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DEPENDENCIA SECRETARIA DE HACIENDA MUNICIPAL
AUTOR VIRGINIA VALENCIA JIMENEZ
República
Alca San
de Colombia SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD Y SISTEMA DE CONTROL INTERNO
PROYECTO DE ACUERDO
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Fecha: Junio 2012
GESTIÓN ESTRATEGICA
GESTIÓN DE DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL Macroproceso Proceso Subproceso
EXPOSICION DE MOTIVOS
rIP o29 PROYECTO DE ACUERDO "POR EL MEDIO DEL CUAL SE PRORROGAN LOS
TERMINOS DE LAS AUTORIZACIONES CONCEDIDAS AL SEÑOR ALCALDE DEL
MUNICIPIO DE SAN JOSE DE CUCUTA, MEDIANTE LOS ACUERDOS 4033 DEL
09 DE NOVIEMBRE DE 2017; 4001 Y 4003 DEL 02 Y 8 DE FEBRERO DE 2018
RESPECTIVAMENTE"
1. OBJETIVO DEL ACUERDO
El presente Proyecto de Acuerdo tiene por objetivo prorrogar los términos de duración
de las autorizaciones dadas en los Acuerdos 4033 Del 09 De Noviembre De 2017; 4001 Y
4003 Del 02 Y 8 De Febrero De 2018 Respectivamente, para contar con la vigencia de los acuerdo para la elaboración de los respectivos pagarés de desembolsos.
FUNDAMENTOS:
La Administración Municipal haciendo uso de las autorizaciones concedidas mediante los
citados Acuerdos obtuvo ante las entidades financieros los respectivos empréstitos, objeto de cada uno cupos autorizados, pero que a la fecha aún no han sido desembolsados en su totalidad y por tal motivo se requiere que las autorizaciones se encuentren vigentes para las fechas en que se soliciten los desembolsos, como quiera que
los mismos, se encuentran sujetos a la forma de pago establecida en cada uno de los
contrato celebrados para la ejecución de las respectivas obras, cuya duración supera la presente vigencia fiscal y los términos de autorización de los cupos vencen unos a
octubre, noviembre y diciembre de la presenta vigencia y los mismos fueron celebrados
con los respectivos cupos de vigencias futuras autorizados por la Honorable Corporación.
IMPACTO PRESUPUESTAL
El articulo 7 de la ley 819 establece:
"Artículo 7°. Análisis del impacto fiscal de las normas. En todo momento, el impacto fiscal
de cualquier proyecto de ley, ordenanza o acuerdo, que ordene gasto o que otorgue
beneficios tributarios, deberá hacerse explícito y deberá ser compatible con el Marco Fiscal
de Mediano Plazo. Para estos propósitos, deberá incluirse expresamente en la exposición
de motivos y en las ponencias de trámite respectivas los costos fiscales de la iniciativa y la
fuente de ingreso adicional generada para el financiamiento de dicho costo.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en cualquier tiempo durante el respectivo
trámite en el Congreso de la República, deberá rendir su concepto frente a la consistencia
de lo dispuesto en el inciso anterior. En ningún caso este concepto podrá ir en con travía del
Marco Fiscal de Mediano Plazo. Este informe será publicado en la Gaceta del Congreso.
I Dirección Palacio Municipal: Calle 11 N 5 49 PBX: 5 /84949 (Mata Colombia
República de Colombia SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD Y SISTEMA DE CONTROL INTERNO
PROYECTO DE ACUERDO
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Alcaldía 19-6ñicipal San José de Cúcuta
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de Fecha: Junio 2012
GESTIÓN ESTRATEGICA
GESTIÓN DE DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL Macroproceso Proceso Subproceso
Los proyectos de ley de iniciativa gubernamental, que planteen un gasto adicional o una
reducción de ingresos, deberá contener la correspondiente fuente sustitutiva por
disminución de gasto o aumentos de ingresos, lo cual deberá ser analizado y aprobado por el Ministerio de
En las entidades territoriales, el trámite previsto en el inciso anterior será surtido ante la respectiva Secretaría de Hacienda o quien haga sus veces."
La sentencia C — 238 de 2010 proferida por la Corte Constitucional establece en su numeral 4.2.3 inciso cuarto lo siguiente:
"(iv) El requerimiento general establecido en el art. 7 de la Ley 819 tiene tres
connotaciones importantes: "Primero que es exigible sólo para los proyectos de ley que
ordenen gasto o que otorguen beneficios tributarios; segundo, que el mismo debe
cumplirse en todo momento, es decir, durante todo el trámite legislativo -tanto en la
exposición de motivos, como en las ponencias-, y, tercero, que el Marco Fiscal es un
referente obligatorio para el análisis del impacto fiscal de los proyectos de ley." Subrayado y negrilla fuera de texto.
De acuerdo con lo establecido en la Ley 819 de 2003, este proyecto de acuerdo no genera
impacto fiscal puesto que no se está ordenando un nuevo gasto con los recursos del
presupuesto de la vigencia 2018, y sino que cada una de las apropiaciones de gasto se
encuentran acompañadas con su respectiva fuente de ingresos.
4. CONSIDERACIONES FINALES
Como se hizo constar, este proyecto de acuerdo se ajusta a la normatividad vigente y el
único objetar es ampliar los términos dados en los citados acuerdo para tenerlos vigentes
para el momento en que se soliciten los desembolsos, requisito exigido por la banca para
elaboración del respectivo pagaré y cumplir a tiempo con la forma de pago pactada en los respectivos contratos de ejecución de las obras.
Por las razones antes expresadas y dada su importancia para el Municipio de San José de
Cúcuta, espe contar con su voto favorable para la presente iniciativa.
Atenta
CESAR AR ROJAS AYALA
Alcalde Municipal de San José de Cúcuta
Aprobó: Luis Javier Chaves Calsada, Secretario de Hacienda Municipal
Elaboró: Virginia Valencia, Profesional Especializado Secretaría de Hacienda
Revisó: Liris Marina Peña, Jefe Oficina Asesora Jurídica
1 Dirección Palacio Municipal: Calle 11 N 5-49 PU: 5 184949 Cúcuta -Colombia
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José de Cucuta de
PROYECTO DE ACUERDO Fecha: Junio 2012
GESTIÓN ESTRATEGICA
GESTIÓN DE DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
Macroproceso Proceso Subproceso
PROYECTO DE ACUERDO
"POR EL MEDIO DEL CUAL SE PRORROGAN LOS TERMINOS DE LAS
AUTORIZACIONES CONCEDIDAS AL SEÑOR ALCALDE DEL MUNICIPIO DE SAN JOSE
DE CUCUTA, MEDIANTE LOS ACUERDOS 1*033 DEL 09 DE NOVIEMBRE DE 2017;
1*001 Y 1*003 DEL 02 Y 8 DE FEBRERO DE 2018 RESPECTIVAMENTE"
El CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAN JOSE DE CUCUTA, En Ejercicio De Sus Atribuciones Constitucionales Y Legales, En Especial De Las
Contenidas En El Artículo 313 De La Constitución Política,
la Ley 136 de 1994, la ley 358 de 1997, Ley 819 de 2003, la Ley 1551 de 2012, y
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: Prorrogar las duraciones de las autorizaciones concedidas mediante el
Artículo Tercero del Acuerdo 033 del 09 de noviembre de 2017; Artículo
Primero del Acuerdo 1*001 del 2 de febrero de 2018 y el Artículo Tercero
Acuerdo 1*003 del 8 de febrero, por el término de doce (12) meses
contados a partir de la fecha de sanción y publicación del presente Acuerdo.
ARTICULO SEGUNDO: La presente rige a partir de la fecha de su sanción y publicación.
Se expide en el salón de sesiones del Honorable Concejo Municipal de San José de Cúcuta, a los ( ) días del mes de de
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1 Dirección Palacio Municipal: Calle 11 N 5-49 PBX: 5 784919 Cucuia -Colombia
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libertad y Orden
ACUERDO No
( O 1 02 FP 2018 "POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDE UNAS FACULTADES AL ALCALDE MUNICIPAL DE SAN JOSE DE CUCUTA PARA CONTRATAR OPERACIONES DE CREDITO PUBLICO
PARA FINANCIAR PROYECTOS CONTENIDOS EN EL PLAN DE DESARROLLO 2016-2019 "SI SE PUEDE PROGRESAR"
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JOSÉ DE CUCUTA, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el Articulo 313 de la Constitución Política, el Decreto 1333 de 1.986, el Decreto 111 de 1.996 y el Estatuto
Orgánico del Presupuesto Municipal y sus Entidades Descentralizadas
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO: Facultar y autorizar al alcalde del municipio de san José de Cúcuta, por el término de ocho (8) meses, para contratar operaciones de crédito público, internas, hasta por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS MILLONES ($6.500.000.000,00), con destino al financiamiento del proyecto de inversión para la "ACTUALIZACIÓN CATASTRAL CON ENFOQUE MULTIPROPÓSITO EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS PROCESOS DE FORMACIÓN, ACTUALIZACIÓN, CONSERVACIÓN Y AVALÚOS CATASTRALES, EN LOS TÉRMINOS DEL CONPES NO. 3859 DE 2016" incluido en el plan de desarrollo 2016-2019 "si se puede progresar" EN EL COMPONENTE DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LOS INGRESOS, por la SUMA DE CINCO MIL MILLONES DE PESOS ($5.000.000.000.00) y "CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE PROTECCIÓN TEMPORAL EN EL COMPONENTE DE INFRAESTRUCTURA DE EQUIPAMIENTO URBANO" por la suma de MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($1.500.000.000) contemplados por el acuerdo No. 010 del 14 de junio de 2016 "PLAN DE DESARROLLO 2016-2019" "SI SE PUEDE PROGRESAR"
PARAGRAFO: En desarrollo de la presente facultad, el Alcalde podrá suscribir los contratos de empréstitos respectivos, fijar plazos, negociar tasas, otorgar las garantías y en general celebrar todos los actos que sean necesarios para desarrollar la facultad concedida en el presente Acuerdo incluidas las modificaciones al presupuesto de la vigencia para incorporar los recursos del crédito autorizados en el presente acuerdo y adicionar y/o modificar las apropiaciones presupuestales correspondientes
ARTICULO SEGUNDO: El Presente Acuerdo rige a partid de la fecha de su sanción y publicación
Dado en San José de Cúcuta, al primer (01) día del mes de Febrero de Dos Mil Dieciocho (2018).
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"POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDEN UNAS FACULTADES AL ALCALDE MUNICIPAL DE SAN JOSE DE CUCUTA PARA CONTRATAR OPERACIONES DE CREDITO PUBLICO
PARA FINANCIAR PROYECTOS CONTENIDOS EN EL PLAN DE DESARROLLO 2016-2019 "SI SE PUEDE PROGRESAR"
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
,7 JAIME RICÁRDO MARTHEY TELLO JUAN FELIPE CORZO AL ,AREZ Presidente Primer Vicepresidente 1.
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OSWALDO RINCON USCATEGUI Segundo Vicepresidente
WILDEN FABIAN CAPACHO MONTERREY Secretaria General
EL SUSCRITO SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JOSE DE CUCUTA
HACE CONSTAR:
Que, al presente proyecto de Acuerdo se le dieron dos (2) debates reglamentarios en días diferentes cada uno, manifestando la Corporación su deseo que sea norma municipal.
Primer Debate: 23 de Enero de 2018 Segundo Debate: 01 de Febrero de 2018
Fue iniciativa del Alcalde Municipal, actuó como Ponente el Concejal Víctor Fidel Suarez Vergel y correspondió al Proyecto de Acuerdo N°001 de 2018.
Lo certifico y doy fe,
WILDEN FABIAN CAPACHO MONTERREY Secretario General
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( 9 9 NOV 201T "POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO #004 DEL 23 DE FEBRERO
EL HONORABLE CONCEJO DEL MUNICIPIO DE SAN JOSÉ DE el:MUTA, En atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las conferidas en el Artículo
Constitución Política, Ley 358 de 1.997, Ley 617 de 2000, Ley 819 de 2003, Decreto 1.996, Estatuto Orgánico del Presupuesto Municipal y sus Entidades Descentralizadas.
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO: Modificase el Artículo primero del Acuerdo #004 del 23 2017, el cual debe quedar así.
ARTICULO PRIMERO: Autorizar al Alcalde Municipal de San José de realizar operaciones de crédito hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA MILLONES DE PESOS (150.000.000.000.00) MICTE, con destino a proyectos especiales y estratégicos, así como los demás programas y proyectos en el PLAN DE DESARROLLO 2016-2019 "SI SE PUEDE PROGRESAR" aprobado Acuerdo No. 010 del 14 de junio de 2016, previo cumplimiento de la Ley 358 617 de 2000, Ley 819 de 2003 y de las normas que la modifiquen, adicionen, y/o reglamenten.
Las obras a ejecutar con los recursos del crédito relacionados en el presente artículo
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PARQUE COLOMBIA EDIFICIO CENTRO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL PARQUE DE LA VIDA-VIRGEN DE FATIMA PARQUE INDUSTRIAL ZONA FRANCA MEJORAMIENTO DE VIVIENDA UNIDADES BASICAS MEGACOLEGIOS PTAR ESCENARIOS DEPORTIVOS CENTRO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL VIAS URBANAS Y RURALES PARA PROGRESAR PARQUE CRISTO REY PARQUE DE ATRACCIONES MECANICAS
ARTÍCULO SEGUNDO: Modificase el Artículo tercero del Acuerdo #004 del 23 de febrero de 2017, el cual debe quedar así:
ARTICULO TERCERO: Autorizar al Alcalde del Municipio de San José de Cúcuta a pignorar los siguientes ingresos de libre destinación: hasta el 50% del recaudo del Impuesto de Industria y Comercio; hasta el 50% del recaudo del Impuesto Predial Unificado, por la duración del Servicio de la Deuda.
ARTÍCULO TERCERO: Prorrogar las autorizaciones concedidas por el termino de doce (12) meses contados a partir de la fecha de sanción y publicación del presente Acuerdo.
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O 9 NOV 2017. "POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO tt004 DEL 23 DE FEBRERO DE 2017"
ARTICULO CUARTO: Para el efecto, los demás artículos del Acuerdo #004 del 23 de febrero del 2017, siguen vigentes. -
ARTICULO QUINTO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción y publicación.
Dado en San José de Cúcuta, a los días siete (7) del mes de Noviembre de Dos Mil Diecisiete (2017)
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Presidente
DUARDO Segundo Vicepr
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LA USCRITA SECRE—ARIA GENERAL DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JOSE DE CUCUTA
HACE CONSTAR:
Que, al presente proyecto de Acuerdo se le dieron dos (2) debates reglamentarios en días diferentes cada uno, manifestando la Corporación su deseo que sea norma municipal.
Primer Debate: 2 de noviembre de 2017 Segundo Debate: 7 de noviembre de 2017
Fue iniciativa del Alcalde Municipal de San José de Cúcuta, actuó como Ponente el Concejal George Alexander Salazar Márquez y correspondió al Proyecto de Acuerdo N°056 de 2017.
Se etaria General
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Lo certifico y doy fe,
REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER
CORPORACION CONCEJO MUNICIPAL SAN JOSE DE CUCUTA
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"POR EL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO 003 DEL 23 DE FEBRERO DE 2017 "POR MEDIO DEL CUAL SE DECRETAN UNAS OBRAS POR EL SISTEMA DE CONTRIBUCIÓN
DE VALORIZACIÓN POR BENEFICIO GENERAL Y SE CONCEDEN UNAS AUTORIZACIONES"
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA, En uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las conferidas en los
artículos 313 y 338 de la Constitución Política y las establecidas en la Ley 25 de 1.921, ley 136 de 1994, modificada por la ley 1551 de 2012, articulo 133 de la ley 1801 de 2016 y el Decreto
1394 de 1970
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO: Modifiquese el articulo segundo de Acuerdo N° 003 del 23 de febrero de 2017, cual debe quedar así:
ARTíCULO SEGUNDO. SUJETO ACTIVO. : El Municipio de San José de Cúcuta a través del FONDO DE VALORIZACION es el Titular especializado en el cobro de la Contribución de Valorización.
ARTÍCULO SEGUNDO: Modifíquese el articulo tercero del Acuerdo No. 003 del 23 de febrero de 2017, el cual debe quedar así:
ARTICULO TERCERO: SUJETO PASIVO. Están obligados al pago de la contribución de valorización quienes ostenten el carácter de propietarios o poseedores de bienes inmuebles. Dicha contribución podrá liquidarse y exigirse antes de la ejecución de la obras, durante su construcción o una vez terminadas, tal y como lo establece el Decreto Ley 1394 de 1970 en su articulo sexto y demás normas concordantes.
ARTÍCULO TERCERO: Mortifíquese el articulo dieciséis del Acuerdo No. 003 del 23 de febrero de 2017, el cual debe quedar así:
ARTICULO DIECISEIS: La presente autorización se concede al Señor Alcalde hasta el 31 de diciembre de 2018 a partir de la fecha de la sanción y publicación de este Acuerdo.
ARTICULO CUARTO: Los demás artículos del Acuerdo No. 003 del 23 de febrero de 2017 siguen vigentes.
Dado en San José de Cúcuta a los Cinco (5) días del mes de Febrero del año 2.018.
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CORPORACIÓN CONCEJO MUNICIPAL SAN JOSE DE CUCUTA
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MEDIO DEL CUAL SE DECRETAN UNAS OBRAS POR EL SISTEMA DE CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACIÓN POR BENEFICIO GENERAL Y SE CONCEDEN UNAS
AUTORIZACIONES"
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
JAIME RICARDOIVIARTHEY TELLO Presidente
JUAN FELIPE CORZOIÁLVÁREZ Primer vicepresidente
OSWALDO RINCON USCATEGUI WILDEN FABIAN CAPACHO MONTERREY Segundo Vicepresidente Secretaria General
EL SUSCRITO SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JOSE DE CUCUTA
HACE CONSTAR:
Que, al presente proyecto de Acuerdo se le dieron dos (2) debates reglamentarios en días diferentes cada uno, manifestando la Corporación su deseo que sea norma municipal.
Primer Debate: 31 de Enero de 2018 Segundo Debate: 05 de Febrero de 2018
Fue iniciativa del Alcalde Municipal, actuó como Ponente el Concejal José Leonardo Jácome Carrascal y correspondió al Proyecto de Acuerdo N°004 de 2018.
Lo certifico y doy fe,
WILDEN FABIAN CAPACHO MONTERREY Secretario General
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SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD Y SISTEMA DE CONTROL INTERNO
CONCEPTO JURÍDICO
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de Vigencia: Julio 2011
APOYO GESTION INTITUCIONAL GESTIÓN ADMINISTRATIVA GESTION JURIDICA
Macroproceso: Proceso: Subproceso:
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San José de Cúcuta, Octubre de 2018
Doctor CESAR OMAR ROJAS AYALA Alcalde Municipal E.S.D.
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Remitente: LIRIS MARINA PENA MARIDUEZ
Destinatario : CESAR OMAR ROJAS AVALA
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Asunto: Co cepto juridico sobre el proyecto de Acuerdo "Por cual se prorrog n los términos de las autorizaciones concedidas al señor Alcalde, mediante los Acuerdos N° 033 del 09 de noviembre de 2017 y Otros
Fecha 2018-10-31 09:26:00 Folios 13 Anexos:
Asunto. Concepto Jurídico sobre el proyecto de Acuerdo "POR CUAL SE PRORROGAN LOS TER MINOS DE LAS AUTORIZACIONES CONCEDIDAS AL SEÑOR ALCALDE DEL MUNICIPIO DE SAN JOSE DE CUCUTA, MEDIANTE LOS ACUERDOS # 033 DEL 09 DE NOVIEMBRE DE 2017; # 001 Y # 003 DEL 02 Y 08 DE FEBRERO DE 2018, RESPECTIVAMENTE"
En atención a lo de mi competencia y en respuesta a su solicitud, de manera atenta me permito realizar el análisis jurídico del caso y concluir de manera precisa lo siguiente frente al Proyecto de Acuerdo del asunto:
PLANTEAMIENTO
El objeto del proyecto de Acuerdo es prorrogar la duración de las autorizaciones concedidas al Señor Alcalde por parte del 14. Concejo Municipal, que constan en los Acuerdos Nos. 033 de 2017 y 001 y 003 de 2018, a fin de que las operaciones de crédito a realizar, sean ejecutadas dentro de la vigencia de las autorizaciones otorgadas.
ACUERDO FECHA OBJETO 033 9 de Noviembre de 2017 Realizar operaciones de crédito
hasta por CIENTO CINCUENTA MIL MILLONES DE PESOS
001 2 de Febrero de 2018 Contratar operaciones de crédito hasta por SEIS MIL QUINIENTOS
MILLONES DE PESOS *003 8 de Febrero de 2018 Decretar realización de obras por
el sistema de contribución de valorización
NOTA: * Respecto al Acuerdo No. 003 de 2018, si bien la autorización está vigente hasta el 31 de Diciembre de esta anualidad, se requiere que dicha autorización se encuentre vigente al momento de realizarse los desembolsos por la ejecución de las obras por el sistema de la contribución por valorización.
I Dirección Palacio Municipal: Calle 11 N 5-49 P8X: 5 784949 Cúcuta -Colombia www.cucuta-nortedosantander.gov.com
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CONCEPTO JURÍDICO Vigencia: Julio 2011
APOYO GESTION INTITUCIONAL GESTIÓN ADMINISTRATIVA GESTION JURIDICA
Macroproceso: Proceso: Subproceso:
Con base en este objetivo principal, entramos a revisar la normatividad que soporta esta iniciativa, a fin de establecer su legalidad y juridicidad.
REGIMEN JURIDICO VIGENTE
CONSTITUCIÓN POLÍTICA
ARTICULO 2o. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.
ARTICULO 209. La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.
ARTICULO 313. Corresponde a los concejos:
Autorizar al alcalde para celebrar contratos y ejercer pro tempore precisas funciones de las que corresponden al Concejo.
ARTICULO 315. Son atribuciones del alcalde:
Cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, los decretos del gobierno, las ordenanzas, y los acuerdos del concejo.
Dirigir la acción administrativa del municipio; asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo; representarlo judicial y extrajudicialmente: y nombrar v remover a los funcionarios balo su -
Dirección Palacio Municipal: Calle 11 N 5-49 PBX: 5 784949 Cacuta -Colombia www.cucuta-nortodesantander.gov.com
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CONCEPTO JURÍDICO
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de Vigencia: Julio 2011
APOYO GESTION INTITUCIONAL GESTIÓN ADMINISTRATIVA GESTION JURIDICA
Macroproceso: Proceso: Subproceso:
dependencia y a los gerentes o directores de los establecimientos públicos y las empresas industriales o comerciales de carácter local, de acuerdo con las disposiciones pertinentes.
3. Presentar oportunamente al Concejo los proyectos de acuerdo sobre planes y programas de desarrollo económico y social, obras públicas, presupuesto anual de rentas y gastos y los demás que estime convenientes para la buena marcha del municipio.
LEY 136 DE 1994
"Artículo 32. Atribuciones. Además de las funciones que se le señalen en la Constitución y la ley, son atribuciones de los concejos las siguientes: (...) 3. Reglamentar la autorización al alcalde para contratar, señalando los casos en que se requiere autorización previa del Concejo."
Que conceptualmente se debe tener de manera clara, las figuras de autorización a que se refiere el numeral 3° del artículo 313 de la constitución política y de la reglamentación de la autorización especial previa, descrita en el numeral 3) del artículo 32 de la Ley 136 de 1994, modificado por el Numeral 3) del artículo 8° de la Ley 1551 de 2012.
DOCUMENTOS ESTUDIADOS
Exposición de Motivos Proyecto de Acuerdo
ANALISIS Y CONCLUSIONES
El H. Concejo Municipal de San José de Cúcuta, en cumplimiento de sus funciones constitucionales y legales y coadyuvando al desarrollo de los objetivos del ente territorial, autorizó al Señor Alcalde para contraer una serie de obligaciones de crédito de manera pro-tempore que deben ser debidamente satisfechas, razón por la cual, esta iniciativa busca extender la duración de estas autorizaciones para que el pago de las obligaciones financieras contraídas por el Municipio, se ejecuten dentro del término debidamente autorizado, en aras a que estos desembolsos se realicen con observancia de los términos precisos y autorizados y que trascienden la presente vigencia.
Por lo expuesto, se considera jurídicamente viable que la Corporación Concejo Municipal de San José de Cúcuta, prorrogue la duración en el tiempo de las autorizaciones dadas al Señor Alcalde, a través de los Acuerdos Nos. 033 de 2017 y 001 y 003 de 2018, con el propósito de que satisfaga las operaciones de crédito adouiridas dentro de los n'aros leaalmente concedidos nor el Concejo Municinal.
Dirección Palacio Municipal: Calle 11 14 5-49 PBX: 5 784949 Cicuta -Colombia www.cucutamortedesantander.gov.com
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CONCEPTO JURÍDICO
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de Vigencia: Julio 2011
APOYO GESTION INTITUCIONAL GESTIÓN ADMINISTRATIVA GESTION JURIDICA
Macroproceso: Proceso: Subproceso:
Se hace la salvedad que en el presente concepto jurídico, no se analizaron aspectos matemáticos, técnicos ni de actividades presupuestales en que se incurra en el mismo, por no ser de nuestra competencia.
LIRIS MARIN MARQUEZ Jefe Oficina Asesor- ' rídica
Proyecto. Juan Fernando Díaz. Asesor Jurídico Externo
I Dirección Palacio Municipal: Calle 11 N 5-49 PBX: 5 784949 Cúcuto -Colombia www.cucuto-nortedesontander.gov.com