Requisitos Generales Carnet de Extranjeria

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REQUISITOS GENERALES 01 Formulario F-007-A (gratuito). 02 Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/. 49.90 nuevos soles). 03 Copia y originales del pasaporte vigente. 04 Tarjeta Andina Migración (TAM). Nota: Se encuentran exoneradas del pago de tasas de extranjería las personas que se encuentran comprendidas dentro de los alcances del artículo 3º del DS Nº 206- 83-EFC. INSCRIPCIÓN 05 Ficha de Canje Internacional (INTERPOL) para los que ingresaron con visa de residente. 06 Carné de Extranjería vigente y con TAE al día (en el caso de inscripción a Inmigrante). 07 Recibo de pago del Banco de la Nación de la tasa por cambio de calidad migratoria: . A Residente (US$ 200,00) o . A Inmigrante (US $ 300,00) 08 Recibo de pago del Banco de la Nación de la tasa por Inscripción en el Registro Central de Extranjería: - Residente: US$ 15,00 o - Inmigrante: US $ 20,00 09 Recibo de pago del Banco de la Nación de la Tasa Anual de Extranjería: US $ 20,00. En las Jefaturas Desconcentradas además de los requisitos generales presentarán: 10 Copia autenticada por el fedatario del odontograma y recibo de pago por concepto de ficha de canje internacional. 11 Dos (02) fotos de frente y una (01) de perfil, tamaño carné a color en fondo blanco. 12 Declaración Jurada de no tener antecedentes policiales, judiciales y penales a nivel

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REQUISITOS GENERALES01 Formulario F-007-A (gratuito).02 Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/. 49.90 nuevos soles).03 Copia y originales del pasaporte vigente.04 Tarjeta Andina Migración (TAM).Nota:Se encuentran exoneradas del pago de tasas de extranjería las personas que se encuentran comprendidas dentro de los alcances del artículo 3º del DS Nº 206-83-EFC.INSCRIPCIÓN05 Ficha de Canje Internacional (INTERPOL) para los que ingresaron con visa de residente.06 Carné de Extranjería vigente y con TAE al día (en el caso de inscripción a Inmigrante).07 Recibo de pago del Banco de la Nación de la tasa por cambio de calidad migratoria:. A Residente (US$ 200,00) o. A Inmigrante (US $ 300,00)08 Recibo de pago del Banco de la Nación de la tasa por Inscripción en el Registro Central de Extranjería:- Residente: US$ 15,00 o- Inmigrante: US $ 20,0009 Recibo de pago del Banco de la Nación de la Tasa Anual de Extranjería: US $ 20,00.En las Jefaturas Desconcentradas además de los requisitos generales presentarán:10 Copia autenticada por el fedatario del odontograma y recibo de pago por concepto de ficha de canje internacional.11 Dos (02) fotos de frente y una (01) de perfil, tamaño carné a color en fondo blanco.12 Declaración Jurada de no tener antecedentes policiales, judiciales y penales a nivel internacional.REQUISITOS PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL EXTRANJERO, DECRETO LEGISLATIVO Nº 689, DECRETO SUPREMO Nº 014-92-TR Y DECRETO SUPREMO Nº 023-2001-TR. 1. Constancia de pago de la tasa correspondiente (0.7692 % UIT) en el Barco de la Nación (Tributo Nº 5533), el Pago será efectuado con el número de RUC de la empresa contratante. 2. Solicitud dirigida a la Sub-Dirección de Registros Generales. 3. Contrato tres (03) ejemplares originales según formato (ver siguiente anexo) conteniendo las cláusulas según normas vigentes y el lugar donde laborará el trabajador. 4. Declaración Jurada de Exoneración o Cumplimiento de Porcentajes limitativos (ver siguiente anexo). 5. Título Profesional ó Titulo Técnico o Constancia de Estudios Técnicos ó certificado de Experiencia Laboral; de acuerdo a la declaración jurada que se adjunte; en fotocopia visado por Consulado Peruano y Legalizado por el ministerio de Relaciones Exteriores o en fotocopia Legalizada por Notario Peruano. Si estos

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documentos estuvieran expedidos en idioma extranjero se adjuntará la traducción oficial o en caso de no haber traductor oficial se deberá adjuntar la traducción especial. 6. Copia de pasaporte o carné de extranjería (Numeral 42 D.S Nº 016-2006 del TUPA). 7. Copia del Comprobante de Registro Único de Contribuyentes/ RUC. 8. En caso de contar con dirección electrónica indicar en la solicitud. 9. En caso de prórroga adjuntar copia del contrato primigenio, donde exista continuidad de relación laboral. 10. Los contratos de trabajo de personal extranjero, previamente serán calificados para su aprobación respectiva. * Los contratos exceptuados referidos al artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 689 se tramitan como contratos sujetos a modalidad Decreto Legislativo Nº 728.NOTA: Los trabajadores que deseen realizar su trámite de aprobación de contratos extranjeros, tendrán que tener un permiso especial para firmar contratos (Dirección General de Migraciones del Ministerio del Interior). La copia del pasaporte o carnet de extranjería del trabajador, deberá tener el sello de autorización de permiso para firmar contrato de trabajo. La Autoridad Administrativa de Trabajo evalúa la solicitud en un máximo de 5 días hábiles de lo contrario se aplica el silencio administrativo positivo. Si dentro de ese plazo se constata la falta de documentación se requerirá al solicitante para que la presente en un plazo no mayor de 3 días hábiles, en este caso el plazo de aprobación corre a partir de la subsanación.A partir del martes 11 de enero del 2011, el Retma ha sido sustituido por el Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino “SIVITMA” el cual permite la emisión automática vía web de la expedición de la constancia del trabajador migrante andino así como la aprobación automática del contrato. Con ello, se esta logrando un ahorro de tiempo y eliminación de desplazamiento por parte de los empleadores hacia el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Mediante el SIVITMA, el empleador podrá ingresar los datos completos del trabajador migrante andino, la información del contrato de trabajo, información de la empresa, así como también deberá adjuntar en un solo archivo pdf, el contrato de trabajo y el pasaporte y/o carnet de extranjería del trabajador andino que se pretende contratar. Por tanto, las empresas que suscriban contratos de trabajo con ciudadanos nacionales de Ecuador, Colombia y Bolivia, deberán ingresar al SIVITMA con su clave sol y Nº de RUC, a fin de registrar el presente contrato y de esta manera puedan obtener automáticamente la constancia de trabajador migrante andino así como la respectiva aprobación del contrato de trabajo celebrado entre ambas partes. Cabe precisar que la vigencia del contrato del trabajador migrante andino, sólo se efectiviza a partir del día siguiente de la emisión de la calidad migratoria

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respectiva, otorgada por la Dirección General de Migraciones – DIGEMIN. El presente registro entra en vigencia de acuerdo a lo establecido por R.M. Nº 318-2010/ TR de fecha 21 de diciembre de 2010, en aplicación de la Decisión Nº 545, Instrumento Andino de Migración Laboral. Para ingresar al registro puede hacer click aquí, o ingresar al portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y/o al portal del Perú Infomig