[SEMARNAT-05-001] - Cédula de Operación Anual (COA)

2
Jueves, 07 Mayo 2015 Clave: SEMARNAT-05-001 Trámite: Cédula de Operación Anual (COA) El periodo para la presentación de la Cédula de Operación Anual (COA) se va a prorrogar. Próximamente se anunciará en esta página el plazo de presentación. COMUNICADO IMPORTANTE En qué casos se debe presentar: • Cuando el establecimiento sea una Fuente Fija de Jurisdicción Federal en Atmósfera, artículo 111 Bis párrafo 2° de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), las industrias: química, petróleo y petroquímica, pinturas y tintas, automotriz, celulosa y papel, metalúrgica, vidrio, generación eléctrica, asbesto, cementera y calera y tratamiento de residuos peligrosos y los responsables de fuentes fijas de jurisdicción federal que cuenten con Licencia Ambiental Única o Licencia de Funcionamiento otorgada por la SEMARNAT. Aplica únicamente para los subsectores establecidos en los artículos 17 Bis y 21 del Reglamento de la LGEEPA en materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera , reformado el 03 de junio del 2004. • Si el establecimiento descarga aguas residuales en cuerpos receptores que sean aguas nacionales: ríos, mares, barrancos, etc. Artículo 9 del Reglamento de la LGEEPA en materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes. (Modificación al Reglamento de la LGEEPA en materia del RETC del 31 de octubre de 2014). • Cuando los establecimientos sean grandes generadores de residuos peligrosos, generan≥10 ton de residuos peligrosos al año; Reglamento de la LGPGIR , artículo 72. • Si el establecimiento es prestador de servicios de manejo de residuos peligrosos, quienes realizan actividades de: reutilización, centros de acopio, reciclaje, co-procesamiento, incineración, tratamiento, tratamiento por inyección profunda, tratamiento de suelos contaminados, instalaciones de disposición final y transporte. Reglamento de la LGPGIR , artículo 72. Al final de esta página, en el apartado “Guías, referencias, varios, archivos”, encontrará información de soporte para elaborar la COA. Requisitos, formato, donde hacer el trámite Preguntas Frecuentes Contacto Glosario INICIO DÓNDE REGISTRO UN TRÁMITE GUÍA DE TRÁMITES POR PROYECTO TRÁMITES Y REQUISITOS PAGO DE UN TRÁMITE CONSULTA TU TRÁMITE EN LÍNEA EMPRESAS AUTORIZADAS buscar... Guías,referencias, varios, archivos Materiales y Actividades Riesgosas Residuos peligrosos Sitios contaminados Atmósfera Autorizaciones para la operación Cédula de Operación Anual Metodologías Alternativas a NOMs Permisos Forestal y Suelos Impacto Ambiental OGM´S Vida Silvestre Zona Federal Marítimo Otros

description

Instructivo para llevar a cabo la coa

Transcript of [SEMARNAT-05-001] - Cédula de Operación Anual (COA)

  • Jueves, 07 Mayo 2015

    Clave: SEMARNAT-05-001

    Trmite: Cdula de Operacin Anual (COA)

    El periodo para la presentacin de la Cdula de Operacin Anual (COA) se va a prorrogar.

    Prximamente se anunciar en esta pgina el plazo de presentacin.

    COMUNICADO IMPORTANTE

    En qu casos se debe presentar:

    Cuando el establecimiento sea una Fuente Fija de Jurisdiccin Federal en Atmsfera, artculo 111 Bis

    prrafo 2 de la Ley General del Equilibrio Ecolgico y la Proteccin al Ambiente (LGEEPA), las industrias:

    qumica, petrleo y petroqumica, pinturas y tintas, automotriz, celulosa y papel, metalrgica, vidrio,

    generacin elctrica, asbesto, cementera y calera y tratamiento de residuos peligrosos y los responsables

    de fuentes fijas de jurisdiccin federal que cuenten con Licencia Ambiental nica o Licencia de

    Funcionamiento otorgada por la SEMARNAT. Aplica nicamente para los subsectores establecidos en los

    artculos 17 Bis y 21 del Reglamento de la LGEEPA en materia de Prevencin y Control de la Contaminacin

    de la Atmsfera, reformado el 03 de junio del 2004.

    Si el establecimiento descarga aguas residuales en cuerpos receptores que sean aguas nacionales: ros,

    mares, barrancos, etc. Artculo 9 del Reglamento de la LGEEPA en materia de Registro de Emisiones y

    Transferencia de Contaminantes. (Modificacin al Reglamento de la LGEEPA en materia del RETC del 31 de

    octubre de 2014).

    Cuando los establecimientos sean grandes generadores de residuos peligrosos, generan10 ton de

    residuos peligrosos al ao; Reglamento de la LGPGIR, artculo 72.

    Si el establecimiento es prestador de servicios de manejo de residuos peligrosos, quienes realizan

    actividades de: reutilizacin, centros de acopio, reciclaje, co-procesamiento, incineracin, tratamiento,

    tratamiento por inyeccin profunda, tratamiento de suelos contaminados, instalaciones de disposicin final y

    transporte. Reglamento de la LGPGIR, artculo 72.

    Al final de esta pgina, en el apartado Guas, referencias, varios, archivos, encontrar informacin de

    soporte para elaborar la COA.

    Requisitos, formato, donde hacer el trmite

    Preguntas Frecuentes Contacto Glosario

    INICIO DNDE REGISTROUN TRMITE

    GUA DE TRMITESPOR PROYECTO

    TRMITESY REQUISITOS

    PAGODE UN TRMITE

    CONSULTATU TRMITE EN LNEA

    EMPRESASAUTORIZADAS

    buscar...

    Guas,referencias,

    varios, archivos

    Materiales y Actividades

    Riesgosas

    Residuos peligrosos

    Sitios contaminados

    Atmsfera

    Autorizaciones para la operacin

    Cdula de Operacin Anual

    Metodologas Alternativas a

    NOMs

    Permisos

    Forestal y Suelos

    Impacto Ambiental

    OGMS

    Vida Silvestre

    Zona Federal Martimo

    Otros