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COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL GENERADORES DE CONFIANZA !!! 1 SERVICIOS ESPECIALES PRESTADOS POR CONTADORES PUBLICOS SEPC-2 NORMA SOBRE REVISIÓN LIMITADA DE ESTADOS FINANCIEROS NORMA SOBRE REVISIÓN LIMITADA

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COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL

GENERADORES DE CONFIANZA !!! 1

SERVICIOS ESPECIALES PRESTADOS POR CONTADORES PUBLICOS

SEPC-2

NORMA SOBRE REVISIÓN LIMITADA DE ESTADOS FINANCIEROS

NORMA SOBRE REVISIÓN LIMITADA

COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL

GENERADORES DE CONFIANZA !!! 2

DE ESTADOS FINANCIEROS

INTRODUCCIÓN

1. Una revisión limitada a los estados financieros es un compromiso que está

comprendido en los servicios especiales prestados por Contadores Públicos Independientes (SEPC), en el que básicamente se utilizan algunos procedimientos formales de substanciación. En este tipo de servicio no se requiere evaluar el sistema de control interno, observar el proceso de toma física del inventario, y la circularización de cuentas por cobrar y pagar.

2. La Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, en Septiembre de

1974, emitió con carácter de disposición normativa de la actuación de todos los Contadores Públicos, la Publicación Técnica N° 1 "NORMAS DE AUDITORIA". En dicha publicación se dispone lo siguiente:

"3.3.5 En todos los casos en que el nombre de un Contador Público quede asociado con algunos estados financieros, el Contador Público debe expresar, de manera clara e inequívoca, la naturaleza de su relación con dichos estados financieros. Si se ha realizado algún examen de ellos, el Contador Público debe manifestar, de modo expreso y claro, el carácter de su examen, su alcance y grado de responsabilidad que, como consecuencia de él asume".

3. El Código de Ética Profesional del Contador Público Venezolano, actualizado en

1996, dispone lo siguiente:

Artículo 11: "El Contador Público no deberá firmar informes de auditoría que no hayan sido redactados por él o bajo su dirección. Tampoco deberá estampar su firma autógrafa y el número de colegiación en el cuerpo de los estados financieros que prepare, revise limitadamente o dictamine".

"En todo caso, deberá expresar en un informe escrito la naturaleza del trabajo realizado, su alcance y grado de responsabilidad que asume".

4. El Contador Público Independiente (en adelante C.P.I. Contador Público

Independiente colegiado C.P.C. que actúa con independencia de la labor a ejecutar) no debe permitir que su nombre y número de CPC aparezca vinculado a ningún estado financiero, si no ha cumplido, como requisito mínimo, con las normas previstas en esta Declaración. En todo caso, si su nombre y número de CPC han sido utilizados sin su

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autorización deberá ejercer todas las medidas necesarias para preservar el interés de los usuarios de tales estados financieros y resguarda su credibilidad profesional.

OBJETIVOS

5. El propósito de esta declaración es el de establecer las normas que debe observar el

C.P.I., cuando realiza un trabajo de revisión limitada sobre los estados financieros de una entidad.

6. Esta declaración describe las normas sobre el tipo de informe que deberá emitir el

C.P.I., con base en la revisión limitada de estados financieros, y los procedimientos de revisión limitada que se deben considerar al asumir el compromiso.

7. Esta declaración puede ser aplicada a la revisión de otra clase de información. 8. Los pronósticos financieros, las proyecciones y presentaciones similares, así como la

información contenida en los formatos tributarios y otros formatos oficiales, no se consideran estados financieros a los fines de esta norma.

9. El objetivo de una revisión limitada es permitirle al C.P.I. expresar, sobre la base de

procedimientos que no le suministran toda la evidencia que hubiera requerido un examen de los estados financieros de acuerdo con norma de auditoria de aceptación general, si ha encontrado o no elementos que le permita inferir que la información revisada está presentada o no de conformidad con principios de contabilidad de aceptación general.

10. Lo limitado de los procedimientos, en una revisión normada por este Boletín, hace

que los aspectos importantes en los estados financieros o en cualquier otra información financiera pudiera no ser considerados por el C.P.I., es por ello que los niveles de seguridad obtenidos en una revisión limitada son sustancialmente menores a, los resultantes de un examen de los estados financieros de acuerdo con las normas de auditoría de aceptación general.

DEFINICIONES

11. A los efectos de esta norma especial, se tomará como base las mismas definiciones

establecidas en la SEPC-1 Normas sobre preparación de estados financieros.

Las siguientes presentaciones financieras se consideran estados financieros:

- Balance General - Estado de resultados - Estado de movimiento de las cuentas de patrimonio.

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- Estado de flujo del efectivo - Estado de activos y pasivos (con o sin las cuentas del patrimonio) - Estado de ingresos y egresos (base acumulativa o de efectivo) - Estado de operaciones por ramo de producto. - Otras demostraciones sobre las cuales el C.P.I. asuma responsabilidades como consecuencia de la aplicación de esta norma especial.

ALCANCE DE UNA REVISIÓN LIMITADA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS

12. Es la ejecución de procedimientos, averiguaciones y análisis de substanciación que

proporcionen al C.P.I una base razonable para expresar una opinión limitada de que no habría que hacer modificaciones importantes a los estados financieros para que estén de acuerdo con Principios de Contabilidad de Aceptación General.

CONTRATO DE SERVICIO 13. De conformidad con lo dispuesto en el código de ética profesional, el C.P.I. deberá

celebrar un contrato por escrito con su cliente, en el cual se especifiquen las condiciones y alcance de sus servicios, así como todo lo relacionado con sus honorarios y gastos en que se incurra en la ejecución de su trabajo. En este sentido, el C.P.I. deberá asegurarse de que haya una clara comprensión por parte del cliente de los términos del compromiso.

El C.P.I. debe considerar la inclusión de los puntos siguientes:

- El objetivo del servicio a realizar,

- Período o fecha de la revisión,

- El alcance de la revisión limitada, incluyendo la referencia a esta norma.

-Indicará que la revisión limitada de los estados financieros, proporcionará una base razonable, que permita, sí como resultado de ésta, ha encontrado elementos suficientes, para informar que los estados financieros están presentados de acuerdo con Principios de Contabilidad de Aceptación General.

-Una indicación de que la responsabilidad sobre la información financiera es de la

Gerencia.

PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD DE ACEPTACIÓN GENERAL

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14. Cuando la Gerencia cumple su responsabilidad de preparar estados financieros útiles,

debe prestar atención a la calidad de sus criterios contables; La preparación de los estados financieros deberá incluir las normas de contabilidad sobre medición y revelación financieras. Las convenciones, reglas y procedimientos han evolucionado y sirven de guía para aquellos responsables por la preparación de los estados financieros. Estas normas y procedimientos técnicos, referidos como Principios de Contabilidad de Aceptación General proporcionan las normas con las cuales el C.P.I. revisa los estados financieros. En la "Declaración de Principios de Contabilidad N" 0 (DPC O)" emitida por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, se indican las normas básicas y Principios de Contabilidad de Aceptación General vigentes en Venezuela, relacionadas con la preparación y presentación de los estados financieros a ser utilizados por usuarios externos. Por otra parte, el C.P.I. deberá tomar en cuenta todas aquellas normas e instructivos que sean emitidos por entes reguladores a entidades obligadas a cumplir dichas normas.

Se considera que los estados financieros están de acuerdo con Principios de Contabilidad de Aceptación General cuando:

• Los Principios de Contabilidad aplicados por la Gerencia tienen aceptación general. • Los Principios de Contabilidad aplicados por la Gerencia son apropiados en las

circunstancias.

• Los estados financieros contienen revelaciones suficientes.

PRINCIPIOS GENERALES DE UN TRABAJO DE REVISION

LIMITADA 15. El C.P.I. deberá cumplir con el "Código de Ética Profesional" emitido por la

Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela. Los Principios Éticos que rigen las responsabilidades profesionales del C.P.I. son:

a) Integridad

b) Objetividad

c) Competencia profesional y debido cuidado

d) Confidencialidad

e) Conducta profesional, y

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f) Estándares Técnicos

La independencia es un requisito para la realización de trabajos de revisión limitada, sin embargo, el C.P.I. podrá utilizar las cédulas u otro tipo de información preparada por los auditores internos, (DNA-5) así como cualquier otra documentación también preparada, por otras personas que le permitan obtener el resultado.

El C.P.I. deberá conducir un trabajo de revisión limitada de acuerdo con esta Norma de Servicios especiales y con los términos del trabajo.

PLANIFICACION Y SUPERVISION 16. El C.P.I. debe planificar y supervisar el trabajo de revisión limitada de acuerdo con

las normas establecidas en la DNA-6, planeación y supervisión, emitida por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela el 02 de septiembre de 1983.

PROCEDIMIENTOS DE REVISION LIMITADA

17. Considerando que: las Normas Internacionales de Auditoría y Servicios

Relacionados, (NIA/SR 1 y 2) referidas a los trabajos de revisión de estados financieros, emitidas por el Comité Internacional de Prácticas de Auditoría (IAPC), aprobadas por el Consejo de la Federación Internacional de Contadores Públicos (IFAC); proporcionan las pautas que ayudan a una buena práctica al C.P.I. en su trabajo de revisión limitada de los estados financieros en cuanto a los procedimientos y evidencias, el Comité Permanente de Normas de Auditoría de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela adecua las mencionadas Normas Internacionales para que sean aplicadas en los procedimientos de revisión limitada de los estados financieros por los Contadores Públicos Independientes en Venezuela.

18. El C.P.I. ejecutará procedimientos de averiguaciones y análisis que le proporcionen

una base razonable para expresar una opinión limitada de que los estados financieros están de acuerdo con los Principios de Contabilidad de Aceptación General sin efectuarles modificaciones importantes. Tales procedimientos pudieran consistir en:

- Obtención de información acerca del giro o actividad de la entidad, así como del sector económico dentro del cual opera;

- Indagación acerca de los principios y prácticas contables de la entidad;

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- Indagación acerca de los procedimientos que emplea la entidad para el registro, clasificación y resumen de sus operaciones, acumulación de información para su exposición en los estados financieros, y elaboración de estos;

- Indagación acerca de todas las afirmaciones significativas presentadas en los estados financieros;

- Procedimientos de revisión analítica diseñados para identificar relaciones o partidas individuales que parezcan inusuales. Para efectos de esta norma, tales procedimientos incluyen:

• Comparación de los estados financieros revisados, con estados financieros

de períodos comparativos anteriores.

• Comparación de los estados financieros revisados, con los resultados y situación financiera presupuestada, y

• Estudio de las relaciones entre elementos de los estados financieros, que se

espera concuerde con un patrón predecible, tomando como base la experiencia de la entidad o lo que constituye norma en el sector económico.

19. Al aplicar estos procedimientos el C.P.I. debe considerar, qué tipos de situaciones

requirieron ajustes contables en los períodos precedentes, adicionalmente:

- Indagará acerca de las decisiones tomadas en Asambleas de Accionistas y Reuniones de la Junta Directiva, que puedan afectar los estados financieros.

- Analizará los estados financieros, a fin de considerar, sobre la base de la

información en revisión, si los mismos, están presentados de acuerdo con los Principios de Contabilidad de Aceptación General.

- Obtendrá dictámenes de los auditores anteriores.

- Indagará ante personas que hayan tenido responsabilidad en asuntos financieros y contables, en lo concerniente a:

• La certeza de que todas las operaciones hayan sido registradas.

• La certeza de que los estados financieros hayan sido elaborados de

conformidad con Principios de Contabilidad de Aceptación General.

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• Los cambios en el giro o actividades o en los Principios de Contabilidad de Aceptación General de la entidad, y

• Asuntos sobre los cuales se presentaron interrogantes en el transcurso de la

aplicación de los procedimientos. 20. La selección de los procedimientos de revisión específicos por aplicar en un

compromiso determinado es cuestión de criterio del C.P.I. quien se guiará por:

o El conocimiento obtenido al llevar a cabo las revisiones de los estados financieros;

o El entendimiento alcanzado sobre las actividades de la entidad o Su conocimiento de los principios y prácticas contables del sector económico

dentro del cual opera la entidad;

o El sistema contable de la entidad;

o La medida en que una partida determinada haya sido afectada por el criterio de la Gerencia.

o La materialidad de las transacciones y saldos de cuentas.

21. El C.P.I. debe indagar sobre los hechos posteriores a la fecha de los estados

financieros que pudiera requerir un ajuste o revelación en estos el C.P.I. no tiene ninguna responsabilidad de aplicar algún procedimiento para identificar hechos ocurridos después de la fecha de su informe.

22. El C. P.I. debe documentar en sus papeles de trabajo la labor realizada y los

resultados de los procedimientos de revisión empleados, en particular, la manera en que se resolvieron los problemas surgidos.

23. Los resultados de los procedimientos del C.P.I. pudieran originar a dudas sobre la

integridad o exactitud de los estados financieros. Cuando esto ocurra, el C.P.I. debe aplicar procedimientos adicionales que estime necesarios, que le permitan expresar una certeza negativa o llegar a la conclusión de que se requiere una salvedad.

24. Basándose en el trabajo realizado, el C.P.I. debe evaluar la existencia de elementos

que le permitan inferir que la información revisada esté presentada razonablemente de conformidad con los Principios de Contabilidad de Aceptación General en caso contrario, debe solicitar que se hagan las correcciones necesarias en los estados financieros, o actuar de acuerdo con lo establecido en el párrafo anterior.

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INFORME DEL CONTADOR PUBLICO INDEPENDIENTE 25. Los estados financieros revisados limitadamente por un C.P.I. deben estar

acompañados de un informe que indique que:

- Se hizo una revisión de acuerdo con la norma para la revisión limitada de los estados financieros establecidos por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela.

- Todas las informaciones incluidas en los estados financieros constituyen representaciones y responsabilidades de la Gerencia (dueños) de la entidad.

- Una revisión limitada consiste principalmente de averiguaciones hechas al personal de la entidad y procedimientos analíticos aplicados a los datos financieros.

- Una revisión limitada tiene menos alcance que una auditoría la cual se efectúa con el propósito de expresar una opinión en cuanto a los estados financieros tomados en su conjunto, mientras que en una revisión limitada expresa una opinión de acuerdo con esta norma.

- El C.P.I. no tiene conocimiento de modificación importante que deba hacerse en los estados financieros para que éstos estén de conformidad con los Principios de Contabilidad de Aceptación General, excepto por aquellas modificaciones, en el caso que existiesen, indicadas en su informe.

La fecha del informe debe ser la fecha en que el C.P.I. termine su compromiso de revisión limitada. Cada página de los estados financieros revisados limitadamente por el C.P.I. debe incluir una referencia tal como "Ver Informe de Revisión Limitada del Contador Público Independiente".

DESVIACIONES DE LOS PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD DE

ACEPTACION GENERAL 26. El C.P.I. al revisar los estados financieros, puede darse cuenta de una desviación de

los Principios de Contabilidad de Aceptación General que son pertinentes a tales estados financieros. Si los estados financieros no se corrigen, el C.P.I. debe considerar la modificación de su informe estándar revelando la desviación.

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27. Si el C.P.I. concluye que la modificación de su informe es apropiada, la desviación

debe ser revelada en un párrafo separado de su informe, incluyendo la revelación de los efectos de la desviación sobre los estados financieros, si han sido determinados tales efectos por la Gerencia o si ha llegado a su conocimiento como resultado de los procedimientos aplicados por el CPI. Este no tiene la obligación de determinar los efectos de una desviación si no lo ha hecho la Gerencia, con tal que el C.P.I. indique en su informe que no se ha hecho tal determinación.

CARTA DE MANIFESTACIONES DE LA GERENCIA

28. El C.P.I., siguiendo la normativa establecida en la Declaración sobre Normas y

Procedimientos de Auditoría N° 3 (DNA-N° 3), deberá obtener de su cliente manifestaciones escritas del trabajo efectuado de acuerdo con esta norma de servicios especiales.

VISADO DE LOS ESTADOS FINANCIEROS

29. Los estados financieros y el informe del C.P.I., relacionados con los servicios

prestados descritos en esta norma, deben ser visados por el respectivo Colegio de Contadores Públicos.

DEROGACION

30. Esta norma de servicios especiales deroga la sección actual en las Normas sobre

Servicios Especiales por Contadores Públicos Independientes N° 01, dictadas por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela en el año 1981, en todo lo referente a la revisión limitada de estados financieros.

VIGENCIA Y APROBACION

31. Vigencia y Aprobación La presente norma sobre Servicios Especiales Prestados por Contadores Públicos Independientes, fue aprobada para su publicación y divulgación por el Directorio Nacional ampliado de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, celebrado en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar el 27 de noviembre de 1999 previa su consideración aprobación por el Directorio de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, y su proceso de auscultación por su Comité Permanente de Normas de Auditoría. Esta Norma entra en vigencia a partir de su aprobación.

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NEXO I

EJEMPLOS:

Ejemplo de un contrato de servicio.

A la junta directiva.

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Mediante la presente confirmamos nuestro entendimiento de los términos y objetivos del compromiso acordado con ustedes y de la naturaleza y limitaciones de los servicios que prestaremos. Los servicios consisten en lo siguiente: Revisaremos el balance general de la Compañía xxx al 31 de diciembre de 20xx, y los correspondientes estados conexos de resultados, de movimiento de las cuentas de patrimonio y de flujo del efectivo, por el año terminado en esa fecha, de conformidad con la norma sobre revisión limitada de estados financieros SEPC-2 promulgada por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela. No es un examen de los estados financieros de acuerdo con Normas de Auditoría de aceptación General la que llevaremos a cabo, y por consiguiente, expresaremos una opinión de acuerdo con lo establecido en la norma. Conforme a esto, emitiremos nuestro informe sobre los estados financieros. La responsabilidad de los estados financieros, incluyendo la adecuada revelación de los hechos, es de la Gerencia de la entidad. Esta responsabilidad incluye el mantenimiento de los registros contables y controles internos apropiados, así como la selección y aplicación de las políticas contables pertinentes. (Como parte de nuestro trabajo de revisión, solicitaremos manifestaciones escritas de la gerencia concernientes a las afirmaciones efectuadas en relación con dicho trabajo). No puede tomarse nuestro compromiso como un medio para descubrir errores, irregularidades o actos ilícitos, incluyendo fraudes o malversación, que pudieran existir. Sin embargo, informaremos a ustedes de tales hechos si llegáramos a tener conocimiento de su existencia. Hemos estimado los honorarios en: Le agradecemos se sirvan firmar la copia adjunta y devolverla en señal de su conformidad con las condiciones del mencionado compromiso de revisión limitada de sus estados financieros.

ANEXO II

MODELO DE INFORME DE REVISIÓN LIMITADA SIN SALVEDAD

DIRIGIDO A:

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He(hemos) revisado limitadamente el balance general adjunto de (La Compañía ABC) al (31/X/2000) y los estados conexos de resultados, de movimiento de las cuentas de patrimonio y de flujo del efectivo por el año finalizado en esa fecha, de acuerdo con la norma SEPC-2 de servicios especiales sobre la revisión limitada de estados financieros establecida por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela. La preparación de dichos estados financieros es responsabilidad de la Gerencia de la compañía. Mi (nuestra) responsabilidad es emitir una opinión limitada sobre esos estados financieros con base a la Norma de Servicios Especiales mencionada anteriormente. Una revisión limitada consiste principalmente en averiguaciones hechas con el personal de la Compañía y procedimientos analíticos aplicados a datos financieros que le proporcionan al Contador Público Independiente una base razonable para expresar una opinión limitada de que no habría que hacer modificaciones importantes a los estados financieros para que estén de acuerdo con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados. Por lo tanto, no he (hemos) realizado una auditoría, cuyo objetivo es la expresión de una opinión sobre los estados financieros tomados en conjunto. Por consiguiente, no expreso (expresamos) tal opinión. En base a mi (nuestra) revisión limitada no estoy (estamos) en conocimiento de ninguna modificación importante que deba hacerse a los estados financieros adjuntos para que estén de conformidad con los Principios de Contabilidad de Aceptación General.

Carreño, Pérez y Asociados (firma autógrafa) Lic. José Carreño P. Contador Público CPC xxx

Fecha:

ANEXO III EJEMPLOS DE DICTAMEN DE REVISIÓN LIMITADA CON

SALVEDADES

Dictámenes con salvedad debido a una desviación de la Norma de Servicios Especiales

DIRIGIDO A:

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He (hemos) revisado limitadamente el balance general adjunto de (La Compañía ABC) al (31/X/2000) y los estados conexos de resultados, de movimiento de las cuentas de patrimonio y de flujo del efectivo por el año finalizado en esa fecha, de acuerdo con la norma SEPC-2 de servicios especiales sobre la revisión limitada de estados financieros establecida por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela. La preparación de dichos estados financieros es responsabilidad de la Gerencia de la Compañía. Mi (nuestra) responsabilidad es emitir una opinión limitada sobre esos estados financieros con base a la Norma de Servicios Especiales mencionada anteriormente. Una revisión limitada consiste principalmente en averiguaciones hechas con el personal de la Compañía y procedimientos analíticos aplicados a datos financieros que le proporcionan al Contador Público Independiente una base razonable para expresar una opinión limitada de que no habría que hacer modificaciones importantes a los estados financieros para que estén de acuerdo con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados. Por lo tanto, no he (hemos) realizado una auditoria cuyo objetivo es la expresión de una opinión sobre los estados financieros tomados en conjunto. Por consiguiente, no expreso (expresamos), tal opinión. La Gerencia me (nos) ha informado que el inventario ha sido determinado por un monto que excede a su valor neto realizable. El cálculo de la Gerencia, que he (hemos) revisado, muestra que el inventario, de haberse determinado al costo o al valor neto realizable, el valor más bajo, habría disminuido en Bs. _______________________. En base a mi (nuestra) revisión limitada, y excepto por los efectos de la sobre valuación del inventario que se describe en el párrafo anterior, no estoy (estamos) en conocimiento de ninguna modificación importante que deba hacerse a los estados financieros adjuntos para que estén de conformidad con los Principios de Contabilidad de Aceptación General.

Carreño, Pérez y Asociados (firma autógrafa) Lic. José Carreño R Contador Público CPC xxx

Fecha: ANEXO IV

EJEMPLO DE DICTAMEN DE REVISION LIMITADA CON SALVEDADES

Ejemplo de Dictamen adverso debido a una desviación de los Principios de Contabilidad de Aceptación General

DIRIGIDO A:

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He (hemos) revisado limitadamente el balance general adjunto de (La Compañía ABC) al (31/X/2000) y los estados conexos de resultados, de movimiento de las cuentas de patrimonio y de flujo del efectivo por el año finalizado en esa fecha, de acuerdo con la norma SEPC-2 de servicios especiales para la revisión limitada de estados financieros establecida por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela. La preparación de dichos estados financieros es responsabilidad de la Gerencia de la compañía. Mi (nuestra) responsabilidad es emitir una opinión limitada sobre esos estados financieros con base a la Norma de Servicios Especiales mencionadas anteriormente. Una revisión limitada consiste principalmente en averiguaciones hechas con el personal de la Compañía y procedimientos analíticos aplicados a datos financieros que le proporcionen al Contador Público Independiente una base razonable para expresar una opinión limitada de que no habría que hacer modificaciones importantes a los estados financieros para que estén de acuerdo con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados. Por lo tanto, no he (hemos) realizado una auditoría cuyo objetivo es la expresión de una opinión sobre los estados financieros tomados en conjunto. Por consiguiente, no expreso (expresamos) tal opinión. Como se indica en la nota X a los estados financieros, la inversión en la compañía subsidiaria XXX totalmente poseída fue registrada sobre la base del costo. Los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados requieren que los estados financieros de las subsidiarias totalmente poseídas sean consolidados. En base a mi (nuestra) revisión limitada, en virtud de los efectos importantes del asunto que se describe en el párrafo anterior, los estados financieros adjuntos no están presentados de conformidad con los Principios de Contabilidad de Aceptación General.

Carreño, Pérez y Asociados (firma autógrafa) Lic. José Carreño P. Contador Público CPC xxx

Fecha:

ANEXO V

Ejemplo de procedimientos que pueden emplearse en un compromiso de revisión limitada de estados financieros.

Generalidades 1. Discutir los términos y alcance del compromiso con el cliente y el equipo de trabajo.

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2. Preparar una carta compromiso estableciendo los términos y alcance del compromiso 3. Compenetrarse adecuadamente del giro y actividades del cliente y del sistema de

registro de la información financiera y de preparación de los estados financieros 4. Indagar si toda la información financiera ha sido o no registrada:

• En forma completa,

• En forma oportuna, y

• Después de haber sido debidamente autorizada

5. Obtener el balance de comprobación y determinar si coincide o no con el mayor

general. 6. Considerar los resultados de los compromisos anteriores de revisión, incluyendo los

ajustes contables que se requirieron. 7. Indagar si se han producido o no cambios significativos en la entidad a partir del año

anterior (por ejemplo, cambios en la propiedad o cambios en la estructura del capital). 8. Indagar acerca de las políticas contables y considerar:

• Si cumplen o no con las normas locales o internacionales

• Si se han aplicado o no en forma apropiada, y

• Si se han aplicado o no en forma consistente, y si no ha sido así, considerar si se han hecho las revelaciones pertinentes sobre los cambios habidos en dichas políticas contables.

9. Leer las actas de las juntas de accionistas, del consejo de directores y de otros comités

similares, a fin de identificar aquellos aspectos que podrían resultar importantes para la revisión.

10. Indagar si las decisiones tomadas en las juntas de accionistas, consejo de directores o

comités similares, que tengan efectos en los estados financieros han sido apropiadamente reveladas.

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11. Indagar acerca de la existencia de transacciones con entidades vinculadas, la forma en que han sido contabilizadas y la existencia o no de revelación sobre dichas entidades vinculadas.

12. Indagar sobre la existencia de contingencias y compromisos.

13. Indagar sobre la posibilidad de existencia de planes para deshacerse de activos o de sectores importantes del negocio.

14. Obtener los estados financieros y discutirlos con la gerencia.

1 5. Considerar la conformidad de las revelaciones existentes en los estados financieros y

su propiedad en cuanto a la clasificación y presentación.

16. Comparar los resultados mostrados en los estados financieros del período de revisión con aquellos mostrados en los estados financieros de períodos comparativos anteriores, y, si es posible, con presupuestos y pronósticos.

17. Obtener explicaciones de la gerencia con respecto a cualesquier fluctuaciones

desacostumbradas o inconsistencias encontradas en los estados financieros.

18. Considerar el efecto de los errores no corregidos tomados individualmente y en forma acumulada. Someter dichos errores a consideración de la gerencia y determinar cómo van a influir en su informe de revisión.

19. Obtener una carta de manifestaciones de la gerencia.

EFECTIVO EN CAJA Y BANCO 1. Obtener las conciliaciones bancarias. Indagar ante el personal del cliente acerca de las

partidas antiguas o inusuales en las conciliaciones. 2. Indagar acerca de las transferencias entre cuentas de efectivo realizadas en los

períodos anteriores y posteriores a la fecha de revisión. 3. Indagar si existen o no restricciones en las cuentas de efectivo en caja y bancos.

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CUENTAS Y EFECTOS POR COBRAR

1. Indagar acerca de las políticas contables para el registro inicial de las cuentas por

cobrar comerciales y determinar si existe o no algún tipo de descuento o bonificación sobre estas transacciones.

2. Obtener el anexo de las cuentas por cobrar y determinar si el total coincide o no con el

balance de comprobación. 3. Obtener y considerar las correspondientes explicaciones sobre las variaciones

significativas en los saldos de las cuentas de períodos anteriores o de los períodos determinados por anticipados.

4. Obtener un análisis de antigüedad de los saldos e indagar acerca de las razones de la

existencia de cuentas inusuales elevadas, saldos acreedores, o cualesquiera otros saldos desacostumbrados e indagar sobre la cobrabilidad de las cuentas.

5. Discutir con la gerencia sobre la clasificación de las cuentas por cobrar, incluyendo los

saldos corrientes, saldos acreedores netos y montos adeudados por accionistas, directores y entidades relacionadas, que figuren en los estados financieros.

6. Indagar acerca de la metodología para identificar las cuentas de lento movimiento para

provisión de las cuentas de cobro dudoso, y considerar su razonabilidad. 7. Indagar si las cuentas por cobrar se han dado o no como prenda, como aval o en

descuento. 8. Indagar sobre los procedimientos aplicados para asegurarse de que se ha hecho un

corte apropiado en las transacciones de venta y devoluciones de venta. 9. Indagar si las cuentas representan o no mercancías entregadas en consignación y, si

fuera así, si se han hecho o no los ajustes necesarios para reversar estas transacciones e incluir las mercancías en el inventario.

10. Indagar si después de la fecha del balance general se han concedido créditos

importantes en relación con los ingresos registrados y si se han hecho o no las correspondientes provisiones.

INVENTARIOS

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1. Obtener el listado del inventario y determinar:

• Si el total coincide o no con el saldo del balance de comprobación

• Si el listado se basa o no en el conteo físico de los inventarios 2. Indagar sobre la metodología empleada para el conteo físico 3. Si no se ha efectuado un conteo físico a la fecha del balance general, indagar;

• Si se emplea o no un sistema de inventario perpetuo y si se hacen o no comprobaciones periódicas de las cantidades físicas realmente existentes,

• Si se utiliza o no un sistema de costos integrado y si el mismo ha producido o no información contable en el pasado.

4. Discutir los ajustes hechos como consecuencia del último recuento físico del

inventario. 5. Indagar acerca de los procedimientos aplicados para controlar el corte y los

movimientos del inventario. 6. Indagar acerca de la base empleada para evaluar cada categoría del inventarlo y, en

particular, en lo que concierne a la eliminación de utilidades ínter sucursales. Indagar acerca de sí el inventario ha sido o no valuado al costo o al valor neto de realización, el valor más bajo.

7. Considerar la consistencia de los métodos de valuación que se han empleado con

respecto a los inventarios, incluyendo los factores tales como materiales, mano de obra, y gastos indirectos.

8. Comparar los montos de las categorías principales del inventario con aquellos de los

períodos anteriores y con aquellos que se han determinado por anticipado respecto al período en revisión. Indagar acerca de las principales fluctuaciones y diferencias encontradas.

9. Comparar la rotación de inventarios, con aquellas de los períodos anteriores.

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10. Indagar acerca de la metodología empleada para identificar inventarios lentos u obsoletos y acerca de si dichos inventarios han sido o no contabilizados a su valor neto realizable.

11. Indagar si existen o no inventarios dados en consignación al cliente, y si es así, si se

han hecho o no los debidos ajustes para excluirlos de¡ inventario.

12. Indagar si existen o no inventarios en prenda, almacenados en otros lugares o dados en consignación a terceros, y considerar si estas transacciones han sido o no apropiadamente contabilizadas.

INVERSIONES

1. Obtener el anexo de inversiones a la fecha del balance general y determinar si coincide

o no con el balance de comprobación. 2. Indagar acerca de las políticas contables aplicables a las inversiones. 3. Indagar con la gerencia acerca de los valores acumulados de las inversiones. 4. Considerar si existen o no problemas de realización. 5. Considerar si ha habido o no una contabilización apropiada de ganancias y pérdidas e

ingresos por concepto de inversión. 6. Indagar acerca de la reclasificación en los rubros de largo plazo y corto plazo.

PROPIEDADES, MOBILIARIO Y EQUIPO 1. Obtener el anexo de la propiedad en mobiliarios y equipos, con indicación del costo y

depreciación acumulada y determinar si coincide o no con el balance de comprobación.

2. Indagar acerca de las políticas contables aplicadas con respecto a la depreciación acumulada. Considerar si la propiedad en mobiliarios y equipos ha sufrido algún deterioro importante y permanente a su valor.

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3. Indagar con la gerencia las adiciones y retiros en las cuentas de activos en mobiliarios y equipos y la contabilización de ganancias y pérdidas por ventas o retiros. Indagar si todas las transacciones han sido o no contabilizadas.

4. Indagar sobre la consistencia en la aplicación de los métodos y tasas de depreciación y

comparar las provisiones por depreciación, con aquellas de períodos anteriores. 5. Indagar si existen o no gravámenes sobre las propiedades en mobiliarios y equipos. 6. Discutir si los compromisos de arrendamiento se encuentran apropiadamente

reflejados en los estados financieros de conformidad con los pronunciamientos contables vigentes.

GASTOS PAGADOS POR ANTICIPADOS, ACTIVOS INTANGIBLES Y OTROS ACTIVOS

1. Obtener los anexos que identifiquen la naturaleza de estas cuentas y discutir con la

gerencia acerca de la recuperabilidad de las mismas. 2. Indagar acerca de la base utilizada para registrar estas cuentas y los métodos de

amortización aplicados. 3. Comparar los saldos de las correspondientes cuentas de gasto con aquellos periodos

anteriores y discutir con la gerencia las variaciones significativas. 4. Discutir con la gerencia la clasificación en corto plazo y largo plazo efectuada.

PRESTAMO POR PAGAR 1. Obtener de la gerencia el anexo de préstamos por pagar y determinar si el total

coincide o no con el balance de comprobación. 2. Indagar si existen o no préstamos por los cuales la gerencia no ha cumplido con las

estipulaciones del respectivo convenio y, si es así, indagar sobre las acciones tomadas por la gerencia y si se han hecho o no los ajustes apropiados en los estados financieros.

3. Considerar la razonabilidad del gasto por intereses en relación con los saldos de

préstamos. 4. Indagar si los préstamos por pagar están o no garantizados.

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5. Indagar si los préstamos por pagar se les ha clasificado debidamente o no como corrientes y no corrientes.

CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES

1. Indagar acerca de las políticas contables referentes al registro inicial de las cuentas por

pagar comerciales y acerca de si la gerencia está autorizada o no con respecto algún tipo de rebajas o bonificaciones sobre estas transacciones.

2. Obtener y considerar las correspondientes explicaciones sobre las variaciones

significativas en los saldos de cuenta de periodos anteriores o en los saldos determinados por anticipo.

3. Obtener el anexo de cuentas por pagar comerciales, determinar si el total coincide o no

con el balance de comprobación. 4. Indagar si los saldos son o no conciliados con los estados de cuenta de los acreedores y

comparados con los saldos del periodo anterior. Comparar la rotación de cuentas por pagar comerciales con la de los periodos anteriores.

5. Considerar si existen o no obligaciones importantes no registradas. 6. Indagar si se muestran o no en forma separada las cuentas por pagar a los accionistas,

directores y otros entes vinculados.

OBLIGACIONES ACUMULADAS Y CONTINGENCIAS 1. Obtener el anexo de obligaciones acumuladas y determinar si el total coincide o no

con el balance de comprobación. 2. Comparar los saldos principales de las correspondientes cuentas de gasto con los de las

cuentas similares de periodos anteriores. 3. Indagar acerca de las autorizaciones respecto a tales obligaciones, condiciones de

pago, cumplimiento de las condiciones, garantías colaterales y clasificación. 4. Indagar acerca de la metodología para determinar las obligaciones acumuladas. 5. Indagar acerca de la naturaleza de los montos incluidos entre las obligaciones y

compromisos contingentes.

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6. Indagar si existen o no obligaciones reales contingentes que no han sido registradas en libros. Si fuera así, discutir con la gerencia si deben hacerse o no las provisiones en las cuentas o si debe hacerse o no la revelación en notas a los estados financieros.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y OTROS IMPUESTOS

1. Indagar ante la gerencia si existen hechos, incluyendo litigios con las autoridades

fiscales, que pudieran tener un efecto significativo sobre los impuestos por pagar de la entidad.

2. Considerar el gasto en tributos en relación con los ingresos de la entidad, por el

periodo en revisión. 3. Indagar ante la gerencia sobre la conformidad de las obligaciones tributarios diferidas

y corrientes que figuren registradas, incluyendo las provisiones por los periodos anteriores.

HECHOS POSTERIORES 1. Obtener de la gerencia los más recientes estados financieros a fecha intermedia y

compararlos con los estados financieros en revisión o con aquellos de periodos comparativos del año anterior.

2. Indagar acerca de hechos posteriores a la fecha del balance general que pudieran tener

un efecto material sobre los estados financieros en revisión e indagar, en particular:

• Si han surgido o no compromisos o incertidumbres sustanciales posteriormente a la fecha del balance de general.

• Si a la fecha de revisión se han producido o no cambios significativos en el capital

accionario, en la deuda a largo plazo o en el capital de trabajo, y

• Si se han hecho ajustes inusuales durante el periodo transcurrido entre la otra fecha del balance general y la fecha de la revisión.

Considerar las necesidades de ajustes o revelaciones en los estados financieros.

3. Obtener y leer las actas de las asambleas de accionistas, directorios, y comités que

sean pertinentes, celebradas con posterioridad a la fecha del balance general.

LITIGIOS

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1. Indagar ante la gerencia si la entidad está expuesta a posibles riesgos o efectos derivados de acciones legales pendientes o en proceso. Considerar el efecto de éstas en los estados financieros.

PATRIMONIO

1. Obtener y considerar el anexo de¡ movimiento de las cuentas de patrimonio,

incluyendo nuevas emisiones, retiros y dividendos.

2. Indagar si existen restricciones sobre las utilidades acumuladas (retenidas) o sobre otras cuentas de patrimonio.

OPERACIONES 1. Comparar los resultados en revisión con aquellos de los periodos anteriores y aquellos

que se esperan en el periodo en curso. Discutir las variaciones significativas con la gerencia.

2. Discutir si el reconocimiento de las principales ventas y gastos ha tenido o no lugar en

los periodos apropiados. 3. Considerar las partidas extraordinarias e inusuales. 4. Considerar y discutir con la gerencia las relaciones existentes entre partidas afines de

las cuentas de ingresos y evaluar su razonabilidad en el contexto de similares relaciones de los periodos anteriores y de otra información de que disponga el independiente.