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CIUDAD ASESOR PAGADURIA-EMPRESA MONTO SOLICITADO PLAZO REFINANCIACION
TIPO DE CUENTA NUMERO DE LA CUENTA CIUDAD DE APERTURA ENTIDAD FINANCIERA
NIVEL DE ESTUDIOS POSEE VEVICULO? MARCA PIGNORADO? HIPOTECADA? VALOR COMERCIAL
PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRES CELULAR
DIRECCION TELEFONOS CELULAR Y FIJO
DIRECCION TELEFONOS CELULAR Y FIJO
SEGUNDO APELLIDO -DEUDOR FIRMA DEUDOR
PRIMER NOMBRE SEGUNDO NOMBRE
1. 5. FORMATO 1 Y 2 (COLPENSIONES)
2. 6. AUTORIZACION FIDUPREVISORA
3. 7. CERTIFICADOS DE DEUDA COMPRAS DE CARTERA
4. 8. COPIA DE CARNET Y CEDULA MILITAR(150% COLOR)
PERSONAL (Que no viva con usted)
FONDO DE PENSIONES E-MAIL PERSONAL NUMERO DE PIN - DESPRENDIBLE FECHA
DIRECCION LABORAL TELEFONO LABORAL CIUDAD E-MAIL INSTITUCIONAL
FECHA DE INGRESO TOTAL DEVENGADO TOTAL DESCUENTOS NETO A PAGAR CARGO - GRADO
TIPO DOCUMENTO NUMERO DE DOCUMENTO EMPRESA DONDE TREBAJA DIRECCION LABORAL TELEFONO LABORAL CIUDAD
2. DEUDOR - INFORMACION DEL CONYUGE
3. DEUDOR - INFORMACION LABORAL
4. DEUDOR - REFERENCIA VERIFICABLES (QUE NO VIVAN CON EL DEUDOR)
5. DECLARACIONES DEL SOLICITANTE
6. FIRMAS Y HUELLAS / SOLICITANTE
7. DOCUMENTOS QUE DEBE ANEXAR
HU
EL
LA
POSEE VIVIENDA
1. DEUDOR - INFORMACION GENERAL
N° CELULAR (2)
PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO PRIMER NOMBRE SEGUNDO NOMBRE
DOCUMENTO IDENTIDAD NUMERO DE DOCUMENTO LUGAR EXPEDICION - CIUDAD
AUTORIZACION FOPEP
TODOS LOS ANEXOS CON FIRMA Y HUELLA DEL SOLICITANTE
1 de 4
DESPRENDIBLE DE PAGO ULTIMO MES
DESPRNDIBLE DE PAGO PENULTIMO MES
6. PARA USO EXCLUSIVO DE LA COOPERATIVA
FOTOCOPIA DE LA CEDULA (DOS AL 150%)
1. Declaro que los recursos financieros que permiten realizar la presente transacción o vinculación comercial provienen de UNA ACTIVIDAD
LICITA ____________________________________________________________________________ 2. Declaramos que los recursos que entregué, no
provienen de ninguna actividad ilícita de las contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo modifique o adicione.
3. No admitiré que terceros efectúen depósitos a mi nombre provenientes de las actividades ilícitas contemplada en el Código Penal
Colombiano o en cualquier norma que lo modifique o adicione. No efectuere transacciones destinadas a tales actividades o a favor de personas
relacionadas con las mismas. 4. De igual manera autorizo en forma expresa e irrevocable a Credito2 y/o sus ALIADOS, para solicitar y/o
reportar a la central de información del Sector Financiero CIFIN o DATaCREDITO o a cualquier otra entidad que maneje o administre bases de
datos o a cualquier entidad financiera, todo lo relativo a la información comercial y de NOMINA que disponga en cualquier tiempo y al
cumplimiento o no de mis obligaciones presentes, pasadas y futuras, en los términos legales. 5.Credito2 y/o sus ALIADOS, una vez verifique la
información que bajo mi exclusiva responsabilidad de veracidad, he consignado en el presente formato y/o en el formato de Vinculación, podrá
tramitar la presente transacción. Si llegase a existir alguna inconsistencia en la información que he suministrado, Credito2 y/o sus ALIADOS, no
estará obligada a concluir la transacción ni a manifestar las razones de su negación y solamente deberá reintegrar cualquier tipo de suma de
dinero, sin el reconocimiento de intereses, que haya formalmente recibido. Igualmente me comprometo a actualizar cualquier tipo de
modificación de los datos consagrados en el presente formato o en el formato de Vinculación.
PRIMER APELLIDO -DEUDOR
FAMILIAR (Que no viva con usted)
DIRECCION RESIDENCIA BARRIO CIUDAD TELEFONO RESIDENCIA TIPO DE VIVIENDA
LUGAR DE NACIMIENTO FECHA DE NACIMIENTO PERSONAS A CARGO N° CELULAR (1)
FECHA EXPEDICION ESTADO CIVIL SEXO
SOLO SE CONSIGNARA A LA CUENTA DE
NOMINA
SOLICITUD DE CREDITO
SEGUNDO APELLIDO
PRIMER NOMBRE SEGUNDO NOMBRE
SEGUNDO APELLIDO
PRIMER NOMBRE SEGUNDO NOMBRE
1. CODIGO DE BARRAS 2. CUSTODIA VALORES 3. VENTA DE TITULO 4. ENTREGA A ABOGADOS
FIRMA
FIRMA
CEDULA DEUDOR
FIRMAS Y HUELLAS DEUDOR
HU
ELLA
N° PAGAREVALOR NUMERO TASA DE INTERES
VALOR LETRAS VALOR CUOTA
FECHA PRIMERA CUOTA PLAZO FIJADO
2 de 4
PAGARE
CARTA DE INSTRUCCIONES
FIRMAS Y HUELLAS DEUDOR
PRIMER APELLIDO
Autorizo al ACREEDOR o a quién represente sus derechos que con carácter permanente y de manera irrevocable: a) Que se descuente y se pague anticipadamente del
valor del desembolso o a que se le agregue el valor de mi crédito, según convenio con mi Empresa, pagaduría, la suma equivalente a las comisiones los gastos por pagos
de mis pasivos que por mi instrucción haga EL ACREEDOR, de los intereses causado entre la fecha de aprobación y el día del primer corte de facturación, antes de la fecha
pago de la primera cuota; así como cualquier otro valor derivado de la aprobación de mi préstamo, en la forma convenida con EL ACREEDOR. b) Que el evento en que se
tengan que cambiar las pólizas colectivas de vida y otras garantías pactadas en este crédito, estos cambios se reflejan en las cuotas por mí pagadas sin necesidad de
previo aviso.c) Que el valor del crédito en caso de que sea aprobado, sea consignado a mi cuenta mencionada en el formulario diligenciado par este crédito, o en caso de
autorizar la cancelación de los saldos adeudados a otras entidades, según el estado de cuenta que anexa, girar los dineros a favor de dichas entidades, en la cuenta,
número de cuenta, y entidad que ellos determinen.
d) Que de acuerdo al convenio que tienen suscrito EL ACREEDOR, este pagaré PUEDE ser vendido y endosado en propiedad de dicha entidad quién de acuerdo a las
normativas existentes será quién continúe reportando a las centrales de información, todo lo pertinente a mi comportamiento crediticio respecto a la atención de este
préstamo. e) Que de conformidad con el artículo 622 del código de comercio, se llenen los espacios que se han dejado en blanco en el pagaré aARRIBA ENUNCIADO, para
lo cual deberá ceñirse a las siguientes instrucciones: 1) El monto de la obligación será igual al valor de todas las obligaciones exigibles a mi cargo y a favor de EL
ACREEDOR, o a quién represente sus derechos, que existen al momento de ser llenados los espacios para lo cual se tendrán en cuenta los compromisos, que por todo
concepto, asumidos por la compañía. 2) El monto de la cuota mensual que comprenderá capital e intereses, costo de seguro de vida deudores, y otras garantías pactadas
en este crédito, podrá ser determinada por la compañía y consignada en el correspondiente espacio en blanco del pagaré desde el momento en que se produzca el
desembolso del crédito. Así mismo llenará el espacio correspondiente a la tasa de interés remuneratoria. 3) Los espacios que se hallan en blanco podrán llenarse además
cuando ocurra una o cualquiera de las circunstancias estipuladas en el pagaré como causales para hacer exigible las obligaciones a mi cargo. 4) La fecha será aquella en
que se llenen los espacios dejados en blanco. 5) Autorizo para declarar vencido el plazo estipulado y exigir inmediatamente el pago total de la obligación más los intereses
y demás accesorios, en el caso de infracción o errónea, falsa o inexacta que yo hubiere proporcionado o de la violación de este declaración.
PRIMER APELLIDO
CONTROL DE GARANTIAS
Yo, quien FIRMA, mayor de edad, y quien en adelante me denominaré EL DEUDOR, declaro que debo y me obligo a pagar solidaria e incondicionalmente en dinero
efectivo, a órdenes de AL ACREEDOR (DUEÑO DE ESTE TITULO VALOR) o a quién represente sus derechos, quién en adelante se denominará EL ACREEDOR, en sus
oficinas ubicadas en COLOMBIA-BOGOTA la suma ARRIBA INDICADA, que de ella he recibido a título de mutuo, bajo los parámetros aqui indicados de perido de pago y
valor de cuota, las cuales amortizarán capital e intereses remuneratorios, y una cuota final determinada por el saldo del capital y los intereses no cubiertos durante el plazo,
en razón de la variación en la tasa de interés certificada por la Superintendencia Financiera para el respectivo periodo. Así mismo, si en virtud de las variaciones de la tasa
máxima legal permitida el valor del interés remuneratorio del respectivo periodo a pagar supera la cuota fija pactada, se entenderá que lo pagado se imputará primero a los
intereses y el excedente se imputará a capital. La tasa de interés remuneratoria inicial, tomada como base al momento del desembolso de mi crédito, pactada e indicada
ARRIBA en este PAGARE. La primera cuota se caducará en terinta (30) días y así sucesivamente hasta el pago total de la obligación. Durante el plazo pagaremos intereses
remuneratorios mensuales vencidos, liquidados sobre el saldo insoluto de la obligación, bajo la modalidad de tasa FIJA (Ley 1527 de 2012), de tal manera que la tasa de
interés remuneratorio del correspondiente periodo en que deba efectuarse el pago, será la tasa ARRIBA INDICADA. La tasa de interés remuneratorio inicial, tomada como
base al momento del desembolso de mi crédito, pactada a la tasa ARRIBA INDICADA. La tasa de interés remuneratorio variable aquí establecida y las condiciones
pactadas, determinarán el vencimiento final de la obligación. Las primas por el seguro de vida deudores, incluyendo las que correspondan a cualquier otro de
características similares, será de mi cargo, y me obligo a pagar su valor mensualmente junto con las cuotas de capital. En caso de mora y durante ella, sin perjuicio de
las acciones legales de EL ACREEDOR, nos obligamos a pagar intereses a la tasa máxima autorizada por la ley. Todos los gastos e impuestos que ocasione este título
valor serán a cargo DEL DEUDOR, lo mismo que los gastos de cobranza judicial o extrajudicial, incluido los honorarios del abogado que aceptamos es un VEINTE
PORCIENTO ( 20%) de las sumas adeudadas por capital e intereses. Cuando se cobre mora sobre las cuotas periódicas vencida, pagaremos a EL ACREEDOR o a quién
represente sus derechos, intereses de mora sobre el total de la respectiva cuota. EL ACREEDOR, o quién represente sus derechos, queda autorizado para declarar vencido
el plazo estipulado y exigir inmediatamente el pago total de la obligación, más los intereses y demás accesorios en los siguientes casos: a) por mora en el pago de
cualquiera de las cuotas pactadas o de cualquier obligación que directa o indirectamente, conjunta o separadamente tenga para con el ACREEDOR o quién represente sus
derechos. b) Si en forma conjunta o separadamente soy perseguido judicialmente por cualquier persona y en ejercicio de cualquier acción; c) por entrega de cheques a
favor de EL ACREEDOR o a quién represente sus derechos, sin provisión de los fondos o devueltos por cualquier causa; d) en caso de muerte deEL DEUDOR; e) Si se
produce el retiro del EL DEUDOR de la empresa en la que actualmente laboro. EL ACREEDOR, o quién represente sus derechos no estará obligado a aceptar el prepago de
las(s) obligaciones(es) adquirida(s) por EL DEUDOR: Sin embargo, en caso de que decida aceptarlo podrá exigir el pago de una suma hasta un valor equivalente a los
intereses de plazo faltante. La mera ampliación del plazo o la conversión en otro pagaré no constituye novación ni extingue las garantías constituidas a favor de EL
ACREEDOR o de quién represente sus derechos. En el presente pagaré EL DEUDOR acepta desde ahora cualquier CESION, ENDOSO O TRASPASO, que de este
PAGARE;a un nuevo ACREEDOR persona natural o jurídica y renuncia en favor de EL ACREEDOR a todo derecho que por ley, decreto o resolución se consagre a su
favor y que tienda a disminuir el valor de las obligaciones contenidas en este documento o a eludir y dilatar el cumplimiento de ellas.
HU
ELLA
SEGUNDO APELLIDO
PRIMER NOMBRE SEGUNDO NOMBRE
SEGUNDO APELLIDO
PRIMER NOMBRE SEGUNDO NOMBRE
FIRMAS Y HUELLAS DEL BENEFICIARIO
PRIMER APELLIDO FIRMA
HU
ELLA
FECHA PRIMERA CUOTA PLAZO FIJADO
Yo quién FIRMO, mayor de edad, y quien en adelante me denominaré EL BENEFICIARIO, declaro que debo y me obligo a pagar solidaria e incondicionalmente en dinero efectivo, a órdenes
de AL OPERADOR (DUEÑO DE ESTA LIBRANZA - LEY 1527 DE 2012) o a quién represente sus derechos, quién en adelante se denominará EL OPERADOR, en sus oficinas ubicadas en
COLOMBIA, la suma ARRIBA INDICADA, que de ella hemos recibido a título de mutuo, bajo los parámetros aqui indicados de perido de pago y valor de cuota, las cuales amortizarán capital e
intereses remuneratorios, y una cuota final determinada por el saldo del capital y los intereses no cubiertos durante el plazo, en razón de la variación en la tasa de interés certificada por la
Superintendencia Financiera para el respectivo periodo. De igual manera autorizo para que en caso de retiro por cualquier causa de la empresa, descuente de la liquidación y/o de
prestaciones sociales, vacaciones, bonificaciones e indemnizaciones, el saldo que a la fecha adeude y se abone AL OPERADOR, con destino a pagar la obligación a mi cargo incluyendo
también intereses corrientes, moratorios y otros gastos. Cuando por motivos de incapacidad, licencias, supensiones, vacaciones y otras circunstancias en las cuales no se efectúe el
descuento pactado, me comprometo a cancelar directamente por Caja las cuotas hasta que el pago del crédito se regularice. Cualquier contraorden que pretenda efectuarse a la presente,
solamente podrá tenerse en cuenta si está debidamente autorizada por EL OPERADOR.
Conozco como BENEFICIARIOS, que por efecto de pagos atrazados y/o que la incorporación de la cuota sea por mayor valor, que esto afectará en el plazo de la obligación, para lo cual
AUTORIZAMOS a EL OPERADOR para modicicar la CUOTA Y PLAZO inicialmente PACTADOS y ajustarlo así:
1) Cuota ajustandose a la LEY; 2) PLAZO el que sea necesario hasta extinguir la obligacion; 3) CAMBIO DE EMPRESA Y/O FONDE DE PESIONES Y/O CAJA DE RETIRO, como lo manda la LEY
1527 autorizo a mi nuevo EMPLEADOR Y/O PAGADOR o FONDO DE PENSION Y/O RETIRO, para que continue los descuentos de acuerdo a MI Capacidad de Pago, consecuente con los
numerales anteriores 1 y 2.
IMPORTANTE: Artículo 7º. Continuidad de la autorización de descuento. En los eventos en que el beneficiario cambie de empleador o entidad pagadora, tendrá la obligación de informar de
dicha situación a las entidades operadoras con quienes tenga libranza, sin perjuicio de que la simple autorización de descuento suscrita por parte del bene ciario, faculte a las entidades
operadoras para solicitar a cualquier empleador o entidad pagadora el giro correspondiente de los recursos a que tenga derecho, para la debida atención de las obligaciones adquiridas bajo
la modalidad de libranza o descuento directo. En caso de que el bene ciario cambie de empleador o entidad pagadora, para efectos de determinar la prelación si se presentan varias libranzas,
la fecha de recibo de la libranza será la de empleador o entidad pagadora original.
AUTORIZAMOS A EL OPERADOR A DILIGENCIA POR MI LOS ANEXOS NECESARIOS PARA REPORTE DE NOVEDADES QUE LLEGASE A SER REQUERIDOS POR MI PAGADOR, SIEMPRE
QUE SE AJUSTE A LA VIGENCIA DE UN CREDITO, PRODUCTO Y/O SERVICIO ACTUAL CON EL OPERADOR DE LIBRANZA
LIBRANZA - LEY 1527 DE 2012VALOR CREDITO TASA DE INTERES
N° LIBRANZAVALOR LIBRANZA (CUOTA POR NUMERO DE CUOTAS) VALOR CUOTA
FIRMAS Y HUELLAS DEL BENEFICIARIO
PRIMER APELLIDO FIRMA
HU
ELLA
3 de 4
LIBRANZA - LEY 1527 DE 2012VALOR CREDITO TASA DE INTERES
VALOR LIBRANZA (CUOTA POR NUMERO DE CUOTAS) VALOR CUOTA
FECHA PRIMERA CUOTA PLAZO FIJADO
N° LIBRANZA
Yo quién FIRMO, mayor de edad, y quien en adelante me denominaré EL BENEFICIARIO, declaro que debo y me obligo a pagar solidaria e incondicionalmente en dinero efectivo, a órdenes
de AL OPERADOR (DUEÑO DE ESTA LIBRANZA - LEY 1527 DE 2012) o a quién represente sus derechos, quién en adelante se denominará EL OPERADOR, en sus oficinas ubicadas en
COLOMBIA, la suma ARRIBA INDICADA, que de ella hemos recibido a título de mutuo, bajo los parámetros aqui indicados de perido de pago y valor de cuota, las cuales amortizarán capital e
intereses remuneratorios, y una cuota final determinada por el saldo del capital y los intereses no cubiertos durante el plazo, en razón de la variación en la tasa de interés certificada por la
Superintendencia Financiera para el respectivo periodo. De igual manera autorizo para que en caso de retiro por cualquier causa de la empresa, descuente de la liquidación y/o de
prestaciones sociales, vacaciones, bonificaciones e indemnizaciones, el saldo que a la fecha adeude y se abone AL OPERADOR, con destino a pagar la obligación a mi cargo incluyendo
también intereses corrientes, moratorios y otros gastos. Cuando por motivos de incapacidad, licencias, supensiones, vacaciones y otras circunstancias en las cuales no se efectúe el
descuento pactado, me comprometo a cancelar directamente por Caja las cuotas hasta que el pago del crédito se regularice. Cualquier contraorden que pretenda efectuarse a la presente,
solamente podrá tenerse en cuenta si está debidamente autorizada por EL OPERADOR.
Conozco como BENEFICIARIOS, que por efecto de pagos atrazados y/o que la incorporación de la cuota sea por mayor valor, que esto afectará en el plazo de la obligación, para lo cual
AUTORIZAMOS a EL OPERADOR para modicicar la CUOTA Y PLAZO inicialmente PACTADOS y ajustarlo así:
1) Cuota ajustandose a la LEY; 2) PLAZO el que sea necesario hasta extinguir la obligacion; 3) CAMBIO DE EMPRESA Y/O FONDE DE PESIONES Y/O CAJA DE RETIRO, como lo manda la LEY
1527 autorizo a mi nuevo EMPLEADOR Y/O PAGADOR o FONDO DE PENSION Y/O RETIRO, para que continue los descuentos de acuerdo a MI Capacidad de Pago, consecuente con los
numerales anteriores 1 y 2.
IMPORTANTE: Artículo 7º. Continuidad de la autorización de descuento. En los eventos en que el beneficiario cambie de empleador o entidad pagadora, tendrá la obligación de informar de
dicha situación a las entidades operadoras con quienes tenga libranza, sin perjuicio de que la simple autorización de descuento suscrita por parte del bene ciario, faculte a las entidades
operadoras para solicitar a cualquier empleador o entidad pagadora el giro correspondiente de los recursos a que tenga derecho, para la debida atención de las obligaciones adquiridas bajo
la modalidad de libranza o descuento directo. En caso de que el bene ciario cambie de empleador o entidad pagadora, para efectos de determinar la prelación si se presentan varias libranzas,
la fecha de recibo de la libranza será la de empleador o entidad pagadora original.
AUTORIZAMOS A EL OPERADOR A DILIGENCIA POR MI LOS ANEXOS NECESARIOS PARA REPORTE DE NOVEDADES QUE LLEGASE A SER REQUERIDOS POR MI PAGADOR, SIEMPRE
QUE SE AJUSTE A LA VIGENCIA DE UN CREDITO, PRODUCTO Y/O SERVICIO ACTUAL CON EL OPERADOR DE LIBRANZA
No. Cuota Abono Capital Seguro Credito Cuota Total
FIRMA HUELLAPRIMER NOMBRE
SEGUNDO NOMBRE
Intereses Seguro de Vida
11. SIMULADOR COMPRA DE CARTERA ORDINARIA - CUOTA FIJA
PLAN DE PAGOS
4 DE 4
PRIMER APELLIDO
SEGUNDO APELLIDO
COMERCIAL
ESTUDIO CREDITO
AVAL
VALOR GIRO
PRIMA SEGURO ADI+
VALOR TOTAL CREDITO
VALOR CREDITO
SEGURO ADI+
TASA (N.M.V)
TASA (E.A)
PLAZO
PRIMA VIDA
Saldo Capital
CREDITO ROTATIVO - APROBACION EN LINEA
SIMULADOR PROYECTADO HASTA LOS PRIMEROS 3 AÑOS DEL CREDITO