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ENF. AMPARO ROSAS HERNÁNDEZ
SECRETARIO GENERAL
INH. Hortensia Alonso Morón
SECRETARIO DE FOMENTO DE LA HABITACIÓN
Esta Secretaría llevan a cabo todos los tramites relacionados con el otorgamiento de Créditos, tal como lo marcan las Clausulas 81 y 81 Bis del Contrato Colectivo del Trabajo.
Los créditos se otorgan
únicamente mediante
un sorteo, los cuales
se realizan previa
convocatoria planteada
por esta Secretaría.
LINEAMIENTOS:
Para poder participar en el sorteo, deberá
cumplir con los siguientes requisitos:
Ser trabajador de base.
Antigüedad efectiva de 5 años para
Crédito Hipotecario y 3 años para Crédito
Personal a Mediano Plazo.
No podrán participar los trabajadores
que tengan en recuperación los
siguientes conceptos:
106 Enganche de Casa Habitación
130 Crédito Hipotecario
136 Crédito Personal a Mediano Plazo
155 Disposición Judicial
La inscripción se llevara a cabo en la
Secretaria de Fomento de la Habitación.
Deberá presentar original y copia
debidamente recortada del tarjetón solicitado
en la convocatoria.
A la hora del registro el trabajador deberá
elegir si quieren participar para Crédito
Hipotecario o Crédito Personal a Mediano
Plazo, ya que no podrá participar en ambos.
El sorteo se llevara a cabo en el salón de usos
múltiples «Dr. Antonio Rosado García», ubicado en la
planta baja de esta Sección Sindical.
Podrán estar presentes todos los trabajadores que
deseen hacerlo.
ESTOS SON ALGUNOS PUNTOS IMPORTANTES QUE DEBE SABER SI ESTA INTERESADO EN PARTICIPAR EN EL SORTEO O ESTA EJERCIENDO UN CRÉDITO HIPOTECARIO O PERSONAL A MEDIANO PLAZO.
El trabajador deberá encontrarse en pleno
goce de sus derechos sindicales.
El monto del Crédito se calcula de acuerdo
a la categoría del trabajador. El importe
máximo a otorgar no deberá rebasar la
categoría de Medico Familiar 8.0 horas
No se aceptan operaciones entre padres,
cónyuges e hijos.
El instituto concede créditos en forma
solidaria (mancomunados) únicamente
entre cónyuges o hijos de estos.
El plazo máximo para la amortización del
Crédito Hipotecario es de 25 años y 12
años para el Crédito Personal a Mediano
Plazo.
El trabajador faculta al Instituto para la contratación de un seguro de vida y daños para el Crédito Hipotecario, los cuales se descontaran a partir de la quincena diez de cada año durante cuatro quincenas, apareciendo los descuentos con conceptos 131 y 132.
De la misma manera contratara un seguro de vida para los Créditos Personales a Mediano Plazo y Enganche de Casa Habitación, apareciendo el descuento en la quincena que designe el área normativa (Concepto 137).
El trabajador que se pensione o se jubile,
continuará pagando el crédito
correspondiente hasta cubrir el saldo.
El trabajador podrá pagar anticipadamente
el faltante del crédito, aplicando el
beneficio del Artículo 7 del Reglamento de
Fomento de la Habitación.
El trabajador que hubiera disfrutado de un Crédito Hipotecario, Personal a Mediano Plazo, Enganche de Casa-Habitación, y que ya lo haya liquidado, podrá disfrutar de un préstamo Personal a Mediano Plazo, y/o Crédito Hipotecario.
A quién esté disfrutando de un préstamo ante el INFONAVIT, siempre y cuando tenga suficiente liquidez para el descuento de los conceptos correspondientes.
El trabajador deberá certificar el comprobante de pago con vigencia laboral en su unidad correspondiente.
Deberá liquidar el adeudo en la caja de ahorro (dependiendo del caso).
Tendrá que disminuir al mínimo la aportación de ahorro la cual es de 300.00 pesos MN. (dependiendo del caso).
Los créditos autorizados se podrán destinar a:
a. A la construcción o terminación de casa-habitación del trabajador en terreno propio;
b. A la adquisición de casa construida o en construcción que sea destinada precisamente a casa-habitación del trabajador;
c. A la adquisición de apartamento o casa-habitación en condominio destinado a habitación del trabajador.
d. A la ampliación o reparación de la casa-
habitación del trabajador;
e. A la liberación de gravámenes hipotecarios que
pesen sobre la casa-habitación del trabajador.
f. A saldar terreno y construir casa-habitación del
trabajador, siempre y cuando se tenga pagada
cuando menos la diferencia entre el monto del
avalúo y el importe máximo del préstamo
Los créditos hipotecarios que otorgue el instituto
a sus trabajadores se destinarán exclusivamente
para casa-habitación de éstos, para su uso
personal y el de sus familiares.
El Instituto otorga prestamos a los trabajadores
de base, para coadyuvar a solventar los gastos de
escrituración derivado de los Crédito Hipotecarios
(cláusula 81 Bis).
Los trabajadores que hayan salido beneficiados con alguno de los Créditos se les entregara la siguiente documentación, para dar inicio al trámite correspondiente.
1. Carta Compromiso, en donde el trabajador
se compromete a integrar su expediente en
un tiempo determinado.
2. Cédula de documentación requerida según
destino de crédito.
3. Contrato de Promesa de venta, que firma
el vendedor y el trabajador.
Una vez que el trabajador entrega toda la
documentación requerida, se procede a
integrar el expediente, es en ese momento
cuando el trabajador llenara la solicitud de
Préstamo de Fomento de la Habitación
correspondiente.
Posteriormente el expediente se enviara a:
Departamento de Personal
de la Delegación
Departamento Jurídico de la Delegación
Notaria
Es importante mencionar que esta Secretaria esta al
pendiente del proceso en todo momento.
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