Mancuso Metodologia de La Investigacion en Ciencias Sociales
Sentencia Salvatore Mancuso - Hechos (Desplazamiento forzado).pdf
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DESPLAZAMIENTO FORZADO
6116. Hecho No. 1. Homicidio en persona protegida de Hctor Alejandro Rivas
Fontalvo, Fredy Rafael Martelo, Ivn Ortiz Luna, Marta Regina Bentez Mercado, Jos Mara
Bentez Mercado, Winston Torres Bentez y Pedro Pablo Padilla; Deportacin, Expulsin,
Traslado o Desplazamiento Forzado de Poblacin Civil de Amanda Esther Bentez
Mercado y Leslie Esther Orozco Fonseca, con sus respectivos ncleos
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familiares;respecto de Hctor Fontalvo, Destruccin y apropiacin de Bienes
Protegidosy simulacin de investidura o cargo.
6117. A mediados de 1990, se cre en el municipio de El Carmen de Bolvar una ARS,
denominada Mutual Montes de Mara, actualmente conocida como Mutual Ser,la
cual funcionaba como administradora de rgimen subsidiado de salud, cuya
finalidadcorresponda a que campesinos y especficamente mujeres, tuvieran acceso al
sistema de salud.
6118. As mismo, la fiscala relata que fue un proyecto liderado porHctor Alejandro
Rivas Fontalvo, que adicional al propsito antes mencionado, tambin figuraba dentro de
sus objetivos el de capacitar mujeres, que en su mayora residan en la vecindad conocida
comoMinuto de Dios, para que fueran promotoras de salud en las veredas y
corregimientos del Carmen de Bolvar.
6119. Sin embargo, las AUC, declararon a la entidad administradora, objetivo militar,
porque asociaban este proyecto con la subversin, as fue como ejecutaron acciones
de ataque en contra de dicha poblacin, ocasionando el desplazamiento de varias mujeres
pertenecientes al programa, hacia las cabeceras municipales de Cartagena y Barranquilla.
6120. Seguidamente, el grupo armado ilegal continu con la ofensiva encontra la ARS,
sus socios y trabajadores, razn que obligo a Hctor Alejandro Rivas Fontalvo, a que el
19 de marzo de 1997, se desplazara delmunicipio, luego de haber sufrido un atentado
ocurrido en la madrugada de ese mismo da,cuando sujetos pertenecientes al mismo
grupo ilegal, arribana su residencia, simulando ser miembros de la polica judicial, no
obstante, el plan fue descubierto por la vctima, por lo que se defendi y logr salir
ileso de dicha situacin.
6121. Finalmente, el ente instructor expresa que el 07 de abril de 1999, en la ciudad de
Cartagena, la vctima referidafue asesinada, tras la acometida que generaron los
miembros del grupo armado ilegal, con la comisin de homicidios y desplazamientos,
en contra de los fundadores y miembros de dicha empresa.
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6122. En relacin con el acervo probatorio el representante de la entidad investigadora
registra los siguientes: 977
6123. Confesin del postulado Juan Manuel Borre Barreto, en el que acepta y describe
como se afect a la Mutual Montes de Mara y el atentado contra el seor Hctor
Alejandro Rivas Fontalvo; certificado con radicado No. 2464 de la Fiscala 22 del
Carmen de Bolvar, adiada marzo 18 de 1998;acta de levantamiento Ivn Ortiz Luna,
calendada abril 14 del 2000.; acta de levantamiento de Jos Mara Bentez Salcedo,
adiada abril 13 del 2000; acta de levantamiento Wiston Torres Bentez, calendada abril
14 del 2000; protocolo de necropsia no. 014-98, de marzo 19 de 1998, correspondiente
a Fredy Martelo Mrquez; protocolo de necropsia No. 0552000, adiado abril 14 del
2000, correspondiente a Jos Mara Bentez Salcedo; registro civil de defuncin no.
3435478 correspondiente a Hctor Alejandro Rivas Fontalvo; registro civil de defuncin
No. 1681629, correspondiente aFredy Rafael Martelo Mrquez; registro civil de
defuncin No. 490717, correspondiente aMartha Regina Bentez Mercado; registro civil
de defuncin No. 490716, correspondiente a Jos Mara Bentez Salcedo; registro civil
de defuncin No. 490720, correspondiente aPedro Pablo Padilla; registro civil de
defuncin No. 490714, correspondiente aWiston Torres Bentez; sijyp No. 354882,
diligenciado por Blanca Elena Martelo Mrquez, cdula de ciudadana No. 33 258 806
el Carmen de Bolvar; sijyp no 126903, diligenciado por Aida Alcira lvarez Barroso;
sijyp No. 265542, diligenciado por Norveis Alonso Tovar Bentez ydeclaracin jurada
vertida por Leslie Esther Orozco Fonseca, calendada septiembre 17 de 2010.
6124. Respecto de estos hechos la Fiscala formul los cargos a ttulo de autor mediato
en contra del postulado Salvatore Mancuso Gmez,por las conductas punibles de
Homicidio en Persona Protegida, consagrada en el artculo 135 de la ley 599 de 2000,
Deportacin, expulsin, traslado o desplazamiento forzado de poblacin civil, descrito
en la disposicin 159 ibdem, as como los delitos de Destruccin y apropiacin de
977 Escrito radicado por la Fiscala General de la Nacin, formulacin de cargos Patrn de Macrocriminalidad Desplazamiento Forzado.
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bienes protegidos y Simulacin de investidura o cargo, dispuesto en los artculos 154 y
426 de la misma normatividad.
6125. Hecho No. 2. Masacre de Nueva Venecia.
6126. El 22 de noviembre del ao 2000, en la horas de las horas de la madrugada,
procedentes de la zona de Salamina, arribaron al municipio de Sitio Nuevo -
Magdalena, cerca de 70 hombres armados y uniformados,pertenecientes a las AUC, los
cuales se encontraban bajo la lnea de mando de Omar Montero Martnez, alias Codazzi,
Tomas Gregorio Freyle Guillen, alias Esteban y Edgar Crdoba, alias 5.7, obligando a
varios lancheros del lugara que los condujeran en su recorrido fluvial por el Cao Clarn,
para introducirse en la Cinaga y de esta manera llegar hasta el sector de Nueva Venecia
El Morro.
6127. Luego, al encontrarse en dicho lugar, los agresores proceden lista en mano a
retirar a los pobladores de su residencias, previa destruccin de puertas y ventanas,
trasladndolos hacia la iglesia, donde una vez tendidos en el suelo, con la utilizacin
armas de fuego y frente al sealamiento de ser auxiliadores de los grupos insurgentes
que operaban en el sector, les ocasionaron la muerte.
6128. As mismo, la fiscala relata el incendio de bienes, la apropiacinde enseres, la
desaparicin de varios habitantes del lugar yel acceso carnal violento de tres (3)
mujeres de una misma familia, hechos que tienen como consecuencia el
desplazamiento masivo de los pobladores de la zona.
6129. En suma, esta incursin paramilitar dejo como resultado cuarenta (40) personas
asesinadas, seis (6) vctimas de homicidio en el grado de tentativa, cuatro (4)
desaparecidos, tres (3) mujeres vctimas de acceso carnal violento, dos (2) vctimas de
secuestro simple y el desplazamiento de seiscientas siete (607) personas.
6130. En relacin con los anteriores acontecimientos el representante del ente
instructor aduce como soporte probatorio los siguientes:978
978 Escrito radicado por la Fiscala General de la Nacin, formulacin de cargos Patrn de Macrocriminalidad Desplazamiento Forzado.
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6131. 1.- Versin libre de fecha 20 de febrero del 2012 de los postulados Javier
Snchez Arces, Adriano De Jess Torres Hernndez, Alberto Enrique Martnez Macea.2.-
Versin libre del 13 de febrero del ao 2012, de los postulados Scrates Samper
Vargas Cruz, Dany Daniel Velsquez Madera, Edmundo De Jess Guillem Hernndez,
Luis Fernando Meza Matta Y Richar Manuel Fabra Romero.3.- Rresolucin de fecha
noviembre 22 del ao 2000, en donde se designa una comisin especial con el fin de
realizar levantamiento de cadveres en el corregimiento de nueva Venecia.4.- Oficio
que dirige el inspector central de polica el da 23 de noviembre del ao 2000,
haciendo la remisin de 12 actas de levantamiento de cadveres, segn actividad
ejecutada por el inspector central de polica anunciando que los cuerpos restantes
fueron levantados por la Fiscala seccional de magdalena.5.- Acta de levantamiento de
cadver, protocolo de necropsia y registro civil de defuncin de Roque Jacinto Parejo
Esquea.6.- Acta de levantamiento de cadver de Milton Javier Gmez Barrios.7.- Acta
de levantamiento de cadver de Cesar Rodrguez Ayala. 8.- Acta de levantamiento de
cadver de Elder Giovanni Londoo Gonzlez. 8.- Acta de levantamiento de cadver de
Edwin Jos Cruz Romero. 9.- Acta de levantamiento de cadverde Juan De La Hoz
Martnez.10.- Acta de levantamiento de cadver de Wilmer Enrique Meja.11.- Protocolo
de necropsia mdico legal de Wilmer Meja.12.- Querella formulada por el seor Luis
Manuel Benta Rodrguez en donde narra que por la entrada del rio magdalena
llegaron al cao clarn hombres armados y procedieron a causar la muerte a dos
pescadores que se encontraban en el lugar.13.- Acta de levantamiento de cadver y
protocolo de necropsia de Walter Rafael Gutirrez Pacheco.14.- Acta de levantamiento
de cadver de Jos Daro Moreno Retamozo.15.- Acta de levantamiento de cadver y
protocolo de necropsia de Basilio De La Cruz Rodrguez.16.- Acta de levantamiento de
cadver de Nstor Julio Acosta Suarez.17.- Acta de levantamiento de cadver de
Armando Antonio Acosta Suarez.- 18.- Acta de levantamiento de cadver y protocolo
de necropsia de Daro Moreno Retamozo. 19.- Acta de levantamiento de cadver y
protocolo de necropsia de Emilio Rafael Manga Meja.20.- Acta de levantamiento de
cadver y protocolo de necropsia de Amado Rafael Meja Mendoza.21.- Acta de
levantamiento de cadver de Martin Rafael Rodrguez Ayala.22.- Acta de levantamiento
de cadver de Manuel Octavio Rodrguez Ayala.23.- Acta de levantamiento de cadver
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de Rafael ngel Mendoza Martnez.24.- Oficio dirigido a la notaria solicitando registro
civil de defuncin deJos Daro Moreno Retamozo. 25.- Acta de levantamiento de
cadver y protocolo de necropsia de Edwin Gamero Castillo.27.- Acta de levantamiento
de cadver de un N.N. Conocido como Leonely protocolo de necropsia de Leonel
Solano Max. 28.- Acta de levantamiento de cadver y protocolo de necropsia de Javier
Caballero Vergel.29.- Informe No.1936 suscrito por investigador criminalstica del CTI,
en donde referencia practicarse la macrodctila del fallecido como la masacre de
Nueva Venecia. 30.- Necrodactilia realizada por el Cuerpo Tcnico de Investigacin
divisin criminalstica frente a las siguientes vctimas fallecidas: Javier Snchez Barrios,
Armando Antonio Acosta Suarez, Nstor Ivn Acosta Suarez, Rafael Antonio Mendoza
Martnez, Ever Julio Rodrguez Meja, Antonio Meja Mendoza, Manuel Octavio
Rodrguez Ayala, Javier Enrique Caballero Vergel, Basilio De La Cruz Rodrguez, Martin
Rafael Rodrguez Ayala. 31.- lbum fotogrfico No. 373 que refleja las agresiones
fsicas de que fueron vctimas pobladores de la zona de Nueva Venecia y que reflejan
las agresiones fsicas de que fueron vctimas con ocasin a los impactos de arma de
fuego que recibe en su humanidad. 32.- Acta de levantamiento de cadver de Jorge
Eliecer Altamar Lpez. 33.- Acta de levantamiento de cadver de Ivn Roque Gonzlez
Ferrer. 34.- Acta de levantamiento de cadver deNicols Manuel Insignares Garca. 35.-
Acta de levantamiento de N.N. Sexo masculino. 36.- Acta de levantamiento de N.N.
Sexo masculino. 37.- Actuaciones cumplidas en desarrollo de la investigacin preliminar
No.4046 por parte de la fiscala octava en turno de reaccin inmediata de Santa
Martha. 38.- Registro de hechos atribuibles No.141178 y fotocopia de la cdula de
ciudadana de a nombre de Dimas De Jess Parejo Ortega. 39.- Informe periodstico
diario la libertad de fecha 24 de noviembre del ao 2000, en donde se titula la noticia
De calamar llegaron paras al morro. 40.- Copia de las cedulas de ciudadana a
nombre de: Aid Mercedes Ortega De Parejo, Yolanda Esther Parejo De Africano, Aid
Dolores Parejo Ortega, Vernica Lucia Parejo Ortega, Amanda Carmen Parejo Ortega,
Olga Cecilia Parejo Ortega, Dani Judith Parejo Ortega, Giovanni Javier Parejo Ortega,
Everlide Judith Mendoza Trullo. 41.- Fotocopia de informe periodstico sin fecha donde
se titula la masacre de Nueva Venecia de la siguiente manera A 37 se eleva el nmero
de vctimas, Cinaga Grande sigue votando cadveres. 42.- Declaracin de
desplazamiento forzado del seorBerlides Mendoza Trullol, en donde referencia como
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consecuencia de los hechos el 22 de noviembre del ao 2000, se desplaza en
compaa de su ncleo familiar. 43.- Registro de hechos atribuibles No.329364 a
nombreRosa Elena Mendoza Gonzlez; certificacin de desplazada emitida por la
personera municipal de Sitio Nuevo (Magdalena), donde se relaciona el ncleo familiar
de esta vctima as: Ediovanis Rodrguez, Marisol Rodrguez Mendoza Y Jean Rodrguez
Mendoza; copia de la cedula de ciudadana de Rosa Elena Mendoza Gonzlez; y dems
documentos de identidad de su ncleo familiar, entrevista de la reportante. 44.-
Registro de hechos atribuibles No.329834 a nombre de Elsy Esther Garizabalo Snchez;
certificacin de desplazada expedida por la Personera Municipal de Sitio Nuevo, a
nombre de Elsy Esther Garizabalo en compaa de su ncleo familiar compuesto por
Santander Gutirrez De La Cruz su compaero y sus cinco hijos Santander, Alex,
Sandra, Liliana y Gina Gutirrez Garizabalo; copia de la cedula de ciudadana a nombre
de la reportante, registro civil de nacimiento No.32154734, en donde figura como
inscrito Jorge Luis Gutirrez Garizabalo. 45.- Registro de hechos atribuible No.373293 a
nombre de Mara Elena Meja Moreno, copia de la cedula de ciudadana de esta y del
seor Nstor Carlos Pacheco Meja, registros civiles de nacimiento de Loraine Paola
Pacheco Meja, Carlos Duan Pacheco Meja, Yeferson Andrs Pacheco Meja, Charlis
Jos Pacheco Meja, Indira Vanesa Pacheco Meja, y de Yasmeli Pacheco Meja. 46.-
Registro de hechos de atribuibles No.373306 a nombre de Luz Dary Leal Meja. 47.-
Registro de hechos atribuibles no.373308 a nombre de Yamile Del Carmen Prez
Gonzlez. 48.- Registro de hechos atribuibles No.373361 a nombre deLuz Mery
Sandoval Meja. 49.- Registro de hechos atribuibles No.375288 a nombre de Aid
Mercedes Garizabalo. 50.- Registro de hechos atribuibles No.375329 a nombre de
Rafael Antonio Gutirrez Prez.51.- Registro de hechos atribuibles No.375652 a nombre
De Luis Ramn Garizabalo Rodrguez. 52.- Registro de hechos atribuibles No.375676 a
nombre de Erika Judith Garizabalo Prez.53.- Registro de hechos atribuibles No.
375679 a nombre de Sugerys Del Carmen Sandoval Mendoza.
6132. 54.- Registro de hechos atribuibles No.375732 a nombre deYadira Mara
Garizabalo Moreno. 55.- Registro de hechos atribuibles No.375748 a nombre de Mara
Antonia Vsquez Cervantes. 56.- Registro de hechos atribuibles No. 376152 a nombre
de Gladys Esther Mangas Rodrguez.57.- Registro de hechos atribuibles No.376283 a
nombre de Manuela Josefa Leal Meja. 58.- Registro de hechos atribuibles No.376298 a
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nombre de Cesar Julio Garizabalo Cervantes. 59.- Registro de hechos atribuibles No.
376323 a nombre de Bertha Cecilia Rodrguez Segura. 60.- Registro de hechos de
atribuibles No.376337 a nombre de Maribel Judith Gonzlez Meja. 61.- Registro de
hechos atribuibles No. 376347 a nombre de Cecilia Martha Rodrguez Manjarrez. 62.-
Registro de hechos atribuibles No.444538 a nombre de Luz Denis Prez Garizabalo.
63.- Registro de hechos atribuibles No.444570 a nombre de Mnica Patricia Gutirrez
Viloria.64.- Registro de hechos atribuibles No.444671 a nombre de Juan Carlos Cantillo
Suarez. 65.- Registro de hechos atribuibles No.445482 a nombre de Ana Rosa Osorio
Garizabalo.
6133. Finalmente, la fiscala formul los cargos a ttulo de autor mediato en contra del
postulado Salvatore Mancuso Gmez, por las conductas punibles de Homicidio en
Persona Protegida, sealado en el artculo 135 de la ley 599 de 2000, Desaparicin
Forzada, Acceso Carnal en Persona Protegida, Deportacin, expulsin, traslado o
desplazamiento forzado de poblacin civil, descritos en las disposiciones 165, 138 y
159 ibdem, as como los delitos de Destruccin y apropiacin de bienes protegidos,
Despojo en campo de batalla y Actos de Terrorismo consagrados en los artculos 154,
151 y 144 del mismo texto.
6134. Hecho No. 3. Masacre de Santa Cecilia.
6135. Cuenta el ente investigador que el 28 de enero de 2000, al corregimiento de
Santa Cecilia, jurisdiccin del municipio de Astrea -Cesar, incursion un grupo de
hombres de las Autodefensas Unidas de Colombia, al mando de Jhon Jairo Esquivel
Cuadrado, alias El Tigre y otro hombre conocido con el alias de Amn, quienes
irrumpen e intimidan a los pobladores, para posteriormente concluir su actuacin con
el asesinato de las siguientes personas: Eulises Coronado Garcia, Eulises Coronado
Vidal, Luz Aida Marn Pertuz, Humberto Marn Polo, Nstor Antonio Ortega Marn, Ernesto
Ortega Iturriago, Rosa Elvira Rojas Quintero, Libardo Ortega Duran, Eusebio Acua Arrieta,
Jose Gregorio Barrera Andrade, Dalwin Salcedo Rangel y Jose Alberto Pealoza Laforie.
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6136. De igual manera, expresa la fiscala que los agresores accedieron carnalmente a
una menor de edad, hurtaron varios enseres y ganado de los pobladores, situacin que
obliga a numerosas familias a trasladarse a otras partes del pas.
6137. Teniendo en cuenta los hechos antes narrados el representante del ente
instructor aporta como material probatorio los siguientes elementos:979
1.- Versin del 12 de diciembre de 2007, rendida por el postulado Jhon Jairo Esquivel
cuadrado, en la que acepta su participacin en el hecho y narra cmo ocurri.
2.- Protocolo de necropsia, acta de inspeccin a cadver, registro civil de defuncin de
Eulises Coronado Garcia; reporte SIJYP No. 140386 de Roquelina Garca Herrera
3.- Protocolo de necropsia, acta de inspeccin a cadver, registro civil de defuncin de
Eulises Coronado Vidales.
4.- Acta de inspeccin a cadver y registro civil de defuncin de Rosa Elvira Rojas
Quintero.
5.- Acta de inspeccin a cadver y protocolo de necropsia de Luz Aida Marn Pertuz.
6.- Acta de inspeccin a cadver y protocolo de necropsia de Libardo Ortega Duran.
7.- Acta de inspeccin a cadver y protocolo de necropsia de Eusebio Manuel Acua
Arrieta.
8. - Acta de inspeccin a cadver de Jos Gregrio Barreras Andrades.
9.- Reporte SIJYP No. 317869 de Humberto Marn Pertuz.
10.- Reporte SIJYP No. 119764 de Ana Lucia Ortega Marn, hermana del occiso Nstor
Antonio Ortega Marn.
979 Escrito radicado por la Fiscala General de la Nacin, formulacin de cargos Patrn de Macrocriminalidad Desplazamiento Forzado.
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11.- Reporte SIJYP No. 267158 de Walterio Ortega Marin, hijo del occiso Ernesto
Ortega Iturriago,encuesta incidente de reparacin, fotocopia cdula de ciudadana, de
Ramona Simona Marn Ramos (compaera permanente de Ernesto Ortega Iturriago y
madre de Nstor Antonio Ortega Marn), reporte hechos atribuibles No. 267194, tarjeta
alfabtica de preparacin de cdula de ciudadana No. 26.679.208 de Chimichagua a
nombre de Ramona Simona Marn, fotocopia contrasea de la cdula de ciudadana de
Faustina Noreisis Ortega Marn, (hermana de Nstor Antonio Ortega Marn), registro
SIJYP No. 267341, tarjeta de preparacin de la cdula de ciudadana, Ana Mara Pia
Ortega (Nieta De Ernesto Ortega), registro SIJYP No. 267451, Edwin Ortega Rojas (nieto
de Ernesto Ortega Iturriago y sobrino Nstor Ortega Marn), registro SIJYP No. 267678
y copia cdula de ciudadana Luis Alberto Ortega Marn (hijo de Ernesto Ortega
Iturriago y hermano de Nstor Antonio Ortega Marn), registro SIJYP No. 270450,
Vctor Eduardo Ortega Marn (hijo de Ernesto Ortega Iturriago y hermano de Nstor
Antonio Ortega Marn), registro SIJYP No. 277660 y encuesta incidente de reparacin.
12.- De Teodoro Ortega Merio (compaero permanente de Rosa Elvira Rojas
Quintero, registro SIJYP No. 267639, tarjeta de preparacin de cdula de ciudadana
No.7615028 de Chimichagua- Cesar.
13.- De Osmany Ortega Rojas (hija de Rosa Elvira Rojas Quintero, madre de Dalwin
Salcedo Rangel), imprimible SIJYP No. 62952, fotocopia Certificado nico de poblacin
desplazada de noviembre 18 de 2009, personas incluidas: Darwin Salcedo Ortega,
Edwin Ortega Rojas, Gustavo Ortega, Luis Ortega, Niver Ortega, Alexander Ortega,
Jorge Mario Ortega Rojas, Osmany Ortega Rojas, Yesid Salcedo y Adrin David Salas
Ortega, entrevista suscrita por Osmany Ortega Rojas, encuesta incidente de reparacin,
fotocopia cdula de ciudadana No. 49.607.454 de Osmany Ortega Rojas, declaracin
extraprocesal No. 8941 de 25 de octubre de 2007.
14.- Documentos para acreditar parentesco con la victima Dalwin Salcedo Rangel:
certificado registro civil de nacimiento de Yesid Guillermo Salcedo Ortega.
15.- Documentos para acreditar parentesco con Rosa Elvira Rojas Quintero: registros
civiles de nacimiento de Osmany Ortega Rojas, Jorge Mario Ortega Rojas, Alexandra
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Ortega Rojas, Luis Alfonso Ortega Rojas, Gustavo Adolfo Ortega Rojas, Edwin Ortega
Rojas, Niver Ortega Rojas, Adrin David Salas Ortega.
Nora Maria Quintero Rizo (madre de Rosa Elvira Roja Quintero): registro SIJYP No.
173002, fotocopia cdula de ciudadana No. 36708035, partida de bautismo, certificado
nico de poblacin desplazada del 11 de noviembre del 2009, personas incluidas:
Oriana Rojas Aguilar, Soraya Aguilar Marn, Donay Julio Ramos, Paola Andrea Julio
Ramos, Alexandra Ortega Rojas, Osnaider Ortega Rojas, Jos Ignacio Rojas Quintero,
Francisco Manuel Quintero Rizo, Jorge Ortega Rojas, Teodoro Ortega Marn, Yesid
Guillermo Salcedo, Rosario Rojas Quintero, Deimer Marn Rojas, Nora Mara Quintero
Rizo, Mara Del Rosario Rojas Quintero, Mara De Los Santos Rojas, Orlando Rojas
Quintero, Honorio Rojas Quintero, Edwin Ortega Rojas, Osmari Quintero Rojas.
16.- De Donai Julio Ramos, registro SIJYP No.521905, fotocopia cdula de ciudadana
No. 80433640 de Bogot, fotocopia certificado nico de poblacin desplazada del 26
de mayo de 2009, personas incluidas: Donay Julio Ramos, Mara Rojas Quintero,
Osnaider Julio Rojas, Paola Julio Rojas, Justo Julio Garay y Candelaria Ramos, encuesta
incidente de reparacin.
17.- De PETRONA MARN POLO, fotocopia de la cdula de ciudadana de Petrona
Marn Polo, imprimible SIJYP No. 473244, certificado registro nico de poblacin
desplazada incluidos: Jos Nemesio Rodrguez Toro, Anelquis Rodrguez Marn, Jeiner
Julio Rodrguez Marn, Jasith Rodrguez Marn, Jarlenis Milena Rodrguez Marn, Miguel
Rodrguez Marn, Juana Rodrguez Marn, Delvis Rodrguez Marn, Jos Nemesio
Rodrguez Marn, Anyis Vides Marn, fotocopia de las cdulas de ciudadana de: Jos
Nemesio Rodrguez Toro, Anelquis Mara Rodrguez Marn, Jeiner Jos Rodrguez
Marn, Jeiner Jos Rodrguez Marn, Jasir Jess Rodrguez Marn, Jarlinys Milena
Rodrguez Marn, Miguel Rodrguez Marn, De Jos Nemesio Rodrguez
Marn.Fotocopia tarjeta de identidad y registro civil de nacimiento de ANGIE MARN,
fotocopia de registro civil de nacimiento de Delvis Mara Rodrguez Marn, imprimible
SIJYP No. 473250, reportante Jos Nemesio Rodrguez Marn, certificado registro civil
de nacimiento de Delvis Mara Rodrguez, fotocopia de registro civil de nacimiento No.
de Juana Rodrguez Marn, entrevista tomada a la seora Petrona Marn Polo, del 14 de
agosto de 2013.
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18.- de Mileisy Iturriago Garcia y su ncleo familiar: certificacin registro nico de
poblacin desplazada, Breiner Enrique Contreras Iturriago (Hijo), Angie Paola Y Julin
David Contreras Iturriago (Hijos Nacidos Despus Del Desplazamiento), Clemencia
Garca Ayala (Madre), Edulfo Betancourt Palmera (Padrastro), Jessica Esmeralda
Betancourt Garca (Hermana),Geovannis Iturriago Garca (Hermano),Daro Enrique
Martnez Garca (Hermano),Luis Alfredo Domnguez Garca (Hermano), Jarol Daniel
Iturriago Jimnez (Sobrino), Diyerson Yair Iturriago Rizzo (Sobrino),Karen Eliana
Betancur Garca (Sobrina),Omar Fabricio Betancur Garca (Sobrino),Diana Marcela Rojas
Betancur (Sobrina),Andrs Felipe Iturriago Jimnez (Sobrino),Adrin Enrique Ortiz
Betancur (Sobrino). fotocopia de cdula de ciudadana de Mileysi Iturriago Garca,
registro de hechos atribuibles a grupos organizados al margen de la ley No. 296222,
copia carta asignacin abogados defensora del pueblo, entrevistas a Mileisy Iturriago
Garca del 25 de enero de 2010 y del 12 enero de 2013, fotocopia cdula de
ciudadana de Jesica Esmeralda Betancur Garca, imprimible SIJYP No. 473501 encuesta
incidente de reparacin, entrevista rendida por Jesica Esmeralda Betancur el 17 de
febrero de 2011.Fotocopia registros civiles de nacimiento de Omar Fabricio Daza
Betancur, Karen Eliana Betancur Garca, Adrin Enrique Ortiz Betancur, Diana Marcela
Rojas Betancur, Laura Daniela Contreras Betancur, Andrs Felipe Iturriago Jimnez,
Harold Daniel Iturriago Jimnez, Yenni Jhoana Iturriago Jimnez, Julin David Contreras
Iturriago, Jarol Daniel Iturriago Jimnez, De Breiner Contreras Iturriago, Fotocopia
cdula de ciudadana de Edulfo Betancur Palmera y registro SIJYP No. 472957;
fotocopia cdula de cidadania de Geovanis Iturriago Garca, escritura pblica
matrimonial civil No. 177 del 24 de noviembre de 2004 entre Geovani Iturriago y Yeni
Jimenez Ojeda, registro SIJYP No. 473234 GEOVANI ITURRIAGO GARCA, declaracin
extra procesal No. 042 del 18 de febrero de 2011, entrevista rendida por Geovannis
Iturriago Garca el 18 de febrero de 2011, cdula de ciudadana de Julin David
Contreras Iturriago, tarjeta de identidad Breiner Enrique Contreras Iturriago, Diyerson
Yair Iturriago Rizzo.
19.- De Dairo Enrique Martnez Garca, tarjeta de preparacin de la cdula de
ciudadana, certificacin registro nico poblacin desplazada personas incluidas Esther
Judith Marn Acua, Neider Martnez, Luis Edgardo Martnez, Luis Alberto Martnez,
Janer David Martnez, Bellanid Martnez, Daime Martnez.
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20.- De Luis Alfredo Domnguez Garca, fotocopia cdula de ciudadana, registro SIJYP
473153, declaracin extra proceso No. 058 de unin de hecho de Luis Domnguez y
Bellanith Martnez, fotocopia de los registros civiles de nacimiento de Luis Fernando
Domnguez Martnez, Guillermo Domnguez Martnez, lvaro Javier Domnguez
Martnez, Alfonso Farid Domnguez Martnez, Melanys Domnguez Martnez, entrevista
rendida por Luis Alfredo Domnguez Garca. Registros civiles de nacimiento de Angie
Paola Contreras Iturriago, Karen Eliana Betancur Garca, Omar Fabricio Betancur Garca,
Diana Marcela Rojas Betancur, Andrs Felipe Iturriago Jimnez, Adrin Enrique Ortiz
Betancur. 28799100 tarjetas de preparacin cdula de ciudadana No. 22.930.141 de
Magangu a nombre de Clemencia Garca Ayala
21.- De Humberto Marn Pertuz (hermano de Luz Aida Marn Pertuz e hijo de
Humberto Marn Polo) y su ncleo familiar: registros SIJYP De Humberto Marn Pertuz,
Pedro Marin Polo, Ferney Marn Prez, Teresa De Jess Marn Acua, Esther Judith
Marn Acua, Cesar Andrs Marn Mojica. Fotocopia de las cedulas de ciudadana de:
Humberto Marn Pertuz, Pedro Marn Polo, Carmen Alicia Marn Rodrguez, De Fernely
Marn Pertuz, Teresa De Jess Marn Acua, Esther Judith Marn Acua, fotocopia
tarjeta de preparacin de la cdula de ciudadana de Yeci Paola Marn Mojica, Jos
Casimiro Marn Ramos (Fallecido), Cesar Andrs Marn Mojica, certificacin del registro
nico de poblacin desplazada donde se encuentran registrados: Pedro Marn Polo Y
Olga Salas Len, Juan Arroyo Snchez, Luis Alfonso Arroyo Marn, Yimmi Arroyo Marn,
Lidys Silva Martnez, Miguel ngel Arroyo Mosquera, Jos Alexander Arroyo Mosquera,
Eider Enrique Arroyo Marn, Marbel Arroyo Marn, Grey Adriana Arroyo Marn, Juan
Daniel Arroyo Marn, Alexis Arroyo Marn. Interrogatorio vctimas desplazados suscrito
ante la Personera municipal de Astrea Cesar rendido por Carmen Alicia Marn
Rodrguez. Oficio reporte aceptacin del hecho. Registros civiles de nacimiento de
Juan Daniel Arroyo Marn, Marbel Arroyo Marn, Grey Adriana Arroyo Marn, fotocopia
de las tarjetas de identidad de Juan Daniel Arroyo Marn, Marbel Arroyo Marn, Grey
Adriana Arroyo Marn, Yeison David Marn Mojica. Entrevista rendida por Teresa De
Jess Marn Acua ante la Unidad de Justicia y Paz el 15 de enero de 2010, formato de
declaracin No. 413109 SIPOD. formato nico de declaracin 59648, se encuentran
relacionadas las siguientes personas vctimas: Wilson Madrid, Gilberto Aguilar, Luis
Alfredo Domnguez Garca, Dairo Enrique Martnez Garca, Luis Gustavo Domnguez,
-
1342
Carlos David Iturriago, Daime Martnez, Neider Martnez, Alfonso Farid Domnguez,
lvaro Javier Domnguez, Guillermo Domnguez, Ricard Aguilar, Luis Edgardo Martnez,
Luis Alberto Martnez, Janer David Martnez, Berledys Segovia Madrid, Cladi Helena
Marn, Mara Eugenia Prez Marn, Melanis Domnguez, Clemencia Ayala, Belanid
Martnez, Madeleine Aguilar.
22.- Declaracin de Berledis Segovia Camacho, oficio de aceptacin del hecho de
noviembre 16 de 2009. Fotocopia de las cdulas de ciudadana de Dairo Enrique
Martnez Garca, Neider Jos Martnez Marn, Daimer Enrique Martnez Marn, Luis
Edgardo Martnez Marn. Registro civil de nacimiento de Luis Alberto Martnez Marn.
Fotocopia tarjeta de identidad de Janer Yesith Martnez Marn.
23.- De Ernestina Caballero Meja y su ncleo familiar: fotocopia de la cdula de
ciudadana de Ernestina Caballero Meja, registro SIJYP No. 473620, oficio aceptacin
del hecho, certificacin registro nico de poblacin desplazada, en el que se
encuentran relacionadas las siguientes personas: Jesualdo Martnez Arrieta, Jess
Guillermo Martnez Caballero, Carmen Teresa Martnez Caballero. Registro SIJYP No.
473606 de Jesualdo Martnez Arrieta, fotocopia de la cdula de ciudadana de, oficio
aceptacin del hecho, interrogatorio vctimas desplazadas Jesualdo Martnez Arrieta
ante la Personera Municipal de Astrea Cesar y hoja de vida, partida de matrimonio
suscrito entre Jesualdo Martnez Arrieta y Ernestina Caballero Meja, registro civil de
nacimiento de Jesualdo Junior Martnez Caballero, fotocopia cdula de ciudadana de
ciudadana No. de Jess Guillermo Torres Caballero, oficio aceptacin hecho, registro
civil de nacimiento Jess Guillermo Torres Caballero, tarjeta de identidad de Carmen
Teresa Martnez Caballero, registro civil de nacimiento de Carmen Teresa Martnez
Caballero
24.- De Rosmery Barrios Ortiz y su ncleo familiar: tarjeta de preparacin de cdula de
ciudadana No. 39.089.722 a nombre de ROSMERY BARRIO ORTIZ, formato nico de
declaracin (SIPOD 60649) se encuentran relacionadas las siguientes personas:
Osnaider Guerrero, Rodrigo Guerrero Bravo, Gil De Jess Bravo Barrios, Melis Henao
Guerrero, Vctor Henao Lpez, Rubn Daro Guerrero Barrios, Jadier Guerrero Barrios,
Duber Alfonso Guerrero Barrios, Alfonso Lpez Soto, Luz Marina Barrios, Isabel Ortiz
Martnez, Yudis Guerrero Barrios, Isabel Judith Guerrero Barrios, Johana Patricia
-
1343
Guerrero Barrios, Rosmery Barrios Ortiz, Registro SIJYP NO. 317666 DE Rosmery Barrios
Ortiz. Tarjetas de preparacin de las cdulas de ciudadana de Rodrigo Guerrero Bravo,
Gil De Jess Barrios Ortiz, Rubn Daro Guerrero Barrios, Yudis Barrios Guerrero Y
Johany Patricia Guerrero Barrios.
25.- De Amalia Cano Moreno y su ncleo familiar: registro nico de declaracin (SIPOD
65322), se encuentran relacionadas las siguientes personas: Bladimir Hernndez Cano,
Jos De Los Santos Hernndez Cano, Marly Mara Hernndez Cano, Liz Patricia
Hernndez Cano. Fotocopia cdula de ciudadana de Amalia Cano Moreno, reporte
SIJYP No. 362765 de Amalia Cano Moreno, oficio notificacin aceptacin del hecho del
16 de noviembre de 2009, fotocopia tarjeta de preparacin de las cedulas de
ciudadana de Jos De Los Santos Moreno Cano Y Marly Mara Moreno Cano.
26.- De Edgardo Salomn Salja Pontn ( compaero permanente de Luz Ayda Marn
Pertuz): Registro de hechos atribuibles No. 142040 de Edgardo Salomn Salja Pontn,
fotocopia de la cdula de ciudadana de Salomn Salja Pontn, certificado de
expedicin de cdula de ciudadana a nombre de Luz Ayda Marn Pertuz, declaracin
extra proceso No. 0400 de febrero 8 de 2008, fotocopia de formato nico de
declaracin No. 60216, personas que aparecen relacionadas: Edgardo Farid Salja
Coronado, Edgardo Salomn Salja Pontn, Gisel Lorena Salja Coronado, Karen Cecilia
Cuello Coronado, Anuar Salja Arrieta. Fotocopia registro de hierro quemador No. 87 a
nombre de Edgardo Salomn Salja Pontn, recorte de prensa diario el piln del 31 de
enero de 2000.
27.- De Roquelina Garca Herrera (compaera permanente de Eulises Coronado Vidal y
madre DE Eulises Coronado Garca): registro SIJYP No. 140386 de Roquelina Garca
Herrera, Fotocopia De Las Cdulas De Ciudadana De Roquelina Garca Herrera, Leanis
Coronado Garca, Eulises Coronado Garca, Eulises Coronado Vidales, Juan Manuel
Coronado Garca, Mara Magdalena Coronado Garca, Campo Elas Coronado Garca,
Joel Antonio Coronado Garca, Roquelina Coronado Garca, Martha Luz Coronado
Garca, Sandra Isabel Coronado Garca. Fotocopia registro civil de nacimiento de Eulises
Coronado Garca, Juan Manuel Coronado Garca, NolvanisCoronado Garca, ngel
Miguel Coronado Garca, Mara Magdalena Coronado Garca, Campo Elas Coronado
Garca, Joel Antonio Coronado Garca, Roquelina Coronado Garca, De Nolvanis
-
1344
Coronado Garca Y ngel Miguel Coronado Garca. Declaraciones extra proceso Nos.
1458 y 1459 del 9 de mayo de 2006, como constancia de convivencia de la seora
Roquelina Garca Herrera Y Eulises Coronado Vidales; fotocopia registro de hierro
quemador 098 a nombre de Roquelina Garca Herrera. Fotocopia de las partidas de
bautismo de Martha Luz Coronado Garca, Leanis Coronado Garca Y Sandra Isabel
Coronado Garca.
6138. De ah que el ente instructor formul los cargos a ttulo de autores mediato en
contra de los postulados Salvatore Mancuso Gmez y scar Jos Ospino Pacheco, por
las conductas punibles de Homicidio en Persona Protegida,Tortura en persona
protegida, sealadas en los artculos 135 y 137 de la ley 599 de 2000, Destruccin y
apropiacin de bienes protegidos y Deportacin, expulsin, traslado o desplazamiento
forzado de poblacin civil, descritos en las disposiciones 154 y 159 ibdem, con
circunstancias de mayor consagrados en el inciso 2y 4 del artculo 58 de la misma obra.
6139. Hecho No. 4. Destruccin y apropiacin de bienes;Deportacin, expulsin,
traslado o desplazamiento forzado de poblacin civil, de Gleiny Perdomo y su ncleo
familiar.
6140. El 20 de marzo de 2002, a la finca llamada La Isla, ubicada en el corregimiento
de Siberia municipio de Cinaga, Magdalena,miembros del grupo armado organizado
al margen de la ley, arriban al lugar en busca de Gleiny Perdono de Gonzlez e hijos,
sin embargo, ante la ausencia de los miembros familia se apropian de los enseres de la
residencia, semovientes e incendian uno de los inmuebles, razn por la que la vctima
referida junto a su ncleo familiar decidenabandonar su predio, desplazndose hacia la
ciudad de Santa Marta-Magdalena.
6141. As las cosas, la fiscala sustenta el hecho anteriormente narrado en las siguientes
pruebas:980
980 Escrito radicado por la Fiscala General de la Nacin, formulacin de cargos Patrn de Macrocriminalidad Desplazamiento Forzado.
-
1345
1.- Versin libre del 25 de julio de 2008 el postulado Norberto Quiroga, quien acepta
su participacin en los hechos y menciona algunos de los dems participes y 2.- El
Informe de polica judicial de fecha 22 de agosto de 2.010 de verificacin del hecho,
registros SIJYP nmeros 350842 y 139191 presentados por la seora Gleini Perdomo
De Gonzlez.
6142. En relacin con la formulacin de cargos, el representante del ente investigador
imputa en contra del postulados Salvatore Mancuso Gmez, a ttulo de autor mediato
los delitos de Destruccin y apropiacin de bienes protegidos y Deportacin,
expulsin, traslado o desplazamiento forzado de poblacin civil, descritos en las
disposiciones 154 y 159 de la ley 599 de 2000, con circunstancias de mayor
consagrados en el inciso 2, 3 y 5 del artculo 58 de la misma normatividad.
6143. Hecho No. 5.Homicidio en persona protegida de Flix Enrique Caraballo Snchez,
en concurso con secuestro simple y tortura en persona protegida de Jorge Luis Henrquez
Romero y Flix Enrique Caraballo Snchez, Deportacin, expulsin, traslado o
Desplazamiento forzado de poblacin civil de Jorge Luis Henriquez Romero, Edwin Rafael
Romero Pacheco, Beatriz Elena Romero Sabalza, Rafael Caraballo Sanchez, Denis Del
Carmen Romero Pacheco, Lilia Rosa Caraballo Barrios, Felix Antonio Caraballo Barrios,
Angela Maria Romero Barrios, Ever Luis Sanchez Romero, Ruth Maria Henriquez
Romero.
6144. El 30 de septiembre de 2003, en el corregimiento de Pita municipio de Repeln
(Atlntico), varios sujetos armados, vestidos de civil, con brazaletes distintivos de las AUC,
incursionaron a dicha municipalidad, reuniendo a los habitantes en la plaza, con base a
los sealamientos que realizaba un hombre que tena el rostro cubierto, as fue como
Felix Enrique Caraballo Sanchez, fue sacado de su residencia, amarrado y posteriormente
en el camino al sitio llamado la Cienaguita, muere a causa de los impactos con arma
de fuego.
6145. Posteriormente en la misma va fue retenido Jorge Luis Henriquez Romero, a
quien lo torturaron y luego dejaron en libertad, as las cosas, aduce la fiscala que a
raz de estos hechos se desat un ambiente de sozobra, que produjo el
desplazamiento de algunos habitantes del lugar.
-
981 Escrito radicado por la Fiscala General de la Nacin, formulacin de cargos Patrn de Macrocriminalidad Desplazamiento Forzado.
1346
6146. Al proceso se aportaron como soporte probratorio los siguientes:981
1.- Diligencia de version libre rendida el dia 23 de diciembre de 2009, a las 11:56:36
horas. el postulado Rafael Eduardo Julio Pea, quien acepta su responsabilidad en los
hechos, toda vez que tres (3) hombres bajo su mando participaron en dicha incursin.
2.- En igual sentido se encuentra versin libre del postulado Edgar Ignacio Fierro
Florez, quien acepta el hecho por linea de mando.
3.- Acta de inspeccin a cadver No. 006 de fecha octubre 1 de 2003, Protocolo de
necropsia a nombre de Flix Enrique Caraballo, Registro SIJYP de Lilia Rosa Caraballo
Barrios, en su calidad de hija de la vctima Flix Enrique Caraballo Snchez, registro
SIJYP de Mercedes Isabel Barrios Almeida en su calidad de cnyuge de Flix Enrique
Caraballo Snchez, consulta ANI del sistema de informacin de la Registradura
Nacional del estado civil, donde se establece la plena identidad de la vctima, Flix
Enrique Caraballo Snchez. Oficio remitido por la oficina de accin social, donde
informa que las vctimas del delito de desplazamiento forzado se encuentran
registradas en el registro nico de poblacin desplazada.
6147. En consecuencia, la Fiscala solicita la legalizacin de los cargos formulados al
postulado Salvatore Mancuso Gmez, a ttulo de autor mediato por los delitos de
Homicidio en Persona Protegida, artculo 135 de la ley 599 de 2000, en concurso con
la conducta punible de Secuestro Simple, Tortura y Deportacin, expulsin, traslado o
desplazamiento forzado de poblacin civil, descritos en las disposiciones 168,137 y 159
ibdem, con circunstancias de mayor consagrados en el inciso 2, 3 y 5 del artculo
58 de la misma obra.
6148. Hecho No. 6. Masacre de Playn de Orozco.
6149. El 9 de enero del ao 1999, cuando los pobladores de la zona del Playn de
Orozco del Municipio del Pin Magdalena, celebraban el bautismo catlico de
-
982 Escrito radicado por la Fiscala General de la Nacin, formulacin de cargos Patrn de Macrocriminalidad Desplazamiento Forzado.
1347
varios menores en la iglesia de la localidad, irrumpieron cuatro (4) vehculos en los que
se transportaban ms de 20 personas, integrantes de las AUC, entre las que se
encontraban dos mujeres, luego conminaron a sus habitantes hacia la plaza del lugar y
all separaron a los hombres, de las mujeres.
6150. Seguidamente los agresores se dividen en dos grupos, el primero de ellos se
dedica a saquear el lugar apoderndose de los pocos elementos de valor que se
encontraban all, mientras que el segundo liderado por una mujer conocida con el alias
de la Mona, proceden a la seleccin de lasvctimas,causndose la muerte a ms de 27
pobladores e incendian 27 viviendas. As las cosas, y a causa de lo acontecido los
pobladores sobrevivientes deciden abandonar sus hogares y desplazarse a otro lugar.
6151. La fiscala aduce como elementos materiales probatorios los siguientes:982
1.- Versin libre de los postulados Miguel Ramn Posada Castillo Alias Rafa, Jhon Jairo
Esquivel Cuadrado Alias El Tigre y Francisco Gaviria Alias Mario, quienes aceptan la
participacin en el hecho y narran como ocurri. 2.- Copia del trmite radicado
No.13294 que corresponde a la investigacin adelantada por la Fiscala 5 especializada
de Santa Marta, a travs de la cual se resuelve la situacin jurdica de la seora
Edelmira Esther Prez Mndez investigada por los delitos de homicidio agravado con
fines terrorista y concierto para delinquir abstenindose el despacho de poner medida
de aseguramiento; sentencia emitida por Juzgado Penal del Circuito especializado de
Valledupar de fecha 7 de diciembre del ao 2005, en donde figura como procesado
Edelmira Esther Prez Mndez, siendo absuelta de los delitos de homicidio mltiple y
concierto para delinquir.3.-Informe de polica judicial de fecha 31 de octubre del ao
2012, suscrito por investigadores de la Unidad de Justicia y Paz, en donde referencia la
identidad de las vctimas fallecidas como consecuencia de la masacre; fotografas y
datos de identificacin personal; as mismo cumple labores de documentacin de los
hechos entrevistando entre otros ciudadanos a: Carlos Arturo Calvo Gonzlez,
Margarita Rosa Gonzlez Orozco, Hernando Esther Sanabria Romo, Hinarco Jos De La
-
1348
Hoz Sanabria, Jos Mara Mozo Herrera, Beatriz Elena Romo Rodrguez, Pedro Pablo
Cervantes De La Cruz, Francia Elena Villa Garca, Anibeth Carpio Mozo Carmen, Alicia
Garca Carpio, Josefina Mara Calvo De La Hoz, Luz Marina Calvo Gonzlez, Mara
Adona Garca Orozco, Benilda Villa De Polo, Solfani Farides Pedroza Cervantes,
Amparo De Jess Ortiz Cantillo, Delsy Isabel Cantillo Palmera, Ingrid Mara Marchena
Ortiz, Ana Virginia Rodrguez Carpio, Rafael Alberto Barrio Polo, Carlos Arturo Romo
Barrios, Martha Lucia Romo Mendoza, Juana Mara Bocanegra Barrios, Mara Del
Amparo Calvo Gonzlez, Amparo Elena Mendoza Sanabria, Nancy Esther Gonzlez
Ortega, Dubis Esther Arvalo Ortega, Lorena Judith Ospino Carranza, Eneida Esther Villa
Garca, Olinda Esther Barrios Polo, Elkin Orlando De La Hoz Sanabria, Sofa Cristina
Calvo Gonzlez, Jos Agustn Barrios Giraldo, Jos Miguel Villa Sanabria, Carmen Luisa
Gonzlez Mendoza, Etilsa Isabel Olaya Sanabria Y Juan Navarro Miranda; fotografas del
lugar y fijacin de la escena de los hechos.4.- Actas de inspeccin a cadver de Luis
Jos Bocanegra Barrios, Idal Antonio Arvalo Gonzlez, Manuel Antonio Villa Figueroa,
Jos Agustn Palacin Mendoza, Diomedes Jos Barrios Mozo, Hansel Rafael Rodrguez
Carpio, Ubaldino Enrique Ospino Carranza, Jos Antonio Arvalo Saldaa.5.-
certificados de defuncin y protocolos de necropsia de Lascario De La Hoz Pabn,
Mario Lascario De La Hoz Pabn, Edgardo De La Hoz Pabn, Luis Alberto De La Hoz
Pabn, Luis Alberto Camacho De vila, Romn Garca Orozco, Eduardo Rafael
Bocanegra Barrios, Manuel Antonio Villa Garca, Idal Arvalo Gonzlez, Jos Agustn
Palacin Mendoza, Antonio Arvalo, Hansel Rafael Rodrguez Carpio, Luis Jos
Bocanegra Barrios Ubaldino Enrique Ospino Carranza, Dubis Esther Arvalo Ortega.
6152. 6.- informes de exhumacin correspondientes a las personas que en vida
respondan a los nombres de Jorge Calvo Gonzlez, Andrs Salas Romo, Jaime Rojano
Lozano. 7.- Como soporte probatorio de las vctimas de desplazamiento forzado
tenemos: Amparo Elena Mendoza Sanabria, entrevista de fecha 10 de octubre de
2012; fotocopia de cedula de ciudadana No.26.817.535; fotocopia de cedula de
ciudadana de Jos Agustn Palacin Mendoza; informe balstico forense; dictamen No.
111 en donde se hace el estudio a proyectiles de armas de fuego encontrados en el
lugar del desplazamiento; constancia de la personera que acredita condicin de
desplazada a la seora Dubis Arvalo, declaracin extra juicio en donde referencia ser
madre cabeza de hogar y esposa del fallecido JULIO Cesar Pabn Miranda, fotocopia
-
1349
de cedula de ciudadana 26.814.239; registro civil de nacimiento de los hijos menores;
fotocopia de cedula de Julio Cesar Pabn Miranda, registro civil de nacimiento. 8.-
Norberto Rafael Reales Jimnez desplazado; registro de hechos atribuibles nmero
225366; fotocopia de cedula de ciudadana No. 7.592.522; partida de matrimonio de
Norberto Rafael E Hilaria Rosa Cervantes; certificados del SISBEN de su hijos Juan
Pablo, Kevin Andrs, Norberto Rafael, Hilaria Rosa y Norberto Alfonso; registro civil de
nacimiento deKevin Andrs Reales Cervantes; fotocopia de la contrasea de la cdula
de ciudadana de Norberto Alfonso Reales Cervantes; registro civil de nacimiento de
Vanessa Esther Reales Cervantes; registro civil de nacimiento de Juan Pablo Reales
Cervantes; cdula de ciudadana deCayetana Mara Reales Romo. Eneida Esther Villa
Garca desplazada; entrevista de fecha 11 de octubre del 2012; fotocopia de cedula de
ciudadana No. 57.302.582; registro civil de nacimiento nmero 38160135 de Luis
Alberto De La Hoz Pabn; fotocopia de la cedula de ciudadana nmero 5.058134 a
nombre de Luis Alberto De La Hoz Pabn. Olinda Esther Barrios Polo desplazados;
entrevista de fecha 10 de noviembre del ao 2012; fotocopia de la cedula de
ciudadana nmero 26817551; certificacin de bienestar familiar en donde la seora
Olinda figura a cargo de la custodia de su nieto Humberto Rafael Romo Barrios;
fotocopia de la cedula de ciudadana 5.058.040 a nombre de Jos Antonio Romo
Garca; fotocopia de cedula de ciudadana de Humberto Rafael Romo Barrios;
certificado de defuncin nmero A.305965 a nombre de Humberto Romo Barrios;
registro civil de nacimiento 26416689 a nombre de Humberto rafael romo barrios.
Amparo de Jess Ortiz cantillo- desplazada; entrevista de fecha 12 de octubre del ao
2012; fotocopia de la cedula de ciudadana nmero 57301956; registro civil de
nacimiento 020504 de Ana Dominga Rojano Ortiz; registro civil de nacimiento de
Roberto Jos Rojano Ortiz; registro civil de nacimiento numero 28115485 a nombre de
Yurlesis Julieth Rojano Ortiz; fotocopia de cedula nmero 7594174 a nombre de Jaime
Alberto Rojano Lozano; registro civil de defuncin numero 03589115 a nombre de
Jaime Alberto Rojano Lozano; certificado de defuncin nmero a. 315870 a nombre
de Jaime Rojano Lozano; partida de bautizo de Jaime Alberto Rojano Lozano. Josefa
Mara Calvo De La Hoz desplazada; fotocopia de la cedula de ciudadana de la seora
Josefa Mara Calvo De La Hoz; registro civil de nacimiento 38578974 a nombre de
Josefa Mara Calvo Gonzlez; registro civil de nacimiento No.4590103 a nombre de
-
1350
Jorge Andrs Calvo Gonzlez; certificado de la personera de fecha 18-05-2011, en
donde plasman la muerte en el marco del conflicto ARMADO DE Jorge Andrs Calvo
Gonzlez; registro civil de defuncin no.03589109 a nombre de Jorge Andrs Calvo
Gonzlez. Anibeth Carpio Mozo desplazada; entrevista de fecha 10 de octubre de 2012;
fotocopia de la cedula 57.304.061; registro civil de matrimonio Notaria nica de Pijivay
de Ramn Antonio Garca Orozco y Anibeth Carpio Mozo; registro eclesistico de
matrimonio de Ramn Antonio Garca Orozco Y Anibeth Carpio Mozo; fotocopia de la
cedula de ciudadana No. 1.079.912.827 de Ramn Garca Carpio; certificado de la
Alcalda Municipal de Pivijay en la que enuncia la calidad desplazada de la seora
Anibeth Carpio Mozo y sus hijos Joel Jos Y Brayan Yesid Garca Carpio; registro civil
de nacimiento No.10.815.791 de ramn EMIRO GARCA CARPIO; registro civil de
nacimiento No. 23546382 de Mara Donis Garca Carpio; registro civil de nacimiento
de Brayan Yesid Garca Carpio; certificacin de la Inspeccin del Pin Magdalena en
donde certifica la calidad de desplazado de Mara Adona y sus hijos menores;
fotocopia de la tarjeta de identidad No. 970120-22540 a nombre de Brayan Yesid
Garca Carpio; contrasea de la cedula No. 950129-11600 a nombre de Joel Jos Garca
Carpio; registro civil de defuncin No.03589118 a nombre de Ramn Garca Orozco;
fotocopia peridico de la poca el heraldo de fecha 11 de enero del ao 1999,
registran el hecho con el ttulo Muerte y resurreccin Ramn Emiro Garca Carpio
desplazado; registro de hechos atribuibles No.312575; fotocopia de la cedula de
ciudadana No.1.069.912.827 a nombre de Ramn Emiro Garca Carpio; registro civil de
nacimiento No.10815791 a nombre de Ramn Emiro Garca Carpio; registro civil de
defuncin No.03589118, a nombre de Ramn Garca Orozco; certificacin de la
inspeccin de polica del Pin, Magdalena en donde seala que los nios Ramn
Emiro Mara Adonay, Joel Jos y Brayan Yesid, son desplazados por la violencia del 9
de enero de 1999; informe periodstico como consecuencia de los hechos. Johana
Amparo Tapias Hernndez desplazada; registros de hechos atribuibles No.386543;
fotocopia de la cedula de ciudadana No.57.306.123 a nombre de Johana Amparo
Tapias Cervantes. Jos Agustn Barrios Giraldo, desplazado; registro de hechos
atribuibles No.480690; fotocopia de la cedula de ciudadana No.5058123 a nombre de
Jos Agustn Barrios Giraldo. Madeleine Esther Romo De La Cruz, desplazada; registro
de hechos atribuibles No. 409217; fotocopia de la cedula de ciudadana No.26.817.622
-
1351
a nombre de Madeleine Esther Romos De La Cruz; entrevista de fecha 12 de
septiembre de 2011 a nombre de Madeleine Esther Romo de la cruz. Roci Del Pilar
Pabn Miranda, desplazada; registro de hechos atribuibles No.482363; fotocopia de la
cedula de ciudadana No.36.666.119, a nombre de Roci Del Pilar Pabn Miranda;
registro civil de defuncin No.03589133 a nombre de Julio Cesar Pabn Miranda;
certificado de nacimiento de Roci Del Pilar Pabn Miranda; registro civil de
nacimiento No.8299581 a nombre de Julio Cesar Pabn Miranda.
6153. De tal modo el representante del ente instructor formul los cargos a ttulo de
coautor en la modalidad dolosa al postulado MIGUEL RAMN POSADA CASTILLO y como
autor mediato a Salvatore Mancuso Gmez, por las conductas punibles de Homicidio en
Persona Protegida, Tortura en persona protegida, sealadas en los artculos 135 y 137 de
la ley 599 de 2000, Destruccin y apropiacin de bienes protegidos, Deportacin,
expulsin, traslado o desplazamiento forzado de poblacin civil, y Actos de terrorismo,
descritos en las disposiciones 154, 159 y 144 ibdem, con circunstancias de mayor
consagrados en el inciso 2, 3 y 5 del artculo 58 de la misma normatividad.
6154. Hecho No. 7. Deportacin, expulsin, traslado o desplazamiento forzado de la
poblacin civil. Homicidio en persona protegida de Ral Melo Toro y su ncleo
familiar.
6155. El 10 de marzo del ao 2002, a la vereda Cascajalito, corregimiento de Juan y
Medio, jurisdiccin de Riohacha, Guajira, lleg un grupo paramilitar de
aproximadamente doscientos 200 hombres, portando armas de fuego y obligando a
los habitantes del lugar a asistir a una reunin en la plaza del lugar.
6156. Aproximadamente a las 7 pm, en dicho encuentro los pobladores fueron
acusados de ser colaboradores de la subversin yadems los amenazaron de muerte
en caso de ser integrantes del mismo, al da siguiente, los agresores impedan a los
habitantes salir de sus viviendas, por lo que la retencin dur varios das.
6157. El 16 de marzo en momentos en que Ral Melo Toro,quien era el presidente de
la accin comunal, se encontraba sentado junto a sus familiares, en la puerta de su
-
983 Escrito radicado por la Fiscala General de la Nacin, formulacin de cargos Patrn de Macrocriminalidad Desplazamiento Forzado.
1352
residencia, llegaron unos integrantes del grupo ilegal y le propinaron varios disparos
que le causaron la muerte.
6158. Como consecuencia de este hecho, su familia y todo el pueblo de Cascajalito se
vieron atemorizados, lo que los oblig a desplazarse, ante el anuncio de los paramilitares
de seguir con la acometida criminal.
6159. En relacin al hecho antes narrado el ente investigador registr los siguientes
soportes probatorios:983
6160. 1.- Las versiones libres de los postulados Nstor Alcibades Buenda y Jaiber
Rodrguez Rincn, quienes confiesan y aceptan su participacin en los hechos. 2.- Del
desplazamiento forzado y dems delitos de que fue vctima la seora Esther Inmacula
Oate Meja: registro de hechos atribuibles a grupos armados organizados al margen
de la ley No. 443384 hechos por la seora Esther Inmaculada Meja Carrillo, entrevista
a la vctima, registro nico de poblacin desplazada de accin social de Esther
Inmaculada Meja Carrillo 3.- Del desplazamiento forzado y dems delitos de que fue
vctima Astrid Oate Meja, registro de hechos atribuibles a grupos armados
organizados al margen de la ley N 443133 hecho por esta vctima, entrevista a la
seora Astrid Oate Meja, formato nico de poblacin desplazada de accin social de
Astrid Oate Meja 4.- Del desplazamiento forzado y dems delitos de que fuera
vctima el seor Luis Antonio Meja Carrillo, formato nico de poblacin desplazada de
accin social del seor Luis Antonio Meja Carrillo.
6161. As las cosas, la fiscala formula los cargos a ttulo de autor mediato a Salvatore
Mancuso Gmez, por las conductas punibles de Homicidio en Persona Protegida y
Deportacin, expulsin, traslado o desplazamiento forzado de poblacin civil, sealadas
en los artculos 135 y 159 de la ley 599 de 2000.
6162. Hecho No. 8. Masacre de Zipacoa.
-
984 Escrito radicado por la Fiscala General de la Nacin, formulacin de cargos Patrn de Macrocriminalidad Desplazamiento Forzado.
1353
6163. El 8 de enero de 2001, un grupo de las AUC, al mando deSergio Manuel
Crdoba vila, alias 120, El Gordo u Orotu, comandante del Guamo -Bolvar, con el
apoyo de Edilberto Jos Gaviria Prez, incursionaron en el corregimiento de Zipacoa en
el municipio de Villanueva - (Bolvar), reuniendo a la poblacin en la plaza, con el
apoyo de un informante llamadoJos,de esta manera seleccionaron a Eligio Antonio
Nio Murillo, Rider Enrique Arellano Muoz, Gilberto Bellido Tordecilla y Germin
Jimnez Murillo, sealndolos de ser colaboradores de la guerrilla.
6164. Posteriormentelas vctimas antes referidas fueron asesinadas en presencia de la
comunidad, de ah que se produjo un desplazamiento masivo de los habitantes de la
zona,quienes abandonaron sus predios, animales y cultivos.
6165. De este modo, el representante de la fiscala aduce como material probatorio del
hecho antes narrado los siguientes:984
6166. 1.- Versin libre del postulado Sergio Manuel Crdoba vilaquien acepta su
responsabilidad en este hecho delictivo y seala alguna de los otros ilegales que iban
con l.
6167. 2.- Certificados de defuncin deEligio Antonio Nio Murillo, Rider Enrique
Arellano Muoz, Gilberto Bellido Tordecilla Y Germin Jimnez Murillo.
6168. 3.- Registros SIJYP a travs de los cuales los seores Eligio Antonio Nio Orozco,
Salustiano Arellano Orozco, Cruz Marina Arellano Puerta, Pablo Jimnez Murillo, ponen
en conocimiento de la fiscala general de la nacin la comisin de este hecho.
6169. Por ello, la fiscala formula los cargos a ttulo de autor mediato en contra
Salvatore Mancuso Gmez y como coautor al postulado Sergio Manuel Crdoba vila,
por las conductas punibles de Homicidio en Persona Protegida y Deportacin,
expulsin, traslado o desplazamiento forzado de poblacin civil, sealadas en los artculos
135 y 159 de la ley 599 de 2000.
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985 Escrito radicado por la Fiscala General de la Nacin, formulacin de cargos Patrn de Macrocriminalidad Desplazamiento Forzado.
1354
6170. Hecho No. 9. Desplazamiento forzado de Juan Carlos Vergara lvarez.
6171. Relata la fiscala queJuan Carlos Vergara lvarez,funga como propietario de un
establecimiento comercial ubicado en el municipio de Calamary- Bolvar,que en una
ocasin hombres pertenecientes al grupo armado ilegal,encabezados por el postulado
Sergio Manuel Crdoba vila,junto a otros tres sujetos llamados Parmnides Orozco
Passo, alias El Pambe y alias el Flaco Peyo, quienes de manera reiterada, lo constrean
para que suministrara informacin sobre algunas personas que ellos buscaban.
6172. Sin embargo, ante la negativa del seor Vergara lvarez,alias El Flaco Peyo, le
manifest que tena que marcharse de la zona o de lo contrario lo mataran, por ello,
el da 14 de noviembre de 2001, la vctima con el nimo de salvaguardar su integridad
fsica, decidi cerrar su negocio, abandonando su medio de subsistencia y el lugar donde
resida, para as desplazarse hacia una parcela ubicada en Santa Lucia (Atlntico),
lugar donde permaneci cerca de 3 meses; de all, sigui hacia Cartagena y luego a
Ccuta (Norte de Santander), situacin que le gener un impacto psicolgico y prdidas
materiales.
6173. La fiscala aduce como elementos materiales probatorios los siguientes:985
6174. 1.- Versin libre del postulado Sergio Manuel Crdoba vila, quien acepta su
responsabilidad en el hecho y menciona que alias El Pambe quera matar al seor
Juan Carlos Vergara lvarez. 2.- Registro SIJYP a travs del cual la vctima pone en
conocimiento de la Fiscala el hecho mediante el cual los paramilitares violaron sus
derechos.
6175. As las cosas, el ente investigador formul los cargos a ttulo de autores mediato
en contra Salvatore Mancuso Gmez y Sergio Manuel Crdoba vila, por la conducta
punible de Deportacin, expulsin, traslado o desplazamiento forzado de poblacin
civil, sealadas en el artculo 159 de la ley 599 de 2000.
-
986 Escrito radicado por la Fiscala General de la Nacin, formulacin de cargos Patrn de Macrocriminalidad Desplazamiento Forzado.
1355
6176. Hecho No. 10.Masacre de Repeln.
6177. El 31 de diciembre de 2000, incursionaron dos grupos de las Autodefensas
Unidas de Colombia AUC, a las poblaciones de Cinaga, Cienaguita, Algarrobo y Las
Tablas, jurisdiccin del municipio de Repeln (Atlntico); de un lado, el grupo del
Guamo -Bolvar, al mando de Sergio Manuel Crdoba vila y del otro, el grupo de
Zambrano, al mando de Luis Francisco Robles Mendoza, alias Amaury.
6178. Seguidamente, cuenta el ente instructor que los sujetos referidos estaban
acompaados de guas desertores de la guerrilla, quienes de casa en casa, sealaban a
las personas que posteriormente asesinaran por ser presuntamente colaboradores de
las FARC.
6179. As mismo, expresa que en contra de su voluntad fueron retirados de sus
residencias los seores Rodolfo Barrios Anaya, Pedro Claver Ospino Llerena y Orlando
Enrique Rico Lara, a quienes privaron ilegalmente de su libertad y asesinaron con
posterioridad.
6180. Como consecuencia de este episodio violento, se produjo un desplazamiento
masivo de la comunidad, quienes dejaron abandonadas sus propiedades.
6181. De tal modo el representante del ente instructor registro como soportes
probatorios los siguientes:986
6182. Versin libre del postulado Sergio Manuel Crdoba vila, quien acepta su
participacin en el hecho y describe como se realiz esta masacre, relacionando los
nombres de algunas de las vctimas de homicidio. Actas de inspeccin a cadver de
Rafael Antonio Ospino Olivo, Orlando Rico Lara, Rodolfo Barrios Anaya, Pedro Claver
Ospino Llerena, Rafael Ospino Llerena. Protocolos de necropsia de Orlando Rico Lara,
Rafael Ospino Olivo, Pedro Claver Ospino Llerena. Registros civiles de defuncin
correspondientes a Rodolfo Barrios Anaya, Pedro Claver Ospino Llerena, Rafael Manuel
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1356
Ospino Llerena. registros SIJYP as: No 468557, diligenciado por Mnica Barrios Anaya,
identificada con la cdula de ciudadana No. 44190810 de Sabanalarga (Atlntico),
SIJYP No 260529, diligenciado por ngel Custodio Ospino Cabeza, identificado con la
cdula de ciudadana No. 36720882 Santa Marta, SIJYP No 189679, diligenciado por
Nayibis Rico Rizo, identificada con la cdula de ciudadana SIJYP No 320717,
diligenciado por Carmen Edith Palacio Daz, identificada con la cdula de ciudadana,
SIJYP No 278502, diligenciado por NEBIS SNCHEZ RUIZ, identificada con la cdula de
ciudadana , SIJYP No 466705, diligenciado por DANILO JOSE CASTELLAR RAMOS,
identificado con la cdula de ciudadana; declaracin jurada rendida por Denis Cecilia
Prez Ziga, el 25 de noviembre de 2013.
6183. As las cosas, la fiscala formula los cargos a ttulo de autores mediato a Salvatore
Mancuso Gmez y Sergio Manuel Crdoba vila, por las conductas punibles de Homicidio
en Persona Protegida, Secuestro simple y Deportacin, expulsin, traslado o
desplazamiento forzado de poblacin civil, , sealadas en los artculos 135, 168 y 159
de la ley 599 de 2000. En circunstancias de mayor punibilidad.
6184. Hecho No. 11. Homicidio en persona protegida de Juan Alberto Nisperuza
Agmez, homicidio en persona protegida en grado de tentativa y desplazamiento forzado
deTomas Antonio Snchez Zabala.
6185. El 15 de octubre de 2001, en el corregimiento de Colomboy, municipio de
Sahagn - Crdoba, en los momentos en los que Juan Alberto Nisperuza Agmez, se
encontraba departiendo en un establecimiento comercial llamado Drogas Nany, junto
a su compaera sentimental Dora Luz Madera Daz, su hermana Denys Nisperuza Agmez,
y un vecino llamado Toms Antonio Snchez Zabala,dos sujetos conocidos como Jorge
Eliecer Barranco Galvn y Luis Alberto Contreras Jimnez, alias Confite,integrantes del
grupo urbano de las Autodefensas de Sahagn, dispararon en varias ocasiones en contra
de la humanidad del seor Nisperuza Agmez.
6186. En efecto en dicho suceso result asesinado Juan Alberto Nisperuza y lesionado
Toms Snchez Zabala, quien por temor a su vida y por lo delicado de sus lesiones debi
desplazarse hacia la ciudad de Medelln.
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987 Escrito radicado por la Fiscala General de la Nacin, formulacin de cargos Patrn de Macrocriminalidad Desplazamiento Forzado.
1357
6187. As mismo, relata la fiscala lo siguiente: 987
6188. Que el postulado Jorge Elicer Barranco Galvn, en versin libre rendida el da
18 de enero de 2008, ante el despacho trece delegado,se refiri a este hecho
indicando que el comandante William (Apolinar Garca Builesle ordeno ir a Colomboy,
a la casa del seor Barreto (Luis Eduardo Barreto Prez), estando all el seor Barreto
les indic el objetivo (vctima), recuerda que la casa estaba en una esquina, ubicada en
la calle principal, vidrios oscuros, grande, un corredor y tena una virgen o un santo.
Una vez le sealo la vctima le indic que volviera despus que l le avisaba; por la
tarde tipo seis a siete de la noche a travs de un celular Lucho Barreto los llamo, y les
dijo que la vctima ya se encontraba afuera sentado tomando con un grupito en la
farmacia, y se les encargo esa misin. Fue as como procedieron a llegar al pueblo,
caminando por toda la orilla de la carretera. Precisa que entraron alias Confite y el, la
orden era que apenas lo vieran le disparan, porque estaba armado y era peligroso,
entonces entraron a la calle, llegaron a la esquina donde un negocio y desde all
dispararon, la vctima estaba de espaldas a ellos mientras avanzaban, recuerda que se
encontraba sentado con unos seores y una mujer tomando en el corredor de la
farmacia. la idea era no dejarlo reaccionar, fue as como llegaron donde estaban los
seores tomando y enseguida fueron sacando los revlveres y disparndole los dos a
la vez contra el seor Gordo, su arma era un revolver calibre 38 y la de Confite era un
arma marca Ruger o un revolver 38. La vctima recibi un impacto en el abdomen y
de ah se par e intento resguardarse dentro de la farmacia, ah recibi otro impacto
de arma de fuego y cay, y lo remat con un disparo en la cabeza, y por donde
entraron por ah mismos salieron.
6189. Es de advertir que este hecho fue imputado al postulado del bloque crdoba
que acepto el hecho Jorge Eliecer Barranco Galvn, Alias El Paisa y/o Escamoso, y
respecto del mismo se impuso medida de aseguramiento ante la magistratura del
Tribunal Superior de Justicia y Paz de Barranquilla, el da 12 de diciembre de 2008. De
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988 Escrito radicado por la Fiscala General de la Nacin, formulacin de cargos Patrn de Macrocriminalidad Desplazamiento Forzado.
1358
igual manera fue aceptado por lnea de mando por el postulado Salvatore Mancuso
Gmez en diligencia de versin libre rendida ante este despacho el 30 de julio de 2013
al minuto 04:48:40 P.M.
6190. En este orden de ideas el representante del orden instructor registra como
soportes probatorios:988
6191. Confesin del postulado Jorge Eliecer Barranco Galvn quien en diligencia de
versin libre reconoce su coparticipacin en el hecho, as como refiere las
circunstancias de modo, tiempo y lugar en la que se desarrollaron los hechos; registro
civil de defuncin esteban Juan Alberto Nisperuza Agmez serial No 04468049;
protocolo de necropsia de fecha octubre 16 de 2001, realizado por doctor Jhonny
Pacheco R, macrodctila de Juan Alberto Nisperuza Agmez; informe de polica judicial
No 0057 de enero 29 de 2010, a travs del cual se anexa declaracin jurada
recepcionada al seor Toms Antonio Snchez Zabala, de fecha diciembre 17 de 2009,
en la cual manifiesta que el da de los hechos se encontraba sentado con el seor
Nisperuza, en la terraza frente a la droguera, estaba de espalda, cuando el primer
disparo se levant y entr a su casa, porque vive al lado, ya iba lesionado, porque el
disparo peg en la pared y en su retorno le lesiono; copia fotomecnica simple de
recorte de prensa el meridiano de Crdoba, pgina judicial de octubre 17 de 2006,
en la cual se registra la ocurrencia del homicidio de Juan Nisperuza y las lesiones de
Toms Snchez Zabala; formato de hechos atribuibles a grupos organizados al margen
de la ley, no 31160 diligenciado por Adys Regina Nisperuza Agmez; informe tcnico
relacin mdico-legal de enero 25 de 2010, practicado a Toms Antonio Snchez
Zabala, radicado 2010 C-03030200268, en el que como mecanismo causal proyectil de
arma de fuego, incapacidad mdico legal definitiva de 20 das con secuelas mdico-
legales de deformidad fsica que afecta el cuerpo de carcter permanente.
6192. Finalmente, el ente instructor formula los cargos a ttulo de autores mediato en
contra de Salvatore Mancuso Gmez, por las conductas punibles de Homicidio en
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989 Escrito radicado por la Fiscala General de la Nacin, formulacin de cargos Patrn de Macrocriminalidad Desplazamiento Forzado.
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Persona Protegida, en concurso heterogneo y sucesivo con los delitos de Lesiones en
persona protegida y Deportacin, expulsin, traslado o desplazamiento forzado de
poblacin civil, sealadas en los artculos 135, 136 y 159 de la ley 599 de 2000.
6193. Hecho No. 12. Homicidio en persona protegida de Francisco Javier Pastrana
Beltrn, desplazamiento forzado de Doris Mara Hernndez Martnez y su ncleo
familiar, destruccin y apropiacin de bienes.
6194. El 10 de marzo de 1996, siendo aproximadamente las 4:15 de la maana, en el
inmuebledenominado Los Patos, ubicado en el corregimiento de Santaf de Ralito,
jurisdiccin de Tierralta-Crdoba, el sujeto conocido comoEdwin Manuel Tirado
Morales, junto a otros miembros de las Autodefensas Unidas de Colombia, al mando
de Salvatore Mancuso, arribaron fuertemente armados y con pasamontaas, en busca
del administrador del predio Francisco Javier Pastrana Beltrn.
6195. En los momentos en los que el seor Pastrana Beltrn, acude al llamado de los
agresores, estos le suministran 4 disparos ocasionndole la muerte inmediata, luego
ingresan a la residencia, hurtndose las pertenencias de la vctima y daando los enseres;
de igual manera amenazaron a su compaera permanente Doris Mara Hernndez
Martnez, indicndoles que deban abandonar su residencia, por lo que se encontraron
obligados a salir desplazados de ese lugar.
6196. En relacin a los acontecimientos antes narrados la fiscala presento los
siguientes elementos probatorios:989
6197. Entrevista recepcionada al postulado Edwin Manuel Tirado Morales el 8 de
noviembre de 2011, en la cual amplio su confesin indicando que la orden se la dio
Salvatore Mancuso Gmez. Confesin del postulado del bloque crdoba Edwin Manuel
Tirado Morales, quien en diligencia de versin libre del da 23 de julio de 2008, acepto
su coparticipacin en este hecho, se indic que su rol dentro de la perpetracin del
hecho fue la de conductor; registro de defuncin serial No 1284695 a nombre de
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13601360
Francisco Javier Pastrana Beltrn; reproduccin fotomecnica simple de apartes del
expediente contentivo de la investigacin preliminar nmero 958 en averiguacin de
responsables en la Fiscala de la Unidad de Reaccin Inmediata de Montera, la cual se
encuentra suspendida desde el 28 de noviembre de 1996. Se trae como prueba
trasladada: denuncia formulada por Custodio Manuel Pastrana Beltrn y acta de
levantamiento de cadver No 001 a nombre de Francisco Javier Pastrana Beltrn; copia
fotomecnica simple de la investigacin, radicado No 88222, reactivada por compulsa
de copias efectuada por este despacho en la Fiscala Tercera de vida, en contra de
Edwin Manuel Tirado Morales, Fredy De Jess Nerio Atencia, Hernando De Jess
Fontalvo Snchez, Benjamn Jos Alvarado Bracamonte, Juan Pablo Vsquez Pineda,
Robert Antonio Reyes Ortega, por el delito de homicidio agravado, el cual se encuentra
en prctica de pruebas; copia fotomecnica simple de la investigacin radicado
115343, adelantada en la Fiscala Doce delegada ante los Jueces Penales del Circuito
de Montera, contra desconocidos por el delito de desplazamiento forzado y hurto del
cual fungen como vctimas Doris Mara Hernndez Martnez, y su ncleo familiar
conformado por sus hijos Jhon Jairo Pastrana Hernndez, Daro Jos Pastrana
Hernndez, Doris Marcela Pastrana Hernndez, Jaime Antonio Gmez Hernndez,
proceso que se encuentra en investigacin preliminar y prctica de pruebas; formato
de hechos atribuibles a grupo armado organizado al margen de la ley N 225731
diligenciado por Jhon Jairo Pastrana Hernndez, en calidad de hijo del occiso Pastrana
Beltrn; entrevista recepcionada a Jhon Jairo Pastrana Hernndez el 17 de febrero de
2008; registro de hechos atribuibles a grupos organizados al margen de la ley N
422344 diligenciado por la seora Doris Mara Hernndez Martnez, en calidad de
compaera permanente, en el cual reporta el homicidio, y desplazamiento del que fue
vctima; entrevista recepcionada a la seora Doris Mara Hernndez Martnez, en la cual
cuantifica los daos sufridos con este hecho; entrevistas recepcionadas durante los das
22 y 23 de octubre de 2012, a la seora Doris Mara Hernndez Martnez y sus hijos
Gustavo Antonio Pastrana Beltrn Jhon Jairo Pastrana Hernndez, en el que refieren el
dao emocional, econmico y sicolgico sufrido con la muerte de su familiar; encuesta
de fecha abril 11 de 2013 recepcionada a Doris Mara Hernndez Martnez con el
objeto de determinar el patrn de macro criminalidad; entrevista recepcionada a la
seora Doris Mara Hernndez Martnez, de fecha julio 2 de 2013, con el objeto de
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13611361
precisar su desplazamiento forzado; informe de polica judicial de fecha septiembre 23
de 2013 suscrito por la investigadora Viviana Sofa Polo Granda, a travs del cual se
documenta el respectivo hecho y se incorporan los elementos materiales referidos.
6198. Por ltimo, el representante del ente instructor formula los cargos a ttulo de
autor mediato a Salvatore Mancuso Gmez, por las conductas punibles de Homicidio
en Persona Protegida, consagrada en el artculo135 de la ley 599 de 2000, en concurso
heterogneo y sucesivo con las conductas punibles de Destruccin y apropiacin de
bienes protegidos y Deportacin, expulsin, traslado o desplazamiento forzado de
poblacin civil, sealadas en los artculos 154 y 159 ibdem.
6199. Hecho N. 13. Actos de Terrorismo, Destruccin y Apropiacin De Bienes
Protegidos, Desplazamiento Forzado De Filomena Salgado De Aldana, Ramiro Aldana,
Arnaldo Aldana, Eduardo Aldana y Mara Elicenia Manco.
6200. El 5 de octubre de 1993, cuando la familia Aldana Salgado; se encontraba en su
inmueble llamado El Descanso, ubicado en el corregimiento de Puerto Salgar, del
municipio de Tierralta Crdoba,hombres fuertemente armados, integrantes de las
Autodefensas Unidas de Colombia, bajo el mando de Salvatore Mancuso Gmez,
irrumpen al lugar, procediendo a disparar e incendiar parte del inmueble, situacin que
gener temor en la familia, por cuanto, se desplazaron de la zona, perdiendo todo cuanto
posean.
6201. Con respecto a los hechos antes narrados el ente investigador registra los
siguientes:990
6202. El hecho fue aceptado por lnea de mando por el postulado Salvatore Mancuso
Gmez, en diligencia de versin libre rendida ante este despacho el 9 de septiembre
de 2013, desde el minuto 14:28:30 hasta 14:38:20, confesin del postulado Hernando
De Jess Fontalvo Snchez, de fecha febrero 23 de 2011, ante el despacho Trece
delegado ante esta Unidad, en la que refiere que fueron integrantes de las
990 Escrito radicado por la Fiscala General de la Nacin, formulacin de cargos Patrn de Macrocriminalidad Desplazamiento Forzado.
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13621362
autodefensas las que perpetraron este hecho, y el da en que sucedieron los mismos,
ste tena conocimiento del ilcito que se estaba materializando; formato de hechos
atribuibles a grupos organizados al margen de la ley No 298892, diligenciado por
Ramiro Arturo Aldana Agmez; declaracin extra proceso de fecha 19 de abril de 2011,
efectuada por la seora Arcenia Aldana De Aldana ante el Notario nico del Circulo de
Tierralta, en el que da fe del desplazamiento forzado del que resulto victima la familia
Aldana Agmez; encuesta de fecha abril 11 de 2013, recepcionada a Ramiro Arturo
Aldana Agmez, con el objeto de determinar el patrn de macro criminalidad; oficio
suscrito por la directora de registro y gestin de la informacin de la Unidad para la
Atencin y Reparacin Integral a las Vctimas, a travs del cual se informa que el seor
Ramiro Arturo Aldana Agmez, se encuentra incluido en el Registro nico de Victimas
(RUV); informe de polica judicial de fecha septiembre 23 de 2013 suscrito por la
investigadora Viviana Sofa Polo Granda, a travs del cual se documenta el respectivo
hecho y se incorporan los elementos materiales referidos.
6203. As las cosas, la fiscala formula los cargos a ttulo de autor mediato en contra de
Salvatore Mancuso Gmez y como coautor aHernando De Jess Fontalvo Snchez, por
las conductas punibles de Deportacin, expulsin, traslado o desplazamiento forzado
de poblacin civil, sealadas en el artculo 159 de la ley 599 de 2000, en concurso
heterogneo y sucesivo con los delitos de Actos de Terrorismo y Destruccin y
apropiacin de bienes protegidos sealados en los artculos 144 y 149 ibdem.
6204. Hecho No. 14.Desplazamiento forzado de Jos Vicente Domnguez Riveray su
ncleo familiar Bleidi Jimnez, Juan Jos Domnguez, Yadis Domnguez, Laura, Alberto
Jimnez y Patricia Gutirrez.
6205. El 9 de marzo de 1995, en la vereda Tuis - Tuis, jurisdiccin de Tierralta, Crdoba,
Jos Vicente Domnguez Rivera, recibi la noticia por parte de un sujeto conocido con
el alias del Polo, miembro de las AUC, referente a la necesidad de desalojar en 24 horas
el lugar, en razn a que el grupo ilegal, planeaba asesinarlo junto a su familia, debido a
que lo consideraban colaborador de la subversin.
6206. En consecuencia, la vctima antes referida y su ncleo familiar, se traslad hacia
la ciudad de Barranquilla, abandonando todas sus pertenencias.
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991 Escrito radicado por la Fiscala General de la Nacin, formulacin de cargos Patrn de Macrocriminalidad Desplazamiento Forzado.
1363
6207. En relacin, al hecho anteriormente descrito la fiscala registra como pruebas las
siguientes:991
6208. El postulado del bloque Crdoba, Hernando De Jess Fontalvo Snchez en
diligencia de versin libre rendida ante el despacho Trece delegado ante esta Unidad,
efectuada el 28 de julio de 2010, acepta su responsabilidad en el hecho. De igual
manera fue aceptado por lnea de mando por el postulado Salvatore Mancuso Gmez
en diligencia de versin libre rendida ante este despacho el 9 de septiembre de 2013
desde el minuto 14:28:30 hasta 14:38:20.; registro de hechos atribuibles a grupos
organizados al margen de la ley No 275226, diligenciado por Jos Vicente Domnguez
Rivera; certificado expedido por la Unidad de Atencin de Reparacin de Vctimas en
donde manifiestan que la vctima Jos Vicente Rodrguez Rivera si aparece en el
registro de personas desplazadas.
6209. As las cosas, la fiscala formula los cargos a ttulo de autor mediato en contra de
Salvatore Mancuso Gmez, por las conductas punibles de Deportacin, expulsin, traslado
o desplazamiento forzado de poblacin civil, sealadas en el artculo 159 de la ley 599
de 2000.
6210. Hecho No. 15. Deportacin, expulsin, traslado o desplazamiento forzado de
poblacin civil, Actos de terrorismo. Destruccin y apropiacin de bienes protegidos de
Hugo Alfonso Chinchilla y su ncleo familiar.
6211. Cuenta la fiscala que los hechos en los cuales Hugo Alfonso Chinchilla y su
ncleo familiar salieron desplazados del corregimiento de Filo Gringo, municipio de
Tib, Norte de Santander, sucedieron el 6 de abril de 2000, en horas de la noche, debido
a la presencia que haba en la regin del grupo de autodefensas del bloque Catatumbo
comandado por Armando Alberto Prez Betancourt, alias Camilo, debido a que el
grupo ilegal,sealaba a los pobladores de la zona, de ser colaboradores de la guerrilla.
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992 Escrito radicado por la Fiscala General de la Nacin, formulacin de cargos Patrn de Macrocriminalidad Desplazamiento Forzado.
1364
6212. As mismo, expresa el ente investigador que la familia referida, junto con otras
del corregimiento, lograron huir en un vehculo suministrado por la alcalda del Tarra,
para que fueran trasladados hacia dicha municipalidad.
6213. Por ltimo, expresa que como consecuencia de los acontecimientos narrados, las
vctimas tuvieron que abandonar todos sus enseres y propiedades.
6214. La fiscala presenta como material probatorio los siguientes:992
6215. El postulado Salvatore Mancuso Gmez, en versin libre de fecha 09 de
septiembre de 2013, acepta la responsabilidad por lnea de mando en estos hechos,
por ser el mximo comandante de las autodefensas del bloque Catatumbo. reporte
SIJYP No. 394152 reportante Hugo Alfonso Chinchilla; fotocopia de la cdula de
ciudadana No. 13.473.025 a nombre de Hugo Alfonso Chinchilla, reportante; fotocopia
de la cdula de ciudadana no. 37.367.771 a nombre de Isolina Quintero Arvalo,
esposa del reportante; registro de nacimiento de Yerson Samid Chinchilla Mongu, hijo
del reportante; registro de nacimiento de Jessika Edith Chinchilla Mongu, hijo del
reportante; registro de nacimiento de Joey Dorian Chinchilla Mongu, hijo del
reportante; registro de nacimiento de Duval Leandro Durn Quintero, hijo del
reportante; registro de nacimiento de Jahaziel Chinchilla Quintero, hijo del reportante;
certificado del colegio Tcnico Agropecuario Juventud del Catatumbo del
corregimiento de Filo Gringo, donde consta que Yerson Samid Chinchilla Mongu se
encontraba matriculado en ese centro educativo para el ao lectivo de 1999; reporte
SIJYP No. 409207 reportante Lehy Dorian Chinchilla Mongu; resolucin No. 725 de la
Defensora del Pueblo por la cual se hacen efectivos unos pagos con cargo al fondo
para la defensa de los derechos e intereses colectivos, a favor de los beneficiarios de la
accin de grupo No. 2002-0004-01, por los perjuicios ocasionados a raz del
desplazamiento forzado ocurrido en la regin del Catatumbo, corregimiento de Filo
Gringo, municipio de el Tarra, Norte de Santander, ante el Tribunal Contencioso
Administrativo de Cundinamarca; entrevista de Hugo Alfonso Chinchilla; ampliacin de
-
1365
declaracin rendida por la seora Isolina Quintero Arvalo; certificado de residencia
por parte de la inspeccin de polica del Tarra Norte de Santander; fotografa del
vehculo marca Dodge de placas TQJ 398 incinerado; denuncia instaurada por el seor
Hugo Alfonso Chinchilla de fecha 07 de junio de 2011, ante la Fiscala General de la
Nacin; denuncia instaurada por el seor HugoAlfonso Chinchilla de fecha 28/12/2006,
en la Personera Municipal del Tarra Norte de Santander versin de confesin de Isaas
Montes, alias Mauricio de fecha 20 de octubre y 19 de diciembre de 2008; versin de
Albeiro Valderrama Machado, alias Piedras Blancas de fecha 23 de mayo de 2011;
versin de confesin de Jos Bernardo Lozada Artuz, Alias Mauro de fecha 23 de mayo
de 2011; versin de confesin de Elmer Daro Atencia Gonzlez Alias Polocho, de fecha
24 de mayo de 2011; versin de confesin de Juan Galn Trespalacios Alias Moncholo,
de fecha 24 de mayo de 2011; versin de confesin de HUGO Rafael Ortega Vargas,
Alias El Guajiro, de fecha 24 de mayo de 2011; versin de confesin De dison Jos
Baldovino Toro Alias Prezde fecha 23 de mayo de 2011.
6216. As las cosas, la fiscala formula los cargos a ttulo de autores mediatos en contra
de Salvatore Mancuso Gmez y Jos Bernardo Lozada Artuz, por las conductas
punibles de Deportacin, expulsin, traslado o desplazamiento forzado de poblacin civil,
sealadas en el artculo 159 de la ley 599 de 2000, en concurso heterogneo y sucesivo
con los delitos de Actos de Terrorismo y Destruccin y apropiacin de bienes protegidos
sealados en los artculos 144 y 149 ibdem, con circunstancias de mayor punibilidad del
articulo 58 numerales 2, 3 y 5 del mismo texto.
6217. Hecho No.16. Deportacin, expulsin, traslado o desplazamiento forzado de
poblacin civil, deSara Sandoval Ovallos y su ncleo familiar.
6218. Relata la fiscala que el 20 de noviembre de 2000,Sara Sandoval Ovalles, quien
para la poca de los hechos contaba con 12 aos de edad yresida junto a su familia
en la vereda La Fra, del corregimiento de Filo de Gringo, municipio de Tib, Norte de
Santander,cuando arribaron varios vecinosdesplazados de las veredas colindantes,
sugirindoles que abandonaran el lugar, en razn al despliegue que haba iniciado el
grupo paramilitar y que se dirigan hacia dicha zona.
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993 Escrito radicado por la Fiscala General de la Nacin, formulacin de cargos Patrn de Macrocriminalidad Desplazamiento Forzado.
1366
6219. En razn a lo anterior la familia afectada abandon su domicilio y se desplaz
hacia el municipio de Tib Norte del Santander.
6220. En relacin, al hecho anteriormente descrito la fiscala registra como pruebas las
siguientes:993
6221. El postulado Salvatore Mancuso Gmez, en versin libre de fecha 09 de
septiembre de 2013, acepta la responsabilidad por lnea de mando en estos hechos,
por ser el mximo comandante de las autodefensas del bloque Catatumbo. Reporte
SIJYP No. 417362 de fecha 05 de junio de 2011 reportante, Sara Sandoval Ovallos;
fotocopia de la cdula de ciudadana a nombre de Sara Sandoval Ovallos, reportante;
fotocopia de la cdula de ciudadana a nombre de Rafael Sandoval, hermano de la
reportante; fotocopia de la cdula de ciudadana a nombre de Mara Beln Sandoval
Ovallos, madre de la reportante; fotocopia de la cdula de ciudadana; fotocopia