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    II.- AUTORIDADES Y PERSONAL

    OPOSICIONES Y CONCURSOS

    Consejera de Educacin, Cultura y Deportes

    Resolucin de 24/01/2014, de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes, por la que se convoca concurso

    de traslados de mbito regional entre funcionarios docentes de los Cuerpos de Catedrticos de Enseanza

    Secundaria, Profesores de Enseanza Secundaria, Profesores Tcnicos de Formacin Profesional, Catedrticos

    de Escuelas Ociales de Idiomas, Profesores de Escuelas Ociales de Idiomas, Profesores de Msica y Artes

    Escnicas, Catedrticos de Artes Plsticas y Diseo, Profesores de Artes Plsticas y Diseo y Maestros de Taller

    de Artes Plsticas y Diseo, pertenecientes al mbito de gestin de la Junta de Comunidades de Castilla-La

    Mancha. [2014/1016]

    La Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo de Educacin (BOE n 106, de 04/05/2006, en adelante LOE) establece enel apartado cuarto de su disposicin adicional sexta que durante los cursos escolares en los que no se celebren losconcursos de mbito estatal, las diferentes Administraciones educativas podrn organizar procedimientos de provisinreferidos al mbito territorial cuya gestin les corresponda y destinados a la cobertura de sus plazas.

    Idntica previsin se contiene en el artculo 2.2 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre (BOE n 263, de30/10/2010), por el que se regula el concurso de traslados entre personal funcionario de los Cuerpos docentes contem-plados en la LOE y otros procedimientos de provisin de plazas a cubrir por dicho personal.

    En ejercicio de la previsin contenida en el apartado 4 de la mencionada disposicin adicional sexta de la LOE, en elpresente curso escolar 2013/2014 se ha considerado conveniente convocar concurso regional de traslados y procesos

    previos de los Cuerpos docentes mencionados en el encabezamiento de la presente resolucin, para la provisin depuestos vacantes existentes en los Centros de Castilla- La Mancha y cuya continuidad est prevista de acuerdo con laplanicacin educativa.

    En la presente Resolucin se regula tambin un procedimiento de asignacin de plazas con carcter provisional para elcurso 2014/2015 donde, una vez resuelto denitivamente el concurso de traslados y procesos previos, se asignarn alos interesados que soliciten voluntariamente su participacin en dicho procedimiento aquellas vacantes que se produz-can y determinen hasta el 15 de julio de 2014 y cuya cobertura se considere necesaria.

    La regulacin y puesta en marcha de este procedimiento se enmarca en el objetivo de esta Administracin Educativa demejorar las condiciones de trabajo de los funcionarios de los Cuerpos docentes no universitarios, posibilitando la obten-cin de un destino provisional que responda mejor a las necesidades y preferencias de estos funcionarios y funcionarias,

    en tanto obtengan un destino denitivo en el concurso general de traslados que satisfaga sus expectativas.

    Habindose realizado el traspaso de funciones y servicios de la Administracin del Estado a la Comunidad Autnoma deCastilla-La Mancha en materia de enseanza no universitaria en virtud del Real Decreto 1844/1999, de 3 de diciembre(BOE de 29/12/1999), mediante Decreto 124/2011, de 07/07/2011 (DOCM n 133, de 09/07/2011) por el que se estable-ce la estructura orgnica, organizacin de funciones y competencias de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes,el cual dispone en su artculo 1 que corresponde a dicha Consejera disear y ejecutar la poltica regional en materiaeducativa.

    Por su parte, el Decreto 252/1999, de 28 de diciembre, (DOCM n 83, de 30/12/1999), vigente en cuanto no se opongaa la regulacin contenida en el Decreto 124/2011 antes mencionado, atribuye a la persona titular de la Consejera com-petente en materia educativa la competencia para aprobar las bases de las convocatorias de provisin de puestos detrabajo, as como para convocarlas y resolverlas de acuerdo con la normativa de aplicacin.

    En virtud de cuanto antecede, se considera necesario proceder a la provisin por el sistema de concurso de trasladosde mbito regional, de las vacantes que en su momento determinar esta Consejera de Educacin, Cultura y Deportes,de acuerdo con lo sealado en el Real Decreto 1364/2010, y en la presente convocatoria:

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    Bases

    Primera. Objeto de la convocatoria.

    Se convoca concurso de traslados de mbito regional, de acuerdo con las especicaciones que se citan en la pre-sente Resolucin, para la provisin de plazas vacantes en los Centros docentes gestionados por esta Consejerade Educacin, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, entre funcionarios docentesde los Cuerpos de:- Catedrticos de Enseanza Secundaria.- Profesores de Enseanza Secundaria.- Profesores Tcnicos de Formacin Profesional.- Catedrticos de Escuelas Ociales de Idiomas.- Profesores de Escuelas Ociales de Idiomas.- Profesores de Msica y Artes Escnicas.- Catedrticos de Artes Plsticas y Diseo.- Profesores de Artes Plsticas y Diseo.- Maestros de Taller de Artes Plsticas y Diseo.

    Segunda. Plazas convocadas y determinacin de las mismas.

    1. Las plazas que se convocan son las vacantes existentes al menos al 31/12/2013 en las plantillas orgnicas delos Centros previstas para el curso 2013/2014 y las que resulten de la resolucin de este concurso en cada Cuerpopor el que se concursa as como las vacantes de las plazas con las que se dotarn a los Centros cuyo comienzo deactividades est previsto para ese curso y que estarn condicionadas al efectivo inicio del funcionamiento de talesCentros en el curso 2014/2015.

    2. La determinacin provisional y denitiva de estas vacantes se realizar con anterioridad a las resoluciones provi -sionales y denitivas respectivamente de este concurso de traslados. La Direccin General de Recursos Humanos yProgramacin Educativa ordenar la publicacin de las vacantes que corresponda. Se ofertarn aquellas vacantescuyo funcionamiento se encuentre previsto en la planicacin general educativa.

    3. Estas vacantes se incrementarn con las que resulten de la resolucin del concurso en cada Cuerpo por el queconcurra. No se incluirn en el presente concurso las posibles vacantes que pudieran originarse en el mbito de laConsejera de Educacin, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud de lasresoluciones de los concursos que pudieran convocar durante el curso 2013/2014 el Ministerio de Educacin y lasdems Administraciones Educativas de las Comunidades Autnomas distintas de la de Castilla-La Mancha.

    Tercera. Cuerpos de Catedrticos de Enseanza Secundaria y de Profesores de Enseanza Secundaria.

    Los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos de Catedrticos de Enseanza Secundaria y Profesores de Ensean-

    za Secundaria podrn solicitar las siguientes plazas:

    1. Plazas correspondientes a las especialidades de las que sean titulares, segn los tipos que se indican en elAnexo VI, existentes en los Centros, Centros y Aulas de Educacin de Personas Adultas y Escuelas de Arte queguran en el Anexo II a), II c) y V a la presente Resolucin. Igualmente los Catedrticos de Enseanza Secundariay los Profesores de Enseanza Secundaria de la especialidad de Orientacin Educativa podrn solicitar plazas enlos Colegios Pblicos de Educacin Infantil y Primaria que guran en el Anexo II b.1), en los Centros de EducacinEspecial que guran en el Anexo II d), as como las plazas de los Centros de Educacin de Personas Adultas queguran en el Anexo II c), en los que desempearn las funciones especcas de la orientacin en la educacin depersonas adultas, pudiendo ser estas plazas en Centros de Educacin de Personas Adultas de carcter itinerante(no obstante, estas plazas en Centros de Adultos se ofertan como ordinarias y deben solicitarse como ordinarias,es decir, en ningn caso al solicitarlas debe rellenarse la marca de itinerancia que gura en la solicitud) y el mbito

    de itinerancia de estas plazas se corresponder con el mbito territorial que constituye cada Zona de Educacin dePersonas Adultas, determinado en el Anexo I de la Orden de 30/01/2006 (DOCM de 9 de febrero), de la Consejerade Educacin y Ciencia, por la que se establece la Red de Centros Educativos de Personas Adultas de titularidad dela Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; as como en las actualizaciones que con posterioridad se han idorealizando al mencionado Anexo I de la Orden de 30/012006.

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    2. Plazas correspondientes a los Departamentos de Orientacin.

    Los Catedrticos de Enseanza Secundaria y los Profesores de Enseanza Secundaria podrn optar a las plazasde Apoyo al rea de Lengua y Ciencias Sociales o de Apoyo al rea Cientca o Tecnolgica de los Institutos de

    Educacin Secundaria que se relacionan en el Anexo II a). Para ello, debern reunir las condiciones que se estable-cen a continuacin para cada plaza:

    2.1. Plazas de Apoyo al rea de Lengua y Ciencias Sociales.

    Podrn optar a estas plazas aqullos que sean titulares de alguna de las siguientes especialidades: Lengua Caste-llana y Literatura, Geografa e Historia, Filosofa, Alemn, Francs, Griego, Ingls, Italiano, Latn, Portugus.

    2.2. Plazas de Apoyo al rea Cientca o Tecnolgica.

    Podrn optar a estas plazas aqullos que sean titulares de algunas de las especialidades siguientes: Biologa yGeologa, Fsica y Qumica, Matemticas, Tecnologa, Informtica, Organizacin y Proyectos de Fabricacin Mec-

    nica, Sistemas Electrotcnicos y Automticos, Sistemas Electrnicos, Organizacin y Procesos de Mantenimientode Vehculos, Construcciones Civiles y Edicacin, Organizacin y Proyectos de Sistemas Energticos, Anlisis yQumica Industrial, Procesos y Productos de Textil, Confeccin y Piel, Procesos y Productos en Madera y Mueble,Procesos y Medios de Comunicacin, Procesos de Produccin Agraria, Procesos y Productos en Artes Grcas yTecnologa Minera.

    3. Plazas de Cultura Clsica.

    Tienen esta denominacin aquellas plazas a cuyos titulares se les conere, al amparo de lo dispuesto en la dis -posicin adicional dcima del Real Decreto 1635/1995, de 6 de octubre, la atribucin docente correspondiente alas especialidades de Latn y Griego. Estas plazas aparecern convenientemente diferenciadas en la plantilla delcentro, y podrn ser solicitadas, indistintamente, por los Catedrticos de Enseanza Secundaria y los Profesores deEnseanza Secundaria titulares de alguna de las dos especialidades citadas. El funcionario o funcionaria que acce-da a ellas viene obligado a impartir tanto las materias atribuidas a la especialidad de Griego como a la de Latn.

    4. Plazas de mbito correspondientes a las enseanzas de Educacin Secundaria para Personas Adultas.

    Estas plazas podrn tener carcter itinerante. No obstante, estas plazas se ofertan como ordinarias y deben solici-tarse como ordinarias, es decir, en ningn caso al solicitarlas debe rellenarse la marca de itinerancia que gura enla solicitud.

    El mbito de itinerancia de estas plazas se corresponder con el mbito territorial que constituye cada Zona de Edu-cacin de Personas Adultas, determinado en el Anexo I de la Orden de 30/01/2006 (DOCM de 9 de febrero), de la

    Consejera de Educacin y Ciencia, por la que se establece la Red de Centros Educativos de Personas Adultas detitularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; as como en las actualizaciones que con posteriori-dad se han ido realizando al mencionado Anexo I de la Orden de 30/01/2006.

    4.1. mbito de Comunicacin Ingls (cdigo 811).- Podr solicitar estas plazas aquellos funcionarios que sean titu-lares de la especialidad de Ingls. Los profesores y profesoras que obtengan destino en este mbito impartirn ade-ms la materia de Lengua Castellana y Literatura, siempre que la organizacin de las enseanzas as lo requiera.

    4.2. mbito de Comunicacin: Lengua Castellana y Literatura (cdigo 812).- Podrn solicitar estas plazas aquellosfuncionarios que sean titulares de la especialidad de Lengua Castellana y Literatura.

    4.3. mbito de Conocimiento Social (cdigo 814).- Podrn solicitar estas plazas aquellos funcionarios y funcionarias

    que sean titulares de la especialidad de Geografa e Historia.4.4. mbito Cientco-Tecnolgico (cdigo 815).- Podrn solicitar estas plazas aquellos funcionarios y funcionariasque sean titulares de alguna de las siguientes especialidades: Matemticas, Fsica y Qumica, Biologa y Geologa,Tecnologa, Informtica.

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    En consonancia con la variedad y exibilidad de la oferta educativa de la Educacin de Personas Adultas, paracompletar su horario lectivo el profesorado deber asumir tambin, de acuerdo con su titulacin o capacitacin, laimparticin en otros programas formativos regulados dentro del marco general establecido en la Ley 7/2010, de 20de julio, de Educacin de Castilla-La Mancha.

    5. Plazas bilinges. Podrn solicitar estas plazas aquellos funcionarios y funcionarias que sean titulares de es-pecialidad considerada como disciplina no lingstica, segn denicin de stas, dada por el Decreto 7/2014, de22/01/2014, por el que se regula el plurilingismo en la enseanza no universitaria en Castilla-La Mancha. (DOCMn 17 de 27/01/2014) as como los Profesores Tcnicos de FP.

    Deber consignarse el cdigo de bilinge 1 si se trata de plazas bilinges de Francs, el cdigo 2 si se trata deplazas bilinges de Ingls. Para optar a estas plazas los solicitantes debern poseer y acreditar la competencia lin-gstica en los trminos que establecidos por la Administracin Educativa de Castilla-La Mancha.

    As, ser necesario estar en posesin del certicado del nivel de competencia en idiomas de los profesores deCastilla-La Mancha, expedido por la Viceconsejera de Educacin, Universidades e Investigacin, o bien acreditar-se un nivel B2 o superior, del Marco comn Europeo de Referencia para las Lenguas, aportando la certicacin o

    titulacin que acredite dicho nivel, segn relacin contenida, para los idiomas Francs e Ingls, en la Resolucin de20/12/2012 (DOCM de 06/02/2013) de la Viceconsejera de Educacin, Universidades e Investigacin, por la que seconvoca el procedimiento para la certicacin del nivel de competencia en idiomas, de los profesores de Castilla-LaMancha. Esta relacin se acompaa a esta convocatoria como Anexo XII. Esta relacin se complementar con loscerticados y ttulos incluidos en la correccin de errores de la Resolucin de 20/12/2012 de la Viceconsejera deEducacin, Universidades e Investigacin por la que se convoca el procedimiento para la certicacin del nivel decompetencia en idiomas de los profesores de Castilla-La Mancha, publicada en el DOCM n 43, de 01/03/2013.

    Cuarta. Cuerpo de Profesores Tcnicos de Formacin Profesional.

    Los profesores pertenecientes a este Cuerpo podrn solicitar las siguientes plazas:

    1. Plazas correspondientes a las especialidades de las que sean titulares, segn los tipos que se indican en el AnexoVII, existentes en los Centros, Unidades de Orientacin y las Unidades de Formacin Profesional Especial que gu-ran en el Anexo II a), II b), y II d) a la presente Resolucin.

    2. Plazas de Profesor Tcnico de Apoyo al rea Prctica de los Departamentos de Orientacin en los Institutos deEducacin Secundaria que, en su caso, sean ofertadas por las Administraciones educativas, siempre que sean titu-lares de algunas de las especialidades siguientes:

    Mecanizado y Mantenimiento de Mquinas, Soldadura, Instalaciones Electrotcnicas, Instalaciones y Mantenimien-to de Equipos Trmicos y de Fluidos, Equipos Electrnicos, Mantenimiento de Vehculos, Ocina de Proyectos deConstruccin, Ocina de Proyectos de Fabricacin Mecnica, Laboratorio, Operaciones de Proceso, Operacionesde Produccin Agraria, Tcnicas y Procedimientos de Imagen y Sonido, Fabricacin e Instalacin de Carpintera yMueble, Patronaje y Confeccin, Produccin Textil y Tratamientos Fsico Qumicos, Produccin en Artes Grcas

    Prcticas de Minera.

    Quinta. Cuerpos de Catedrticos de Escuelas Ociales de Idiomas y Profesores de Escuelas Ociales de Idiomas.

    Estos funcionarios podrn solicitar las plazas, correspondientes a las especialidades de las que sean titulares, en losCentros que aparecen en el Anexo III y para las especialidades que guran en el Anexo VIII.

    Sexta. Cuerpo de Profesores de Msica y Artes Escnicas.

    Los Profesores de Msica y Artes Escnicas, podrn solicitar las plazas, correspondientes a las especialidades de lasque sean titulares, de los Centros que aparecen en el Anexo IV y para las especialidades que guran en el Anexo IX.

    Sptima. Cuerpos de Catedrticos de Artes Plsticas y Diseo, de Profesores de Artes Plsticas y Diseo y Maes-

    tros de Taller de Artes Plsticas y Diseo.

    1. Los Catedrticos de Artes Plsticas y Diseo y los Profesores de Artes Plsticas y Diseo, podrn solicitar lasplazas, correspondientes a las especialidades de las que sean titulares, de los Centros que aparecen en el Anexo Vy para las especialidades que guran en el Anexo X.

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    2. Los Maestros de Taller de Artes Plsticas y Diseo podrn solicitar las plazas, correspondientes a las especiali-dades de las que sean titulares, de los Centros que aparecen en el Anexo V y para las especialidades que guranen el Anexo XI.

    Octava. Participacin Voluntaria.

    1. Podrn participar voluntariamente a las plazas ofrecidas en esta convocatoria, dirigiendo su instancia al ServicioPerifrico de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes en la que tengan su destino denitivo en los trminosindicados en la Base duodcima, los funcionarios y funcionarias que se encuentren en alguna de las situaciones quese indican a continuacin:

    a) Los funcionarios y funcionarias que se encuentren en situacin de servicio activo con destino denitivo en Centrosdel mbito de gestin de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-LaMancha, siempre y cuando de conformidad con lo establecido en el artculo 11 del Real Decreto 1364/2010, hayantranscurrido a la nalizacin del presente curso escolar, al menos dos aos desde la toma de posesin del ltimodestino denitivo.b) Los funcionarios y funcionaras que se encuentren en situacin de servicios especiales declarada desde Centrosdel mbito de gestin de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-LaMancha, siempre y cuando de conformidad con lo establecido en el artculo 11 del Real 1364/2010, hayan transcu-rrido a la nalizacin del presente curso escolar, al menos dos aos desde la toma de posesin del ltimo destinodenitivo.c) El personal funcionario docente de carrera que se encuentre en la situacin de excedencia voluntaria por intersparticular prevista en el apartado 5 del artculo 122 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Pblico de Castilla-La Mancha podr participar siempre que, en la misma fecha a que se reere el apartado anterior, haya transcurrido,al menos, un ao desde que pasaron a la citada situacin.d) El personal funcionario docente de carrera que se encuentre en la situacin de excedencia voluntaria especialprevista en el artculo 4 de la Ley 6/2012 de 2 de Agosto de acompaamiento de la Ley 1/2012 de 21 de Febrero deMedidas Complementarias para la Aplicacin del Plan de Garanta de los Servicios sociales Bsicos de Castilla LaMancha (DOCM de 06/08/2012).e) El personal funcionario docente de carrera que se encuentre en la situacin de suspenso, podr participar, siem-pre que hayan transcurridos dos aos desde la nalizacin de la sancin disciplinaria de la suspensin.

    2. A los efectos previstos en el apartado anterior, se entender como fecha de nalizacin del curso escolar la de31/08/2014.

    3. Quienes deseen ejercitar un derecho preferente para la obtencin de destino debern estar a lo que se determinaen la Base dcima de esta convocatoria.

    Novena. Participacin Forzosa.

    1. Estn obligados a participar a las plazas anunciadas en esta convocatoria, dirigiendo su instancia al Servicio Pe-

    rifrico de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes en que estn adscritos provisionalmente, en los trminosindicados en la Base duodcima, los funcionarios y funcionarias que se encuentren en alguna de las situaciones quese indican a continuacin:

    a) Funcionarios y funcionarias que, procedentes de la situacin de excedencia con prdida de su destino deniti-vo, tengan, con anterioridad a la fecha de publicacin de esta convocatoria, un destino con carcter provisional encentros del mbito de gestin de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades deCastilla-La Mancha.En el supuesto de que no participen en el presente concurso o no soliciten suciente nmero de plazas vacantes,se les adjudicar libremente destino denitivo en plazas que puedan ocupar segn las especialidades de las quesean titulares en Centros del mbito de gestin de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes de la Junta deComunidades de Castilla-La Mancha.

    Estos participantes debern cumplimentar la parte de la solicitud de participacin relativa a adjudicacin de ocio,sealando la provincia o provincias de su preferencia a estos efectos.De no adjudicrseles destino denitivo permanecern en situacin de destino provisional en la provincia en la quehayan prestado servicios durante el curso 2013/2014, salvo que ejerciten y obtengan la opcin de cambio de provin-cia a que se alude en el apartado 5 de este punto.

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    b) Los funcionarios y funcionarias que se encuentren en la situacin de excedencia forzosa o suspensin de funcio-nes con prdida de su centro de destino, que cumplida la sancin, no hayan obtenido un reingreso provisional y quehayan sido declarados en estas situaciones desde un Centro del mbito de gestin de la Consejera de Educacin,Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Los funcionarios y funcionarias incluidos en el prrafo anterior, en el supuesto de no participar en el presenteconcurso o, si participando, no solicitaran suciente nmero de Centros del mbito de gestin de la Consejera deEducacin, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, cuando no obtuvieran destinodenitivo, quedarn en la situacin de excedencia voluntaria.c) Los funcionarios y funcionarias que habiendo estado adscritos a plazas en el exterior deban reincorporarse almbito de gestin de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-LaMancha en el curso 2013/2014, o que habindose reincorporado en cursos anteriores no hubieran obtenido an undestino denitivo.Los profesores que deseen ejercitar el derecho preferente a la localidad o mbito territorial a que se reere el ar-tculo 14.4 del Real Decreto 1138/2002, de 31 de octubre, por el que se regula la Administracin del Ministerio deEducacin en el exterior (BOE n 262, de 01/11/2002), debern solicitar todas las plazas de la localidad en la quetuvieron su ltimo destino denitivo a las que puedan optar en virtud de las especialidades de las que sean titulares,

    a excepcin de las excluidas de la asignacin forzosa de acuerdo con lo establecido en el apartado 3 de esta Base,que podrn ser solicitadas con carcter voluntario.Si participando no obtuvieran destino, quedarn adscritos provisionalmente a plaza disponible en centros de dichalocalidad dependientes de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castila-La Mancha.A los profesores y profesoras que debiendo participar no concursen, o si habiendo participado sin ejercer el derechopreferente a que se reere el prrafo anterior no obtuvieran destino en las plazas solicitadas, se les aplicar lo dis -puesto en el apartado f) de esta Base a efectos de la adjudicacin de destino y, en caso de no obtener destino, sernadscritos provisionalmente a la provincia en la que prestaban servicio en el momento de producirse la adscripcin.d) Los funcionarios y funcionarias que se encuentren adscritos a puestos de Funcin Inspectora y deban reincor-porarse a la docencia en el curso 2014/2015 o, que habindose reincorporado en cursos anteriores no hubieranobtenido an un destino denitivo.

    Si desean ejercer el derecho preferente a que se reere el artculo 18 del Real Decreto 1524/1989, de 15 de diciem-bre, vigente en virtud de lo dispuesto en la disposicin derogatoria del Real Decreto 2193/1995 de 28 de diciembre,debern solicitar todas las plazas de la localidad en la que tuvieran su ltimo destino denitivo a las que puedanoptar en virtud de las especialidades de las que sean titulares, a excepcin de las excluidas de la asignacin forzosade acuerdo con lo establecido en el apartado 3 de esta Base, que podrn ser solicitadas con carcter voluntario.Si participando no obtuvieran destino quedarn adscritos provisionalmente a dicha localidad.En el supuesto de que debiendo participar no concursen o, si habiendo participado sin ejercer el derecho preferentea que se reere el prrafo anterior, no obtuvieran destino en las plazas solicitadas, se les aplicar lo dispuesto en elapartado f) de esta Base a efectos de la adjudicacin de destino y, en caso de no obtener destino, sern adscritosprovisionalmente a la provincia en la que prestaban servicios en el momento de producirse la adscripcin.e) Los funcionarios y funcionarias que hayan perdido su destino denitivo en cumplimiento de sentencia, resolu-cin de recurso o por habrseles suprimido expresamente el puesto que desempeaban con carcter denitivo en

    centros del mbito de gestin de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades deCastilla-La Mancha.En el supuesto de que no concursen sern destinados de ocio en centros del mbito de gestin de la Consejera deEducacin, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a plazas para cuyo desempeorena los requisitos exigibles.Los que cumpliendo con la obligacin de concursar, no obtuvieran ningn destino de los solicitados durante seisconvocatorias, sern adscritos provisionalmente a la provincia en la que prestaban servicios en el momento de pro-ducirse la causa que origin la prdida de su destino denitivo.f) Los profesores y profesoras con destino provisional que durante el curso 2013/2014 estn prestando servicios enCentros del mbito de gestin de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades deCastilla-La Mancha, y que guran como tales en la Resolucin de 10/05/2013, de la Direccin General de RecursosHumanos y Programacin Educativa de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes de la Junta de Comunida-

    des de Castilla-La Mancha por la que se resolva denitivamente el concurso de traslados.A los profesores y profesoras incluidos en este apartado que no concursen o hacindolo no soliciten suciente n-mero de plazas vacantes se les adjudicar libremente destino denitivo en plazas de las especialidades de las quesean titulares en Centros ubicados en el mbito de gestin de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes de laJunta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

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    Estos participantes debern cumplimentar la parte de la solicitud de participacin relativa a adjudicacin de ocio,sealando, en el apartado correspondiente de la solicitud, la provincia o provincias de su preferencia a estos efec-tos.En el caso de no obtener destino denitivo quedarn en situacin de destino provisional en la provincia en la queaparecen destinados en la precitada Resolucin de 10/05/2013, de la Direccin General de Recursos Humanos yProgramacin Educativa de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Casti-lla-La Mancha y en la misma especialidad con la que guraban, salvo que ejerciten y obtengan la opcin de cambiode provincia a que se reere el apartado 5 de esta Base.g) Los funcionarios y funcionarias que, con prdida de la plaza docente que desempeaban con carcter denitivo,pasaron a prestar servicios en otros puestos de la Administracin manteniendo su situacin de servicio activo ensu Cuerpo docente, siempre que hayan cesado y obtenido un destino docente provisional en centros del mbito degestin de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.A los profesores y profesoras incluidos en este apartado que no concursen o hacindolo no soliciten suciente n-mero de plazas vacantes se les adjudicar libremente destino denitivo en plazas a las que puedan optar por lasespecialidades de las que sean titulares en centros del mbito de gestin de la Consejera de Educacin, Cultura yDeportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.Estos participantes debern cumplimentar la parte de la solicitud de participacin relativa a adjudicacin de ocio,

    sealando, en el apartado correspondiente de la solicitud, la provincia o provincias de su preferencia a estos efec-tos.En el caso de no obtener destino denitivo quedarn en situacin de destino provisional en la provincia en la quehayan prestando servicios durante el curso 2013/2014.h) Aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos convocados por Resoluciones de la Consejera deEducacin y Ciencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que no han completado o superado la fasede prcticas y se encuentran nombrados en prcticas en el curso 2013/2014.Estos participantes, estn obligados a obtener su primer destino denitivo en centros del mbito de gestin de laConsejera de Educacin, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. A tal efecto de-bern solicitar destino en Centros del mbito de gestin sealado anteriormente.Aquellos participantes que hubieran sido seleccionados por ms de una especialidad, participarn por aquella espe-cialidad en la que hayan realizado la fase de prcticas.

    En el supuesto de que se les hubiera concedido prrroga para la realizacin de la fase de prcticas en todas lasespecialidades en las que result seleccionado se estar, a efectos de determinar la especialidad de participacin,a la opcin que realice el interesado en su instancia de participacin.En caso de no manifestar esta opcin se entender que opta por la especialidad que tenga un cdigo ms bajo.Aquellos profesores que debiendo participar no concursen o, participando, no soliciten suciente nmero de centros,se les adjudicar libremente destino denitivo en plazas correspondientes a la especialidad por la que participen odebieran participar en Centros del mbito de gestin de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes de la Juntade Comunidades de Castilla-La Mancha.Estos participantes debern cumplimentar la parte de la solicitud de participacin relativa a adjudicacin de ocio,sealando, en el apartado correspondiente de la solicitud, la provincia o provincias de su preferencia a estos efec-tos.La adjudicacin de destino se har teniendo en cuenta el orden con el que guren en la Resolucin por la que se leshaya nombrado funcionarios en prcticas.En el caso de las personas que accedieron por el turno independiente de discapacitados se integrarn junto con losdel turno libre por orden de la puntuacin obtenida en el proceso selectivo.En el caso de no obtener destino denitivo quedarn en situacin de destino provisional en la provincia y especia -lidad en que les haya correspondido prestar servicios en el curso 2013/2014 como funcionarios en prcticas, salvoque ejerciten y obtengan la opcin a que se reere el apartado 4 de esta Base.El destino que pudiera corresponderles estar condicionado, en su caso, a la superacin de la fase de prcticas ynombramiento como funcionarios de carrera.En el caso de los funcionarios que tengan aplazadas la fase de prcticas o hayan interrumpido las mismas sin podernalizarlas o sean declarados no aptos en la fase de prcticas, si obtuvieran destino denitivo ste les ser anula -do, quedando en situacin de destino provisional, estando en la obligacin de participar en el siguiente concurso detraslados que se convoque.

    2. No obstante lo dispuesto en el punto anterior, quedan exceptuados de la obligatoriedad de concursar:

    a) Quienes procediendo del Cuerpo de Maestros hayan accedido al Cuerpo de Profesores de Enseanza Secun -daria a travs del procedimiento de acceso a Cuerpos docentes de Grupo Superior y se encuentren prestandoservicios en la misma especialidad, con carcter denitivo, en los dos primeros cursos de la Educacin Secundaria

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    Obligatoria, en el mbito de gestin de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidadesde Castilla-La Mancha.Estos profesores y profesoras, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 6 del artculo 36 del Real Decreto276/2007, de 23 de febrero, sern conrmados en los destinos que vinieran ocupando una vez que, aprobado el

    expediente de los procedimientos selectivos, sean nombrados funcionarios y funcionarias de carrera todos los aspi-rantes seleccionados en los mismos.La opcin por la conrmacin de destino deber ser manifestada con carcter obligatorio a travs de escrito dirigidoal Director General de Recursos Humanos y Programacin Educativa en el plazo de presentacin de instancias aque se reere la Base decimocuarta de esta Resolucin, acompandose, a este escrito, certicado del ServicioPerifrico correspondiente de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes, acreditativo de la plaza que se estdesempeando, haciendo constar, adems, que se dan las circunstancias indicadas.b) Los funcionarios y funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros que, teniendo destino denitivo en una Unidadde Orientacin, hayan accedido al Cuerpo de Profesores de Enseanza Secundaria por el procedimiento de accesoa Cuerpos de Grupo Superior por la especialidad de Orientacin Educativa, y opten por permanecer en el destinoque tenan como Maestros, siempre que est ubicado dentro del mbito de gestin de la Consejera de Educacin,Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y haya superado los procedimientos selec-tivos por la convocatoria realizada por esta Comunidad Autnoma.Estos profesores y profesoras, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 6 del artculo 36 del Real Decreto276/2007, de 23 de febrero, sern conrmados en los destinos que vinieran ocupando una vez que, aprobado elexpediente de los procedimientos selectivos, sean nombrados funcionarios y funcionarias de carrera todos los aspi-rantes seleccionados en los mismos.La opcin por la conrmacin de destino deber ser manifestada con carcter obligatorio a travs de escrito dirigidoal Director General de Recursos Humanos y Programacin Educativa en el plazo de presentacin de instancias aque se reere la Base decimocuarta de esta Resolucin, acompandose, a este escrito, certicado del ServicioPerifrico correspondiente de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes, acreditativo de la plaza que se estdesempeando, haciendo constar, adems, que se dan las circunstancias indicadas.c) Los Profesores Tcnicos de Formacin Profesional que procedentes de un puesto denitivo en la especialidadde Tecnologa hayan accedido al Cuerpo de Profesores de Enseanza Secundaria por el procedimiento de accesoa Cuerpos de Grupo Superior por la especialidad de Tecnologa y opten por permanecer en el mismo centro dondese encuentren destinados en dicha especialidad con carcter denitivo, siempre que est ubicado dentro del mbitode gestin de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha yhaya superado los procedimientos selectivos por la convocatoria realizada por esta Comunidad Autnoma.Estos profesores y profesoras, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 6 del artculo 36 del Real Decreto276/2007, de 23 de febrero, sern conrmados en los destinos que vinieran ocupando una vez que, aprobado elexpediente de los procedimientos selectivos, sean nombrados funcionarios y funcionarias de carrera todos los aspi-rantes seleccionados en los mismos.La opcin por la conrmacin de destino deber ser manifestada con carcter obligatorio a travs de escrito dirigidoal Director General de Recursos Humanos y Programacin Educativa en el plazo de presentacin de instancias aque se reere la Base decimocuarta de esta Resolucin, acompandose, a este escrito, certicado del ServicioPerifrico correspondiente de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes, acreditativo de la plaza que se estdesempeando, haciendo constar, adems, que se dan las circunstancias indicadas.

    3. En ningn caso, se adjudicarn con carcter forzoso las plazas correspondientes a:- Las Unidades de Orientacin que se relacionan en el Anexo II b), los Centros de Educacin Infantil y Primaria rela-cionados en el Anexo II b.2) y Centros de Educacin Especial relacionados en el Anexo II d)- Centros de Educacin Permanente de Adultos que se relacionan en el Anexo II c)- Unidades de Formacin Profesional Especial que se relacionan en el Anexo II d)- Plazas de profesores de Apoyo en los Departamentos de Orientacin de los Institutos de Educacin Secundariaque se indican en el Anexo II a)- Plazas de Cultura Clsica.- Plazas correspondientes al Convenio con The British Council.- Plazas consideradas Bilinges, pertenecientes a centros participantes en los Programas Lingsticos creados en

    virtud del Decreto 7/2014, de 22/01/2014, por el que se regula el plurilingismo en la enseanza no universitaria enCastilla-La Mancha. (DOCM n 17, de 27/01/2014)

    4.- En previsin de que a travs del presente concurso no se obtuviera destino denitivo, aquellos concursantes quedeseen prestar servicios con carcter provisional en una provincia del mbito de gestin de la Consejera de Edu-

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    cacin, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha distinta de aqulla en la que hayanprestado servicios en el presente curso 2013/2014, debern hacerlo constar en la solicitud de participacin.

    Para ello, debern consignar, en el apartado correspondiente de la instancia de participacin, el cdigo de la pro-vincia donde desearan, en su caso, desempear su funcin docente con carcter provisional durante el curso2014/2015, teniendo en cuenta que el nmero de posibles cambios en cada provincia ser determinado por la Direc-cin General de Recursos Humanos y Programacin Educativa de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportesde la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a propuesta de los Servicios Perifricos de dicha Consejera,de acuerdo con las necesidades derivadas de la planicacin educativa.

    Dcima. Derechos Preferentes.

    El personal funcionario que tenga derecho preferente a obtener destino en un centro, una localidad o mbito te-rritorial determinado, si desea hacer uso de este derecho hasta que alcance aqul, deber participar en todas lasconvocatorias que, a estos efectos, realicen las Administraciones educativas, en la forma establecida en las mismas.De no participar, se le tendr por decado del derecho preferente.

    1. Derecho preferente a centro:

    Con ocasin de vacante tendr derecho preferente para obtener destino denitivo en el mismo centro en el que hayatenido destino denitivo el profesorado que, encontrndose en alguno de los supuestos que se indican, rena lascondiciones establecidas para su desempeo y por el orden de prelacin en que los mismos se relacionan:

    1.1. Por supresin de la plaza o puesto que desempeaban con carcter denitivo en un centro, hasta que obtenganotro destino denitivo, siempre que renan los requisitos exigidos para su desempeo en la presente convocatoria.

    1.2. Por modicacin de la plaza o puesto que desempeaban con carcter denitivo en un centro, hasta que ob -tengan otro destino denitivo, siempre que renan los requisitos exigidos para su desempeo en la presente con-vocatoria.

    1.3. Por desplazamiento de sus centros por insuciencia total de horario, en las mismas condiciones que los titularesde los puestos suprimidos.

    1.4. Para el profesorado de los Cuerpos de Catedrticos de Enseanza Secundaria, Profesores de Enseanza Se-cundaria y Profesores Tcnicos de Formacin Profesional por adquisicin de nuevas especialidades al amparo de lodispuesto en los Reales Decretos 850/1993, de 4 de junio, 334/2004, de 27 de febrero y 276/2007, de 23 de febrero,para obtener un puesto de la nueva especialidad adquirida en el centro donde tuvieran su destino denitivo.

    Una vez obtenido el nuevo puesto solo se podr ejercer este derecho con ocasin de la adquisicin de otra nuevaespecialidad.

    Cuando concurran dos o ms funcionarios de carrera en los que se den las circunstancias sealadas en cada unode los apartados anteriores, se adjudicar la plaza a quien cuente con mayor puntuacin en la aplicacin del baremode mritos que acompaa a la presente Resolucin como Anexo I.

    En el supuesto de que se produjesen empates en las puntuaciones se utilizar como primer criterio de desempateel mayor tiempo de servicios efectivos como funcionario de carrera en el centro y, de resultar necesario, los demscriterios previstos en el punto 3 de la Base decimosptima de la presente convocatoria (Criterios de desempate)en el orden en el que aparecen en el mismo.Quienes ejerzan este derecho debern cumplimentar la parte de la instancia habilitada para tal n, consignando elcdigo de Centro, rellenando la marca correspondiente al supuesto por el que ejerce este derecho y marcando pororden de preferencia los cdigos de los tipos de plaza (especialidad) por los que desean ejercer este derecho.

    2. Derecho preferente a localidad o mbito territorial:

    Tendr derecho preferente con ocasin de vacante a obtener destino denitivo en centros de una localidad o mbitoterritorial el personal funcionario de carrera que, encontrndose en alguno de los supuestos que se indican, renalas condiciones que se establezcan y por el orden de prelacin en que los mismos se relacionan:

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    2.1. Por supresin o modicacin de la plaza o puesto de trabajo que desempaaban con carcter denitivo en uncentro gozarn, hasta que obtengan otro destino denitivo, de derecho preferente para obtener otra plaza o puestoen otro centro de la misma localidad donde estuviera ubicado el centro donde se les suprimi la plaza o puesto o, ensu caso, en otro del mbito territorial correspondiente.

    2.2. Por desplazamiento de su centro por insuciencia total de horario, en las mismas condiciones que los titularesde los puestos suprimidos.2.3. Por haber pasado a desempear otro puesto en la Administracin Pblica, con prdida de la plaza docente quedesempeaban con carcter denitivo, y siempre que hayan cesado en el ltimo puesto.

    2.4. Por haber perdido la plaza o puesto de trabajo que desempeaban con carcter denitivo, tras la concesin dela situacin de excedencia voluntaria para atender al cuidado de familiares e hijos prevista en el artculo 89.4 de laLey 7/2007 de 12 de abril por el transcurso del periodo de tiempo que determine la normativa a aplicar.

    2.5. Por reincorporacin a la docencia en Espaa, de conformidad con los artculos 10.6 y 14.4 del Real Decreto1138/2002, de 31 de octubre, por el que se regula la Administracin del Ministerio de Educacin en el exterior, por na-

    lizacin de la adscripcin en puestos o plazas en el exterior o por alguna otra de las causas legalmente establecidas.

    2.6. En virtud de ejecucin de sentencia o resolucin de recurso administrativo.2.7. Los que tras haber sido declarados jubilados por incapacidad permanente hayan sido rehabilitados para elservicio activo.

    Cuando concurran dos o ms funcionarias o funcionarios de carrera en los que se den las circunstancias sealadasen cada uno de los apartados anteriores, se adjudicar la plaza a quien cuente con mayor puntuacin en la aplica-cin del baremo de mritos.

    2.8. En el lugar correspondiente de la instancia deber consignarse el cdigo de la localidad de la que dimana el

    derecho, rellenando la marca correspondiente al supuesto por el que ejerce este derecho y marcando por orden depreferencia los cdigos de los tipos de plaza (especialidad) por los que desean ejercer este derecho.

    Obtenida reserva de localidad y especialidad, como consecuencia del ejercicio del derecho preferente, el destino enCentro concreto lo alcanzarn en funcin de la puntuacin obtenida en el baremo, en concurrencia con los demsparticipantes en el concurso de traslados.

    Para la obtencin de Centro concreto, quienes ejerzan este derecho preferente debern relacionar, segn sus pre-ferencias y en el lugar sealado al efecto en la instancia, todos los Centros de la localidad de la que les procede elderecho. De pedir localidad ser destinado a cualquier centro de la misma en que existan vacantes.

    De no solicitar todos los centros de la localidad de la que le dimana el derecho, caso de existir vacante en algunode ellos se les destinar libremente por la Administracin a cualquiera de los Centros restantes de dicha localidad,por el orden en que aparecen relacionados para cada Cuerpo en los Anexos, exceptuando los centros excluidos deadjudicacin a forzosos.

    Los Centros o localidades solicitados para ejercer este derecho preferente debern consignarse en primer lugar enla instancia de participacin y con el cdigo de tipo de plaza o especialidad DPL, para poder distinguir claramenteestas peticiones de otras peticiones de centros o localidades que no correspondan a ningn derecho preferente.

    3. Prioridad entre los diferentes derechos de movilidad.

    La prelacin entre los diferentes derechos de movilidad es la siguiente:

    1 Derecho preferente a centro.

    2 Derecho preferente a localidad o mbito territorial.3 Concurso general.

    Esta prelacin implica una prioridad en la adjudicacin de vacantes y resultas en favor de los participantes que ejer-cen estos derechos de movilidad.

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    No podr adjudicarse plaza a un funcionario que ejerza un derecho de movilidad si existe solicitante con derecho aesa plaza que ejerza un derecho de movilidad prioritario.

    Es compatible el ejercicio simultneo, de asistir derecho, de dos o ms derechos de movilidad, utilizando una nica

    instancia. Las peticiones se atendern con la prelacin indicada anteriormente y, una vez obtenido destino, no setendrn en cuenta las restantes peticiones.

    4. Prioridad en la adjudicacin de vacantes.

    Teniendo presente la prelacin sealada en al apartado 3 anterior y las reglas de prioridad en la adjudicacin esta-blecidas en los apartados 1 y 2 de esta Base, el orden de prioridad para la adjudicacin de las plazas vendr dadopor la puntuacin obtenida segn el baremo de mritos que gura como Anexo I de esta convocatoria. En ltimainstancia se aplicarn los criterios de desempate previstos en el punto 3 de la base decimosptima de la convoca-toria.

    Undcima. Derecho de concurrencia.

    1. Se entiende por derecho de concurrencia la posibilidad de que varios funcionarios de carrera de un mismo cuerpodocente con destino denitivo condicionen su voluntaria participacin en el concurso a la obtencin de destino enuno o varios centros de una provincia determinada.2. Este derecho tendr las siguientes peculiaridades:

    2.1. Las personas participantes incluirn en sus peticiones centros de una sola provincia, la misma para cada grupode concurrencia.

    2.2. El nmero de personas participantes en cada grupo ser, como mximo, de cuatro.

    2.3. La adjudicacin de destino vendr determinada por la aplicacin del baremo de mritos que se indica en elAnexo I.

    2.4. Esta modalidad de participacin tiene como nalidad que todas las personas participantes de un mismo grupoobtengan a la vez destino en uno o varios centros de una misma provincia. En el caso de que alguno de ellos nopudiera obtener una plaza se considerarn desestimadas por esta va todas las solicitudes del grupo.

    Duodcima. Forma de participacin.

    1. Los participantes, cualquiera que sea el contenido de sus peticiones, debern presentar una nica instancia. Lainstancia deber cumplimentarse mediante Internet.

    A la solicitud se accede mediante conexin a la intranet docente donde se ubicar un acceso directo a la solicitud,que permitir el envo telemtico de datos, o imprimirse, rmarse y presentarse ante la Administracin. Si se opta porel envo telemtico de datos, los documentos originales podrn ser digitalizados y presentados junto a la solicitudcomo archivos anexos a la misma.

    En el caso de no elegir la presentacin telemtica, se deber imprimir la instancia una vez cumplimentada, y trasser rmada podr presentarse en los Registros de los Servicios Perifricos de la Consejera de Educacin, Culturay Deportes, en los Servicios centrales de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes, o en cualquiera de lasdependencias a las que alude el artculo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de lasAdministraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn.

    En el caso de participantes que no dispusieran de claves de acceso a la intranet docente, durante el plazo de pre-sentacin de solicitudes, se les facilitar dicho acceso. A tal n, debern dirigirse a la siguiente direccin de correoelectrnico: [email protected], o personarse en uno de los servicios perifricos provinciales de la Consejerade Educacin, Cultura y Deportes, de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, y se les facilitar dicho ac-ceso con el n de que puedan cumplimentar la instancia.

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    2. A la instancia de participacin debern acompaar los siguientes documentos:- Hoja de servicios expedida por el Servicio Perifrico correspondiente de Educacin, Cultura y Deportes y cerradaal ltimo da del plazo de presentacin de solicitudes de participacin, que ser incorporada de ocio por la Admi-

    nistracin.Para acreditar el desempeo de los diferentes cargos a efectos del baremo de mritos del concurso, desempeadosen Administracin diferente a la de Castilla La Mancha, debern aportarse los documentos de nombramiento (conindicacin de la fecha de toma de posesin) y cese correspondientes o, en su caso, certicacin en la que consteque a la fecha de nalizacin del plazo de presentacin de solicitudes se contina en el cargo.En el caso de que el docente hubiera comprobado a travs de la intranet docente que, en su hoja de servicios, noaparece reejado o lo hace de forma incorrecta, algn cargo desempeado, podr acreditar el haber desempeadodicho cargo del mismo modo previsto en el prrafo anterior.- Extracto de Formacin expedido por el Servicio Perifrico correspondiente de Educacin, Cultura y Deportes, re-ferido a cursos de perfeccionamiento superados, y cerrado al ltimo da del plazo de presentacin de solicitudes departicipacin, que ser incorporado de ocio por la Administracin.- Certicacin expedida por el Servicio Perifrico correspondiente de Educacin, Cultura y Deportes, acreditativa

    de que el centro de su destino est clasicado como de especial dicultad por tratarse de difcil desempeo, a losefectos previstos en el subapartado 1.1.3 del baremo.- Toda la documentacin justicativa para la valoracin de los mritos a que se hace referencia en el baremo queaparecen como Anexo I a la presente Resolucin.

    En lo que se reere a los cursos de perfeccionamiento, si el participante opta por aportar documentacin acreditativade cada actividad de formacin superada, en sta debe constar inexcusablemente, el nmero de horas o de crditosde duracin del curso o cursos. Aquellos en los que no se hiciera mencin de tal circunstancia, no tendrn ningnvalor a los efectos del baremo de mritos. No ser necesario aportar documentacin alguna sobre los mritos con-tenidos en el Extracto de formacin que, ser aportado de ocio por la Administracin.

    Para obtener puntuacin por las titulaciones universitarias de carcter ocial, habr de presentarse fotocopia del

    ttulo exigido con carcter general para ingreso en el Cuerpo y cuantos otros presente como mritos.

    Para que sean puntuadas la titulaciones de primer ciclo, ser necesario presentar fotocopia del ttulo de Diplomado oen su caso certicacin acadmica en la que se haga constar que se han cursado y superado todas las asignaturascorrespondientes a dicho ciclo de una licenciatura, ingeniera o arquitectura, no entendindose como titulacin deprimer ciclo la superacin de alguno de los cursos de Adaptacin.

    La presentacin de la fotocopia del ttulo de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto dar lugar, exclusivamente, al reco-nocimiento de la puntuacin correspondiente a la titulacin de 2 Ciclo.

    No sern tenidos en cuenta los mritos no invocados en las solicitudes, ni tampoco aquellos que no se justiquendocumentalmente durante el plazo de presentacin de las mismas y con arreglo a la documentacin justicativaestablecida en el baremo de mritos. nicamente sern tenidos en cuenta los mritos alegados y perfeccionadoshasta la fecha de la nalizacin del plazo de presentacin de solicitudes.

    Decimotercera. Lugar de presentacin de solicitudes.

    En el caso de que no se opte por el envo telemtico, la instancia una vez cumplimentada, impresa y rmada podrpresentarse en los Registros de los Servicios Perifricos de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes, en laConsejera de Educacin, Cultura y Deportes, o en cualquiera de las dependencias a las que alude el artculo 38.4de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del ProcedimientoAdministrativo Comn.

    Las direcciones de los Servicios Perifricos de Educacin, Cultura y Deportes son las siguientes:

    - Albacete: Avda. de la Estacin 2 - 02001 Albacete.- Ciudad Real: Avda. Alarcos, 21 - 13071 Ciudad Real.- Cuenca: Avda. Repblica Argentina, 16 - 16002 Cuenca.- Guadalajara: Calle Juan Bautista Topete, 1 - 19071 Guadalajara.- Toledo: Avda. Europa, 26 - 45003 Toledo.

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    Las ocinas receptoras debern remitir las solicitudes al Servicio Perifrico de la Consejera de Educacin, Cultura yDeportes correspondiente a la provincia donde radique el destino denitivo del participante y, en el caso de carecerdel mismo, al Servicio Perifrico de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes correspondiente a la provinciadonde preste servicios como provisional.

    En el caso de que se optara por presentar la solicitud ante una ocina de correos, se har en sobre abierto, para quela instancia sea fechada y sellada por el personal funcionario de correos antes de ser certicada.En todos los documentos presentados deber hacerse constar el Nombre, Apellidos, Especialidad y Cuerpo delconcursante.

    Decimocuarta. Plazo de presentacin de solicitudes.El plazo de presentacin de solicitudes de participacin y documentacin que la acompaa ser de 15 das hbilescontados desde el 29/01/2014, entendiendo como primer da hbil el citado da 29. Por tanto, el plazo se inicia el da29/01/2014 y naliza el 14/02/2014 (incluido).

    Las condiciones que se exigen en esta convocatoria y los mritos que aleguen los participantes han de tenersecumplidos o reconocidos en la fecha de terminacin del plazo de presentacin de solicitudes, con las excepcionesprevistas en la propia convocatoria.

    Decimoquinta. Normas sobre cumplimentacin de instancias.Los concursantes en las instancias de participacin solicitarn las plazas por orden de preferencia, consignando loscdigos de centros y tipos de plaza que se correspondan con los que aparecen en los Anexos que acompaan a lapresente resolucin. El nmero de peticiones que cada participante puede incluir en su solicitud, ejerza uno o msderechos de movilidad, no podr exceder de 300.

    No obstante lo anterior, a n de simplicar y facilitar a los participantes la realizacin de sus peticiones, aquellos

    concursantes que deseen solicitar todos los centros correspondientes a una localidad podrn, en lugar de realizar lapeticin consignando los cdigos de todos y cada uno de los centros por orden de preferencia, anotar nicamentelos cdigos correspondientes a la localidad y tipo de plaza, entendindose, en este caso, que solicitan todos loscentros de la localidad de que se trate en el mismo orden de preferencia con el que aparecen publicados en el Anexocorrespondiente de la convocatoria y siempre referidos a los centros que aparecen en ese Anexo, con excepcin delos centros relacionados en los Anexo II b), II b.1, II b.2) II c) y II d) que debern ser en todo caso, consignados deforma individual y por orden de preferencia.

    Si respecto a todos los centros de una localidad deseara solicitarse alguno o algunos de ellos prioritariamente, estoscentros podrn consignarse como peticiones individualizadas por orden de preferencia y a continuacin consignarel cdigo correspondiente a la localidad y especialidad, entendindose incorporados a sus peticiones los restantescentros en el mismo orden en que aparecen publicados en el Anexo correspondiente de la convocatoria.

    En cualquier caso, se entendern solicitadas por los concursantes exactamente la plaza o plazas a que correspondanlos cdigos consignados en sus instancias de participacin. Las peticiones cuyos cdigos resulten incompletos, inexis-tentes o no se correspondan con tipos de plazas que puedan ser solicitadas por el participante sern anuladas.

    Si la totalidad de las peticiones resultasen anuladas por cualquiera de las circunstancias anteriores, el concursanteser excluido de la adjudicacin de destinos, sin perjuicio de los supuestos de asignacin de destino de ocio pre-vistos en la presente convocatoria.

    Si se pide ms de una plaza-especialidad de un mismo Centro o localidad es necesario repetir el Centro o localidadtantas veces como puestos solicitados.

    Al consignar las peticiones, cualquier dato omitido o consignado errneamente por la persona interesada no ser

    susceptible de subsanacin y no podr ser invocado por sta a efectos de futuras reclamaciones, ni considerar portal motivo lesionados sus intereses y derechos.

    Finalizado el plazo de presentacin de solicitudes de participacin, por ningn concepto se alterarn las peticio-nes, ni an cuando se trate del orden de prelacin de las plazas solicitadas. Cuando los datos consignados estn

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    incompletos o no se coloquen en la casilla correspondiente se considerarn no incluidos en la peticin y no sernsubsanables, perdiendo todo derecho a ellos los concursantes.

    Opcin sobre puntuacin, apartados 3, 4, 5 y 6 del baremo de mritos.- Respecto de los apartados 3, 4, 5 y 6 delbaremo de mritos, los participantes en el presente concurso de traslados que hubieran participado en el concursode traslados del pasado curso (2012/2013) convocado por Resolucin de la Consejera de Educacin, Cultura yDeportes de 25/10/2012, podrn manifestar una de las siguientes opciones en la parte de la instancia destinada atal n:

    1) Aquellos profesores que participaron en la convocatoria para la provisin de puestos de trabajo efectuada porResolucin de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes de 25/10/2012 (DOCM n 211, de 29/10/012), po-drn optar por que se valoren los mritos de los apartados 3, 4, 5 y 6 del baremo de acuerdo con la documentacinpresentada en la anterior convocatoria marcando en la instancia, para cada uno de los apartados mencionados, laopcin Opta por la puntuacin obtenida en este apartado en el concurso de traslados 2012-2013, no debiendoaportar la documentacin de dichos apartados.2) En aquellos casos en que no estn conformes con la puntuacin adjudicada en los apartados 3, 4, 5 o 6 en elanterior concurso, debern presentar nuevamente toda la documentacin de todos los apartados respecto de los

    cuales deseen ser baremados nuevamente, en los trminos y condiciones sealados en esta base Decimoquinta,marcando en la solicitud la opcin Opta por ser baremado nuevamente en este apartado.En particular, se excepta de esta obligacin de acreditacin, la formacin contenida en el Extracto de formacin,que ser incorporado de ocio por la Administracin.3) En relacin con la valoracin de los mritos de los apartados 3, 4, 5 y 6 los solicitantes tambin podrn optar porque se aadan a los mritos baremados de acuerdo con la documentacin presentada en la convocatoria anterior,los perfeccionados desde la fecha de nalizacin del plazo de presentacin de solicitudes de participacin estable-cido en la convocatoria efectuada por la Resolucin de 25/10/2012.Para ello marcarn en la solicitud, para cada uno de los apartados mencionados, la opcin Opta por los mritosperfeccionados desde el 23/11/2012 en este apartado (ampliacin de mritos) y aportarn nicamente la documen-tacin correspondiente a los nuevos mritos que hayan de valorarse, en los trminos y condiciones sealados enesta base Decimoquinta

    En el caso de que los nuevos mritos se hallen reejados en el Extracto de formacin, no ser necesario aportardocumentacin alguna, al ser incorporado de ocio dicho Extracto de formacin por la Administracin.

    En aquellos casos en los que el participante no marque casilla alguna se estar al siguiente rgimen:

    1. Se entender que opta por nueva baremacin, si no ha participado en el concurso de traslados del ao anterior.2. Se entender que opta por mritos perfeccionados desde el 23/11/2012, si particip en la convocatoria del aoanterior y aporta la documentacin correspondiente a estos nuevos mritos o con su Extracto de formacin se com-prueba que ha perfeccionado nuevos mritos desde la fecha sealada.3. En el caso de que no aporte documentacin correspondiente a nuevos mritos, ni se contengan en su Extracto deformacin mritos perfeccionados desde el 23/11/2012, se entender que opta por la puntuacin de la convocatoriaanterior.

    En todo caso, la Administracin podr requerir a quienes se acojan a lo indicado en este apartado las aclaracionesy documentos necesarios para resolver las dudas y reclamaciones planteadas.

    Los participantes en el presente concurso 2013/2014 que no hubieran participado en el anterior concurso de trasla-dos convocado el curso pasado (2012/2013), debern aportar toda la documentacin acreditativa de los mritos aefectos de su baremacin, en los trminos y condiciones sealados en esta base Decimoquinta, teniendo en cuentala excepcin sealada respecto a los mritos contenidos en su Extracto de formacin que, una vez validado por elinteresado, ser aportado de ocio por la Administracin.En lo que se reere a los cursos de perfeccionamiento, si el participante opta por aportar documentacin acreditativade cada actividad de formacin superada, en sta debe constar el nmero de horas o de crditos de duracin del

    curso o cursos. Aqullos en los que no se hiciera mencin de tal circunstancia, no tendrn ningn valor a los efectosdel baremo de mritos.En la instancia a presentar por los participantes, estos debern efectuar declaracin responsable de que los datosincluidos y documentos aportados son veraces y coinciden con la realidad, as como que declara conocer que en el

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    caso de falsedad en los datos y/o en la documentacin aportados, u ocultamiento de informacin, de la que puedadeducirse intencin de engao en benecio propio o ajeno, podr ser excluido de este procedimiento, ser objeto desancin y, en su caso, los hechos se pondrn en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pudieran ser constitutivosde un ilcito penal.

    As mismo, en la instancia podrn prestar su consentimiento para que la Administracin pueda consultar y compro-bar sus datos.

    Aquel participante que no preste dicho consentimiento a la consulta y comprobacin de sus datos, estar obligadoa aportar el documento original o copia autntica que acredite los mismos.

    Decimosexta. Comisiones de valoracin.

    Para la evaluacin de los mritos alegados y debidamente justicados por las personas concursantes, en lo que sereere a los apartados 3 (Mritos acadmicos) y en los subapartados 5.1, 5.2, 6.1, 6.2 y 6.3 del baremo de pun -tuaciones (Anexo I a la presente resolucin), en cada Servicio Perifrico de la Consejera de Educacin, Cultura yDeportes se constituir una Comisin integrada por los siguientes miembros designados por la persona titular delServicio Perifrico correspondiente:

    Un presidente designado por la persona titular del Servicio Perifrico correspondiente. La persona designada podrser Inspector de Educacin con destino en la Inspeccin Provincial de Educacin.

    Cuatro funcionarios de carrera en activo de los Cuerpos y especialidades correspondientes, de igual o superiorgrupo de clasicacin, dependientes del Servicio Perifrico de Educacin Cultura y Deportes, que actuarn comovocales, pudindose designar una nica Comisin de valoracin para varios Cuerpos o especialidades.

    Actuar como Secretario el vocal de menor edad.

    Las Organizaciones Sindicales representativas podrn formar parte de las Comisiones de Valoracin.

    El nmero de los representantes de las Organizaciones Sindicales ser menor al de los miembros designados apropuesta de la Administracin.

    Los miembros de las Comisiones debern pertenecer a grupo de titulacin igual o superior al exigido para los pues-tos convocados.

    Excepcionalmente, cuando las caractersticas del Cuerpo y especialidades as lo aconsejen, podr designarse unanica Comisin de valoracin para varios Cuerpos o especialidades.

    La Direccin General de Recursos Humanos y Programacin Educativa podr nombrar una Comisin para la coor-dinacin de los trabajos de valoracin de mritos.

    Los miembros de las Comisiones estarn sujetos a las causas de abstencin y recusacin establecidas en los art-culos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y delProcedimiento Administrativo Comn.

    La asignacin de la puntuacin que corresponde a los concursantes por los restantes apartados del baremo de mri-tos, se llevar a cabo por las Unidades de Personal de los Servicios Perifricos de Educacin, Cultura y Deportes.

    No sern tenidos en cuenta los mritos no invocados en las solicitudes ni los que no se justiquen conforme a lo es-tablecido en la convocatoria, durante el plazo de presentacin de solicitudes. Podr ser anulado el destino obtenidopor cualquier participante que no se haya ajustado a las normas de esta convocatoria.

    Decimosptima. Publicacin de puntuaciones.1. Con anterioridad a la adjudicacin provisional de destinos y antes del da 7 de abril de 2014, los Servicios Perif-ricos de Educacin Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, expondrn en el tablnde anuncios, y publicarn en Internet, en el Portal de Educacin (www.educa.jccm.es) y en el Tabln electrnico de

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    la Junta, la relacin de los participantes en el concurso, con expresin de la puntuacin que les corresponde porcada uno de los apartados del baremo.Los Servicios Perifricos de Educacin, Cultura y Deportes darn un plazo de cinco das hbiles, a contar desde el

    da siguiente al de su publicacin, para que los interesados presenten reclamaciones contra dicho baremo.

    Toda la documentacin quedar bajo custodia de cada Servicio Perifrico de Educacin, Cultura y Deportes.

    2. Una vez recibidas las actas de las Comisiones de valoracin con las puntuaciones asignadas a los concursantesy aprobadas las plantillas provisionales, se proceder a la adjudicacin provisional de los destinos que pudiera co-rresponderles con arreglo a las peticiones de los participantes, a las puntuaciones obtenidas segn el baremo AnexoI a la presente resolucin y a lo dispuesto en la misma.

    3. Criterios de desempate. Sin perjuicio de lo dispuesto respecto a los derechos preferentes recogidos en la BaseDcima de esta convocatoria, en el caso de que se produjesen empates en el total de las puntuaciones, stos seresolvern atendiendo sucesivamente a la mayor puntuacin en cada uno de los apartados del baremo conforme alorden en que aparecen en el mismo.

    Si persistiera el empate, se atender a la puntuacin obtenida en los distintos subapartados por el orden igualmenteen que aparecen en el baremo. En ambos casos, la puntuacin que se tome en consideracin en cada apartado nopodr exceder de la puntuacin mxima establecida para cada uno de ellos en el baremo, ni, en el supuesto de lossubapartados, la que corresponder como mximo al apartado en que se hallen incluidos.

    Cuando al aplicar estos criterios alguno o algunos de los subapartados alcance la mxima puntuacin otorgada alapartado al que pertenece, no se tomarn en consideracin las puntuaciones del resto de subapartados.

    De resultar necesario, se utilizar como criterio de desempate el ao en el que se convoc el procedimiento selectivoa travs del cual se ingres en el Cuerpo y la puntuacin por la que se result seleccionado.

    Decimoctava. Adjudicacin Provisional.

    La adjudicacin provisional de los destinos se har pblica en los Servicios Perifricos de la Consejera Educacin,Cultura y Deportes y en la sede de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades deCastilla-La Mancha, as como en Internet, en el Portal de Educacin (www.educa.jccm.es) y en el Tabln electrnicode la Junta

    Los concursantes podrn presentar reclamaciones a la resolucin provisional en el plazo de cinco das hbiles acontar desde el da siguiente al de su publicacin, en los Servicios Perifricos de Educacin, Cultura y Deportes,en la sede de la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes o en cualquiera de las dependencias a que aludeel artculo 38 de la Ley de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento AdministrativoComn.

    En el caso de que se optara por presentar la reclamacin ante una ocina de correos, se har en sobre abierto, paraque la instancia sea fechada y sellada por el personal funcionario de correos antes de ser certicada. Asimismo,aquellos profesores que participen de forma voluntaria, durante el plazo de reclamaciones referido anteriormentepodrn presentar renuncia total a su participacin en el concurso, entendiendo que la misma afecta a todas las pe-ticiones consignadas en su instancia de participacin.

    A estos efectos se hace constar que el hecho de no haber obtenido destino en la resolucin provisional no presupo-ne que no se pueda obtener destino en la resolucin denitiva. Las reclamaciones formuladas contra la resolucinprovisional sern resueltas mediante la resolucin por la que se adjudican destinos denitivos.

    Decimonovena. Resolucin denitiva.

    Resueltas las reclamaciones y renuncias a que se reere la Base anterior, se proceder a dictar la Resolucin por laque se aprueben las resoluciones denitivas de estos concursos de traslados. Dicha Resolucin se publicar en elDiario Ocial de Castilla-La Mancha y en la misma se anunciarn las fechas y lugares de exposicin de los listadoscon los resultados de los concursos y declarando desestimadas las reclamaciones no recogidas en las mismas.

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    Las plazas adjudicadas en dicha resolucin son irrenunciables, debiendo incorporarse los participantes a las plazasobtenidas. An cuando se concurra a plazas de diferentes especialidades solamente podr obtenerse un nicodestino.

    Cuando la adjudicacin del destino obtenido mediante la resolucin denitiva del concurso de traslados, fuese anu-lada como consecuencia de cumplimiento de sentencia o resolucin de recurso, el adjudicatario afectado quedarcon destino provisional.

    Vigsima. Reingresos y excedencias.

    1. Las personas participantes en el concurso de traslados que participaron en la convocatoria del mismo desde lasituacin de excedencia, en el caso de obtener destino vendrn obligadas a presentar en el Servicio Perifrico deEducacin, Cultura y Deportes en cuyo mbito de gestin radique el destino obtenido, y antes de la toma de pose-sin del mismo, copia de la orden o resolucin de excedencia y declaracin de no haber sido separado medianteexpediente disciplinario del servicio de las Administraciones Pblicas, ni hallarse inhabilitado para el ejerci de fun-ciones pblicas.En el caso de obtener destino y no tomar posesin del mismo, no podrn obtener el reingreso en el plazo de dosaos.

    2. Las personas que participen en esta convocatoria y soliciten y obtengan la excedencia en el transcurso de suresolucin, o cesen en el servicio activo por cualquier otra causa, se considerarn como excedentes o cesantes enla plaza que les corresponde en la misma, quedando esta como resulta para su provisin en prximos concursos.

    3. Las personas participantes que obtengan plaza en esta convocatoria y durante su tramitacin hayan permutadosus destinos, estarn obligados a tomar posesin de la plaza obtenida en el concurso, anulndose la permuta quese hubiera concedido.

    Vigsima primera. Toma de posesin.La toma de posesin en los nuevos destinos que se obtengan de acuerdo con lo dispuesto en la presente Resolu-cin tendr lugar el 1 de septiembre del 2014. No obstante los profesores que hayan obtenido destino en este con-curso debern permanecer en sus centros de origen hasta que concluyan las actividades imprescindibles previstaspara la nalizacin del curso.

    Vigsima segunda. Procedimiento de asignacin de vacantes con carcter provisional para el curso 2014/2015.1. Tras la resolucin denitiva del concurso de traslados convocado por la presente Resolucin, se llevar a cabo unproceso informtico de adjudicacin de destinos provisionales para el curso 2014/2015.

    2. Podrn participar en este proceso aquellos funcionarios y funcionarias dependientes de la Consejera de Educa-

    cin, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que habiendo participado voluntaria-mente en el concurso de traslados convocado por la presente Resolucin, no hayan renunciado a dicha participacinvoluntaria y no hayan obtenido destino denitivo en el mismo.

    Los que deseen participar en el proceso de asignacin de destinos provisionales debern manifestar su voluntad eneste sentido marcando la casilla correspondiente que gura en la Instancia de participacin en el concurso.

    Sern excluidos de este proceso de asignacin de destinos provisionales (concursillo), quienes obtengan destinoprovisional para el curso 2014/2015 en procesos de adjudicacin previos.

    3. En este proceso se ofertarn las plazas que, tras la resolucin denitiva del concurso general de traslados, existany se determinen por la Consejera de Educacin, Cultura y Deportes hasta el 15 de julio de 2014 y que se consideren

    de necesaria provisin para el curso 2014/2015. Asimismo se ofrecern las resultas que dejen aquellos participantesque, a su vez, sean adjudicatarios de un destino provisional en este proceso.

    4. La asignacin de plazas se llevar a cabo en funcin de las mismas peticiones, y en el mismo orden, realizadaspor las personas interesadas en su solicitud de participacin en el concurso general de traslados, y la prioridad en

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    la adjudicacin vendr dada por la puntuacin denitiva obtenida en el baremo de mritos del concurso general detraslados que se convoca mediante la presente resolucin.

    Por Resolucin de la Direccin General de Recursos Humanos y Programacin Educativa se realizar la adjudica -cin de plazas y se proceder a su publicacin en los tablones de anuncios de los Servicios Perifricos de la Con-sejera de Educacin, Cultura y Deportes, en la Sede de la propia Consejera de Educacin, Cultura y Deportes y enInternet, en el Portal de Educacin (www.educa.jccm.es).

    5. El destino adjudicado mediante este procedimiento tendr carcter provisional (solo para el curso 2014/2015), de-biendo el adjudicatario tomar posesin del mismo el 01/09/2014 y debiendo cesar en dicho destino el 31/08/2015.

    La adjudicacin de destino provisional en este procedimiento es irrenunciable y no supone la prdida del destinodenitivo que posean los adjudicatarios.

    Vigsima tercera. Movilidad por razn de violencia de gnero.1. De conformidad con lo dispuesto en el artculo 82 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Bsico del Em-

    pleado Pblico (BOE n 89, de 13 de abril) y en el artculo 4 del Real Decreto 1364/2010, las funcionarias de losCuerpos docentes que se vean obligadas a abandonar el puesto de trabajo en la localidad donde venan prestandosus servicios, para hacer efectiva su proteccin o el derecho a la asistencia social integral, tendrn derecho al tras-lado a otro puesto de trabajo propio de su Cuerpo.

    Este derecho deber ejercerse a las plazas vacantes existentes en los Centros de la localidad o localidades que lainteresada expresamente solicite, debiendo las solicitantes afectadas reunir los requisitos exigidos para el desem-peo de los puestos solicitados.

    2. Las funcionarias que ejerzan este derecho tendrn prioridad sobre el resto de participantes en la convocatoriarealizadas mediante la presente Resolucin. En todo caso se garantizar la condencialidad de los datos de la par-ticipante y de la adjudicacin.

    3. Las interesadas debern presentar escrito de solicitud indicando la localidad o localidades de su preferencia, ascomo la especialidad o especialidades solicitadas.

    A la solicitud se acompaar, como documentacin acreditativa de la situacin de violencia de gnero, copia de laorden de proteccin a favor de la vctima. Excepcionalmente, ser ttulo de acreditacin de esta situacin, el informedel Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es vctima de violencia de gnerohasta tanto se dicte la orden de proteccin.

    Vigsimo cuarta. Se faculta a la Direccin General de Recursos Humanos y Programacin Educativa para resolvercuantas dudas se susciten en el cumplimiento de lo dispuesto en esta convocatoria.

    Vigsima quinta. Recursos.

    Contra esta Resolucin, que pone n a la va administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativoante el Juzgado de lo contencioso-Administrativo de Toledo, en el plazo de dos meses a contar desde el da siguien-te al de su publicacin segn disponen los artculos 1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de laJurisdiccin Contencioso- Administrativa. Potestativamente se podr interponer recurso de reposicin ante el Con-sejero de Educacin, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el da siguiente al de su publicacin,conforme a lo dispuesto en los artculos 48.2, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdicode las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn.

    Toledo, 24 de enero de 2014El Consejero de Educacin, Cultura y Deportes

    MARCIAL MARN HELLN

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    ANEXO I

    Especificaciones a las que deben ajustarse los baremos de prioridades en la adjudicacin de destinos por medio de concurso detraslados de mbito regional entre funcionarios docentes de los Cuerpos de Catedrticos de Enseanza Secundaria, Profesoresde Enseanza Secundaria, Profesores Tcnicos de Formacin Profesional, Catedrticos de Escuelas Oficiales de Idiomas,Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Msica y Artes Escnicas, Catedrticos de Artes Plsticas yDiseo, Profesores de Artes Plsticas y Diseo y Maestros de Taller de Artes Plsticas y Diseo.

    Mritos Valoracin Documentos justificativos

    (1)

    1. Antigedad(ver disposicin complementaria segunda)

    1.1. Antigedad en el centro

    1.1.1. Por cada ao de permanencia ininterrumpida comopersonal funcionario de carrera con destino definitivo enel centro desde el que concursa.

    A los efectos de este subapartado nicamente serncomputables los servicios prestados como personalfuncionario de carrera en el cuerpo o cuerpos al quecorresponda la vacante

    Hoja de servicios expedida por laAdministracin educativa competente ottulo administrativo o credencial condiligencias de las distintas tomas deposesiones y ceses que haya tenido desde sunombramiento como funcionaria ofuncionario de carrera o, en su caso, de loscorrespondientes documentos de inscripcinen los Registros de Personal.

    Por el primero y segundo aos: ...La fraccin de ao se computar a razn de 0,1666puntos por cada mes completo

    2,0000 puntos porao

    Por el tercer ao: ...La fraccin de ao se computar a razn de 0,3333puntos por cada mes completo

    4,0000 puntos

    Por el cuarto y siguientes: ...

    La fraccin de ao se computar a razn de 0,5000puntos por cada mes completo

    6,0000 puntos por

    ao

    Para la valoracin del subapartado 1.1.1. se tendrn en cuenta las siguientes situaciones:- Se considera como centro desde el que se participa en el concurso aquel a cuya plantilla pertenezca el aspirante con destinodefinitivo, o en el que se est adscrito, siempre que esta situacin implique prdida de su destino docente, siendo nicamentecomputables por este subapartado los servicios prestados como personal funcionario de carrera en el cuerpo al que correspondala vacante.- En los supuestos de personal funcionario docente en adscripcin temporal en centros pblicos espaoles en el extranjero, o ensupuestos anlogos, la puntuacin de este subapartado vendr dada por el tiempo de permanencia ininterrumpida en dichaadscripcin. Este mismo criterio se seguir con quienes fueron nombrados para puestos u otros servicios de investigacin yapoyo a la docencia de la Administracin educativa siempre que el nombramiento hubiera supuesto la prdida de su destinodocente.Cuando se cese en la adscripcin y se incorpore como provisional a su Administracin educativa de origen, se entender comocentro desde el que se participa, el destino servido en adscripcin, al que se acumularn, en su caso, los servicios prestados

    provisionalmente, con posterioridad en cualquier otro centro.- Cuando se participe desde la situacin de provisionalidad por habrsele suprimido la plaza o puesto que se vena desempeadocon carcter definitivo, por haber perdido su destino en cumplimiento de sentencia o resolucin de recurso, o por provenir de lasituacin de excedencia forzosa, se considerar como centro desde el que se participa el ltimo servido con carcter definitivo, alque se acumularn, en su caso, los prestados provisionalmente, con posterioridad, en cualquier centro. Asimismo, tendrnderecho adems a que se les acumulen al centro de procedencia los servicios prestados con carcter definitivo en el centroinmediatamente anterior al ltimo servido con carcter definitivo. En su caso, dicha acumulacin se extender a los serviciosprestados con carcter definitivo en los centros que, sucesivamente, les fueron suprimidos.En el supuesto de que no se hubiese desempeado otro destino definitivo distinto del suprimido, tendr derecho a que se leacumulen al centro de procedencia los servicios prestados con carcter provisional antes de la obtencin del mismo, en cuyo casola puntuacin a otorgar se ajustar a lo dispuesto en el subapartado 1.1.2 del baremo.- Lo dispuesto en los dos prrafos anteriores ser igualmente de aplicacin a quienes participen en el concurso por haber perdidosu destino en cumplimiento de sancin disciplinaria de traslado forzoso con cambio de localidad de destino.- En los supuestos de primer destino definitivo obtenido tras la supresin de la plaza o puesto que se venia desempeando

    anteriormente con carcter definitivo, se consideraran como servicios prestados en el centro desde el que se concursa, losservicios que se acrediten en el centro en el que se les suprimi la plaza y, en su caso, los prestados con carcter provisional conposterioridad a la citada supresin. Este mismo criterio se aplicar a quienes hayan obtenido el primer destino tras haber perdidoel anterior por cumplimiento de sentencia, resolucin de recurso, o por provenir de la situacin de excedencia forzosa.

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    Mritos Valoracin Documentos justificativos

    (1)

    1.1.2. Por cada ao como personal funcionario de carreraen situacin de provisionalidad, siempre que se participedesde esta situacin: . 2,0000 puntos

    Hoja de servicios expedida por laAdministracin educativa competente ottulo administrativo o credencial condiligencias de las distintas tomas deposesiones y ceses que haya tenido desde sunombramiento como funcionaria ofuncionario de carrera o, en su caso, de loscorrespondientes documentos de inscripcinen los Registros de Personal.

    La fraccin de ao se computar a razn de 0,1666puntos por cada mes completo.Cuando se trate de personal funcionario de carrera queparticipe con carcter voluntario desde su primer destinodefinitivo obtenido por concurso, a la puntuacincorrespondiente al subapartado 1.1.1 se le sumar laobtenida por este subapartado. Una vez obtenido unnuevo destino no podr acumularse esta puntuacin

    1.1.3. Por cada ao como personal funcionario de carreraen plaza, puesto o centro que tenga la calificacin deespecial dificultad.

    La fraccin de ao se computar a razn de 0,1666puntos por cada mes completo.Esta puntuacin se aadir a la puntuacin obtenida porlos subapartados 1.1.1 o 1.1.2.No obstante, no se computar a estos efectos el tiempoque se haya permanecido fuera del centro en situacin deservicios especiales, en comisin de servicios, conlicencias por estudios o en supuestos anlogos.

    2,0000 puntos - Hoja de servicios expedida por laAdministracin educativa competente,acompaada de una certificacin expedidapor la misma, acreditativa de que la plaza,puesto o centro, tiene esa calificacin o- Certificacin de la Administracineducativa competente en donde conste lafecha de comienzo y fin de la prestacinefectiva de los servicios prestados en dichaplaza, puesto o centro, especificndose quelos mismos tienen la calificacin deespecial dificultad.

    1.2 Antigedad en el Cuerpo

    1.2.1. Por cada ao de servicios efectivos prestados ensituacin de servicio activo como personal funcionario decarrera en el cuerpo o cuerpos al que corresponda lavacante: ...

    Las fracciones de ao se computarn a razn de 0,1666puntos por cada mes completo.

    2,0000 puntos

    Hoja de servicios expedida por laAdministracin educativa competente ottulo administrativo o credencial condiligencias de las distintas tomas deposesiones y ceses que haya tenido desde sunombramiento como funcionaria ofuncionario de carrera o, en su caso, de loscorrespondientes documentos de inscripcinen los Registros de Personal.

    1.2.2. Por cada ao de servicios efectivos comopersonal funcionario de carrera en otros cuerpos docentesa los que se refiere la L.O.E. del mismo o superiorsubgrupo: ...

    Las fracciones de ao se computarn a razn de 0,1250puntos por cada mes completo.

    1,5000 puntos

    Hoja de servicios expedida por laAdministracin educativa competente ottulo administrativo o credencial condiligencias de las distintas tomas deposesiones y ceses que haya tenido desde sunombramiento como funcionaria ofuncionario de carrera o, en su caso, de loscorrespondientes documentos de inscripcinen los Registros de Personal.

    1.2.3. Por cada ao de servicios efectivos como personalfuncionario de carrera en otros cuerpos docentes a losque se refiere la L.O.E. de subgrupo inferior: ......

    Las fracciones de ao se computarn a razn de 0,0625puntos por cada mes completo.

    0,7500 puntos

    Hoja de servicios expedida por laAdministracin educativa competente ottulo administrativo o credencial condiligencias de las distintas tomas deposesiones y ceses que haya tenido desde su

    nombramiento como funcionaria ofuncionario de carrera o, en su caso, de loscorrespondientes documentos de inscripcinen los Registros de Personal.

    AO XXXIII Nm. 18 28 de enero de 2014 2321

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    Mritos Valoracin Documentos justificativos

    (1)

    -En los supuestos contemplados en este apartado 1, al personal funcionario de carrera de los cuerpos de Catedrticos deEnseanza Secundaria, de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Artes Plsticas y Diseo, a efectos de antigedad tanto en el centrocomo en el cuerpo, se les valorarn los servicios prestados como personal funcionario de carrera de los correspondientes cuerposde profesores, as como los prestados como personal funcionario de carrera de los antiguos cuerpos de Catedrticos deBachillerato, de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Profesores de Trmino de Artes Plsticas y de Oficios Artsticos.-Los servicios aludidos en los subapa