Restructuracion administrativa en gobiernos regionales
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REESTRUCTURACION ADMINISTRATIVA
EN GOBIERNOS REGIONALES
Por: Eco: César Romero VerdeConsultor en en Gobiernos
Rregionales y Locales
BASE BASE LEGALLEGAL
• Constitución Política del Perú• Resolución Suprema Nº 013-75-PM/INAP que aprueba el Manual Normativo de
Clasificación de Cargos.• Ley de Bases de la Carrera Administrativa. DL. 276• Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa. DS. 005-90-PCM• Resolución Jefatural Nº 095-95-INAP/DNR, que aprueba la Directiva Nº 001-95-
INAP/DNR: Normas para la Formulación del Manual de Organización y Funciones.• Ley de Bases de la Descentralización, , Ley Nº 27783 • Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado• Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, 27867• Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública• Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso
a la Información Pública• Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General• Decreto Supremo 043-2004-PCM. Aprueban Lineamientos para la elaboración y
aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública
• Ley Marco del Empleo Público, Ley Nº 28175• Decreto Supremo 043-2006-PCM. Aprueban Lineamientos para la elaboración y
aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de las Entidades de la Administración Pública
• D.L. Nº 1057 Regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios.• Ley de Presupuesto 2011, Ley 29626
LEY DE BASES DE LA
DESCENTRALIZACIÓN27783
LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES
27867
CONSTITUCION
CONSTITUCIONCONSTITUCION
Artículo 191°.- Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
COMPETENCIASCOMPETENCIAS(LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACION)(LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACION)
Competencias exclusivas
Competencias compartidas
Competencias delegables
CRITERIOS TRANSFERENCIA DE COMPETENCIASCRITERIOS TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS (LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACION)(LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACION)
a) Criterio de subsidiaridad. b) Criterio de selectividad y proporcionalidad. c) Criterio de provisión. d) Criterio de concurrencia.
COMPETENCIAS EXCLUSIVASCOMPETENCIAS EXCLUSIVAS (Art. 35º Ley de BDD, Art. 10. 1 LOR)(Art. 35º Ley de BDD, Art. 10. 1 LOR)
a) Planificar el desarrollo integral de su región y ejecutar los programas socioeconómicos correspondientes.b) Formular y aprobar el plan de desarrollo regional concertado con las municipalidades y la sociedad civil de su región.c) Aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes anuales de Presupuesto.d) Promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos de ámbito regional, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversión privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades.i) Concretar alianzas y acuerdos con otras regiones para el fomento del desarrollo económico, social y ambiental.I) Promover la modernización de la pequeña y mediana empresa regional, articuladas con las tareas de educación, empleo y a la actualización e innovación tecnológica.m) Dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad, y proponer las iniciativas legislativas correspondientes.
a) Educación. Gestión de los servicios educativos de nivel inicial, primaria, secundaria y superior no universitaria, con criterios de interculturalidad orientados a potenciar la formación para el desarrollo.b) Salud pública.f) Difusión de la cultura y potenciación de todas las instituciones artísticas y culturales regionales.g) Competitividad regional y la promoción de empleo productivo en todos los niveles, concertando los recursos públicos y privados.h) Participación ciudadana, alentando la concertación entre los intereses públicos y privados en todos los niveles.
COMPETENCIAS COMPARTIDASCOMPETENCIAS COMPARTIDAS (Art. 36º, Ley de BDD, Art. 10.2 LOR)(Art. 36º, Ley de BDD, Art. 10.2 LOR)
Misión del Gobierno RegionalLa misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región.
Desarrollo regionalEl desarrollo regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades.
LEY ORGANICA DE GOBIERNOS REGIONALESLEY ORGANICA DE GOBIERNOS REGIONALES
1.Participación2.Transparencia 3.Gestión moderna y rendición de cuentas4.Inclusión 5.Eficacia 6.Eficiencia 7.Equidad 8.Sostenibilidad 9.Imparcialidad y neutralidad 10.Subsidiariedad 11.Concordancia de las políticas regionales 12.Especialización de las funciones de gobierno 13.Competitividad 14.Integración
PRINCIPIOS RECTORES DE LAS POLÍTICAS Y LA GESTIÓN PRINCIPIOS RECTORES DE LAS POLÍTICAS Y LA GESTIÓN REGIONAL REGIONAL
Los gobiernos regionales son competentes para:• Aprobar su organización interna y su presupuesto.• Formular y aprobar el plan de desarrollo regional concertado con las
municipalidades y la sociedad civil.• Administrar sus bienes y rentas.• Regular y otorgar las autorizaciones, licencias y derechos sobre los
servicios de su responsabilidad.• Promover el desarrollo socioeconómico regional y ejecutar los planes y
programas correspondientes.• Dictar las normas inherentes a la gestión regional. • Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura,
pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a Ley.
• Fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional.
• Presentar iniciativas legislativas en materias y asuntos de su competencia.
• Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley.
COMPETENCIASCOMPETENCIAS(Art. 9º LOR, concordante con Art. 192º Constitución)(Art. 9º LOR, concordante con Art. 192º Constitución)
1) Desarrollo Económico
2) Desarrollo Social
3) Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial
4) Infraestructura
5) Recursos naturales y gestión del medio ambiente
GERENCIASGERENCIAS(LOR)(LOR)
• Desarrollo• Desarrollo Humano• Desarrollo Social• Desarrollo Económico• Política Publica
• Política Publica Regional
• Gasto Social
CONCEPTOS A TOMAR EN CUENTACONCEPTOS A TOMAR EN CUENTA
REESTRUCTURACION
REESTUCTURACION ADMINISTRATIVAREESTUCTURACION ADMINISTRATIVA
La Reestructuración Administrativa es la reorganización y rediseño de una entidad a fin de modernizarla, redefinir las funciones de sus unidades orgánicas, efectuar ajustes y modificaciones en su estructura, planta orgánica y procesos de trabajo: así como el cambio de actitud y comportamiento del potencial humano.
Los Objetivos de la Reestructuración son:- Optimizar los Recursos disponibles- Mejorar la eficacia y eficiencia- Asegurar el cumplimiento de sus competencias dadas por la LOR y las metas propuestas en su PEI.
ORGANIZACIORGANIZACIÓÓNN
Es un proceso permanente y sistemático que consiste en ordenar sus funciones y estructura tratando de lograr una administración eficiente y oportuna, que permita proveer una óptima prestación de servicios a la localidad en su ámbito.
PRINCIPIOS DE LA ORGANIZACIPRINCIPIOS DE LA ORGANIZACIÓÓNN
El principio de la unidad de mando.
El principio de la especialización.
El principio del ámbito de control.
El principio de equilibrio entre autoridad y responsabilidad.
El principio de jerarquía.
CARACTERISTICAS QUE RIGEN A TODA CARACTERISTICAS QUE RIGEN A TODA ORGANIZACIONORGANIZACION
Flexible
Adaptable
Es un proceso
Es un producto planeado
Esta en constante interacción con el entorno
Esta en constante interacción con los individuos
CARACTERISTICAS DE TODA GESTION PUBLICACARACTERISTICAS DE TODA GESTION PUBLICA
Modernidad
Eficiencia
Transparencia
Participacion
INSTRUMENTOS DE GESTIONINSTRUMENTOS DE GESTION
• Reglamento de Organización y Funciones – ROF.
• Cuadro para Asignación de Personal – CAP
• Manual de Organización y Funciones –MOF
• Presupuesto Analítico de Personal - PAP
PASOS PARA LA APROBACION DEPASOS PARA LA APROBACION DE LOS INSTRUMENTOS DE GESTION LOS INSTRUMENTOS DE GESTION
Manual de Organización y Funciones
Cuadro para Asignación de Personal
Presupuesto Analítico de Personal
Reglamento de Organización y Funciones
Se aprueba por Ordenanza Regional
Se aprueba por Ordenanza Regional
Se aprueba por Resolución Regional
Se aprueba por Resolución Regional
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
REGLAMENTO DE ORGANIZACIREGLAMENTO DE ORGANIZACIÓÓN Y FUNCIONESN Y FUNCIONES
Es un instrumento normativo de gestión que determina la naturaleza, finalidad, competencias, estructura orgánica del Gobierno Regional; las funciones y composición de cada uno de los Órganos que lo conforman.
ORGANOS QUE CONFORMAN UNA MUNICIPALIDADORGANOS QUE CONFORMAN UNA MUNICIPALIDAD
Organos de Gobierno: Organos de Dirección Organo de Consultivos Organo de Control Organos de Asesoramiento Organos de Apoyo Organos de Línea Organos Desconcentrados
ALTA DIRECCIÓN: dirigir la entidad, supervisar sus actividades, reglamentar y aprobar políticas públicas, en general ejercer las funciones de dirección política y administrativa de la entidad.ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO: Orientar la labor de la entidad y de sus distintos órganos mediante actividades tales como: planificación, presupuesto, organización, asesoría jurídica.ÓRGANOS DE APOYO: Ejercer las actividades de administración interna que permiten el desempeño eficaz de la entidad y sus distintos órganos en el cumplimiento de las funciones sustantivas. Entre estas funciones pueden incluirse las de contabilidad, recursos humanos, sistemas de información y comunicación, gestión financiera, gestión de medios materiales, servicios auxiliares.ÓRGANOS DE LÍNEA: Formular, ejecutar y evaluar políticas públicas y en general realizar las actividades técnicas, normativas y de ejecución necesarias para cumplir con los objetivos de la entidad en el marco de las funciones que las normas sustantivas atribuyen a ésta.ÓRGANOS DESCONCENTRADOS: Son órganos de la entidad con funciones específicas, asignadas en función de un ámbito territorial determinado. Actúan en representación y por delegación de ésta dentro del territorio sobre el cual ejercen jurisdicción.
DEFINICIONES DEFINICIONES (Art. 11. DS-043-2006-PCM)(Art. 11. DS-043-2006-PCM)
Alta Dirección ConsultivosControl
AsesoramientoApoyo
Línea
Desconcentrados
Gobierno
ORGANOS QUE CONFORMAN UN ENTIDAD PUBLICAORGANOS QUE CONFORMAN UN ENTIDAD PUBLICA
CLASIFICACION DE NIVELESCLASIFICACION DE NIVELES
NivelesOrganizacionales
Niveles Jerárquicos
1er Nivel Alta Dirección
2do Nivel Organos de LíneaOrganos de Asesoramiento y de Apoyo
3er NivelUnidades Orgánicas de Organos de Línea
Unidades Orgánicas de Organos de Asesoramiento y de Apoyo
CRITERIOS PARA LA CREACIÓN DE UNIDADES ORGÁNICASCRITERIOS PARA LA CREACIÓN DE UNIDADES ORGÁNICAS(Art. 22º DS-043-2006-PCM)(Art. 22º DS-043-2006-PCM)
Los criterios que justifican la creación de unidades orgánicas son alternativa o concurrentemente los siguientes:
a) Si un órgano de la entidad cuenta con más de 15 personas.b) Si la carga administrativa que conlleva la función que generó la creación de uno de los órganos de la entidad justifica la creación de una unidad orgánica.c) Si se establece, por la naturaleza de las funciones a desarrollar, la necesidad de independizar ciertos servicios o tareas.
La ocurrencia de al menos uno de estos factores es necesaria para la creación de unidades orgánicas. Sin embargo, será asimismo necesario evaluar las circunstancias del caso específico, así como la justificación incluida en el Informe Técnico Sustentatorio a que se refiere el Artículo 29º.
CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL
CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONALCUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL
Es el “Cuadro de Necesidades de Cargos”. El CAP es un documento de gestión que contiene los cargos definitivos y aprobados del Gobierno Regional, elaborado sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su ROF.
En el CAP se planifica los cargos que necesita un Gobierno Regional, para su normal funcionamiento en un período determinado en que rija la organización vigente.
a) El CAP se formula a partir de la estructura orgánica debidamente aprobada por el ROF.
b) Observar las clasificaciones de cargos vigentesc) Se permite incluir cargos previstos (no cubiertos) con
un Limite del 10% del total de cargos cubiertos.d) Los cargos correspondientes a los órganos de
asesoramiento y de apoyo no deben exceder del 20% del total de cargos contenidos en el CAP.
e) Consignar los Cargos de Confianzaf) Cargos del OCI con opinión de contraloríag) Incluirse todos los cargos de las sedes y órganos
desconcentradosh) Presentarse en formato incluido en anexos del DS
043-2004-PCM.
CRITERIOS PARA LA ELABORACICRITERIOS PARA LA ELABORACIÓÓNN
ESTRUCTURA CAPESTRUCTURA CAP
SECTOR :
I.
I.1
O P
(1) (3) (4) (5) (6) (7) (8)
001
(9) (10) (11) (12)
CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL
SITUACIÓN DEL CARGOCLASIFI-
CACIÓNCARGO DE CONFIANZA
TOTAL CARGO ESTRUCTURAL
DENOMINACIÓN DEL ORGANO:
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGANICA:
TOTAL UNIDAD ORGANICA
FORMATO Nº 1
ENTIDAD :
Nº ORDEN
CODIGO
Nº de Página 001 de 0XX
(2)
GERENTE MUNICIPAL
FP: Funcionario PúblicoEC: Empleado de ConfianzaSP-DS: Servidor Público – Directivo SuperiorSP-EJ: Servidor Público – EjecutivoSP-ES: Servidor Público – EspecialistaSP-AP: Servidor Público – De ApoyoRE: Régimen Especial: Aplicable a ma-
gistrados, diplomáticos, docentes uni- versitarios, personal militar y policial.
CLASIFICACION DE LOS CARGOSCLASIFICACION DE LOS CARGOS
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
MANUAL DE ORGANIZACIMANUAL DE ORGANIZACIÓÓN Y FUNCIONESN Y FUNCIONES
Es el instrumento normativo de gestión que describe las funciones especificas a nivel de los cargos o puestos a partir de su estructura orgánica y funciones generales consideradas en el Reglamento de Organización y Funciones y los requerimientos de cargos contenidos en su Cuadro para Asignación de Personal
ESTRUCTURA DEL MOFESTRUCTURA DEL MOF
Definición del Cargo
Ubicación del Cargo en el CAP (Nº de Plaza y Nomenclatura del Cargo – Código Ocupacional)
Descripción de funciones especificas del cargo.
Línea de Autoridad (de quien Depende)
Línea de Mando (sobre quienes tiene mando)
Perfil del Puesto (requisitos mínimos)
PRESUPUESTO ANALITICO DE PERSONAL
PRESUPUESTO ANALITICO DE PERSONALPRESUPUESTO ANALITICO DE PERSONAL
Es el Cuadro de Cargos del CAP que cuentan con disponibilidad presupuestal para un ejercicio.
El numero de plazas que aparecen en el PAP es siempre menor al total del CAP
0.00 0.00 0.00 0.00TOTAL UNIDAD ORGANICA
Costo por mes
Nº de Orden
EssaludNº de CAP
Cargo Estructural RemuneraciónClasifi-cación
CodigoRemuneración
al año
ESQUEMA DEL PAPESQUEMA DEL PAP