Sem.05 ética profesional-y_responsabilidad_legal-grupo_a-20.04.2013
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Ética Profesional y Responsabilidad Legal.
Alumno: Eliana Carvajal C.
Docente: Dr. Matías San Martín
Universidad de ChileFacultad de OdontologíaClínica Odontológica del Adulto
“LEX ARTIS”El modo de hacer las cosas bien
Lex artis del latín , cuya traducción literal “Ley del arte” hace
referencia a la buena “praxis” o practica de un profesional en
relación al ejercicio de su profesión
Enfocado a si la labor ejecutada es correcta o no en relación a lo
que este debe hacer y/o ejecutar.
Establece los criterios y principios a partir de los cuales que un
facultativo médico realiza su practica.
Cuales son las principales querellas
contra odontólogos. 1870 Creación Código Penal
Querella: “dentro del ámbito penal, involucra aspectos tales como perdida de libertad o penas aflictivas”, confundida muchas veces con Demanda (“del área civil, involucra aspectos de indemnizaciones monetarias”)
1980 primeras querellas contra
profesionales de la salud
•Cirugía maxilo facial
•Endodoncia
•Implantología
Relación medico-paciente
Costos relacionados
Conciencia del paciente sobre sus derechos
Medios de comunicación
Error médico efectivo
Negligencia
Imprudencia
Impericia
Inobservancia de deberes y reglamentos
90%
8% 2%
Querellas área salud
Medicos Cirujanos
Cirujano Dentistas
Matronas, Kinesiologos, otros
* Solo 10% es favorable a los pacientes
PRINCIPALES FACTORES DE QUERELLAS
DE LOS ERRORES MÉDICOS EFECTIVOS IM
PR
UD
EN
CIA •Mal uso
fármacos
•Procedimientos terapéuticos riesgosos
•Realizar intervenciones innecesarias
•Trabajar sin consentimiento del paciente
•Resección quirúrgica excesiva
NE
GL
IGE
NC
IA
•Falta o mal realización de diagnostico
•Ausencia de exámenes probatorios
•Abandono del paciente
•Falla en la asepsia
•Inadvertencia de riesgos
•Olvidos
•Dosificación farmacológica insuficiente
IMP
ER
ICIA •Falta de
preparación del profesional
•Error de diagnostico
•Error terapéutico por falta de capacitación
•Fármacos mal recetadas
INO
BSE
RV
AN
CIA
•Incumplimiento de aspectos legales y deberes por parte del profesional en el área de operancia
PREVENCION DE QUERELLAS
PREVENCION DE
QUERELLAS
ETCIA
LEX ARTIS
INFORMACION ADECUADA Y OPORTUNA
CORRECTO MANEJO DEL
PACIENTE
INTERCONSULTA
DOCUMENTACION CLÍNICA EFICAZ
CONSENTIMIENTO INFORMADO
RECINTO CLÍNICO ADECUADO
¿CUÁLES SON LOS ELEMENTOS JURÍDICOS QUE REGULAN EL
EJERCICIO DE LA PROFESIÓN ODONTOLÓGICA?
Los elementos jurídicos y sus disposiciones están contenidas en:
Constitución Política de La República
Códigos: Civil, Procesal Penal y de Procedimiento Civil
Código Sanitario
Leyes
Decretos
Reglamentos y normas específicas
CÓDIGO CIVIL
En cuanto al principio de la responsabilidadcon causalidad el Artículo 2314 mencionaque “El que ha cometido un delito ocuasidelito que ha inferido daño a orto, esobligado a la indemnización”
CÓDIGO PENAL
hace la diferencia entre la actuación culposa yla dolosa, de la siguiente forma: “las accionesu omisiones que son cometidas con dolo omalicia importarían un delito, constituyen uncuasi delito si sólo hay culpa en quien lascomete”.
CODIGO SANITARIO
Regula la Salud de todos loshabitantes de la República de Chile ensu aspecto jurídico, respecto alfomento, protección y recuperación deésta.
En el Libro Quinto (5º) de lamedicina y profesiones afines -actualizado en 2011- se mencionanalgunos artículos relacionados con elejercicio de la profesiónodontológica, los cuales se mencionana
continuación:
a. Artículo 112 “Sólo podrán desempeñar actividadespropias de la medicina, odontología, química y farmacia uotras relacionadas con la conservación y restablecimientode la salud quienes poseen el título respectivo otorgado porla Universidad de Chile u otra Universidad reconocida porel Estado y estén habilitados legalmente para el ejercicio desus profesiones”
b. Artículo 115 “Los cirujano-dentistas sólo podránprestar atenciones odonto-estomatológicas.Podrán, asimismo, adquirir o prescribir los medicamentosnecesarios para dichos fines, de acuerdo al reglamento quedicte el Director General de Salud.”
c. Artículo 120 “Los profesionales señalados en el artículo112 de este Código no podrán ejercer su profesión y tenerintereses comerciales que digan relación directa con suactividad, en establecimientos destinados a laimportación, producción, distribución y venta deproductos farmacéuticos, aparatos ortopédicos, prótesis yartículos ópticos, a menos que el Colegio respectivo emitaen cada caso un informe estableciendo que no se vulnera laética profesional. Exceptúense de esta prohibición losquímico-farmacéuticos y farmacéuticos.”
Entre otros…
DECRETOS, REGLAMENTOS Y
NORMAS
Como ejemplo de ello encontramos
"Reglamento sobre las salas de
procedimientos y pabellones de cirugía
menor", Dto N° 283, DE 1997
Publicado en el Diario Oficial de
12.07.97que regula los procedimientos
que se deben llevar a cabo en las salas de
procedimiento y las características que
deban tener estas.
Algunas Normas correspondientes al Ámbito de SaludBucal son las siguientes:
a. Norma de control de la ansiedad en la atenciónodontológica
b. Normas de usos de fluoruros en la prevenciónodontológica
c. Normas de prevención e intercepción deanomalías dento-maxilares
d. Normas de prevención de enfermedadesgingivales y periodontales.
e. Norma técnica de urgencia odontológica
f. Normas de actividades promocionales ypreventivas específicas en la atención odontológicainfantil
*Además la ley verifica el cumplimiento las Garantías Explícitas en Salud
(GES), vigentes a partir de Julio del año 2005.
INICIO DE ACTIVIDADES ODONTOLÓGICAS, LUEGO DE OBTENER
EL TÍTULO PROFESIONAL.
SII
Iniciación de actividades
Pagos Municipales asociados
Vigilancia sanitaria del servicio de salud
Regulación en materia legal
¿QUÉ ES LA FICHA CLÍNICA?
¿TIENE CARÁCTER LEGAL? ¿A
QUIÉN PERTENECE, AL
DENTISTA O AL PACIENTE?
¿QUE ES LA FICHA CLÍNICA ?
“Documento médico-legal donde queda registrada toda la relación del personal sanitario
con el paciente, todos los actos y actividades médico-sanitarias realizados con él y todos
los datos relativos a su salud, que se elabora con la finalidad de facilitar su
asistencia, desde su nacimiento hasta su muerte, y que puede ser utilizada por todos los
centros sanitarios donde el paciente acuda”.
otros objetivos:
- Docencia e investigación
- Evaluación de la calidad asistencial
- Administrativa: elemento de control y gestión de los servicios médicos.
- Médico-legal
FICHA CLÍNICA
REQUISITOS CARACTERÍSTICAS
CARACTERÍSTICAS
Confidencialidad “secreto médico”
Seguridad “identificación de
paciente, facultativos y personal
sanitario”
Disponibilidad “facilitar en casos
legales contemplados”
Única
Legible
EXACTITUD
VERACIDAD (Incurre en delito de falsedad de
documentación”
RIGOR TÉCNICO (Criterios científicos
y objetivos)
COETANEIDAD DE REGISTROS
COMPLETA
IDENTIFIACION DEL PROFESIONAL
CARÁCTER LEGAL
Se trata de un documento público/semipúblico: estando
el derecho al acceso limitado
puede considerarse como un acta de cuidados
asistenciales
Existe obligación legal de efectuarla por normativas
vigentes
Elemento de prueba en los casos de responsabilidad
médica profesional
Testimonio documental de ratificación/veracidad de
declaraciones sobre actos clínicos y conducta profesional.
Instrumento de dictamen pericial: elemento clave en la
elaboración de informes médico-legales sobre
responsabilidad médica profesional.
El problema médico-legal más importante que se plantea
es el quebrantamiento de la intimidad y confidencialidad
del paciente y los problemas vinculados a su
acceso, favorecidos por el tratamiento informatizado de
los datos (hacking, por ejemplo)
¿A QUIÉN PERTENECE?
La ficha clínica es un instrumento privado y es de propiedaddel médico o de la institución de salud de que se trate.
El paciente tiene el derecho a acceder y revisar a la informacióncontenida en su ficha clínica si lo pidiese y a obtener copia detodos o parte de los datos consignados en ella, accediendo aella, de preferencia, a través de su médico tratante.
El médico y la institución prestadora tienen la obligación decustodia y reserva de la ficha.
Excepciones a este derecho, Documentadas en la doctrinainternacional. EJ: cuando el médico, Juzgue que la informaciónpueda causar un daño al paciente.
Los pacientes tienen derecho a: privacidad en su atención médica y ficha clínica. Exceptuando:
- Presencia de orden judicial.
- Cuando el paciente o sus representantes legales otorguen autorización, previa y por escrito.
- Cuando el Ministerio de Salud o la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, necesiten acceder a los datos contenidos en las fichas clínicas por motivos estadísticos, de salud pública de fiscalización o para decidir la procedencia de beneficios previsionales.
- Defunción del paciente.
:
¿ES LEGAL O NO COLOCAR ALGUNA DISTINCIÓN ESPECIAL EN
DOCUMENTOS (FICHAS CLÍNICAS, CONSENTIMIENTOS
INFORMADO, EXÁMENES, ETC.) QUE LAS PERSONAS PRESENTAN
VIH/SIDA?
Consignar la presencia de VIH por un profesional de la salud sólo si elpaciente lo autoriza, vale decir que es ilegal hacer distinción especial encualquier documento sin consentimiento del paciente.
Normado por la ley 19.779 (Diario Oficial 14 Dic. 2001) sobre lasconductas y formas de actuar frente a los pacientes con VIH o que seránsometidos al test.
“Establece normas relativas al virus de inmunodeficiencia humana y crea bonificación fiscal para enfermedades catastróficas”
De los IV capítulos que ella posee, en este punto se destacanprincipalmente:
Cap. II “De la prevención, diagnóstico, investigación y atención de salud”
art. 5 y 6
Cap. III “De la no discriminación”
art. 7, 14, 15 y 16.
¿PUEDE UN ODONTÓLOGO GENERAL DAR LICENCIA
MÉDICA?
LICENCIA MÉDICA SE DEFINE COMO:
“documento que puede ser extendido por un médico cirujano, cirujano-dentista o matrona, mediante el cual el profesional certifica que un trabajador se encuentra incapacitado temporalmente para trabajar, prescribiendo reposo
total o parcial, por un lapso determinado, con el fin de atender el restablecimiento de su salud.
Según el COMPIN (Comisión de Medicina
Preventiva e Invalidez), existen 7 tipos de licencia
médica.
1. Enfermedad o accidente común.
2. Prórroga medicina preventiva.
3. Licencia maternal pre y posnatal.
4. Enfermedad grave del hijo menor de un año.
5. Accidente del trabajo o trayecto.
6. Enfermedad profesional.
7. Patología del embarazo
La normativa que regula el expendio de licencias
médicas se encuentra contenida en el Decreto
Supremo N°3 de 1984 del Ministerio de
Salud.
CUÁLES SON LAS CONDICIONES Y COMO SE REALIZA EL
TRÁMITE?
LICENCIA
MÉDICA
ELECTRONICA FORMULARIO
Licencia médica electrónica, funcionamiento.
OBTENCIÓN DE TALONARIOS PARA PROFESIONALES
Registro en el COMPIN correspondiente
Cancelar el talonario de licencias proporcionados por el COMPIN
*El COMPIN llevará registro de las licencias encargadas al profesional
*El profesional entregará al COMPIN los talonarios ocupados.
Ante el extravío de un talonario de licencias debe avisarse al COMPIN correspondiente.
Las licencias médicas son un documento legal y tiene validez como tal por lo tanto supérdida o falsificación constituye un delito.
La licencia no debe tener enmiendas de ninguna índole.
La licencia médica es un documento confidencial y privado.
Diagnóstico de la patología
Periodo de recuperación
Pronóstico de la patología
Lugar de reposo (dirección)
Datos del profesional que otorga
¿CONSIDERA UNA AMENAZA O NO LA REFORMA
PROCESAL PENAL PARA EL GREMIO ODONTOLÓGICO?
REFORMA PROCESAL PENAL (2000)
PILARES
IMPARCIALIDADSepara funciones de investigar y
condenar
TRANSPARENCIAJuicios orales y públicos
RESPALDO LEGAL GRATUITO
Fiscales y defensores públicos
En relación a lo que establece la reforma procesal dictaminada el año 2000 busca que la administración de justicia penal y su sistema procesal sea rápido, que los involucrados (acusados o víctima) por ello esto no atañe amenaza alguna para el gremio odontológico, excepto para aquellos que actúen de forma delictual, de modo que un cambio administrativo cambia la forma, no el fondo.La reforma interviene sobre el proceso penal , no sobre el Código Penal o Sanitario que rigen las normas, responsabilidades y derechos de los profesionales de la salud.
FORMAS DE PREVENCIÓN DE PROBLEMAS PARA EL
ODONTÓLOGO EN EL ÁMBITO LEGAL.
CONSIDERACIONES
PACIENTE COMO “SUJETO”, NO
OBJETO
NO TIMAR
SER PRUDENTE
LOGRAR DESTREZA PROFESIONAL DE
CALIDAD
SER DILIGENTE
DOCUMENTAR TODA ACCIÓN
REALIZADA
RECONOCER LÍMITES, NO SÉ, NO PUEDO, NO DEBO
DEFINIR E INFORMAR
PROCEDIMINETOS POR ETAPA
HACER DE LA FAMILIA PARTICIPE
COBRAR LO JUSTO POR LA LABOR
REALIZADA
Libro Dr. Ciocca. Odontología Legal y Forense 2010 cap.
59, 60, 61.
Base de Datos del Diario Oficial, Actualidad Jurídica “Ministerio de
salud subsecretaria de salud Ley num. 19.779” (obtenida en
http://www.anfitrion.cl/actualidad/20ulle/01121419779.html
COMPIN, reglamento de autorización de licencias medicas por las
Instituciones de salud previsional. (obtenida en
http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7281 y en
http://www.infocompin.cl/
Dolores Giménez, La Historia Clínica: Aspectos Éticos y Legales.
(obtenido en
http://www.geosalud.com/malpraxis/historiaclinica.htm)
Ficha Clínica: Derecho a la Información y Reserva de la
Información contenida. Colegio médico de Chile (obtenido en
http://www.colegiomedico.cl/Default.aspx?tabid=255
Ministerio de Justicia “Cartillas informativas sobre la reforma
procesal pena” (obtenida en
http://rpp.minjusticia.gob.cl/es/cartilla-1.html y
http://rpp.minjusticia.gob.cl/es/cartilla-2.html
Patricio Carrasco T. “responsabilidad legal profesional.”
Universidad de los Andes. (obtenido en
http://biblioteca.uandes.cl/documentos/desplegartesis.asp?nombre
=C:/www/biblioteca/documentos/pcarrasco.xml
BIBLIOGRAFÍA
Ricardo Vacarezza Y, Elena Núñez M. ¿A quién pertenece la Ficha
Clínica? RevMéd Chile 2003; 131: 111-114 (obtenido
en http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0034-
98872003000100017