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RESIDENCIA Y SUPERVISINDE OBRAS
Generalidades del Residente ySupervisor de Obra. Gestin del rea
Administrativa
Mdulo I Sesin II:
Diplomado:
UNIVERSIDAD NACIONAL
DE INGENIERA
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DEFINICIN Y FUNCIONES DE
RESIDENTE Y SUPERVISOR DEOBRAS
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PROYECTO
Se puede definir como un conjunto de actividades secuencialesque permitan resolver problemas tcnicos y/o sociales, y paraproducir bienes o servicios
http://www.google.com.pe/imgres?imgurl=http://www.vialidad.cl/areasdevialidad/ingenieria/PublishingImages/3.jpg&imgrefurl=http://www.vialidad.cl/areasdevialidad/ingenieria/Paginas/ProyectosVialesUrbanos.aspx&docid=2g6bRYW5_Mw5PM&tbnid=S0s9D8LUCz6-rM:&w=510&h=154&ei=8SzeUdaPCtXI4AP8zoGICg&ved=0CAIQxiAwAA&iact=c -
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PROYECTISTA DE OBRAS
Es la Empresa o Profesional que disea un proyecto, deacuerdo a su especialidad.Las responsabilidades que se le atribuyen son del ordenadministrativo y civil y/o penal, segn corresponda.
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EL PROFESIONAL PROYECTISTA(segn el RNE norma G 030)
Son aquellos que estn legalmente autorizadosa ejercer suProfesin e inscritos en el correspondiente Colegio Profesional.
Para ello deben incluir en el expediente tcnico el documento conel que deben acreditar que se encuentran hbiles para ejercer laProfesin, el cual debe haber sido emitido por el ColegioProfesional al que pertenecen.
Segn su especialidad sern: el Arquitecto, para el proyecto de
Arquitectura; el Ingeniero Civil, para el proyecto de Estructuras;el Ingeniero Sanitario, para el proyecto de InstalacionesSanitarias; el Ingeniero Electricista o Electro-Mecnico, para elproyecto de Instalaciones elctricas y electromecnicas.
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RESPONSABILIDADES DEL PROFESIONALPROYECTISTA
Los profesionales responsables del Proyecto deben cumplir con:
a) Tener Ttulo Profesional y la capacitacin suficiente paraactuar como profesional a cargo de los trabajos de la parte dela que es responsable.
b) Acreditar por el Colegio Profesional al que pertenecen que seencuentran hbiles para ejercer la Profesin.
c) Cumplir las normas y reglamentos vigentes, en la ejecucin de
sus servicios profesionales.d) Ejecutar personalmente sus servicios profesionales de los
trabajos comprometidos.
e) Las obligaciones pactadas en el Contrato.
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RESPONSABILIDADES DEL PROFESIONALPROYECTISTA
Los proyectistas deben firmar los planos, especificaciones ydems documentos de su especialidad de los cuales son autores,y que hayan elaborado como parte del expediente tcnico.
Son responsables, en sus respectivas especialidades, por lasdeficiencias y errores, as como por el incumplimiento de lasnormas reglamentarias en que hayan incurrido en la elaboracin yejecucin del Proyecto.
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RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESAPROYECTISTA
Las personas jurdicas constituidas como empresas de proyectos,son solidariamente responsables con el profesional responsabledel Proyecto, respecto de las consecuencias que se deriven deerrores u omisiones en los clculos, dimensionamiento ycomponentes de la obra, o en las especificaciones tcnicas.
Tienen derecho a supervisar la ejecucin de las obras queproyecten, con el fin de verificar que se est cumpliendo con losdiseos y especificaciones establecidas por ellos.
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OBRA CIVIL
Es la ejecucin fsica de un proyecto, materializado por lasacciones de profesionales a travs de normas y procedimientostcnicos.
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CONSTRUCTOR DE OBRAS(segn el RNE norma G 030)
Son personas naturales o jurdicas que estn directa oindirectamente ligadas con el Proyecto de Construccin. Participanen su ejecucin, en la provisin de bienes y servicios, en lasubcontratacin de bienes y servicios y en la supervisin de laobra.
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CONSTRUCTOR DE OBRAS
Los Constructores debern cumplir con lo siguiente:
a) Acreditar capacidad suficiente para cumplir con lasresponsabilidades asumidas segn su especialidad.
b) Aplicar las normasy reglamentosvigentes.
c) Respetar las obligaciones pactadas en su respectivoContrato.
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RESPONSABILIDADES DEL CONSTRUCTOR
a) Ejecutar la obra con sujecin al proyectoy a las normasvigentes sobre procedimientos de ejecucin.
b) Disponer de la organizacin e infraestructura que garantice ellogro de las metas de la obra.
c) Designar al profesional responsable de la construccin queasumir la representacin tcnica del constructor en la obra.
d) Asignar a la obra los medios humanos y materialessuficientes para culminar los trabajos dentro del plazo delcontrato, del presupuesto aprobado y con el nivel decalidadrequerido por el cliente.
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RESPONSABILIDADES DEL CONSTRUCTOR
e) Formalizar las subcontrataciones de partes e instalaciones dela obra dentro de los lmites establecidos en el contrato.
f) Entregar al cliente informacin documentada sobre lostrabajos ejecutados.
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RESPONSABILIDADES DEL CONSTRUCTOR
Es responsable por las fallas, erroreso defectosde laconstruccin, incluyendo las obras ejecutadas porsubcontratistas y por el uso de materiales o insumosdefectuosos, sin perjuicio de las acciones legales que pueda
interponer a su vez en contra de los proveedores,fabricantes o subcontratistas.
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RESIDENTE DE OBRA(segn el RNE norma G 030)
Las obras de edificacin y habilitacin urbana requieren ladesignacin de un profesional responsable de obra, cuyaejecucin realizar directamente. Es responsable de dirigir la obraasegurndose que la ejecucin de la misma, cumpla con loestablecido en el presente Reglamento.
El profesional responsable de la obra deber contar con tituloprofesional y contar con un certificado de habilitacin profesionalvigente.
En el caso de obras de carcter especializado, como redes desaneamiento o electrificacin, instalaciones industriales ymontaje, tneles, puentes y dems obras de ingeniera pesada, elprofesional responsable deber acreditar que cuenta con laespecializacin correspondiente.
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Presencia permanentey directaColegiado, habilitado y especializadoProfesional colegiado : Ingeniero o Arquitecto;
previa conformidad de la entidad.
Experiencia en la especialidad: = > 2 aos.Calificaciones y experiencias adicionales quedeber cumplir el Residente en funcin de lanaturaleza, envergadura y complejidad de laobra.
Representa al Contratista para los efectosordinarios de la obra.No est facultado a pactar modificaciones al
contrato.
RESIDENTE DE OBRA(segn el Art 185 Reglamento de la Ley de Contrataciones)
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RESIDENTE DE OBRA
La sustitucin del residente slo proceder previa autorizacinescrita del funcionario de la Entidad que cuente con facultadessuficientes para ello, dentro de los ocho (8) das hbiles siguientesde presentada la solicitud a la Entidad. Transcurrido dicho plazo
sin que la Entidad emita pronunciamiento se considerar aprobadala sustitucin.
El reemplazante deber reunir calificaciones profesionales igualeso mayores a ste.
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Atribuciones y Limitaciones del Residente
El Residente, puede:- Anotar en CO la causal de
una Ampliacin de Plazo.
- Informar en CO, laculminacin de Obra y pedirsu recepcin.
- Practicar la Liquidacin del
Contrato de Obra.
- Anotar en el CO, la necesidadde las prestacionesadicionales.
El Residente, no puede:- Solicitar a la Entidad, la
Ampliacin de Plazo.
- Entregar la obra a la Entidad,con su sola firma del Acta.
- Presentar la Liquidacin a la
Entidad u observar el de laEntidad.
- Solicitar a la Entidad, laaprobacin de lasPrestaciones Adicionales.
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Atribuciones y Limitaciones del Residente
El Residente, puede:- Sustentar el Adelanto para
materiales (40%).
- Presentar al Supervisor, lavalorizacin de MayoresGastos Generales (MGG).
- Registrar Asientos en el CO,
en representacin delContratista.
El Residente, no puede:- Solicitar a la Entidad el
Adelanto para materiales.
- Presentar a la Entidad lavalorizacin de MGG. Escompetencia del Supervisor.
- Impedir a la Supervisin
realizar sus anotaciones en elCO.
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LA ENTIDAD
Es el nombre que se le atribuye a la Entidad Propietaria.
Entonces se le conoce como al Propietario, el cual tiene comofuncin el financiamiento del Proyecto.
Se le conocen, 2 relaciones legales:
EntidadProyectistaEntidadContratista
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SUPERVISIN DE OBRA
La supervisin de obras se pueden ejecutaren dos mbitos:
SECTOR PRIVADO. El propietario (s)determina a su supervisor segn susnecesidades. Se formula un contratoprivado (La Ley de Regularizacin deHabitaciones Urbanas, su reglamento elD.S. N 024-2008-Vivienda)
SECTOR PBLICO.- El estadodetermina a su supervisor segn lasnormas vigentes. Se formula un contratoadministrativo o pblico (Art. 48 de la ley
de Contrataciones).
http://www.google.com.pe/url?sa=i&rct=j&q=SECTOR%20PRIVADO&source=images&cd=&cad=rja&docid=CIqkVe8LxQ-H2M&tbnid=pYFBTIakmXb6HM:&ved=0CAUQjRw&url=http://www.clarinveracruzano.com/el-salario-real-en-sector-publico-crecio-31-y-33-en-el-privado/&ei=EvAOUpu4Co3G9gTc3ID4AQ&bvm=bv.50768961,d.eWU&psig=AFQjCNEWQbzL-wBLiK-8Iae8Xua96g3C2w&ust=1376797060630394 -
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SUPERVISOR DE OBRA(segn el Art 190 Reglamento de la Ley de Contrataciones)
Toda obra contar de modo permanente y directo con unSupervisor de Obra.
El Supervisor ser un profesional, funcionario para la Entidad,expresamente designado por sta.
El Supervisor ser una persona natural o jurdica especialmentecontratada para dicho fin.
El inspector o Supervisor, segn corresponda, debe cumplir por lomenos con las mismas calificaciones profesionales establecidaspara el residente de obra.
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CLASES:
Inspector: Sera un profesional,funcionario o servidor de la entidad.
Supervisor:Ser una persona natural ojurdica especialmente contratada para
dicho fin. En el caso de ser una personajurdica, esta designar a una personanatural como supervisor permanente deobra.
http://localhost/var/www/apps/conversion/tmp/scratch_1/CONTRATO%20DE%20SUPERVISION.pdfhttp://localhost/var/www/apps/conversion/tmp/scratch_1/DESIGNACION%20DE%20INSPECTOR%20DE%20OBRA.pdf -
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SUPERVISIN DE OBRA
La supervisin tiene que contar con el expediente tcnicocompleto.
Antes del inicio propio dela construccin, la supervisindebe estudiar minuciosamenteel expediente y compatibilizar con larealidad y emitir un informe dando su
respectiva opinin.
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LA SUPERVISIN TIENE QUECONTAR CON:
La Memoria descriptiva: porque enella se va a ver los alcances delproyecto.
Las especificaciones tcnicas y losplanos con sus respectivos detalles:son lo que van a permitir el controltcnico durante la ejecucin de laobra en tanto a los materiales,procesos constructivos, pruebas decalidad, etc.
http://www.google.com.pe/url?sa=i&rct=j&q=especificaciones+tecnicas&source=images&cd=&cad=rja&docid=b6NKior6dkLYkM&tbnid=CAktK19NfhsFdM:&ved=0CAUQjRw&url=http://civilgeeks.com/2011/05/15/especificaciones-tecnicas-generales-para-la-conservacion-de-carreteras/&ei=6DDeUfuOL5Oy4APW-YHICQ&bvm=bv.48705608,d.dmg&psig=AFQjCNE5rwYS2z8KJCoN07cdPw6EnLL2-A&ust=1373602398328768http://www.google.com.pe/url?sa=i&rct=j&q=memoria+descriptiva&source=images&cd=&cad=rja&docid=1sVAo-xkitzx3M&tbnid=1KblHmpWnirExM:&ved=0CAUQjRw&url=http://blogs.educared.org/red-pronino/escuelacarlospolitortiz2010/premio-internacional-educared/&ei=uTDeUbHnBbWo4APopoGoBA&bvm=bv.48705608,d.dmg&psig=AFQjCNFIcZ7OzcpRH1oZPXnjdoURof8T7Q&ust=1373602350683064 -
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Presupuestos, metrados, anlisis de costos y formulas polinmicas:son los documentos que van ha permitir el control econmico de laobra, formular la valorizacin de la obra y autorizar los pagos
respectivos.
http://www.google.com.pe/url?sa=i&rct=j&q=presupuesto&source=images&cd=&cad=rja&docid=RvaBajpsjrFyQM&tbnid=XztvSytoKuww9M:&ved=0CAUQjRw&url=http://www.bibliocad.com/biblioteca/presupuesto-estacion-de-bomberos_32854&ei=SjLeUYTgN9et4AOj2oC4Dw&bvm=bv.48705608,d.dmg&psig=AFQjCNGAN0LW75wcJc9G4bdEBOwBVpXgBQ&ust=1373602717856757 -
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El cronograma de avance valorizado, es el documento quenos permitir el control de avance de la obra:
SI LA OBRA ESTAADELANTADA, O
SI LA OBRA ESTAATRASADA.
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En resumen, para que el supervisorrealice un buen trabajo, tiene que
contar con todo los documentos delexpediente tcnico y utilizarlosconstantemente.
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FUNCIONES DEL INSPECTOR O SUPERVISOR DE OBRA
Art. 193Reglamento dela ley decontratacionesdel estado
Velar directa y permanentemente por la correctaejecucin de la obra y del cumplimiento del contrato.
a) Control tcnico de la obra: materiales, procesosconstructivos, ensayos, absolver consultas, etc.
b) Control contractual: plazos, documentos, etc.c) Control econmico: adelantos, valorizaciones,adicionales, etc.
Facultado a disponer cualquier medida urgente de la
obra.
No tiene autoridad para modificar Contrato.
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COSTO DE LA SUPERVISIN
No exceder del 10% del Valor Referencial de laobra o del monto total de ella, el que sea mayor.
COSTO DE LA INSPECCIN
Los gastos que genera la inspeccin no debernsuperar el 5% del Valor Referencial de la obra omonto total de ella, el que sea mayor.
Adicional del Servicio Supervisin > 15% contrato supervisinRequiere aprobacin previa de la Contralora.
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ENTIDADInformaCoordina
Asesora
I/S
CONTRATISTA
PROYECTISTA
Control + soluciones
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SUPERVISIN DE OBRA
Plazo de vigencia del contrato de obra
Plazo de ejecucin de obra
Segn contrato
Recepcin
de 20 a 35 das
Liquidacin
hasta 120 das
Plazo del contrato de supervisor
Plazo de ejecucin de obra
Plazo del contrato
Recepcin Liquidacin
Pago
Pago
Se recomienda consignar en el Contratoque los servicios de supervisin seextienda hasta la liquidacin de la obra.
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EXPEDIENTE TCNICO2
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SNIPCICLO DE VIDA DE PROYECTOS
Aplicando el CICLO DE VIDA DEL PROYECTO:Todo proyecto de inversin pblica debe atravesar tres fases:
Nota: Este ciclo
de vida tambin
es obligatorio
Para las obras
por
administracin
directa.
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EXPEDIENTE TECNICO(segn el Art 24 Reglamento de la Ley de Contrataciones)
Definicin
Es el conjunto de documentos que comprende: memoriadescriptiva, especificaciones tcnicas, planos de ejecucin deobra, metrados, presupuesto de obra, fecha de determinacin delpresupuesto de obra, Valor Referencial, anlisis de precios,calendario de avance de obra valorizado, frmulas polinmicas ysi el caso lo refiere, estudio de suelos, estudio geolgico, deimpacto ambiental u otros complementarios.
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EXPEDIENTE TECNICO(segn el RNE norma G 040)
Definicin
Conjunto de documentos que determinan en forma explicita lascaractersticas, requisitos y especificaciones necesarias para laejecucin de la edificacin.
Est constituido por: planos por especialidades, especificacionestcnicas, metrados y presupuestos, anlisis de precios unitarios,cronograma de ejecucin y memoria descriptiva y si fuese el caso,
frmulas de reajuste de precios, estudios tcnicos especficos (desuelos, de impacto vial, de impacto ambiental, geolgicos, etc.) yla relacin de ensayos y/o pruebas que se requieren.
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Conjunto de documentos tcnicos que permiten ejecutar unproyecto y comprende lo siguiente:
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Adems de lo indicado, el Expediente Tcnico lo conforman:
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Introduccin ,
AntecedentesEstado actual de la obra,Justificacin tcnica de acuerdo a
la evaluacinUbicacinTiempo de EjecucinModalidadCosto Referencial
Memoria Descriptiva:Es la descripcin detallada del Proyecto, comprendeaspectos relacionados con :
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE TCNICO
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Presupuesto de la Obra (Valor Referencial):El valor referencial constituye el monto de laobra a ejecutar determinado a partir de la
elaboracin del presupuesto, que estacompuesto por el costo directo, gastosgenerales, utilidad e impuestos.
Anlisis de Precios Unitarios:Cada partida
del presupuesto constituye un costo parcial, lacuantificacin tcnica de la cantidad derecursos ( mano de obra, materiales, equipo,maquinaria , herramientas , entre otros) quese requieren para ejecutar cada unidad de lapartida y su costo
Insumos
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Documento en el queconsta laprogramacin
valorizada de laejecucin de la obraobjeto de laprestacin, porperiodosdeterminados en lasbases o en elcontrato.
PROGRAMACIN DE OBRAS(Diagrama Pert o CPM, Calendario Valorizado de Avance
de Obra):
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PLANOS DE OBRA
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FORMULA POLINMICAS
Es la representacin matemtica de la estructura de costosde un presupuesto y es elaborado de acuerdo al DS 011-79-VC complementado con los dispositivos vigentes de talforma que permita actualizar los costos aplicando losndices del INEI de acuerdo al rea geogrfica
correspondiente
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ESTUDIO DE SUELOS:Son los anlisis o pruebas de las propiedades fsicas,mecnicas y de resistencia que se realizar ene le terreno
donde se van a construir las edificaciones
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ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL:
Este estudio debe evaluarse el impacto ambiental consignandosus respectivos costos, por las medidas de mitigacin a serimplementadas durante la ejecucin de la obra
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FOTOGRAFAS:
En todo Expediente Tcnico se deber contar con esquemasfotogrficos a fin de proyectar las incidencias de un antes ,procedimiento de ejecucin y terminado final de la obra
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CUADERNO DE OBRA3
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DEFINICIN
El cuaderno de obra, es el documento que dispone la Entidad en laetapa de construccin, debidamente foliado y legalizado en el que seanotar la fecha de inicio y trmino de los trabajos, las modificacionesautorizadas, los avances mensuales, los controles diarios de ingreso ysalida de materiales y personal, las horas de trabajo de los equipos,
as como los problemas que viene afectando el cumplimiento de loscronogramas establecidos y las constancias de la supervisin de laobra.
El cuaderno de obra, es el documento firmado en todas sus pginas
por el inspector o supervisor, segn corresponda, y por el residente, yconsta de una hoja original con tres copias desglosables,correspondiendo una de stas a la Entidad, otra al contratista y latercera al inspector o supervisor; en donde se anotan los hechosrelevantes durante la ejecucin de la obra.
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Art N 195.- Anotaciones de ocurrencias(Reglamento de Ley de Contratacin del Estado)
En el cuaderno de obra se anotan los hechos relevantes yocurrencia durante la ejecucin de sta, firmando al pie de laanotacin el inspector o el supervisor o el residente, segn sea elque efectu la anotacin.
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Las solicitudes que se realicen como consecuencia de lasocurrencias anotadas en el cuaderno de obra se harndirectamente a la entidad por el contratista o su representante,por medio de comunicacin escrita. El Cuaderno de Obra sercerrado por el inspector o supervisor cuando la obra haya sidorecibida definitivamente por la entidad.
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Art N 196.- Consultas sobre ocurrencias en la obra(Reglamento de Ley de Contratacin del Estado)
Las consultas se formulan en el cuaderno de obra yse dirigenal inspector o supervisor, segn corresponda.
Las consultas cuando por su naturaleza, en opinin del
inspector o supervisor, no requieran de la opinin delproyectista, sern absueltas por stos dentro plazo mximo de(5) das siguiente de anotadas las mismas. Vencido el plazoanterior y de no ser absueltas, el contratista dentro de los dos(2) das siguientes acudir a la entidad, la cual deberresolverlas en un plazo mximo de cinco (5) das, contadosdesde el da siguiente de la recepcin de la comunicacin delcontratista.
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Art N 196.- Consultas sobre ocurrencias en la obra(Reglamento de Ley de Contratacin del Estado)
Las consultas cuando por su naturaleza, en opinin del inspectoro supervisor, requieran de la opinin del proyectista sernelevadas por stos a la entidad dentro del plazo mximo decuatro (04) das siguientes de anotadas, correspondiendo a staen coordinacin con el proyectista absolver la consulta dentro
del plazo mximo de quince (15) das siguientes de lacomunicacin del inspector o supervisor.
En el caso no hubiese respuesta del proyectista en el plazomximo fijado en su contrato, la entidad deber darinstrucciones al contratista a travs del inspector o supervisor,sin perjuicio de las acciones que se adopten contra elproyectista, por la falta de absolucin de la misma.
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Art N 196.- Consultas sobre ocurrencias en la obra(Reglamento de Ley de Contratacin del Estado)
Si, en ambos casos, vencidos los plazos, no se absuelve laconsulta, el contratista tendr derecho a solicitar ampliacin deplazo contractual por el tiempo correspondiente de la demora.
Esta demora se computar slo a partir de la fecha en que laNO ejecucin de los trabajos, materia de la consulta empiece aafectar la ruta crtica del programa de ejecucin de la obra.
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ES NECESARIO QUE EL CUADERNO DEOBRA SEA LEGALIZADO?
Solo en caso de ejecucin por administracin directaaslo estable la resolucin de Contralora General de la RepblicaN 195-88 -CG, por lo que el cuaderno de obra es obligatoria sulegalizacin por un notario o juez de paz.
La legalizacin de un juez de paz se efectuar siempre que noexista notaria en el rea de influencia del proyecto o su accesosea costoso en funcin al tiempo y la distancia.
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EXISTE DIFERENCIA ENTRE UN CUADERNO DEOBRA PARA UN PROYECTO POR MODALIDAD DE
EJECUCIN POR CONTRATA Y UNA PORADMINISTRACIN DIRECTA?
S, hay diferencias: Ejecucin de obras por contrata:el cuaderno de obra
constituye un dilogo entre el residente de la obra y elsupervisor a travs de consultas y observaciones decarcter tcnico, las que incluyen adems las ocurrencias
de obra mas relevantes.
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EJECUCIN DE OBRA POR ADMINISTRACIN DIRECTA:
Se anotan adems de lo descrito anteriormente, elnumero de personal que trabaj, materiales queingresaron y salieron del almacn, material utilizado,equipo y personal que se necesitaron en la ejecucin de
cada partida, pruebas de laboratorio, as como el avancede obra, entre otros.
En el caso que en el proyecto se incluya capacitacin
tambin deber de consignarse esta actividad.
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RGIMEN LABORAL DECONSTRUCCIN CIVIL4
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TRABAJADOR DE CONSTRUCCINCIVIL
Es toda persona fsica que realiza libremente y de maneraeventual o temporal , un labor de construccin para otra personajurdica o natural dedicada a la actividad, con relacin de
dependencia y a cambio de una remuneracin.
En nuestro pas (Per) existen dos regmenes laborales decarcter general: el rgimen laboral privado y el rgimen laboralpblico. A su vez en cada rgimen laboral existen regmenessectoriales. As en el sector privado existe el Rgimen Laboral deConstruccin Civil, aplicable a los trabajadores (obreros) queprestan servicios en la construccin.
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RGIMEN LABORAL DECONSTRUCCIN CIVIL
El artculo 4 del D. Leg. N 727 (12-11-91) Ley de Fomento a laInversin Privada en la Construccin, define la actividad de construccina travs de la remisin que hace a la
Clasificacin Industrial Internacional Uniforme de las Naciones Unidas(C.I.I.U.), en cuya divisin 45 de la categora de tabulacin F secomprenden las siguientes actividades:
Preparacin del terreno. Construccin de edificios y obras de ingeniera civil. Acondicionamiento de edificios, otras obras de ingeniera civil. Terminacin de edificios. Alquiler de equipo de construccin y demolicin dotada de operarios.
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CONTRATOS DE TRABAJO ENCONSTRUCCIN CIVIL
Formalidad.- El Contrato de trabajo dentro del rgimen deconstruccin civil no requiere de ninguna formalidad comoescrituralidad, comunicacin, autorizacin ni registro por y ante la
Autoridad administrativa de trabajo (A.A.T.).
Extincin del contrato de trabajo.-El contrato de trabajo en laconstruccin civil se extingue por las mismas causas que afectan la
existencia de cualquier otro contrato laboral, las cuales segn elTUO del D.Leg. N 728, Ley de Productividad y Competitividadlaboral aprobado mediante el D.S. N 003-97-TR (27-03-97)
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CONTRATOS DE TRABAJO ENCONSTRUCCIN CIVIL
ESTABILIDAD Y DESPIDO EN LA CONSTRUCCIN CIVIL.La presencia de las particularidades tan propias de la actividad dela construccin civil, sobre todo la temporalidad, han determinado
que la estabilidad en el trabajo sea relativa, en el sentido que slose la garantiza mientras dure la labor para la que el trabajador fuecontratado. Solo puede ser despedido al cierre de la semanalaboral.
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CATEGORAS DEL RGIMEN DECONSTRUCCIN CIVIL
Hay tres categoras: Operarios Oficiales Peones
No existe la categora de capataz pero en el campo cuandoreconocen esta labor su remuneracin puede ser del 15%ms que la del operario.
Niveles de Calificacin:
Primer Nivel: Mano de obra Calificada: Operario yoficiales
Segundo Nivel:Mano de obra no Calificada: Peones
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Los operarios:Pueden ser: albailes, fierreros, pintores, electricistas,carpinteros, gasfiteros, mecnicos, choferes, etc. Son
trabajadores calificados con una o varias especialidades . La masalta categora de los obreros de construccin civil son losOPERARIOS, por tener una especialidad dentro de laconstruccin.
Los oficiales:Son trabajadores que desempean las mismas ocupaciones peroque laboran como AUXILIARESdel operario, no ha alcanzadoplena calificacin en la especialidad, estn considerado en estaespecialidad los guardianes, paeteros, asentador de ladrillo,
desencofrados. Los peones:Son trabajadores que se ocupan indistintamente en las diversastareas de la construccin (traslado de material, herramientas,
excavacin de zanjas)
B ifi i d l b j d d i i il
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Bonificaciones del trabajador de construccin civil nica de construccin civil Por movilidad acumulada Por altura Por altitud Por trabajo nocturno Por contacto directo con el agua
Otros conceptos Remunerativos del TCC Gratificaciones : fiestas patrias y navidad Horas Extras:
Compensacin por: tiempo de servicio (CTS) yvacaciones.
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Remuneracin por da de descanso semanal Es obligatorio y es proporcional a los das trabajados en
la semana , siendo una remuneracin completa eltrabajador que labora las 48 horasen la semana. En caso fortuito o de fuerza mayor este derecho no se
pierde.
R i D d f i d
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Remuneracin por Descansos en das feriadosLos TCCtienen derecho a descanso remunerados en los dasferiados que lo establece el Decreto Legislativo
N 713, ley de descansos remunerados : Ao nuevo Jueves santo y viernes santo Da del trabajador
San Pedro y san Pablo Fiestas patrias y navidad Santa Rosa de Lima Combate de Angamos
Todos los santos Da de la Inmaculada Concepcin Feriado por el da del trabajador de construccin civil (25 de
Octubre).
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En caso de laborar un da feriado y no siendo compensado eltrabajador percibir una sobretasa del 100% del valor adicionala lo que normalmente percibe.
Bonificacin Unificada de la Construccin (BUC) Bonificacin nica que se otorga al TCCy lo conforman: por
desgaste de ropa y herramientas, alimentacin, falta de agua
potable y por especializacin del operario. Operario: 32%del jornal por da trabajado Oficial : 30% del jornal por da trabajado Pen: 30%del jornal por da trabajado
No se computa para las gratificaciones, asignacionesescolares, vacaciones. La BUC no se toma en cuenta para el jornal dominical.
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Bonificacin por Alta EspecializacinEs una Bonificacin exclusiva de trabajadores Operariosespecializados , debidamente calificados por el Empleador o por
una institucin educativa autorizada , ejemplo : Sencico ,Capeco , senati y similares. Operador de Equipo mediano: 6 % de su jornal bsico. Operador de Equipo pesado: 8 % de su jornal bsico.
Operario Electromecanico: 13 % de su jornal bsico.Bonificacin por movilidad Para atender los gastos de movilidad urbana e interurbana
(desplazamiento desde su domicilio a la obra y viceversa).
Equivalente a seis (06) pasajesurbanos. Se abona por da efectivamente laborado. Es una condicin de trabajo. No es computable para el clculo de beneficios sociales ni
para indemnizacin por CTSni vacaciones.
Bonificacin por Altura:
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Bonificacin por Altura: Equivalente al 7% del jornal bsico por trabajar a un
altura de 04 pisos. ,es decir: se contar por cada 04 pisos.
Se les pagar a los que realicen: Labores de revestimiento de fachadas Trabajos en andamios, encofrados, aleros u otros. Trabajos en tanques elevados a partir de 05 metros.
Trabajos en fachadas interiores en las que usen y tenganriesgos.
Cuando no se puede determinar 04 pisos ser a partir de 10metros desde la cota del suelo.
No es base computable para beneficios sociales.
Bonificacin por altitud
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Bonificacin por altitud El empleador que contrate un TCCque reside en la costa para
que trabaje en obras a partir de los 3000 M.S.N.Mdebern
de pagarles una bonificacin por ALTITUDascendente a S/.1.00 por da laborado Dicha bonificacin no ser computable para los beneficios
sociales ni para indemnizacin por tiempo de servicio.Bonificacin por trabajo en distintas circunscripciones Los empleadores asumirn el costo de los pasajes de ida y
vuelta de los TCC, as como el alojamiento y alimentacin,cuando sean contratados para ser destacados y alojados enlugar distinto de donde fueron contratados.
ifi i di l
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Bonificacin por contacto directo con el agua o aguasservidas Es igual al 20% del jornal bsico. Se abona cuando el trabajador labora en contacto directo
con el agua, es decir que el obrero tenga que ingresar alagua para realizar su labor.
Se abona en labores como fundaciones de agua, defensa de
ros, cimentaciones de pilares de puentes, cimentaciones enobras portuarias, martimas y fluviales; canales y represas,pozos y estanques, otros.
Bonificacin por trabajo nocturno Horario nocturno: de 11 pm a 6 am, este trabajo se
pacta de comn acuerdo y es retribuido con el equivalente aun salario bsico por una jornada de 08 horas con unabonificacin del 20%, la hora de descanso pararefrigerio esta inc. En las 08 horas.
A i i l id d
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Asignacin por escolaridad Equivalente a 30 jornales bsico anuales , se abona por
cada hijo menor a 18 aos en edad escolar y 21 si tiene
estudios tcnicos y universitarios. El trabajador debe acreditar la filiacin y el estudio de los hijos
declarados, antes de terminada la relacin laboral. Si no acredita este derecho lo percibido ser descontado de su
liquidacin de beneficios sociales.Asignacin por sepelio Ambas partes acuerdan que la asignacin por sepelio que se
abona a los familiares del los TCCfallecidos durante la vigencia
del contrato de trabajo es de una (01) UITsiempre y cuandoel costo de la obra sea mayor a 59 UIT (S/.224,200 al 2014la Unidad impositiva Tributaria S/.3,800).
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Gratificacin por fiestas patrias y navidad La gratificacin de fiestas patrias se paga a razn de un stimo
(1/7) de jornales por mes calendario completo, laborado deenero a julio del ao respectivo.
La gratificacin de navidad se pagara a razn de un quinto(1/5) de jornales por mes calendario completo laborado, deagosto a diciembre.
Si el trabajador labora por un periodo menor percibir tantostimos o quintos del monto de cada gratificacin, como mesescalendarios completos haya laborado en obra.
En caso de no cumplir un mes percibir tantas partesproporcionales de los stimos o de los quintos de cada una delas gratificaciones como das haya trabajado.
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REGLAMENTO DE
CONTRATACIONES DELESTADO5
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LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
DECRETO LEGISLATIVO N 1017:D.L. que aprueba la Ley deContrataciones del Estado, publicadoel 04/06/2008.
DECRETO SUPREMO N 184-2008-EF:Reglamento del D.L. N 1017, queaprob la Ley de Contrataciones delEstado, publicado el 01/01/2009.Modificaciones:D.S. N 021-2009-EF
BASE LEGAL.
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LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
LEY N 29873:LEY QUE MODIFICA ELDECRETO LEGISLATIVO N 1017 QUEAPRUEBA LA LEY DECONTRATACIONES DEL ESTADO,public. 01/06/2012.
DECRETO 138-2012-EF: Modifica elDecreto Supremo N 184-2008-EF,que aprueba el Reglamento de la Leyde Contrataciones del Estado, Pub.
07/08/2012
EL OSCE:Organismo Supervisor de lasContrataciones del Estado.
http://e/PRESENTACION/CAJAMARCA/CuadroComparativo_Reglamanto_y_su_modificaci%E3%AE%AEpdf -
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ADELANTOSSiempre que estn establecidos en las Bases Bienes y servicios:
Directos: no mayor al 30% de monto contractual Obras:
Directos: hasta el 20%Para materiales e insumos: hasta 40% Oportunidad de entrega:
Segn el contrato
Requisito para entrega:Presentar Garanta por el 100% de adelanto
SISTEMAS DE CONTRATACIN
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SISTEMAS DE CONTRATACINLos sistemas de contratacin aplicables a obras estn sujetas a loestipulado en el artculo 40 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado.Suma alzada Precios Unitarios Esquema mixto
Es aplicable cuandolas cantidades,
magnitudes ycalidades de laprestacin estntotalmente definidasen los planos y
especificacionestcnicas respectivas.
Este sistema esaplicable cuando la
naturaleza de laprestacin no permitaconocer con exactitudo magnitudesrequeridas.
Este sistema seelegir si en el Exp.
Tec. uno o varioscomponentestcnicos estndefinidas y otrosno.
Ejemplo:Construccin de un
colegio.
Ejemplo:Construccin de una
carretera.
VALORIZACIONES (A t 197)
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VALORIZACIONES (Art. 197)
Definicin
Las valorizaciones tiene el carcterde pagos a cuenta y sern
elaboradas el ltimo da de cadaperodo previsto en las Bases o en elcontrato, por el Inspector oSupervisor y el Contratista.
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Cierre de Metrados 1 da Supervisin:hbil Aprueba y tramita
5 d.h.5 10 15 20 25 31 5 10 15 20 25 30
Periodo de ejecucin EntidadPaga valorizacinValorizacin
Conjunta
conjunta
MAYO JUNIO
http://e/PRESENTACION/CAJAMARCA/Devolucion%20de%20valorizaci%E3%AE%A0por%20parte%20de%20la%20UGA.pdf -
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NO OLVIDES participar en
los Foros y presentar losTalleres en las fechas
programadas !
Ingresa al
AULA VIRTUALRompe las barreras del tiempo y la distancia
Debemos obrar como hombres de pensamiento;
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Debemos obrar como hombres de pensamiento;
debemos pensar como hombres de accin.
Henri Bergson