Servicios sociales en venezuela
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Ley de Servicios Sociales Gaceta Oficial N° 38.270 del 12 -10- 2005
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
ESTRUCTURA
Aspectos Constitucionales, legales y
teóricos que sustentan la ley de servicios
sociales .
Contenido normativo de los aspectos más
relevantes de la ley de servicios sociales.
Aplicación efectiva de la ley (controversias)
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
ASPECTOS CONSTITUCIONALES
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
(CRBV) Gaceta Oficial Nº 5453 de 24-03-2000
Art. 2. Estado Democrático y Social de Derecho y de
Justicia.
En correspondencia con la forma de Estado.
Art. 86 se definen la
1.-Noción.2. Contenido 3.-Límites de la Seguridad Social
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
CARACTERISTICAS EN LA CRBV (1999)
Atribuye a la seguridad social.
Es un derecho humano fundamental.
Es un servicio público.
Las cotizaciones se deben administrarcon fines sociales.
El Rector es el Estado
Los recursos, sus excedentes yrendimiento sólo para la protección socialde los afiliados a la seguridad social.
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
Eficiencia
Igualdad
unidad
Universalidad
Participación
Integralidad
SolidaridadPrincipios y
Características
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
Ley orgánica del sistema de seguridad
social Art. 1
Constitución de la
República Bolivariana de
Venezuela Art.2, Art.86
Sistema
prestacional de
Salud Art. 19
Sistema prestacional de previsión
social Art. 19 LOSSS
Sistema prestacional de
vivienda y hábitat
Art. 19LOSSS
Régimen prestacional
de Salud Art 20LOSSS
Régimen prestacional
de vivienda y hábitat
Art22 LOSSS
Régimen prestacional de Servicios
sociales al adulto mayor y otras
categorías
de personas Art. 21LOSSS
Régimen prestacional
Empleo Art. 21LOSSS
Régimen prestacional
Pensiones y otras
asignaciones económicas
Art.21LOSSS
Régimen prestacional
Seguridad y salud en el
Trabajo Art.21 LOSSS
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
LOSSS (Gaceta Nº 37.600 30-12-2002)
Características Básicas:
Ley Orgánica
Es un derecho humano y Social Fundamental
Concibe la Seguridad Social como un servicio
publico
Internacionalización de la Seguridad Social
LEY ORGANICA DEL SISTEMA
DE SEGURIDAD SOCIAL
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
LEY ORGANICA DEL SISTEMA
DE SEGURIDAD SOCIAL
Art. 17 Define contingencias amparadas por el sistema y las condiciones de protección a las otras categorías de personas.
Art. 18 Establece las prestaciones que otorga la ley dejando abierta la incorporación de otra prestación derivada de contingencia no prevista en la ley.
Art. 19 El sistema esta integrado por tres sistemas prestacionales
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
Regímenes Prestacionales
Desarrollados mediante leyes especiales
Régimen
prestacional
de salud
SISTEMA
PRESTACIONAL
DE
SALUD
Régimen Prestacional de Servicios
sociales al adulto mayor y otra
categorías de personas Art. 58 al
62 LOSSS
Régimen de Empleo
Régimen de Pensiones y otras
asignaciones económicas
Régimen de Seguridad y salud en
el trabajo
SISTEMA
PRESTACIONAL
DE PREVISION
SOCIAL
SISTEMA
PRESTACIONAL DE
VIVIENDA Y HABITAT
Régimen
prestacional
de vivienda y
hábitat
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
El régimen prestacional de servicios sociales
al adulto mayor y otras categorías de
personas se desarrolla en la LEY DE
SERVICIOS SOCIALES, publicada en GO
Numero 38.270 el 12-10- 2005.
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
LEY DE SERVICIOS SOCIALESGaceta Oficial N° 38.270 del 12 -10- 2005
Definir y regular el Régimen
Prestacional de Servicios
Sociales al Adulto Mayor y
Otras Categorías de
Personas.
Rectoría.
Organización
Funcionamiento
Financiamiento
OBJETO
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
Determina las prestaciones.
Establece los requisitos para su
obtención y gestión, de conformidad con
lo establecido en la CRBV, LOSS, en los
tratados, pactos y convenciones sobre la
materia, suscritos y ratificados por la
República Bolivariana de Venezuela.
OBJETO
LEY DE SERVICIOS SOCIALESGaceta Oficial N° 38.270 del 12 -10- 2005
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
Adulto y adulta mayor: Art. 7 numeral 1
Persona natural con edad igual o mayor a
sesenta años.
Otra categoría de Personas:Art. 7 numeral 2
Personas naturales menores de sesenta
años de edad, con ausencia de
capacidad contributiva para cotizar al
Sistema de Seguridad Social, que se
encuentren en estado de necesidad y, no
están amparadas por otras leyes,
instituciones y programas.
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
Estado de Necesidad.
Art. 7 numeral 3
“A la situación de desprotección económica,
personal, familiar o social, que desencadena
necesidades sociales previstas y tipificadas por
esta Ley como merecedoras de protección
temporal o permanente. Constituye el dispositivo
que acciona la dinámica protectora y determina si
hay lugar o no a la protección”.
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
Progresividad Corresponsabilidad
Autonomía
Igualdad
Atención
Preferencial
Trato
Digno
Participación
Principios Rectores de la Ley de Servicios Sociales
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
Deberes y Derechos de personas
Protegidas
Estado debe garantizar a las personas
amparadas por esta ley:
Los derechos humanos sin discriminación.
Los derechos civiles (nacionalidad y
ciudadanía)
Los derechos políticos, sociales de la familia,
culturales, económicos, ambientales y de los
pueblos indígenas según lo previsto CRBV.
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
Deberes y Derechos de personas
Protegidas
ESTADO
FAMILIASOCIEDAD
1. Integración, corresponsable
(calidad de Vida).
2. Derecho a la sexualidad.
3. Familias derecho a la
atención de las instituciones
1. Deber de Participar
2. Uso adecuado de las
prestaciones
3. Registrarse en el Sistema de
información de la SS.
4. Corresponsabilidad FamiliarGARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
DEBERES DE COORDINACION Y COOPERACION
DE ORGANISMOS PUBLICOS Y PRIVADOS
Los organismos públicos y privados, distintos al ministerio con
competencia en materia de servicios sociales al adulto y adulta
mayor y otras categorías de personas y el Instituto Nacional de
Servicios Sociales, coadyuvarán para que sus acciones se
desarrollen con la mayor eficacia y eficiencia en beneficio de los
sujetos protegidos, con la participación del respectivo Consejo
de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas y del
Consejo Local de Planificación Pública.
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
ESTADOS Y MUNICIPIOS EN EL AMBITO
DE SU COMPETENCIADeben participar activamente y en forma
protagónica en la cogestión de las prestaciones,
programas y servicios establecidos por la LSS a
partir de convenios con el Instituto Nacional de
Servicios Sociales.
Proyectos, planes, programas y presupuestos,
destinados a la atención
Previsión Presupuestaria: deben incluir en su
presupuesto anual las partidas necesarias para
la atención integral de las personas protegidas
por la LSSGARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
ESTADOS Y MUNICIPIOS EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA
Deben hacer del conocimiento de las
instancias de participación ciudadana previstas
en esta Ley, la formulación, ejecución y resultado
n integral de las personas protegidas por esta
Ley.
Asumirán las prestaciones asistenciales en
servicios y en especie contemplados en la LSS
Descentralizar y transferir a las comunidades y
grupos vecinales organizados, los servicios que
éstos gestionen, previa demostración de su
capacidad para prestarlos.GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
REGULALas relaciones jurídicas entre las
personas naturales o jurídicas y
los órganos y entes.
Establece la vinculación con los
demás regímenes prestacionales
que integran el SSS.
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Elementos Fundamentales que
constituyen garantía de la efectividad de
la Ley
Noción de estado de necesidad.
Red Programática de los Servicio
Sociales.
Tecnificación profesional de la red
Viabilidad Financiera
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
Estado de Necesidad
Con protección prioritariaLSS Art.30
Estar en desamparo familiar, social, económico o en indigencia.
Estar excluido del grupo familiar, carecer de medios de subsistencia y con ingresos inferiores al cuarenta por ciento (40%) del salario mínimo urbano.
Estar privadas de alimento y en estado de desnutrición.
Carecer de habitación y estar en exposición a la intemperie.
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
Estado de Necesidad.
Con protección prioritaria
Estar en situación de avanzada edad o de grandiscapacidad con imposibilidad de satisfacer susnecesidades básicas y depender permanentemente deotra persona con escasos recursos.
Ser jefe o jefa de familia en estado de necesidad y conpersonas bajo su dependencia.
Encontrarse en cualquier otra circunstancia dedesamparo que implique limitaciones severas para cubrirlas necesidades básicas de subsistencia o que lapersona o familia no pueda superarla por sí misma.
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
Ámbito de Aplicación
ART 3. Población amparada (exceptuando las asignaciones económicas)
Venezolanos y venezolanas de sesenta años o mas de edad y los extranjeros y extranjeras de igual edad, siempre que residan legalmente en el país.
Venezolanos (as) y extranjeros (as) con residencia legal en el país, menores de sesenta años, en estado de necesidad, no amparadas por otras leyes, instituciones o programas, destinados a brindar igual o semejantes prestaciones a las contempladas en la ley.
Extranjeros (as) de tránsito en el país y que se encuentren en las situaciones antes señaladas, serán atendidos de acuerdo a los tratados, pactos y convenciones suscritos y ratificados por la república.
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
Prestaciones
Comprenden asignaciones económicas
Corto
Mediano
Largo plazo
Entre el 60% y el
80% del salario
mínimo vigente.
Prestaciones en
servicios y en
especies. Art. 31
LSS
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Prestaciones Dinerarias
Son las asignaciones económicas, permanentes o
no.
Para los calificar y para obtenerlas y uno de los
requisitos es la ausencia de capacidad contributiva.
Estas asignaciones pueden ser a largo, mediano y
corto plazo.
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
¿Quiénes tienen derecho a estas asignaciones?
Adultos mayores, en estado de necesidad y conausencia de capacidad contributiva.
Personas menores de sesenta años que seencuentren en estado de necesidad, que no esténprotegidas por otras leyes y no estén integradas asu grupo familiar.
Personas con discapacidad total permanente ograve temporal, que impida o dificulte severamentesu actividad social, laboral o individual, previacalificación y certificación de la condición.
Las familias en situación de desproteccióneconómica, con ingresos económicos inferior alsalario mínimo urbano, no protegida por otrasleyes.
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
¿Quiénes tienen derecho a estas asignaciones?
Familias con personas a su cargo con
discapacidad absoluta permanente o gran
discapacidad que impida o dificulte severamente su
actividad social, laboral, o individual.
Amas de casa: no amparadas por otras leyes que
les brinden la misma protección y en estado de
necesidad.
Personas de los pueblos indígenas, en estado de
necesidad, y; éstos se considerarán adultos
mayores a los 50 años de edad.
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
Red de hogares y residencias diurnasProgramas destinados a fomentar estilos de vida
saludables.Educación, cultura y deportes.Programas de valoración y respeto hacia los
adultos mayores y personas con discapacidades.Atención médica especializada.Disponibilidad para el suministro de fármacos.Atención preferencial y asientos preferenciales
para el adulto mayor y personas con discapacidad.
Programas alimentarios.Atención domiciliaria.Programas de recreación y turismo social.Servicio funerario.Tarifas especiales y descuentos en el transporte.Acceso a vivienda y hábitat digno.Incentivos para la incorporación al proceso
productivo.
Prestaciones
en servicios y
en especies
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
Rectoría y organización
del sistema de
servicios socialesINSTANCIA ESTRUCTURA ADMINITRATIVA
Órgano Rector ART 86
Órgano Gestor ART 69 INASS
Órgano Asesor Consejo Nacional de Servicios Sociales
Instancia educativa y comunicacional Oficina de asuntos educativos y comunicacional
Órgano de Ejecución a nivel del Estado Centros de SS del Estado
Órgano de Ejecución a nivel del Municipio Centros de SS del municipio
Órgano por descentralización de competencias municipales Comunidades y grupos vecinales organizados
Órganos e evaluación, control e integración
Instancias de cooperación y coordinación institucional
ART 87 Comité comunitarios de SS y asambleas de
ciudadano.
Art. 5 Redes de SS
Instancias de participación ciudadana ART 6 Redes de voluntariados de SS de las personas
protegidas por la ley
Órgano de denuncias ART. 102 INASS, Ministerio Publico
Instancia de Sanción ART. 104 Ministerio Publico
Órganos Financieros ART 95. Fondo de asignaciones económicas sociales (TSS)
ART. 96 Fondos de prestaciones de servicios en especies,
INASS
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
Financiamiento
ORIGEN FISCALAsignaciones presupuestarias previstas en la Ley del Ejercicio fiscal correspondiente.Aportes extraordinarios que apruebe el EjecutivoLos remanentes netos de capital Mecanismos impositivos para este finCantidades recaudadas y cualquier otra fuenteAportes presupuestarios de los Estados y Municipios
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
LAPSOS ACTIVIDAD RESPONSABLE
12 meses después de publicada la LSS
12/09/2006
Reestructuración de INAGER para su
conversión al INASS
Ministerio del poder popular para la
participación Social
6 meses después de publicada la LSS
12/03/2006
Preparar el plan de integración para
coordinar y agilizar la integración
de las prestaciones y programas
desarrollados por los Estados y
Municipios, para e desarrollo en dos
años a partir de la consignación del
plan de integración.
Instituto Nacional de Servicios Sociales.
INASS
En 180 días de entrada en vigencia de
Ley
Presentación de las necesidades
financieras para la implantaron de
la nueva institucionalidad al
Presidente en consejo de Ministros
Ministerio del poder popular para la
participación Social
Al entrar en vigencia la disposiciones
relativas a las asignaciones
económicas
Las personas calificadas y certificadas
recibirán el 60% del salario mínimo
urbano vigente
Instituto Nacional de Servicios Sociales.
INASS
12 meses después de publicada la LSS
entrada en vigencia la disposiciones
relativas a las asignaciones
económicas
Desarrollo pleno de las disposiciones
referidas a las asignaciones
económicas y constitución del fondo
de asignaciones económicas y
sociales
Ministerio del poder popular para la
participación Social
Disposiciones Transitorias,
Derogatorias y Finales de la LSS
Fuente: Consideraciones sobre la reforma de la Seguridad Social en Venezuela Ana SalcedoGARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
DISPOSICIONES TRANSITORIAS,
DEROGATORIA Y FINALES
Reestructuración del INAGER a INASS 12 meses.
Los funcionarios se regirán por la Ley de Estatuto del funcionario publico.
El INASS seis meses presentara un plan de integración con Estados y Municipios.
180 días el Ministro con competencia presentara las necesidades financieras para la transición.
Al finalizar la vacatio Ley, la personas calificadas y certificadas recibirán el 60% del salario mínimo.
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
DISPOSICIONES TRANSITORIAS,
DEROGATORIA Y FINALES
Se derogan toda disposición normativa que contraigan la LSS y la Ley del INAGER.
Disposición final Única
Las asignaciones económicas entraran en vigencia 12 meses siguientes a la publicación de la Ley.
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
VIABILIDADPasa por el análisis de 2 variables: Gastos y
financiamiento.
La población de adultos mayores pasó de ser el
4,88% de la población en 1975 al 7,04% en el 2003,
con un total de 1.804.047 personas de la tercera
edad.
Según el INE para 2006 la población mayor de 60
años era de 2.078.073.
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
VIABILIDADTransición demográfica, ha descendido la natalidad y una mortalidad moderada.
La esperanza de vida del venezolano, muestra una tendencia clara ascendente en los últimos 20 años:
1950-1955 55.19 años
1960-1965 60,18 años
1970-1975 66,06 años
1980-1985 68,77 años
1990-1995 71,77 años
2000-2005 73,74 años
Actualmente es 74,65
2010-2015 será 76,28 años Fuente: Anuario INE 1993
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
Situación Actual
La aprobación de la LOSSS y LSS,
colocan a nuestro país desde la
perspectiva legal entre las naciones
que ha elaborado marcos legislativo
específicos dentro d los sistemas de
seguridad social, para la protección de
sectores de la población
tradicionalmente excluidos
Sin crear los fondos para el
financiamiento de las prestaciones
Fondo de asignaciones económicas y
sociales
Fondo de prestaciones en servicios y
especies Sin crear la Tesorería de la Seguridad
Social
Sin levantar el catastro social
correspondiente que determine CUAL Y
CUANTA ES LA POBLACION A
ATENDER desde la publicación de la
novísima Ley.
Presidente de la República ha creado
una estructura paralela a través de
decretos MISION NEGRA HIPOLITA
25 de diciembre del 2005, LA MISION
MADRES DEL BARRIO decreto 4342
GO 38404 la cual tiene como objetivo
apoyar a las amas de casa, decreto
5316 del 25 de abril del 2007 GO 38673
programa excepcional y temporal para
atender a 100.000 adultos y adultas
mayores en estados de necesidad.
DOS MODIFICACIONES SIN EVALUAR
LA LOSSS
GARCIA, NORMA - VELIZ, ALEIDA
ConclusionesLOSSS, LSS son instrumentos de justicia social
Leyes de avanzada, que coloca a nuestro país a la vanguardia, al menos desde la perspectiva legal
Sistema de protección tendiente a la inclusión de todas aquellas personas tradicionalmente excluidos.
Objetivos y novedosos planteamientos, es considerada por algunos una ley utópica de difícil implementación
Escasa viabilidad financiera.
Existen disposiciones gubernamentales que aparentan evadir las disposiciones establecidas en la LOSSS y en la Ley de Servicios Sociales y la publicación de otras leyes de protección para sectores específicos de la población.
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