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Seguridad en las edificaciones
Lineamientos normativos de seguridad en el proceso constructivo
Seguridad
Habitabilidad
Funcionalidad, y
Protección del medio ambiente
POSTULADOS DE LAS NORMAS TÉCNICAS
Norma técnica rectora en el territorio nacional que
establece los derechos y responsabilidades de los
actores que intervienen en el proceso edificatorio, con el
fin de asegurar la calidad de la edificación.
REGLAMENTO NACIONAL DE
EDIFICACIONES Decreto Supremo No. 011 – 2006 -VIVIENDA
EN EL ASPECTO DE SEGURIDAD EL RNE CUENTA CON LAS
NORMAS TÉCNICAS PERUANAS – NTP:
REGLAMENTO NACIONAL DE
EDIFICACIONES Decreto Supremo No. 011 – 2006 -VIVIENDA
• G.050 - SEGURIDAD DURANTE LA CONSTRUCCIÓN
• A.130 - REQUISITOS DE SEGURIDAD
Normas Técnicas Peruana (NTP):
• G.050 - SEGURIDAD DURANTE LA CONSTRUCCIÓN,
LINEAMIENTO NORMATIVOS DE SEGURIDAD EN EL
PROCESO CONSTRUCTIVO
OBJETIVO.- Establecer lineamientos técnicos y medidas
preventivas necesarias para garantizar que las actividades
de construcción se desarrollen sin accidentes de trabajo ni
causen enfermedades ocupacionales.
AMBITO DE APLICACIÓN .- Es de obligatoria aplicación para
los empleadores y trabajadores de la actividad pública y
privada
REGLAMENTO NACIONAL DE
EDIFICACIONES Decreto Supremo No. 011 – 2006 -VIVIENDA
LINEAMIENTO NORMATIVOS DE SEGURIDAD EN EL
PROCESO CONSTRUCTIVO
REGLAMENTO NACIONAL DE
EDIFICACIONES Decreto Supremo No. 011 – 2006 -VIVIENDA
REFERENCIAS NORMATIVAS AÑOLey N° 29783 – Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo / RLSST y modificatorias y su Reglamento aprobado
mediante DS N°005-2012-TR (Modificatoria DS N°006-2014-TR, Ley Nº 30222 (Art: 1, 22, 27, 28, 34, 73 y
101)
2011
Código Nacional de Electricidad Suministro 2011, aprobado con Resolución Ministerial N° 214-2011-
MEM/DM.2011
Guía Técnica Legislativa para elaboración de Proyectos Normativos de las Entidades del Poder Ejecutivo
aprobada con Resolución Directoral N° 007-2016-JUS/DGDOJ
2016
NTE G.040 del Reglamento Nacional de Edificaciones aprobada con D.S N° 011-2006-VIVIENDA y
modificada con Resolución Ministerial N° 174-2016-VIVIENDA.
2016
Norma Básica de Ergonomía y de Procedimiento de Evaluación de Riesgo Disergonómico, aprobada,
mediante Resolución Ministerial N° 375-2008-TR2008
Protocolo de Exámenes Médicos Ocupacionales y Guías de Diagnóstico de los Exámenes Médicos
Obligatorios por Actividad R.M. N° 312-2011-MINSA y modificatorias2011
Reglamento sobre Valores Limite Permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo, aprobado
mediante D.S. N°015-2015-SA.2015
LINEAMIENTO NORMATIVOS DE SEGURIDAD EN EL
PROCESO CONSTRUCTIVO
REGLAMENTO NACIONAL DE
EDIFICACIONES Decreto Supremo No. 011 – 2006 -VIVIENDA
NORMATIVA INTERNACIONAL AÑO
Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) – Sección F.- ConstrucciónLa CIIU es la clasificación industrial internacional Uniforme elaborada y divulgada por la oficina de estadísticas de la
Organización de las Naciones Unidas (ONU); con el objeto de satisfacer las necesidades de los que buscan datos
económicos, clasificados conforme a categorías de las actividades económicas comparables.
División 41: Construcción de edificios; división 42: Obras de Ingeniería Civil; división 43: Actividades especializadas de
construcción.
2010
Administración de Seguridad y Salud Ocupacional u Occupational Safety & Health Administration
(OSHA) y la Real Academia Española (RAE) / OSHA 1910.146.La misión de OSHA es "asegurar condiciones de trabajo seguras y saludables para los hombres y mujeres de trabajo
mediante el establecimiento y aplicación de normas, y mediante la capacitación, divulgación, educación y asistencia"
2014
Norma ANSI Z89.1 Esta norma establece los requisitos de rendimiento y pruebas para los cascos industriales,
comúnmente conocidos como cascos. Se establece los tipos y clases de cascos de protección, dependiendo del tipo de
peligro encontrado
2009
NTP G.050 - SEGURIDAD DURANTE LA CONSTRUCCIÓN – Proyecto de Actualización
REGLAMENTO NACIONAL DE
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Capítulo I.- Disposiciones Generales
• Artículo 1.- Objetivo
• Artículo 2.- Ámbito de la norma
• Artículo 3.- Cumplimiento de la norma.
• Artículo 4.- Definiciones (32.Prevencionista; 32.1.Jefe de prevención de riesgos; 32.2. Supervisor de prevención deriesgos)
Capítulo II.- Requisitos de lugar de trabajo
• Artículo 5.- Organización de las áreas de trabajo (Según la necesidad de la etapa del proceso productivo)
• Artículo 6.- Orden y Limpieza
• Artículo 7.- Instalación de suministro de energía
• Artículo 8.- Tablero eléctricos e instalaciones eléctricas provisionales
• Artículo 9.- Acceso y vías de circulación,
• Artículo 10.- Tránsito peatonal dentro del lugar de trabajo y zonas colindantes.
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• Artículo 11.- Vías de evacuación, salidas de emergencia y zonas seguras
• Artítuclo12.- Calificación de empresas contratistas (Se eliminó)
• Artículo 15.- Escalera portátil
• Artículo 16.- Clases de escalera portátil
• Artículo 17.- Consideraciones para el uso de la escalera portátil.
• Artículo 18.- Colocación adecuada de la escalera portátil
• Artículo 19.- Escalera provisional fija.
• Artículo 20.- Señalización
• Artículo 21.- Clases de señalización
• Artículo 22.- Formas de señalización
• Artículo 23.- Iluminación
• Artículo 24.- Ventilación en el área de trabajo.
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• Artículo 25.- Calidad del aire.
• Artículo 26.- Servicio de bienestar
• Artículo 27.- Comedores
• Artículo 28.- Vestuarios
Capítulo III.- Sistema de gestión de la Seguridad y Salud en la obra
• Artículo 29.- Plan de seguridad y salud en el trabajo
• Artículo 30.- Contenido del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo (Plan de vigilancia de salud de lostrabajadores)
• Artículo 31.- Responsables de la implementación del Plan de Seguridad y Salud en el trabajo
• Artículo 32.- Exámenes médicos ocupacionales
• Artículo 33.- Vigilancia de la salud de los trabajadores en las obras
Capítulo IV.- Comité de Seguridad y Salud en el trabajo
• Artículo 34.- Comité, subcomité o supervisor de seguridad y salud en el trabajo
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Capítulo V.- Investigación y reporte de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales
• Artículo 35.- Investigación y reporte de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.
• Artículo 36.- Estadística de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes peligrosos
• Artículo 37.- Cálculo de Índice de seguridad
• Artículo 38.- Manejo de residuos derivados de la construcción
• Artículo 39.- Gestión para el manejo de Residuos Peligrosos
• Artículo 40.- Gestión para el manejo de Residuos no Peligrosos
Capítulo VI.- Equipo de protección personal
• Artículo 41.- Equipo de protección personal
• Artículo 42.- Características del equipo de protección personal
• Artículo 43.- Utilización de los equipos de protección
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• Artículo 44.- Ropa de trabajo
• Artículo 45.- Características y consideraciones en el uso de la ropa de trabajo
• Artículo 46.- Casco de seguridad
• Artículo 47.- Características mínimas del casco de seguridad
• Artículo 48.- Clases de casco de seguridad
• Artículo 49.- Calzado de seguridad
• Artículo 50.- Protectores auditivos
• Artículo 51.- Protectores visuales
• Artículo 52.- Protección respiratoria
• Artículo 53.- Protección respiratoria frente al polvo
• Artículo 54.- Protección respiratoria frente a humos, vapores y gases
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• Artículo 55.- Arnés de seguridad
• Artículo 56.- Guantes de seguridad
• Artículo 57.- Equipos de protección para trabajos en caliente
Capítulo VII.- Protección colectiva
• Artículo 58.- Protecciones colectivas
Capítulo VIII.- Protección en trabajos con riesgo de caídas
• Artículo 59.- Protección en trabajos con riesgo de caídas
• Artículo 60.- Sistema individual de detención de caídas
Capítulo IX.- Herramientas manuales y equipos portátiles
• Artículo 61.- Consideraciones para el uso de las herramientas manuales y los equipos portátiles.
Capítulo X.- Trabajos en espacios confinados
• Artículo 62.- Espacios confinados
• Artículo 63.- Medidas de seguridad para trabajos en espacios confinados
• Artículo 64.- Clases de espacios confinados
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Capítulo XI.- Almacenamiento y manipuleo de materiales
• Artículo 65.- Consideraciones previas a las actividades de trabajo en la zona de almacenaje
• Artículo 66.- Consideraciones para el almacenamiento de los materiales
• Artículo 67.- Capacitación del personal encargado de las labores de almacenamiento
• Artículo 68.- Lugares prohibidos para el apilamiento
• Artículo 69.- Almacenamiento de material inflamable y/o combustible
Capítulo XII.- Uso de andamios
• Artículo 70.- Trabajos sobre andamios
• Artículo 71.- Consideraciones antes de las actividades de trabajos sobre andamios
• Artículo 72.- Consideraciones para la construcción, armado y mantenimiento de un andamio.
• Artículo 73.- Capacitación en la construcción, uso, inspección o desarme del andamio
• Artículo 74.- Consideraciones durante el trabajo en andamios
• Artículo 75.- Consideraciones para el desarme del andamio
• Artículo 76.- Consideraciones para el mantenimiento de andamios
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• Artículo 77.- Andamios suspendidos
Capítulo XIII.- Manejo y movimiento de cargas
• Artículo 78.- Actividades a realizar antes del manejo y movimiento de cargas
• Artículo 79.- Eslingas
• Artículo 80.- Ganchos
• Artículo 81.- Actividades a realizar durante el manejo y movimientos de cargas
• Artículo 82.- Actividades a realizar al terminar el manejo y movimiento de cargas
Capítulo XIV.- Excavaciones
• Artículo 83.- Requisitos generales.
• Artículo 84.- Instalación de barreras
• Artículo 85.- Consideraciones para casos especiales de excavación
• Capítulo XV.- Demolición
• Artículo 86.- Consideraciones previas al trabajo de demolición
• Artículo 87.- Evaluación del área donde se va a desarrollar el trabajo
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• Artículo 88.- Situaciones de riesgo en trabajos de demolición
• Artículo 89.- Procedimiento para realizar el trabajo de demolición
• Artículo 90.- Obras de movimiento de tierra con uso de explosivos
• Artículo 91.- Necesidades de capacitación
• Artículo 92.- Actividades a realizar durante los trabajos de demolición
• Artículo 93.- Demolición de muros
• Artículo 94.- Demolición de pisos
• Artículo 95.- Demolición de armaduras metálicas o de hormigón armado
• Artículo 96.- Demolición de chimeneas de gran altura
• Artículo 97.- Consideraciones para terminar el trabajo de demolición
• Artículo 98.- Consideraciones en caso de emergencia
• ANEXOS
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La CUARTA DISPOSICION COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA DE LA LEY 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo:
Modifícale el artículo 168-A del Código Penal, con el texto siguiente:
Artículo 168-A. Atentado contra las condiciones de seguridad y salud en el trabajo
El que, deliberadamente, infringiendo las normas de seguridad y salud en el trabajo y estando legalmente obligado, y habiendo sido notificado previamente por la autoridad competente por no adoptar las medidas previstas en éstas y como consecuencia directa de dicha inobservancia, ponga en peligro inminente la vida, salud o integridad física de sus trabajadores, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.
Si, como consecuencia de la inobservancia deliberada de las normas de seguridad y salud en el trabajo, se causa la muerte del trabajador o terceros o le producen lesión grave, y el agente pudo prever este resultado, la pena privativa de libertad será no menor de cuatro ni mayor de ocho años en caso de muerte y, no menor de tres ni mayor de seis años en caso de lesión grave.
Se excluye la responsabilidad penal cuando la muerte o lesiones graves son producto de la inobservancia de las normas de seguridad y salud en el trabajo por parte del trabajador."
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Ropa de trabajo
Será adecuada a las labores y a la estación. En zonas lluviosas se proporcionará al
trabajador cobertor impermeable.
Para labores o trabajos expuestos a riesgos existentes a causa de la circulación de
vehículos u operación de equipos y maquinarias, se hace imprescindible el empleo de
colores, materiales y demás elementos que resalten la presencia de personal de trabajo o
de personal exterior en la misma calzada o en las proximidades de ésta aún existiendo una
protección colectiva. El objetivo de este tipo de ropa de trabajo es el de señalizar
visualmente la presencia del usuario, bien durante el día o bien bajo la luz de los faros de un
automóvil en la oscuridad.
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Casco de seguridad
Debe proteger contra impacto y descarga eléctrica, en caso se realicen trabajos con
elementos energizados, en ambientes con riesgo eléctrico o la combinación de ambas.
El casco debe indicar moldeado en alto relieve y en lugar visible interior: la fecha de
fabricación (año y mes), marca o logotipo del fabricante, clase y forma (protección que
ofrece).
Todo casco de protección para la cabeza debe estar constituido por un casquete de
protección, un medio de absorción de energía dentro de éste, medios para permitir la
ventilación y transpiración necesaria durante el uso del casco, un sistema de ajuste y un
sistema para adaptabilidad de accesorios (Ranura de anclaje).
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Calzado de seguridad
Botines de cuero de suela anti deslizable, con puntera de acero contra riesgos
mecánicos, botas de jebe con puntera de acero cuando se realicen trabajos en
presencia de agua o soluciones químicas, botines dieléctricos sin puntera de acero o
con puntera reforzada (polímero 100% puro) cuando se realicen trabajos con elementos
energizados o en ambientes donde exista riesgo eléctrico.
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Protectores de oídos
Deberán utilizarse protectores auditivos (tapones de oídos o
auriculares) en zonas donde se identifique que el nivel del
ruido excede los siguientes límites permisibles:
Protectores visuales
Gafas de seguridad. Éstas deben tener guardas laterales, superiores
e inferiores, de manera que protejan contra impactos de baja
energía y temperaturas extremas. En caso de usar anteojos de
medida, las gafas de protección deben ser adecuadas para
colocarse sobre los lentes en forma segura y cómoda.
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Arnés de seguridad
El arnés de seguridad con amortiguador de impacto y doble línea de
enganche con mosquetón de doble seguro, para trabajos en altura,
permite frenar la caída, absorber la energía cinética y limitar el esfuerzo
transmitido a todo el conjunto.
La longitud de la cuerda de seguridad (cola de arnés) no deberá ser
superior a 1,80 m,
deberá tener en cada uno de sus extremos un mosquetón de anclaje
de doble seguro y un amortiguador de impacto de 1,06 m (3.5 pies) en
su máximo alargamiento. La cuerda de seguridad nunca deberá
encontrarse acoplada al anillo del arnés.
Los puntos de anclaje, deberán soportar al menos una carga de 2 265
kg (5 000 lb.) por trabajador.
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Guantes de seguridad.
Deberá usarse la clase de guante de acuerdo a la naturaleza del trabajo además
de confortables, de buen material y forma, y eficaces.
La naturaleza del material de estas prendas de protección será el adecuado para
cada tipo
de trabajo, siendo los que a continuación se describen los más comunes:
• Dieléctricos, de acuerdo a la tensión de trabajo.
• De neopreno, resistentes a la abrasión y agentes químicos de carácter agresivo.
• De algodón o punto, para trabajos ligeros.
• De cuero, para trabajos de manipulación en general
• De plástico, para protegerse de agentes químicos nocivos.
• De amianto, para trabajos que tengan riesgo de sufrir quemaduras.
• De malla metálica o Kevlar, para trabajos de manipulación de piezas cortantes.
• De lona, para manipular elementos en que se puedan producir arañazos, pero
que no sean materiales con grandes asperezas.
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Lineamientos normativos para edificaciones seguras orientados a la prevención de incendios
A.130 - REQUISITOS DE SEGURIDAD
Las edificaciones, de acuerdo con su uso y número de
ocupantes, debe cumplir con los requisitos de seguridad y
prevención de siniestros que tienen como objetivo
salvaguardar las vidas humanas y preservar al patrimonio y la
continuidad de la edificación.
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A.130 - REQUISITOS DE SEGURIDAD
Los Lineamientos a tener en cuenta en temas contra incendios son:
• Medios de Evacuación.- Los medios de evacuación son componentes de
una edificación, destinados a canalizar el flujo de ocupantes de la
edificación. En la actualidad existen edificaciones que no cumplen con las
dimensiones adecuadas para la evacuación y transito de personas ante una
emergencia
• Protocolos de mantenimiento del sistema contra incendios, se debe de
contemplar trabajos para evaluar el estado óptimo de funcionamiento de los
dispositivos. Por ejemplo: Extintores manuales, Detectores de humo,
Rociadores, gabinetes contra incendios, etc.
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A.130 - REQUISITOS DE SEGURIDAD
Los Lineamientos a tener en cuenta en temas contra incendios son:
• Materiales resistentes al fuego, materiales que deberán contar con la
especificación técnica de resistencia al fuego
• Edificaciones existentes.- En la actualidad la VVU viene coordinando la
formación de un comité para elaborar la norma correspondiente que
implemente la seguridad contra incendios en las edificaciones existentes.
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A.130 - REQUISITOS DE SEGURIDAD
Sistema protección contra incendio.- Constituyen un conjunto de equipamientos diversosintegrados en la estructura del edificio, están regulados a través del Reglamento Nacionalde Edificaciones (RNE), el sistema de protección contra incendio se clasifican en dos tiposde medidas:
• Medidas de protección pasiva,
• Medidas de protección activa.
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A.130 - REQUISITOS DE SEGURIDAD
Medidas de protección pasiva.- Son medidas que tratan de minimizar los efectos
dañinos del incendio una vez que este se ha producido, básicamente están
encaminadas a limitar la propagación de las llamas de fuego y humo a lo largo del
edificio y así permitir una evacuación ordenada y rápida.
Algunos ejemplos de estas medidas:
• Puertas cortafuego,
• Señalización e iluminación de emergencia
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A.130 - REQUISITOS DE SEGURIDAD
Medidas de protección activa.- Son medidas diseñadas para asegurar la extinción de
cualquier conato de incendio lo más rápidamente posible y evitar así su extensión. Dentro
de este Ítem podemos citar dos tipos más de medidas:
• Medidas de detección de incendio.- que suelen estar basadas en la detección de
humos o de aumento de temperatura.
• Medidas de extinción de incendio.- que pueden ser manuales o automáticos,
Los de tipo manuales tenemos:
• Extintores,
• Hidrantes, etc.
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A.130 - REQUISITOS DE SEGURIDAD
Extintores.- Los extintores son elementos portátiles destinados a la lucha contra fuegos
incipientes, o principios de incendios, los cuales pueden ser dominados y extinguidos en forma
breve.
De acuerdo al agente extintor los extintores se dividen en los siguientes tipos:
- A base de agua
- A base de espuma
- A base de dióxido de carbono
- A base de polvos
- A base de compuestos halogenados
- A base de compuestos reemplazantes de los halógenos
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A.130 - REQUISITOS DE SEGURIDAD
Sistemas Manuales: Bocas de incendio equipadas (BIE) y los hidrantes
En la figura 1, se observa un esquema simplificado de este tipo de instalaciones, donde se
aprecia el depósito (1), el sistema de bombeo (2) y la red de distribución de agua (3)
dentro del edificio.
También se observa la conexión de los circuitos interiores al aporte directo de agua de la
red pública de suministro (4). Y una posible conexión a un camión cisterna, que pudiera
suministrar agua extra en caso de ser necesario (5).
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A.130 - REQUISITOS DE SEGURIDAD
Sistemas Automáticos:
Sprinklers (rociadores), cortinas de agua o sistemas de agua pulverizada
En el caso de sistemas automáticos, la descripción de las instalaciones (figura 2) es similar
al caso de sistemas manuales, pero en este caso se incorpora un presostato (6), que
envía una señal a una centralita (7) que activa las bombas, (8) en caso necesario. Si se
produce un incendio la salida de agua, se realiza por el elemento rociador final (9)
Gracias
Dirección de ConstrucciónDirección General de Políticas y Regulación En
Construcción y Saneamiento
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