. 457

Notificación N° 10644653/DGEMP/19Se notifica al Sr. Gabriel Alejandro Conejo......................................................................................................... Pág. 458

Notificación N° 10676223/DGEMP/19Se notifica al Sr. Héctor Rolando Villagomez Alsina........................................................................................... Pág. 459

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Citación N° 10728605/PG/19Se cita al Sr. ROBERTO JORGE GAVAZZO..................................................................................................... Pág. 461

Ministerio Público Fiscal

Oficio Judicial N° 9928800/FPCYFN10/19Se cita al Sr. Juan Luis Aguero........................................................................................................................... Pág. 462

Oficio Judicial N° 9931994/FPCYFN10/19Se cita al Sr. Juan Luis Aguero........................................................................................................................... Pág. 462

Oficio Judicial N° 10303878/FPCYFN9/19Se cita al Sr. Rufino Garayo Brizuela.................................................................................................................. Pág. 463

Oficio Judicial N° 10310051/FPCYFN1/19Se cita al Sr. Oscar Natalio Balmaceda.............................................................................................................. Pág. 464

Oficio Judicial N° 10484916/FPCYFN9/19Se cita al Sr. Jesús Adrián Romero.................................................................................................................... Pág. 464

Oficio Judicial N° 10691196/FPIPCYFN36/19Se cita al Sr. Saúl Fabián García........................................................................................................................ Pág. 465

Juzgado Provincial

Oficio Judicial N° 8649579/JPICYC48N/19Cítese al Sr. Luis Pablo Umerez, y al Sr. Delfor Arturo Umerez o a sus sucesores. Cítese a                                           todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble de que se trata. Cítese al Sr.                                              Procurador del Tesoro, a la Municipalidad de Río Ceballos y a los colindantes................................................ Pág. 466

Oficio Judicial N° 10626825/JPICYCN6/19Se cita a los herederos de Héctor Alfredo Martínez........................................................................................... Pág. 467

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Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires

Oficio Judicial N° 9978364/JPCYFN14/19Se cita al Sr. Omar Alejandro Sánchez............................................................................................................... Pág. 468

Oficio Judicial N° 10159711/JPICAYTN8/19Se cita a todas aquellas personas que tengan un interés jurídico relevante...................................................... Pág. 468

Oficio Judicial N° 10281214/JPIPCYFN2/19Se cita al Sr. Juan Carlos Mamani Mamani........................................................................................................ Pág. 469

Oficio Judicial N° 10306838/JPCYFN18/19Se cita al Sr. Luis Ernesto Cerda Parra.............................................................................................................. Pág. 470

Oficio Judicial N° 10583854/JPIPCYFN17/19Se cita a Mario Alexander Enciso Medrano y Alfonso Medina Peñaloza........................................................... Pág. 470

Oficio Judicial N° 10675559/JPCYFN21/19Se cita al Sr. Roberto Carlos García................................................................................................................... Pág. 471

Oficio Judicial N° 10677162/JPCYFN26/19Se cita a la Sra. Ana Luisa Condori Carvajal...................................................................................................... Pág. 471

Edictos Particulares

Transferencias N° 8968529/GCABA-DGCCON/19Se transfiere la habilitación del local ubicado en la calle Brasil 1796 - Entre Ríos Av. 1802.............................. Pág. 473

Transferencias N° 9478253/GCABA-DGCCON/19Se transfiere la habilitación del local ubicado en la calle Costa Rica 4651/4653............................................... Pág. 473

Citación N° 8843045/GCABA-DGCCON/19Se cita a Nora Silvia Trevisani............................................................................................................................ Pág. 474

Citación N° 8843568/GCABA-DGCCON/19Se cita al Sr. Daniel Marcelo Romero................................................................................................................. Pág. 474

Citación N° 8932823/GCABA-DGCCON/19Se cita a la Sra. María de los Ángeles Parzanesse............................................................................................ Pág. 475

Sanción Disciplinaria N° 8842454/GCABA-DGCCON/19Aplicación de sanción disciplinaria...................................................................................................................... Pág. 476

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Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno

DECRETO N.º 130/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado según Ley Nº 6.017), el Decreto N° 391/18, las Resoluciones Nros. 1011-MJYSGC/15 y 791-MJYSGC/17, el Expediente Electrónico Nº 39422004-MGEYA-PMCABA/15, y CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados tramita el recurso jerárquico en subsidio, interpuesto por el Sr. David Antonio Coronel (DNI N° 26.667.252), contra los términos de la Resolución Nº 1011-MJYSGC/15, que dispuso su baja obligatoria de la Institución; Que, por Resolución Nº 791-MJYSGC/17 de fecha 19 de octubre de 2017, el titular del Ministerio de Justicia y Seguridad, desestimó el Recurso de Reconsideración interpuesto por Coronel contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15, en los términos del artículo 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, con fecha 20 de septiembre de 2018, se notificó al recurrente la resolución previamente mencionada, haciéndole saber mediante cédula notificada con fecha 9 de octubre de 2018 sobre la posibilidad de mejorar los fundamentos del recurso jerárquico incoado en subsidio del de reconsideración dentro del plazo de 5 (cinco) días, conforme los términos del artículo Nº 111 in fine de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que cumplido el plazo legal citado, y no habiendo el impugnante hecho uso del mencionado derecho de ampliar o mejorar los fundamentos, corresponde tener por reproducidos los fundamentos fácticos y jurídicos plasmados en la Resolución Nº 791/MJYSGC/17 que sirvieron de base para rechazar el recurso de reconsideración deducido; Que por Decreto N° 391/18 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos asignados al mismo; Que a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en autos y lo dictaminado por la Procuración General mediante el Dictamen Jurídico N° IF-2017-17023029-DGEMPP, corresponde el rechazo del recurso incoado. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 23

Artículo 1º.- Desestímase el recurso jerárquico, interpuesto en subsidio del recurso de

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reconsideración, incoado por el Sr. David Antonio Coronel (DNI N° 26.667.252) contra los términos de la Resolución Nº 1011-MJYSGC/15. Artículo 2º.- El presente Decreto es refrendado por el señor Vicejefe de Gobierno (Decreto N° 391/18) y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado en los términos de los artículos N° 62 y 63 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado según Ley Nº 6.017), y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Santilli p/p - Miguel

DECRETO N.º 131/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado según Ley Nº 6017), el Decreto N° 391/18, las Resoluciones Nros. 536/MJYSGC/18 y 912/MJYSGC/18, los Expedientes Electrónicos Nros. 20334106-MGEYA-SICYPDP/17 y 21295984-MGEYA-DGARHS/18, y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados tramita el recurso jerárquico subsidiario del de reconsideración interpuesto por el señor Claudio Eduardo Pertot (D.N.I. N° 24.064.613) contra la Resolución N° 536/MJYSGC/18, que dispuso su baja definitiva de la Policía de la Ciudad; Que por Resolución N° 912/MJYSGC/18 el señor Ministro de Justicia y Seguridad desestimó el recurso de reconsideración; Que el 13 de septiembre de 2018, se notificó dicha resolución al señor Pertot; Que con fecha 9 de octubre de 2018, se le notificó al nombrado la posibilidad de mejorar los fundamentos del recurso jerárquico subsidiario dentro del plazo de cinco (5) días, conforme los términos del artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que cumplido el plazo legal citado y no habiendo el recurrente ampliado ni mejorado los fundamentos expresados en el recurso de reconsideración, corresponde tener por reproducida la argumentación plasmada en la Resolución N° 912/MJYSGC/18 que sirvió de base para desestimarlo; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete de conformidad con la Ley N° 1.218; Que por Decreto N° 391/18 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos asignados al mismo; Que en mérito a las consideraciones vertidas, corresponde dictar el acto administrativo que desestima el recurso jerárquico subsidiario del de reconsideración.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 24

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Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1°.- Desestímase el recurso jerárquico subsidiario del de reconsideración que fuera interpuesto por el señor Claudio Eduardo Pertot (D.N.I. N° 24.064.613), contra la Resolución N° 536/MJYSGC/18. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Vicejefe de Gobierno (Decreto N° 391/18) y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

al interesado en los términos del Capítulo VI de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa y deja expedita la viabilidad del reclamo judicial, sin perjuicio de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Santilli p/p - Miguel

DECRETO N.º 132/19

Buenos Aires, 8 de abril de 2019 VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado según Ley Nº 6017), el Decreto Nº 391/18, las Resoluciones Nº 614/MJYSGC/2014 y Nº 764/MJYSGC/2015, y el Expediente Electrónico Nº 14476675/MGEYA/SII/2014, y; CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados tramita el recurso jerárquico en subsidio, interpuesto por el Oficial Primero Gabriel Eduardo Gómez (L.P. 5193-DNI 28.707.943) contra la Resolución Nº 614/MJYSGC/2014, que dispuso su alta en la Policía Metropolitana y el otorgamiento del estado policial del nombrado, asignándole la jerarquía de Oficial a partir del día 05/08/2014; Que por Resolución Nº 764-MJYSGC/2015, el titular del Ministerio de Justicia y Seguridad desestimó el Recurso de Reconsideración interpuesto por el agente, contra la Resolución N° 614/MJYSGC/2014, en los términos del artículo 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, con fecha 21 de febrero de 2017, se notificó al recurrente el arribo de los actuados a esta Instancia y su posibilidad de mejorar o ampliar los fundamentos del recurso jerárquico incoado en subsidio del de reconsideración dentro del plazo de 5 (cinco) días, conforme los términos del actual artículo Nº 111 in fine de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires;

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Que habiendo vencido el plazo fijado por ley, el recurrente no hizo uso de su derecho, por lo que corresponde resolver el recurso jerárquico que opera en subsidio con los elementos oportunamente aportados; Que a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en autos y lo dictaminado por la Procuración General mediante los IF N° 2015-34181959-DGEMPP e IF N° 2017-09206912-DGEMPP, corresponde el rechazo del recurso incoado. Que asimismo, se deja constancia que por Decreto Nº 391/2018 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos asignados al mismo; Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1º.- Desestímase el Recurso Jerárquico, interpuesto en subsidio del de reconsideración, incoado por el Oficial Primero Gabriel Eduardo Gómez (L.P. 5193-DNI 28.707.943) contra la Resolución Nº 614/MJYSGC/2014. Artículo 2º.- El presente Decreto es refrendado por el señor Vicejefe de Gobierno (Decreto 391/18) y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado en los términos de los artículos 62 y 63 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ( texto consolidado según Ley Nº 6017), y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. Digitally signed by Diego César RODRÍGUEZ LARRETA - Santilli p/p - Miguel

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Resolución Vicejefatura de Gobierno

RESOLUCIÓN N.° 60/OGDAI/19

Buenos Aires, 29 de marzo de 2019 VISTOS: La Ley N°104 (texto consolidado por Ley N°6.017), los Decretos N°260/17, N°427/17, N°432/17 y N°13/18, y los expedientes electrónicos EX-2019-07010602-GCABA-UAC1 y EX-2019-04203546-MGEYA-COMUNA1; y CONSIDERANDO: Que, mediante las presentes actuaciones, tramita el reclamo iniciado el 27 de febrero de 2019, en los términos del artículo 32 de la Ley N°104 (t.c. Ley N°6.017), por la Sra. María del Carmen Marone contra la Comuna N°7, unidad de gestión autónoma y descentralizada, como organismo fuera de nivel que funciona en la órbita de la Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, cuyo número de referencia es EX-2019-07010602-GCABA-UAC1, que fuera interpuesto en relación al pedido de acceso a la información pública que oportunamente tramitara en EX-2019-04203546-MGEYA-COMUNA1; Que, conforme a lo dispuesto por los incisos a), c), d) y f) del artículo 26, de la Ley N°104 (t.c. Ley N °6.017), son atribuciones del Órgano Garante del Derecho de Acceso a la Información supervisar de oficio el efectivo cumplimiento del derecho de acceso a la información pública por parte de los sujetos obligados, recibir y resolver los reclamos que ante él se interpongan, mediar entre los solicitantes de información y los sujetos obligados, y formular recomendaciones vinculadas al cumplimiento de la normativa, a la mayor transparencia en la gestión, y al cumplimiento del ejercicio del derecho de acceso a la información pública, entre otras funciones; Que, en virtud de lo establecido en el artículo 32 de la Ley N°104 (t.c. Ley N°6.017), aquellas personas que han realizado un pedido de acceso quedan habilitadas a interponer un reclamo ante este Órgano Garante del Derecho de Acceso a la Información, dentro del plazo de quince días hábiles contados desde la notificación de la respuesta o desde el día hábil inmediato posterior a que haya vencido el plazo para responder la solicitud, con la finalidad de iniciar una instancia de revisión, en el caso de denegatoria expresa o tácita de una solicitud de información presentada, según disponen los artículos 12 y 13 de la Ley N°104 (t.c. Ley N °6.017); Que, el 24 de enero de 2019, mediante EX-2019-04203546-MGEYA-COMUNA1, la Sra. María del Carmen Marone presentó un pedido de acceso a la información pública, dirigido a la Comuna N°7, a la que le solicitó copia de los parte de recepción definitiva de obra y/o certificados de avance de obra, que hubieren sido emitidos en el período comprendido entre diciembre de 2014 y mayo de 2015, inclusive, según consta en IF-2019-04194738-COMUNA1; Que, en tiempo y forma, a través del IF-2019-048917119-GCABA-COMUNA7, el 1° de febrero de 2019, la Junta Comunal N°7 se dirigió a la particular solicitante para hacerle saber que, en razón de la brecha temporal existente entre el período de consulta planteado mediante el recorte temporal propuesto y la fecha de interposición del pedido de acceso a la información pública, dicha repartición no disponía de la documentación solicitada, la que había sido debidamente guardada y archivada,

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consonancia con la normativa vigente en la materia, y que ello le fue debidamente notificado a la solicitante, mediante cédula de notificación, en su domicilio constituido en estas actuaciones, el 6 de febrero de 2019, conforme consta en IF-2019-05268637-GCABA-COMUNA7; Que, el 27 de febrero de 2019, en los términos del artículo 32 de la Ley N°104 (t.c. Ley N°6.017), la solicitante interpuso un reclamo, ante este Órgano Garante del Derecho de Acceso a la Información, cuyo número de referencia EX-2019-07010602-GCABA-UAC1, agraviándose por considerar que la respuesta provista por el sujeto obligado no satisfacía íntegramente su consulta, sino que era incompleta, y no constituía una negativa fundada a brindar información, lo que consta en su escrito de agravios, cuyo número de referencia es IF-2019-07025053-GCABA-UAC1; Que, siguiendo lo que dispone la Ley N°104 (t.c. Ley N°6.017), es opinión de este Órgano Garante que la interposición del reclamo fue correcta en tanto se había abordado de modo incompleto la consulta formulada por la solicitante, por lo que visto y considerando que la respuesta recibida era susceptible de ser perfeccionada, en cumplimiento del artículo 4 del Anexo I de la Resolución N°113/OGDAI/2018 (Separata BOCBA N°5520), mediante NO-2019-08173969-GCABA-OGDAI, el 14 de marzo de 2019, el Órgano Garante se dirigió a la Subsecretaría de Gestión Comunal, en su calidad de sujeto obligado que concentra toda la información relativa a las comunas, conforme surge del Decreto N °154/GCBA/18 (BOCBA N °5.379), para hacerle traslado del reclamo para su vista, consideración y, eventualmente, de considerarlo, su descargo; Que, el 26 de marzo de 2019, a través de NO-2019-09449688-GCABA-SSGCOM, la Subsecretaría de Gestión Comunal procedió a formular su descargo, aclarando que "[...] si bien esta Subsecretaría realizó una búsqueda exhaustiva en el Sistema Integrado de Gestión y Administrativa Financiera, no logró obtener resultado. Ello es así dado que el mencionado sistema resulta deficiente para la búsqueda solicitada y que los Roles/Perfiles atribuidos a esta repartición, o a cualquier otro nivel de gobierno, no son los apropiados. Estos permisos dependerán de la unidad ejecutora asignada, de la estructura organizativa y de las funciones otorgadas mediante Decreto de Jefe de Gobierno."; Que, para más información, el sujeto obligado hizo saber que "[...] las Unidades ejecutoras van cambiando a medida que se van modificando las estructuras organizativas, y una vez que se encuentra en función la nueva unidad, la repartición se encuentra imposibilitada de volver a utilizar la anterior.", recordando que "[...] en los años mencionados, diciembre 2014 a mayo 2015, esta Subsecretaría no existía como tal y que a la actualidad la estructura organizativa de las comunas y de la Jefatura de Gabinete de Ministros se han visto modificadas en reiteradas ocasiones."; Que, sin perjuicio de ello, el sujeto obligado indicó que "[...]en caso que la requirente nos informara número de expediente por el cual tramitó la obra pública y/o el nombre de la misma y/o la contratista y/o el sitio donde se ejecutó o cualquier otro dato relevante, esta Subsecretaría podría ejecutar una nueva búsqueda.", y, asimismo, ofreció una invitación a la solicitante-reclamante a sus oficinas, para que pueda visualizar las problemáticas que se suscitan en el Sistema SIGAF, aclarando que dicho sistema se encuentra en la órbita de la Dirección General Unidad Informática de Administración Financiera; Que, en reiteradas oportunidades, este Órgano Garante ya ha dicho que carece de facultades de investigación dirigidas a desconocer la presunción de legitimidad de la

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que gozan los actos administrativos en los que los sujetos obligados responden a los pedidos de acceso y en los que realizan sus descargos, si corresponde (Conf. RESOL-2018-20-OGDAI y otras), por lo que este Órgano estará a la veracidad de la información provista por el sujeto obligado, siempre que hayan sido emitidos conforme a derecho y en cumplimiento estricto de sus elementos esenciales, sin vicios aparentes en su validez y en congruencia con la pregunta planteada, en virtud de lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Anexo A del Decreto N°1510/97; t.c. Ley N°6.017); Que, por lo descripto, del cotejo de la solicitud original con el descargo elaborado por la Subsecretaría de Gestión Comunal, en calidad de sujeto obligado que centraliza la información que motivó la consulta de la solicitante, el objeto del reclamo ha devenido abstracto en el trámite de esta segunda instancia revisora, en cuanto se ha hecho saber las razones de la imposibilidad de dar con la información consultada, tal cual fuera oportunamente planteada la consulta de la solicitante, atento a la falta de debidos roles/permisos en el Sistema SIGAF, que no permiten al sujeto obligado realizar la búsqueda por las variables propuestas por la vecina y valorando, procesalmente, la buena predisposición de la Subsecretaría para ponerse a disposición, ofreciendo a la reclamante una invitación a visitar sus oficinas para que pueda comprobar por sí misma las problemáticas descriptas; Que, en ese sentido, en referencia al ofrecimiento del sujeto obligado de la posibilidad de realizar una nueva búsqueda en el sistema, en caso de que la solicitante reformulara la consulta con más datos que permitan mejorar la búsqueda, con carácter pedagógico, este Órgano Garante invita a la solicitante a presentar una nueva solicitud de información, con detalles adicionales como los propuestos por el sujeto obligado, de modo de que este pueda dar con aquella información que motivara originalmente su consulta, dando cuenta de las dificultades técnicas que enfrenta el sujeto obligado para responder a la consulta, más allá de su compromiso con los deberes impuestos por la Ley N°104 (t.c. Ley N°6.017) y de la buena voluntad demostrada en el escrito de descargo elaborado; Que, con ello, ante la imposibilidad de abordar la consulta conforme ha sido formulada, debido a la falta de debidos roles/permisos habilitados en el sistema que funciona como base de datos, que no dan cuenta del recorte temporal propuesto por la solicitante, en función de los principios consagrados en el artículo 2 de la Ley N°104 (t.c. Ley N°6.017), en particular los de accesibilidad, completitud y formatos abiertos, en virtud de la función atribuida en el inciso f) del artículo 26 de la Ley N°104 (t.c. Ley N°6.017), como buena práctica que podría adoptar la Administración, este Órgano Garante del Derecho de Acceso a la Información recomienda la construcción de una base de datos más sólida, que habilite el uso de mejores filtros y permita dar, en próximas oportunidades, con esta información del modo en que fuera solicitado en el presente caso, más allá de los permisos/roles otorgados a la repartición que corresponda en el Sistema SIGAF; Que, a mayor abundamiento, se alienta y recomienda a los sujetos obligados en el presente pedido de acceso a la información pública la construcción de una base de datos acorde a los estándares que establece la Ley N°104 (t.c. Ley N°6.017), conforme a los principios de accesibilidad, completitud y formatos abiertos consagrados en su artículo 2, que permita el archivo y clasificación de la información que motivara la consulta de la solicitante, sin perjuicio de los problemas con los que tuvieran que lidiar en el sistema referido, de modo de que la información sea accesible

y susceptible de ser rastreada, ante la posibilidad de que se presenten nuevas solicitudes de información como la planteada en estas actuaciones, para así poder cumplir con los deberes y obligaciones que impone la Ley N°104 (t.c. Ley N°6.017);

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Que, en ese sentido, se ordena al sujeto obligado a convocar a la solicitante-reclamante para que pueda concretar la visita ofrecida y tomar vista de las falencias del sistema oportunamente descriptas y de las problemáticas que enfrenta cuando intenta realizar una búsqueda como la planteada, recordando que, para los casos en que en el trámite de esta segunda instancia revisora, en la formulación de su descargo, los sujetos obligados se ponen a disposición, este Órgano Garante ya ha sentado el criterio de que, notificada su resolución al solicitante y al sujeto obligado, este último deberá comunicarse por e-mail o llamado telefónico o cédula de notificación, según corresponda, indicándole los días y horarios disponibles para la visita, la dirección de la oficina a la que deberá acercarse el particular interesado, un teléfono e e-mail de contacto y una persona del staff de la dependencia requerida que se encargará de recibir a el/la solicitante; Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 26, 34 y 35 de la Ley N°104 (t.c. Ley N °6.017),

LA TITULAR DEL ÓRGANO GARANTE DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

RESUELVE Artículo 1°.- El reclamo interpuesto HA DEVENIDO ABSTRACTO, en los términos del artículo 32 de la Ley N°104 (t.c. Ley N°6.017), el 27 de febrero de 2019, por la Sra. Marone, mediante EX-2019-07010602-GCABA-UAC1, contra la Comuna N°7, unidad de gestión autónoma y descentralizada, como organismo fuera de nivel que funciona en la órbita de la Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, ante la imposibilidad material de responder a lo consultado, tal cual fuera planteado por la solicitante, debido a que los roles/perfiles atribuidos no son los apropiados, conforme fuera referido por el sujeto obligado que concentra toda la información relativa a las comunas, en su descargo formulado en NO-2019-09449688-GCABA-SSGCOM. Artículo 2°.- RECOMENDAR a los sujetos obligados en el presente pedido de acceso a la información pública la construcción de una base de datos acorde a los estándares que establece la Ley N°104 (t.c. Ley N°6.017), conforme a los principios de accesibilidad, completitud y formatos abiertos consagrados en su artículo 2, que permita el archivo y clasificación de la información que motivara la consulta de la solicitante, sin perjuicio de los problemas con los que tuvieran que lidiar con el sistema aludido, de modo de que la información sea accesible y susceptible de ser rastreada, ante la posibilidad de que se presenten nuevas solicitudes de información como la planteada en estas actuaciones. Artículo 3°.- ORDENAR al sujeto obligado a que curse a la solicitante-reclamante la invitación pertinente, con los recaudos detallados en el considerando, para que pueda concretar la visita a sus oficinas y tomar vista de las problemáticas del sistema SIGAF, en particular a tenor de los deberes y obligaciones que impone la Ley N°104 (t.c. Ley N°6.017). Artículo 4°.- Notifíquese al interesado en los términos de los artículos 60 y 61 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

haciéndole saber que la presente resolución agota la vía administrativa. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a la Junta Comunal N°7 y a la Subsecretaría de Gestión Comunal, que depende de la Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a la Dirección General de Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la Información Pública, en su carácter de autoridad de aplicación, y a la Vicejefatura de Gobierno. Cumplido, archívese. Andía

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RESOLUCIÓN N.° 70/OGDAI/19

Buenos Aires, 29 de marzo de 2019 VISTOS: La Ley N°104 (texto consolidado por Ley N°6.017), los Decretos N°260/17, N°427/17, N°432/17 y N°13/18, y los expedientes electrónicos EX-2019-07011501-GCABA-UAC1 y EX-2019-04191255-MGEYA-COMUNA1; y CONSIDERANDO: Que, mediante las presentes actuaciones, tramita el reclamo iniciado el 27 de febrero de 2019, en los términos del artículo 32 de la Ley N°104 (t.c. Ley N°6.017), por la Sra. María del Carmen Marone contra la Comuna N°7, unidad de gestión autónoma y descentralizada, como organismo fuera de nivel que funciona en la órbita de la Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, cuyo número de referencia es EX-2019-07011501-GCABA-UAC1, que fuera interpuesto en relación al pedido de acceso a la información pública que oportunamente tramitara en EX-2019-04191255-MGEYA-COMUNA1; Que, conforme a lo dispuesto por los incisos a), c), d) y f) del artículo 26, de la Ley N°104 (t.c. Ley N °6.017), son atribuciones del Órgano Garante del Derecho de Acceso a la Información supervisar de oficio el efectivo cumplimiento del derecho de acceso a la información pública por parte de los sujetos obligados, recibir y resolver los reclamos que ante él se interpongan, mediar entre los solicitantes de información y los sujetos obligados, y formular recomendaciones vinculadas al cumplimiento de la normativa, a la mayor transparencia en la gestión, y al cumplimiento del ejercicio del derecho de acceso a la información pública, entre otras funciones; Que, en virtud de lo establecido en el artículo 32 de la Ley N°104 (t.c. Ley N°6.017), aquellas personas que han realizado un pedido de acceso quedan habilitadas a interponer un reclamo ante este Órgano Garante del Derecho de Acceso a la Información, dentro del plazo de quince días hábiles contados desde la notificación de la respuesta o desde el día hábil inmediato posterior a que haya vencido el plazo para responder la solicitud, con la finalidad de iniciar una instancia de revisión, en el caso de denegatoria expresa o tácita de una solicitud de información presentada, según disponen los artículos 12 y 13 de la Ley N°104 (t.c. Ley N°6.017); Que, el 24 de enero de 2019, mediante EX-2019-04191255-MGEYA-COMUNA1, la Sra. María del Carmen Marone presentó un pedido de acceso a la información pública, dirigido a la Comuna N°7, a la que le solicitó que le informe el número de las resoluciones que hubiere dictado desde el 1° de octubre de 2018 a la fecha de presentación de su solicitud [24 de enero de 2019], asimismo, consignando, que, para el caso de que a la fecha no se haya publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires alguna de las resoluciones que motivaron su consulta, se le remita copia de ellas, según consta en IF-2019-04194559-COMUNA1; Que, en tiempo y forma, a través del IF-2019-04897165-COMUNA7, el 1° de febrero de 2019, la Junta Comunal N°7 se dirigió a la particular solicitante para hacerle saber que, en los casos que corresponde, conforme a la normativa vigente, los actos administrativos que emite dicha repartición se encuentran publicados en el Boletín

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Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y que ello le fue debidamente notificado a la solicitante, mediante cédula de notificación, en su domicilio constituido en estas actuaciones, el 6 de febrero de 2019, conforme consta en IF-2019-05268777-GCABA-COMUNA7; Que, en reiteradas oportunidades, este Órgano Garante ya ha dicho que carece de facultades de investigación dirigidas a desconocer la presunción de legitimidad de la que gozan los actos administrativos en los que los sujetos obligados responden a los pedidos de acceso y en los que realizan sus descargos, si corresponde (Conf. RESOL-2018-20-OGDAI y otras), por lo que este Órgano estará a la veracidad de la información provista por el sujeto obligado, siempre que hayan sido emitidos conforme a derecho y en cumplimiento estricto de sus elementos esenciales, sin vicios aparentes en su validez y en congruencia con la pregunta planteada, en virtud de lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Anexo A del Decreto N°1510/97; t.c. Ley N °6.017); Que, el 27 de febrero de 2019, en los términos del artículo 32 de la Ley N°104 (t.c. Ley N°6.017), la solicitante interpuso un reclamo, ante este Órgano Garante del Derecho de Acceso a la Información, cuyo número de referencia es EX-2019-07011501-GCABA-UAC1, agraviándose por considerar que la respuesta provista por el sujeto obligado no satisfacía íntegramente su consulta, sino que era evasiva, y no constituía una negativa fundada a brindar información, lo que consta en su escrito de agravios, cuyo número de referencia es IF-2019-07026185-GCABA-UAC1; Que, siguiendo lo que dispone la Ley N°104 (t.c. Ley N°6.017), es opinión de este Órgano Garante que la interposición del reclamo fue correcta en tanto se había abordado de modo incompleto la consultada formulada por la solicitante, por lo que visto y considerando que la respuesta recibida era susceptible de ser perfeccionada, en cumplimiento del artículo 4 del Anexo I de la Resolución N°113/OGDAI/2018 (Separata BOCBA N°5520), mediante NO-2019-09647522-GCABA-OGDAI, el 27 de marzo de 2019, el Órgano Garante se dirigió a la Junta Comunal N°7, para hacerle traslado del reclamo para su vista, consideración y, eventualmente, de considerarlo, su descargo; Que, el 27 de marzo de 2019, mediante NO-2019-09680880-GCABA-COMUNA7, la Junta Comunal N°7 procedió a formular su descargo, haciendo llegar mediante modalidad archivo de trabajo, un listado que contiene las 67 resoluciones que fueron emitidas en el período consultado, señalando que las únicas resoluciones que fueron publicadas son las relacionadas con proyectos presentados en Legislatura y que, en el período requerido, no hay publicaciones, "[...] ya que hubo solo una que resultó observada por el Boletín Oficial, y aún no se dispuso su publicación [...]", advirtiendo que a partir de marzo de 2019, se emanaron instrucciones de publicar todas las resoluciones que se emitan de índole administrativo; Que, por lo descripto, del cotejo de la solicitud original con el descargo elaborado por la Junta Comunal N °7, el objeto del reclamo ha devenido abstracto en el trámite de esta segunda instancia revisora, en cuanto ha sido satisfecha de modo íntegro y completo la pretensión original, en NO-2019-09680880-GCABA-COMUNA7, ya que se ha provisto el número de todas las resoluciones dictadas en el período consultado y se ha provisto copia de todas ellas, consignando que ellas no han sido publicadas en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; Que, sí han sido plenamente abordados todos los puntos de consulta, corresponde tener la solicitud por íntegramente contestada, por lo que deberá rechazarse el

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reclamo iniciado, en tanto ha sido respondido en segunda instancia y han desaparecido así los agravios aducidos, conforme los términos de los artículos 34 y 35 de la Ley N°104 (t.c. Ley N°6.017) y las previsiones del artículo 9 del Anexo I de la Resolución N °113/OGDAI/2018 (Separata Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N°5520), que reglamenta el cumplimiento de la solicitud de información durante el trámite del reclamo, considerando que el reclamo deviene abstracto y debe rechazarse el reclamo fundado en que la información ya ha sido provista, cuando la pretensión original del solicitante sea satisfecha durante el trámite de esta segunda instancia, a través de los descargos presentados por los sujetos obligados; Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 26, 34 y 35 de la Ley N°104 (t.c. Ley N°6.017),

LA TITULAR DEL ÓRGANO GARANTE DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

RESUELVE Artículo 1°.- RECHAZAR el reclamo interpuesto, en los términos del artículo 32 de la Ley N°104 (t.c. Ley N°6.017), el 27 de febrero de 2019, por la Sra. Marone, mediante EX-2019-07011501-GCABA-UAC1, contra la Comuna N°7, unidad de gestión autónoma y descentralizada que funciona en la órbita de la Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en cuanto ha DEVENIDO ABSTRACTO en todos sus puntos, satisfecha íntegramente la consulta planteada, conforme surge del descargo elaborado por el sujeto obligado que concentra toda la información solicitada, cuyo número de referencia es NO-2019-09680880-GCABA-COMUNA7, quedando plenamente respondido lo requerido en el trámite de esta segunda instancia. Artículo 2°.- Notifíquese al interesado en los términos de los artículos 60 y 61 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, haciéndole saber que la presente resolución agota la vía administrativa. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a la Junta Comunal N°7 y a la Subsecretaría de Gestión Comunal, que depende de la Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a la Dirección General de Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la Información Pública, en su carácter de autoridad de aplicación, y a la Vicejefatura de Gobierno. Cumplido, archívese. Andía

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Jefatura de Gabinete de Ministros

RESOLUCIÓN N.° 166/MJGGC/19

Buenos Aires, 1 de abril de 2019 VISTO: El Decreto Nº 3/19, y los Expedientes Nº 3.989.389-MGEYA-DGTALMJG/19, Nº 9.076.484-GCABA-DGTALMJG/19 y Nº 9.595.082-GCABA-DGTALMJG/19, y CONSIDERANDO: Que, por la citada actuación, tramita una modificación presupuestaria entre partidas de los Incisos 2-Bienes de Consumo, 3- Servicios no Personales, y 4- Bienes de Uso, del presupuesto asignado a las Unidades Ejecutoras 608- Instituto Superior de la Carrera, 2051- Jefatura de Gabinete de Ministros, 2175-Secretaría de Integración Social y Urbana, 9604- Subsecretaría de Sistemas y Procesos, 9760- Secretaría de Planificación, Evaluación y Coordinación de Gestión, y 9980- Secretaría de Cultura Ciudadana y Función Pública; Que, se plantea la necesidad de modificar los créditos de diversas partidas presupuestarias entre los Programas 1- Actividades Centrales de la Jefatura de Gabinete de Ministros, 2- Actividades Comunes a los Programas 21 y 22, 6- Actividades Comunes a los Programas 10, 31 y 32, 10- Capacitación del Personal, 15- Planificación, Evaluación y Coordinación de Gestión, 21- Integración Social y Económica, 22- Infraestructura, Vivienda y Coordinación Gubernamental, y 44- Estrategia y Desarrollo de Sistemas y Procesos; Que, en función de lo expuesto, se considera conveniente la adopción de acciones tendientes a dar curso a lo solicitado; Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 3/2019 que aprueba las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2019,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la compensación de créditos, obrante en los Anexos de "Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias" (IF-2019-09701000-GCABA-DGTALMJG, IF-2019-09874684-GCABA-DGTALMJG, e IF-2019-10176076-GCABA-DGTALMJG), que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio y a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido archívese. Miguel

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ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 95/ASINF/19

Buenos Aires, 4 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 70, la Ley N° 2.689 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.017), la Ley N° 5.460 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.017) y su modificatoria, la Ley Nº 6.068, los Decretos Nros. 363/GCABA/15, 443/GCABA/18, 03/GCABA/19, el Expediente Electrónico Nº 09031371-GCABA-ASINF-2019, y CONSIDERANDO: Que a través del expediente electrónico indicado en el visto tramita la compensación presupuestaria detallada en el Requerimiento Nº 1589/SIGAF/2019 cuya finalidad es contar con crédito suficiente para imputar al gasto detallado en el Informe Nº 10203014-GCABA-DGTALINF-2019; Que mediante Ley N° 2.689 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.017), se creó la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como órgano rector en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones en el ámbito del Poder Ejecutivo, y como entidad autárquica en el orden administrativo, funcional y financiero; Que, por su parte, la actual Ley de Ministerios N° 5.460 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.017) y su modificatoria, establece que la ASI se encuentra bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministerios de la Ciudad, asimismo ésta además se encarga de supervisar su funcionamiento, en un todo conforme con dicha Ley, y su Decreto Complementario N° 363/GCABA/15 y sus modificatorios; Que los entes descentralizados tienen por definición la facultad de administrarse por sí mismos, poseen patrimonio y presupuesto propios y se rigen por las normas generales de Derecho Público, vinculándose con la Administración Central mediante una relación jurídica de control administrativo o tutela; Que por otro lado, la Ley Nº 70 de "Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad" establece en el artículo 63, 2º párrafo que "Las demás modificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo, pudiendo delegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración Financiera y en el órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires"; Que por medio de la Ley Nº 6.068, promulgada por Decreto Nº 443/GCABA/18 se fijaron los gastos corrientes y de capital del presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2.019; Que así por Decreto Nº 03/GCABA/19, se aprobaron las "Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2.019", estableciendo en el artículo 9º del Anexo I que las modificaciones de créditos presupuestarias que se efectúen se aprobarán de conformidad con el nivel de autorizaciones que se consignen en el capítulo XI, articulo 40 de ese anexo; Que el Requerimiento Nº 1589/SIGAF/2.019 se encuentra en estado "Pendiente OGESE", validado por la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) en el

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Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF); Que en consecuencia proceda arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades conferidas en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2.019, aprobadas mediante Decreto N° 03/GCABA/2.019; Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de esta Agencia de Sistemas de Información, ha tomado la debida intervención; Que de esta manera, resulta pertinente dictar el acto administrativo a los fines de aprobar las modificaciones en las partidas presupuestarias que se propicia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 03/GCABA/2.019,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION

RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la modificación en las partidas presupuestarias pertenecientes a la Agencia de Sistemas de Información según el Anexo, registrado en SADE como IF-2019-10203022-GCABA-DGTALINF el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial de la Agencia de Sistemas de Información y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Dougall

RESOLUCIÓN N.° 102/ASINF/19

Buenos Aires, 8 de abril de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 (texto consolidado por Ley Nº 6.017) y su modificatoria Nº 6.025, 2.689 (texto consolidado por Ley Nº 6.017), 5.460 y su modificatoria N° 5.960, el Decreto N° 363/15, las Resoluciones de Firma Conjunta Nros. 1634/MHGC/17, 2188/MHGC/17 y 57/MEFGC/19, la Resolución N° 9/ASINF/19, el Expediente Electrónico N° 09596881-GCABA-ASINF-2019, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley N° 2.689 se creó la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como órgano rector en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones en el ámbito del Poder Ejecutivo, y como entidad autárquica en el orden administrativo, funcional y financiero; Que el artículo 10° de dicha norma establece entre las funciones del Director Ejecutivo de la Agencia de Sistemas de Información, la de "Organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánico funcional, así como los aspectos organizativos, operativos y de administración";

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ANEXO

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Que por la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley Nº 6.017) y su modificatoria N° 5.960, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en el artículo 3º de la citada Ley Nº 5960, se dispuso como objetivo del Ministerio de Economía y Finanzas, entre otros, el de diseñar e implementar las políticas de gestión y administración de los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, mediante Decreto N° 363/GCABA/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno Autónoma de Buenos Aires, y se estableció que la Agencia de Sistemas de Información se encuentra bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Resolución de Firma Conjunta Nº 1634/MHGC/17 se aprobó el procedimiento administrativo para la incorporación del personal a la planta de perfiles de sistemas con modalidad transitoria de la Agencia de Sistemas de Información; Que por Resolución Conjunta Nº 2188/MHGC/17 se sustituyó el Anexo I de la Resolución Conjunta Nº 1634/MHGC/17 atento a la necesidad de modificar los cupos de los roles determinados e incorporar nuevos requisitos para el ingreso a la planta transitoria; Que ello así, por Resolución de Firma Conjunta N° 57/MEFGC/2019 se aprobó la planta de perfiles de sistemas con modalidad transitoria dentro del ámbito de esta Agencia de Sistemas de Información por el período comprendido entre el 1° de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2019; Que el artículo 2° de la mentada Resolución estableció que el personal comprendido en la planta lo será en carácter transitorio, careciendo de estabilidad, cesando automáticamente a la fecha de finalización de dicha planta y podrá disponerse su cese anticipado sin expresión de causa;

Que por el artículo 4° de la Resolución citada precedentemente, se encomendó al Director Ejecutivo de la Agencia, previo cumplimiento de los recaudos previstos en el Anexo II de la Resolución de Firma Conjunta Nº 1634/MHGC/17, a designar y cesar al personal comprendido en la presente Resolución, así como a dictar normas reglamentarias, interpretativas, aclaratorias, operativas y complementarias para un mejor desarrollo de la planta con modalidad transitoria; Que por Resolución N° 9/ASINF/2019 se autorizó, entre otros, la designación a la Planta Transitoria de Perfiles Informáticos de la Dirección General de Integración de Sistemas de la Agencia de Sistemas de Información a la Sra. Crosignani Valeria detallado en el Anexo registrado en SADE como IF-2019-02291875-ASINF; Que bajo orden N° 3 obra la renuncia presentada por la Sra. Crosignani Valeria registrada en SADE como RE-2019-09622008-GCABA-ASINF; Que mediante Nota N° 09726967-GCABA-DGISIS-2019 (Orden N° 4) el Director General de Integración de Sistemas de esta Agencia de Sistemas de Información prestó la conformidad correspondiente; Que a través del Informe N° 10693448-GCABA-ASINF-2019, obrante bajo Orden N° 12, se solicitó realizar el correspondiente acto administrativo; Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información, ha tomado la debida intervención; Que en consecuencia, resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente a fin de aceptar la renuncia presentada. Por ello, y en uso de las facultades conferidas que le son propias,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

RESUELVE

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Artículo 1º.- Acéptese, a partir del 31 de marzo de 2019, la renuncia presentada por la

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Sra. Crosignani Valeria (CUIT 20-23772641-4) al cargo de Líder de Desarrollo de Sistemas en la Dirección General de Integración de Sistemas de la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma, el cual fuera oportunamente autorizada por Resolución N° 09/ASINF/2019. Artículo 2º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, a la Dirección General de Integración de Sistemas de la Agencia de Sistemas de Información, a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Economía y Finanzas. Notifíquese a la interesada. Cumplido, archívese. Dougall

RESOLUCIÓN N.° 103/ASINF/19

Buenos Aires, 8 de abril de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 (texto consolidado por Ley Nº 6.017) y su modificatoria Nº 6.025, 2.689 (texto consolidado por Ley Nº 6.017), 5.460 y su modificatoria N° 5.960, el Decreto N° 363/15, las Resoluciones de Firma Conjunta Nros. 1634/MHGC/17, 2188/MHGC/17 y 57/MEFGC/19, la Resolución N° 9/ASINF/19, el Expediente Electrónico N° 09592123-GCABA-ASINF-2019, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley N° 2.689 se creó la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como órgano rector en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones en el ámbito del Poder Ejecutivo, y como entidad autárquica en el orden administrativo, funcional y financiero; Que el artículo 10° de dicha norma establece entre las funciones del Director Ejecutivo de la Agencia de Sistemas de Información, la de "Organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánico funcional, así como los aspectos organizativos, operativos y de administración"; Que por la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley Nº 6.017) y su modificatoria N° 5.960, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en el artículo 3º de la citada Ley Nº 5960, se dispuso como objetivo del Ministerio de Economía y Finanzas, entre otros, el de diseñar e implementar las políticas de gestión y administración de los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, mediante Decreto N° 363/GCABA/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno Autónoma de Buenos Aires, y se estableció que la Agencia de Sistemas de Información se encuentra bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Resolución de Firma Conjunta Nº 1634/MHGC/17 se aprobó el procedimiento administrativo para la incorporación del personal a la planta de perfiles de sistemas con modalidad transitoria de la Agencia de Sistemas de Información;

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Que por Resolución Conjunta Nº 2188/MHGC/17 se sustituyó el Anexo I de la Resolución Conjunta Nº 1634/MHGC/17 atento a la necesidad de modificar los cupos de los roles determinados e incorporar nuevos requisitos para el ingreso a la planta transitoria; Que ello así, por Resolución de Firma Conjunta N° 57/MEFGC/2019 se aprobó la planta de perfiles de sistemas con modalidad transitoria dentro del ámbito de esta Agencia de Sistemas de Información por el período comprendido entre el 1° de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2019; Que el artículo 2° de la mentada Resolución estableció que el personal comprendido en la planta lo será en carácter transitorio, careciendo de estabilidad, cesando automáticamente a la fecha de finalización de dicha planta y podrá disponerse su cese anticipado sin expresión de causa;

Que por el artículo 4° de la Resolución citada precedentemente, se encomendó al Director Ejecutivo de la Agencia, previo cumplimiento de los recaudos previstos en el Anexo II de la Resolución de Firma Conjunta Nº 1634/MHGC/17, a designar y cesar al personal comprendido en la presente Resolución, así como a dictar normas reglamentarias, interpretativas, aclaratorias, operativas y complementarias para un mejor desarrollo de la planta con modalidad transitoria; Que por Resolución N° 9/ASINF/2019 se autorizó, entre otros, la designación a la Planta Transitoria de Perfiles Informáticos de la Dirección General de Seguridad Informática de la Agencia de Sistemas de Información a la Sra. Gorrini Carla Natalia detallado en el Anexo registrado en SADE como IF-2019-02291875-ASINF; Que bajo orden N° 3 obra la renuncia presentada por la Sra. Gorrini Carla Natalia registrada en SADE como RE-2019-09592837-GCABA-ASINF; Que mediante Notas Nros 09566452 y 09622506-GCABA- DGSEI-2019, (Ordenes N° 4 y 5) el Director General de Seguridad Informática de esta Agencia de Sistemas de Información prestó la conformidad correspondiente; Que a través del Informe N° 10682071-GCABA-ASINF-2019 obrante bajo Orden N° 13, se solicitó realizar el correspondiente acto administrativo; Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información, ha tomado la debida intervención; Que en consecuencia, resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente a fin de aceptar la renuncia presentada. Por ello, y en uso de las facultades conferidas que le son propias,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

RESUELVE

Artículo 1º.- Acéptese, a partir del 31 de marzo de 2019, la renuncia presentada por la Sra. Gorrini Carla Natalia (CUIT 27-31917770-7) al cargo de Administrador Seguridad Informática Nivel 2 en la Dirección General de Seguridad Informática de la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el cual fuera oportunamente autorizada por Resolución N° 09/ASINF/2019. Artículo 2º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, a la Dirección General de Seguridad Informática de la Agencia de Sistemas de Información, a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Economía y Finanzas. Notifíquese a la interesada. Cumplido, archívese. Dougall

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Ministerio de Economía y Finanzas

RESOLUCIÓN N.° 1522/MEFGC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: Los Decretos Nros. 638/07, 363/15 y sus modificatorios y las Resolución Nº 446/MHGC/16 y modificatoria y Nº 175/MEFGC/19 y, el Expediente Electrónico N° 9.586.274/GCABA-DGRGIEG/2019, y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 638/07 se delegó a los señores Ministros, Secretarios y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar designaciones y disponer ceses del personal de las Plantas de Gabinete correspondientes a su jurisdicción, como así también aprobar las modificaciones correspondientes en cada caso; Que mediante Decreto Nº 363/2015 y sus modificatorios, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, entre otras medidas, el artículo 7° del citado Decreto instituye a partir del 10 de diciembre de 2015, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno; Que posteriormente por Resolución N° 446/MHGC/16 y modificatoria, se estableció que el excedente de Unidades Retributivas del Régimen Modular asignado y no utilizado en los términos del Artículo 7° y 8° del Decreto antes mencionado, podrán ser administrados como Suplemento de Gabinete; Que mediante Resolución N° 175/MEFGC/2019 fue designado, a partir del 1 de enero de 2019, al señor Pedro Marcelo Berlato, CUIL. 20-24623192-4, como personal de la Planta de Gabinete, de la Dirección General de Relocalización y Gestión Integral de Edificios de Gobierno, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Operativa, del Ministerio de Economía y Finanzas, con una retribución equivalente a la cantidad de siete mil (7.000) unidades retributivas mensuales; Que la citada Dirección General solicita la modificación de dichas unidades retributivas asignadas a favor del mencionado agente, a partir del 1 de mayo de 2019, como así también, la asignación del Suplemento de Gabinete al señor Juan Sascaro CUIL 20-20273610-7 y a la señora María Eugenia Kollmann CUIL 27-27311944-8, quienes revistan como planta transitoria de la Dirección General de Relocalización y Gestión Integral de Edificios de Gobierno, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Operativa, del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, a tal fin, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido. Por ello, en virtud de las atribuciones que le son propias,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVE

Artículo 1°. - Déjase establecido, a partir del 1 de mayo de 2019, el Suplemento de Gabinete asignado al señor Pedro Marcelo Berlato, CUIL. 20-24623192-4 lo es con una retribución equivalente a la cantidad total de seis mil quinientas (6.500), quedando

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en tal sentido modificada parcialmente la Resolución N° 175/MEFGC/2019. Artículo 2º.-Asígnese, a partir del 1 de mayo 2019, el Suplemento de Gabinete al señor Juan Sascaro CUIL 20-20273610-7, quien reviste como planta transitoria en Dirección General de Relocalización y Gestión Integral de Edificios de Gobierno, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Operativa, del Ministerio de Economía y Finanzas, con una retribución equivalente a la cantidad de un mil (1.000) unidades retributivas mensuales. Artículo 3°.- Asígnese, a partir del 1 de mayo 2019, el Suplemento de Gabinete a la señora María Eugenia Kollmann CUIL 27-27311944-8, quien reviste como planta transitoria en Dirección General de Relocalización y Gestión Integral de Edificios de Gobierno, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Operativa, del Ministerio de Economía y Finanzas, con una retribución equivalente a la cantidad de un mil (1.000) unidades retributivas mensuales. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Técnica Administrativa y Legal, del Ministerio de Economía y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Relocalización y Gestión Integral de Edificios de Gobierno, la que deberá notificar fehacientemente a los interesados. Mura

RESOLUCIÓN N.° 1523/MEFGC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 12.107.028/MGEYA-HOPL/2015, y CONSIDERANDO: Que, por la citada actuación, el Hospital Oftalmológico "Dr. Pedro Lagleyze", dependiente del Ministerio de Salud, dió cuenta en su oportunidad del faltante de un (1) Calderillo de bronce con hisopo, una (1) Campanilla de bronce, un (1) Crucifijo de bronce de pie, una (1) Lámpara del santísimo en bronce tallado, un (1) Pilar de agua bendita en mármol, una (1) Bandeja de bronce para comunión, seis (6) Candelabros para cuatro velas y cuatro (4) Candelabros para tres velas, los cuales se encontraban en la capilla del citado nosocomio; Que se ha efectuado la pertinente denuncia ante la Comisaría 29ª de la Policía Federal Argentina; Que con motivo del hecho tomó intervención la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N° 50 (ex Fiscalía Nacional en lo Correccional N°1), donde tramito la causa N° C-01-48380, la que se encuentra archivada con fecha 10 de febrero de 2015; Que habiéndose instruido sumario administrativo a fin de investigar los hechos y deslindar responsabilidades, la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires consideró inoficioso proseguir con la investigación por lo que aconsejó su archivo, toda vez que no pudo arribarse a la verdad material de lo acontecido con los bienes desaparecidos y no se encontraron indicios que permitieran determinar la responsabilidad del personal a cargo del cuidado y conservación de los elementos en cuestión; Que en consecuencia el Ministerio de Salud dictó la Resolución Nº 1389/MSGC/18 de fecha 16 de julio de 2018;

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Que a tal respecto la Dirección General de Contaduría manifiesta que, a efectos de posibilitar la regularización contable patrimonial de los elementos faltantes, resulta necesario proceder a autorizar su egreso de inventario mediante el dictado de la resolución pertinente; Por ello, y conforme lo establecido por el Artículo 3º del Decreto Nº 7.852/78,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVE

Artículo 1º.- Dispónese la baja de un (1) Calderillo de bronce con hisopo, una (1) Campanilla de bronce, un (1) Crucifijo de bronce de pie, una (1) Lámpara del santísimo en bronce tallado, un (1) Pilar de agua bendita en mármol, una (1) Bandeja de bronce para comunión, seis (6) Candelabros para cuatro velas y cuatro (4) Candelabros para tres velas, los cuales se encontraban en la capilla del Hospital Oftalmológico "Dr. Pedro Lagleyze", dependiente del Ministerio de Salud, cuyo valor de inventario asciende a la suma total de pesos dieciséis ($ 16.-). Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Contaduría de este Ministerio y al Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. Mura

RESOLUCIÓN N.° 1524/MEFGC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 (texto consolidado por Ley Nº 6.017) y su modificatoria Nº 6.025, 5.460 (texto consolidado por Ley Nº 6.017) y su modificatoria Nº 5.960, los Decretos Nros. 684/09, 335/11, 571/11, 363/15, 119/18 y 217/18, las Resoluciones Nros. 563/MHGC/16, 3648/MHGC/17 y 1408/MEFGC/19, la Disposición Nº 5/EMUI/19, el Expediente Electrónico N° 7.672.167-GCABA-EMUI-2019, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 5.460 y modificatoria 5.960 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2º de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Economía y Finanzas; Que por Decreto N° 119/18 se modificó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que fuera aprobada por Decreto Nº 363/15 y modificatorios; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 27° del citado decreto los cargos del Régimen Gerencial existentes al 27 de abril de 2018 permanecerán vigentes hasta tanto se apruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada jurisdicción o hasta tanto el Ministro de Economía y Finanzas realice las modificaciones de designaciones de personal del Régimen Gerencial resultantes de los cambios producidos por la Ley N° 5.960 y el Decreto N° 119/18; Que por Decreto N° 217/18 se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Disposición Nº 5/EMUI/19 se modificó la estructura orgánica funcional del Ente de Mantenimiento Urbano Integral, dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

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Que por Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que posteriormente, por Decreto N° 335/11 se modificó el artículo 3° del Decreto N° 684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán “Gerencia Operativa“ y “Subgerencia Operativa“, a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno; Que por el artículo 4° del Decreto N° 571/11 se autorizó al entonces Secretario de Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales, su duración y a fijar el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos; Que la Sra. Marcela Claudia Angioi, DNI N° 17.674.435, CUIL N° 27-17674435-4, presentó su renuncia como Gerente Operativa de la Gerencia Operativa Coordinación de Puentes, del Ente de Mantenimiento Urbano Integral, de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, cuya designación fuera dispuesta mediante Resolución Nº 563/MHGC/16, siendo ratificada en el cargo por Resoluciones Nros. 3648/MHGC/17 y 1408/MEFGC/19; Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 17 incs. 11 y 13 de la Ley Nº 5.460 (texto consolidado por Ley Nº 6.017), y su modificatoria Nº 5.960;

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVE

Artículo 1°.- Acéptase, a partir del 28 de febrero de 2019, la renuncia presentada por la Sra. Marcela Claudia Angioi, DNI N° 17.674.435, CUIL N° 27-17674435-4, como Gerente Operativa con carácter transitorio, de la Gerencia Operativa Coordinación de Puentes, del Ente de Mantenimiento Urbano Integral, de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Desarrollo del Servicio Civil, Técnica, Administrativa y Legal, del Ministerio de Economía y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ente de Mantenimiento Urbano Integral, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, debiendo este último notificar fehacientemente a la interesada y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Mura

RESOLUCIÓN N.º 435/SSGRH/19

Buenos Aires, 22 de marzo de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 5460 (texto consolidado por Ley N° 6017) y la modificatoria de ésta última Ley N° 5960, el Expediente Electrónico Nº 4203976/MGEYA-DGPCUL/18, y CONSIDERANDO:

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Que por Ley N° 5460 (texto consolidado por Ley N° 6017) y su modificatoria Ley N°

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5960, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6017) reglamenta la relación laboral de los empleados de la Administración Pública, pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, regulando, entre otros aspectos, el régimen de licencias; Que el artículo 16 inciso k) y 48, de la Ley N° 471, establece que los trabajadores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tienen derecho a una licencia por designación en cargos de mayor jerarquía sin goce de haberes; Que asimismo, el artículo 48 de la referida Ley dispone que "...Se considera que existe ejercicio de un cargo superior, cuando un trabajador asume en forma transitoria funciones inherentes a una posición de nivel superior al propio, con retención de su situación de revista."; Que a través de dicho actuado, se gestiona la solicitud interpuesta por la agente Ondina Beatriz Fraga, CUIL N° 23-20231620-4, tendiente a obtener el otorgamiento de licencia, sin goce de haberes, por designación en cargo de mayor jerarquía, prevista en los arts. 16 inc. k) y 48, de la Ley N° 471, con motivo de su designación como Consejera, del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la CABA, en representación de la Legislatura de la Ciudad, en los términos de la Ley N° 114, a partir del 1 de enero de 2018, mientras dure en el cargo; Que de las constancias de los autos citados en el Visto, surge que la interesada fue designada en el cargo referido por intermedio de la Resolución N° 443/17, publicada en el Boletín Oficial N° 5289, del día 08/01/2018; Que asimismo surge de las actuaciones referidas en el Visto, que se procedió a efectuar el pertinente Bloqueo de Haberes, en fecha 01/01/18; Que la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de esta Subsecretaría, ha tomado debida intervención, presentando su conformidad a las presentes gestiones, en el marco de los artículos 16 inciso k) y 48 de la Ley N° 471; Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente, otorgando la licencia por cargo de mayor jerarquía solicitada. Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

LA SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1°.- Otorgar, a partir del 01 de enero del 2018, mientras dure su designación,

licencia extraordinaria sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía, de conformidad con lo establecido en los artículos 16 inc. k) y 48, de la Ley N° 471, a la agente Ondina Beatriz Fraga, CUIL N° 23-20231620-4, de la Dirección General Promoción Cultural, del Ministerio de Cultura, reteniendo la partida 5035.0030.GGU.MED08/G.GGU.2710. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Direcciones Generales de Asuntos Laborales y Previsionales y Administración y Liquidación de Haberes, de esta Subsecretaría, y a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, del Ministerio de Cultura, debiendo ésta última notificar fehacientemente a la interesada. Cumplido, archívese. Domeniconi

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RESOLUCIÓN N.º 436/SSGRH/19

Buenos Aires, 22 de marzo de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 5460 (texto consolidado por Ley N° 6017), y la modificatoria de ésta última Ley N° 5960, el Expediente Electrónico Nº 28126778/MGEYA-DGTALMC/18, y CONSIDERANDO: Que por Ley N° 5460 y modificatorias, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Ley N° 471, reglamenta la relación laboral de los empleados de la Administración Pública, pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, regulando, entre otros aspectos, el régimen de licencias; Que el artículo 16 inciso k) de la citada norma, establece que los trabajadores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tienen derecho a una licencia por designación en cargos de mayor jerarquía, sin goce de haberes; Que asimismo, el artículo 48, de la referida ley dispone que "...Se considera que existe ejercicio de un cargo superior cuando un trabajador asume en forma transitoria funciones inherentes a una posición de nivel superior al propio, con retención de su situación de revista."; Que por Resolución N° 2415/SSGRH/17, se otorgó a partir del 27 de octubre de 2016 y hasta el 31 de octubre de 2017, licencia extraordinaria, sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía, a la agente Jorgelina Carla Novik, CUIL N° 27-18412091-2 perteneciente a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, del Ministerio de Cultura; Que posteriormente, por la Resolución N° 21-APN-SGSFMYCP-JGM-2018, se prorrogó la designación de la interesada como Coordinadora de Ceremonial, Protocolo y Comunicación del Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos, de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, a partir del 1 de noviembre de 2017 y hasta el 31 de octubre de 2018; Que asimismo Resolución 3-APN-SGSFMYCP-JGM-2019, del 7 de enero de 2019, se prorrogó nuevamente la designación en el cargo referido en el considerando anterior, a partir del 1 de noviembre de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019; Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde convalidar la licencia por designación en cargo de mayor jerarquía por el período comprendido entre el 1/11/17 y el 31/10/18 y otorgar la misma licencia a partir del 1/11/18 y hasta el 31/12/19, emitiendo el correspondiente acto administrativo. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

LA SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1°.- Convalídase a partir del 01 de noviembre de 2017 y hasta el 31 de octubre de 2018 la Licencia Extraordinaria, sin goce de haberes por designación en cargo de mayor jerarquía, a la agente Jorgelina Carla Novik, CUIL. 27-18412091-2,

perteneciente a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura, de conformidad con lo establecido en los artículos 16 inc. k) y 48, de la Ley N° 471, reteniendo sin percepción de haberes la partida 5001.0000.GGU.AVA.09/G.GGU.2201, del citado Organismo

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Artículo 2°.- Otórgase, a partir del 01 de noviembre de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019, la Licencia Extraordinaria, sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, a la agente indicada en el artículo precedente, de conformidad con lo establecido en los artículos 16 inc. k) y 48, de la Ley N° 471, reteniendo sin percepción de haberes la partida 5001.0000.GGU.AVA.09/G.GGU.2201, de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, dependiente de esta Subsecretaría, y a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura, debiendo esta última notificar fehacientemente a la interesada. Cumplido, archívese. Domeniconi

RESOLUCIÓN N.º 437/SSGRH/19

Buenos Aires, 22 de marzo de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 5460 (texto consolidado por Ley N° 6017), y su modificatoria Ley N° 5960, el Expediente Electrónico Nº 28126723/MGEYA-DGTALMC/18, y CONSIDERANDO: Que por Ley N° 5460 y su modificatoria, se sancionó la Ley de Ministerios, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Ley N° 471, reglamenta la relación laboral de los empleados de la Administración Pública, pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, regulando, entre otros aspectos, el régimen de licencias; Que el artículo 16 inciso k) de la citada norma, establece que los trabajadores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tienen derecho a una licencia por designación en cargos de mayor jerarquía, sin goce de haberes; Que asimismo, el artículo 48, de la referida ley dispone que "...Se considera que existe ejercicio de un cargo superior cuando un trabajador asume en forma transitoria funciones inherentes a una posición de nivel superior al propio, con retención de su situación de revista."; Que el agente Joaquín Ignacio Navarro, CUIL. 20-25557691-8, solicitó licencia por designación en cargo de mayor jerarquía, atento a que se prorrogó su designación como Coordinador Prensa y Difusión, del Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos de la Nación; Que cabe señalar, que mediante Resolución N° 21-APN-JGM-18, el Secretario de Gobierno del Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos prorrogó la designación del interesado en el cargo mencionado, a partir del 01 de noviembre de 2017 y hasta el 31 de octubre de 2018; Que oportunamente por Resolución N° 1335/SSGRH/18, se convalidó el período de licencia, comprendido entre el 12 de julio de 2017 y el 31 de octubre de 2017 (artículo 1°), y se procedió a otorgar una nueva licencia por designación en un cargo de mayor jerarquía conforme lo manifestado, a partir del 01 de noviembre de 2017 y por el término de ciento ochenta (180) días hábiles (artículo 2°), plazo que vencía el día 30 de julio de 2018;

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Que posteriormente, por la Resolución N° 3-APN-JGM-19, el Secretario de Gobierno del Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos, prorrogó la designación del interesado en el cargo referido, a partir del 1/11/2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019; Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde convalidar la licencia por designación en cargo de mayor jerarquía por el período comprendido entre el 31 de julio de 2018 y el 31 de octubre de 2018, y otorgue la misma licencia a partir del 01 de noviembre de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019, emitiendo el correspondiente acto administrativo. Por ello, y en uso de las facultades conferidas, LA SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS

RESUELVE Artículo 1°.- Convalídase a partir del 31 de julio de 2017 y hasta el 31 de octubre de 2018, la licencia extraordinaria, sin goce de haberes por designación en cargo de mayor jerarquía, al agente Joaquín Ignacio Navarro, CUIL. 20-25557691-8, perteneciente a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura, de conformidad con lo establecido en los artículos 16 inc. k) y 48, de la Ley N° 471, reteniendo sin percepción de haberes la partida 5001.0000.GGU.AVA.09/G.GGU.2201, del citado Organismo. Artículo 2°.- Otórgase, a partir del 01 de noviembre de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019, la licencia extraordinaria, sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, al agente indicado en el artículo precedente, de conformidad con lo establecido en los artículos 16 inc. k) y 48, de la Ley N° 471, reteniendo sin percepción de haberes la partida 5001.0000.GGU.AVA.09/G.GGU.2201, de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Direcciones Generales Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, dependientes de esta Subsecretaría, y a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura, debiendo esta última notificar fehacientemente al interesado. Cumplido, archívese. Domeniconi

RESOLUCIÓN N.º 445/SSGRH/19

Buenos Aires, 26 de marzo de 2019 VISTO: Los Decretos N° 547/2016 y Nº 44/2019, la Resolución N° 3620-MHGC/2016, y el Expediente N° 08421814-MGEYA-DGALP/2019, CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Nº 547/16, modificado por su similar Decreto Nº 44/19, se creó un régimen de retiro voluntario para aquellos agentes de planta permanente comprendidos en la Ley N° 471, que se encuentren próximos o en condiciones de obtener cualquier beneficio jubilatorio; Que los agentes mencionados en este acto administrativo adhirieron en tiempo y forma al referido régimen reuniendo las condiciones establecidas en el artículo 3º, inciso a), b) o c) -según el caso- del citado decreto;

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Que, entre las causales de extinción de la relación de empleo público, se encuentra el retiro voluntario o jubilación anticipada, conforme lo dispuesto por el artículo 65, inciso d) de la Ley N° 471 (t.c. Ley N° 6.017); Que, en consecuencia, corresponde cesar a partir de 31 de marzo de 2019 a los agentes referidos en el Anexo IF N° 08969288-DGALP-19 y concederles el incentivo previsto en el artículo 1° del Decreto N° 547/16, conforme lo establecido en el artículo 11 del referido cuerpo legal; Por ello, conforme a las facultades conferidas por el artículo 26 de la Resolución N° 3620-MHGC-16,

LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1°.- Cesar en sus tareas a partir del 31 de marzo de 2019 los agentes nombrados en el Anexo IF N° 08969288-DGALP/19 que a todos sus efectos forma parte de esta resolución, conforme el marco del artículo 65, inciso d) de la Ley Nº 471 (t.c. Ley N° 6.017). Artículo 2°.- Otorgar al personal mencionado en el Anexo IF N° 08969288-DGALP/19, el incentivo previsto en el artículo 1° del Decreto Nº 547/16, en la cantidad de cuotas mensuales y consecutivas que para cada caso se indica y, de corresponder, el reintegro del monto de la cuota del plan de regularización de deuda previsional como trabajador autónomo, conforme lo dispuesto en los artículos 12, 13, 14 y 15 de la Resolución N° 3620-MHGC/2016. Artículo 3°.- La Gerencia Operativa Administración del Escalafón General dependiente de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en los artículos 1º y 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes y a la Gerencia Operativa de Asuntos Previsionales, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y

Previsionales, la que adoptará las medidas administrativas necesarias a fin de notificar la presente a los nombrados en el Anexo IF-2019-08969288 -DGALP, debiéndose cumplir para tal fin con las estipulaciones del artículo 60 y ss. de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por Decreto N° 1510/97. Cumplido, archívese. Domeniconi

RESOLUCIÓN N.º 451/SSGRH/19

Buenos Aires, 26 de marzo de 2019 VISTO: La Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Expediente EX-2019-07308511-GCABA-ESC201245, y CONSIDERANDO:

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ANEXO

Que conforme lo dispuesto en el artículo 65 inc. C) de la Ley N° 471, la relación de

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empleo público se extingue "(...) por encontrarse el trabajador en condiciones de acceder a cualquier beneficio jubilatorio"; Que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), posee un sistema mediante el cual puede efectuarse el seguimiento de los tramites jubilatorios iniciados por los trabajadores en condiciones de jubilarse; Que en virtud de la constancia obrante en el actuado citado en el Visto y habiendo tomado conocimiento del otorgamiento por parte de la ANSES de dicho beneficio jubilatorio, corresponde cesar en su actividad a el agente en cuestión, a partir del 01/01/2019, fecha en que dejó de prestar servicios a favor de esta Administración. Por ello, en uso de facultades que le son propias,

LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1°.- Cesar, a partir del 01 de enero de 2019, al agente VILLAFAÑE, José Alfredo; C.U.I.L. N° 20-11087492-9 dependiente del Colegio nro 7 de 3 reg. Juan M de Pueyrredón del Ministerio de Educación e Innovación quien ha obtenido el beneficio jubilatorio por reunir las condiciones de edad y años de aportes, conforme los términos del artículo 65 de la ley N° 471. Artículo 2°.- La Dirección General Administración y Liquidación de Haberes arbitrará las medidas necesarias con relación a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales y a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, dependientes de la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas y a al Colegio nro 7 de 3 reg. Juan M de Pueyrredón, quien adoptará las medidas necesarias para notificar de la presente a el interesado. Cumplido, archívese. Domeniconi

RESOLUCIÓN N.º 452/SSGRH/19

Buenos Aires, 26 de marzo de 2019 VISTO: La Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Expediente EX-2019-08248930-GCABA-DGALP, y CONSIDERANDO: Que conforme lo dispuesto en el artículo 65 inc. C) de la Ley N° 471, la relación de empleo público se extingue "(...) por encontrarse el trabajador en condiciones de acceder a cualquier beneficio jubilatorio"; Que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), posee un sistema mediante el cual puede efectuarse el seguimiento de los tramites jubilatorios iniciados por los trabajadores en condiciones de jubilarse; Que en virtud de las constancias obrantes en el actuado citado en el Visto y habiendo tomado conocimiento del otorgamiento por parte de la ANSES de dichos beneficios jubilatorios, corresponde cesar en su actividad a diversos trabajadores. Por ello, en uso de facultades que le son propias,

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LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1°.- Cesar, a partir del 31 de marzo de 2019, a los agentes que han obtenido el beneficio jubilatorio por reunir las condiciones de edad y años de aportes, tal como se indica en el Anexo IF-2019-08307658-GCABA-DGALP el que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución, en el modo y condiciones que se señala, conforme los términos del artículo 65 de la ley N° 471. Artículo 2°.- La Dirección General Administración y Liquidación de Haberes arbitrará las medidas necesarias con relación a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes y a la Gerencia Operativa de Asuntos Previsionales, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, la que adoptará las medidas administrativas necesarias a fin de notificar la presente a los nombrados en el Anexo IF-2019-08307658-GCABA-DGALP, debiéndose cumplir para tal fin con las estipulaciones del artículo 60 y ss. de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por Decreto N° 1510/97. Cumplido, archívese. Domeniconi

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ANEXO

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Ministerio de Justicia y Seguridad

RESOLUCIÓN N.° 351/MJYSGC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), los Decretos Nros. 326/GCABA/17, 287/GCABA/18 y 391/GCABA/18, la Resolución N° 416/MJYSGC/18, el Expediente N° EX-2018-02261140-DGAYCS, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la Licitación Pública de Etapa Única N° 2900-0030-LPU18 convocada para la adquisición e implementación de una plataforma de gestión y captura de video; Que la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) establece las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, y regular las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos; Que mediante Decreto N° 326/GBA/17 se aprobó la reglamentación de la Ley N° 2.095 de Compras y Contrataciones (texto consolidado según Ley N° 6.017); Que, asimismo, el Decreto N° 326/GCABA/17 reglamenta el Artículo 85 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) y regula el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominándose en adelante como Buenos Aires Compras (BAC); Que posteriormente el Decreto N° 287/GCBA/18 modificó los niveles de decisión y los cuadros de competencias de los Anexos II, III, IV y V del Decreto N° 326/GCABA/17; Que por Disposición Nº 1.274/DGCyC/17 la Dirección General de Compras y Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo 18, Inciso j) de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), se aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que por Resolución N° 416/MJYSGC/18, se aprobó la Licitación Pública Etapa Única N° 2900-0030-LPU18 y se adjudicó la adquisición e implementación de una plataforma de gestión y captura de video a la firma DANAIDE S.A. (CUIT N° 30-70168121-1) por la suma de pesos ciento veintisiete millones ciento cuarenta mil ($ 127.140.000,00.-) por los Renglones Nros. 1 y 2; Que, en consecuencia, se entregó la Orden de Compra Abierta N° 2900-0066-OCA18, por el plazo de veinticuatro (24) meses consecutivos e ininterrumpidos, contados a partir del día 27 de abril de 2018; Que, la Dirección General de Estudios y Tecnologías de la Información informó mediante Nota N° NO-2019-07209322-DGEYTI la necesidad de incrementar la Orden de Compra Abierta en cuestión con el fin de "expandir la cobertura de imágenes de video a diferentes zonas de la Ciudad"; Que, dicha Dirección General informó que las cantidades a incrementar debían ser: seiscientas cincuenta (650) unidades para el Renglón N° 1 y una (1) unidad para el Renglón N° 2; Que la Procuración General del Gobierno de la Ciudad, mediante Dictamen Jurídico IF-2014-08702310-PG, y en lo que respecta al régimen de Orden de Compra Abierta

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particularmente, sostuvo que “la Administración activa, en tanto se encuentre vigente el contrato, puede incrementar los servicios o la provisión de bienes en la medida que cuente, en la partida correspondiente, con suficiente crédito presupuestario“; Que, de esta manera, se procedió a solicitar conformidad a la firma adjudicataria para realizar el incremento en cuestión, la que se encuentra debidamente glosada a N° de Orden 146; Que conforme surge de la Providencia N° PV-2019-07454295-DGAYCSE el monto a incrementar es de pesos ciento quince millones cuatrocientos ochenta y nueve mil seiscientos sesenta ($ 115.489.660,00.-) para el Renglón N° 1 y pesos ciento diecisiete millones ochocientos setenta y cinco mil ochocientos diez ($ 117.875.810,00.-) para el Renglón N° 2, ascendiendo el total a la suma de pesos doscientos treinta y tres millones trescientos sesenta y cinco mil cuatrocientos setenta ($ 233.365.470,00-); Que atento a la modalidad de la presente contratación se ha dado intervención a la Oficina de Gestión Sectorial; Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención en el marco de su competencia conforme lo normado por la Ley N° 1.218 (texto consolidado según Ley N° 6.017); Que en consecuencia y atento a lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se incrementa la referida Orden de Compra Abierta; Que por Decreto N° 391/GCBA/18 se encomendó con carácter ad honorem, al Sr. Vicejefe de Gobierno, las atribuciones necesarias para conducir y coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos asignados al mismo. Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), y reglamentada por el Decreto N° 326/GCABA/17, modificado por el Decreto N° 287/GCABA/18,

EL VICEJEFE DE GOBIERNO RESUELVE

Artículo 1°.- Increméntase la Orden de Compra Abierta N° 2900-0066-OCA18, girada a la firma DANAIDE S.A. (CUIT N° 30-70168121-1) en la suma de pesos ciento quince millones cuatrocientos ochenta y nueve mil seiscientos sesenta ($ 115.489.660,00.-) para el Renglón N° 1 y pesos ciento diecisiete millones ochocientos setenta y cinco mil ochocientos diez ($ 117.875.810,00.-) para el Renglón N° 2, ascendiendo el total a la suma de pesos doscientos treinta y tres millones trescientos sesenta y cinco mil cuatrocientos setenta ($ 233.365.470,00-). Artículo 2°.- El gasto previsto en el Artículo 1° se imputará a las correspondientes Partidas del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el portal www.buenosairescompras.com.ar, comuníquese a la firma DANAIDE S.A. y a la Dirección General de Estudios y Tecnologías de la Información y remítase a la Dirección General Adquisiciones y Contrataciones de Seguridad y Emergencias. Santilli p/p

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RESOLUCIÓN N.° 120/AGC/19

Buenos Aires, 4 de abril de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471, 2.624, 5.460 (textos consolidados por Ley Nº 6.017), el Decreto N° 684/GCABA/09 y sus modificatorios y complementarios, las Resoluciones Nros. 508/AGC/12, 2822/MHGC/16, 106/AGC/18, 2564/MEFGC/18 y 113/AGC/19, y el Expediente Electrónico N° EX-2018-31888578-MGEYA-DGDSCIV, y CONSIDERANDO: Que el artículo 40 de la Ley Nº 471 estableció que el Poder Ejecutivo reglamentaría un régimen gerencial para los cargos más altos de la administración pública, determinando que los mismos serían cubiertos por riguroso concurso público abierto de antecedentes y oposición; Que por la Ley N° 5.460 se aprobó la Ley de Ministerios contemplando entre los objetivos del entonces Ministerio de Hacienda, actual Ministerio de Economía y Finanzas, el de diseñar e implementar la carrera administrativa y el Régimen Gerencial; Que asimismo, el Decreto N° 684/GCABA/09 sus modificatorios y complementarios, aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en ese sentido, por Resolución N° 508/AGC/12, esta Agencia Gubernamental de Control adhirió a dicho régimen a partir del 1º de enero de 2013; Que conforme lo establecido por la Resolución N° 2822/MHGC/16 se aprobaron las disposiciones generales y el procedimiento de selección aplicables a los cargos del Régimen Gerencial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en este contexto, por Resolución N° 2564/MEFGC/18, se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Habilitaciones Automáticas, dependiente de la Dirección General Habilitaciones y Permisos de la Agencia Gubernamental de Control; Que oportunamente, mediante el Anexo A del Acta N° 5, identificado como IF-2019-05331358-GCABA-DGDSCIV, el Comité de Selección del Concurso Publico estableció la Terna Final, integrada por el Sr. Diaco, Leandro Dario (DNI Nº 31.375.101) y la Sra. Impellizzeri, Gabriela (DNI Nº 17.198.218), estableciendo en el Anexo B del mencionado documento, el orden de mérito final; Que mediante IF-2019-07933028-GCABA-DGDSCIV, la Dirección General Desarrollo del Servicio Civil del Ministerio de Economía y Finanzas manifestó que el proceso de selección se encuentra concluido; Que por Resolución N° 106/AGC/18, se designó transitoriamente a partir del 1° de Enero de 2018 al Sr. Leandro Darío Diaco (CUIL 20-31375101-6), a cargo de la Gerencia Operativa Habilitaciones Automáticas dependiente de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos de esta Agencia Gubernamental de Control; Que en este orden de ideas, el titular de la Subgerencia Operativa Gestión de Recursos Humanos mediante PV-2019-10318829-GCABA-AGC solicitó "...dejar sin efecto a partir del 25 de Febrero del 2019 la designación transitoria del agente DIACO, LEANDRO DARIO (CUIT 20-31375101-6), autorizada conforme Resolución 106-

AGC/2018, a cargo de la Gerencia Operativa Habilitaciones Automáticas, dependiente la Dirección General de Habilitaciones y Permisos.“;

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Que asimismo la citada Subgerencia de acuerdo a instrucciones dadas por el Director Ejecutivo solicitó “... se designe a DIACO, LEANDRO DARIO (CUIT 20-31375101-6) como titular a cargo de dicha Gerencia a partir del 26 de Febrero del corriente, haciendo reserva de su partida presupuestaria N° 26270000 como Planta Permanente de la misma Dirección General.“; Que en consecuencia resulta necesario dictar el acto administrativo que deje sin efecto la designación transitoria del Sr. Leandro Darío Diaco D.N.I. 31.375.101, y que posibilite su cobertura como titular del cargo Gerencial concursado a partir del 26 de febrero de 2019; Que la Gerencia Operativa de Coordinación Legal de la Dirección General Técnica y Legal de Agencia Gubernamental de Control ha tomado la intervención de su competencia; Que por Resolución N° 113/AGC/19 se encomendó la firma del despacho diario de la Dirección Ejecutiva de esta Agencia Gubernamental de Control al Sr. Andrés Mariano Bousquet (CUIL 20-28032686-1), a cargo de la Dirección General Legal y Técnica de este organismo, durante el período comprendido entre los días 1 y 7 de abril del corriente, ambas fechas inclusive. Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 inciso e) de la Ley N° 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE Artículo 1°.- Déjese sin efecto a partir del 25 de febrero de 2019 la designación transitoria del Sr. Leandro Darío Diaco (CUIT 20-31375101-6), autorizada por Resolución Nº 106/AGC/18, a cargo de la Gerencia Operativa Habilitaciones Automáticas, dependiente la Dirección General de Habilitaciones y Permisos de esta Agencia Gubernamental de Control. Artículo 2°.- Desígnase a partir del 26 de febrero del 2019, por concurso público abierto de antecedentes y oposición convocado mediante la Resolución N° 2564/MEFGC/18, al Sr. Leandro Darío Diaco (CUIT 20-31375101-6), como Gerente Operativo titular de la Gerencia Operativa Habilitaciones Automáticas, dependiente la Dirección General de Habilitaciones y Permisos de esta Agencia Gubernamental de Control, reteniendo su partida de planta permanente 26270000. Artículo 3°.- Atiéndase el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida con los créditos asignados en el presupuesto vigente de la Agencia. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese al interesado. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones Generales de Desarrollo del Servicio Civil, Administración y Liquidación de Haberes y Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, todas del Ministerio de Economía y Finanzas y a todas las Direcciones Generales y Unidades de esta Agencia Gubernamental de Control para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Bousquet p/p

RESOLUCIÓN N.° 27/SECJS/19

Buenos Aires, 12 de marzo de 2019

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VISTO: Las Leyes Nros. 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.017) y 6.025, el

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Decreto N° 66/19, la Resolución N° 26/SECJS/2019 y el Expediente N° 2019-07837016-GCABA-DGGCH, y CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución N° 26/SECJS/2019, se aprobó el trámite a cumplir para licencia por embarazo, asignación de turnos y destinos para el personal femenino de la Policía de la Ciudad y Cuerpo de Bomberos, el cual quedara plasmado en el Anexo IF-2019-07846060-GCABA-DGALSE; Que corresponde modificar el trámite precitado, en lo que respecta a la asignación de turnos, otorgando el derecho de solicitar un turno fijo a aquellas madres y padres de hijos discapacitados; Que la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad y Emergencias ha tomado intervención; Que mediante el Decreto N° 66/19 se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, facultando al Secretario de Justicia y Seguridad a adoptar y supervisar las acciones necesarias para el cumplimiento de las funciones a cargo de la fuerza policial. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

Artículo 1°.- Sustitúyese el Anexo aprobado por la Resolución N° 26/SECJS/2019, sobre el trámite a cumplir para licencia por embarazo, asignación de turnos y destinos, el cual queda reemplazado por el Anexo IF-2019-07927218-GCABA-DGALSE, el cual forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Secretaría de Administración de Seguridad y Emergencias, a la Subjefatura de la Policía de la Ciudad, a la Subsecretaría de Capital Humano de Seguridad y a la Dirección General Gestión de Capital Humano. Cumplido, archívese. D´Alessandro

RESOLUCIÓN N.° 39/SECASE/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 5.688 (texto consolidado según Ley Nº 6.017), la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N°1.510/GCBA/1997 (texto consolidado según Ley Nº 6.017), los Decretos Nros. 47/17 y 66/19, la Resolución N° 708/MJYSGC/2017, la Providencia Nº 25856193/DGARHS/2018, los Expedientes Nros. 14591727/SECAS/2018 y 28565493/SECAS/2018, y CONSIDERANDO:

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ANEXO

Que, por Expediente Nº 28565493/SECAS/2018 tramita el recurso jerárquico directo

Origen", “Suplemento por Título Universitario“ y "Coeficiente contemplado en el Decreto N° 2.744/93“;

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interpuesto por el Inspector Principal (retirado) Claudio Matías Pajón (L.P. 73.158 - D.N.I 26.733.177) contra los términos de la Providencia Nº 25856193/DGARHS/2018, obrante en el Expediente Nº 14591727/SECAS/2018, por la cual se desestimó el reclamo mediante el cual solicita se reconsidere su liquidación de haberes y en particular la incorporación del "Suplemento Residual por Antigüedad en Fuerza de Origen", “Suplemento por Título Universitario“ y "Coeficiente contemplado en el Decreto N° 2.744/93“; Que, con fecha 11 de octubre de 2018, se notificó a la recurrente la Providencia mencionada, interponiendo recurso jerárquico contra la misma el 17 de octubre de 2018; Que, toda vez que la composición de haberes de Policía de la Ciudad se efectuó de conformidad con lo prescripto por la Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley Nº 6.017) y el Decreto N° 47/17 y modificatorios, y que el encartado no resultó agraviado al no sufrir menoscabo salarial, corresponde rechazar el presente recurso; Que, a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en autos y lo dictaminado por la Procuración General mediante Dictamen Jurídico N° IF-2019-09842982-GCABA-DGEMPP, corresponde desestimar el recurso incoado; Que, por el artículo 4° de la Resolución N° 708/MJYSGC/17 el Sr. Ministro de Justicia y Seguridad delegó en la entonces Secretaría de Administración de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad la resolución de los recursos jerárquicos interpuestos contra procedimientos de calificaciones anuales, ascensos, liquidación de haberes y suplementos, licencias, cambios de situación de revista, juntas médicas yobra social. Que por Decreto N° 66/2019 se modificó la denominación de esta instancia por Secretaría de Administración de Seguridad y Emergencias. Por ello, y en uso de las facultades que le fueron delegadas,

LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS RESUELVE

Artículo 1º.- Desestímase el recurso jerárquico directo interpuesto por el Inspector Principal (retirado) Claudio Matías Pajón (L.P. 73.158 - D.N.I 26.733.177) contra los términos de la Providencia Nº 25856193/DGARHS/2018.

Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/GCBA/1997 (texto consolidado según Ley Nº 6.017), dentro del plazo de 10 (diez) días contados a partir de la notificación del presente acto. Para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Administración de Recursos Humanos de Seguridad. Cumplido, archívese. Ferrero

RESOLUCIÓN N.° 40/SECASE/19

Buenos Aires, 8 de abril de 2019

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VISTO: La Ley Nº 5.688 (texto consolidado según Ley Nº 6.017, B.O.C.B.A. N° 5.485),

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la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/GCBA/1997 (texto consolidado según Ley Nº 6.017), los Decretos Nros. 47/17 y 66/19, la Resolución N° 708/MJYSGC/17, la Providencia Nº 22003212/DGARHS/2017, los Expedientes Nros. 09778509/SIPG/2017 y 24506434/SIPG/2017, y CONSIDERANDO: Que, por Expediente Nº 24506434/SIPG/2017 tramita el recurso jerárquico directo interpuesto por la Auxiliar Nivel G Natalia Soledad Carracedo (L.P. 87.602 - D.N.I 27.577.632) contra los términos de la Providencia Nº 22003212/DGARHS/2017, obrante en el Expediente Nº 09778509/SIPG/2017, por la cual se desestimó el reclamo mediante el cual solicita se reconsidere su liquidación de haberes y en particular la incorporación del "Suplemento Residual por Antigüedad en Fuerza de Origen", “Suplemento por Título Universitario“ y "Coeficiente contemplado en el Decreto N° 2.744/93“; y asimismo se modifique la jerarquía que le fue asignada por aplicación de la Cláusula Transitoria Décimo Cuarta de la Ley N° 5.688 y se le otorgue la jerarquía de Auxiliar Nivel “D“; Que, con fecha 09 de octubre de 2017, se notificó a la recurrente la Providencia mencionada, interponiendo recurso jerárquico contra la misma el 24 de octubre de 2017; Que, toda vez que la composición de haberes de Policía de la Ciudad se efectuó de conformidad con lo prescripto por la Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley Nº 6.017) y el Decreto N° 47/17 y modificatorios, y que la encartada no resultó agraviada al no sufrir menoscabo salarial, corresponde rechazar el presente recurso; Que, a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en autos y lo dictaminado por la Procuración General mediante Dictamen Jurídico N° IF-2019-10385526-GCABA-DGEMPP, corresponde desestimar el recurso incoado; Que, por el artículo 4° de la Resolución N° 708/MJYSGC/2017 el Sr. Ministro de Justicia y Seguridad delegó en la entonces Secretaría de Administración de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad la resolución de los recursos jerárquicos interpuestos contra procedimientos de calificaciones anuales, ascensos, liquidación de haberes y suplementos, licencias, cambios de situación de revista, juntas médicas y obra social; Que por Decreto N° 66/2019 se modificó la denominación de esta instancia por Secretaría de Administración de Seguridad y Emergencias. Por ello, y en uso de las facultades que le fueron delegadas,

LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS RESUELVE

Artículo 1º.- Desestímase el recurso jerárquico directo interpuesto la Auxiliar Nivel G

Natalia Soledad Carracedo (L.P. 87.602 - D.N.I 27.577.632) contra los términos de la Providencia Nº 22003212/DGARHS/2017.

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Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la interesada dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/GCBA/1997 (texto consolidado según Ley Nº 6.017), dentro del plazo de 10 (diez) días contados a partir de la notificación del presente acto. Para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Administración de Recursos Humanos de Seguridad. Cumplido, archívese. Ferrero

RESOLUCIÓN N.° 66/SSGA/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 2.095 y 1.218 (ambos textos consolidados según Ley N° 6.017), el Decreto N° 326/GCABA/17 modificado por Decreto N° 287/GCABA/18, las Resoluciones Nros. 559/MJYSGC/16 y 668/MJYSGC/17, la Disposición Nº 1.274/DGCyC/17, el Expediente Nº 2019-07574390-DGAYCSE, Y CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el Visto, tramita la Licitación Pública de Etapa Única N° 2900-0366-LPU19 bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta convocada para la adquisición de accesorios con destino a la Policía de la Ciudad; Que la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) establece las normas básicas para los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el Decreto N° 326/GCBA/17 aprobó la reglamentación de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) incorporando en su Art. 85 la implementación del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC); Que el Decreto N° 287/GCBA/18 modificó los niveles de decisión y cuadro de competencias de los Anexos II, III, IV y V del Decreto N° 326/GCABA/17; Que por Disposición Nº 1.274/DGCyC/17 la Dirección General de Compras y Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo 18, Inciso j) de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que, a fin de concretar la contratación precitada, resulta oportuna la celebración de una Licitación Pública encuadrada en lo dispuesto por el Artículo 31 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017); Que la presente adquisición se realiza bajo la modalidad Orden de Compra Abierta, de conformidad con el Artículo 40 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), y el Decreto Reglamentario Nº 326/GCBA/17 modificado por Decreto N° 287/GCBA/18; Que mediante Resolución N° 559/MJYSGC/16, modificada por la Resolución N° 668/MJYSGC/17, se constituyó la Comisión de Evaluación de Ofertas en la órbita de la Secretaría de Administración de Seguridad y Emergencias y se designaron sus miembros permanentes;

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Que el procedimiento que nos ocupa responde al requerimiento realizado por la entonces Dirección General Logística y Distribución de Seguridad mediante la Nota N° NO-2019-05025705-DGLYDS; Que la Dirección General mencionada ha remitido el Pliego de Especificaciones Técnicas aplicable a la presente; Que, en otro orden de ideas, dadas las características propias del servicio que se propicia contratar, la magnitud de los valores involucrados, trascendencia, importancia y el interés público comprometido se estima conveniente establecer el valor de los Pliegos de Bases y Condiciones, cuya aprobación se propicia, en la suma de pesos

treinta mil ($ 30.000,00.-); Que se ha dado intervención a la Dirección General Redeterminación de Precios en el marco de su competencia; Que asimismo, con motivo de la modalidad bajo la cual tramita la presente adquisición, ha tomado intervención la Oficina de Gestión Sectorial en el marco de su competencia; Que atento al carácter plurianual de gasto, ha tomado intervención la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, cuyo informe se encuentra debidamente glosado a los presentes actuados; Que, finalmente, la Procuración General de la Ciudad ha tomado intervención en el marco de su competencia, en virtud de lo normado por la Ley N° 1.218 (texto consolidado según Ley N° 6.017). Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), y reglamentada por el Decreto N° 326/GCBA/17, modificado por Decreto N° 287/GCBA/18,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas para la adquisición de accesorios con destino a la Policía de la Ciudad, que como PLIEG Nº 2019-10699983-GCABA-SSGA, forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.- Llámase a Licitación Pública de Etapa Única N° 2900-0366-LPU19, para el día 17 de Abril de 2019 a las 10:00 horas, al amparo de lo establecido en los Artículos 31, 40 y concordantes de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), y el Decreto N° 326/GCBA/17 modificado por Decreto N° 287/GCBA/18, por un monto estimado de pesos cuarenta y nueve millones cuarenta mil ($ 49.040.000,00.-). Artículo 3º.- Establécese que el valor del Pliego de la presente adquisición asciende a la suma de pesos treinta mil ($ 30.000,00.-). El mismo podrá ser adquirido a través del portal "Buenos Aires Compras" (BAC). Artículo 4°.- Efectúense las invitaciones de rigor conforme lo dispuesto por el Artículo 95 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario N° 326/GCBA/17 y modificatorio. Artículo 5°.- Publíquese el llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de dos (2) días con cuatro (4) días de anticipación. Asimismo, publíquese en el Portal BAC y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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ANEXO

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el portal www.buenosairescompras.gob.ar, comuníquese a la Dirección General Logística y Distribución de Seguridad y Emergencias y remítase a la Dirección General Adquisiciones y Contrataciones de Seguridad y Emergencias para la prosecución de su trámite. Porreca

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Ministerio de Salud

RESOLUCIÓN N.° 797/MSGC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: El EX-2019-05632769- -GCABA-HGAIP, y; CONSIDERANDO: Que, según los presentes actuados, el Departamento de Cirugía del Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano, solicita la transferencia del agente Diego Bendersky, CUIL N° 23-23372994-9, procedente del Hospital Municipal de Oncología María Curie ambos organismos dependientes de la Dirección General de Hospitales de la Subsecretaría Atención Hospitalaria y del Ministerio de Salud. Que, es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de la Dirección General de Hospitales; Que, es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 6 del Capítulo II, del Anexo I del Decreto Nº 580/2016/AJG, Resolución N° 3880/MHGC/2016; Que, por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1°.- Transfiérase al agente Diego Bendersky, CUIL N° 23-23372994-9, al Departamento de Cirugía del Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano, Partida 4022.0900.MS20.024, deja Partida 4022.0200.MS20.024 del Hospital Municipal de Oncología María Curie, ambos organismos dependientes de la Dirección General de Hospitales de la Subsecretaría Atención Hospitalaria y del Ministerio de Salud. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, al Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano, a la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos, y al Hospital Municipal de Oncología María Curie, debiendo este último notificar al agente. Cumplido, archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 801/MSGC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: El E.E. N° 2018-18893167- -MGEYA-DGAYDRH, y CONSIDERANDO:

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Que el Hospital "Bernardino Rivadavia", del Ministerio de Salud, oportunamente

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solicitó la designación con carácter de suplente, de la Dra. María Laura MENDEZ, DNI N° 30.368.182, CUIL. 27-30368182-0, como Especialista en la Guardia Médica (Pediatría) para desempeñarse los días martes; Que dicha designación resulta imprescindible, dado que la involucrada será convocada para cubrir las guardias por ausencias debidamente justificadas; Que a tal efecto, es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo XII.A. de la Ley 6035 de Profesionales de la Salud (BOCBA 5508/2018); Que el establecimiento asistencial en cuestión hace saber al respecto que la misma cuenta con la aprobación del Consejo Asesor Técnico Administrativo (CATA). Por ello, conforme las facultades conferidas por el Artículo 1 del Decreto N° 1821/2006,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1°.-Desígnase con carácter de suplente a la Dra. María Laura MENDEZ, DNI N° 30.368.182, CUIL. 27-30368182-0, como Especialista en la Guardia Médica (Pediatría), para desempeñarse los días martes, en el Hospital "Bernardino Rivadavia", del Ministerio de Salud, partida 4022.1506.Z.25.954, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo XII.A. de la Ley 6035 de Profesionales de la Salud (BOCBA 5508/2018). Artículo 2°.-Dejase establecido que la presente designación se ajustará a los términos de la Resolución Nº 1657/MSGC/2013, del Régimen de Suplencias de Guardia. Artículo 3°.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Hospital "Bernardino Rivadavia", al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 803/MSGC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: El Decreto N° 1480/1987, modificado por Decreto Nº 2489/1987 y Decreto Nº 3524/1987, y el Expediente Electrónico Nº 08135176/GCABA-DGDIYDP/2019, y CONSIDERANDO: Que por los actuados del Visto la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional peticiona la contratación, por el período comprendido entre el 18 de marzo y el 31 de diciembre de 2019, del señor Raúl Ignacio Tittón, CUIL N° 20-33184553-2, como Profesor de Enseñanza Superior, con 10 horas semanales, en la asignatura Espacio de la Práctica Hospitalaria de la Carrera Técnicos en Preparador en Histología, en el Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud; Que, como consecuencia de lo expresado, resulta procedente dictar el acto administrativo en cuestión, teniendo en cuenta lo dispuesto por el Decreto Nº 1480/1987, modificado por Decreto Nº 2489/1987 y Decreto Nº 3524/1987.

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Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Anexo I, punto 2, del Decreto Nº 1480/1987 y sus modificatorios,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1.- Contrátase, por el período comprendido entre el 18 de marzo y el 31 de diciembre de 2019, al señor Raúl Ignacio Tittón, CUIL N° 20-33184553-2, como Profesor de Enseñanza Superior, con 10 horas semanales, en la asignatura Espacio de la Práctica Hospitalaria de la Carrera Técnicos en Preparador en Histología, en el Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 1480/1987, modificado por Decreto Nº 2489/1987 y Decreto Nº 3524/1987. Artículo 2.- El Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud comunicará a la Gerencia Operativa Administración del Régimen Docente, de la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, la real prestación de los servicios desempeñados por el involucrado en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Déjase establecido que la retribución que percibirá el agente nominado en la presente Resolución será la que establezcan las normas vigentes. Artículo 4.- La Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, tomará los recaudos necesarios con relación al gasto emergente de la presente Resolución. Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional del Ministerio de Salud, y a la Gerencia Operativa Asuntos Legales de Recursos Humanos, de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 118/SSASS/19

Buenos Aires, 8 de abril de 2019 VISTO: el Expediente Electrónico N° 2019-10639381-GCABA-DGADCYP, la solicitud realizada por la Dirección General de Coordinación, Tecnologías y Financiamiento en Salud dependiente de la Subsecretaría de Planificación Sanitaria, y CONSIDERANDO: Que por dicho Expediente Electrónico tramita una compensación presupuestaria a fin de adecuar los créditos correspondientes a Partidas incluidas en el Plan Plurianual de Inversiones, en un todo de acuerdo con el requerimiento formulado por la Unidad Ejecutora responsable; Que la presente gestión se enmarca en las previsiones del Decreto N° 3/19 que aprueba las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2019; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 10 del Anexo al Decreto N°3/19 mencionado, las modificaciones propiciadas no corresponden a Programas Finales;

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Que, se ha generado la planilla de "Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias" emitidas por el mencionado sistema bajo el Requerimiento Nº 2050/DGADCyP/19 y como documento GEDO IF Nº 10.646.274/DGADCyP/19 de acuerdo a las previsiones del Artículo 9 del Capítulo III del Anexo del mencionado Decreto N° 3/19; Que, en función de lo expuesto, este nivel considera que corresponde adoptar las acciones tendientes a dar curso a lo solicitado por Dirección General de Coordinación, Tecnologías y Financiamiento en Salud de este Ministerio de Salud. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decretos Nº 675/16, N° 409/18 y Nº 3/19 (Capítulo XI - Artículo 40 - Apartado II) que aprueba las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2019,

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACION DEL SISTEMA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1º.- Efectuar una compensación presupuestaria consistente en la disminución e incremento de los créditos incluidos en el Plan Plurianual de Inversiones llevados a cabo por la Dirección General de Coordinación, Tecnologías y Financiamiento en Salud, de acuerdo al Comprobante de "Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias", obrante bajo Informe Nº 10.646.274/DGADCyP/19 que forma parte integrante de la presente a todos sus efectos. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, a sus efectos. Montovio

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ANEXO

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Ministerio de Educación e Innovación

RESOLUCIÓN N.° 1921/MEIGC/19

Buenos Aires, 28 de marzo de 2019 VISTO: Las Leyes Nº 13.047, 24.049 y 26.206, los Decretos Nº 1203/93 y 393/09, el EX-2019-09263216-GCABA-DGEGP, y CONSIDERANDO: Que mediante la actuación citada en el Visto la Dirección General de Educación de Gestión Privada dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa solicitó la transferencia de fondos con el objeto de solventar el pago del aporte gubernamental para los Niveles Inicial, Primario, Secundario y Superior y las modalidades de Educación de Adultos, Especial, Artística, a percibir con los haberes del mes de marzo de 2019 de los docentes de los Institutos Privados Incorporados de la Ciudad de Buenos Aires; Que se debe autorizar dicha transferencia a fin de que la citada Dirección General pueda cancelar las obligaciones a su cargo, únicamente en los establecimientos que no adeuden rendiciones de meses anteriores; Que se ha efectuado la imputación de los fondos necesarios para solventar dicho pago; Que el Decreto N° 393/09 establece el proceso de desconcentración de las liquidaciones de gastos y emisión de órdenes de pago derivadas de la totalidad de las facturas y certificados en función de la naturaleza del gasto; Que debe señalarse que el artículo 17 de la norma citada faculta a la Dirección General de Contaduría, como asimismo a sus Representaciones y Delegaciones Contables, en su caso, a incluir en Órdenes de Pago a aquellas acreencias que se encuentren respaldadas por la correspondiente norma autorizante, emanada de autoridad competente; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, y conforme las facultades encomendadas por el artículo 17 del Decreto Nº 393/09,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN RESUELVE

Artículo 1º.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de Educación de Gestión Privada, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, destinada a solventar el pago del aporte gubernamental para el Nivel Inicial (Fuente 11), a percibir con los haberes del mes de marzo de 2019 de los docentes de los Institutos Privados Incorporados de la Ciudad de Buenos Aires, por un importe total de pesos ciento catorce millones ciento noventa y cinco mil cincuenta y cinco con 00/00 ($ 114.195.055,00), conforme al detalle que como Anexo (IF-2019-09379386-GCABADGEGP), forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de

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Educación de Gestión Privada, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, destinada a solventar el pago del aporte gubernamental para el Nivel Primario (Fuente 11), a percibir con los haberes del mes de marzo de 2019 de los docentes de los Institutos Privados Incorporados de la Ciudad de Buenos Aires, por un importe total de pesos trescientos cinco millones setecientos setenta y ocho mil seiscientos sesenta y dos con 00/00 ($ 305.778.662,00), conforme al detalle que como Anexo (IF-201909380277-GCABA-DGEGP), forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de Educación de Gestión Privada, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, destinada a solventar el pago del aporte gubernamental para el Nivel Secundario (Fuente 11), a percibir con los haberes del mes de marzo de 2019 de los docentes de los Institutos Privados Incorporados de la Ciudad de Buenos Aires, por un importe total de pesos doscientos ochenta y siete millones trescientos veintinueve mil trescientos cincuenta y dos con 00/00 ($ 287.329.352,00), conforme al detalle que como Anexo (IF2019-09380628-GCABA-DGEGP), forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 4º.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de Educación de Gestión Privada, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, destinada a solventar el pago del aporte gubernamental para el Nivel Superior (Fuente 11), a percibir con los haberes del mes de marzo de 2019 de los docentes de los Institutos Privados Incorporados de la Ciudad de Buenos Aires, por un importe total de pesos sesenta millones ciento sesenta y nueve mil cuatrocientos quince con 00/00 ($ 60.169.415,00), conforme al detalle que como Anexo (IF-2019-09380998-GCABADGEGP), forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 5º.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de Educación de Gestión Privada, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, destinada a solventar el pago del aporte gubernamental para la Modalidad Educación de Adultos (Fuente 11), a percibir con los haberes del mes de marzo de 2019 de los docentes de los Institutos Privados Incorporados de la Ciudad de Buenos Aires, por un importe total de pesos dos millones novecientos cincuenta y cinco mil ochocientos setenta y tres con 00/00 ($ 2.955.873,00), conforme al detalle que como Anexo (IF-2019-09381317-GCABA-DGEGP), forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 6º.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de Educación de Gestión Privada, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, destinada a solventar el pago del aporte gubernamental para la Modalidad Educación Especial (Fuente 11), a percibir con los haberes del mes de marzo de 2019 de los docentes de los Institutos Privados Incorporados de la Ciudad de Buenos Aires, por un importe total de pesos treinta y siete millones seiscientos cincuenta y seis mil novecientos cuatro con 00/00 ($ 37.656.904,00), conforme al detalle que como Anexo (IF-201909381701-GCABA-DGEGP), forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 7º.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de Educación de Gestión Privada (Fuente 14), dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, destinada a solventar el pago correspondiente a los sueldos del mes de marzo de 2019 de los docentes del Instituto Libre de Segunda Enseñanza por un importe total de pesos un millón trescientos cuarenta y tres mil ochocientos tres con 00/00 ($ 1.343.803,00), conforme al detalle que como Anexo (IF2019-09382059-GCABA-DGEGP), forma parte integrante de la presente resolución.

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Artículo 8º- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de Educación de Gestión Privada (Fuente 14), dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, destinada a solventar el pago correspondiente a los sueldos del mes de marzo de 2019 de los docentes de los Institutos Terciarios de Gestión Privada de la Ciudad de Buenos Aires por un importe total de pesos dos millones cuatrocientos treinta y ocho mil quinientos setenta y seis con 00/00 ($ 2.438.576,00), conforme al detalle que como Anexo (IF-2019-09382379-GCABA-DGEGP), forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 9º.- Emítanse las órdenes de pago respectivas por el importe de pesos ochocientos ocho millones ochenta y cinco mil doscientos sesenta y uno con 00/00 ($ 808.085.261,00) de Fuente 11 y el importe de pesos tres millones setecientos ochenta y dos mil trescientos setenta y nueve con 00/00 ($ 3.782.379,00) de Fuente 14, las que deberán ser depositadas en la Cuenta Corriente Nº 25822/5 y en la Cuenta Corriente Nº 25216/6, respectivamente, del Banco Ciudad de Bs. As. (Casa Central) antes del 3er día hábil del mes siguiente. Artículo 10.- Establézcase que la afectación del gasto se efectuará contra la partida 5.1.5.55 destinada a tal fin. Artículo 11.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a las Direcciones Generales de Administración de Recursos, de Contaduría y de Tesorería a los fines consiguientes. Acuña

RESOLUCIÓN N.° 1930/MEIGC/19

Buenos Aires, 28 de marzo de 2019 VISTO: La Ley Nº 25.053, el Decreto Nº 393/09 y el EX-2019-09270747-GCABA-DGEGP, y CONSIDERANDO: Que mediante la actuación citada en el Visto, la Dirección General de Educación de Gestión Privada dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa solicitó la transferencia de fondos, que fueran acreditados oportunamente por la Secretaría de Hacienda de la Nación, con el objeto de solventar el pago correspondiente al Fondo Nacional de Incentivo Docente a los docentes de los Institutos Privados Incorporados de la Ciudad de Buenos Aires, a ser liquidado en el mes de marzo de 2019; Que, asimismo, dicha Dirección General solicitó la transferencia de fondos, que fueran acreditados oportunamente por la Secretaría de Hacienda de la Nación, con el objeto de solventar el pago correspondiente al Fondo Nacional de Incentivo Docente a los docentes del Institutos Libre de Segunda Enseñanza, a ser liquidado junto con los haberes del mes de marzo de 2019; Que se debe autorizar dicha transferencia a fin de que la citada Dirección General pueda cancelar las obligaciones a su cargo, únicamente en los establecimientos que no adeuden rendiciones de meses anteriores; Que se ha efectuado la imputación de los fondos necesarios para solventar dicho pago;

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ANEXO

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Que el Decreto N° 393/09 establece el proceso de desconcentración de las liquidaciones de gastos y emisión de órdenes de pago derivadas de la totalidad de las facturas y certificados en función de la naturaleza del gasto; Que debe señalarse que el artículo 17 de la norma citada faculta a la Dirección General de Contaduría, como asimismo a sus Representaciones y Delegaciones Contables, en su caso, a incluir en Órdenes de Pago a aquellas acreencias que se encuentren respaldadas por la correspondiente norma autorizante, emanada de autoridad competente; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, y conforme las facultades encomendadas por el artículo 17 del Decreto Nº 393/09,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN RESUELVE

Artículo 1º.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de Educación de Gestión Privada, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, destinada a solventar el pago correspondiente al Fondo Nacional de Incentivo Docente a los docentes de Nivel Inicial (Fuente 14) de los Institutos Privados Incorporados de la Ciudad de Buenos Aires por un importe total de pesos cinco millones quinientos doce mil doscientos ochenta y seis con 00/00 ($ 5.512.286,00), a ser liquidado en el mes de marzo de 2019, que como Anexo (IF-2019-09300785-GCABADGEGP) forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de Educación de Gestión Privada, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, destinada a solventar el pago correspondiente al Fondo Nacional de Incentivo Docente a los docentes de Nivel Primario (Fuente 14) de los Institutos Privados Incorporados de la Ciudad de Buenos Aires por un importe total de pesos diez millones doscientos cuarenta y siete mil ciento dos con 00/00 ($ 10.247.102,00), a ser liquidado en el mes de marzo de 2019, que como Anexo (IF-2019-09301175GCABA-DGEGP) forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de Educación de Gestión Privada, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, destinada a solventar el pago correspondiente al Fondo Nacional de Incentivo Docente a los docentes de Nivel Secundario (Fuente 14) de los Institutos Privados Incorporados de la Ciudad de Buenos Aires por un importe total de pesos doce millones ciento veintinueve mil quinientos diez con 00/00 ($ 12.129.510,00), a ser liquidado en el mes de marzo de 2019, que como Anexo (IF-2019-09301522- GCABA-DGEGP) forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 4º.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de Educación de Gestión Privada, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, destinada a solventar el pago correspondiente al Fondo Nacional de Incentivo Docente a los docentes de Nivel Superior (Fuente 14) de los Institutos Privados Incorporados de la Ciudad de Buenos Aires por un importe total de pesos dos millones ochocientos tres mil doscientos setenta y cuatro con 00/00 ($ 2.803.274,00), a ser liquidado en el mes de marzo de 2019, que como Anexo (IF-2019-09301593-GCABADGEGP) forma parte integrante de la presente resolución.

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Artículo 5º.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de Educación de Gestión Privada, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, destinada a solventar el pago correspondiente al Fondo Nacional de Incentivo Docente a los docentes de la Modalidad de Educación de Adultos (Fuente 14) de los Institutos Privados Incorporados de la Ciudad de Buenos Aires por un importe total de pesos cien mil trescientos veintidós con 00/00 ($ 100.322,00), a ser liquidado en el mes de marzo de 2019, que como Anexo (IF-2019-09301784-GCABA-DGEGP) forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 6º.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de Educación de Gestión Privada, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, destinada a solventar el pago correspondiente al Fondo Nacional de Incentivo Docente a los docentes de la Modalidad de Educación Especial (Fuente 14) de los Institutos Privados Incorporados de la Ciudad de Buenos Aires por un importe total de pesos un millón quinientos ochenta y tres mil quinientos sesenta con 00/00 ($ 1.583.560,00), a ser liquidado en el mes de marzo de 2019, que como Anexo (IF-2019-09301854GCABADGEGP) forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 7º.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de Educación de Gestión Privada, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, destinada a solventar el pago correspondiente al Fondo Nacional de Incentivo Docente a los docentes del Instituto Libre de Segunda Enseñanza (Fuente 14) por un importe total de pesos cuarenta y dos mil setecientos trece con 00/00 ($ 42.713,00), a ser liquidado junto con los haberes del mes de marzo de 2019, conforme al detalle que como Anexo (IF-2019-09301910-GCABA-DGEGP), forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 8º.- Emítase la orden de pago respectiva por el importe de pesos treinta y dos millones cuatrocientos dieciocho mil setecientos sesenta y siete con 00/00 ($ 32.418.767,00) de Fuente 14, el que deberá ser depositado en la Cuenta Corriente Nº 25216/6, del Banco Ciudad de Bs. As. (Casa Central). Artículo 9º.- Establézcase que la afectación del gasto se efectuará contra la partida 5.1.5.55 destinada a tal fin. Artículo 10º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a las Direcciones Generales de Administración de Recursos, de Contaduría y de Tesorería a los fines consiguientes. Acuña

RESOLUCIÓN N.° 82/SSGEFYAR/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, los Decretos Nº 1254/08 y su modificatorio Nº 663/09, N° 203/16, la Disposición Nº 727/DGAR/18, el Expediente N° 32216990/18 y CONSIDERANDO:

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ANEXO

Que por Disposición Nº 727/DGAR/18 se llamó a Licitación Pública N° 657-SIGAF-18

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(23-18) para llevar a cabo trabajos de Adecuación ley 962, rehabilitación de patio y playón deportivo en el edificio de la Escuela N° 9 sita en la calle Berón de Astrada 5920 del D.E. Nº 21, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado y fijando como Presupuesto Oficial la suma de PESOS CINCO MILLONES CIENTO SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE CON 34/100 ($ 5.161.919,34); Que con fecha 07 de enero de 2019 ha tenido lugar el acto de apertura de ofertas correspondiente, presentándose cinco (5) ofertas: Ingeniería y Servicios Globales S.A., Constructora Premart S.R.L., Filip S.A., Genobras S.R.L. y Conibra S.R.L.; Que con fecha 8 de enero de 2019 se realizó el análisis y evaluación del aspecto legal de las ofertas presentadas en el acto de apertura, donde se concluye que las ofertas presentadas por la empresa están en condiciones de ser analizadas por el Área de Control y Ejecución de Contratos, previo cumplimiento de las requisitorias que les sean efectuadas por cédula de notificación, para completar y/o subsanar la documentación exigida por los Pliegos Licitatorios; Que, por NO-2019-2308158-DGAR, se solicitó intervención de la Dirección General de Infraestructura Escolar para el análisis técnico de las ofertas presentadas; Que con fecha 30 de enero de 2019, mediante NO-2019-46466227-DGINFE, dicha Dirección General remitió el análisis realizado sobre la licitación de marras; Que con fecha 31 de enero de 2019 el Área de Control y Ejecución de Contratos realizó el estudio de la documentación presentada, donde se concluye que las empresas Ingeniería y Servicios Globales S.A., Constructora Premart S.R.L., Filip S.A., Genobras S.R.L. y Conibra S.R.L. reúnen todos los antecedentes ponderables para recomendar su contratación y solicitar a la firma Ingeniería y Servicios Globales S.A., en virtud de ser económicamente más conveniente y cumplir en términos generales con las exigencias técnicas, legales y contables del Pliego de la Licitación, que presente la documentación faltante; Que en forma previa a la preadjudicación la Dirección General intimó a dicha empresa a actualizar la documentación presentada al momento de la oferta; Que la mencionada empresa adjuntó la documentación requerida, obrando en el Expediente un segundo informe del Área de Control y Ejecución de Contratos donde da por cumplido lo solicitado; Que la Comisión de Preadjudicaciones creada por Resolución Nº 149/MEGC/16 y su modificatoria Nº 324/SSGEFYAR/17 en ejercicio de las atribuciones estipuladas en la misma, mediante Acta de Preadjudicación Nº 5 de fecha 7 de marzo de 2019 procedió a, declarar admisibles las ofertas presentadas por Ingeniería y Servicios Globales S.A.,

Constructora Premart S.R.L., Filip S.A., Genobras S.R.L. y Conibra S.R.L. reúnen todos los antecedentes ponderables para recomendar su contratación y preadjudicar los trabajos en el edificio indicado en el primer Considerando a la empresa Ingeniería y Servicios Globales S.A por la suma de PESOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS UN MIL DOSCIENTOS VEINTE CON 07/100 ($ 5.201.220,07) en virtud de ser la oferta más conveniente entre las admisibles; Que el resultado de la preadjudicación fue notificado mediante cédula al preadjudicatario y al resto de los oferentes, publicado en el Boletín Oficial por un día, en el sitio de Internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones conforme lo dispone el Pliego de Condiciones Particulares; Que no hubo impugnaciones a la preadjudicación; Que la empresa Ingeniería y Servicios Globales S.A cuenta con Certificado de Capacidad para Adjudicación expedido por el Registro Nacional de Constructores y Firmas Consultoras de Obras Públicas; Que la medida propiciada cuenta con la afectación presupuestaria correspondiente;

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Que por los motivos reseñados y en atención al resultado de la preadjudicación, corresponde adjudicar a la empresa Ingeniería y Servicios Globales S.A los trabajos de Adecuación ley 962, y rehabilitación de patio y playón deportivo en el edificio de la Escuela N° 9 sita en la calle Berón de Astrada 5920 del D.E. Nº 21, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado por la suma de PESOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS UN MIL DOSCIENTOS VEINTE CON SIETE CENTAVOS ($ 5.201.220,07); Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado intervención en el marco de su competencia. Por ello, en razón de lo normado por el Decreto N° 203/GCBA/16,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACION DE RECURSOS

RESUELVE

Artículo 1.- Aprobar la Licitación Pública N° 657-SIGAF-18 (23-18) y adjudicar a Ingeniería y Servicios Globales S.A. los trabajos de Adecuación ley 962, y rehabilitación de patio y playón deportivo en el edificio de la Escuela N° 9 sita en la calle Berón de Astrada 5920 del D.E. Nº 21, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado y por la suma de PESOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS UN MIL DOSCIENTOS VEINTE CON 07/100 ($ 5.201.220,07) y con un plazo de ejecución de obra de ciento veinte (120) días corridos. Artículo 2.- Imputar el presente el presente gasto a la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 3.- Autorizar al Sr. Director General de Administración de Recursos a suscribir la Contrata y la Orden de Comienzo respectiva. Artículo 4.- Notifíquese a las empresas oferentes en los términos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y publíquese en el BOCBA por un día, en el sitio de Internet de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y prosecución del trámite pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones. Tomaghelli

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Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

RESOLUCIÓN N.° 253/MDUYTGC/19

Buenos Aires, 1 de abril de 2019 VISTO: La Ley N° 5460 (Texto consolidado por la Ley N° 6017) modificada parcialmente por la Ley N° 5960, los Decretos N° 359/GCBA/15, 363/GCBA/15 y sus modificatorios, 203/GCBA/16, la Resolución N° 246-MDUYTGC/17, los expedientes electrónicos Nos. 2016-23454011-MGEYA-DGTMBR y 2019-7135922-MGEYA-DGTALMDUYT, y CONSIDERANDO: Que por expediente electrónico N° 2019-7135922-MGEYA-DGTALMDUYT, la empresa MIAVASA S.A., adjudicataria de la Obra "EJECUCIÓN DE ACERAS METROBUS DEL BAJO (ETAPA 1)", ha solicitado la liquidación final y devolución del fondo de reparo; Que la obra de referencia fue oportunamente adjudicada a la contratista mediante Resolución N° 246-MDUYTGC/17; Que la obra citada, cuenta con Acta de Recepción Definitiva de fecha 8 de febrero de 2018 en que se da por cumplido lo establecido en los Artículos 1.15.4 del Pliego de Condiciones Generales y Art. 2.15 del Pliego de Condiciones Particulares, correspondiendo en consecuencia el dictado de la norma aprobatoria de la misma; Que habiéndose dado intervención a la Dirección General Contaduría General de la liquidación final, la misma no ha merecido objeciones atento los términos del IF-2019-9373797-DGCG, correspondiendo por lo tanto aprobar la Liquidación Final de la obra de referencia; Que la Ley N° 5460 (Texto consolidado por la Ley N° 6017), parcialmente modificada por la Ley N° 5960, estableció la estructura ministerial y las competencias actualmente vigentes para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Decreto N° 363/GCBA/15 y sus modificatorios, aprobaron la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con las responsabilidades primarias y objetivos de las unidades de organización integrantes de este Gobierno. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 5460 (Texto consolidado por la Ley N° 6017), parcialmente modificada por la Ley N° 5960 y por los Decretos Nos. 359/GCBA/15, 363/GCBA/15 y sus modificatorios y 203/GCBA/16,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1°. - Apruébase el Acta de Recepción Definitiva de Obra "EJECUCIÓN DE ACERAS METROBUS DEL BAJO (ETAPA 1)", que como Anexo I (IF-2019-08949238-GCABA-DGIT) forma parte de la presente y que corresponde a la obra que fuera oportunamente adjudicada a la empresa MIAVASA S.A. por la Resolución N° 246-MDUYTGC/17. Artículo 2°: Apruébase la liquidación final de la obra que como Anexo II (IF-2019-08778088-GCABA-DGIT), forma parte integrante de la presente.

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Artículo 3°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para su conocimiento y demás efectos, gírese a la Dirección General Infraestructura de Transporte, la que deberá notificar en forma fehaciente a la empresa MIAVASA S.A. Cumplido, remítase a la Dirección General de Contaduría General para la prosecución de su trámite. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 256/MDUYTGC/19

Buenos Aires, 1 de abril de 2019 VISTO: La Ley N° 5460 (Texto consolidado por la Ley N° 6017), modificada parcialmente por la Ley N° 5960, los Decretos Nos. 359/GCBA/15, 363/GCBA/15 y sus modificatorios, 203/GCBA/16, la Resolución N° 201-SSPLAN/14, los expedientes electrónicos Nos. 2013-1438122-MGEYA-SECPLAN y 2018-26072383-MGEYA-DGTALMDUYT, y CONSIDERANDO: Que por expediente electrónico N° 2018-26072383-MGEYA-DGTALMDUYT, la empresa BS. AS. CONSTRUPC S.R.L., adjudicataria de la Obra "SOLUCIONES HABITACIONALES BARRIO DONADO HOLMBERG - PUESTA EN VALOR Y REFUNCIONALIZACIÓN DEL EDIFICIO DE LA CALLE DONADO Nº 2249 - ETAPA I", ha solicitado la liquidación final y devolución del fondo de reparo; Que la obra de referencia fue oportunamente adjudicada a la contratista mediante Resolución N° 201-SECPLAN/14; Que la obra citada, cuenta con Acta de Recepción Definitiva de fecha 1 de abril de 2018 en que se da por cumplido lo establecido en los Artículos 1.15.4 del Pliego de Condiciones Generales y Art. 2.15 del Pliego de Condiciones Particulares, correspondiendo en consecuencia el dictado de la norma aprobatoria de la misma; Que habiéndose dado intervención a la Dirección General Contaduría General de la Liquidación Final, la misma no ha merecido objeciones atento los términos del IF-2019-09557410-GCABA-DGCG, por lo que corresponde su aprobación; Que la Ley N° 5460 (Texto consolidado por la Ley N° 6017), parcialmente modificada por la Ley N° 5960, estableció la estructura ministerial y las competencias actualmente vigentes para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Decreto N° 363/GCBA/15 y sus modificatorios aprobaron la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con las responsabilidades primarias y objetivos de las unidades de organización integrantes de este Gobierno. Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 5460 (Texto consolidado por la Ley N° 6017), parcialmente modificada por la Ley N° 5960 y por los Decretos Nos. 359/GCBA/15, 363/GCBA/15 y sus modificatorios y 203/GCBA/16,

El MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE

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ANEXO

Artículo 1°.- Apruébase el Acta de Recepción Definitiva de Obra "SOLUCIONES

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HABITACIONALES BARRIO DONADO HOLMBERG - PUESTA EN VALOR Y REFUNCIONALIZACIÓN DEL EDIFICIO DE LA CALLE DONADO Nº 2249 - ETAPA I", que como Anexo I (IF-2019-06689901-GCABA-UEEXAU3) forma parte de la presente, y que corresponde a la obra que fuera adjudicada por Resolución N° 201-SSPLAN/14 a la empresa BS. AS. CONSTRUPC S.R.L. Artículo 2°.- Apruébase la liquidación final de la obra que como Anexo II (IF-2019-

09278472-GCABA-UEEXAU3), forma parte integrante de la presente. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para su conocimiento y demás efectos, gírese a la Unidad Ejecutora Renovación Urbana de la Traza de la ex AU3, la que deberá notificar en forma fehaciente a la empresa BS. AS. CONSTRUPC S.R.L. Cumplido, remítase a la Dirección General de Contaduría General para la prosecución de su trámite. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 116/SECTRANS/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La ley N° 2.095 (texto consolidado por la Ley N° 6.017), los Decretos N° 326/GCBA/17 y 287/GCBA/18, la Resolución N° 95/SECTRANS/19, y el Expediente N° 07404912-MGEYA-SECTRANS-19, y CONSIDERANDO: Que, por las actuaciones mencionadas en el Visto, tramita la Adquisición y colocación de separador de vías doble montaje Modelo S-400-100 con destino a la Dirección General de Infraestructura del Transporte, dependiente de esta Secretaría de Transporte; Que mediante Resolución N° 95/SECTRANS/2019 se aprobaron los Pliegos y se llamó a Contratación Menor N° 768-0588-CME19, estableciéndose como fecha de apertura el día 27 de marzo de 2019 a las 12:00 horas al amparo del artículo 38 de la Ley N° 2095 (Texto consolidado Ley N° 6.017); Que tal como luce en el Acta de Apertura emitido por el sistema BAC, se recibió una única oferta correspondiente a la firma NUVA S.A.C.I.F.I. (CUIT 30-52023974-6); Que la Comisión Evaluadora de ofertas recomendó adjudicar a la empresa NUVA S.A.C.I.F.I. al amparo de los artículos 110 y 111, por única oferta, siendo la misma admisible y conveniente para el GCBA conforme lo establecido en la Ley N° 2095 (texto consolidado Ley N° 6.017); Que obra informe legal que da cuenta del nivel de cumplimiento de las exigencias formales del Pliego de Bases y Condiciones por parte de los oferentes; Que la Dirección General de Infraestructura del Transporte, en su carácter de área solicitante, emitió su opinión respecto de la admisibilidad técnica de las ofertas presentadas, tal y como surge de su informe técnico cuya copia obra vinculada al expediente;

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ANEXO

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Que se cumplimentó con el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación y corresponde proceder sin más trámites a la aprobación del gasto y adjudicación en los términos del artículo 38 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley 6.017); Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente, acorde a lo establecido en el Decreto 326/2017 y su Decreto modificatorio N° 287/GCBA/18,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1°. - Apruébase la Contratación Menor N° 768-0588-CME19, al amparo de lo establecido en el artículo 38º de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley 6.017). Artículo 2°. - Adjudícase a la firma NUVA S.A.C.I.F.I. (CUIT 30-52023974-6) la suma total de Pesos setecientos cuarenta y siete mil ciento sesenta y ocho ($ 747.168.-) por la Adquisición y colocación de separador de vías doble montaje Modelo S-400-100 con destino a la Dirección General de Infraestructura del Transporte, dependiente de esta Secretaría de Transporte. Artículo 3º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio 2019. Artículo 4º.- Emítase la respectiva Orden de Compra. Artículo 5º.- Publíquese la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el Portal Web de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás fines remítase a la Unidad Operativa de Adquisiciones de esta Secretaría de Transporte. Méndez

RESOLUCIÓN N.° 118/SECTRANS/19

Buenos Aires, 8 de abril de 2019 VISTO: La Ley N° 2.148, la Ley N° 5.651, la Ley N° 2.930, el Decreto N° 363/GCBA/2015, el Decreto 141/GCBA/2016, el Decreto N° 498/GCBA/2008, el Decreto 675/AJG/2016, el Decreto 345/AJG/2017, la Resolución N° 121/SSTRANS/2009, la Resolución N° 67/SSTRANS/2009, la Resolución N° 08/SSTRANS/2010, la Resolución N° 67/SSTRANS/2010, la Resolución N° 148/SSTRANS/2010, la Resolución N° 36/SSTRANS/2011, la Resolución N° 139/SSTRANS/2011, la Resolución N° 313/SSTRANS/2012, la Resolución N° 22/SSTRANS/2013, la Resolución N° 573/SSTRANS/2013, la Resolución N° 188/SSTRANS/2014, la Resolución N° 46/SSTRANS/2014, la Resolución N° 224/SSTRANS/2015, la Resolución N° 421/SECTRANS/2016 , la Resolución N° 462/SECTRANS/2016, la Resolución N° 47/SECTRANS/2017, la Resolución N° 129/SECTRANS/2017, la Resolución N° 138/SECTRANS/2017 , la Resolución N° 250/SECTRANS/2017, la Resolución N° 339/SECTRANS/2017, la Resolución N° 480/SECTRANS/2017, la Resolución N° 603/SECTRANS/2017, la Resolución N° 8/SECTRANS/2018, la Resolución N° 40/SECTRANS/2018, la Resolución N° 190/SECTRANS/2018, la Resolución N° 309/SECTRANS/2018, la Resolución N° 339/SECTRANS/2018, la Resolución N° 611/SECTRANS/2018, la Resolución N° 2/SECTRANS/2019, la Resolución N° 31/GCABA/SECTRANS/2019, la Resolución N° 86/GCABA/SECTRANS/2019, el Expediente N° 2019- 09898665-GCABA-UPEMS, y;

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Que mediante la Ley N° 5651 se incorporó como Título Decimocuarto el Sistema de Transporte Público de Bicicleta (STPB) al Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo la promoción del uso de la bicicleta como transporte saludable y respetuoso con el medio ambiente, y como método alternativo y complementario de transporte para reducir los niveles de congestión de tránsito; Que el Sistema de Transporte Público de Bicicleta cuenta entre sus propósitos más destacados la promoción del sistema como transporte público alternativo, abarcando acciones positivas tendientes a hacer de este servicio un complemento del sistema de transporte público y un modo alternativo de transporte que desaliente el uso del automotor privado; Que en el Pto. 14.1.3 se establecen los criterios generales que guían el Sistema de Transporte Público en Bicicleta, indicando la garantía del derecho a la movilidad, la integridad física y a la seguridad de las personas.- Estos derechos se garantizan a través de políticas que ofrecen mayores oportunidades de movilidad a todos, con la estructura suficiente para que el sistema sea seguro en su funcionamiento, procurando una red segura de carriles y una concientización social que conlleve a aplicar y hacer cumplir la normativa vigente; Que en esta misma línea de ideas, establece que la Ciudad garantiza una infraestructura mínima, adecuada y segura para el buen funcionamiento de este transporte.- La Ciudad mantiene un sistema de red de carriles para bicicletas que

interrelaciona las principales áreas conflictivas y de origen y destino del tránsito existente y potencial de bicicletas.- El sistema de red de carriles se conforma de ciclovías, bicisendas y ciclocarriles.- En todos los casos mantienen trazados y dimensiones de seguridad adecuada, única o doble circulación, iluminación, señalización y sistema de información al usuario; Que tal sistema se encuentra en total concordancia con los lineamientos propuestos por el Plan Urbano Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires, aprobado por la Ley N° 2.930, en relación al conjunto de acciones tendientes a la jerarquización de la red vial y la reducción de emisión de contaminantes de combustión interna; Que el Decreto Nº 498/GCBA/2008 en su artículo 2°, designa a la Subsecretaría de Transporte, dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano, como autoridad de aplicación del Código de Tránsito y Transporte; Que la nueva estructura orgánico-funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por medio del Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, estableció esta Secretaría de Transporte, dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, como el órgano continuador a cargo de las competencias de la entonces Subsecretaría de Transporte;

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CONSIDERANDO:

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Que mediante las Resoluciones N° 67/SSTRANS/2009, N°121/SSTRANS/2009, N° 08/SSTRANS/2010, N° 67/SSTRANS/2010, N° 148/SSTRANS/2010, Nº 36/SSTRANS/2011, N° 139/SSTRANS/2011, N° 313/SSTRANS/2012, N° 22/SSTRANS/2013, N° 573/SSTRANS/2013, N° 188/SSTRANS/2014, N° 46/SSTRANS/2014, N° 224/SSTRANS/2015, N° 421/SECTRANS/2016 , N° 462/SECTRANS/2016, Resolución N° 47/SECTRANS/2017, la Resolución N° 129/SECTRANS/2017, y la Resolución N° 138/SECTRANS/2017, la Resolución N° 250/SECTRANS/2017, la Resolución N° 339/SECTRANS/2017, la Resolución N° 480/SECTRANS/2017, la Resolución N° 603/SECTRANS/2017, la Resolución N° 8/SECTRANS/2018, la Resolución N° 40/SECTRANS/2018, la Resolución N° 190/SECTRANS/2018, la Resolución N° 309/SECTRANS/2018, la Resolución N° 339/SECTRANS/2018, la Resolución N° 611/SECTRANS/2018, la Resolución N° 2/SECTRANS/2019, la Resolución N° 31/GCABA/SECTRANS/2019, la Resolución N° 86/GCABA/SECTRANS/2019 se implementaron carriles exclusivos para bicicletas o ciclovías, y bicisendas en diferentes tramos de arterias y aceras de la Ciudad de Buenos Aires, con el objeto de lograr la consolidación de una red de carriles exclusivos; Que habiéndose obtenido resultados favorables en la puesta en valor de las anteriores etapas de construcción de la red, y habiéndose realizado estudios técnicos generales de diferentes corredores viales, se considera oportuno incorporar nuevas trazas para la conformación de la mencionada red de carriles exclusivos. Por ello, en uso de las atribuciones legales que le son propias, conferidas por el Decreto N° 363/GCBA/2015, modificado por el Decreto N° 141/GCBA/2016 y por el Decreto 345/AJG/2017, y en el marco de las facultades otorgadas por el Decreto N° 498/GCBA/2008,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1°.- Establézcanse los carriles exclusivos para bicicletas o ciclovía y bicisendas, de doble sentido de circulación, en los tramos de itinerarios comprendidos

por los ejes de las siguientes calles y/o avenidas: Ciclovías: a. Eje Fragata Sarmiento- Yerbal- Chirimay- Ramon Falcón- Puan: I. Calle Fragata Sarmiento entre Av. Avellaneda y Méndez de Andes por calzada paralela y adyacente a la vereda suroeste, en doble sentido de circulación.- II. Calle Fragata Sarmiento (puente caballito) entre Yerbal y Av. Avellaneda por calzada paralela y adyacente a la vereda suroeste, en doble sentido de circulación.- III. Calle Yerbal entre Chirimay y Nicasio Oroño por calzada paralela y adyacente a la vereda sureste, en doble sentido de circulación.- IV. Calle Fragata Sarmiento entre Yerbal y Av. Rivadavia por calzada paralela y adyacente a la vereda noreste, en doble sentido de circulación.- V. Calle Chirimay entre Av. Rivadavia y Ramon Falcon por calzada paralela y adyacente a la vereda noreste, en doble sentido de circulación.- VI. Calle Ramon Falcon entre Puan y Chirimay por calzada paralela y adyacente a la vereda noroeste, en doble sentido de circulación.- VII. Calle Puan entre Valle y Ramon Falcon por calzada paralela y adyacente a la vereda suroeste, en doble sentido de circulación.- b. Eje Alfonsina Storni- Rogelio Yrurtia- Carlos E. Pelegrini: I. Calle Carlos E. Pellegrini entre Andonaegui y R. Yrurtia por calzada paralela y adyacente a la vereda sureste, en doble sentido de circulación.- II. Calle R. Yrurtia entre Carlos E. Pellegrini y Alfonsina Storni por calzada paralela y adyacente a la vereda norte, en doble sentido de circulación.-

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III. Calle Alfonsina Storni entre Av. Crisólogo Larralde y R. Yrurtia por calzada paralela y adyacente a la vereda suroeste, en doble sentido de circulación.- Artículo 2°.- La velocidad máxima permitida para los vehículos que transiten por las arterias donde se implementen las ciclovías sobre la calzada, citadas en los artículos 1°, será de treinta (30) kilómetros por hora, excepto que por una norma especial se encuentre establecida una velocidad menor.- Artículo 3°.- Para las calles transversales en las cuales existe cruce con las ciclovías regirá como límite de velocidad máxima permitida treinta (30) kilómetros por hora, excepto que por una norma especial se encuentre establecida una velocidad menor.- Artículo 4°.- Prohíbase el estacionamiento y detención, invasión u ocupación de las ciclovías, así como la detención para el ascenso y descenso de personas o mercaderías de todo vehículo.- Artículo 5°.- Prohíbase el estacionamiento adyacente al cordón de las ciclovías y en la proyección de aquel, donde se interrumpa para el ingreso, egreso y maniobras desde y hacia las parcelas frentistas, aún en aquellos casos de preexistencia de espacios reservados especiales, los cuales serán relocalizados en el sitio más próximo, de acuerdo a criterios técnicos procedentes para cada supuesto.- Artículo 6°.- Como excepción a los dos artículos precedentes, debidamente señalizado horizontal y verticalmente, se permitirá la detención momentánea paralelo al cordón de la vereda, invadiendo parcialmente la ciclovía, pero dejando un carril libre de circulación para la circulación de ciclistas entre el vehículo detenido y el cordón de la vereda, con las finalidades que se indican a continuación: a) Ascenso y descenso de niños de vehículos escolares pertenecientes a las pertinentes institucionales educativas.- b) Ascenso y descenso de pacientes con movilidad reducida en correspondencia con instituciones de salud.-

Artículo 7°.- Prohíbase la circulación y la operatoria de carga y descarga sobre las ciclovías, quedando ampliado en tal sentido, el inciso i) del artículo 7.1.9 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires, encontrándose exceptuadas tales operaciones en los espacios reservados para tal fin (cajones azules).- Artículo 8°.- Exceptúase de lo dispuesto en las prohibiciones mencionadas en los artículos precedentes a los vehículos de emergencia, conforme los términos del artículo 6.5.1 del Código de Tránsito y Transporte.- Artículo 9°.- La presente medida entrará en vigencia por tramos, en las fechas y sectores que determine la Dirección General de Tránsito y Transporte, de acuerdo a la terminación de su construcción y señalamiento.- Artículo 10°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a la Subsecretaria de Tránsito y Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito y Transporte quien procederá a comunicar esta Resolución a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), a las Cámaras y Empresas de Transporte Colectivo de Pasajeros y Agrupaciones de Taxímetros, a la Dirección General de Planificación de la Movilidad, a la Policía Federal Argentina, al Ente de Mantenimiento Urbano Integral, a la Dirección General Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial (DGCACTYSV). Cumplido, archívese. Méndez

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RESOLUCIÓN N.° 351/SSTYTRA/19

Buenos Aires, 29 de marzo de 2019 VISTO: La ley Nº 2148 (texto consolidado según ley Nº 6017), la Resolución Nº 201/SECTRANS/16 y el Expediente Nº EX-2019-08447437- -GCABA-DGTYTRA, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el Visto, GREEN S.A. - ROTTIO S.A. UNION TRANSITORIA solicita permiso para la afectación al tránsito de Av. Córdoba, con motivo de la obra "Viaducto elevado FF.CC. San Martín"; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277; Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle y cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante Resolución Nº 13/SECTRANS/19 y su rectificatoria la Nº 30/SECTRANS/19, de la Secretaría de Transporte, se aprobó el Manual General de Señalización Vertical y el Manual de Señalización Vial Transitoria, mediante los cuales se establecen los lineamientos básicos para regular las señales y dispositivos a los fines de su aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la señalización que se aprueba en el Manual Señalización Vial Transitoria, será utilizada en el transcurso del período de ocupación o afectación total o parcial a la vía, ya sea durante la ejecución de una obra o el desenvolvimiento de un evento, para ayudar a reducir el impacto que generan las afectaciones eventuales de las vías de circulación en los actores viales; Que la implementación de dichos sistemas de señalización tiene por objetivo garantizar que el señalamiento vial sea claro, legible, universal y homogéneo para toda la ciudadanía; Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió opinión favorable respecto al corte solicitado; Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a GREEN S.A. – ROTTIO S.A. UNION TRANSITORIA a afectar al tránsito la arteria antes mencionada, en el plazo solicitado. Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución Nº 201/SECTRANS/16,

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Artículo 1º.- Autorizar a GREEN S.A. - ROTTIO S.A. UNION TRANSITORIA a realizar, únicamente con presencia policial, con motivo de la obra "Viaducto elevado FF.CC. San Martín", a partir del 1 de abril de 2019 y por el término de 45 días corridos, las siguientes afectaciones al tránsito, sin afectar bocacalles: Corte total de Av. Córdoba, entre Godoy Cruz y Humboldt. Corte total de Darwin, entre Castillo y Niceto Vega. Afectación parcial de dos carriles de Av. Córdoba, junto a cordón de acera sur, desde su intersección con Estado de Israel y a lo largo de 20,00 metros hacia Estado de Palestina. Afectación parcial de dos carriles de Av. Córdoba, junto a cordón de acera sur, entre Av. Scalabrini Ortiz y Armenia, debiéndose dejar liberado en todo momento que dure la afectación, cuatro carriles liberados al tránsito vehicular. Afectación parcial de tres carriles de Av. Córdoba, junto a cordón de acera sur, entre Armenia y Serrano, debiéndose dejar liberado en todo momento que dure la afectación, tres carriles liberados al tránsito vehicular. Afectación parcial de cuatro carriles de Av. Córdoba, junto a cordón de acera sur, entre Serrano y Godoy Cruz, debiéndose dejar liberado en todo momento que dure la afectación, dos carriles liberados al tránsito vehicular. Artículo 2º.- Autorizase provisoriamente a las líneas de autotransporte público de pasajeros Nº 140, 151, 166, 168 y a los servicios de colectivos alternativos al FF.CC. San Martín a modificar su recorrido a partir de la materialización del cierre de la Av. Córdoba autorizado por la presente Resolución y eventuales complementarias, "ad referéndum" de lo que oportunamente disponga la Secretaría de Gestión del Transporte dependiente del Ministerio de Transporte, según el siguiente detalle: Línea Nº 140 Ida a Boulogne: Ida: Por su ruta, Av. Córdoba, Godoy Cruz, José Antonio Cabrera, Fitz Roy, Av. Córdoba, por su ruta. Regreso a Correo Central: Av. Córdoba, Bonpland, Gorriti, Uriarte, Cnel. Niceto Vega, Av. Córdoba, por su ruta. Línea N.º 151: Ida a Puente Saavedra: Av. Córdoba, Godoy Cruz, José Antonio Cabrera, Fitz Roy, Av. Córdoba, por su ruta. Regreso a Constitución (predio de regulación): Av. Córdoba, Bonpland, Gorriti, Uriarte, Cnel. Niceto Vega, Av. Córdoba, por su ruta. Línea Nº 168: Ida a San Isidro: Av. Córdoba, Godoy Cruz, José Antonio Cabrera, Fitz Roy, Av. Córdoba, por su ruta. Regreso a La Boca: Av. Córdoba, Bonpland, Gorriti, Uriarte, Cnel. Niceto Vega, Av. Córdoba, por su ruta. Línea Nº 166 y a los servicios de colectivos alternativos al FF.CC. San Martín Ida a Estación Morón: Av. Juan B. Justo, José Antonio Cabrera, Fitz Roy, Castillo, retomando por Av. Juan B. Justo. Vuelta: por su ruta según resolución de Juan B. Justo, Godoy Cruz, José Antonio Cabrera, Av. Juan B. Justo, su ruta. Artículo 3º.- La empresa procederá a la provisión, instalación, conservación y retiro a

la finalización de la obra de carteles ilustrativos de las afectaciones tal como se indica en los croquis del presente expediente, debiendo asimismo cumplir con lo dispuesto en el Manual General de Señalización Vertical y en el Manual de Señalización Vial Transitoria , aprobados mediante Resolución Nº 13/SECTRANS/19 y su rectificatoria la Nº 30/SECTRANS/19 y sus respectivos anexos, o la normativa que en el futuro las reemplace.

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EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE RESUELVE

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Artículo 4º.- La solicitante tomará a su cargo las responsabilidades emergentes de siniestros u otros eventos a que pudieran dar origen los presentes trabajos. Asimismo, se hará cargo de la limpieza que sea necesaria realizar de acuerdo a la Ordenanza Nº 51.277, a fin de que las calzadas, tanto las de los desvíos como las posteriormente afectadas por las obras, queden habilitadas en perfectas condiciones; pues en caso de incumplimiento serán llevados a cabo por Administración y a su costa. Artículo 5º.- Se contará, para la afectación y mientras dure la misma, con el apoyo permanente de la Policía, el que será requerido por la peticionante y de cuyas costas deberá hacerse cargo, debiendo asimismo permitir en todo momento el paso de frentistas, de vehículos de emergencia y la circulación peatonal segura. Artículo 6º.- Los trabajos a realizar dentro de la ocupación podrán efectuarse únicamente si se cuenta con el correspondiente permiso de obra emitido por el Dirección General de Planificación de Intervenciones en Vías Peatonales. Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese y comuníquese a la solicitante, a la Policía, a las Direcciones Generales de Planificación de Intervención en Vías Peatonales, del Cuerpo de Agentes del Control del Tránsito y Seguridad Vial, de Planificación de la Movilidad, de Inspección de Uso del Espacio Público; de Fiscalización y Control de Obras, y de Limpieza; a la Gerencia Operativa de Ordenamiento y Planeamiento del Tránsito. Cumplido, archívese. Galuzzi

RESOLUCIÓN N.° 352/SSTYTRA/19

Buenos Aires, 29 de marzo de 2019 VISTO: La ley Nº 2148 (texto consolidado según ley Nº 5666), la Resolución Nº 201/SECTRANS/16 y el Expediente Nº EX-2019-09027922- -GCABA-DGTYTRA, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado, el consorcio CMI solicita el permiso para la afectación al tránsito de Av. Fernández de la Cruz, con motivo de la obra: "Colector Margen Izquierdo, Desvío Colector Baja Costanera y Obras Complementarias"; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277; Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle y cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

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Que mediante Resolución Nº 13/SECTRANS/19 y su rectificatoria la Nº 30/SECTRANS/19, de la Secretaría de Transporte, se aprobó el Manual General de Señalización Vertical y el Manual de Señalización Vial Transitoria, mediante los cuales se establecen los lineamientos básicos para regular las señales y dispositivos a los fines de su aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la señalización que se aprueba en el Manual Señalización Vial Transitoria, será utilizada en el transcurso del período de ocupación o afectación total o parcial a la vía, ya sea durante la ejecución de una obra o el desenvolvimiento de un evento, para ayudar a reducir el impacto que generan las afectaciones eventuales de las vías de circulación en los actores viales; Que la implementación de dichos sistemas de señalización tiene por objetivo garantizar que el señalamiento vial sea claro, legible, universal y homogéneo para toda la ciudadanía; Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió opinión favorable respecto al corte solicitado; Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice al consorcio CMI a realizar la afectación de la arteria antes mencionada en el primer párrafo del presente, en el plazo solicitado. Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución Nº 201/SECTRANS/16,

EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar al consorcio CMI, a realizar, únicamente con presencia policial, con motivo de la obra "Colector Margen Izquierda, Desvío Colector Baja Costanera y Obras Complementarias", a partir del 31 de marzo de 2019 y por el término de 90 días corridos, las siguientes afectaciones al tránsito: Afectación parcial de 2,00 metros de Av. Fernández de La Cruz, junto a cordón de acera norte, desde su intersección con Agustín de Vedia y a lo largo de 7,00 metros hacia el oeste, debiéndose dejar liberado en todo momento, 5,00 metros para la circulación vehicular. Afectación parcial de 6,00 metros de Av. Fernández de La Cruz, junto al lado norte de los carriles exclusivos del Metrobús, entre Agustín de Vedia y La Constancia, debiéndose dejar liberado en todo momento, 3,75 metros para la circulación vehicular. Afectación parcial de 3,00 metros de Av. Fernández de La Cruz, junto a cordón de acera sur, desde su intersección con Mom, y a lo largo de 4,00 metros hacia Av. Del Barco Centenera, debiéndose dejar liberado en todo momento, 3,50 metros para la circulación vehicular. Afectación parcial de 6,00 metros de Av. Fernández de La Cruz, junto a cordón de acera sur, desde su intersección con Av. Del Barco Centenera y a lo largo de 24,00 metros hacia Mom, debiéndose dejar liberado en todo momento, 3,50 metros para la circulación vehicular. En todo momento que duren las afectaciones mencionadas, no se deberán interrumpir los carriles exclusivos del Metrobús. Artículo 2º.- La empresa procederá a la provisión, instalación, conservación y retiro a la finalización de la obra de carteles ilustrativos a 50, 100 y 200 metros de las afectaciones tal como se indica en los croquis del presente expediente, debiendo asimismo cumplir con lo dispuesto en el Manual General de Señalización Vertical y en el Manual de Señalización Vial Transitoria , aprobados mediante Resolución Nº 13/SECTRANS/19 y su rectificatoria la Nº 30/SECTRANS/19 y sus respectivos anexos, o la normativa que en el futuro las reemplace.

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Artículo 3º.- La solicitante tomará a su cargo las responsabilidades emergentes de siniestros u otros eventos a que pudieran dar origen los presentes trabajos. Asimismo, se hará cargo de la limpieza que sea necesaria realizar de acuerdo a la Ordenanza Nº 51.277, a fin de que las calzadas, tanto las de los desvíos como las posteriormente afectadas por las obras, queden habilitadas en perfectas condiciones; pues en caso de incumplimiento serán llevados a cabo por Administración y a su costa. Artículo 4º.- Se contará, para la afectación y mientras dure la misma, con el apoyo permanente de la Policía, el que será requerido por la peticionante y de cuyas costas deberá hacerse cargo, debiendo asimismo permitir en todo momento el paso de frentistas, de vehículos de emergencia y la circulación peatonal segura. Artículo 5º.- Los trabajos a realizar dentro de la ocupación podrán efectuarse únicamente si se cuenta con el correspondiente permiso de obra emitido por el Dirección General de Planificación de Intervenciones en Vías Peatonales. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese y comuníquese a la solicitante, a la Policía, a las Direcciones Generales de Planificación de Intervención en Vías Peatonales, del Cuerpo de Agentes del Control

del Tránsito y Seguridad Vial, de Planificación de la Movilidad, de Inspección de Uso del Espacio Público; de Fiscalización y Control de Obras, y de Limpieza; a la Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y Transporte. Cumplido, archívese. Galuzzi

RESOLUCIÓN N.° 354/SSTYTRA/19

Buenos Aires, 29 de marzo de 2019 VISTO: La ley Nº 2148 (texto consolidado según Ley N.º 6017), la Resolución Nº 201/SECTRANS/16 y el Expediente N.º EX-2019-08310009- -GCABA-SSRIEI, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el Visto, la Subsecretaría de Relaciones Internacionales e Institucionales solicita permiso para efectuar el cierre total de Viamonte, entre Cerrito y Libertad, el día sábado 6 de abril de 2019, para la realización de un festival denominado "Es tu día en Buenos Aires"; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277; Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle y cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

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Page 84: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Que mediante Resolución N° 13/SECTRANS/19 y su rectificatoria la N° 30/SECTRANS/19, de la Secretaría de Transporte, se aprobó el Manual General de Señalización Vertical y el Manual de Señalización Vial Transitoria, mediante los cuales se establecen los lineamientos básicos para regular las señales y dispositivos a los fines de su aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la señalización que se aprueba en el Manual Señalización Vial Transitoria, será utilizada en el transcurso del período de ocupación o afectación total o parcial a la vía, ya sea durante la ejecución de una obra o el desenvolvimiento de un evento, para ayudar a reducir el impacto que generan las afectaciones eventuales de las vías de circulación en los actores viales; Que la implementación de dichos sistemas de señalización tiene por objetivo garantizar que el señalamiento vial sea claro, legible, universal y homogéneo para toda la ciudadanía; Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió opinión favorable respecto al corte solicitado; Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a la Subsecretaría de Relaciones Internacionales e Institucionales, a efectuar el cierre total de Viamonte, entre Cerrito y Libertad, para la realización de un festival denominado "Es tu día en Buenos Aires", el día sábado 6 de abril de 2019.

Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución Nº 201/SECTRANS/16,

EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar a la Subsecretaría de Relaciones Internacionales e Institucionales, para la realización de un festival denominado "Es tu día en Buenos Aires", a efectuar, con presencia policial, el cierre total de Viamonte, entre Cerrito y Libertad, sin afectar bocacalles, el día sábado 6 de abril de 2019, en el horario de 06:00 a 22:00. Artículo 2º.- El tránsito que pretenda circular por las calles afectadas deberá desviarse por las siguientes arterias: Libertad, Paraguay, Cerrito, hasta retomar Viamonte. Artículo 3º.- La solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas, de vehículos de emergencias y el paso peatonal seguro. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 4º.- La solicitante deberá arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de Policía y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96. Artículo 5º.- La solicitante deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Manual General de Señalización Vertical y en el Manual de Señalización Vial Transitoria , aprobados mediante Resolución N° 13/SECTRANS/19 y su rectificatoria la N° 30/SECTRANS/19 y sus respectivos anexos, o la normativa que en el futuro las reemplace. Artículo 6º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3º, 4º y 5º de la presente, la misma carecerá de validez.

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Artículo 7º.- La presente no implica autorización para la ocupación de veredas ni otro espacio público ni la realización de actividades comerciales, promocionales y/o actividades publicitarias, así como tampoco se autoriza la instalación de "stands" ni la venta de alimentos y bebidas las que deben tramitarse por cuerda separada en las áreas correspondientes. Artículo 8º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la solicitante, a la Policía, a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial, de Limpieza, de Rentas (Departamento de Otros Recursos), de Planificación de la Movilidad, de Ordenamiento del Espacio Público y a la Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y Transporte. Cumplido, archívese. Galuzzi

RESOLUCIÓN N.° 355/SSTYTRA/19

Buenos Aires, 29 de marzo de 2019 VISTO: La ley Nº 2148 (texto consolidado según ley Nº 6017), la Resolución Nº 201/SECTRANS/16 y el Expediente Nº EX-2019-09750079- -GCABA-DGTYTRA, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el Visto, REDIN TRADING S.A. solicita el permiso para el traslado de vigas de hormigón, con motivo de la obra "Viaducto San Martín"; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277; Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle y cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante Resolución Nº 13/SECTRANS/19 y su rectificatoria la Nº 30/SECTRANS/19, de la Secretaría de Transporte, se aprobó el Manual General de Señalización Vertical y el Manual de Señalización Vial Transitoria, mediante los cuales se establecen los lineamientos básicos para regular las señales y dispositivos a los fines de su aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la señalización que se aprueba en el Manual Señalización Vial Transitoria, será utilizada en el transcurso del período de ocupación o afectación total o parcial a la vía, ya sea durante la ejecución de una obra o el desenvolvimiento de un evento, para ayudar a reducir el impacto que generan las afectaciones eventuales de las vías de circulación en los actores viales;

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Que la implementación de dichos sistemas de señalización tiene por objetivo garantizar que el señalamiento vial sea claro, legible, universal y homogéneo para toda la ciudadanía; Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió opinión favorable respecto al corte solicitado; Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a REDIN TRADING S.A. a realizar el traslado de vigas de hormigón, con motivo de la obra "Viaducto San Martín", en el plazo solicitado. Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución Nº 201/SECTRANS/16,

EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar a REDIN TRADING S.A. a realizar, con motivo de la obra "Viaducto San Martín", el traslado de vigas de hormigón, a partir del 6 de abril de 2019 y por el término de 90 días corridos, en el horario nocturno de 23:00 a 05:00, el siguiente recorrido: Ingresando a Capital por Av. Donado, continuando por Av. Crisólogo Larralde, Av. Triunvirato, Av. Federico Lacroze, Av. Elcano hasta ingresar al obrador, para la descarga de vigas. El autorizado deberá informar previamente a la Secretaría de Transporte de cada uno de los traslados, quien planificará el plan de mitigación para dichas afectaciones. Artículo 2º.- La empresa procederá a la provisión, instalación, conservación y retiro a la finalización de la obra de carteles ilustrativos de las afectaciones, debiendo asimismo cumplir con lo dispuesto en el Manual General de Señalización Vertical y en el Manual de Señalización Vial Transitoria , aprobados mediante Resolución Nº 13/SECTRANS/19 y su rectificatoria la Nº 30/SECTRANS/19 y sus respectivos anexos, o la normativa que en el futuro las reemplace. Artículo 3º.- La solicitante tomará a su cargo las responsabilidades emergentes de siniestros u otros eventos a que pudieran dar origen los presentes trabajos. Asimismo, se hará cargo de la limpieza que sea necesaria realizar de acuerdo a la Ordenanza Nº 51.277, a fin de que las calzadas, tanto las de los desvíos como las posteriormente afectadas por las obras, queden habilitadas en perfectas condiciones; pues en caso de incumplimiento serán llevados a cabo por Administración y a su costa. Artículo 4º.- Se contará, para la afectación y mientras dure la misma, con el apoyo permanente de la Policía, el que será requerido por la peticionante y de cuyas costas deberá hacerse cargo, debiendo asimismo permitir en todo momento el paso de frentistas, de vehículos de emergencia y el paso peatonal seguro. Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese y comuníquese a la solicitante, a la Policía, a las Direcciones Generales de Planificación de Intervención en Vías Peatonales, del Cuerpo de Agentes del Control del Tránsito y Seguridad Vial, de Planificación de la Movilidad, de Inspección de Uso del Espacio Público; de Fiscalización y Control de Obras, y de Limpieza; a la Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y Transporte. Cumplido, archívese Galuzzi

RESOLUCIÓN N.° 357/SSTYTRA/19

Buenos Aires, 29 de marzo de 2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 86

VISTO: La ley Nº 2148 (texto consolidado según ley Nº 6017), la Resolución Nº

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201/SECTRANS/16, los Expedientes Nº EX-2019-09736889- -GCABA-DGTYTRA, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el Visto, TRANSPORTES ARRECIFES S.R.L. solicita el permiso para el traslado de vigas de hormigón, con motivo de la obra "Estación Sáenz FF.CC. Belgrano Sur"; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277; Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle y cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante Resolución Nº 13/SECTRANS/19 y su rectificatoria la Nº 30/SECTRANS/19, de la Secretaría de Transporte, se aprobó el Manual General de Señalización Vertical y el Manual de Señalización Vial Transitoria, mediante los cuales se establecen los lineamientos básicos para regular las señales y dispositivos a los fines de su aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la señalización que se aprueba en el Manual Señalización Vial Transitoria, será utilizada en el transcurso del período de ocupación o afectación total o parcial a la vía, ya sea durante la ejecución de una obra o el desenvolvimiento de un evento, para ayudar a reducir el impacto que generan las afectaciones eventuales de las vías de circulación en los actores viales; Que la implementación de dichos sistemas de señalización tiene por objetivo garantizar que el señalamiento vial sea claro, legible, universal y homogéneo para toda la ciudadanía; Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió opinión favorable respecto al corte solicitado; Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a TRANSPORTES ARRECIFES S.R.L. a realizar el traslado de vigas de hormigón, con motivo de la obra "Estación Sáenz FF.CC. Belgrano Sur", en el plazo solicitado. Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución Nº 201/SECTRANS/16,

EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

RESUELVE Artículo 1º.- Autorizar a TRANSPORTES ARRECIFES S.R.L. a realizar, con presencia policial, con motivo de la obra "Estación Sáenz FF.CC. Belgrano Sur", el traslado de vigas de hormigón, los días 30 y 31 de marzo, 2 y 6 de abril de 2019, en el horario de 10:00 a 12:00 y de 14:00 a 16:00, el siguiente recorrido: Partiendo desde Estación Buenos Aires (Belgrano Sur), por Zavaleta, Av. Amancio Alcorta, Isidro Lorea, Av. Pto. Moreno, A. Einstein, Grito de Asencio, hasta E. Ochoa.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 87

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El autorizado deberá informar previamente a la Dirección General de Tránsito y Transporte de cada uno de los traslados, quien planificará la implementación de dichas afectaciones. Será condición necesaria para la realización de los traslados la presencia del Cuerpo de Agentes del Tránsito y la Seguridad Vial. Artículo 2º.- Prohíbase, durante la vigencia de la realización de los traslados de vigas de hormigón, con motivo de la obra "Estación Sáenz FF.CC. Belgrano Sur", autorizados por la presente resolución el estacionamiento general de vehículos, en los siguientes tramos: A. Einstein desde su intersección con Grito de Asencio y a lo largo de 10.00 hacia Ancaste, junto a ambos cordones de acera. Grito de Asencio desde su intersección con A. Einstein y a lo largo de 10.00 hacia E. Ochoa, junto a ambos cordones de acera. E. Ochoa desde su intersección con Grito de Asencio y a lo largo de 10.00 hacia Ancaste, junto a ambos cordones de acera. Grito de Asencio desde su intersección con E. Ochoa y a lo largo de 10.00 hacia A. Einstein, junto a ambos cordones de acera. Artículo 3º.- La empresa procederá a la provisión, instalación, conservación y retiro a la finalización de la obra de carteles ilustrativos de las afectaciones, debiendo asimismo cumplir con lo dispuesto en el Manual General de Señalización Vertical y en el Manual de Señalización Vial Transitoria , aprobados mediante Resolución Nº 13/SECTRANS/19 y su rectificatoria la Nº 30/SECTRANS/19 y sus respectivos anexos, o la normativa que en el futuro las reemplace. Artículo 4º.- La solicitante tomará a su cargo las responsabilidades emergentes de siniestros u otros eventos a que pudieran dar origen los presentes trabajos. Asimismo, se hará cargo de la limpieza que sea necesaria realizar de acuerdo a la Ordenanza Nº 51.277, a fin de que las calzadas, tanto las de los desvíos como las posteriormente afectadas por las obras, queden habilitadas en perfectas condiciones; pues en caso de incumplimiento serán llevados a cabo por Administración y a su costa. Artículo 5º.- Se contará, para la afectación y mientras dure la misma, con el apoyo permanente de la Policía, el que será requerido por la peticionante y de cuyas costas deberá hacerse cargo, debiendo asimismo permitir en todo momento el paso de frentistas, de vehículos de emergencia y el paso peatonal seguro. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese y comuníquese a la solicitante, a la Policía, a las Direcciones Generales de Planificación de Intervención en Vías Peatonales, del Cuerpo de Agentes del Control del Tránsito y Seguridad Vial, de Planificación de la Movilidad, de Inspección de Uso del Espacio Público; de Fiscalización y Control de Obras, y de Limpieza; a la Gerencia

Operativa de Ordenamiento del Tránsito y Transporte. Cumplido, archívese. Galuzzi

RESOLUCIÓN N.° 358/SSTYTRA/19

Buenos Aires, 29 de marzo de 2019 VISTO: La ley Nº 2148 (texto consolidado según ley Nº 6017), la Resolución Nº 201/SECTRANS/16 y el Expediente Nº: EX-2019-09747511- -GCABA-DGTYTRA, y CONSIDERANDO:

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 88

Que, por el Expediente mencionado en el Visto, CELLARA SERVICIOS S.A. solicita el

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permiso para el traslado de vigas de hormigón, con motivo de la obra "Estación Sáenz FF.CC. Belgrano Sur"; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277; Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle y cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante Resolución Nº 13/SECTRANS/19 y su rectificatoria la Nº 30/SECTRANS/19, de la Secretaría de Transporte, se aprobó el Manual General de Señalización Vertical y el Manual de Señalización Vial Transitoria, mediante los cuales se establecen los lineamientos básicos para regular las señales y dispositivos a los fines de su aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la señalización que se aprueba en el Manual Señalización Vial Transitoria, será utilizada en el transcurso del período de ocupación o afectación total o parcial a la vía, ya sea durante la ejecución de una obra o el desenvolvimiento de un evento, para ayudar a reducir el impacto que generan las afectaciones eventuales de las vías de circulación en los actores viales; Que la implementación de dichos sistemas de señalización tiene por objetivo garantizar que el señalamiento vial sea claro, legible, universal y homogéneo para toda la ciudadanía; Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió opinión favorable respecto al corte solicitado; Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a CELLARA SERVICIOS S.A. a realizar el traslado de vigas de hormigón, con motivo de la obra "Estación Sáenz FF.CC. Belgrano Sur", en el plazo solicitado. Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución Nº 201/SECTRANS/16,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSITO Y TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar a CELLARA SERVICIOS S.A a realizar, con presencia policial, con motivo de la obra "Estación Sáenz FF.CC. Belgrano Sur", el traslado de vigas de hormigón, los días 30 y 31 de marzo, 2 y 6 de abril de 2019, en el horario de 10:00 a 12:00 y de 14:00 a 16:00; y a partir del 7 de abril de 2019 por el término de 30 días corridos, de lunes a viernes, en el horario de 10:00 a 12:00 y de 14:00 a 16:00, el siguiente recorrido: Partiendo desde Estación Buenos Aires (Belgrano Sur), por Zavaleta, Av. Amancio Alcorta, Isidro Lorea, Av. Pto. Moreno, A. Einstein, Grito de Asencio, hasta E. Ochoa. El autorizado deberá informar previamente a la Dirección General de Tránsito y Transporte de cada uno de los traslados, quien planificará la implementación de dichas afectaciones.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 89

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Será condición necesaria para la realización de los traslados la presencia del Cuerpo de Agentes del Tránsito y la Seguridad Vial. El traslado no podrá efectuarse en simultáneo con el cierre total de la Av. Sáenz, entre Perito Moreno y Av. La Plata. Artículo 2º.- Prohíbase, durante la vigencia de la realización de los traslados de vigas de hormigón, con motivo de la obra "Estación Sáenz FF.CC. Belgrano Sur", autorizados por la presente resolución el estacionamiento general de vehículos, en los siguientes tramos: A. Einstein desde su intersección con Grito de Asencio y a lo largo de 10.00 hacia Ancaste, junto a ambos cordones de acera. Grito de Asencio desde su intersección con A. Einstein y a lo largo de 10.00 hacia E. Ochoa, junto a ambos cordones de acera. E. Ochoa desde su intersección con Grito de Asencio y a lo largo de 10.00 hacia Ancaste, junto a ambos cordones de acera. Grito de Asencio desde su intersección con E. Ochoa y a lo largo de 10.00 hacia A. Einstein, junto a ambos cordones de acera. Artículo 3º.- La empresa procederá a la provisión, instalación, conservación y retiro a la finalización de la obra de carteles ilustrativos de las afectaciones, debiendo asimismo cumplir con lo dispuesto en el Manual General de Señalización Vertical y en el Manual de Señalización Vial Transitoria , aprobados mediante Resolución Nº 13/SECTRANS/19 y su rectificatoria la Nº 30/SECTRANS/19 y sus respectivos anexos, o la normativa que en el futuro las reemplace. Artículo 4º.- La solicitante tomará a su cargo las responsabilidades emergentes de siniestros u otros eventos a que pudieran dar origen los presentes trabajos. Asimismo, se hará cargo de la limpieza que sea necesaria realizar de acuerdo a la Ordenanza Nº 51.277, a fin de que las calzadas, tanto las de los desvíos como las posteriormente afectadas por las obras, queden habilitadas en perfectas condiciones; pues en caso de incumplimiento serán llevados a cabo por Administración y a su costa. Artículo 5º.- Se contará, para la afectación y mientras dure la misma, con el apoyo permanente de la Policía, el que será requerido por la peticionante y de cuyas costas deberá hacerse cargo, debiendo asimismo permitir en todo momento el paso de frentistas, de vehículos de emergencia y el paso peatonal seguro. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

y comuníquese a la solicitante, a la Policía, a las Direcciones Generales de Planificación de Intervención en Vías Peatonales, del Cuerpo de Agentes del Control del Tránsito y Seguridad Vial, de Planificación de la Movilidad, de Inspección de Uso del Espacio Público; de Fiscalización y Control de Obras, y de Limpieza; a la Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y Transporte. Cumplido, archívese. Galuzzi

RESOLUCIÓN N.° 360/SSTYTRA/19

Buenos Aires, 29 de marzo de 2019 VISTO: La Ley Nº 2148 (texto consolidado según ley Nº 6017), la Resolución Nº 201/SECTRANS/16 y el Expediente Nº EX-2019-09405867- -GCABA-DGTYTRA, y CONSIDERANDO:

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 90

Que, por el Expediente mencionado en el Visto, MIAVASA S.A. solicita permiso para la

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afectación al tránsito de Viamonte, con motivo de la obra: "Parque Lineal - Paseo del Bajo"; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277; Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle y cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió opinión favorable respecto al corte solicitado; Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a MIAVASA S.A. , a afectar las arterias mencionadas en el primer párrafo del presente, en el plazo solicitado. Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución Nº 201/SECTRANS/16,

EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar a la empresa MIAVASA S.A. a realizar, únicamente con presencia policial, con motivo de la obra "Parque Lineal - Paseo del Bajo", los días sábado 30 y domingo 31 de marzo y sábado 6 y domingo 7 de abril de 2019, la afectación de media calzada de Viamonte entre Av. E. Madero y Bouchard, sin afectar bocacalles, permitiendo en todo momento la circulación por la arteria mencionada. Artículo 2º.- La empresa procederá a la provisión, instalación, conservación y retiro a la finalización de la obra de carteles ilustrativos a 50, 100 y 200 metros de la afectación de acuerdo a los croquis presentados, debiendo asimismo cumplir con lo dispuesto en el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires. El tránsito que circula por las calles afectadas deberá desviarse por las transversales inmediatas anteriores a los cortes y retomar por las calles paralelas más próximas que tengan el mismo sentido de circulación. La cartelería deberá adecuarse a las normas IRAM N.º 3961 y N.º 3962. Artículo 3º.- La solicitante tomará a su cargo las responsabilidades emergentes de siniestros u otros eventos a que pudieran dar origen los presentes trabajos. Asimismo, se hará cargo de la limpieza que sea necesaria realizar de acuerdo a la Ordenanza Nº 51.277, a fin de que las calzadas, tanto las de los desvíos como las posteriormente afectadas por las obras, queden habilitadas en perfectas condiciones; pues en caso de incumplimiento serán llevados a cabo por Administración y a su costa. Artículo 4º.- Se contará, para la afectación y mientras dure la misma, con el apoyo permanente de la Policía, el que será requerido por la peticionante y de cuyas costas deberá hacerse cargo, debiendo asimismo permitir en todo momento el paso de frentistas, de vehículos de emergencia y el paso peatonal seguro.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 91

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Artículo 5º.- Los trabajos a realizar dentro de la ocupación podrán efectuarse únicamente si se cuenta con el correspondiente permiso de obra emitido por el Dirección General de Planificación de Intervenciones en Vías Peatonales. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese y comuníquese a la solicitante, a la Policía, a las Direcciones Generales de Planificación de Intervención en Vías Peatonales, del Cuerpo de Agentes del Control del Tránsito y Seguridad Vial, de Planificación de la Movilidad, de Inspección de Uso del Espacio Público; de Fiscalización y Control de Obras, y de Limpieza; a la Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y Transporte. Cumplido, archívese. Galuzzi

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 92

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Ministerio de Cultura

RESOLUCIÓN N.° 4826/MCGC/18

Buenos Aires, 22 de agosto de 2018 VISTO: La Ley Nro. 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto N° 145-GCBA-2014, y el Expediente Nº 2018-5.498.530-DGPMYCH, y CONSIDERANDO: Que el Decreto N° 145-GCBA-14, faculta al Ministerio de Cultura a fijar los precios de venta, y de las unidades que se reservarán como obsequio de cortesía, de los diversos organismos que le dependen; Que por los presentes actuados, la Dirección del Museo de Arte Hispanoamericano Isaac Fernández Blanco, dependiente de la Dirección General de Patrimonio, Museos y Casco Histórico de la Subsecretaría de Gestión Cultural de éste Ministerio, tramita la valorización de las entradas para los diferentes conciertos y espectáculos, así como también el valor de los diferentes cursos, talleres, y visitas guiadas que ofrece el mencionado Museo; Que la Dirección General de Patrimonio, Museos y Casco Histórico propicia los valores de las entradas según informe IF-2018-20609998-DGPMYCH; Por ello, de acuerdo con las determinaciones establecidas por el Decreto Nº 145-GCBA-14 y lo normado por la Ley Nº 5.460 y sus modificatorias

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el valor de las entradas para los diferentes conciertos y espectáculos, así como también el valor de los diferentes cursos, talleres, y visitas guiadas que ofrece el Museo de Arte Hispanoamericano Isaac Fernández Blanco, dependiente de la Dirección General de Patrimonio, Museos y Casco Histórico de la Subsecretaría de Gestión Cultural de éste Ministerio, según listado adjunto, que como Anexo (IF-2018-20609998-DGPMYCH) pasa a formar parte integrante de la presente Resolución Artículo 2º.- Comuníquese a la Dirección General de Patrimonio, Museos y Casco Histórico dependiente de la Subsecretaría de Gestión Cultural de éste Ministerio, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fecho, gírese a la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Avogadro

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ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 495/MCGC/19

Buenos Aires, 25 de enero de 2019 VISTO: Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665-MEFGC-18 y el EX-2019-02441536- -MGEYA-DGPMYCH y; CONSIDERANDO: Que el Director General de la Dirección General de Patrimonio Museos y Casco Histórico del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2018; Que la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13, N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se consignan en el Anexo-IF-2019-03780014-DGTALMC y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.- El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2018. Artículo 6º.-Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Patrimonio Museos y Casco Histórico quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 94

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Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y Finanzas, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 810/MCGC/19

Buenos Aires, 6 de febrero de 2019 VISTO: Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665-MEFGC-18 y el EX-2019-03815740- -MGEYA-DGPMYCH y; CONSIDERANDO: Que, el Director General de Patrimonio Museos y Casco Histórico del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2019; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se consignan en el Anexo I IF-2019-05111624-GCABA-DGTALMC y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.- El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2019.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 95

ANEXO

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Artículo 6º.-Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Patrimonio Museos y Casco Histórico quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y Finanzas, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 851/MCGC/19

Buenos Aires, 7 de febrero de 2019 VISTO: Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665-MEFGC-18 y el EX-2019-04035643- -MGEYA-DGPMYCH y; CONSIDERANDO: Que, el Director General de Patrimonio Museos y Casco Histórico del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2019; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se consignan en el Anexo I IF-2019-05334463-GCABA-DGTALMC y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 96

ANEXO

Page 97: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Artículo 4º.- El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2019. Artículo 6º.-Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Patrimonio Museos y Casco Histórico quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y Finanzas, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 856/MCGC/19

Buenos Aires, 7 de febrero de 2019 VISTO: Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665-MEFGC-18 y el EX-2019-04089303- -MGEYA-DGPMYCH y; CONSIDERANDO: Que el Director General de la Dirección General de Patrimonio Museos y Casco Histórico del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2019; Que la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13, N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se consignan en el Anexo IF-2019-05321612-GCABA-DGTALMC y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 97

ANEXO

Page 98: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.- El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2019. Artículo 6º.-Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Patrimonio Museos y Casco Histórico quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y Finanzas, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 857/MCGC/19

Buenos Aires, 7 de febrero de 2019 VISTO: Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665-MEFGC-18 y el EX-2019-04034861- -MGEYA-DGPMYCH y; CONSIDERANDO: Que el Director General de la Dirección General de Patrimonio Museos y Casco Histórico del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2019; Que la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13, N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se consignan en el Anexo IF-2019-05332468-GCABA-DGTALMC y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 98

ANEXO

Page 99: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Artículo 2º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.- El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2019. Artículo 6º.-Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Patrimonio Museos y Casco Histórico quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y Finanzas, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 893/MCGC/19

Buenos Aires, 11 de febrero de 2019 VISTO: Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665- MEFGC-18 y el EX-2019-04033859- -MGEYA-DGPMYCH y; CONSIDERANDO: Que, el Director General de Patrimonio Museos y Casco Histórico del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2019; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13, N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 99

ANEXO

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se

Page 100: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

consignan en el Anexo I IF-2019-05500885-GCABA-DGTALMC, y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2019. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Patrimonio Museos y Casco Hitórico, quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio Economía y Finanzas y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 902/MCGC/19

Buenos Aires, 12 de febrero de 2019 VISTO: La Ley N° 5.460 (Texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley Nº 5.960, el Decreto Nº 224/AJG/2013, sus modificatorios y Resoluciones reglamentarias, la Resolución F.C. N° 11/SECLYT/13 y sus modificatorias, las Resoluciones N° 2.777/MFEGC/2018, N° 764/GCABA/MCGC/2019, la Resolución N° 764-GCABA-MCGC-2019, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 5.460 (Texto consolidado por la Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley Nº 5.960 fijan las obligaciones, deberes, atribuciones y competencias del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el Decreto N° 224/AJG/13, se facultó al/la titular de la Vice jefatura de Gobierno, a los Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo ya los funcionarios/as con rango o nivel equivalente, a contratar personas bajo los regímenes de locación de servicios y de obra, dentro de sus disponibilidades presupuestarias y hasta un monto máximo de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000) mensuales por contrato; Que por Resolución de Firma Conjunta N° 11/SECLYT/2013 se aprobó el Procedimiento Administrativo Electrónico para los contratos celebrados bajo el régimen de locación de obras y servicios en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 100

ANEXO

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Que el monto mencionado en el considerando anterior, fue actualizado mediante la Resolución N° 2.777/MEFGC/18 a la suma de PESOS NOVENTA MIL ($90.000); Que por la Resolución N° 764/GCABA/MCGC/2019, se autorizaron las Contrataciones de Locación de Servicio de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Museo de Arte Moderno de Buenos Aires dependiente de la Subsecretaría de Gestión Cultural de este Ministerio, por el período comprendido entre el 01/01/2019 y el 31/12/2019; Que se ha incurrido en un error material involuntario al consignar los datos personales de uno de los agentes en el Anexo I (IF-2019-04896108-GCABA-DGTALMC) que forma parte integrante de la Resolución N° 764-GCABA-MCGC-2019; Que, en consecuencia, corresponde emitir la norma legal a fin de rectificarlo. Por ello y en virtud de las facultades conferidas,

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE:

Artículo 1°.- Rectifícase el Visto de la Resolución N° 764-GCABA-MCGC-2019 donde dice "IF-2019-04896108-GCABA-DGTALMC" deberá leerse "IF-2019-05365732-GCABA-DGTALMC". Artículo 2°.- Rectifícanse los artículos 1° y 3º de la Resolución N° 764-GCABA-MCGC-2019 donde dice "IF-2019-04896108-GCABA-DGTALMC" deberá leerse "IF-2019-05365732-GCABA-DGTALMC". Artículo 3°.- Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la

Dirección General Contaduría General dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Administración Económica y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal todas dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas y para su conocimiento, publicación en el Boletín Oficial y demás efectos remítase a la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Museo de Arte Moderno de Buenos Aires dependiente de la Subsecretaría de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 919/MCGC/19

Buenos Aires, 12 de febrero de 2019 VISTO: Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665-MEFGC-18 y el EX-2019-04038440- -MGEYA-DGPMYCH y; CONSIDERANDO: Que, el Director General de Patrimonio Museos y Casco Histórico del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2019; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio;

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 101

ANEXO

Page 102: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se consignan en el Anexo I IF-2019-05614318-GCABA-DGTALMC y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.- El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2019. Artículo 6º.-Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Patrimonio Museos y Casco Histórico quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica

Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y Finanzas, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 972/MCGC/19

Buenos Aires, 14 de febrero de 2019 VISTO: Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665- MEFGC-18 y el EX-2019-04064904- -MGEYA-DGPMYCH y; CONSIDERANDO:

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 102

ANEXO

Que el Director General de la Dirección General de Patrimonio Museos y Casco Histórico del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la

Page 103: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2019; Que la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13, N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se consignan en el Anexo-IF- 2019-05591958-GCABA-DGTALMC y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2019. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Patrimonio Museos y Casco Hitórico, quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica

Administrativa y Legal del Ministerio Economía y Finanzas y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 1038/MCGC/19

Buenos Aires, 18 de febrero de 2019 VISTO: Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665- MEFGC-18 y el EX-2019-05189392- -GCABA-SSGCULT y;

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 103

ANEXO

Page 104: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

CONSIDERANDO: Que la Subsecretaria de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2019; Que la citada Subsecretaria ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13, N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se consignan en el Anexo IF-2019-06146182-GCABA-DGTALMC, y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.- El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2019. Artículo 6º.-Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaria de Gestión Cultural quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y Finanzas y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 1061/MCGC/19

Buenos Aires, 19 de febrero de 2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 104

ANEXO

VISTO: Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-

Page 105: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

MEFGC-18, la Resolución FC N° 665- MEFGC-18 y el EX-2019-05260674- -GCABA-SSGCULT y; CONSIDERANDO: Que, la Subsecretaria de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2019; Que, la citada Subsecretaria ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Qu,e conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se consignan en el Anexo I IF-2019-06191023-GCABA-DGTALMC y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.- El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2019. Artículo 6º.-Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaria de Gestión Cultural quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y Finanzas y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido,

archívese en la repartición de origen. Avogadro

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 105

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 1177/MCGC/19

Buenos Aires, 25 de febrero de 2019 VISTO: La Ley Nº 5.460 (texto consolidado por Ley Nro. 6.017) y su modificatoria, el Decreto Nº 145GCBA-14, la Resolución N° 4826-MCGC-2018, y el Expediente Nº 2019-4872817-GCABA-DGPMYCH, y CONSIDERANDO: Que el Decreto Nº 145/GCBA/2014 faculta al Ministerio de Cultura a aprobar los precios de las entradas, de los cursos y talleres gestionados por diversos organismos que le dependen; Que mediante la Resolución N° 4826-MCGC-2018 fueron valorizadas las entradas para los diferentes conciertos y espectáculos, así como también el valor de los diferentes cursos, talleres, y visitas guiadas que ofrece el Museo de Arte Hispanoamericano Isaac Fernández Blanco, dependiente de la Dirección General de Patrimonio, Museos y Casco Histórico de la Subsecretaría de Gestión Cultural de éste Ministerio; Que la Dirección General de Patrimonio Museos y Casco Histórico dependiente de la Subsecretaría de Gestión Cultural de este Ministerio, mediante el informe (IF-2019-06202866-GCABA-DGPMYCH), solicita una nueva valorización para el año en curso, para los diferentes cursos, talleres, conciertos, espectáculos teatrales y visitas guiadas que ofrece el Museo de Arte Hispanoamericano Isaac Fernández Blanco, dependiente de la mencionada Dirección General, detallados en el Informe adjunto (IF-2019-06509154-GCABA-DGPMYCH); Que fin de establecer claramente la valorización de las entradas para los diferentes conciertos y espectáculos, como así también el valor de los diferentes cursos, talleres, y visitas guiadas que ofrece el Museo de Arte Hispanoamericano Isaac Fernández Blanco, corresponde derogar la Resolución N° 4826-MCGC-2018; Que resulta pertinente el dictado de un nuevo acto administrativo; Por ello, de acuerdo al Decreto N° 145-GCBA-14,

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE:

Artículo 1º.- Derógase la Resolución N° 4826-MCGC-2018. Artículo 2º.- Apruébase el valor de las entradas para los diferentes conciertos y espectáculos, así como también el valor de los diferentes cursos, talleres, y visitas guiadas que ofrece el Museo de Arte Hispanoamericano Isaac Fernández Blanco, dependiente de la Dirección General de Patrimonio, Museos y Casco Histórico de la Subsecretaría de Gestión Cultural de éste Ministerio, según listado adjunto, que como Anexo (IF-2019-06509154-GCABA-DGPMYCH) pasa a formar parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- Comuníquese a la Dirección General de Patrimonio Museos y Casco Histórico dependiente de la Subsecretaría de Gestión Cultural de este Ministerio, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial. Fecho, gírese a la Dirección General

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de Contaduría del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 1565/MCGC/19

Buenos Aires, 12 de marzo de 2019 VISTO: Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665- MEFGC-18 y el EX-2019-05598958- -GCABA-SSGCULT, y; CONSIDERANDO: Que la Subsecretaría de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2019; Que la citada Subsecretaría ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13, N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se consignan en el Anexo IF- 2019-07778956-GCABA-DGTALMC, y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.- El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2019.

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ANEXO

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Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión Cultural, quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y Finanzas, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido,

archívese en la repartición de origen. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 1567/MCGC/19

Buenos Aires, 12 de marzo de 2019 VISTO: Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665- MEFGC-18 y el EX-2019-05795789- -GCABA-SSGCULT, y; CONSIDERANDO: Que la Subsecretaria de la Subsecretaría de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2019; Que la citada Subsecretaría ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13, N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se consignan en el Anexo-IF-2019-07830224-GCABA-DGTALMC y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes.

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ANEXO

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Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2019. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión Cultural, quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del

Ministerio de Economía y Finanzas, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 1605/MCGC/19

Buenos Aires, 13 de marzo de 2019 VISTO: Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665- MEFGC-18 y el EX-2019-05604457- -GCABA-SSGCULT, y; CONSIDERANDO: Que la Subsecretaria de la Subsecretaría de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2019; Que la citada Subsecretaría ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13, N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se consignan en el Anexo-IF-2019-07840511-GCABA-DGTALMC y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago.

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ANEXO

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Artículo 3º.-A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2019. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión Cultural, quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y Finanzas, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 1719/MCGC/19

Buenos Aires, 15 de marzo de 2019 VISTO: Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665- MEFGC-18, y el EX-2019-06689109- -GCABA-SSGCULT y; CONSIDERANDO: Que la Subsecretaría de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2019; Que la citada Subsecretaría ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se consignan en el Anexo I IF-2019-08248462-GCABA-DGTALMC y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

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ANEXO

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Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2019. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión Cultural, quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio Economía y Finanzas y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido,

archívese en la repartición de origen. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 1778/MCGC/19

Buenos Aires, 19 de Marzo de 2019 VISTO: Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665- MEFGC-18, y el EX-2019-06648446- -GCABA-SSGCULT y; CONSIDERANDO: Que la Subsecretaría de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2019; Que la citada Subsecretaría ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13, N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

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ANEXO

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se

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consignan en el Anexo - IF-2019-08474823-GCABA-DGTALMC, y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2019. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión Cultural, quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio Economía y Finanzas y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 1783/MCGC/19

Buenos Aires, 19 de marzo de 2019 VISTO: Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665- MEFGC-18, y el EX-2019-06754041- -GCABA-SSGCULT y; CONSIDERANDO: Que la Subsecretaria de la Subsecretaría de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2019; Que la citada Subsecretaría ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13, N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18;

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 112

ANEXO

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EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se consignan en el Anexo-IF-2019-08474796-GCABA-DGTALMC y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2019. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión Cultural, quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio Economía y Finanzas y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 1790/MCGC/19

Buenos Aires, 19 de marzo de 2019 VISTO: Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665- MEFGC-18, y el EX-2019-06674463- -GCABA-SSGCULT y; CONSIDERANDO: Que la Subsecretaría de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2019; Que la citada Subsecretaría ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13, N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18;

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ANEXO

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Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se consignan en el Anexo - IF-2019-08495785-GCABA-DGTALMC, y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2019. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión Cultural, quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio Economía y Finanzas y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido,

archívese en la repartición de origen. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 1805/MCGC/19

Buenos Aires, 19 de marzo de 2019 VISTO: Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665- MEFGC-18, y el EX-2019-06779395- -GCABA-SSGCULT y; CONSIDERANDO: Que la Subsecretaria de la Subsecretaría de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2019; Que la citada Subsecretaría ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales;

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ANEXO

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Que se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13, N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se consignan en el Anexo-IF-2019-08529301-GCABA-DGTALMC y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2019. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión Cultural, quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio Economía y Finanzas y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 1827/MCGC/19

Buenos Aires, 20 de marzo de 2019 VISTO: Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665- MEFGC-18, y el EX-2019-06767038- -GCABA-SSGCULT y; CONSIDERANDO: Que, la Subsecretaría de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2019; Que, la citada Subsecretaría ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio;

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 115

ANEXO

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Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se consignan en el Anexo I IF-2019-08650586-GCABA-DGTALMC y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2019. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión Cultural, quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio Economía y Finanzas y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido,

archívese en la repartición de origen. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 1858/MCGC/19

Buenos Aires, 20 de marzo de 2019 VISTO: Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665- MEFGC-18, y el EX-2019-05613222- -GCABA-SSGCULT y; CONSIDERANDO:

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ANEXO

Que la Subsecretaria de la Subsecretaría de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura

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de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2019; Que la citada Subsecretaría ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13, N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se consignan en el Anexo-IF-2019-08765869-GCABA-DGTALMC y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2019. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión Cultural, quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio Economía y Finanzas y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 2244/MCGC/19

Buenos Aires, 4 de abril de 2019 VISTO: La Ley N° 2.264 (texto consolidado Ley N° 6.017), las Resoluciones Nº 648/MCGC/10 y N° 778/MCGC/16 y el Expediente Electrónico N° 39.436.583/MGEYA-DGTALMC-2015, y;

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 117

ANEXO

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CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 2.264 (texto consolidado Ley N° 6.017) creó el Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, dicha Ley establece que el Ministerio de Cultura es la autoridad de aplicación de la misma y en ese carácter le encomienda funciones, entre las que se encuentra la de aprobar, objetar o rechazar con causa fundada las rendiciones de cuentas documentadas que deben presentar los beneficiarios del Régimen; Que, la Resolución Nº 648/MCGC/10 establece que los beneficiarios del Régimen deben presentar un informe de actividades y un informe financiero, referidos al proyecto realizado, como así también determina el plazo en el que debe cumplirse con la presentación de dichos informes; Que por las presentes actuaciones tramitó la petición del señor Juan Manuel Perretta C.U.I.T. N° 20-28776231-4, quien solicitó que el Proyecto Nº 3456/RPC/15 titulado "Phonalex- Nuevo Disco", sea incluido en el Régimen de Promoción Cultural; Que, mediante Resolución N° 778/MCGC/16 se aprobó dicha solicitud y se estableció que el financiamiento del Proyecto podrá alcanzar la suma máxima de pesos doscientos treinta mil ($230.000); Que, el titular del indicado Proyecto ha presentado en tiempo y forma los informes requeridos a modo de rendición de cuentas conforme surge de los IF-2018-10954296-DGTALMC y N° IF-2019-07402247-DGTALMC; Que, la Gerencia Operativa de Regímenes de Promoción Cultural informó mediante IF 2019-07403287-DGTALMC que el monto total recaudado asciende a la suma de pesos doscientos treinta mil ($230.000); que el monto total ejecutado asciende a la suma de pesos doscientos treinta mil ($230.000); y, que los comprobantes acompañados cumplen en sus aspectos formales con los requerimientos legales vigentes; Que, en consecuencia corresponde dar por cumplidas las obligaciones relacionadas con la ejecución del Proyecto Nº 3456/RPC/15; Por ello, y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N° 2.264 (texto consolidado Ley N° 6.017) y la Resolución Nº 648/MCGC/10;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1°.- Dense por cumplidas las obligaciones del señor Juan Manuel Perretta C.U.I.T. N° 20-28776231-4, en concepto de gastos relacionados con la ejecución del Proyecto Nº 3456/RPC/15 titulado "Phonalex- Nuevo Disco" y aprobado mediante Resolución Nº 778/MCGC/16, por la suma de pesos doscientos treinta mil ($230.000).

Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y pase, para su conocimiento, notificación y demás efectos, a la Gerencia Operativa Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Avogadro

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RESOLUCIÓN N.º 2264/MCGC/19

Buenos Aires, 4 de abril de 2019 VISTO: La Ley N° 2.264 (texto consolidado Ley N° 6.017), las Resoluciones Nº 648/MCGC/10 y N° 9573/MCGC/15 y el Expediente Electrónico N° 30.039.829/MGEYA-DGTALMC-2015, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 2.264 (texto consolidado Ley N° 6.017) creó el Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que dicha Ley establece que el Ministerio de Cultura es la autoridad de aplicación de la misma y en ese carácter le encomienda funciones, entre las que se encuentra la de aprobar, objetar o rechazar con causa fundada las rendiciones de cuentas documentadas que deben presentar los beneficiarios del Régimen; Que la Resolución Nº 648/MCGC/10 establece que los beneficiarios del Régimen deben presentar un informe de actividades y un informe financiero, referidos al proyecto realizado, como así también determina el plazo en el que debe cumplirse con la presentación de dichos informes; Que por las presentes actuaciones tramitó la petición del señor Martín Javier Estol C.U.I.T. N° 20-23303601-4, quien solicitó que el Proyecto Nº 3633/RPC/15 titulado "Cámara Oscura 2016", sea incluido en el Régimen de Promoción Cultural; Que mediante Resolución N° 9573/MCGC/15 se aprobó dicha solicitud y se estableció que el financiamiento del Proyecto podrá alcanzar la suma máxima de pesos doscientos treinta y cuatro mil cuatrocientos noventa y uno ($234.491); Que el titular del indicado Proyecto ha presentado en tiempo y forma los informes requeridos a modo de rendición de cuentas conforme surge de los IF-2018-08171710-DGTALMC y N° IF-2019-07790626-DGTALMC; Que la Gerencia Operativa de Regímenes de Promoción Cultural informó mediante IF 2019-07795611-DGTALMC que el monto total recaudado asciende a la suma de pesos doscientos treinta y cuatro mil cuatrocientos noventa y uno ($234.491); que el monto total ejecutado asciende a la suma de pesos doscientos treinta y cuatro mil cuatrocientos noventa y uno ($234.491); y, que los comprobantes acompañados cumplen en sus aspectos formales con los requerimientos legales vigentes; Que en consecuencia corresponde dar por cumplidas las obligaciones relacionadas con la ejecución del Proyecto Nº 3633/RPC/15; Por ello y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N° 2.264 (texto consolidado Ley N° 6.017) y la Resolución Nº 648/MCGC/10,

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1°.- Dense por cumplidas las obligaciones del señor Martín Javier Estol C.U.I.T. N° 20-23303601-4, en concepto de gastos relacionados con la ejecución del Proyecto Nº 3633/RPC/15 titulado "Cámara Oscura 2016" y aprobado mediante Resolución Nº 9573/MCGC/15, por la suma de pesos doscientos treinta y cuatro mil cuatrocientos noventa y uno ($234.491).

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Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y pase, para su conocimiento, notificación y demás efectos, a la Gerencia Operativa Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 2267/MCGC/19

Buenos Aires, 4 de abril de 2019 VISTO: La Ley N° 2.264 (texto consolidado Ley N° 6.017), las Resoluciones Nº 648/MCGC/10 y N° 2204/MCGC/17 y el Expediente Electrónico N° 01024072/MGEYA-DGTALMC-2017, CONSIDERANDO: Que la Ley N° 2.264 (texto consolidado Ley N° 6.017) creó el Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que dicha Ley establece que el Ministerio de Cultura es la autoridad de aplicación de la misma y en ese carácter le encomienda funciones, entre las que se encuentra la de aprobar, objetar o rechazar con causa fundada las rendiciones de cuentas documentadas que deben presentar los beneficiarios del Régimen; Que la Resolución Nº 648/MCGC/10 establece que los beneficiarios del Régimen deben presentar un informe de actividades y un informe financiero, referidos al proyecto realizado, como así también determina el plazo en el que debe cumplirse con la presentación de dichos informes; Que por las presentes actuaciones tramitó la petición de la señora Patricia Ianniruberto C.U.I.T. N° 27- 16493196-5, quién solicitó que el Proyecto Nº 5540/RPC/16 titulado "3 x 3 ARS ET UNITAS" sea incluido en el Régimen de Promoción Cultural; Que mediante Resolución N° 2204/MCGC/17 se aprobó dicha solicitud y se estableció que el financiamiento del Proyecto podrá alcanzar la suma máxima de pesos ciento ochenta mil ($180.000); Que el titular del indicado Proyecto ha presentado su renuncia al beneficio la cual consta en el informe identificado como IF- 2019- 06276073-DGTALMC; Que la Gerencia Operativa de Regímenes de Promoción Cultural informó, mediante IF 2019-06279616-DGTALMC, que el monto total recaudado asciende a la suma de pesos ciento ochenta mil ($180.000), que la titular del indicado Proyecto ha procedido a la devolución del importe total recaudado mediante transferencia bancaria y que no se ha ejecutado el proyecto que nos ocupa; Que en consecuencia corresponde aceptar la renuncia y la devolución total del monto recaudado para la ejecución del Proyecto Nº 5540/RPC/16; Por ello y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N° 2.264 (texto consolidado Ley N° 6.017) y la Resolución Nº 648/MCGC/10,

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 120

Artículo 1°.- Acéptase la renuncia presentada por la señora Patricia Ianniruberto

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C.U.I.T. N° 27-16493196-5 al Proyecto Nº 5540/RPC/16 titulado "3 x 3 ARS ET UNITAS", aprobado por Resolución N° 2204/MCGC/17, por la suma de pesos ciento ochenta mil ($180.000). Artículo 2°.- Acéptase la devolución realizada por la señora Patricia Ianniruberto C.U.I.T. N° 27-16493196-5, en concepto de reintegro del monto total recaudado para la financiación del Proyecto Nº 5540/RPC/16 titulado "3 x 3 ARS ET UNITAS" y aprobado mediante Resolución N° 2204/MCGC/17, por la suma de pesos ciento ochenta mil ($180.000). Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y pase, para su conocimiento, notificación y demás efectos, a la Gerencia Operativa Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido, archívese. Avogadro

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

RESOLUCIÓN N.° 539/MAYEPGC/19

Buenos Aires, 3 de abril de 2019 VISTO: La Ley N° 2.095, su modificatoria Ley N° 4.764 (conforme textos consolidados por Ley N° 6.017), los Decretos N° 95/AJG/14 y Nº 380/AJG/16, la Disposición N° 396/DGCYC/14, los Expedientes Electrónicos N° 16251015-MGEYA-DGTALMAEP/15 y N° 24622395-MGEYA-EMUI/18 y, CONSIDERANDO: Que mediante el Expediente Electrónico N° 16251015-MGEYA-DGTALMAEP/15, tramitó la Licitación Pública N° 8811-1060-LPU15 para la contratación de un “Servicio de Monitoreo, Inspección y Mantenimiento de los Puentes, Pasarelas, PBN y Túneles“ por tipología y zonas; Que dicha contratación se realizó de conformidad con lo establecido en la Ley N° 2.095 y su modificatoria Ley N° 4.764 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N° 95/GCBA/14 y la Disposición N° 396/DGCYC/14; Que por Decreto N° 380/AJG/16 se aprobó el Pliego de Especificaciones Técnicas correspondiente a la Licitación Pública N° 8811-1060-LPU15; Que, por el mentado Decreto, se adjudicó la Zona N° 1 de la referida licitación, a la firma LEMIRO PABLO PIETROBONI S.A. CONSULAR - CONSULTORES ARGENTINOS ASOCIADOS S.A. UTE.; Que por el Expediente N° 24622395-MGEYA-EMUI/18 tramita la solicitud respecto de la aprobación de las tareas complementarias de la Zona N° 1, encomendadas a la adjudicataria LEMIRO PABLO PIETROBONI S.A. CONSULAR - CONSULTORES ARGENTINOS ASOCIADOS S.A. UTE.; Mediante Orden de Servicio N° 85 se encomendó a la contratista de la Zona N° 1 realizar las siguientes tareas: "Hidrogrúa con operador con barquilla para dos personas - Provisión de grúa de 30 toneladas con operador - Equipos de traslado - Ensayos de laboratorio de materiales - Excavación - Sello promoldeado de neopreno BSI/II para juntas de dilatación - Reparación de barandas metálicas con caños y perfileria - Ensayo estático de cargas - Terraplenamiento - Provisión, reparación y/o reemplazo de partes metálicas - Pintura de estructura metálica general con sintético (tipo 2 en 1) - Remoción de pintura de partes metálicas al 100% - Losa de hormigón H21, cuantía 80kg" en el "PUENTE PEATONAL DORREGO ATIRANTADO" ubicado en Av. DORREGO 3601 - 3700 de esta Ciudad por un monto total de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS VEINTITRÉS MIL OCHENTA Y SEIS CON 79/100 ($4.223.086,79); Que, en atención a las deficiencias detectadas en el mentado puente, resultó imperiosa la necesidad de proceder a la ejecución de ciertas tareas a fin de evitar accidentes en la vía pública; Que atento lo establecido en el item 2.4 "Tareas/trabajos por Unidad de Medida", del Pliego de Especificaciones Técnicas, por el estado actual de los puentes, se podría requerir ciertas tareas y trabajos de carácter corriente o extraordinario, así como de puesta en valor o mejora, en carácter superador al requerimiento del mantenimiento ordinario; Que asimismo el mentado pliego establece que dichas tareas deberán ejecutarse bajo

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orden expresa de la Gerencia Operativa Coordinación de Puentes y que las mismas serán certificadas por Unidad de Medida, de acuerdo al Preciario establecido en el Anexo II del Pliego de Condiciones Particulares; Que el presupuesto presentado por la empresa fue analizado y evaluado por la Gerencia Operativa de Coordinación de Puentes y Túneles, dependiente del Ente de Mantenimiento Urbano Integral, prestándose conformidad con los cómputos, indicando que el monto de las tareas requeridas asciende a la suma total de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS VEINTITRÉS MIL OCHENTA Y SEIS CON 79/100 ($4.223.086,79); Que de acuerdo con lo establecido por las certificaciones del sistema SAP y el Informe de la Gerencia Operativa de Coordinación de Puentes (IF-2019-03936712-EMUI) con la conformidad del Director General de la Dirección General Sistema Pluvial (IF-2019-04239026-DGSPLU) quien por Resolución N° 20-SSMEP/2019 le fue encomendada la firma del Director General del Ente de Mantenimiento Urbano Integral, las tareas certificadas representan un monto de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 35/100 ($1.818.580,35); Que Por Resoluciones N° 3651/MHGC/16, N° 3851/MHGC/16, N° 1073/MHGC/17, N° 1175/MHGC/2017, N° 2574/MHGC/17, N° 3219/MHGC/17, N° 59/MHGC/17, N° 14/MEFGC/17, N° 956/MEFGC/18 y N° 2070-MEFGC/2018, se aprobaron la 1° a 10° Redeterminación Provisoria por un monto total para los meses de SEPTIEMBRE, OCTUBRE y NOVIEMBRE DE 2018 por PESOS DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS DIEZ CON 67/100 ($2.141.710,67); Que por Resoluciones N° 1649-MAYEPGC/18 y N° 10-MAYEPGC/19 se aprobó la suma de PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 26/100 ($4.754.798,26) a valores de la 9° redeterminación por las tareas encomendadas mediante Orden de Servicio N° 85, ascendiendo el monto a valores básicos a PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS SEIS CON 44/100 ($ 2.404.506,44), quedando pendiente por certificar la suma de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 35/100 ($ 1.818.580,35); Que, en virtud de lo expuesto, vale aclarar que no quedan tareas pendientes por certificar; Que ha tenido la intervención de su competencia la Gerencia Operativa Legales de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio. Por ello, en uso de las facultados conferidas por el Decreto N° 380/AJG/16,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

Artículo 1º.- Convalídase la ejecución de los trabajos extraordinarios realizados en el “Servicio de Monitoreo, Inspección y Mantenimiento de los Puentes, Pasarelas, PBN y Túneles“ por tipología y zonas por la firma LEMIRO PABLO PIETROBONI S.A. CONSULAR - CONSULTORES ARGENTINOS ASOCIADOS S.A. UTE, en el mes de noviembre de 2018 correspondientes a la Zona N° 1 en el marco de la Licitación Pública N° 8811-1060-LPU15. Artículo 2º.- Apruébase el gasto correspondiente a la ejecución de los trabajos mencionados en el Artículo 1°, el cual asciende a la suma PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 02/100

($3.960.291,02) a valores de la 10° Redeterminación Provisoria a favor de la firma LEMIRO PABLO PIETROBONI S.A. CONSULAR - CONSULTORES ARGENTINOS ASOCIADOS S.A. UTE. Artículo 3º.- Impútese el gasto a la partida presupuestaria correspondiente.

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Artículo 4º.- Notifíquese a la empresa contratista. Comuníquese a la Gerencia Operativa Coordinación de Puentes y Túneles del Ente de Mantenimiento Urbano Integral. Gírese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público para la confección de los respectivos Partes de Recepción Definitiva. Cumplido, archívese. Macchiavelli

RESOLUCIÓN N.° 542/MAYEPGC/19

Buenos Aires, 4 de abril de 2019 VISTO: las Leyes N° 13.064 y N° 2.095, el Decreto N° 350-AJG/15, la Resolución N° 12-MAYEPGC/19, los Expedientes Electrónicos Nº 8544482-MGEYA-DGSPLU/15, N° 5825421-GCABA-DGSPLU/19 y N° 34706998-MGEYA-DGSPLU/18, y CONSIDERANDO: Que mediante Expediente Electrónico N° 8544482-MGEYA-DGSPLU/15, tramitó la realización de la Obra Pública: "Mantenimiento de la red pluvial y trabajos complementarios", al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064 y los Decretos N° 1.254/08 y N° 166/14; Que, posteriormente, por Decreto N° 350/AJG/15 se adjudicó la Zona 2 de la referida Licitación a Automat Argentina S.A.; Que por el Expediente N° 5825421-GCABA-DGSPLU/19, tramita la solicitud de la Dirección General Sistema Pluvial respecto de la aprobación de las tareas realizadas por Automat Argentina S.A. conforme lo dispuesto en la Resolución Nº 12-MAYEPGC/19; Que por la mentada Resolución se autorizó la encomienda de tareas complementarias correspondiente a la Zona 2, a la contratista Automat Argentina S.A., en el marco de la Licitación Pública Nº 651/15 "Mantenimiento de la red pluvial y trabajos complementarios", para la ejecución de la obra "Readecuación de la red pluvial" ubicada en la calle 3 de Febrero entre Campos Salles y Manuela Pedraza de esta ciudad; Que, mediante el artículo 2° del mencionado acto administrativo se autorizó el gasto que demandaran dichas tareas, por un monto total de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO TREINTA Y TRES CON 34/100 ($ 3.932.133,34); Que la mencionada obra fue realizada en el marco de lo dispuesto por el artículo 28 "Encomienda de trabajos complementarios" del Pliego de Condiciones Particulares de la Licitación Pública Nº 651/15; Que, asimismo, de los informes técnicos surge que los trabajos encomendados a la empresa contratista fueron realizados y su ejecución fue verificada por la Dirección General Sistema Pluvial de acuerdo al Pliego de Condiciones Técnicas y reglas del buen arte, como así también su finalización, tal como surge del Acta de Recepción Provisoria de fecha 11 de febrero de 2019; Que posteriormente se aprobaron las Redeterminaciones Provisorias de Precios (de la 1° a la 14°) por un monto de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 91/100 ($ 4.860.455,91);

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Que consecuentemente, corresponde proceder a la aprobación del gasto total por la suma de PESOS OCHO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENCYA Y NUEVE CON 26/100 ($ 8.792.589,26) a valores de la 14° redeterminación provisoria a favor de la empresa Automat Argentina S.A., así como la referida Acta de Recepción Provisoria de fecha 11 de febrero de 2019; Que la Gerencia Operativa Legales del Ministerio de Ambiente y Espacio Público ha tomado la intervención que le compete. Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueran conferidas por el Decreto N° 350-AJG/15,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el gasto total de PESOS OCHO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 26/100 ($ 8.792.589,26) por la ejecución de las tareas oportunamente autorizadas mediante la Resolución Nº 12-MAYEPGC/19 para la obra "Readecuación de la red pluvial" ubicada en la calle 3 de Febrero entre Campos Salles y Manuela Pedraza de esta ciudad, en el marco de la Licitación Pública Nº 651/15 "Mantenimiento de la red pluvial y trabajos complementarios", a valores de la 14° redeterminación provisoria de precios, a favor de la contratista Automat Argentina S.A.. Artículo 2º.- Apruébase el Acta de Recepción Provisoria de fecha 11 de febrero de 2019 que, como Anexo I (Informe Nº 06192653-GCABA-DGSPLU/19), forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3°.- Impútese el gasto a la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 4º.- Notifíquese a la contratista. Comuníquese a la Dirección General Sistema Pluvial y a la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público. Gírese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio, para la confección de los respectivos partes de recepción definitiva. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Macchiavelli

RESOLUCIÓN N.° 550/MAYEPGC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires-Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 - y la Ley N° 4.977 (Textos consolidados por Ley N° 6.017), la Resolución Nº 152-MAYEPGC/2016, los Expedientes Nº 1456812/2012 y N° 07060501-GCABA-DGTALMAEP/2019 y CONSIDERANDO: Que por el Expediente Nº 07060501-GCABA-DGTALMAEP/2019, tramita la solicitud efectuada por la Señora Gladys Esther Nardelli, relacionada a la renovación de la concesión del terreno para la bóveda formado por los lotes 22 y 23 y subsuelo, tablón 01, manzana 07, sección 05, del Cementerio de la Chacarita;

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ANEXO

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Que para un mejor proceder se efectuó la digitalización del Expediente en Nº 1456812/2012, por medio del cual se dio inicio a los actuados referidos en el párrafo precedente; Que por Resolución N° 152-MAYEPGC/2016 se otorgó a la Sra. Gladys Esther Nardelli la renovación de la concesión solicitada por el término de VEINTE (20) años, a partir del día 9 de agosto de 2011, con carácter intransferible; Que mediante el artículo 1° de la referida Resolución se declaró erróneamente que la concesión del terreno para la bóveda se otorgaría con carácter intransferible, siendo correcto el carácter transferible de la misma, ello de acuerdo a lo estipulado en el artículo 76 de la Ley N° 4.977 (texto consolidado por Ley N° 6.017); Que atento del error material detectado por la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, corresponde la rectificación de la Resolución N° 152-MAYEPGC/2016, en virtud de los términos del artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires-Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97 (texto consolidado por Ley N° 6.017). Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

Artículo 1º.- Rectifícase el Artículo 1º de la Resolución Nº 152-MAYEPGC/2016, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Articulo 1.- Otórgase a la Sra. Gladys Esther Nardelli la renovación de la concesión del terreno para la bóveda formado por los lotes 22 y 23 y subsuelo, tablón 01, manzana 07, sección 05, del Cementerio de la Chacarita, por el término de VEINTE (20) años, a partir del día 9 de agosto de 2011, con carácter transferible, conforme los artículos 71, 72 y 76 de la Ley Nº 4.977 (texto consolidado por Ley N° 6.017), previo pago de la suma que resulte de la liquidación con ajuste a la Ley Tarifaria vigente. “. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General Cementerios de este Ministerio, a la Dirección General de Bienes y Concesiones dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas y pase para su conocimiento y en prosecución del trámite a la Dirección General Cementerios dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público, la que procederá a notificar a los interesados. Cumplido, archívese. Macchiavelli

RESOLUCIÓN N.° 553/MAYEPGC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: las Leyes Nº 1.218 y 4.977 (conforme texto consolidado por Ley Nº 6.017), el Expediente Electrónico Nº 32805317-MGEYA-DGCEM/18, y CONSIDERANDO: Que por las actuaciones citadas en el Visto, tramita el requerimiento efectuado por el Sr. Carlos Juan Olenka, mediante el cual solicita la renovación de la concesión respecto del terreno formado por los lotes 19 y 20, tablón 5, manzana 8, sección 13 del Cementerio de la Chacarita, cuyo vencimiento operó el día 20 de enero de 2019;

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Que la Dirección General Cementerios, mediante Informe Nº 32955778-DGCEM/18, informó que la bóveda en cuestión se encuentra inscripta a nombre del Sr. Carlos Juan Olenka; Que en fecha 3 de diciembre de 2018 el Sr. Carlos Juan Olenka, en su carácter de titular del sepulcro, ratificó la solicitud de renovación de la bóveda en cuestión por el término de VEINTE (20) años y en las condiciones que estipula la normativa vigente; Que por medio del Informe Nº 06628492-GCABA-DGCEM/19, la Dirección General Cementerios se expidió sobre la titularidad correspondiente y realizó un detallado análisis de los antecedentes de las actuaciones; Que al respecto cabe indicar que la Ley N° 4.977 (texto consolidado por Ley N° 6.017) en su artículo 71 establece que "Al vencimiento de la concesión otorgada, los titulares de la misma podrán solicitar su renovación dentro del término de un (1) año de finalizada aquella o bien hasta que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tome posesión de la misma. La concesión se otorgará por el plazo máximo de noventa y nueve (99) años, debiendo abonarse los derechos que a tal efecto establezca la Ley tarifaria vigente al momento de dictarse el acto administrativo que otorga la concesión"; Que, asimismo, la citada Ley, en su artículo 76 establece que "Las concesiones de terrenos para bóvedas, así como los subsuelos serán transferibles, salvo que el titular de la misma opte por su intransferibilidad..."; Que en los presentes actuados, están dados los presupuestos para la aplicación del artículo 71 y 76 de la Ley N° 4.977 (conforme texto consolidado por Ley N° 6.017); Que cabe destacar que para acceder a la renovación de una concesión, la solicitante deberá abonar el canon establecido en la normativa; Que corresponde al Ministro de Ambiente y Espacio Público la facultad de otorgar renovaciones de la concesión de las bóvedas y los panteones de los Cementerios de la Ciudad de Buenos Aires, en virtud de lo establecido en el artículo 65 de la Ley N° 4.977 (texto consolidado por Ley N° 6.017); Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete, conforme lo dispuesto por la Ley N° 1.218 (según texto consolidado por Ley N° 6.017) emitiendo el Informe Nº 10171227-GCABA-DGAIP/19 por el cual expone: "...corresponde hacer lugar al pedido de renovación de concesión, solicitada en los presentes actuados por Carlos Juan Olenka, por el término solicitado y a partir de la fecha de su vencimiento". Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

Artículo 1°.- Otórgase al Sr. Carlos Juan Olenka la renovación de la concesión respecto del terreno formado por los lotes 19 y 20, tablón 5, manzana 8, sección 13 del Cementerio de la Chacarita, con carácter transferible, por el término de VEINTE (20) años a partir del día 20 de enero de 2019, conforme los artículos 71 y 76 de la Ley N° 4.977 (en su texto consolidado por Ley N° 6.017), previo pago de la suma que resulte de la liquidación con ajuste de la Ley Tarifaria vigente. Artículo 2°.- La Dirección General Cementerios, con intervención de la Dirección General Contaduría, efectuará la pertinente liquidación con ajuste a la Ley Tarifaria vigente y a las prescripciones de la normativa imperante, asimismo verificará el ingreso de la suma resultante de la liquidación y practicará las registraciones del caso.

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Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Pase para su conocimiento y en prosecución del trámite ante la Dirección General Cementerios dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público, la que procederá a notificar a los interesados. Cumplido, archívese. Macchiavelli

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Secretaría General y Relaciones

Internacionales

RESOLUCIÓN N.° 51/SGYRI/19

Buenos Aires, 3 de abril de 2019 VISTO: La Ley N° 6.068, el Decreto N° 3/19, la Resolución Conjunta N° 16/MJGGC-SECLYT/11, el Expediente Electrónico N° 8.958.372 -GCABA-SGYRI/19, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley N° 6.068 se aprobó el Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2.019; Que por su parte, por el Decreto Nº 3/19 se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2.019; Que el Capítulo XI de dicha normativa estipula los Niveles de Aprobación de las Modificaciones de Créditos Presupuestarios; Que el punto II del citado Capítulo XI determina la competencia del Ministro del Área o de la Máxima Autoridad de la Jurisdicción o Entidad para aprobar las modificaciones de créditos presupuestarios; Que por la Resolución Conjunta N° 16/MJGGC-SECLYT/11 se aprobó el procedimiento para las modificaciones presupuestarias, las que deberán tramitar por el Módulo Expediente Electrónico EE del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-; Que por el Expediente citado en el Visto, tramita una modificación presupuestaria - Requerimiento N° 1576 -destinada a llevar a cabo una compensación de créditos correspondiente al ejercicio presupuestario 2.019; Que la presente adecuación presupuestaria se fundamenta en la necesidad de optimizar la ejecución presupuestaria del ejercicio en curso y no modifica metas físicas; Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto N° 3/19 y al procedimiento establecido por la Resolución Conjunta N° 16/MJGGC-SECLYT/11. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 3/19,

EL SECRETARIO GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase la modificación presupuestaria ingresada al Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) bajo el Requerimiento N° 1576, que como Anexo I (IF-2019-10279235-GCABA-SGYRI) forma parte integrante de la presente Resolución.

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ANEXO

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, y Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica, oportunamente, gírese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Straface

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Ministerio de Economía y Finanzas - Agencia

de Protección Ambiental

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 935/MEFGC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: Las Leyes N° 2.628 y 471 (textos consolidados por Ley N° 6.017), el Convenio Colectivo de Trabajo, instrumentado por las Resoluciones Nº 2.777/MHGC/2010, 2.778/MHGC/2010 y 2.779/MHGC/2010 y las Actas N° 27/2013 y 6/2014 Comisión Paritaria Central instrumentadas por las Resoluciones N° 114/MHGC/2014 y 1.287/MHGC/2014 respectivamente, la Resolución Conjunta N° 212/MEFGC/2018, y el Expediente Electrónico Nº 2019-64198- GCABA-DGTALAPRA, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 2.628 (texto consolidado por Ley N° 6.017), se creó la Agencia de Protección Ambiental como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de proveer a la protección ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la política ambiental de la Ciudad de Buenos Aires; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de la citada Ley, la Agencia será administrada por un Presidente, designado por el señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en este sentido, el Decreto Nº 37/GCABA/16 designó al Dr. Juan Bautista Filgueira Risso como Presidente de la Agencia de Protección Ambiental; Que en el marco de lo establecido en el Título II de la Ley Nº 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se han llevado a cabo negociaciones colectivas entre representantes gremiales y el Gobierno de la Ciudad, en relación a la creación de Plantas Transitorias del personal; Que aquéllas dieron como resultado los acuerdos consagrados en las Actas N° 27/2013, instrumentada por la Resolución Nº 114/MHGC/2014, para continuar con el pase a dicha Planta en forma progresiva del personal contratado bajo todas las modalidades existentes en el ámbito del Gobierno de la Ciudad y Acta N° 6/2014, instrumentada por Resolución N° 1287/MHGC/2014, por la que se establecieron las pautas de aplicación de dicho régimen; Que el artículo 45 de la Ley Nº 471 y artículo 20 del Convenio Colectivo de Trabajo, instrumentado por las Resoluciones Nº 2.777/MHGC/2010, 2.778/MHGC/2010 y 2.779/MHGC/2010, prevén la prestación de servicios de carácter transitorio o eventual, no incluidos en las funciones propias del régimen de carrera y que no puedan ser cubiertos por personal de planta permanente; Que en consecuencia mediante Resolución Conjunta N° 212/MEFGC/2018, se incorporó, entre otras personas, a la señora Motto Murua María Agustina, CUIL. 27-28881831-8, al citado Régimen en la Dirección General de Evaluación Ambiental, de la Agencia de Protección Ambiental (APRA); Que según surge de los presentes actuados, por Resolución N° 65/APRA/2019, se dispuso aceptar, su renuncia, a la Dirección General de Evaluación Ambiental, de la citada Agencia; Que como resultado de lo mencionado en el apartado anterior, corresponde ratificar

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dicha norma y por tal motivo, dejar sin efecto la contratación otorgada; Que en virtud de todo lo expuesto, resulta necesario incorporar a partir del 1 de marzo de 2019, en su reemplazo a la señora Marina Judith Silva CUIT N° 20-31727270-8, quien revista bajo la modalidad contractual de Locación de Servicios, al régimen de prestación de servicios que prevén las normas citadas anteriormente, con el objeto de lograr mayor eficacia en el cumplimiento de las funciones asignadas; Que resulta necesario sancionar una norma que permita su incorporación a la Planta en cuestión, cuyo mecanismo de ingreso, egreso y percepción de haberes sea dinámico y eficiente; Que la Dirección General Planificación y Control Operativo, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas y la Dirección General, Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Protección Ambiental , han tomado su debida intervención. Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente Por ello, conforme las facultades conferidas por las Leyes N° 2.628 y 5.460 (textos consolidados por Ley N ° 6.017) y su modificatoria Ley 5960,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL Y EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS

RESUELVEN

Artículo 1º.- Ratifícase la Resolución N° 65/APRA/2019, mediante la cual se aceptó la renuncia de la señora Motto Murua María Agustina, CUIL. 27-28881831-8, motivo por el cual se deja sin efecto su contratación. Artículo 2º.- Establécese que a partir del 1 de marzo de 2019, la señora Marina Judith Silva CUIT N° 20-31727270-8, quien revistaba bajo la Modalidad Contractual de Locación de Servicios, queda comprendido en los términos del artículo 45 de la Ley N° 471 y el artículo 20 del Convenio Colectivo de Trabajo, instrumentado por las Resoluciones N° 2.777/MHGC/2010, 2.778/MHGC/2010 y 2.779/MHGC/2010, en partida 3533.0030.H.00, de la Dirección General de Evaluación Ambiental, de la Agencia de Protección Ambiental (APRA), con un salario bruto de $ 25.000,00. Artículo 3º.- El personal comprendido en lo dispuesto por el Artículo 2° de la presente Resolución, deberá presentar dentro de un plazo de sesenta (60) días a contar a partir de la fecha en que se origina la misma, Aptitud Médica y Reincidencia, a fin de dar cumplimiento a las condiciones de ingreso, conforme lo prescripto por la Ley N° 471. Vencido el plazo sin que se hubiere cumplimentado lo requerido, será dado de baja en forma automática. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, y a la Dirección General de Evaluación Ambiental, de la Agencia de Protección Ambiental (APRA), la que deberá practicar fehaciente notificación a los interesados, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Filgueira Risso - Mura

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Ministerio de Economía y Finanzas -

Ministerio de Salud

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 762/MEFGC/19

Buenos Aires, 27 de marzo de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, la Resolución Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/13, la Resolución Nº 141/MSGC/19 y modificatorias, el Expediente Electrónico N° 26761266/MGEYA-DGAYDRH/18, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales, a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 344/HGNRG/18 modificada por Disposición N° 400/HGNRG/18, designó con carácter interino, a la Dra. María Paola Yriarte, D.N.I. 22.110.696, CUIL. 27-22110696-8, como Médico de Planta Consultor (Anestesiología), con 30 horas semanales de labor, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41.455, reglamentada por Decreto Nº 2745/87 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/06 y modificatorias, correspondiéndole percibir el Suplemento por Función Crítica, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Especialista en la Guardia Médico Consultor (Anestesiología), del citado Hospital; Que al momento de la citada designación, se encontraba vigente la referida Ordenanza Nº 41.455, la cual fue abrogada por la Ley Nº 6035; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7, de la Ley N° 471, y efectuado las observaciones pertinentes, en cada una de las distintas situaciones de revista, y realizado las altas que fueran necesarias, para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resoluciones Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/13 y Resolución Nº 141/MSGC/19 y modificatorias, y los términos del Decreto N° 363/15 y sus modificatorios,

LA MINISTRA DE SALUD Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN Artículo 1°.- Convalídase lo dispuesto por Disposición N° 344/HGNRG/18, modificada por Disposición N° 400/HGNRG/18. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

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conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas y al Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 763/MEFGC/19

Buenos Aires, 27 de marzo de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, la Resolución Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/13, la Resolución N° 141/MSGC/19 y modificatorias, el Expediente Electrónico N° 32464079/MGEYA-DGAYDRH/18, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales, a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Abel Zubizarreta", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 368/HGAZ/18, designó con carácter interino, al Dr. Fabio Andrés Ávila, D.N.I. 31.442.186, CUIL. 20-31442186-9, como Médico de Planta Asistente (Neumonología), con 30 horas semanales de labor, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/87 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/06 y modificatorias; Que al momento de la citada designación, se encontraba vigente la referida Ordenanza N° 41.455, la cual fue abrogada por la Ley 6035; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7, de la Ley N° 471, y efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista, y realizado las altas que fueran necesarias, para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución Conujta N° 5/MSGCyMMGC/13, la Resolución N° 141/MSGC/19 y modificatorias, y los términos del Decreto N° 363/15 y sus modificatorios,

LA MINISTRA DE SALUD Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN Artículo 1°.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 368/HGAZ/18.

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Page 135: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, y al Hospital

General de Agudos "Dr. Abel Zubizarreta", del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación al interesado, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 764/MEFGC/19

Buenos Aires, 27 de marzo de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto N° 363/2015 y sus modificatorias, la Resolución Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/2013, la Resolución N° 913/MEFGC/18 y el Expediente Electrónico N° 32811016/MGEYA-DGAYDRH/2018 y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Cosme Argerich", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 613/HGACA2018, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, al señor Sacha Gabriel Waszkiewicz, D.N.I. 35.335.621, CUIL. 20-35335621-7, como Técnico Radiólogo (AASAS-3-25), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 471 y el artículo 25 del Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/14 y sus modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios.

LA MINISTRA DE SALUD Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 613/HGACA/2018.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 135

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Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas y al Hospital General de Agudos "Dr. Cosme Argerich", del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación al interesado, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 765/MEFGC/19

Buenos Aires, 27 de marzo de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el Expediente Electrónico N° 28414400/MGEYA-DGAYDRH/18, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital Neuropsiquiátrico "Braulio Moyano", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 190/HNBM/2018, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora Frías, María de los Ángeles, DNI Nº 38.933.535, CUIL Nº 27-38933535-0, como Enfermero (AASAS-7-1) Partida 4023.0030, con ATGC de ingreso ASS-INI-3/T, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y el artículo 25 del Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/2014 y sus modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución Nº 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° DI-2018-190-HNBM.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 136

Page 137: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, y al Hospital Neuropsiquiátrico "Braulio Moyano", del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 766/MEFGC/19

Buenos Aires, 27 de marzo de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el Expediente Electrónico N° 14098934/MGEYA-DGAYDRH/18, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Ignacio Pirovano", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 514/HGAIP/2018, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, al Señor Miguel Oscar Ayala, D.N.I. N° 30.694.493, CUIL Nº 20-30694493-3, como Enfermero, Partida 4022.0900.TA.01.0290.333, de acuerdo con lo establecido en el Escalafón General para el Personal de Planta Permanente de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Decreto Nº 986/2004 y las pautas de encasillamiento fijadas por Decreto Nº 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que, si bien a partir del 1 de julio del 2018 se aplicó la nueva carrera administrativa mediante el Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/2014, la presente convalidación se realizó por el dictado de una disposición anterior a la nueva carrera mencionada; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución Nº 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVEN

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 137

Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Resolución N° 514/HGAIP/2018.

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Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de

Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, y el Hospital General de Agudos "Ignacio Pirovano", del Ministerio de Salud, del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 767/MEFGC/19

Buenos Aires, 27 de marzo de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el Expediente Electrónico N° 25923455/MGEYA-DGAYDRH/18, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Juan A. Fernández", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 1039/HGAJAF/2018, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, al señor Sánchez, Eliseo Esteban, DNI Nº 30.481.585, CUIL Nº 20-30481585-0, como Licenciado en Enfermería (AASAS-7-1), en la Partida 4022.0700, con ATGC de ingreso ASS-INI-3/P, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y el artículo 25 del Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/2014 y sus modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución Nº 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVEN

Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° DI-2018-1039-HGAJAF.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 138

Page 139: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, y al Hospital General de Agudos "Juan A. Fernández", del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 768/MEFGC/19

Buenos Aires, 27 de marzo de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el Expediente Electrónico N° 19226830/MGEYA-DGAYDRH/18, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital Neuropsiquiatrico "Braulio Moyano", dependiente del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 147/HNBM/2018, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora Karina Andrea Giménez, DNI Nº 29.111.793, CUIL Nº 27-29111793-2, como Enfermero AASAS-7-1, en la Partida 4023.0030, con ATGC de ingreso ASS-INI-3/P, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y el artículo 25 del Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/2014 y sus modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución Nº 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° DI-147/HNBM/2018.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 139

Page 140: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, y al Hospital Neuropsiquiatrico "Braulio Moyano", del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 769/MEFGC/19

Buenos Aires, 27 de marzo de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el Expediente Electrónico N° 23301060/MGEYA-DGAYDRH/18, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Niños "Ricardo Gutiérrez", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 278/HGNRG/2018, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, al señor Maciel Dosanto, Fredy Hernán, DNI Nº 94.417.817, CUIL Nº 20-94417817-2, como Enfermero (AASAS-7-1), en la Partida 4021.0020, con ATGC de ingreso ASS-INI-3/T, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y el artículo 25 del Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/2014 y sus modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución Nº 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVEN

Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° DI-2018-278-HGNRG.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 140

Page 141: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, y al Hospital General de Niños "Ricardo Gutiérrez", del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 770/MEFGC/19

Buenos Aires, 27 de marzo de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el Expediente Electrónico N° 27451198/MGEYA-DGAYDRH/18, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital de Rehabilitación Respiratoria "María Ferrer", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 148/HRRMF/2018, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora Roldan, Edith Patricia, DNI Nº 22.290.412, CUIL Nº 27-22290412-4, como Técnico en Prácticas Cardiológicas (AASAS-3-18), en la Partida 4022.1600, con ATGC de ingreso ASS-INI-3/T, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y el artículo 25 del Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/2014 y sus modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución Nº 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° DI-2018-148-HRRMF.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 141

Page 142: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, y al Hospital de Rehabilitación Respiratoria "María Ferrer", del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 827/MEFGC/19

Buenos Aires, 28 de marzo de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios, la Resolución Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/2013, la Resolución N° 913/MEFGC/18 y el Expediente Electrónico N° 28876140/MGEYA-DGAYDRH/2018, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 637/HGAP/2018, modificada por Disposición N° 63/HGAP/2019, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora María Juliana Lodeiro Martínez, D.N.I. 32.484.247, CUIL. 27-32484247-6, como Enfermero (ASSAS-7-1), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 471 y el artículo 25 del Acta de Negociación Colectiva N° 17/13, instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/14 y sus normas modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios.

LA MINISTRA DE SALUD Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN Artículo 1°.- Convalídase lo dispuesto por Disposición N° 637/HGAP/2018, modificada por Disposición N° 63/HGAP/2019.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 142

Page 143: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas y al Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente

Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 828/MEFGC/19

Buenos Aires, 28 de marzo de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 5666) , el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el Expediente Electrónico N° 30388782/MGEYA-DGAYDRH/18, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Niños Ricardo Gutierrez, del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 383/HGNRG/2018, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora Flores Flores, Shirley Maddy, D.N.I. 19.041.428, CUIL 27-19041428-6, como Enfermero (AASAS-7-1) con el ATGC de ingreso ASS-INI-3/P, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y el artículo 25 del Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/2014 y sus modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución Nº 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVEN

Artículo 1°.- Convalidase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° DI- 383/HGNRG/2018.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 143

Page 144: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, y al Hospital General de Niños Ricardo Gutierrez, del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 829/MEFGC/19

Buenos Aires, 28 de marzo de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el Expediente Electrónico N° 20573496/MGEYA-DGAYDRH/18, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Enrique Tornu", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N°279/HGAT/2018, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora Maidana, Mariana Beatriz, DNI Nº 35.542.509, CUIL Nº 27-35542509-1, como Enfermero (AASAS-7-1) con el ATGC de ingreso ASS-INI-3/T, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y el artículo 25 del Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/2014 y sus modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución Nº 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVEN

Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N°279-HGAT-2018.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 144

Page 145: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, y al Hospital General de Agudos "Enrique Tornu", del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 830/MEFGC/19

Buenos Aires, 28 de marzo de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el Expediente Electrónico N° 20417153/MGEYA-DGAYDRH/18, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, la Subsecretaria de Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria del Ministerio de Salud, para desempeñarse en los Centros de Especialidades Médicas de Referencia (CEMAR), en el Programa de Atención Primaria de la Salud, mediante Resolución N° 126/SSAPAC/2018, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, al señor Welcomme, Mariano Ricardo, DNI Nº 27.847.847, CUIL Nº 20-27847847-6, como Técnico en Radiología, AASAS-3-25, en la Partida 4001.1000, con ATGC de ingreso ASS-INI-3/T, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y el artículo 25 del Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/2014 y sus modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución Nº 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVEN

Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° RESOL-2018-126-SSAPAC.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 145

Page 146: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, y a la Subsecretaria de Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria, del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 831/MEFGC/19

Buenos Aires, 28 de marzo de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el Expediente Electrónico N° 28443303/MGEYA-DGAYDRH/18, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital de Emergencias Psiquiátricas "Torcuato de Alvear", dependiente del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 71/HEPTA/2018, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora Mendoza, Vanesa Soledad, DNI Nº 30.420.968, CUIL Nº 27-30420968-8, como Enfermera (AASAS-7-1), en la Partida 4023.0010, con ATGC de ingreso ASS-INI-3/P, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y el artículo 25 del Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/2014 y sus modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución Nº 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVEN

Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 71/HEPTA/2018.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 146

Page 147: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, y al Hospital de Emergencias Psiquiátricas "Torcuato de Alvear", del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 832/MEFGC/19

Buenos Aires, 28 de marzo de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, la Resolución Conjunta N°5/MSGCyMMGC/13, la Resolución Nº 141/MSGC/19 y modificatoria, el Expediente Electrónico N° 2313601/MGEYA-DGAYDRH/19, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales, a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 30/HGAIP/19, modificada por Disposición N° 81/HGAIP/19, designó con carácter interino, al Dr. Milton Alejandro Bermeo Rodríguez, D.N.I. 19.047.162, CUIL. 20-19047162-5, como Especialista en la Guardia Médico Asistente (Terapia Intensiva), con 30 horas semanales de labor, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por la Ley N° 6035, correspondiéndole percibir el Suplemento por "Área de Urgencia" (código 051) y el Suplemento por "Función Crítica", cesa en el cargo de Especialista en la Guardia Médico, suplente, del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7, de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista, y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resoluciones Nros. 5/MSGCyMMGC/13 y 141/MSGC/2019 y modificatorias, y los términos del Decreto N° 363/15 y sus modificatorios,

LA MINISTRA DE SALUD Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 147

Artículo 1°.- Convalídase lo dispuesto por Disposición N° 30/HGAIP/19, modificada por Disposición N° 81/HGAIP/19.

Page 148: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas y al Hospital

General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación al interesado, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 833/MEFGC/19

Buenos Aires, 28 de marzo de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto N° 363/2015 y sus modificatorias, la Resolución Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/2013, la Resolución N° 913/MEFGC/18 y el Expediente Electrónico N° 32431425/MGEYA-DGAYDRH/2018 y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Donación Francisco Santojanni", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 546/HGADS/2018, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora Liliana Andia Sejas, D.N.I. 94.060.612, CUIL. 27-94060612-3, como Enfermera (AASAS-7-1), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 471 y el artículo 25 del Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/14 y sus modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios.

LA MINISTRA DE SALUD Y

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVEN

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 148

Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 546/HGADS/2018.

Page 149: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas y al Hospital General de Agudos "Donación Francisco Santojanni", del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 834/MEFGC/19

Buenos Aires, 28 de marzo de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios, la Resolución Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/2013, la Resolución N° 913/MEFGC/18 y el Expediente Electrónico N° 31125810/MGEYA-DGAYDRH/2018 y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 686/HGAP/2018, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora Ingrid Andrea Choque Flores, D.N.I. 93.758.294, CUIL. 27-93758294-9, como Enfermera (AASAS-7-1), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 471 y el artículo 25 del Acta de Negociación Colectiva N° 17/13, instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/14 y sus normas modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios.

LA MINISTRA DE SALUD Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 686/HGAP/2018.-

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 149

Page 150: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas y al Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna, del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 835/MEFGC/19

Buenos Aires, 28 de marzo de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/13, la Resolución N° 141/MSGC/19 y modificatorias, el Expediente Electrónico N° 20336207/MGEYA-DGAYDRH/18, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales, a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Parmenio Piñero", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 411/HGAPP/18, designó con carácter interino, a la Dra. Silvana Natalia González Vizcaino, D.N.I. 31.117.539, CUIL. 23-31117539-4, como Especialista en la Guardia Médico (Otorrinolaringología), con 30 horas semanales de labor, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41.455, reglamentada por Decreto Nº 2745/87 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/06 y modificatorias, correspondiéndole percibir el suplemento por "Área de Urgencia" (Código 051), cesando como Profesional de Guardia Médico, suplente, de la Dirección general de Hospitales del citado Ministerio; Que al momento de la citada designación, se encontraba vigente la referida Ordenanza N° 41.455, la cual fue abrogada por la Ley 6035; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7, de la Ley N° 471, y efectuado las observaciones pertinentes, en cada una de las distintas situaciones de revista, y realizado las altas que fueran necesarias, para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/13, Resolución N° 141/MSGC/19, y modificatorias, y los términos del Decreto N° 363/15 y sus modificatorios,

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 150

Page 151: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

LA MINISTRA DE SALUD Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN Artículo 1°.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 411/HGAPP/18. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, y al Hospital General de Agudos "Parmenio Piñero", del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 836/MEFGC/19

Buenos Aires, 28 de marzo de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, la Resolución N° 141/MSGC/2019 y modificatorias y el Expediente Electrónico N° 27348492/MGEYA-DGAYDRH/2018 y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales, a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Enrique Tornú", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 356/HGAT/2018, designó con carácter interino, a la Licenciada Brenda Paula Rosas y Belgrano, D.N.I. 35.726.696, CUIL. 27-35726696-9, como Nutricionista Dietista de Planta Asistente Adjunto, con 30 horas semanales de labor, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41.455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que al momento de la citada designación, se encontraba vigente la referida Ordenanza N° 41.455, la cual fue abrogada por la Ley 6035; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, y efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias, para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, la Resolución N° 141/MSGC/2019 y modificatorias y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 151

Page 152: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

LA MINISTRA DE SALUD Y

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVEN

Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 356/HGAT/2018. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, al Hospital

General de Agudos "Dr. Enrique Tornú", del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 837/MEFGC/19

Buenos Aires, 28 de marzo de 2019 VISTO: La Ley N° 2155 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, la Resolución Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/13, la Resolución Nº 141/MSGC/19 y modificatorias, el Expediente Electrónico N° 25415747/MGEYA-DGAYDRH/18, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales, a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos “Dr. José María Penna“, del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 559/HGAP/18, designó con carácter interino a la Licenciada. Sofia Fioritto, D.N.I 34.621.708, CUIL. 27- 34621708-7, como Nutricionista de Planta Asistente, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/87, y la Resolución Nº 375/SSySHyF/06 y modificatorias; Que al momento de la citada designación, se encontraba vigente la referida Ordenanza N° 41.455, la cual fue abrogada por la Ley 6035; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7, de la Ley N° 471, y efectuado las observaciones pertinentes, en cada una de las distintas situaciones de revista, y realizado las altas que fueran necesarias, para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 152

Page 153: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Por ello, conforme lo determinado por Resoluciónes N° 5/MSGCyMMGC/13 y 141/MSGC/19 y modificatorias, y los términos del Decreto N° 363/15 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE ECONOMIA Y FINANZAS

RESUELVEN Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 559/HGAP/18. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, y al Hospital General de Agudos “Dr. José María Penna“, del Ministerio de Salud, el que deberá

practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución, Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 936/MEFGC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, la Resolución Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/13, la Resolución Nº 141/MSGC/19 y modificatorias, el Expediente Electrónico N° 34047274/MGEYA-DGAYDRH/18, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales, a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Niños "Pedro de Elizalde", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 3/HGNPE/19, modificada por Disposición N° 81/HGNPE/19, designó con carácter interino, a la Licenciada Patricia Laura Del Bagge, D.N.I. 20.993.673, CUIL. 27-20993673-4, como Profesional de Guardia Psicóloga Consultor Adjunto, con 30 horas semanales de labor, de acuerdo con lo dispuesto por la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por la Ley N° 6035, correspondiéndole percibir el suplemento por "Área de Urgencia" (código 051), retiene sin percepción de haberes el cargo de Psicóloga de Planta Consultor Adjunto, titular, del citado Hospital; Que al momento del llamado a concurso, se encontraba vigente la Ordenanza Nº 41.455, la cual fue abrogada por la Ley Nº 6035; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7, de la Ley N° 471, y efectuado las observaciones pertinentes, en cada una de las distintas situaciones de revista, y realizado las altas que fueran necesarias, para incorporar a la misma;

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Page 154: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por la Resolución Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/13 y la Resolución N° 141/MSGC/19 y modificatorias, y los términos del Decreto N° 363/15 y sus modificatorios,

LA MINISTRA DE SALUD Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN Artículo 1°.- Convalídase lo dispuesto por Disposición N° 3/HGNPE/19, modificada por Disposición N° 81/HGNPE/19. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, y al Hospital General de Niños "Pedro de Elizalde", del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 940/MEFGC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios, la Resolución Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/2013, la Resolución N° 913/MEFGC/18 y el Expediente Electrónico N° 2774656/MGEYA-DGAYDRH/2019, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital de Quemados, del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 15/HQ/2019, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora Ivana Cinthia Reynaga, D.N.I. 27.602.304, CUIL. 27-27602304-2, como Enfermero (AASAS-7-1), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 471 y el artículo 25 del Acta de Negociación Colectiva N° 17/13, instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/14 y sus normas modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma;

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Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios.

LA MINISTRA DE SALUD Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 15/HQ/2019. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas y al Hospital de Quemados, del Ministerio de Salud, la que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 941/MEFGC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, la Resolución Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/13, la Resolución Nº 141/MSGC/19 y modificatorias, el Expediente Electrónico N° 33596488/MGEYA-DGAYDRH/18, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales, a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, la Subsecretaría de Atención Hospitalaria, del Ministerio de Salud, mediante Resolución N° 303/SSAH/18, designó con carácter titular, a la Dra. Erika del Pilar Álvarez Rojas, D.N.I. 95.389.555, CUIL. 27-95389555-8, como Profesional de Guardia Médica Asistente Adjunto, con 30 horas semanales de labor, distribuidas en dos turnos de doce (12) horas cada uno y seis (6) horas de capacitación, para desempeñarse en la Dirección General Sistema de Atención Médica de Emergencia (SAME), de acuerdo con la Ordenanza N° 41.455, reglamentada por Decreto N° 2745/87 y la Resolución N ° 375/SSySHyF/06, correspondiéndole percibir el suplemento por Área de Urgencia (código 051); Que al momento del llamado a concurso, se encontraba vigente la referida Ordenanza Nº 41.455, la cual fue abrogada por la Ley Nº 6035;

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Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 71, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por la Resolución Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/13 y la Resolución N° 141/MSGC/19 y modificatorias, y los términos del Decreto N° 363/15 y sus modificatorios,

LA MINISTRA DE SALUD Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN

Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Resolución N° 303/SSAH/18. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Administración y

Liquidación de Haberes, de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, y a la Subsecretaría de Atención Hospitalaria, del Ministerio de Salud, los que deberán practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 942/MEFGC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: Las Leyes N° 471 y 2155 (Texto Consolidado por Ley N° 6017), el Decreto reglamentario N° 363/2015 y sus modificatorios, las Resolución Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/2013 y la Resolución N° 913/MEFGC/18 y el Expediente Electrónico N° 4209273/MGEYA-DGAYDRH/2019 y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Niños "Pedro de Elizalde", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 28/HGNPE/2019, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora Andrea Elizabeth Marin Arce, D.N.I. 94.409.826, CUIL 27-94409826-2, como Instrumentador Quirúrgico (AASAS-3-2), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y el artículo 25 del Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/2014 y sus modificatorias;

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Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 28/HGNPE/2019. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas y al Hospital General de Niños "Pedro de Elizalde", del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 943/MEFGC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto N° 363/15, y sus modificatorios, la Resolución Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/13, la Resolución N° 141/MSGC/19 y modificatorias, el Expediente Electrónico N° 34263097/MGEYA-DGAYDRH/19, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales, a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 16/HGACD/19, modificada por Disposición N° 106/HGACD/19, designó con carácter interino, a la Licenciada Valeria Ángela Narkizian, D.N.I. 22.913.893, CUIL. 27-22913893-1, como Kinesiólogo de Planta Asistente para desempeñarse en el Área de Internación Clínica y Geriatría, con 30 horas semanales de labor, (en horario matutino a distribuir de lunes a viernes), de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41.455, reglamentada por Decreto Nº 2745/87 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/06 y modificatorias;

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Page 158: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Que al momento del llamado a concurso, se encontraba vigente la referida Ordenanza N° 41.455, la cual fue abrogada por la Ley 6035; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7, de la Ley N° 471, y efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista, y realizado las altas que fueran necesarias, para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/13, Resolución N° 141/MSGC/19 y modificatorias, y los términos del Decreto N° 363/15 y sus modificatorios,

LA MINISTRA DE SALUD Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN Artículo 1°.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 16/HGACD/19, modificada por Disposición N° 106/HGACD/19. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas y al Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 944/MEFGC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto N° 363/15, y sus modificatorios, la Resolución Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/13, la Resolución N° 141/MSGC/19 y modificatorias, el Expediente Electrónico N° 34956756/MGEYA-DGAYDRH/18, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales, a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto";

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Page 159: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Que como consecuencia de lo expresado, la Subsecretaría de Atención Hospitalaria, del Ministerio de Salud, mediante Resolución N° 44/SSAH/19, designó con carácter titular, al Dr. José Gabriel Catalano, D.N.I. 22.707.273, CUIL. 20-22707273-4, como Profesional de Guardia Médica Asistente, con 30 horas semanales de labor, distribuidas en dos turnos de doce (12) horas cada uno y seis (6) horas de capacitación, para desempeñarse en la Dirección General Sistema de Atención Médica de Emergencia (SAME), de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41.455, reglamentada por Decreto Nº 2745/87 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/06 y modificatorias, correspondiéndole percibir el Suplemento por Área de Urgencia (código 051); Que al momento del llamado a concurso, se encontraba vigente la referida Ordenanza N° 41.455, la cual fue abrogada por la Ley 6035; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7, de la Ley N° 471, y efectuado las observaciones pertinentes, en cada una de las distintas situaciones de revista, y realizado las altas que fueran necesarias, para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/13, Resolución N° 141/MSGC/19 y modificatorias, y los términos del Decreto N° 363/15 y sus modificatorios,

LA MINISTRA DE SALUD Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN

Artículo 1°.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Resolución N° 44/SSAH/19. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas y a la Subsecretaría de Atención Hospitalaria, del Ministerio de Salud, la que deberá practicar fehaciente notificación al interesado, de los términos de la presente Resolución.Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 945/MEFGC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 6017) , el Decreto reglamentario N° 363/2015 y sus modificatorios, la Resolución Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/2013, la Resolución N° 913/MEFGC/18 y el Expediente Electrónico N° 4691664/MGEYA-DGAYDRH/2019 y CONSIDERANDO:

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 159

Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el

Page 160: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Dalmácio Vélez Sarsfield", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 48/HGAVS/2019, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora, Paula Vanesa Travesaro, DNI Nº 25.376.428, CUIL Nº 27-25376428-2, como Técnica en Prácticas Cardiológicas (AASAS-3-18) dependiente del Ministerio de Salud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y el artículo 25 del Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/2014 y sus modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución Nº 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 48/HGAVS/2019. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, y al Hospital General de Agudos "Dr. Dalmácio Vélez Sarsfield", del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 946/MEFGC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios, la Resolución Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/2013, la Resolución N° 913/MEFGC/18 y el Expediente Electrónico N° 28443844/MGEYA-DGAYDRH/2018 y CONSIDERANDO:

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 160

Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el

Page 161: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital de Neuropsiquiatrico "Dr. José Tiburcio Borda", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N°184/HNJTB/2018, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, al señor Pablo Daniel Luna, D.N.I. 20.372.000, CUIL. 23-20372000-9, como Enfermero, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 471 986/2004 y Acta de Negociación Colectiva Nº 17/2013, instrumentada por Resolución Nº 20/MHGC/14 y normas modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LA MINISTRA DE SALUD Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN Artículo 1°.- Convalidase lo dispuesto por Disposición N°184/HNJTB/2018. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas y al Hospital de Neuropsiquiatrico "Dr. José Tiburcio Borda", del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación al interesado, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 947/MEFGC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios, la Resolución Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/2013, la Resolución N° 913/MEFGC/18 y el Expediente Electrónico N° 2910985/MGEYA-DGAYDRH/2019 y CONSIDERANDO:

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 161

Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el

Page 162: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 63/HGAIP/2018, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora Julia Espinoza Romero, D.N.I. 94.889.714, CUIL. 27-94889714-3, como Licenciada en Enfermería, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 471 986/2004 y Acta de Negociación Colectiva Nº 17/2013, instrumentada por Resolución Nº 20/ MHGC/14 y normas modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LA MINISTRA DE SALUD Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN Artículo 1°.- Convalídase lo dispuesto por Disposición N° 63/HGAIP/2019. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas y al Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 948/MEFGC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios, la Resolución Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/2013, la Resolución N° 913/MEFGC/18 y el Expediente Electrónico N° 1.056.517/MGEYA-DGAYDRH/2019 y CONSIDERANDO:

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Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el

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acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, la Dirección General de Hospitales, del Ministerio de Salud, mediante Disposición N°9/DGHOSP/2019, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, al señor Gabriel Alejandro Medaglia, D.N.I. 38.151.923, CUIL. 20-38151923-7, como Enfermero, para desempeñarse en el Hospital General de agudos "Parmenio Piñero" de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 471 986/2004 y Acta de Negociación Colectiva Nº 17/2013, instrumentada por Resolución Nº 20/ MHGC/14 y normas modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LA MINISTRA DE SALUD Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN Artículo 1°.- Convalídase lo dispuesto por Disposición N°9/DGHOSP/2019. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas y al Hospital General de agudos "Parmenio Piñero", del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación al interesado, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 949/MEFGC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios, la Resolución Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/2013, la Resolución N° 913/MEFGC/18 y el Expediente Electrónico N° 2629870/MGEYA-DGAYDRH/2019 y CONSIDERANDO:

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 163

Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el

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acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital de Infecciosas “Dr. Francisco Javier Muñiz“, del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 11/HIFJM/19, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, al señor Juan Manuel Hipólito Guardia, D.N.I. 37.752.825, CUIL. 20-37752825-6, como Enfermero (AASAS-7-1), en partida 4022.0000, con ATGC, de ingreso ASS-INI-3/T, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 471 y el artículo 25 del Acta de Negociación Colectiva N° 17/13, instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/14 y sus normas modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar al mismo; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN Artículo 1°.- Convalídase en todos su términos lo dispuesto por Disposición N° 11/HIFJM/19. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, y al Hospital de Infecciosas “Dr. Francisco Javier Muñiz“, del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación al interesado, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 950/MEFGC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 6035, el Expediente Electrónico Nº 28853047/MGEYA-DGAYDRH/2018, y CONSIDERANDO:

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 164

Que según surge de los citados actuados, el Dr. Víctor Hugo Molina, CUIL. 20-

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12872159-3, por Resolución N° 183/MEFGC/2018, fue designado con carácter de reemplazante como Jefe de Departamento Servicios Centrales Diagnóstico y Tratamiento, con 40 horas semanales, en el Hospital de Oncología "María Curie", dependiente del Ministerio de Salud, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Jefe de Unidad Hemoterapia, titular, con 40 horas semanales, en el citado Hospital, titular del cargo la Dra. Elsa Beatriz Alcoba, CUIL. 27-14129290-6; Que en este estado corresponde cubrir el cargo de Jefa Unidad Hemoterapia, con 40 horas semanales, con carácter de reemplazante; Que mediante la Ley 6035, se aprobó el régimen de las relaciones de Empleo Público de los Profesionales de la Salud de este Gobierno; Que a los fines de regularizar la circunstancia planteada en las presentes, la citada ley prevé en su Capítulo XII.B la situación de revista del reemplazante, cuyo proceso de selección y procedimiento se encuentran previstos en los artículos 105 inciso a) y 118 respectivamente; Que los artículos 85 y 115 de la referida norma disponen que la autoridad de aplicación fijará los plazos mínimos de ausencias y los mecanismos para la concreción de consignación de reemplazantes; Que en este sentido, mediante la Resolución Nº 325/MSGC/19, se modificó la Resolución N° 141/MSGC/2019, estableciendo que se garantizará la cobertura de cargos en los efectores de salud dando continuidad a los procedimientos y condiciones previstos actualmente para los concursos de los profesionales comprendidos en la Ley N° 6035, hasta tanto se reglamente en su parte pertinente y que las designaciones del personal reemplazante de conformidad con el artículo 85 de la Ley N° 6035, se realizará de acuerdo al procedimiento y las condiciones estipuladas para nombramientos de efectores de salud por reemplazo de vacante, bajo los términos de la Resolución Conjunta Nº 5-MMGCMSGC-2013; Que las constancias agregadas en estas actuaciones dan cuenta que el Consejo Asesor Administrativo (CATA) realizó un procedimiento de selección interna con el fin de cubrir el cargo de Jefa Unidad Hemoterapia, y que, luego de sustanciado, propicia la designación con carácter de reemplazante de la Dra. María Cecilia Stazzoni, CUIL. 27-18267702-2; Que en este estado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente por el cual se designe a la citada profesional en carácter de reemplazante en el cargo mencionado; Que las Direcciones Generales de Planificación y Control Operativo, Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, han tomado la intervención de acuerdo a las competencias asignadas; Por ello, y de conformidad con las facultades por la Ley Nº 5460 (texto consolidado Ley Nº 6017) y su modificatoria Nº 5960,

LA MINISTRA DE SALUD Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN

Artículo 1º.- Designase, con carácter de reemplazante, a la Dra. María Cecilia Stazzoni, CUIL. 27-18267702-2, como Jefa Unidad Hemoterapia, con 40 horas semanales, partida 4022.0200.MS.17.014 (G.64), en el Hospital de Oncología "María Curie", dependiente del Ministerio de Salud, según lo dispuesto en el Capítulo XII.B de la Ley N° 6035, que regula la relación laboral de Profesionales de la Salud, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Especialista en la Guardia Médico Consultor Principal 1 (Hemoterapia), titular, con 30 horas semanales, partida 4023.0200.MS.17.954, del citado Hospital. Titular del cargo el Dr. Víctor Hugo Molina, CUIL. 20-12872159-3.-

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Artículo 2º.- El Hospital de Oncología "María Curie", dependiente del Ministerio de Salud, deberá comunicar la baja de la designación en el carácter de reemplazante dispuesta por el artículo anterior, cuando se reintegre el titular del citado cargo, a la Gerencia Operativa Administración del Régimen de Salud de la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, y Asuntos Laborales y Previsionales de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas y al Hospital de Oncología "María Curie", del Ministerio de Salud, el que deberá practicar la fehaciente notificación a la interesada. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 951/MEFGC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La Ordenanza N° 36432 (texto consolidado por Ley N° 6017) y modificada por Ley N° 5774 y el Expediente Electrónico Nº 6386316/MGEYA-DGDIYDP/19, y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados la Dirección General Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional peticiona designar, con carácter interino, a la señora Indira Nicole Pontoriero Corrias, CUIL. 27-39268682-2, como Instructora Técnica, en la Carrera de Técnicos Preparadores de Histología, en el Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, dependiente del Ministerio de Salud; Que, a tal efecto, es oportuno dictar un acto administrativo de acuerdo a lo dispuesto por el Estatuto del Docente Municipal para Áreas de Enseñanza Específica aprobado por Ordenanza N° 36432 y modificada por Ley N° 5774; Que, atento a lo expuesto, resulta necesario acceder a lo requerido; Que es de hacer notar, que la Dirección General de Planificación y Control Operativo, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha tomado la debida intervención en lo que respecta a su competencia. Por ello, conforme las facultades conferidas por la Ley N° 5460 (texto consolidado por Ley N° 6017) y su modificatoria N° 5960,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN

Artículo 1°.- Desígnase, con carácter interino, a la señora Indira Nicole Pontoriero Corrias, CUIL. 27-39268682-2, como Instructora Técnica, en la Carrera de Técnicos Preparadores de Histología, en el Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, dependiente del Ministerio de Salud, partida 4001.0043.0491, de acuerdo a lo dispuesto por el Estatuto del Docente Municipal para Áreas de Enseñanza Específica aprobado por Ordenanza N° 36432 y modificada por Ley N° 5774.

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Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes y de Asuntos Laborales y Previsionales de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, y al Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 952/MEFGC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La Ordenanza N° 36432 (texto consolidado por Ley N° 6017) y modificada por Ley N° 5774 y el Expediente Electrónico Nº 35334971/MGEYA-DGDIYDP/2018, y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados la Dirección General Docencia Investigación y Desarrollo Profesional, peticiona designar con carácter interino, a partir del 25 de febrero de 2019, a la señora Nancy Noemí Gómez, CUIL. 27-33824270-6, como Profesora, con 10 horas cátedra, en la Asignatura "Espacio de la Práctica Hospitalaria", en el Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, dependiente del Ministerio de Salud; Que a tal efecto, es oportuno dictar un acto administrativo de acuerdo a lo dispuesto por el Estatuto del Docente Municipal para Áreas de Enseñanza Específica aprobado por Ordenanza N° 36432 y modificada por Ley N° 5774; Que atento a lo expuesto, resulta necesario acceder a lo requerido; Que es de hacer notar, que la Dirección General de Planificación y Control Operativo, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha tomado la debida intervención en lo que respecta a su competencia. Por ello, conforme las facultades conferidas por la Ley N° 5460 (texto consolidado por Ley N° 6017) y su modificatoria N° 5960,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVEN

Artículo 1.- Desígnase a partir del 25 de febrero de 2019, con carácter interino, a la señora Nancy Noemí Gómez, CUIL. 27-33824270-6, como Profesora, con 10 horas cátedra, en la Asignatura "Espacio de la Práctica Hospitalaria", en el Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, dependiente del Ministerio de Salud, partida 4001.0043.0475, de acuerdo a lo dispuesto por el Estatuto del Docente Municipal para Áreas de Enseñanza Específica aprobado por Ordenanza N° 36432 y modificada por Ley N° 5774. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones General de Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, y a la

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Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 168

Dirección General Docencia Investigación y Desarrollo Profesional, del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

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Ministerio de Educación e Innovación

RESOLUCIÓN N.° 3257/SSCDFTP/19

Buenos Aires, 3 de abril de 2019 VISTO: El Decreto N° 188/10 y sus modificatorios, la Resolución N° 541-MEGC/15, el Expediente Electrónico Nº 11.716.321/MGEYA-ESC202212/18, y CONSIDERANDO: Que por dichas actuaciones, la agente Verónica Montenegro (CUIL 27-28031413-2), solicita se reconozcan los servicios prestados por el período comprendido entre el 20 de febrero y el 22 de abril de 2018, en un cargo de Maestra de Sección, suplente, en la Escuela Infantil N° 9 DE 5°, partida 2022.1200.0847, del Ministerio de Educación e Innovación; Que hace saber al respecto, que dicho requerimiento se efectúa, dado que existió una real prestación de servicios, por el período mencionado; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, ha tomado la intervención que le compete en las actuaciones; Que la Procuración General de la Ciudad, se ha expedido al respecto, avalando lo solicitado; Que el Decreto 188/10, delega en el/la titular del entonces Ministerio de Educación, la facultad de efectuar los reconocimientos de servicios, que solicite el personal docente dependiente de dicha jurisdicción; Que por lo expuesto, procede acceder de conformidad a lo peticionado, proyectando la norma legal correspondiente; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional, del Ministerio de Educación e Innovación, ha tomado la intervención que les compete. Por ello, conforme las facultades conferidas por el Decreto Nº 188/10, modificado por el Decreto N° 593/12, y la Resolución N° 541-MEGC/18,

EL SUBSECRETARIO DE CARRERA DOCENTE Y FORMACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL

RESUELVE

Artículo 1.- Reconózcanse, por el período comprendido entre el 20 de febrero y el 22 de abril de 2018, los servicios prestados por la agente Verónica Montenegro (CUIL 27- 228031413-2), en un cargo de Maestra de Sección, suplente, en la Escuela Infantil N° 9 DE 5°, partida 2022.1200.0847, del Ministerio de Educación e Innovación. Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, será deducido del presupuesto vigente: Jurisdiccíón 55, programa 39, actividad 12000, unidad ejecutora 561, geográfico 13. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos remítanse a la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de Educación e Innovación, la que deberá notificar a la

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interesada, y a las Direcciones Generales Administración y Liquidación de Haberes y Asuntos Laborales y Previsionales de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Tarulla

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Disposición Vicejefatura de Gobierno

DISPOSICIÓN N.° 11/DGDS/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado por la Ley Nº 6.017), el Decreto N° 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18, las Disposiciones N° 1274-DGCYC/17 y 16-GCABA-DGTALAVJG/19, el Expediente Electrónico N° 06814897-GCABA-DGTALAVJG/19, y CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el Visto, tramita la Licitación Pública N° 9611-0279-LPU19, mediante el sistema de compras electrónicas Buenos Aires Compras (BAC), cuyo objeto es la "Adquisición de Módulos de Cocina", al amparo de lo establecido en los artículos 31, 32, primer párrafo, y 40 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6.017), su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17 y su modificatorio 287/GCABA/18, con destino a la Dirección General de Desarrollo Saludable de la Subsecretaría de Bienestar Ciudadano, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante la Disposición N° 16-GCABA-DGTALAVJG/19, se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que rigen la presente contratación, estableciéndose el Presupuesto Oficial de la presente contratación en la suma de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL ($ 2.660.000.-); Que asimismo, mediante la aludida Disposición se dispuso el llamado a Licitación Pública N° 9611-0279-LPU19 mediante el sistema de compras electrónicas BAC, fijándose como fecha de Apertura de Ofertas el día 14 de marzo de 2019 a las 12:00 horas, así como también se designó a los miembros de la Comisión Evaluadora de Ofertas que habría de intervenir en el procedimiento licitatorio que nos ocupa; Que la citada Disposición, así como el correspondiente llamado a Licitación Pública han sido debidamente publicados en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el portal web www.buenosairescompras.gob.ar, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Vicejefatura de Gobierno, practicándose asimismo las notificaciones correspondientes a la Cámara Argentina de Comercio y a la Unión Argentina de Proveedores del Estado, conforme lo normado por la Ley Nº 2.095 (texto consolidado Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17; Que así las cosas, tal como luce en el Acta de Apertura emitida a través del Portal de Buenos Aires Compras (BAC), el día 14 de marzo de 2019, se recibieron un total de cinco (5) ofertas, correspondientes a las firmas IVAN EZEQUIEL ARDIZON (CUIT N° 20-22294264-1), BASE TRES S.R.L (CUIT N° 30-67903089-9), DIXI EVENTOS S.R.L (CUIT N° 33-71001239-9), GRUPO AIXA S.A (CUIT N° 30-70920348-3) y ROYAL DOOR S.R.L (CUIT N° 30-70842095-2); Que en este contexto, la Comisión Evaluadora de Ofertas analizó la documentación de las propuestas mencionadas ut supra y previo a todo dictamen le requirió a la firmas BASE TRES S.R.L (CUIT N° 30-67903089-9), DIXI EVENTOS S.R.L (CUIT N° 33-71001239-9), y GRUPO AIXA S.A (CUIT N° 30-70920348-3), que presentaran

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información complementaria y aclaratoria de sus ofertas, en un todo de acuerdo a lo establecido por el artículo 28 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares Licitatorio que rige el presente procedimiento; Que finalizado el plazo para acompañar la documentación complementaria requerida, se deja constancia que la firma DIXI EVENTOS S.R.L (CUIT N° 33-71001239-9) dio cabal cumplimiento en legal tiempo y forma a la solicitud efectuada; Que asimismo, se deja constancia que el oferente GRUPO AIXA S.A (CUIT N° 30-70920348-3), no presentó la documentación complementaria requerida en tiempo y forma en un todo de acuerdo a lo establecido en el inciso 2) del Articulo N° 23 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares Licitatorios, toda vez que no presentó la constancia de recepción de muestras; Que en este contexto, la Comisión Evaluadora de Ofertas entendió que conforme surge del inciso 6) del Articulo N° 108 Del Decreto N° 326/GCABA/17 Reglamentario de la Ley N° 2.095 (texto consolidado N° 6.017), dicha omisión resulta en un defecto de forma que no afecta la esencia de la oferta presentada, ni impide su comparación con las demás ofertas recibidas, en aplicación del principio de igualdad y libre concurrencia que rige para la totalidad de los procedimientos licitatorios, toda vez que el oferente presentó las muestras requeridas por el Artículo 20 del citado pliego las cuales fueron debidamente recibidas por el Organismo Licitante y posteriormente analizadas por la Autoridad de Aplicación en su carácter de Organismo Técnico; Que por su parte, se deja constancia que la firma BASE TRES S.R.L (CUIT N° 30-67903089-9), no presentó la documentación requerida en el inciso 7) del Articulo N° 23 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares Licitatorios; Que en este estado, mediante su Dictamen de Evaluación de Ofertas emitido con fecha 27 de marzo de 2019, la Comisión Evaluadora de Ofertas verificó el cumplimiento de los requisitos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones que rigen el presente procedimiento y aconsejó la adjudicación a la firma GRUPO AIXA S.A (CUIT N° 30-70920348-3) de los dos renglones que integran el objeto de la presente contratación por el monto total máximo de PESOS OCHOCIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVECEINTOS VEINTISEIS ($ 829.926.-) y PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTE ($ 493.820.-), respectivamente, lo que asciende a la suma total de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS VEINTITRÉS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS ($ 1.323.746.-), toda vez que la misma da cumplimiento con la totalidad de los requisitos establecidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Licitatorios y por resultar ser la oferta económica conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en un todo de acuerdo a lo establecido en los artículos 107 y 108 de la Ley 2.095 (texto consolidado por la Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17; Que a su vez, mediante el citado Dictamen de Evaluación de Ofertas, la Comisión Evaluadora aconsejó desestimar la oferta, correspondiente a la firma BASE TRES S.R.L (CUIT N° 30-67903089-9) toda vez que la misma no cumple con las especificaciones técnicas requeridas, conforme lo indicado en el Informe Técnico (IF- 09439297-GCABA-SSBC/19) elaborado por el titular de la Subsecretaria de Bienestar Ciudadano; Que cabe destacar que, el mentado Dictamen de Evaluación de Ofertas fue debidamente publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el Portal Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Vicejefatura de Gobierno y notificado a la totalidad de las oferentes el 28 de marzo de 2019, en un todo de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente;

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Que luego de transcurrido el plazo legal, no se recibieron impugnaciones al aludido Dictamen, conforme surge del Informe N° 10642101-GCABA-DGTALAVJG/19, emitido por la Subgerencia Operativa de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que atento al estado del procedimiento licitatorio convocado, ha tomado intervención la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 40 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por la Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17; Que en un todo de acuerdo a lo hasta aquí expuesto, corresponde emitir el presente acto administrativo. Por ello, y de conformidad con las facultades conferidas por el Anexo II Decreto N° 287/GCABA/18,

LA DIRECTORA GENERAL DE DESARROLLO SALUDABLE DISPONE

Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública N° 9611-0279-LPU19, para la "Adquisición de Módulos de Cocina", al amparo de lo establecido en los artículos 31, 32, primer párrafo y 40 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6.017), su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17 y su modificatorio 287/GCABA/18, con destino a la Dirección General de Desarrollo Saludable de la Subsecretaría de Bienestar Ciudadano, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2°. - Adjudicase a la firma GRUPO AIXA S.A (CUIT N° 30-70920348-3) los dos renglones que integran el objeto de la presente contratación por el monto total máximo de PESOS OCHOCIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVECEINTOS VEINTISEIS ($ 829.926.-) y PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTE ($ 493.820.-), respectivamente, lo que asciende a la suma total de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS VEINTITRÉS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS ($ 1.323.746.-), toda vez que la misma da cumplimiento con la totalidad de los requisitos establecidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Licitatorios y por resultar ser la oferta económica conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en un todo de acuerdo a lo establecido en los artículos 107 y 108 de la Ley 2.095 (texto consolidado por la Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17; Artículo 3°. - Desestimase la oferta de la firma BASE TRES S.R.L (CUIT N° 30-67903089-9), toda vez que la misma no cumple con las especificaciones técnicas requeridas, conforme lo indicado en el Informe Técnico (IF-09439297-GCABA-SSBC/19) elaborado por el titular de la Subsecretaria de Bienestar Ciudadano. Artículo 4º.- Atento a lo normado por el artículo 40 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17, ante la emisión de las solicitudes de provisión se efectuará la afectación preventiva y definitiva de fondos en forma conjunta, por el monto de las cantidades requeridas. Artículo 5º.- Emítase la respectiva Orden de Compra.

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Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el portal web www.buenosairescompras.gob.ar, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y exhíbase copia de la presente Disposición en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Vicejefatura de Gobierno. Notifíquese a los oferentes, conforme los términos de los artículos 60 y 61 del DNU N° 1510/GCBA/97 (texto consolidado por la Ley N° 6.017). Cumplido, remítase a la Subgerencia Operativa de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los fines de la prosecución de su trámite. Antún

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Ministerio de Economía y Finanzas

DISPOSICIÓN N.° 1/DGLTAGIP/19

Buenos Aires, 1 de abril de 2019 VISTO: LA RESOLUCIÓN N° 106-AGIP/2018, LA DISPOSICIÓN N° 2-DGLTAGIP-2018 Y EL EX-2019-10203565-GCBABA-DGLTAGIP Y, CONSIDERANDO: Que a través de la Disposición 2018-2-DGLTAGIP se creó el Comité de Revisión correspondiente a la Dirección General Legal y Técnica de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y se designó a sus integrantes; Que mediante el artículo 1° de la Resolución N° 106-AGIP/2018 se aceptó, a partir del 19 de abril de 2018, la renuncia presentada por el Dr. Claudio Esteban Luis D.N.I. 18.606.207 como Director General de la Dirección General Legal y Técnica dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos; Que por el artículo 3° de la Resolución N° 106-AGIP/2018 se designó, a partir del 23 de abril de 2018, al Dr. Juan Ignacio Waissman D.N.I. 22.860.994 como Director General de la Dirección General Legal y Técnica de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos; Que por otra parte la persona designada como nuevo representante gremial en reemplazo del Lic. José González CUIL 20-22269384-6, es el Sr. Adrián Roberto García CUIL 20-30082209-7; Que en consecuencia corresponde modificar el artículo 2° de la DI-2018-2-DGLTAGIP. Por ello, en virtud de las facultades otorgadas por el Artículo 13 del Anexo I del Decreto Nº 352/14 y las que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL LEGAL Y TÉCNICA

DISPONE: Artículo 1°.- Modifícase el artículo 2° de la DI-2018-2-DGLTAGIP, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 2°.- Designar como integrante del Comité de Revisión al Dr. Juan Ignacio Waissman CUIL 20-22860994-4, Director General de la Dirección General Legal y Técnica, a la Lic. Sonia Miriam Ferre, CUIL 27-12668517-9, Directora de la Dirección de Desarrollo Humano y Carrera, y al Sr. Adrián Roberto García CUIL 20-30082209-7, en representación del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires.-" Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Comuníquese al Ministerio de Economía y Finanzas para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Desarrollo del Servicio Civil dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas. Notifíquese a los integrantes del Comité de Revisión. Cumplido archívese. Waissman

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DISPOSICIÓN N.° 24/DGPLYCO/19

Buenos Aires, 19 de marzo de 2019 VISTO: La Ley Nº 471 (texto consolidado según Ley Nº 6.017), las Resoluciones Nros. 6-MMGC/15, 25-SECRH/11 y 171-SSGRH/18, el Expediente Nº 2019-06984829-GCABA-DGPLYCO, y CONSIDERANDO: Que por el Artículo 1º de la Resolución Nº 25/SECRH/11 se aprueba el proceso de certificación y homologación de "Sistemas Informáticos de Control de Asistencia" del personal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, comprendido en la Ley Nº 471; Que el Anexo de la precitada Resolución establece que las distintas reparticiones que incorporen "Sistemas de Informáticos de Control de Asistencia" deberán certificar y homologar los mismos, a fin de garantizar la calidad, confiabilidad y veracidad de la información recabada a tales fines; Que por su parte la Resolución Nº 6-MMGC/15 aprueba el Procedimiento General de Registro de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comprendido en la Ley N° 471 y en la Ordenanza N° 41.455; Que mediante la Resolución Nº 171-SSGRH/18 se establece el procedimiento para la carga y actualización de horarios de nómina de personal y control de cumplimiento de la jornada laboral; Que en dicho marco, la Gerencia Operativa Auditoría y Sistemas de Control, dependiente de la Dirección General Planificación y Control Operativo corroboró que la Dirección General Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial dependiente de la Secretaría Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte ha realizado la implementación del Sistema Informático de Control de Asistencia que se encuentran instalados en sus sedes, encontrándose en condiciones de proceder a la certificación y homologación del referido sistema; Que, por lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo correspondiente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º de la Resolución Nº 25/SECRH/11,

LA DIRECTORA GENERAL PLANIFICACION Y CONTROL OPERATIVO DISPONE

Artículo 1º.- Certifícase y Homológase en los términos de la Resolución Nº 25/SECRH/11 el "Sistema Informático de Control de Asistencias" utilizado por la Dirección General Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial dependiente de la Secretaría Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte instalado en las sedes detalladas en el Anexo I (IF-2019-08136469-GCABA-DGPLYCO) que forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Dirección General Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial dependiente de la Secretaría Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal,

dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Kronengold

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ANEXO

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DISPOSICIÓN N.° 29/DGPLYCO/19

Buenos Aires, 1 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 471 (texto consolidado según Ley Nº 6.017), las Resoluciones Nros. 6/MMGC/15, 25/SECRH/11 y 171/SSGRH/18, el Expediente Nº 2019-07650333-MGEYA-DGPLYCO, y CONSIDERANDO: Que por el Artículo 1º de la Resolución Nº 25/SECRH/11 se aprueba el proceso de certificación y homologación de "Sistemas Informáticos de Control de Asistencia" del personal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, comprendido en la Ley Nº 471; Que el Anexo de la precitada Resolución establece que las distintas reparticiones que incorporen "Sistemas de Informáticos de Control de Asistencia" deberán certificar y homologar los mismos, a fin de garantizar la calidad, confiabilidad y veracidad de la información recabada a tales fines; Que por su parte la Resolución Nº 6/MMGC/15 aprueba el Procedimiento General de Registro de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comprendido en la Ley N° 471 y en la Ordenanza N° 41.455; Que mediante la Resolución Nº 171/SSGRH/18 se establece el procedimiento para la carga y actualización de horarios de nómina de personal y control de cumplimiento de la jornada laboral; Que en dicho marco, la Gerencia Operativa Auditoría y Sistemas de Control, dependiente de la Dirección General Planificación y Control Operativo corroboró que la Unidad Ministro del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, ha realizado la implementación del Sistema Informático de Control de Asistencia del edificio sito en la calle México Nº 1661, de esta Ciudad, encontrándose en condiciones de proceder a la certificación y homologación del referido sistema; Que, por lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo correspondiente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º de la Resolución Nº 25/SECRH/11,

LA DIRECTORA GENERAL PLANIFICACION Y CONTROL OPERATIVO DISPONE

Artículo 1º.- Certifíquese y Homológuese el "Sistema Informático de Control de Asistencias" utilizado por la Unidad Ministro del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, sita en la calle México Nº 1661, de esta Ciudad, en los términos de la Resolución Nº 25/SECRH/11. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Unidad de Ministro del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Kronengold

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DISPOSICIÓN N.° 30/DGPLYCO/19

Buenos Aires, 1 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 471 (texto consolidado según Ley Nº 6.017), las Resoluciones Nros. 6/MMGC/15, 25/SECRH/11 y 171/SSGRH/18, el Expediente Nº 2019-09885695-GCABA-DGPLYCO, y CONSIDERANDO: Que por el Artículo 1º de la Resolución Nº 25/SECRH/11 se aprueba el proceso de certificación y homologación de "Sistemas Informáticos de Control de Asistencia" del personal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, comprendido en la Ley Nº 471; Que el Anexo de la precitada Resolución establece que las distintas reparticiones que incorporen "Sistemas de Informáticos de Control de Asistencia" deberán certificar y homologar los mismos, a fin de garantizar la calidad, confiabilidad y veracidad de la información recabada a tales fines; Que por su parte la Resolución Nº 6/MMGC/15 aprueba el Procedimiento General de Registro de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comprendido en la Ley N° 471 y en la Ordenanza N° 41.455; Que mediante la Resolución Nº 171/SSGRH/18 se establece el procedimiento para la carga y actualización de horarios de nómina de personal y control de cumplimiento de la jornada laboral; Que en dicho marco, la Gerencia Operativa Auditoría y Sistemas de Control, dependiente de la Dirección General Planificación y Control Operativo corroboró que la Subsecretaría Integración Social y Económica, dependiente de Jefatura de Gabinete de MInistros, ha realizado la implementación del Sistema Informático de Control de Asistencia del edificio sito en la calle Venezuela Nº 151, de esta Ciudad, encontrándose en condiciones de proceder a la certificación y homologación del referido sistema; Que, por lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo correspondiente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º de la Resolución Nº 25/SECRH/11,

LA DIRECTORA GENERAL PLANIFICACION Y CONTROL OPERATIVO DISPONE

Artículo 1º.- Certifíquese y Homológuese el "Sistema Informático de Control de Asistencias" utilizado por la Subsecretaría Integración Social y Económica, dependiente de Jefatura de Gabinete de MInistros, sita en la calle Venezuela Nº 151 de esta Ciudad, en los términos de la Resolución Nº 25/SECRH/11. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría Integración Social y Económica y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, ambas dependientes de Jefatura de Gabinete de MInistros, a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Kronengold

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DISPOSICIÓN N.° 31/DGPLYCO/19

Buenos Aires, 1 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 471 (texto consolidado según Ley Nº 6.017), las Resoluciones Nros. 6/MMGC/15, 25/SECRH/11 y 171/SSGRH/18, el Expediente Nº 2019-09886595-GCABA-DGPLYCO, y CONSIDERANDO: Que por el Artículo 1º de la Resolución Nº 25/SECRH/11 se aprueba el proceso de certificación y homologación de "Sistemas Informáticos de Control de Asistencia" del personal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, comprendido en la Ley Nº 471; Que el Anexo de la precitada Resolución establece que las distintas reparticiones que incorporen "Sistemas de Informáticos de Control de Asistencia" deberán certificar y homologar los mismos, a fin de garantizar la calidad, confiabilidad y veracidad de la información recabada a tales fines; Que por su parte la Resolución Nº 6/MMGC/15 aprueba el Procedimiento General de Registro de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comprendido en la Ley N° 471 y en la Ordenanza N° 41.455; Que mediante la Resolución Nº 171/SSGRH/18 se establece el procedimiento para la carga y actualización de horarios de nómina de personal y control de cumplimiento de la jornada laboral; Que en dicho marco, la Gerencia Operativa Auditoría y Sistemas de Control, dependiente de la Dirección General Planificación y Control Operativo corroboró que la Subsecretaría Infraestructura, Vivienda y Coordinación Gubernamental, dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros, ha realizado la implementación del Sistema Informático de Control de Asistencia del edificio sito en la calle Venezuela Nº 151, de esta Ciudad, encontrándose en condiciones de proceder a la certificación y homologación del referido sistema; Que, por lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo correspondiente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º de la Resolución Nº 25/SECRH/11,

LA DIRECTORA GENERAL PLANIFICACION Y CONTROL OPERATIVO DISPONE

Artículo 1º.- Certifíquese y Homológuese el "Sistema Informático de Control de Asistencias" utilizado por la Subsecretaría Infraestructura, Vivienda y Coordinación Gubernamental, dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros, sita en la calle Venezuela Nº 151, de esta Ciudad, en los términos de la Resolución Nº 25/SECRH/11. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría Infraestructura, Vivienda y Coordinación Gubernamental y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, ambas dependientes de Jefatura de Gabinete de Ministros, a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese.

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Kronengold

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DISPOSICIÓN N.° 32/DGPLYCO/19

Buenos Aires, 1 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 471 (texto consolidado según Ley Nº 6.017), las Resoluciones Nros. 6/MMGC/15, 25/SECRH/11 y 171/SSGRH/18, el Expediente Nº 2019-09887048-GCABA-DGPLYCO, y CONSIDERANDO: Que por el Artículo 1º de la Resolución Nº 25/SECRH/11 se aprueba el proceso de certificación y homologación de "Sistemas Informáticos de Control de Asistencia" del personal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, comprendido en la Ley Nº 471; Que el Anexo de la precitada Resolución establece que las distintas reparticiones que incorporen "Sistemas de Informáticos de Control de Asistencia" deberán certificar y homologar los mismos, a fin de garantizar la calidad, confiabilidad y veracidad de la información recabada a tales fines; Que por su parte la Resolución Nº 6/MMGC/15 aprueba el Procedimiento General de Registro de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comprendido en la Ley N° 471 y en la Ordenanza N° 41.455; Que mediante la Resolución Nº 171/SSGRH/18 se establece el procedimiento para la carga y actualización de horarios de nómina de personal y control de cumplimiento de la jornada laboral; Que en dicho marco, la Gerencia Operativa Auditoría y Sistemas de Control, dependiente de la Dirección General Planificación y Control Operativo corroboró que la Dirección General Obras, Proyectos y Diseño Urbano, dependiente de la Subsecretaría Infraestructura, Vivienda y Coordinación Gubernamental, de Jefatura de Gabinete de Ministros, ha realizado la implementación del Sistema Informático de Control de Asistencia del edificio sito en la calle Venezuela Nº 151 de esta Ciudad, encontrándose en condiciones de proceder a la certificación y homologación del referido sistema; Que, por lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo correspondiente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º de la Resolución Nº 25/SECRH/11,

LA DIRECTORA GENERAL PLANIFICACION Y CONTROL OPERATIVO DISPONE

Artículo 1º.- Certifíquese y Homológuese el "Sistema Informático de Control de Asistencias" utilizado por la Dirección General Obras, Proyectos y Diseño Urbano dependiente de Subsecretaría Infraestructura, Vivienda y Coordinación Gubernamental, de Jefatura de Gabinete de Ministros, sita en la calle Venezuela Nº 151 de esta Ciudad, en los términos de la Resolución Nº 25/SECRH/11. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Obras, Proyectos y Diseño Urbano y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, ambas dependientes de Jefatura de Gabinete de Ministros, a la Dirección General de Administración y Liquidación de

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Haberes dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Kronengold

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DISPOSICIÓN N.° 33/DGPLYCO/19

Buenos Aires, 1 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 471 (texto consolidado según Ley Nº 6.017), las Resoluciones Nros. 6/MMGC/15, 25/SECRH/11 y 171/SSGRH/18, el Expediente Nº 2019-09887247-GCABA-DGPLYCO, y CONSIDERANDO: Que por el Artículo 1º de la Resolución Nº 25/SECRH/11 se aprueba el proceso de certificación y homologación de "Sistemas Informáticos de Control de Asistencia" del personal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, comprendido en la Ley Nº 471; Que el Anexo de la precitada Resolución establece que las distintas reparticiones que incorporen "Sistemas de Informáticos de Control de Asistencia" deberán certificar y homologar los mismos, a fin de garantizar la calidad, confiabilidad y veracidad de la información recabada a tales fines; Que por su parte la Resolución Nº 6/MMGC/15 aprueba el Procedimiento General de Registro de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comprendido en la Ley N° 471 y en la Ordenanza N° 41.455; Que mediante la Resolución Nº 171/SSGRH/18 se establece el procedimiento para la carga y actualización de horarios de nómina de personal y control de cumplimiento de la jornada laboral; Que en dicho marco, la Gerencia Operativa Auditoría y Sistemas de Control, dependiente de la Dirección General Planificación y Control Operativo corroboró que la Dirección General Integración Social, dependiente de la Subsecretaría de Integración Social y Económica, de Jefatura de Gabinete de Ministros, ha realizado la implementación del Sistema Informático de Control de Asistencia del edificio sito en la calle Venezuela Nº 151, de esta Ciudad, encontrándose en condiciones de proceder a la certificación y homologación del referido sistema; Que, por lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo correspondiente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º de la Resolución Nº 25/SECRH/11,

LA DIRECTORA GENERAL PLANIFICACION Y CONTROL OPERATIVO DISPONE

Artículo 1º.- Certifíquese y Homológuese el "Sistema Informático de Control de Asistencias" utilizado por la Dirección General Integración Social, dependiente de la Subsecretaría de Integración Social y Económica, de Jefatura de Gabinete de Ministros, sita en la calle Venezuela Nº 151, de esta Ciudad, en los términos de la Resolución Nº 25/SECRH/11. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Integración Social y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, dependiente del área Jefatura de Gabinete de Ministros, a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de

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Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Kronengold

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DISPOSICIÓN N.° 34/DGPLYCO/19

Buenos Aires, 1 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 471 (texto consolidado según Ley Nº 6.017), las Resoluciones Nros. 6/MMGC/15, 25/SECRH/11 y 171/SSGRH/18, el Expediente Nº 2019-09887547-GCABA-DGPLYCO, y CONSIDERANDO: Que por el Artículo 1º de la Resolución Nº 25/SECRH/11 se aprueba el proceso de certificación y homologación de "Sistemas Informáticos de Control de Asistencia" del personal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, comprendido en la Ley Nº 471; Que el Anexo de la precitada Resolución establece que las distintas reparticiones que incorporen "Sistemas de Informáticos de Control de Asistencia" deberán certificar y homologar los mismos, a fin de garantizar la calidad, confiabilidad y veracidad de la información recabada a tales fines; Que por su parte la Resolución Nº 6/MMGC/15 aprueba el Procedimiento General de Registro de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comprendido en la Ley N° 471 y en la Ordenanza N° 41.455; Que mediante la Resolución Nº 171/SSGRH/18 se establece el procedimiento para la carga y actualización de horarios de nómina de personal y control de cumplimiento de la jornada laboral; Que en dicho marco, la Gerencia Operativa Auditoría y Sistemas de Control, dependiente de la Dirección General Planificación y Control Operativo corroboró que la Dirección General Mejoramiento de Vivienda, dependiente de la Subsecretaría de Infraestructura, Vivienda y Coordinación Gubernamental, de Jefatura de Gabinete de Ministros, ha realizado la implementación del Sistema Informático de Control de Asistencia del edificio sito en la calle Venezuela Nº 151, de esta Ciudad, encontrándose en condiciones de proceder a la certificación y homologación del referido sistema; Que, por lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo correspondiente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º de la Resolución Nº 25/SECRH/11,

LA DIRECTORA GENERAL PLANIFICACION Y CONTROL OPERATIVO DISPONE

Artículo 1º.- Certifíquese y Homológuese el "Sistema Informático de Control de Asistencias" utilizado por la Dirección General Mejoramiento de Vivienda, dependiente de la Subsecretaría de Infraestructura, Vivienda y Coordinación Gubernamental, de Jefatura de Gabinete de Ministros, sita en la calle Venezuela Nº 151 de esta Ciudad, en los términos de la Resolución Nº 25/SECRH/11. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Mejoramiento de Vivienda y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, ambas dependientes de Jefatura de Gabinete de Ministros, a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes

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dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Kronengold

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DISPOSICIÓN N.° 35/DGPLYCO/19

Buenos Aires, 1 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 471 (texto consolidado según Ley Nº 6.017), las Resoluciones Nros. 6/MMGC/15, 25/SECRH/11 y 171/SSGRH/18, el Expediente Nº 2019-09887738-GCABA-DGPLYCO, y CONSIDERANDO: Que por el Artículo 1º de la Resolución Nº 25/SECRH/11 se aprueba el proceso de certificación y homologación de "Sistemas Informáticos de Control de Asistencia" del personal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, comprendido en la Ley Nº 471; Que el Anexo de la precitada Resolución establece que las distintas reparticiones que incorporen "Sistemas de Informáticos de Control de Asistencia" deberán certificar y homologar los mismos, a fin de garantizar la calidad, confiabilidad y veracidad de la información recabada a tales fines; Que por su parte la Resolución Nº 6/MMGC/15 aprueba el Procedimiento General de Registro de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comprendido en la Ley N° 471 y en la Ordenanza N° 41.455; Que mediante la Resolución Nº 171/SSGRH/18 se establece el procedimiento para la carga y actualización de horarios de nómina de personal y control de cumplimiento de la jornada laboral; Que en dicho marco, la Gerencia Operativa Auditoría y Sistemas de Control, dependiente de la Dirección General Planificación y Control Operativo corroboró que la Dirección General Integración Económica, dependiente de la Subsecretaría de Integración Social y Económica, de Jefatura de Gabinete de Ministros, ha realizado la implementación del Sistema Informático de Control de Asistencia del edificio sito en la calle Venezuela Nº 151 de esta Ciudad, encontrándose en condiciones de proceder a la certificación y homologación del referido sistema; Que, por lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo correspondiente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º de la Resolución Nº 25/SECRH/11,

LA DIRECTORA GENERAL PLANIFICACION Y CONTROL OPERATIVO DISPONE

Artículo 1º.- Certifíquese y Homológuese el "Sistema Informático de Control de Asistencias" utilizado por la Dirección General Integración Económica, dependiente de la Subsecretaría de Integración Social y Económica, de Jefatura de Gabinete de Ministros, sita en la calle Venezuela Nº 151, de esta Ciudad, en los términos de la Resolución Nº 25/SECRH/11. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Integración Económica y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, ambas dependientes de Jefatura de Gabinete de Ministros, a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de

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Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Kronengold

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DISPOSICIÓN N.° 36/DGPLYCO/19

Buenos Aires, 1 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 471 (texto consolidado según Ley Nº 6.017), las Resoluciones Nros. 6/MMGC/15, 25/SECRH/11 y 171/SSGRH/18, el Expediente Nº 2019-09977428-MGEYA-DGPLYCO, y CONSIDERANDO: Que por el Artículo 1º de la Resolución Nº 25/SECRH/11 se aprueba el proceso de certificación y homologación de "Sistemas Informáticos de Control de Asistencia" del personal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, comprendido en la Ley Nº 471; Que el Anexo de la precitada Resolución establece que las distintas reparticiones que incorporen "Sistemas de Informáticos de Control de Asistencia" deberán certificar y homologar los mismos, a fin de garantizar la calidad, confiabilidad y veracidad de la información recabada a tales fines; Que por su parte la Resolución Nº 6/MMGC/15 aprueba el Procedimiento General de Registro de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comprendido en la Ley N° 471 y en la Ordenanza N° 41.455; Que mediante la Resolución Nº 171/SSGRH/18 se establece el procedimiento para la carga y actualización de horarios de nómina de personal y control de cumplimiento de la jornada laboral; Que en dicho marco, la Gerencia Operativa Auditoría y Sistemas de Control, dependiente de la Dirección General Planificación y Control Operativo corroboró que la Dirección General Gobierno Digital y Sensorización, dependiente de la Subsecretaría Ciudad Inteligente, del Ministerio de Educación e Innovación, ha realizado la implementación del Sistema Informático de Control de Asistencia del edificio sito en Av. Martín García Nº 346, de esta Ciudad, encontrándose en condiciones de proceder a la certificación y homologación del referido sistema; Que, por lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo correspondiente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º de la Resolución Nº 25/SECRH/11,

LA DIRECTORA GENERAL PLANIFICACION Y CONTROL OPERATIVO DISPONE

Artículo 1º.- Certifíquese y Homológuese el "Sistema Informático de Control de Asistencias" utilizado por la Dirección General Gobierno Digital y Sensorización, dependiente de la Subsecretaría Ciudad Inteligente, del Ministerio de Educación e Innovación, sita en Av. Martín García Nº 346, de esta Ciudad, en los términos de la Resolución Nº 25/SECRH/11. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Gobierno Digital y Sensorización y a la Dirección General Docente y No Docente, ambas dependientes del Ministerio de Educación e Innovación, a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de

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Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Kronengold

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DISPOSICIÓN N.° 301/DGCYC/19

Buenos Aires, 3 de abril de 2019 VISTO: La Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), su Decreto Reglamentario N° 326/17 , el Expediente Electrónico Nº 08897915/GCABA/HMO/2019, y CONSIDERANDO: Que por Expediente Electrónico Nº 04336360-MGEYA-DGCYC-2017 tramitó bajo la modalidad de "Convenio Marco de Compras" el Proceso Nº 623-0213-LPU17, para la adquisición de Cartuchos, Toner y afines con destino a las áreas dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en el marco del citado proceso resultaron adjudicatarias distintas empresas entre las que se encuentra OFFICENET S.A.; Que el Convenio Marco rige a partir del 06 de Noviembre de 2017 con una vigencia de doce (12) meses, 623-66-CM17 (CONVE-2017-29748756-DGCYC), siendo prorrogado por Resolución N° 2018-2188-MEFGC por otros 6 (seis) meses a partir del 06/11/18 (PV-2018-32545348-DGCYC), dando lugar al Convenio Marco N° 623-76-CM18; Que el Hospital Odontológico José Dueñas dependiente del Ministerio de Salud emitió la Orden de Compra N° 415-0779-OC19 a favor de OFFICENET S.A., la que fue perfeccionada con fecha 06/02/19; Que los bienes adquiridos (Toner y cartucho) debían ser entregados en un plazo de quince (15) días hábiles desde el perfeccionamiento del contrato, venciendo el mismo el día 27/02/19. Conforme Remito N° 0001-01304831 y PRD N° 69642/2019 (NO-2019-09511066-GCABA-HMO), la mercadería fue entregada en fecha 26/03/19, superando el plazo de quince (15) días hábiles establecido en la Orden de Compra; Que el nosocomio en cuestión caratuló el Expediente Electrónico N° 08897915/GCABA/HMO/2019 a fin de dar tramite al proceso de aplicacion de penalidades por la mora incurrida por parte de la OFFICENET S.A. en el cumplimiento de la Orden de Compra que se le emitiera; Que, por lo expuesto, procede la imposición de la penalidad conforme el siguiente detalle: PRD RENGLON CANT. TOTAL VTO. F.ENTREGA PERIODO 69642/2019 670 1 $ 759,71 27/02/19 26/03/19 2 P - R 69642/2019 1262 1 $ 1133,33 27/02/19 26/03/19 2 P - R Multa por mora (1% p.p.) 2% s/ $ 1.893,04 .............. $ 37,86 Multa por Rehabilitación de Contrato (10%) s/ $ 1.893,04....... $ 189,30 TOTAL ................. $ 227,16 Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo Nº 9º.- Facultades y obligaciones del Órgano Contratante- de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017),

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LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

DISPONE Artículo 1°.- Impónese a la firma OFFICENET S.A., CUIT N° 33-69214822-9, Proceso N° 623-0213-LPU17, Convenio Marco N° 623-76-CM18, Orden de Compra N° 415-0779-OC19, domiciliada en Vieytes 1690 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las penalidades que a continuación se detallan: Una multa de PESOS TREINTA Y SIETE CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 37,86), por la demora incurrida en la entrega de la mercadería adquirida con cargo al citado Contrato. Una multa de PESOS CIENTO OCHENTA Y NUEVE CON TREINTA CENTAVOS ($ 189,30), por la Rehabilitación de Contrato. Siendo el total de la multa de PESOS DOSCIENTOS VEINTISIETE CON DIECISEIS CENTAVOS ($ 227,16). Artículo 2º.- Procédase a la caratulación del respectivo Antecedente de Cancelación de Cargo y remítase a la Dirección General de Contaduría a fin que proceda a deducir el importe citado en el Artículo 1º de las facturas que la empresa presente al cobro, caso contrario gírese en devolución a fin de proseguir con el procedimiento establecido en la normativa vigente. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en el Publicador de Penalidades y Sanciones del Sistema de Compras Públicas de la Ciudad de Buenos Aires y notifíquese de modo fehaciente a la firma antes citada conforme lo establecido por los art. 62.-Diligenciamiento- y 63.- Forma de las Notificaciones - del DNU Nº 1510/GCBA/97 (texto consolidado por Ley N° 6.017). Tojo

DISPOSICIÓN N.° 305/DGCYC/19

Buenos Aires, 4 de abril de 2019 VISTO: La Ley N° 2095, (texto consolidado por Ley N° 6017), el Expediente Electrónico N° 29419353-MGEYA-DGFSCIV-2017, y CONSIDERANDO: Que por Expediente Electrónico N° 5980463/DGFSCIV/2013 se autorizó el Servicio de Entrega y Distribución de Raciones de Alimentos en Crudo de Víveres Secos y Frescos con destino a la población de los Grupos Comunitarios dependientes del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

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Que por Expediente Electrónico 29419353-MGEYA-DGFSCIV-2017, la Dirección General de Fortalecimiento de la Sociedad Civil eleva el Acta de Incumplimiento Nº 20 de fecha 04/04/2017, por la cual da cuenta de las contravenciones del Pliego de Bases y Condiciones consistente en: "Por entregar mercadería fuera del horario estipulado según consta el anexo C. La entrega de víveres frescos se efectuó a las 11,10 hs lo que perjudicó la elaboración del menú de la Lista 2 "A" medallones con puré mixto debido a que el día de la fecha se efectuó la entrega de medallones correspondiente al consumo del día. Y por interrumpir la cadena de frío, teniendo el equipo apagado o temperatura inadecuada en la unidad de transporte. La temperatura dentro de la UTA era de 23,8°C, se registró la temperatura de la carne siendo esta 7,9°C. Vehículo con dominio THG 944.“, en las que incurrió la firma Teylem S.A., adjudicataria de la Orden de Compra Nº 37934/2016. Licitación Pública N° 201/SIGAF/2014; Que teniendo en cuenta los incumplimientos, han sido enmarcados dentro de las causales de penalidades previstas por las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones en su Artículo 65º Inc. 2.2. Por entregar mercadería fuera del horario estipulado según consta en Anexo C. e Inc. 3.1 Por interrumpir la cadena de frio, teniendo el equipo apagado o temperatura inadecuada en la unidad de transporte; Que el Artículo 65° establece la cantidad de raciones que le corresponden como penalidad a cada incumplimiento y el 67° consigna el monto asignado a cada penalidad en particular se establece en base a cantidad de raciones del servicio verificado a precio actualizado a la fecha de la sanción. El valor de la sanción corresponde a ración de adulto almuerzo"; Que previo a la aplicación de penalidades se efectuaron las correspondientes notificaciones toda vez que el Organismo Usuario remitió a la prestataria la pertinente cédula de notificación (IF-2017-29476115-DGFSCIV, pág. 8); Que el Organismo citado en el considerando 2 informó que la firma adjudicataria presentó descargo en el cual solicita la nulidad del Acta de Incumplimiento, señalando que la persona que labra y suscribe el Acta - Lic. López - de incumplimiento carece de facultades para asi hacerlo y que ni siquiera consigna se número de legajo; Que asimismo señala que sobre la entrega de mercadería fuera de horario el vehículo dominio THG944 arribó en el horario estipulado y no fue recibido por ninguna de las encargadas del grupo comunitario, teniendo que esperar más de veinte minutos para entregar la mercadería; Que con relación a la mercadería con temperatura inadecuada y la existencia de una supuesta interrupción de la cadena de frio por tener el equipo apagado, informan que en la planta de distribución se efectúan las correspondientes verificaciones controlando la higiene de la unidad, ausencia de plagas, el funcionamiento del equipo de frio en la temperatura requerida y la presencia de un separador térmico en casos en que sea necesario y una vez aprobados los controles, se autoriza la salida del vehículo, previo a la carga de la mercadería para el Grupo Comunitario se verificó el correcto funcionamiento del equipo de frio; Que la prestataria indica también que la sanción no puede ser aplicada porque en el caso de autos no existe elemento subjetivo necesario para la aplicación de la misma, que ha tomado todos los recaudos necesarios y ha actuado como quedará probado de la forma más diligente para la entrega de la mercadería; Que la Dirección General de Fortalecimiento de la Sociedad Civil evaluó mediante Informe N° IF-2018-30433707-DGFSCIV, el descargo presentado por la adjudicataria, indicando que el Acta fue labrada por la Lic. Alba M. López, quien pertenece al equipo de nutricionistas de la Gerencia Operativa de Apoyo a Grupos Comunitarios, cuyas tareas y competencias incluyen labrar las actas correspondientes en caso de incumplimiento de las obligaciones emergentes del Pliego de Bases y Condiciones y sus anexos, por parte de las empresas adjudicatarias;

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Que el Pliego de Bases y Condiciones, en su Artículo 65 Inciso 2.2 expresa que: "Por entregar mercadería fuera del horario estipulado según consta anexo C" e Inciso 3.1 "Por interrumpir la cadena de frio, teniendo el equipo apagado o a temperatura inadecuada en la unidad de transporte" del Pliego de Bases y Condiciones, aprobado por el Decreto 170/2014, también señalan que el anexo "C" establece que el límite que el límite de horario para la entrega de víveres frescos es a las 9.30 horas, la Empresa expresa haber esperado a las responsables de recibir la mercadería 20 minutos cuando la demora fue de más de una hora y cuarenta minutos por fuera de los límites establecidos, por lo tanto no se condice con el horario de entrega de la mercadería conforme surge del acta de incumplimiento en cuestión, por otro lado la temperatura dentro del equipo era inadecuada para el traslado de alimentos frescos y carne conforme lo estipulado en el Código Alimentario y en el Anexo B del Pliego de Bases y Condiciones indicando que dicho incumplimiento surge del acta y de las fotografías adjuntas a la misma por la Licenciada López; Que el Organismo mencionado precedentemente informó que el precio actualizado para raciones de almuerzo adultos es de $ 66,683 por ración (IF-2018-23343705-DGCYC), correspondiendo el siguiente cuadro de penalidad: $ 3.334,15 Art. 65°- Inc. 2.2 50 raciones $ 66,683 04/04/17 $ 13.336,60 Inc.3.1 200 $ 66,683 $ 16.670,75 MONTO TOTAL ------------------------ ------------------- ------------------- --- - Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le corresponde atento los términos de la Ley N° 1218 (texto consolidado por Ley N° 6017), estimando procedente aplicar la multa correspondiente. Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9°.- Facultades y

Obligaciones del órgano contratante de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6017),

LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DISPONE

Artículo 1º.- Impónese a la firma TEYLEM S.A., CUIT Nº 33-70844441-9, adjudicataria de la Orden de Compra Nº 37934/2016, domiciliada en la calle San Martín 66 - 4° piso - DTO 410 - de la Ciudad de Buenos Aires, una multa de PESOS DIECISEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 16.670,75), de conformidad con el Artículo 65º Inc. 2.2 y 3.1 del Pliego de Bases y Condiciones - Licitación Pública N° 201/SIGAF/2014. Artículo 2º.- Procédase a la caratulación del pertinente Antecedente de Cancelación de Cargo y remítase a la Dirección General de Contaduría a fin que proceda a deducir el importe citado en el Artículo 1º de las facturas que la empresa presente al cobro, caso contrario gírese en devolución a fin de proseguir con el procedimiento establecido en la normativa vigente. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en el Publicador de Penalidades y Sanciones del Sistema de Compras Públicas de la Ciudad de Buenos Aires y notifíquese de modo fehaciente a la firma antes citada conforme lo establecido por los art. 62.- Diligenciamiento, 63.- Formas de las notificaciones - del DNU Nº 1510/GCBA/97 (texto consolidado por Ley N° 6017). Tojo

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DISPOSICIÓN N.° 310/DGCYC/19

Buenos Aires, 4 de abril de 2019 VISTO: La Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto Reglamentario N° 326/17 , el Expediente Electrónico Nº 08286674-GCABA-DGCYC-2019, y CONSIDERANDO: Que la Ley citada en el visto establece los lineamientos básicos que deben observarse en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios del sector público de la ciudad; Que en el marco del proceso N° 623-083-LPU17 resultaron adjudicatarias distintas empresas entre las que se encuentra la firma SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A.; Que el Convenio Marco fue firmado el 18 de febrero de 2018 con una vigencia de seis (6) meses (CONVE-2018-12210850-DGCYC), el que fue prorrogado mediante Resolución N° 1.252/MEFGC/18 por el término de seis (6) meses consecutivos a partir del 21 de agosto de 2018, generándose en consecuencia Convenio Marco N° 623-64-CM18; Que el Hospital General de Agudos P. Piñero dependiente del Ministerio de Salud emitió la Orden de Provisión Nº 426-1908-OC19 a favor de la firma antes indicada (IF-2019-07918649-DGCYC); Que el Organismo citado en el punto anterior solicita la anulación total de la Orden de Compra mencionada precedentemente mediante NOTA N° 2019-07727605-GCABA-HGAPP, informando que tal pedido se genera dado que el shampoo para manos solicitado tiene otras medidas a las ofertadas por el proveedor y no entran en los dispensers del Hospital; Que obra en el presente la conformidad de la empresa para la anulación de la orden de compra de referencia; Que por todo lo expuesto corresponde la rescisión la Orden de Compra citada en el considerando 4 sin aplicación de penalidades. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo Nº 9 -Facultades y obligaciones del órgano contratante- de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley Nº 6017),

LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DISPONE

Artículo 1º.- Rescíndese la Orden de Compra N° 426-1908-OC19 - Proceso N° 623-1183-LPU17 - adjudicada a la empresa SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A.; -.domiciliada en la calle AV. Punta Arenas 1410 P.B. - de la Ciudad de Buenos Aires - CUIT Nº 30-71158542-3 - por un monto de PESOS ONCE MIL VEINTIDOS CON NOVENTA CENTAVOS ($ 11.022,90) - al solo efecto de la no aplicación de penalidades. Artículo 2º.- Desaféctese el monto citado en el Artículo 1°. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y notifíquese de modo

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fehaciente a la firma antes citada conforme lo establecido por los art. 62.- Diligenciamiento -, 63.- Forma de Notificaciones – del DNU Nº 1510/GCBA/97 (texto consolidado por Ley Nº 6017). Comuníquese al Hospital General de Agudos P. Piñero dependiente del Ministerio de Salud. Tojo

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Ministerio de Justicia y Seguridad

DISPOSICIÓN N.° 48/SAISSP/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 5.688, las Resoluciones N° 109/ISSP/18, N° 16/ISSP/19 y Nº 20/ISSP/19, el Expediente Electrónico N° 9867633/GCABA/SAISSP/19, y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública; Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores involucrados en todo el sistema y la producción de conocimientos científicos y técnicos sobre seguridad; Que tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal de la Policía de la Ciudad, al Cuerpo de Bomberos, a los funcionarios responsables de la formulación, implementación y evaluación de las políticas y estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del sistema policial, a todos aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los asuntos de la seguridad, así como también la investigación científica y técnica en materia de seguridad ciudadana de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad de oportunidades, mérito y capacidad; Que el Artículo 151 del citado cuerpo normativo establece que los aspirantes a Oficial de la Policía de la Ciudad se denominan Cadetes. Deben cursar y aprobar el curso de formación inicial que dicta el Instituto Superior de Seguridad Pública. Los cadetes no tienen estado policial durante su formación inicial y son becarios; Que asimismo el Artículo 378 indica que para ser cadete del Instituto y ser incorporado como alumno al Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad, se requiere aprobar el período de adaptación establecido en el Reglamento de cadetes; Que la mentada ley establece en su artículo 379: "Para egresar como Oficial de la Policía de la Ciudad, el cadete debe aprobar íntegramente el Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad, incluidas las prácticas profesionalizantes, visitas, seminarios, talleres y conferencias que se establezcan para contribuir a la formación integral técnico humanística del futuro Oficial. La duración del curso no puede ser inferior a un (1) año.", y el artículo 380 dispone: "El contenido del plan de estudios, la organización de la estructura curricular, los contenidos mínimos exigidos y los objetivos para el dictado de cada materia, las prácticas profesionalizantes y sus objetivos, las actividades extracurriculares y de extensión, como así también la duración y características del ciclo lectivo, el régimen y modalidad de cursada, el régimen de evaluaciones y promociones y demás aspectos que hacen al desarrollo del curso son establecidos por el Instituto Superior de seguridad Pública";

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Que mediante la Resolución Nº 16/ISSP/19 se aprobó el Plan de Estudios del "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires"; Que en ese entendimiento, por medio de la Resolución Nº 20/ISSP/19, fueron incorporados al "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad", para el ciclo lectivo 2019, los alumnos detallados en el Anexo de la misma, entre los que se encuentran los cadetes Daiana Noelia Rodríguez (DNI 40.427.815), Gabriela Ayelén Salto (DNI 35.151.842), Agustín Nicolás López (DNI 41.066.445), Micaela Karen Anabel (DNI 39.339.562) y Micaela Belén Rubido Honeker (DNI 41.581.878); Que por su parte, a través de la Resolución Nº 109/ISSP/18 se aprobó el Reglamento de Cadetes del Instituto Superior de Seguridad Pública; Que de acuerdo a lo dispuesto por el citado Reglamento se denomina cadete a toda persona que habiendo cumplido con los requisitos formales establecidos en la normativa vigente y con el período de adaptación, es incorporado de forma efectiva o condicional como alumno del Curso de Formación Inicial para Cadetes de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, mediante resolución del Director del ISSP; Que el cadete es designado por el período que dure su formación hasta egresar con el grado de Oficial de la Policía de la Ciudad, estando sujeto a lo que disponga el reglamento y la restante normativa en la materia; Que tal como surge de los Informes N° 9868425/GCABA/SAISSP/19, N° 9868485/GCABA/SAISSP/19, N° 9868506/GCABA/SAISSP/19, N° 9868522/GCABA/SAISSP/19 y N° 9868570/GCABA/SAISSP/19 obrantes en el Expediente Electrónico citado en el Visto, los nombrados solicitaron formalmente con fecha 25 de marzo de 2019, la baja voluntaria del Instituto Superior de Seguridad Pública; Que el Artículo 96 del mencionado Reglamento, dispone que el cadete que desista de permanecer en el ISSP, debe solicitar por escrito su baja, la cual es considerada y concedida por el Secretario Académico; Que asimismo, el Artículo 14 del mentado cuerpo reglamentario erige a la baja voluntaria como una de las causales de extinción del beneficio de la beca; Que de acuerdo a la normativa reseñada, atento la decisión adoptada por los causantes, habiendo tomado la debida intervención la Coordinación de Capacitación e Instrucción Policial del Instituto Superior de Seguridad Pública conforme surge de las Providencias N° 9918566/GCABA/SAISSP/19, N° 9928502/GCABA/ISSP/19 y N° 9990311/GCABA/SAISSP/18, y no existiendo impedimento alguno, corresponde aceptar las solicitudes de baja efectuadas y disponer el cese del beneficio de la beca de los cadetes Daiana Noelia Rodríguez (DNI 40.427.815), Gabriela Ayelén Salto (DNI 35.151.842), Agustín Nicolás López (DNI 41.066.445), Micaela Karen Anabel (DNI 39.339.562) y Micaela Belén Rubido Honeker (DNI 41.581.878). Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO ACADÉMICO DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

DISPONE Artículo 1.- Aceptar la solicitud de baja voluntaria como cadete del Instituto Superior de Seguridad Pública, presentada por la Sra. Daiana Noelia Rodríguez (DNI 40.427.815),

a partir del día 25 de Marzo de 2019. Artículo 2.- Aceptar la solicitud de baja voluntaria como cadete del Instituto Superior de Seguridad Pública, presentada por la Sra. Gabriela Ayelén Salto (DNI 35.151.842), a partir del día 25 de Marzo de 2019.

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Artículo 3.- Aceptar la solicitud de baja voluntaria como cadete del Instituto Superior de Seguridad Pública, presentada por el Sr. Agustín Nicolás López (DNI 41.066.445), a partir del día 25 de Marzo de 2019. Artículo 4.- Aceptar la solicitud de baja voluntaria como cadete del Instituto Superior de Seguridad Pública, presentada por la Sra. Micaela Karen Anabel (DNI 39.339.562), a partir del día 25 de Marzo de 2019. Artículo 5.- Aceptar la solicitud de baja voluntaria como cadete del Instituto Superior de Seguridad Pública, presentada por la Sra. Micaela Belén Rubido Honeker (DNI 41.581.878), a partir del día 25 de Marzo de 2019. Artículo 6.- Comunicar de manera inmediata a la Secretaría de Administración de Seguridad y Emergencias y a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos de Seguridad, a los efectos de disponer el cese definitivo del beneficio establecido en el Artículo 151 de la Ley Nº 5.688. Artículo 7.- Notificar a los interesados a través de la Coordinación de Capacitación e Instrucción Policial del Instituto Superior de Seguridad Pública. Artículo 8.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Secretaría de Administración de Seguridad y Emergencias, a la Dirección del Instituto Superior de Seguridad Pública, al Departamento de Recursos Humanos y a la Coordinación de Capacitación e Instrucción Policial del Instituto Superior de Seguridad Pública. Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos de Seguridad. Cumplido, archívese. Unrein

DISPOSICIÓN N.° 49/SAISSP/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 5.688, las Resoluciones Nº 25/ISSP/18, N° 29/ISSP/18 y Nº 109/ISSP/18, la Disposición N° 24/GCABA/SAISSP/19, las Providencias N° 10706287/GCABA/SAISSP/19, N° 10709124/GCABA/SAISSP/19 y N° 10712174/GCABA/SAISSP/19, el Expediente Electrónico N° 10705210/GCABA/SAISSP/19, y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública; Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores involucrados y la producción de conocimientos científicos y técnicos sobre seguridad;

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Que tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal de la Policía de la Ciudad, al Cuerpo de Bomberos, a los funcionarios responsables de la formulación, implementación y evaluación de las políticas y estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del sistema policial, a todos aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los asuntos de la seguridad, así como también la investigación científica y técnica en materia de seguridad ciudadana de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad de oportunidades, mérito y capacidad; Que el Artículo 151 del Capítulo XIV del Libro II de la Ley N° 5.688 establece que: "Los aspirantes a Oficial de la Policía de la Ciudad se denominan Cadetes. Deben cursar y aprobar el curso de formación inicial que dicta el Instituto Superior de Seguridad Pública. Los cadetes no tienen estado policial durante su formación inicial y son becarios"; Que mediante la Resolución Nº 25/ISSP/18 se aprobó el Plan de Estudios del "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad"; Que en ese entendimiento, por Resolución Nº 29/ISSP/18 fueron incorporados al "Curso de formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad", ciclo lectivo 2018, los alumnos detallados en el Anexo de la misma, entre los que se encuentran los cadetes Florencia Ayelén Figueroa (DNI 40.064.744), Ariel Maximiliano Thomas (DNI 40.491.514) y Agustina Belén Nuñez (DNI 41.326.612); Que a los fines del cumplimiento de la misión encomendada a este Instituto Superior de Seguridad Pública, resulta fundamental un desenvolvimiento académico por parte de los cadetes que supere estándares mínimos de rendimiento para considerarlos formados como individuos aptos y eficaces para el desempeño de su futura labor profesional; Que por su parte, a través de la Resolución Nº 109/ISSP/18 se aprobó el Reglamento de Cadetes del Instituto Superior de Seguridad Pública; Que el Artículo 46 del Reglamento mencionado dispone que al finalizar el dictado del "Curso de formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad", los cursantes deben tener aprobadas la totalidad de las materias que lo componen, para adquirir el carácter de Oficial de la Policía de la Ciudad; Que en dicho sentido, por Disposición N° 24/GCABA/SAISSP/19 en el Artículo 1 se prorrogó el plazo establecido en la Disposición N° 236/SAISSP/19, entre otros, a los cadetes Florencia Ayelén Figueroa (DNI 40.064.744), Ariel Maximiliano Thomas (DNI 40.491.514) y Agustina Nuñez (DNI 41.326.612), a rendir la materia "Formación Física", previo informe de aptitud psicofísica emitido por el área pertinente a requerimiento del Instituto que acredite que se encuentran en condiciones de hacerlo, toda vez que circunstancias excepcionales así lo aconsejan concluyendo el plazo para rendir dicha evaluación el 6 de abril de 2019; Que mediante Providencia N° 10706287/GCABA/SAISSP/19 el Subcomisario L. P. 1260 Federico Roberto Gacharich puso en conocimiento la situación particular de los cadetes anteriormente mencionados. Por los motivos detallados en su informe, ante la proximidad de la fecha consignada en la Disposición N° 24/GCABA/SAISSP/19, no podrán rendir la materia consignada en el plazo establecido, en virtud de que los cadetes Figueroa, Thomas y Nuñez, tienen reciente alta médica con secuelas incapacitantes, encontrándose aún pendiente la determinación de la incapacidad y el informe de aptitud psicofísica emitido por el área pertinente; Que toda vez que se han configurado circunstancias excepcionales que impiden a los nombrados rendir la asignatura adeudada antes de la fecha 6 de abril de 2019, esta Instancia considera oportuno otorgarles una prórroga de cuarenta y cinco (45) días corridos;

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Que de acuerdo a la normativa citada, las constancias obrantes en el expediente, y habiendo tomado intervención mediante las Providencias N°10709124/GCABA/SAISSP/19 y N° 10712174/GCABA/SAISSP/19, el Responsable del Departamento de Especialización Policial, Comisario Patricio Bruno Gil y el Coordinador Adjunto de Capacitación e Instrucción Policial, Comisionado General Gustavo César Pucheta, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO ACADÉMICO DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

DISPONE Artículo 1.- Prorrogar en cuarenta y cinco (45) días corridos el plazo establecido en la Disposición N° 24/GCABA/SAISSP/19 respecto de los cadetes Florencia Ayelén Figueroa (DNI 40.064.744), Ariel Maximiliano Thomas (DNI 40.491.514) y Agustina Nuñez (DNI 41.326.612), para rendir la materia "Formación Física" del "Curso de formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad", ciclo lectivo 2018, previo informe de aptitud psicofísica emitido por el área pertinente a requerimiento de este Instituto que acredite que se encuentran en condiciones de hacerlo, toda vez que circunstancias excepcionales así lo aconsejan. Artículo 2.- Notificar a los interesados a través de la Coordinación de Capacitación e Instrucción Policial del Instituto Superior de Seguridad Pública. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su

conocimiento y demás efectos comuníquese a la Sra. Directora del Instituto Superior de Seguridad Pública, al Departamento de Recursos Humanos y a la Coordinación de Capacitación e Instrucción Policial del Instituto Superior de Seguridad Pública. Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos de Seguridad. Unrein

DISPOSICIÓN N.° 111/DGSPR/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: Las Leyes Nº 5688 (B.O. Nº 5030); N° 6067 (B.O. N°5524) y los Decretos N° 446/06 y N°394/14 y la Carpeta E 612202, y, CONSIDERANDO: Que por la mencionada actuación administrativa tramita la solicitud de habilitación para desempeñarse como prestadora de servicios de seguridad privada en los rubros establecidos en el Artículo 439, Punto 2: Servicios sin autorización al uso de armas de fuego Inciso Punto 2, Inciso a), b) y c); presentada por la empresa UNION SECURITY COMPANY S.R.L., con domicilio real en la calle José C. Paz N°1073, Partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires y constituido en la calle Campana N°2572, Piso 8° Dpto "B", Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la requirente ha designado Director Técnico en los términos del Artículo 458 y concordantes de la mencionada Ley al señor Sanguinetti Evaristo Agustin con D.N.I. Nº 25.188.131;

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Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la habilitación previa de la firma interesada, conforme lo establecen los Artículos 450, Punto 3, y 461, Punto 1, de la Ley Nº 5688; Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley Nº 5688 para concederle su habilitación, como prestadora de servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas; Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I, Artículo 177, Punto 3, de la Ley N° 6067 por lo que corresponde el otorgamiento de su habilitación por el plazo de dos años contados a partir del día de la fecha. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA DISPONE

Artículo 1º.- Concédase a partir del día de la fecha y por el término de (2) dos años a la empresa, UNION SECURITY COMPANY S.R.L su habilitación como prestadora de servicios de seguridad privada en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en su Artículo 439, Punto 2- Servicios sin autorización de uso de armas de fuego - a) Los de vigilancia privada en lugares fijos con acceso al público, b) Los de custodia y portería de locales de baile, confiterías y de espectáculos en vivo, como todo otro lugar destinado a recreación; y c) los de vigilancia privada de lugares fijos o edificios de propiedad horizontal. Artículo 2º.- La renovación de la habilitación otorgada para un próximo período, deberá solicitarse con (30) días de anticipación al vencimiento de la presente, acompañando la totalidad de la documentación pertinente. Artículo 3º.- Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada la habilitación concedida en el artículo precedente. Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese fehacientemente al interesado. Para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana, a la Agencia Gubernamental de Control, Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC), a la División Armas y Agencias de la Policía Federal Argentina y Policía de la Ciudad. Cumplido, archívese. Cocca

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN N.° 16/TPRPS/19

Buenos Aires, 29 de marzo de 2019 VISTO: el Expediente Nº EX-2019-09703113-GCABA-TPRPS y la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5666), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su Decreto modificatorio Nº 287/18, y CONSIDERANDO: Que mediante el mencionado actuado se tramita la adquisición de Telas, con destino al Taller Protegido Nº 1 - Costurero, perteneciente a estos Talleres Protegidos de Rehabilitación Psiquiátrica, ubicado en la calle Suárez Nº 2215 de la Ciudad de Buenos Aires, dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el fin de garantizar la continuidad de las tareas de rehabilitación y de producción que en los mismos se realizan, por un importe de PESOS CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS ($ 153.800,-); Que la Solicitud de Gasto Nº 436-1743-SG19, se encuentra debidamente valorizada y con su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al Ejercicio 2019; Que en consecuencia resulta conveniente y oportuno realizar el presente de acuerdo a los términos del Artículo 38º de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5666), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su Decreto modificatorio Nº 287/18 y que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 85º de la Ley de Compras y Contrataciones. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5666) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su Decreto modificatorio Nº 287/18,

LA DIRECTORA (I) DE TALLERES PROTEGIDOS DE REHABILITACION PSIQUIATRICA

DISPONE: Artículo 1º - Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas que regirá en la presente Contratación Menor, publicado en www.buenosairescompras.gob.ar. Artículo 2º - Llámese a Contratación Menor Nº 436-0885-CME19, para el día 16 de abril de 2019, a las 09:00 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo 38º de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5666), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su Decreto modificatorio Nº 287/18, para la adquisición de Productos Alimenticios, con destino al refrigerio diario que se brinda a los pacientes concurrentes al tratamiento de rehabilitación en estos Talleres Protegidos de Rehabilitación Psiquiátrica, por un importe de PESOS CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS ($ 153.800,-). Artículo 3º - La erogación que demande la presente gestión será imputada a las correspondientes Partidas Presupuestarias. Artículo 4º - Publíquese el llamado a Contratación Menor en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Cartelera de la Unidad

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Operativa de Adquisiciones, de acuerdo a lo establecido en los Artículos Nros. 38º, 99º y 100º de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5666), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su Decreto modificatorio Nº 287/18. Artículo 5º - Publíquese la presente Disposición para su conocimiento, comunicación y demás efectos. Russo

DISPOSICIÓN N.° 36/HRR/19

Buenos Aires, 4 de abril de 2019 VISTO, la Expediente Nº 10307587-HRR-19, las disposiciones de las Leyes Nº 2.095, Nº 1218, Nº 2.809 y Nº 4.736 (texto consolidado por Ley Nº 5666), el Decreto Nº 326/17, el Decreto Nº 440/13 y normas complementarias en el pliego de bases las contenidas en las Clausulas Particulares. CONSIDERANDO: Que, el proceso de compras se ajustara a los términos de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5454), el Decreto Nº 326/17 reglamentario de la Ley Nº 2095, Nº 1218, Nº 2.809 y Nº 4.736 (texto consolidado por la Ley Nº 5666) por el cual se tramita la Adquisición de Insumos Descartables para Pacientes Internados para este Hospital de Rehabilitación Manuel Rocca, dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que, obra Solicitud de Gasto Nº 432-2177-SG19 con su afectación a los Ejercicios 2019; Que, por Disposición Nº 396-DGCYC-2014 (B.O.C.B.A. Nº 4.414) la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Articulo Nº 85 de la Ley Nº 2095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que, la Resolución N° 1226/MSGC/2007 establece como Unidad Operativa de Adquisición en el ámbito del Ministerio de Salud, al Hospital de Rehabilitación Manuel Rocca; Que, el artículo Nº 19 de la Ley N° 2.095/G.C.A.B.A./06 (B.O.C.B.A. N° 2.557) determina las funciones de las mencionada Unidad Operativa de Adquisiciones; Que, entre ellas, en el apartado d) se encomienda a la Unidad Operativa de Adquisiciones, la confección y aprobación de los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares que regirán los procesos de compras; Que por lo expuesto, corresponde aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares que regirán en el proceso de compras que se propicia y efectuar el llamado a Compra Menor N° 432-0838-CME19, bajo los términos del Artículo Nº 38 de La Ley Nº 2.095 ( texto consolidado por Ley Nº 5454), el Decreto Nº 326/17 y Decreto Nº 440/13 reglamentario de la Ley Nº2095 y (texto consolidado por la Ley Nº 5666); Por ello y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nº 2.095, Nº 1.218, Nº 2.809 y Nº4.736 (texto consolidado por Ley Nº 5666), el Decreto Reglamentario Nº 95/2014, y por Decreto Nº 440/13 y Decreto Nº 326/2017 reglamentario de la Ley Nº 5666.

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ANEXO

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EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE REHABILITACIÓN MANUEL ROCCA EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE: Art. 1°- Llámese a Compra Menor N° 432-0970-CME19, Expediente Nº10307587, al amparo de lo establecido en el Artículo Nº 38 de la Leyes Nº 2.095, las Leyes Nº 1.218, Nº 2.809 y Nº 4.736 (texto consolidado por Ley Nº 5454), el Decreto Nº 326/17 y Decreto Nº 440/13, reglamentario de la Ley Nº2095 y (texto consolidado por la Ley Nº 5666) para la Adquisición de Insumos para Pacientes Internados con destino al Hospital de Rehabilitación Manuel Rocca por la suma estimada de $7.312,00.- (PESOS SIETE MIL TRESCIENTOS DOCE). Art.2°- El Pliego de Bases y Condiciones es sin valor. Art.3°- Remítanse las invitaciones y efectúese la publicidad del presente llamado de acuerdo a los términos de los artículos 93 y 97 de la Ley N° 2.095/G.C.A.B.A./06 (B.O.C.B.A. N° 2.557), la Ley N° 4.764, el Decreto Reglamentario N° 95/14 y en la Página Web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en Buenos Aires Compras BAC. Cichero

DISPOSICIÓN N.° 45/IZLP/19

Buenos Aires, 4 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto Reglamentario Nº 326/17, modificado por Decreto Nº 287-GCBA-2018 y Expediente Electrónico Nº 10110527-GCABA-IZLP-2019, y CONSIDERANDO: Que mediante la ley mencionada en el Visto se establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, y regular las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos; Que por la citada actuación se tramita la adquisición de Insumos para Técnicas Complementarias de este Instituto Pasteur, por un monto de Pesos: Trecientos Trece Mil Seiscientos Cincuenta ($ 313.650,00). Que la presente licitación cuenta con la correspondiente Solicitud de Gasto para solventar el gasto en cuestión, con cargo al presente ejercicio; Que por Disposición Nº 1274/DGCyC/17 la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 18, Inciso j) de la Ley N° 2.095 texto consolidado por Ley N° 6017 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que por resolución Nª 2481/MEFGC/18 se aprobaron las nuevas Políticas, Términos y Condiciones de Uso del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones, denominado Buenos Aires Compras Que el servicio que se gestiona en el presente actuado no se encuentra dentro de los procesos licitatorios que se efectúan a Nivel Central, por lo que corresponde su gestión bajo la modalidad prevista en el artículo 31 de la Ley 2.095 texto consolidado por Ley Nº 6017;

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Que teniendo en cuenta, que el Dr. Oscar Enrique Lencinas Director del Instituto de Zoonosis Luis Pasteur se encuentra con licencia ordinaria se delega la firma en el Dr. Federico Eugenio Gury Dohmen Jefe de Departamento Diagnostico y Producción de Productos Biológicos del mencionado nosocomio. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley Nº 6017), el Decreto Reglamentario Nº 326/17, modificado por Decreto Nº 287-GCBA-2018;

EL JEFE DE DEPARTAMENTO DIAGNOSTICO Y PRODUCCION DE PRODUCTOS BIOLOGICOS

DE ESTE INSTITUTO DE ZOONOSIS LUIS PASTEUR EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE: Artículo 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que se visualiza en Buenos Aires Compras BAC, para la adquisición de Insumos para Técnicas Complementarias de este Instituto de Zoonosis Luis Pasteur, por un monto de Pesos: Trecientos Trece Mil Seiscientos Cincuenta ($ 313.650,00 ), con imputación a la partida correspondiente al Ejercicio en vigor; Artículo 2º.- Llamase a Licitación Publica Nº 445-0534-LPU19 al amparo de lo establecido en el artículo 31 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N° 6017) y conforme el Pliego al que se alude en el artículo 1º, fijase fecha de apertura de ofertas para el día 12 de Abril de 2019 a las 08.00 horas. Artículo 3º.- Valor del Pliego: sin cargo.- Artículo 4º.- Publíquese el llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un (1) día, en el portal www.buenosairescompras.gob.ar y en el Sitio de Internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 5º.- Remítase a la Oficina de Compras para la prosecución de su trámite. Gury Dohmen

DISPOSICIÓN N.° 59/IRPS/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley N° 6017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto N° 287/18, el Expediente Electrónico EX-2019-10489637-GCABA-IRPS, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la Licitación Pública Nº 446-0563-LPU19, al amparo de lo establecido en el Artículo 31º y primera parte del artículo 32 de la Ley Nº 2095 ((Texto consolidado por Ley N° 6017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto N° 287/18, para la adquisición de material descartable con destino al Servicio de Laboratorio;

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ANEXO

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Que obra agregado en los actuados la Solicitud de Gastos Nº 446-1886-SG19 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria en etapa preventiva por el monto estimado de la contratación que asciende a la suma de PESOS TRESCIENTOS SEIS MIL CIEN ($306.100,00); Que, por Disposición DI-2017-1274-DGCYC y sus anexos, el Director General de Compras y Contrataciones, en carácter de Órgano Rector, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que por Resolución Nº 1226/MSGC/2007 del 04/06/2007 se designó a la Dirección del Instituto de Rehabilitación Psicofísica como Unidad Operativa de Adquisiciones; Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto N° 287/18,

LA DIRECTORA A CARGO DEL INSTITUTO DE REHABILITACION PSICOFÍSICA

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DISPONE:

Articulo 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Pliego de Especificaciones Técnicas que como Anexo registrado en el Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales bajo Nº PLIEG-2019-105497112-GCABA-IRPS, forma parte integrante de la presente Disposición, para la adquisición de material descartable con destino al Servicio de Laboratorio por un monto estimado de PESOS TRESCIENTOS SEIS MIL CIEN ($306.100,00). Artículo 2º.- Llámese a Licitación Pública Nº 446-0563-LPU19 al amparo de lo establecido en el Artículo 31º y primera parte del artículo 32 de la Ley Nº 2095 ((Texto consolidado por Ley N° 6017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto N° 287/18, en base a la documentación aprobada por el Artículo 1º de la presente, y fíjase fecha de apertura de ofertas para el día 16 de abril de 2019 a las 09.00 horas. Artículo 3º.- Establécese que los Pliegos Único de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares, carecen de valor comercial.

Artículo 4º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a la correspondiente Partida Presupuestaria del Ejercicio en vigor. Artículo 5º.- Remítanse las invitaciones y comunicaciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 95º de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto N° 287/18. Artículo 6º.- Publíquese por el término de un (1) día con no menos de tres (3) días de anticipación en el Boletín Oficial, en la página Web Buenos Aires Compras, según lo establecido por la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto N° 287/18. Artículo 7º.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa, Económica y Financiera. Ajolfi

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 201

ANEXO

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DISPOSICIÓN N.° 61/IRPS/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley N° 6017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto N° 287/18, el Expediente Electrónico EX-2019-10619532-GCABA-IRPS, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la Licitación Pública Nº 446-0573-LPU19, al amparo de lo establecido en el Artículo 31º y primera parte del artículo 32 de la Ley Nº 2095 ((Texto consolidado por Ley N° 6017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto N° 287/18, para la adquisición de una silla de ruedas con destino al paciente SORIA Daniel H.C.Nº 116.828; Que obra agregado en los actuados la Solicitud de Gastos Nº 446-2534-SG19 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria en etapa preventiva por el monto estimado de la contratación que asciende a la suma de PESOS OCHENTA Y CINCO MIL ($85.000,00); Que, por Disposición DI-2017-1274-DGCYC y sus anexos, el Director General de Compras y Contrataciones, en carácter de Órgano Rector, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que por Resolución Nº 1226/MSGC/2007 del 04/06/2007 se designó a la Dirección del Instituto de Rehabilitación Psicofísica como Unidad Operativa de Adquisiciones; Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto N° 287/18,

LA DIRECTORA A CARGO DEL INSTITUTO DE REHABILITACION PSICOFÍSICA

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DISPONE:

Articulo 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Pliego de Especificaciones Técnicas que como Anexo registrado en el Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales bajo Nº PLIEG-2019-10630096-GCABA-IRPS, forma parte integrante de la presente Disposición, para la adquisición de una silla de ruedas con destino al paciente SORIA Daniel H.C.Nº 116.828 por un monto estimado de PESOS OCHENTA Y CINCO MIL ($85.000,00). Artículo 2º.- Llámese a Licitación Pública Nº 446-0573-LPU19 al amparo de lo establecido en el Artículo 31º y primera parte del artículo 32 de la Ley Nº 2095 ((Texto consolidado por Ley N° 6017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto N° 287/18, en base a la documentación aprobada por el Artículo 1º de la presente, y fíjase fecha de apertura de ofertas para el día 16 de abril de 2019 a las 12.00 horas. Artículo 3º.- Establécese que los Pliegos Único de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares, carecen de valor comercial.

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Artículo 4º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a la correspondiente Partida Presupuestaria del Ejercicio en vigor. Artículo 5º.- Remítanse las invitaciones y comunicaciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 95º de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto N° 287/18. Artículo 6º.- Publíquese por el término de un (1) día con no menos de tres (3) días de anticipación en el Boletín Oficial, en la página Web Buenos Aires Compras, según lo establecido por la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto N° 287/18. Artículo 7º.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa, Económica y Financiera. Ajolfi

DISPOSICIÓN N.° 62/IRPS/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley N° 6017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto N° 287/18, el Expediente Electrónico EX-2019-10618477-GCABA-IRPS, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la Licitación Pública Nº 446-0572-LPU19, al amparo de lo establecido en el Artículo 31º y primera parte del artículo 32 de la Ley Nº 2095 ((Texto consolidado por Ley N° 6017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto N° 287/18, para la adquisición de clavo endomedular para fémur con destino a la paciente MOYANO María Celeste; Que obra agregado en los actuados la Solicitud de Gastos Nº 446-2532-SG19 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria en etapa preventiva por el monto estimado de la contratación que asciende a la suma de PESOS TRESCIENTOS SIETE MIL ($307.000,00); Que, por Disposición DI-2017-1274-DGCYC y sus anexos, el Director General de Compras y Contrataciones, en carácter de Órgano Rector, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que por Resolución Nº 1226/MSGC/2007 del 04/06/2007 se designó a la Dirección del Instituto de Rehabilitación Psicofísica como Unidad Operativa de Adquisiciones; Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto N° 287/18,

LA DIRECTORA A CARGO DEL INSTITUTO DE REHABILITACION PSICOFÍSICA

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DISPONE:

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 203

ANEXO

Articulo 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Pliego de

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Especificaciones Técnicas que como Anexo registrado en el Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales bajo Nº PLIEG-2019-10630006-GCABA-IRPS, forma parte integrante de la presente Disposición, para la adquisición de clavo endomedular para fémur con destino a la paciente MOYANO María Celeste por un monto estimado de PESOS TRESCIENTOS SIETE MIL ($307.000,00). Artículo 2º.- Llámese a Licitación Pública Nº 446-0572-LPU19 al amparo de lo establecido en el Artículo 31º y primera parte del artículo 32 de la Ley Nº 2095 ((Texto consolidado por Ley N° 6017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto N° 287/18, en base a la documentación aprobada por el Artículo 1º de la presente, y fíjase fecha de apertura de ofertas para el día 16 de abril de 2019 a las 11.00 horas. Artículo 3º.- Establécese que los Pliegos Único de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares, carecen de valor comercial.

Artículo 4º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a la correspondiente Partida Presupuestaria del Ejercicio en vigor. Artículo 5º.- Remítanse las invitaciones y comunicaciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 95º de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto N° 287/18. Artículo 6º.- Publíquese por el término de un (1) día con no menos de tres (3) días de anticipación en el Boletín Oficial, en la página Web Buenos Aires Compras, según lo establecido por la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto N° 287/18. Artículo 7º.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa, Económica y Financiera. Ajolfi

DISPOSICIÓN N.° 69/HIFJM/19

Buenos Aires, 4 de abril de 2019 VISTO la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto 326/GCBA/17, el Decreto 287/18 y el Expediente Electronico 2019-10118251-MGEYA-HIFJM; y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita el proceso de compras N° 423-0536-LPU19 para la ADQUISICION DE INSUMOS DESCARTABLES con destino a la Division Analisis Clinicos del Hospital de Infecciosas Fco. Javier Muñiz. Que, la presente contratación se realiza bajo la modalidad de contratación electrónica del Sistema Buenos Aires Compras del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Que, obra la Solicitud de Gasto 423-1786-SG19 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al presente ejercicio y ejercicio futuro.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 204

ANEXO

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Que, por disposición N° 1274-DGCYC/17 la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por los artículos N° 87 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto 326/GCBA/17 y el Decreto 287/18, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC. Que, se publica en www.buenosairescompras.gob.ar el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, conteniendo el detalle de productos a licitar, así como las condiciones y modalidades propias de la contratación entre los que se cuentan los requisitos técnicos de los bienes económicos y financieros, condiciones de entrega y garantías. Que en virtud de los términos de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto 326/GCBA/17 y el Decreto 287/18, el suscripto se encuentra facultado para realizar el llamado a Licitacion Publica, aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y designar los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas. Por ello

LA DIRECTORA DEL HOSPITAL DE INF. FCO. J. MUÑIZ EN SU CARÁCTER DE MAXIMA AUTORIDAD

DE LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DISPONE:

Artículo 1º: Apruébanse los Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas sin valor el cual podrá ser consultado en la pagina www.buenosairescompras.gob.ar Artículo 2º: Llámase a Apertura de ofertas del Proceso de Compras BAC Nº 423-0536-LPU19 para el día 22/04/2019 a la hora 10:00, bajo la modalidad de contratación electrónica del Sistema Buenos Aires Compras del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, para la ADQUISICION DE INSUMOS DESCARTABLES con destino a la Division Analisis Clinicos del Hospital de Infecciosas Fco. J. Muñiz, al amparo de lo establecido en el artículo N° 31 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto 326/GCBA/17 y el Decreto 287/18, por un monto aproximado de pesos DOS MILLONES SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA ($ 2.074.690,00). - Artículo 3º: Regístrese, Publíquese en Internet en el portal Buenos Aires Compras, boletín oficial y en la página Web oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Nogueras

DISPOSICIÓN N.° 70/HIFJM/19

Buenos Aires, 4 de abril de 2019 VISTO la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto 326/GCBA/17, el Decreto 287/18 y el Expediente Electronico 2019-10090439-MGEYA-HIFJM; y

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 205

ANEXO

Page 206: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Que por la citada actuación tramita el proceso de compras N° 423-0532-LPU19 para la ADQUISICION DE GUIAS DE TRES PUERTOS con destino a la Division Farmacia del Hospital de Infecciosas Fco. Javier Muñiz. Que, la presente contratación se realiza bajo la modalidad de contratación electrónica del Sistema Buenos Aires Compras del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Que, obra la Solicitud de Gasto 423-1805-SG19 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al presente ejercicio y ejercicio futuro. Que, por disposición N° 1274-DGCYC/17 la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por los artículos N° 87 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto 326/GCBA/17 y el Decreto 287/18, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC. Que, se publica en www.buenosairescompras.gob.ar el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, conteniendo el detalle de productos a licitar, así como las condiciones y modalidades propias de la contratación entre los que se cuentan los requisitos técnicos de los bienes económicos y financieros, condiciones de entrega y garantías. Que en virtud de los términos de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto 326/GCBA/17 y el Decreto 287/18, el suscripto se encuentra facultado para realizar el llamado a Licitacion Publica, aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y designar los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas. Por ello

LA DIRECTORA DEL HOSPITAL DE INF. FCO. J. MUÑIZ EN SU CARÁCTER DE MAXIMA AUTORIDAD

DE LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DISPONE:

Artículo 1º: Apruébanse los Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas sin valor el cual podrá ser consultado en la pagina www.buenosairescompras.gob.ar Artículo 2º: Llámase a Apertura de ofertas del Proceso de Compras BAC Nº 423-0532-LPU19 para el día 16/04/2019 a la hora 10:00, bajo la modalidad de contratación electrónica del Sistema Buenos Aires Compras del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, para la ADQUISICION DE GUIAS DE TRES PUERTOS con destino a la Division Farmacia del Hospital de Infecciosas Fco. J. Muñiz, al amparo de lo establecido en el artículo N° 31 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto 326/GCBA/17 y el Decreto 287/18, por un monto aproximado de pesos SIETE MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA MIL ($ 7.290.000,00). - Artículo 3º: Regístrese, Publíquese en Internet en el portal Buenos Aires Compras, boletín oficial y en la página Web oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aire Nogueras

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 206

CONSIDERANDO:

ANEXO

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DISPOSICIÓN N.° 84/HMIRS/19

Buenos Aires, 29 de marzo de 2019 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley 6.017), el Decreto Reglamentario Nº 326/2017, y su modificatorio Decreto Nº 287/18, la Resolución Nº 2481/MEFGC/2018, y el Expediente Nº 09548722-GCABAHMIRS-19, y, CONSIDERANDO: Que mediante el mencionado actuado tramita la licitación para la ADQUISICION DE MESA DE ANESTESIA PARA EL SERVICIO DE QUIROFANO de este Hospital Materno Infantil "Ramón Sardá", con una Afectación Preventiva de Pesos un millón novecientos mil ($ 1.900.000,00) con cargo al Ejercicio 2020; Que obra agregado en el actuado la Solicitud de Gastos N° 435-1568-SG19 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación que demanda la presente; Que, por Disposición N° 1274-DGCyC-2017 la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades conferidas por el art. 18, Inciso j) de la Ley 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 6.017), aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales , autorizando a este organismo a efectuar el llamado a Licitación al amparo de lo establecido en el Art. 31 concordante con el primer párrafo del Art. 32 de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires N° 2095; (Texto Consolidado según Ley 6.017, su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 326/2017; Que tal lo previsto por la Ley 2095 (texto consolidado según Ley Nº 6.017), su reglamentario Decreto Nº 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18, en su Art 17º establece como Unidad Operativa de Adquisición en el ámbito del Ministerio de Salud, a la Dirección del Hospital Materno Infantil "Ramón Sardá"; Que mediante la Resolución Nº 2481/MEFGC/2018, se aprobaron las nuevas Pólíticas, Términos y Condiciones del Uso del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones de aplicación a los Usuarios de los Proveedores y los Usuarios Compradores de la Administración Activa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que participen en procesos de compras y contrataciones electrónicas; Que mediante Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18 en su Artículo 85 de la Ley 2095, (Texto Consolidado según Ley 6.017), se implementó el Sistema Electrónico de Adquisición y Contratación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, denominándosele en adelante como Buenos Aires Compras - BAC; Que encontrándose el Director del Establecimiento en uso de su licencia, corresponde encomendar la firma del presente al Subdirector Médico Dr. Rubén Almada, en el marco de las previsiones del Decreto Nº 392/10. Por ello, y en uso de la facultades que le son conferidas,

EL SUBDIRECTOR DEL HOSPITAL MATERNO INFANTIL "RAMON SARDA" EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICION

DISPONE:

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 207

Artículo 1º Apruébase Pliego de Bases y Condiciones Particulares (Pliego-2019- 09746982-GCABA-HMIRS) para el llamado a Licitación Pública.

Page 208: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Artículo 2°.-Llámase a Licitación Pública para ADQUISICION DE MESA DE ANESTESIA PARA EL SERVICIO DE QUIROFANO la de este Hospital Materno Infantil "Ramón Sarda" cuyo Proceso de Compra se registra bajo el N° 435- 0512-LPU19, con una Afectación Preventiva de Pesos un millón novecientos mil ($ 1.900.000,00) con cargo al Ejercicio 2020; para el día 29 de Abril de 2019 a las 11:00 horas. Artículo 3°.- VALOR DEL PLIEGO: es gratuito según lo reglamentado. Artículo 4° - Publíquese en Boletín Oficial, Internet, Página Web, consulta compras a www.buenosaires.gov.ar-hacienda-licitaciones www.buenosairescompras.gov.ar Almada

DISPOSICIÓN N.° 93/HMIRS/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley 6.017), el Decreto Reglamentario Nº 326/2017, y su modificatorio Decreto Nº 287/18, la Resolución Nº 2481/MEFGC/2018, y el Expediente Nº 09887162-GCABA-HMIRS-19, y, CONSIDERANDO: Que mediante el mencionado actuado tramita el SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE PROCESADORA DE FORMULAS LACTEAS de este Hospital Materno Infantil "Ramón Sardá", con una Afectación Preventiva de Pesos setenta y cinco mil ($ 75.000,00) con cargo al Ejercicio 2019; Que obra agregado en el actuado la Solicitud de Gastos N° 435-1580-SG19 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación que demanda la presente; Que, por Disposición N° 1274-DGCyC-2017 la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades conferidas por el art. 18, Inciso j) de la Ley 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 6.017), aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales , autorizando a este organismo a efectuar el llamado a CONTRATACION MENOR al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires N° 2095; (Texto Consolidado según Ley 6.017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18; Que tal lo previsto por la Ley 2095 (texto consolidado según Ley Nº 6.017), su reglamentario Decreto Nº 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18, en su Art 17º establece como Unidad Operativa de Adquisición en el ámbito del Ministerio de Salud, a la Dirección del Hospital Materno Infantil "Ramón Sardá"; Que mediante la Resolución Nº 2481/MEFGC/2018, se aprobaron las nuevas Pólíticas, Términos y Condiciones del Uso del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones de aplicación a los Usuarios de los Proveedores y los Usuarios Compradores de la Administración Activa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que participen en procesos de compras y contrataciones electrónicas;

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 208

ANEXO

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Que mediante Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18 en su Artículo 85 de la Ley 2095, (Texto Consolidado según Ley 6.017), se implementó el Sistema Electrónico de Adquisición y Contratación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, denominándosele en adelante como Buenos Aires Compras - BAC; Que encontrándose el Director del Establecimiento en uso de su licencia, corresponde encomendar la firma del presente al Subdirector Médico Dr. Rubén Almada, en el marco de las previsiones del Decreto Nº 392/10; Por ello, y en uso de la facultades que le son conferidas,

EL SUBDIRECTOR DEL HOSPITAL MATERNO INFANTIL "RAMON SARDA"

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICION DISPONE:

Artículo 1º Apruébase Pliego de Bases y Condiciones Particulares (Pliego-2019- 10151731-GCABA-HMIRS) para el llamado a CONTRATACION MENOR . Artículo 2°.-Llámase a CONTRATACION MENOR para el SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE PROCESADORA DE FORMULAS LACTEAS de este Hospital Materno Infantil "Ramón Sarda" cuyo Proceso de Compras se registra bajo el N° 435- 0920-CME19, con una Afectación Preventiva de Pesos setenta y cinco mil ($ 75.000,00) con cargo al Ejercicio 2019; para el día 22 de Abril de 2019 a las 11:00 horas. Artículo 3°.- VALOR DEL PLIEGO: es gratuito según lo reglamentado. Artículo 4° - Publíquese en Boletín Oficial, Internet, Página Web, consulta compras a www.buenosaires.gov.ar-hacienda-licitaciones www.buenosairescompras.gov.ar Almada

DISPOSICIÓN N.° 94/HMIRS/19

Buenos Aires, 8 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley 6.017), el Decreto Reglamentario Nº 326/2017, y su modificatorio Decreto Nº 287/18, la Resolución Nº 2481/MEFGC/2018, y el Expediente Nº EX - 2019-10491869-GCABA-HMIRS, y, CONSIDERANDO: Que mediante el mencionado actuado tramita la licitación para la adquisición de REACTIVOS PARA LABORATORIO ENDOCRINOLOGIA CON EQUIPAMIENTO EN CALIDAD DE PRESTAMO para este Hospital Materno Infantil "Ramón Sardá", con una Afectación Preventiva de Pesos Cinco millones noventa y tres mil novecientos ochenta ($ 5.093.980,00) con cargo al Ejercicio 2020; Que obra agregado en el actuado la Solicitud de Gastos N° 435-1785-SG19 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación que demanda la presente;

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 209

ANEXO

Page 210: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Que, por Disposición N° 1274-DGCyC-2017 la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades conferidas por el art. 18, Inciso j) de la Ley 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 6.017), aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales , autorizando a este organismo a efectuar el llamado a Licitación al amparo de lo establecido en el Art. 31 concordante con el primer párrafo del Art. 32 de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires N° 2095; (Texto Consolidado según Ley 6.017, su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 326/2017; Que tal lo previsto por la Ley 2095 (texto consolidado según Ley Nº 6.017), su reglamentario Decreto Nº 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18, en su Art 17º establece como Unidad Operativa de Adquisición en el ámbito del Ministerio de Salud, a la Dirección del Hospital Materno Infantil "Ramón Sardá"; Que mediante la Resolución Nº 2481/MEFGC/2018, se aprobaron las nuevas Pólíticas, Términos y Condiciones del Uso del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones de aplicación a los Usuarios de los Proveedores y los Usuarios Compradores de la Administración Activa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que participen en procesos de compras y contrataciones electrónicas; Que mediante Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18 en su Artículo 85 de la Ley 2095, (Texto Consolidado según Ley 6.017), se implementó el Sistema Electrónico de Adquisición y Contratación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, denominándosele en adelante como Buenos Aires Compras - BAC; Que encontrándose el Director del Establecimiento en uso de su licencia, corresponde encomendar la firma del presente al Subdirector Médico Dr. Rubén Almada, en el marco de las previsiones del Decreto Nº 392/10. Por ello, y en uso de la facultades que le son conferidas,

EL SUB DIRECTOR DEL HOSPITAL MATERNO INFANTIL "RAMON SARDA" EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICION

DISPONE:

Artículo 1º Apruébase Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2019- 10586674-GCABA-HMIRS) para el llamado a Licitación Pública. Artículo 2°.-Llámase a Licitación Pública para la adquisición de REACTIVOS PARA LABORATORIO ENDOCRINOLOGIA CON EQUIPAMIENTO EN CALIDAD DE PRESTAMO para este Hospital Materno Infantil "Ramón Sarda" cuyo Proceso de Compras se registra en BAC bajo el N° 435- 0565-LPU19, con una Afectación Preventiva de Pesos Cinco millones noventa y tres mil novecientos ochenta ($ 5.093.980,00) con cargo al Ejercicio 2020; para el día 30 de abril de 2019 a las 11,00 horas. Artículo 3°.- VALOR DEL PLIEGO: es gratuito según lo reglamentado. Artículo 4° - Publíquese en Boletín Oficial, Internet, Página Web, consulta compras a www.buenosaires.gov.ar-hacienda-licitaciones www.buenosairescompras.gov.ar Almada

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DISPOSICIÓN N.° 96/HBU/19

Buenos Aires, 8 de abril de 2019 VISTO: el Expediente Electrónico N° EX-2019-10660333-GCABA-HBU, la Ley N° 2095/GCBA/2006 y 4736/2013 (Texto Consolidado por Ley 6017), las Resoluciones Nº 424/MHGC/2013 y 607/MHGC/2013, la Disposición N° 401/DGCYC/2017, el Decreto N° 2017-326-AJG, su modificatorio Decreto N° 2018-287-AJG, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la adquisición de "Material para Coloproctologia" destinados al Dpto. de Cirugía de este Hospital de Gastroenterología "Dr. Carlos BONORINO UDAONDO", no incluidos en la canasta básica con destino a los hospitales dependientes del Ministerio de Salud; Que dicho servicio se realiza bajo la modalidad de Contratación Electrónica del Sistema Buenos Aires Compras del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que obra la Solicitud de Gastos Nº 439-2045-SG19 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al Ejercicio 2019; Que por Disposición Nº 1274/DGCyC/2017, la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Articulo Nº 87 de la Ley Nº 2095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC; Que se confeccionó el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especialidades Técnicas para su autorización; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº N° 2017-326-AJG, reglamentario de la Ley Nº 2095 y su modificatorio Decreto N° 2018-287-AJG;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGIA "DR. CARLOS BONORINO UDAONDO"

DISPONE Art. 1º.- Autorícese el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas correspondiente a la Contratación Menor N° 439-1009-CME19, de acuerdo al Art. 38 Ley 2095/2006 (Texto Consolidado por Ley 6017).- Art. 2º.- Remítase al Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económica y Financiera (División Compras y Contrataciones), para la prosecución de su trámite. Sosa

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DISPOSICIÓN N.° 98/HBU/19

Buenos Aires, 8 de abril de 2019 VISTO: el Expediente Electrónico N° EX-2019-10660333-GCABA-HBU, la Ley N° 2095/GCBA/2006 y 4736/2013 (Texto Consolidado por Ley 6017), las Resoluciones Nº 424/MHGC/2013 y 607/MHGC/2013, la Disposición N° 401/DGCYC/2017, el Decreto N° 2017-326-AJG, su modificatorio Decreto N° 2018-287-AJG, y CONSIDERANDO: Qué por la citada actuación tramita la adquisición de "Material para Coloproctología" destinados al Departamento de Cirugía de este Hospital de Gastroenterología “Dr. Carlos BONORINO UDAONDO“ no incluida en la canasta básica con destino a los hospitales dependientes del Ministerio de Salud; Que dicha adquisición se realiza bajo la modalidad de Contratación Electrónica del Sistema Buenos Aires Compras del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Qué obra la Solicitud de Gastos Nº 439-2045-SG19 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al Ejercicio 2019; Qué por Disposición Nº 1274/DGCyC/2017, la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Articulo Nº 87 de la Ley Nº 2095, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC; Qué por Disposición DI-2019-96-GCABA-HBU se autorizó el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especialidades Técnicas; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 326-AJG-2017, reglamentario de la Ley Nº 2095,

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGIA "DR. CARLOS BONORINO UDAONDO"

DISPONE Art. 1º.- Apruébese el Llamado a Apertura de la Contratación Menor 439-1009-CME19, para el día 17 de Abril de 2019 a la hora 15:00 bajo la modalidad de Contratación Electrónica del Sistema Buenos Aires Compras del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, al amparo de lo establecido en el Artículo 38°, de la Ley Nº 2095(Texto consolidado por Ley 6017, Decreto Reglamentario 326/17 y su modif. Decreto 287/18), por la adquisición de "Material para Coloproctología", por un monto aproximado de Pesos Novecientos Cinco Mil Quinientos ($ 905.500,00).- Art. 2º.- Establézcase el pliego SIN VALOR.- Art. 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de un (1) día; en página Web www.buenosaires.gob.ar/hacienda/compras/contrataciones-consultas y Portal www.buenosairescompras.gob.ar.- Art. 4º.- Remítase al Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económica y Financiera (División Compras y Contrataciones), para la prosecución de su trámite. Sosa

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DISPOSICIÓN N.° 154/HGNPE/19

Buenos Aires, 29 de marzo de 2019 VISTO, el Expediente Electrónico Nº 07476973/HGNPE/19, la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557), (texto consolidado por Ley 6017), Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio N° 287/18; CONSIDERANDO: Que, por el citado en el Visto, se llamó a Contratación Menor Nº 417-0595-CME19, a través de la Disposición DI-2019-95-GCABA-HGNPE, para la adquisición de Otoamplifonos, ayuda médica Pte. Sulca Alison, para el Servicio de Otorrinolaringología, dependiente de este Establecimiento; por un monto aproximado de pesos: un mil ($ 1.000.-); Que, según Acta de Apertura dicha contratación resultó desierta; Que, ante ésta situación resulta necesario dejar sin efecto la Contratación Menor, referida en el considerando anterior; Que, en tal sentido corresponde realizar un nuevo llamado a Contratación Menor, encuadrada según lo establecido por el Art. 38º de la Ley Nº 2095/06 (texto consolidado por Ley 6017) Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio N° 287/18; Que, dicha Contratación cuenta con la Solicitud de Gasto Nº 417-1326-SG19 para el ejercicio 2019 por la suma mencionada anteriormente; Que, por Disposición Nº DI-2017-1274-DGCyC la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo Nº 18, inciso j) de la Ley Nº 2095 consolidado por Ley 6017 , Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio N° 287/18, aprobó el pliego Unico de Bases y Condiciones Generales; Por ello y en uso de las facultades conferidas en la Ley 2095/06 (texto consolidado por Ley 6017), Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio N° 287/18;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS "DR. PEDRO DE ELIZALDE" EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE: Art. 1º.- Déjese sin efecto la Contratación Menor Nº 417-0595-CME19, cuya fecha de apertura fuera prevista para el día 18/03/2019 a las 10:00 hs, al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 6017). Art. 2º.- Apruébense el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que como anexo forman parte integrante de la presente bajo N° PLIEG-2019-09951610-GCABA-HGNPE, para la adquisición de Otoamplifonos, ayuda médica Pte. Sulca Alison, para el Servicio de Otorrinolaringología, dependiente de este Establecimiento; por un monto aproximado de pesos: un mil ($ 1.000.-);

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Page 214: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Art. 3º.- Llámese a Contratación Menor Nº 417-0900-CME19, para el día 09/04/2019 a las 10.00 hs, al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 6017). Art. 4º.- Establézcase el pliego SIN VALOR, el que podrá ser consultado en Buenos Aires Compras (https://www.buenosairescompras.gob.ar) Art. 5° - Remítanse las invitaciones de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 6017); publíquese en Internet, página Web, www.buenosaires.gov.ar - hacienda - licitaciones y compras - consultas compras., portal BAC www.buenosairescompras.gov.ar. Art.6°.-Remítase al Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económica y Financiera (División Compras y Contrataciones), para la prosecución de su trámite. Garrote

DISPOSICIÓN N.° 154/HGADS/19

Buenos Aires, 4 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 2095/06, (texto consolidado por Ley Nº 6017), Decreto Reglamentario Nº 326/17(BOCBA 5202) y Decreto modificatorio N° 287/18(BOCBA 5449) se rige por la citada normativa, y el EE Nº 5330087/GCABA-HGADS/2019, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la Contratación Menor Nº 434-0296-CME19, al amparo de lo establecido en el artículo Nº 38 y concordantes de la Ley Nº 2095/06, (texto consolidado por Ley Nº 6017), Decreto Reglamentario N° Nº 326/17(BOCBA 5202) y Decreto modificatorio N°287/18(BOCBA 5449), que tramita la adquisición de Servicio de Reparación Integral de central para monitoreo, Marca Mindray, modelo Hipervisor y Servicio de Reparación integral de monitores multiparametrico, marca Mindray modelo Beneview T6, solicitado por el Departamento Recursos Físicos con destino a Unidad Coronaria y Unidad de Terapia Intensiva de este Hospital, dependiente del Ministerio de Salud; Que el Departamento Recursos Físicos elaboro las especificaciones técnicas en base a las necesidades de la dependencia destinataria del efector; Que obra agregada en el expediente la Solicitud de Gastos debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria en etapa preventiva, por el monto estimado de la Contratación que asciende a la suma de pesos Ciento cuarenta mil ($ 140.000,-), con cargo al Ejercicio 2019; Que por Disposición Nº 1274-DGCYC/17(BOCBA 5284/17), el Director General de Compras y Contrataciones, en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85 de la Ley Nº 2095/06, (texto consolidado por Ley Nº 6017), Decreto Reglamentario Nº 326/17(BOCBA 5202) y Decreto modificatorio N°287/18(BOCBA 5449), aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;

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ANEXO

Page 215: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Que por Disposición Nº 52/DGCG/10, se estableció como lugar físico de prestación de servicios del Centro de Recepción de Documentación de Pagos, correspondiente a la Representación de la Dirección General de Contaduría ante el Ministerio de Salud, la oficina sita en la calle Carlos Pellegrini Nº 313, planta baja, de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires; Que se encuentran incorporados los Pliegos que han de regir la Licitación que se propicia, los cuales se suministrarán en forma gratuita de conformidad con lo establecido en el artículo 88 inciso 8º de la reglamentación de la Ley Nº 2095/06 (texto consolidado por Ley Nº 6017), Decreto Reglamentario Nº 326/17(BOCBA 5202) y Decreto modificatorio N°287/18(BOCBA 5449); Que por Decreto N° 353/16 (BOCBA 4901), se designa como Director Médico de este Hospital al Dr. Federico Charabora y como Sub Director Médico al Dr. José Luis Echave; Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2095/06, (texto consolidado por Ley Nº 6017), Decreto Reglamentario Nº 326/17(BOCBA 5202) y Decreto modificatorio N°287/18(BOCBA 5449); EL SEÑOR DIRECTOR

DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DONACION SANTOJANNI DISPONE

Artículo 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (IF-2019-10301778-GCABA -HGADS), Solicitud de Gasto N°434-1378-SG19 (IF-2019-09447043-GCABA -HGADS) y Anexo Técnico (IF-2019-09447533-GCABA-HGADS), que tramita la adquisición de Servicio de Reparación Integral de central para monitoreo, Marca Mindray, modelo Hipervisor y Servicio de Reparación integral de monitores multiparametrico, marca Mindray modelo Beneview T6, solicitado por el Departamento Recursos Físicos con destino a Unidad coronaria y Unidad de terapia Intensiva de este Hospital dependiente del Ministerio de Salud, por un monto estimado de pesos Ciento cuarenta mil ($ 140.000,-). Artículo 2º.- Llámese a Contratación Menor Nº 434-0296-CME19, al amparo de lo establecido en el artículo Nº 38 y concordantes de la Ley Nº 2095/06 (texto consolidado por Ley Nº 6017), Decreto Reglamentario Nº 326/17 (BOCBA 5202) y Decreto modificatorio N°287/18 (BOCBA 5449), en base a la documentación de la Contratación aprobada por el Artículo 1º de la presente y fijase fecha de apertura de ofertas para el día de 17 de Abril 2019 a las 10:00 horas. Artículo 3º.- Establécese que los Pliegos de la Contratación son gratuitos y podrán ser consultados en el Portal BAC www.buenosairescompras.gov.ar. Artículo 4º.- Establécese que el asesoramiento técnico de las ofertas y de la Contratación estará a cargo del Departamento Recursos Físicos del Hospital General de Agudos Donación Santojanni. Artículo 5º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada con cargo a al Presupuesto del Ejercicio 2019. Artículo 6º.- Remítanse invitaciones y cúrsense las comunicaciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 95, y 99 de la Ley Nº 2095/06, (texto consolidado por Ley Nº 6017), Decreto Reglamentario Nº 326/17(BOCBA 5202) y Decreto modificatorio N °287/18(BOCBA 5449), publíquese en el Boletín Oficial, en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, www.buenosaires.gob.ar

-

Hacienda - Compras y Contrataciones - Licitaciones y Compras - Consultas de Compras y Contrataciones, y portal BAC www.buenosairescompras.gob.ar . Artículo 7º.- Regístrese, publíquese y gírese a la Oficina de Compras para su tramitación. Charabora

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ANEXO

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DISPOSICIÓN N.° 155/HGADS/19

Buenos Aires, 4 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 2095/06, (texto consolidado por Ley N º 6017), Decreto Reglamentario N° 326/17 (BOCBA 5202) y Decreto modificatorio Nº 287/18 (BOCBA 5449), se rige por la citada normativa, y el EE Nº 5186054/GCABA-HGADS/2019, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la Licitación Pública Nº 434-0152-LPU19, al amparo de lo establecido en el artículo Nº 31 y concordantes de la Ley Nº 2095/06, (texto consolidado por Ley Nº 6017), Decreto Reglamentario N° 326/17 (BOCBA 5202) y Decreto modificatorio Nº 287/18 (BOCBA 5449), que tramita la adquisición de Insumos, solicitado por la División Alimentación de este Hospital, dependiente del Ministerio de Salud; Que la División Alimentación elaboro las especificaciones técnicas en base a las necesidades de la dependencia destinataria del efector; Que obra agregada en el expediente la Solicitud de Gastos debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria en etapa preventiva, por el monto estimado de la Contratación que asciende a la suma de pesos tres millones ochocientos noventa y tres mil seiscientos treinta y uno ($ 3.893.631.-), con cargo al Ejercicio 2019 y futuro. Que por Disposición Nº 1274-DGCYC/17(BOCBA 5284/17), el Director General de Compras y Contrataciones, en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85 de la Ley Nº 2095/06, (texto consolidado por Ley Nº 6017), Decreto Reglamentario N° 326/17(BOCBA 5202) y Decreto modificatorio Nº 287/18 (BOCBA 5449), aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que por Disposición Nº 52/DGCG/10, se estableció como lugar físico de prestación de servicios del Centro de Recepción de Documentación de Pagos, correspondiente a la Representación de la Dirección General de Contaduría ante el Ministerio de Salud, la oficina sita en la calle Carlos Pellegrini Nº 313, planta baja, de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires; Que se encuentran incorporados los Pliegos que han de regir la Licitación que se propicia, los cuales se suministrarán en forma gratuita de conformidad con lo establecido en el artículo 88 inciso 8º de la reglamentación de la Ley Nº 2095/06 (texto consolidado por Ley Nº 6017), Decreto Reglamentario N° 326/17(BOCBA 5202) y Decreto modificatorio Nº 287/18 (BOCBA 5449); Que por Decreto N° 353/16 (BOCBA 4901), se designa como Director Médico de este Hospital al Dr. Federico Charabora y como Sub Director Médico al Dr. José Luis Echave; Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2095/06, (texto consolidado por Ley Nº 6017), Decreto Reglamentario N° 326/17 (BOCBA 5202) y Decreto modificatorio Nº 287/18 (BOCBA 5449);

EL SEÑOR DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DONACION F. SANTOJANNI

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DISPONE

Artículo 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (IF-2019-

Page 217: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

9933090-GCABA-HGADS), Solicitud de Gastos 434-1050-SG19 (IF-2019-9933924-GCABA -HGADS) y Ley de Medicamentos (IF-2019-10298393-GCABA-HGADS)que tramita la adquisición de Insumos, solicitado por la División Alimentación de este Hospital, dependiente del Ministerio de Salud, por un monto estimado de pesos tres millones ochocientos noventa y tres mil seiscientos treinta y uno ($ 3.893.631.-). Artículo 2º.- Llámese a Licitación Pública Nº434-0152-LPU19, al amparo de lo establecido en el artículo Nº 31 y concordantes de la Ley Nº 2095/06 (texto consolidado por Ley Nº 6017), Decreto Reglamentario N° 326/17 (BOCBA 5202) y Decreto modificatorio Nº 287/18 (BOCBA 5449), en base a la documentación de la Licitación aprobada por el Artículo 1º de la presente y fijase fecha de apertura de ofertas para el día 16 de Abril de 2019 a las 13:00 horas. Artículo 3º.- Establécese que los Pliegos de la Licitación son gratuitos y podrán ser consultados en el Portal BAC www.buenosairescompras.gob.ar. Artículo 4º.- Establécese que el asesoramiento técnico de las ofertas y de la Licitación estará a cargo de la División Alimentación del Hospital General de Agudos Donación Santojanni. Artículo 5º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada con cargo a al Presupuesto del Ejercicio 2019 y futuro. Artículo 6º.- Remítanse invitaciones y cúrsense las comunicaciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 95, 99 y 100 de la Ley Nº 2095/06, (texto consolidado por Ley Nº 6017), Decreto Reglamentario N° 326/17 (BOCBA 5202) y Decreto modificatorio Nº 287/18 (BOCBA 5449), publíquese en el Boletín Oficial, en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, www.buenosaires.gob.ar - Hacienda - Compras y Contrataciones - Licitaciones y Compras - Consultas de Compras y Contrataciones, y portal BAC www.buenosairescompras.gob.ar . Artículo 7º.- Regístrese, publíquese y gírese a la Oficina de Compras para su tramitación. Charabora

DISPOSICIÓN N.° 160/HGNPE/19

Buenos Aires, 1 de abril de 2019 VISTO, el Expediente Electrónico Nº 8150551/HGNPE/19, la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557), (texto consolidado por Ley 6017), Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio N° 287/18; CONSIDERANDO: Que, por el citado en el Visto, se llamó a Contratación Menor Nº 417-0689-CME19, a través de la Disposición DI-2019-119-GCABA-HGNPE, para la adquisición de Vincha de conducción ósea, Pte. D'amelio Nayra, con destino al servicio de Otorrinolaringología, dependiente de este Establecimiento; por un monto aproximado de pesos: un mil ($ 1.000.-);

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 217

ANEXO

Page 218: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Que, según Acta de Apertura dicha contratación resultó desierta; Que, ante ésta situación resulta necesario dejar sin efecto la Contratación Menor, referida en el considerando anterior; Que, en tal sentido corresponde realizar un nuevo llamado a Contratación Menor, encuadrada según lo establecido por el Art. 38º de la Ley Nº 2095/06 (texto consolidado por Ley 6017) Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio N° 287/18; Que, dicha Contratación cuenta con la Solicitud de Gasto Nº 417-1588-SG19 para el ejercicio 2019 por la suma mencionada anteriormente; Que, por Disposición Nº DI-2017-1274-DGCyC la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo Nº 18, inciso j) de la Ley Nº 2095 consolidado por Ley 6017, Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio N° 287/18, aprobó el pliego Unico de Bases y Condiciones Generales; Por ello y en uso de las facultades conferidas en la Ley 2095/06 (texto consolidado por Ley 6017), Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio N° 287/18;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS "DR. PEDRO DE ELIZALDE" EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE: Art. 1º.- Déjese sin efecto la Contratación Menor Nº 417-0689-CME19, cuya fecha de apertura fuera prevista para el día 26/03/2019 a las 10:00 hs, al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 6017). Art. 2º.- Apruébense el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que como anexo forman parte integrante de la presente bajo N° PLIEG-2019-09950510-GCABA-HGNPE, para la adquisición de Vincha de conducción ósea, Pte. D'amelio Nayra, con destino al servicio de Otorrinolaringología, dependiente de este Establecimiento; por un monto aproximado de pesos: un mil ($ 1.000.-); Art. 3º.- Llámese a Contratación Menor Nº 417-0896-CME19, para el día 08/04/2019 a

las 10.00 hs, al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 6017). Art. 4º.- Establézcase el pliego SIN VALOR, el que podrá ser consultado en Buenos Aires Compras (https://www.buenosairescompras.gob.ar) Art. 5° - Remítanse las invitaciones de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 6017); publíquese en Internet, página Web, www.buenosaires.gov.ar - hacienda - licitaciones y compras - consultas compras., portal BAC www.buenosairescompras.gov.ar. Art.6°.-Remítase al Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económica y Financiera (División Compras y Contrataciones), para la prosecución de su trámite. Garrote

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ANEXO

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DISPOSICIÓN N.° 160/HGADS/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 2095/06, (texto consolidado por Ley Nº 6017), Decreto Reglamentario Nº 326/17(BOCBA 5202) y Decreto modificatorio N° 287/18(BOCBA 5449) se rige por la citada normativa, y el EE Nº 8747729/GCABA-HGADS/2019, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la Contratación Directa Nº 434-0416-CDI19, al amparo de lo establecido en el artículo Nº 28 Inc. 1º y concordantes de la Ley Nº 2095/06, (texto consolidado por Ley N º 6017), Decreto Reglamentario N° Nº 326/17(BOCBA 5202) y Decreto modificatorio N°287/18(BOCBA 5449), que tramita la adquisición de Insumos solicitado por la División Farmacia de este Hospital dependiente del Ministerio de Salud; Que la División Farmacia elaboro las especificaciones técnicas en base a las necesidades de la dependencia destinataria del efector; Que obra agregada en el expediente la Solicitud de Gastos debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria en etapa preventiva, por el monto estimado de la Contratación que asciende a la suma de pesos setecientos tres mil doscientos cincuenta y siete con 60/100($ 703.257,60), con cargo al Ejercicio 2019; Que por Disposición Nº 1274-DGCYC/17(BOCBA 5284/17), el Director General de Compras y Contrataciones, en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85 de la Ley Nº 2095/06, (texto consolidado por Ley Nº 6017), Decreto Reglamentario Nº 326/17(BOCBA 5202) y Decreto modificatorio N°287/18(BOCBA 5449), aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que por Disposición Nº 52/DGCG/10, se estableció como lugar físico de prestación de servicios del Centro de Recepción de Documentación de Pagos, correspondiente a la Representación de la Dirección General de Contaduría ante el Ministerio de Salud, la oficina sita en la calle Carlos Pellegrini Nº 313, planta baja, de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires; Que se encuentran incorporados los Pliegos que han de regir la Licitación que se propicia, los cuales se suministrarán en forma gratuita de conformidad con lo establecido en el artículo 88 inciso 8º de la reglamentación de la Ley Nº 2095/06 (texto consolidado por Ley Nº 6017), Decreto Reglamentario Nº 326/17(BOCBA 5202) y Decreto modificatorio N°287/18(BOCBA 5449); Que por Decreto N° 353/16 (BOCBA 4901), se designa como Director Médico de este Hospital al Dr. Federico Charabora y como Sub Director Médico al Dr. José Luis Echave; Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2095/06, (texto consolidado por Ley Nº 6017), Decreto Reglamentario Nº 326/17(BOCBA 5202) y Decreto modificatorio N°287/18(BOCBA 5449);

EL SEÑOR DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DONACION SANTOJANNI

DISPONE

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Artículo 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (IF-2019-

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10489250-GCABA -HGADS), Solicitud de Gasto N°434-1911-SG19 (IF-2019-10273000-GCABA -HGADS) y Ley de Medicamentos (IF-2019-10278858-GCABA) que tramita la adquisición de Insumos solicitado por la División Farmacia de este Hospital dependiente del Ministerio de Salud, por un monto estimado de setecientos tres mil doscientos cincuenta y siete con 60/100($ 703.257,60). Artículo 2º.- Llámese a Contratación Directa Nº 434-0416-CDI19, al amparo de lo establecido en el artículo Nº 28 Inc. 1º y concordantes de la Ley Nº 2095/06 (texto consolidado por Ley Nº 6017), Decreto Reglamentario Nº 326/17 (BOCBA 5202) y Decreto modificatorio N°287/18 (BOCBA 5449), en base a la documentación de la Contratación aprobada por el Artículo 1º de la presente y fijase fecha de apertura de ofertas para el día de 15 de Abril 2019 a las 13:00 horas. Artículo 3º.- Establécese que los Pliegos de la Contratación son gratuitos y podrán ser consultados en el Portal BAC www.buenosairescompras.gov.ar. Artículo 4º.- Establécese que el asesoramiento técnico de las ofertas y de la Contratación estará a cargo de la División Farmacia del Hospital General de Agudos Donación Santojanni. Artículo 5º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada con cargo a al Presupuesto del Ejercicio 2019. Artículo 6º.- Remítanse invitaciones y cúrsense las comunicaciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 95, y 99 de la Ley Nº 2095/06, (texto consolidado por Ley Nº 6017), Decreto Reglamentario Nº 326/17(BOCBA 5202) y Decreto modificatorio N°287/18(BOCBA 5449), publíquese en el Boletín Oficial, en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, www.buenosaires.gob.ar - Hacienda - Compras y Contrataciones - Licitaciones y Compras - Consultas de Compras y Contrataciones, y portal BAC www.buenosairescompras.gob.ar . Artículo 7º.- Regístrese, publíquese y gírese a la Oficina de Compras para su tramitación. Charabora

DISPOSICIÓN N.° 168/HGACA/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO el Expediente Nº 2019-10257797-GCBA-HGACA, la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por la Ley Nº 5666) y el Decreto Reglamentario Nº 326/17 (BOCBA Nº 5202 de 31 de agosto de 2017), y su modificatorio Decreto Reglamentario Nº 287/118 (BOCBA Nº 5949 de 04 de septiembre de 2018) vigentes en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y; CONSIDERANDO: Que, por el mencionado Expediente tramita la PROVISIÓN DE INSUMOS (IOVERSOL, etc) con destino a la División DIAGNOSTICO POR IMAGEN de este Establecimiento Asistencial; Que por NO-2019-05759989-HGACA la Dirección de este nosocomio autoriza la compra y solicita se gestione la misma por la modalidad de compra correspondiente;

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ANEXO

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Que, se importó la Solicitud de Gasto N° 412-997-SG19 debidamente valorizada de acuerdo a lo establecido por el Art. 78 de la Ley 2.095/06, su modificatoria Ley 4764/14 y su Decreto Reglamentario Nº DECTO-2014-95-AJG; Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión, por un importe de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000), encuadrando la compra en los alcances del Art. 31 párrafo primero de la Ley Nº 2.095/06 y su modificatoria; Que, por Disposición 1274-DGCyC-17 del 27/12/17, la Dirección General de Compras y Contrataciones, como órgano rector, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que, mediante Resolución 1.226-MS-GCBA-07 del 4/6/07, se designa a este Establecimiento Asistencial como Unidad Operativa de Adquisiciones a fin de establecer la gestión que tiene a su cargo en las Contrataciones y Adquisiciones en forma habitual; Que, mediante Decreto 326/17, apruébase la reglamentación del art. 85 de la Ley 2095 e implementase el Sistema Electrónico de Adquisición y Contratación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, denominándose en adelante como Buenos Aires Compras (BAC); Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 13º del Decreto Nº DECTO-2017-326-AJG, y su modificatorio Decreto Reglamentario Nº 287/18; reglamentario del Art. 13º de la Ley 2.095 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su modificatoria;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. COSME ARGERICH EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE: Art. 1 ° Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que forman parte de la presente. Art. 2 ° Llámase a LICITACION PUBLICA Nº 412-0543-LPU19, cuyo Acto de Apertura tendrá lugar el día 24 de ABRIL de 2019 a las 09:00 hs., para la PROVISIÓN DE INSUMOS (IOVERSOL, etc) por un monto aproximado de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000) con destino a la División Diagnostico por Imagen enmarcado en los alcances del Art. 31 de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Art. 3 ° El gasto que demanda la presente será imputado al presente ejercicio y ejercicio futuro según Solicitud de Gastos N° 412-997-SG19. Art. 4 ° Establécese el pliego SIN VALOR, el que podrá ser consultado en la Oficina de Compras y Contrataciones de esta Unidad Operativa de Adquisiciones, en la página web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en Buenos Aires Compras (BAC). Art. 5 ° Pase, para la prosecución de su trámite a la División Compras. Hernández

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ANEXO

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DISPOSICIÓN N.° 170/DGABS/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 2095, (Texto consolidado Ley N° 6.017), el Decreto Nº 326/GCBA/17 y su modificatorio Decreto N° 287/GCBA/18, Decreto Nº 363/GCBA/15 y sus modificatorios, las Resoluciones Nº 001/UOAC/08, Nº 232/UOAC/09, y sus modificatorias, la Disposición Nº 1274/DGCYC/17, el Expediente Electrónico Nº 10.420.703/GCABA-DGABS/19, y CONSIDERANDO: Que mediante los presentes actuados tramita la Licitación Pública BAC N° 401-0556-LPU19 para la Adquisición de Antifúngico Sistémico Caspofungin, Pasaconazol y Anidulafungina con destino a Hospitales dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que se gestiona bajo el sistema BAC aprobado por Resolución N° 596/MHGC/11, en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 31 y primera parte del 32 de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado Ley N° 6.017) y su reglamentación Decreto N° 326/GCBA/17 y su modificatorio Decreto N° 287/GCBA/18; Que se han efectuado las Solicitudes de Gastos debidamente valorizadas y su correspondiente afectación presupuestaria; Que ha sido elaborado el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y su Anexo que regirá el presente llamado; Que por Disposición Nº 1274/DGCyC/17 la Directora General de Compras y Contrataciones, en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 87 de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado Ley N° 6.017), aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que por Decreto Nº 1.353/GCBA/08 se creó la ex Unidad de Proyectos Especiales (UPE), con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), en el ámbito de los Ministerios de Salud y Hacienda, teniendo a su cargo la coordinación, agrupamiento, dirección y gestión de los procesos de contratación centralizados de bienes y servicios que requieran los efectores del sistema de salud a solicitud de los Directores Médicos de dichos efectores; Que el Decreto Nº 593/GCBA/11 modificó el ámbito de actuación de la (UPE) Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), establecido por el Decreto N° 1.353/GCBA/08, estableciéndose que la misma funcionara exclusivamente en el Ministerio de Salud, con rango de Organismo Fuera de Nivel manteniendo su patrimonio personal y presupuesto y modificándose su denominación por Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), siendo continuadora de la UPE-UOAC; Que por Decreto Nº 363/GCBA/15 y sus modificatoriosse aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de Director General, modificándose el rango de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud a Dirección General, y su denominación a la de Dirección General Abastecimiento en Salud; Que por Resolución Nº 232/UOAC/09 y sus modificatorias se estableció el nuevo

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Listado de Medicamentos, Insumos, Productos Biomédicos, Prótesis e Implantes Ortopédicos-Traumatológicos y Servicios de adquisición centralizada, indicando los lineamientos allevarse a cabo en las licitaciones públicas que se realicen en el ámbito de la UPE - UOAC, en un todo de acuerdo los artículos 4º y 6º del Decreto Nº 1353/GCBA/08. Por ello, en uso de las facultades conferidas en el Anexo II del Decreto Nº 287/GCBA/18,

EL DIRECTOR GENERAL DE ABASTECIMIENTO EN SALUD DISPONE

Artículo 1º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus Anexos (PLIEG 2019-10655789-DGABS, IF 2019-10656008-DGABS) que como Anexos forman parte integrante de la presente Disposición, para la Adquisición de Antifúngico Sistémico Caspofungin, Posaconazol y Anidulafungina con destino a Hospitales dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un monto aproximado de PESOS DIECIOCHO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 60/100 ($ 18.152.392,60). Artículo 2º.- Llámase a Licitación Pública BAC Nº 401-0556-LPU19 para el día 15 de abril de 2019 a las 12:00 horas, al amparo de lo establecido en el artículo 31 y primera parte del artículo 32 de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado Ley N° 6.017) y su reglamentación Decreto N° 326/GCBA/17 y su modificatorio Decreto N° 287/GCBA/18, bajo el sistema BAC aprobado por Resolución N° 496/MHGC/11 sobre la documentación aprobada en el artículo 1º de la presente. Artículo 3º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a la correspondiente Partida Presupuestaria del Ejercicio en vigor. Artículo 4º.- Remítanse las invitaciones de acuerdo a lo establecido en el Artículo 85 del Decreto Nº 326/GCBA/17 y su modificatorio Decreto N° 287/GCBA/18. Artículo 5º.- Publíquese por el término de dos (2) días con no menos de cuatro (4) de anticipación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la página Web Buenos Aires Compras www.buenosairescompras.gob.ar, página Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires www.buenosaires.gob.ar y en la Cartelera Oficial de la Dirección General Abastecimiento en Salud según lo establecido en la Ley Nº 2095 (Texto consolidado Ley N° 6.017), y su Decreto reglamentario Nº 326/GCBA/17 y su modificatorio Decreto N° 287/GCBA/18. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos pase a la Gerencia Operativa Soporte de Compras de la Dirección General Abastecimiento en Salud. Arata

DISPOSICIÓN N.° 171/HGACA/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 223

ANEXO

VISTO el Expediente Nº EX-2019-10608620-GCBA-HGACA, la Ley Nº2.095 (texto

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consolidado por la Ley Nº 5666) y el Decreto Reglamentario Nº 326/17 (BOCBA Nº 5202 de 31 de agosto de 2017), y su modificatorio Decreto Reglamentario Nº 287/118 (BOCBA Nº 5949 de 04 de septiembre de 2018) vigentes en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y; CONSIDERANDO: Que, por el mencionado Expediente tramita el ALQUILER DE CONCENTRADOR DE OXIGENO Y MOCHILA perteneciente a la División Clínica Médica de este Establecimiento Asistencial; Que, por Informe Nº IF-2019-10646115-GCABA-HGACA la Dirección de este nosocomio autoriza la compra y solicita se gestione la misma por la modalidad de compra correspondiente; Que, se importó la Solicitud de Gastos N° 412-1810-SG19 debidamente valorizada de acuerdo a lo establecido en el Art. 78 de la Ley 2.095/06 y su modificatoria Ley 4764/14 y su Decreto Reglamentario Nº DECTO-2017-326-AJG; Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos por un importe de PESOS NOVENTA Y SEIS MIL ($ 96000,00), encuadrando la compra en los alcances del Art. 38 de la Ley Nº 2.095/06 y su modificatoria; Que, por Disposición 1274-DGCyC-17 del 27/12/17, la Dirección General de Compras y Contrataciones, como órgano rector, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que, mediante Resolución 1.226-MS-GCBA-07 del 4/6/07, se designa a este Establecimiento Asistencial como Unidad Operativa de Adquisiciones a fin de establecer la gestión que tiene a su cargo en las Contrataciones y Adquisiciones en forma habitual; Que, mediante Decreto 326/17, apruébase la reglamentación del art. 85 de la Ley 2095 eimplementase el Sistema Electrónico de Adquisición y Contratación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, denominándose en adelante como Buenos Aires Compras (BAC); Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 13º del Decreto Nº DECTO-2017-326-AJG, y su modificatorio Decreto Reglamentario Nº 287/18; reglamentario del Art. 13º de la Ley 2.095 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su modificatoria;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. COSME ARGERICH EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE: Art. 1 ° Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que forman parte de la presente. Art. 2 ° Llámase a Contratación Menor Nº 412-0999-CME19, cuyo Acto de Apertura tendrá lugar el día 15 de abril de 2019 a las 08:00 hs., el ALQUILER DE CONCENTRADOR DE OXIGENO Y MOCHILA por un monto aproximado PESOS NOVENTA Y SEIS MIL ($ 96000,00), con destino a la División Clínica Médica de este Establecimiento Asistencial, enmarcado en los alcances del Art. 38 de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Art. 3 ° El gasto que demanda la presente será imputado al presente ejercicio y registra un compromiso futuro para el ejercicio 2020 según Solicitud de Gastos N° 412-1810-SG19.

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Art. 4 ° Establécese el pliego SIN VALOR, el que podrá ser consultado en la Oficina de Compras y Contrataciones de esta Unidad Operativa de Adquisiciones, en la página web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en Buenos Aires Compras (BAC). Art. 5 ° Pase, para la prosecución de su trámite a la División Compras. Hernández

DISPOSICIÓN N.° 174/DGABS/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 2095, (Texto consolidado Ley N° 6.017), el Decreto Nº 326/GCBA/17, el Decreto Nº 287/GCBA/18, Decreto Nº 363/GCBA/15 y sus modificatorios, las Resoluciones Nº 001/UOAC/08, Nº 232/UOAC/09, y sus modificatorias, la Disposición Nº 1274/DGCYC/17, el Expediente Electrónico Nº 10.621.178/GCABA-DGABS/19, y CONSIDERANDO: Que mediante los presentes actuados tramita la Contratación Menor BAC Nº 401-1002-CME19, para la Adquisición de Dapsona y Rifabutina, con destino Programa Detección y Prevención HIV-SIDA dependiente de la Subsecretaría Atención Primaria Ambulatoria y Comunitaria del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que se gestiona bajo el sistema BAC aprobado por Resolución N° 596/MHGC/11, en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado Ley N° 6.017) y su reglamentación Decreto N° 326/GCBA/17 y su modificatorio Decreto N° 287/GCBA/18; Que la Subsecretaría Atención Primaria Ambulatoria y Comunitaria (MSGC) ha solicitado mediante NO-2019-07223922-GCABA-SSAPAC, se arbitren los medios para la compra de Dapsona y Rifabutina, destacando que la provisión habitual de las mismas está a cargo de la Dirección de Sida e ITS, del Ministerio de Salud de la Nación, pero que los mismos no se están recibiendo; Que se ha efectuado la Solicitud de Gasto debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria; Que ha sido elaborado el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y su Anexo que regirá el presente llamado; Que por Disposición Nº 1274/DGCyC/17 la Directora General de Compras y Contrataciones, en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 87 de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado Ley N° 6.017) y su reglamentación, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que por Decreto Nº 1.353/08 se creó la ex Unidad de Proyectos Especiales (UPE), con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), en el ámbito de los Ministerios de Salud y Hacienda, teniendo a su cargo la coordinación, agrupamiento, dirección y gestión de los procesos de contratación centralizados de bienes y servicios que requieran los efectores del sistema de salud a solicitud de los Directores Médicos de dichos efectores;

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ANEXO

Page 226: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Que el Decreto Nº 593/11 modificó el ámbito de actuación de la (UPE) Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), establecido por el Decreto N° 1.353/08, estableciéndose que la misma funcionara exclusivamente en el Ministerio de Salud, con rango de Organismo Fuera de Nivel manteniendo su patrimonio personal y presupuesto y modificándose su denominación por Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), siendo continuadora de la UPE-UOAC; Que por Decreto Nº 363/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el

nivel de Director General, modificándose el rango de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud a Dirección General, y su denominación a la de Dirección General Abastecimiento en Salud; Que por Resolución Nº 232/UOAC/09 y sus modificatorias se estableció el nuevo Listado de Medicamentos, Insumos, Productos Biomédicos, Prótesis e Implantes Ortopédicos-Traumatológicos y Servicios de adquisición centralizada, indicando los lineamientos a llevarse a cabo en las licitaciones públicas que se realicen en el ámbito de la UPE - UOAC, en un todo de acuerdo los artículos 4º y 6º del Decreto Nº 1353/08. Por ello, en uso de las facultades conferidas en el Anexo II del Decreto Nº 287/GCBA/18,

EL DIRECTOR GENERAL DE ABASTECIMIENTO EN SALUD DISPONE

Artículo 1º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y su Anexo (PLIEG 2019-810637110-GCABA-DGABS, IF 2019-10636447-GCABA-DGABS) que como Anexo forman parte integrante de la presente Disposición, para la Adquisición de Dapsona y Rifabutina, con destino Programa Detección y Prevención HIV-SIDA dependiente de la Subsecretaría Atención Primaria Ambulatoria y Comunitaria del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un monto aproximado de SESENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS ($ 64.686,00.-). Artículo 2º.- Llámase a Contratación Directa BAC Nº 401-1002-CME19 para el día 10 de abril a las 12:00 horas, al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado Ley N° 6.017) su reglamentación Decreto N° 326/GCBA/17 y su modificatorio Decreto N° 287/GCBA/18, bajo el sistema BAC aprobado por Resolución N° 496/MHGC/11 sobre la documentación aprobada en el artículo 1º de la presente. Artículo 3º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a la correspondiente Partida Presupuestaria del Ejercicio en vigor. Artículo 4º.- Remítanse las invitaciones de acuerdo a lo establecido en el Artículo 85 del Decreto Nº 326/GCBA/17. Artículo 5º.-Publíquese en la página Web Buenos Aires Compras www.buenosairescompras.gob.ar, en la página Web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, www.buenosaires.gob.ar y en la Cartelera Oficial de la Dirección General Abastecimiento en Salud según lo establecido en la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley N° 6.017) y su reglamentación Decreto N° 326/GCBA/17 y su modificatorio Decreto N° 287/GCBA/18 Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos pase a la Gerencia Operativa de Adquisiciones de la Dirección General Abastecimiento en Salud. Arata

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DISPOSICIÓN N.° 187/HGARM/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO el Expediente Nº 08857987/MGEYA/19 y la ley Nº 2.095/06 (Texto Consolidado por Ley 6017), y su Decreto Reglamentario Nº 287/18 (BOCBA Nº 5485/18) y; CONSIDERANDO: Que en el mencionado actuado tramita la Adquisición de Insumos para Cardiología(Parche y Cateter) para el Pcte: Bogado Zegarra Marcelo, solicitado por el Servicio de Electrofisiología (Cardiología) de este Hospital. Que obra la solicitud de gasto Nº 430-536-SG19 debidamente valorizada con la afectación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación que demanda la presente de acuerdo a lo establecido en el Art.78 de la ley 2095/06 y su Dec. Reg. Nº 287/18. Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de fondos por un importe de Pesos Ciento Noventa y Un Mil ($ 191.000,00), encuadrándose la compra en los alcances del Art. 38º de la Ley 2095/06 y su modificatoria. Que mediante el citado Expediente se tramita la Contratación Menor Nº 430- 0718- CME19 por la cual, el proceso de compra que por la presente cursa se encuadra en los términos del Art. 38º de la Ley 2095/GCABA/06 (Texto Consolidado por Ley 6017), y el Decreto Reglamentario 287/18 . Que por Disposición Nº 1274/DGCyC/2017 la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Art. 85 de la Ley 2095 (Texto Consolidado por Ley 6017), aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.- Que mediante decreto reglamentario 287/18, se constituyó como Unidad Operativa de Adquisición en el ámbito del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires al Hospital General de Agudos José María Ramos Mejía. Que mediante Decreto reglamentario 287/18, en su Art Nº 85 de la Ley 2095 e implementase el Sistema Electrónico de Adquisición y Contratación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominándose en adelante como Buenos Aires Compras (BAC). Que con posterioridad a la Resolución Nº 79/08, la Resolución Nº 887/MSGC/MHGC/08 autorizó a los Hospitales pertenecientes al Sistema de Salud de la Ciudad a efectuar la Contratación de Insumos que puedan requerirse por motivos de urgencia u otros imprevistos que no pudieron ser programados bajo el Sistema Centralizado. Por ello y en uso de las facultades conferidas por decreto Nº 2018-287-AJG en la Ley Nº 2095/GCABA/06. Por ello:

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS JOSE MARIA RAMOS MEJIA EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE:

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Art. 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que con Nº de Pliego 2019-10474612-GCABA-HGARM forma parte de la presente.

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Art. 2º.- Llámese a Contratación Menor Nº 430-0799-CME19 para el día 12 de Abril de 2019 a las 10:00 hs. al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley 2095/06 (Texto consolidado Ley 6017), y el Decreto Reglamentario Nº 287/18, para la tramita la Adquisición de Insumos para Cardiología(Parche y Cateter) para el Pcte: Bogado Zegarra Marcelo de este Hospital. Art. 3º.-El gasto que demanda la presente será imputado al ejercicio en vigor. Art.4º.-Establézcase el Pliego sin valor el que podrá ser consultado en la pagina www.buenosairescompras.gob.ar Portal BAC. Art. 5º.- Remítase las invitaciones y efectúese la publicidad del presente llamado de acuerdo a los términos de Ley 2095 (Texto Consolidado Ley 6017), y su Decreto Reglamentario Nº 287/18. Art. 6º.- Publíquese para su notificación y demás efectos en el Boletín Oficial, en el portal de compras electrónicas BAC y en sitio Web del GCABA. Art. 7º.- Pase al Dto. De Economía y Finanzas / División Compras y Contrataciones y División Programación y Presupuesto para realizar las previsiones presupuestarias, cumplido archívese. Pandullo

DISPOSICIÓN N.° 224/HGAIP/19

Buenos Aires, 4 de abril de 2019 VISTO: el Expediente Electrónico N° 9883512/2019, la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17, su modificatorio Decreto Nº 287/GCBA/18, la Resolución Nº 1802/MSGC-MHGC/08, la Resolución N° 424/MHGC/13, la Resolución N° 607/MHGC/13, y CONSIDERANDO: Que por el presente actuado, la Unidad Hemoterapia del Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano tramita la Adquisición de Insumos para tromboelastometria + agregación plaquetaria por incidencia; Que obra en el presente expediente electrónico la solicitud de gastos BAC N° 427-1755-SG19 debidamente valorizada con su correspondiente afectación presupuestaria; Que en virtud de los términos del Art. 19 apartado g) de la citada Ley, autoriza a este Hospital a realizar los procesos de selección para el llamado a Licitación Pública al amparo de lo establecido en el Art. 31° de la Ley N° 2095 (texto consolidado por ley N° 6017) y su Decreto Reglamentario 326/GCBA/17 y su Decreto modificatorio N° 287/GCBA/2018; Que por Disposición N° 1274/DGCYC/17 el Director General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Art. N° 85 de la Ley 2095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;

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Que por Art. 27º punto b) de la ley Nº 6068 (Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) se modifica la Unidad Fija (Art. 143° de la ley 2.095) fijándose su nuevo valor en veinte con 00/100 (20,00) pesos; Que tal como lo establece el Art. 17 de la Ley N° 2095 y la Resolución N° 1226/MSGC/07, (BOCBA N° 2714) este Hospital se constituye en Unidad Operativa de Adquisiciones; Que por Decreto N° 70/2009 fue ratificado en el cargo el Sr. Director Dr. José Antonio Cuba y por Decreto 315/2018/AJG el Sr. Subdirector Médico, Dr. Marcelo B. Newman; Que por Disposición DI-2019-63-GCABA-DGHOSP se autorizó la licencia del Sr. Director Dr. José Antonio Cuba desde día 01/04/2019 al 12/04/2019 inclusive quedando a cargo del despacho y todo lo inherente a la Dirección del Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano el Sr. Subdirector Médico, Dr. Marcelo B. Newman FC N° 305.879. Por ello, y en uso de las Facultades conferidas por el Art. Nº 13 de la Ley 2.095, (texto consolidado por la Ley Nº 6017), el Decreto Reglamentario Nº 326/GCBA/17, su Decreto modificatorio N° 287/GCBA/2018 y la Resolución N° 1802/MSGC-MHGC/2008,

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS IGNACIO PIROVANO

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DISPONE

Artículo 1°.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, las Cláusulas Particulares y las Cláusulas Administrativas que como anexo forman parte integrante del presente expediente bajo Nº PLIEG-2019-10300423-GCABA-HGAIP. Artículo 2°.- Procédase a realizar el llamado a Licitación Pública BAC Nº 427-0525-LPU19 para el día 15 de abril de 2019 a las 13:00 hs. al amparo de lo previsto por el Art. 31° de la Ley 2095 promulgada por Decreto N° 1772/GCABA/2006. Artículo 3°.- Remítanse las invitaciones de acuerdo con lo establecido en el Art. N° 93 de la ley 2095 y su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17, su modificatorio Decreto Nº 287/GCBA/18 y la Orden de Publicación al Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires el día 09 de abril de 2019. Artículo 4°.- Publíquese en Internet, página Web http://www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ y en la cartelera oficial de este Hospital. Artículo 5°.- Habiéndose efectuado la correspondiente reserva presupuestaria en la Partida: 259 Rubro: Otros no especificados precedentemente, por un total de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS VEINTICINCO CON 00/100 ($ 2.248.725,00). Artículo 6°.- Regístrese y remítase a la División de Compras y Contrataciones de este Hospital para la prosecución de su trámite. Newman

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DISPOSICIÓN N.° 251/HGAP/19

Buenos Aires, 3 de abril de 2019 VISTO: El EX-2019-10132612-GCABA-HGAP, la Ley 2095 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto Reglamentario N° 326/17, su modificatoria Decreto Reglamentario N° 287/18, y; CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados se tramita la Adquisición de Insumos para Laboratorio (aceite para inmersión, solución colorante, policubetas, micropipetas, etc) del Hospital General de Agudos Dr. José M. Penna, por la suma estimada de Pesos: Seiscientos tres mil doscientos noventa - $ 603.290,00.-; Que, obra la Solicitud de Gastos Nº 425-1552-SG19 debidamente valorizada con la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación que demanda la presente; Que, mediante Resolución N° 1226-MSGC/2007 se establece como Unidad Operativa de Adquisición a esta institución; Que, por Disposición N° DI-2017-1274-DGCYC el Director General de Compras y Contrataciones, en carácter de Órgano Rector aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 18, inciso j) de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley 6017); Que, se ha procedido a confeccionar el respectivo Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas que regirán la presente licitación; Que, la resolución 248-UPE-UOAC/2009 establece que los hospitales deben garantizar el abastecimiento de sus respectivos nosocomios; Por ello, y de acuerdo con las facultades conferidas en la Ley 2095 (texto consolidado por Ley N° 6017), Decreto Reglamentario N° 326/17, y su modificatoria Decreto Reglamentario N° 287/18 y;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "Dr. JOSE M. PENNA"

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DISPONE

Articulo 1º.- Apruébense los Pliegos de bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que como Anexo forma parte de la presente (PLIEG-2019-10255368-GCABA-HGAP) Articulo 2º.- Llámese a Licitación Pública BAC - Proceso de Compra Nº 425-0537-LPU19 para el día 15 / 04 / 2019 a las 10:00 horas, al amparo de lo establecido en el Art. 31 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto Reglamentario N° 326/17, y su modificatoria Decreto Reglamentario N° 287/18, se tramita la Adquisición de Insumos para Laboratorio (aceite para inmersión, solución colorante, policubetas, micropipetas, etc) del del Hospital "General de Agudos Dr. Jose M. Penna", por la suma estimada de Pesos: Seiscientos tres mil doscientos noventa. $ 603.290,00.

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Artículo 3°. - Establécese que para la presente Licitación el Pliego de Bases y Condiciones será sin costo. Artículo 4º.- Remítase la invitación de acuerdo a lo establecido en el art. 95 de la ley 2095 (texto consolidado por ley 6017), el Decreto Reglamentario N° 326/17, y su modificatoria Decreto Reglamentario N° 287/18. Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de un (1) día, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y remítase a la División Compras para la prosecución de su trámite. San Martín

DISPOSICIÓN N.° 440/HGAJAF/19

Buenos Aires, 8 de abril de 2019 VISTO el Expediente Electrónico Nº 9.223.031-GCABA-HGAJAF-19, la Ley n° 3304 (B.O.C.B.A. Nº 3335), la Ley n° 4736 (B.O.C.B.A. Nº 4299), la Ley nº 2095 (B.O.C.B.A. N° 2257) (texto consolidado por Ley n° 5666) y su Decreto Reglamentario n° 95-14, modificado por Decreto n° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto n° 411/GCBA/16 y el Decreto n° 1145/GCBA/09 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y: CONSIDERANDO: Que, en el mencionado actuado tramita la adquisición de rotador de guía, stent coronario, catéter ventricular y otros para el Servicio de Cardiología, obrando la registración presupuestaria en el orden 5, por un importe de $ 2.938.800,00( PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS); Que, dado que resulta indispensable y urgente contar con los insumos solicitados y que los mismos no se encuentran en el listado de compras programadas a Nivel Central, ni pueden ser adquiridos a través de los Convenios Marco, corresponde su adquisición bajo la modalidad prevista en el Art.31 del Capítulo IV del Título Tercero de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley n° 5666); Que, por Disposición Nº 171-DGCyC-08 (BOCBA Nº 2968) la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo N° 18 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley n° 5666) se aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que, mediante Resolución Nº 1226/MS/07 (BOCBA Nº 2714) se constituyó como Unidad Operativa de Adquisiciones en el ámbito del Ministerio de Salud, al Hospital General de Agudos "Juan A. Fernández", conforme lo dispuesto por el Artículo 17º del Anexo I del Decreto reglamentario Nº 95-14; Que, obran como anexos A), B) y C) de la presente Disposición los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Anexo II del Decreto n° 95-14 reglamentario de la Ley nº 2095, se autoriza a este Organismo a efectuar el llamado a Licitación Pública, al amparo de lo establecido en el Art.31 del Capítulo IV del Título Tercero de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley n° 5666);

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EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS JUAN A. FERNANDEZ

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DISPONE:

Articulo 1°.- Apruébense los pliegos de condiciones particulares y de especificaciones técnicas que como Anexo forman parte integrante de la presente Disposición y que regirán la presente Contratación. Articulo 2°.- Autorizase el llamado al Proceso de Compra N° 418-0488-LPU19, para el día 12 de abril de 2019 a las 15:00 hs., al amparo de lo establecido en el Art.31 del Capítulo IV del Título Tercero de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley n° 5666), para tramitar la adquisición de rotador de guía, stent coronario, catéter ventricular y otros para el Servicio de Cardiología, por un importe de $ 2.938.800,00( PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS). Articulo 3°.- Publíquese en la Cartelera Oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones, conforme lo establecen los Arts. 97 y 98 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley n° 5454), y su Decreto Reglamentario 95/14. Articulo 4°.- La erogación que demande la presente gestión será imputada en la correspondiente Partida Presupuestaria del Ejercicio actual y futuro. Artículo 5°.- Establécese que los pliegos serán gratuitos. Artículo 6°.- Regístrese y para su conocimiento y demás fines remítase al Departamento de Despacho y la División Compras, para la prosecución de su trámite. Previgliano

DISPOSICIÓN N.° 448/HGAJAF/19

Buenos Aires, 8 de abril de 2019 VISTO el Expediente Electrónico Nº 9.225.550-MGEYA-19, la Ley nº 2095 (B.O.C.B.A. N° 2257) (texto consolidado por Ley n° 5666) y su Decreto Reglamentario n° 326-17, Resolución n° 424/MCHGC/13, Disposición n° 1274/DGCYC/17; y: CONSIDERANDO: Que, en el mencionado actuado tramita la Adquisición de Balón de valvuloplastía mitral para el Servicio de Hemodinamia, obrando la registración presupuestaria en el orden N° 5, por un importe de $ 1.050.000,00 (PESOS UN MILLÓN CINCUENTA MIL); Que, dado que resulta indispensable y urgente contar con los insumos solicitados y que los mismos no se encuentran en el listado de compras programadas a Nivel Central, ni pueden ser adquiridos a través de los Convenios Marco, corresponde su adquisición bajo la modalidad prevista en el Art.31 y primera parte del Art. 32 del Capítulo IV del Título Tercero de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley n° 5666); Que, por Disposición Nº 1274-DGCyC-17, la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo N° 18 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley n° 5666) se aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;

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Que, mediante Resolución Nº 1226/MS/07 (BOCBA Nº 2714) se constituyó como Unidad Operativa de Adquisiciones en el ámbito del Ministerio de Salud, al Hospital General de Agudos "Juan A. Fernández", conforme lo dispuesto por el Artículo 17º del Anexo I del Decreto reglamentario Nº 326-17; Que, obran como anexos A), B) y C) de la presente Disposición los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Anexo II del Decreto n° 326-17 reglamentario de la Ley nº 2095, se autoriza a este Organismo a efectuar el llamado a Licitación Pública, al amparo de lo establecido en el Art.31 y primera parte del Art. 32 del Capítulo IV del Título Tercero de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley n° 5666);

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS JUAN A. FERNANDEZ

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DISPONE

Articulo 1°.- Apruébense los pliegos de condiciones particulares y de especificaciones técnicas que como Anexo forman parte integrante de la presente Disposición y que regirán la presente Contratación. Articulo 2°.- Autorizase el llamado al Proceso de Compra N° 418-0490-LPU19, para el día 16 de abril de 2019 a las 17:00 hs., al amparo de lo establecido en el Art.31 y primera parte del Art. 32 del Capítulo IV del Título Tercero de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley n° 5666), para tramitar la Adquisición de Balón de valvuloplastía mitral para el Servicio de Hemodinamia, por un importe de $ 1.050.000,00 (PESOS UN MILLÓN CINCUENTA MIL);

Articulo 3°.- Publíquese en la Cartelera Oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones, conforme lo establecen los Arts. 99 y 100 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley n° 5666), y su Decreto Reglamentario 326/17. Articulo 4°.- La erogación que demande la presente gestión será imputada en la correspondiente Partida Presupuestaria del Ejercicio actual y futuro. Artículo 5°.- Establécese que los pliegos serán gratuitos. Artículo 6°.- Regístrese y para su conocimiento y demás fines remítase al Departamento de Despacho y la División Compras, para la prosecución de su trámite. Previgliano

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ANEXO

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Ministerio de Educación e Innovación

DISPOSICIÓN N.° 249/DGAR/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley 6.017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto Reglamentario Nº 287/18, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, Disposición Nº 1274/DGCYC/17, La Disposición Nº 113/DGAR/2019, el EX-2019-04271093- MGEYA-DGMESC, y CONSIDERANDO: Que por el actuado mencionado en el Visto tramita la adquisición de un módulo de control biométrico de presentismo, con el fin de realizar el control de asistencia al personal del Ministerio de Educación e Innovación, en el edificio ubicado en la calle San Juan 250, CABA; Que mediante Disposición Nº 113/GCABA/DGAR/19, la Dirección General de Administración de Recursos aprobó los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y dispuso el llamado a Contratación Menor N° 545-0291-CME19 para el día 26 de febrero de 2019 a las 10 hs., al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017); Que la mencionada Disposición ha sido debidamente publicada en el Boletín Oficial y en la página Buenos Aires Compras del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el sistema Buenos Aires Compras generó el 26 de febrero de 2019 a las 10 hs., el Acta de Apertura el cual informa la recepción de las ofertas correspondientes a las firmas: PREVENT SOLUTION S.A. y ID GROUP S.A.; Que la Dirección General de Mantenimiento Escolar prestó el asesoramiento técnico correspondiente (NO-2019-08376262-GCABA-DGMESC); Que la presente contratación de acuerdo lo reglamentado en el Artículo 38 de la Ley N° 2095, Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio 287/18, carece de Dictamen de evaluación de ofertas, por lo que no se reciben impugnaciones; Que a través de NO-2019-09546820-DGMESC la Gerencia Operativa de Mitigación de Riesgos dependiente de la Dirección General de Mantenimiento Escolar, solicita dejar sin efecto la contratación debido un error de detalle en el Pliego de Especificaciones técnicas; Que atento a lo solicitado por la Dirección General de Mantenimiento a Escuelas, se hace necesario dejar sin efecto la presente contratación; Que los organismos contratantes pueden dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes, conforme lo dispuesto por el artículo 84 de la Ley 2095 (texto consolidado según ley N° 6.017), su Decreto Reglamentario Nº 326/GCBA/17 y su modificatorio 287/GCBA/18; Que el artículo 111 de la citada Ley señala "El órgano contratante podrá dejar sin efecto la adjudicación antes del perfeccionamiento del contrato sin que éste genere indemnización alguna"; Que, en ese mismo sentido, el artículo 26 del Pliego de Condiciones Particulares, establece: "...El órgano contratante podrá dejar sin efecto la adjudicación antes del

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perfeccionamiento del contrato sin que éste genere indemnización alguna." Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado su debida intervención. Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley Nº 6.017), Decreto Nº 326/17 y su modificatorio 287/18,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Dejase sin efecto la Contratación Menor N° 545- 0291-CME19, por no detallarse correctamente las Especificaciones Técnicas de acuerdo a lo informado a través de la NO-2019-09546820-GCABA-DGMESC Artículo 2.- Pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones a los fines de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y en la Página Web del Sistema de Compras "BAC" www.buenosairescompras.gob.ar y su notificación fehaciente a las firmas intervinientes conforme a las previsiones establecidas en el artículo 62 y subsiguientes de la Ley de procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos aires. Peire

DISPOSICIÓN N.° 250/DGAR/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Disposición Nº 1274/DGCYC/17, el EX-2019-04208920-MGEYA-DGESCA, y CONSIDERANDO Que por el actuado mencionado en el visto tramita la contratación de las instalaciones del Club Social Cultural y Deportivo del Barrio M. T. de Alvear “Alvear Club“ Asociación Civil, sitas en calle José Enrique Rodo N° 4190 de esta Ciudad, para el desarrollo de las actividades del Proyecto "Jornada Extendida, solicitado por la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa; Que conforme al IF-2019-04209528-DGESCA donde se destaca que: "la cercanía con las Escuelas resulta un factor fundamental y determinante para su selección, toda vez, que facilita el acceso y traslado de los alumnos de ese establecimiento educativo. Asimismo, la institución es considerada una referencia barrial, reconocida y generadora de un ambiente familiar e inclusivo, comprendiendo y aportando recursos a la sociedad y a la comunidad educativa que la rodea. De esta forma constituye un punto de encuentro en el barrio, propiciando la consolidación de la relación de las familias y las escuelas con la comunidad que integran. A su vez, dispone de horarios y espacios suficientes para el desarrollo de las actividades relativas a los Proyectos de los establecimientos educativos en cuestión y cuenta con una variedad de áreas y mobiliario (canchas, aulas, baños, mesas, sillas, armarios) que satisface las necesidades técnicas y pedagógicas del Proyecto. Por otro lado, la institución es sugerida y recomendada por los equipos de conducción, docentes y supervisores escolares, dada la importancia que otorga en su labor diaria al contexto social y la comunidad educativa";

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 235

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Que la presente Contratación Directa por Especialidad puede encuadrarse dentro de los términos del Artículo 28 inciso 4 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18; Que por intermedio de la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13 se estableció que a partir del 1 de Agosto de 2013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley N° 2.095 que realicen todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán realizarse por medio del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC); Que por Disposición Nº 1274/DGCYC/17 el Órgano Rector ha aprobado el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para procesos de compras y contrataciones mediante BAC; Que la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones elaboró el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa el Pliego de Especificaciones Técnicas, para el llamado a Contratación Directa; Que obra la Solicitud de Gastos debidamente valorizada en su etapa preventiva de fondos, con cargo al ejercicio 2019. Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Apruébense los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2019-10532188-DGAR) y Especificaciones Técnicas (IF-2019-04537931--SSCPEE) que regirán en la presente contratación. Artículo 2.- Llámese a Contratación Directa Nº 545-0514-CDI19 para el día 15 de abril de 2019 a las 10 hs., al amparo de lo establecido en el Artículo 28 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), por intermedio del Sistema de compras electrónicas BAC, para la contratación de las instalaciones del Club Social Cultural y Deportivo del Barrio M. T. de Alvear “Alvear Club“ Asociación Civil, sitas en calle José Enrique Rodo N° 4190 de esta Ciudad, para el desarrollo de las actividades del Proyecto "Jornada Extendida, solicitado por la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, por un monto de pesos ochenta y ocho mil setecientos cuatro ($88.704). Artículo 3.- El gasto que demande la presente fue imputado en la partida respectiva. Artículo 4.- Remítanse las invitaciones de acuerdo a lo establecido en los Artículos 97 y 98, concordantes de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), y publíquese el llamado en la página Web, www.buenosairescompras.gob.ar Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el Artículo 94 del Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18. Peire

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ANEXO

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DISPOSICIÓN N.° 251/DGAR/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Disposición Nº 1274/DGCYC/17, el EX-2019-04239512-MGEYA-DGESCA, y CONSIDERANDO Que por el actuado mencionado en el visto tramita la contratación de las instalaciones de la "Asociación vecinal de fomento Los Amigos de Villa Luro y Biblioteca Pública José Manuel Estrada, para el desarrollo de las actividades del Proyecto "Jornada Extendida", solicitado por la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa. Que conforme al IF-2019-04239781-DGESCA, donde se destaca que: "la cercanía con las Escuelas resulta un factor fundamental y determinante para su selección, toda vez, que facilita el acceso y traslado de los alumnos de ese establecimiento educativo. Asimismo, la institución es considerada una referencia barrial, reconocida y generadora de un ambiente familiar e inclusivo, comprendiendo y aportando recursos a la sociedad y a la comunidad educativa que la rodea. De esta forma constituye un punto de encuentro en el barrio, propiciando la consolidación de la relación de las familias y las escuelas con la comunidad que integran. A su vez, dispone de horarios y espacios suficientes para el desarrollo de las actividades relativas a los Proyectos de los establecimientos educativos en cuestión y cuenta con una variedad de áreas y mobiliario (canchas, aulas, baños, mesas, sillas, armarios) que satisface las necesidades técnicas y pedagógicas del Proyecto. Por otro lado, la institución es sugerida y recomendada por los equipos de conducción, docentes y supervisores escolares, dada la importancia que otorga en su labor diaria al contexto social y la comunidad educativa" Que la presente Contratación Directa por Especialidad puede encuadrarse dentro de los términos del Artículo 28 inciso 4 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18; Que por intermedio de la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13 se estableció que a partir del 1 de Agosto de 2013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley N° 2.095 que realicen todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán realizarse por medio del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC); Que por Disposición Nº 1274/DGCYC/17 el Órgano Rector ha aprobado el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para procesos de compras y contrataciones mediante BAC; Que esta Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones elaboró el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa el Pliego de Especificaciones Técnicas, para el llamado a Contratación Directa;

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Que obra la Solicitud de Gastos debidamente valorizada en su etapa preventiva de fondos, con cargo al ejercicio 2019. Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Apruébense los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2019-10464997-DGAR) y Especificaciones Técnicas (IF-2019-04539021-SSCPEE) que regirán en la presente contratación. Artículo 2.- Llámese a Contratación Directa Nº 545-0510-CDI19 para el día 12 de abril de 2019 a las 12 hs., al amparo de lo establecido en el Artículo 28 Inciso 4 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), por intermedio del Sistema de compras electrónicas BAC, para la contratación de las instalaciones de la "Asociación vecinal de fomento Los Amigos de Villa Luro y Biblioteca Pública José Manuel Estrada“, para el desarrollo de las actividades del Proyecto "Jornada Extendida", solicitado por la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, por un monto de pesos ciento veintidós mil cuatrocientos ($ 122.400). Artículo 3.- El gasto que demande la presente fue imputado en la partida respectiva. Artículo 4.- Remítanse las invitaciones de acuerdo a lo establecido en los Artículos 97 y 98, concordantes de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), y publíquese el llamado en la página Web, www.buenosairescompras.gob.ar Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el Artículo 94 del Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18. Peire

DISPOSICIÓN N.° 252/DGAR/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Disposición Nº 1274/DGCYC/17, el EX-2019-04286668-MGEYA-DGESCA, y CONSIDERANDO Que por el actuado mencionado en el visto tramita la contratación de las instalaciones de las dos sedes de "Fundación Nueva Generación del Deporte", para el desarrollo de las actividades del Proyecto "Jornada Extendida", solicitado por la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa.

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ANEXO

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Que conforme al IF-2019-04287751-DGESCA, donde se destaca que: "la cercanía con las Escuelas resulta un factor fundamental y determinante para su selección, toda vez, que facilita el acceso y traslado de los alumnos de ese establecimiento educativo. Asimismo, la institución es considerada una referencia barrial, reconocida y generadora de un ambiente familiar e inclusivo, comprendiendo y aportando recursos a la sociedad y a la comunidad educativa que la rodea. De esta forma constituye un punto de encuentro en el barrio, propiciando la consolidación de la relación de las familias y las escuelas con la comunidad que integran. A su vez, dispone de horarios y espacios suficientes para el desarrollo de las actividades relativas a los Proyectos de los establecimientos educativos en cuestión y cuenta con una variedad de áreas y mobiliario (canchas, aulas, baños, mesas, sillas, armarios) que satisface las necesidades técnicas y pedagógicas del Proyecto. Por otro lado, la institución es sugerida y recomendada por los equipos de conducción, docentes y supervisores escolares, dada la importancia que otorga en su labor diaria al contexto social y la comunidad educativa" Que la presente Contratación Directa por Especialidad puede encuadrarse dentro de los términos del Artículo 28 inciso 4 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18; Que por intermedio de la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13 se estableció que a partir del 1 de Agosto de 2013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley N° 2.095 que realicen todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán realizarse por medio del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC); Que por Disposición Nº 1274/DGCYC/17 el Órgano Rector ha aprobado el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para procesos de compras y contrataciones mediante BAC; Que esta Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones elaboró el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa el Pliego de Especificaciones Técnicas, para el llamado a Contratación Directa; Que obra la Solicitud de Gastos debidamente valorizada en su etapa preventiva de fondos, con cargo al ejercicio 2019. Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Apruébense los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2019-10483782-DGAR) y Especificaciones Técnicas (IF-2019-04539396-SSCPEE) que regirán en la presente contratación. Artículo 2.- Llámese a Contratación Directa Nº 545-0513-CDI19 para el día 12 de abril de 2019 a las 14 hs., al amparo de lo establecido en el Artículo 28 Inciso 4 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), por intermedio del Sistema de compras electrónicas BAC, para la contratación de las instalaciones de las dos sedes de "Fundación Nueva Generación del Deporte", para el desarrollo de las actividades del Proyecto "Jornada Extendida", solicitado por la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, por un monto de pesos ciento setenta y siete mil cuatrocientos ocho ($ 177.408). Artículo 3.- El gasto que demande la presente fue imputado en la partida respectiva.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 239

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Artículo 4.- Remítanse las invitaciones de acuerdo a lo establecido en los Artículos 97 y 98, concordantes de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), y publíquese el llamado en la página Web, www.buenosairescompras.gob.ar Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el Artículo 94 del Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18. Peire

DISPOSICIÓN N.° 254/DGAR/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Disposición Nº 1274/DGCYC/17, el EX-2019-04312666-MGEYA-DGESCA, y CONSIDERANDO Que por el actuado mencionado en el visto tramita la contratación de las instalaciones del Club Atlético Parque de los Patricios para el desarrollo de las actividades del Proyecto "Jornada Extendida", solicitado por la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa; Que conforme al IF-2019-04312918-GCABA-MEIGC donde se destaca que: "la cercanía con las Escuelas resulta un factor fundamental y determinante para su selección, toda vez, que facilita el acceso y traslado de los alumnos de ese establecimiento educativo. Asimismo, la institución es considerada una referencia barrial, reconocida y generadora de un ambiente familiar e inclusivo, comprendiendo y aportando recursos a la sociedad y a la comunidad educativa que la rodea. De esta forma constituye un punto de encuentro en el barrio, propiciando la consolidación de la relación de las familias y las escuelas con la comunidad que integran. A su vez, dispone de horarios y espacios suficientes para el desarrollo de las actividades relativas a los Proyectos de los establecimientos educativos en cuestión y cuenta con una variedad de áreas y mobiliario (canchas, aulas, baños, mesas, sillas, armarios) que satisface las necesidades técnicas y pedagógicas del Proyecto. Por otro lado, la institución es sugerida y recomendada por los equipos de conducción, docentes y supervisores escolares, dada la importancia que otorga en su labor diaria al contexto social y la comunidad educativa"; Que la presente Contratación Directa por Especialidad puede encuadrarse dentro de los términos del Artículo 28 inciso 4 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18; Que por intermedio de la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13 se estableció que a partir del 1 de Agosto de 2013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley N° 2.095 que realicen todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán realizarse por medio del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC);

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 240

ANEXO

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Que por Disposición Nº 1274/DGCYC/17 el Órgano Rector ha aprobado el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para procesos de compras y contrataciones mediante BAC; Que esta Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones elaboró el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa el Pliego de Especificaciones Técnicas, para el llamado a Contratación Directa; Que obra la Solicitud de Gastos debidamente valorizada en su etapa preventiva de fondos, con cargo al ejercicio 2019. Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Apruébense los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2019-10689719-DGAR) y Especificaciones Técnicas (IF-2019-04633352-GCABA-SSCPEE) que regirán en la presente contratación. Artículo 2.- Llámese a Contratación Directa Nº 545-0289-CDI19 para el día 16 de abril de 2019 a las 11 hs., al amparo de lo establecido en el Artículo 28 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), por intermedio del Sistema de compras electrónicas BAC, para la contratación de las instalaciones del Club Atlético Parque de los Patricios para el desarrollo de las actividades del Proyecto "Jornada Extendida", solicitado por la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, por un monto de pesos ciento veintiún mil novecientos sesenta y ocho ($121.968). Artículo 3.- El gasto que demande la presente fue imputado en la partida respectiva. Artículo 4.- Remítanse las invitaciones de acuerdo a lo establecido en los Artículos 97 y 98, concordantes de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), y publíquese el llamado en la página Web, www.buenosairescompras.gob.ar Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el Artículo 94 del Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18. Peire

DISPOSICIÓN N.° 256/DGAR/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Disposición Nº 1274/DGCYC/17, el EX-2019-04612384-MGEYA-DGESCA, y CONSIDERANDO:

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 241

ANEXO

Que por el actuado mencionado en el visto tramita la contratación de las instalaciones

Page 242: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

del "Club Social y Deportivo Yupanqui Asociación Civil", para el desarrollo de las actividades del Proyecto "Jornada Extendida", solicitado por la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa. Que conforme al IF-2019-04614395-DGESCA, donde se destaca que: "la cercanía con las Escuelas resulta un factor fundamental y determinante para su selección, toda vez, que facilita el acceso y traslado de los alumnos de ese establecimiento educativo. Asimismo, la institución es considerada una referencia barrial, reconocida y generadora de un ambiente familiar e inclusivo, comprendiendo y aportando recursos a la sociedad y a la comunidad educativa que la rodea. De esta forma constituye un punto de encuentro en el barrio, propiciando la consolidación de la relación de las familias y las escuelas con la comunidad que integran. A su vez, dispone de horarios y espacios suficientes para el desarrollo de las actividades relativas a los Proyectos de los establecimientos educativos en cuestión y cuenta con una variedad de áreas y mobiliario (canchas, aulas, baños, mesas, sillas, armarios) que satisface las necesidades técnicas y pedagógicas del Proyecto. Por otro lado, la institución es sugerida y recomendada por los equipos de conducción, docentes y supervisores escolares, dada la importancia que otorga en su labor diaria al contexto social y la comunidad educativa" Que la presente Contratación Directa por Especialidad puede encuadrarse dentro de los términos del Artículo 28 inciso 4 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18; Que por intermedio de la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13 se estableció que a partir del 1 de Agosto de 2013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley N° 2.095 que realicen todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán realizarse por medio del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC); Que por Disposición Nº 1274/DGCYC/17 el Órgano Rector ha aprobado el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para procesos de compras y contrataciones mediante BAC; Que la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones elaboró el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa el Pliego de Especificaciones Técnicas, para el llamado a Contratación Directa; Que obra la Solicitud de Gastos debidamente valorizada en su etapa preventiva de fondos, con cargo al ejercicio 2019. Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Apruébense los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2019-10689593-DGAR) y Especificaciones Técnicas (IF-2019-04634485-SSCPEE) que regirán en la presente contratación.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 242

Page 243: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Artículo 2.- Llámese a Contratación Directa Nº 545-0525-CDI19 para el día 12 de abril de 2019 a las 12 hs., al amparo de lo establecido en el Artículo 28 Inciso 4 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), por intermedio del Sistema de compras electrónicas BAC, para la contratación de las instalaciones del "Club Social y Deportivo Yupanqui Asociación Civil", para el desarrollo de las actividades del Proyecto "Jornada Extendida", solicitado por la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, por un monto de pesos ciento veintiún mil novecientos sesenta y ocho ($ 121.968). Artículo 3.- El gasto que demande la presente fue imputado en la partida respectiva. Artículo 4.- Remítanse las invitaciones de acuerdo a lo establecido en los Artículos 97 y 98, concordantes de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), y publíquese el llamado en la página Web, www.buenosairescompras.gob.ar Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el Artículo 94 del Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18. Peire

DISPOSICIÓN N.° 257/DGAR/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Disposición Nº 1274/DGCYC/17, la Disposición Nº 205/DGAR/2019, el EX-2019-04198605-MGEYA-DGESCA, y CONSIDERANDO Que por el actuado mencionado en el visto tramita la contratación del "Club Social y Deportivo Telégrafo y Crisol Unidos", para el desarrollo de las actividades del Proyecto "Jornada Extendida", solicitada por la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa; Que la presente Contratación Directa puede encuadrarse dentro de los términos del Artículo 28 Inciso 4 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18; Que por intermedio de la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13 se estableció que a partir del 1 de Agosto de 2013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley N° 2.095 que realicen todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán realizarse por medio del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC); Que por Disposición Nº 1274/DGCYC/17 el Órgano Rector ha aprobado el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para procesos de compras y contrataciones mediante BAC;

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 243

ANEXO

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Que mediante Disposición Nº 205/DGAR/2019, esta Dirección General aprobó los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, para el llamado a Contratación Directa 545-0293-CDI19 para el día 27 de marzo de 2019 a las 14hs., al amparo de lo establecido en el Artículo 28° Inciso 4 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N ° 6.017); Que el sistema Buenos Aires Compras generó el día 27 de marzo de 2019 a las 14hs. el Acta de Apertura, la cual informa que no se recibieron ofertas, resultando el estado de la Contratación Desierto; Que en ese sentido, la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley Nº 6.017) estipula en su Artículo 13°, las "Formalidades de las actuaciones" - Debe dictarse el acto administrativo respectivo, con los requisitos establecidos en el Artículo 7° de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como mínimo en las siguientes actuaciones, sin perjuicio de otras que por su importancia lo hicieran necesario y en el punto e) establece "La declaración de que el llamado hubiere resultado desierto o fracasado"; Que el Decreto 326/GCABA/17 (reglamentario de la Ley N° 2095) estipula respecto a lo expuesto que "La declaración de que el llamado hubiere resultado desierto o fracasado, es dispuesta por la autoridad que resulte competente de acuerdo con los niveles de decisión y cuadro de competencias aprobado en el artículo 2º del presente Decreto, o el que en el futuro lo reemplace"; Que toda vez que persiste la necesidad de efectuar la contratación que nos ocupa, corresponde realizar un nuevo llamado; Que obra la Solicitud de Gastos debidamente valorizada en su etapa preventiva de fondos, con cargo al ejercicio 2019. Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Declárese desierto el Proceso Nº 545-0293-CDI19 Artículo 2.- Apruébense los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2019-08677729-DGAR) y Especificaciones Técnicas (IF-2019-04537048-SSCPEE) que regirán en la presente contratación. Artículo 3.- Llámese a Contratación Directa Nº 545-0496-CDI19 para el día 12 de abril de 2019 a las 14 hs., al amparo de lo establecido en el Artículo 28 Inciso 4 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), por intermedio del Sistema de compras electrónicas BAC, para la contratación del "Club Social y Deportivo Telégrafo y Crisol Unidos", para el desarrollo de las actividades del Proyecto "Jornada Extendida", solicitado por la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, por un monto de pesos ciento veintiún mil novecientos sesenta y ocho con 00/100 ($ 121.968.-). Artículo 4.- El gasto que demande la presente fue imputado en la partida respectiva. Artículo 5.- Remítanse las invitaciones de acuerdo a lo establecido en los Artículos 97 y 98, concordantes de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), y publíquese el llamado en la página Web, www.buenosairescompras.gob.ar. Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el Artículo 94 del Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18. Peire

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DISPOSICIÓN N.° 258/DGAR/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Disposición Nº 1274/DGCYC/17, la Disposición Nº 186/DGAR/2019, la Disposición Nº 219/DGAR/2019, el EX-2019-04206210-MGEYA-DGESCA, y CONSIDERANDO Que por el actuado mencionado en el visto tramita la contratación de las instalaciones del "Club Social y Deportivo “Miriñaque“, para el desarrollo de las actividades del Proyecto "Jornada Extendida", solicitado por la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa; Que la presente Contratación Directa puede encuadrarse dentro de los términos del Artículo 28 Inciso 4 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18; Que por intermedio de la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13 se estableció que a partir del 1 de Agosto de 2013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley N° 2.095 que realicen todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán realizarse por medio del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC); Que por Disposición Nº 1274/DGCYC/17 el Órgano Rector ha aprobado el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para procesos de compras y contrataciones mediante BAC; Que mediante Disposición Nº 186/DGAR/2019, esta Dirección General aprobó los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, para el llamado a Contratación Directa 545-0286-CDI19 para el día 22 de marzo de 2019 a las 14:00 hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 28° Inciso 4 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N ° 6.017); Que se postergó la fecha de apertura de dicha contratación por Disposición Nº 219/DGAR/2019 para el día 29 de marzo de 2019 a las 14:00 hs por razones administrativas ajenas a esta dependencia; Que el sistema Buenos Aires Compras generó el día 29 de marzo de 2019 a las 14 horas el Acta de Apertura, la cual informa que no se recibieron ofertas, resultando el estado de la Contratación Desierto; Que en ese sentido, la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley Nº 6.017) estipula en su Artículo 13°, las "Formalidades de las actuaciones" - Debe dictarse el acto administrativo respectivo, con los requisitos establecidos en el Artículo 7° de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como mínimo en las siguientes actuaciones, sin perjuicio de otras que por su importancia lo hicieran necesario y en el punto e) establece "La declaración de que el llamado hubiere resultado desierto o fracasado"; Que el Decreto 326/GCABA/17 (reglamentario de la Ley N° 2095) estipula respecto a

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lo expuesto que "La declaración de que el llamado hubiere resultado desierto o fracasado, es dispuesta por la autoridad que resulte competente de acuerdo con los niveles de decisión y cuadro de competencias aprobado en el artículo 2º del presente Decreto, o el que en el futuro lo reemplace"; Que toda vez que persiste la necesidad de efectuar la contratación que nos ocupa, corresponde realizar un nuevo llamado; Que se efectuó la imputación presupuestaria en la partida respectiva. Que obra la Solicitud de Gastos debidamente valorizada en su etapa preventiva de fondos, con cargo al ejercicio 2019; Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Declárese desierto el Proceso Nº 545-0286-CDI19 por no recibir ofertas. Artículo 2.- Apruébense los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2019-08049578-DGAR) y Especificaciones Técnicas (IF-2019-04537658-SSCPEE) que regirán en la presente contratación. Artículo 3.- Llámese a Contratación Directa Nº 545-0522-CDI19 para el día 12 de abril de 2019 a las 14 hs., al amparo de lo establecido en el Artículo 28 Inciso 4 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), por intermedio del Sistema de compras electrónicas BAC, para la contratación de las instalaciones del Club Social y Deportivo “Miriñaque“, para el desarrollo de las actividades del Proyecto "Jornada Extendida", solicitado por la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, por un monto de pesos ciento veintiún mil novecientos sesenta y ocho ($ 121.968). Artículo 4.- El gasto que demande la presente fue imputado en la partida respectiva. Artículo 5.- Remítanse las invitaciones de acuerdo a lo establecido en los Artículos 97 y 98, concordantes de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), y publíquese el llamado en la página Web, www.buenosairescompras.gob.ar Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el Artículo 94 del Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18. Peire

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Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

DISPOSICIÓN N.° 15/DGOINFU/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: Las Leyes Nros. 5460 y 2095 (Textos Consolidados por la Ley N° 6.017), la Ley 5960, los DECTO-2018-119-AJG, Decretos Nros. 363/GCBA/15 y sus modificatorios 141/GCBA/16 y 675/GCBA/16, 326/AJG/17, la Resolución MDUYTGC N° 165/17 y su modificatoria RESOL-2017-736-MDUYTGC, Resolución 2018-501-SSREGIC, la Disposición DGCYC N° 396/14, Disposición 1274,-DGCYC -2017, DI-2019-13-GCABA-DGOINFU, el EX-2019-08423994- -GCABA-DGOINFU, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Ley Nº 5.960 sustituye el artículo 2° del Título II de la mencionada Ley N° 5.460 estableciendo que el Jefe de Gabinete de Ministros y nueve (9) Ministros tendrán a su cargo el despacho de los asuntos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el DECTO-2018-119-AJG modifico, a partir del 27 de abril de 2018, la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que fuera aprobada por Decreto N° 363/15 y modificatorios; Que, por el presente actuado, el Director General de Obras de Infraestructura Urbana solicitó la Contratación Menor de "Adquisición de Computadora para la Dirección General de Obras de Infraestructura Urbana"; Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión; Que, por DI-2019-13-DGOINFU se aprobaron los Términos de Referencia (PLIEG-2019-08716789-DGOINFU) para el llamado a Contratación Menor denominada "Adquisición de Computadora para la Dirección General de Obras de Infraestructura Urbana", según lo normado por el Art. 38, de la Ley 2095 (texto consolidado según Ley Nº 6017).- Que, mediante Disposición Nº 13-DGOINFU-2019, se dispuso el llamado a Contratación Menor BAC N° 381-0792-CME19 para el día 3 de abril de 2019 a las 13:00 hs; Que, tal como luce en el Acta de Apertura, se recibió la propuesta de "EZEQUIEL MARIANO OUTON, C.U.I.T. 20-32593751-4, RODRIGO PADRO, C.U.I.T. 20-29480423-5, IVAN EZEQUIEL ARDIZON, C.U.I.T. 20-22294264-1, SERVICIOS GLOBALES DE INFORMATICA S.A., C.U.I.T. 30-70773845-2; Que, del Informe IF-2019-10517686-DGOINFU, se desprende que resulta conveniente adjudicar la "Adquisición de Computadora para la Dirección General de Obras de Infraestructura Urbana", por el monto total de PESOS SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS ($ 75.900,00) a "EZEQUIEL MARIANO OUTON, C.U.I.T. 20-32593751-4" Renglón 1; Que por Decreto N° 326/AJG/17 se aprobó la reglamentación de la Ley N° 2.095 de Compras y Contrataciones (Texto Consolidado por Ley N° 6.017) se implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad

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Autónoma de Buenos Aires, denominado Buenos Aires Compras (BAC), con alcance a todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, asimismo, el referido decreto aprobó las normas de Procedimiento de Compras y Contrataciones que realiza el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del portal denominado BAC; Que, por Disposición DGCYC N° 1.274/17, la Dirección General de Compras y Contrataciones, en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el entonces artículo 85 de la Ley N° 2.095, aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales mediante BAC; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 326/17 reglamentario de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017);

EL DIRECTOR GENERAL DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA URBANA,

DISPONE Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Menor N° 381-0792-CME19 realizada al amparo de lo establecido por la Ley 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.017). Artículo 2º.- Adjudícase la "Adquisición de Computadora para la Dirección General de Obras de Infraestructura Urbana" a "EZEQUIEL MARIANO OUTON, C.U.I.T. 20-32593751-4" Renglón 1, POR PESOS SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS ($ 75.900,00). Artículo 3°.- Autorízase a la Subgerencia Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en los sitios de internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, www.compras.buenosaires.gob.ar y www.buenosairescompras.gob.ar y notifiquese a las empresas participantes, comuníquese a la Subsecretaría de de Obras y remítase a la Subgerencia Operativa de Compras, Contrataciones y Suministros dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte para la prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Rosales

DISPOSICIÓN N.° 389/DGIUR/19

Buenos Aires, 29 de marzo de 2019 VISTO: El Expediente Nº 33.221.919/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Comercio minorista de artículos de óptica, fotografía" y "De artículos personales y para regalos", para el inmueble sito en la calle Florida Nº 838 /846 Planta Baja y Sótano- UF Nº 4, con una superficie a habilitar de 37,73 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a Áreas de Protección Histórica Específicas: APH 51, "Catedral al Norte". Zona: 3; Que los usos para los inmuebles del área no comprendidos en el "Listado de Inmuebles Catalogados" en dicho Distrito APH serán los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos Nº 5.2.1 para el Distrito C2 del Código de Planeamiento Urbano;

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Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 9329269-DGIUR-2019, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el APH 51; Que los usos consignados permitidos en el Cuadro de Usos 5.2.1a .del Código de Planeamiento Urbano para el Distrito C2: "Comercio minorista de Óptica, fotografía. Se admite como actividad complementaria un taller de reparación que integre la unidad de uso, sin superar el 20% del total de la superficie total de la unidad de uso, salvo que estuviera permitido como actividad independiente. Ley N° 123: S.R.E." y "Comercio minorista de Textiles, pieles, cueros, artículos personales, del hogar y afines. Regalos. Ley N° 123: S.R.E."; Que asimismo, por DECRETO Nº 87/19 el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó los cuadros de asimilación de Rubros conforme los Rubros y Descripciones del Código Urbanístico, correspondiendo asimilar los rubros visados precedentemente a los rubros “1.8.14.Óptica y fotografía“ y "1.8 Comercio minorista excluido comestibles como uso principal" del código Urbanístico Ley 6.099/18; Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado; Que se visan los usos Permitidos Comercio minorista de Óptica, fotografía. Se admite como actividad complementaria un taller de reparación que integre la unidad de uso, sin superar el 20% del total de la superficie total de la unidad de uso, salvo que estuviera permitido como actividad independiente. Ley N° 123: S.R.E." y "Comercio minorista de Textiles, pieles, cueros, artículos personales, del hogar y afines. Regalos. Ley N° 123: S.R.E." para el inmueble sito en la calle Florida Nº 838 /846 Planta Baja y Sótano- UF Nº 4, con una superficie de 37.73 m². Se deja constancia que el visado no implica la habilitación de los usos solicitados; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE Artículo 1º.- Autorízase, desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización de los usos “1.8.14.Óptica y fotografía“ y "1.8 Comercio minorista excluido comestibles como uso principal", para el inmueble sito en la calle Florida Nº 838 /846 Planta Baja y Sótano- UF Nº 4, con una superficie a habilitar de 37,73 m², (Treinta y siete metros cuadrados con setenta y tres centímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Copola

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DISPOSICIÓN N.° 390/DGIUR/19

Buenos Aires, 29 de marzo de 2019 VISTO: El Expediente Nº 7.503.521/2019 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Oficina comercial", para el inmueble sito en la calle 25 De Mayo Nº 306 2º piso, con una superficie a habilitar de 124,72 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a Áreas de Protección Histórica Específicas: APH 51 "Catedral Norte". Zona: 1; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 9329120-DGIUR-2019, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el APH 51; Que según lo establecido en el parágrafo 3.7.1 APH51 - del Código Urbanístico: Para los Usos según zonas: El Área se subdivide en áreas según el carácter predominante de cada una de ellas y los usos permitidos en las mismas son los que se detallan en el Cuadro de Usos del Suelo Nº 3.3. El inmueble en cuestión se encuentra en la Zona 1, cual le corresponde Área 4 (alta mixtura de usos del suelo); Que en el Cuadro de Usos del Suelo Nº 3.3 del Código Urbanístico para el área de mixtura 4, Los usos solicitados: "Oficina comercial" se encuentra contemplado en rubro expresamente consignado: 6.2.17. Oficina comercial /consultora se indica "SI" (Permitido en el Área de Mixtura de Usos); para estacionamiento con la referencia "9" (1 módulo cada 250m2 de la superficie total construida), para el requerimiento "Bici" con el numeral "g" (1 módulo cada 100m² de la superficie total construida), y en Observaciones "con la referencia PEC" (permitido edificio completo); Que los requerimientos para estacionamiento no son exigibles en este caso, toda vez que la superficie de la oficina es menor a 250m² y para Bici deberá cumplimentar con 1 módulo. Respecto a la observación "PEC" por Plano de Obra Registrado del año 1988 es un edificio Completo; Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado; Que se visa el uso permitido 6.2.17. Oficina comercial /consultora“ para el inmueble sito en la calle 25 De Mayo Nº 306 2º piso, con una superficie total: 124.72m². Se deja constancia que el visado no implica la habilitación de los mismos; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase, desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización del uso: "6.2.17. Oficina comercial /consultora“, para el inmueble sito en la

calle 25 De Mayo Nº 306, 2º piso, con una superficie a habilitar de 124,72 m², (Ciento veinticuatro metros cuadrados con setenta y dos centímetros cuadrados) debiendo cumplir con 1 módulo de estacionamiento para bicicletas, y con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.

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Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Copola

DISPOSICIÓN N.° 391/DGIUR/19

Buenos Aires, 29 de marzo de 2019 VISTO: El Expediente Nº 5.586.596/2019 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Instituto de Enseñanza - Academia de Idiomas", para el inmueble sito en la calle Hipólito Yrigoyen Nº 571, Piso 3. U.F. Nº 18-19-20-21-22-23 y 24 unificadas, con una superficie a habilitar de 188,92 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a las Áreas de Protección Histórica Específicas: APH 1, Av. De Mayo, subzona 9d; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 9329944-DGIUR-2019, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el APH 1; Que el uso en cuestión se sitúa en la planta del Piso 3, de un edificio existente con tipología de patio central alrededor del cual se distribuyen oficinas; Que en relación al uso solicitado se hace saber que serán los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos del Suelo Nº 3.3 para el Área de Media Mixtura de Usos 2. En dicho Cuadro, en la categoría EDUCACION, el rubro solicitado de "Instituto de Enseñanza-Academia de Idiomas" se encuentra comprendido en el rubro de "Instituto de Enseñanza para Adultos no Oficial con la referencia SI y la referencia 34 y d de estacionamiento para autos y bicicletas respectivamente. En relación al requerimiento de estacionamiento resultaría optativo en virtud de lo establecido en el C.U.R Ley 6.099; 3.14.9 En edificios ítem c) En edificios preexistentes cuando cuenten con planos aprobados con anterioridad al 01/05/1977 en los que se prevean usos de la Categoría Educación en todos sus rubros; Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado; Que por todo lo expuesto, la Gerencia Operativa de Usos del Suelo Urbano entiende que no existirían inconvenientes en la localización del rubro solicitado de "Instituto de Enseñanza - Academia de Idiomas", comprendido en el rubro de "Instituto de Enseñanza para Adultos no Oficial" para el edificio sito en la calle Hipólito Yrigoyen Nº 571, Piso 3- U.F. Nº 18-19-20-21-22-23 y 24 unificadas con una superficie de 188,92 m2, por no alterar los valores patrimoniales del área en cuestión;

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Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase, desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización del uso "Instituto de Enseñanza para Adultos no Oficial" para el inmueble sito en la calle Hipólito Yrigoyen Nº 571, Piso 3. U.F. Nº 18-19-20-21-22-23 y 24

unificadas, con una superficie a habilitar de 188,92 m², (Ciento ochenta y ocho metros cuadrados con noventa y dos centímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Copola

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Ministerio de Cultura

DISPOSICIÓN N.° 79/DGTALMC/19

Buenos Aires, 27 de marzo de 2019 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N° 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18, las Resoluciones Nº 08-GCBA/MHGC/12, N° 2481/MEFGC/18, N° 1/MCGC/18, las Disposiciones Nº 150/DGCYC/19 y Nº 1.274/DGCYC/17 y Nº 47/DGTALMC/2019 y el Expediente Electrónico Nº 05716567 /MGEYA/DGTALMC/ 2019, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente Electrónico citado en el visto tramita la Licitación Pública por el servicio de producción integral para la realización de la "3ª Cumbre de Cultura CGLU", la cual se realizara en la Usina del Arte del 3 al 5 de abril, por indicación del Sr. Ministro de Cultura, según NO-2019-05159293-GCBA-MCGC, de acuerdo con el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que la Licitación Pública es definida en el artículo 31 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N° 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18 como "una modalidad de contratación electrónica mediante la cual procurará el suministro directo de bienes y servicios"; Que asimismo este proceso se tramita por el Módulo Expediente Electrónico-EE, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Nº 08-GCBA/MHGC/12; Que por Resolución N° 2481/MEFGC/18 se aprobaron las Políticas, Términos y Condiciones de Uso del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones, denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que la Dirección General de Compras y Contrataciones por Disposición N° 150/DGCYC/19 aprobó el Procedimiento para la Administración de Perfiles y de Usuarios BAC y la matriz de asignación de Perfiles de Usuarios en el Ambiente Comprador; Que por Disposición Nº 1.274/DGCyC/17, la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que, mediante la Disposición N° 47/DGTALMC/2019, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Técnicas, correspondiente al proceso de compras N° 500-0196-LPu19, por el servicio de producción integral para la realización de la "3ª Cumbre de Cultura CGLU", la cual se realizara en la Usina del Arte del 3 al 5 de abril, de acuerdo con el procedimiento electrónico de adquisiciones y contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que, por el Art. 2° del aludido acto administrativo, se impulsó el correspondiente llamado para el día 26 de febrero de 2019 a las 10:00 horas, en los términos del artículo 31 y 32 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N° 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18 y habiéndose cumplido las instancias de difusión y notificación automatizadas mediante BAC, se procedió a efectuar la apertura electrónica de ofertas en la fecha y hora previstas;

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Que, como surge en el acta de apertura de propuestas (BAC), se recibieron SEIS (6) ofertas económicas; Que, de los procedimientos consecuentes resultó recomendada por el servicio de producción integral para la realización de la "3ª Cumbre de Cultura CGLU", la cual se realizara en la Usina del Arte del 3 al 5 de abril , la firma MANCINELLI GRUP - CUIT 30-71410858-8, según consta en IF-2019-08883082-GCABA-DGTALMC emitido por la Comisión evaluadora de ofertas dependiente de este Ministerio de Cultura, el renglón Nº 1, por cumplir con lo solicitado y por ser el precio más conveniente, de acuerdo a lo que establece el artículo 108 y 110 de la Ley N° 2095 (Texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N° 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18, y por un monto total de OCHO MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 8.200.000,00.-); Que, en consecuencia se procedió a efectuar la afectación presupuestaria definitiva por el total de la suma antes mencionada; Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13 de la Ley N° 2.095 y por el Anexo II del Decreto N° 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18, la Resolución 1/MCGC/18 y la Disposición Nº 47/DGTALMC/2019,

EL DIRECTOR GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DEL MINISTERIO DE CULTURA

DISPONE:

Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública N° 500- 0196-LPu19 realizada al amparo del artículo 31 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N° 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18. Artículo 2º.- Adjudicase el renglón 1, por la suma de PESOS OCHO MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 8.200.000,00.-) a la firma MANCINELLI GRUP - CUIT 30-71410858-8, de conformidad a lo establecido en los Artículos 31 y 110 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y por el Decreto N° 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18, por el servicio de producción integral para la realización de la "3ª Cumbre de Cultura CGLU", la cual se realizara en la Usina del Arte del 3 al 5 de abril del corriente año. Artículo 3º.- Autorizase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones (Subgerencia Operativa de Compras) dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio de Cultura, a emitir la respectiva Orden de Compra bajo la modalidad de compra electrónica. Artículo 4º.-. Publíquese en Internet en el portal Buenos Aires Compras y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Unidad Operativa de Adquisiciones para la prosecución de su trámite. Di Fonzo

DISPOSICIÓN N.° 80/DGTALMC/19

Buenos Aires, 29 de marzo de 2019 VISTO: La Ley 5.240 (texto consolidado Ley N° 6.017), la Resolución N° 2016-3330-MCGC, el Expediente N° 2019-08194076-GCABA-DGTALMC y, CONSIDERANDO:

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Que la Ley N° 5.240 (texto consolidado Ley N° 6.017) denomina centro cultural al

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espacio no convencional y/o experimental y/o multifuncional en el que se realicen manifestaciones artísticas de cualquiera tipología que signifiquen espectáculos, funciones, festivales, bailes, exposiciones, instalaciones y/o muestras con participación directa o tácita de los intérpretes y/o asistentes; Que el artículo 3° de la referida Ley establece que dichos centros culturales deberán solicitar inscripción en el Registro de Usos Culturales dependiente de la entonces Subgerencia Operativa de Regímenes de Promoción Cultural, hoy Gerencia Operativa de Regímenes de Promoción Cultural,de esta Dirección General; Que por su parte el artículo 4° de dicha Ley prevé que como condición necesaria para el inicio del trámite de habilitación ante el organismo competente, contar con la inscripción en el mencionado Registro; Que mediante Resolución N° 3330-MCGC-2016 se creó en forma digital el Registro de Usos Culturales previsto en la indicada Ley; se aprobó el procedimiento para la inscripción de los centros culturales en dicho Registro; y se estableció que dicha inscripción es al sólo y único efecto de permitir el inicio del trámite de habilitación previsto, sin que ello implique autorización para funcionar; Que mediante Expediente Electrónico N° 2019-08194076-GCABA-DGTALMC tramita la petición de COOPERATIVA DE TRABAJO EL TANQUE CULTURAL LIMITADA CUIT 33-71619449-9 con domicilio en Acasusso 6930 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por su Presidente Sergio Andrés MORÁN DNI 25.131.343 por la cual solicita la inscripción del Centro Cultural "EL TANQUE CULTURAL" en el Registro de Usos Culturales; Que la Gerencia Operativa de Regímenes de Promoción Cultural mediante IF N° 2019-09833141 ha dado cuenta que el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y la documentación requerida mediante Ley N° 5.240 (texto consolidado Ley N° 6.017) y Resolución N° 3330-MCGC-2016 a fin de proceder con la referida inscripción; Por ello, y en uso de las facultades que le confiere la Resolución N° 2016-3330-MCGC,

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DEL MINISTERIO DE CULTURA

DISPONE

Artículo 1°.- Inscríbase en el Registro de Usos Culturales al Centro Cultural "EL TANQUE CULTURAL" sito en Acasusso 6930 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cargo de "COOPERATIVA DE TRABAJO EL TANQUE CULTURAL LIMITADA", CUIT 33-71619449-9. Artículo 2°.- Hágase saber al Centro Cultural "EL TANQUE CULTURAL" que deberá dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 3° de la Ley 5.240 (texto consolidado Ley N° 6.017) y en los artículos 6°y 7° del Anexo I aprobado mediante la Resolución N° 3330-MCGC-2016. Artículo 3°.- Comuníquese a la Agencia Gubernamental de Control dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y pase, para su conocimiento, notificación y demás efectos a la Gerencia Operativa Regímenes de Promoción Cultural dependiente de esta Dirección General. Cumplido, archívese. Di Fonzo

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DISPOSICIÓN N.° 81/DGTALMC/19

Buenos Aires, 3 de abril de 2019 VISTO: el Decreto Nº 433-GCBA-16, el E.E Nº 06.613.459-2019, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Nº 433/16, se estableció un régimen para hacer frente a aquellos gastos realizados por resultar de una operación impostergable que asegure un servicio o beneficio inmediato para la Ciudad o su gestión administrativa, y que deben llevarse a cabo con una celeridad y eficacia que impida realizar otro procedimiento previsto en la normativa vigente; Que por el Anexo I del Decreto Nº 433/16, se autoriza al Director General Técnico, Administrativo y Legal o funcionario con rango o responsabilidades equivalentes a aprobar contrataciones por un monto mensual de PESOS SEIS MILLONES ($ 6.000.000); Que a través de la nota NO-2019-08170932-DGTALMC, el Gerente de la Gerencia de Arquitectura y Gestión Edilicia Cultural solicito iniciar la aprobación del gasto correspondiente al servicio de provisión de DOS (2) máquinas expendedoras de café instaladas en el primer piso del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sito en Avenida de Mayo 575 durante los meses de noviembre y diciembre de 2018 y enero de 2019; Que se refiere a un gasto de carácter necesario, excepcional e imprescindible a los fines de brindar herramientas eficaces con destino a adaptar los procesos administrativos en virtud de la readecuación normativa de los indicados regímenes y asegurar el adecuado cumplimiento de las misiones encomendadas por el Decreto N° 290/18; Que en tal sentido, se trató de una operación impostergable en razón de asegurar servicios instrumentales y fines esenciales, que debió llevarse a cabo con una celeridad que impidió someterlo a los procedimientos previstos por la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017/18) de compras y contrataciones vigentes, conforme lo requerido por el inciso a) del artículo 3 del Decreto N° 433/16; Que en cumplimiento del inciso b) del mencionado artículo, se cursaron invitaciones a tres (3) firmas con experiencia en el rubro, resultando conveniente la oferta presentada por la firma Sr. Guillermo Fabián Fojo, CUIT Nº 20-33442522-4, que cotizó un precio acorde a los valores actuales de mercado, por un monto total de PESOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SIETE CON VEINTE CENTAVOS ($33.607,20.-); Que el proveedor se encuentra inscripto en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores al momento de la aprobación del gasto, y se ha recepcionado satisfactoriamente el servicio solicitado, de conformidad con lo requerido en el inciso c) del referido artículo de acuerdo a lo informado por la Gerencia de Arquitectura y Gestión Edilicia Cultural mediante NO-2019-08170932-DGTALMC; Que se ha dado cumplimiento a las formalidades exigibles para la aplicación del régimen de excepción en cuestión; Que se efectuó la correspondiente Solicitud de Gasto, según el sistema SIGAF; Que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto en la Disposición Nº 49-DGC-08;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decretos Nros. 433/16,

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EL DIRECTOR GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DEL MINISTERIO DE CULTURA

DISPONE: Artículo 1º.- Apruébase el gasto correspondiente al servicio de provisión de DOS (2) máquinas expendedoras de café instaladas en el primer piso del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sito en Avenida de Mayo 575 CABA durante los meses de noviembre y diciembre de 2018 y enero de 2019, a favor del Sr. Guillermo Fabián Fojo, CUIT Nº20-33442522-4, por la suma de PESOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SIETE CON VEINTE CENTAVOS ($33.607,20.-). Artículo 2º.- Autorízase, en consecuencia, a la Dirección General de Contaduría a incluir dicho importe en una orden de pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, el titular deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite el importe correspondiente. La empresa deberá comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 4º.- En cumplimiento con lo dispuesto en la Disposición Nº 49-DGC-08, se adjunta el Anexo I IF-2019-10142722-DGTALMC, que pasa a formar parte de la presente norma. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente será atendido con cargo a la partida específica vigente para el ejercicio en vigor. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Di Fonzo

DISPOSICIÓN N.° 82/DGTALMC/19

Buenos Aires, 3 de abril de 2019 VISTO: el Decreto Nº 433-GCBA-16, el E.E Nº 09.543.707-2019, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Nº 433/16, se estableció un régimen para hacer frente a aquellos gastos realizados por resultar de una operación impostergable que asegure un servicio o beneficio inmediato para la Ciudad o su gestión administrativa, y que deben llevarse a cabo con una celeridad y eficacia que impida realizar otro procedimiento previsto en la normativa vigente; Que por el Anexo I del Decreto Nº 433/16, se autoriza al Director General Técnico Administrativo y Legal o funcionario con rango o responsabilidades equivalentes a aprobar contrataciones por un monto mensual de PESOS SEIS MILLONES ($ 6.000.000);

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ANEXO

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Que a través de la nota NO-2019-09571656-DGTALMC, la Gerencia Operativa Mantenimiento y Gestión Edilicia Cultural solicito iniciar la aprobación del gasto correspondiente al mantenimiento preventivo y correctivo de ascensores del edificio sito en Avenida de Mayo 575 CABA, sede del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, correspondiente al mes de marzo del corriente año; Que se refiere a un gasto de carácter necesario, excepcional e imprescindible a los fines de brindar herramientas eficaces con destino a adaptar los procesos administrativos en virtud de la readecuación normativa de los indicados regímenes y asegurar el adecuado cumplimiento de las misiones encomendadas por el Decreto N° 290/18; Que en tal sentido, se trató de una operación impostergable en razón de asegurar servicios instrumentales y fines esenciales, que debió llevarse a cabo con una celeridad que impidió someterlo a los procedimientos previstos por la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017/18) de compras y contrataciones vigentes, conforme lo requerido por el inciso a) del artículo 3 del Decreto N° 433/16; Que en cumplimiento del inciso b) y c) del mencionado artículo, se cursaron invitaciones a tres (3) firmas con experiencia en el rubro, resultando conveniente la oferta presentada por la firma Cetine S.A. CUIT Nº 30-71240280-2, que cotizó un precio acorde a los valores actuales de mercado, por un monto total de PESOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS ($89.500,00.-); Que el proveedor se encuentra inscripto en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores al momento de la aprobación del gasto, y se ha recepcionado satisfactoriamente el servicio solicitado de conformidad con lo requerido en el inciso c) del referido artículo de acuerdo a lo informado por la Gerencia Operativa mantenimiento y Gestión Edilicia Cultural mediante NO-2019-09571656-DGTALMC; Que se ha dado cumplimiento a las formalidades exigibles para la aplicación del régimen de excepción en cuestión; Que se efectuó la correspondiente Solicitud de Gasto, según el sistema SIGAF; Que, se ha dado cumplimiento con lo dispuesto en la Disposición Nº 49-DGAC-08; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nro. 433/16,

EL DIRECTOR GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DEL MINISTERIO DE CULTURA

DISPONE Artículo 1º.- Apruébase el gasto correspondiente al mantenimiento preventivo y correctivo de ascensores a favor de la firma Cetine S.A. CUIT Nº 30-71240280-2, por la suma de PESOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS ($89.500,00.-), correspondiente al mantenimiento preventivo y correctivo de ascensores del edificio sito en Avenida de Mayo 575 CABA, sede del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, por el mes de marzo del corriente año. Artículo 2º.- Autorízase, en consecuencia, a la Dirección General de Contaduría a incluir dicho importe en una orden de pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, el titular deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite el importe correspondiente. La empresa deberá comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 4º.- En cumplimiento con lo dispuesto en la Disposición Nº 49-DGAC-08, se adjunta el Anexo I IF-2019-10106238-DGTALMC, que pasa a formar parte de la presente norma.

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Artículo 5º.- El gasto que demande la presente será atendido con cargo a la partida específica vigente para el ejercicio en vigor. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Di Fonzo

DISPOSICIÓNN .° 83/DGTALMC/19

Buenos Aires, 3 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017/18), el Decreto N° 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18, la Resolución Nº 1/MCGC/18, la Disposición Nº 79/DGTALMC/19 y el Expediente Electrónico Nº 2019-05716567/GCABA /DGTALMC y; CONSIDERANDO: Que mediante el citado actuado tramitó la Compra Electrónica por el servicio de producción integral para la realización de la 3º Cumbre de Cultura CGLU" en la Usina del Arte, en los términos de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6017/18) y el Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18; Que por Disposición Nº 79/DGTALMC/2019, se adjudicó a la firma MANCINELLI CUIT 30-71410858-8, el servicio de referencia por un importe de PESOS OCHO MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 8.200.000); Que la Orden de Compra Nº 500-3772-OC19, fue girada mediante el sistema BAC, en tiempo y forma; Que en el marco de lo establecido en el Art.119 del Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18, de la Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley N° 6017) y de acuerdo a lo requerido por el Ministerio de Cultura mediante IF-10383829 -MCGC-2019, se procede a la ampliación en un 25% del contrato vigente a favor de la firma MANCINELLI, CUIT 30-71410858-8, con la conformidad del proveedor en cuestión, tal cual luce en el sistema BAC. Por ello, de acuerdo a lo expresado precedentemente y en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6017) y el Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18, la Resolución Nº 1/MCGC/18 y la Disposición Nº 79/DGTALMC/2019,

EL DIRECTOR GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DEL MINISTERIO DE CULTURA

DISPONE:

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 259

ANEXO

Artículo 1º.- Amplíase el servicio de producción integral para la realización de la 3º

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Cumbre de Cultura CGLU" en la Usina del Arte, adjudicado mediante Orden de Compra Nº 500-3772-OC19 a la firma MANCINELLI, CUIT 30-71410858-8 de acuerdo a lo establecido Art.119 del Decreto Reglamentario Nro 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley N° 6017), en un 25% por la suma de PESOS DOS MILLONES CINCUENTA MIL ($ 2.050.000.- ). Artículo 2º.- Autorízase a la Sub-Gerencia de Compras dependiente de la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones a emitir la ampliación de la Orden de Compra correspondiente. Artículo 3º.- El gasto que demanda la presente cuenta con el respaldo presupuestario correspondiente al vigente ejercicio. Artículo 4º.- Publíquese y remítase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones

(Sub-Gerencia de Compras), para la prosecución de su trámite. Di Fonzo

DISPOSICIÓN N.° 84/DGTALMC/19

Buenos Aires, 4 de abril de 2019 VISTO: La Ley 5.240 (texto consolidado Ley N° 6.017), la Resolución N° 2016-3330-MCGC, la Disposición N° 2019-68-DGTALMC y el Expediente Electrónico N° 2019-05820246-GCABA-DGTALMC, CONSIDERANDO: Que la Ley N° 5.240 (texto consolidado Ley N° ° 6.017) denomina centro cultural al espacio no convencional y/o experimental y/o multifuncional en el que se realicen manifestaciones artísticas de cualquiera tipología que signifiquen espectáculos, funciones, festivales, bailes, exposiciones, instalaciones y/o muestras con participación directa o tácita de los intérpretes y/o asistentes; Que mediante Disposición N° 2019-68-DGTALMC se ordenó inscribir en el Registro de Usos Culturales al Centro Cultural "ESPECIAL CULTURAL" a cargo de la Sra. Diolinda Juana MONTAÑA, DNI 21.591.869, CUIT 27-21591869-1; Que en virtud de un error material involuntario en el artículo 1º de la indicada Disposición se consignó como denominación del centro cultural "ESPACIAL CULTURAL" cuando debió decir "ESPECIAL CULTURAL" conforme surge de la documentación que obra bajo IF-2019-05836579-GCABA-DGTALMC; Que en consecuencia corresponde dictar el acto administrativo que rectifique la parte pertinente del artículo 1º de la Disposición N° 2019-68-DGTALMC; Por ello, y en uso de las facultades que le confiere la Resolución N° 2016-3330-MCGC,

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DEL MINISTERIO DE CULTURA

DISPONE

Artículo 1º.- Rectifícase el artículo 1º de la Disposición N° 2019-68-DGTALMC en lo que refiere a la denominación del Centro Cultural, donde dice “ESPACIAL CULTURAL" deberá leerse "ESPECIAL CULTURAL"

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Artículo 2º.- Comuníquese a la Agencia Gubernamental de Control dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y pase para su conocimiento, notificación y demás efectos a la Gerencia Operativa Regímenes de Promoción Cultural dependiente de esta Dirección General. Cumplido, archívese. Di Fonzo

DISPOSICIÓN N.° 85/DGTALMC/19

Buenos Aires, 4 de abril de 2019 VISTO: La Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria, la Resolución N° 2.291/MEFGC/18 y el EX-2019-06618070-GCABA-DGPMYCH, CONSIDERANDO: Que por Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.017) se establecieron las fuentes de regulación y principios que rigen las relaciones de empleo público de los trabajadores del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Resolución N° 2.291/MEFGC/18 se aprobó el Régimen de Evaluación de Desempeño Anual aplicable al personal comprendido entre los artículos 4° y 39° de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.017); Que con fecha 21 de febrero de 2019 fue presentado un pedido de revisión por parte del agente Forace Rubén Darío, CUIL N° 20-20411106-6, en vista de la disconformidad obtenida en la calificación en la Evaluación de Desempeño 2018, identificada como IF-2019-06576357-GCABA-DGPMYCH; Que de acuerdo a lo establecido en el Anexo I de la Resolución N° 2.291/MEFGC/18, para el personal dispuesto en el párrafo anterior, ante un pedido de revisión se conformará un Comité de Revisión a los fines de resolver el recurso presentado; Que el Comité de Revisión deberá estar integrado por la Autoridad Superior de la Unidad Organizativa en la cual fue evaluado el agente, o superior inmediato y su suplente, debiendo este último tener rango equivalente o superior a Director General y revistar en la Jurisdicción en la que fuera evaluado el solicitante, un (1) representante de la Gerencia Operativa de Recursos Humanos o equivalente, con rango no inferior a Subgerente Operativo, de la jurisdicción en la que fuera evaluado el solicitante y su suplente, debiendo este último revistar en la Jurisdicción en la que fuera evaluado el solicitante y tener rango equivalente o superior a Subgerente Operativo, y un (1) representante gremial con mandato suficiente y con representación en la jurisdicción que revista el solicitante y su suplente; Que según surge de la normativa expuesta, el Comité de Revisión se designará por acto administrativo emanado del Director General Técnico, Administrativo y Legal o equivalente según jurisdicción competente; Que, en este sentido, corresponde conformar el Comité de Revisión a efectos de resolver los pedidos de revisión que surjan en el presente período de evaluación de desempeño; Por ello, en virtud de la Resolución N° 2.291/MEFGC/18 y de las facultades que le son propias,

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EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DEL MINISTERIO DE CULTURA

DISPONE:

Articulo 1°. Créase el Comité de Revisión correspondiente a la Dirección General Patrimonio, Museos y Casco Histórico dependiente de la Subsecretaría de Gestión

Cultural del Ministerio de Cultura, a los fines de revisar la Evaluación de Desempeño 2018 del agente Forace Rubén Darío, CUIL N° 20-20411106-6. Artículo 2°.- Desígnanse como integrantes del Comité de Revisión al Sr. Vacas Juan Pablo, CUIL 20-26873064-9, Director General de la Dirección General de Patrimonio, Museos y Casco Histórico, y su suplente la Sra. Cantoni Viviana, CUIL 27-23500969-8, Subsecretaria de la Subsecretaría de Gestión Cultural, a la Sra. Albisua Magalí Belén, CUIL 27-34018684-8, Subgerente Operativa de la Subgerencia Operativa Planeamiento de Recursos Humanos, y su suplente la Sra. Albarracín Silvana del Carmen, CUIL 27-27110667-5, Subgerente Operativa de la Subgerencia Operativa Administración de Recursos Humanos, ambas de la Gerencia Operativa de Recursos Humanos dependiente de la Dirección General de Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura, y a la Sra. Girola Adriana Silvia, CUIT 27-16226321-3, y su suplente el Sr. Scarfo Adrián Osvaldo, CUIT 20-27119189-9, en representación del Sindicato Único de Trabajadores y Empleados de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA). Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos dependiente de esta Dirección General, a la Dirección General de Patrimonio, Museos y Casco Histórico dependiente de la Subsecretaría de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Desarrollo del Servicio Civil, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Di Fonzo

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Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano

DISPOSICIÓN N.° 124/DGTALMHYDH/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nº 2095 (TC en Ley N° 6017), los Decretos N° 326/17 y N° 287/18, la Resolución N° 596/MHGC/11 y la Resolución Conjunta Nº 9/MHGC-MJGGC-SECLYT/11, las Disposiciones N° 302/DGCyC/13 y N°1274/DGCyC/17 y el E.E.2019-5565354-DGTALMHYDH y; CONSIDERANDO: Que por la actuación mencionada en el visto tramita la solicitud de contratación por la "Adquisición de Guantes Descartables" con destino en la Dirección General de Dependencias y Atención Primaria de la Secretaría de Integración Social para Personas Mayores del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que, dichos insumos son de imperiosa necesidad a los fines de cubrir el stock de Guantes Descartables en los Hogares de Residencia Permanente, ya que en los mismos se brindan los servicios de cuidado personal y médico a los Adultos Mayores hospedados en dichas residencias; Que, asimismo, este proceso de selección de Compras tramita por el Módulo Expediente Electrónico del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Conjunta Nº 9/MHGC-MJGGC-SECLYT/11; Que, el Decreto N° 326/17 aprobó la Reglamentación de la Ley de Compras y Contrataciones N° 2095 (TC en Ley N° 6017); Que, por Disposición Nº 1274/DGCYC/17, se aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, la presente Contratación Menor se encuadra dentro de los términos del artículo 38 de la Ley N° 2095 (TC en Ley N° 6017) y su Decreto Reglamentario N° 326/GCBA/17 y su modificatorio N° 287/18; Que, por Disposición Nº 70/DGTALMHYDH/2018 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y se dispuso el llamado a Contratación Menor Nº 462-0325-CME19 para el día 21 de Febrero de 2019 a las 12:00 horas; Que, tal como luce en el Acta de Apertura se recibieron nueve (9) ofertas de las siguientes firmas: DROGUERIA FARMATEC S.A., DROGUERIA MARTORANI S.A., AP SUPPLIER GROUP S.A., PHARMA EXPRESS S.A., RAUL JORGE POGGI, PROPATO HNOS S.A.I.C., ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L., NIPRO MEDICAL CORPORATION SUC ARG y EURO SWISS S.A.; Que, mediante Resolución Nº 383/MDHYDHGC/2016, se ha designado a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas; Que, se cumplimentó el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación, del cual es fiel reflejo el Acta de Ofertas Recomendadas, y por el que se preadjudicaron los renglones N° 1 y 2 a la firma PROPATO HNOS S.A.I.C. por ser "oferta más conveniente" y en todo de acuerdo al asesoramiento técnico

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oportunamente brindado; Que el referido Dictamen fue exhibido en cartelera, se publicó en la página web oficial del G.C.B.A., en el portal www.buenosairescompras.gob.ar, y se comunicó a los oferentes a través del BAC. Encontrándose en consecuencia, superados los plazos de impugnación que establece el Pliego de Bases y Condiciones, no se registró formalmente impugnación válida alguna; Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13 de la Ley N° 2095 (TC en Ley N° 6017) y por el Anexo V del Decreto N° 326/17 y su modificatorio;

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL EN SU CARÁCTER DE TITULAR

DE LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DEL MINISTERIO DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO

DISPONE: Artículo 1°.- Apruébase la Contratación Menor Nº 462-0325-CME19, realizada al amparo de lo establecido en el Articulo Nº 38 de la Ley Nº 2095 (TC en Ley N° 6017), y adjudícase a la firma PROPATO HNOS S.A.I.C. los renglones N° 1 y 2 por un monto de Pesos Trescientos Ochenta y Seis Mil Trescientos Noventa y Siete ($ 386.397.-). Artículo 2°.- Dicho gasto se imputará a las partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio 2019. Artículo 3°.- Emítase la respectiva Orden de Compra. Artículo 4º.- Publíquese en el portal de compras electrónicas BAC y en el sitio de web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires www.buenosaires.gob.ar. Comuníquese a los oferentes por medio del portal BAC. Cumplido, archívese. Aragno

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

DISPOSICIÓN N.° 26/UGETUPEEI/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La Ley N° 2.095 (Texto consolidado Ley N° 6.017), su Decreto Reglamentario N° 326/17 y modificatorio Decreto N° 287/18, los Decretos Nros. 92/18 y 172/18, la Disposiciones Nros. 1.274/DGCYC/17 y 8/UGETUPEEI/19, el Expediente Electrónico N° EX-2019-05490986-GCABA-UGGOAALUPEEI, y; CONSIDERANDO: Que la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.017), su Decreto Reglamentario N° 326/17 y modificatorio Decreto N° 287/18, establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios; Que por el expediente citado en el VISTO tramita el procedimiento que tiene por objeto la adquisición de elementos de entrenamiento animal con destino a la Subgerencia Operativa Diagnóstico y Cuidado Animal dependiente de la Unidad Gestión Estratégica y Transformación de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un presupuesto oficial de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CIENTO QUINCE CON 00/100 ($ 2.372.115,00.-); Que mediante Disposición N° 8/UGETUPEEI/19 se autorizó el llamado a Licitación Publica N° 9511-0180-LPU19 para el día 01 de marzo de 2019 a las 15 horas, al amparo de lo normado en los Artículos 31° y 32° de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.017), y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas; Que conforme surge del Acta de Apertura de Ofertas generada en el portal oficial "Buenos Aires Compras", se adquirieron OCHO (8) pliegos y se confirmaron CUATRO (4) ofertas correspondientes a las firmas DANIEL RAÚL LEZCANO (CUIT 20-21732492-1), que cotizó los renglones UNO (1), DOS (2) y TRES (3) por un monto total de PESOS CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 00/100 ($ 51.248,00.-), MARIANO ALCANTARA (CUIT 20-29696982-7), que cotizó los renglones UNO (1), DOS (2), CINCO (5), SEIS (6), SIETE (7) y OCHO (8), por un monto total de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CATORCE CON 00/100 ($ 745.014,00.-), ABC LATINOAMERICANA DE COMERCIALIZACIÓN S.R.L. (CUIT 30-71506605-6), que cotizó los renglones SIETE (7) y OCHO (8), por un monto total de PESOS CIENTO TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($ 132.680,00.-) y RODRIGO PADRO (CUIT 20-29480423-5), que cotizó el renglón OCHO (8) por un monto total de PESOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 97.800,00.-); Que los oferentes presentados se encuentran en estado "Inscripto" en el portal Buenos Aires Compras "BAC", en las clases correspondientes con el objeto licitatorio, conforme luce en el Informe N° IF-2019-08161216-GCABA-UGGOAALUPEEI; Que el oferente DANIEL RAÚL LEZCANO ha presentado de forma completa la documentación solicitada en el Artículo 21° del Pliego de Bases y Condiciones

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Particulares tal como luce en el Informe N° IF-2019-07297526- GCABA-UGGOAALUPEEI, mientras que MARIANO ALCANTARA, ABC LATINOAMERICANA DE COMERCIALIZACION S.R.L. y RODRIGO PADRO lo hicieron de forma incompleta; Que atento a ello, se procedió a intimarlos a través del formulario BAC a presentar la documentación faltante, tal como luce en el Informe N° IF-2019-08160735-GCABA-UGGOAALUPEEI y, vencido el plazo MARIANO ALCANTARA y ABC LATINOAMERICANA DE COMERCIALIZACION S.R.L., cumplieron en tiempo y forma con lo solicitado (IF-2019-08165771-GCABA-UGGOAALUPEEI e IF-2019-08165930-GCABA-UGGOAALUPEEI), mientras que RODRIGO PADRO lo hizo de manera incompleta (IF-2019-08166050- GCABA-UGGOAALUPEEI); Que seguidamente mediante Informe N° IF-2019-08357271-GCABA-UGETUPEEI, la unidad requirente, realizó su evaluación técnica indicando que "las ofertas presentadas cumplen con los requerimientos técnicos dispuestos por el pliego de especificaciones técnicas"; Que obra el Dictamen de pre adjudicación realizado por la Comisión Evaluadora de Ofertas conforme luce en el Informe N° IF-2019-09029135-GCABA-UGGOAALUPEEI, recomendando "seguir adelante con el proceso licitatorio y 1. Desestimar la propuesta de la firma RODRIGO PADRO C.U.I.T. 20-29480423-5, por no cumplimentar con los requisitos administrativos. 2. Preadjudicar, los renglones N° 1, 2 y 3 a la empresa DANIEL RAUL LEZCANO C.U.I.T. 20- 21732492-1, por un monto total de PESOS CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 00/100 ($51.248,00.-); los renglones N° 5, 6 y 7 a la empresa MARIANO ALCANTARA C.U.I.T. 20-29696982-7, por un monto total de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CON 00/100 ($662.000,00.-); y el renglón N° 8 a la empresa ABC LATINOAMERICANA DE COMERCIALIZACIÓN SRL C.U.I.T. 30-71506605-6, por un monto total de PESOS VEINTICINCO MIL CIENTO SESENTA CON 00/100 ($25.160,00.-), todas ellas por resultar ofertas válidas y convenientes a los intereses de este Ecoparque Interactivo, cumplimentando los requisitos administrativos, económicos y técnicos exigidos en los Pliegos que rigen la presente contratación, todas ellas por resultar ofertas válidas y convenientes a los intereses de este Ecoparque Interactivo, cumplimentando los requisitos administrativos, económicos y técnicos exigidos en los Pliegos que rigen la presente contratación. 3. Declarar fracasado el renglón N° 4."; Que habiéndose publicado el dictamen de evaluación de preadjudicación en el Portal Buenos Aires Compras (BAC) y en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cumplido el plazo establecido en el inciso b) del Artículo 20° del Pliego de Bases y Condiciones Generales, no se presentaron impugnaciones a la pre adjudicación; Que luce agregada a los presentes actuados la correspondiente afectación definitiva del gasto N° ADB-21071, correspondiente al ejercicio 2019; Que la Unidad Gestión General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales ha tomado la intervención de su competencia; Que mediante el Decreto N° 172/18 se ratificó al suscripto, a partir del 27 de abril de 2018, como Titular de la Unidad Gestión Estratégica y Transformación dependiente del Organismo Fuera de Nivel Unidad de Proyectos Especiales (UPE) “Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires“ designado oportunamente mediante Decreto N° 92/18; Por ello de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el Anexo II del Decreto N° 326/17 y modificatorio Decreto N° 287/18,

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EL TITULAR DE LA UNIDAD GESTIÓN ESTRATÉGICA Y TRANSFORMACIÓN DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE: Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública N º 9511-0180-LPU19, al amparo de lo establecido en los Artículos 31° y 32° de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017), su Decreto Reglamentario N° 326/17 y modificatorio Decreto N° 287/18, para la adquisición de elementos de entrenamiento animal, con destino a la Subgerencia Operativa Diagnóstico y Cuidado Animal dependiente de la Unidad Gestión Estratégica y Transformación de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2°.- Desestímase la oferta presentada por la firma RODRIGO PADRO (C.U.I.T. 20-29480423-5), por las razones expuestas en los considerandos de la presente. Artículo 3°.- Adjudícase los renglones UNO (1), DOS (2) y TRES (3), a favor de DANIEL RAUL LEZCANO (C.U.I.T. 20-21732492-1), por un monto total de PESOS CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 00/100 ($ 51.248,00.-), los renglones CINCO (5), SEIS (6) y SIETE (7) a favor de MARIANO ALCANTARA (C.U.I.T. 20-29696982-7) por un monto total de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CON 00/100 ($ 662.000,00.-) y el renglón OCHO (8) a favor ABC LATINOAMERICANA DE COMERCIALIZACIÓN S.R.L. (C.U.I.T. 30-71506605-6) por un monto total de PESOS VEINTICINCO MIL CIENTO SESENTA CON 00/100 ($ 25.160,00.-), a tenor de lo dispuesto por los Artículos 110° y 111° de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.017), su Decreto Reglamentario N° 326/17 y modificatorio Decreto N° 287/18. Artículo 4°. - Declárase desierto el renglón CUATRO (4) atento a que no se recepcionaron ofertas. Artículo 5°.- El gasto que demande la ejecución de la presente contratación se imputará a las partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio 2019. Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de UN (1) día y en el portal Buenos Aires Compras (BAC). Comuníquese a la Dirección General Contaduría General. Notifíquese a los adjudicatarios y a los oferentes. Cumplido, archívese. Pellandini

DISPOSICIÓN N.° 27/UGETUPEEI/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La Ley N° 2.095 (Texto consolidado Ley N° 6.017), su Decreto Reglamentario N° 326/17 y modificatorio Decreto N° 287/18, los Decretos N° 92/18 y 172/18, las Disposiciones N° 1.274/DGCYC/17 y 6/UGETUPEEI/19, el Expediente Electrónico N° EX-2019-05062555-GCABA-UGGOAALUPEEI, y; CONSIDERANDO:

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Que la Ley N° 2.095 (Texto consolidado Ley N° 6.017), su Decreto Reglamentario N°

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326/17 y Decreto modificatorio N° 287/18, establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios; Que por el expediente citado en el VISTO, tramita la Contratación Menor N° 9511-0261-CME19 que tiene por objeto la provisión e instalación de un generador eléctrico diésel de 45 KVA con destino a la Unidad Gestión Estratégica y Transformación dependiente de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un presupuesto oficial de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS SESENTA MIL CON 00/100 ($ 1.260.000,00.-); Que por Disposición N° 6/UGETUPEEI/19, se autorizó el llamado a Contratación Menor N° 9511-0261-CME19, para el día 21 de febrero de 2019 a las 11:00 horas, al amparo de lo normado en el Artículo 38° de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.017), su Decreto Reglamentario N° 326/17 y modificatorio Decreto N° 287/18 y se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas; Que conforme surge del Acta de Apertura de Ofertas generada en el portal oficial “Buenos Aires Compras" se adquirieron DIECIOCHO (18) pliegos y se confirmaron ONCE (11) ofertas correspondientes a las firmas MULTIREP S.A. C.U.I.T. 30-69543649-8, que cotizó el Renglón UNO (1) por un monto de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO CON 78/100 ($ 494.218,78.-); CASA FENK SACIFI C.U.I.T. 30-52345669-1, que cotizó el Renglón UNO (1) por un monto de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($ 745.900,00.-); JICEC S.A. C.U.I.T. 30-61284643-6, que cotizó el Renglón UNO (1) por un monto de PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL SETECIENTOS VEINTE CON 00/100 ($ 781.720,00.-); T.C.L. S.A. C.U.I.T. 30-70978757-4, que cotizó el Renglón UNO (1) por un monto de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 834.800,00.-); ENERGROUP S.A. C.U.I.T. 30-70794739-6, que cotizó el Renglón UNO (1) por un monto de PESOS NOVECIENTOS DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 00/100 ($ 916.474,00.-); NORING ESTUDIOS Y SERVICIOS ELÉCTRICOS S.R.L. C.U.I.T. 30-71598033-5, que cotizó el Renglón UNO (1) por un monto de PESOS NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 00/100 ($ 987.745,00.-); IVAN EZEQUIEL ARDIZON C.U.I.T.20-22294264-1, que cotizó el Renglón UNO (1) por un monto de PESOS UN MILLÓN CIEN MIL CON 00/100 ($ 1.100.000,00.-); ELEKTROGEN DE ARGENTINA S.A. C.U.I.T. 30-70871141-8, que cotizó el Renglón UNO (1) por un monto de PESOS UN MILLÓN CIENTO TRES MIL QUINIENTOS VEINTE CON 00/100 ($ 1.103.520,00.-); POWGEN DIESEL S.A. C.U.I.T 30-64563646-1, que cotizó el Renglón UNO (1) por un monto de PESOS UN MILLÓN CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 00/100 ($ 1.185.352,00.-); PM INDUSTRIAL S.R.L. C.U.I.T. 30-71128120-3, que cotizó el Renglón UNO (1) por un monto de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($ 1.240.000,00.-); ELECTRO-GEN S.R.L. C.U.I.T. 30-69014262-3, que cotizó el Renglón UNO (1) por un monto de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS NUEVE CON 00/100 ($ 1.327.309,00.-); Que acorde lo establecido en el Artículo 5° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige la contratación, el precio a adjudicarse no podrá superar el consignado como valor de referencia conforme el Presupuesto Oficial, por lo que corresponde desestimar la oferta de la firma ELECTRO-GEN S.R.L. C.U.I.T. 30-69014262-3;

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Que las firmas POWGEN DIESEL S.A. y ENERGROUP S.A. presentaron la documentación de forma satisfactoria al momento de la presentación de las ofertas, mientras que MULTIREP S.A., CASA FENK SACIFI, JICEC S.A., T.C.L. S.A. , NORING ESTUDIOS Y SERVICIOS ELÉCTRICOS S.R.L., ELEKTROGEN DE ARGENTINA S.A. y PM INDUSTRIAL S.R.L. han presentado su documentación de forma incompleta, por lo que se procedió a intimarlos a través del formulario BAC a presentar la documentación faltante, tal como luce en el Informe N°IF-2019-08902929-GCABA-UGGOAALUPEEI; Que cumplido el plazo otorgado las firmas PM INDUSTRIAL S.R.L. y MULTIREP S.A presentaron la documentación administrativa satisfactoriamente conforme luce en los Informes Nros. IF-2019-08904508-GCABA-UGGOAALUPEEI e IF-2019-08904862-GCABA-UGGOAALUPEEI. Por otro lado, las firmas T.C.L. S.A. y JICEC S.A. no presentaron la documentación requerida en la intimación conforme surge de los Informe Nros. IF-2019-08905565-GCABA-UGGOAALUPEEI e IF-2019-08905976-GCABAUGGOAALUPEEI, mientras que las firmas NORING ESTUDIOS Y SERVICIOS ELÉCTRICOS S.R.L. y ELEKTROGEN DE ARGENTINA S.A., no presentaron documentación alguna, por lo que corresponde la desestimación de sus propuestas por no cumplir con lo dispuesto en el Artículo N° 21 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares; Que, el área requirente solicitó información técnica complementaria a los proveedores MULTIREP S.A., CASA FENK SACIFI, JICEC S.A., NORING ESTUDIOS Y SERVICIOS ELÉCTRICOS SRL, ELEKTROGEN DE ARGENTINA S.A., PM INDUSTRIAL, POWGEN DIESEL S.A., de los cuales solo respondieron en tiempo y forma las firmas MULTIREP S.A. y CASA FENK (IF-2019-07376970-GCABA-UGGOAALUPEEI, IF-2019-07376705-GCABA-UGGOAALUPEEI); Que mediante el Informe N° IF-2019-08713184-GCABA-UGETUPEEI, la unidad requirente realizó su evaluación técnica indicando que las ofertas presentadas por las firmas ELECTRO-GEN S.R.L., NORING ESTUDIOS Y SERVICIOS ELECTRICOS S.R.L., PM INDUSTRIAL S.R.L., ELEKTROGEN DE ARGENTINA S.A y POWGEN DIESEL S.A, no permiten realizar una evaluación integral por carecer de información suficiente, mientras que la presentada por la firma IVAN EZEQUIEL ARDIZON cotiza un equipo de menor potencia que el solicitado, por lo que consideró descartar

técnicamente las ofertas. Asimismo, indicó el siguiente orden de mérito: 1. ENERGROUP S.A. 2. T.C.L. S.A 3. CASA FENK SACIFI 4. JICEC S.A 5. MULTIREP S.A.; Que mediante Informe N° IF-2019-09572836-GCABA-UGGOAALUPEEI, el Titular de la Gerencia Operativa Administración y Operaciones, recomendó: "1. Desestimar la oferta de la firma, ELECTRO-GEN S.R.L. C.U.I.T. 30-69014262-3, por superar el Presupuesto Oficial. 2. Desestimar las ofertas de las firmas, JICEC S.A. C.U.I.T. 30-61284643-6, T.C.L. S.A. C.U.I.T. 30-70978757-4, NORING ESTUDIOS Y SERVICIOS ELÉCTRICOS SRL C.U.I.T. 30-71598033-5, ELEKTROGEN DE ARGENTINA S.A. C.U.I.T. 30-70871141-8, por no cumplimentar con los requisitos administrativos.3. Desestimar técnicamente las ofertas de las firmas, IVAN EZEQUIEL ARDIZON C.U.I.T. 20-22294264-1, PM INDUSTRIAL S.R.L. C.U.I.T. 30-71128120-3, y POWGEN DIESEL S.A. C.U.I.T 30-64563646-1. 4. Desestimar las ofertas de las firmas, CASA FENK SACIFI C.U.I.T. 30-52345669-1 y MULTIREP S.A. C.U.I.T. 30-69543649-8 por no encontrarse inscriptos en la clase correspondiente al objeto licitatorio. 5. Adjudicar el renglón N° UNO (1) a la firma ENERGROUP S.A. C.U.I.T. 30-70794739-6, por un monto de PESOS NOVECIENTOS DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 00/100 ($ 916.474,00.-). por resultar una oferta válida y conveniente a los intereses de este Ecoparque Interactivo, cumplimentando los requisitos administrativos, económicos y técnicos exigidos en los Pliegos que rigen la presente contratación";

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Que habiéndose confeccionado el cuadro comparativo de ofertas de acuerdo al Artículo 38°, inciso h) del Decreto Nº 326/17 corresponde emitir el acto administrativo por cual concluye el procedimiento; Que luce agregada a los presentes actuados la correspondiente afectación definitiva del gasto N° ADB-21037 , correspondiente al ejercicio 2019-; Que mediante el Decreto N° 172/18 se ratificó al suscripto, a partir del 27 de abril de 2018, como Titular de la Unidad Gestión Estratégica y Transformación dependiente del Organismo Fuera de Nivel Unidad de Proyectos Especiales (UPE) “Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires“ designado oportunamente mediante Decreto N° 92/18; Que la Unidad Gestión General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales ha tomado la intervención de su competencia; Por ello de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el Anexo II del Decreto N° 326/17 y modificatorio Decreto N° 287/18,

EL TITULAR DE LA UNIDAD GESTIÓN ESTRATÉGICA Y TRANSFORMACIÓN DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE) ECOPARQUE INTERACTIVO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DISPONE:

Artículo 1.- Apruébase la Contratación Menor N° 9511-0261-CME19 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38° de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.017), su Decreto Reglamentario N° 326/17 y modificatorio Decreto N° 287/18, que tiene por objeto la provisión e instalación de un generador eléctrico diésel de 45 KVA con destino a esta Unidad, dependiente de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2.- Desestímase las ofertas presentadas por las firmas ELECTRO-GEN S.R.L. C.U.I.T. 30-69014262-3, JICEC S.A. C.U.I.T. 30-61284643-6, T.C.L. S.A. C.U.I.T. 30-70978757-4, NORING ESTUDIOS Y SERVICIOS ELÉCTRICOS S.R.L. C.U.I.T. 30-71598033-5, ELEKTROGEN DE ARGENTINA S.A. C.U.I.T. 30-70871141-8, IVAN EZEQUIEL ARDIZON C.U.I.T.20-22294264-1, PM INDUSTRIAL S.R.L. C.U.I.T. 30-71128120-3, POWGEN DIESEL S.A. C.U.I.T 30-64563646-1, CASA FENK SACIFI C.U.I.T. 30-52345669-1, y MULTIREP S.A. C.U.I.T. 30-69543649-8, por los motivos expuestos en los considerandos que preceden. Artículo 3.- Adjudícase la contratación citada en el artículo 1° de la presente a favor de la firma ENERGROUP S.A. C.U.I.T. 30-70794739-6, por un monto total de PESOS NOVECIENTOS DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 00/100 ($ 916.474,00.-), a tenor de lo dispuesto por los Artículos 110° y 111° de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.017), su Decreto Reglamentario N° 326/17 y modificatorio Decreto N° 287/18. Artículo 4.- El gasto que demande la ejecución de la presente contratación se imputará a las partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio 2019. Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de UN (1) día y en el portal “Buenos Aires Compras“ (BAC). Comuníquese a la Dirección General Contaduría General. Notifíquese al adjudicatario y a los oferentes. Cumplido, archívese. Pellandini

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DISPOSICIÓN N.° 28/UGETUPEEI/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La Ley N° 2.095 (Texto consolidado Ley N° 6.017), su Decreto Reglamentario N° 326/17 y modificatorio Decreto N° 287/18, los Decretos Nros. 92/18 y 172/18, la Disposición N° 1.274/DGCYC/17, el Expediente Electrónico N° EX-2019-09216763-MGEYA-UGGOAALUPEEI, y; CONSIDERANDO: Que la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.017), su Decreto Reglamentario N° 326/17 y modificatorio Decreto N° 287/18, establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios; Que por el expediente citado en el VISTO tramita la contratación de un "Servicio integral de logística, traslado y relocalización de aves" que actualmente residen en el predio del Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un presupuesto oficial de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 ($ 2.985.675,00.-); Que atento las características del requerimiento, se considera oportuno dar inicio a un procedimiento de Licitación Pública bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, en los términos de los Artículos 31°, 32° y 40° de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado Ley N° 6.017), su Decreto Reglamentario N° 326/17 y modificatorio Decreto N° 287/18, a través del sistema "Buenos Aires Compras (BAC)"; Que el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de compras y contrataciones ha sido aprobado mediante Disposición N° 1.274/DGCYC/17 del Director General de Compras y Contrataciones en su carácter de Titular del Órgano Rector del Sistema de Contrataciones y de acuerdo con las facultades otorgadas por el Artículo 87° de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.017); Que ha tomado debida intervención la Dirección General de Compras y Contrataciones la cual se expidió en lo referente a seguros conforme luce en la Comunicación Oficial N° NO-2019-08641634-GCABA-DGCYC, y la Dirección General De Redeterminación de Precios mediante Comunicación Oficial N° NO-2019-08721523-GCABA-DGRP; Que se han confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2019-10018513-GCABA-UGGOAALUPEEI) con las observaciones realizadas por ambas Direcciones, y el Pliego de Especificaciones Técnicas (PLIEG-2019-07769473-GCABA-UGETUPEEI); Que la afectación preventiva del crédito y el compromiso definitivo se efectuarán en forma conjunta en el momento de la emisión de cada solicitud de provisión y solamente por el monto de la misma, imputándose a las partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio 2019; Que mediante el Decreto N° 172/18 se ratificó al suscripto, a partir del 27 de Abril de 2018, como Titular de la Unidad Gestión Estratégica y Transformación dependiente de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Ecoparque Interactivo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires" designado oportunamente mediante Decreto N° 92/18; Por ello de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el Anexo II del Decreto N° 326/17 y modificatorio Decreto N° 287/18,

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EL TITULAR DE LA UNIDAD GESTIÓN ESTRATÉGICA Y TRANSFORMACIÓN DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE) ECOPARQUE INTERACTIVO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE:

Artículo 1.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2019-10018513-GCABA-UGGOAALUPEEI) y el Pliego de Especificaciones Técnicas (PLIEG-2018-07769473- UGETUPEEI), que forman parte integrante de la presente, los que deberán complementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 1.274/DGCYC/17. Artículo 2.- Autorízase el llamado a Licitación Pública N° 9511-0487-LPU19, para el día 24 de abril de 2019 a las 11:00 horas, al amparo de lo normado en los artículos 31°, 32° y 40° de la Ley 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.017) su Decreto Reglamentario N° 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18, que tiene por objeto la contratación de un "Servicio integral de logística, traslado y relocalización de aves" que actualmente residen en el predio del Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un monto total de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS CON 00/100 ($ 2.985.675,00.-). Artículo 3.- Establézcase el día 17de abril de 2019, a las 11:00 horas, para realizar la visita al predio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 8° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Artículo 4.- El gasto que demande la presente medida será imputado a las partidas correspondientes del ejercicio 2019. Artículo 5.- Delégase al Titular de la Unidad Gestión General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales del Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires la facultad de emitir Circulares en el presente procedimiento. Artículo 6.- Remítase invitaciones y cúrsase las comunicaciones de acuerdo con lo establecido en el Artículo 95° de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017) y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de UN (1) día, con TRES (3) días de anticipación a la fecha de apertura, en la Página de Internet Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en el portal de Buenos Aires Compras (BAC). Cumplido, archívese. Pellandini

DISPOSICIÓN N.° 100/DGCAR/19

Buenos Aires, 4 de abril de 2019 VISTO: Las Leyes N° 5.460 (modificada por la Ley N° 5.960), N° 2.634 y N° 5.901, los Decretos N° 217/18 y N° 81/18, la Resolución N° 540/MAYEP/18 y el Expediente Electrónico N° 04951972/DGCAR/2019 y, CONSIDERANDO:

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ANEXO

Que mediante la Ley N° 5.460 (modificada por la Ley N° 5.960) se sancionó la Ley de

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Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo entre ellos al Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que mediante el Decreto N° 217/18, se modificó la estructura órganica funcional del Ministerio mencionado, estableciendo a la Dirección General Coordinación Administrativa y Registros entre las dependencias de la Subsecretaría de Vías Peatonales; Que entre las responsabilidades primarias de la Dirección General citada se encuentra la de "supervisar el Registro de Autorizados para Aperturas en el Espacio Público (RAAEP) y realizar las altas y bajas del mismo, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley N° 2.634 y su reglamentación"; Que la Ley N° 5.901 abrogó la Ley N° 2.634 y a través de ella, se aprobó el nuevo Régimen de Aperturas y/o Roturas en la Vía Pública, creó el Registro de Personas Autorizadas para Aperturas en la Vía Pública (RPAAVP) en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y designó como Autoridad de Aplicación de ella al Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que por medio del Decreto N° 81/18 se aprobó la reglamentación de la citada Ley y se facultó al Ministerio de Ambiente y Espacio Público a dictar todos los actos interpretativos, aclaratorios y complementarios, así como las cuestiones técnico-operativas que fueran necesarias; Que el Anexo I de la Resolución N° 540/MAYEPGC/18 establece que el RPAAVP se radica en la Dirección General Coordinación Administrativa y Registros de la Subsecretaría de Vías Peatonales y establece los requisitos y el procedimiento que los solicitantes deben observar a los fines de que se les tenga por válida la inscripción, renovación y/o modificación en el referido Registro; Que la inscripción se otorga en un plazo anual computado desde la fecha de notificación del acto administrativo correspondiente y que vencido el plazo, debe ser renovada en los términos del artículo 3 del Anexo I de la Resolución N° 540/MAYEPGC/18; Que el citado artículo establece que previo a la fecha de vencimiento, el sujeto inscripto debe presentar la solicitud de renovación anual ratificando su voluntad de permanecer en el RPAAVP y cumplir con los recaudos previstos en el artículo 2 de la referida normativa; Que, la empresa CRIBA - MILICIC - UNION TRANSITORIA, CUIT N° 30-71600753-3, solicitó con fecha 4 de febrero de 2019, la inscripción en la PRIMER categoría del RPAAVP, para el desarrollo de la obra "AEP 4034 - Obras Exteriores: Relleno Costero, Vialidades y Parquización (incluye cocheras) para el Aeroparque Jorge Newbery, Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que la empresa CRIBA - MILICIC - UNION TRANSITORIA designa como representante técnico al Ingeniero Civil Federico Ernesto Lufft, DNI N° 13.509.681 y Matrícula del Consejo Profesional de Ingeniería Civil N° 15.258; Que, esta Dirección General entiende que se han cumplimentado los requisitos y recaudos establecidos en la normativa vigente por lo que corresponde aceptar la inscripción de la empresa CRIBA - MILICIC - UNION TRANSITORIA en el Registro de Personas Autorizadas para Aperturas en la Vía Pública. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL COORDINACION ADMINISTRATIVA Y REGISTROS DE LA SUBSECRETARÍA DE VÍAS PEATONALES

DISPONE:

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Artículo 1°.- Inscríbase a la empresa CRIBA - MILICIC - UNION TRANSITORIA, CUIT

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N° 30-71600753-3 en el Registro de Personas Autorizadas para Aperturas en la Vía Pública, bajo el N° 10.204 de la PRIMER categoría y con la representación técnica del Ingeniero Civil Federico Ernesto Lufft, DNI N° 13.509.681 y Matrícula del Consejo Profesional de Ingeniería Civil N° 15.258, para el desarrollo de la obra "AEP 4034 - Obras Exteriores: Relleno Costero, Vialidades y Parquización (incluye cocheras) para el Aeroparque Jorge Newbery, Ciudad Autónoma de Buenos Aires". Artículo 2°.- Establécese que la presente inscripción se otorga por el plazo que dure el desarrollo de la obra mencionada en el artículo 1 y/o de un año computado desde la notificación de la presente Disposición, lo que ocurra primero en el tiempo. Artículo 3°.- Establécese que el inscripto mencionado en el artículo 1 de la presente deberá notificar, presentar y acreditar cualquier modificación de la información y/o documentación entregada para la presente renovación, en un plazo de diez (10) días hábiles desde acaecida la misma y bajo apercibimiento de la baja del Registro de Personas Autorizadas para Aperturas en la Vía Pública, en los términos del Anexo I de la Resolución N° 540/MAYEPGC/18. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, remítase a la Gerencia Operativa Registros Autorizados dependiente de la Dirección General Coordinación Administrativa y Registros para la notificación fehaciente al sujeto inscripto conforme artículo 1. Cumplido, archívese. Ballan

DISPOSICIÓN N.° 103/DGCAR/19

Buenos Aires, 4 de abril de 2019 VISTO: Las Leyes N° 5.460 (modificada por la Ley N° 5.960), N° 2.634 y N° 5.901, los Decretos N° 217/18 y N° 81/18, la Resolución N° 540/MAYEP/18 y el Expediente Electrónico N° 08432294/DGCAR/19 y, CONSIDERANDO: Que mediante la Ley N° 5.460 (modificada por la Ley N° 5.960) se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo entre ellos al Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que mediante el Decreto N° 217/18, se modificó la estructura órganica funcional del Ministerio mencionado, estableciendo a la Dirección General Coordinación Administrativa y Registros entre las dependencias de la Subsecretaría de Vías Peatonales; Que entre las responsabilidades primarias de la Dirección General citada se encuentra la de "supervisar el Registro de Autorizados para Aperturas en el Espacio Público (RAAEP) y realizar las altas y bajas del mismo, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley N° 2.634 y su reglamentación"; Que la Ley N° 5.901 abrogó la Ley N° 2.634 y a través de ella, se aprobó el nuevo Régimen de Aperturas y/o Roturas en la Vía Pública, creó el Registro de Personas Autorizadas para Aperturas en la Vía Pública (RPAAVP) en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y designó como Autoridad de Aplicación de ella al Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

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Que por medio del Decreto N° 81/18 se aprobó la reglamentación de la citada Ley y se facultó al Ministerio de Ambiente y Espacio Público a dictar todos los actos interpretativos, aclaratorios y complementarios, así como las cuestiones técnico-operativas que fueran necesarias; Que el Anexo I de la Resolución N° 540/MAYEPGC/18 establece que el RPAAVP se radica en la Dirección General Coordinación Administrativa y Registros de la Subsecretaría de Vías Peatonales y establece los requisitos y el procedimiento que los solicitantes deben observar a los fines de que se les tenga por válida la inscripción, renovación y/o modificación en el referido Registro; Que la inscripción se otorga en un plazo anual computado desde la fecha de notificación del acto administrativo correspondiente y que vencido el plazo, debe ser renovada en los términos del artículo 3 del Anexo I de la Resolución N° 540/MAYEPGC/18; Que el citado artículo establece que previo a la fecha de vencimiento, el sujeto inscripto debe presentar la solicitud de renovación anual ratificando su voluntad de permanecer en el RPAAVP y cumplir con los recaudos previstos en el artículo 2 de la referida normativa; Que, la empresa GIGARED S.A, CUIT N° 30-66304517-9, solicitó con fecha 18 de marzo de 2019, la renovación de la inscripción en la PRIMERA categoría del RPAAVP; Que la empresa GIGARED S.A designa como representante técnico al Arquitecto Jorge Ricardo Burgos, DNI N° 14.596.921 y Matrícula del Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo N° 27.187; Que, esta Dirección General entiende que se han cumplimentado los requisitos y recaudos establecidos en la normativa vigente por lo que corresponde aceptar la renovación de la empresa GIGARED S.A en el Registro de Personas Autorizadas para Aperturas en la Vía Pública. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL COORDINACION ADMINISTRATIVA Y REGISTROS DE LA SUBSECRETARÍA DE VÍAS PEATONALES

DISPONE: Artículo 1°.- Renuévese la inscripción de la empresa GIGARED S.A, CUIT N° 30-66304517-9 en el Registro de Personas Autorizadas para Aperturas en la Vía Pública, bajo el N° 10.024 de la PRIMERA categoría y con la representación técnica del Arquitecto Jorge Ricardo Burgos, DNI N° 14.596.921 y Matrícula del Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo N° 27.187, por el término de un año computado desde la notificación de la presente Disposición. Artículo 2°.- Establézcase que el inscripto mencionado en el artículo 1 de la presente deberá notificar, presentar y acreditar cualquier modificación de la información y/o documentación entregada para la presente renovación, en un plazo de diez (10) días hábiles desde acaecida la misma y bajo apercibimiento de la baja del Registro de Personas Autorizadas para Aperturas en la Vía Pública, en los términos del Anexo I de la Resolución N° 540/MAYEPGC/18. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, remítase a la Gerencia Operativa Registros Autorizados dependiente de la Dirección General Coordinación Administrativa y Registros para la notificación fehaciente al sujeto inscripto conforme artículo 1. Cumplido, archívese. Ballan

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DISPOSICIÓN N.° 104/DGCAR/19

Buenos Aires, 4 de abril de 2019 VISTO: Las Leyes N° 5.460 (modificada por la Ley N° 5.960), N° 2.634 y N° 5.901, los Decretos N° 217/18 y N° 81/18, la Resolución N° 540/MAYEP/18 y el Expediente Electrónico N° 07221356/DGCAR/2019 y, CONSIDERANDO: Que mediante la Ley N° 5.460 (modificada por la Ley N° 5.960) se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo entre ellos al Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que mediante el Decreto N° 217/18, se modificó la estructura órganica funcional del Ministerio mencionado, estableciendo a la Dirección General Coordinación Administrativa y Registros entre las dependencias de la Subsecretaría de Vías Peatonales; Que entre las responsabilidades primarias de la Dirección General citada se encuentra la de "supervisar el Registro de Autorizados para Aperturas en el Espacio Público (RAAEP) y realizar las altas y bajas del mismo, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley N° 2.634 y su reglamentación"; Que la Ley N° 5.901 abrogó la Ley N° 2.634 y a través de ella, se aprobó el nuevo Régimen de Aperturas y/o Roturas en la Vía Pública, creó el Registro de Personas Autorizadas para Aperturas en la Vía Pública (RPAAVP) en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y designó como Autoridad de Aplicación de ella al Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que por medio del Decreto N° 81/18 se aprobó la reglamentación de la citada Ley y se facultó al Ministerio de Ambiente y Espacio Público a dictar todos los actos interpretativos, aclaratorios y complementarios, así como las cuestiones técnico-operativas que fueran necesarias; Que el Anexo I de la Resolución N° 540/MAYEPGC/18 establece que el RPAAVP se radica en la Dirección General Coordinación Administrativa y Registros de la Subsecretaría de Vías Peatonales y establece los requisitos y el procedimiento que los solicitantes deben observar a los fines de que se les tenga por válida la inscripción, renovación y/o modificación en el referido Registro; Que la inscripción se otorga en un plazo anual computado desde la fecha de notificación del acto administrativo correspondiente y que vencido el plazo, debe ser renovada en los términos del artículo 3 del Anexo I de la Resolución N° 540/MAYEPGC/18; Que el citado artículo establece que previo a la fecha de vencimiento, el sujeto inscripto debe presentar la solicitud de renovación anual ratificando su voluntad de permanecer en el RPAAVP y cumplir con los recaudos previstos en el artículo 2 de la referida normativa; Que, la empresa MILICIC S.A., CUIT N° 30-62231778-4, solicitó con fecha 1 de marzo de 2019, la inscripción en la PRIMER categoría del RPAAVP; Que la empresa MILICIC S.A. designa como representante técnico al Ingeniero Civil Ernesto Lufft, DNI N° 13.509.681 y Matrícula del Consejo Profesional de Ingeniería Civil N° 15.258;

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Que, esta Dirección General entiende que se han cumplimentado los requisitos y recaudos establecidos en la normativa vigente por lo que corresponde aceptar la inscripción de la empresa MILICIC S.A. en el Registro de Personas Autorizadas para Aperturas en la Vía Pública. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL COORDINACION ADMINISTRATIVA Y REGISTROS DE LA SUBSECRETARÍA DE VÍAS PEATONALES

DISPONE: Artículo 1°.- InscrÍbase a la empresa MILICIC S.A., CUIT N° 30-62231778-4 en el Registro de Personas Autorizadas para Aperturas en la Vía Pública, bajo el N° 10.203 de la PRIMER categoría y con la representación técnica del Ingeniero Civil Ernesto Lufft, DNI N° 13.509.681 y Matrícula del Consejo Profesional de Ingeniería Civil N° 15.258, por el término de un año computado desde la notificación de la presente Disposición. Artículo 2°.- Determínese un plazo de 15 días hábiles a fin de que la empresa MILICIC S.A. presente la documental faltante desde la notificación de la presente Disposición, bajo apercibimiento de revocar el presente acto administrativo. Artículo 3°.- Establézcase que el inscripto mencionado en el artículo 1 de la presente deberá notificar, presentar y acreditar cualquier modificación de la información y/o documentación entregada para la presente renovación, en un plazo de diez (10) días hábiles desde acaecida la misma y bajo apercibimiento de la baja del Registro de Personas Autorizadas para Aperturas en la Vía Pública, en los términos del Anexo I de la Resolución N° 540/MAYEPGC/18. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, remítase a la Gerencia Operativa Registros Autorizados dependiente de la Dirección General Coordinación Administrativa y Registros para la notificación fehaciente al sujeto inscripto conforme artículo 1. Cumplido, archívese. Ballan

DISPOSICIÓN N.° 369/DGFER/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064, los Decretos N° 481-GCBA/11, N° 203/GCBA/2016, el Expediente Electrónico N° 7302809/DGFER/2019; y CONSIDERANDO: Que, por la actuación citada en el Visto, tramita la Licitación Privada Nº 5/SIGAF/2019, para la contratación de la obra "Puesta en valor Mercado de Villa Pueyrredón", al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 481-GCBA/11; Que la intervención proyectada corresponde a la Puesta en Valor del Mercado de Villa Pueyrredón, situado en la Avenida Nazca esquina Ezeiza; Que se solicita la renovación del mercado, reforzar la iluminación, refaccionar el área de sanitarios e impermeabilizar el techo; Que, a los fines propuestos, corresponde adoptar las acciones pertinentes para la realización de la contratación de la obra de referencia;

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Que el plazo de ejecución de la Obra es de tres (3) meses, contados a partir de la suscripción del Acta de Inicio; Que el presupuesto oficial actualizado de la referida obra asciende a la suma total de pesos dos millones doscientos noventa y cuatro mil ochocientos cuarenta y seis con 52/100 ($2.294.846,52); Que obra en las actuaciones la afectación presupuestaria correspondiente; Que en atención al monto del presupuesto oficial de la contratación que nos ocupa resulta de aplicación el Régimen de Contratación para Obra Pública Menor; Que el correspondiente Pliego de Bases y Condiciones Generales obrante en el actuado fue aprobado por Decreto Nº 481-GCBA/11; Que, esta Dirección General confeccionó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Pliego de Especificaciones Técnicas, los planos de aplicación, la estructura de ponderación de insumos y la planilla de cómputo y presupuesto; Que oportunamente se dio la intervención ordenada por el art. 8º del Decreto Nº 127/GCBA/2014; Que, en consecuencia, corresponde aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Pliego de Especificaciones Técnicas, como así también los planos que regirán la presente contratación, y disponer el pertinente llamado para la Licitación Privada N° 5/SIGAF/2019 referente a la obra que nos ocupa; Por ello, en un todo de acuerdo a lo previsto en la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064 y en virtud de las facultades conferidas por el Anexo II del Decreto N° 203-GCBA/16,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL FERIAS DISPONE

Artículo 1º.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2019-10559599-GCABA-DGFER), de Especificaciones Técnicas (IF-2019-07302620-

GCABA-DGFER) y los planos de aplicación (PLANO-2019-06962300-GCABA-DGFER) para la Obra "Puesta en valor Mercado de Villa Pueyrredón", cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de pesos dos millones doscientos noventa y cuatro mil ochocientos cuarenta y seis con 52/100 ($2.294.846,52). Artículo 2º.- Llámase a Licitación Privada Nº 5/SIGAF/2019 para el día 24 de abril de 2019 a las 12 hs., en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en la Av. Martin García 346, 3º piso, al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064. Artículo 3°.- Fíjase como fecha de visita de obra el día 12 de abril de 2019. Artículo 4°.- Publíquese por el término de 1 (un) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 5º.- Establécese que los Pliegos de Bases y Condiciones aprobados por el artículo 1° de la presente, serán gratuitos y podrán ser consultados en el sitio de internet, http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ y retirados en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, Av. Martin García 346, 3º piso. Artículo 6°.-. La presentación de ofertas se realizará en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones del Ministerio de Ambiente y Espacio Público hasta las 11 horas del día 24 de abril de 2019. Artículo 7º.- Remítanse las invitaciones y publíquese la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la Cartelera Oficial de la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones y en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/.

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Artículo 8°.- Emítanse las Circulares de carácter no técnico a través de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Artículo 9°.- Las erogaciones a que dé lugar la obra que se licita, serán imputadas a las partidas presupuestarias correspondientes. Artículo 10º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Remítase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público para la prosecución del trámite licitatorio. Kuasnoskyg

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ANEXO

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Ministerio de Gobierno

DISPOSICIÓN N.° 143/DGRC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La Ley Nacional N° 26.413, el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, el Decreto Nº 433/GCABA/16, la Resolución Nº 2944/GCABA/MHGC/16, el EX 2019-06542424 -GCABA-DGTES, y CONSIDERANDO: Que la Ley Nacional N° 26.413 en su artículo 2° establece que el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas será organizado por los gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y estará a cargo de un Director General; Que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, la Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno, es el órgano que desempeña las funciones comprendidas en la ley antes citada, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que de las normas precedentes, se infiere que el legislador le otorgó a cada jurisdicción territorial y al Director General del Registro en cuestión, cierto margen de discrecionalidad organizacional; Que por el expediente citado en el Visto tramita la solicitud de devolución de dinero a favor de Corina Patricia MAMANI, DNI N° 27.401.622, que fuera abonado en concepto de tramite urgente; Que mediante el Decreto N° 433/16 se establecieron los niveles de decisión y cuadro de competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad, disponiendo la competencia de los funcionarios facultados a realizar reintegros y devoluciones; Que al respecto, la Resolución Nº 2944/GCABA/MHGC/16 dispuso que, para poder realizar los reintegros correspondientes, los funcionarios habilitados deben contar con un acto administrativo emitido por el máximo responsable de la repartición solicitante; Que conforme surge de las constancias obrantes en las presentes actuaciones, se abonó un trámite urgente siendo la causa de frustración del mismo ajena a este registro; Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo por medio del cual se deniegue la devolución del importe solicitado. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

El DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS

DISPONE Artículo 1º.- Denegar la devolución de la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA ($650) a favor de Corina Patricia MAMANI, DNI N° 27.401.622, en concepto del pago que realizara oportunamente en esta repartición.- Artículo 2º.- Para su autorización y demás efectos, remítase a la Dirección General de

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Contaduría, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Administración Económica del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Cordeiro

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Jefatura de Gabinete de Ministros

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 492/IVC/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO lo actuado en EX-2018-33599595-MGEYA-IVC y, CONSIDERANDO: Que atento al IF-2018-33603942-IVC e IF-2018-33603827-IVC la Dirección General Recursos Humanos solicita la Contratación de un Servicio de Producción Integral de Eventos, con el fin de garantizar la organización y desarrollo de los eventos que planifique realizar el IVC (órdenes 3 y 4); Que para ello la Gerencia Operativa Adquisición de Bienes y Servicios elaboró el Pliego de Condiciones Particulares y Anexos que servirán de base para el llamado a la Licitación Pública Nº 12/19, según lo previsto por el Art. 31 de la Ley de Compras y Contrataciones Nº 2095/06 (Texto Consolidado Ley 6017/18 - BOCBA 5485 del 25/10/18); Que la Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones tomó intervención y prestó conformidad al encuadre legal propuesto, de acuerdo a las facultades de supervisión otorgadas por la Superioridad mediante Art. 4º de ACDIR-2018-4853-IVC; Que según lo dispuesto en el Artículo 88 Inciso 8 del Decreto Reglamentario Nº 326/17 (BOCBA 5202 del 31/08/17), los Pliegos de Bases y Condiciones se suministrarán en forma gratuita; Que la Dirección General Administración y Finanzas realizó la correspondiente afectación presupuestaria a través del Formulario de Solicitud de Gastos N° 26702/19 (DOCFI-2019- 08663020-GCABA-IVC), obrante en Orden 21; Que la presente contratación está contemplada en el renglón Nº 28 del Plan Anual de Compras y Contrataciones del Organismo para el Ejercicio 2019, aprobado por ACDIR-2018-5018-IVC de fecha 20 de Diciembre de 2018; Que en el Art 2º de dicha Acta, el Directorio delega en el Gerente General la aprobación de los procesos que se encuentran incorporados en el Plan Anual, la autorización del llamado, la aprobación de la Documentación Licitatoria y el dictado de todos los actos administrativos que fueran menester hasta la adjudicación de las distintas contrataciones; Que el Art 4º de la mencionada Acta de Directorio delega en la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal la emisión de circulares aclaratorias o explicativas y modificatorias de carácter no sustancial, con o sin consulta, la fijación de fecha de recepción de la documentación licitatoria y la apertura de sobres, la invitación de las empresas respectivas y la realización de las publicaciones de ley en el Boletín Oficial de la CABA y la difusión en el sitio web oficial; Que a fin de dar mayor celeridad al presente proceso licitatorio se considera oportuno fijar fecha de recepción de la Documentación Licitatoria y la apertura de sobres en este Acto; Que el Departamento Redeterminaciones tomó la intervención competente; Que en virtud de las delegaciones conferidas en el Art. 2º de ACDIR- 2018-5018-IVC,

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EL GERENTE GENERAL DISPONE

Art. 1º- Autorizar el llamado a la Licitación Pública N° 12/19, para la Contratación de un Servicio de Producción Integral de Eventos, con el fin de garantizar la organización y desarrollo de los eventos que planifique realizar el IVC, según lo previsto por el Art. 31 de la Ley de Compras y Contrataciones Nº 2095/06 (Texto Consolidado Ley 6017/18 - BOCBA 5485 del 25/10/18). Art. 2º- Aprobar el Pliego de Condiciones Particulares que regirá la Licitación Pública N° 12/19 y toda la documentación adjunta que servirá de base para el llamado, que como PLIEG-2019-10275697-IVC pasa a integrar la presente. El pliego Único de Bases y Condiciones Generales a utilizar es el aprobado mediante Disposición Nº 1274-DGCyC/17, al cual adhirió este IVC mediante ACDIR-2018-4853-IVC. Art. 3º- Destacar que según lo dispuesto en el Artículo 88 Inciso 8 del Decreto Reglamentario Nº 326/17 (BOCBA 5202 del 31/08/17), los Pliegos de Bases y Condiciones se suministrarán en forma gratuita. Art. 4º- Destacar que la Dirección General Administración y Finanzas efectuó la afectación presupuestaria correspondiente por medio del Formulario de Solicitud de Gastos N° 26702/19, obrante en Orden N° 21. Art. 5º- Encomendar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal a través de la Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones, cursar las invitaciones respectivas y la realización de las publicaciones de ley en el Boletín Oficial de la CABA y en sitio web oficial. Art. 6º- Fijar fecha de recepción de la documentación licitatoria y la apertura de sobres para el día 15 de Abril de 2019 a las 14:00 hs, en la sede de la Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones. Art. 7º- La presente disposición será refrendada por la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal. Art. 8°- Comuníquese a la Gerencia General, a las Subsecretaría de Proyectos y Obras, a las Direcciones Generales Recursos Humanos, Técnica Administrativa y Legal, de Administración y Finanzas, a la Gerencia Operativa de Adquisición de Bienes y Servicios y pase a la Gerencia Operativa de Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones para la prosecución de su trámite. Meroño - Migliore

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ANEXO

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 2/HOI/19

Buenos Aires, 28 de marzo de 2019 VISTO: La Ley 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5666), el Decreto Reglamentario N° 326/17, el Decreto Nº 287/18 y el Expediente N° 05747466-GCABA-HOI-2019, y; CONSIDERANDO: Que, por el citado actuado tramita la Licitación Pública N° 429-0198-LPU19, adquisición de insumos para Laboratorio de Prótesis, para el normal funcionamiento del mismo, perteneciente a este Hospital de Odontología Infantil "Don Benito Quinquela Martín" dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, a orden 2 se observa el correspondiente Anexo Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que, la adquisición en cuestión resulta imprescindible para el normal funcionamiento del Laboratorio de Prótesis de este establecimiento; Que, a orden 4 obra la correspondiente afectación preventiva mediante documento financiero de la Solicitud de Gasto N° 429-250-SG19, con el compromiso presupuestario preventivo autorizado, de conformidad con la norma vigente; Que, mediante Disposición N° 6-HOI-2019 de fecha 13 de febrero de 2019 de orden 7, se dispuso el respectivo llamado, bajo la modalidad de licitación pública, al amparo de lo establecido en el Artículo 31°- Capítulo III- Título Tercero de la Ley N° 2095, y a orden 5, las respectivas Cláusulas Particulares; Que, a orden 12 luce el acta de apertura, con dos oferentes: ARTICULOS ODONTOLOGICOS S.A., SUMINISTROS WHITE S.A., y, en informe gráfico, a orden 15 el respectivo cuadro comparativo de ofertas; Que, en cumplimiento de los principios de publicidad y difusión, se realizó la respectiva publicación en la cartelera de este hospital, en el sitio de "Internet" asignado a tal fin, Mercados Transparentes, Cámara Argentina de Comercio, Unión Argentina Proveedores del Estado y en el Sistema de Compras Electrónicas Buenos Aires Compras BAC, de acuerdo a lo observado a orden 33; Que, a orden 34 obran los precios de referencia aportados por la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Economía y Finanzas del GCABA; Que, a orden 35 se remitieron a través del Sistema de Compras Electrónicas Buenos Aires Compras BAC, las correspondientes invitaciones a proveedores; Que, del dictamen de evaluación de ofertas, de orden 36, surgen preseleccionadas las firmas: ARTICULOS ODONTOLOGICOS S.A.- C.U.I.T. 30692134091: Renglón Nº 1-opción 1- oferta mas conveniente (menor precio)-Art. 108-Ley 2095.; Renglón Nº 2-opción1 - oferta mas conveniente (menor precio)-Art. 108-Ley 2095; Renglón Nº 3-opción 1- oferta mas conveniente (menor precio)-Art. 108-Ley 2095; Renglón Nº 15-opción 1- oferta mas conveniente (menor precio-muestra)-Art. 108-Ley 2095; Renglón Nº 16-opción 1- oferta mas conveniente (menor precio-muestra)-Art. 108-Ley 2095; Renglón Nº 18-opción1 - oferta mas conveniente (menor precio)-Art. 108-Ley 2095; Renglón Nº 19-opción1 - oferta mas conveniente (menor precio)-Art. 108-Ley 2095; SUMINISTROS WHITE S.A C.U.I.T. 30708166673: Renglón Nº 5-opción 1- única

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oferta (oferta conveniente-precio conveniente)-Art. 109-Ley 2095; Renglón Nº 7-opción1 - única oferta (oferta conveniente-precio conveniente)-Art. 109-Ley 2095; Renglón Nº 8-opción 1- única oferta (oferta conveniente-precio conveniente)-Art. 109-Ley 2095; Renglón Nº 9-opción1 - única oferta (oferta conveniente-precio conveniente)-Art. 109-Ley 2095; Renglón Nº 10-opción 1 - única oferta (oferta conveniente-precio conveniente)-Art. 109-Ley 2095; Renglón Nº 12-opción 1 - única oferta (oferta conveniente-precio conveniente)-Art. 109-Ley 2095; Renglón Nº 13-opción 1 única oferta (oferta conveniente-precio conveniente)-Art. 109-Ley 2095; Renglón Nº 14-opción 1 - única oferta (oferta conveniente-precio conveniente)-Art. 109-Ley 2095; Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Ley 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5666), el Decreto Reglamentario N° 326/17 y el Decreto Nº 287/18;

LA SRA. DIRECTORA DEL HOSPITAL DE ODONTOLOGÍA INFANTIL "DON BENITO QUINQUELA MARTÍN" CONJUNTAMENTE

CON EL SR. SUBGERENTE OPERATIVO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ECONÓMICA Y FINANCIERA

DISPONEN Artículo 1º -Apruébase la Licitación Pública Nº 429-0198-LPU19 y adjudíquese a las firmas: ARTICULOS ODONTOLOGICOS S.A: Renglón Nº 1-opción 1- por un total de pesos mil setecientos ($ 1.700,00.-) - Renglón Nº 2-opción1 - por un total de pesos mil setecientos ($ 1.700,00.-) - Renglón Nº 3-opción 1- por un total de pesos mil setecientos ($ 1.700,00.-) - Renglón Nº 15-opción 1- por un total de pesos once mil cuatrocientos ($ 11.400,00.-) - Renglón Nº 16-opción 1- por un total de pesos veintidós mil ochocientos ($ 22.800,00.-) - Renglón Nº 18-opción1 - por un total de pesos dos mil trescientos ($ 2.300,00.-) - Renglón Nº 19-opción1 - por un total de pesos tres mil cuatrocientos ($ 3.400,00.-) -, que asciende el total de pesos cuarenta y cinco mil ($ 45.000,00.-); SUMINISTROS WHITE S.A: Renglón Nº 5-opción 1- por un total de pesos mil doscientos ($ 1.200,00.-) - Renglón Nº 7-opción1 - por un total de pesos tres mil ($ 3.000,00.-) - Renglón Nº 8-opción 1- por un total de pesos ochocientos cuarenta ($ 840,00.-) - Renglón Nº 9- opción1 - por un total de pesos seis mil setecientos setenta ($ 6.770,00.-) - Renglón Nº 10-opción 1 - por un total de pesos diecinueve mil trescientos cincuenta ($19.350,00.-) - Renglón Nº 12-opción 1 - por un total de pesos diez mil novecientos veinte ($10.920,00.-) - Renglón Nº 13-opción 1 - por un total de pesos veinte mil cuatrocientos ($20.400,00.-) -Renglón Nº 14-opción1 -por un total de pesos dieciocho mil cuatrocientos ochenta y siete con cincuenta centavos ($ 18.487,50.-) , que asciende el total de pesos ochenta mil novecientos sesenta y siete con cincuenta centavos ($80.967,50.-), que hace al total de la presente licitación pública a la suma de pesos ciento veinticinco mil novecientos sesenta y siete con cincuenta centavos ($ 125.967,50 .-) para este Hospital de Odontología Infantil "Don Benito Quinquela Martín", según el siguiente detalle: ARTICULOS ODONTOLOGICOS S.A. Renglón Nº 1.1 - cantidad: 500 unidades-precio unitario: $3,40.-precio total:$ 1.700,00 ARTICULOS ODONTOLOGICOS S.A. Renglón Nº 2. 1- cantidad: 500 unidades-precio unitario: $ 3,40.-precio total:$ 1.700,00. ARTICULOS ODONTOLOGICOS S.A. Renglón Nº 3.1- cantidad: 500 unidades-precio unitario: $ 3,40.-precio total: $1.700,00. SUMINISTROS WHITE S.A Renglón Nº 5.1- cantidad: 1200 unidades-precio unitario: $ 1,00.-precio total:$ 1.200,00 SUMINISTROS WHITE S.A

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Renglón Nº 7.1 - cantidad: 6000 unidades-precio unitario: $ 0,50.-precio total: $3.000,00 SUMINISTROS WHITE S.A Renglón Nº 8.1- cantidad: 12000 unidades-precio unitario: $ 0,07.-precio total: $ 840,00 SUMINISTROS WHITE S.A Renglón Nº 9.1 - cantidad:100 unidades-precio unitario:$ 67,70.-precio total:$ 6.770,00. SUMINISTROS WHITE S.A Renglón Nº 10.1- cantidad: 250 unidades-precio unitario: $ 77,40.-precio total: $ 19.350,00 SUMINISTROS WHITE S.A: Renglón Nº 12.1 -- cantidad: 1200 unidades-precio unitario: $ 9,10.-precio total: $ 10.920,00 SUMINISTROS WHITE S.A Renglón Nº 13-.1 - cantidad: 12000 unidades-precio unitario: $ 1,70.-precio total: $ 20.400,00. SUMINISTROS WHITE S.A Renglón Nº 14.1--cantidad: 15 unidades-precio unitario: $ 1.232,50.-precio total: $ 18.487,50 ARTICULOS ODONTOLOGICOS S.A. Renglón Nº 15.1- cantidad: 200 unidades-precio unitario: $ 57,00.-precio total: $ 11.400,00 ARTICULOS ODONTOLOGICOS S.A. Renglón Nº 16.1- cantidad: 400 unidades-precio unitario: $ 57,00.-precio total: $ 22.800,00. ARTICULOS ODONTOLOGICOS S.A. Renglón Nº 18.1- cantidad: 500 unidades-precio unitario: $ 4,60.-precio total: $ 2.300,00 ARTICULOS ODONTOLOGICOS S.A. Renglón Nº 19.1 - cantidad: 1000 unidades-precio unitario: $ 3,40.-precio total: $ 3.400,00 Total Adjudicado: $ 125.967,50.- Son pesos: ciento veinticinco mil novecientos sesenta y siete con cincuenta centavos.- Articulo 2º - Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria correspondiente al año 2019.- Articulo 3º - Autorízase a la División Compras y Contrataciones del Hospital de Odontología Infantil "Don Benito Quinquela Martín" a emitir las respectivas órdenes de compra.- Articulo 4º - Dése al registro, publíquese y remítase con carácter de trámite urgente a la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese a quien corresponda. Cumplido, archívese. Peña - Scagnet

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ANEXO

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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 4/HOI/19

Buenos Aires, 29 de marzo de 2019 VISTO: La Ley 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5666), el Decreto Reglamentario N° 326/17, el Decreto Nº 287/18 y el Expediente N° 06254134-GCABA-HOI-2019, y; CONSIDERANDO: Que, por el citado actuado tramita la Licitación Pública N° 429-0242-LPU19, adquisición de gasa para el normal funcionamiento de los servicios asistenciales pertenecientes a este Hospital de Odontología Infantil "Don Benito Quinquela Martín" dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, a orden 2 se observa el correspondiente Anexo Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que, la adquisición en cuestión resulta imprescindible para el normal funcionamiento de los servicios asistenciales de este establecimiento; Que, a orden 4 obra la correspondiente afectación preventiva mediante documento financiero de la Solicitud de Gasto N° 429-264-SG19, con el compromiso presupuestario preventivo autorizado, de conformidad con la norma vigente; Que, mediante Disposición N° 7-HOI-2019 de fecha 20 de febrero de 2019 de orden 7, se dispuso el respectivo llamado, bajo la modalidad de licitación pública, al amparo de lo establecido en el Artículo 31°- Capítulo III- Título Tercero de la Ley N° 2095, y a orden 5, las respectivas Cláusulas Particulares; Que, a orden 12 luce el acta de apertura, con tres oferentes: BHAURAC S.A., BYMED S.R.L., EZEQUIEL MARTIN LINARES, y, en informe gráfico, a orden 15 el respectivo cuadro comparativo de ofertas; Que, en cumplimiento de los principios de publicidad y difusión, se realizó la respectiva publicación en la cartelera de este hospital, en el sitio de "Internet" asignado a tal fin, Mercados Transparentes, Cámara Argentina de Comercio, Unión Argentina Proveedores del Estado y en el Sistema de Compras Electrónicas Buenos Aires Compras BAC, de acuerdo a lo observado a orden 25; Que, a orden 26 se remitieron a través del Sistema de Compras Electrónicas Buenos Aires Compras BAC, las correspondientes invitaciones a proveedores; Que, a orden 28 obran los precios de referencia aportados por la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Economía y Finanzas del GCABA; Que, del dictamen de evaluación de ofertas, de orden 33, surge preseleccionada la firma: BHAURAC S.A.- CUIT 30611816614: Renglón Nº 1-opción 1- oferta mas conveniente (menor precio)-Art. 108-Ley 2095; Renglón Nº 2-opción1 - oferta mas conveniente (menor precio)-Art. 108-Ley 2095; Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Ley 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5666), el Decreto Reglamentario N° 326/17 y el Decreto Nº 287/18;

LA SRA. DIRECTORA DEL HOSPITAL DE ODONTOLOGÍA INFANTIL "DON BENITO QUINQUELA MARTÍN" CONJUNTAMENTE

CON EL SR. SUBGERENTE OPERATIVO

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DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ECONÓMICA Y FINANCIERA DISPONEN

Artículo 1º -Apruébase la Licitación Pública Nº 429-0242-LPU19 para la adquisición de

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gasa y adjudíquese a la firma: BHAURAC S.A: Renglón Nº 1-opción 1- por un total de pesos veinticinco mil cuatrocientos ochenta ($ 25.480,00.-) - Renglón Nº 2-opción1 - por un total de pesos cuarenta y siete mil doscientos ($ 47.200,00.-) - que asciende el total de pesos setenta y dos mil seiscientos ochenta ($72.680,00.-); que hace al total de la presente licitación pública a la suma de pesos setenta y dos mil seiscientos ochenta ($ 72.680,00.-) para este Hospital de Odontología Infantil "Don Benito Quinquela Martín", según el siguiente detalle: BHAURAC S.A: Renglón Nº 1.1 - cantidad: 2000 unidades-precio unitario: $ 12,74.-precio total: $ 25.480,00. Renglón Nº 2. 1- cantidad: 5000 unidades-precio unitario: $ 9,44.-precio total: $ 47.200,00. Total Adjudicado: $ 72.680,00.- Son pesos: setenta y dos mil seiscientos ochenta.- Articulo 2º - Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria correspondiente al año 2019.- Articulo 3º - Autorízase a la División Compras y Contrataciones del Hospital de Odontología Infantil "Don Benito Quinquela Martín" a emitir la respectiva órden de compra.- Articulo 4º - Dése al registro, publíquese y remítase con carácter de trámite urgente a la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese a quien corresponda. Cumplido, archívese. Peña - Scagnet

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 13/HMIRS/19

Buenos Aires, 29 de marzo de 2019 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley 6.017), el Decreto Reglamentario Nº 326/2017, y su modificatorio Decreto Nº 287/18, la Resolución Nº 2481/MEFGC/2018, y el Expediente Nº 1.976.027 MGEYA-HMIRS-19, y, CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la adquisición de INSUMOS DESCARTABLES GENERALES PARA LABORATORIO de este Hospital Materno Infantil "Ramón Sardá", dependiente del Ministerio de Salud; Que, por Disposición N° 1274-DGCyC-2017 la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades conferidas por el art. 18, Inciso j) de la Ley 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 6.017), el Decreto Reglamentario Nº 326/2017, y su modificatorio Decreto Nº 287/18, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;

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ANEXO

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Que por disposición Nº DI-2019- 10 -GCABA-HMIRS se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares a regir en la Licitación en cuestión y se llamó a LICITACION PUBLICA Nº 435- 0026 - LPU19, mediante Sistema BAC, para su apertura el día 31/01/2019 a las 11:00 hs. al amparo de lo establecido en el Artículo Nº Art. 31 concordante con el primer párrafo del Art.32 de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires N° 2095; (texto consolidado según Ley 6.017), el Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18; Que se cursó invitación por sistema BAC; comunicó a U.A.P.E.; Cámara Argentina de Comercio; Guía General de Licitaciones y Presupuestos; Dirección General de Contaduría; se publicó en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Cartelera del Hospital; Que tal como luce en el Acta de Apertura de Propuestas bajo el Nº IF-2019- 04701412 -GCABA-HMIRS (orden 14) se recibieron las ofertas de las siguientes empresas: MONTEBIO S.R.L., RAUL JORGE POGGI, TRANSQUIMICA MARINA S.R.L., GBO ARGENTINA S.A., MICROLAT S.R.L., QUIMICA EROVNE S.A., MEDI SISTEM S.R.L., ID GROUP S.A., CROMOION S.R.L., QUIMICA CORDOBA S.A., EGLIS S.A.; Que se ha cumplimentado el Cuadro Comparativo de Precios IF-2019- 04702058 -GCABA- HMIRS (orden25) que ordena la reglamentación, del cual surge que corresponde la adjudicación de las ofertas a las siguientes empresas: CROMOION S.R.L. (renglones 1-2-35) por un importe de Pesos Trescientos cincuenta y tres mil cuatrocientos ocho con 50/100 ($ 353.408,50.-), TRANSQUIMICA MARINA S.R.L. (renglones 3-4-10-11-12-13-14-15-17) por un importe de Pesos Un millón novecientos sesenta mil cuatrocientos treinta y cuatro ($ 1.960.434.-), QUIMICA CORDOBA S.A. (renglones 5-6-16-33-34-37) por un importe de Pesos Cuarenta y siete mil ochocientos doce con 54/100 ($ 47.812,54.-), MEDI SISTEM S.R.L. (renglón 7) por un importe de Pesos Treinta y cuatro mil ($ 34.000.-), MONTEBIO S.R.L. (renglones 8-31-32) por un importe de Pesos Setenta mil setecientos cuarenta y cinco con 40/100 ($ 70.745,40.-), RAUL JORGE POGGI (renglones 18-36) por un importe de Pesos Sesenta y cuatro mil setecientos cuarenta ($ 64.740.-), QUIMICA EROVNE S.A. (renglones 19-20-21-22-

23-24-25-27-29-30) por un importe de Pesos Dos millones setecientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos noventa ($2.749.490.- ), GBO ARGENTINA S.A. (renglón 28) por un importe de Pesos catorce mil cuatrocientos ($ 14.400.-) y EGLIS S.A. (renglón 38) por un importe de Pesos Cuatro mil ochocientos cuarenta ($ 4.840.-), quedando descartado el renglón Nº 9 y resultando las ofertas más convenientes en tales renglones, conforme a los términos del Artículo 108 de la Ley Nº 2095, (texto consolidado según Ley 6.017) su Decreto Reglamentario 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18, ha sido exhibida en la cartelera del organismo licitante; Que en consecuencia y atento lo actuado procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se apruebe y adjudique al presente procedimiento; Que encontrándose el Director del Establecimiento en uso de su Licencia, corresponde encomendar la firma de la presente al Sub director Medico Dr. Rubén Almada, en el marco de las previsiones del Decreto Nº 392/10. Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Ley de Compras N° 2095, (texto consolidado según Ley 6.017), el Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18 y lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Nº 392/10,

EL SUB DIRECTOR DEL HOSPITAL MATERNO INFANTIL "RAMON SARDA" EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONÓMICA Y FINANCIERA

DISPONEN:

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Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Menor BAC N° 435- 0026 -LPU19, realizada al

cuatrocientos ocho con 50/100 ($ 353.408,50.- ), TRANSQUIMICA MARINA S.R.L.(renglones 3-4-10-11-12-13-14-15-17) por un importe de Pesos Un millón novecientos sesenta mil cuatrocientos treinta y cuatro ($ 1.960.434.-), QUIMICA CORDOBA S.A. (renglones 5-6-16-33-34-37) por un importe de Pesos Cuarenta y siete mil ochocientos doce con 54/100 ($ 47.812,54.-), MEDI SISTEM S.R.L. (renglón 7) por un importe de Pesos Treinta y cuatro mil ($ 34.000.-), MONTEBIO S.R.L. (renglones 8-31-32) por un importe de Pesos Setenta mil setecientos cuarenta y cinco con 40/100 ($ 70.745,40.-), RAUL JORGE POGGI (renglones 18-36) por un importe de Pesos Sesenta y cuatro mil setecientos cuarenta ($ 64.740.-), QUIMICA EROVNE S.A. (renglones 19-20-21-22-23-24-25-27-29-30) por un importe de Pesos Dos millones setecientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos noventa ($2.749.490.-), GBO ARGENTINA S.A. (renglón 28) por un importe de Pesos catorce mil cuatrocientos ($ 14.400.-) y EGLIS S.A. (renglón 38) por un importe de Pesos Cuatro mil ochocientos cuarenta ($ 4.840.-), con un importe Total adjudicado de Pesos CINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA CON 44/100 ($ 5.299.870,44), según detalle: Firmas Adjudicadas:

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amparo de lo establecido en el artículo Art. 31 concordante con el primer párrafo del Art.32 de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires N° 2095; (texto consolidado según Ley 6.017), el Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18 de este Hospital Materno Infantil "Ramón Sardá", dependiente del Ministerio de Salud, a las siguientes Firmas: CROMOION S.R.L.(renglones 1-2- 35) por un importe de Pesos Trescientos cincuenta y tres mil cuatrocientos ocho con 50/100 ($ 353.408,50.- ), TRANSQUIMICA MARINA S.R.L.(renglones 3-4-10-11-12-13-14-15-17) por un importe de Pesos Un millón novecientos sesenta mil cuatrocientos treinta y cuatro ($ 1.960.434.-), QUIMICA CORDOBA S.A. (renglones 5-6-16-33-34-37) por un importe de Pesos Cuarenta y siete mil ochocientos doce con 54/100 ($ 47.812,54.-), MEDI SISTEM S.R.L. (renglón 7) por un importe de Pesos Treinta y cuatro mil ($ 34.000.-), MONTEBIO S.R.L. (renglones 8-31-32) por un importe de Pesos Setenta mil setecientos cuarenta y cinco con 40/100 ($ 70.745,40.-), RAUL JORGE POGGI (renglones 18-36) por un importe de Pesos Sesenta y cuatro mil setecientos cuarenta ($ 64.740.-), QUIMICA EROVNE S.A. (renglones 19-20-21-22-23-24-25-27-29-30) por un importe de Pesos Dos millones setecientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos noventa ($2.749.490.-), GBO ARGENTINA S.A. (renglón 28) por un importe de Pesos catorce mil cuatrocientos ($ 14.400.-) y EGLIS S.A. (renglón 38) por un importe de Pesos Cuatro mil ochocientos cuarenta ($ 4.840.-), con un importe Total adjudicado de Pesos CINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA CON 44/100 ($ 5.299.870,44), según detalle: Firmas Adjudicadas: CROMOION S.R.L.

Renglón 1: cantidad 300Unidad - precio unitario: $ 643.42.- - precio total: $ 193.026.- Renglón 2: cantidad 1Unidad - precio unitario: $ 1.382,50. - precio total: $ 1.382,50.-.- Renglón 35: cantidad 5000Unidad - precio unitario: $ 31,80- precio total: $ 159.000.- TRANSQUIMICA MARINA S.R.L. Renglón 3: cantidad 1Unidad - precio unitario: $ 658.- - precio total: $ 658.- Renglón 4: cantidad 1Unidad - precio unitario: $ 1.356.- - precio total: $ 1.356.- Renglón 10: cantidad 25Unidad - precio unitario: $ 4.788.-- precio total: $ 119.700.- Renglón 11: cantidad 30Unidad - precio unitario: $ 54.792.- - precio total: $ 1.643.760.- Renglón 12: cantidad 20Unidad - precio unitario: $ 1.817.-. - precio total: $ 36.340.- Renglón 13: cantidad 20Unidad - precio unitario: $ 1.817.-- precio total: $ 36.340.- Renglón 14: cantidad 4Unidad - precio unitario: $ 10.424.- - precio total: $ 41.696.- Renglón 15: cantidad 20Unidad - precio unitario: $ 2.989.- - precio total: $ 59.780.- Renglón 17: cantidad 2Unidad - precio unitario: $ 2.458.-- precio total: $ 4.916.- Renglón 26: cantidad 2Unidad - precio unitario: $ 7.944.- - precio total: $ 15.888.- QUIMICA CORDOBA S.A. Renglón 5: cantidad 5Unidad - precio unitario: $ 813,12 - precio total: $ 4.065,60.- Renglón 6: cantidad 5Unidad - precio unitario: $ 4.390,85- precio total: $ 21.954,25.- Renglón 16: cantidad 1Unidad - precio unitario: $ 1.086,87 - precio total: $ 1.086,87.- Renglón 33: cantidad 1Unidad - precio unitario: $ 739,56.- - precio total: $ 739,56.- Renglón 34: cantidad 3Unidad - precio unitario: $ 550,42.-- precio total: $ 1.651,26.- Renglón 37: cantidad 15Unidad - precio unitario: $ 1.221.- - precio total: $ 18.315.- MEDI SISTEM S.R.L. Renglón 7: cantidad 80Unidad - precio unitario: $ 425.- - precio total: $ 34.000.- MONTEBIO S.R.L.

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Renglón 8: cantidad 60Unidad - precio unitario: $ 283,14.- - precio total: $ 16.988,40.- Renglón 31: cantidad 4Unidad - precio unitario: $ 9.882.- - precio total: $ 39.528.- Renglón 32: cantidad 1Unidad - precio unitario: $ 14.229.-- precio total: $ 14.229.- RAUL JORGE POGGI Renglón 18: cantidad 3000Unidad - precio unitario: $ 18,99.-.- precio total: $ 56.970.- Renglón 36: cantidad 1000Unidad - precio unitario: $ 7,77- - precio total: $ 7.770.- QUIMICA EROVNE S.A. Renglón 19: cantidad 30000Unidad - precio unitario: $ 19.- - precio total: $ 570.000.- Renglón 20: cantidad 30000Unidad - precio unitario: $ 10,08 - precio total: $ 302.400.- Renglón 21: cantidad 1000Unidad - precio unitario: $ 19.-- precio total: $ 19.000.- Renglón 22: cantidad 30000Unidad - precio unitario: $ 19.- - precio total: $ 570.000.- Renglón 23: cantidad 6000Unidad - precio unitario: $ 29,90.- - precio total: $ 179.400.- Renglón 24: cantidad 20000Unidad - precio unitario: $ 6,90.- - precio total: $ 138.000.- Renglón 25: cantidad 20000Unidad - precio unitario: $ 12,20.- - precio total: $ 244.000.- Renglón 27: cantidad 60000Unidad - precio unitario: $ 12.- - precio total: $ 720.000.- Renglón 29: cantidad 400Unidad - precio unitario: $ 16.-- precio total: $ 6.400.- Renglón 30: cantidad 100Unidad - precio unitario: $ 2,90.- - precio total: $ 290.-

GBO ARGENTINA S.A. Renglón 28: cantidad 80000Unidad - precio unitario: $ 0,18.-. - precio total: $ 14.400.- EGLIS S.A. Renglón 38: cantidad 1000Unidad - precio unitario: $ 4,84.-- precio total: $ 4.840.- Artículo 2º.- Dicho gasto se imputará a la correspondientes Partidas Presupuestarias de los ejercicios 2019 por un importe en Pesos Cuatro millones ciento setenta y seis mil setecientos setenta y tres con 97/100 ($ 4.176.773,97) y 2020 por un importe en Pesos Un millón ciento veintitrés mil noventa y seis con 47/100 ($ 1.123.096,47). Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en la página de internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en el Boletín Oficial por el término de un (1) día. Articulo 4 º.- Pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud para efectuar la autorización de la Etapa Definitiva. Cumplido remítase en prosecución de su trámite al Hospital Materno Infantil Ramón Sarda. Rizzo - Almada

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 20/HGAZ/19

Buenos Aires, 8 de abril de 2019 VISTO el Expediente Nº 7127142/2019, por la cual se tramita la Compra Menor Nº 548/2019, Art. 38, según la Ley N° 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 6017), y el Decreto Nº 326/GCABA/2017 (BOCABA 5202) y modificatorio Decreto Nº 287/GCBA/18, CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados se tramita la adquisición de insumos destinado al servicio de Terapia Intensiva.

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Que se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión en el respectivo presupuesto en vigor. Que mediante Disposición Nº 50/HGAZ/2019 se dispuso el llamado a Compra Menor Nº 548/2019 para el día 14/03/2019 a las 10:00 hs., al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 6017), y el Decreto Nº 326/GCABA/2017 (BOCABA 5202) y modificatorio Decreto Nº 287/GCBA/18, Que conforme lo establece el Art. 13 del Decreto reglamentario esta Unidad Operativa de Adquisiciones se encuentra facultada para aprobar esta licitación. Que tal lo indicado en el Acta de Apertura se recibieron (9) ofertas. Que según Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación y en base al cual se elabora el Dictamen de Evaluación de Ofertas , por la cual resultan preadjudicatarias las firmas: PROPATO HNOS. S.A.I.C. (Reng. 1), MEDIX MEDICAL DEVICES SRL (Reng. 2, 3), ELECTROMEDIK S.A. (Reng. 5). Que no obran impugnaciones a la preadjudicación. Por ello y en un todo de acuerdo con las normas del Reglamento de Contrataciones del Estado Ley Nº 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 6017), y el Decreto Nº 326/GCABA/2017 (BOCABA 5202) y modificatorio Decreto Nº 287/GCBA/18, Por ello,

LA DIRECTORA MEDICA DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS DR. ABEL ZUBIZARRETA

CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ECONÓMICA Y FINANCIERA

DISPONEN: Art.1º- Apruébese la Compra Menor N° 548/19, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la Ley Nº 2095, (Texto consolidado según Ley Nº 6017), y el Decreto Nº 326/GCABA/2017 (BOCABA 5202) y modificatorio Decreto Nº 287/GCBA/18, por esta Unidad Operativa de Adquisiciones Art. 2º-Adjudícase la adquisición de insumos para terapia intensiva a las firmas: PROPATO HNOS.S.A.I.C. (Reng. 1) por la suma de pesos veintiséis mil setecientos noventa con 00/100 ($ 26.790,00), MEDIX MEDICAL DEVICES SRL (Reng. 2, 3) por la suma de pesos ciento tres mil novecientos con 00/100 ($ 103.900,00), ELECTROMEDIK S.A. (Reng. 5) por la suma de pesos cinco mil doscientos diez con 80/100 ($ 5.210,80). Total de la adjudicación: Pesos ciento treinta y cinco mil novecientos con 80/100 ($ 135.900,80) según el siguiente detalle: Renglón Cantidad Precio unitario Precio total 1 6 4.465,00 26.790,00 2 12 6.371,00 76.452,00 3 8 3.431,00 27.448,00 5 40 130,27 5.210,80 Total 135.900,80 Art.3º-Dicho gasto se imputará a la partida del presupuesto del ejercicio 2019. Art.4º-Autorizase a emitir las respectivas órdenes de compra, con proyectos de órdenes de compra, previa afectación provisoria a través de la Dirección General Administrativo Contable y Presupuesto. Kelly - Borelli

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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 21/HGAZ/19

Buenos Aires, 8 de abril de 2019 VISTO el Expediente Nº 6024247/2019, por la cual se tramita la Licitación Pública Nº 0225/19, Art. 31, según la Ley N° 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 6017), y Decreto Reglamentario Nº 326/2017 (BOCABA Nº 5202) y modificatorio Decreto Nº 287/GCBA/18, CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados se tramita la adquisición de insumos de serología para el servicio de hemoterapia. . Que se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión en el respectivo presupuesto en vigor. Que mediante Disposición Nº 36/HGAZ/2019 se dispuso el llamado a Licitación Pública Nº 0225/2019 para el día 11/03/2019 a las 10:00 hs., al amparo de lo establecido en el Art.31 de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 6017), y Decreto Reglamentario Nº 326/2017 (BOCABA Nº 5202) y modificatorio Decreto Nº 287/GCBA/18 Que conforme lo establece el Art. 13 del Decreto reglamentario esta Unidad Operativa de Adquisiciones se encuentra facultada para aprobar esta licitación. Que tal lo indicado en el Acta de Apertura se recibieron (6) ofertas. Que según Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación y en base al cual se elabora el Dictamen de Evaluación de Ofertas , por la cual resultan preadjudicatarias las firmas: BIODIAGNOSTICO S.A. (Reng. 1,2,3,4,8,9), MONTEBIO S.R.L. (Reng. 5), MEDI SISTEM S.R.L. (Reng. 7). Que no obran impugnaciones a la preadjudicación. Que mediante Disposición Nº 88-HGAZ-19 se aprueba el ingreso y permanencia en el Hospital de (1) equipo sistema automatizado de inmunoensayo por quimioluminiscencia marca BECKMAN COULTER modelo: ACCESS provisto por la firma BIODIAGNOSTICO S.A. con destino al Servicio de Laboratorio, recibido en préstamo por el término de la vigencia de la Orden de Compra o hasta el agotamiento total de los insumos entregados en cumplimiento de la misma. Por ello y en un todo de acuerdo con las normas del Reglamento de Contrataciones del Estado Ley Nº 2095 (Texto consolidado según Ley Nº 6017), y Decreto Reglamentario Nº 326/2017 (BOCABA Nº 5202) y modificatorio Decreto Nº 287/GCBA/18. Por ello,

LA DIRECTORA MEDICA DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS DR. ABEL ZUBIZARRETA

CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ECONÓMICA Y FINANCIERA

DISPONEN:

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Art.1º- Apruébese la Licitación Pública N° 0225/19, realizada al amparo de lo

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establecido en el Art. 31 de la Ley Nº 2095, (Texto consolidado según Ley Nº 6017), Decreto Reglamentario Nº 326/2017 (BOCABA Nº 5202) y modificatorio Decreto Nº 287/GCBA/18; por esta Unidad Operativa de Adquisiciones y adjudicase la adquisición de insumos de serología para hemoterapia a las firmas: BIODIAGNOSTICO S.A. (Reng. 1,2,3,4,8,9) por la suma de pesos un millón ciento setenta y cuatro mil trescientos sesenta y cinco con 00/100 ($ 1.174.365,00) incluido el ingreso de (1) equipo sistema automatizado de inmunoensayo por quimioluminiscencia marca BECKMAN COULTER modelo: ACCESS provisto por la firma BIODIAGNOSTICO S.A. autorizado por Disposición Nº 88- HGAZ-19, MONTEBIO S.R.L. (Reng. 5) por la suma de pesos ciento cincuenta y ocho mil ciento quince con 00/100 ($ 158.115,00), MEDI SISTEM S.R.L. (Reng. 7) por la suma de pesos cinco mil ciento cincuenta con 00/100 ($ 5.150,00). Total de la adjudicación: Pesos un millón trescientos treinta y siete mil seiscientos treinta con 00/100 ($ 1.337.630,00) según el siguiente detalle: Renglón Cantidad Precio unitario Precio total 1 1500 193,66 290.490,00 2 1500 169,85 254.775,00 3 1500 246,17 369.255,00 4 1500 139,11 208.665,00 5 1500 105,41 158.115,00 7 2500 2,06 5.150,00 8 1500 1,89 2.835,00 9 1500 32,23 48.345,00 Total 1.337.630,00 Art.2º-Dicho gasto se imputará a la partida del presupuesto del ejercicio 2019/20 Art.3º-Autorizase a emitir las respectivas órdenes de compra mediante el Sistema electrónico de buenos Aires Compras (B.A.C.) previa afectación provisoria a través de la Dirección General Administrativo Contable y Presupuesto. Kelly - Borelli

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 37/IRPS/19

Buenos Aires, 8 de abril de 2019 VISTO: el EX-2019-06758400-GCABA-IRPS; y CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados el Instituto de Rehabilitación Psicofísica tramita la adquisición de insumos con destino al Servicio de Hemoterapia, en el marco de lo dispuesto por la Ley 2095 (texto consolidado por la Ley 6017) y el Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto Nº 287/18; Que, se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para ser frente a la erogación en cuestión con el respectivo movimiento presupuestario con cargo al Ejercicio 2019;

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Que, mediante Di-2019-25-GCABA-IRPS, se dispuso el llamado a Licitación Pública Nº 446-0273-LPU19, para el día 11 de marzo de 2019 a las 12:00 hs., al amparo de lo establecido en el Artículo 31º y primera parte del Artículo 32º de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por la Ley 6017) y el Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto Nº 287/18; Que, tal como luce en el Acta de Apertura se recibieron cuatro (4) ofertas de las siguientes firmas: RAUL JORGE POGGI, OPEN TRADE S.A., FELSAN S.R.L., QUIMICA EROVNE S.A.; Que, obra el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación y en base al cual se elabora el Dictamen de Evaluación de Ofertas, por el cual resultan preadjudicatarias las firmas: FELSAN S.R.L. (reng.1, 4, 5, 6, 9, 11, 12, 14, 15 y 16), QUIMICA EROVNE S.A. (reng.2 y 3), OPEN TRADE S.A. (reng.7, 8, 10 y 13), RAUL JORGE LEON POGGI (reng.18) basándose en el Artículo 110 y 111 de la Ley 2095 (texto consolidado por la Ley 6017) y el Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto Nº 287/18; Que, por Resolución Nº 737/MJGGC/2010 fue cubierto el cargo de Director Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica; Que, por Decreto Nº 335/11 de fecha 22/06/2011 (B.O.C.B.A. Nº 3689) se modificó el nombre de las Direcciones Operativas pasando a denominarse Gerencias Operativas; Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley 2095 (texto consolidado por la Ley 6017), el Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto Nº 287/18 y lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Nº 392/10, en uso de las facultades conferidas,

LA DIRECTORA A CARGO DEL INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Y EL GERENTE OPERATIVO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA,

ECONÓMICA Y FINANCIERA DISPONEN:

Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública Nº 446-0273-LPU19, al amparo de lo establecido en el Artículo 31º y primera parte del Artículo 32º de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por la Ley 6017) y el Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto Nº 287/18 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA y adjudícase la adquisición de material médico con destino al Servicio de Farmacia, a las siguientes firmas: FELSAN S.R.L. (reng.1, 4, 5, 6, 9, 11, 12, 14, 15 y 16) por la suma de PESOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA CON 12/100 ($96.570,12), QUIMICA EROVNE S.A. (reng.2 y 3) por la suma de PESOS OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($8.680,00), OPEN TRADE S.A. (reng.7, 8, 10 y 13) por la suma de PESOS TREINTA Y DOS MIL NOVENTA Y CUATRO CON 87/100 ($32.094,87), RAUL JORGE LEON POGGI (reng.18) por la suma de PESOS OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA ($8.880,00), ascendiendo la suma total a PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO CON 99/100 (146.224,99) según el siguiente detalle: Renglón:1.1 -cantidad:10 unid. - precio unitario:$ 4.171,31 - precio total: $41.713,10 Renglón:2.1 -cantidad:400 unid. - precio unitario:$ 10,50 - precio total: $4.200,00 Renglón:3.1 -cantidad:400 unid. - precio unitario:$ 11,20 - precio total: $4.480,00 Renglón:4.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 1.543,38 - precio total: $9.260,28 Renglón:5.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 1.490,85 - precio total: $8.945,10

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Renglón:6.1 -cantidad:10 unid. - precio unitario:$ 594,46 - precio total: $5.944,60 Renglón:7.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 1.700,00 - precio total: $10.200,00 Renglón:8.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 1.719,50 - precio total: $10.317,00 Renglón:9.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 1.932,27 - precio total: $11.593,62 Renglón:10.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 1.719,50 - precio total: $10.317,00 Renglón:11.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 1.932,27 - precio total: $11.593,62 Renglón:12.1 -cantidad:8 unid. - precio unitario:$ 380,25 - precio total: $3.042,00 Renglón:13.1 -cantidad:3 unid. - precio unitario:$ 420,29 - precio total: $1.260,87 Renglón:14.1 -cantidad:8 unid. - precio unitario:$ 223,89- precio total: $1.791,12 Renglón:15.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 223,89 - precio total: $1.343,34 Renglón:16.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 223,89 - precio total: $1.343,34 Renglón:18.1 -cantidad:2.000 unid. - precio unitario:$ 4,44 - precio total: $8.880,00 Importe Total: $146.224,99 Artículo 2º.- Dicho gasto se imputará según el siguiente detalle: Ejercicio 2019. Renglón:1.1 -cantidad:8 unid. - precio unitario:$ 4.171,31 - precio total: $33.370,48 Renglón:2.1 -cantidad:400 unid. - precio unitario:$ 10,50 - precio total: $4.200,00 Renglón:3.1 -cantidad:400 unid. - precio unitario:$ 11,20 - precio total: $4.480,00 Renglón:4.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 1.543,38 - precio total: $9.260,28 Renglón:5.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 1.490,85 - precio total: $8.945,10 Renglón:6.1 -cantidad:10 unid. - precio unitario:$ 594,46 - precio total: $5.944,60 Renglón:7.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 1.700,00 - precio total: $10.200,00 Renglón:8.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 1.719,50 - precio total: $10.317,00 Renglón:9.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 1.932,27 - precio total: $11.593,62 Renglón:10.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 1.719,50 - precio total: $10.317,00

Renglón:11.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 1.932,27 - precio total: $11.593,62 Renglón:12.1 -cantidad:8 unid. - precio unitario:$ 380,25 - precio total: $3.042,00 Renglón:13.1 -cantidad:3 unid. - precio unitario:$ 420,29 - precio total: $1.260,87 Renglón:14.1 -cantidad:8 unid. - precio unitario:$ 223,89- precio total: $1.791,12 Renglón:15.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 223,89 - precio total: $1.343,34 Renglón:16.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 223,89 - precio total: $1.343,34 Renglón:18.1 -cantidad:2.000 unid. - precio unitario:$ 4,44 - precio total: $8.880,00 Importe Total: $ 137.882,37 Ejercicio 2020. Renglón:1.1 -cantidad:2 unid. - precio unitario:$ 4.171,31 - precio total: $8.342,62 Artículo 3º.- Autorízase a emitir las respectivas ordenes de compra. Artículo 4º.- Dese al Registro, notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Gestión Contable a fin de efectuar la imputación presupuestaria correspondiente, cumplido gírese al Instituto de Rehabilitación Psicofísica. Gabas - Ajolfi

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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 38/IRPS/19

Buenos Aires, 8 de abril de 2019 VISTO: el EX-2019-08552610-GCABA-IRPS; y CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados el Instituto de Rehabilitación Psicofísica tramita la adquisición de un implante para catorce (14) niveles de escoliosis con destino a la paciente FASCE Katherine H.C.Nº 110.811, en el marco de lo dispuesto por la Ley 2095 (texto consolidado por la Ley 6017) y el Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto Nº 287/18; Que, se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para ser frente a la erogación en cuestión con el respectivo movimiento presupuestario con cargo al Ejercicio 2019; Que, mediante Di-2019-42-GCABA-IRPS, se dispuso el llamado a Licitación Pública Nº 446-0437-LPU19, para el día 26 de marzo de 2019 a las 09:00 hs., al amparo de lo establecido en el Artículo 31º y primera parte del Artículo 32º de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por la Ley 6017) y el Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto Nº 287/18; Que, tal como luce en el Acta de Apertura se recibieron cinco (5) ofertas de las siguientes firmas: IPMAG S.A., BIOTRADE ARGENTINA S.R.L., MEDICAL IMPLANTS S.A., OSTEOLIFE S.R.L., CIRUGIA ALEMANA INSUMOS MEDICOS S.A.; Que, obra el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación y en base al cual se elabora el Dictamen de Evaluación de Ofertas, por el cual resulta preadjudicataria la firma: MEDICAL IMPLANTS S.A. (reng.1), basándose en el Artículo 110 de la Ley 2095 (texto consolidado por la Ley 6017) y el Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto Nº 287/18; Que, por Resolución Nº 737/MJGGC/2010 fue cubierto el cargo de Director Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica; Que, por Decreto Nº 335/11 de fecha 22/06/2011 (B.O.C.B.A. Nº 3689) se modificó el nombre de las Direcciones Operativas pasando a denominarse Gerencias Operativas; Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley 2095 (texto consolidado por la Ley 6017), el Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto Nº 287/18 y lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Nº 392/10, en uso de las facultades conferidas,

LA DIRECTORA A CARGO DEL INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Y EL GERENTE OPERATIVO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA,

ECONÓMICA Y FINANCIERA DISPONEN:

Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública Nº 446-0437-LPU19, al amparo de lo

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establecido en el Artículo 31º y primera parte del Artículo 32º de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por la Ley 6017) y el Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto Nº 287/18 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA y adjudícase la adquisición de un implante para catorce (14) niveles de escoliosis con destino a la paciente FASCE Katherine H.C.Nº 110.811, a la siguiente firma MEDICAL IMPLANTS S.A. (reng.1) por la suma total de PESOS SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL ($738.000,00), según el siguiente detalle: Renglón: 1 - Cantidad: 1 unid. - P. Unitario: $ 738.000,00 - P. Total: $ 738.000,00 Artículo 2º.- Dicho gasto se imputará al presupuesto para el Ejercicio 2019. Artículo 3º.- Autorízase a emitir la respectiva orden de compra. Artículo 4º.- Dese al Registro, notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Gestión Contable a fin de efectuar la imputación presupuestaria correspondiente, cumplido gírese al Instituto de Rehabilitación Psicofísica. Gabas - Ajolfi

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 42/HGNRG/19

Buenos Aires, 13 de marzo de 2019 VISTO: Los términos del Dto. 433/2016 y el Expediente Electrónico N° EX-2019-3474798-MGEYA-HGNRG-2019 por el cual se tramitan la adquisición de Placa Reabsorbible ,con destino al servicio de Cirugia Plastica Paciente: T.G.G de este establecimiento y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto 433/16, se establecen los niveles de decisión y cuadro de competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad, de acuerdo al articulo 4° de la Ley N° 70 y se derogan los Decretos N° 556/GCBA/2010 Y N° 752/GCBA/2010; Que, la Dirección autorizó que la presente adquisición de placa reabsorbible fuera realizado con la firma OSCAR ALEJANDRO REVELLO por haber cotizado con un precio conveniente y dentro de los valores promedio del mercado, habiendo acreditado esta su inscripción en el Registro Informatizado Unico y Permanente de Proveedores en los términos del Art.22 de la Ley Nº 2095 (B.O.C.B.A. Nº 2557); Que, por consiguiente se considera la presente tramitación, dentro de los alcances del Decreto 433/2016 , al tratarse de una compra impostergable, que asegura servicios y prestaciones esenciales cuya necesidad de celeridad en la gestión impide someterla a otros procedimientos administrativos; Que, se ha efectuado el ingreso al SIGAF, mediante la Solicitud de Gasto Nº 8188/19 Procedimiento Nº 1052/19; Que, mediante los remitos consignados en el articulado, se ha efectuado el ingreso de los insumos, habiéndose dado conformidad de su recepción; Que, por lo expuesto en los párrafos precedentes, se consideran acreditadas las circunstancias establecidas en el Decreto Nº 433/2016, consignándose a continuación los datos del mes en curso; UMERO DE AUTORIZACION DEL MES 01

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ACUMULADO APROBADO $136.256,00.- Que, sobre la base de la documentación existente, correspondería gestionar su aprobación de acuerdo a las competencias establecidas por Decreto 433/2016, para proceder a su pago por medio de acreditación en cuenta del proveedor por parte de la Tesorería General Del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que este nivel deja expresa constancia que los remitos vinculados al presente Expediente Electrónico se corresponden con sus originales ajustados a normativa vigente, los cuales obran en poder de esta unidad de organización y no contienen tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas. Por ello, en virtud de las facultades conferidas por Decreto Nº 433/16;

LA DIRECTORA DEL HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS R. GUTIERREZ CONJUNTAMENTE CON LA GERENTE OPERATIVA

DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA DISPONEN:

Artículo 1°.- Apruébase, el Gasto correspondiente a la adquisición de placa reabsorbible,que ha formado parte de este requerimiento el 26/02/2019, según el siguiente detalle: PROVEEDOR RENG PEDIDO IMPORTE REMITO ENTREGA Nº Nº 1 $136.256,00.- 26/02/2019 0001- OSCAR 00011792 ALEJANDRO 10-433- REVELLO 2019 TOTAL: $136.256,00 Ciento treinta y seis mil doscientos cincuenta y seis TOTAL APROBADO: $ 136.256,00.- Artículo 2º.- El monto total del gasto aprobado asciende a la suma de Pesos:Ciento treinta y seis mil doscientos cincuenta y seis ($136.256,00).- Artículo 3º.- Déjase constancia que los remitos vinculados al Expediente Electrónico N° EX-2019-3474798-MGEYA-HGNRG se corresponden con sus originales ajustados a normativa vigente, los cuales obran en poder de esta unidad de organización y no contienen tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Artículo 4°.- Regístrese, y para demás efectos gírese a la Gerencia Operativa Administrativa,Registro Ferrer - Galoppo

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 43/HGNPE/19

Buenos Aires, 27 de marzo de 2019 VISTO: El Expediente electrónico Nro 07121094/19, la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) (texto consolidado por Ley 6017), Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio N° 287/18;

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CONSIDERANDO: Que mediante el presente actuado tramita la adquisición de AGUJAS PARA BIOPSIA para el Servicio de HEMATO - ONCOLOGIA; Que obra la Solicitud de Gasto 417-1037- SG19 debidamente valorizadas y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2019; Que, por Disposición DI-2019-82 -GCABA -HGNPE se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se dispuso el llamado de la Contratación Menor Nº 417-0544-CME19, para el día 08/03/2019 a las 10:00 hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley 6017), Que tal como luce en el Acta de Apertura se recibieron 5 ofertas de las firmas: DROGUERIA MARTORANI S.A; RENALIFE S.A, RAUL JORGE LEON POGGI; LEXEL SRL; MACOR INSUMOS HOSPITALARIOS SRL. Que se cumplimentó con el cuadro comparativo de precios que ordena la reglamentación, por el que se preadjudicó a favor de la firma: LEXEL SRL (Renglones: 1,2) Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto reglamentario N° 326/17, sumodificatorio N° 287/18 y lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Nº 392/10;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE

CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION ADMINISTRATIVO ECONOMICO FINANCIERO

DISPONEN: Artículo 1°. Apruébese la Contratación Menor Nº 417-0544-CME19 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley 6017) y adjudicase la adquisición de AGUJAS PARA BIOPSIA para el Servicio de HEMATO - ONCOLOGIA (Renglones: 1, 2 ) por un monto de pesos: Veintiséis mil doscientos ($ 26.200), ascendiendo la contratación a un importe total de pesos: Veintiséis mil doscientos ($ 26.200), según el siguiente detalle: Reng 1: Cant 20 u - Precio Unitario $ 550 Precio Total $ 11000 LEXEL SRL Reng 2: Cant 20 u - Precio Unitario $ 760 Precio Total $ 15200 LEXEL SRL Articulo 2º.- Dicho gasto se imputará a la correspondiente Partida del Presupuesto en vigor. Articulo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Articulo 4º - Autorizase a emitir la respectiva Orden de Compra. Articulo 5º - Remítase en prosecución de su tramite a la División Compras y Contrataciones de este establecimiento. Fakih - Garrote

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 44/HGNRG/19

Buenos Aires, 13 de marzo de 2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 300

VISTO: Los términos del Dto. 433/2016 y el Expediente Electrónico N° EX-2019-

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1485062-MGEYA-HGNRG-2019 por el cual se tramitan la adquisición de Set para Biopsia por Estereotaxia ,con destino al servicio de NEUROCIRUGIA Paciente: C.A de este establecimiento y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto 433/16, se establecen los niveles de decisión y cuadro de competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad, de acuerdo al articulo 4° de la Ley N° 70 y se derogan los Decretos N° 556/GCBA/2010 Y N° 752/GCBA/2010; Que, la Dirección autorizó que la presente adquisición de set para biopsia por estereotaxia fuera realizado con la firma ORL MEDIC S.A. por haber cotizado con un precio conveniente y dentro de los valores promedio del mercado, habiendo acreditado esta su inscripción en el Registro Informatizado Unico y Permanente de Proveedores en los términos del Art.22 de la Ley Nº 2095 (B.O.C.B.A. Nº 2557); Que, por consiguiente se considera la presente tramitación, dentro de los alcances del Decreto 433/2016 , al tratarse de una compra impostergable, que asegura servicios y prestaciones esenciales cuya necesidad de celeridad en la gestión impide someterla a otros procedimientos administrativos; Que, se ha efectuado el ingreso al SIGAF, mediante la Solicitud de Gasto Nº 36/19 Procedimiento Nº 1089/19; Que, mediante los remitos consignados en el articulado, se ha efectuado el ingreso de los insumos, habiéndose dado conformidad de su recepción; Que, por lo expuesto en los párrafos precedentes, se consideran acreditadas las circunstancias establecidas en el Decreto Nº 433/2016, consignándose a continuación los datos del mes en curso; NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 02 ACUMULADO APROBADO $224.656,00.- Que, sobre la base de la documentación existente, correspondería gestionar su aprobación de acuerdo a las competencias establecidas por Decreto 433/2016, para proceder a su pago por medio de acreditación en cuenta del proveedor por parte de la Tesorería General Del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que este nivel deja expresa constancia que los remitos vinculados al presente Expediente Electrónico se corresponden con sus originales ajustados a normativa vigente, los cuales obran en poder de esta unidad de organización y no contienen tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas. Por ello, en virtud de las facultades conferidas por Decreto Nº 433/16;

LA DIRECTORA DEL HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS R. GUTIERREZ CONJUNTAMENTE CON LA GERENTE OPERATIVA

DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA DISPONEN:

Artículo 1°.- Apruébase, el Gasto correspondiente a la adquisición de set para biopsia por estereotaxia,que ha formado parte de este requerimiento el 25/02/2019, según el siguiente detalle: PROVEEDOR RENG PEDIDO IMPORTE REMITO ENTREGA Nº Nº 1 $88.400,00.- 25/02/2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 301

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0004- 00025135 ORL MEDIC 05-433- S.A. 2019 TOTAL: $88.400,00 Ochenta y ocho mil cuatrocientos TOTAL APROBADO: $ 88.400,00.- Artículo 2º.- El monto total del gasto aprobado asciende a la suma de Pesos:Ochenta y ocho mil cuatrocientos ($88.400,00).- Artículo 3º.- Déjase constancia que los remitos vinculados al Expediente Electrónico N° EX-2019-1485062-MGEYA-HGNRG se corresponden con sus originales ajustados a normativa vigente, los cuales obran en poder de esta unidad de organización y no contienen tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Artículo 4°.- Regístrese, y para demás efectos gírese a la Gerencia Operativa Administrativa,Registro y Control Contable. Ferrer - Galoppo

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 49/HGNPE/19

Buenos Aires, 1 de abril de 2019 VISTO: El Expediente electrónico Nro 07466490/19, la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) (texto consolidado por Ley 6017), Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio N° 287/18; CONSIDERANDO: Que mediante el presente actuado tramita la adquisición de Insumos para Servicios de Nefrología; Que obra la Solicitud de Gasto 417-1185-SG19 debidamente valorizadas y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2019; Que, por Disposición DI-2019- 94 -HGNPE se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se dispuso el llamado de la Contratación Menor Nº 417-0592-CME19, para el día 15/03/2019 a las 10:00 hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley 6017), Que tal como luce en el Acta de Apertura se recibieron 4 ofertas de las firmas: Renalife S.A. - America Fiure S.A. - Adisfarm S.R.L. - Luis A. Suarez Sucesión. Que se cumplimentó con el cuadro comparativo de precios que ordena la reglamentación, por el que se preadjudicó a favor de las siguientes firmas: Renalife S.A. (Renglón: 1), Luis A. Suarez Sucesión (Renglones: 3,5,6), Adisfarm S.R.L. (Renglón: 4). Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto reglamentario N° 326/17, su modificatorio N° 287/18 y lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Nº 392/10;

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EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE

CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION ADMINISTRATIVO ECONOMICO FINANCIERO

DISPONEN: Artículo 1°. Apruébese la Contratación Menor Nº 417-0592-CME19 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley 6017) y adjudicase la adquisición de Insumos para el Servicio de Nefrología a las siguientes empresas: Renalife S.A. (Renglón 1), por un monto de pesos: Catorce mil quinientos ocho ($ 14.508.-), Luis A. Suarez Sucesión (Renglones: 3,5,6) por un monto de pesos: Nueve mil cuatrocientos diez ($ 9.410.-), Adisfarm S.R.L. (Renglón 4) por un monto de pesos: Seis mil seiscientos sesenta y tres con 30/100 ($ 6.663,30.-) ascendiendo la contratación a un importe total de pesos: Treinta mil quinientos ochenta y uno con 30/100 ($ 30.581,30), según el siguiente detalle: Reng 1: Cant 2 u - Precio Unitario $ 7.254,00 Precio Total $ 14.508,00 Renalife S.A. Reng 2: Desestimado Reng 3: Cant 1 u - Precio Unitario $ 3.600,00 Precio Total $ 3.600,00 Luis A. Suarez Sucesión Reng 4: Cant 15 u - Precio Unitario $ 444,22 Precio Total $ 6.663,30 Adisfarm S.R.L Reng 5: Cant 1 u - Precio Unitario $ 3.986,00 Precio Total $ 3.986,00 Luis A. Suarez Sucesión Reng 6: Cant 1 u - Precio Unitario $ 1.824,00 Precio Total $ 1.824,00 Luis A. Suarez Sucesión Articulo 2º.- Dicho gasto se imputará a la correspondiente Partida del Presupuesto en vigor. Articulo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Articulo 4º - Autorizase a emitir las respectivas Ordenes de Compra. Articulo 5º - Remítase en prosecución de su tramite a la División Compras y Contrataciones de este establecimiento. Fakih - Garrote

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 49/HGNRG/19

Buenos Aires, 25 de marzo de 2019 VISTO: Los términos del Dto. 433/2016 y el Expediente Electrónico N° EX-2019-5751019-MGEYA-HGNRG-2019 por el cual se tramitan la adquisición de Microcateter Para Espirales ,con destino al servicio de Otorrinolaringologia Paciente: O.F de este establecimiento y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto 433/16, se establecen los niveles de decisión y cuadro de competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad, de acuerdo al articulo 4° de la Ley N° 70 y se derogan los Decretos N° 556/GCBA/2010 Y N° 752/GCBA/2010;

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Que, la Dirección autorizó que la presente adquisición de placa reabsorbible fuera realizado con la firma MED BAY S.A. por haber cotizado con un precio conveniente y dentro de los valores promedio del mercado, habiendo acreditado esta su inscripción en el Registro Informatizado Unico y Permanente de Proveedores en los términos del Art.22 de la Ley Nº 2095 (B.O.C.B.A. Nº 2557); Que, por consiguiente se considera la presente tramitación, dentro de los alcances del Decreto 433/2016 , al tratarse de una compra impostergable, que asegura servicios y prestaciones esenciales cuya necesidad de celeridad en la gestión impide someterla a otros procedimientos administrativos; Que, se ha efectuado el ingreso al SIGAF, mediante la Solicitud de Gasto Nº 22369/19 Procedimiento Nº 1379/19; Que, mediante los remitos consignados en el articulado, se ha efectuado el ingreso de los insumos, habiéndose dado conformidad de su recepción; Que, por lo expuesto en los párrafos precedentes, se consideran acreditadas las circunstancias establecidas en el Decreto Nº 433/2016, consignándose a continuación los datos del mes en curso; NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 05 ACUMULADO APROBADO $386.245,20.- Que, sobre la base de la documentación existente, correspondería gestionar su aprobación de acuerdo a las competencias establecidas por Decreto 433/2016, para proceder a su pago por medio de acreditación en cuenta del proveedor por parte de la Tesorería General Del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que este nivel deja expresa constancia que los remitos vinculados al presente Expediente Electrónico se corresponden con sus originales ajustados a normativa vigente, los cuales obran en poder de esta unidad de organización y no contienen tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas. Por ello, en virtud de las facultades conferidas por Decreto Nº 433/16;

LA DIRECTORA DEL HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS R. GUTIERREZ CONJUNTAMENTE CON LA GERENTE OPERATIVA

DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA DISPONEN:

Artículo 1°.- Apruébase, el Gasto correspondiente a la adquisición de microcateter para espirales,que ha formado parte de este requerimiento el 20/03/2019, según el siguiente detalle: PROVEEDOR RENG PEDIDO IMPORTE REMITO ENTREGA Nº Nº 1 $65.340,00.- 20/03/2019 0002- 00011886 MED BAY S.A. 17-433- 2019 TOTAL: $65.340,00 Sesenta y cinco mil trescientos cuarenta.- TOTAL APROBADO: $ 65.340,00.-

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Artículo 2º.- El monto total del gasto aprobado asciende a la suma de Pesos:Sesenta y cinco mil trescientos cuarenta ($65.340,00).- Artículo 3º.- Déjase constancia que los remitos vinculados al Expediente Electrónico N° EX-2019-5751019-MGEYA-HGNRG se corresponden con sus originales ajustados a normativa vigente, los cuales obran en poder de esta unidad de organización y no contienen tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Artículo 4°.- Regístrese, y para demás efectos gírese a la Gerencia Operativa Administrativa,Re Ferrer - Galoppo

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 54/HGNRG/19

Buenos Aires, 3 de abril de 2019 VISTO: Los términos del Dto. 433/2016 y el Expediente Electrónico N° EX-2019-5750972-MGEYA-HGNRG-2019 por el cual se tramitan la adquisición de Brazalete Neumatico para Tensiometro-Manguito Neumatico ,con destino al servicio de Consultorio Hipertension Arterial de este establecimiento y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto 433/16, se establecen los niveles de decisión y cuadro de competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad, de acuerdo al articulo 4° de la Ley N° 70 y se derogan los Decretos N° 556/GCBA/2010 Y N° 752/GCBA/2010; Que, la Dirección autorizó que la presente adquisición de placa reabsorbible fuera realizado con la firma DRIPLAN SA. por haber cotizado con un precio conveniente y dentro de los valores promedio del mercado, habiendo acreditado esta su inscripción en el Registro Informatizado Unico y Permanente de Proveedores en los términos del Art.22 de la Ley Nº 2095 (B.O.C.B.A. Nº 2557); Que, por consiguiente se considera la presente tramitación, dentro de los alcances del Decreto 433/2016 , al tratarse de una compra impostergable, que asegura servicios y prestaciones esenciales cuya necesidad de celeridad en la gestión impide someterla a otros procedimientos administrativos; Que, se ha efectuado el ingreso al SIGAF, mediante la Solicitud de Gasto Nº 22367/19 Procedimiento Nº 1541/19; Que, mediante los remitos consignados en el articulado, se ha efectuado el ingreso de los insumos, habiéndose dado conformidad de su recepción; Que, por lo expuesto en los párrafos precedentes, se consideran acreditadas las circunstancias establecidas en el Decreto Nº 433/2016, consignándose a continuación los datos del mes en curso; NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 06 ACUMULADO APROBADO $397.970,20.- Que, sobre la base de la documentación existente, correspondería gestionar su aprobación de acuerdo a las competencias establecidas por Decreto 433/2016, para proceder a su pago por medio de acreditación en cuenta del proveedor por parte de la Tesorería General Del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

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Que este nivel deja expresa constancia que los remitos vinculados al presente Expediente Electrónico se corresponden con sus originales ajustados a normativa vigente, los cuales obran en poder de esta unidad de organización y no contienen tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas. Por ello, en virtud de las facultades conferidas por Decreto Nº 433/16;

LA DIRECTORA DEL HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS R. GUTIERREZ CONJUNTAMENTE CON LA GERENTE OPERATIVA

DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA DISPONEN:

Artículo 1°.- Apruébase, el Gasto correspondiente a la adquisición de brazalete neumático para tensiómetro-manguito neumatico,que ha formado parte de este requerimiento el 22/03/2019, según el siguiente detalle: PROVEEDOR RENG PEDIDO IMPORTE REMITO ENTREGA Nº Nº 1 $11.725,00.- 22/03/2019 0010- 00011379 DRIPLAN SA 12-433- 2019 TOTAL: $11.725,00 Once mil setecientos veinticinco.- TOTAL APROBADO: $ 11.725,00.- Artículo 2º.- El monto total del gasto aprobado asciende a la suma de Pesos:Once mil setecientos veinticinco ($11.725,00).- Artículo 3º.- Déjase constancia que los remitos vinculados al Expediente Electrónico N° EX-2019-5750972-MGEYA-HGNRG se corresponden con sus originales ajustados a normativa vigente, los cuales obran en poder de esta unidad de organización y no contienen tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Artículo 4°.- Regístrese, y para demás efectos gírese a la Gerencia Operativa Administrativa,Registro y Control Contable. Ferrer - Galoppo

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 56/HGNPE/19

Buenos Aires, 8 de abril de 2019 VISTO: El Expediente electrónico Nro 9522359/19, la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) (texto consolidado por Ley 6017), Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio N° 287/18; CONSIDERANDO: Que mediante el presente actuado tramita la adquisición de reactivos varios para el Servicio de Anatomía Patológica;

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Que obra la Solicitud de Gasto 417-1521-SG19 debidamente valorizadas y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2019; Que, por Disposición DI-2019- 153 -HGNPE se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se dispuso el llamado de la Contratación Menor Nº 417-0872-CME19, para el día 03/04/2019 a las 10:00 hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley 6017), Que tal como luce en el Acta de Apertura se recibió 1 oferta de la firma: BIOARS SA Que se cumplimentó con el cuadro comparativo de precios que ordena la reglamentación, por el que se preadjudicó a favor de la firma, BIOARS SA (Renglones:1-3) Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto reglamentario N° 326/17, su modificatorio N° 287/18 y lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Nº 392/10;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE

CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION ADMINISTRATIVO ECONOMICO FINANCIERO

DISPONEN: Artículo 1°. Apruébese la Contratación Menor Nº 417-0872-CME19 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38, de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 6017) y adjudicase la adquisición de reactivos varios para el Servicio de Anatomía Patológica a la siguiente empresa: BIOARS SA (Renglones: 1-3), por un monto de pesos: veinticuatro mil ochocientos treinta y cuatro con 36/100 ($ 24.834,36), ascendiendo la contratación a un importe total de pesos: veinticuatro mil ochocientos treinta y cuatro con 36/100 ($ 24.834,36), según el siguiente detalle: BIOARS SA Reng 1: Cant 1u - Precio Unitario $ 12.417,18 Precio Total $ 12.417,18 Reng 3: Cant 1 u - Precio Unitario $ 12.417,18 Precio Total $ 12.417,18 Ren 2: Desierto Articulo 2º.- Dicho gasto se imputará a la correspondiente Partida del Presupuesto en

vigor. Articulo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Articulo 4º - Autorizase a emitir la respectiva Orden de Compra. Articulo 5º - Remítase en prosecución de su tramite a la División Compras y Contrataciones de este establecimiento. Fakih - Garrote

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 64/HGARM/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La ley Nº 2095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6017) y el Decreto Reglamentario Nº 287/18 y el Expediente Nº EE- 08435358 /HGARM/2019 CONSIDERANDO:

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Que por actuación citada en el Visto tramita la Contratación Menor Nº 430- 0749-

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CME19 para la Contratacion del Servicio externo de Radioterapia Pcte Mareco Sergio , solicitado por el servicio de Oncologia de este Hospital, dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al amparo de lo establecido en los artículo Nº 38 de la Ley Nº 2095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6017), y Decreto reglamentario Nº 287/18. Que por Disposición Nº 152/HGARM/19 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se llamó a la presente Contratación Menor, por un monto de Pesos Ciento Sesenta Mil ($ 160.000,00), fijándose fecha de apertura de ofertas para el día 28 de Marzo de 2019 a las 10:00 hs. Que el mencionado fue tramitado con carácter de urgente a fin de cubrir la demanda de Oncologia, según nota del Jefe de dicho Servicio de este Hospital. Que se cursaron las invitaciones a las firmas del rubro, se comunico de conformidad con lo establecido en los Artículos 93, 97 y 98 de la Ley Nº 2095 (Texto Consolidado Ley Nº 6017), y Decreto Reglamentario Nº 287/18. Que al respecto se destaca que por Decreto Nº 1145/2009, se aprueba la reglamentación del Art. 85 de la Ley 2095 (Texto consolidado Ley 6017) y, la implementación del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Buenos Aires Compras -BAC- estableciéndose en el Anexo I - Articulo 12: "El llamado a presentar ofertas debe publicarse en el Portal www.buenosairescompras.gob.ar y el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA) de corresponder. Que, por otra parte y, tal lo establecido en el Articulo 16º anexo I - Decreto Nº 1145/2009, el sistema BAC envía automáticamente correos electrónicos a los proveedores Inscriptos en el Registro Informatizado Único y Permanente (RIUPP) según su rubro; Que tal como luce en el Acta de Apertura realizada en la División Compras del Hospital General de Agudos José María Ramos Mejía el día 28 de Marzo de 2019 a las 10:00 hs se presentaron Dos (2) ofertas, de las Firmas: CEDITRIN CENTRO DE DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO INTEGRAL S.R.L, RADIATION ONCOLOGY S.A Que, en base a los antecedentes del actuado, al Asesoramiento Técnico y al Cuadro Comparativo de Precios que ordena la normativa vigente, se aconseja adjudicar a la Empresa CEDITRIN CENTRO DE DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO INTEGRAL S.R.L (Renglón Nº 1) por la suma de Pesos Ciento Treinta y Cinco Mil ($ 135.000,00), por resultar ser la Oferta más Conveniente, al amparo de lo establecido en el Artículo Nº 110 de la Ley Nº 2095 (Texto Consolidado Ley 6017), Decreto Reglamentario Nº 287/18 Por ello y en base a las competencias establecidas en Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/2014 modificado por el Decreto Nº 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto Nº 411/GCBA/2016 Que, de acuerdo a lo establecido en el cuadro de competencias el acto administrativo que resuelva el presente proceso debe ser suscripto en forma conjunta por el Director y el Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS JOSE MARIA RAMOS MEJIA EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

Y EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION ADMINISTRATIVO ECONOMICA Y FINANCIERA DEL HOSPITAL GENERAL

DE AGUDOS JOSE MARIA RAMOS MEJIA DISPONEN:

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Articulo 1º Apruébase la Contratación Menor Nº 430-0749-CME19 en un todo de

DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO INTEGRAL S.R.L (Renglón Nº 1) por la suma de Pesos Ciento Treinta y Cinco Mil ($ 135.000,00), por resultar ser la Oferta más Conveniente, al amparo de lo establecido en el Artículo Nº 110 de la Ley Nº 2095 (Texto Consolidado Ley 6017), Decreto Reglamentario Nº 287/18, según el siguiente detalle:

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acuerdo a lo establecido en el Artículo 38º de la Ley Nº 2095 (Texto Consolidado Ley 6017), y Decreto reglamentario Nº 287/18, y adjudicase el Servicio externo de Radioterapia Tridimencional Pcte: Mareco Sergio , solicitado por el servicio de Oncologia de este Hospital, dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se aconseja adjudicar a: CEDITRIN CENTRO DE DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO INTEGRAL S.R.L (Renglón Nº 1) por la suma de Pesos Ciento Treinta y Cinco Mil ($ 135.000,00), por resultar ser la Oferta más Conveniente, al amparo de lo establecido en el Artículo Nº 110 de la Ley Nº 2095 (Texto Consolidado Ley 6017), Decreto Reglamentario Nº 287/18, según el siguiente detalle: RENGLON CANTIDAD P. UNITARIO P. TOTAL 1 1 $ 135.000,00 $ 135.000,00 Total: $ 135.000,00 Total: Pesos Ciento Treinta y Cinco Mil ($ 135.000,00). Artículo 2º: La erogación que demande la presente gestión se imputa a la correspondiente partida presupuestaria de Ejercicio en vigor. Artículo 3º: Cumplida vuelva a fin de emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 4º: Publíquese para su notificación y demás efectos en el portal de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pase al Hospital General de Agudos J.M. Ramos Mejía . Ayala Streck - Pandullo

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 65/HGARM/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La ley Nº 2095 (Texto Consolidado por Ley N° 6017) y su Decreto Reglamentario Nº 287/18 (BOCBA N° 5485/18) y el Expediente Electrónico Nº 08296838/HGARM/2019 CONSIDERANDO: Que por actuación citada en el Visto tramita la Contratación Menor Nº 430-0721-CME19 para la Adquisición de un Marcapasos Bicameral Tipo DDDR para el Pcte: Jankori Ricaldi Hugo, solicitado por el Servicio de Electrofisiología (Cardiología) de este Hospital, dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al amparo de lo establecido en el artículo Nº 38 de la Ley Nº 2095 (Texto Consolidado por Ley N° 6017) y el Decreto Reglamentario 287/18. Que por Disposición Nº 150/HGARM/19 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se llamó a la presente Contratación Menor, por un monto de Pesos Setenta y Cinco Mil ($ 75.000,00), fijándose como fecha de apertura de las ofertas el día 27 de Marzo de 2019 a las 10:00 hs. Que el mencionado fue tramitado con carácter de urgente a fin de cubrir la demanda del Servicio de Cardiología según nota del Jefe de dicho Servicio de este Hospital.

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Que se cursaron las invitaciones a las firmas del rubro, se comunico de conformidad con lo establecido en los Artículos 93, 97 y 98 de la Ley Nº 2095 (Texto Consolidado por Ley 6017) y el Decreto Reglamentario 287/18. Que al respecto se destaca que por Decreto Nº 1145/2009, se aprueba la reglamentación del Art. 85 de la Ley 2095 (Texto consolidado Ley 6017) y, la implementación del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Buenos Aires Compras -BAC- estableciéndose en el Anexo I - Articulo 12: "El llamado a presentar ofertas debe publicarse en el Portal www.buenosairescompras.gob.ar y el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA) de corresponder. Que, por otra parte y, tal lo establecido en el Articulo 16º anexo I - Decreto Nº 1145/2009, el sistema BAC envía automáticamente correos electrónicos a los proveedores Inscriptos en el Registro Informatizado Único y Permanente (RIUPP) según su rubro. Que tal como luce en el Acta de Apertura realizada en la División Compras del Hospital General de Agudos José María Ramos Mejía el día 27 de Marzo de 2019 a las 10:00 hs se presentaron dos (2) ofertas, de las Firmas: ST.JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A. y FILOBIOSIS S.A. Que, en base a los antecedentes del actuado, al Asesoramiento Técnico y al Cuadro Comparativo de Precios que ordena la normativa vigente, se aconseja adjudicar a la Empresa: ST.JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A. (Renglón Nº 1) por la suma de Pesos Setenta y Siete Mil Ochocientos Quince ($ 77.815,00), por resultar ser la oferta más conveniente, al amparo de lo establecido en el Artículo Nº 110 de la Ley Nº 2095 (Texto Consolidado Ley N° 6017) y el Decreto Reglamentario Nº 287/18. Por ello y en base a las competencias establecidas en Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/2014 modificado por el Decreto Nº 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto Nº 411/GCBA/2016 Que, de acuerdo a lo establecido en el cuadro de competencias el acto administrativo que resuelva el presente proceso debe ser suscripto en forma conjunta por el Director y el Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera.

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS JOSE MARIA RAMOS MEJIA EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

Y EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION ADMINISTRATIVO ECONOMICA Y FINANCIERA DEL HOSPITAL GENERAL

DE AGUDOS JOSE MARIA RAMOS MEJIA DISPONEN:

Articulo 1º Apruébase la Contratación Menor Nº 430-0721-CME19 en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 38º de la Ley Nº 2095 (Texto Consolidado Ley N° 6017) y el Decreto Reglamentario 287/18 y adjudicase la Adquisición de un Marcapasos Bicameral Tipo DDDR para el Pcte: Jankori Ricaldi Hugo, con destino al Servicio de Cardiología de este Hospital, dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a: ST.JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A. (Renglón Nº 1) por la suma de Pesos Setenta y Siete Mil Ochocientos Quince ($ 77.815,00), por resultar ser la oferta mas conveniente, al amparo de lo establecido en el Artículo Nº 110 de la Ley Nº 2095 (Texto Consolidado Ley N° 6017) según el siguiente detalle: RENGLON CANTIDAD P. UNITARIO P. TOTAL 1 1 $ 77.815,00 $ 77.815,00 Total $ 77.815,00

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Total: Pesos Setenta y Siete Mil Ochocientos Quince ($ 77.815,00). Artículo 2º: La erogación que demande la presente gestión se imputa a la correspondiente partida presupuestaria de Ejercicio en vigor. Artículo 3º: Cumplida vuelva a fin de emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 4º: Publíquese para su notificación y demás efectos en el portal de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pase al Hospital General de Agudos J.M. Ramos Mejía . Ayala Streck - Pandullo

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 67/HGARM/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: La ley Nº 2095 (Texto Consolidado por Ley N° 6017) y su Decreto Reglamentario Nº 287/18 (BOCBA N° 5485/18) y el Expediente Electrónico Nº 08289443/HGARM/2019 CONSIDERANDO: Que por actuación citada en el Visto tramita la Contratación Menor Nº 430-0718-CME19 para la Adquisición de un Marcapasos Bicameral Tipo DDD para el Pcte: Cortez Baquerizo Oscar, solicitado por el Servicio de Electrofisiología (Cardiología) de este Hospital, dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al amparo de lo establecido en el artículo Nº 38 de la Ley Nº 2095 (Texto Consolidado por Ley N° 6017) y el Decreto Reglamentario 287/18 Que por Disposición Nº 153/HGARM/19 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se llamó a la presente Contratación Menor, por un monto de Pesos Cincuenta y Tres Mil ($ 53.000,00), fijándose como fecha de apertura de las ofertas el día 26 de Marzo de 2019 a las 10:00 hs. Que el mencionado fue tramitado con carácter de urgente a fin de cubrir la demanda del Servicio de Cardiología según nota del Jefe de dicho Servicio de este Hospital. Que se cursaron las invitaciones a las firmas del rubro, se comunico de conformidad con lo establecido en los Artículos 93, 97 y 98 de la Ley Nº 2095 (Texto Consolidado por Ley 6017) y el Decreto Reglamentario 287/18. Que al respecto se destaca que por Decreto Nº 1145/2009, se aprueba la reglamentación del Art. 85 de la Ley 2095 (Texto consolidado Ley 6017) y, la implementación del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Buenos Aires Compras -BAC- estableciéndose en el Anexo I - Articulo 12: "El llamado a presentar ofertas debe publicarse en el Portal www.buenosairescompras.gob.ar y el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA) de corresponder. Que, por otra parte y, tal lo establecido en el Articulo 16º anexo I - Decreto Nº 1145/2009, el sistema BAC envía automáticamente correos electrónicos a los proveedores Inscriptos en el Registro Informatizado Único y Permanente (RIUPP) según su rubro.

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Que tal como luce en el Acta de Apertura realizada en la División Compras del Hospital General de Agudos José María Ramos Mejía el día 26 de Marzo de 2019 a las 10:00 hs se presentaron dos (2) ofertas, de las Firmas: ST.JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A. y FILOBIOSIS S.A. Que, en base a los antecedentes del actuado, al Asesoramiento Técnico y al Cuadro Comparativo de Precios que ordena la normativa vigente, se aconseja adjudicar a la Empresa: ST.JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A. (Renglón Nº 1) por la suma de Pesos Setenta y Siete Mil Ochocientos Quince ($ 77.815,00), por resultar ser la oferta más conveniente, al amparo de lo establecido en el Artículo Nº 110 de la Ley Nº 2095 (Texto Consolidado Ley N° 6017) y el Decreto Reglamentario Nº 287/18. Por ello y en base a las competencias establecidas en Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/2014 modificado por el Decreto Nº 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto Nº 411/GCBA/2016 Que, de acuerdo a lo establecido en el cuadro de competencias el acto administrativo que resuelva el presente proceso debe ser suscripto en forma conjunta por el Director y el Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera.

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS JOSE MARIA RAMOS MEJIA EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

Y EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION ADMINISTRATIVO ECONOMICA Y FINANCIERA DEL HOSPITAL GENERAL

DE AGUDOS JOSE MARIA RAMOS MEJIA DISPONEN:

Articulo 1º Apruébase la Contratación Menor Nº 430-0718-CME19 en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 38º de la Ley Nº 2095 (Texto Consolidado Ley N° 6017) y el Decreto Reglamentario 287/18 y adjudicase la Adquisición de un Marcapasos Bicameral Tipo DDD para el Pcte: Cortez Baquerizo Oscar, con destino al Servicio de Cardiología de este Hospital, dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a: ST.JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A. (Renglón Nº 1) por la suma de Pesos Setenta y Siete Mil Ochocientos Quince ($ 77.815,00), por resultar ser la oferta mas conveniente, al amparo de lo establecido en el Artículo Nº 110 de la Ley Nº 2095 (Texto Consolidado Ley N° 6017) según el siguiente detalle: RENGLON CANTIDAD P. UNITARIO P. TOTAL 1 1 $ 77.815,00 $ 77.815,00 Total $ 77.815,00 Total: Pesos Setenta y Siete Mil Ochocientos Quince ($ 77.815,00). Artículo 2º: La erogación que demande la presente gestión se imputa a la correspondiente partida presupuestaria de Ejercicio en vigor. Artículo 3º: Cumplida vuelva a fin de emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 4º: Publíquese para su notificación y demás efectos en el portal de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pase al Hospital General de Agudos J.M. Ramos Mejía . Ayala Streck - Pandullo

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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 82/HGAP/19

Buenos Aires, 29 de marzo de 2019 VISTO: el Expediente Electrónico N° 2019-07217055-GCABA-HGAP, la ley 2095 (texto consolidado por Ley Nº 6017), y el Decreto Reglamentario N° 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18, y; CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", gestiona la adquisición de Alimentación (formula liquida, nutrición enteral, almidón de maíz, etc.), para el servicio de Alimentación del Hospital General de Agudos "Dr. José Maria Penna", en el marco de lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley Nº 6017), el Decreto Reglamentario N° 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18; Que, se efectuaron las afectaciones preventivas correspondientes para hacer frente a la erogación en cuestión conforme Solicitud de Gasto 425-1281-SG19; Que, mediante DI-2019-184-GCABA-HGAP se dispuso el llamado a Licitación Pública - Proceso de Compra N° 425-0322-LPU19, estableciendo como fecha de apertura de ofertas el 18/03/2019 a las 10:00 hs., a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones, Buenos Aires Compras (B.A.C.); Que, habiendo tenido lugar el acto de apertura, el Sistema Buenos Aires Compras (B.A.C.), confirmó cuatro (4) ofertas correspondientes a las firmas: Raúl Jorge León Poggi, Laboratorio Internacional Argentino S.A., Fresenius Kabi S.A. y Nutricia-Bago S.A.; Que, la Comisión de Evaluación de Ofertas con sustento en las constancias del sistema aconsejó adjudicar la contratación de marras a favor de las firmas: Laboratorio Internacional Argentino S.A. (Renglón N° 06) por la suma de Pesos: ciento cinco mil seiscientos treinta y cinco - $ 105.635,00.-, Fresenius Kabi S.A. (Renglones N° 01, 03 y 04) por la suma de Pesos: cuatrocientos cuarenta y cuatro mil setecientos dieciséis - $ 444.716,00.- y Nutricia-Bago S.A. (Renglones N° 02, 05 y 07) por la suma de Pesos: ciento sesenta y nueve mil seiscientos tres con cincuenta centavos - $ 169.603,50.- ascendiendo la contratación a la suma de Pesos: setecientos diecinueve mil novecientos cincuenta y cuatro con cincuenta centavos - $ 719.954,50.-, por cumplir y reunir la totalidad de los requisitos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, resultando ser la más conveniente al interés de la Administración; Que, la Pre Adjudicación fue publicada y notificada mediante el procedimiento previsto por el sistema Buenos Aires Compras (B.A.C.), no surgiendo del sistema la presentación de impugnaciones; Que, la Gerente Operativa de Gestión Administrativa Económico Financiera se encuentra en uso de licencia: "Descanso anual remunerado" prevista en el artículo 18 de la Ley 471, por lo que corresponde encuadrar la presente en las previsiones de la Resolución Nº 180-MSGC-2012, Art. 1º; Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5666) y el Decreto Reglamentario N° 326/17,

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LA GERENTE OPERATIVA GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA FINANCIERA DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "PARMENIO PIÑERO"

Y EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSE M. PENNA", EN CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICION

DISPONEN Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública - Proceso de Compra N° 425-0322-LPU19, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 31 de la ley 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6017), y el Decreto Reglamentario N° 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18, por el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna" para la adquisición de Alimentación (formula liquida, nutrición enteral, almidón de maíz, etc.), para el servicio de Alimentación, y adjudicase a las firmas: Laboratorio Internacional Argentino S.A. (Renglón N° 06) por la suma de Pesos: ciento cinco mil seiscientos treinta y cinco - $ 105.635,00.-, Fresenius Kabi S.A. (Renglones N° 01, 03 y 04) por la suma de Pesos: cuatrocientos cuarenta y cuatro mil setecientos dieciséis - $ 444.716,00.- y Nutricia-Bago S.A. (Renglones N° 02, 05 y 07) por la suma de Pesos: ciento sesenta y nueve mil seiscientos tres con cincuenta centavos - $ 169.603,50.- ascendiendo la contratación a la suma de Pesos: setecientos diecinueve mil novecientos cincuenta y cuatro con cincuenta centavos - $ 719.954,50.-, según el siguiente detalle: Renglón Cantidad Unidad P. Unitario P. Total 1 2.400 Unidad $ 128,50 $ 308.400,00 2 700 Unidad $ 169,00 $ 118.300,00 3 400 Unidad $ 257,00 $ 102.800,00 4 100 Unidad $ 335,16 $ 33.516,00 5 4,50 Kilos $ 623,00 $ 2.803,50 6 500 Unidad $ 211,27 $ 105.635,00 7 200 Unidad $ 242,50 $ 48.500,00 Artículo 2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto en vigor. Artículo 3°. - Autorizase a emitir las respectivas Órdenes de Compra. Artículo 4°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, pase a la Sub Gerencia Operativa - Control Presupuestario a fin de efectuar la imputación presupuestaria correspondiente, cumplido gírese al Hospital General de Agudos "Dr. José M. Penna". Efrón - San Martín

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 83/HGAP/19

Buenos Aires, 1 de abril de 2019 VISTO: el Expediente Electrónico N° 2019-07011724-GCABA-HGAP, la ley 2095 (texto consolidado por Ley Nº 6017), y el Decreto Reglamentario N° 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18, y; CONSIDERANDO:

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 314

Que, por los presentes actuados el Hospital General de Agudos "Dr. José María

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Penna", gestiona la adquisición de un Microscopio Trinocular con fondos del Plan SUMAR, para el servicio de Anatomía Patológica del Hospital General de Agudos "Dr. José Maria Penna", en el marco de lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley Nº 6017), el Decreto Reglamentario N° 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18; Que, se efectuaron las afectaciones preventivas correspondientes para hacer frente a la erogación en cuestión conforme Solicitud de Gasto 425-1350-SG19; Que, mediante DI-2019-179-GCABA-HGAP se dispuso el llamado a Licitación Pública - Proceso de Compra N° 425-0306-LPU19, estableciendo como fecha de apertura de ofertas el 15/03/2019 a las 09:00 hs., a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones, Buenos Aires Compras (B.A.C.); Que, habiendo tenido lugar el acto de apertura, el Sistema Buenos Aires Compras (B.A.C.), confirmó cuatro (4) ofertas correspondientes a las firmas: Bio-Optic S.R.L., Microlat S.R.L., Bhaurac S.A. y Dehner S.R.L.; Que, la Comisión de Evaluación de Ofertas con sustento en las constancias del sistema aconsejó adjudicar la contratación de marras a favor de la firma: Dehner S.R.L. (Renglón N° 01) por la suma de Pesos: ciento cuarenta y ocho mil trescientos treinta - $ 148.330,00.-, por cumplir y reunir la totalidad de los requisitos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, resultando ser la más conveniente al interés de la Administración; Que, la Pre Adjudicación fue publicada y notificada mediante el procedimiento previsto por el sistema Buenos Aires Compras (B.A.C.), no surgiendo del sistema la presentación de impugnaciones; Que, la Gerente Operativa de Gestión Administrativa Económico Financiera se encuentra en uso de licencia: "Descanso anual remunerado" prevista en el artículo 18 de la Ley 471, por lo que corresponde encuadrar la presente en las previsiones de la Resolución Nº 180-MSGC-2012, Art. 1º; Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5666) y el Decreto Reglamentario N° 326/17,

LA GERENTE OPERATIVA GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA FINANCIERA DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "PARMENIO PIÑERO"

Y EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSE M. PENNA", EN CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICION

DISPONEN Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública - Proceso de Compra N° 425-0306-LPU19, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 31 de la ley 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6017), y el Decreto Reglamentario N° 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18, por el que el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna" gestiona la adquisición de un Microscopio Trinocular con fondos del Plan SUMAR, para el servicio de Anatomía Patológica, y adjudicase a la firma: Dehner S.R.L. (Renglón N° 01) por la suma de Pesos: ciento cuarenta y ocho mil trescientos treinta - $ 148.330,00.-, según el siguiente detalle: Renglón Cantidad Unidad P. Unitario P. Total 1 1 Unidad $ 148.330,00 $ 148.330,00 Artículo 2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto en vigor. Artículo 3°. - Autorizase a emitir las respectivas Órdenes de Compra.

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Artículo 4°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, pase a la Sub Gerencia Operativa - Control Presupuestario a fin de efectuar la imputación presupuestaria correspondiente, cumplido gírese al Hospital General de Agudos "Dr. José M. Penna". Efrón - San Martín

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 85/HGAPP/19

Buenos Aires, 3 de abril de 2019 VISTO el Expediente Nº EX-2019-08282474-MGEYA-HGAPP y las disposiciones de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley 6017) el Decreto Reglamentario N° 326/17 su modificatorio Decreto Nº287/18 y las contenidas en las Cláusulas Particulares. CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados se gestiona GRADILLAS con destino al servicio de hematología del Hospital General de Agudos P. Piñero, en el marco de lo dispuesto por el art. 38 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley 6017) y el Decreto Reglamentario N° 326/17 su modificatorio Decreto Nº287/18. Que, se efectuaron las afectaciones preventivas correspondientes para hacer frente a la erogación en cuestión conforme solicitud de Gasto 426-1650-SG19. Que, mediante Disposición Nº DI-2019-83 -HGAPP se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones y se dispuso el llamado a CONTRATACION MENOR Nº 426-0714-CME19 para el día 25/03/2019, a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones Buenos Aires Compras (BAC). Que, habiendo tenido lugar el acto de Apertura el sistema BAC confirmó 2 (dos) ofertas de las siguientes firmas: QUIMICA CORDOBA S.A. y ERNESTO VAN ROSSUM Y COMPAÑÍA S.R.L. Que, la Comisión de Evaluación de ofertas con sustento en las constancias del sistema aconsejó adjudicar la contratación de marras a favor de la firma QUIMICA CORDOBA S.A. (renglones 1, 2 y 3) por la suma de pesos NOVENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO CON 30/100 ($92.991,30) por cumplir y reunir la totalidad de los requisitos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, resultando ser la más conveniente a los intereses de la Administración. Por ello y en uso de las facultades otorgadas por la Ley 2095/2006, (texto consolidado por Ley 6017) el Decreto Reglamentario N° 326/17 su modificatorio Decreto Nº287/18 vigentes en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires,

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS P. PIÑERO CONJUNTAMENTE CON LA GERENTE OPERATIVA

DE GESTION ADMINISTRATIVA, ECONOMICA Y FINANCIERA DISPONEN

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 316

Art. 1º- Apruébase la CONTRATACION MENOR N° 426-0714-CME19, realizada al

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amparo de lo establecido en el Art. 38 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley 6017) el Decreto Reglamentario N° 326/17 su modificatorio Decreto Nº287/18 y adjudicase la adquisición de GRADILLAS a la empresa: QUIMICA CORDOBA S.A. (renglones 1, 2 y 3) por la suma de pesos: NOVENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO CON 30/100 ($92.991,30) con destino al servicio de hematología, ascendiendo el total de la contratación a la suma de PESOS: NOVENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO CON 30/100 ($92.991,30) según el siguiente detalle: Renglón Firma adjudicataria Cantidad Precio Unitario Precio Total 1 QUIMICA CORDOBA S.A. 15 1.855,57 27.833,55 2 QUIMICA CORDOBA S.A. 15 3.274,26 49.113,90 3 QUIMICA CORDOBA S.A. 15 1.069,59 16.043,85 Art. 2º-Dicho gasto se imputara a la Partida presupuestaria correspondiente al año en curso. Art. 3º- Autorizase a la Sección Compras y Contrataciones a emitir la respectiva orden de Compra. Art. 4º- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Administrativo Contable y Presupuesto a fin de efectuar la imputación presupuestaria correspondiente, cumplido gírese al Hospital General de Agudos General de Agudos P. Piñero. Efrón - Pagano

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 87/HGAP/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: el Expediente Electrónico N° 2019-06248968-GCABA-HGAP, la ley 2095 (texto consolidado por Ley Nº 6017), y el Decreto Reglamentario N° 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18, y; CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", gestiona el alquiler de Craneotomo y Aspirador Ultrasónico, para el servicio de Neurocirugía del Hospital General de Agudos "Dr. José Maria Penna", en el marco de lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley Nº 6017), el Decreto Reglamentario N° 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18; Que, se efectuaron las afectaciones preventivas correspondientes para hacer frente a la erogación en cuestión conforme Solicitud de Gasto 425-812-SG19; Que, mediante DI-2019-165-GCABA-HGAP se dispuso el llamado a Licitación Pública - Proceso de Compra N° 425-0241-LPU19, estableciendo como fecha de apertura de ofertas el 01/03/2019 a las 09:00 hs., a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones, Buenos Aires Compras (B.A.C.); Que, habiendo tenido lugar el acto de apertura, el Sistema Buenos Aires Compras (B.A.C.), confirmó cuatro (4) ofertas correspondientes a las firmas: Biotrade Argentina S.R.L., Neurogroup Argentina S.R.L., Master Medical S.R.L. y Chirugia S.A.;

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Que, la Comisión de Evaluación de Ofertas con sustento en las constancias del sistema aconsejó adjudicar la contratación de marras a favor de la firma: Chirugia S.A. (Renglones N° 01 y 02) por la suma de Pesos: trescientos treinta y tres mil - $ 333.000,00.- por cumplir y reunir la totalidad de los requisitos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, resultando ser la más conveniente al interés de la Administración; Que, la Pre Adjudicación fue publicada y notificada mediante el procedimiento previsto por el sistema Buenos Aires Compras (B.A.C.), no surgiendo del sistema la presentación de impugnaciones; Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley Nº 6017) y el Decreto Reglamentario N° 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18,

LA GERENTE OPERATIVA GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA FINANCIERA Y EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS

"DR. JOSE M. PENNA", EN CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICION

DISPONEN Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública - Proceso de Compra N° 425-0241-LPU19, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 31 de la ley 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6017), y el Decreto Reglamentario N° 326/17 y su modificatorio Decreto Nº 287/18, por la que el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna" gestiona el alquiler de Craneotomo y Aspirador Ultrasónico, para el servicio de Neurocirugía, y adjudicase a la firma: Chirugia S.A. (Renglones N° 01 y 02) por la suma de Pesos: trescientos treinta y tres mil - $ 333.000,00.- según el siguiente detalle: Renglón Cantidad Unidad P. Unitario P. Total 1 10 Unidad $ 15.200,00 $ 152.000,00 2 10 Unidad $ 18.100,00 $ 181.000,00 Artículo 2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto en vigor y compromiso futuro. Artículo 3°. - Autorizase a emitir las respectivas Órdenes de Compra. Artículo 4°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, pase a la Sub Gerencia Operativa - Control Presupuestario a fin de efectuar la imputación presupuestaria correspondiente, cumplido gírese al Hospital General de Agudos "Dr. José M. Penna". Dalpiaz - San Martín

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 88/HGAPP/19

Buenos Aires, 4 de abril de 2019 VISTO el Expediente Nº EX-2019-09042063-MGEYA-HGAPP y las disposiciones de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley 6017) el Decreto Reglamentario N° 326/17 su modificatorio Decreto Nº287/18 y las contenidas en las Cláusulas Particulares. CONSIDERANDO:

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Que, por los presentes actuados se gestiona la adquisición de HEMOCULTIVOS con

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destino a BACTERIOLOGIA del Hospital General de Agudos P. Piñero, en el marco de lo dispuesto por el art. 38 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley 6017) y el Decreto Reglamentario N° 326/17 su modificatorio Decreto Nº287/18. Que, se efectuaron las afectaciones preventivas correspondientes para hacer frente a la erogación en cuestión conforme solicitud de Gasto 426-1870-SG19. Que, mediante Disposición Nº DI-2019-113 -HGAPP se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones y se dispuso el llamado a CONTRATACION MENOR Nº 426-0824-CME19 para el día 01/04/2019, a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones Buenos Aires Compras (BAC). Que, habiendo tenido lugar el acto de Apertura el sistema BAC confirmó 1 (una) oferta de la siguiente firma: QUIMICA ERVONE S.A. Que, la Comisión de Evaluación de ofertas con sustento en las constancias del sistema aconsejó adjudicar la contratación de marras a favor de la firma QUIMICA ERVONE S.A. (renglón 1) por la suma de pesos SEISCIENTOS DOCE MIL CON 00/100 ($612.000,00) por cumplir y reunir la totalidad de los requisitos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, resultando ser la más conveniente a los intereses de la Administración. Por ello y en uso de las facultades otorgadas por la Ley 2095/2006, (texto consolidado por Ley 6017) el Decreto Reglamentario N° 326/17 su modificatorio Decreto Nº287/18 vigentes en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires,

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS P. PIÑERO CONJUNTAMENTE CON LA GERENTE OPERATIVA

DE GESTION ADMINISTRATIVA, ECONOMICA Y FINANCIERA DISPONEN

Art. 1º- Apruébese la CONTRATACION MENOR N° 426-0824-CME19, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley 6017) el Decreto Reglamentario N° 326/17 su modificatorio Decreto Nº287/18 y adjudicase la adquisición de HEMOCULTIVOS a la empresa: QUIMICA ERVONE S.A. (renglón 1) por la suma de PESOS: SEISCIENTOS DOCE MIL CON 00/100 ($612.000,00) con destino al servicio de HEMATOLOGIA ascendiendo el total de la contratación a la suma de PESOS SEISCIENTOS DOCE MIL CON 00/100 ($612.000,00) según el siguiente detalle: Renglón Firma adjudicataria Cantidad Precio Unitario Precio Total 1 QUIMICA ERVONE S.A 12 51.000,00 $612.000,00 Art. 2º-Dicho gasto se imputara a la Partida presupuestaria correspondiente al año en curso y compromisos futuros Art. 3º- Autorizase a la Sección Compras y Contrataciones a emitir la respectiva orden de Compra. Art. 4º- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Administrativo Contable y Presupuesto a fin de efectuar la imputación presupuestaria correspondiente, cumplido gírese al Hospital General de Agudos General de Agudos P. Piñero. Efrón - Pagano

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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 89/HGAPP/19

Buenos Aires, 4 de abril de 2019 VISTO el Expediente Nº EX-2019-09033654-MGEYA-HGAPP y las disposiciones de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley 6017) el Decreto Reglamentario N° 326/17 su modificatorio Decreto Nº287/18 y las contenidas en las Cláusulas Particulares. CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados se gestiona la adquisición de prótesis para traumatología (PTE NUÑEZ JUAN) con destino a División Traumatología del Hospital General de Agudos P. Piñero, en el marco de lo dispuesto por el art. 38 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley 6017) y el Decreto Reglamentario N° 326/17 su modificatorio Decreto Nº287/18. Que, se efectuaron las afectaciones preventivas correspondientes para hacer frente a la erogación en cuestión conforme solicitud de Gasto 426-1913-SG19. Que, mediante Disposición Nº DI-2019-109-HGAPP se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones y se dispuso el llamado a CONTRATACION MENOR Nº 426-0821-CME19 para el día 01/04/2019, a través del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones Buenos Aires Compras (BAC). Que, habiendo tenido lugar el acto de Apertura el sistema BAC confirmó Tres (3) ofertas de las siguientes firmas: CIRUGIA DEL PLATA S.R.L, OSTEOLIFE SRL, ORTOPEDIA RP SRL. Que, la Comisión de Evaluación de ofertas con sustento en las constancias del sistema aconsejó adjudicar la contratación de marras a favor de la firma CIRUGIA DEL PLATA S.R.L. (renglón 1) por la suma de pesos Veinticuatro mil quinientos ($ 24.500) por cumplir y reunir la totalidad de los requisitos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Tecnicas, resultando ser la mas conveniente a los intereses de la Administración. Por ello y en uso de las facultades otorgadas por la Ley 2095/2006, (texto consolidado por Ley 6017) el Decreto Reglamentario N° 326/17 su modificatorio Decreto Nº287/18 vigentes en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires,

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS P. PIÑERO CONJUNTAMENTE CON LA GERENTE OPERATIVA

DE GESTION ADMINISTRATIVA, ECONOMICA Y FINANCIERA DISPONEN

Art. 1º- Apruébase la CONTRATACION MENOR N° 426-0821-CME19, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley 6017) el Decreto Reglamentario N° 326/17 su modificatorio Decreto Nº287/18 y adjudicase la adquisición de prótesis traumatológica (PTE NUÑEZ JUAN) a la empresa : CIRUGIA DEL PLATA S.R.L. (renglón 1) por la suma de pesos Veinticuatro mil quinientos ($ 24.500) con destino a la division Traumatologia ascendiendo el total de la contratación a la suma de PESOS: Veinticuatro mil quinientos ($ 24.500) según el siguiente detalle: Renglón Firma adjudicataria Cantidad Precio Unitario Precio Total CIRUGIA DEL PLATA

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1 S.R.L. 1 $ 24.500 $ 24.500 Art. 2º-Dicho gasto se imputara a la Partida presupuestaria correspondiente al año en curso. Art. 3º- Autorizase a la Sección Compras y Contrataciones a emitir la respectiva orden de Compra. Art. 4º- Publiquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Administrativo Contable y Presupuesto a fin de efectuar la imputación presupuestaria correspondiente, cumplido girese al Hospital General de Agudos General de Agudos P. Piñero. Efrón - Pagano

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 90/HGAPP/19

Buenos Aires, 4 de abril de 2019 VISTO el Expediente Nº EX-2019-09025902-MGEYA-HGAPP y las disposiciones de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley 6017) el Decreto Reglamentario N° 326/17 su modificatorio Decreto Nº287/18 y las contenidas en las Cláusulas Particulares. CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados se gestiona la adquisición de agujas para biopsia con destino a hematología del Hospital General de Agudos P. Piñero, en el marco de lo dispuesto por el art. 38 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley 6017) y el Decreto Reglamentario N° 326/17 su modificatorio Decreto Nº287/18. Que, se efectuaron las afectaciones preventivas correspondientes para hacer frente a la erogación en cuestión conforme solicitud de Gasto 426-1919-SG19. Que, mediante Disposición Nº DI-2019-110 -HGAPP se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones y se dispuso el llamado a CONTRATACION MENOR Nº 426-0820-CME19 para el día 29/03/2019, a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones Buenos Aires Compras (BAC). Que, habiendo tenido lugar el acto de Apertura el sistema BAC confirmó 3 (TRES) ofertas de las siguientes firmas: DROGUERIA MARTORANI S.A., RAUL JORGE LEON POGGI y RENALIFE S.A. Que, la Comisión de Evaluación de ofertas con sustento en las constancias del sistema aconsejó adjudicar la contratación de marras a favor de la firma DROGUERIA MARTORANI S.A (renglón 2) por la suma de pesos CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 00/100 ($59.498,00) por cumplir y reunir la totalidad de los requisitos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, resultando ser la más conveniente a los intereses de la Administración. Por ello y en uso de las facultades otorgadas por la Ley 2095/2006, (texto consolidado por Ley 6017) el Decreto Reglamentario N° 326/17 su modificatorio Decreto Nº287/18 vigentes en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires,

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS P. PIÑERO CONJUNTAMENTE CON LA GERENTE OPERATIVA

DE GESTION ADMINISTRATIVA, ECONOMICA Y FINANCIERA DISPONEN

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 321

Art. 1º- Apruébese la CONTRATACION MENOR N° 426-0820-CME19, realizada al

servicio de HEMATOLOGIA ascendiendo el total de la contratación a la suma de PESOS: CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON

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amparo de lo establecido en el Art. 38 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley 6017) el Decreto Reglamentario N° 326/17 su modificatorio Decreto Nº287/18 y adjudicase la adquisición de AGUJAS PARA BIOPSIA a la empresa : DROGUERIA MARTORANI S.A (renglón 2) por la suma de PESOS: CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 00/100 ($59.498,00) con destino al servicio de HEMATOLOGIA ascendiendo el total de la contratación a la suma de PESOS: CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 00/100 ($59.498,00) según el siguiente detalle: Renglón Firma adjudicataria Cantidad Precio Unitario Precio Total DROGUERIA 2 MARTORANI S.A 20 2.974,90 59.498,00 Art. 2º-Dicho gasto se imputara a la Partida presupuestaria correspondiente al año en curso. Art. 3º- Autorizase a la Sección Compras y Contrataciones a emitir la respectiva orden de Compra. Art. 4º- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Administrativo Contable y Presupuesto a fin de efectuar la imputación presupuestaria correspondiente, cumplido gírese al Hospital General de Agudos General de Agudos P. Piñero. Efrón - Pagano

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Resolución Comunal Jefatura de Gabinete de Ministros

RESOLUCIÓN COMUNAL N.° 985.855/COMUNA15/19

Buenos Aires, 3 de enero de 2019 VISTO: La Ley N° 2095, su modificatoria Ley N° 4764 y su Decreto Reglamentario N° 95/14, la Resolución Nº 375/SECGCYAC/14, el Decreto 59/GCBA/15 y el Expediente Electrónico Nº 00683275/COMUNA15/19, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el visto tramita la convalidación de tareas efectuadas en el marco de la Licitación Pública N° 1440/SIGAF/2014 "Servicio de Mantenimiento Comunal y Sostenible de los Espacios Verdes" aprobada mediante Decreto 59/GCBA/15; Que mediante Resolución Nº 375/SECGCYAC/14 se aprobó el "Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas", realizándose el llamado a Licitación; Que, el Artículo 61 del, Pliego de Bases y Condiciones Particulares establece que: "...Los trabajos descriptos como Servicios Estético-Funcionales por requerimiento serán requeridos al Adjudicatario por la Comuna quien posee la competencia necesaria para solicitarlos y deberán ser iniciados y finalizados en los plazos que indique la Orden de Servicio que los solicita."; Que mediante Decreto 59/GCBA/15 la empresa Ecología Urbana S.R.L, CUIT: 30-68725648-0, con domicilio en la calle H. Yrigoyen N° 850, 2° Piso, CABA, en el marco de la Licitación Pública N° 1440/SIGAF/2014 "Servicio de Mantenimiento Comunal y Sostenible de los Espacios Verdes" resultó adjudicataria de la Comuna 15; Que mediante expediente N° 00683275/COMUNA15/19, la Contratista Ecología Urbana S.R.L, CUIT: 30-68725648-0, tramitó el certificado mensual por la prestación del servicio previsto como RUBRO B correspondiente al mes de diciembre de 2018, el cual asciende a la suma total de Pesos Cuarenta y Dos Mil Ochocientos Cuarenta y Dos con 24/100 ($42.842,24.-) adjuntando las planillas de cálculo y listados de Espacios Verdes correspondientes a la Comuna 15 de la presente contratación; Que por otro lado, mediante Decreto N° 371/GCBA/13 se transfirieron a las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las misiones, funciones y responsabilidades primarias relativas al mantenimiento de los Espacios Verdes de la Ciudad, las que fueran oportunamente asignadas a la Dirección General de Espacios Verdes a través del Decreto N° 660/11 y sus modificatorios, con excepción de aquellos Espacios Verdes detallados en su Anexo I; Que en virtud del cálculo efectuado y la correspondiente verificación de las tareas realizadas por medio de los agentes de esta Comuna, corresponde reconocer la ejecución de las tareas requeridas a la empresa Ecología Urbana S.R.L, CUIT 30-68725648-0, establecidas al RUBRO B - "Servicios Estéticos - Funcionales por Requerimiento" realizadas en la Comuna 15, en el Espacio Verde situado en la calle Av. Córdoba N° 6290, denominado "Rincón de las Artes", por el mes de diciembre de 2018, por la suma total de Pesos Cuarenta y Dos Mil Ochocientos Cuarenta y Dos con 24/100 ($42.842,24.-); Que en este estado, corresponde proceder al dictado del acto administrativo que

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convalide la ejecución de las tareas realizadas correspondientes al RUBRO B de la presente contratación; Por ello en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 1.777 y el Decreto N° 371/13,

EL PRESIDENTE DE LA COMUNA 15 RESUELVE:

Artículo 1.- Convalídase la ejecución de las tareas requeridas a la empresa Ecología Urbana S.R.L., en el marco de la Licitación Pública N° 1440/SIGAF/2014 "Servicio de Mantenimiento Comunal y Sostenible de los Espacios Verdes", correspondiente al RUBRO B - "Servicios Estéticos - Funcionales por Requerimiento", las cuales fueron realizadas en el ámbito de la Comuna 15, en el espacio verde situado en la calle Av. Córdoba N° 6290, denominado "Rincón de las Artes", por el mes de diciembre de 2018.- Artículo 2.- Apruébase el gasto de las tareas requeridas a la empresa Ecología Urbana S.R.L, CUIT: 30-68725648-0 por el monto total de Pesos Cuarenta y Dos Mil Ochocientos Cuarenta y Dos con 24/100 ($42.842,24.-).- Artículo 3.- Regístrese y notifíquese a la contratista. Comuníquese a la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Lucchesi

RESOLUCIÓN COMUNAL N.° 985.879/COMUNA15/19

Buenos Aires, 3 de enero de 2019 VISTO: La Ley N° 2095, su modificatoria Ley N° 4764 y su Decreto Reglamentario N° 95/14, la Resolución Nº 375/SECGCYAC/14, el Decreto 59/GCBA/15 y el Expediente Electrónico Nº 00685319/COMUNA15/19, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el visto tramita la convalidación de tareas efectuadas en el marco de la Licitación Pública N° 1440/SIGAF/2014 "Servicio de Mantenimiento Comunal y Sostenible de los Espacios Verdes" aprobada mediante Decreto 59/GCBA/15; Que mediante Resolución Nº 375/SECGCYAC/14 se aprobó el "Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas", realizándose el llamado a Licitación; Que, el Artículo 61 del, Pliego de Bases y Condiciones Particulares establece que: "...Los trabajos descriptos como Servicios Estético-Funcionales por requerimiento serán requeridos al Adjudicatario por la Comuna quien posee la competencia necesaria para solicitarlos y deberán ser iniciados y finalizados en los plazos que indique la Orden de Servicio que los solicita."; Que mediante Decreto 59/GCBA/15 la empresa Ecología Urbana S.R.L, CUIT: 30-68725648-0, con domicilio en la calle H. Yrigoyen N° 850, 2° Piso, CABA, en el marco de la Licitación Pública N° 1440/SIGAF/2014 "Servicio de Mantenimiento Comunal y Sostenible de los Espacios Verdes" resultó adjudicataria de la Comuna 15;

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Page 325: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Que mediante expediente N° 00685319/COMUNA15/19, la Contratista Ecología Urbana S.R.L, CUIT: 30-68725648-0, tramitó el certificado mensual por la prestación del servicio previsto como RUBRO B correspondiente al mes de diciembre de 2018, el cual asciende a la suma total de Pesos Doscientos Treinta y Ocho Mil Cuatrocientos Veintiuno con 23/100 ($238.421,23.-) adjuntando las planillas de cálculo y listados de Espacios Verdes correspondientes a la Comuna 15 de la presente contratación; Que por otro lado, mediante Decreto N° 371/GCBA/13 se transfirieron a las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las misiones, funciones y responsabilidades primarias relativas al mantenimiento de los Espacios Verdes de la Ciudad, las que fueran oportunamente asignadas a la Dirección General de Espacios Verdes a través del Decreto N° 660/11 y sus modificatorios, con excepción de aquellos Espacios Verdes detallados en su Anexo I; Que en virtud del cálculo efectuado y la correspondiente verificación de las tareas realizadas por medio de los agentes de esta Comuna, corresponde reconocer la ejecución de las tareas requeridas a la empresa Ecología Urbana S.R.L, CUIT 30-68725648-0, establecidas al RUBRO B - "Servicios Estéticos - Funcionales por Requerimiento" realizadas en la Comuna 15, en el Espacio Verde situado en la calle Heredia y 14 de Julio, denominado "Plaza 25 de Agosto", por el mes de diciembre de 2018, por la suma total de Pesos Doscientos Treinta y Ocho Mil Cuatrocientos Veintiuno con 23/100 ($238.421,23.-); Que en este estado, corresponde proceder al dictado del acto administrativo que convalide la ejecución de las tareas realizadas correspondientes al RUBRO B de la presente contratación; Por ello en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 1.777 y el Decreto N° 371/13,

EL PRESIDENTE DE LA COMUNA 15 RESUELVE:

Artículo 1.- Convalídase la ejecución de las tareas requeridas a la empresa Ecología Urbana S.R.L., en el marco de la Licitación Pública N° 1440/SIGAF/2014 "Servicio de Mantenimiento Comunal y Sostenible de los Espacios Verdes", correspondiente al RUBRO B - "Servicios Estéticos - Funcionales por Requerimiento", las cuales fueron realizadas en el ámbito de la Comuna 15, en el espacio verde situado en la calle Heredia y 14 de Julio, denominado "Plaza 25 de Agosto", por el mes de diciembre de 2018.- Artículo 2.- Apruébase el gasto de las tareas requeridas a la empresa Ecología Urbana S.R.L, CUIT: 30-68725648-0 por el monto total de Pesos Doscientos Treinta y Ocho Mil Cuatrocientos Veintiuno con 23/100 ($238.421,23.-).- Artículo 3.- Regístrese y notifíquese a la contratista. Comuníquese a la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Lucchesi

RESOLUCIÓN COMUNAL N.° 985.908/COMUNA15/19

Buenos Aires, 3 de enero de 2019 VISTO: La Ley N° 2.095, su modificatoria Ley N° 4.764 y su Decreto Reglamentario N° 95/14, la Resolución Nº 375/SECGCYAC/14, el Decreto 59/GCBA/15 y el Expediente Electrónico Nº 00672737/COMUNA15/19, y

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CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el visto tramita la convalidación de tareas efectuadas en el marco de la Licitación Pública N° 1440/SIGAF/2014 "Servicio de Mantenimiento Comunal y Sostenible de los Espacios Verdes" aprobada mediante Decreto 59/GCBA/15; Que mediante Resolución Nº 375/SECGCYAC/14 se aprobó el "Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas", realizándose el llamado a Licitación; Que, el Artículo 61 del, Pliego de Bases y Condiciones Particulares establece que: "...Los trabajos descriptos como Servicios Estético-Funcionales por requerimiento serán requeridos al Adjudicatario por la Comuna quien posee la competencia necesaria para solicitarlos y deberán ser iniciados y finalizados en los plazos que indique la Orden de Servicio que los solicita."; Que mediante Decreto 59/GCBA/15 la empresa Ecología Urbana S.R.L, CUIT: 30-68725648-0, con domicilio en la calle H. Yrigoyen N° 850, 2° Piso, CABA, en el marco de la Licitación Pública N° 1440/SIGAF/2014 "Servicio de Mantenimiento Comunal y Sostenible de los Espacios Verdes" resultó adjudicataria de la Comuna 15; Que mediante expediente N° 672737/COMUNA15/19, la Contratista Ecología Urbana S.R.L, CUIT: 30-68725648-0, tramitó el certificado mensual por la prestación del servicio previsto como RUBRO B correspondiente al mes de diciembre de 2018, el cual asciende a la suma total de Pesos Ciento Cincuenta y Siete Mil Cuatrocientos Trece con 59/100 ($157.413,59.-) adjuntando las planillas de cálculo y listados de Espacios Verdes correspondientes a la Comuna 15 de la presente contratación; Que por otro lado, mediante Decreto N° 371/GCBA/13 se transfirieron a las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las misiones, funciones y responsabilidades primarias relativas al mantenimiento de los Espacios Verdes de la Ciudad, las que fueran oportunamente asignadas a la Dirección General de Espacios Verdes a través del Decreto N° 660/11 y sus modificatorios, con excepción de aquellos Espacios Verdes detallados en su Anexo I; Que en virtud del cálculo efectuado y la correspondiente verificación de las tareas realizadas por medio de los agentes de esta Comuna, corresponde reconocer la ejecución de las tareas requeridas a la empresa Ecología Urbana S.R.L, CUIT: 30-68725648-0, establecidas al RUBRO B - "Servicios Estéticos - Funcionales por Requerimiento" realizadas en la Comuna 15, en el Espacio Verde situado en la intersección de las calles Av. San Martín y Cnel. Apolinario Figueroa, denominado "Plaza 24 de Septiembre", por el mes de diciembre de 2018, por la suma total de Pesos Ciento Cincuenta y Siete Mil Cuatrocientos Trece con 59/100 ($157.413,59.-); Que en este estado, corresponde proceder al dictado del acto administrativo que convalide la ejecución de las tareas realizadas correspondientes al RUBRO B de la presente contratación; Por ello en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 1.777 y el Decreto N° 371/13,

EL PRESIDENTE DE LA COMUNA 15 RESUELVE:

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Artículo 1.- Convalídase la ejecución de las tareas requeridas a la empresa Ecología

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Urbana S.R.L., en el marco de la Licitación Pública N° 1440/SIGAF/2014 "Servicio de Mantenimiento Comunal y Sostenible de los Espacios Verdes", correspondiente al RUBRO B - "Servicios Estéticos - Funcionales por Requerimiento", las cuales fueron realizadas en el ámbito de la Comuna 15, en el espacio verde situado en la intersección de las calles Av. San Martín y Cnel. Apolinario Figueroa, denominado "Plaza 24 de Septiembre", por el mes de diciembre de 2018.- Artículo 2.- Apruébase el gasto de las tareas requeridas a la empresa Ecología Urbana S.R.L, CUIT: 30-68725648-0 por el monto total de Pesos Ciento Cincuenta y Siete Mil Cuatrocientos Trece con 59/100 ($157.413,59.-).- Artículo 3.- Regístrese y notifíquese a la contratista. Comuníquese a la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Lucchesi

RESOLUCIÓN COMUNAL N.° 2.732.067/COMUNA15/19

Buenos Aires, 10 de enero de 2019 VISTO: La Ley N° 2095, su modificatoria Ley N° 4764 y su Decreto Reglamentario N° 95/14, la Resolución Nº 375/SECGCYAC/14, el Decreto 59/GCBA/15 y el Expediente Electrónico Nº 35288134/COMUNA15/18, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el visto tramita la convalidación de tareas efectuadas en el marco de la Licitación Pública N° 1440/SIGAF/2014 "Servicio de Mantenimiento Comunal y Sostenible de los Espacios Verdes" aprobada mediante Decreto 59/GCBA/15; Que mediante Resolución Nº 375/SECGCYAC/14 se aprobó el "Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas", realizándose el llamado a Licitación; Que, el Artículo 61 del, Pliego de Bases y Condiciones Particulares establece que: "...Los trabajos descriptos como Servicios Estético-Funcionales por requerimiento serán requeridos al Adjudicatario por la Comuna quien posee la competencia necesaria para solicitarlos y deberán ser iniciados y finalizados en los plazos que indique la Orden de Servicio que los solicita"; Que mediante Decreto 59/GCBA/15 la empresa Ecología Urbana S.R.L, CUIT: 30-68725648-0, con domicilio en la calle H. Yrigoyen N° 850, 2° Piso, CABA, en el marco de la Licitación Pública N° 1440/SIGAF/2014 "Servicio de Mantenimiento Comunal y Sostenible de los Espacios Verdes" resultó adjudicataria de la Comuna 15; Que mediante expediente N° 35288134/COMUNA15/18, la Contratista Ecología Urbana S.R.L, CUIT: 30-68725648-0, tramitó el certificado mensual por la prestación del servicio previsto como RUBRO B correspondiente al mes de diciembre de 2018, el cual asciende a la suma total de Pesos Ciento Quince Mil Novecientos Treinta y Nueve con 55/100 ($115.939,55.-) adjuntando las planillas de cálculo y listados de Espacios Verdes correspondientes a la Comuna 15 de la presente contratación;

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Que por otro lado, mediante Decreto N° 371/GCBA/13 se transfirieron a las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las misiones, funciones y responsabilidades primarias relativas al mantenimiento de los Espacios Verdes de la Ciudad, las que fueran oportunamente asignadas a la Dirección General de Espacios Verdes a través del Decreto N° 660/11 y sus modificatorios, con excepción de aquellos Espacios Verdes detallados en su Anexo I; Que en virtud del cálculo efectuado y la correspondiente verificación de las tareas realizadas por medio de los agentes de esta Comuna, corresponde reconocer la ejecución de las tareas requeridas a la empresa Ecología Urbana S.R.L, CUIT 30-68725648-0, establecidas al RUBRO B - "Servicios Estéticos - Funcionales por Requerimiento" realizadas en la Comuna 15, en el Espacio Verde situado en la calle Barzana y Moscú, denominado "Plaza Andrés Chazarreta", por el mes de diciembre de 2018, por la suma total de Pesos Ciento Quince Mil Novecientos Treinta y Nueve con 55/100 ($115.939,55.-); Que en este estado, corresponde proceder al dictado del acto administrativo que convalide la ejecución de las tareas realizadas correspondientes al RUBRO B de la presente contratación; Por ello en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 1.777 y el Decreto N° 371/13,

EL PRESIDENTE DE LA COMUNA 15 RESUELVE:

Artículo 1.- Convalídase la ejecución de las tareas requeridas a la empresa Ecología Urbana S.R.L., en el marco de la Licitación Pública N° 1440/SIGAF/2014 "Servicio de Mantenimiento Comunal y Sostenible de los Espacios Verdes", correspondiente al RUBRO B - "Servicios Estéticos - Funcionales por Requerimiento", las cuales fueron realizadas en el ámbito de la Comuna 15, en el espacio verde situado en la calle Barzana y Moscú, denominado "Plaza Andrés Chazarreta", por el mes de diciembre de 2018.- Artículo 2.- Apruébase el gasto de las tareas requeridas a la empresa Ecología Urbana S.R.L, CUIT: 30-68725648-0 por el monto total de Pesos Ciento Quince Mil Novecientos Treinta y Nueve con 55/100 ($115.939,55.-).- Artículo 3.- Regístrese y notifíquese a la contratista. Comuníquese a la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Lucchesi

RESOLUCIÓN COMUNAL N.° 2.886.911/COMUNA15/19

Buenos Aires, 14 de enero de 2019 VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes N° 3263 y N° 1777, el Decreto Nº 166/2013 y las actas de inspección Nro. 913 al Nro. 965, y CONSIDERANDO:

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Que conforme surge del artículo 10 inciso a) de la Ley 1777, concordante con lo

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establecido por el artículo Nº 128 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Comunas tienen competencia exclusiva en materia de planificación, ejecución y control de los trabajos de mantenimiento urbano de las vías secundarias y otras de menor jerarquía, según normativa vigente; Que con fecha 7 de mayo de 2013 se sancionó el Decreto Nº 166/2013 por medio del cual se transfirió a las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las misiones, funciones y responsabilidades establecidas en la Ley N° 3263, a excepción de las previstas en el artículo 1° de dicho Decreto, todo ello de conformidad con las competencias otorgadas por la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y por la Ley N°1777; Que la Ley N° 3263 de arbolado público urbano prevé en su artículo 15 que la Autoridad de Aplicación podrá efectuar tareas de tala o extracción en diferentes supuestos; Que conforme la delegación efectuada por el Decreto N° 166/2013 corresponde a las Comunas la aplicación del artículo 15 de la Ley N° 3263, a excepción de los casos previstos en los incisos d), e) y g) del mismo; Que de ello se desprende que la Comuna podrá disponer la extracción de árboles en aquellos casos en que el árbol esté seco, o que por su estado sanitario, fisiológico o por sus condiciones físicas no sea posible su recuperación o para garantizar la seguridad de las personas y/o bienes, o cuando se encuentre fuera de la línea de plantación respecto al resto de los árboles de la vereda, constituyendo un obstáculo; Qué asimismo, el último párrafo del mismo artículo establece que siempre que no mediaran situaciones excepcionales que no admitan demora, se deberá fijar un cartel junto al ejemplar a ser extraído o talado por el plazo de diez (10) días corridos, en el que se informe sobre las circunstancias que motivan la decisión respectiva, indicando las vías de contacto con la autoridad competente; Que la Ley N° 3263 establece, en sus artículos 5° a 7°, los recaudos a seguir en caso de plantación y/o reposición de arbolado público urbano; Que de acuerdo a lo que surge de los informes de inspección citados en el visto, y según lo indicado, corresponde efectuar la extracción de los ejemplares arbóreos ubicados en las siguientes direcciones:

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Nº deinspección calle altura referencia especie dap altura

913 LAVALLEJA 198 FRESNO 45 10914 BEHRING 2619 PHOTINIA 50 9915 PADILLA 1137 PLATANO 95 22916 MURILLO 1090 LA PLATANO 80 20917 14 DE julio 546 NN 60 10918 HUMBOLDT 742 FRESNO 15 8919 HUMBOLDT 742 FICUS 7 3920 GAVILAN 3993 PARAISO 70 10921 VERA 835 LA PARAISO 45 11922 CUENCA 3806 FRESNO 25 8923 ARISMENDI 2413 LD3 PARAISO 45 14924 LERMA 426 LA1 PALTA 70 13925 ZARRAGA 3629 PLATANO 50 16926 MATURIN 2337 FICUS 80 12927 ARAOZ 808 ACER NEGUNDO 110 9928 ARAOZ 821 ACER NEGUNDO 60 9929 ARAOZ 881 FRESNO 85 8930 DRAGO 185 SOPHORA 50 10

931 BURELA 1207 AILANTHUSALTISSIMA 120 9

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932 LUGONES 1588 1588/90 PLATANO 50 10

933 JULIANALVAREZ 260 PLATANO 100 24

934 JULIANALVAREZ 866 LA PLATANO 90 15

935 DRAGO 305 FRESNO 15 7936 LAVALLEJA 305 PARAISO 45 9

937BENJAMINVICTORICA

AV.Gral2886 2886/2880 CALLISTEMON

CITRINUS 45 4

938 ZABALA 3512 FTE FRESNO 35 12

939BENJAMINVICTORICA

AV.Gral2920 FRESNO 60 14

940 14 DE julio 1559 ACER 60 15941 ITURRI 210 TILO 15 12942 PLAZA 1037 ACER 20 8

943 JULIANALVAREZ 890 PLATANO 70 12

944 PLAZA 930 PARAISO 40 8945 OLLEROS 3989 FRESNO 15 7946 PLAZA 1292 FTE LA PARAISO 90 12947 GALICIA 805 PARAISO 80 11

948 NICOLASREPETTO 1530/28 FICUS 20 2

949 URDININEA 1662 ACER/FRESNO 50/40 10-sep950 HUMBOLDT 56 PARAISO 40 9951 BALLIVIAN 2704 ACER 45 13952 PADILLA 448 LD PARAISO 75 15953 RODNEY 316 FTE PARAISO 44 9

954 MARIANOACHA 1693 LA PARAISO 60 8

955 MARIANOACHA 1630 LD PARAISO 30 6

956 LAVALLEJA 391 FTE PARAISO 80 10957 FRAGA 1589 ACER 100 10958 ARISMENDI 2622 FICUS 40 8959 TRONADOR 72 LA3 ACER 40 7960 VIRASORO 1941 NN 50 10961 CALDAS 1987 OLMO 70 10962 JUFRE 545 SOHORA 70 13963 HUMBOLDT 171 FRESNO 35 9964 HIDALGO 1310 PARAISO 70 13965 ANTEZANA 62 LA ACER NEGUNDO 40 8

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Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL DE LA COMUNA N° 15

RESUELVE Artículo 1°.- Autorizase a la Empresa Zona Verde CUIT N° 30-71185227-8 destinada por cuenta y cargo de esta Comuna, a realizar las tareas de extracción de los ejemplares arbóreos ubicados en las siguientes direcciones:

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Nº deinspección calle altura referencia especie dap altura

913 LAVALLEJA 198 FRESNO 45 10914 BEHRING 2619 PHOTINIA 50 9915 PADILLA 1137 PLATANO 95 22916 MURILLO 1090 LA PLATANO 80 20917 14 DE julio 546 NN 60 10918 HUMBOLDT 742 FRESNO 15 8919 HUMBOLDT 742 FICUS 7 3920 GAVILAN 3993 PARAISO 70 10921 VERA 835 LA PARAISO 45 11922 CUENCA 3806 FRESNO 25 8923 ARISMENDI 2413 LD3 PARAISO 45 14924 LERMA 426 LA1 PALTA 70 13925 ZARRAGA 3629 PLATANO 50 16926 MATURIN 2337 FICUS 80 12927 ARAOZ 808 ACER NEGUNDO 110 9928 ARAOZ 821 ACER NEGUNDO 60 9929 ARAOZ 881 FRESNO 85 8930 DRAGO 185 SOPHORA 50 10

931 BURELA 1207 AILANTHUSALTISSIMA 120 9

932 LUGONES 1588 1588/90 PLATANO 50 10

933 JULIANALVAREZ 260 PLATANO 100 24

934 JULIANALVAREZ 866 LA PLATANO 90 15

935 DRAGO 305 FRESNO 15 7936 LAVALLEJA 305 PARAISO 45 9

937BENJAMIN

VICTORICAAV.Gral

2886 2886/2880 CALLISTEMONCITRINUS 45 4

938 ZABALA 3512 FTE FRESNO 35 12

939BENJAMIN

VICTORICAAV.Gral

2920 FRESNO 60 14

940 14 DE julio 1559 ACER 60 15941 ITURRI 210 TILO 15 12942 PLAZA 1037 ACER 20 8

943 JULIANALVAREZ 890 PLATANO 70 12

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Conforme a la planilla de Inspección presentada en Anexo de la presente y que a todos sus efectos, forma parte de esta Resolución.- Artículo 2°.- Efectuadas las extracciones dispuestas en el artículo precedente, se deberá plantar nuevo ejemplar en el lugar liberado por el ejemplar extraído, de acuerdo a lo establecido en el capítulo II de la Ley N° 3263.- Artículo 3°.- Fíjese un cartel junto al/los ejemplar/es a ser talado/s por el plazo de diez (10) días corridos, en el que se informe sobre las circunstancias que motivan la decisión respectiva, indicando las vías de contacto con la autoridad competente.- Artículo 4°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese. Cumplido, archívese. Lucchesi

RESOLUCIÓN COMUNAL N.° 4.098.544/COMUNA15/19

Buenos Aires, 23 de enero de 2019 VISTO: La Ley N° 2.095/06, y su Decreto Reglamentario N° 95/14, la Resolución Nº 375-SECGCYAC/14, el Decreto 59/GCBA/15 y el Expediente Electrónico Nº 2019-04056617-MGEYA-COMUNA15 CONSIDERANDO:

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 332

944 PLAZA 930 PARAISO 40 8945 OLLEROS 3989 FRESNO 15 7946 PLAZA 1292 FTE LA PARAISO 90 12947 GALICIA 805 PARAISO 80 11

948 NICOLASREPETTO 1530/28 FICUS 20 2

949 URDININEA 1662 ACER/FRESNO 50/40 10-sep950 HUMBOLDT 56 PARAISO 40 9951 BALLIVIAN 2704 ACER 45 13952 PADILLA 448 LD PARAISO 75 15953 RODNEY 316 FTE PARAISO 44 9

954 MARIANOACHA 1693 LA PARAISO 60 8

955 MARIANOACHA 1630 LD PARAISO 30 6

956 LAVALLEJA 391 FTE PARAISO 80 10957 FRAGA 1589 ACER 100 10958 ARISMENDI 2622 FICUS 40 8959 TRONADOR 72 LA3 ACER 40 7960 VIRASORO 1941 NN 50 10961 CALDAS 1987 OLMO 70 10962 JUFRE 545 SOHORA 70 13963 HUMBOLDT 171 FRESNO 35 9964 HIDALGO 1310 PARAISO 70 13965 ANTEZANA 62 LA ACER NEGUNDO 40 8

Que por el expediente citado en el visto tramita la convalidación de tareas efectuadas

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en el marco de la Licitación Pública N° 1440/SIGAF/2014 "Servicio de Mantenimiento Comunal y Sostenible de los Espacios Verdes" aprobada mediante Decreto 59/GCBA/15; Que mediante Resolución Nº 375/SECGCYAC/14 se aprobó el "Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas", realizándose el llamado a Licitación; Que, el Artículo 61 del, Pliego de Bases y Condiciones Particulares establece que: "...Los trabajos descriptos como Servicios Estético-Funcionales por requerimiento serán requeridos al Adjudicatario por la Comuna quien posee la competencia necesaria para solicitarlos y deberán ser iniciados y finalizados en los plazos que indique la Orden de Servicio que los solicita."; Que mediante Decreto 59/GCBA/15 la empresa Ecología Urbana S.R.L, CUIT: 30-68725648-0, con domicilio en la calle H. Yrigoyen N° 850, 2° Piso, CABA, en el marco de la Licitación Pública N° 1440/SIGAF/2014 "Servicio de Mantenimiento Comunal y Sostenible de los Espacios Verdes" resultó adjudicataria de la Comuna 15; Que mediante Expediente Electrónico N° 2019-04056617-MGEYA-COMUNA15, la Contratista Ecología Urbana S.R.L, CUIT: 30-68725648-0, tramitó el certificado mensual por la prestación del servicio previsto como RUBRO B correspondiente al mes de OCTUBRE de 2018, el cual asciende a la suma total de Pesos quinientos sesenta y siete mil setenta y nueve con 15/100 ($ 567.079,15.-) adjuntando las planillas de cálculo y listados de Espacios Verdes correspondientes a la Comuna 15 de la presente contratación; Que por otro lado, mediante Decreto N° 371/GCBA/13 se transfirieron a las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las misiones, funciones y responsabilidades primarias relativas al mantenimiento de los Espacios Verdes de la Ciudad, las que fueran oportunamente asignadas a la Dirección General de Espacios Verdes a través del Decreto N° 660/11 y sus modificatorios, con excepción de aquellos Espacios Verdes detallados en su Anexo I; Que en virtud del cálculo efectuado y la correspondiente verificación de las tareas realizadas por medio de los agentes de esta Comuna, corresponde reconocer la ejecución de las tareas requeridas a la empresa Ecología Urbana S.R.L, CUIT: 30-68725648-0, establecidas al RUBRO B - "Servicios Estéticos - Funcionales por Requerimiento" realizadas en la Comuna 15, en el Espacio Verde situado en intersección de las calles Gurruchaga Nº 1078 entre Jufre y Castillo , denominado- Patio Gurruchaga, por el mes de OCTUBRE de 2018, por la suma total de Pesos quinientos sesenta y siete mil setenta y nueve con 15/100 ($ 567.079,15.-) Que en este estado, corresponde proceder al dictado del acto administrativo que convalide la ejecución de las tareas realizadas correspondientes al RUBRO B de la presente contratación; Por ello en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 1.777 y el Decreto N° 371/13,

EL PRESIDENTE DE LA COMUNA 15 RESUELVE

Artículo 1.- Convalídese la ejecución de las tareas requeridas a la empresa Ecología Urbana S.R.L., en el marco de la Licitación Pública N° 1440/SIGAF/2014 "Servicio de Mantenimiento Comunal y Sostenible de los Espacios Verdes", correspondiente al RUBRO B - "Servicios Estéticos - Funcionales por Requerimiento", las cuales fueron realizadas en el ámbito de la Comuna 15, en el Espacio Verde situado en intersección de las calles Gurruchaga Nº 1078 entre Jufre y Castillo, denominado- Patio Gurruchaga, por el mes de OCTUBRE de 2018.-

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Artículo 2.- Apruébase el gasto de las tareas requeridas a la empresa Ecología Urbana S.R.L, CUIT: 30-68725648-0 por el monto total de Pesos quinientos sesenta y siete mil setenta y nueve con 15/100 ($ 567.079,15.-) Artículo 3.- Regístrese y notifíquese a la contratista. Comuníquese a la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Lucchesi

RESOLUCIÓN COMUNAL N.° 5.139.042/COMUNA15/19

Buenos Aires, 5 de febrero de 2019 VISTO: La Ley N° 1.777, y que el Presidente de la Junta Comunal N° 15, Sr. Jorge Arnoldo Lucchesi se ausentará temporalmente desde el día 7 hasta el día 15 de febrero de 2019 inclusive, y CONSIDERANDO: Que el Presidente de la Junta Comunal N° 15, Sr. Jorge Arnoldo Lucchesi, por razones personales deberá ausentarse de la Ciudad de Buenos Aires, durante el período indicado en el Visto; Que en virtud de lo expuesto precedentemente y a efectos de mantener el normal funcionamiento de las actividades administrativas de la mencionada Presidencia de la Junta Comunal, resulta conveniente delegar la firma del despacho diario; Que la Ley 1.777 en su artículo 31 establece que "En caso de ausencia temporaria del presidente/a, la Comuna es representada legalmente y presidida por el miembro de la Junta Comunal que éste designe y por el término que dure la misma"; Que por tal motivo corresponde delegar la firma en la Sra. María Eugenia Moscariello DU. 24.574.149, proclamada como miembro de la Junta Comunal N° 15, mediante Acordada Electoral N°19/2015 Anexo III; Por ello, en virtud de las facultades conferidas por la Ley 1.777,

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL N° 15

RESUELVE: Artículo 1.- Delegase la firma del despacho diario de la Presidencia de la Junta Comunal N° 15 a la Sra. María Eugenia Moscariello DU. 24.574.149 desde el día 7 hasta el día 15 de febrero de 2019 inclusive. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a la Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana. Cumplido archívese. Lucchesi

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RESOLUCIÓN COMUNAL N.° 6.294.523/COMUNA15/19

Buenos Aires, 19 de febrero de 2019 VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes N° 3263 y N° 1777, el Decreto Nº 166/2013 y las actas de inspección Nro. 966 al Nro. 1031, y CONSIDERANDO: Que conforme surge del artículo 10 inciso a) de la Ley 1777, concordante con lo establecido por el artículo Nº 128 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Comunas tienen competencia exclusiva en materia de planificación, ejecución y control de los trabajos de mantenimiento urbano de las vías secundarias y otras de menor jerarquía, según normativa vigente; Que con fecha 7 de mayo de 2013 se sancionó el Decreto Nº 166/2013 por medio del cual se transfirió a las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las misiones, funciones y responsabilidades establecidas en la Ley N° 3263, a excepción de las previstas en el artículo 1° de dicho Decreto, todo ello de conformidad con las competencias otorgadas por la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y por la Ley N°1777; Que la Ley N° 3263 de arbolado público urbano prevé en su artículo 15 que la Autoridad de Aplicación podrá efectuar tareas de tala o extracción en diferentes supuestos; Que conforme la delegación efectuada por el Decreto N° 166/2013 corresponde a las Comunas la aplicación del artículo 15 de la Ley N° 3263, a excepción de los casos previstos en los incisos d), e) y g) del mismo; Que de ello se desprende que la Comuna podrá disponer la extracción de árboles en aquellos casos en que el árbol esté seco, o que por su estado sanitario, fisiológico o por sus condiciones físicas no sea posible su recuperación o para garantizar la seguridad de las personas y/o bienes, o cuando se encuentre fuera de la línea de plantación respecto al resto de los árboles de la vereda, constituyendo un obstáculo; Qué asimismo, el último párrafo del mismo artículo establece que siempre que no mediaran situaciones excepcionales que no admitan demora, se deberá fijar un cartel junto al ejemplar a ser extraído o talado por el plazo de diez (10) días corridos, en el que se informe sobre las circunstancias que motivan la decisión respectiva, indicando las vías de contacto con la autoridad competente; Que la Ley N° 3263 establece, en sus artículos 5° a 7°, los recaudos a seguir en caso de plantación y/o reposición de arbolado público urbano; Que de acuerdo a lo que surge de los informes de inspección citados en el visto, y según lo indicado, corresponde efectuar la extracción de los ejemplares arbóreos ubicados en las siguientes direcciones:

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N° deInspección Calle Altura Referencia Especie DAP Altura

966 SCALABRINIORTIZ 851 1 (PATIO

INTERNO)ACER

NEGUNDO 80 13

967 SCALABRINIORTIZ 851 2 (PATIO

INTERNO) MORUS ALBA 40 11

968 SCALABRINIORTIZ 851 3 (PATIO

INTERNO)AILLANTHUS

ALTISSIMA 30 12

969 SCALABRINIORTIZ 851 4 (PATIO

INTERNO)AILLANTHUS

ALTISSIMA 15 9

970 ÁLVAREZTHOMAS 268 TIPA 80 20

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971 AV SANMARTIN 3869 LD ALAMO 100 13

972 AVALOS 1135 LA PARAISO 85 6973 AVALOS 1156 FRESNO 40 7974 AVALOS 1310 ACER 40 7975 AVALOS 1301 FRESNO 40 5976 BALLIVIAN 2687 FRESNO 40 10977 ANDONAEGUI 1770 ACACIA 40 10978 DARWIN 1163 ACER 45 10979 CASTILLO 580 PARAISO 60 16980 CASTILLO 834 PLATANO 60 17981 LOYOLA 324 SOPHORA 50 14982 DONADO 1679 1680 FRESNO 60 9983 RODNEY 316 PARAISO 50 9

984 CORTAZAR,JULIO 3529 LA PALTA 20 7

985 CORTAZAR,JULIO 3518 LA PARAISO 50 11

986 CAMPILLO 3125 EN MISMAPLANTERA TIMBO 80 13

987 CAMPILLO 3125 EN MISMAPLANTERA PLATANO 65 10

988 CAMPILLO 3125 EN MISMAPLANTERA ALGARROBO 30 11

989 PLAZA BENITONAZAR DENTRO

DE CANILPALO

BORRACHO 80 9

990 ESPINOSA 2299 PARAISO 110 12991 JUAN B JUSTO 3930 PLÁTANO 70 18992 ANTEZANA 570 LA2 PARAISO 70 10993 HEREDIA 1326 SOPHORA 40 10994 AV. CORDOBA 5190 NN 40 9995 ESPINOSA 2286 A PARAISO 65 12996 ESPINOSA 1922 PARAISO 65 14997 ESPINOSA 2124 PARAISO 70 14998 ESPINOSA 2112 PARAISO 50 12

999 SEGUI.F; JALTE 2119 FRESNO

EUROPEO 55 10

1000 14 DE JULIO 1303 LD1 ACERNEGUNDO 60 12

1001 14 DE JULIO 1303 LD2 ACERNEGUNDO 70 14

1002 MARIANOACHA 1601 FRESNO 35 9

1003 ARISMENDI 2710 PARAÍSO 100 10

1004 AV.CHORRROARIN 576 LD PARAISO 80 12

1005 TURIN 3314 FTE(PLAZANOBEL)

PALOBORRACHO 50 10

1006 BURELA 1577FTE

LD(PLAZANOBEL)

ACACIA 65 11

1007 SEGUI 2392 LA PLATANO 75 20

1008 RAMIREZ DEVELASCO 1549 FRESNO 65 12

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Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL DE LA COMUNA N° 15

RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizase a la Empresa Zona Verde CUIT N° 30-71185227-8 destinada por cuenta y cargo de esta Comuna, a realizar las tareas de extracción de los ejemplares arbóreos ubicados en las siguientes direcciones:

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1009 CONDARCO 4064 ARALIA 40 61010 AV DORREGO 777 LA PLATANO 80 181011 AV DORREGO 837 PLATANO 65 181012 HEREDIA 250 LD1 FRESNO 45 91013 HEREDIA 333 FTE TIPA 25 71014 HEREDIA 409 LD FRESNO 45 81015 HEREDIA 430 FRESNO 50 91016 HEREDIA 439 FRESNO 50 91017 SUNCHALES 827 PARAISO 55 91018 SUNCHALES 613 FRESNO 70 51019 HUMBOLDT 60 PARAISO 100 81020 HUMBOLDT 76 PARAISO 90 81021 GUTEMBERG 2643 fresno 55 11

1022 MARIANOACHA 1453 PLATANO 50 16

1023 MARIANOACHA 1449 51 PLATANO 60 17

1024 HUMBOLDT 425 425/455 LA4 PARAISO 50 101025 HUMBOLDT 425 425/455 LA3 PARAISO 50 91026 HUMBOLDT 486 LA1 PARAISO 85 91027 HUMBOLDT 486 LA3 PARAISO 85 81028 HUMBOLDT 486 LA5 PARAISO 90 91029 HUMBOLDT 95 PARAISO 45 91030 LA PAMPA 4350 LA PARAISO 75 121031 HUMBOLDT 116 LD PARAISO 105 7

N° deInspección Calle Altura Referencia Especie DAP Altura

966 SCALABRINIORTIZ 851 1 (PATIO

INTERNO) ACER NEGUNDO 80 13

967 SCALABRINIORTIZ 851 2 (PATIO

INTERNO) MORUS ALBA 40 11

968 SCALABRINIORTIZ 851 3 (PATIO

INTERNO)AILLANTHUSALTISSIMA 30 12

969 SCALABRINIORTIZ 851 4 (PATIO

INTERNO)AILLANTHUSALTISSIMA 15 9

970 ÁLVAREZTHOMAS 268 TIPA 80 20

971 AV SANMARTIN 3869 LD ALAMO 100 13

972 AVALOS 1135 LA PARAISO 85 6973 AVALOS 1156 FRESNO 40 7974 AVALOS 1310 ACER 40 7975 AVALOS 1301 FRESNO 40 5976 BALLIVIAN 2687 FRESNO 40 10977 ANDONAEGUI 1770 ACACIA 40 10978 DARWIN 1163 ACER 45 10

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Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 338

979 CASTILLO 580 PARAISO 60 16980 CASTILLO 834 PLATANO 60 17981 LOYOLA 324 SOPHORA 50 14982 DONADO 1679 1680 FRESNO 60 9983 RODNEY 316 PARAISO 50 9

984 CORTAZAR,JULIO 3529 LA PALTA 20 7

985 CORTAZAR,JULIO 3518 LA PARAISO 50 11

986 CAMPILLO 3125 EN MISMAPLANTERA TIMBO 80 13

987 CAMPILLO 3125 EN MISMAPLANTERA PLATANO 65 10

988 CAMPILLO 3125 EN MISMAPLANTERA ALGARROBO 30 11

989 PLAZA BENITONAZAR DENTRO

DE CANILPALO

BORRACHO 80 9

990 ESPINOSA 2299 PARAISO 110 12991 JUAN B JUSTO 3930 PLATANO 70 18992 ANTEZANA 570 LA2 PARAISO 70 10993 HEREDIA 1326 SOPHORA 40 10994 AV. CORDOBA 5190 NN 40 9995 ESPINOSA 2286 A PARAISO 65 12996 ESPINOSA 1922 PARAISO 65 14997 ESPINOSA 2124 PARAISO 70 14998 ESPINOSA 2112 PARAISO 50 12

999 SEGUI.F; J 2119 FRESNO 55 10

ALTE EUROPEO1000 14 DE JULIO 1303 LD1 ACER NEGUNDO 60 121001 14 DE JULIO 1303 LD2 ACER NEGUNDO 70 14

1002 MARIANOACHA 1601 FRESNO 35 9

1003 ARISMENDI 2710 PARAISO 100 10

1004 AV.CHORRROARIN 576 LD PARAISO 80 12

1005 TURIN 3314 FTE(PLAZANOBEL)

PALOBORRACHO 50 10

1006 BURELA 1577FTE

LD(PLAZANOBEL)

ACACIA 65 11

1007 SEGUI 2392 LA PLATANO 75 20

1008 RAMIREZ DEVELASCO 1549 FRESNO 65 12

1009 CONDARCO 4064 ARALIA 40 61010 AV DORREGO 777 LA PLATANO 80 181011 AV DORREGO 837 PLATANO 65 181012 HEREDIA 250 LD1 FRESNO 45 91013 HEREDIA 333 FTE TIPA 25 7

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Conforme a la planilla de Inspección presentada en Anexo de la presente y que a todos sus efectos, forma parte de esta Resolución.- Artículo 2°.- Efectuadas las extracciones dispuestas en el artículo precedente, se deberá plantar nuevo ejemplar en el lugar liberado por el ejemplar extraído, de acuerdo a lo establecido en el capítulo II de la Ley N° 3263.- Artículo 3°.- Fíjese un cartel junto al/los ejemplar/es a ser talado/s por el plazo de diez (10) días corridos, en el que se informe sobre las circunstancias que motivan la decisión respectiva, indicando las vías de contacto con la autoridad competente.- Artículo 4°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese. Cumplido, archívese. Lucchesi

RESOLUCIÓN COMUNAL N.° 6.447.782/COMUNA15/19

Buenos Aires, 20 de febrero de 2019 VISTO: La Resolución Nº 06-MMGC-2015 y el EX-2019-4816608-GCABA COMUNA 15 y, CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 06-MMGC-2015 se aprobó el Procedimiento General de Registro de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comprendido en la Ley Nº 471 y en la Ordenanza N° 41.455; Que en el artículo 6° del Anexo I de dicha Resolución se estableció que en los casos de agentes que por razones de servicios desempeñen tareas fuera de su dependencia, oficina o servicio, la Autoridad Superior de la repartición respectiva deberá, mediante dictado de Acto Administrativo, eximir de la obligación de firmar la Planilla de Registro de Asistencia o registrarse en el Sistema Informático de Control de Asistencia;

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1014 HEREDIA 409 LD FRESNO 45 81015 HEREDIA 430 FRESNO 50 91016 HEREDIA 439 FRESNO 50 91017 SUNCHALES 827 PARAISO 55 91018 SUNCHALES 613 FRESNO 70 51019 HUMBOLDT 60 PARAISO 100 81020 HUMBOLDT 76 PARAISO 90 81021 GUTEMBERG 2643 fresno 55 11

1022 MARIANOACHA 1453 PLATANO 50 16

1023 MARIANOACHA 1449 51 PLATANO 60 17

1024 HUMBOLDT 425 425/455 LA4 PARAISO 50 101025 HUMBOLDT 425 425/455 LA3 PARAISO 50 91026 HUMBOLDT 486 LA1 PARAISO 85 91027 HUMBOLDT 486 LA3 PARAISO 85 81028 HUMBOLDT 486 LA5 PARAISO 90 91029 HUMBOLDT 95 PARAISO 45 91030 LA PAMPA 4350 LA PARAISO 75 121031 HUMBOLDT 116 LD PARAISO 105 7

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Que la concurrencia diaria del personal designado al relevamiento de los reclamos de los ciudadanos de la Comuna 15 a la sede de este Organismo, redundaría en desplazamientos innecesarios y fuera del lugar donde se cumplen sus tareas; Que la falta de recursos humanos obliga a esta Repartición a encomendar el seguimiento y control de más de una zona de la Comuna 15 a la agente que presta servicios como relevadora de reclamos, viéndose incrementado el tiempo y los costos de transporte necesarios para realizar en forma diaria sus tareas; Que por lo expuesto debe contemplarse su situación referente al registro de asistencia eximiéndola del mismo; Que en virtud de lo expuesto en el artículo mencionado ut supra, la vigencia de la eximición, en todos los casos, tendrá como fecha límite el 31 de diciembre del año en el cual fue otorgada. Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por la Resolución Nº 06-MMGC-2015,

EL PRESIDENTE DE LA COMUNA Nº 15 RESUELVE

Artículo 1°.- Exímase de registrar la huella en el sistema informático de control de asistencia a la agente Silvia Mónica Morán, CUIL Nº 27-12084095-4, quien se encuentra en comisión de servicios en esta Comuna Nº 15 desde el 05/02/2019. Para tal fin, se ha confeccionado la FOECA (Ficha de eximición de firma en la Planilla de Registro de Asistencia y del monitoreo mediante Sistemas Informáticos de Control de Asistencia) por IF-2019-05069263-GCABA-COMUNA15. Artículo 2°.- Establécese para la mencionada agente un mecanismo de control y seguimiento, consistente en la presentación por parte de la agente eximida de un informe semanal de actividades donde deberá detallar: la semana correspondiente y las tareas realizadas. Artículo 3°.- En virtud de lo dispuesto en el artículo anterior, la agente deberá rubricar el referido informe y presentarlo en la oficina de Recursos Humanos de esta Repartición, los días viernes, sin excepción a los efectos de que el suscripto los vaya avalando con el propósito de poder emitir mensualmente el certificado de permanencia correspondiente. Artículo 4°.- Otórguese como período de vigencia de la eximición desde el 02 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2019. Artículo 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Planificación y Control Operativo y a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda, y a la Dirección General de Atención Inmediata dependiente de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunicatario del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano. Cumplido, archívese. Lucchesi

RESOLUCIÓN COMUNAL N.° 10.646.341/COMUNA4/19

Buenos Aires, 5 de abril de 2019 VISTO: El Expediente N° EX -2019-09441046-GCABA-COMUNA4, la Ley 1777, Decreto N°453-GCBA/12, Decreto N°472- GCBA/13, Resolución N° 436-SECGCYAC/12, Decreto N°40-GCBA/13, Ordenanza 33581/77 y 33721/77, Ley Nacional 11843 y la Resolución N° 446/GCBA/MJGGC/16; y

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CONSIDERANDO: Que por la mencionada actuación tramita denuncia por falta de higiene en el predio sito en la calle California N° 1054, de esta ciudad; Que habiéndose solicitados los informes de rigor a las áreas correspondientes a los fines de la identificación del titular, y respondidos los mismos, el domicilio resulta ser coincidente con la ubicación física del inmueble tal como lo informa el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal el día 8 de marzo del 2019; Que en fecha 1° de Febrero del 2019 inspectores de la Comuna 4 se constituyeron en el inmueble a efectos de verificar las condiciones de Higiene y Salubridad del lugar, labraron Acta de Intimación N° 132/COMUNA4/2019 por haber constatado la falta de higiene, malezas, suciedad, basura en general así como presencia de roedores. Siendo el mismo un sitio propicio para el anidamiento y proliferación de roedores, insectos y alimañas; Que con fecha 27 de Marzo del 2019 inspectores de la Comuna 4 se constituyeron nuevamente en el lugar a fin de verificar el cumplimiento de la intimación, constatando que las tareas solicitadas por medio de la misma no fueron realizadas y, en consecuencia, labraron Acta de Comprobación Seria 4 N° 00440434; Que el artículo 11 de la Ordenanza 33581/77 establece que "todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto, está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética (...)"; Que en consecuencia, conforme lo dispuesto por la normativa vigente corresponde intimar al propietario del citado inmueble, para que en el plazo de diez (10) días de notificado arbitre las medidas necesarias y suficientes para la desratización, desinsectación, higienización y/o retiro de todos los materiales en desuso y residuos del mismo, y/o reparación de cerco sobre línea oficial y/o vereda, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de la ejecución de los trabajos mencionado por la administración a su costa (art. 11 Ordenanza 33581/77); Por ello, y en uso de sus facultades,

LA PRESIDENTA DE LA JUNTA COMUNAL N° 4 RESUELVE

Artículo 1°.- Intímese a MINUTI DE PAYO EMILIA L.C. N° 181.359 y/o Sr. Propietario del inmueble sito en la calle California N° 1054, de esta Ciudad para que en plazo de diez (10) días, de notificada la presente, proceda a realizar la desratización, desinsectación, higienización y/o retiro de todos los materiales en desuso y residuos del mismo, y/o reparación de cerco sobre línea oficial y/o vereda del inmueble mencionado, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de la ejecución de los trabajos mencionados por la administración y a su costa, conforme lo dispuesto por el artículo 11 de la Ordenanza 33581/77, y demás concordantes. Artículo 2°.- A tales fines deberá acreditar en debida forma la realización de la totalidad de las mejores intimadas y en su caso el cumplimiento de lo establecido en la Ley 11843, es decir la ejecución de tareas de desratización. Dicha acreditación deberá hacerse mediante la presentación ante la Comuna de los certificados correspondientes expedidos por empresa debidamente registrada a tal fin ante el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informando expresamente la metodología, tipo de sustancias y cantidades utilizadas en dichas tareas. Asimismo deberá presentar un plan de contingencias que asegure el mantenimiento en el tiempo de las mejoras implementadas, así como también, arbitrar todos los recaudos necesarios como para que el inmueble se encuentre en óptimas condiciones de higiene y salubridad. Artículo 3°.- Líbrense las cédulas de rigor, autorizándose su diligenciamiento.

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Artículo 4°.- Autorizase la publicación de Edictos. Artículo 5°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Romero Cristaldo

RESOLUCIÓN COMUNAL N.° 10.824.286/COMUNA10/19

Buenos Aires, 8 de abril de 2019 VISTO: El Expediente 2018-30025317-COMUNA10, y la Ley N° 1777, Decreto N° 453- GCABA/12, Decreto N° 472 -GCABA/13, Resolución N° 436-SECGCYAC/12, Decreto N° 40/GCABA/14, Ordenanzas 33581/77, 33721/77, Ley Nacional N° 11843 y Resolución N° 446/MJGGC/16; y CONSIDERANDO: Que por la mencionada actuación tramita denuncia por falta de higiene en el predio sito en Calle CAMARONES 5136. Que con fecha 03/10/2018 inspectores de la Comuna 10, se constituyeron en el inmueble a efectos de verificar las condiciones de Higiene y salubridad del lugar y labraron el acta de intimación Nro.84- COMUNA10/2018, por haber verificado la falta de higiene y malezas, siendo un sitio propicio para el anidamiento y proliferación de roedores, insectos y alimañas. Que con fecha 01/02/19, los inspectores de la Comuna 10. se constituyeron nuevamente en el lugar mencionado, a fin de verificar el efectivo cumplimiento del Acta de Intimación mencionada ut supra, constatando que las tareas intimadas al ciudadano no fueron realizadas, por lo que se procedió a confeccionar una Acta de Comprobación Serie "4" N° 228612.- Que el artículo 11 de la Ordenanza 33581/77 establece que "todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética (..)". Que, por la entrada en vigencia de la Resolución N° 446/MJGGC/16 se implementó "el nuevo procedimiento para la higienización, desinfección, desinsectación, desratización, eliminación de malezas y/o saneamiento de terrenos baldíos y/o casas abandonadas, cuya competencia corresponden a las Comunas", Que, la Resolución 446/MJGGC/14, establece en el Anexo I, Etapa 2) punto c) "...INTIMANDO AL/LOS TITULARES a subsanar las faltas en el plazo de 10 días bajo apercibimiento de cumplimentarlo a su costa..." Ordenanza N° 48605/94, modificatoria de la Ordenanza N° 37044/81.- Que, en fecha 11/12/18 la Administración General de Ingresos Públicos, Informa que la titularidad es de SUC DE COND FERRARO y consultado el Registro de la Propiedad Inmueble arroja como titulares a DESENA DE FERRARO, FILOMENA DNI N° 406753 y otros, todos con domicilio en el mismo predio.- Que en consecuencia, conforme lo dispuesto por la normativa vigente corresponde intimar al propietario del citado inmueble, para que en el plazo de diez (10) días de notificado arbitre las medidas necesarias y suficientes para la desratización, desinsectación, higienización y/o retiro de todos los materiales en desuso y residuos del mismo, y/o reparación de cerco sobre línea oficial y/o vereda, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de la ejecución de los trabajos mencionados por la administración y a su costa.

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Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 1510/97 y la normativa ut supra mencionada;

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL DE LA COMUNA 10 DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES,

RESUELVE: Artículo 1°.- Intímese a Sr. Propietario del inmueble sito en Calle CAMARONES N° 5136, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con domicilio EN EL MISMO INMUEBLE para que en el plazo de diez (10) días de notificada la presente, proceda a realizar la desratización, desinsectación (Presentando en la sede Comunal Certificado emitido por Empresa Autorizada por la CABA), higienización y/o retiro de todos los materiales en desuso y residuos del mismo, y/o reparación de cerco sobre línea oficial y/o vereda, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de la ejecución de los trabajos mencionados por la administración y a su costa, conforme lo dispuesto en la Resolución 446/MJGGC/16, establece en el Anexo I, Etapa 2) punto c).- Artículo 2°.- A tales fines deberá acreditar en debida forma la realización de la totalidad de las mejoras intimadas y en su caso el cumplimiento de lo establecido en la Ley 11843, es decir la ejecución de tareas de desratización. Debiendo acreditar las mismas en forma fehaciente mediante la presentación ante la Comuna de los certificados correspondientes expedidos por empresa debidamente registrada a tal fin ante el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informando expresamente la metodología, tipo de sustancias, y cantidades utilizadas en dichas tareas. Asimismo deberá presentar un plan de contingencias que asegure el mantenimiento en el tiempo de las mejoras implementadas, así como también, arbitrar todos los recaudos necesarios como para que el inmueble se encuentre en óptimas condiciones de higiene y salubridad. Artículo 3°.- Líbrense las cédulas de rigor autorizándose su diligenciamiento, y de corresponder, publíquense edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con los Recaudos de estilo. Artículo 4°.- Regístrese y notifíquese la presente con copia al contribuyente. Cumplido, archívese. D’Ippolito

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Organos de Control Resolución de Presidencia Ente Regulador de los Servicios Públicos de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

RESOLUCIÓN N.° 10/PARA/19

Buenos Aires, 3 de enero de 2019 VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 210, las Resoluciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos N° 84/2003 y modificatorias y Nº 456/2013 y el Exp. EX-2018-00003489-EURSPCABA y CONSIDERANDO: Que el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad crea el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal; Que, el Estatuto del Personal del ERSP establece que se considera adscripto al personal destinado a ejercer sus funciones fuera del Ente a requerimiento de un organismo solicitante nacional, provincial, municipal o de la Ciudad de Buenos Aires por un período de tiempo determinado; Que, se ha solicitado la adscripción para prestar servicios en el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires del agente Frette, Verónica Inés (DNI Nº 29.117.716); Que, el Reglamento Interno del Directorio aprobado por Resolución N° 456/ERSP/2013, en su Art. 19 faculta al Presidente a emitir resoluciones en todas las cuestiones relativas a la administración del ERSP; Que, la Unidad Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia. Por ello,

EL PRESIDENTE DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1°.-Apruébese la adscripción y autorícese a prestar servicios en el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires al agente Frette, Verónica Inés (DNI Nº 29.117.716) desde el 1º de enero de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2019. Artículo 2°.-Notifíquese al agente Frette, Verónica Inés informándole que vencido el plazo dispuesto en el artículo precedente, deberá reincorporarse al ERSP. Artículo 3°.-Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese al Organismo solicitante y a la Gerencia de Administración. Cumplido, archívese. Ameijenda

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RESOLUCION N.° 26/PARA/19

Buenos Aires, 21 de enero de 2019 VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 210, las Resoluciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos N° 84/2003 y modificatorias y Nº 456/2013 y el EX-2019-00000501-EURSPCABA y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 138 de la Constitución de la Ciudad creó al Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal; Que, mediante la Ley N° 210 se reglamentó su constitución y que el Estatuto del Personal del ERPS regula la relación laboral de los agentes y sus derechos y obligaciones; Que, el Estatuto de Personal del ERSP en su artículo 62 inc. B) prevé como situación de revista de excepción de los agentes a la comisión de servicios: Que, la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas ha solicitado la comisión de servicios del agente Hernández, María Vanesa (DNI N° 30.574.825); Que, el Reglamento Interno del Directorio aprobado por Resolución N° 456/ERSP/2013, en su Art. 19 faculta al Presidente a emitir resoluciones en todas las cuestiones relativas a la administración del ERSP; Que, la Unidad Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia. Por ello,

EL PRESIDENTE DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1°.-Apruébese el pase en comisión de servicios del agente Hernández, María Vanesa (DNI N° 30.574.825) para prestar servicios en el Registro Nacional de las Personas desde el 01 de enero de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2019. Artículo 2°.-Notifíquese al agente Hernandez, María Vanesa informándole que vencido el plazo dispuesto en el artículo precedente, deberá reincorporarse al ERSP. Artículo 3°.-Regístrese. Comuníquese al Organismo solicitante .Comuníquese a la Gerencia de Administración. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. . Ameijenda

RESOLUCIÓN N.° 50/PARA/19

Buenos Aires, 12 de febrero de 2019 VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 210, las Resoluciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos N° 84/2003 y modificatorias y Nº 456/2013 y el Exp. EX-2019-00001765-EURSPCABA y

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CONSIDERANDO: Que el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad crea el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal; Que, el Estatuto del Personal del ERSP establece que se considera adscripto al personal destinado a ejercer sus funciones fuera del Ente a requerimiento de un organismo solicitante nacional, provincial, municipal o de la Ciudad de Buenos Aires por un período de tiempo determinado; Que, se ha solicitado la adscripción para prestar servicios en la Legislatura de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires, despacho del Diputado Daniel Eduardo Del Sol del agente Montanari, Valeria (DNI Nº 25.554.166); Que, el Reglamento Interno del Directorio aprobado por Resolución N° 456/ERSP/2013, en su Art. 19 faculta al Presidente a emitir resoluciones en todas las cuestiones relativas a la administración del ERSP; Que, la Unidad Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia. Por ello,

EL PRESIDENTE DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1°.-Apruébese la adscripción y autorícese a prestar servicios en la Legislatura de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires, despacho del Diputado Daniel Eduardo Del Sol al agente Montanari, Valeria (DNI Nº 25.554.166) desde el 1° de enero de 2019 y hasta el 09 de diciembre de 2019. Artículo 2°.-Notifíquese al agente Montanari, Valeria informándole que vencido el plazo dispuesto en el artículo precedente, deberá reincorporarse al ERSP. Artículo 3°.-Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese al Organismo solicitante y a la Gerencia de Administración. Cumplido, archívese. Ameijenda

RESOLUCIÓN N.° 55/PARA/19

Buenos Aires, 19 de febrero de 2019 VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 210, las Resoluciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos N° 84/2003 y modificatorias y Nº 456/2013 y el Exp. EX-2019-00001768-EURSPCABA y CONSIDERANDO: Que el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad crea el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal;

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 346

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Que, el Estatuto del Personal del ERSP establece que se considera adscripto al personal destinado a ejercer sus funciones fuera del Ente a requerimiento de un organismo solicitante nacional, provincial, municipal o de la Ciudad de Buenos Aires por un período de tiempo determinado; Que, se ha solicitado la adscripción para prestar servicios en la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, despacho del Diputado Daniel Eduardo del Sol del agente Parylak, Laura Valeria (DNI Nº 26.146.885); Que, el Reglamento Interno del Directorio aprobado por Resolución N° 456/ERSP/2013, en su Art. 19 faculta al Presidente a emitir resoluciones en todas las cuestiones relativas a la administración del ERSP; Que, la Unidad Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia. Por ello,

EL PRESIDENTE DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1°.-Apruébese la adscripción y autorícese a prestar servicios en la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, despacho del Diputado Daniel Eduardo del Sol al agente Parylak, Laura Valeria (DNI Nº 26.146.885) desde el 1° de enero de 2019 y hasta el 9 de diciembre de 2019. Artículo 2°.-Notifíquese al agente Parylak, Laura Valeria informándole que vencido el plazo dispuesto en el artículo precedente, deberá reincorporarse al ERSP. Artículo 3°.-Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese al Organismo solicitante y a la Gerencia de Administración. Cumplido, archívese. . Ameijenda

RESOLUCIÓN N.° 62/PARA/19

Buenos Aires, 28 de febrero de 2019 VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 210, las Resoluciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos N° 84/2003 y modificatorias y Nº 456/2013 y el Exp. EX-2019-00002279-EURSPCABA y CONSIDERANDO: Que el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad crea el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal; Que, el Estatuto del Personal del ERSP establece que se considera adscripto al personal destinado a ejercer sus funciones fuera del Ente a requerimiento de un organismo solicitante nacional, provincial, municipal o de la Ciudad de Buenos Aires por un período de tiempo determinado; Que, se ha solicitado la adscripción para prestar servicios en el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) del agente Lauria, Lisandro José (DNI Nº 27.902.659);

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Que, el Reglamento Interno del Directorio aprobado por Resolución N° 456/ERSP/2013, en su Art. 19 faculta al Presidente a emitir resoluciones en todas las cuestiones relativas a la administración del ERSP; Que, la Unidad Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia. Por ello,

EL PRESIDENTE DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1°.-Apruébese la adscripción y autorícese a prestar servicios en el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) al agente Lauria, Lisandro José (DNI Nº 27.902.659) desde el 1º de enero de 2019 y hasta el 30 de junio de 2019. Artículo 2°.-Notifíquese al agente Lauria, Lisandro José informándole que vencido el plazo dispuesto en el artículo precedente, deberá reincorporarse al ERSP. Artículo 3°.-Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese al Organismo solicitante y a la Gerencia de Administración. Cumplido, archívese. . Ameijenda

RESOLUCION N.° 72/PARA/19

Buenos Aires, 27 de marzo de 2019 VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 210, las Resoluciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos N° 84/2003 y sus modificatorias y el Expediente EX-2019-00002931-EURSPCABA, y CONSIDERANDO: Que el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad crea el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal; Que, las relaciones laborales del personal del Organismo se rigen por el Estatuto del Personal del ERSP, aprobado por Resolución N° 84/ERSP/2003, modificado por la Resolución N° 104/ERSP/2010; Que, el Art. 56 del Estatuto del Personal del Organismo dispone que los agentes tienen derecho al uso de licencia sin goce de sueldo para desempeñar cargos de mayor jerarquía en jurisdicción local, municipal, provincial o nacional, por el término que dure su designación, debiendo reintegrarse al Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dentro de los treinta (30) días subsiguientes a la finalización de las funciones para que fuera designado; Que, a través del IFGRA-2019-00008176-MESYA el agente Gabriel Marcelo Fuks (DNI Nº 13.912.309) solicita licencia especial por cargo de mayor jerarquía, adjuntando la Disposición Nº 002/19 de la Defensoría de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante la cual se lo designa a cargo del Programa de Planificación Estratégica en Políticas de Seguridad con dependencia funcional del Defensor del Pueblo; Que, mediante IF-2019-00004884-ARH el Área de Recursos Humanos toma conocimiento sin manifestar oposición;

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 348

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Que, resulta razonable conceder la licencia solicitada; Que, el Reglamento Interno del Directorio del ERSP, aprobado por Resolución N° 456/ERSP/2013, en su Art. 19 faculta al Presidente a emitir resoluciones en todas las cuestiones relativas a la administración del Organismo; Que la Unidad Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia. Por ello,

EL PRESIDENTE DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1º.-Otorgase licencia por cargo de mayor jerarquía sin goce de haberes al agente Gabriel Marcelo Fuks (D.N.I. Nº 13.912.309) a partir del 11 de marzo de 2019 y mientras dure su designación. Artículo 2°.-Regístrese. Notifíquese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Gerencia de Administración y a la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ameijenda

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 349

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Comunicados y Avisos Ministerio de Justicia y Seguridad

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL DIRECCIÓN GENERAL LEGAL Y TECNICA Comunicado - Disposición N° 816-DGFYC/19 La Agencia Gubernamental de Control, en su carácter que autoridad de aplicación de la Ley N° 6.009, comunica a los titulares de los aparatos electrónicos usados de telefonía celular individualizados en el IF-2019-08496760-GCABA-AGC que han sido secuestrados en el marco del operativo en el local sito en Av. Corrientes N° 2330 PB. - local 14, UF 48-, constatando que funciona como "comercio minorista de aparatos y equipos de telefonía celular", habilitado mediante Expediente N° 1414499/2009 de fecha 28/12/2009, titularidad a nombre de Jenny M. Mendoza, C.U.I.T. 27-94026819-8, y que podrán presentarse ante la Unidad Administrativa de Control de Faltas sita en la calle Hipólito Yrigoyen 2346 en el plazo de sesenta (60) días para solicitar su restitución. Asimismo, se informa que los aparatos secuestrados, serán resguardados por un plazo no menor a sesenta (60) días corridos desde su secuestro., de acuerdo al artículo 8° de la Ley N° 6.009. Vencido dicho plazo se podrá disponer de los aparatos electrónicos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la Ley N° 6.009.

ANEXO

Andrés Bousquet Director General

Inicia: 8-4-2019 Vence: 11-4-2019

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL DIRECCIÓN GENERAL LEGAL Y TECNICA Comunicado - Disposición N° 819-DGFYC/19

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 350

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La Agencia Gubernamental de Control, en su carácter que autoridad de aplicación de la Ley N° 6.009, comunica a los titulares de los aparatos electrónicos usados de telefonía celular individualizados en el IF-2019-08497524-GCABA-AGC que han sido secuestrados en el marco del operativo en el local sito en Av. Corrientes N° 2330 PB/EP. - local 39, UF 32-, constatando que funciona como "comercio minorista de aparatos y equipos de telefonía celular", habilitado mediante Expediente N° 67788/2007, titularidad a nombre de Johan Antonio Tamara Vega, C.U.I.T. 20-93761413-7, y que podrán presentarse ante la Unidad Administrativa de Control de Faltas sita en la calle Hipólito Yrigoyen 2346 en el plazo de sesenta (60) días para solicitar su restitución. Asimismo, se informa que los aparatos secuestrados, serán resguardados por un plazo no menor a sesenta (60) días corridos desde su secuestro., de acuerdo al artículo 8° de la Ley N° 6.009. Vencido dicho plazo se podrá disponer de los aparatos electrónicos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la Ley N° 6.009.

ANEXO

Andrés Bousquet Director General

Inicia: 9-4-2019 Vence: 12-4-2019

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL DIRECCIÓN GENERAL LEGAL Y TECNICA Comunicado - Disposición N° 821-DGFYC/19 La Agencia Gubernamental de Control, en su carácter que autoridad de aplicación de la Ley N° 6.009, comunica a los titulares de los aparatos electrónicos usados de telefonía celular individualizados en el IF-2019-08496421-GCABA-AGC que han sido secuestrados en el marco del operativo en el local sito en Av. Corrientes N° 2330/32 PB LOCAL 24 UF. 54, de esta Ciudad, con Expediente de Habilitación Nº 21263671/18, titularidad a nombre de Aldo Raúl Fernández Llerena, C.U.I.T Nº 20-95623318-7, para los rubros "comercio minorista de aparatos, equipos y artículos para telefonía, reparación equipos y otros", y habiendo sido atendidos por el titular, y que podrán presentarse ante la Unidad Administrativa de Control de Faltas sita en la calle Hipólito Yrigoyen 2346 en el plazo de sesenta (60) días para solicitar su restitución. Asimismo, se informa que los aparatos secuestrados, serán resguardados por un plazo no menor a sesenta (60) días corridos desde su secuestro., de acuerdo al artículo 8° de la Ley N° 6.009. Vencido dicho plazo se podrá disponer de los aparatos electrónicos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la Ley N° 6.009.

ANEXO

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 351

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Andrés Bousquet Director General

Inicia: 9-4-2019 Vence: 12-4-2019

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL DIRECCIÓN GENERAL LEGAL Y TECNICA Comunicado - Disposición N° 824-DGFYC/19 La Agencia Gubernamental de Control, en su carácter que autoridad de aplicación de la Ley N° 6.009, comunica a los titulares de los aparatos electrónicos usados de telefonía celular individualizados en el IF-2019-08496294-GCABA-AGC que han sido secuestrados en el marco del operativo en el local sito en Av. Corrientes Nº 2330 1º PISO, "L1" e/locales 80 y 82, de esta Ciudad, constatando que funciona como "comercio minorista venta y reparación celulares", y que podrán presentarse ante la Unidad Administrativa de Control de Faltas sita en la calle Hipólito Yrigoyen 2346 en el plazo de sesenta (60) días para solicitar su restitución. Asimismo, se informa que los aparatos secuestrados, serán resguardados por un plazo no menor a sesenta (60) días corridos desde su secuestro., de acuerdo al artículo 8° de la Ley N° 6.009. Vencido dicho plazo se podrá disponer de los aparatos electrónicos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la Ley N° 6.009.

ANEXO

Andrés Bousquet Director General

Inicia: 9-4-2019 Vence: 12-4-2019

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL DIRECCIÓN GENERAL LEGAL Y TECNICA Comunicado - Disposición N° 825-DGFYC/19

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 352

Page 353: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

La Agencia Gubernamental de Control, en su carácter que autoridad de aplicación de la Ley N° 6.009, comunica a los titulares de los aparatos electrónicos usados de telefonía celular individualizados en el IF-2019-08497186-GCABA-AGC que han sido secuestrados en el marco del operativo en el local sito en Av. Corrientes N° 2330, PB, Local 35, de esta Ciudad, constatando que funciona como "comercio minorista aparatos, equipos, artículos de telefonía y comunicación" y habiendo sido atendidos por Batista Galva Carlos Daniel, DNI N° 19.019.241, y que podrán presentarse ante la Unidad Administrativa de Control de Faltas sita en la calle Hipólito Yrigoyen 2346 en el plazo de sesenta (60) días para solicitar su restitución. Asimismo, se informa que los aparatos secuestrados, serán resguardados por un plazo no menor a sesenta (60) días corridos desde su secuestro., de acuerdo al artículo 8° de la Ley N° 6.009. Vencido dicho plazo se podrá disponer de los aparatos electrónicos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la Ley N° 6.009.

ANEXO

Andrés Bousquet Director General

Inicia: 8-4-2019 Vence: 11-4-2019

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL DIRECCIÓN GENERAL LEGAL Y TECNICA Comunicado - Disposición N° 826-DGFYC/19 La Agencia Gubernamental de Control, en su carácter que autoridad de aplicación de la Ley N° 6.009, comunica a los titulares de los aparatos electrónicos usados de telefonía celular individualizados en el IF-2019-08497324-GCABA-AGC que han sido secuestrados en el marco del operativo en el local sito en Av. Corrientes N° 2330 PB LOCAL 9 UF. 15, de esta Ciudad, con Expediente de Habilitación Nº 1514972/2013 del 06/05/13, titularidad a nombre de Rita Vega Fajardo, C.U.I.T Nº 27- 94013420-5, para los rubros "comercio minorista de aparatos, equipos y artículos para telefonía, reparación equipos y otros", y que podrán presentarse ante la Unidad Administrativa de Control de Faltas sita en la calle Hipólito Yrigoyen 2346 en el plazo de sesenta (60) días para solicitar su restitución. Asimismo, se informa que los aparatos secuestrados, serán resguardados por un plazo no menor a sesenta (60) días corridos desde su secuestro., de acuerdo al artículo 8° de la Ley N° 6.009. Vencido dicho plazo se podrá disponer de los aparatos electrónicos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la Ley N° 6.009.

ANEXO

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 353

Page 354: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Andrés Bousquet Director General

Inicia: 8-4-2019 Vence: 11-4-2019

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL DIRECCIÓN GENERAL LEGAL Y TECNICA Comunicado - Disposición N° 827-DGFYC/19 La Agencia Gubernamental de Control, en su carácter que autoridad de aplicación de la Ley N° 6.009, comunica a los titulares de los aparatos electrónicos usados de telefonía celular individualizados en el IF-2019-08496918-GCABA-AGC que han sido secuestrados en el marco del operativo en el local sito en Av. Corrientes N° 2330 PB -local 40-, constatando que funciona como "comercio minorista de aparatos y equipos de telefonía celular", habilitado mediante Expediente N° 948859/2011, titularidad a nombre de José Luis Barreda Panca, C.U.I.T. 20-93983996-9; y que podrán presentarse ante la Unidad Administrativa de Control de Faltas sita en la calle Hipólito Yrigoyen 2346 en el plazo de sesenta (60) días para solicitar su restitución. Asimismo, se informa que los aparatos secuestrados, serán resguardados por un plazo no menor a sesenta (60) días corridos desde su secuestro., de acuerdo al artículo 8° de la Ley N° 6.009. Vencido dicho plazo se podrá disponer de los aparatos electrónicos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la Ley N° 6.009.

ANEXO

Andrés Bousquet Director General

Inicia: 8-4-2019 Vence: 11-4-2019

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL DIRECCIÓN GENERAL LEGAL Y TECNICA Comunicado - Disposición N° 832-DGFYC/19

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 354

Page 355: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

La Agencia Gubernamental de Control, en su carácter que autoridad de aplicación de la Ley N° 6.009, comunica a los titulares de los aparatos electrónicos usados de telefonía celular individualizados en el IF-2019-08497709-GCABA-AGC que han sido secuestrados en el marco del operativo en el local sito en Av. Corrientes N° 2330 PB - local 36, UF 39-, constatando que funciona como "comercio minorista de aparatos y equipos de telefonía celular", habilitado mediante Expediente N° 1137288/2011, titularidad a nombre de Zenaida Gutiérrez Gonzales , CUIT 27-94447077-3., y que podrán presentarse ante la Unidad Administrativa de Control de Faltas sita en la calle Hipólito Yrigoyen 2346 en el plazo de sesenta (60) días para solicitar su restitución. Asimismo, se informa que los aparatos secuestrados, serán resguardados por un plazo no menor a sesenta (60) días corridos desde su secuestro., de acuerdo al artículo 8° de la Ley N° 6.009. Vencido dicho plazo se podrá disponer de los aparatos electrónicos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la Ley N° 6.009.

ANEXO

Andrés Bousquet Director General

Inicia: 10-4-2019 Vence: 12-4-2019

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL DIRECCIÓN GENERAL LEGAL Y TECNICA Comunicado - Disposición N° 837-DGFYC/19 La Agencia Gubernamental de Control, en su carácter que autoridad de aplicación de la Ley N° 6.009, comunica a los titulares de los aparatos electrónicos usados de telefonía celular individualizados en el IF-2019-08496615-GCABA-AGC que han sido secuestrados en el marco del operativo en el local sito en Av. Corrientes N° 2330 Piso 1º, Local 105, U.F. 87, constatando que funciona como "Comercio minorista, aparatos, equipos y arts. de telefonía y comunicación", habilitado mediante Expediente N° 300529/2016, a nombre de González Miranda Javier Ismael, C.U.I.T. Nº 20-94177121-2, y que podrán presentarse ante la Unidad Administrativa de Control de Faltas sita en la calle Hipólito Yrigoyen 2346 en el plazo de sesenta (60) días para solicitar su restitución. Asimismo, se informa que los aparatos secuestrados, serán resguardados por un plazo no menor a sesenta (60) días corridos desde su secuestro., de acuerdo al artículo 8° de la Ley N° 6.009. Vencido dicho plazo se podrá disponer de los aparatos electrónicos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la Ley N° 6.009.

ANEXO

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 355

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Andrés Bousquet Director General

Inicia: 8-4-2019 Vence: 11-4-2019

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL DIRECCIÓN GENERAL LEGAL Y TECNICA Comunicado - Disposición N° 848-DGFYC/19 La Agencia Gubernamental de Control, en su carácter que autoridad de aplicación de la Ley N° 6.009, comunica a los titulares de los aparatos electrónicos usados de telefonía celular individualizados en el IF-2019-08571269-GCABA-AGC que han sido secuestrados en el marco del operativo en el local sito en Francisco Maderna Nº 2914 PB LOCAL 107, de esta Ciudad, constatando que funciona como "comercio minorista venta celulares y accesorios", y habiendo sido atendidos por el Sr. Carlos Soles Mostacero, en carácter de titular, y que podrán presentarse ante la Unidad Administrativa de Control de Faltas sita en la calle Hipólito Yrigoyen 2346 en el plazo de sesenta (60) días para solicitar su restitución. Asimismo, se informa que los aparatos secuestrados, serán resguardados por un plazo no menor a sesenta (60) días corridos desde su secuestro., de acuerdo al artículo 8° de la Ley N° 6.009. Vencido dicho plazo se podrá disponer de los aparatos electrónicos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la Ley N° 6.009.

ANEXO

Andrés Bousquet Director General

Inicia: 9-4-2019 Vence: 11-4-2019

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL DIRECCIÓN GENERAL LEGAL Y TECNICA Comunicado - Disposición N° 867-DGFYC/19

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 356

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La Agencia Gubernamental de Control, en su carácter que autoridad de aplicación de la Ley N° 6.009, comunica a los titulares de los aparatos electrónicos usados de telefonía celular individualizados en el IF-2019-08838216-GCABA-AGC que han sido secuestrados en el marco del operativo en el local sito en Av. Sáenz 849, planta baja, local 126, de esta Ciudad, constatando que funciona como "servicio técnico de telefonía celular", y que podrán presentarse ante la Unidad Administrativa de Control de Faltas sita en la calle Hipólito Yrigoyen 2346 en el plazo de sesenta (60) días para solicitar su restitución. Asimismo, se informa que los aparatos secuestrados, serán resguardados por un plazo no menor a sesenta (60) días corridos desde su secuestro., de acuerdo al artículo 8° de la Ley N° 6.009. Vencido dicho plazo se podrá disponer de los aparatos electrónicos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la Ley N° 6.009.

ANEXO

Andrés Bousquet Director General

Inicia: 10-4-2019 Vence: 12-4-2019

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS Llamado a Concurso Abierto (Público) - DISPOSICIÓN N.º 58 DGAYDRH/19 (Resolución N° 2019- 704 -MSGC y Disposición N° 2019- 58 -DGAYDRH) EX-2019-03504745- -MGEYA-DGAYDRH

DGSAME Dirección General Sistema de Atención Médica de Emergencia

Planta Orgánica Funcional "Médicos para Emergencias y Desastres" Se llama a Concurso Abierto (Público) para la cobertura de 80 (ochenta) cargos de Profesionales Médicos de Guardia, (con orientación en medicina de urgencia y emergencia incluyendo eventos con víctimas múltiples) para desempeñarse en la órbita de la Dirección General Sistema de Atención Médica de Emergencia de la Subsecretaría de Atención Hospitalaria del Ministerio de Salud, para cumplir tareas en las Unidades Móviles de Auxilio. Periodo de Inscripción: desde el 03 de Abril al 03 de Mayo de 2019 inclusive Lugar y horarios de Inscripción: Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos, Carlos Pellegrini N° 313, 9° piso, de 8 a 15 hs. Más Información: www.buenosaires.gob.ar/salud/recursos-humanos

Maria R. Reggi Directora General

Inicia: 27-3-2019 Vence: 3-5-2019

MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS Comunicado - Disposición N° 59-DGAYDRH/19

LLAMADO A CONCURSO ABIERTO (PUBLICO) (Resolución N° 705-MSGC/19 y Disposición N° 59-DGAYDRH/19)

Dirección General de Atención Hospitalaria Subsecretaria de Atención Hospitalaria

E.E. N° 8.870.081-MGEYA-DGAYDRH/19

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Se llama a Concurso Público para la cobertura de diez (10) cargos de profesionales Médicos de planta especialistas en Infectologia, con 30 hs. semanales de labor, para desempeñarse en "el Programa de uso optimizado de antibióticos y control de infecciones para todos los efectores del sistema de salud" dependiente de la Dirección General de Atención Hospitalaria de la Subsecretaria de Atención Hospitalaria. Periodo de Inscripción: desde el 08 de Abril al 10 de Mayo de 2019 inclusive Lugar y horarios de Inscripción: Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos, Carlos Pellegrini N° 313, 9° piso, de 8 a 15 hs. Más Información: www.buenosaires.gob.ar/salud/recursos-humanos

Maria R. Reggi Directora General

Inicia: 27-3-2019 Vence: 10-5-2019

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Licitaciones Jefatura de Gabinete de Ministros

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Ejecución de las Demoliciones y Trabajos Complementarios 2da. Etapa del Barrio 21-24 Sector Camino de Sirga - Licitación Pública N°84/18 EE Nº 2018-28175248-GCABA-IVC Licitación Pública N°84/18 Se llama a Licitación Pública para la Ejecución de las Demoliciones y Trabajos Complementarios 2da. Etapa del Barrio 21-24 Sector Camino de Sirga, ubicado sobre Av. Iriarte; borde del Riachuelo, Calle Luna, Calle Iguazú, Barrio Barracas, Comuna 4, Capital Federal. Disposición que autoriza el llamado: DISFC-2019-442-IVC Monto Estimado: $76.655.990,82- Valor del Pliego: 0 Fecha de Apertura: Viernes 12 de abril de 2019. Hora: 12.30 hs. Publicar durante: 10 días. Desde: Jueves 28 de marzo de 2019 al Jueves 11 de abril de 2019. Lugar: Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones - Dr. Enrique Finochietto 435, 2º piso, sector L -Dirección General Técnica Administrativa y Legal. El pliego podrá ser consultado en la página de Internet: www.buenosaires.gob.ar/economiayfinanzas/compras/contrataciones-consultas, y obtenido en forma gratuita en la Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones, Dr. Enrique Finochietto 435 - 2 ° Piso, sector L - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

María Migliore Gerente General

Inicia: 28-3-2019 Vence: 11-4-2019

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Servicio de Soporte y Mantenimiento Básico y Correctivo, Servicios Funcionales y Capacitaciones, y Servicio de Desarrollo para Mantenimiento Evolutivo de la Página Web del IVC - Licitación Pública Nº 94/18 Expediente Nº 2018-28044141-MGEYA-IVC Se llama a Licitación Pública Nº 94/18 para la Contratación de un Servicio de Soporte y Mantenimiento Básico y Correctivo, Servicios Funcionales y Capacitaciones, y Servicio de Desarrollo para Mantenimiento Evolutivo de la Página Web del IVC. Nº DISFC que autoriza el llamado: DISFC-2019-515-GCABA-IVC Nº Parámetro de la Contratación: 0034 Valor del Pliego: 0

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Monto Estimado: $ 3.560.000,00 Fecha de apertura: martes 23 de abril de 2019. Hora: 14 hs. Lugar: Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones, Dr. Enrique Finochietto 435, 2º piso, Sector "L", Dirección General Técnica Administrativa y Legal. El pliego podrá ser consultado en la página de Internet: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras, y obtenido en forma gratuita en la Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones, Dr. Enrique Finochietto 435 - 2 ° Piso, sector L - Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Publicar durante: 5 días.

María Migliore Gerente General

Inicia: 10-4-2019 Vence: 16-4-2019

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Ejecución de Demoliciones y trabajos Complementarios-Barrio Fraga - Licitación Pública N° 108/18 E.E Nº 2018-34164237-MGEYA-IVC Se llama a Licitación Pública N° 108-2018 para la Ejecución de Demoliciones y trabajos Complementarios-Barrio Fraga. Calles Céspedes, prolongación de Céspedes hasta Av. Triunvirato, Av. Triunvirato, Teodoro García y Fraga. Barrio Chacarita, Comuna 15, CABA. Acto que autoriza el llamado: ACDIR-2019-5153-IVC Monto Estimado: $177.020.125,17 Nº Parámetro de la Contratación: 1187 Valor del Pliego: 0 Fecha de Apertura: Jueves 12 de Abril de 2019. Hora: 11 hs. Publicar durante: 10 días. Desde:Jueves 28 de marzo de 2019 al Jueves 11 de abril de 2019. Lugar: Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones - Dr. Enrique Finochietto 435, 2º piso, sector L -Dirección General Técnica Administrativa y Legal. El pliego podrá ser consultado en la página de Internet: www.buenosaires.gob.ar/economiayfinanzas/compras/contrataciones-consultas, y obtenido en forma gratuita en la Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones, Dr. Enrique Finochietto 435 - 2° Piso, Sector L - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

María Migliore Gerente General

Inicia: 28-3-2019 Vence: 11-4-2019

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INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Demolición y trabajos complementarios del Barrio Rodrigo Bueno - Licitación Pública 109/18 E.E. Nº 2018-34165131-MGEYA-IVC Se llama a Licitación Pública 109/18 para la ejecución de la demolición y trabajos complementarios del Barrio Rodrigo Bueno, ubicado entre Av. España, Calle S/Nombre Oficial, Reserva Ecológica Costanera Sur y Canal Pluvial, Barrio Puerto Madero, Comuna 1, Capital Federal. Disposición que autoriza el llamado: DISFC-2019-438-IVC Monto Estimado: $ 106.796.303,92.- Nº Parámetro de la Contratación: 1186 Valor del Pliego: 0 Fecha de Apertura: 12 de abril de 2019 Hora: 14 hs. Publicar durante: 10 días. Desde: Jueves 28 de marzo de 2019 al Jueves 11 de abril de 2019 Lugar: Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones – Dr. Enrique Finochietto 435, 2º piso, sector L –Dirección General Técnica Administrativa y Legal. El pliego podrá ser consultado en la página de Internet: https://www.buenosaires.gob.ar/economiayfinanzas/compras/contratacionesconsultas, y obtenido en forma gratuita en la Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones, Dr. Enrique Finochietto 435, 2° Piso, sector L – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

María Migliore Gerente General

Inicia: 28-3-2019 Vence: 11-4-2019

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Contratación de un Servicio de Producción Integral de Eventos, con el fin de garantizar la organización y desarrollo de los eventos que planifique realizar el IVC - Licitación Pública Nº 12/19 E.E. Nº 33.599.595-MGEYA-IVC/18 Se llama a Licitación Pública para la Contratación de un Servicio de Producción Integral de Eventos, con el fin de garantizar la organización y desarrollo de los eventos que planifique realizar el IVC. Monto Estimado: $14.949.071,34 Fecha de Apertura: lunes 15 de abril de 2019. Hora: 14:00 hs.

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Lugar: Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones, Dr. Enrique Finochietto 435, 2º piso, Sector "L", Dirección General Técnica Administrativa y Legal. El pliego podrá ser consultado en la página de Internet: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras, y obtenido en forma gratuita en la Gerencia Operativa Licitaciones de Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones, Dr. Enrique Finochietto 435 - 2 ° Piso, sector L - Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Desde: martes 9 de abril de 2019 al viernes 12 de abril de 2019. Nº DISFC que autoriza el llamado: DISFC-2019-492-IVC Nº Parámetro de la Contratación: 154 Valor del Pliego: 0

María Migliore Gerente General

Inicia: 9-4-2019 Vence: 12-4-2019

AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACIÓN DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Provisión y/o instalación de componentes pasivos de red, racks y sus accesorios - Licitación Pública N° 8056-0567-LPU19 E.E. N° 10.514.403/19 Se llama a Licitación Pública N° 8056-0567-LPU19 cuya apertura se realizará el día 16 de abril de 2019, a las 11:00 hs., para el Provisión y/o instalación de componentes pasivos de red, racks y sus accesorios. Autorizante: Disposición N° 13 - DGIASINF-19 Repartición destinataria: ASINF Valor del pliego: SIN VALOR.- Adquisición y consultas de pliegos: .- Los Pliegos de Bases y Condiciones y demás Documentación de la presente contratación se encuentran a disposición de los Interesados para su consulta y adquisición en el sitio Buenos Aires Compras (BAC) Asimismo, podrán ser consultados en la página Web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta Lugar de apertura: Sector de Compras. Avda. Independencia 635, Piso 6° CABA

Sergio O. Richetti Director General

DGIASINF

Inicia: 9-4-2019 Vence: 10-4-2019

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AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACIÓN DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Adquisición de FO E infraestructura para ampliar el despliegue de Red Backbone - Licitación Pública N° 8056-0569-LPU19 Expediente N° 10534019/2019 Llamado Licitación Pública N° 8056-0569-LPU19 cuya apertura se realiza el día 17 de Abril de 2019, a las 11 hs., para la adquisición de FO E infraestructura para ampliar el despliegue de Red Backbone Autorizante: Disposición N° 14-GCBA-DGIASINF-19 Repartición destinataria: ASINF Valor del pliego: Sin Valor.- Adquisición y consultas de pliegos: Los Pliegos de Bases y Condiciones y demás Documentación de la presente contratación se encuentran a disposición de los Interesados para su consulta y adquisición en el sitio Buenos Aires Compras (BAC) Asimismo, podrán ser consultados en la página Web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta Lugar de apertura: Gerencia de Compras-Avda. Independencia 635, Piso 6° CABA

Brenda E. Santagada de López Directora General

Inicia: 9-4-2019 Vence: 10-4-2019

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Preadjudicación - Licitación Pública Nº 91/18 EX 2018-29791037-MGEYA-IVC Licitación Pública Nº 91/18 Acta de Preadjudicación N° 9/19, de fecha 8/4/19 Objeto: Contratación del Servicio de Estudios Geotécnicos para Fundaciones, Movimiento de Suelos y Pavimentos por este Instituto de Vivienda en los Barrios Rodrigo Bueno y Fraga (Playón Chacarita), C.A.B.A; Fundamento de la Preadjudicación: 1- Desestimar la Oferta N° 1 de ING. Eugenio Mendiguren S.A., por resultar los precios ofertados inconvenientes. 2- Desestimar la Oferta N° 2 de la empresa Justo Dome & Asoc. S.R.L., por no ajustarse a las especificaciones técnicas de la documentación licitatoria. 3- Adjudicar la Licitación Pública Nº 91/18 - Servicio de Estudios Geotécnicos para Fundaciones, Movimiento de Suelos y Pavimentos por este Instituto de Vivienda en los Barrios Rodrigo Bueno y Fraga (Playón Chacarita), C.A.B.A; - Renglones 10,

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Renglón 20, Renglón 30 y Renglón 40, a la Oferta Nº 3 de la empresa Geotécnica Cientic S.A.C. por un total de Pesos Tres Millones Novecientos Treinta y Seis Mil Cuarenta con 00/100 ($ 3.936.040,00) todo el o, por resultar su oferta conveniente, razonable y ajustarse a los requerimientos de la documentación licitatoria, conforme surge del Anexo I adjunto a la presente. Publicación del dictamen: El dictamen puede ser consultado en el portal www.buenosairescompras.gob.ar. Período de impugnación: Los interesados pueden impugnar el dictamen dentro del plazo de tres (3) días de su publicación de acuerdo al Art. 20 inc b) del PCG.

María Migliore Gerencia General

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE CULTURA CIUDADANA Y FUNCIÓN PÚBLICA Adjudicación - Licitación Pública BAC 2051-0442-LPU19 E.E. N° 2019-08631792-GCBA-DGTALMJG Licitación Pública BAC 2051-0442-LPU19 Objeto: Servicio de Adecuación de Contenidos y Facilitación de Talleres de Acompañamiento Integral en la Pérdida. Encuadre legal: Artículo 31° y concordantes de la Ley N° 2.095 (según texto consolidado por ley 6.017) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18. Acto Administrativo de Adjudicación: Resolución N° 66/SECCCYFP/19 - 8 de abril de 2019. Empresa Adjudicada: Fundación Grupo Aiken (CUIT N° 30-71223249-4) por la suma de pesos dos millones cuatrocientos mil ($ 2.400.000).

Paula Uhalde Secretaria

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

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Jefatura de Gabinete de Ministros

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE ATENCIÓN Y GESTIÓN CIUDADANA Llamado - A Presentar Ofertas en la Licitación Pública Nacional N.° 156/SIGAF/2019. E.E. N.° 5.616.922-GCABA-DGCCOM/19. Proceso de Compra: 156/SIGAF/2019. Objeto: “Servicio de mantenimiento integral del arbolado público lineal o viario y demás servicios conexos de las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” por un plazo de veinticuatro (24) meses. ENCUADRE LEGAL: Artículo 31 y concordantes de la Ley N.° 2.095 (según texto consolidado por ley 6.017) y su Decreto Reglamentario N.° 326/17 y su modificatorio Decreto N.° 287/18. Acto Administrativo de Aprobación: Decreto N.° 121/AJG/2019. Acto Administrativo de Llamado: Resolución N.° 123-GCABA-SECAYGC/2019. Recepción de Ofertas: Hasta el día 8 de mayo de 2019 a las 12 hs. en la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros sita en la calle Uspallata N.° 3160, piso 2° (internos 7787/7797/7363/7191). Acto de Apertura de Ofertas: 8 de mayo de 2019 a las 12:30 hs. en la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros sita en la calle Uspallata N.° 3160. Adquisición de Pliegos: La documentación licitatoria podrá ser adquirida sin costo en la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros sita en la calle Uspallata N.° 3160 (internos 7787/7797/7363/7191). Consultas: Las consultas relacionadas con el procedimiento de contratación y la documentación licitatoria deberán presentarse por escrito en la Gerencia Operativa de Compras, Obras y Mantenimiento de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros, sita en la calle Uspallata N.° 3160, piso 2º (internos 7797/7191/7474), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 11 a 17 hs. , hasta cuatro (4) días hábiles administrativos previos a contar desde la fecha de apertura de las ofertas, pudiendo efectuarse Circulares con y sin Consulta hasta cuarenta y ocho (48) hs. antes de la fecha y hora fijados para el Acto de Apertura en el artículo 1° de la presente. Presupuesto Oficial: Pesos dos mil quinientos setenta y cuatro millones quinientos dieciocho mil doscientos dieciocho con 56/100 ($ 2.574.518.218,56.-),

Facundo Carrillo Secretario

Inicia: 10-4-2019 Vence: 12-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 366

Page 367: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA Proyecto de Transformación Urbana del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) Contrato de Préstamo BIRF Nº 8706-AR Solicitud de Ofertas - Enfoque Nacional Nº 1324-SIGAF-2019. REPÚBLICA ARGENTINA "Servicio de Mudanza para la Relocalización de Unidades Funcionales (Hogares y Comercios) en el marco del Plan de Urbanización Barrio 31 - Retiro". Solicitud de Ofertas - Enfoque Nacional Nº: 1324-SIGAF-2019. ENMIENDA Nº 1 Conforme a lo establecido en la IAL 9 del Documento de Adquisiciones, se emite el presente documento, que tiene como objeto enmendar la siguiente cláusula: Sección II - Hoja de Datos (HDL) - IAL 7.0 Se llevara a cabo una recorrida in situ, en el predio donde deberá prestarse servicios. Fecha: 11/04/2019 Hora: 15:00 hs (Hora Local) IAL 7 El punto de encuentro será sobre a Av. Gendarmería Nacional y calle Nº 4 -Retiro- Oficina Portal de la Secretaria de Integración Social y Urbana (SECISYU). La visita al sitio de las obras, NO ES OBLIGATORIA. El objetivo de la misma es tomar real dimensión de los trabajos a cotizar. El resto del Documento de Adquisiciones se mantiene sin modificaciones.

Diego Fernández Secretario

Inicia: 9-4-2019 Vence: 11-4-2019

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA Circular con Consulta - Licitación Pública Nacional N° 133-SIGAF/2019 Proyecto de Transformación Urbana del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) Contrato de Préstamo BIRF Nº 8706-AR "Construcción de Viviendas Nuevas YPF, Infraestructura y Espacio Público" Solicitud de Ofertas es: 133-SIGAF/2019 Referencia Nº: AR-UFOMC- 93035-CW-RFB ENMIENDA Nº 1 Conforme a lo establecido en la IAL 8.1 del Documento de Licitación, se emite la presente enmienda, que tiene como objeto enmendar la siguiente cláusula: Sección II - Hoja de Datos (HDL) - IAL 7.4

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En donde dice: Se tiene prevista la realización de una visita a la zona de las obras que será organizada por el Contratante. La misma será comunicada por Circular posteriormente. Una vez fijada la fecha, del punto de encuentro será sobre la Av. IAL 7.4 Gendarmería Nacional y calle Nº 4-Retiro- Oficina Portal de la Secretaria de Integración Social y Urbana (SECISYU). La visita al sitio de las obras, en la fecha anteriormente indicada No es obligatoria. El objetivo de la misma es tomar real dimensión de los trabajos a cotizar. Debe decir: Se llevará a cabo una visita de obra el día viernes 12/04/2019 a las 10:00am (hora local). El punto de encuentro será sobre la Av. Gendarmería Nacional y calle Nº 4-Retiro- Oficina Portal de la Secretaria de Integración Social y Urbana IAL 7.4 (SECISYU). La visita al sitio de las obras, en la fecha anteriormente indicada No es obligatoria. El objetivo de la misma es tomar real dimensión de los trabajos a cotizar. Sección II - Hoja de Datos (HDL) - IAL 21.2 d) En donde dice: La nota de advertencia deberá ser: "NO ABRIR ANTES DEL 23 DE IAL 21.2 d) ABRIL DE 2019 A LAS 14:00 HORAS" Debe decir: La nota de advertencia deberá ser: "NO ABRIR ANTES DEL 30 DE d) ABRIL DE 2019 A LAS 14:00 HORAS" Sección II - Hoja de Datos (HDL) - IAL 22.1 En donde dice: Para fines de presentación de las Ofertas, la dirección del Contratante es: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA (SECISYU) Atención: Secretaria de Integración Social y Urbana. Dirección: Venezuela N° 151 Piso 12°. Ciudad: Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Código postal: C1095AAC. Días y horario de atención: Lunes a Viernes de 10:00 hs. a 16:00 hs. País: Argentina. Teléfono: 54 11 5030-9888. Correo electrónico: [email protected] La fecha límite para la presentación de las ofertas es: Fecha: 23/04/2019. Hora: A LAS 13:30 HORAS. Los Licitantes NO tendrán la opción de presentar Ofertas Electrónicamente. Debe decir: Para fines de presentación de las Ofertas, la dirección del Contratante es: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA (SECISYU)

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Atención: Secretaria de Integración Social y Urbana. Dirección: Venezuela N° 151 Piso 12°. Ciudad: Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Código postal: C1095AAC. Días y horario de atención: Lunes a Viernes de 10:00 hs. a 16:00 hs. País: Argentina. Teléfono: 54 11 5030-9888. Correo electrónico: [email protected] La fecha límite para la presentación de las ofertas es: Fecha: 30/04/2019. Hora: A LAS 13:30 HORAS. Los Licitantes NO tendrán la opción de presentar Ofertas Electrónicamente Sección II - Hoja de Datos (HDL) - IAL 25.1 En donde dice: La apertura de las Ofertas tendrá lugar en: Lugar: Oficinas de la Secretaria de Integración Social y Urbana, Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Dirección: Venezuela N° 151. Piso/Oficina: Piso 12. Ciudad: Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Código postal: C1095ABP.

País: Argentina. Fecha: 23/04/2019. Hora: A las 14:00 HORA LOCAL Debe decir: La apertura de las Ofertas tendrá lugar en: Oficinas de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Dirección: Venezuela 151. Piso/Oficina: Piso 12. Ciudad: Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Código postal: C1095AAC. País: Argentina. Fecha: 30/04/2019. Hora: A las 14:00 PM HORA LOCAL El resto del Documento de Adquisiciones se mantiene sin modificaciones.

Diego Fernández Secretario

Inicio: 10-4-2019 Vence: 11-4-2019

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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA Postergación - Licitación Pública Nacional N° 133-SIGAF/2019 E.E. N° 5.916.763/MGEYA-DGOPDU/2019 Objeto: Construcción de Viviendas Nuevas YPF, Infraestructura y Espacio - Enfoque Nacional Nº: 133-SIGAF/2019 Licitación Pública Nacional N° 133-SIGAF/2019 - "Construcción de Viviendas Nuevas YPF, Infraestructura y Espacio Público" Postergación: Resolución N° 77/SECISYU/19, de fecha 9 de abril de 2019. Nueva fecha de apertura de ofertas: 30 de abril de 2019, a las 14:00 horas.

Diego Fernández Secretario

Inicia: 10-4-2019 Vence: 11-4-2019

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Ministerio de Economía y Finanzas

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y CONCESIONES Subasta Pública - E.E. N° 2018-29697536-MGEYA-DGABC E.E. N° 2018-29697536-MGEYA-DGABC Ley N° 6.010 - Decreto N° 486/GCABA/18 - Disposición N° 39/DGABC/19 Llamado a subasta pública para la enajenación con cargo del inmueble "El Dorrego" delimitado por los ejes de las calles Concepción Arenal, Zapiola, Avenida Dorrego y Calle Cap. Gral. Ramón freire. Objeto: Inmueble delimitado por los ejes de las calles Concepción Arenal, Zapiola, Avenida Dorrego y calle Cap. Gral. Ramón Freire de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, nomenclado catastralmente como Manzana 8C - Sección 35 - Circunscripción 17, Matrícula FRE 17-15882. Fecha y Lugar: Jueves 27 de Junio de 2019 a las 11:00hs en Esmeralda Nº 660 - Piso 3º - Salón "Santa María de los Buenos Ayres" - CABA Precio Base: dolares estadounidenses catorce millones setecientos noventa y ocho mil cuatrocientos ochenta y nueve con 00/100 (USD 14.798.489,00.-). Deudas, Ocupación, Estado, Gastos: se entrega desocupado el día 2 de septiembre de 2019, todas las deudas existentes serán abonadas por la vendedora (GCBA). La venta se efectúa ad corpus y en el estado de conservación en el que se encuentra. Todos los gastos que se devenguen, incluyendo, pero no limitado a los gastos administrativos, la comisión del Banco Ciudad de Buenos Aires, los honorarios del escribano interviniente, los gastos de escrituración y tributos que pudieran corresponder, quedarán exclusivamente a cargo del comprador. Formas de Pago: en efectivo, con cheque certificado, o mediante depósito bancario o transferencia bancaria electrónica a la Cuenta Escritural Nº 210344/8 "Subasta Ley Nro. 6010 El Dorrego", CBU Nº 0290000100000021034482, Sucursal Nº 111, Banco Ciudad de Buenos Aires. Modalidad: DIEZ POR CIENTO (10%) del precio a integrarse en concepto de seña dentro del plazo de los CINCO (5) días hábiles subsiguientes al día de la celebración de la subasta; la suma equivalente al NOVENTA POR CIENTO (90%) del precio de venta a integrarse dentro del plazo de los CINCO (5) días hábiles subsiguientes a que le sea notificado al adjudicatario el acto administrativo emitido por la Dirección General Administración de Bienes y Concesiones que aprueba la subasta de marras. En todos los casos las cancelaciones deberán efectuarse en PESOS ARGENTINOS de acuerdo al tipo de cambio vendedor divisa del Banco de la Nación Argentina vigente al cierre del día hábil previo al de pago; o al tipo de cambio vendedor divisa del Banco de la Nación Argentina vigente el día de celebración de la presente subasta pública conforme artículo 1°, el que resulte más beneficioso para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cargos: Los cargos bajo condición resolutoria que deberá cumplir el adquiriente serán los siguientes, respecto a los cuales sus especificaciones técnicas obran en el ANEXO IV de la Disposición N° 39/DGABC/19: 1) Ejecución de obra y equipamiento de espacio verde de acceso público sobre la rasante del 65% de la manzana ubicado dentro del predio delimitado por las calles

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Concepción Arenal, Zapiola, Cap. Gral. Ramón Freire y Av. Dorrego. 2) Constitución del derecho real de servidumbre administrativa gratuita de no edificar con destino uso público, a perpetuidad y a favor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sobre la rasante del 65% de la manzana destinado a espacio verde de acceso público al que se refiere el inciso precedente. 3) Diseño y ejecución de una obra que ocupe cinco mil metros cuadrados (5000 mts2) de la superficie total del 35% de la superficie de la manzana edificable destinados a la actividad audiovisual, entendiéndola como aquella definida por la Ley 3.876. 4) Otorgamiento del uso y goce de un mínimo de quinientos metros cuadrados (500 mts2) de los comprendidos en la obra a la que refiere el inciso precedente, a favor del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante la suscripción de un contrato de comodato por el plazo de quince (15) años, a contar desde la finalización de las obras o de la suscripción del correspondiente contrato, el que será renovable por idéntico plazo a criterio exclusivo del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 5) Construcción de un estacionamiento comercial con capacidad máxima para trescientos (300) vehículos, bajo la rasante del predio delimitado por las calles Concepción Arenal, Zapiola, Cap. Gral. Ramón Freire y Av. Dorrego. Visitas: el inmueble a subastar podrá ser visitados los días lunes 15 y 22 de Abril del corriente en horario a convenir entre las 11:00 y las 14:00 horas, previa coordinación con la Subgerencia Operativa Administración CMD y CMA (Tel. 4126-2950 - Int. 3167) de Lunes a Viernes de 10:30 a 15:30 horas. Presentación de propuestas para la precalificación: por ante la Mesa de Entradas de la Dirección General Administración de Bienes y Concesiones, sita en Avenida Martín García 346, Piso 2º, en el horario de 10:00 a 17:00 hs. (CP 1165), desde el día 5 de Abril de 2019 y hasta el día 20 de Mayo de 2019 inclusive. Consultas: hasta el día 18 de Junio de 2019 en presentaciones escritas deducidas por ante la Mesa de Entradas de la Dirección General Administración de Bienes y Concesiones, sita en Avenida Martín García 346, Piso 2º, en el horario de 10:00 a 17:00 horas (CP 1165). No se atenderán consultas telefónicas. Para mayores especificaciones cabe remitirse a la Disposición N° 39/DGABC/19 y sus ANEXOS, disponibles para consulta online en http:// https://www.buenosaires.gob.ar/economiayfinanzas/desarrollo-economico/dgconcesiones y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (https://boletinoficial.buenosaires.gob.ar)

Juan M. Franchi Director General

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES SUBASTA PÚBLICA E.E. N° 29.697.536-MGEYA-DGABC-2018 Ley N° 6.010 - Decreto N° 486/GCABA/18 Disposición N° 39/DGABC/19

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Llamado a subasta pública para la enajenación con cargo del inmueble "El Dorrego" delimitado por los ejes de las calles Concepción Arenal, Zapiola, Avenida Dorrego y calle Cap. Gral. Ramón Freire, por orden de la dirección general de administración de bienes y concesiones de la Subsecretaría de Desarrollo Económico Dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Objeto: Inmueble delimitado por los ejes de las calles Concepción Arenal, Zapiola, Avenida Dorrego y calle Cap. Gral. Ramón Freire de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, nomenclado catastralmente como Manzana 8C - Sección 35 - Circunscripción 17, Matrícula FRE 17-15882. Fecha y Lugar: Jueves 27 de Junio de 2019 a las 11:00hs en Esmeralda Nº 660 - Piso 3º - Salón "Santa María de los Buenos Ayres" - CABA Precio Base: Dólares estadounidenses catorce millones setecientos noventa y ocho mil cuatrocientos ochenta y nueve con 00/100 (USD 14.798.489,00.-). Deudas, Ocupación, Estado, Gastos: se entrega desocupado el día 2 de septiembre de 2019, todas las deudas existentes serán abonadas por la vendedora (GCBA). La venta se efectúa ad corpus y en el estado de conservación en el que se encuentra. Todos los gastos que se devenguen, incluyendo, pero no limitado a los gastos administrativos, la comisión del Banco Ciudad de Buenos Aires, los honorarios del escribano interviniente, los gastos de escrituración y tributos que pudieran corresponder, quedarán exclusivamente a cargo del comprador. Formas de Pago: en efectivo, con cheque certificado, o mediante depósito bancario o transferencia bancaria electrónica a la Cuenta Escritural Nº 210344/8 "SUBASTA LEY NRO. 6010 EL DORREGO", CBU Nº 0290000100000021034482, Sucursal Nº 111, Banco Ciudad de Buenos Aires. Modalidad: DIEZ POR CIENTO (10%) del precio a integrarse en concepto de seña dentro del plazo de los CINCO (5) días hábiles subsiguientes al día de la celebración de la subasta; la suma equivalente al NOVENTA POR CIENTO (90%) del precio de venta a integrarse dentro del plazo de los CINCO (5) días hábiles subsiguientes a que le sea notificado al adjudicatario el acto administrativo emitido por la Dirección General Administración de Bienes y Concesiones que aprueba la subasta de marras. En todos los casos las cancelaciones deberán efectuarse en PESOS ARGENTINOS de acuerdo al tipo de cambio vendedor divisa del Banco de la Nación Argentina vigente al cierre del día hábil previo al de pago; o al tipo de cambio vendedor divisa del Banco de la Nación Argentina vigente el día de celebración de la presente subasta pública conforme artículo 1°, el que resulte más beneficioso para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cargos: Los cargos bajo condición resolutoria que deberá cumplir el adquiriente serán los siguientes, respecto a los cuales sus especificaciones técnicas obran en el ANEXO IV de la Disposición N° 39/DGABC/19: 1) Ejecución de obra y equipamiento de espacio verde de acceso público sobre la rasante del 65% de la manzana ubicado dentro del predio delimitado por las calles Concepción Arenal, Zapiola, Cap. Gral. Ramón Freire y Av. Dorrego.

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2) Constitución del derecho real de servidumbre administrativa gratuita de no edificar con destino uso público, a perpetuidad y a favor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sobre la rasante del 65% de la manzana destinado a espacio verde de acceso público al que se refiere el inciso precedente. 3) Diseño y ejecución de una obra que ocupe cinco mil metros cuadrados (5000 mts2) de la superficie total del 35% de la superficie de la manzana edificable destinados a la actividad audiovisual, entendiéndola como aquella definida por la Ley 3.876. 4) Otorgamiento del uso y goce de un mínimo de quinientos metros cuadrados (500 mts2) de los comprendidos en la obra a la que refiere el inciso precedente, a favor del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante la suscripción de un contrato de comodato por el plazo de quince (15) años, a contar desde la finalización de las obras o de la suscripción del correspondiente contrato, el que será renovable por idéntico plazo a criterio exclusivo del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 5) Construcción de un estacionamiento comercial con capacidad máxima para trescientos (300) vehículos, bajo la rasante del predio delimitado por las calles Concepción Arenal, Zapiola, Cap. Gral. Ramón Freire y Av. Dorrego. Visitas: el inmueble a subastar podrá ser visitado los días lunes 15 y 22 de abril en horario a convenir entre las 11 y las 14 horas, previa coordinación con Mariana Ponte, Subgerente Operativo Administración CMD y CMA, Tel: 4126-2950 Int. 3167 de Lunes a Viernes de 10.30 a 15.30 Presentación de propuestas para la precalificación: por ante la Mesa de Entradas de la Dirección General Administración de Bienes y Concesiones, sita en Avenida Martín García 346, Piso 2º, en el horario de 10:00 a 17:00 hs. (CP 1165), desde el día 5 de Abril de 2019 y hasta el día 20 de Mayo de 2019 inclusive. Consultas: hasta el día 18 de Junio de 2019 en presentaciones escritas deducidas por ante la Mesa de Entradas de la Dirección General Administración de Bienes y Concesiones, sita en Avenida Martín García 346, Piso 2º, en el horario de 10:00 a 17:00 hs. (CP 1165). No se atenderán consultas telefónicas. Para mayores especificaciones cabe remitirse a la Disposición N° 39/DGABC/19 y sus ANEXOS, disponibles para consulta online en http:// https://www.buenosaires.gob.ar/economiayfinanzas/desarrollo- economico/dgconcesiones y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (https://boletinoficial.buenosaires.gob.ar) Venta sujeta a la aprobación de la Entidad Vendedora LA SUBASTA COMENZARÁ A LA HORA INDICADA OFI 3344

Luisina Fernández Jefe Equipo Publicidad

Inicia: 10-4-20109 Vence: 11-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 374

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Ministerio de Economía y Finanzas

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Contratación del servicio integral de impresión, copiado y digitalización para el Banco Ciudad - Carpeta de Compra N° 23.463 Llámese a Licitación Pública con referencia a la "Contratación del servicio integral de impresión, copiado y digitalización para el Banco Ciudad, el cual deberá contemplar la locación del equipamiento, provisión de insumos y mantenimiento correctivo para la totalidad de los equipos y el desarrollo de la solución embebida, por un plazo de 48 meses con opción por parte del Banco a renovarlo por 12 meses más". (Carpeta de Compra N° 23.463). Consulta de Pliego: El Pliego de Condiciones podrá ser consultado en la página web del Banco (http://www.bancociudad.com.ar/licitaciones) Fecha de Apertura de Ofertas: 25/04/2019 a las 12:00 hs. (Fecha y hora límite de recepción de ofertas) Lugar de Apertura de Ofertas: Gerencia de Compras sita en Maipú 346 4to. Piso - Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fecha límite para efectuar consultas respecto del Pliego correspondiente: 17/04/2019.

Marina Kon Jefe de Compras

Equipo Servicios Periódicos y Grandes Contratos LP 122

Inicia: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Servicios de soporte - Carpeta de Compra N° 23.512 Llámese a Licitación Pública con referencia a la "Contratación de servicios de soporte sobre la Solución de Videotelefonía, Comunicaciones Unificadas y Colaboración (Cisco)". - (Carpeta de Compra N° 23.512). Consulta de Pliego: El Pliego de Condiciones podrá ser consultado en la página web del Banco (http://www.bancociudad.com.ar - Licitaciones) Valor del pliego: Sin costo Fecha de Apertura de Ofertas: 25/4/19 a las 11 hs. (Fecha y hora límite de recepción de ofertas). Lugar de Apertura de Ofertas: Gcia. de Compras sita en Maipú 326 - 4to. Piso - C.A.B.A.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 375

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Fecha límite para efectuar consultas respecto del Pliego correspondiente: 17/4/19 a las 15 hs.

Mario Selva. Coordinador Operativo

Inicia: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Cambio de imagen en módulos para cajeros automáticos - Carpeta de Compra N° 23.522 Llámese a licitación pública Carpeta de Compra N° 23.522 con referencia a los "Trabajos de modificación de 15 (quince) módulos tipo “casos especiales“ y 19 (diecinueve) módulos tipo lobby 24 horas, en estaciones de subte -Metrovías-, por cambio de imagen en módulos para cajeros automáticos neutrales instalados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Renglones 1 y 2)", con fecha de Apertura el día 30/04/2019 a las 11 horas. Valor del pliego: $ 0,00 (Pesos: Sin Cargo) Consulta y adquisición de Pliegos: Página web del Banco Ciudad de Buenos Aires, www.bancociudad.com.ar / licitaciones. Fecha tope de consultas: 24/04/2019.-

Mario Selva. Coordinador Operativo

Inicia: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Pre adjudicación - Carpeta de Compra Nro. 23.525 Se comunica a los Señores Oferentes, la pre adjudicación de la Carpeta de Compra Nro. 23.525 -Licitación Pública- que tramita los "Trabajos correspondientes a la provisión e instalación de un nuevo Sistema de Aire Acondicionado para la Sucursal Nro. 27, sita en Lavallol 4307, C.A.B.A.", a la firma MARCLIMA S.R.L., en la suma total de $ 2.621.150 más I.V.A (Son Pesos: dos millones seiscientos veintiún mil ciento cincuenta más I.V.A). Domicilio del Pre adjudicatario: San Agustín 1051, Ciudadela, provincia de Bs. As. - CP 1702 Consultas: Gerencia de Compras, sita en Maipú 326, 4° Piso, C.A.B.A., en el horario de 10.00 a 15.00 horas.

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Mario A. Selva

Coordinador Operativo Gerencia de Compras

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Postergación - Carpeta de Compra Nro. 23.513 Se comunica a los Sres. Oferentes que la fecha de apertura de la Licitación Pública correspondiente a la Carpeta de Compra Nro. 23.513, que tramita los "Trabajos de provisión e instalación de un sistema de detección y alarma de incendio, conexión y puesta en marcha de la extinción existente para sucursales varias del BCBA (Renglones 1 a 4)", se posterga para el día 24/04/2019 a las 15 horas. Consultas de pliegos: Página web del Banco Ciudad de Buenos Aires, www.bancociudad.com.ar / licitaciones. Fecha tope de consultas: 17/04/2019.-

Mario A. Selva Coordinador Operativo Gerencia de Compras

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 377

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Ministerio de Economía y Finanzas

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y CONCESIONES Preselección - Expediente N° 2018-16845484-MGEYA-DGABC Expediente N° 2018-16845484-MGEYA-DGABC. Acta de Preselección: IF-2019- 08804406-DGABC. Rubro comercial: Uso y explotación de edificios dentro del Ecoparque interactivo. Objeto de la contratación: licitación pública a los fines del otorgamiento de la concesión de uso y explotación de carácter oneroso de distintos bienes inmuebles del dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, emplazados dentro del predio del ex Jardín Zoológico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "Eduardo Ladislao Holmberg", por el término de quince (15) años. Firma/s Preseleccionada/s: Ecoparque de Buenos Aires S.A. Lugar de exhibición del acta Consulta: https://www.buenosaires.gob.ar/economiayfinanzas/desarrol o- economico/dgconcesiones/llamados-licitacion/ecoparque-interactivo

Juan M. Franchi Director General

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 378

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Ministerio de Economía y Finanzas -

Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS LOTERIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES S.E. Contratación de servicio de limpieza y conservación de los edificios de Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E. - Licitación Pública Nº 2/19 Convocatoria - Licitación Pública N° 02/19, al amparo de lo establecido en los Artículos 27 siguientes y concordantes de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6.017) y 11 inciso a) del Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de esta Sociedad. Expediente Nº: 2019-04960718-GCABA-LOTBA Objeto de la contratación: Un (1) servicio de limpieza y conservación de los edificios de Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E. (Renglones N° 1 a 5), por el término de un (1) año, con opción a prórroga por hasta igual periodo, a exclusivo criterio de esta Sociedad del Estado, y la adquisición de insumos y consumibles de higiene personal (Renglones N° 6 a 11), por el término de un (1) año, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta. Resolución autorizante: DI-2019-274-LOTBA. Presupuesto oficial: en la suma de pesos veintiún millones ciento noventa y tres mil seiscientos dieciséis ($ 21.193.616). Valor del pliego: sin valor. Publicación del Pliego: http://www.loteriadelaciudad.gob.ar Último día para formulación de consultas: 17/04/18 hasta las 11:00 hs. Fecha de Apertura: 23/04/19 hasta las 11:00 hs.

Martin García Santillán Gerente General

Inicia: 9-4-2019 Vence: 10-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 379

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Ministerio de Justicia y Seguridad

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS Adquisición de accesorios - Licitación Pública de Etapa Única Nº 2900-0366-LPU19 EX-2019-07574390-DGAYCSE. Llámase a Licitación Pública de Etapa Única Nº 2900-0366-LPU19 cuya apertura se realizará el día 17 de abril de 2019 a las 10 horas, para la adquisición de accesorios con destino a la Policía de la Ciudad. Autorizante: Resolución Nº 66/SSGA/19. Repartición destinataria: Dirección General Adquisiciones y Contrataciones de Seguridad y Emergencias. Adquisición y consulta de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar Valor del pliego: Pesos treinta mil ($ 30.000,00.-).

Pablo Porreca

Subsecretario de Gestión Administrativa Inicia: 9-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS Adquisición de uniformes - Licitación Pública de Etapa Única Nº 2900-0367-LPU19 EX-2019-07575140-DGAYCSE. Llámase a Licitación Pública de Etapa Única Nº 2900-0367-LPU19 cuya apertura se realizará el día 17 de abril de 2019 a las 10 horas, para la adquisición de uniformes para la Policía de la Ciudad Autorizante: Resolución Nº 67/SSGA/19. Repartición destinataria: Dirección General Adquisiciones y Contrataciones de Seguridad y Emergencias. Adquisición y consulta de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar Valor del pliego: pesos treinta mil ($ 30.000,00.-).

Pablo Porreca Subsecretario de Gestión Administrativa

Inicia: 10-4-2019 Vence: 11-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 380

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DONACION FRANCISCO SANTOJANNI" Adquisición de insumos - Licitación Pública BAC Nº 434-1928-LPU18 Expediente N°35244173/MGEYA-HGADS/2018 Llámese a Licitación Pública BAC Nº 434-1928-LPU18 cuya apertura se realizará el día 16 de abril a las 11 hs., para la adquisición de insumos con destino a la División Anestesiología de este hospital. Autorizante: DI- 2019-153-GCABA-HGADS Repartición destinataria: División Anestesiología del hospital General de Agudos Donación Santojanni. Valor del pliego: Gratuito. Consultas de pliegos: hasta tres (3) días hábiles anterior a la fecha de apertura en Portal BAC www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: Portal BAC www.buenosairescompras.gov.ar.

Federico Charabora Director Medico

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DONACION FRANCISCO SANTOJANNI" Adquisición de insumos - Licitación Pública BAC Nº 434-0152-LPU19 Expediente N° 5186054/MGEYA-HGADS/2019 Llámese a Licitación Pública BAC Nº 434-0152-LPU19 cuya apertura se realizará el día 16 de marzo a las 13 hs., para la adquisición de insumos con destino a la División Alimentación de este hospital. Autorizante: DI- 2019-155-GCABA-HGADS Repartición destinataria: División Alimentación del hospital General de Agudos Donación Santojanni. Valor del pliego: Gratuito. Consultas de pliegos: hasta tres (3) días hábiles anterior a la fecha de apertura en Portal BAC www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: Portal BAC www.buenosairescompras.gov.ar.

Federico Charabora Director Medico

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 381

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “CARLOS G. DURAND” Adquisición de hematoxilina - Licitación Pública BAC N° 416-0345-LPU19 EX-2019-07380847-MGEYA-HGACD Llámase a Licitación Pública BAC N° 416-0345-LPU19, cuya apertura se realizará el 12/4/19 a las 19:30 hs., para el servicio de Laboratorio Dr. Claudio Aranda, para la adquisición de hematoxilina, etc. - licitacion publica -Pedido 34465- abastecimiento 12 meses- Autorizante: DI-2019-195-GCABA-HGACD. Repartición destinataria: Hospital General de Agudos Carlos G. Durand, con destino al Servicio de Laboratorio Dr. Claudio Aranda Valor del pliego: Sin valor. Consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar

Horacio A. Bolla Subdirector Médico

Inicia: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “CARLOS G. DURAND” Adquisición de hematoxilina - Licitación Pública BAC N° 416-0346-LPU19 EX-2019-07384741-MGEYA-HGACD Llámase a Licitación Publica BAC N° 416-0346-LPU19, cuya apertura se realizará el 12/4/19 a las 18 hs., para el servicio de anatomía patológica-Dra. María del Carmen Kordich, para la adquisición de hematoxilina, etc. - licitacion publica -Pedido 34551- abastecimiento 12 meses- Autorizante: DI-2019-196-GCABA-HGACD. Repartición destinataria: Hospital General de Agudos Carlos G. Durand, con destino al Servicio de Dra. María del Carmen Kordich Valor del pliego: Sin valor. Consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar

Horacio A. Bolla Subdirector Médico

Inicia: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 382

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL MATERNO INFANTIL "RAMÓN SARDA" Adquisición de mesa de anestesia - Licitación Publica N° 435-0512-LPU19 Expediente N°09548722-MGEYA-HMIRS-19 Licitación Publica N° 435-0512-LPU19 Rubro comercial: Salud Objeto de la contratación: Adquisición de mesa de anestesia para el Servicio de quirófano Fecha de Apertura: 29/4/19 Horas: 11:00. Autorizante: Disposicion N° 84/HMIRS/2019 Valor del Pliego: sin valor Nota: Los Pliegos respectivos serán exhibidos, consultados y solicitados en el portal de BAC (www.buenosairescompras.gob.ar) hasta 72 horas anteriores a la apertura. Lugar de presentación de Ofertas: Las ofertas serán presentadas por sistema BAC www.buenosairescompras.gob.ar

Ruben Almada Subdirector Médico

Diego A. Rizzo

Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económica y Financiera

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE SALUD INSTITUTO DE ZOONOSIS “DR. LUIS PASTEUR” Insumos para Técnicas Complementarias - Licitación Publica Nº 445-0534-LPU19 E.E. Nº 10110527-MGEYA-IZLP/2019 Se llama a Licitación Publica Nº 445-0534-LPU19, cuya apertura se realizara el día 12 de abril de 2019 a las 8 hs para la Adquisición de Insumos para Técnicas Complementarias para este Instituto. Autorizante: Disposición Nº 2019-45- GCABA-IZLP. Valor del pliego: sin cargo Consultas de pliegos: Los pliegos de bases y condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el sitio buenos Aires Compras: www.buenosairescompras.gob.ar. Asimismo, se encuentran publicados en la página Web del GCBA. Lugar de Apertura: Se realizara a través del sistema BAC Buenos Aires Compras.

Federico Gury Dohmen Dirección a/c

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 383

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL INFECCIOSAS “FRANCISCO J. MUÑIZ” Adquisición de insumos descartables - Licitación Pública BAC N° 423-0536-LPU19 Expediente N°10118251 /HIFJM/19 Llámese a Licitación Pública BAC N° 423-0536-LPU19 cuya apertura se realizará el día 22/4/19 a las 10 hs., para la adquisición de insumos descartables. Autorizante: Disposición Nº 69/HIFJM/19 Repartición destinataria: Hospital de Infecciosas Francisco Javier Muñiz, con destino a la División Análisis Clínicos. Valor del pliego: Sin valor. Adquisición y consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de Apertura: Portal BAC - sistema de compras públicas.

Cristina M. Nogueras

Directora Médica

Walter H. Bertoldi Gerente Operativo de Gestión Administrativa,

Económica y Financiera

Inicia: 9-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSÉ M. PENNA" Adquisición de insumos - Licitación Pública BAC Nº 425-0537-LPU19 EX-2019-10132612-GCABA-HGAP Llámese a Licitacion Publica BAC Nº 425-0537-LPU19, cuya apertura se realizará el día 15/4/19, a las 10 hs., para la adquisición de insumos para laboratorio (aceite para inmersión, solución colorantes, policubetas, micropipetas, etc) Autorizante: DI-2019 -251-GCABA-HGAP Repartición destinataria: Hosp. Gral. de Agudos Dr. Jose M. Penna. Valor del pliego: Sin valor Adquisición y consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar

Gustavo San Martin Director a/c

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 384

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Stella Dalpiaz Gerente Operativa Gestión Administrativa,

Económica y Financiera

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. COSME ARGERICH" Provisión de transductores - Licitación Pública BAC N° 412-0540-LPU19 EX-2019-10151544-GCBA-HGACA Llámase a Licitación Pública BAC N° 412-0540-LPU19 cuya apertura se realizará el día 25 de abril de 2019 a las 9 hs., para la provisión de transductores. Autorizante: DI-2019-176-GCBA-HGACA Repartición destinataria: Hospital General de Agudos Dr. Cosme Argerich con destino Division Bioingenieria Valor del pliego: Sin valor. Consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar

Nestor Hernandez Director Médico

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. COSME ARGERICH" Provisión de insumos - Licitación Pública BAC N° 412-0547-LPU19 EX-2019-10271260-GCBA-HGACA Llámase a Licitación Pública BAC N° 412-0547-LPU19 cuya apertura se realizará el día 25 de abril de 2019 a las 9 hs., para la provisión de insumos (Filtros, etc.) Autorizante: DI-2019-175-GCBA-HGACA Repartición destinataria: Hospital General de Agudos Dr. Cosme Argerich con destino División Hemoterapia Valor del pliego: Sin valor. Consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar

Nestor Hernandez Director Médico

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 385

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS “DR. RICARDO GUTIERREZ” Adquisición de Reactivos - Licitación Pública Nº 420-0548-LPU19 E.E. Nº 10278707/HGNRG/2019 Llámese a Licitación Pública Nº 420-0548-LPU19 cuya apertura se realizará el día 22/4/19, a las 11 hs., para la adquisición de Reactivos con provisión de aparatología en carácter de préstamo Repartición destinataria: Hospital Gral. de Niños Ricardo Gutierrez - Hemoterapia Autorizante: Disposición Nº 104/HGNRG/19 Valor del pliego: Sin Valor. Consultas de pliego: En el portal de compras electrónicas B.A.C. y en el sitio web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Lugar de apertura: el acto de apertura de ofertas se efectuará a través de Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar

Cristina Galoppo Director Médica

Mirta Ferrer

Gerente Operativa de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL MATERNO INFANTIL "RAMÓN SARDA" Adquisición de reactivos - Licitación Publica N° 435-0565-LPU19 E.E. N° 10.491.869-GCABA-HMIRS/19 Tipo de Procedimiento de Selección: Licitación Pública BAC-435-0565-LPU19. Rubro comercial: SALUD Objeto de la contratación: adquisición de reactivos para el servicio de Laboratorio endocrinologia con equipamiento en préstamo. Autorizante: Disposición N° DI-2019- 94-GCABA-HMIRS Fecha de Apertura: 30/04/2019 Horas: 11:00. Nota: Los Pliegos respectivos pueden ser consultados y solicitados en el portal del BAC-(www.buenosairescompras.gob.ar) hasta 72 horas anteriores a la apertura. Valor del Pliego: gratuito Lugar de presentación de Ofertas: Las ofertas serán presentadas por sistema BAC (www.buenosairescompras.gob.ar)

Rubén Almada Sub Director Médico

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 386

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Diego Rizzo Gerente Operativo de Gestión

Administrativa Económica y Financiera

Inicia: 9-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL ODONTOLÓGICO “DR. JOSÉ DUEÑAS” Recolección de residuos peligrosos - Licitación Pública N° 415-0580-LPU19 E.E Nº 10.759.960/HMO/2019 Llámese a Licitación Pública N° 415-0580-LPU19, que se gestiona a través del sistema BAC (www.buenosaires.gob.ar) para la adquisición de servicio de recolección de residuos peligrosos. Fecha de Apertura: 15/04/2019 a las 08:30 Hs. Autorizante: DI-2019-33-HMO Repartición Destinataria: Hospital Odontológico Dr. José Dueñas Valor del Pliego: sin valor económico Retiro y consulta de pliegos: Los pliegos de bases y condiciones se encuentran disponibles en el portal Buenos Aires Compras (BAC) Lugar de Apertura: El acto de apertura de ofertas se efectuará a través de Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar

Ada P. Severino

Directora

Inicia: 10-4-2019 Vence: 11-4-2019

MINISTERIO DE SALUD

INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA.

Adquisición cambio de cono PTB - Licitación Pública BAC N° 446-0590-LPU19

EX-2019-10921231-GCABA-IRPS. Llámase a Licitación Pública BAC N° 446-0590-LPU19, cuya apertura se realizará el día 17 de abril de 2019, a las 9 hs., para la adquisición cambio de cono PTB con destino al paciente Figueroa Oscar. Autorizante: Disposición N° 65-GCABA-IRPS-19 Repartición destinataria: Instituto de Rehabilitación Psicofísica, con destino al Servicio de Fisiatría. Valor del pliego: sin valor. Adquisición y consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar, hasta 24 hs., antes de la apertura.

Silvina A. Ajolfi.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 387

Directora Médica a/c

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Damián Gabás.

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera.

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE SALUD INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA. Adquisición de silla de ruedas - Licitación Pública BAC N° 446-0591-LPU19 EX-2019-10924568-GCABA-IRPS. Llámase a Licitación Pública BAC N° 446-0591-LPU19, cuya apertura se realizará el día 17 de abril de 2019, a las 10 hs., para la adquisición de una silla de ruedas con destino al paciente D'Alessandro Horacio. Autorizante: Disposición N° 66-GCABA-IRPS-19 Repartición destinataria: Instituto de Rehabilitación Psicofísica, con destino al Servicio de Fisiatría. Valor del pliego: sin valor. Adquisición y consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar, hasta 24 hs., antes de la apertura.

Silvina A. Ajolfi. Directora Médica a/c

Damián Gabás.

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera.

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ABASTECIMIENTO EN SALUD Adquisición de medicamentos de uso Hematológico y Tiras Reactivas - Licitación Pública Nº 401-0592-LPU19 Expediente Nº 10.960.120/GCABA-DGABS/18 Llámase a Licitación Pública Nº 401-0592-LPU19, cuya apertura se realizará el día 17/4/19, a las 12 hs., para la adquisición de medicamentos de uso Hematológico y Tiras Reactivas Autorizante: Disposición Nº 183/DGABS/19 Repartición destinataria: Hospitales dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Valor del pliego: Sin valor.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 388

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Adquisición y consultas de pliegos: Los Pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en www.buenosairescompras.gob.ar. El presente pliego se suministra en forma gratuita. Los oferentes acreditados y que hubieran cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo de BAC, podrán formular consultas y/o aclaraciones de los Pliegos de Bases y Condiciones a través del BAC hasta setenta y dos (72) horas previas a la fecha y hora fijada para la apertura de las ofertas. El G.C.A.B.A. elaborará las Circulares y las publicará en BAC. Lugar de apertura: El acto de apertura de ofertas se efectuará a través del BAC.

Federico M. Arata Director General

Inicia: 10-4-2019 Vence: 11-4-2019

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS “DR. RICARDO GUTIERREZ” Preadjudicación - Licitación Pública Nº 420-0289-LPU19 Expediente N° 06866754/HGNRG/2019 Licitación Pública Nº 420-0289-LPU19 Clase: etapa única. Rubro comercial: Salud Objeto de la contratación: Adquisición de Kit de Aféresis y otros con provisión de aparatología en carácter de préstamo Firma preadjudicada: Felsan SRL. Reng. 5 - cantidad 72 U - precio unitario $ 10.890,00 - precio total $ 784.080,00 Total preadjudicado: pesos setecientos ochenta y cuatro mil ochenta con 00/100 ($ 784.080,00) Fundamento de la preadjudicación: Se preadjudicó de acuerdo a informe técnico, administrativo y contable, artículos 110 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley N° 5.666) oferta más conveniente. Vencimiento validez de oferta: 18/6/19 Lugar de exhibición del acta: Un (1) día a partir de 10/4/19, en el sitio web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el portal de compras electrónicas B.A.C.

Cristina Galoppo Director Médica

Mirta Ferrer

Gerente Operativa de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 389

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSÉ M. PENNA" Preadjudicación - Licitación Pública N° 425-0312-LPU19 EX-2019-07100179-GCABA-HGAP Licitación Pública N° 425-0312-LPU19 Clase: etapa única. Rubro comercial Adquisición de insumos para laboratorio (tarjetas de identificación bacteriologica) con equipamiento en comodato Biomerieux Argentina S.A. Renglón: 1 cant. 300 Unid..- precio unit $ 7986,00.- precio total: $ 2.395.800,00.- Renglón: 2 cant. 300 Unid..- precio unit $ 7986,00.- precio total: $ 2.395.800,00.- Total preadjudicado: cuatro millones setecientos noventa y un mil seiscientos.- $ 4.791.600,00.- Fundamento de la preadjudicación: Se ajusta a lo solicitado Dra. Maria del Carmen Perrone, Clara Acosta, Dra. Cristina Desiderio Lugar de exhibición del acta: www.buenosairescompras.gob.ar a partir del 10/04/2019.-

Gustavo San Martin Director A/C

Stella Maris Dalpiaz

Gerente Operativa Gestión Administrativa, Económica y Financiera

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS “DR. RICARDO GUTIERREZ” Preadjudicación - Licitación Pública Nº 420-0317-LPU19 Expediente N° 7141052/HGNRG/2019 Licitación Pública Nº 420-0317-LPU19 Clase: etapa única. Rubro comercial: Salud Objeto de la contratación: Adquisición de reactivos con provisión de aparatología (Endocrinología) Firma preadjudicada: Medi Sistem S.R.L. Renglón 1: Cantidad 800,00 UNIDADES - Precio unitario $ 131,76 - Precio total $ 105.408,00 Renglón 2: Cantidad 1500,00 UNIDADES - Precio unitario $ 131,76 - Precio total $ 197.640,00

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 390

Page 391: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Renglón 3: Cantidad 1500,00 UNIDADES - Precio unitario $ 131,76 - Precio total $ 197.640,00 Renglón 4: Cantidad 1400,00 UNIDADES - Precio unitario $ 89,43 - Precio total $ 125.202,00 Renglón 5: Cantidad 1400,00 UNIDADES - Precio unitario $ 89,43 - Precio total $ 125.202,00 Renglón 6: Cantidad 4000,00 UNIDADES - Precio unitario $ 89,43 - Precio total $ 357.720,00 Renglón 7: Cantidad 4000,00 UNIDADES - Precio unitario $ 89,43 - Precio total $ 357.720,00 Renglón 8: Cantidad 400,00 UNIDADES - Precio unitario $ 922,56 - Precio total $ 369.024,00 Renglón 9: Cantidad 1000,00 UNIDADES - Precio unitario $ 131,76 - Precio total $ 131.760,00 Renglón 10: Cantidad 1000,00 UNIDADES - Precio unitario $ 131,76 - Precio total $ 131.760,00 Renglón 11: Cantidad 1000,00 UNIDADES - Precio unitario $ 131,76 - Precio total $ 131.760,00 Renglón 12: Cantidad 1300,00 Unidad - Precio unitario $ 922,56 - Precio total $ 1.199.328,00 Renglón 13: Cantidad 100,00 UNIDADES - Precio unitario $ 131,76 - Precio total $ 13.176,00 Renglón 14: Cantidad 1300,00 UNIDADES - Precio unitario $ 164,72 - Precio total $ 214.136,00 Renglón 15: Cantidad 900,00 Unidad - Precio unitario $ 193,00 - Precio total $ 173.700,00 Renglón 16: Cantidad 400,00 UNIDADES - Precio unitario $ 610,19 - Precio total $ 244.076,00 Renglón 17: Cantidad 500,00 UNIDADES - Precio unitario $ 242,44 - Precio total $

121.220,00 Renglón 18: Cantidad 200,00 UNIDADES - Precio unitario $ 93,79 - Precio total $ 18.758,00 Renglón 19: Cantidad 600,00 Unidad - Precio unitario $ 1.499,21 - Precio total $ 899.526,00 Total preadjudicado: Pesos cinco millones ciento catorce mil setecientos cincuenta y seis ($ 5.114.756,00) Fundamento de la preadjudicación: Se preadjudicó de acuerdo a informe técnico, administrativo y contable, artículo 110 y 111 de la Ley 2095/06 (texto consolidado por Ley N° 5.666) oferta más conveniente y única oferta Vencimiento validez de oferta: 18/6/19. Lugar de exhibición del acta: Un (1) día a partir de 10/4/19, en el sitio web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el portal de compras electrónicas B.A.C.

Cristina Galoppo Director Médica

Mirta Ferrer

Gerente Operativa de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 391

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. IGNACIO PIROVANO” Preadjudicación - Licitación Pública BAC N° 427-0369-LPU19 E.E. N° 7608740-MGEYA-HGAIP-2019 Licitación Pública BAC N° 427-0369-LPU19 Fecha de apertura: 22/3/19 a las 13 horas. Rubro: Servicio de Dosimetría Firma preadjudicada: Conirrad S.R.L. R 1 Cant. 3888 Servicio Pcio. Unit. $ 140,00 Total $ 544.320,00 Monto Total: $ 544.320,00 (quinientos cuarenta y cuatro mil trescientos veinte con 00/100). Encuadre legal: Art. 108 de la Ley N° 2.095, Decreto Reglamentario N° 326/GCBA/2018 y su modificatorio Decreto N° 287/GCBA/18. Vencimiento validez de la oferta: 23/5/19 Observaciones: se preadjudicó según Informe Técnico. Lugar de exhibición del acta: A través del Sistema Buenos Aires Compras. www.buenosairescompras.gob.ar a partir del 10/4/19. Comisión Evaluadora de Ofertas: Dra. Silvia Alvarez- Cdor. Facundo Sandovares - Dr. Marcelo B. Newman.

Marcelo B. Newman Subdirector Médico.

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSÉ M. RAMOS MEJIA" Preadjudicación - Licitación Pública BAC Nº 430-0394-LPU19 Expediente Nº 2019-08008814-GCABA-HGARM Licitación Pública BAC Nº 430-0394-LPU19 Fecha de apertura: 25/3/19 Rubro Comercial: Salud Objeto de la contratación: Adquisición de Materiales Radiactivos - Cardiología Firmas preadjudicadas: Tecnonuclear S.A. Renglón 1 52 UN Precio unitario $ 46.500,00 Precio Total $ 2.418.000,00 Renglón 2 416 UN Precio unitario $ 1.580,00 Precio Total $ 657.280,00 Renglón 3 2 UN Precio unitario $ 1.580,00 Precio Total $ 2.410,00 Laboratorios Bacon Sociedad Anónima Industrial y Comercial Renglón 4 12 UN Precio unitario $ 1.479,95 Precio Total $ 17.759,40 Renglón 5 2 UN Precio unitario $ 24.510,00 Precio Total $ 1.225.500,00

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Total Preadjudicado: pesos cuatro millones trescientos veinte mil novecientos cuarenta y nueve con cuarenta centavos ($ 4.320.949,40) Fundamento de la Preadjudicacion: Por ser la oferta mas conveniente. Lugar de Exhibición del acta: www.buenosairescompras.gob.ar Vencimiento del Periodo de impugnacion: 15/4/19. Legal: Ley 2095 Art.110 Renglones fracasados: Ninguno Ofertas desestimadas: dos (2):Laboratorios Bacon Sociedad Anónima Industrial Y Comercial: Renglones 1, 2 y 3. Tecnonuclear S.A.: Renglón Nro 4.

Hugo A. Pandullo Director

Inicia: 10-4-2019 Vence: 11-4-2019

MINISTERIO DE SALUD INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA Preadjudicación - Licitación Pública Nº 446-0473-LPU19 EX-2019-069170967-MGEYA-IRPS. Licitación Pública Nº 446-0473-LPU19. Dictamen de Preadjudicación de Ofertas BAC de fecha 8 de abril de 2019. Rubro Comercial: Salud. Objeto de la contratación: Adquisición de un implante para quince (15) niveles de escoliosis con destino a la paciente Pampin Adriana.. Firma preadjudicada: Medical Implants S.A. Renglón: 1.1 -cantidad:1 unid. - precio unitario:$790.000,00 - precio total: $790.000,00 Total preadjudicado: Pesos setecientos noventa mil ($790.000,00). Fundamento de la preadjudicación: según Art. 110 de la Ley 2095 (texto consolidado por la Ley 6017) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto Nº 287/18. Sra. Jesica Pavesse, Sra. Mirta Liliana Ballatore, Sra. Maria del Carmen Jara. Lugar de exhibición del acta: A través del sistema electrónico Buenos Aires Compras. www.buenosairescompras.gob.ar Vencimiento de periodo de impugnación: 15-04-2019

Silvina Ajolfi Directora Médica a/c

Damián L. Gabás

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera.

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL DE ODONTOLOGÍA INFANTIL “DON BENITO QUINQUELA MARTÍN” Adjudicación - Licitación Pública N° 429-0198-LPU19 E.E. Nº 2019-05747466 -GCABA-HOI. Licitación Pública N° 429-0198-LPU19 Clase: Etapa única. Rubro y clase: Salud Grupo: Equipamiento y Suministros para Odontología Objeto de la contratación: Adquisición de insumos para Laboratorio de Prótesis. Acto Administrativo: Disposición Firma Conjunta N° 2-GCABA-HOI/19 de fecha 28 de marzo de 2019. Firmas adjudicadas: Articulos Odontologicos S.A.-CUIT 30692134091- Renglón 1-opción 1- precio unitario: $ 3,40.-precio total: $ 1.700,00. Renglón 2-opción 1-precio unitario: $ 3,40.-precio total: $ 1.700,00. Renglón 3-opción 1-precio unitario: $ 3,40.-precio total: $ 1.700,00. Renglón 15-opción 1- precio unitario: $ 57,00.-precio total: $ 11.400,00. Renglón 16-opción 1- precio unitario: $ 57,00.-precio total: $ 22.800,00. Renglón 18-opción 1- precio unitario: $ 4,60.-precio total: $ 2.300,00. Renglón 19-opción 1- precio unitario: $ 3,40.-precio total: $ 3.400,00. Monto total: pesos cuarenta y cinco mil ($ 45.000,00.-) Suministros White S.A.-CUIT 30708166673- Renglón 5-opción 1- precio unitario: $ 1,00.-precio total: $ 1.200,00. Renglón 7-opción 1-precio unitario: $ 0,50.-precio total: $ 3.000,00. Renglón 8-opción 1-precio unitario: $ 0,07.-precio total: $ 840,00. Renglón 9-opción 1-precio unitario: $ 67,70.-precio total: $ 6.770,00. Renglón 10-opción 1-precio unitario: $ 77,40.-precio total: $ 19.350,00. Renglón 12-opción 1-precio unitario: $ 9,10.-precio total: $ 10.920,00. Renglón 13-opción 1-precio unitario: $ 1,70.-precio total: $ 20.400,00. Renglón 14-opción 1-precio unitario: $ 1.232,50.-precio total: $ 18.487,50. Monto total: pesos ochenta mil novecientos sesenta y siete con cincuenta centavos ($ 80.967,50.-) Monto total adjudicado: Pesos ciento veinticinco mil novecientos sesenta y siete con cincuenta centavos ($125.967,50-).- Fundamento de la adjudicación: Articulo 108 y Articulo 109 de la Ley N° 2095. Consulta del Acto Administrativo: BO GCABA-Pág.web GCABA-BAC-Cartelera HOI-C.A.C.-U.A.P.E.-Mercados Transparentes.-

Gabriela Scagnet Directora

Guillermo Peña

Subgerente Operativo de Gestión Administrativa, Económico Financiera

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL DE ODONTOLOGÍA INFANTIL “DON BENITO QUINQUELA MARTÍN” Adjudicación - Licitación Pública N° 429-0242-LPU19 E.E. Nº 2019-06254134 -GCABA-HOI. Licitación Pública N° 429-0242-LPU19 Clase: Etapa única. Rubro y clase: Salud Grupo: Material Quirúrgico para Curaciones Objeto de la contratación: Adquisición de gasa. Acto Administrativo: Disposición Firma Conjunta N° 4-GCABA-HOI/19 de fecha 29 de marzo de 2019. Firma adjudicada: Bhaurac S.A.-CUIT 30611816614.- Renglón 1-opción 1- precio unitario: $ 12,74.-precio total: $ 25.480,00. Renglón 2-opción 1- precio unitario: $ 9,44.-precio total: $ 47.200,00. Monto total: pesos setenta y dos mil seiscientos ochenta ($ 72.680,00.-) Monto total adjudicado: Pesos setenta y dos mil seiscientos ochenta ($ 72.680,00-).- Fundamento de la adjudicación: Articulo 108 de la Ley N° 2095. Consulta del Acto Administrativo: BO GCABA-Pág.web GCABA-BAC-Cartelera HOI-C.A.C.-U.A.P.E.-Mercados Transparentes.-

Gabriela Scagnet Directora

Guillermo Peña

Subgerente Operativo de Gestión Administrativa, Económico Financiera

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE SALUD INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA Adjudicación - Licitación Pública Nº 446-0273-LPU19 EX-2019-06758400-MGEYA-IRPS. Licitación Pública Nº 446-0273-LPU19. DISFC-2019-37-GCABA-IRPS Clase: Etapa única Rubro Comercial: Salud. Objeto de la contratación: Adquisición de insumos con destino al Servicio de Hemoterapia. Firmas adjudicadas: Felsan S.R.L. Renglón:1.1 -cantidad:10 unid. - precio unitario:$ 4.171,31 - precio total: $41.713,10 Renglón:4.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 1.543,38 - precio total: $9.260,28 Renglón:5.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 1.490,85 - precio total: $8.945,10

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Renglón:6.1 -cantidad:10 unid. - precio unitario:$ 594,46 - precio total: $5.944,60 Renglón:9.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 1.932,27 - precio total: $11.593,62 Renglón:11.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 1.932,27 - precio total: $11.593,62 Renglón:12.1 -cantidad:8 unid. - precio unitario:$ 380,25 - precio total: $3.042,00 Renglón:14.1 -cantidad:8 unid. - precio unitario:$ 223,89- precio total: $1.791,12 Renglón:15.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 223,89 - precio total: $1.343,34 Renglón:16.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 223,89 - precio total: $1.343,34 Quimica Erovne S.A. Renglón:2.1 -cantidad:400 unid. - precio unitario:$ 10,50 - precio total: $4.200,00 Renglón:3.1 -cantidad:400 unid. - precio unitario:$ 11,20 - precio total: $4.480,00 Open Trade S.A. Renglón:7.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 1.700,00 - precio total: $10.200,00 Renglón:8.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 1.719,50 - precio total: $10.317,00 Renglón:10.1 -cantidad:6 unid. - precio unitario:$ 1.719,50 - precio total: $10.317,00 Renglón:13.1 -cantidad:3 unid. - precio unitario:$ 420,29 - precio total: $1.260,87 Raul Jorge Leon Poggi Renglón:18.1 -cantidad:2.000 unid. - precio unitario:$ 4,44 - precio total: $8.880,00 Total adjudicado: Pesos ciento cuarenta y seis mil doscientos veinticuatro con 99/100 ($146.224,99). Fundamento de la adjudicación: por cumplir con los requisitos exigidos en los pliegos de la licitación y ser ofertas convenientes (Artículo 110 y 111 - Criterio de Selección de Ofertas de la Ley Nº 2095 - Texto consolidado por Ley Nº 6017) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17 modificado por Decreto Nº 287/18. Lugar de exhibición del acta: A través del sistema electrónico Buenos Aires Compras. www.buenosairescompras.gob.ar

Silvina Ajolfi Directora Médica a/c

Damián L. Gabás

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera.

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE SALUD INSTITUTO DE ZOONOSIS “DR. LUIS PASTEUR” Adjudicación - Licitación Pública N° 445-0329-LPU19 Expediente Nº 07272090/GCABA/IZLP/19. Licitación Pública N° 445-0329-LPU19 Clase: etapa única. Rubro comercial: Salud Objeto de la contratación: Insumos para biologia molecular, serologia y reactivos. Firmas adjudicadas Invitrogen Argentina S.A. RENGLON CANTIDAD PRECIO UNITARIO PRECIO TOTAL 3 1 unidad $ 19.765,50 $ 19.765,50

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6 2 unidad $ 54.250,00 $108.500,00 15 1 unidad $ 15.350,00 $ 15.350,00 Total $143.615,50 Son Pesos Ciento Cuarenta y Tres Mil Seiscientos Quince con Cincuenta Centavos ($143.615,50). Biosystems S.A. RENGLON CANTIDAD PRECIO UNITARIO PRECIO TOTAL 5 2 unidad $ 24.647,70 $ 49.295,40 10 10 unidad $ 2.061,84 $ 20.618,40 11 4 unidad $ 12.705,00 $ 50.820,00 14 3 unidad $ 6.115,95 $ 18.347,85 Total $139.081,65 Son Pesos Ciento Treinta y Nueve Mil Ochenta y Uno con Sesenta y Cinco Centavos ($139.081,65) Tecnolab SA. RENGLON CANTIDAD PRECIO UNITARIO PRECIO TOTAL 7 1 unidad $ 94.438,20 $ 94.438,20 12 690unidad $ 37,47 $ 25.854,30 13 2unidad $ 13.847,72 $ 27.695,44 Total $147.987,94 Son Pesos Ciento Cuarenta y Siete Mil Novecientos Ochenta y Siete con Noventa y Cuatro Centavos ($147.987,94) Ernesto Van Rossum y Compañía SRL RENGLON CANTIDAD PRECIO UNITARIO PRECIO TOTAL 8 1200 unidad $ 59,15 $ 70.980,00 9 600unidad $ 102,35 $ 61.410,00 Total $132.390,00 Son Pesos Ciento Treinta y Dos Mil Trescientos Noventa ($132.390,00) Biodiagnostico SA RENGLON CANTIDAD PRECIO UNITARIO PRECIO TOTAL 16 5 unidad $ 32.970,00 $164.850,00 17 6unidad $ 10.728,33 $ 64.369,98 Total $229.219,98 Son Pesos Doscientos Veintinueve Mil Doscientos Diecinueve con Noventa y Ocho Centavos ($229.219,98) Bioars SA RENGLON CANTIDAD PRECIO UNITARIO PRECIO TOTAL 18 1 unidad $ 9.923,82 $ 9.923,82 Total $ 9.923,82 Son Pesos Nueve Mil Novecientos Veintitrés con Ochenta y Dos Centavos ($9.923,82) Cromoion SRL RENGLON CANTIDAD PRECIO UNITARIO PRECIO TOTAL 19 6unidad $ 10.120,00 $ 60.720,00 Total $ 60.720,00 Son Pesos Sesenta Mil Setecientos Veinte ($ 60.720,00) Total de la presente adjudicación: pesos ochocientos sesenta y dos mil novecientos treinta y ocho con ochenta y nueve centavos ($ 862.938,89). Aprobación: DISFC-2019-8-GCBA-IZLP

Oscar E. Lencinas Director

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Estela J. C. Chmiel Subgerente Operativo Gestión Administrativa

Economica y financiera Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE SALUD INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA Fracaso - Licitación Pública BAC Nº 446-0461-LPU19 EX-2019-08994862-MGEYA-IRPS Licitación Pública BAC Nº 446-0461-LPU19. Rubro Comercial: Salud. Objeto de la contratación: Adquisición de delantal para seguridad con destino al Servicio de Radiología. Fundamento del fracaso: resulta fracasada por defecto de nómina. Sra. María del Carmen Jara, Sra. Mirta Liliana Ballatore, Sra. Jesica Pavesse. Lugar de exhibición del acta: A través del sistema electrónico Buenos Aires Compras. www.buenosairescompras.gob.ar

Silvina Ajolfi Directora Médica a/c

Damián Gabás

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera.

Inicia: 10-4-2019 Vence: 11-4-2019

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. ENRIQUE TORNU” Preadjudicación - Licitación Privada N° 438-0014-LPR19 Expediente N° 2019-7853600-MGEYA-HGAT Licitación Privada N° 438-0014-LPR19 - Ley 2095 (Texto Consolidado por ley 5454) Art. 38 Rubro: Salud Objeto de contratación: alquiler ropa de cirugia Dictamen de preadjudicación Firma preadjudicada: Setex S.A Renglón 1 - Preadjudicado: 1900 UNIDADES Precio unitario: $ 230.- Precio total: $ 437000.- Renglón 2 - Preadjudicado: 500 UNIDADES Precio unitario: $ 200.- Precio total: $ 100000.- Renglón 3 - Preadjudicado: 11400 UNIDADES Precio unitario: $ 32.- Precio total: $ 364800.- Renglón 4 - Preadjudicado: 800 UNIDADES Precio unitario: $ 20.- Precio total: $ 16000.- Total General de la Preadjudicación: $ 917800 Evaluadores Dr.. Rosell Silvio Jefe de Departamento Diagnóstico y Tratamiento Dr. La Torre Justo Jefe Departamento Cirugía Dra. Denk Viviana Graciela Subgerente Operativo de RRHH y Serv.Grales -HGAT-MSGCBA Vto de Oferta: 21/5/2019 Lugar de exhibición: Cartelera de Compras - Página Web BO

Luis E. Castañiza Director

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD ENTE AUTARQUICO INSTITUTO DE TRASPLANTE Preadjudicación - Contratación Directa N° 4002-0414-CDI19 E.E. Nº 08717306-GCABA-EAIT/2019 Contratación Directa N° 4002-0414-CDI19 Rubro comercial: Seguridad Objeto de la contratación: Servicio de Guarda, Custodia y Administración de Documentos Firma/s preadjudicada/s: 1 (Una) Bank S.A Renglón 1 - cantidad 12 (doce) - precio unitario: $ 3.832,50 - precio total: $ 45.990. Total preadjudicado: pesos cuarenta y cinco mil novecientos noventa ($ 45.990) Encuadre legal: Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666) Art. 28° Inc. 5 Fundamento de la preadjudicación: Conforme a pliego. Lugar de exhibición del acta: Carlos Pellegrini 313 Piso 3 CABA Vencimiento de período de impugnación: 9/4/19

Luis D. Rojas Presidente

Inicia: 10-4-2019 Vence: 11-4-2019

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. BERNARDINO RIVADAVIA" Adjudicación - Contratación Directa Nº 431-0175-CDI19 EE. N° 2019-05248104-MGEYA-HBR Contratación Directa Nº 431-0175-CDI19 Disposición Aprobatoria. DISFC-2019-57-HBR Clase: Etapa única. Rubro comercial: Salud. Objeto de la contratación: Reparación de Citouretrorresectocopio. Servicios: Urología. Firmas adjudicadas: Número de Orden de Compra: 431-4209-OC19 Karl Storz Endoscopia Argentina S.A. Renglón 1-cantidad: 01 unid. Precio unitario: $ - Precio total: $ 258.039,18 Total Adjudicado: Pesos: doscientos cincuenta y ocho mil treinta y nueve con 18/100. Encuadre legal: Art.110 y 111 de la Ley 2095 (Texto Consolidado por Ley Nº 5.666).

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Eduardo A. Fernandez Rostello Subdirector Médico

María del Carmen Maiorano

Gerente Operativa de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

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Lugar de exhibición del acta: Portal www.buenosairescompras.gob.ar y publicado en la página Web

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD TALLERES PROTEGIDOS DE REHABILITACIÓN PSIQUIÁTRICA Llamado - Contratación Menor N° 436-0885-CME/19 E.E. N° 9.703.113-MGEYA-TPRPS-2019 Objeto: Llámese a Contratación Menor 436-0885-CME19, cuya apertura se realizará el día 16/04/19, a las 09:00 hs., para la: Adquisición de telas Autorizante: DISPOSICION Nº DI-2019-16-GCABA-TPRPS Repartición destinataria: Talleres Protegidos de Rehabilitación Psiquiátrica. Valor del pliego: sin valor. Consultas de pliegos: Portal de Compras www.buenosaires.gob.ar

Graciela M. Russo Directora

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. COSME ARGERICH" Adquisicion cardiodesfibriladore - Contratación Menor BAC N° 412-0965-CME19 EXP N° 2019-10263755-GCABA-HGACA Llámase a la Contratación Menor BAC N° 412-0965-CME19, cuya apertura se realizará el día 12/4/19, a las 9 hs., para la adquisicion cardiodesfibriladore (paciente: Duarte Daniel) Autorizante: DI-2019-166-GCABA-HGACA Repartición destinataria: Hospital General de Agudos Dr. Cosme Argerich, con destino a Farmacia. Valor del pliego: Sin valor. Consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar

Nestor Hernandez Director Médico

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 402

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. COSME ARGERICH" Llamado - Contratación Menor Nº 412-0967-CME/19 E.E. N° 10.267.185-GCABA-HGACA-2019 Objeto: Llámase a la Contratación Menor Nº BAC 412-0967-CME19, cuya apertura se realizará el día 12/04/2019, a las 09:00 hs., para la Adquisición Marcapaso (paciente: Yrigoyen Julio) Autorizante: Disposición Nº DI-2019-167-GCABA-HGACA Repartición destinataria: Hospital General de Agudos Dr. Cosme Argerich. Con destino a Farmacia. Valor del pliego: Sin valor. Consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar

Néstor Hernández Director

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS DR. E.TORNU Llamado - Contratación Menor N° 438-0973-CME19 E.E. N° 10.414.851/HGAT/19 Llamase a Contratación Menor N° BAC 438-0973-CME19, cuya apertura se realizara el día 16-04-2019, a las 10:00 horas. Objeto: Adquisición de cables para electrobisturí Autorizante: Disposición N° 137/HGAT/2019 Repartición Destinataria: Hospital Gral. de Agudos Dr. E. Tornu, con destino a Cirugía General Valor del pliego: sin valor Consultas de pliego: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar

Javier O. Fuentes Gerente Operativo

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Eduardo L. Castañiza Director

Inicia: 10-4-2019 Vence: 16-4-2019

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS DR. E.TORNU Llamado - Contratación Menor N° 438-0982-CME/19 E.E. N° 10.432.178/HGAT/19 Objeto: Adquisición de sensores y cables para oximetría Llamase a Contratación Menor N° BAC 438-0982-CME19, cuya apertura se realizara el día 16-04-2019, a las 11:00 horas. Autorizante: Disposición N° 134/HGAT/2019 Repartición Destinataria: Hospital Gral. de Agudos Dr. E. Tornu, con destino a Terapia Intensiva Valor del pliego: sin valor Consultas de pliego: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar

Javier O. Fuentes Gerente Operativo

Eduardo L. Castañiza Director

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. ENRIQUE TORNU Pre adjudicación - Compra Menor N° 438-0318-CME19 E.E. N°5.524.579-GCABA-HGAT-2019 Compra Menor: 438-0318-CME19 Ley 2095/06 (Texto Consolidado por ley 5454) Art. 38 Rubro: Salud Objeto de contratación: Adquisición de malla bicapa

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Firma pre adjudicada: CONVIDIEN ARGENTINA S.A Renglón 1 - Pre adjudicado: 1 U Precio unitario: $ 57458.06.- Precio total: $ 57458.06.- Total General de la Pre adjudicación: $ 57458.06 Evaluadores Dr.. Rosell Silvio Jefe de Departamento Diagnóstico y Tratamiento Dr. La Torre Justo Jefe Departamento Cirugía Dra. Denk Viviana Graciela SubGerente Operativo de RRHH y Serv.Grales -HGAT-MSGCBA Vencimiento de Oferta: 13/05/2019 Lugar de exhibición: Cartelera de Compras - Página Web BO

Luis E. Castañiza Director

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. ENRIQUE TORNU Pre adjudicación - Compra Menor N° 438-0320-CME/19 E.E. N° 5.530.941-GCABA-HGAT-2019 Compra Menor: 438-0320-CME19 Ley 2095/06 (Texto Consolidado por ley 5454) Art. 38 Rubro: Salud Objeto de contratación: Adquisición de malla bicapa Firma pre adjudicada: CONVIDIEN ARGENTINA S.A Renglón 1 - Pre adjudicado: 1 U Precio unitario: $ 57458.06.- Precio total: $ 57458.06.- Total General de la Pre adjudicación: $ 57458.06 Evaluadores Dr.. Rosell Silvio Jefe de Departamento Diagnóstico y Tratamiento Dr. La Torre Justo Jefe Departamento Cirugía Dra. Denk Viviana Graciela SubGerente Operativo de RRHH y Serv.Grales -HGAT- MSGCBA Vencimiento de Oferta: 13/05/2019 Lugar de exhibición: Cartelera de Compras - Página Web BO

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 405

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Luis E. Castañiza Director

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE SALUD "HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "Dr. J. M. RAMOS MEJIA" Pre adjudicación - Contratación Menor Nº 430-0801-CME/19 E.E. Nº 8.876.666-GCABA-HGARM-2019 Contratación Menor BAC Nº 430-0801-CME19 Fecha de apertura: 01/04/2019 Rubro Comercial: Salud Objeto de la Contratación: Adquisición de Insumos para Cardiología (Parche y Cateter) para la Pcte: Rappeti Adriana Marisa -Servicio de Electrofisiología (Cardiología) Firma Pre adjudicada: STORING INSUMOS MEDICOS S.R.L. Renglón Nº 1 1 UN Precio unitario $ 53.000,00 Precio Total $ 53.000,00 Total Pre adjudicado: Pesos Cincuenta Mil ($ 53.000,00) Fundamento de la Pre adjudicación: Por ser la oferta más conveniente. Lugar de Exhibición del acta: www.buenosairescompras.gob.ar Vencimiento validez de la oferta: 31/05/2019. Legal: Ley 2095 Art.110 Renglones fracasados: Dos (2): Renglones Nro 1 y Nro 2. Ofertas desestimadas: Una (1): MTG GROUP S.R.L.

Hugo A. Pandullo Director

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS RICARDO GUTIERREZ Adjudicación - Contratación Directa Menor Nº 420-0574-CME/19

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 406

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E.E. Nº 7.356.186/HGNRG/2019 Procedimiento de Selección: Contratación Directa Menor Nº 420-0574-CME19 Objeto: Adquisición de insumos para diálisis peritoneal Repartición destinataria: Hospital Gral de Niños Ricardo Gutierrez Norma autorizante: DISFC-2019-53-HGNRG Firmas adjudicadas: STORING INSUMOS MEDICOS S.R.L. Monto adjudicado: pesos un millón trescientos cuarenta y un mil trescientos cincuenta y cinco con 00/100 ($ 1.341.355,00) Total adjudicado: Pesos un millón trescientos cuarenta y un mil trescientos cincuenta y cinco con 00/100 ($ 1.341.355,00)

Cristina Galoppo Directora

Mirta A. Ferrer Gerente Operativa

Inicia: 10-4-19 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "Dr. J. M. RAMOS MEJIA" Adjudicación - Contratación Menor Nº 430-0801-CME/19 E.E. Nº 8.876.666-GCABA-HGARM-2019 Contratación Menor BAC Nº 430-0801-CME19 Fecha de apertura: 01/04/2019 Rubro Comercial: Salud Objeto de la Contratación: Adquisición de Insumos para Cardiología (Parche y Cateter) para la Pcte:Rappeti Adriana Marisa -Servicio de Electrofisiología (Cardiología) Disposición Aprobatoria: DISFC-2019-72-GCABA-HGARM. Firma Adjudicada: STORING INSUMOS MEDICOS S.R.L. Renglón Nº 1 1 UN Precio unitario $ 53.000,00 Precio Total $ 53.000,00 Total Adjudicado: Pesos Cincuenta Mil ($ 53.000,00) Fundamento de la Pre adjudicación: Por ser la oferta más conveniente. Lugar de Exhibición del acta: www.buenosairescompras.gob.ar

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 407

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Hugo A. Pandullo

Director Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 408

Legal: Ley 2095 Art.110

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Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE DIRECCION GENERAL DE PROYECTOS DE ARQUITECTURA Preadjudicación – Licitación Pública BAC N° 381-0232-LPU19 EX-06115522-GCABA-DGTALMDUYT/2019 Licitación Pública BAC N° 381-0232-LPU19 Rubro comercial: Servicios Objeto de la contratación: Servicios Profesionales Especializados en Sanitaria, Riego, Electricidad e Iluminación- Parque de la Innovación.- Firma preadjudicada: GNBA Consultores S.R.L. Renglón: 1 - cantidad: 1 - precio unitario: $2.470.000,00- precio total: $2.470.000,00 Total preadjudicado: pesos dos millones cuatrocientos setenta mil con 00/00 ($2.470.000,00). Encuadre legal: art. 31 Ley 2095 y art. 107 Ley 2095 Fundamento de la preadjudicación: por ser la oferta más conveniente Lugar de exhibición del acta: www.buenosairescompras.gob.ar Vencimiento de período de impugnación: 12/4/19

Martin Torrado Director General

Inicia: 10-4-2019 Vence: 12-4-2019

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE DIRECCION GENERAL DE OBRAS DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA Preadjudicación - Servicios profesionales especializados en Corrientes Débiles - Nuevo Centro Deportivo de Tiro - Licitación Pública N° 381-0265-LPU19 E.E. Nº 6.730.539-GCABA-DGTALMDUYT/19 Proceso BAC 381-0265-LPU19 Clase: Licitación Pública Rubro comercial: SERVICIOS Objeto de la contratación: Servicios profesionales especializados en Corrientes Débiles - Nuevo Centro Deportivo de Tiro Firma/s preadjudicada/s: Marcelo Castellon Nombre de la empresa/s preadjudicada/s: Marcelo Castellon Renglón: 1 - cantidad: 1 - precio unitario: $ 700.000,00 - precio total: $ 700.000,00 Total preadjudicado: PESOS SETECIENTOS MIL CON 00/00 ($700.000,00). Encuadre legal: ART. 31 LEY 2095 Y ART. 107 LEY 2095 Fundamento de la preadjudicación: POR SER LA OFERTA MÁS CONVENIENTE

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 409

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Lugar de exhibición del acta: www.buenosairescompras.gob.ar Vencimiento de período de impugnación: 09/04/2019

Claudio A. Cané Director General

Inicia: 9-4-2019 Vence: 11-4-2019

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE DIRECCION GENERAL DE OBRAS DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA Preadjudicación - Servicios profesionales especializados en Instalaciones sanitarias y contra incendio - Nuevo Centro Deportivo de Tiro - Licitación Pública N° 381-0267-LPU19 E.E. Nº 6.735.267-GCABA-DGTALMDUYT/19 Proceso BAC 381-0267-LPU19 Clase: Licitación Pública Rubro comercial: SERVICIOS Objeto de la contratación: Servicios profesionales especializados en Instalaciones sanitarias y contra incendio - Nuevo Centro Deportivo de Tiro Firma/s preadjudicada/s: GNBA CONSULTORES S.R.L. Nombre de la empresa/s preadjudicada/s: GNBA CONSULTORES S.R.L. Renglón: 1 - cantidad: 1 - precio unitario: $ 820.000,00 - precio total: $ 820.000,00 Total preadjudicado: pesos ochocientos veinte mil CON 00/00 ($820.000,00). Encuadre legal: ART. 31 LEY 2095 Y ART. 107 LEY 2095 Fundamento de la preadjudicación: POR SER LA OFERTA MÁS CONVENIENTE Lugar de exhibición del acta: www.buenosairescompras.gob.ar Vencimiento de período de impugnación: 11/04/2019

Claudio A. Cané Director General

Inicia: 9-4-2019 Vence: 11-4-2019

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE DIRECCION GENERAL DE OBRAS DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA Preadjudicación - Servicios profesionales especializados en Instalaciones Eléctricas - Nuevo Centro Deportivo de Tiro - Licitación Pública N° 381-0269-LPU19 E.E. Nº 6.740.250-GCABA-DGTALMDUYT/19 Proceso BAC 381-0269-LPU19 Clase: Licitación Pública Rubro comercial: SERVICIOS

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 410

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Objeto de la contratación: Servicios profesionales especializados en Instalaciones Eléctricas - Nuevo Centro Deportivo de Tiro Firma/s preadjudicada/s: MARTÍN INDALECIO GHERSI Nombre de la empresa/s preadjudicada/s: MARTÍN INDALECIO GHERSI Renglón: 1 - cantidad: 1 - precio unitario: $ 1.249.000,00 - precio total: $ 1.249.000,00 Total preadjudicado: PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CON 00/00 ($1.249.000,00). Encuadre legal: ART. 31 LEY 2095 Y ART. 107 LEY 2095 Fundamento de la preadjudicación: POR SER LA OFERTA MÁS CONVENIENTE Lugar de exhibición del acta: www.buenosairescompras.gob.ar Vencimiento de período de impugnación: 11/04/2019

Claudio A. Cané Director General

Inicia: 9-4-2019 Vence: 11-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 411

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Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO TRANSPORTE UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES EJECUCIÓN DE OBRAS ESPECIALES Servicios Profesionales Especializados en Instalaciones Sanitarias, Gas e Incendio para la Unidad de Proyectos Especiales Ejecución de Obras Especiales - Contratación Menor N° 381-0879-CME19 E.E. Nº 9.262.697-GCABA-UPEEOE/19 Proceso BAC/381-0879-CME19 Clase: Contratación Menor Objeto de la contratación: Contratación Menor para los Servicios Profesionales Especializados en Instalaciones Sanitarias, Gas e Incendio para la Unidad de Proyectos Especiales Ejecución de Obras Especiales Consulta y retiro de pliegos: WWW.BUENOSAIRESCOMPRAS.GOB.AR Valor del pliego: GRATUITO Presentación de las ofertas: AV. MARTIN GARCIA 346 5° PISO Fecha de apertura: 11/04/2019 13:00HS Norma Autorizante: DI-2019-6-GCABA-UPEEOE

Luis Demirjian Titular UPEEOE

Inicia: 29-3-2019 Vence: 11-4-2019

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO TRANSPORTE UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES EJECUCIÓN DE OBRAS ESPECIALES Servicios Profesionales Especializados en Instalaciones Estructurales, Movimientos de suelo y Hormigón para la Unidad de Proyectos Especiales Ejecución de Obras Especiales - Contratación Menor N° 381-0881-CME19 E.E. Nº 9.264.012-GCABA-UPEEOE/19 Proceso BAC/381-0881-CME19 Clase: Contratación Menor Objeto de la contratación: Contratación Menor para los Servicios Profesionales Especializados en Instalaciones Estructurales, Movimientos de suelo y Hormigón para la Unidad de Proyectos Especiales Ejecución de Obras Especiales Consulta y retiro de pliegos: WWW.BUENOSAIRESCOMPRAS.GOB.AR Valor del pliego: GRATUITO Presentación de las ofertas: AV. MARTIN GARCIA 346 5° PISO Fecha de apertura: 11/04/2019 13:00HS

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 412

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Titular UPEEOE Inicia: 29-3-2019 Vence: 11-4-2019

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO TRANSPORTE UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES EJECUCIÓN DE OBRAS ESPECIALES Servicios Profesionales Especializados en Instalaciones Eléctricas y Termomecánicas - Contratación Menor BAC N° 381-0882-CME19 E.E. Nº 9.264.480-GCABA-UPEEOE/2019 Contratación Menor BAC N° 381-0882-CME19 Objeto de la contratación: Contratación Menor para los Servicios Profesionales Especializados en Instalaciones Eléctricas y Termomecánicas para la Unidad de Proyectos Especiales Ejecución de Obras Especiales. Consulta y retiro de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Valor del pliego: Gratuito. Presentación de las ofertas: Av. Martin García 346 5° piso. Fecha de apertura: 11/4/19, a las 13. Norma Autorizante: DI-2019-4-GCABA-UPEEOE.

Luis Demirjian Titular de UPEEOE

Inicia: 29-3-2019 Vence: 11-4-2019

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO TRANSPORTE DIRECCION GENERAL DE SEGUIMIENTO DE GESTIÓN Adquisición equipos de procesamiento automático de datos - Contratación Menor N° 381-0986-CME19 E.E. Nº 6.569.807-GCABA-DGSGEST/19 Proceso BAC/381-0986-CME19 Clase: Contratación Menor Objeto de la contratación: Contratación Menor para equipos de procesamiento automático de datos Consulta y retiro de pliegos: WWW.BUENOSAIRESCOMPRAS.GOB.AR Valor del pliego: GRATUITO Presentación de las ofertas: AV. MARTIN GARCIA 346 5° PISO Fecha de apertura: 17/04/2019 13:00HS

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 413

Norma Autorizante: DI-2019-5-GCABA-UPEEOE

Luis Demirjian

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Inicia: 8-4-2019 Vence: 17-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 414

Norma Autorizante: DI-2019-4-GCABA-DGSGEST

Emiliano De Martino Director General

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Ministerio de Cultura

MINISTERIO DE CULTURA SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO, MUSEOS Y CASCO HISTÓRICO Servicio de catering para evento - Licitación Pública N° 525-0539-LPU19 E.E. N° 06679419-GCABA-DGPMYCH-19 Se llama a un nuevo llamado de Licitación Pública Nº 525-0539-LPU19 para el 15 de abril de 2019 a las 12 hs, para recibir el Servicio de Catering para Eventos destinado a la Dirección General de Patrimonio, Museos y Casco Histórico. Autorizante: DI-2019-23-GCABA-DGPMYCH Valor del pliego: Gratuito Adquisición y consultas de pliegos: Portal www.buenosairescompras.gob.ar y en la página Web del GCBA Lugar de apertura: Portal BAC

Juan P. Vacas Director General

Inicia: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE CULTURA ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLON DIRECCIÓN GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Preadjudicación - Licitación Pública BAC N° 541-0176-LPU19 EE N° 2019-05454668-GCABA-DGTALEATC Licitación Pública BAC N° 541-0176-LPU19 Fecha de Apertura: 28/2/19 a las 2:00:00 p.m. Clase: Etapa Unica Rubro Comercial: Servicio de Transporte Objeto de la Contratación: servicio de transporte de escenografías e instrumentos para el Teatro Colon Dictamen de Preadjudicación de Ofertas BAC N°: 541-0176-LPU19 Firmas Preadjudicadas: Castro y Regini S.A. (CUIT N° 30-51637505-8) PRECIO RENGLON UNIDADES UNITARIO IMPORTE TOTAL 1 72 $ 980,00 $ 70.560,00 2 200 $ 1.500,00 $ 300.000,00 3 250 $ 2.178,00 $ 544.500,00 4 60 $ 2.900,00 $ 174.000,00

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 415

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5 40 $ 2.900,00 $ 116.000,00 6 1.200 $ 2.900,00 $ 3.480.000,00 7 30 $ 2.800,00 $ 84.000,00 8 150 $ 3.200,00 $ 480.000,00 9 300 $ 5.800,00 $ 1.740.000,00 10 120 $ 5.800,00 $ 696.000,00 11 60 $ 3.500,00 $ 210.000,00 12 30 $ 2.900,00 $ 87.000,00 13 2.200 $ 580,00 $ 1.276.000,00 Total preadjudicado a la firma "Castro y Regini S.A., CUIT N° 30-1637505-8" $ 9.258.060,00 (pesos nueve millones doscientos cincuenta y ocho mil sesenta con 00/100 centavos) Lugar de exhibición del acta: www.buenosairescompras.gob.ar

Maria C. Hammermuller Directora General

Inicia: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 416

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Ministerio de Cultura

MINISTERIO DE CULTURA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Adquisición de Servicio de instalación y mantenimiento de dispensores de higiene para baños - Contratación Menor Nº 500-0972-CME19 E.E. Nº 10412125/19 Llámese a Contratación Menor Nº 500-0972-CME19 cuya apertura se realizará el día 22/4/19, a las 10 hs., para la adquisición de Servicio de instalación y mantenimiento de dispensores de higiene para baños. Autorizante: Disposición Nº 88/DGTALMC/19. Repartición destinataria: Ministerio de Cultura. Valor del pliego: sin valor económico. Adquisición y Consultas de pliegos: a través del sistema BAC (Buenos Aires Compra) www.buenosairescompras.gob.ar. Lugar de apertura: la apertura se llevará a cabo mediante el sistema BAC (Buenos Aires Compra) www.buenosairescompras.gob.ar.

Sergio N. Di Fonzo Director General

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE CULTURA SUBSECRETARIA DE GESTION CULTURAL Servicio limpieza integral reapertura calle corrientes - Contratación Menor Nº 753-1036-CME19 E.E. Nº 10949680-GCABA-SSGCULT Contratación Menor Nº 753-1036-CME19 Objeto: Servicio Limpieza Integral. Rubro comercial: Perfumería, Limpieza, Contenedores comerciales e industriales. Autorizante: Resolución Nº 47-SSGCULT-2019 Repartición destinataria: Subsecretaria de Gestión Cultural. Valor del pliego: sin valor económico. Adquisición y consultas de pliegos: Los pliegos de bases y condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el sitio Buenos Aires Compras (BAC) www.buenos airescompras.gob.ar.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 417

Page 418: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Inicia: 10-4-2019 Vence: 15-4-2019

MINISTERIO DE CULTURA SUBSECRETARIA DE GESTION CULTURAL Servicio de Cartelería - Contratación Menor Nº 753-1045-CME19 E.E. Nº 10991233-GCABA-SSGCULT Contratación Menor Nº 753-1045-CME19 Objeto: Servicio de Cartelería. Rubro comercial: Artes Gráficas, Duplicación, y Equipamiento para Impresión. Autorizante: Resolución Nº 48-SSGCULT-2019 Repartición destinataria: Subsecretaria de Gestión Cultural. Valor del pliego: sin valor económico. Adquisición y consultas de pliegos: Los pliegos de bases y condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el sitio Buenos Aires Compras (BAC) www.buenos airescompras.gob.ar. Fecha y lugar de apertura: 11 de abril de 2019 a las 14 hs. a través de Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar.

Viviana Cantoni Subsecretaria

Inicia: 10-4-2019 Vence: 15-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 418

Fecha y lugar de apertura: 11 de abril de 2019 a las 15 hs. a través de Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar.

Viviana Cantoni Subsecretaria

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Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano

MINISTERIO DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Preadjudicación - Licitación Pública Nº 462-0352-LPU19 Expediente N° 07.391.623/2019 Licitación Pública Nº 462-0352-LPU19 Provisión de leche en polvo para el operativo frio. Bs. As, 5 de abril de 2019. Se preadjudica a favor de: La Oferta perteneciente a la firma Gimar Alimentos SAS los Renglones 1, 2 y 3 al amparo del Art. 108 de la Ley 2095. Monto total: Pesos ciento cincuenta y dos mil quinientos cuarenta y cinco con 50/100. ($ 152.545,50). La Oferta perteneciente a la firma Copacabana Sociedad Anonima el Renglón 4 amparo del Art. 108 de la Ley 2095. Monto total: Pesos cuatro millones setecientos cincuenta y siete mil con 00/100. ($ 4.757.000,00). Monto total de la Preadjudicación: pesos cuatro millones novecientos nueve mil quinientos cuarenta y cinco con 50/100. ($ 4.909.545,50). Observaciones: El Renglón 4 de las firmas pertenecientes a: Mariano Alcantara y Gimar Alimentos SAS, ha sido desestimado por no ajustarse al PBC particulares. La muestra ofrecida, según informe técnico de la Licenciada Veronica Rodriguez, del programa de políticas alimentarias y nutricionales. El producto no es leche entera en polvo, no presenta los micronutrientes de hierro y zinc solicitados en las especificaciones técnicas. Esta pre adjudicación se ha llevado a cabo conforme al asesoramiento técnico de la CEO-RES.N° 2016-383-MHYDHGC Y la subsecretaria de promoción social (programa de desarrollo de políticas alimentarias y nutricionales, Licenciada Verónica Rodríguez).

Miguel Pisani Moyano Subgerente Operativo de Evaluación y Control del Gasto

Dirección Operativa de Oficina de Gestión Sectorial

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES ECOPARQUE INTERACTIVO Servicio integral de logística, traslado y relocalización de aves" que actualmente residen en el predio del Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Licitación Pública N° 9511-0487-LPU19 E.E. Nº 9.216.763-MGEYA-UGGOAALUPEEI/19 Tipo de Procedimiento de Selección: Licitación Pública N° 9511-0487-LPU19 Clase: etapa única. Objeto de la contratación: Servicio integral de logística, traslado y relocalización de aves" que actualmente residen en el predio del Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y retiro de Pliegos: La adquisición de los pliegos será a título gratuito mediante la página oficial de "Buenos Aires Compras". Valor del Pliego: 0. Presentación de las ofertas: fecha límite para el ingreso de las ofertas en la página web oficial de "Buenos Aires Compras" hasta las 11 horas del día 24 de abril de 2019. Fecha de apertura: la apertura de las ofertas se realizará en la página web oficial de "Buenos Aires Compras" a las 11 horas del día 24 de abril del 2019. Autorizante: Disposición Nº 2019-28-UGETUPEEI

Damián Pellandini Titular UGETUPEEI

Inicia: 9-4-2019 Vence: 17-4-2019

AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Adjudicación - Licitación Pública N° 8933-0255-LPU19 Expediente: 2019-06438578-DGTALAPRA Licitación Pública N° 8933-0255-LPU19. Disposición Nº 2019-32-DGTALAPRA Objeto: Servicio de Logística, Armado y Organización de Eventos Masivos. Ofertas presentadas: 5 (CINCO) de acuerdo a lo manifestado en el Acta de Apertura y a lo evaluado a través del cuadro comparativo de precios que ordena la reglamentación en vigencia, fueron analizadas las ofertas de: TOTAL PRODUCCIONES S.A. (30714252239), TOUGH MATCH S.R.L. (30710059353), TIEMPO BETA S.R.L. (30709650943), SERVICIOS DE PRODUCCIONES ARTISTICAS S.R.L. (30711723028), MANCINELLI GROUP S.A. (30714108588).

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Objeto: reunidos en Comisión los que suscriben, en la fecha indicada "ut-supra" con el objeto de considerar las propuestas recibidas para la presente contratación y según surge de lo manifestado precedentemente, han resuelto la Adjudicación a favor de: Tiempo Beta S.R.L. en el Renglón 1, por un monto que asciende a la suma de pesos dos millones trescientos doce mil con 00/100 ($2.312.000,00).CUIT: 30-70965094-3. Anuncio de Adjudicación: Artículo 112 del Decreto Nº 326/17 reglamentario de la Ley Nº 2095 y su modificatoria.

Yoveska Alejandra Gonzalez Moretti Director General

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Prórroga - Licitación Pública N° 8503-0965-LPU16 E.E. N° 18258495-DGEV/16, 19268017-DGTALMAEP/16 y N° 09200541-GCABA-DGEV/19. Licitación Pública N° 8503-0965-LPU16. Conforme los términos de la Disposición N° 99-GCABA/DGEV/19 se prorrogó a partir de su vencimiento y por el término de doce (12) meses la Licitación Pública N° 8503-0965-LPU16 para la contratación del "Servicio de Mantenimiento Integral de Muros Verdes y Zonas Anexas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", la cual asciende a la suma total de pesos dieciséis millones ochocientos veinte mil cuatrocientos cuarenta y cinco ($ 16.820.445) a valores básicos, o hasta tanto se suscriba el Acta de inicio de la licitación pública que tramita por el E.E. N° 9219142-GCABADGEV/19, lo que suceda primero; en cuyo caso se realizarán las disminuciones que correspondan sin derecho a indemnización alguna a favor de las contratistas.

Nicolás Naidich Director General

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Servicio de Recarga de Gas Medicinal - Contratación Menor N° 8933-0919-CME19 Expediente N° 2019-09881112- DGTALAPRA. Contratación Menor N° 8933-0919-CME19. Disposición Nº 33/DGTALAPRA/2019. Objeto: Servicio de Recarga de Gas Medicinal, por un monto de pesos doscientos setenta mil con 00/100 ($270.000,00). Apertura: 16 de Abril de 2019 a las 12:00 horas. La presente Licitación Pública tramita por Sistema BAC (www.buenosairescompras.gob.ar). Para Adquisición y Consultas de pliegos: Los pliegos de bases y condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el sitio Buenos Aires Compras (BAC) los pliegos deberá ingresar a dicho sistema debiendo generarse un usuario al efecto. La presentación de la oferta se realiza mediante el sistema de compras electrónicas BAC. Valor del pliego: Sin Valor.-

Yoveska Alejandra Gonzalez Moretti Director General

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Prórroga - Contratación Menor N° 8503-0076-CME18 E.E. N° 02197025/DGCOMUNIC/18 y 03054118/DGTALMAEP/18. Que por Disposición N° 10/GCABA-DGCOMUNIC/2019 se prorrogó a partir del vencimiento y por el término de 12 (doce) meses la Contratación Menor N° 8503-0076-CME18, para la contratación del “Servicio de asistencia integral en el área de medios de comunicación" con destino a la Dirección General de Comunicación dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, la cual asciende a un monto total de

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Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 423

pesos doscientos catorce mil seiscientos cuarenta y cuatro ($ 214.644), a valores básicos.

Nicolás Naidich Director General

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCION GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES Servicio de Tratamiento Integral de Residuos Áridos, Restos de Obra y Construcciones - Licitación Pública Nacional de Etapa Múltiple Nº 8503-1738-LPU18 E.E. N° 30880848-DGTNT/2018 y N° 31009153-DGTALMAEP/2018 Licitación Pública Nacional de Etapa Múltiple Nº 8503-1738-LPU18. Servicio de Tratamiento Integral de Residuos Áridos, Restos de Obra y Construcciones" con destino a la Dirección General de Tratamiento y Nuevas Tecnologías dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, al amparo de lo establecido en los artículos 31° y 32° de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley N° 6017). Autorizante: Resolución N° 549-GCABA-MAYEPGC/2019. Presupuesto Oficial: pesos mil doscientos setenta y tres millones setecientos ocho mil ochocientos ($ 1.273.708.800) Fecha de Apertura: 23 de abril de 2019 a las 12.00 horas. Consulta y Adquisición de Pliego: Los Pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en www.buenosairescompras.gob.ar. Las consultas podrán realizarse en el portal BAC hasta el día 15 de Abril de 2019 a las 16 horas. Valor del Pliego: Sin Valor. Visita Técnica: Artículo 10° del pliego de bases y condiciones particulares, según el siguiente detalle: Fecha: Jueves 11 de abril a las 10:15 horas. Punto de encuentro: Centro de Reciclaje de la Ciudad sito en Av. Varela 2653, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Nicolás Naidich Director General

Inicia: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 424

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Ministerio de Gobierno

CORPORACIÓN ANTIGUO PUERTO MADERO S.A. (CPM) Licitación Pública para la Venta del Inmueble - Manzana 1Q Parcela 1c dique 4 Sector Este de Puerto Madero Consultas al pliego: desde el 9/4/19 al 3/5/19 de 10 a 17 hs. en Juana Manso 555, piso 3° C, Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el sitio web: http://www.puertomadero.com al enlace prensa/licitaciones. Precio Mínimo de la Parcela: dólares estadounidenses dieciocho millones veinte mil (U$S 18.020.000). Precio del pliego: dólares estadounidenses diez mil (U$S 10.000) más impuestos. Plazo para adquisición del pliego: hasta el 8/5/19. Fecha, hora y lugar de recepción y apertura de las ofertas: 9/5/19 a las 13 hs. en Juana Manso 555, piso 3° “C” CABA. Teléfono: 4515-4630.-

Silvia Cosentino Apoderada

Poder General Judicial y de Administración por Escritura N° 143 RN 475 CABA (27/5/13)

LP 124 Inicia: 9-4-2019 Vence: 11-4-2019

CORPORACIÓN ANTIGUO PUERTO MADERO S.A. (CPM) Licitación Pública Parque Lineal Paseo del Bajo - Obras de Superficie - FASE 4. Consultas al Pliego: desde el 9/4/19 al 3/5/19 de 10 a 17 hs. Lugar de consultas al pliego: Juana Manso 555 piso 3° “C” CABA o en el sitio web: http://www.puertomadero.com al enlace prensa/licitaciones. Precio del pliego: pesos veintidós mil ($ 22.000) más impuestos. Plazo adquisición del pliego: hasta el 7/5/19. Fecha, hora y lugar de recepción y apertura de las ofertas: 9/5/19 a las 12 hs. en Juana Manso 555, piso 3° “C” CABA. Teléfono: 4515-4630

Silvia Cosentino Apoderada

Poder General Judicial y de Administración por Escritura N° 143 RN 475 CABA (27/5/13)

LP 125 Inicia: 9-4-2019 Vence: 11-4-2019

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Secretaría Legal y Técnica

SECRETARÍA LEGAL Y TECNICA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA Circular Aclaratoria Nº 1 con consulta - Licitación Pública Nº 101-0504-LPU19 E.E. Nº 9.432.374-GCABA-DGTAD/19-. Licitación Pública Nº 101-0504-LPU19 Objeto de la licitación: Servicio de producción integral para la ejecución del Plan "Comisarías Cercanas". Consulta N° 1 "Estimados, en el artículo numero 16 mencionan la cantidad de eventos en simultaneo. Un ejemplo es el renglón 1. Entendemos que son 20 servicios en total pero se pueden dar hasta 14 servicios en simultáneo. Esto es correcto? La cantidad total de servicios seguiría siendo 20, cierto?" Aclaración N° 1 Tal como expone el Artículo Nº 16 - Forma de Cotizar del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, se deberá cotizar el valor unitario de cada servicio por Comisaría teniendo en cuenta la cantidad de servicios que se requerirán simultáneamente, conforme las franjas establecidas en el cuadro allí dispuesto. Es decir, el valor unitario que se consigne deberá reflejar el valor del servicio por Comisaria si la simultaneidad se diera en un máximo de 14 (catorce) Comisarias y un mínimo de 1 (una). Si la cantidad de servicios solicitada superara las 14 (catorce) comisarías, se abonará el precio unitario por comisaria consignado en la franja siguiente. Respecto de la cantidades de servicios por Renglón, tal como se informa en el Artículo Nº 4 - Detalle del Servicio, las mismas son estimativas para todo el periodo de la contratación y se formulan a modo de referencia, para las cotizaciones por parte de los oferentes, no implicando dicha circunstancia compromiso alguno de reconocimiento tácito por parte del GCABA, ya que sólo se aceptará la facturación por los servicios efectivamente prestados de conformidad con las Solicitudes de Provisión efectivamente libradas y cuya recepción cuente con la debida conformidad de las autoridades con facultades para ello. Es decir, que la cantidad estipulada no es total sino estimativa. Consulta N° 2 "Estimados, la cantidad se servicios total es 318 y las comisarias son muchas menos. Esta correcto la cantidad de servicios por renglón?" Aclaración N° 2 En concomitancia con lo expuesto anteriormente, y en obediencia a la modalidad de Orden de Compra Abierta, las cantidades estipuladas por Renglón son estimativas

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para todo el periodo de la contratación y se formulan a modo de referencia, para las cotizaciones por parte de los oferentes, no implicando dicha circunstancia compromiso alguno de reconocimiento tácito por parte del GCABA, ya que sólo se aceptará la facturación por los servicios efectivamente prestados de conformidad con las Solicitudes de Provisión efectivamente libradas y cuya recepción cuente con la debida conformidad de las autoridades con facultades para ello.

Eduardo Azar Director General

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 427

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Edictos Oficiales Jefatura de Gabinete de Ministros

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DIRECCIÓN GENERAL REGULARIZACIÓN DOMINIAL, NOTARIAL Y CONSORCIAL Notificación - Memorandum N° 9.955.995-GCABA-IVC/19 El Instituto de la Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber al Sr. Gabriel Quiñonez (DNI 8.916.328) que deberá acercarse ante la Gerencia Operativa de Regularización Dominial, Departamento Regularización Dominial, sita en la calle E. Finochietto 435, piso 1° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el perentorio e improrrogable plazo de 10 (diez) días a los fines de proseguir con el trámite de regularización dominial de la unidad de cuenta Nro. 46.251, bajo apercibimiento de proceder a la rescisión del bien y posteriormente otorgar la adjudicación del inmueble al solicitante de la regularización dominial.

Marcela A. Cárdenas Directora General

Inicia: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 428

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Jefatura de Gabinete de Ministros

INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DIRECCIÓN GENERAL REGULARIZACIÓN DOMINIAL NOTARIAL Y CONSORCIAL Intimación - E.E. N° 10.061.577-MGEYA-IVC/15 El Departamento de Relatoría dependiente de la Gerencia Operativa de Regularización Dominial, Instituto de Vivienda de la CABA sito en la calle Enrique Finochietto N° 435 de esta Ciudad, intima a la Sr. Guillermo HORN (DNI N° 23.377.464), a que en el perentorio plazo de 10 días hábiles de notificado, presentar el estado procesal actualizado de la actuación judicial de usurpación correspondiente a la U.C. Nº 56.558, denunciada con fecha 01/10/2009, bajo apercibimiento de rechazar el pedido regularización efectuado frente a este Organismo. QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Marcela A. Cardenas Directora General

Inicio: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

COMUNA N° 11 Intimación - E.E. N° 4.058.803-GCABA-COMUNA11/19 Intimase a Posca Leonardo Adrian y/o quien resulte ser propietario y/o poseedor del inmueble sito en calle Melincue sin numero entre chapas catastrales N° 3222 y N° 3240 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que en el plazo de diez (10) días de publicado el presente Edicto proceda a realizar la desratización e higienización del predio en cuestión en el marco del artículo 11 de la Ordenanza 33581/77 , en el cual establece que: " Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene , salubridad y estética" , bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por la administración y a su costa. El mismo se dictamina por Resolución N° 10535536-COMUNA11-2019.

Carlos A. Guzzini Presidente

Inicia: 10-4-2019 Vence: 12-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 429

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COMUNA N° 15 Intimación - E.E. N° 8.001.105-GCABA-COMUNA15/19 Intimase a Sr MENDEZ FERNANDEZ JESÚS con CI Nº 5.871.029 y al Sr NUÑEZ BESADA DARÍO con CI Nº 4.997.363 y/o quien resulte ser propietario/a y/o poseedor/a del inmueble sito en calle Fraga N° 423/19, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que en el plazo de diez (10) días de publicado el presente Edicto proceda a realizar la desratización, desinsectación e higienización del predio en cuestión en el marco del artículo 11 de la Ordenanza 33581/77, en el cual establece que : “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética“, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por la administración y a su costa. El mismo se dictamina por Resolución N° 10359419-COMUNA15-2019.-

Jorge Lucchesi Presidente

Inicia: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DIRECCION GENERAL DE GESTION DE CALIDAD Y DEMANDA CIUDADANA Intimación - Expediente N° 10.640.671/19 Intímese a los titulares de los vehículos, que se detallan en el ANEXO IF-2019-10638860.DGGCDC de la presente publicación, relacionado al Expediente N°10640671/19; para que, en el término de 15 días hábiles computados a partir del vencimiento de la publicación del presente Edicto, retire la unidad o sus partes de la vía pública bajo apercibimiento de proceder de inmediato, conforme lo establece el art. 7 y 8 de la ley 342/00.

ANEXO

Carlos Ostuni Director General

Inicia: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DIRECCION GENERAL DE GESTION DE CALIDAD Y DEMANDA CIUDADANA Intimación - Expediente N° 10.953.146/19 Intímese a los titulares de los vehículos, que se detallan en el ANEXO IF-2019-10942641. DGGCDC de la presente publicación, relacionado al Expediente N°10953146/19; para que, en el término de 15 días hábiles computados a partir del vencimiento de la publicación del presente Edicto, retire la unidad o sus partes de la vía pública bajo apercibimiento de proceder de inmediato, conforme lo establece el art. 7 y 8 de la ley 342/00.

ANEXO

Carlos Ostuni Director General

Inicia: 10-4-2019 Vence: 12-4-2019

COMUNA N° 15 Intimación - Resolución N° 10.636.489-GCABA-COMUNA15/19 E.E. N° 7.052.436-GCABA-COMUNA15/19 Intimase a MERCADO Y FRIGORÍFICO DEL PUEBLO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y/o quien resulte ser propietario/a y/o poseedor/a del inmueble sito en calle Paysandú Nº 1987/99 esquina Cucha Cucha Nº 2064/96, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que en el plazo de diez (10) días de publicado el presente Edicto proceda a realizar la desratización, desinsectación e higienización del predio en cuestión en el marco del artículo 11 de la Ordenanza 33581/77, en el cual establece que : “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética“, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por la administración y a su costa. El mismo se dictamina por Resolución N° 10636489-GCABA-COMUNA15-2019.-

Jorge Lucchesi Presidente

Inicia: 9-4-2019 Vence: 11-4-2019

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COMUNA N° 15 Intimación - Resolución N° 10.867.501-GCABA-COMUNA15/19 E.E. N° 6.036.781-GCABA-COMUNA15/19 Intimase a YAPAY S.A. con CUIT Nº 30-61894608-4 y/o quien resulte ser propietario/a y/o poseedor/a del inmueble sito en la Av. Córdoba 6154/6160, entre las calles Santos Dumont y Concepción Arenal, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que en el plazo de diez (10) días de publicado el presente Edicto proceda a realizar la desratización, desinsectación e higienización del predio en cuestión en el marco del artículo 11 de la Ordenanza 33581/77, en el cual establece que : “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética“, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por la administración y a su costa. El mismo se dictamina por Resolución N° 10867501-GCABA-COMUNA15-2019.-

Jorge Lucchesi Presidente

Inicia: 10-4-2019 Vence: 12-4-2019

COMUNA N° 15 Intimación - Resolución N° 10.867.564-GCABA-COMUNA15/19 E.E. N° 6.654.461-GCABA-COMUNA15/19 Intimase a FABRIZIO CARLOS con CUIT Nº 20-10623762-0, FABRIZIO LILIANA con CUIT Nº 27-13924091-5, FABRIZIO LUIS con CUIT Nº 20-11410657-8 y FABRIZIO MIGUEL con CUIT Nº 33-63761744-9 y/o quien resulte ser propietario/a y/o poseedor/a del inmueble sito en la calle GUEVARA 571/73, entre las calles Olleros y Maure, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que en el plazo de diez (10) días de publicado el presente Edicto proceda a realizar la desratización, desinsectación e higienización del predio en cuestión en el marco del artículo 11 de la Ordenanza 33581/77, en el cual establece que : “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética“, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por la administración y a su costa. El mismo se dictamina por Resolución N° 10867564-GCABA-COMUNA15-2019.-

Jorge Lucchesi Presidente

Inicia: 10-4-2019 Vence: 12-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 432

Page 433: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DIRECCIÓN GENERAL REGULARIZACIÓN DOMINIAL NOTARIAL Y CONSORCIAL Intimación - E.E. N° 23.440.362-MGEYA-IVC/16 El Departamento de Relatoría dependiente de la Gerencia Operativa de Regularización Dominial, Instituto de Vivienda de la CABA sito en la calle Dr. Enrique Finochietto N° 435 de esta Ciudad, intima al Sr. Roberto Luis Freytte (D.N.I. N° 10.777.414), a que en el perentorio plazo de 10 días hábiles de notificado, se presente ante este organismo, a fin de informar el estado actualizado de la accion de recupero de la unidad, bajo apercibimiento de rechazar el pedido regularización efectuado frente a este Organismo. QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.

Marcela A. Cardenas Directora General

Inicio: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DIRECCIÓN GENERAL REGULARIZACIÓN DOMINIAL, NOTARIAL Y CONSORCIAL Intimación - Memorandum N° 9.956.026-GCABA-IVC/19 El Instituto de la Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos intima, a que en el plazo de 30 (treinta) días corridos, todos aquellos que se crean con derechos sobre el inmueble sito en el Block 11 Sector 32 Esc. 25 Piso 2 Dpto. K, del barrio Soldati, identificado administrativamente como unidad de cuenta 46.251, los hagan valer de acuerdo a lo establecido en el Art. 9 del anexo I del Decreto Nº 512/GCBA/2012. Vencido el plazo establecido en el párrafo anterior y no habiéndose recibido presentación formal se procederá a otorgar sin más trámite la adjudicación del inmueble al solicitante de la regularización dominial.

Marcela A. Cárdenas Directora General

Inicia: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DIRECCIÓN GENERAL REGULARIZACIÓN DOMINIAL, NOTARIAL Y CONSORCIAL Intimación - Memorandum N° 9.956.131-GCABA-IVC/19

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 433

Page 434: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

El Instituto de la Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos intima, a que en el plazo de 30 (treinta) días corridos, aquellos que se crean con derechos sobre el inmueble sito en el Block 14, Piso 1, departamento "F", Barrio Samore, CABA, identificado administrativamente como unidad de cuenta número 75.157, los hagan valer de acuerdo a lo establecido en el Art. 9 del Anexo I del Decreto Nº 512/GCBA/2012 y sus modificatorias. Vencido el plazo establecido en el párrafo anterior y no habiéndose recibido presentación formal se procederá a otorgar sin más trámite la adjudicación del inmueble al solicitante de la regularización dominial.

Marcela A. Cárdenas Directora General

Inicia: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DIRECCIÓN GENERAL REGULARIZACIÓN DOMINIAL, NOTARIAL Y CONSORCIAL Intimación - Memorandum N° 10.137.190-GCABA-IVC/19 El Instituto de la Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos intima, a que en el plazo de 30 (treinta) días corridos, aquellos que se crean con derechos sobre el inmueble sito en el Block E11 , Piso 1, departamento "d", Barrio Comandante Espora, CABA, identificado administrativamente como unidad de cuenta número 27.168, los hagan valer de acuerdo a lo establecido en el Art. 9 del Anexo I del Decreto Nº 512/GCBA/2012 y sus modificatorias. Vencido el plazo establecido en el párrafo anterior y no habiéndose recibido presentación formal se procederá a otorgar sin más trámite la adjudicación del inmueble al solicitante de la regularización dominial.

Marcela A. Cárdenas Directora General

Inicia: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 434

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Ministerio de Economía y Finanzas

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Notificación - Resolución Nº 544/DGR/19 E.E. Nº 12.017.193-MGEyA-DGR/16 La Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente MASDETODO S.R.L. y al Socio Gerente de la firma señor Domingo Schiavello, en los términos de la Resolución Nº 544/DGR/2019, de fecha 22 de febrero de 2019, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE Artículo 1º.- Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia imponible y el impuesto resultante de la contribuyente MASDETODO S.R.L., inscripta - de oficio desde el 01/05/2001 - en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos en el Régimen General como contribuyente Local bajo el N° 1506098-05, CUIT Nº 30-70751602-6, con domicilio fiscal sito en la Avenida Cabildo N° 978, Piso 6°, Departamento "D", perteneciente a la Comuna N° 13, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya actividad sujeta a tributo consiste en "Movimiento de suelos y preparación de terrenos para obras" con relación al período fiscal 2013 (1° a 12° anticipos mensuales), en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Establecer que por los ingresos provenientes de la actividad "Movimiento de suelos y preparación de terrenos para obras", le corresponde tributar a la alícuota del 3% por el período fiscal 2013 (1° a 12° anticipos mensuales) conforme lo previsto en el artículo 54 de la Ley Tarifaria para el año 2013. Artículo 3º.- Concluir el sumario instruido considerando a la contribuyente incursa en la figura de defraudación fiscal aplicándole una multa de $442.038,69.- (pesos cuatrocientos cuarenta y dos mil treinta y ocho con sesenta y nueve centavos.-) equivalente al ciento por ciento (100%) del impuesto defraudado ($442.038,69) conforme se desprende del Anexo que forma parte integrante de la presente. Artículo 4°.- Mantener la extensión de la responsabilidad solidaria por el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la contribuyente al Socio Gerente de la firma, señor Domingo Schiavello, DNI N° 12.128.358, con domicilio en la calle Lamadrid N° 650, de la localidad de Villa Lynch, Provincia de Buenos Aires y/o quien resulte responsable hasta la actualidad en virtud de los artículos 11 incisos 4) y 5), 12, 14 inciso 1) y 110 del Código Fiscal T.O. 2018 con las modificaciones introducidas por la Ley N° 6066 y disposiciones concordantes de años anteriores. Artículo 5°: Hacer efectivo el apercibimiento contenido en el artículo 6° de la Resolución N° 1648-DGR-2018 y, en consecuencia, tener por constituido el domicilio de la contribuyente en la sede de esta Administración General de Ingresos Públicos en mérito a lo dispuesto en los Considerandos y por válidamente notificada la presente así como las resoluciones posteriores que se dicten, los días martes o viernes, o el día

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 435

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hábil siguiente si alguno es feriado, inmediato siguiente a la fecha de suscripción del respectivo acto resolutivo. Artículo 6º.- Intimar a la contribuyente, al Socio Gerente de la firma, señor Domingo Schiavello y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad para que dentro del término de quince (15) días de quedar notificada y firme la presente, ingresen la suma de $442.038,69.- (pesos cuatrocientos cuarenta y ocho mil treinta y ocho con sesenta y nueve centavos) que resultan adeudar, y que proviene de las diferencias emergentes de esta determinación, a la cual deberán aditarse los intereses establecidos por el artículo 76 del Código Fiscal T.O. 2018 con las modificaciones introducidas por la Ley N° 6066 y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el momento del efectivo pago, y la multa aplicada de $442.038,69.- (pesos cuatrocientos cuarenta y dos mil treinta y ocho con sesenta y nueve centavos) debiendo acreditar su pago ante esta Administración bajo apercibimiento de solicitar la inhibición general de bienes y/o el embargo preventivo, en caso de corresponder, de acuerdo a lo previsto en el artículo 3 inciso 12) del Código Fiscal citado y ejecución fiscal, a cuyo efecto deberán concurrir ante la Dirección de Técnica Tributaria de la mencionada repartición sita en Viamonte 900 -Anexo Edificio Esmeralda 638 4º piso-, a los efectos de posibilitar la efectivización del pago intimado. Artículo 7º.- Intimar a la responsable, al Socio Gerente de la firma, señor Domingo Schiavello y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente, el responsable solidario y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que les pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 8º.- Regístrese; notifíquese a la contribuyente en el domicilio fiscal y en la forma dispuesta en el artículo 5° de la presente y al responsable solidario en los domicilios consignados en los artículos 1° y 4° de ésta y a ambos mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32, inciso 6) del Código Fiscal T.O. 2018 con las modificaciones introducidas por la Ley N° 6066 y disposiciones concordantes de años anteriores, con copia de la presente y resérvese.

ANEXO

Juan I. Nigrelli Subdirector General de Técnica Tributaria

Inicia: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 436

Page 437: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Notificación - Resolución N° 889-GCABA-DGR/19 Expediente N° 3.771.138/16 La Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente HITSY SA y/o a los responsables solidarios, los términos de la Resolución N° 889-GCABA-DGR-2019, de fecha 27 de marzo de 2019, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TECNICA TRIBUTARIA DE LA DIRECCION GENERAL DE RENTAS

RESUELVE Articulo 1°.- Impugnar las declaraciones juradas presentadas por la contribuyente HITSY S.A., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como Contribuyente Local bajo el Nº 1245688-08, CUIT Nº 30-71192526-7, con domicilio fiscal en la Avenida Avellaneda N° 2729, Planta Baja, Departamento O, Comuna Nº 7 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya actividad declarada sujeta a tributo consiste en "Venta al por mayor de productos textiles n.c.p.", respecto del período fiscal 2013 (1º a 12° anticipos mensuales). Articulo 2°.- Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia imponible y el impuesto resultante de la contribuyente HITSY S.A. por el período fiscal 2013 (1º a 12° anticipos mensuales) en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3°.- Establecer que a la contribuyente le corresponde tributar a la alícuota del 3% respecto a los ingresos determinados correspondientes a la actividad "Venta al por mayor de productos textiles n.c.p.", en relación al período fiscal 2013 (1º a 12º anticipos mensuales) según lo establecido en el articulo 53 inciso 3) de la Ley Tarifaria para el año 2013. Articulo 4°.- Concluir el sumario conexo instruido, considerando a la contribuyente incursa en la figura de defraudación fiscal, aplicándole una multa de Pesos Seiscientos Noventa Mil Ciento Treinta y Cuatro con Noventa y Siete Centavos ($690.134,97), equivalente al cien por ciento (100%) del impuesto defraudado, calculada y graduada en mérito a lo expuesto en los Considerandos de la presente. Artículo 5°.- Mantener la extensión de la responsabilidad solidaria en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la contribuyente, al Presidente del Directorio de la firma, Señor Ramón Antonio Sosa, DNI 23.876.408, con domicilio en la Avenida Luro N° 6544, Partido de Laferrere, Provincia de Buenos Aires y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, en virtud de lo dispuesto en los artículos 11 incisos 4) y 5), 12, 14 inciso 1) y 112 del Código Fiscal T.O. 2019 y disposiciones concordantes de años anteriores. Artículo 6°.- Intimar a la contribuyente, al responsable solidario y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad para que dentro del término de quince (15) días de quedar notificada y firme la presente, ingresen la suma de Pesos Seiscientos Noventa Mil Ciento Treinta y Cuatro con Noventa y Siete Centavos ($690.134,97) que resulta

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 437

Page 438: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

adeudar, y que proviene de las diferencias emergentes de esta determinación, a la cual deberán aditarse los intereses establecidos por el artículo 77 del Código Fiscal T.O. 2019 y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el momento del efectivo pago, y la multa aplicada de Pesos Seiscientos Noventa Mil Ciento Treinta y Cuatro con Noventa y Siete Centavos ($690.134,97), debiendo acreditar su pago ante esta Administración, bajo apercibimiento de solicitar la inhibición general de bienes y/o el embargo preventivo, y ejecución fiscal en caso de corresponder, de acuerdo a lo previsto en el artículo 3° inciso 12) del Código Fiscal T.O. 2019 y disposiciones concordantes de años anteriores, a cuyo efecto deberá concurrir ante la Dirección de Técnica Tributaria de la mencionada repartición sita en Viamonte 900 -Anexo Edificio Esmeralda piso 4º- a los efectos de posibilitar la efectivización del pago intimado. Artículo 7º.- Hacer efectivo el apercibimiento dispuesto en el artículo 7° de la Resolución N° 1106-DGR-2017 y en el artículo 4° de la Resolución N° 723-DGR-2018, y en consecuencia tener por constituido el domicilio de la contribuyente en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y por válidamente notificada de la presente y los posteriores actos administrativos los días martes o viernes - o el siguiente día hábil si alguno es feriado - inmediato a la fecha de su suscripción. Artículo 8°.- Intimar a la contribuyente, al responsable solidario y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente, el responsable solidario y/o quien resulte responsable hasta la actualidad la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que les pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 9º: Regístrese, notifíquese a la contribuyente en el domicilio fiscal y en la sede de esta Administración, dejándose constancia en estos obrados, y al responsable solidario en los domicilios indicados en los artículos 1° y 5° de la presente. Asimismo, notifiquese a la contribuyente y a su responsable solidario mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según lo establecido en el articulo 32 del Código Fiscal T.O. 2019 y disposiciones concordantes de años anteriores y resérvese.

ANEXO

Juan I. Nigrelli Subdirector General

Inicia: 9-4-2019 Vence: 11-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 438

Page 439: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Notificación - Resolución N° 995-GCABA-DGR/19 Expediente N° 34.864.277-MGEYA/15 La Subdirección General Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente TOOLS SUPPLY S.A. y a su responsable solidario, el señor Adriano Armando Finazzi, los términos de la Resolución N° 995-GCABA-DGR-2019, de fecha 05 de abril de 2019, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE Artículo 1°.- Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia imponible y el impuesto resultante de la contribuyente TOOLS SUPPLY S.A., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como contribuyente del Régimen del Convenio Multilateral bajo el Nº 901-719824-4 (CUIT Nº 30-71080047-9), con domicilio fiscal en Avenida del Libertador N° 1088, Piso 10º , Departamento "A", Comuna N° 2, y con domicilio comercial en la calle Paraná Nº 489, Piso 8º, Departamento "50", Comuna Nº 1, ambos de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya actividad sujeta a tributo consiste en "Venta al por mayor de mercancías n.c.p.", con relación a los periodos fiscales 2013 (1° a 12° anticipos mensuales), 2014 (1º a 12º anticipos mensuales) y 2015 (1º a 12º anticipos mensuales). Artículo 2º.- Establecer que por los ingresos determinados bajo la actividad "Venta al por mayor de mercancías n.c.p.", le corresponde a la contribuyente tributar a la alícuota del 3%, de conformidad con el articulo 52, inciso 9) de la Ley Tarifaria para el año 2015 y disposiciones concordantes de años anteriores motivo de ajuste respecto de los períodos fiscales 2013 (1° a 12° anticipos mensuales), 2014 (1º a 12º anticipos mensuales) y 2015 (1º a 12º anticipos mensuales). Artículo 3°.- Concluir el sumario instruido considerando a la contribuyente incursa en la figura de defraudación fiscal aplicándole una multa de $ 665.367,16 (pesos seiscientos sesenta y cinco mil trescientos sesenta y siete con dieciséis centavos), equivalente al ciento por ciento (100%) del impuesto defraudado, de acuerdo a lo dispuesto en los considerandos de la presente. Artículo 4º.- Mantener la extensión de la responsabilidad solidaria por el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la contribuyente al Presidente del Directorio de la firma, señor Adriano Armando Finazzi, D.N.I. N° 14.465.843, con domicilio sito en la calle Juan María Gutiérrez Nº 2760, Piso 7°, Departamento "25", Comuna Nº 2, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o quien resulte responsable hasta la actualidad, en virtud de los artículos 11, incisos 3) y 4), 12, 14, inciso 1) y 112 del Código Fiscal T.O. 2019 y disposiciones concordantes de años anteriores. Artículo 5°.- Intimar a la contribuyente TOOLS SUPPLY S.A., a su responsable solidario y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que dentro del término de quince (15) días de quedar notificada y firme la presente, ingresen la suma

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 439

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de $ 665.367,16 (pesos seiscientos sesenta y cinco mil trescientos sesenta y siete con dieciséis centavos), que resultan adeudar, y que proviene de las diferencias emergentes de esta determinación, a la cual deberán aditarse los intereses establecidos por el artículo 77 del Código Fiscal T.O. 2019 y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el momento del efectivo pago, y la multa aplicada de $ 665.367,16 (pesos seiscientos sesenta y cinco mil trescientos sesenta y siete con dieciséis centavos), debiendo acreditar su pago ante esta Administración bajo apercibimiento de solicitar la inhibición general de bienes y/o el embargo preventivo, en caso de corresponder, de acuerdo a lo previsto en el artículo 3, inciso 12) del Código Fiscal citado y ejecución fiscal, a cuyo efecto deberán concurrir ante la Dirección de Técnica Tributaria de la mencionada repartición sita en Viamonte 900 -Anexo Edificio Esmeralda 638 4º piso-, a los efectos de posibilitar la efectivización del pago intimado. Artículo 6º.- Hacer efectivo el apercibimiento contenido en el artículo 6° de la Resolución N° 2435-DGR-2018 y, en consecuencia, tener por constituido el domicilio de la contribuyente en la sede de esta Administración General de Ingresos Públicos en mérito a lo dispuesto en los Considerandos y por válidamente notificada la presente así como las resoluciones posteriores que se dicten, los días martes o viernes, o el día hábil siguiente si alguno es feriado, inmediato siguiente a la fecha de suscripción del respectivo acto resolutivo. Artículo 7º.- Intimar a la contribuyente TOOLS SUPPLY S.A., a su responsable solidario y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente, su responsable solidario y/o quien resulte responsable a la actualidad, la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que les pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 8°.- Regístrese; notifíquese a la contribuyente en el domicilio fiscal, en el comercial y en la forma dispuesta en el artículo 6° de la presente, y al responsable solidario en los domicilios indicados en los artículos 1° y 4° de la presente, con copia. Asimismo, notifíquese a la contribuyente y a su responsable solidario mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal T.O. 2019, y resérvese.

ANEXO

Juan I. Nigrelli Subdirector General de Técnica Tributaria

Inicia: 10-4-2019 Vence: 12-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 440

Page 441: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Notificación - Resolución N° 997-DGR/19 Expediente N° 12.955.688-MGEyA/14 La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente PIGMENTO S.A y a su responsable solidario señor Isaac Kanefsck, DNI 04.284.147, los términos de la Resolución N° 997-DGR-2019, de fecha 5 de abril de 2.019, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TECNICA TRIBUTARIA DE LA DIRECCION GENERAL DE RENTAS

RESUELVE Artículo 1°.- Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial, la materia imponible y el impuesto resultante de la contribuyente PIGMENTO S.A., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos en el Régimen General como contribuyente Local bajo el N° 1160290-02 quien registra el CESE OBSERVADO (CUIT N° 30-70919863-3), con domicilio fiscal sito en la Avenida Corrientes N° 3080, y con domicilio constituido a los fines de estas actuaciones sito en la calle Rincón N° 61, ambos pertenecientes a la Comuna N° 3, de esta Ciudad, cuya actividad sujeta a tributo consiste en "Venta al por menor de pinturas y productos conexos", respecto a los períodos fiscales 2013 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2014 (1° a 12° anticipos mensuales), en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Establecer que por los ingresos obtenidos respecto de la actividad de "Venta al por menor de pinturas y productos conexos", le corresponde tributar a la alícuota del 3% por los periodos fiscales 2013 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2014 (1° a 12° anticipos mensuales), conforme lo previsto en el artículo 54, inciso 18) de la Ley Tarifaria para el año 2014 y concordante del año anterior. Artículo 3°.- Concluir el sumario instruido considerando a la contribuyente incursa en la figura de omisión fiscal, aplicándole una multa de $145.433,88.- (pesos ciento cuarenta y cinco mil cuatrocientos treinta y tres con ochenta y ocho centavos), equivalente al 100% del impuesto omitido ($145.433,88.-), conforme se desprende del Anexo que forma parte integrante de la presente. Artículo 4°.- Mantener la extensión de la responsabilidad solidaria por el cumplimiento de las obligaciones emergentes de la presente, al Presidente del Directorio de la firma, señor Isaac Kanefsck, DNI 04.284.147, con domicilio sito en la calle Gascon N° 697, Piso 1, Departamento "G", Comuna N° 5, de esta Ciudad, y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, conforme lo expuesto en los considerandos de la presente, en virtud de lo establecido en los artículos 11 (incisos 3° y 4°), 12, 14 inciso 1°) y 112 del Código Fiscal T.O. 2019 y disposiciones concordantes de años anteriores. Artículo 5°.- Intimar a la contribuyente, a su responsable solidario y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que dentro del término de quince (15) días de

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quedar notificada y firme la presente, ingresen la suma de $145.433,88.- (pesos ciento cuarenta y cinco mil cuatrocientos treinta y tres con ochenta y ocho centavos), que resultan adeudar, y que proviene de las diferencias emergentes de esta determinación, a la cual deberán aditarse los intereses establecidos por el artículo 77 del Código Fiscal T.O. 2019 y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el momento del efectivo pago, y la multa aplicada de $145.433,88.- (pesos ciento cuarenta y cinco mil cuatrocientos treinta y tres con ochenta y ocho centavos), debiendo acreditar su pago en esta Dirección General bajo apercibimiento de solicitar la inhibición general de bienes y/o el embargo preventivo, en caso de corresponder, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3º, inciso 12) del Código Fiscal citado y ejecución fiscal, a cuyo efecto deberá concurrir ante la Dirección Técnica Tributaria de la mencionada repartición, sita en de Viamonte 900 -Edificio Esmeralda, 4º piso- de esta Ciudad, a los efectos de posibilitar la efectivización del pago intimado. Artículo 6°.- Intimar a la contribuyente, a su responsable solidario y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente, su responsable solidario y/o quien resulte responsable hasta la actualidad, la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que les pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 7°.- Regístrese; notifíquese a la contribuyente en el domicilio fiscal, en el domicilio constituido y mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y al responsable solidario en los domicilios consignados en los artículos 1° y 4° de la presente, conforme lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal T.O. 2019 y disposiciones concordantes de años anteriores, con copia de la presente y resérvese.

ANEXO

Juan I. Nigrelli Subdirector General de Técnica Tributaria

Inicia: 10-4-2019 Vence: 12-4-2019

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Ministerio de Economía y Finanzas

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Intimación - Providencia N° 10.529.563-GCABA-DGR/19 E.E. N° 23.959.011/17 La Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber a la firma IMAGINE CONTENIDOS S.A. inscripción Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 919-478709-3, CUIT N° 30-71402977-7 con domicilio fiscal en calle 9 de Julio N° 827 P.2 Dto.A de San Luis, Provincia de San Luis, que según edicto publicado en Boletin Oficial 2018 - 5446-DGCCON de fecha 30/08/2018 se comunica el inicio de una inspección destinada a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias que la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene potestad de recaudación y control mediante cargo de inspección N° 23.979/2018. Que verificados los incumplimientos de cada uno de los puntos intimados oportunamente se comunica que surgen diferencias de verificación a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de $ 655.652,82.- (pesos seiscientos cincuenta y cinco mil seiscientos cincuenta y dos con 82/100) que se detallan en anexo que se acompaña, según surge del Expediente N° 23.959.011/2017. Por tal motivo se intima a que el primer día Miércoles hábil posterior a la publicación de este Edicto, se presente persona responsable de la firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en el Departamento D, de la Dirección de Fiscalización 2 de esta Dirección General de Rentas- AGIP, sito en Viamonte 900, 2do. Piso, sector Esmeralda, de 12:30 a 16:00 hs., a los efectos de notificarse de las Diferencias de Verificación de carácter parcial determinadas por los períodos: 01 a 12/2015 por $ 323.587,58.-; 1 a 12 de 2016 por $ 332.065,24.-, como consecuencia de diferencias de ingresos omitidos en base a la información de los ingresos netos gravados del impuesto al valor agregado s/AFIP y la aplicación del art. 192 del Código Fiscal (t.o 2018), en caso de prestar conformidad a los ajustes efectuados, deberá abonar el impuesto resultante con más los recargos correspondientes que establece el artículo 76 del Código Fiscal Vigente (t.o. 2018), dentro de los 10 (diez) días posteriores al plazo anteriormente mencionado. En caso de incomparecencia en la fecha, hora y lugar indicados dichas diferencias se considerarán como no conformadas dando lugar al inicio del procedimiento de Determinación de Oficio y la instrucción de sumario. Diferencias de carácter parcial.

ANEXO

Carlos Gianetti Director de Fiscalizacion 2

Inicia: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

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MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Intimación - Providencia N° 10.536.141-GCABA-DGR/19 Expediente N° 22.385.999/18 En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 3 del Código Fiscal (t.o. 2018) la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber a la firma MACIA BUENOS AIRES S.A, inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 1182143-04, CUIT N° 30-71072596-5 con domicilio fiscal en la calle Campana N° 454, depto."B" de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que mediante el Expediente N° 22385999/2018, Cargo N° 2018-025722 se encuentra sometida a una inspección destinada a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias sobre las cuales la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce potestad de recaudación y control. En cumplimiento de las atribuciones conferidas por el artículo 94 del Código Fiscal (t.o. 2018), se intima a que se presente persona responsable de la firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio para el reconocimiento de deudas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a efectos de notificarse del cargo de inspección y de poner a disposición de la agente Iozzo Antonia F.C. N° 810758, la documentación que a continuación se detalla con el objetivo de realizar la determinación del gravamen de acuerdo a lo que establece el art. 182 del código fiscal t.o. 2018 : 1.-Contrato Constitutivo o Estatuto Social, y sus modificaciones a la fecha; 2.-Estados Contables con firma original del profesional interviniente, certificados por el Consejo Profesional respectivo, correspondientes a los años 2015 a la fecha, aprobados en Asamblea de Accionistas o Reunión de Socios y pasados a libros; 3.-Última Declaración Jurada Anual de ISIB exigible por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos; 4.-Declaraciones Juradas de IVA correspondientes a los períodos 01/2015 a la fecha; 5.-Libro IVA Ventas, Libro IVA Compras y/o soporte magnético correspondiente a los períodos 01/2015 a la fecha; 6.-DDJJ Impuesto a las Ganancias y papeles de trabajo que surgen de la carga aplicativo AFIP correspondiente a los períodos 01/2015 a la fecha; 7.-Habilitación Municipal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en caso que el contribuyente a fiscalizar tenga establecimientos en dicha jurisdicción; 8.-Nota con carácter de Declaración Jurada, describiendo la actividad desarrollada, modalidad operativa, establecimientos en los que realiza actividad, el circuito actual de compras y ventas, principales cinco clientes y proveedores, cuentas bancarias con que opera, como así también la cantidad de empleados existentes en el mes anterior al requerimiento efectuado; 9.-Actas de Directorio, Asamblea de accionistas o Reunión de Socios, en las que se acrediten la designación y vigencia del mandato de los representantes legales de la firma desde el año 2015 a esta fecha; 10.-Inscripción en ISIB y sus modificatorias;

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11.-Anexos I y II Resolución n°666/AGIP/2014. De constatarse el incumplimiento a la presentación de la documentación solicitada en los puntos 1 al 11 del presente, lo hará incurrir en infracción a los deberes formales, siendo pasible de las sanciones previstas en el artículo 103 del Código Fiscal (t.o. 2018). Con motivo de la no localización en el domicilio fiscal consignado según lo establecido por los artículos 21 y 23 del Código Fiscal ( t.o. 2018), y que no ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 26 del Código Fiscal (t.o.2018), se intima a 1) notificar ante esta Administración el correspondiente cambio de domicilio, 2) a constituir un domicilio especial en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires según los términos de la Resolución 975/DGR/99, a los efectos tanto de la inspección como del procedimiento de la determinación de oficio y de la instrucción del sumario por la presunta comisión de infracciones a los deberes impositivos de naturaleza material o formal; bajo apercibimiento de que en caso de no dar cumplimiento a todos y cada uno de los aspectos contenidos por la presente intimación se considerarán válidas todas las notificaciones o comunicaciones que se efectúen por esta vía. Se notifica que el segundo día miércoles hábil posterior a la publicación de este Edicto, deberá hacerse presente persona responsable de la firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio para el reconocimiento de deudas ante la Subdirección General de Fiscalización, sito en la calle Viamonte N°900, 2do. Piso, sector Esmeralda, de 10:00 a 12:30 hs, bajo apercibimiento de que en caso de no presentarse el responsable y/o no aportar la documentación requerida la inspección concluirá con los elementos de juicio e información que obren en la Dirección General según lo prevee el art. 192 del Código Fiscal (t.o. 2018), ya sea a través de terceros o en su propio establecimiento y se procederá sin más trámite a realizar de oficio la determinación de la deuda sobre base presunta sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder por la presunta comisión de las infracciones a los deberes de índole formal o material previstas y sancionadas por los artículos 94, 103 y 104 del Código Fiscal (t.o. 2018).

Carlos Gianetti Director de Fiscalización II

Inicia: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCION GENERAL DE RENTAS Intimación - Providencia N° 10.536.460-GCABA-DGR/19 Expediente N° 15.925.714/18 Buenos Aires, 14 de Marzo de 2019

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La Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber a la firma GUICAMA S.R.L Inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos N°1280604-08, CUIT N° 30-71462783-6 con domicilio Fiscal en Miralla 1044, Piso 1º, "B", de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante Acta Nº 03-00324518 se comunicó el inicio de una inspección destinada a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias que la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene potestad de recaudación y control, mediante Cargo de Inspección Nº 25675/2018, del Exp. E N° 15925714/2018. Que verificados los incumplimientos de cada uno de los puntos intimados oportunamente se comunica que surgen Diferencias de Verificación a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en concepto de Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, por un importe de $ 340.971,35 (pesos trescientos cuarenta mil novecientos setenta y uno con 35/100), y un saldo a favor del contribuyente por un importe de $ 6.483,86 (pesos seis mil cuatrocientos ochenta y tres con 86/100), según se detalla en Anexo. Por tal motivo transcurridas 72 hs. De finalizada la publicación de este Edicto; se intima a que el primer día martes hábil se presente persona responsable de la firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en Departamento J División III de la Dirección de Fiscalización 4 de esta Dirección General de Rentas- AGIP, sito en Viamonte 900, 1er Piso, sector Esmeralda, de 12.00 a 16 hs, a los efectos de prestar conformidad o no a las Diferencias de Verificación de carácter parcial del ISIB, determinadas entre lo declarado por el contribuyente y lo determinado por la actuante, por los períodos: 01/2016 a 11/2017, determinando como base imponible de ingresos gravados en ISIB, la base imponible del Débito Fiscal de Impuesto al Valor Agregado informadas en las declaraciones juradas del IVA mensual por el contribuyente a la AFIP, determinándose de esta manera una base presunta mayor, motivando la presunción de ventas o ingresos por omisión en la declaración de venta, adicionándose el 10 % de renta dispuesta o consumida, conforme lo establece el Art. 192/193 del Código Fiscal (t.o 2019). El contribuyente no ha presentado las DDJJ del ISIB desde 09/2018. Todo el ajuste es sobre la actividad Servicios de Publicidad. (cód. 743000, correspondiendo tributar al 3% conforme a lo que establecen las Leyes Tarifarías 2016 y 2017). En caso de prestar conformidad a los ajustes efectuados por Diferencias de Verificación Determinadas, deberá abonar el impuesto resultante con más los recargos correspondientes que establece el artículo 77 del Código Fiscal Vigente (t.o. 2019), dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores al plazo anteriormente mencionado. En caso de incomparecencia en la fecha, hora y lugar indicados, las diferencias comunicadas se considerarán como no conformadas dando lugar al inicio del procedimiento de Determinación de Oficio, la instrucción de sumario. El incumplimiento al pago de saldos adeudados será susceptible de ejecución fiscal.

ANEXO

Ana L. Santora Directora de Fiscalizacion 4

Inicia: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

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MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Intimación - Providencia N° 10.609.169-GCABA-DGR/19 Expediente N° 17.793.217/18 En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 3 del Código Fiscal (t.o. 2018) la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber al contribuyente XIME S.A, con inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 901-0282232-0, CUIT N° 30-71472541-2 con domicilio fiscal en Tucumán 540, Piso 27, Dpto. G, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que mediante Expediente N° 17793217/2018, Cargo N° 026329/2018, se encuentra sometida a un proceso de inspección destinada a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias sobre las cuales la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce potestad de recaudación y control. En cumplimiento de las atribuciones conferidas por el artículo 94 Código Fiscal (t.o.2018), se intima a que se presente persona responsable de la firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio para el reconocimiento de deudas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a efectos de notificarse del cargo de inspección y deberá poner a disposición de la agente Lorena M.N. Macaya, F. N° 440.640, dependiente del Departamento B de la Dirección Fiscalización 1 de la Dirección General de Rentas- AGIP, la documentación que a continuación se detalla con el objetivo de realizar la determinación del gravamen de acuerdo a lo que establece el art. 182 del código fiscal t.o. 2018: 1) Estatuto Social y Actas Directorio en las que se acrediten la designación y vigencia de las autoridades de la firma desde 2015 a la fecha. Aportar Poder F. 1013/DGR/2011 y exhibir y aportar copia de Documento Nacional de Identidad. 2) Estados Contables con firma original del profesional interviniente, certificados por el Consejo Profesional respectivo, correspondientes a los ejercicios 31/12/2016 y 31/12/2017 aprobados en Asamblea de Accionistas y pasados a libros. 3) DDJJ ISIB mensuales 2016 a 2017. 4) Declaraciones Juradas de IVA desde 01/2016 a 12/2017 con papeles de trabajo SIAP. 5) Libro IVA Ventas, Libro IVA Compras desde 01/2016 a 12/2017. Aportar copia en papel y en formato magnético CD que incluya periodos solicitados en archivo excel. 6) Libro Inventario y Balances y Libro Diario. 7) DDJJ Impuesto a las Ganancias 2016 y 2017 con papeles de trabajo pantallas de carga aplicativo AFIP donde se detallen ingresos. 8) Habilitación Municipal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 9) Nota con carácter de Declaración Jurada, describiendo la actividad desarrollada, modalidad operativa, circuito actual de compras y ventas, como así también la cantidad de empleados existentes en el mes anterior de la presente publicación. De constatarse el incumplimiento a la presentación de la documentación solicitada en los puntos 1 a 9 del presente, lo hará incurrir en infracción a los deberes formales, siendo pasible de las sanciones previstas en el artículo 103 del Código Fiscal (t.o.

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2018). Con motivo de la no localización en el domicilio fiscal consignado según lo establecido por los artículos 21 y 22 del Código Fiscal ( t.o.2018) y que no ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 26 del Código Fiscal (t.o.2018), se intima a: 1) Notificar ante la Administración el correspondiente cambio de domicilio, 2) Constituir un domicilio especial en la jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires según los términos de la Resolución N° 975/DGR/99, a los efectos tanto de la inspección como del procedimiento de la determinación de oficio y de la instrucción del sumario por la presunta comisión de infracciones a los deberes impositivos de naturaleza material o formal, bajo apercibimiento de que en caso de no dar cumplimiento a todos y cada uno de los aspectos contenidos por la presente intimación se considerarán válidas todas las notificaciones o comunicaciones que se efectúen por esta vía. Se notifica que el segundo día viernes hábil posterior a la publicación de este Edicto, deberá hacerse presente persona responsable de la firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio para el reconocimiento de deudas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en el Departamento B, de la Dirección de Fiscalización 1 de esta Dirección General de Rentas- AGIP, sito en Viamonte 900, 2do. Piso (sector Esmeralda), de 9:00 a 12:30 hs, bajo apercibimiento que en caso de no presentarse el responsable y/o no aportar la documentación requerida, la inspección concluirá con los elementos de juicio e información que obren en la Dirección General según lo prevee el art. 192 del Código Fiscal (t.o.2018), ya sea a través de terceros o en su propio establecimiento y se procederá sin más trámite a realizar de oficio la determinación de la deuda sobre base presunta sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder por la presunta comisión de las infracciones a los deberes de índole formal o material previstas y sancionadas por los artículos 103, 104, 107 y 108 del Código Fiscal (t.o. 2018).

Alejandra Insua Directora Fiscalización 1

Inicia: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Intimación - Providencia N° 10.609.579-GCABA-DGR/19 Expediente N° 17.902.750/18

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Page 449: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 3 del Código Fiscal (t.o. 2018) la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber al contribuyente BRUSON S.A, con inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 901-302000-1, CUIT N° 30-71508680-4 con domicilio fiscal en Paraná 608 Piso 8 Dpto.17, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que mediante Expediente N° 17902750/18, Cargo N° 26096/2018, se encuentra sometida a un proceso de inspección destinada a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias sobre las cuales la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce potestad de recaudación y control. En cumplimiento de las atribuciones conferidas por el artículo 94 Código Fiscal (t.o. 2018), se intima a que se presente persona responsable de la firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio para el reconocimiento de deudas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a efectos de notificarse del cargo de inspección y deberá poner a disposición de la agente Mariana Inés Novoa, F.C. N° 453.885, dependiente del Departamento B de la Dirección Fiscalización 1 de la Dirección General de Rentas- AGIP, la documentación que a continuación se detalla con el objetivo de realizar la determinación del gravamen de acuerdo a lo que establece el art. 182 del código fiscal t.o. 2018: 1) Contrato Constitutivo o Estatuto Social, Actas de Directorio, Asamblea de accionistas, en las que se acrediten la designación y vigencia de las autoridades de la firma desde 2015 a la fecha. Aportar Poder F. 1013/DGR/2011 y exhibir y aportar copia de Documento Nacional de Identidad. 2) Estados Contables con firma original del profesional interviniente, certificados por el Consejo Profesional respectivo, correspondientes a los ejercicios al 31/12/2016 y 31/12/2017 aprobados en Asamblea de Accionistas y pasados a libros. 3) DDJJ CM05 ISIB 2016 y 2017. 4) Declaraciones Juradas de IVA desde 01/2016 a 12/2017 con papeles de trabajo SIAP. 5) Libro IVA Ventas, Libro IVA Compras desde 01/12/2016 a la fecha. Aportar copia en papel y en formato magnético CD que incluya periodos solicitados en archivo Excel. 6) Libro Inventario y Balances y Libro Diario. 7) DDJJ Impuesto a las Ganancias 2016 y 2017 con papeles de trabajo pantallas de carga aplicativo AFIP donde se detallen ingresos. 8) Habilitación Municipal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 9) Nota con carácter de Declaración Jurada, describiendo la actividad desarrollada, modalidad operativa, circuito actual de compras y ventas, como así también la cantidad de empleados existentes en el mes anterior de la presente publicación. De constatarse el incumplimiento a la presentación de la documentación solicitada en los puntos 1 a 9 del presente, lo hará incurrir en infracción a los deberes formales, siendo pasible de las sanciones previstas en el artículo 103 del Código Fiscal (t.o. 2018). Con motivo de la no localización en el domicilio fiscal consignado según lo establecido por los artículos 21 y 22 del Código Fiscal ( t.o. 2018) y que no ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 26 del Código Fiscal (t.o.2018), se intima a: 1) Notificar ante la Administración el correspondiente cambio de domicilio, 2) Constituir un domicilio especial en la jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires según los términos de la Resolución N° 975/DGR/99, a los efectos tanto de la inspección como del procedimiento de la determinación de oficio y de la instrucción del sumario por la presunta comisión de infracciones a los deberes impositivos de naturaleza material o formal, bajo apercibimiento de que en caso de no dar cumplimiento a todos y cada uno de los aspectos contenidos por la presente intimación se considerarán válidas todas las notificaciones o comunicaciones que se efectúen por esta vía.

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Page 450: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Se notifica que el segundo día viernes hábil posterior a la publicación de este Edicto, deberá hacerse presente persona responsable de la firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio para el reconocimiento de deudas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en el Departamento B, de la Dirección de Fiscalización 1 de esta Dirección General de Rentas- AGIP, sito en Viamonte 900, Sector Esmeralda 2do. Piso de 9:00 a 12:30 hs, bajo apercibimiento que en caso de no presentarse el responsable y/o no aportar la documentación requerida, la inspección concluirá con los elementos de juicio e información que obren en la Dirección General según lo prevee el art. 192 del Código Fiscal (t.o. 2018), ya sea a través de terceros o en su propio establecimiento y se procederá sin más trámite a realizar de oficio la determinación de la deuda sobre base presunta sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder por la presunta comisión de las infracciones a los deberes de índole formal o material previstas y sancionadas por los artículos 103, 104, 107 y 108 del Código Fiscal (t.o. 2018).

Alejandra Insua Directora Fiscalización 1

Inicia: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Intimación - Providencia N° 10.932.894-GCABA-DGR/19 Expediente N° 16.516.608/17

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En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 3 del Código Fiscal (t.o. 2018) la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber a la firma CHANGLE WU , inscripción Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 1247646-03, CUIT N°20-94556264-2. Con domicilio fiscal en TACUARI 976 , de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que mediante Expediente N° 16516608/2017, Cargo N° 23854/2017 se encuentra sometida a una inspección destinada a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias sobre las cuales la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce potestad de recaudación y control. En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 94 Código Fiscal (t.o. 2018), se intima a que se presente persona responsable de la firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio para el reconocimiento de deudas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a efectos de notificarse del cargo de inspección y de poner a disposición del agente KARIN, EDUARDO DANIEL F. C. N° 246.161, dependiente del Departamento G...de la Dirección General de Rentas- AGIP, la documentación que a continuación se detalla con el objetivo de realizar la determinación del gravamen de acuerdo a lo que establece el artículo 182 del código fiscal t.o. 2018 :1)Exhibir Original y entregar Copia Habilitación Municipal 2)Nota firmada con descripción de la actividad desarrollada Venta al por menor en minimercados, con predominio de productos alimenticios y bebidas desde el 1-6-2011 , lugar donde se desarrolla la misma, detalle de los distintos bienes revendidos, .3)Formulario de Inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para dichas actividades, AFIP , Organismos de Contralor 4) DDJJ mensuales de IVA desde 01-2015 a la fecha,5)Exhibir Libro IVA COMPRAS E IVA VENTAS, desde 1-2015 a la fecha 6) Listado de Bancos y Entidades con las que opera desde Enero de 2015 a la fecha, por su actividad 7)Listado de Tarjetas de compra o tickets, etc, con la que opera por tal actividad, indicando montos liquidados e importes retenidos por el ultimo año,8)Exhibir originales y entregar copia de todos los contratos celebrados y otros instrumentos alcanzados por el Impuesto a los Sellos(Ordenes de Compra y Pago, etc, )celebrados con los proveedores y clientes, 9)Detalle de los rodados e inmuebles utilizados por el contribuyente, propios y/o alquilados, indicando la localización en el ámbito de CABA .Detalle de los lugares de guarda habitual o estacionamiento en esta ciudad de los rodados informados o detectados. , lugar de radicación de los mismos, 10)Detalle de los 3 (tres) principales clientes y proveedores de la actividad mencionada, indicando razón social, domicilio, CUIT y Monto total de las operaciones desde Enero de 2015 a la fecha, 11)Exhibir resumenes de cuentas bancarias, detalle de acreditaciones bancarias depuradas de conceptos que no representan ingresos con exhibición de la documentación que los avale desde 01-2015 a la fecha, 12) Alquileres devengados por los años 2015 a la fecha, 13)Original y fotocopia del Contrato de Locación del o los Inmuebles, 14) Detalle de los 5 (cinco) proveedores principales con montos de compras realizadas durante los años 2015 a la fecha, por la actividad mencionada, detallados en forma separada, un período de otro, 15) Detalle de facturación de Ventas mensual del año 2015 a la fecha por la actividad mencionada, y comprobantes respaldatorios, 16)Detalle de Gastos y otros servicios de la actividad en cuestión, en forma mensual desde el periodo 2015 a la fecha.17) Respecto a los impuestos empadronados, exhibir original y entregar copia de los comprobantes de pago del ABL, Impuesto de Sellos e Impuesto por Publicidad. De constatarse el incumplimiento a la presentación de la documentación solicitada en los puntos 1 a 17 del presente, lo hará incurrir en infracción a los deberes formales, siendo pasible de las sanciones previstas en el artículo 103 del Código Fiscal (t.o. 2018).

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Con motivo de la no localización en el domicilio fiscal consignado según lo establecido por los artículos 21 y 22 del Código Fiscal ( t.o. 2018 ) y que no ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 26 del Código Fiscal (t.o.2018), se intima a 1) notificar ante la Administración el correspondiente cambio de domicilio, 2) a constituir un domicilio especial en la jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires según los términos de la Resolución 975/DGR/99, a los efectos tanto de la inspección como del procedimiento de la determinación de oficio y de la instrucción del sumario por la presunta comisión de infracciones a los deberes impositivos de naturaleza material o formal; bajo apercibimiento de que en caso de no dar cumplimiento a todos y cada uno de los aspectos contenidos por la presente intimación .1) se considerarán válidas todas las notificaciones o comunicaciones que se efectúen por esta vía Se notifica que el segundo día lunes hábil posterior a la publicación de este Edicto, deberá hacerse presente persona responsable de la firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio para el reconocimiento de deudas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en el Departamento ( G ), de la Dirección de Fiscalización (N° 3) de esta Dirección General de Rentas- AGIP, sito en Viamonte 900,sector Esmeralda ( Piso 1 ), de 9:30 a 12:30 hs, bajo apercibimiento que en caso de no presentarse el responsable y/o no aportar la documentación requerida la inspección concluirá con los elementos de juicio e información que obren en la Dirección General según lo prevee el art. 192 del Código Fiscal (t.o. 2018), ya sea a través de terceros o en su propio establecimiento y se procederá sin más trámite a realizar de oficio la determinación de la deuda sobre base presunta sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder por la presunta comisión de las infracciones a los deberes de índole formal o material previstas y sancionadas por los artículos 94, 103, 104 y 107 o 108 del Código Fiscal (t.o. 2018).

Hugo A. Slipak Director de Fiscalización

Inicia: 10-4-2019 Vence: 12-4-2019

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Ministerio de Justicia y Seguridad

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA Intimación - Resolución N° 80-SSSC/19 Intímese a los titulares de vehículos, que se detallan en el ANEXO IF-2019-10621804-GCABA-SSSC de la presente publicación, relacionado a la Resolución N°80/19; para que, en el término de 15 días computados a partir del vencimiento de la publicación del presente Edicto, retire la unidad o sus partes de la playa bajo apercibimiento de proceder de inmediato, conforme lo establece el art. 7 y 8 de la ley 342/00, leyes N° 2148, 342, 123, 5460, 5835 y sus respectivas modificatorias, Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -DNU N° 1510/97 y sus modificatorios- y la Resolución N° 377/MJYSGC/12.

ANEXO

Juan P. Sassano Subsecretario

Inicia: 9-4-2019 Vence: 11-4-2019

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD DIRECCION GENERAL LEGAL Y TECNICA Citación - Memorandum N° 10.560.071-GCABA-DGLTMSGC/19 "El Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad cita a LESCANO MICAELA - DNI N° 40.971.638, la que deberá presentarse en la Dirección del Hospital General de Agudos "D. Vélez Sarsfield", sito en Pedro Calderón de la Barca 1550, CABA".

Alejandra Reguera Lavia Subgerente Operativo

Subgerencia Operativa de Asuntos Judiciales

Inicia: 9-4-2019 Vence: 10-4-2019

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS "PEDRO DE ELIZALDE” Notificación - E.E. N° 21.951.237-HGNPE/18 Se notifica al agente FERNANDEZ SASSO, Diego, CUIL Nº 20-18565081-3, que ha incurrido en más de 15 ( quince) inasistencias en el lapso de los 12 (doce), meses inmediatos al día 01/03/2015, comprendiendo el período del 05/02/2015 al 28/02/2015. Asimismo, se hace saber a Ud., que dentro de los 10 días hábiles de recibida la presente, deberá formular el descargo por inasistencias incurridas, de no aportar elementos que justifiquen las inasistencias se encontrará incurso en la causal de cesantía prevista en el inc.b) del art. 152 de la Ley 6035..-

Norberto Garrote Director Medico

Inicia: 9-4-2019 Vence: 11-4-2019

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Ministerio de Gobierno

MINISTERIO DE GOBIERNO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - E.E. Nº 10.306.096/MGEYA-AJG/19 Notifícase al Sr. Armando Santa Cruz que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad www.buenosaires.gob.ar/trabajoBA. El mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a los Centros de Integración Laboral que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: · CIL Central: Bartolomé Mitre 575 · CIL Nº 3: Junín 521 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 4: Av. Del Barco Centenera 2906 - Lunes, Miércoles y Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 5: Carlos Calvo 3307 - Lune a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 7: Av. Rivadavia 7202 piso 2º - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 8: Roca 5252 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 8 - Vil a 20: Escalada 3850 - Lunes y Jueves de 9 a 14 hs · CIL Nº 8 - Barrio Inta: Los Robles Esquina del Palo Santo - Martes y Jueves de 9 a 14 hs · CIL Nº 9: Directorio 4360 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 10: Bacacay 3968 - Lunes a Viernes 9 a 14 hs · CIL Nº 12: Holmberg 2548 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 13: Cabildo 3067 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 14: Beruti 3325 - Lunes y Jueves de 9 a 14 hs · CIL Nº 15: Av Córdoba 5690 - Miércoles y Viernes de 9 a 14 hs c. En los Centros de Integración Laboral recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Sergio Scappini Director General

Inicia: 10-4-2019 Vence: 12-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 456

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MINISTERIO DE GOBIERNO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - E.E. Nº 10.308.489/MGEYA-AJG/19 Notifícase a la Sra. Laura Ester Lopez que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se la invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad www.buenosaires.gob.ar/trabajoBA. El mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a los Centros de Integración Laboral que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: · CIL Central: Bartolomé Mitre 575 · CIL Nº 3: Junín 521 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 4: Av. Del Barco Centenera 2906 - Lunes, Miércoles y Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 5: Carlos Calvo 3307 - Lune a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 7: Av. Rivadavia 7202 piso 2º - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 8: Roca 5252 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 8 - Vil a 20: Escalada 3850 - Lunes y Jueves de 9 a 14 hs · CIL Nº 8 - Barrio Inta: Los Robles Esquina del Palo Santo - Martes y Jueves de 9 a 14 hs · CIL Nº 9: Directorio 4360 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 10: Bacacay 3968 - Lunes a Viernes 9 a 14 hs · CIL Nº 12: Holmberg 2548 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 13: Cabildo 3067 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 14: Beruti 3325 - Lunes y Jueves de 9 a 14 hs · CIL Nº 15: Av Córdoba 5690 - Miércoles y Viernes de 9 a 14 hs c. En los Centros de Integración Laboral recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Sergio Scappini Director General

Inicia: 10-4-2019 Vence: 12-4-2019

MINISTERIO DE GOBIERNO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - E.E. Nº 10.308.694/MGEYA-AJG/19

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 457

Page 458: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Notifícase a la Sra. Paola Alejandra Leguiza que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se la invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad www.buenosaires.gob.ar/trabajoBA. El mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a los Centros de Integración Laboral que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: · CIL Central: Bartolomé Mitre 575 · CIL Nº 3: Junín 521 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 4: Av. Del Barco Centenera 2906 - Lunes, Miércoles y Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 5: Carlos Calvo 3307 - Lune a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 7: Av. Rivadavia 7202 piso 2º - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 8: Roca 5252 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 8 - Vil a 20: Escalada 3850 - Lunes y Jueves de 9 a 14 hs · CIL Nº 8 - Barrio Inta: Los Robles Esquina del Palo Santo - Martes y Jueves de 9 a 14 hs · CIL Nº 9: Directorio 4360 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 10: Bacacay 3968 - Lunes a Viernes 9 a 14 hs · CIL Nº 12: Holmberg 2548 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 13: Cabildo 3067 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 14: Beruti 3325 - Lunes y Jueves de 9 a 14 hs · CIL Nº 15: Av Córdoba 5690 - Miércoles y Viernes de 9 a 14 hs c. En los Centros de Integración Laboral recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Sergio Scappini Director General

Inicia: 10-4-2019 Vence: 12-4-2019

MINISTERIO DE GOBIERNO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - E.E. Nº 10.644.653/MGEYA-AJG/19 Notifícase al Sr. Gabriel Alejandro Conejo que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad www.buenosaires.gob.ar/trabajoBA. El mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 458

Page 459: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

b. No obstante, podrá concurrir a los Centros de Integración Laboral que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: · CIL Central: Bartolomé Mitre 575 · CIL Nº 3: Junín 521 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 4: Av. Del Barco Centenera 2906 - Lunes, Miércoles y Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 5: Carlos Calvo 3307 - Lune a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 7: Av. Rivadavia 7202 piso 2º - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 8: Roca 5252 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 8 - Vil a 20: Escalada 3850 - Lunes y Jueves de 9 a 14 hs · CIL Nº 8 - Barrio Inta: Los Robles Esquina del Palo Santo - Martes y Jueves de 9 a 14 hs · CIL Nº 9: Directorio 4360 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 10: Bacacay 3968 - Lunes a Viernes 9 a 14 hs · CIL Nº 12: Holmberg 2548 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 13: Cabildo 3067 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 14: Beruti 3325 - Lunes y Jueves de 9 a 14 hs · CIL Nº 15: Av Córdoba 5690 - Miércoles y Viernes de 9 a 14 hs c. En los Centros de Integración Laboral recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Sergio Scappini Director General

Inicia: 10-4-2019 Vence: 12-4-2019

MINISTERIO DE GOBIERNO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - E.E. Nº 10.676.223/MGEYA-AJG/19 Notifícase al Sr. Héctor Rolando Villagomez Alsina que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad www.buenosaires.gob.ar/trabajoBA. El mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a los Centros de Integración Laboral que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: · CIL Central: Bartolomé Mitre 575 · CIL Nº 3: Junín 521 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 4: Av. Del Barco Centenera 2906 - Lunes, Miércoles y Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 5: Carlos Calvo 3307 - Lune a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 7: Av. Rivadavia 7202 piso 2º - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 8: Roca 5252 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 459

Page 460: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

· CIL Nº 8 - Vil a 20: Escalada 3850 - Lunes y Jueves de 9 a 14 hs · CIL Nº 8 - Barrio Inta: Los Robles Esquina del Palo Santo - Martes y Jueves de 9 a 14 hs · CIL Nº 9: Directorio 4360 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 10: Bacacay 3968 - Lunes a Viernes 9 a 14 hs · CIL Nº 12: Holmberg 2548 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 13: Cabildo 3067 - Lunes a Viernes de 9 a 14 hs · CIL Nº 14: Beruti 3325 - Lunes y Jueves de 9 a 14 hs · CIL Nº 15: Av Córdoba 5690 - Miércoles y Viernes de 9 a 14 hs c. En los Centros de Integración Laboral recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Sergio Scappini Director General

Inicia: 10-4-2019 Vence: 12-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 460

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Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

PROCURACION GENERAL DIRECCION GENERAL DE SUMARIOS Citación - Nota N° 10.728.605/19 E.E. Nº 17.819.092-MGEYA-DGCLEI/18 Se cita por 3 (TRES) días al Sr. ROBERTO JORGE GAVAZZO DNI Nº 18.712.897 a fin de que concurra a la actuaría de la Dra. Karina E. Lollini de la Dirección de Sumarios de Regímenes Especiales, dependiente de la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, sita en Av. Córdoba 1345 piso 8º Oficina "A" de la Ciudad de Buenos Aires, en el horario de 10 a 15 hs, en el Sumario 1217/2018 que se instruye por Expediente Electrónico Nº: EX-2018-17819092-MGEYA-DGCLEI, en el plazo de TRES (3) días contados desde la última publicación a fin de presentar alegato.

Ricardo Ruggiero Director General

Inicia: 9-4-2019 Vence: 11-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 461

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Ministerio Público Fiscal

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL FISCALÍA PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS Nº 10 – UNIDAD FISCAL ESTE – UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 9.928.800/GCABA/MGEYA/2019 Carátula: “JUAN LUIS AGÜERO ART. 149 BIS 1º PÁRRAFO” Causa MPF Nº 00268240 La Fiscalía en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 10 especializada en Violencia de Género, sita en la calle Beruti 3345 piso 2° de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la causa nro. MPF 268240 caratulada “JUAN LUIS AGUERO s/ infracción art 149 bis CP” cita al imputado Juan Luis Aguero, titular del DNI Nro. 24.248.512, mediante edictos a publicarse, por el término de cinco (5) días, en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de que comparezca a esta Sede dentro del tercer día de notificado, con el objeto de prestar declaración en los términos del art. 161 del CPPCABA, como así también constituir domicilio procesal y designar un abogado defensor de su confianza, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia injustificada, de solicitar su rebeldía y ordenar su captura. Buenos Aires, al día 28 de marzo de 2019.- Fdo. Genoveva Cardinali, Fiscal. Saludo a Ud. muy atentamente.

Agustina García Nani Prosecretaria Administrativa

Inicia: 4-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL FISCALÍA PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS Nº 10 – UNIDAD FISCAL ESTE – UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 9.931.994/GCABA/MGEYA/2019 Carátula: “JUAN LUIS AGÜERO ART. 149 BIS 1º PÁRRAFO” Causa MPF Nº 00268240

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 462

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La Fiscalía en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 10 especializada en Violencia de Género, sita en la calle Beruti 3345 piso 2° de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la causa nro.: MPF 268240 caratulada “JUAN LUIS GUERO s/ infracción art 149 bis CP” cita al imputado Juan Luis Aguero, titular del DNI Nro. 24.248.512, mediante edictos a publicarse, por el término de cinco (5) días, en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de que comparezca a esta Sede dentro del tercer día de notificado, con el objeto de prestar declaración en los términos del art. 161 del CPPCABA, como así también constituir domicilio procesal y designar un abogado defensor de su confianza, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia injustificada, de solicitar su rebeldía y ordenar su captura. Buenos Aires, al día 28 de marzo de 2019.- Fdo. Genoveva Cardinali, Fiscal.

Agustina García Nani Prosecretaria Administrativa

Inicia: 4-4-2019 Vence: 10-4-2019

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL – UNIDAD FISCAL ESTE – UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN FISCALÍA EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS Nº 9 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 10.303.878/GCABA/MGEYA/2019 Carátula: “RUFINO GARAYO BRIZUELA S/ INFR. ART. 92 DEL C.P.” Causa MPF Nº 00274665 La Fiscalía en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 9 especializada en Violencia de Género, sita en la calle Beruti 3345 piso 2° de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la causa nro. MPF 274665 caratulado: “Rufino Garayo Brizuela s/ infr. art 92 del CP”, cita al imputado RUFINO GARAYO BRIZUELA, DNI 95.756.724, para que se presente ante esta sede a prestar declaración a tenor del artículo 161 del CPPCABA, en la audiencia fijada para el 9 de abril de 2019, a las 10:00 horas, bajo APEROBIMIENTO en CASO de INASISTENCIA INJUSTIFICADA de ser TRASLADADO por la FUERZA PÚBLICA (artículo 148 de la Ley 2.303). Hágasele saber que deberá comparecer con un abogado defensor de su confianza y que en caso de no hacerlo o no contar con uno, le será designad o el defensor oficial que por turno corresponda. Asimismo notifíquese a RUFINO GARAYO BRIZUELA, DNI 95.756.724, que conforme lo normado en el art.16, inc. e de la Ley 26485, deberá cesar todos los actos de perturbación o intimidación desde su persona o bien desde terceros respecto de Aida Alice Martinez Santacruz, titular del DNI 95.818.210, y de todo s u entorno y por cualquier medio, bajo apercibimiento de solicitar medidas preventivas al Juez interviniente de conformidad con lo dispuesto en el art. 26, inciso “a”, apartado 2 de la Ley 26.485. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al día 1ro de abril de 2019.- Fdo. Genoveva Cardinali, Fiscal.

Micaela Urresti Secretaria

Inicia: 9-4-2019 Vence: 15-4-2019

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MINISTERIO PÚBLICO FISCAL FISCALÍA EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS Nº 1 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 10.310.051/GCABA/MGEYA/2019 Carátula: “OSCAR NATALIO BALMACEDA S/ INFR. ART(S) 149 BIS DEL CP” Causa MPF Nº 255499 Ciudad de a fin de Buenos Aires, 29 de marzo de 2019. En el marco del caso MPF 255499: “Oscar Natalio Balmaceda s/ infr. Art(s) 149 bis del CP”, en trámite ante la Fiscalía PCyF Nº 1, (mesa de entradas sita en Av. Cabildo 3067 Piso 3 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, email: [email protected], teléfono: 5297-8119/8140/8121), cítese a Oscar Natalio Balmaceda, DNI 21636418, fecha de nacimiento 26/10/1970, último domicilio conocido en Treller 2300, casa 18, sector 2, CABA, para que comparezca ante esta Fiscalía dentro del tercer día hábil, en el horario de 9 a 15 horas, bajo apercibimiento de solicitar su rebeldía.

Luz María Parera Prosecretaria Coadyuvante

Inicia: 9-4-2019 Vence: 15-4-2019

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL – UNIDAD FISCAL ESTE – UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN FISCALÍA EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS Nº 9 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 10.484.916/GCABA/MGEYA/2019 Carátula: “JESÚS ADRIÁN ROMERO S/ ART. LN 13.944 ART. 1” Causa MPF Nº 00260765 POSF a cargo de la Fiscalía PCyF N°9 de la Unidad Fiscal Es te, sita en la calle Beruti 3345 piso 3° de la Ciudad de Bs. As., (tel. fax. 4014-1978/ 40141994/ fax:5295-2595 int: 1127 / mail organismosutceste@ fiscalias.gob.ar), me dirijo a Ud., en el marco de la causa Nº MPF00260765 caratulada “JESUS ADRIAN ROMERO s/ Art: LN 13.944 Art. 1”, con el objeto de solicitarle tenga a bien publicar un edicto en el Boletín Oficial, por el término de cinco (5) días, a los fines de notificar al imputado Sr. Jesús Adrián Romero, titular del DNI 30.205.478, argentino, nacido el 10/06/1983, que deberá comparecer ante esta sede dentro del tercer día de notificado, con el objeto de constituir domicilio procesal y designar un abogado defensor de su confianza o designar a la Defensoría Oficial que por turno corresponda bajo apercibimiento en caso de incomparecencia injustificada, de solicitar su rebeldía y ordenar s u captura. Buenos Aires, 1 de abril de 2019.- Fdo. Federico Trapea, Fiscal interinamente a cargo de la Fiscalía Penal, Contravencional y de Faltas n° 9.

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Micaela Urresti Secretaria

Inicia: 9-4-2019 Vence: 15-4-2019

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL – UNIDAD FISCAL SUR – UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN FISCALÍA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS Nº 36 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 10.691.196/GCABA/PG/2019 Carátula: “SAUL GARCÍA S/ ART. 149 BIS 1º PÁRRAFO” Causa MPF Nº 236704 La Fiscalía Especializada en Violencia de Género N<> 36 interinamente a mi cargo, sita en la Av. Paseo Colón 1333 Piso 3 frente de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la causa MPF 236704, caratulada “GARCIA SAUL s/infr. Art. 149 bis del CP” cita al imputado Saúl Fabián García D.N.I. 32.798.951, mediante edictos a publicarse, por el término de cinco (5) días, en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de que comparezca a esta Sede dentro del tercer día de notificado, con el objeto de recibirle declaración a tenor del art. 161 del CPPCABA, oportunidad en la cual deberá designar letrado defensor de su confianza caso contrario será designado el Defensor Oficial que por turno corresponda, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia injustificada, de solicitar sus respectivas rebeldías y capturas. CABA, 27 de marzo de2019.- Fdo. Adrián Dávila, Fiscal. Publíquese por cinco (5) días.

Cynthia Benítez Secretaria Administrativa

Inicia: 10-4-2019 Vence: 16-4-2019

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Juzgado Provincial

JUZGADO PROVINCIAL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y COMERCIAL DE 48VA. NOMINACIÓN – CIUDAD DE CÓRDOBA – PROVINCIA DE CÓRDOBA Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 8.649.579/GCABA/MGEYA/2019 Carátula: “ATEA, JASINTA – USUCAPIÓN – MEDIDAS PREPARATORIAS PARA USUCAPIÓN” Expte. Nº 6138286 La Sra. Juez de 1ra. lnst. en lo Civil y Comercial de 48° Nominación con asiento en la ciudad de Córdoba, Dra. Raquel Villagra de Vida!, Secretaría a cargo de la Dra. María J. Matus de Libedinsky, en autos caratulados “ATEA, Jasinta - Usucapión - Medidas preparatorias para usucapión (expte. no 6138286)”, ha dictado la siguiente resolución: CORDOBA, 06/11/17. Agréguese el informe acompañado. Téngase presente lo manifestado. Sin perjuicio de no encontrarse denunciado los domicilios de los colindantes y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 780 in fine, 782 y 784 del CPC. Estando cumplimentados los requisitos exigidos por los arts. 781 y 782 del CPC y proveyendo a fs. 34 y 47 imprímase a la presente demanda el trámite de juicio ordinario. Cítese y emplácese al Sr. Luis Pablo Umerez para que en el término de diez días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, y al Sr. Delfor Arturo Umerez o a sus sucesores (atento las constancias de fs. 32, 44vta. y la ampliación de demanda de fs. 47) para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía a cuyo fin publíquese edictos en el Boletín Oficial. Cítese a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble de que se trata, por edictos que se publicarán por diez veces a intervalos regulares dentro de un período de treinta días en el Boletín Oficial y un diario autorizado de la localidad más próxima a la ubicación del inmueble para que en veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. El término de comparendo se computará a partir de la última publicación. Cítese al Sr. Procurador del Tesoro, a la Municipalidad de Río Ceballos y a los colindantes para que en el término de tres días comparezcan a estar a derecho y tomar participación en el carácter de terceros interesados, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 784 última parte del CPC. Colóquese a costa del actor un cartel indicador con las referencias necesarias del juicio en lugar visible que deberá mantenerse durante todo el tiempo de tramitación del mismo, a cuyo fin ofíciese al Sr. Oficial de Justicia. Ofíciese a la Municipalidad de Río Ceballos para que durante treinta días exhiba copia de los edictos (art. 785 del CPC). Acredítese la notificación del presente a los domicilios denunciados respecto de titulares registrales y colindantes, a cuyo fin denúnciese en autos los domicilios de los colindantes referidos a fs. 1 punto 5). Descripción del inmueble: Una fracción de terreno, designada como lote 100, de la manzana “B”, Sección “J”, ubicada en calle Santa Rosa esquina Ricardo Rojas s/no del Barrio Ñu Porá, ciudad de Río Ceballos, Pedanía del mismo nombre, Departamento Colón de esta Provincia, que es de forma irregular y mide y linda: partiendo del vértice A, con rumbo Sud-Oeste y ángulo interno de 76º09´20´´, tramo A-B 33,69 metro lindando al Nor-Este con parcela 16 de Carlos Alberto Zamuner (MFR 618.890); desde el vértice B, con ángulo interno de 95°05 '50", tramo B-C de 18,50 metros lindando al Este con la esquina formada por las calles

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Santa Rosa y Ricardo Rojas; desde el vértice C, con ángulo interno de 74°20'50", tramo C-0 de 32,84 metros lindando al Sud-Oeste con parcela 19 de Aníbal Modesto Marquez (MFR 872.514) y parcela 18 de Osear Rossi (MFR 1.202.605); desde el vértice O, con ángulo interno de 114°24'00", cerrando la figura, tramo D-A de 12,78 metros lindando con calle Coronel D'Eiía. Todo lo que hace una superficie total de 501,57 m2.- La nueva nomenclatura asignada por la repartición catastral a este inmueble es: Dpto.13, Ped.04, Pblo.40, Cir.01, Sec.03, Mzna.022, Parc.100, y afecta de manera única, total y coincidente al lote 17 (parcela 017) de la manzana B, sección J, cuyo dominio se encuentra inscripto en el Registro General de la Provincia en la matrícula nº 803.643.

María Josefina Matus Secretaria

Inicia: 22-3-2019 Vence: 19-4-2019

JUZGADO PROVINCIAL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 6 – DEPARTAMENTE DE MERCEDES – PROVINCIA DE BUENOS AIRES Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 10.626.825/GCABA/MGEYA/2019 Carátula: “PLANDOLIT LUIS ALBERTO C/ SUCESORES DE MARTÍNEZ HÉCTOR ALFREDO S/ USUCAPIÓN” Expte. Nº 114028 El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 6 del Depto. Mercedes, a cargo del DR. MARTIN HERNANDO CHERUBINI, Secretaría única sito en la calle 25 Nro. 627 de esta Ciudad en autos “PLANDOLIT LUISALBERTO C/ SUCESORES DE MARTINEZ HÉCTOR ALFREDO S/USUCAPION” (Expte. Nro.: 114028), cita y emplaza por diez (10) días a herederos de Héctor Alfredo Martinez. Publíquese por dos (2) días en el diario “Boletín Oficial” de la Ciudad de Buenos Aires. Mercedes, marzo 13 de 2019.

Zulma Inés Lepori Auxiliar Letrada

Inicia: 10-4-2019 Vence: 11-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 467

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Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS Nº 14 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 9.978.364/GCABA/MGEYA/2019 Carátula: “SÁNCHEZ OMAR ALJEANDRO S/ ART(S) 189 BIS - CP” Sumario Nº 42-D/18 (Causa 16845/16) A los veinticinco días del mes de marzo de dos mil diecinueve, el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº 14, interinamente a cargo de la Dra. Carla Cavaliere, Secretaría a cargo del Dr. Martín Turtl, sito en Tacuarí nº 138, piso 6º, de esta ciudad, (4014-6714) en el Sumario 42-d/18, causa 16845/16, caratulado “SANCHEZ OMAR ALEJANDRO s/ art(s). 189 bis – CP”, cita al causante Omar Alejandro Sánchez – identificado con DNI Nro. 37.119.218, nacido el 16 de noviembre de 1990 en La Banda, Santiago del Estero, con último domicilio conocido en Plumerillo 1035, González Catan, PBA; de conformidad con lo dispuesto en el art. 63 del Código Procesal Penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin d que éste se presente a la audiencia fijada en los términos del art. 311 del CPPCABA para el 10 de mayo de 2019 a las 11:15 horas en los estrados de este Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº 14, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y revocar la condicionalidad de la condena impuesta (art. 158 del CPPCABA). FDO: Dra, Carla Cavaliere, Jueza. Ante mí: Dr. Martín Turl, Secretario.

Ariel Oscar Peralta Prosecretario Administrativo

Inicia: 4-4-2019 Vence: 10-4-2019

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO Nº 8 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 10.159.711/GCABA/MGEYA/2019 Carátula: “BATRICHEVICH, GRACIELA Y OTROS C/ GCBA S/ AMPARO – EDUCACIÓN – TEMAS EDILICIOS” Expte. Nº 1017/2019-0

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 468

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario n° 8 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cargo del Dr. Osvaldo Osear Otheguy, Secretaría no 15, a cargo del Dr. Fabio Félix Sánchez, sito en la calle Av. Roque Sáenz Peña 636, PB, de la Ciudad de Buenos Aires, en los autos caratulados “BATRICHEVICH, GRACIELA Y OTROS C/ GCBA S/ AMPARO-EDUCACION- TEMAS EDICILICIO”, EXPTE. 101712019-0, hace saber que por resolución del día 25 de marzo de 2019 dispuso, en su parte pertinente: “Otorgarle publicidad y difusión al presente proceso y su estado procesal para que en el plazo de 10 (diez) días se presenten aquellas personas que tengan un interés jurídico relevante en integrar el proceso; ello, bajo apercibimiento de continuar el proceso según su estado”. A tal efecto, se hace saber que el objeto del presente amparo colectivo es que “se ordene al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires - Ministerio de Educación el cese en su conducta de proceder al traslado del Instituto de Formación en Tecnicatura Superior (IFTS) N° 4, donde se dicta la Tecnicatura Superior en Análisis de Sistemas, al Polo Educativo Mataderos y garantice la continuidad de la oferta educativa que se dicta en el establecimiento referido”. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de 5 (cinco) días, conforme artículos 129 y 130 del CCAyT, y la difusión en el Sistema de Difusión Judicial del Departamento de Información Judicial del CMCABA. El plazo de 10 (diez) dispuesto precedentemente comenzará a correr a partir de la última publicación del edicto en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Fabio Félix Sánchez Secretario

Inicia: 4-4-2019 Vence: 10-4-2019

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS Nº 2 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 10.281.214/GCABA/MGEYA/2019 Carátula: “MAMANI MAMANI, JUAN CARLOS SOBRE 1 – INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE ASISTENCIA FAMILIAR” Expte. Nº 24768/18-1 (1921/6) En el marco de la causa nro. 24768/18-1 (1921/6), caratulada “MAMANI, MAMANI, JUAN CARLOS SOBRE 1 – INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE ASISTENCIA FAMILIAR”, en trámite por ante este juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº 2 (sito en la calle Tacuarí nº 138, piso 10º, de esta ciudad), se ha ordenado en el día de la fecha, notificar al señor JUAN CARLOS MAMANI MAMANI (titular del DNI nro. 95.217.059, de nacionalidad boliviano, nacido el 8 de septiembre de 1982 en La Paz, Bolivia, hijo de Savino Mamani Llamaca y de Victoria Mamani Apaza, soltero, de ocupación costurero, con último domicilio en Melgar 38, Barracas, de esta Ciudad, teléfono nro. 15-6286-2946), a que comparezca ante estos estrados en el plazo de tres (3) días para justificar su incomparecencia a la audiencia fijada en autos, bajo apercibimiento de declararlo en rebeldía y ordenar su captura. Fdo: Ricardo F. Balfomar, Juez. Ante mí: Maximiliano Marquez, Prosecretario Coadyuvante. Buenos Aires, 29 de marzo de 2019.

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 469

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Maximiliano Márquez

Prosecretario Coadyuvante

Inicia: 9-4-2019 Vence: 11-4-2019

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS Nº 18 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 10.306.838/GCABA/MGEYA/2019 Carátula: “CERDA PARRA LUIS ERNESTO S/ ART. 149 BIS C.P.” Expte. Nº 17.053/2019 Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 18, Secretaría única. Tacuarí 138, piso 5º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cítese a Luis Ernesto Cerda Parra, para que en el término de cinco días de notificado comparezca a la sede de este Juzgado, bajo apercibimiento, en caso de ausencia injustificada, de decretar sin más su rebeldía y librar orden de captura. A tal fin, cíteselo por edictos – a publicarse por tres días en el Boletín Oficial de la CABA.

Dolores Micheltorena Secretaria

Inicia: 9-4-2019 Vence: 11-4-2019

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS Nº 17 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 10.583.854/GCABA/AJG/2019 Carátula: “ENCISO MEDRANO, MARIO ALEXANDER Y OTROS SOBRE 84 OCUPAR LA VÍA PÚBLICA CON FINES LUCRATIVOS EXCEDIENDO LAS MEDIDAS AUTORIDADAS (ART. 87 SEGÚN TC LEY 5666 Y MODIF.)” Expte. Nº 18.338/17

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 470

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Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los cuatro días del mes de abril del año dos mil diecinueve (...). RESUELVE: (…) 3.- ORDENAR la publicación de edictos por el término de un día a fin de notificar a Mario Alexander Enciso Medrano, titular de DNI 95.409.012, peruano, hijo de Gregorio Salomón Enciso Arias y de Susana Ysabel Medrano González, nacido el 24 de enero de 1993, con último domicilio conocido en Luter 377 de Ciudadela Pcia. de Buenos Aires y de Alfonso Medina Peñaloza, DNI 94.449.907, peruano, hijo de Fidel Medina Guillén, con último domicilio conocido en Ibarrola 7264 CABA, a fin de hacerles saber que dentro de las 24 hs. de la publicación deberán comparecer en la sede de este Juzgado, sito en Tacuarí 138 5to. piso, a fin de estar a derecho y celebrar audiencia de debate, bajo apercibimiento de ordenarse su rebeldía (art.158 CPPCABA por aplicación supletoria del art. 6 de la LPC). Fdo: Norberto R. Tavosnanska, Juez. Ante mí: Beatriz A. Bordel, Secretaria.

Norberto R. Tavosnanska Juez

Inicia: 10-4-2019 Vence: 10-4-2019

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES JUZGADO EN LO PENAL CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS Nº 21 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 10.675.559/GCABA/MGEYA/2019 Carátula: “GARCÍA ROBERTO CARLOS S/ INF. ART. 149 BIS DEL C.P.” Expte. Nº 1542/D – 6291/16-1 Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 21, Secretaría única. Tacuarí 138, piso 3º frente, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cita y emplaza por el término de tres días a contar desde la última publicación al Sr. Roberto Carlos García (DNI 21.537.131) en los presentes actuados nro. 1542/D – 6291/16-1, que se le siguen por infracción al art. 149 bis del Código Penal, para que concurra a los estrados del Tribunal a efectos de salvaguardar las garantías constitucionales del encartado (artículo 18 de la Constitución Nacional), su derecho de ser oído, previo a resolver en los términos del artículo 52 de la Ley 24660.

Mariano A. Sánchez Secretario

Inicia: 10-4-2019 Vence: 16-4-2019

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES JUZGADO EN LO PENAL CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS Nº 26 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 10.677.162/GCABA/MGEYA/2019 Carátula: “CONDORI CARVAJAL, ANA LUISA SOBRE 73 CC”

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 471

Page 472: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Expte. Nº 2511/17 El Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 26, sito en la calle Tacuarí 138, 2º piso, de esta ciudad, le informa a Ana Luisa Condori Carvajal, DNI 95.492.736 que se ha fijado audiencia en los términos del art. 311 CPPCABA para el día 29 de abril de 2019. Fdo. Dra. María Cristina Nazar (Jueza). Ante mí Dr. Carlos E. Dobenau (Secretario).

Carlos E. Dobenal Secretario

Inicia: 10-4-2019 Vence: 16-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 472

Page 473: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Edictos Particulares Particular

Transferencia de Habilitación. E.E. N° 8.968.529/GCABA-DGCCON/19 Promo Fiesta Avellaneda S.R.L CUIT 30-70738300-9 con domicilio en Av. Mitre Nº 2504 de la Pcia de Buenos Aires transfiere habilitación comercial del local sito en Brasil 1796 - Entre Ríos Av. 1802, CABA, sótano, PB, UF 4, que funciona en carácter de: (601000) com. min. de productos alimenticios en general; (601005) com. min. de productos alimenticios envasados; (601010) com. min. de bebidas en general envasadas; (631005) com .may. de productos alimenticios envasados-excep. pereced. (C/depósito art 5.2.8 inc A); (631010) com. may. de bebidas en general envasadas (c/deposito art 5.2.8 inc A), a Sirna Valdez Gonzalo. Superficie total: 110,93 m2. Observaciones: Sistema Informático Registro Único de Locales Habilitados (RULH), Expediente de Habilitación N° 43738/2006, otorgada por Disposición N° 1966/DGHP/2007 de fecha 16/05/2007.

Solicitante: Promo Fiesta Avellaneda S.R.L

Inicia: 8-4-2019 Vence: 12-4-2019

Transferencia de Habilitación. E.E. N° 9.478.253/GCABA-DGCCON/19 La empresa SBS Management SRL. CUIT 30-71103392-7 con domicilio en la calle Thames 1144 2º piso Dto. 202 (1414) CABA. comunica la transferencia de su Habilitación Municipal aprobada por Expte. nº 2003308/2012 para los rubros (602010) casa de lunch , (602020) café bar, (602030) despacho de bebidas, whisqueria, cervecería, (700100) casa de pensión (cap. de 3 hab,) ubicado en la calle COSTA RICA 4651/4653 Plantas EP, PB, 1º, 2º y 3º piso , CABA, con una superficie cubierta de 698,08 m2; a GMG 360 S.A. con domicilio en Las Heras 1153 Acassuso-S.Isidro-Prov. Bs.As. Observaciones: Sist. Informático MOST, Exp. Hab. nº 2003308/2012 otorgada por Disp. Nº 12954/DGHP/2012 en fecha 05/12/2012 inspector actuante: Emilio R. Minue F.C. N°286.867. Dirección: Costa Rica N° 4651/53, PB, 1°, 2°, 3° PISO. Se otorga los beneficios de la Ordenanza N° 35.402 AD 701.15 (tolerancia del 10% en medidas máximas y mínimas) .se acoge a los términos de la Resolución N° 309/SJYSU/04. Se concede una capacidad de tres (3) habitaciones para diez (10) alojados, según planilla adjunta .se deja constancia que el sector denominado en planos “espejo de agua” es de carácter decorativo y no podrá afectarse al uso por parte de los concurrentes. Deberá cumplir ley n° 1346 (ref. plan de evacuación).

Solicitante: SBS Management SRL.

Inicia: 8-4-2019 Vence: 12-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 473

Page 474: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Particular

Convocatorias, Citaciones y Avisos Comerciales. E.E. N° 8.843.045/GCABA-DGCCON/19 CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES El Tribunal de Ética Profesional del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cita y emplaza a la Doctora Contadora Pública Nora Silvia Trevisani (Tº 309 Fº 100) por tres días, a efectos de que comparezca dentro del término de cinco días contados a partir de la última publicación, con el objeto de que se notifique de la rebeldía en el expediente Nº 34.752. Dichas actuaciones tramitan por ante la Sala 3ª el Tribunal de Ética Profesional, Calle Montevideo 696 PB, Secretaría de Actuación". Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 20 de marzo de 2019.

Aurora Quinteros Secretaria de Actuación

Solicitante: Consejo Profesional de Ciencias Económicas

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Inicia: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

Convocatorias, Citaciones y Avisos Comerciales. E.E. N° 8.843.568/GCABA-DGCCON/19 CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES “El Tribunal de Ética Profesional del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cita y emplaza al Doctor Contador Público Daniel Marcelo Romero (Tº 273 Fº 7) por tres días, a efectos de que comparezca dentro del término de cinco días contados a partir de la última publicación, con el objeto de que se notifique de la rebeldía en el expediente Nº 34.697. Dichas actuaciones tramitan por ante la Sala 2ª el Tribunal de Ética Profesional, Calle Montevideo 696 PB, Secretaría de Actuación”. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 20 de marzo de 2019.

Aurora Quinteros Secretaria de Actuación

Solicitante: Consejo Profesional de Ciencias Económicas

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Inicia: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 474

Page 475: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Convocatorias, Citaciones y Avisos Comerciales. E.E. N° 8.932.823/GCABA-DGCCON/19 CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES El Tribunal de Ética Profesional del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cita y emplaza a la Doctora Contadora Pública María de los Ángeles Parzanesse (Tº 270 Fº 69) por tres días, a efectos de que comparezca dentro del término de cinco días contados a partir de la última publicación, con el objeto de que se notifique de la rebeldía en el expediente Nº 34.755. Dichas actuaciones tramitan por ante la Sala 2ª el Tribunal de Ética Profesional, Calle Montevideo 696 PB, Secretaría de Actuación". Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 21 de marzo de 2019.

Aurora Quinteros Secretaria de Actuación

Solicitante: Consejo Profesional de Ciencias Económicas

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Inicia: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 475

Page 476: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

Particular

Convocatorias, Citaciones y Avisos Comerciales. E.E. N° 8.842.454/GCABA-DGCCON/19 CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES “La Sala 3ª del Tribunal de Ética Profesional ha resuelto en fecha 28.06.2018 lo siguiente: “…Art. 1º: Aplicar al Doctor Contador Público Matías PEREZ VIRASORO (Tº 328 Fº 232) la sanción disciplinaria de “Amonestación Privada” prevista por el art. 28, inc. b) de la Ley 466 CABA por haber realizado una certificación de ingresos personales en favor de su hermano (Infracción a los artículos 2º, 3º, 5º y 25 inc. c) del Código de Ética). Se hace saber que contra esta sanción, puede interponerse -dentro de los quince días hábiles de su notificación- recurso de apelación ante el Consejo Directivo del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la C.A.B.A. el que deberá ser fundado (conf. art. 34 parr. 1º y 2º de la Ley 466 CABA). Ciudad de Buenos Aires, 6 de noviembre de 2018. Dr. C.P. José Escandell- Presidente”. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 20 de marzo de 2019.

Aurora Quinteros Secretaria de Actuación

Solicitante: Consejo Profesional de Ciencias Económicas

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Inicia: 8-4-2019 Vence: 10-4-2019

Nº 5595 - 10/04/2019 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 476

Page 477: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....
Page 478: Sumario - Buenos Aires · Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 130 Se desestima recurso de reconsideración, contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.....

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"

Hoja Adicional de FirmasBoletín Oficial

Número: Buenos Aires,

Referencia: Boletín Oficial N° 5595 - 10/4/2019

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